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02/07/2019 A.E.A.T. D.I.T. S.G. de Aplicaciones I. SOCIEDADES 2019 y siguientes Servicios de Ayuda a la Declaración Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.0 (08/05/2020)

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02/07/2019

A.E.A.T.

D.I.T.

S.G. de Aplicaciones

I. SOCIEDADES 2019 y siguientes

Servicios de Ayuda a la Declaración

Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.0 (08/05/2020)

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S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..2

ÍNDICE

1 INTRODUCCIÓN ..............................................................................................4

1.1 Modelos de declaración ..................................................................................5

1.2 Modos de presentación del modelo 200 .........................................................5

2 CONFECCIÓN DE DECLARACIONES ........................................................6

2.1 Especificaciones ..............................................................................................6

2.2 Formas ............................................................................................................6

2.3 Pruebas y Servicio de Validación y Prueba de Impresión ..............................7

2.4 Cumplimentación automática de la información contable..............................7

3 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS ................................9

4 EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS

SERVICIOS ...................................................................................................................10

4.1 Cumplimentación automática de la información contable............................11

4.2 Servicio de Validación y Prueba de Impresión .............................................11

4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT ................................. 11

4.3 Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico ................11

4.3.1 Envío directo al servidor de la AEAT ................................. 12

4.3.2 Enlace con el formulario ..................................................... 12

5 DUDAS MÁS FRECUENTES .......................................................................13

6 ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE

COMERCIAL CON LOS SERVICIOS .......................................................................14

6.1 Cumplimentación automática de la información contable............................14

6.1.1 Datos a importar según el tipo de entidad ........................... 14

6.1.2 Esquema XSD ..................................................................... 15

6.1.3 Elementos del esquema y definiciones ............................... 17

6.1.4 Proceso de importación del fichero XML en la aplicación Web de

Sociedades ........................................................................................... 18

6.2 Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión ...............19

6.2.1 Invocación del servicio de Validación y Prueba de Impresión

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19

6.2.2 Juego de caracteres válido ................................................... 21

6.2.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT 21

6.3 Integración con el servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico 22

6.3.1 Invocación del servicio de Presentación Electrónica .......... 22

6.3.2 Juego de caracteres válido ................................................... 33

6.3.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT 33

6.4 Requisitos comunes a los tres servicios ........................................................34

6.4.1 Juego de caracteres válido ................................................... 34

6.4.2 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la

AEAT 34

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1 INTRODUCCIÓN

Este documento recopila los distintos servicios de ayuda a la declaración del

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes

(establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas

constituidas en el extranjero con presencia en territorio español), que la Agencia

Tributaria pone a disposición de sus colaboradores: empresas de desarrollo

(EE.DD.), entidades colaboradoras (EE.CC.) y gestores administrativos (GG.AA.).

Por tanto, tiene por objeto difundir la oferta de servicios y los detalles necesarios

para su utilización.

Los servicios de ayuda se diseñan atendiendo al hecho de que todas las

declaraciones se presentan obligatoriamente por Internet y persiguiendo los

siguientes objetivos:

- Facilitar la presentación a los colaboradores.

- Reutilizar los intercambios telemáticos de ficheros existentes en el NPGT.

- Definir un procedimiento de presentación de declaraciones que permita su

apertura a otros canales no presenciales de banca a distancia.

Antes de describir los servicios de ayuda repasaremos la configuración de los

modelos y modos de presentación.

Ya en el ejercicio 2018 desapareció el programa de ayuda de Sociedades

(PADIS), pasando a ser una aplicación Web de Sociedades, que permitirá tanto la

confección de la declaración desde cero, como la importación de ficheros de

Sociedades .200, desarrollados de acuerdo al diseño de registro del modelo 200,

publicado en el Portal de la AEAT

Ya desde el ejercicio 2017, la invocación al servicio de presentación telemática

de declaraciones mediante envío directo al servidor de la AEAT no permite una firma

basada en procesos criptográficos del fichero de declaración. En su lugar, se deberá

invocar al servicio mediante un mecanismo de identificación y autenticación con

certificado electrónico reconocido que denominamos Firma No Criptográfica.

En las distintas versiones que se publiquen de este documento, se resaltarán

sobre fondo amarillo los cambios con respecto a la versión anterior, y en general los

cambios que se hayan producido sobre este documento, pero que no correspondan

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a la última versión del mismo, se marcarán sobre fondo azul para que se tengan

todos contemplados.

1.1 Modelos de declaración

Las declaraciones se presentan de acuerdo al modelo 200.

Además, para los grupos fiscales existe un modelo específic o de

declaración: el modelo 220 . Aunque en este documento nos referiremos

exclusivamente a los servicios de ayuda referidos a las declaraciones del modelo

200.

1.2 Modos de presentación del modelo 200

Se presentan obligatoriamente por vía electrónica por Internet. Requiere

certificado electrónico.

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2 CONFECCIÓN DE DECLARACIONES

2.1 Especificaciones

Las declaraciones del modelo 200 que sean confeccionadas mediante

herramientas informáticas deben atender a las especificaciones de validaciones para

generar el fichero del modelo 200. En

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrol

ladores.html se publican los siguientes documentos:

- Diseño de registro del modelo 200

- Especificaciones de validaciones para incorporar en el desarrollo de

aplicaciones que generan ficheros del modelo 200

- Especificaciones de validación de fichero del impuesto de Sociedades 200

- Guía de uso del esquema "mod20020XX.xsd" para la cumplimentación

automática de información contable, donde XX refleja los dos últimos dígitos

del ejercicio.

- Esquema " mod20020XX.xsd" para la cumplimentación automática de

información contable, donde XX refleja los dos últimos dígitos del ejercicio.

2.2 Formas

Atendiendo a las especificaciones anteriores existen dos formas de confección de

la declaración:

- Aplicación Web de Sociedades – modelo 200 : Como ya se ha

indicado, desde el ejercicio 2018 ya no se desarrollará el programa de

ayuda de Sociedades (PADIS) como versión instalable, sino que se

desarrollará como aplicación Web. Dicha aplicación permitirá generar

un fichero para la presentación de la declaración con las validaciones

propias del programa.

- Software comercial : Las entidades proveedoras de software también

pueden generar el fichero de la declaración. Para ello, como hemos

dicho, la AEAT ha puesto a su disposición en Internet las validaciones

y especificaciones del diseño de registro.

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2.3 Pruebas y Servicio de Validación y Prueba de Impresión

El fichero de declaración obtenido conforme el apartado anterior, está listo para su

presentación tal como se indica en el apartado 3.

La Agencia Tributaria ofrece un entorno de Pruebas para Externos, disponible en

Internet, con el objetivo de que las empresas que desarrollan aplicaciones para

generar ficheros de declaración del modelo 200 puedan verificar en la fase de

pruebas contra el servidor de la AEAT que dichos ficheros son conformes con las

especificaciones, así como el interfaz de envío y la firma electrónica de la

declaración en su caso.

Tanto en este entorno de Pruebas para Externos como en el entorno de

Producción, la Agencia Tributaria también ofrece un “Servicio de Validación y Prueba

de Impresión” con el objetivo de que las empresas que desarrollan aplicaciones para

generar el fichero de la declaración del modelo 200 puedan verificar en la fase de

pruebas contra el servidor de la AEAT que dichos ficheros son conformes con las

especificaciones. Este servicio no necesita certificado electrónico.

Mediante este “Servicio de Validación y Prueba de Impresión” se enviará el

fichero al servidor de la AEAT para validarlo y, sin guardar los datos, devolverá el

resultado indicando la conformidad de la declaración o la relación de errores

detectados. Si la declaración es conforme, se podrá obtener una copia de la

declaración enviada en formato PDF con la marca de agua “BORRADOR NO

VÁLIDO PARA PRESENTACIÓN” y sin número de justificante para impedir su

presentación.

2.4 Cumplimentación automática de la información contable

La aplicación Web de Sociedades ofrece la posibilidad de cumplimentar

automáticamente determinados apartados de la declaración, agilizando así el

proceso de incorporación de los datos al modelo 200 y evitando su cumplimentación

manualmente.

Podrá incorporarse de forma automática, y siempre que voluntariamente de opte a

ello, la información relativa al balance, a la cuenta de pérdidas y ganancias, y al

estado de cambios en el patrimonio neto.

Dicha importación de los estados contables podrá realizarse para las entidades

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sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España, entidades

aseguradoras, instituciones de inversión colectiva, sociedades de garantía recíproca,

y las no sometidas a normativa específica.

La incorporación de estos datos se llevará a cabo mediante la importación de un

fichero XML, el cual deberá ajustarse a un esquema determinado cuyo diseño se

encuentra definido en el fichero “mod20020XX.xsd” (donde XX refleja los dos últimos

dígitos del ejercicio) que será facilitado a través del portal de Empresas

Desarrolladoras

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrol

ladores.html, dentro del apartado de Documentación > Impuesto sobre Sociedades>

Modelo 200.

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3 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS

Una vez generado el fichero de la declaración, existe una única forma de tramitar

su presentación. Dicha forma será con certificado, por Internet. Este envío puede

hacerse desde la Sede Electrónica de la AEAT, accediendo a las opciones del

modelo 200 y seleccionando la opción de Presentación electrónica, donde se

accederá a la aplicación Web de Sociedades y se podrá anexar el fichero de la

declaración generado. La aplicación Web de Sociedades procederá a realizar las

validaciones oportunas y llevará a cabo la presentación de la declaración. Una vez

haya sido presentada, se obtendrá una página de respuesta del servidor con el

justificante de presentación en formato PDF validado con un código seguro de

verificación.

Igualmente puede realizarse un envío directo al servidor de la AEAT, opción

destinada a empresas desarrolladoras de software, y que se detalla a continuación

en el siguiente punto.

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4 EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS

SERVICIOS

En la figura 1 se muestran esquemáticamente los diferentes servicios

identificados en este documento.

Figura 1.- Esquema de los diferentes servicios ofrecidos por la AEAT.

Las sucesivas especificaciones de estos servicios se publicarán en la página web

de las empresas de desarrollo firmantes del acuerdo con la Agencia

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Documentacio

n/Documentacion.html

Todos estos servicios, para su uso directo sin integración con el software

comercial, estarán disponibles en el portal de la Agencia Tributaria (AEAT),

accesibles a través del portal de la Campaña de Sociedades y de la Sede

Electrónica de la AEAT.

A continuación se hace una primera aproximación a dichas especificaciones para

que, desde el software comercial, se pueda realizar la integración con cada uno de

ellos. Los detalles pueden consultarse en el apartado 6.

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4.1 Cumplimentación automática de la información contable

La incorporación de estos datos en la aplicación Web de Sociedades se llevará a

cabo mediante la importación de un fichero XML, el cual deberá ajustarse a un

esquema determinado cuyo diseño se encuentra definido en el fichero

“mod20020XX.xsd” (donde XX refleja los dos últimos dígitos del ejercicio) que será

facilitado a través del portal de Empresas Desarrolladoras

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrol

ladores.html.

4.2 Servicio de Validación y Prueba de Impresión

Disponible en el entorno de Pruebas de Externos y en el entorno de Producción.

Existen una forma de verificar si el fichero de una declaración es formalmente

correcto y, en su caso, de obtener el documento PDF con la marca de agua

“Borrador NO VÁLIDO para su presentación” conteniendo la declaración.

4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet pero NO será

necesario certificado electrónico alguno.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se

devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve el modelo

cumplimentado en formato PDF. A su vez, las empresas de desarrollo han podido

preparar la forma de envío, declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el

método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que

forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden

determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación

URLEncoded.

4.3 Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico

Existen dos formas de presentar electrónicamente por Internet con certificado el

fichero que contiene la declaración:

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4.3.1 Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y se necesita

firmar CON CERTIFICADO electrónico.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se

devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página html de

respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF embebido y el

código seguro de verificación. A su vez, las empresas de desarrollo han podido

preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el

método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que

forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden

determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación

URLEncoded.

4.3.2 Enlace con el formulario

Será necesario incorporar en el software comercial una llamada a cierta URL de la

AEAT. Será necesario realizar autenticación de cliente CON CERTIFICADO

electrónico.

Se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el

fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al

servidor de la AEAT.

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5 DUDAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Dónde se acude ante dudas o incidencias informá ticas?

Para cualquier duda que pueda surgir, tanto las entidades financieras como los

profesionales tributarios, así como las empresas desarrolladoras de software,

pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención Telefónica dependiente del

Departamento de Informática (teléfono 901200347 y [email protected])

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6 ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE

COMERCIAL CON LOS SERVICIOS

6.1 Cumplimentación automática de la información contable

6.1.1 Datos a importar según el tipo de entidad

Para cada entidad podrá importarse la información contable que se encuentre en

los siguientes apartados:

1. Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España

• Balance

• Cuenta de pérdidas y ganancias

• Estado de cambios en el patrimonio neto

2. Entidades aseguradoras

• Balance

• Cuenta de pérdidas y ganancias

• Estado de cambios en el patrimonio propio

3. Instituciones de inversión colectiva

• Balance

• Patrimonio y pasivo. Cuentas de orden

• Cuenta de pérdidas y ganancias

• Estado de variación patrimonial

4. Sociedades de garantía recíproca

• Balance

• Cuenta de pérdidas y ganancias

• Estado de ingresos y gastos reconocidos

• Estado total de cambios en el patrimonio neto

5. Las no sometidas a normativa específica.

• Balance

• Cuenta de pérdidas y ganancias

• Estado de cambios en el patrimonio neto

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6.1.2 Esquema XSD

El esquema XSD se ha desarrollado con la finalidad de permitir la importación en

la aplicación Web de Sociedades. Dicho esquema tendrá una selección alternativa,

de forma que con cada fichero XML sólo se podrá cumplimentar un tipo de entidad, y

la información contable que se podrá incorporar variará en función de dicha entidad,

tal y como se ha mencionado en el punto anterior.

Esquema XSD

Para cada uno de estos apartados, el esquema especifica las páginas del modelo

200 donde se recoge esta información para cada tipo de entidad.

Esquema XSD

Finalmente para cada una de las páginas se incluyen las distintas partidas que

deben cumplimentarse.

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Hay que tener en cuenta que tan sólo se deben incluir las partidas que puedan

admitir contenido en la aplicación Web de Sociedades atendiendo al tipo de entidad

y a los estados de cuentas elegidos previamente, de forma que no podrán

incorporarse en el fichero XML las siguientes partidas:

• Las que sean calculadas para la situación elegida (A modo de ejemplo, la

partida 101 se encontrará deshabilitada para escritura si se trata de una

entidad normal (pag 3 - pag 11), mientras que se encontrará habilitada para

escritura si se trata de una entidad sometidas a las normas de contabilidad

del Banco de España. De este modo la partida 101 no estará disponible en el

esquema dentro de la página 3 para su importación, mientras que en la

página 27 (entidad sometidas a las normas de contabilidad del Banco de

España) si se incluirá.

• Las que no sean susceptibles de cumplimentación para la situación elegida (A

modo de ejemplo, si se trata de una PYME que tiene que cumplimentar la

página 3 del modelo 200, no se podrán incorporar al fichero XML las partidas

103, 104, 105, 107, 108 y 109 (entre otras), ya que para su estado de cuentas

estas partidas estarán inhabilitadas).

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6.1.3 Elementos del esquema y definiciones

Elemento del esquema Definición

MOD20020XX (XX son los dos

últimos dígitos del Ejercicio)

Etiqueta raíz

Normal Entidades no sometidas a normativa específica

BancoEspana Entidades sometidas a las normas de

contabilidad del Banco de España

Seguros Entidades aseguradoras

SociedadGarantía Sociedades de Garantía Recíproca o de

Reafianzamiento

InstitucionesInversioncolectiva Instituciones de Inversión Colectiva

Balance Balance

CuentaPyG Cuenta de pérdidas y ganancias

IngresosPerdidas Estados de ingresos y gastos reconocidos

CambiosPN Estados de cambios en el patrimonio neto

VariacionPatrimonial Estado de variación patrimonial

PaginaXX Página correspondiente de la declaración

TXXXXX Casilla a cumplimentar de la declaración

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6.1.4 Proceso de importación del fichero XML en la aplicación Web de

Sociedades

El proceso de importación SOLO es aplicable al crear una declaración nueva,

justo después de pulsar el botón “Aplicar”.

Una vez seleccionado el tipo de entidad y en su caso, el estado de cuentas

asociado a la misma, se mostrará una ventana emergente que permitirá seleccionar

el fichero XML a importar:

Si se opta por no seleccionar un fichero se procederá a la cumplimentación de los

datos de forma manual. Si por el contrario se selecciona un fichero, la aplicación

procederá a realizar la importación de los datos de forma automática en los

apartados correspondientes.

El proceso de importación se realiza como sigue:

• Se comprueba que el fichero XML está bien formado y es válido de acuerdo al

esquema predefinido “mod20020XX.xsd”, donde XX representa los dos últimos

dígitos del ejercicio.

• Se comprueba si el fichero a tratar se ajusta al tipo de entidad seleccionado y al

estado de cuentas asociado a la misma, siempre que este último dato sea

requerido.

• El fichero XML se lee de forma secuencial y sólo se incorporarán datos a la

declaración si el fichero es correcto.

• El proceso de importación puede generar avisos o errores, y en ambos casos

permite generar un informe con las situaciones anómalas encontradas.

• Con los avisos se proporcionan advertencias sobre el fichero XML pero no se

impide la importación de los datos.

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• Si se encontrasen errores, no se incorporará ningún dato a la declaración pero

se procesará por completo con el fin de poder mostrar por pantalla dichos

errores al usuario.

6.2 Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión

Estará disponible en el entorno de Pruebas de Externos y en el entorno de

Producción.

El entorno de Pruebas de Externos se encuentra operativo los días laborables en

horario de 8:00h a 15:00h. La autoridad de certificación de los certificados del

servidor de la AEAT en este entorno utilizados en la conexión SLL es distinta a la de

los certificados del entorno de Producción. Los logs de errores de este entorno se

borran con periodicidad diaria, por lo que cualquier consulta de las empresas

desarrolladoras relativa a problemas en sus envíos de prueba deberá hacerse el

mismo día de la realización de la prueba.

6.2.1 Invocación del servicio de Validación y Prueba de Impresión

No requiere certificado electrónico alguno.

Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de

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la declaración que se desee validar1.

6.2.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

6.2.1.1.1 Envío al servidor de la AEAT

No requiere certificado electrónico alguno.

Al servicio se le pasará por el método POST del protocolo http una cadena de

caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario. Se debe respetar el

orden de las variables , que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas

mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como

urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que

recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.

La URL de llamada directa al servicio es:

Pruebas de Externos: https://www6.aeat.es/wlpl/PFTW-PICW/ServVali

Producción: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PFTW-PICW/ServVali

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a

continuación:

VARIABLES A ENVIAR

IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES,VA,GL,CA)

LEV= 000000000000, valor constante.

FIC= Fichero plano completo según el Diseño de Registro.

RUT= Cadena con la ruta en el directorio local y nombre del fichero

que contiene la declaración a validar (opcional)

PRG= vacío

FIN= vacío

EJF= Ejercicio

1 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido

indicado en el apartado6.4.

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MOD= 200

Ya no es necesario enviar la variable HID para el ejercicio 2018 y siguientes

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software

comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en

los envíos:

• Contenido de la variable FIC=:

1. Pasar el fichero según DR publicado a ISO-8859-152.

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

3. Transformar el resultado a URLEncoded.

6.2.1.1.2 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

El fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT, y si la

respuesta es correcta se obtendrá el documento de la declaración en formato PDF.

En caso de error, la respuesta será una página HTML con la relación de errores.

Si se desea no realizar el proceso de validación y obtener directamente el

documento de la declaración correspondiente (sin validar) en formato PDF, detrás de

la variable “MOD” se deberá enviar otra variable llamada “SINVL” sin necesidad de

ningún valor.

6.2.2 Juego de caracteres válido

Ver apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Requisitos

comunes a los tres servicios.

6.2.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Requisitos

comunes a los tres servicios.

2 Teniendo también en cuenta las indicaciones del ap artado 6.4.

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6.3 Integración con el servicio de Presentación Electrónica con

certificado electrónico

La invocación al servicio de presentación telemática de declaraciones mediante

envío directo al servidor de la no permite una firma basada en procesos

criptográficos del fichero de declaración. En su lugar, se deberá invocar al servicio

mediante un mecanismo de identificación y autenticación con certificado electrónico

reconocido que denominamos Firma No Criptográfica

6.3.1 Invocación del servicio de Presentación Electrónica

Requiere certificado electrónico.

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas3:

6.3.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT

6.3.1.1.1 Funcionalidades que debe cubrir el software comercial

1. Debe disponer de un servicio de captura del fichero a transmitir.

2. Debe seleccionar determinados campos de la declaración para mostrarlos

al contribuyente con objeto de:

• Obtener la autorización para su transmisión a la A.E.A.T.

• Realizar el cargo en cuenta y obtener un NRC, en su caso. (sólo

EE.FF.)

3. Debe enviar el fichero plano, y los datos de firma no criptográfica según se

especifica en el apartado 6.3.1.1.3

4. Debe devolver al contribuyente los datos en formato html como resultado

de la aceptación o no de la declaración según se especifica en el apartado

6.3.1.1.4

En los envíos directos no se producirán errores leves de tipo censal.

A continuación se describe cómo debe implementarse esta funcionalidad.

3 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido

indicado en el apartado 6.4.

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6.3.1.1.2 Selección de determinados campos para mostrarlos al contribuyente y

autorización para la transmisión a la AEAT para realizar una firma No

Criptográfica.

El fichero es una secuencia de datos etiquetados. Existe una etiqueta inicial que

indica el modelo, tipo de sociedad (normal, aseguradoras, entidades de crédito,

inversión colectiva), ejercicio y periodo de la declaración.

Por cada página del modelo oficial existe una etiqueta de comienzo y final.

Las etiquetas son acordes al diseño de registro publicado en el Portal de la AEAT

para cada Ejercicio.

A continuación se describen las etiquetas y la localización de datos que necesita

el software comercial para realizar la operación de cargo en cuenta (sólo EE.FF.) o

para mostrar los datos relevantes necesarios para obtener la autorización del envío

de la declaración4:

Primera etiqueta del fichero según el Diseño de Registro <T200020XX0A0000>

• Modelo: 200 (posiciones 2 a 4 de la propia etiqueta)

• Ejercicio: 20XX (posiciones 6 a 9 de la propia etiqueta), donde XX son los

dos últimos dígitos del Ejercicio

• Periodo: 0A (posiciones 10 y 11 de la propia etiqueta)

Para la localización de los siguientes datos, se debe considerar que las

posiciones que se indican a continuación se cuentan a partir del primer carácter de

la correspondiente etiqueta de inicio, es decir del carácter “<”

Etiquetas de principio y fin de la página 1 del modelo oficial

<T20001000></T20001000> “Página 1”:

• NIF del declarante: Campo número 7 del diseño de registro.

• Razón Social o apellidos y nombre del declarante: Campo número 8 del

4 Para obtener cualquier otro dato que pueda resulta r de interés, consultar

el diseño de registro definitivo publicado por la A EAT en Ayuda/Diseños de

registro de http://www.agenciatributaria.es

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diseño de registro.

Etiquetas de principio y fin de página 12 del modelo oficial

<T20012000></T20012000> “Página 12”:

• Resultado cta. P. Y G

Etiquetas de principio y fin de página 13 del modelo oficial

<T20013000></T20013000> “Página 13”

• Base imponible

Etiquetas de principio y fin de página 14 del modelo oficial

<T20014000></T20014000> “Página 14”

• Tipo de gravamen

• Cuota íntegra

Etiquetas de principio y fin de página 14B del modelo oficial

<T20014B00></T20014B00> “Página 14B”

• Cuota diferencial del Estado.

• Cuota diferencial Diputaciones Forales/Navarra

• Líquido del Estado

• Líquido de las Diputaciones Forales/Navarra

Etiquetas de principio y fin página DID <T200DID00></T200DID00>

“Documento de Ingreso/Devolución”

• Importe del ingreso

• Modalidad de ingreso

• Número de cuenta IBAN Ingreso

• Importe de la Devolución

• Modalidad de devolución

• Cuota cero

• Número de cuenta IBAN devolución

• Código SWIFT-BIC cuenta devolución

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Puede consultar las características y especificaciones generales de la Firma No

Criptográfica en el documento “Nueva Firma No Criptográfica: Especificaciones para

firmas sin criptografía en presentaciones telemáticas mediante envío directo al

servidor de la AEAT y calendario de implantación”, publicado en los Portales de

Entidades Colaboradoras y Entidades Desarrolladoras.

El fichero plano es generado mediante herramientas informáticas de un software

comercial. En el fichero plano se localiza el NIF del declarante, que se deberá

contrastar en su caso con los datos del usuario. Al usuario se le deberán mostrar los

datos de la declaración a presentar y pedirle su conformidad para la presentación de

la declaración. Para la presentación de la declaración el presentador deberá

disponer de un certificado electrónico que se utilizará para llamar con autenticación a

los servicios de la AEAT.

El hecho de realizar la presentación de declaraciones través de los servicios de

envío directo al servidor de la AEAT implica que el presentador acepta que los datos

de dichas declaraciones son los que está enviando. Es decir, el propio envío de la

declaración supone la aceptación de los datos en ella contenidos, y así lo deberá

garantizar, por los medios que considere, la aplicación o servicio de la empresa

desarrolladora o entidad colaboradora que se integre con el servicio de presentación

electrónica mediante envío directo al servidor de la AEAT.

Ejemplo: En el caso de los formularios de presentación de la AEAT, en el

momento de la firma y envío de la declaración se presenta al usuario la siguiente

ventana de firma para capturar su conformidad:

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Además, el software comercial debe capturar el NIF y la Razón social/Apellidos y

nombre del titular del certificado electrónico que se va a utilizar en la presentación.

El titular del certificado electrónico que se va a utilizar en la presentación será

considerado el “presentador” por los programas de la AEAT.

6.3.1.1.3 Envío firmado al servidor de la AEAT

Se enviará a la siguiente URL de la AEAT, mediante el método POST, un

formulario web que contendrá, entre otros, determinados datos necesarios para

comprobar la Firma No Criptográfica:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PFTW-PICW/PresBasica

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese

desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las

variables , que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo

&, y sólo con el valor va en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como

URLEncoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que

recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin URLEncoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a

continuación:

VARIABLES A ENVIAR VALOR

FIRNIF= NIF del presentador (NIF titular del certificado electrónico utilizado para realizar la autenticación de cliente)

FIRNOMBRE= Razón social/Apellidos y nombre del presentador (del titular del certificado electrónico utilizado para realizar la autenticación de cliente).

NRC = Número de Referencia Completo (NRC) para el tipo I (Ingreso), en resto de tipos vacío.

IDI = Idioma en el que se generará el justificante PDF de la presentación

ES (Castellano) CA (Catalán) GL (Gallego) VA (Valenciano)

F01 = Fichero plano completo de la declaración según el diseño de registro publicado del modelo 200, que puede ser consultado en el portal de la AEAT http://www.agenciatributaria.es en Inicio > Ayuda > Diseños de registro. Se deberán eliminar los caracteres de tipo CRLF.

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FIR= Valor constante “FirmaBasica”

Los programas de la AEAT comprobarán que el valor de la variable &FIRNIF

coincida con el NIF del titular del certificado autenticado en los sistemas de la AEAT,

y en caso de no coincidir se dará un error y se abortará la presentación.

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software

comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en

los envíos:

• Contenido de la variable F01=:

1. Pasar el contenido del fichero plano completo según el Diseño de

Registro a ISO-8859-155.

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

3. Transformar el resultado a URLEncoded.

6.3.1.1.4 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

La AEAT genera, de forma predeterminada para cualquier petición de

presentación de declaraciones, una respuesta en formato HTML con la copia

electrónica de la presentación realizada, en formato PDF, embebida dentro de la

página. A efectos de la AEAT el justificante de la presentación no es la página HTML

devuelta sino el PDF que se encuentra embebido en la misma.

Para los casos de aceptación de la declaración el título de la página de respuesta

correcta comienza por el Código Seguro de Verificación (16 primeros caracteres). El

título de la página de rechazo tiene el texto “ERROR”.

La página correcta siempre contendrá el código seguro de verificación (variable

CEL de Javascript) y la página de respuesta de error nunca lo contendrá. El código

seguro de verificación, junto con la fecha y hora (variables Javascript FEC y HOR), y

el Nº de entrada de Registro (variable Javascript REG), indican que la declaración se

ha aceptado y grabado en el servidor de la AEAT.

Las variables javascript disponibles son:

var CEL=”&amp;CEL;”; //Código seguro de verificación de la presentación

5 Teniendo también en cuenta las indicaciones del ap artado 6.4.

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var FEC=”&amp;FEC;”; //Fecha de presentación

var HOR=”&amp;HOR;”; //Hora de presentación

var REG=”&amp;REG;”; //Número de entrada de Registro

var NRC=”&amp;NRC;”; //Número de Referencia Completa.

var ING=”&amp;ING;”; //Importe del ingreso.

var NIP=”&amp;NIP;”; //NIF Presentador.

var APP=”&amp;APP;”;//Apellidos y nombre, razón social o denominación del presentador.

var CAP=”&amp;CAP;”; // En calidad de, del Presentador

var NDC=”&amp;NDC;”; //NIF Declarante.

var NAP=”&amp;NAP;”; //Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante.

var MOD=”&amp;MOD;”; // Modelo

var EJF=”&amp;EJF;”; //Ejercicio Fiscal

var PER=”&amp;PER;”; //Período

var JUS=”&amp;JUS;”; // Número de Justificante.

var IDI=”&amp;IDI;”; // Idioma de la presentación.

Adicionalmente, se podrán localizar los mismos datos en pseudoxml con los

siguientes etiquetados:

<CEL>&amp;CEL;</CEL>

<FEC>&amp;FEC;</FEC>

<HOR>&amp;HOR;</HOR>

<REG>&amp;REG;</REG>

<NRC>&amp;NRC;</NRC>

<ING>&amp;ING;</ING>

<NIP>&amp;NIP;</NIP>

<APP>&amp;APP;</APP>

<CAP>&amp;CAP;</CAP>

<NDC>&amp;NDC;</NDC>

<NAP>&amp;NAP;</NAP>

<MOD>&amp;MOD;</MOD>

<EJF>&amp;EJF;</EJF>

<PER>&amp;PER;</PER>

<JUS>&amp;JUS;</JUS>

<IDI>&amp;IDI;</IDI>

En caso de error, la página de respuesta nunca contendrá la variable JavaScript

CEL= y se podrán identificar las causas del error en las variables JavaScript

JavaScript Err[0]= a Err[99]= . El número máximo de errores que se mostrará será

de 100.

Variables javascript con la descripción de las causas del error:

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Err[0]=”&amp;E00;”; Err[1]=”&amp;E01;”;

Err[98]=”&amp;E98;”; Err[99]=”&amp;E99;”;

Así mismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml:

<E00>&amp;E00;</E00><E01>&amp;E01;</E01>

<E98>&amp;E98;</E08><E99>&amp;E99;</E99

No es posible anular declaraciones ya grabadas.

En el caso de producirse algún error de comunicaciones durante la transmisión de

la declaración, se podrá recuperar la página de aceptación o de error efectuando de

nuevo la transmisión de la declaración. Si no hubiese sido recepcionada

anteriormente en la AEAT, se obtendrá la página de respuesta correcta o error

correspondiente. En el caso de ya haber sido grabada y aceptada en la AEAT, se

tratará como una consulta mostrándose la hoja de aceptación de la declaración en el

momento anterior (que contendrá el texto YA REALIZADA y no contendrá el PDF

embebido; si se desea recuperar deberá usarse el servicio de Comprobación de la

presentación de la declaración/Comprobación en la AEAT, o acceder a la Sede

electrónica y realizar el cotejo mediante CSV o acceder a la Copia Electrónica

(Consulta Íntegra)). No se debe generar un NRC diferente, ya que la E.F. tampoco

debe admitir el cargo duplicado para el mismo modelo, período, NIF e importe, sino

que hay que volver a utilizar el NRC de la presentación que se realizó la primera vez.

6.3.1.1.5 Comprobación de la presentación de la declaración

El software comercial puede proporcionar la posibilidad de comprobar que la

declaración ha sido admitida por la AEAT.

Requiere autenticación con certificado electrónico.

Se enviará a la URL mediante el método POST un formulario que contendrá los

datos necesarios para identificar la declaración presentada. Desde el servidor de la

AEAT únicamente se muestran previa autenticación de certificado electrónico del

titular o presentador.

El “action ” del formulario desde el que se envían los datos para la comprobación

de la presentación de la declaración será:

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https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/SCEJ-MANT/ConsultaExt

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese

desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las

variables , que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo

&, y sólo con el valor va en codificación URLEncoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a

continuación:

NIF= NIF del obligado. Dato obligatorio.

ANR= Apellidos y nombre/Razón social. Dato obligatorio.

MOD= Modelo. Dato obligatorio. Se indicará el valor “200”.

EJF= Ejercicio. Formato EEEE. Dato obligatorio.

PER= Periodo

FED= Fecha de presentación desde. Formato AAAAMMDD.

FEH= Fecha de presentación hasta. Formato AAAAMMDD.

HOD= Hora de presentación desde. Formato HHMM.

HOH= Hora de presentación hasta. Formato HHMM.

La respuesta tendrá formato XML. Será un listado de las declaraciones que

cumplen los criterios de búsqueda. Se devolverá un número máximo de 100

declaraciones. El XSD de la respuesta será el siguiente: <?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> <xs:schema xmlns:xs="http://www.w3.org/2001/XMLSchema" elementFormDefault="qualified" attributeFormDefault="unqualified">

<xs:element name="servicioConsultasDirectas"> <xs:annotation> <xs:documentation>Respuesta del servicio de consultas directas</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:complexType> <xs:choice> <xs:element name="respuestaCorrecta" type="RespuestaCorrecta" maxOccurs="100"/> <xs:element name="error" type="Error"/> </xs:choice> </xs:complexType> </xs:element> <xs:complexType name="RespuestaCorrecta"> <xs:sequence> <xs:element name="ejercicio " type="Ejercicio"/>

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<xs:element name="modelo " type="Modelo"/> <xs:element name="periodo " type="Periodo"/> <xs:element name="nif " type="Nif"/> <xs:element name="csv " type="Csv"/> <xs:element name="expediente " type="Expediente"/> <xs:element name="fechaYHoraPresentacion " type="xs:dateTime"/> </xs:sequence> </xs:complexType> <xs:complexType name="Error"> <xs:sequence> <xs:element name="descripcionError " type="xs:string"/> </xs:sequence> </xs:complexType> <!-- definiciones de tipos --> <xs:simpleType name="Ejercicio"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="4"/> <xs:pattern value="\d{4}"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> <xs:simpleType name="Modelo"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="3"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> <xs:simpleType name="Periodo"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="2"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> <xs:simpleType name="Nif"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="9"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> <xs:simpleType name="Csv"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="16"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> <xs:simpleType name="Expediente"> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:length value="25"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:schema>

6.3.1.1.6 Pruebas

Se ha habilitado un entorno de Pruebas para Externos en el que se pueden

realizar pruebas de envío de presentaciones electrónicas del modelo 200. Este

entorno se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.

Las pruebas en este entorno permiten comprobar que los ficheros de declaración

son conformes con las especificaciones, así como el interfaz de envío al servidor de

la AEAT y la firma electrónica de la declaración. Se requiere el establecimiento de

una conexión a Internet y es necesario firmar con certificado electrónico de usuario.

La URL o “action” de llamada al servicio en el entorno de Pruebas para Externos

es la misma que la especificada en el apartado 6.3.1.1.3 pero sustituyendo el

dominio “www2.agenciatributaria.gob.es” por “www6.aeat.es” y

“www1.agenciatributaria.gob.es” por “www7.aeat.es”. La autoridad de certificación de

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los certificados del servidor de la AEAT en este entorno utilizados en la conexión

SLL es distinta a la de los certificados del entorno de Producción.

Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que

cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus

envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.

En el entorno de Pruebas para Externos no está habilitada la presentación en

nombre de terceros, por lo que las declaraciones a presentar durante las pruebas

deberán consignar como datos del declarante el mismo “NIF” y “Apellidos y nombre,

denominación o razón social” que los del certificado electrónico con el que se esté

realizando la presentación.

Recuerde que si una presentación se realiza con éxito, en los sucesivos envíos de

prueba debe presentar declaraciones complementarias.

El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Externos es muy

similar al del entorno de Producción (el PDF justificante de presentación podría no

estar disponible y en caso de estarlo aparecerá una marca de agua).

Las empresas deberán prestar especial atención a no utilizar las URLs de

Pruebas para Externos cuando pongan sus aplicaciones a disposición de sus

usuarios finales para realizar envíos reales. Para los envíos reales las URLs deberán

ser las del entorno de Producción. La AEAT no se hace responsable de los

problemas derivados de un mal uso de las URLs por parte de las empresas.

También se podrán realizar pruebas de validación del fichero de la declaración sin

necesidad de certificado electrónico con el servicio de validación y prueba.

6.3.1.2 Enlace con el formulario:

Requiere certificado electrónico.

La invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en la

siguiente URL, que requiere autenticación de cliente con certificado electrónico

(de forma obligatoria) :

Pruebas de Externos:

Colaborador Social:

https://www7.aeat.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=COLAB&EJER=YYYY

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Apoderado:

https://www7.aeat.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=APOD&EJER=YYYY

Nombre propio:

https://www7.aeat.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=NPROPIO&EJER=YYYY

Producción:

Colaborador Social:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=COLAB&EJER=YYYY

Apoderado:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=APOD&EJER=YYYY

Nombre propio:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PASO-PWXX/CONT/index.zul?TACCESO=NPROPIO&EJER=YYYY

Donde XX son los dos últimos dígitos del ejercicio (ejemplo PASO-PW19, e YYYY

los cuatro dígitos del Ejercicio (ejemplo 2019)

No será posible indicar mediante parámetro la ruta en el sistema de ficheros local

al fichero que se desea presentar electrónicamente. Al acceder a esta URL se

solicita el fichero .200 que se desea importar.

El servicio de Presentación Electrónica procederá a la firma electrónica de la

declaración utilizando el certificado electrónico, y realizará la petición

correspondiente a los programas HOST de la AEAT, que validarán la declaración y

la firma y devolverán al contribuyente una página HTML con el resultado de la

presentación.

6.3.2 Juego de caracteres válido

Ver apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Requisitos

comunes a los tres servicios.

6.3.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Requisitos

comunes a los tres servicios.

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6.4 Requisitos comunes a los tres servicios

6.4.1 Juego de caracteres válido

Se tienen que utilizar los caracteres visibles de ISO-8859-15, ya que los invisibles

(saltos de línea, tabuladores…) modifican la posición de los datos. Se deben enviar

los caracteres alfabéticos en mayúsculas.

6.4.2 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

6.4.2.1 Ordenador. Configuración.

Sistemas operativos6:

• Windows XP, Vista o 100% compatibles.

• Linux: distribuciones que admitan Java 7 oficial de Oracle.

• Mac OS X 10.6.8 o superior

Navegadores7:

• Internet explorer 7 o superior

• Firefox 16 o superior

• Google Chrome

• Apple Safari

6.4.2.2 Impresora

Para imprimir la declaración es necesario tener instalado en el ordenador un visor

de PDF (Adobe Acrobat Reader 7.0 o superior) e impresora.

6 Las versiones indicadas son las recomendadas para trabajar en las páginas

html de la AEAT con carácter general. Para páginas que no carguen el applet

@Firma, también funcionan versiones anteriores.

7 Mismo comentario que en la Nota de Página anterior .