impuesto a las ventas agregado

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Se le llama Impuesto al valor agregadoporque efectivamente sólo se pagaimpuesto sobre el valor que se le agrega aun bien. El responsable de este impuestosólo paga el impuesto equivalente al valorque le agrega a producto, no paga elimpuesto sobre el valor de todo elproducto.

Los siguientes artículos del Estatuto Tributario especifican detalladamente de las maneras en las que se genera el impuesto:

ARTICULO 429. MOMENTO DE CAUSACIÓN.

ARTICULO 430. CAUSACION DEL IMPUESTO SOBRE LA VENTA DE CERVEZA.

ARTICULO 431. CAUSACIÓN EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO O MARÍTIMO.

ARTICULO 432. EN EL SERVICIO DE TELEFONOS SE CAUSA AL MOMENTO DEL PAGO.

ARTICULO 432. EN EL SERVICIO DE TELEFONOS SE CAUSA AL MOMENTO DEL PAGO.

ARTICULO 434. EN SEGUROS DE TRANSPORTE.

ARTICULO 435. EN SEGUROS GENERALES.

ARTICULO 436. EN SEGUROS AUTORIZADOS EN MONEDA EXTRANJERA.

Son responsables del Impuesto sobre las ventas todas las personas jurídicas y naturales que vendan productos o presten servicios gravados.

Los responsables del impuesto a las ventas se dividen en dos grupos:

1. Los responsables del IVA que pertenecen al Régimen simplificado2. Los responsables del IVA que pertenecen al Régimen común

Los responsables que pertenecen al régimen simplificado son las personas jurídicas y las personas naturales que no cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

La base gravable el valor total de la operación gravada con el impuesto a las ventas. Hacen parte de la base gravable elementos como gastos directos de financiación ordinaria, extraordinaria, o moratoria, accesorios, acarreos, instalaciones, seguros, comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado y aunque, considerados independientemente, no se encuentren sometidos a imposición (Art. 447 E.T).

Existe una tarifa general del 16% y una serie de tarifas diferenciales, las cuales se sintetizaran a continuación:

Tarifa del 10%

Tarifa del 2%

Tarifa del 20%

Estas tarifas especifican cada producto del mercado.

Los bienes gravados son los que están sometidos a una determinada tarifa, ya sea la general o diferenciales.

Los bienes exentos son aquellos bienes que están gravados a una tarifa de 0% (cero).

Los bienes excluidos son aquellos que por expresa disposición legal no están gravados con el impuesto.

La principal diferencia consiste en que los bienes exentos dan derecho a descontar el impuesto que se pague por sus insumos, materias primas y demás costos directos e indirectos, en tanto que los bienes excluidos no lo pueden hacer, el IVA que paguen por cualquier concepto deben llevarlo como un mayor valor del gasto o costo.

Al igual que en el Impuesto a la

renta y el Impuesto de industria

y comercio, en el Impuesto a las

ventas también existe la figura

de la Retención en la fuente.

Esta figura se conoce

comúnmente como ReteIVA.

Agente de retención es aquella Persona natural o Persona jurídica, obligada a practicar la respectiva retención en la fuente cuando a ello hubiere lugar. Por regla general, los Agentes de retención son quienes compran o adquieren un producto o servicio. Quienes hacen el pago. El agente de retención es quien además de retener, debe declarar, consignar las retenciones y expedir los respectivos certificados de retención.

1. Cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4 UVT para servicios y de 27 UVT para compras.2. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre responsables del Régimen común.3. Cuando el que compra es Régimen común y el que vende es un Gran contribuyente o una Entidad estatal.4. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre una Entidad estatal y un Gran contribuyente.5. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Entidades estatales.6. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Grandes contribuyentes.

La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de un impuesto, más no es un impuesto en sí.

Por ejemplo, en Colombia existe el impuesto de renta, impuesto a las ventas, impuesto de industria y comercio, entre otros.

Luego, lo que hace la retención en la fuente, es recaudar, cobrar anticipadamente cualquiera de esos impuestos.

De allí existe el reteiva [retención en la fuente por IVA], Reteica [retención en la fuente por ICA], y retención por renta.

Si nos vamos al estatuto tributario, este en su artículo 367 encontramos que:

Finalidad de la retención en la fuente. La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

Allí se observa claramente que la retención no es un impuesto sino un mecanismo mediante el cual el estado se cobra el impuesto de renta o IVA sin esperar a que termine el periodo gravable. Lo va cobrando cada vez que vende un bien, que se presta un servicio.