impuesto de promoción municipal y rodaje

3
3.1 Impuesto de Promoción Municipal Es un impuesto creado a favor de las municipalidades. Este impuesto grava básicamente las ventas de bienes y prestaciones de servicios que realizan las empresas, así como las importaciones de bienes con una tasa del 2% de las operaciones afectas al régimen del Impuesto General a las Ventas y se rige por sus mismas normas. El Impuesto se destinará al Fondo de Compensación Municipal. Mediante Decreto Supremo se establecerá, entre otros, el monto a detraer, plazos así como los requisitos y procedimientos para efectuar dicha detracción. Tramite de devolución del Impuesto de Promoción Municipal Se aplica para los casos de pagos indebidos o un exceso del Impuesto de Promoción Municipal ordenados por mandato administrativo o del Tribunal Fiscal y Jurisdiccional que tenga la calidad de cosa juzgada. El Reglamento del artículo 76 de la Ley de Tributación Municipal define que se encuentran sujetos a devolución los siguientes conceptos: Pagos indebidos del IPM Pagos en exceso del IPM Saldo del IPM a favor del exportador Reintegro tributario Recuperación anticipada del IGV e IPM Otros conceptos que incluyan la devolución del IPM Procedimiento: El procedimiento de devolución regulado en el Reglamento tiene las siguientes fases: La devolución por IPM se efectuará conjuntamente con la devolución del IGV y se incluirá en el monto total a devolver como concepto IGV. La SUNAT, dentro de los cuatro (4) primeros días hábiles de cada mes, deberá informar a la Dirección Nacional del Tesoro Público el

Upload: max-torres

Post on 24-Nov-2015

375 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

3.1 Impuesto de Promocin MunicipalEs un impuesto creado a favor de las municipalidades. Este impuesto grava bsicamente las ventas de bienes y prestaciones de servicios que realizan las empresas, as como las importaciones de bienes con una tasa del 2% de las operaciones afectas al rgimen del Impuesto General a las Ventas y se rige por sus mismas normas.El Impuesto se destinar al Fondo de Compensacin Municipal. Mediante Decreto Supremo se establecer, entre otros, el monto a detraer, plazos as como los requisitos y procedimientos para efectuar dicha detraccin.

Tramite de devolucin del Impuesto de Promocin MunicipalSe aplica para los casos de pagos indebidos o un exceso del Impuesto de Promocin Municipal ordenados por mandato administrativo o del Tribunal Fiscal y Jurisdiccional que tenga la calidad de cosa juzgada. El Reglamento del artculo 76 de la Ley de Tributacin Municipal define que se encuentran sujetos a devolucin los siguientes conceptos: Pagos indebidos del IPM Pagos en exceso del IPM Saldo del IPM a favor del exportador Reintegro tributario Recuperacin anticipada del IGV e IPM Otros conceptos que incluyan la devolucin del IPM Procedimiento:El procedimiento de devolucin regulado en el Reglamento tiene las siguientes fases:La devolucin por IPM se efectuar conjuntamente con la devolucin del IGV y se incluir en el monto total a devolver como concepto IGV.La SUNAT, dentro de los cuatro (4) primeros das hbiles de cada mes, deber informar a la Direccin Nacional del Tesoro Pblico el monto por concepto de devolucin por IPM y sus respectivos intereses contenidos en los medios de devolucin que hubieren sido emitidos o en su caso autorizados en el mes anterior. El monto total ser expresado en nuevos soles y se calcular de la siguiente forma:1. La tasa del IPM vigente en el perodo por el que se solicita la devolucin se dividir entre la suma de las tasas del IGV e IPM de dicho perodo.2. El resultado obtenido en 1. deber considerar ocho (8) decimales, para lo cual deber efectuarse el redondeo respectivo, considerando el noveno decimal. Si el noveno decimal es inferior a cinco (5), el valor permanecer igual, suprimindose los decimales posteriores. S el noveno decimal es igual o superior a cinco (5), se incrementar el valor del octavo decimal, 3. El factor determinado en 2. se aplicar sobre el monto a devolver por concepto del IGV e IPM y sus respectivos intereses. El monto obtenido de esta operacin deber considerar dos decimales, para lo cual deber efectuarse el redondeo correspondiente.La Direccin Nacional del Tesoro Pblico al da siguiente de recibida la informacin a que se refiere el literal anterior, instruir al Banco de la Nacin el monto que debe detraer de los recursos del FONCOMUN. La detraccin se efectuar antes de que se proceda a distribuir el monto de los recursos del FONCOMUN entre las municipalidades respectivas.

El trmite de devolucin del IPM se considera adecuado dado que otorga el reconocimiento de los pagos indebidos o en exceso que se hubieran efectuado tanto del IGV como del IPM

3.2 Impuesto al rodaje Es el impuesto a los vehculos que utilizan gasolina. Dicho impuesto es cobrado en la misma forma y oportunidad que el impuesto fiscal que afecte a las gasolineras. Se aplica la tasa del 8% sobre el valor de la venta de la gasolina que abonar PETROPERU al Banco de la Nacin destinado al Fondo de Compensacin Municipal, para luego distribuirse entre todos los Consejos de la Repblica.Grava la importacin y la venta en el pas de las gasolinas. Es un tributo nacional que se transfiere al Fondo de Compensacin Municipal. Actualmente, est incluido en el precio de venta al pblico de la gasolina.Cmo determinar el Impuesto?El impuesto se calculara aplicando la tasa del 8% sobre el valor de venta de las gasolinas. El impuesto del rodaje y a las ventas de la gasolina se aplicaran sobre las ventas a nivel de la importacin y a la venta en el pas por el importe de gasolina 84 y 85.A lo largo del proceso de produccin y distribucin de combustible para vehculos, el Impuesto al Rodaje se aplica bsicamente en la etapa fabricante (refineras) y ste asume la calidad de contribuyente. En este sentido se puede sostener que nos encontramos ante un tributo monofsico.Por otra parte, se entiende que el importador desempea el mismo rol que el fabricante: introduce productos en el mercado que van a ser objeto de comercializacin.Por equidad, el importador debe recibir el mismo tratamiento tributario que el fabricante. En este sentido la importacin de combustible que se realiza en el Per tambin se encuentra afecta al Impuesto al Rodaje.