iepi_

5
Ma. Isabel Mantilla Derecho II 22/JULIO/2015 IEPI .PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE DERECHO DE AUTOR, PASOS A SEGUIR Y SU OPINIÓN. Se registran obras literarias y artísticas, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad. Para el registro se clasifican en tres grupos: obras inéditas, publicadas y por publicarse. El registro de obras en la ciudad de Quito, generalmente lo realizan personalmente los autores y/o autoras: Para facilitar el trámite de registro a nivel nacional, se coordina con las Subdirecciones Regionales del IEPI en Guayaquil y Cuenca y telefónicamente con los autores y/o autoras de otras ciudades utilizando el correo paralelo de Servientrega, para la recepción de documentos y el envío de los Certificados de Registro. Para obtener formularios de solicitudes y sus instructivos pueden ingresar a la página web:www.ipi.ec. Según la Ley de Propiedad Intelectual vigente, “el reconocimiento de los derechos de autor y los derechos conexos, no está sometido a registro, depósito, ni al cumplimiento de formalidad alguna”. No obstante, el registro de obras, es conveniente a los autores y más participantes en las creaciones protegidas, principalmente porque, en casos de conflicto, pueden constituirse en un elemento coadyuvante para la determinación de la autoría. En la Unidad de Registro, Matriz Quito de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, del IEPI, así como en la Subdirección Regional IEPI, Guayaquil y en la Subdirección Regional IEPI, Cuenca se registran facultativamente de conformidad con los Arts: 9, 10, 13, 14, 15, 16 y 17 del Reglamento a la Ley de Propiedad Intelectual, “las obras y creaciones protegidas por los derechos de autor y derechos conexos, los actos y contratos relacionados con los derechos de autor; y, la transmisión de los derechos a herederos y legatarios“. Hay 3 casos para registran en el IEPI:

Upload: isabel-mantilla

Post on 11-Jan-2016

1 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

INSTITUTO ECUATORIANO DE PROTECCION INTELECTUAL

TRANSCRIPT

Page 1: IEPI_

Ma. Isabel MantillaDerecho II 22/JULIO/2015

IEPI .PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE DERECHO DE AUTOR, PASOS A SEGUIR Y SU OPINIÓN.

Se registran obras literarias y artísticas, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad. Para el registro se clasifican en tres grupos: obras inéditas, publicadas y por publicarse. El registro de obras en la ciudad de Quito, generalmente lo realizan personalmente los autores y/o autoras: Para facilitar el trámite de registro a nivel nacional, se coordina con las Subdirecciones Regionales del IEPI en Guayaquil y Cuenca y telefónicamente con los autores y/o autoras de otras ciudades utilizando el correo paralelo de Servientrega, para la recepción de documentos y el envío de los Certificados de Registro. Para obtener formularios de solicitudes y sus instructivos pueden ingresar a la página web:www.ipi.ec.

Según la Ley de Propiedad Intelectual vigente, “el reconocimiento de los derechos de autor y los derechos conexos, no está sometido a registro, depósito, ni al cumplimiento de formalidad alguna”. No obstante, el registro de obras, es conveniente a los autores y más participantes en las creaciones protegidas, principalmente porque, en casos de conflicto, pueden constituirse en un elemento coadyuvante para la determinación de la autoría.

En la Unidad de Registro, Matriz Quito de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, del IEPI, así como en la Subdirección Regional IEPI, Guayaquil y en la Subdirección Regional IEPI, Cuenca se registran facultativamente de conformidad con los Arts: 9, 10, 13, 14, 15, 16 y 17 del Reglamento a la Ley de Propiedad Intelectual, “las obras y creaciones protegidas por los derechos de autor y derechos conexos, los actos y contratos relacionados con los derechos de autor; y, la transmisión de los derechos a herederos y legatarios“.

Hay 3 casos para registran en el IEPI:

1.- OBRAS INÉDITAS : Se consideran obras inéditas aquellas que van a permanecer en custodia del Registro de la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, hasta cuando puedan editarse, o permanecer indefinidamente en el archivo correspondiente.

► Requisitos para el registro: Formulario de solicitud de registro, con los datos y firmas correspondientes. Un ejemplar de la obra a máquina o en computador (escritos). En música: letras

y partituras y en artísticas: dibujo, planos, pinturas, etc. Copia del nombramiento del representante legal. Copia de la constitución de la empresa (Titular) Copia de la cédula del autor y/o autora. Recibo del pago de la tasa correspondiente

Page 2: IEPI_

Ma. Isabel MantillaDerecho II 22/JULIO/2015

► Procedimiento:1. Recepción de la solicitud de registro, de un ejemplar de la obra inédita y demás

documentos solicitados.2. Entrega de la copia del recibo del pago de la tasa, con el número de trámite y la

fecha de entrega del Certificado de Registro.3. Entrega del Certificado de Registro al usuario y /o usuaria (Los Certificados de

Registro de los autores y/o autoras de otras ciudades se envían por Servientrega, previo la firma de recepción.

► Costo:El valor de la tasa varía entre $ 4 y $ 6 dólares, según el caso.

►Tiempo estimado de tramitación:El tiempo del trámite es de 4 a 5 días hábiles.

2.- OBRAS PUBLICADAS: Estas obras son las que registran los autores después de haber sido impresas, es decir cuando ya han sido dadas a conocer al público. Generalmente los autores por desconocimiento de la Ley del Libro, han impreso sus obras sin los requisitos que expresa esta Ley. Se normaliza esta falencia en la segunda edición del libro.

► Requisitos para el registro: Formulario de solicitud de registro, con los datos y firmas correspondientes. Dos ejemplares de la obra (Libros). Música: 1 C. D., casete o disco. Programas

de ordenador: 1 C. D.Publicaciones Periódicas: 1 ejemplar. Programas de Televisión: 1 CD o 1 DVD. Obrascinematográficas: 1 CD o 1 DVD.

Copia de la cédula del autor y/o autoras. Copia de la constitución de la empresa (Titular). Copia del nombramiento del representante legal. Recibo del pago de la tasa.

► Procedimiento:1. Recepción de la solicitud de registro, de los dos ejemplares de la obra (Libros) o

del 1 ejemplar en los otros casos señalados y los documentos solicitados.2. Entrega de la copia del recibo del pago de la tasa, con el número de trámite y la

fecha de entrega del Certificado de Registro.3. Entrega del Certificado de Registro al usuario y/o usuaria (Los Certificados de

Registro de otras ciudades se envían por Servientrega) previo la firma de recepción.

► Costo:El valor de la tasa varía entre $ 4 y $ 6 dólares, según el caso.

► Tiempo estimado de tramitación:El tiempo del trámite es de 4 a 5 días hábiles.

Page 3: IEPI_

Ma. Isabel MantillaDerecho II 22/JULIO/2015

3.- OBRAS POR PUBLICARSE (Libros): Con la finalidad de dar cumplimiento al Capítulo VIII. Disposiciones Generales Primera y Segunda de la Ley del Libro, las que se refieren a los datos que deben constar en los libros editados en el Ecuador, se coordina con la Agencia nacional del ISBN (Número Internacional Normalizado para Libros) que funciona en la Cámara Ecuatoriana del Libro, para que el autor obtenga todos estos datos antes de la impresión del libro.

►Requisitos: Formulario de solicitud de registro, con los datos y firmas correspondientes. Un ejemplar de la obra por publicarse. Certificación de la imprenta o editorial. Copia de la cédula del autor y/o autora. Copia del nombramiento del representante legal. Copia de la constitución de la empresa (Titular).

►Procedimiento:1. Recepción de la solicitud de registro, del borrador de la obra y demás

documentos solicitados.2. Luego, con el número de registro en la copia del pago de la tasa, va el autor y/o

autora a la Cámara Ecuatoriana del Libro, para obtener el ISBN (Número Internacional Normalizado para Libros).

3. Los autores y/o autoras deberán entregar 2 ejemplares de las obras ya impresas y retirar el borrador.

4. Entrega del Certificado de Registro al usuario y/o usuaria, luego de la entrega de las obras (Los Certificados de Registro de otras ciudades se envían por Servientrega), previa la firma de recepción.

► Costo:El valor de la tasa varía entre $ 4 y $ 6 dólares, según el caso.

►Tiempo estimado de tramitación:El trámite es inmediato.

Opinión PersonalSegún el Art3 El Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual es el Organismo Administrativo Competente para propiciar, promover, fomentar, prevenir, proteger y defender a nombre del Estado Ecuatoriano, los derechos de propiedad intelectual reconocidos en la presente Ley y en los tratados y convenios internacionales, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que sobre esta materia deberán conocerse por la Función Judicial.El IEPI como entidad del gobierno se encarga de proteger y salvaguardar los autores y obras para la posteridad; con el fin de que no haya plagios ni malos entendidos posteriormente; por ello se constata la legitimidad del autor y su obra pagando tasas y cumpliendo con una serie de requisitos para certificar las autorías.

Page 4: IEPI_

Ma. Isabel MantillaDerecho II 22/JULIO/2015

http://www.propiedadintelectual.gob.ec/registro-de-obras-de-derecho-de-autor/

http://tramitesecuador.com/instituto-ecuatoriano-de-propiedad-intelectual-iepi/tramite-de-registro-de-obras/

http://www.sice.oas.org/int_prop/nat_leg/ecuador/L320ind.asp