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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELÉCTRÓNICA LA-018T0K001-E320-2016 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469 TIPO DE PROCEDIMIENTO: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. DE PROCEDIMIENTO: LA-018T0K001-E320-2016 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 CALENDARIO DE EVENTOS CONVOCATORIA DÍA: 12 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: ------ FECHA LÍMITE PARA RECIBIR SOLICITUD DE ACLARACIONES: DÍA: 25 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: 8:00 Lugar Sistema CompraNet JUNTA(S) DE ACLARACIONES: DÍA: 26 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: 8:00 Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, Morelos Sala de juntas del edificio 15, primer piso No se realizará evento público ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES: DÍA: 06 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 8:30 Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, Morelos Sala de juntas del edificio 15, primer piso No se realizará evento público ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO: DÍA: 09 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 12:00 Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, Morelos Sala de juntas del edificio 15, primer piso No se realizará evento público FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: DÍA: 14 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 12:00 Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, Morelos Edificio 27, tercer piso Gerencia de Asesoría Jurídica 1 de 76

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELÉCTRÓNICA LA-018T0K001-E320-2016SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE

2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469

TIPO DE PROCEDIMIENTO:LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICANO. DE PROCEDIMIENTO:LA-018T0K001-E320-2016DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017

CALENDARIO DE EVENTOS

CONVOCATORIADÍA: 12 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: ------

FECHA LÍMITE PARA RECIBIR SOLICITUD DE ACLARACIONES:DÍA: 25 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: 8:00

Lugar Sistema CompraNet

JUNTA(S) DE ACLARACIONES:DÍA: 26 MES: Mayo AÑO: 2016 HORA: 8:00

Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, MorelosSala de juntas del edificio 15, primer pisoNo se realizará evento público

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:DÍA: 06 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 8:30

Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, MorelosSala de juntas del edificio 15, primer pisoNo se realizará evento público

ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO:DÍA: 09 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 12:00

Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, MorelosSala de juntas del edificio 15, primer pisoNo se realizará evento público

FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:DÍA: 14 MES: Junio AÑO: 2016 HORA: 12:00

Lugar Reforma No. 113, Colonia Palmira, C. P. 62490 Cuernavaca, MorelosEdificio 27, tercer pisoGerencia de Asesoría Jurídica

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICALA-018T0K001-E320-2016

EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, EN LO SUCESIVO EL INSTITUTO, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN LO SUCESIVO LA LAASSP, SU REGLAMENTO Y DEMÁS NORMAS APLICABLES, LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y EL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES, UBICADOS EN REFORMA NO.113, COL. PALMIRA CÓDIGO POSTAL 62490, CUERNAVACA, MORELOS; TELÉFONO (777) 362-38-11 EXTENSIÓN 7469, FAX 318-38-81, BUZÓN 7469, CONVOCA A PERSONAS QUE NO SE ENCUENTREN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP, A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-018T0K001-E320-2016, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISION SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017, BAJO LAS SIGUIENTES:

B A S E S1. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL SERVICIO SOLICITADO.

1.1. Éste se especifica en forma detallada en el anexo 1 de esta licitación.1.2. Los licitantes deberán cotizar al 100% (cien por ciento) el servicio de la partida única del anexo 1

y anexo 1-A. La proposición técnica – económica de los licitantes deberá cumplir con todos los términos de referencia descritos en dicho anexo, el incumplimiento de alguno de ellos será motivo de desechamiento.El Instituto asignará el contrato en forma completa a un solo prestador del servicio.

1.3. CONCEPTOS Y VOLÚMENES ADICIONALES QUE PODRÁN REQUERIRSE:El Instituto dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y justificadas, podrá acordar el incremento en la cantidad del servicio solicitado mediante modificaciones al contrato vigente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 52 de la LAASSP y 91 de su Reglamento, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en el mismo y el precio del servicio sea igual al pactado originalmente.

1.4. LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DEL SERVICIO.El licitante que resulte ganador en la licitación, deberá prestar el servicio en sus propias instalaciones en coordinación con la Gerencia de Relaciones Laborales y Servicios al Personal, Área de Prestaciones (edificio 27, planta baja) del Instituto, ubicado en Reforma No.113, Col. Palmira, CP 62490, Cuernavaca, Morelos; y el tiempo de la prestación del servicio será a partir del 15 de junio de 2016 al 31 de Diciembre del 2017.La verificación y aceptación del servicio prestado, se asentará mensualmente en el Acta Recepción, la cual elaborará el área requirente para tal efecto, sin la cual no se tendrá por aceptado el servicio.

1.5. MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES).Podrán participar en la presente licitación, con el carácter de micro, pequeña o mediana, aquellas empresas que presenten copia del documento expedido por autoridad competente que determine la estratificación respectiva, o bien un escrito en el cual manifiesten “Bajo Protesta de Decir Verdad” que cuentan con ese carácter, de acuerdo al punto 5.1. inciso “g” y anexo 8.

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2. INFORMACIÓN DE LA LICITACIÓN.2.1. ASPECTOS GENERALES.

a) La contratación que derive de esta licitación, abarcará dos ejercicios presupuestales.b) El Instituto cuenta con recursos suficientes para esta erogación, de acuerdo al folio número

2016-18-T0K-131.c) El contrato que derive de esta licitación, no se sujetará a la modalidad de contrato abierto.d) Se aceptará presentación de proposiciones conjuntas.

2.2. REQUISITOS QUE DEBERÁN PRESENTAR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN.a). Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad

mexicana (anexo 10).b). Identificación oficial vigente del licitante o del representante legal, la cual puede ser:

pasaporte, cédula profesional, o credencial para votar, por ambos lados. c). Escrito en el que se manifieste la aceptación de que se tendrán por no presentadas las

propuestas que contengan virus informático o que no se puedan abrir por causas ajenas a la convocante (anexo 11).

d). Escrito en el que exprese su interés en participar por si o en representación de un tercero, el cual deberá manifestar los datos generales del licitante y en su caso, del representante. (anexo 9).

e). Presentar acreditación de la existencia y personalidad jurídica (anexo 5), en la que se indique que el objeto social de la persona corresponde con la naturaleza del servicio a contratar.

f). Escrito en el que manifieste “Bajo Protesta de Decir Verdad”, que no se encuentra en alguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP (anexo 6).

g). Presentar una declaración de integridad, en la que manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas dirigidas a los servidores públicos del Instituto, que induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (anexo 7).

h). Presentar las proposiciones firmadas electrónicamente, de conformidad en lo establecido en el punto 16 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet de fecha 28 de junio de 2011 (anexo 14).

i). En caso de proposiciones en forma conjunta, presentar la documentación que se menciona en el punto 2.8 de esta convocatoria.

Los formatos que integran esta licitación (anexos 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11), podrán ser utilizados para su llenado a elección del licitante o reproducirlos en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.Los documentos anteriores deberán ser originales y estar firmados por el representante legal. La no presentación de la documentación anterior será motivo de desechamiento.

2.3. PROHIBICIÓN PARA PARTICIPAR.No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la LAASSP (punto 2.2, inciso “f”, anexo 6).

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2.4. FORMA EN QUE DEBERÁ ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA EL LICITANTE.El licitante acreditará su existencia legal y personalidad jurídica conforme al punto 2.2 inciso “e” y anexo 5 de esta licitación, así mismo deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, la cual deberá asentarse en el anexo antes referido.

2.5. JUNTA DE ACLARACIONES.La junta de aclaraciones se llevará a cabo el 26 de mayo de 2016, a las 8:00 horas, sin la presencia de los licitantes.Las solicitudes de aclaraciones a los aspectos contenidos en la presente convocatoria, deberán presentarse a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx/ 24 horas antes de la celebración de la junta de aclaraciones, acompañando un escrito conforme al anexo 9, en el que los licitantes expresen su interés en participar en la presente licitación, por si o en representación de un tercero, así como los datos generales del interesado y en su caso del representante. Dicho escrito deberá presentarse preferentemente en papel membretado del licitante y dirigirse al Lic. Armando Eduardo González Hernández, Jefe del Departamento de Adquisiciones del Instituto, en formato PDF y adicionalmente deberá remitir las preguntas en formato Word.Cualquier modificación a la presente convocatoria, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.El acta de aclaraciones estará a disposición de los licitantes a través de CompraNet o en los estrados del Departamento de Adquisiciones, ubicado en el edificio 15, primer piso del Instituto.

2.6. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.Dicho acto se realizará el 06 de junio de 2016, a las 8:30 horas, sin la presencia de los licitantes, pero invariablemente se invitará a un representante del Órgano Interno de Control del Instituto.En caso de que el licitante no hubiera realizado aclaraciones a la convocatoria, en este acto deberá incluir en su proposición el escrito en el que manifieste su interés en participar en esta licitación (punto número 2.2 inciso “d”, anexo 9).Una vez recibidas las proposiciones de los licitantes, éstas no podrán dejarse sin efecto y se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta su conclusión.Los licitantes aceptan que las proposiciones enviadas a través de CompraNet, se tendrán por no presentadas, cuando el archivo electrónico que contenga las proposiciones y/o demás información requerida no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al Instituto (anexo 11).Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; para tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.

2.7. NOTIFICACIÓN DE FALLO.La notificación del Fallo se dará a conocer el 09 de junio de 2016, a las 12:00 horas, sin la presencia de los licitantes.Se hace del conocimiento de los licitantes que con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el contrato, por lo que no será necesaria la suscripción de dichos documentos para tales efectos.Las actas que se elaboren con motivo de cualquiera de los actos anteriores, se incorporarán en CompraNet al concluir dichos eventos.

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2.8. PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES.Los licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refiere el Artículo 50 de la LAASSP, podrán agruparse para presentar una proposición, sin necesidad de constituir una sociedad o una nueva sociedad en caso de personas morales, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento. En este supuesto, la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por los medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública.En el caso de que una proposición conjunta resulte adjudicada con el contrato, éste deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se les considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios y/o mancomunados, según como lo establezcan en el mismo.Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,

señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;

d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.

En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia el artículo 44, fracción II del Reglamento de la LAASSP se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos.Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso, requeridos por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y cuando el contrato se adjudique a licitantes que presentaron una proposición conjunta, se deberá exhibir el convenio de proposición conjunta y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, mismos que se deberán hacer constar en escritura pública salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito al Instituto por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.

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2.9. SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET 5.0. Los licitantes deberán presentar su proposición a través de CompraNet, sujetándose al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominada CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio del 2011 (anexo 14).Para la presentación y firma de proposiciones, a través de CompraNet, los licitantes deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo establecido en la presente invitación, en formatos DOC o XLS (Word o Excel, etiquetándolos mediante la descripción de las proposiciones que conforme a la presente invitación se solicitan.

2.10. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.Para hacer la evaluación de las proposiciones, se aplicará el sistema binario, verificando que las mismas incluyan la información, los documentos y requisitos solicitados en esta licitación.Los criterios para evaluar los aspectos técnicos, administrativos y económicos serán:Técnicos.- Se revisará que las proposiciones técnicas presentadas por los licitantes, consideren todos los términos de referencia requeridos por el Instituto en los anexos 1 y 1-A y en particular con lo establecido en la presente convocatoria.Administrativos y Legales.- Se verificará que la información contenida en los documentos presentados por los licitantes en sus proposiciones, en cumplimiento de lo requerido en el punto 2.2 de esta invitación, sean presentados en los términos establecidos en dicho numeral, siendo motivo de desechamiento su incumplimiento, en concordancia con lo establecido en la normatividad vigente y aplicable en la materia.En el caso del anexo 5 se desechará la proposición que omita la información requerida en los campos definidos como obligatorios. Así mismo se desechará la proposición del licitante cuya actividad comercial no esté relacionada con la naturaleza del servicio requerido en esta Licitación.Económicos.- Se verificará que el precio del servicio ofertado corresponda al que rige en el mercado y que garantice el cumplimiento de la prestación del mismo, por lo que si alguna proposición resulta considerablemente mayor o menor a dichos costos, podrá ser desechada por estimarse insolvente. Las proposiciones económicas recibidas se compararán entre sí, considerando todas las condiciones ofrecidas por los participantes, elaborándose para tal efecto la tabla comparativa de proposiciones respectiva.Con el propósito de fomentar el desarrollo y participación de las micro, pequeñas y medianas empresas, en igualdad de circunstancias se adjudicará el contrato a este tipo de empresas.

2.11. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.La determinación del licitante ganador se hará con base en el resultado de las tablas comparativas, técnicas, administrativas y económicas elaboradas en cada caso conforme a lo siguiente:a) El contrato se adjudicará al licitante cuya proposición resulte solvente, porque cumple con

los requisitos legales, técnicos y económicos requeridos y garantice (n) el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

b) A la proposición que hubiera ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente.

c) En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de subsistir empate, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo

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manual por insaculación que celebre el Instituto en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositado en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador.

2.12. VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS PARTICIPANTES EN LA LICITACIÓN.El Instituto se reserva el derecho de realizar visitas a las instalaciones de los licitantes, para constatar su capacidad técnica, legal y administrativa.

3. DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES, DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES Y DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.3.1. CAUSAS DE DESECHAMIENTO QUE AFECTAN LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES.

a) La falta de cualquiera de los documentos obligatorios requeridos en esta licitación.b) La omisión de la información requerida en la licitación y sus anexos.c) Ofertar el servicio de calidad inferior a la requerida.d) La alteración de algunos de los documentos requeridos en esta convocatoria que desvirtúe

el significado de lo solicitado.e) La falsedad de información proporcionada por el licitante.f) La ilegibilidad de la información contenida en la (s) proposición (es) presentada (s) que

impida la revisión y evaluación correspondiente.g) La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros elevar el costo de los

trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

h) Cuando el precio del servicio ofertado no resulte aceptable.i) Cuando el precio del servicio ofertado se encuentre considerablemente por debajo del

precio conveniente, podrá ser desechado por el Instituto.j) El incumplimiento de cualquier disposición de la LAASSP, su Reglamento y demás normas

aplicables.k) Si la proposición técnica y/o económica carecen de firma electrónica o bien marca un error

en la firma electrónica.3.2. DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN.

Se podrá declarar desierta la licitación en los siguientes casos:a) Si no se recibe al menos una proposición del servicio.b) Cuando las proposiciones no cumplan con los términos de referencia solicitados.c) Cuando ninguna de las proposiciones presentadas reúnan los requerimientos de la presente

convocatoria de licitación o que sus precios no resulten aceptables.4. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.

La convocante podrá cancelar la licitación o conceptos incluidos en ésta, por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera podrá cancelar cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación de los servicios, y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la convocante. La determinación de dar por cancelada la licitación o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes por CompraNet o por notificación por escrito.

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5. ELABORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.En las proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública.Cada uno de los documentos que integren la proposición, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas. Se recomienda que el folio aparezca en el margen superior derecho de la hoja.La proposición técnica y económica deberá ser presentada de acuerdo a las siguientes instrucciones:a) En idioma español.b) Presentarlas sin tachaduras o enmendaduras.c) Ofertar el servicio requerido completo. Las proposiciones sólo serán consideradas en la evaluación,

si contienen en forma completa, lo solicitado en ella.d) Cotizar en Moneda Nacional, el precio del servicio, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

5.1. Documentos obligatorios que deben presentarse junto con la proposición técnica – económica.a). Documento que contenga la proposición técnica firmada, debidamente foliada en forma

individual.b). Carta compromiso en los términos del anexo 2.c). Deberá demostrar su capacidad técnica con por lo menos un contrato cuyo objeto se

relacione directamente con la administración de Planes de Reembolso de Gastos Médicos.d). Carta en la que manifieste que en caso de resultar ganador, celebrará convenios en los

tiempos señalados y con los hospitales señalados en el Anexo técnico 1, apartado II, numeral 7.

e). Carta en la que se compromete a dar continuidad de pago de complementos a los siniestros de acuerdo a lo establecido en el Anexo técnico 1, apartado II, numeral 11.

f). Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua o teléfono con vigencia de 30 días) que haga constar que cuenta con oficina de atención en Cuernavaca, Morelos.

g). En el caso de MIPYMES copia del documento expedido por la Secretaría de Economía y/o Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o bien un escrito en el cual manifiesten “Bajo Protesta de Decir Verdad” que cuentan con ese carácter (punto 1.5 y anexo 8).

h). Documento que contenga la proposición económica firmada en Moneda Nacional, debidamente foliada en forma individual.

Los documentos anteriores deberán estar firmados por el representante legal.6. DEL CONTRATO.

6.1. FIRMA DEL CONTRATO.El licitante ganador deberá presentar original o copia certificada, para su cotejo, de los documentos en los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente y posteriormente deberá presentarse a firmar el contrato según el formato del anexo 4, en la fecha establecida en la hoja número 1 de esta convocatoria, en la Gerencia de Asesoría Jurídica del Instituto, ubicada en Reforma No. 113, Col. Palmira, edificio 27, tercer piso, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos.Así mismo deberá presentar original y copia simple para su cotejo de los convenios señalados en el Anexo 1, apartado II, numeral 7 de estas bases. El Lic. Sergio Guiot de la Garza, Gerente de Relaciones Laborales y Servicios al Personal, será la persona responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del contrato correspondiente.En caso de que el licitante ganador no firme el contrato dentro del período citado en este punto, se procederá a adjudicarlo al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 46 de la LAASSP y se aplicarán las sanciones establecidas en los Artículos 59 y 60 de la Ley mencionada.

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El licitante ganador, cuando tenga conocimiento del fallo, deberá realizar la consulta ante el SAT y el IMSS y presentar, previo a la firma del contrato, al encargado de administrar el mismo, la opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, prevista en la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2015, en los términos del anexo 12 de esta licitación y en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2016, respetivamente.No procederá la formalización del contrato sin la presentación de la documentación señalada en este punto.

6.2. PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.La garantía deberá constituirse por el licitante ganador, mediante fianza expedida por una institución autorizada o cheque certificado o de caja, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el I.V.A., a nombre del Instituto de Investigaciones Eléctricas y de acuerdo a lo estipulado en el anexo 3 de la presente licitación y entregarse al Instituto dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, así mismo deberá enviar la fianza dentro del tiempo y en la forma establecida en la Ley, en las propias bases y en el respectivo contrato (anexo 4), mediante oficio entregado por mensajero o correo certificado o medios electrónicos de comunicación, con lo cual se documente la recepción de dicha garantía, a la Gerencia de Asesoría Jurídica del Instituto, ubicada en Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos, edificio 27, tercer piso, quedando a cargo de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Instituto, la validación en línea de la fianza a través del sitio web de la institución afianzadora. Esta fianza o cheque deberán permanecer vigentes hasta la conclusión del servicio.

6.3. CONDICIONES DE PAGO.El pago se efectuará en Pesos Mexicanos en forma mensual.La presentación de la factura deberá realizarse por medios electrónicos a los correos electrónicos [email protected] y s [email protected], a más tardar a los 8 (ocho) días naturales siguientes al vencimiento del mes, acompañando copia del Acta Recepción mensual a que se hace referencia en el punto 1.4 de esta convocatoria.El pago del servicio quedará condicionado, a la entrega de los informes mensuales, informe anual y al informe al mes de octubre y proporcionalmente, al pago que el prestador del servicio deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectivas la garantía de cumplimiento.

6.4. ANTICIPOS.No se otorgarán anticipos.

6.5. PRECIOS.Los precios serán fijos, por lo que no se reconocerán modificaciones a los establecidos en las proposiciones presentadas.

6.6. IMPUESTOS Y DERECHOS.Todo impuesto y/o derecho causado por la prestación del servicio, será a cargo del prestador del servicio. El Instituto pagará únicamente el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

6.7. FORMA DE PAGO.El pago se realizará mediante depósito o transferencia electrónica.

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6.8. RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.El Instituto podrá, en cualquier momento, rescindir el contrato cuando el prestador del servicio incumpla con las obligaciones a su cargo, derivadas de la LAASSP, su Reglamento, la presente convocatoria, sus anexos o del propio contrato y se harán efectivos los derechos del Instituto que correspondan.En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.Transcurrido el tiempo máximo convenido para la prestación del servicio objeto del contrato o en su caso transcurrido el plazo adicional que se conceda a los prestadores del servicio para corregir las causas de los rechazos que en su caso se efectúen, el Instituto podrá proceder a rescindir el contrato correspondiente. Para estos casos, serán también aplicables las sanciones mencionadas en el punto 6.9 de esta licitación.Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar el Instituto por concepto del servicio prestado hasta el momento de la rescisión.También podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos el Instituto reembolsará al prestador del servicio los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.

6.9. PENAS CONVENCIONALES.En caso de que el prestador del servicio no cumpla con los estándares de servicio que se especifican en el punto IV del anexo 1 o, no otorgue el servicio en las condiciones pactadas en dicho anexo y en el contrato respectivo, tendrá que pagar al Instituto por el incumplimiento, una sanción equivalente al 10% del importe total por evento reclamado para rembolso, sin que ésta exceda el monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato.El prestador del servicio quedará obligado ante el Instituto, a responder por la calidad del servicio ofertado, según el objeto de la licitación así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.

7. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE.7.1. MODIFICACIÓN A LA CONVOCATORIA.

Se podrán modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria, a partir de la fecha en que sea publicada y hasta, inclusive, el séptimo día natural previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas, la cual se hará del conocimiento de los interesados a través del sistema CompraNet.

7.2. MODIFICACIONES A LAS BASES ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA.Se podrán modificar las bases establecidas en la convocatoria cuando menos con 7 (siete) días naturales de anticipación al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y se publicará un aviso a través del sistema CompraNet, cuando estas modificaciones no deriven de la junta de aclaraciones.No será necesario realizar lo anterior, cuando las modificaciones deriven de la junta de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo antes mencionado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes.

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7.3. MODIFICACIONES AL CONTRATO.Éste sólo se podrá modificar en los casos a que hacen referencia los Artículos 52 de la LAASSP y 91 de su Reglamento.

8. INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS.8.1. INCONFORMIDADES.

Los licitantes podrán inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur No. 1735, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, México, D. F., o a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, en la dirección electrónica http://www.compranet.gob.mx/, por los actos que contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto de esta licitación, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 65 y demás relativos de la LAASSP.

8.2. CONTROVERSIAS.Las controversias que se susciten por la prestación del servicio objeto de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables, por lo que toda estipulación contractual en contrario, no surtirá efecto legal alguno.

9. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES.De conformidad con el séptimo párrafo del Artículo 26 de la LAASSP, ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.Cualquier acción legal o incumplimiento de algún licitante a los derechos del Instituto, con relación a esta licitación, se someterá a las Leyes Federales aplicables y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Cuernavaca, Morelos.

10.PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.El licitante asume toda la responsabilidad por las violaciones que se causen en materia de Propiedad Intelectual o Derechos de Autor, respecto del servicio objeto del presente contrato.

11.CADENAS PRODUCTIVAS.El licitante ganador, con base en la información que se indica en el anexo 13, podrá obtener una cita para su afiliación preferente en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico (55) 5089-6107 ó al 01-800-nafinsa, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación.

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A N E X O 1LA PROPOSICIÓN TÉCNICA – ECONÓMICA DE LOS LICITANTES DEBERÁ CUMPLIR CON TODOS LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DESCRITOS EN ESTE ANEXO. EL INCLUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE ELLOS, SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO.

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARAEL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017.I. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

Administración del Plan de Previsión Social para el reembolso de gastos médicos que el Instituto de Investigaciones Eléctricas (IIE) tiene establecido en beneficio de sus empleados y beneficiarios, derivados del Contrato Colectivo de Trabajo vigente (cláusula 74).El Plan de Previsión Social de reembolso de gastos médicos que se solicita administrar, es un plan de reembolso de gastos médicos autofinanciado con recursos propios del Instituto, integrando al plan una póliza exceso de pérdidas en los que aplican las siguientes condiciones:1.- Plan Básico: suma de $50,000.00 por enfermedad a) Deducible para enfermedad $490.00 y participación (coaseguro) escalonada de acuerdo a lo

establecido en el texto del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos Anexo 1- A

b) para accidente no opera deducible ni participación 2.- Póliza de exceso de pérdidas: Póliza que se contrata mediante licitación pública nacional a fin de cubrir los siniestros en caso de rebasar la siniestralidad máxima esperada anual.

II. TRABAJOS A REALIZAR.1. Análisis de las solicitudes de rembolso de gastos médicos, que envían los empleados para determinar

su procedencia o improcedencia con base en el Plan de Previsión Social para el reembolso de Gastos Médicos vigente (Anexo 1-A)

2. Documentar mediante un finiquito desglosado los conceptos que se reembolsan (honorarios médicos, hospitalización, medicamentos, laboratorio, gabinete, prótesis, lentes, etc.), para su pago, rechazo o pago parcial, según sea el caso, trámite que no deberá exceder un plazo mayor a 2 días hábiles. Cuando exista cualquier anomalía de la documentación presentada o cualquier requerimiento adicional de información, se deberá notificar al IIE en un plazo máximo de 24 horas. Se deberá considerar la entrega diaria de la siguiente información sobre los finiquitos reembolsables:a) Una relación que contenga los finiquitos menores a dos mil pesos, los cuales son reembolsados a

los empleados de forma inmediata en efectivo en la caja del Instituto.b) Una relación que contenga los finiquitos superiores a dos mil pesos, los cuales son reembolsados

a los empleados vía transferencia electrónica.c) Los finiquitos se enviarán diariamente al Instituto en original y copia así como copia del

documento (memorándum), que el empleado envía para su reembolso, a fin de verificar que el importe reclamado sea el importe a reembolsar, indicando en el finiquito las cantidades tanto procedentes como improcedentes (en caso de rechazo de algún concepto, indicar en el mismo finiquito los motivos), así como las deducciones por concepto de deducible y participación.

d) Cualquier reporte adicional que solicite el Instituto sobre este punto.3. Análisis y tabulación de honorarios médicos de acuerdo al costo usual y acostumbrado, de las

solicitudes de anticipos para cirugías programadas (cantidad que otorga el IIE como anticipo una vez autorizada por la Cia. Administradora). Para lo cual se deberá emitir carta de autorización de procedimiento y tabulación, misma que se generará en base al análisis de toda la información necesaria para su autorización como: Informe médico, aviso de accidente o enfermedad, estudios

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que corroboran el diagnóstico (con su interpretación), y presupuesto, debiéndose realizar en un plazo no mayor a 48 horas.

4. Determinación del costo usual y acostumbrado de honorarios médicos y gastos hospitalarios para pagos directos y reembolsos, que de acuerdo a los registros de la compañía ganadora como de la aseguradora que maneje la póliza de exceso individual, determinen para cada tipo de padecimiento.

5. Resguardar la documentación original en expedientes individuales (por titular y sus dependientes), con la información comprobatoria de los rembolsos de gastos médicos, haciendo la devolución de los estudios originales de laboratorio y gabinete. Estos documentos originales se entregaran en una relación al Instituto de forma semanal, resguardando comprobante de la entrega de los mismos para posibles aclaraciones.

6. Elaborar y presentar al IIE reportes mensuales que contengan: a) Número de reclamaciones finiquitadas en el mes, importe reclamado, importe procedente, resumen por tipo de padecimiento y resumen de montos pagados a cada titular.b) Reporte de los montos de deducibles y participaciones que deberá descontar a los empleados por los servicios de pagos directos a médicos y hospitales.c) Reporte de rechazos parciales o totales explicando los motivos del rechazo.

7. El Licitante que resulte ganador y se le adjudique el contrato deberá presentar previo a la firma del contrato, convenios vigentes de prestación de servicios hospitalarios para servicio de pago directo con los siguientes hospitales de Cuernavaca:

a) Hospital Henri Dunantb) Hospital Morelosc) Hospital Center de Vistahermosad) Torre Médica San Diegoe) Instituto Mexicano de Trasplantesf) Hospital Bellavista de Cuernavaca

y con los siguientes dos del Distrito Federal:g) Hospital Médica Surh) Hospital ABCNo procederá la formalización del contrato sin la presentación de la documentación señalada en este punto

8. Mantener control sobre cuentas por pagar a médicos y hospitales por servicios de pagos directos

otorgados a los asegurados del IIE y sus dependientes. 9. Asignar a una persona que asista a las instalaciones del IIE por lo menos un día a la semana, a efecto

de aclarar dudas con respecto a las reclamaciones presentadas, así como tener disponibilidad de atención las 24 horas para atender los reportes de ingresos hospitalarios por urgencias médicas y accidentes.

10. Elaboración de estudio de “determinación de pérdida” desglosada por tipo de padecimiento (enfermedad, accidentes, maternidad, óptica y defunción), de la siniestralidad máxima esperada que correrá a cargo del IIE para el año 2017, así como la determinación de la suma asegurada que deberá ser contratada para la póliza de pérdidas en exceso (STOP LOSS), para el 2017.

11. Considerar que los siniestros que se tienen actualmente abiertos y de los cuales se seguirán pagando reclamaciones dentro de la cobertura básica al 30 de abril del 2016, son del orden de 2,522 (dos mil quinientos veintidós) y los que están abiertos en la aseguradora que maneja la póliza de exceso individual son 360 (trescientos sesenta).Así mismo considerar que el número de solicitudes de reembolso atendidas anualmente en el Plan Básico son alrededor de 7,400.Y las solicitudes de reembolso atendidas ante la aseguradora que maneja la póliza de exceso individual son alrededor de 1800.

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Por lo anterior, se deberá establecer compromiso por escrito de dar continuidad al pago de complementos (de siniestros) tanto en el plan básico como en la póliza de exceso individual.

12. Proporcionar al IIE información y asesoría para la elaboración de las Bases de la Convocatoria para la contratación de la póliza de pérdidas en exceso a la siniestralidad máxima esperada (Stop Loss).

13. En caso de agotarse el monto establecido como siniestralidad máxima esperada, realizar los trámites correspondientes (reclamaciones de gastos médicos), ante la aseguradora ganadora de la licitación para la póliza de Stop Loss.

MANEJO DE LA POLIZA DE EXCESO INDIVIDUAL: EN CASO DE REBASARSE EL MONTO DE $50,000.00 QUE OTORGA EL INSTITUTO POR ENFERMEDAD A CADA ASEGURADO, DEBERÁ:14. Apoyar a los trabajadores del IIE en la contratación de la póliza de pérdidas en exceso individual

(cuando se agota la suma básica que otorga el Instituto) en los siguientes planes y sumas aseguradas: Plan Nacional con Suma Asegurada de $ 50,000.00, $ 75,000.00, $ 100,000.00, $ 200,000.00, $ 300,000.00, $ 500,000.00, $ 1’000,000.00 $ 3’000,000.00 y $ 4´000,000.00: Plan Nacional con Emergencia en el Extranjero, con Suma Asegurada de $ 75,000.00, $ 100,000.00, $ 200,000.00, $ 300,000.00, $ 500,000.00, $ 1’000,000.00, $ 2’000,000.00 $ 3’000,000.00 y $ 4’000,000.00. Plan Internacional, con Suma Asegurada de: $ 100,000.00, $ 200,000.00, $ 300,000.00, $ 500,000.00, $ 1’000,000.00, $ 3’000,000.00, $ 4’000,000.00 y $ 10’000,000.00.

15. Tramitar ante la aseguradora, la programación de las cirugías y su pago directo, de los procedimientos quirúrgicos que rebasen los $50,000.00 para el caso de accidente y $56,045.56 para el caso de enfermedades.

16. Realizar los trámites de reclamaciones que rebasen la siniestralidad individual ante la aseguradora, llenando el formulario correspondiente en el cual se desglosa cada factura sus conceptos e importes, integrando toda la documentación original comprobatoria del gasto como: facturas y recibos de honorarios así como estudios de laboratorio y gabinete con su interpretación, que comprueben que se agotó la suma básica de $50,000.00 para el caso de accidente y $56,045.56 para el caso de enfermedad (cantidad que opera como deducible para la aseguradora que maneja la póliza de exceso individual). Así mismo dar seguimiento hasta la liquidación de la reclamación.

17. Realizar los trámites y llevar el control de altas, bajas y cambios del personal inscrito en la póliza de exceso individual.

18. Los trabajos que solicite el Instituto relacionados con la administración del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos y las pólizas de exceso de pérdida e individual.

19. La entrega de los trabajos, informes y demás documentación necesaria para el cumplimiento del servicio descrito en los anexos 1 y 1-A, se realizará en las instalaciones del Instituto, en la Gerencia de Relaciones Laborales y Servicios al Personal.

III. INFORMACIÓN QUE PROPORCIONARÁ EL IIE.La información que se proporcionará para llevar a cabo los trabajos solicitados, es la siguiente:A) De cada uno de los empleados y sus beneficiarios.

- Nombre.- Fecha de nacimiento.- Sexo- Parentesco con el empleado.

B) Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos vigente (anexo “1-A”).C) Todos los expedientes de los asegurados que cuenten con siniestros a fin de darles continuidad de pago:

Aproximadamente 2500 expedientes que incluyen información de 20,000 eventos aproximadamente.

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NOTA: Toda la información descrita, deberá tratarse de acuerdo a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

IV. ESTÁNDARES DE SERVICIO.El licitante ganador deberá tramitar los rembolsos de gastos médicos en un plazo no mayor a dos días hábiles a partir de la recepción de los documentos correspondientes por parte del IIE.El licitante ganador deberá tramitar la autorización de los anticipos para cirugía en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de la recepción de los documentos correspondientes por parte del IIE.El licitante ganador deberá notificar al IIE a más tardar 1 (un) día hábil después de haber recibido la solicitud de rembolso por cualquier anomalía de la documentación presentada o cualquier requerimiento adicional de información que se requiera.En caso de que el licitante ganador no otorgue el servicio en las condiciones pactadas en este anexo, deberá pagar al IIE por el incumplimiento, una sanción equivalente al 10% del importe total por evento reclamado para rembolso, sin que ésta exceda el monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato.

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A N E X O 1 - A

PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL POR REEMBOLSODE GASTOS MÉDICOS

VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2016

I. DEFINICIONES1. PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MEDICOS

Plan de Previsión Social constituido con un fondo de recursos propios del Instituto de Investigaciones Eléctricas.

2. COMPAÑÍA / COMPAÑÍA ADMINISTRADORAEmpresa contratada por el IIE con base en la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Publico para Administrar el Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos.

3. ASEGURADORACompañía Aseguradora que cubre los gastos que exceden a la cobertura básica $50,000.00 (Cincuenta Mil Pesos 00/100 MN), para el caso de accidente y $56,045.56 (Cincuenta y seis mil cuarenta y cinco pesos 56/100 M.N.), para el caso de enfermedades mediante póliza que se contrata de forma voluntaria e individual por cada trabajador del IIE

4. TRABAJADORToda persona física que presta un trabajo personal subordinado al IIE.

5. PARTICIPANTE / RECLAMANTETodas/Todos los trabajadores del IIE, sus dependientes económicos y becarios/as que cumplan los requisitos establecidos en el capítulo IV del presente Plan.

6. DEPENDIENTE ECONOMICOEl cónyuge y los hijos del empleado, cónyuge o concubina que cumplan con los requisitos previstos en el capítulo IV del presente Plan.

7. ENFERMEDADToda alteración de la salud que resulte de la acción de agentes morbosos de origen interno o externo con relación al organismo de los participantes, que amerite tratamiento médico o quirúrgico.Las alteraciones o enfermedades que se produzcan como consecuencia inmediata o directa de las señaladas en el párrafo anterior de su tratamiento médico o quirúrgico, así como sus recurrencias o recaídas, complicaciones y secuelas, se considerarán, para efectos de este Plan, como una misma enfermedad.Enfermedad Congénita: Se entiende como congénita, la enfermedad con que se nace o se contrae en el útero materno.

8. ACCIDENTE Acontecimiento proveniente de una causa externa, fortuita, súbita y violenta, que produce lesiones que requieran atención médica o causen la muerte dentro de los primeros 90 días siguientes a la fecha de ocurrido el acontecimiento.Todas las lesiones corporales sufridas por una persona en un accidente, se considerarán como un solo evento.No se considerarán accidentes:

Aquellos casos donde la primera atención médica se realiza después de los primeros 90 días siguientes a la fecha en que ocurrió el acontecimiento.

Las lesiones corporales o la muerte provocadas intencionalmente por el participante.9. MATERNIDAD

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELÉCTRÓNICA LA-018T0K001-E320-2016SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE

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Evento final del embarazo, cuyo resultado es el nacimiento natural de un producto.10. CESAREA

El evento médico-quirúrgico utilizado para el nacimiento de un individuo.11. ABORTO

Interrupción del embarazo por causas involuntarias a la madre. 12. URGENCIA MÉDICA

Aparición repentina de una alteración de la salud del participante provocada por un accidente o enfermedad, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad que ponen en peligro su vida, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos y por tanto requiera atención médica inmediata.

13. DEDUCIBLECantidad a cargo del participante, hasta el límite establecido en el capítulo VI del presente Plan, el cual es de $ 490.00 (Cuatrocientos Noventa Pesos 00/100 M.N) por evento en la cobertura básica y $ 50,000 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) en la cobertura adicional.

14. PARTICIPACIÓNEl porcentaje de los gastos cubiertos por enfermedad que estará a cargo del participante, de acuerdo a la tabla de porcentajes establecidos en el capítulo VI inciso c, del presente Plan.

15. MEDICAMENTOToda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, o de rehabilitación, que se presente en forma farmacéutica, que se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas, que no sean de tipo cosmético, ni sean productos naturistas, complementos alimenticios o vitamínicos o bien productos y/o tratamientos en vía de experimentación.

16. PREEXISTENCIAToda lesión o enfermedad corporal que antes de la inclusión al Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos de la persona afectada:

a) Ya venía siendo atendida por un médico.b) Era aparente a la vista.c) Era de las que por sus síntomas o signos no podían pasar desapercibidas.

17. MEDICOPersona que ejerce la medicina, titulado y legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión que puede ser Médico General, Médico Especialista, Cirujano, Homeópata, Quiropráctico, Acupunturista y Fisioterapeutas que cuenten con Cédula Profesional.

18. GASTO USUAL Y ACOSTUMBRADO (GUA)Se entiende como el costo promedio cobrado por los proveedores de servicios médicos en una misma área geográfica y Nivel Hospitalario, que sean de la misma categoría o equivalente a aquella en donde sea atendido el Asegurado, los cuales correspondan a una intervención o tratamiento igual o similar, libre de complicaciones y que de acuerdo a las condiciones del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos del IIE y/o de la Aseguradora, se encuentren cubiertos.

19. ANTICIPO Cantidad solicitada por el trabajador al fondo del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos del IIE, para realizar pagos anticipados a hospitales o médicos por cirugías programadas y que estén previamente autorizadas por la Compañía Administradora por considerarse que se encuentran dentro de las coberturas del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos y de acuerdo al Gasto Usual y Acostumbrado. Los anticipos serán exclusivamente para procedimientos quirúrgicos. Los anticipos no se podrán otorgar para la realización de estudios o tratamientos médicos de cualquier tipo.

20. AVISO DE ACCIDENTE O ENFERMEDADDocumento preestablecido por el Instituto o la Aseguradora en su caso, que debe ser llenado en su totalidad por el participante.

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21. INFORME MEDICODocumento médico legal que por su carácter no puede ser cambiado ni modificado una vez que es presentado a la Compañía Aseguradora o Compañía Administradora, dicho documento es prestablecido por el Instituto y/o la Compañía Aseguradora y deberá ser llenado en su totalidad por el médico tratante.

22. MEMORANDUMDocumento preestablecido por el Instituto en el cual se desglosan los importes erogados por el participante por motivo de un accidente o enfermedad.

23. FINIQUITODocumento elaborado por la Compañía Administradora para efectuar el pago de una reclamación.

24. GASTO CUBIERTOSon los gastos generados por un accidente o enfermedad cubiertos dentro de las condiciones del Plan, que tienen relación con el padecimiento y con el participante afectado.

25. GASTO NO CUBIERTO Son las exclusiones y limitaciones de los gastos que se encuentran estipulados en la Sección VIII del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos.

26. COBERTURA BÁSICA Suma de protección para cada enfermedad o accidente cubierto por el plan y que se paga con recursos del IIE.

27. SINIESTRALIDAD MÁXIMA ESPERADA ANUALEs la pérdida máxima esperada del Instituto para cubrir el reembolso de Gastos Médicos por accidentes o enfermedades cubiertas por el Plan, misma que es determinada por la Compañía Administradora.

II. CARACTERISTICAS GENERALES.Es un Plan autofinanciado, constituido con recursos propios del Instituto, hasta por un monto máximo anual que se denomina "pérdida máxima esperada anual".Este Plan ha sido diseñado para proporcionar una ayuda económica al trabajador y sus dependientes económicos, así como Becarios de Tesis y Becarios AIT, para hacer frente a los Gastos Médicos originados por accidentes, enfermedades, y condiciones especiales como: ayuda de maternidad, óptica y defunción, sujetos a las estipulaciones y limitaciones contenidas en este texto.Para prevenir el riesgo de una desviación en la siniestralidad, el Instituto puede contratar una póliza de seguros que cubra los gastos excedentes en caso de que se agoten los recursos económicos presupuestados para la operación del Plan (pérdida máxima esperada anual).En forma optativa los trabajadores pueden contar en un seguro adicional, cuyo pago de prima está a cargo del propio trabajador que lo contrate y se descuenta catorcenalmente por nómina (Ver Capitulo XII). Este seguro adicional ofrece diferentes opciones de suma asegurada y opera cuando se agota la suma asegurada básica, que a la fecha es de $50,000.00 (cincuenta mil pesos), en el cual el IIE únicamente actúa como Intermediario entre el trabajador y la Compañía para tramitar los reembolsos correspondientes.Es importante señalar que el funcionamiento del seguro adicional es igual al funcionamiento del plan de previsión social, sin embargo existen coberturas adicionales en el plan básico que para el seguro adicional son exclusiones por lo que en caso de contratar el seguro adicional es responsabilidad de cada asegurado conocer las condiciones generales de la póliza contratada. La COMPAÑÍA ADMINISTRADORA determina la siniestralidad máxima esperada a cargo del IIE, asesora en la contratación de la póliza de pérdidas en exceso a la siniestralidad máxima esperada, asesora en la contratación de la póliza de pérdidas en exceso individual, tramita altas, bajas y cambios del personal en el Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos, dictamina y analiza las solicitudes de reembolso de gastos médicos para su pago, tramita las reclamaciones ante la aseguradora que rebasen la siniestralidad global o individual, resguarda la documentación comprobatoria de los reembolsos de gastos médicos, elabora reportes mensuales y finales del comportamiento del PLAN y asesora al Instituto en todo lo relacionado con la administración del Plan. Así mismo establece convenios de “pago directo” con los

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hospitales que le señale el Instituto para dar atención a los integrantes del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos.

III. VIGENCIA DEL PLAN BÁSICO.Del 1º enero al 31 de diciembre de cada año.

IV. PARTICIPANTES Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.1. Participan en el Plan todos los trabajadores del IIE, desde su fecha de ingreso; así mismo:

a. Los investigadores y sus dependientes económicos que se encuentren con permiso sin goce de sueldo para realizar estudios de postgrado (cobertura básica únicamente)

b. Personal que esté gozando de un permiso sin goce de salario, hasta por 65 días, de acuerdo a la Cláusula 61, inciso b) Fracc. 1 del Contrato Colectivo de Trabajo IIE – SUTERM.

c. Los becarios externos que llevan a cabo su tesis y los becarios AIT (Adiestramiento en Investigación Tecnológica) en el IIE. (cobertura básica)

2. Los dependientes económicos del trabajador que cumplan las siguientes condiciones:a) Que sea cónyuge legal o concubina con su derecho de ley.b) Que sean hijos(as) solteros(as) del trabajador o de su cónyuge, menores de 26 años de edad que

dependan económicamente, vivan con ellos y no estén trabajando. En caso de hijos mayores de 26 años se podrán dar de alta como adicionales al seguro adicional, hasta cumplir 29 años y siempre y cuando reúnan los requisitos mencionados anteriormente, después de los 29 años se podrán dar de alta en la póliza de seguro adicional como TITULARES y se descontará el importe de la prima vía nomina al Trabajador de quien es dependiente económico, de manera catorcenal.

c) Que el trabajador los dé de alta por escrito en el formato establecido.3. Cuando un trabajador contraiga matrimonio durante la vigencia del plan, su cónyuge quedará cubierto

desde la fecha del matrimonio civil. Los hijos de este matrimonio quedarán cubiertos desde su nacimiento contra accidentes, enfermedades o malformaciones congénitas. En ambos casos, el trabajador deberá solicitar su inscripción al plan dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha del matrimonio o nacimiento.Después del plazo señalado en el punto anterior, el IIE podrá solicitar pruebas médicas, y la inclusión en el Plan de los dependientes económicos surtirá efectos a partir de la fecha aprobada por el IIE.

4. Cuando el trabajador o un dependiente económico esté recibiendo tratamiento médico en la fecha de su ingreso al Plan, se considerará que es un padecimiento preexistente y no quedará cubierto sino hasta que el participante tenga 2 años ininterrumpidos de pertenecer al plan.

5. Salvo el caso de los hijos a que se refiere el punto 2.- b), no hay límites de edad para pertenecer al Plan.

V. SEPARACION DEL PLANEl trabajador y sus dependientes económicos dejarán de ser considerados como participantes del Plan, a partir de la fecha en que cuando por cualquier motivo el trabajador deje de prestar sus servicios al IIE, en cuyo caso solamente tendrán derecho a los beneficios de reclamaciones en trámite, durante un período máximo de 90 días contados a partir de la fecha de su separación.

VI. COBERTURASBASICA

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ACCIDENTES Y ENFERMEDADES EN MÉXICO Y EN EL EXTRANJERO:a) Suma de protección por cada

enfermedad o accidente, porTrabajador o dependiente: $ 50,000.00

b) Deducible en reclamaciones Por enfermedad: $ 490.00

c) Participación del trabajador:Monto de la reclamación $ % de participaciónHasta 1,000.00 20.0De 1,001.00 - a 5,000.00 15.0De 5,001.00 - a 15,000.00 12.5De 15,001.00 - en adelante 10.0

Cuando los gastos por una misma enfermedad se presenten en varias reclamaciones, se ajustará el porcentaje de participación conforme al monto acumulado a la fecha de la última reclamación.d) Los gastos por accidente se reembolsan al 100%, sin aplicar deducible ni participación, siempre que el

primer gasto se origine dentro de los 90 días siguientes de ocurrido el accidente, de lo contrario, se considerará como enfermedad y se aplicará el deducible y participación correspondiente.

ADICIONALES: MATERNIDAD, ÓPTICA, DEFUNCIÓN, SINDROME CLIMETERICO y PREVENCIÓN MUJER

a) Maternidad: Ayuda en los casos de parto, u operación cesárea, por un máximo de $5,000.00, con un periodo de espera de 10 (diez) meses a partir de su inclusión en el Plan. Opera exclusivamente para empleadas o esposas de los trabajadores del IIE.

b) Óptica: Ayuda para compra de anteojos o lentes de contacto que tengan graduación optométrica, se adjunte la orden médica, una sola vez por año y con límite de $ 1,262.00 (Mil doscientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.).

c) Defunción: Ayuda para gastos de funeral por un máximo de $28,500.00 (Veintiocho mil quinientos pesos 00/100 M.N.) para lo cual es necesario comprobar el gasto con el acta de defunción y la factura fiscal por los gastos funerarios a nombre del titular.

d) Síndrome Climatérico: Se cubren los tratamientos de síndrome climatérico para las trabajadoras y/o cónyuges de los trabajadores del IIE hasta la edad máxima de 65 años de edad. Así mismo se cubrirán estudios de mastografía, Papanicolaou, colposcopia y densitometría ósea una vez al año, siempre y cuando quede determinado el padecimiento de síndrome climatérico con el informe médico correspondiente. Esta cobertura es exclusiva de la cobertura básica por lo que en caso de rebasarla se reinstalará una vez transcurridos los dos años estipulados en el “IX-Reinstalación de la Suma Asegurada” del presente plan.

a. Para presentar reclamaciones por el padecimiento de Síndrome Climatérico se deberá presentar el informe médico, aviso de accidente o enfermedad, estudios con interpretación, factura de los estudios asociados al padecimiento y orden médica.

e) Prevención mujer: Para mujeres como parte de la campaña de prevención contra el cáncer de mama y cervicouterino, se cubrirán los estudios de mastografía, colposcopia, y papanicolau, aunque no estén ligados al síndrome climatérico, únicamente durante el periodo de la campaña de prevención contra el cáncer que realice el IIE. Para su reclamación se deberá presentar la siguiente información: Factura original. Resultado de estudios con interpretación.

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El reembolso máximo para estos tres estudios en su conjunto, será con base en los costos negociados y autorizados por el instituto con el laboratorio con el que se realice el convenio.

VII. GASTOS CUBIERTOS.1. Honorarios de médicos, cirujanos y de toda persona física titulada y que reúna los requisitos legales y

fiscales para ejercer la medicina, que tenga relación con el tratamiento médico del paciente y que no sean familiares en línea directa con el participante. En caso de fisioterapeutas, deberán contar con cédula profesional y las terapias deberán ser indicadas por un médico especialista en la materia que se trate. Quedan cubiertos los honorarios de enfermeras tituladas, que tengan que acudir al cuidado del paciente a su domicilio en horarios de hasta 24 horas y por un periodo máximo de 30 días, siempre y cuando se justifique por el tipo de padecimiento y sea indicado el cuidado por parte del médico tratante. Los honorarios de enfermeras se tabularán de acuerdo al costo usual y acostumbrado

2. Gastos de hospital o sanatorio directamente relacionados con la internación del participante, tales como el cuarto y alimentos, sala de operaciones, aparatos especiales, cama extra para el acompañante, medicamentos, gabinete, laboratorio y en general cualquier, material o servicio que sea prescrito por un facultativo y que sea necesario para la recuperación del paciente. La compra de medicamentos o cualquier producto o material para los tratamientos post hospitalarios, no deberán ser surtidos directamente en el hospital en virtud que su costo se eleva por arriba del 70% de su costo normal.

3. Medicamentos comprados fuera del hospital, siempre que hayan sido prescritos por el médico tratante, que tenga relación con el padecimiento y se acompañe la factura de la farmacia con la receta que debe contener el nombre del paciente y fecha de la consulta. Quedan expresamente excluidos cualquier tipo de productos vitamínicos y complementos alimenticios, con excepción de los que están indicados para tratamientos como diabetes, anemia y osteoporosis. No se autorizará el reembolso de los gastos de compra de medicamentos que se hagan por periodos mayores a tres meses.

4. Tratamientos médicos homeopáticos y que reúnan los requisitos legales y fiscales ( con cédula profesional), así como honorarios de quiroprácticos y médicos acupunturitas que cuenten con cédula profesional, que sean referidos por escrito por su médico tratante y máximo seis sesiones por padecimiento. Esta cobertura es exclusiva de la cobertura básica

5. Estudios de laboratorio y gabinete como: Análisis químicos, rayos X, electrocardiogramas, electroencefalogramas, resonancias magnéticas y cualesquiera otros estudios similares, indispensables para el diagnóstico siempre y cuando estén relacionados con el padecimiento o tratamiento del accidente o la enfermedad y sean presentados con el nombre del paciente. También se considerarán los análisis de sangre practicados a donadores cuya sangre se vaya a utilizar en favor del participante afectado; asimismo se considerarán objeto de reembolso los estudios practicados para la prueba de SIDA, previos a una intervención quirúrgica cubierta por el Plan para el participante afectado y que sean requeridos por el médico tratante.

6. Prótesis dental a causa de accidente, aparatos auditivos, ojos o miembros artificiales y aparatos ortopédicos necesarios para el tratamiento de un accidente o una enfermedad, (con límite del 50% de la cobertura básica). Las prótesis de cadera, columna vertebral y rodilla se tabularán de acuerdo al Costo usual y acostumbrado para cada tipo de prótesis. El reemplazo de prótesis de cualquier tipo, en caso de rebasar la cobertura básica (50,000.00 Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) quedará sujeto a las condiciones generales de cada aseguradora.Se reembolsarán únicamente los zapatos ortopédicos, plantillas, cuñas, elevaciones externas e internas, tacón de Thomas y virones, en los padecimientos de pie plano, genu valgo, y pie plano valgo y se pagarán una sola vez por año para cada participante que lo requiera. En ningún caso se cubrirán tenis o zapatos deportivos. Para cualquier otro padecimiento que así lo requiera, se cubrirán plantillas una sola vez por año.Tratamientos médicos o quirúrgicos de Hallux Valgus (juanetes) se cubrirán exclusivamente en la cobertura básica y como un padecimiento para ambos pies.

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7. Renta de muletas, silla de ruedas, cama especial, pulmotor o cualquier otro aparato ortopédico que sea prescrito por un facultativo y que sea necesario para la recuperación del paciente. Para el caso particular de las muletas se podrá autorizar la compra de las mismas, en virtud de que en la práctica se ha comprobado que resulta más económica la compra que la renta. Se cubre la compra justificada y por una sola ocasión de glucómetros para pacientes con diabetes, baumanómetros para los pacientes con hipertensión arterial y los nebulizadores para pacientes con problemas respiratorios severos como asma, bronquitis severa etc., En todos los casos anteriores se autorizará el pago con límite de $ 800.00 (Ochocientos pesos 00/100 M.N) y uno por titular.

8. Tratamientos de quimioterapia o radioterapia, hidroterapia, inhaloterapia, fisioterapia y otros semejantes, bajo supervisión y prescripción del médico tratante. Para este concepto será indispensable presentar número de terapias requeridas, el carnet y la bitácora de asistencia firmada tanto por el paciente como por quien administra la terapia, así como la descripción amplia y detallada del tratamiento y número de las terapias. No podrán autorizarse más de diez (10) sesiones de hidroterapia, inhaloterapia y fisioterapia, a menos que lo justifique plenamente el médico tratante y el padecimiento así lo amerite, en tales casos se autorizarán hasta un máximo de treinta (30) sesiones. No estarán cubiertas las terapias a domicilio.

9. Transporte en ambulancia terrestre con límite del 5% de la cobertura básica en caso de que el traslado sea dentro de la ciudad de Cuernavaca, y 10% si es necesario transportarse a la Ciudad de México.

10. Padecimientos congénitos de hijos de los participantes nacidos durante la vigencia del Plan. Así como las enfermedades o malformaciones congénitas que hayan sido diagnosticadas o descubiertas con posterioridad a la fecha de alta en el Plan, que no hayan recibido tratamiento médico alguno, no obstante que el participante afectado haya nacido con anterioridad a la fecha de su inclusión.

11. Gastos derivados de las siguientes complicaciones del embarazo y del parto: Exclusivamente para empleadas o esposas de los trabajadores del IIE.a) Los estados de fiebre puerperal.b) De eclampsia y toxicosis gravídica.c) Intervenciones quirúrgicas realizadas con motivo de embarazos extrauterinos, embarazos molares

o producto muerto retenido.12. En caso de circuncisiones, sólo quedarán cubiertas para los hijos de los trabajadores del IIE, cuando

sean practicadas a consecuencia de una enfermedad o accidente, por lo tanto las de carácter profiláctico quedarán excluidas.

13. Los padecimientos preexistentes de los participantes que tengan dos años ininterrumpidos de

antigüedad en el plan.14. Trasplante de órganos, quedan cubiertos los gastos del participante cuando este sea el receptor. 15. Las cirugías de nariz y/o senos paranasales se pagaran siempre por reembolso y se cubrirán una vez

durante la permanencia en el plan. Los honorarios médicos para este padecimiento se tabularán de acuerdo al costo usual y acostumbrado y deberán ser atendidos únicamente en Hospitales de Convenio. Así mismo se deberá comprobar el accidente o enfermedad con radiografías con nombre del paciente con interpretación o estudios que corroboren el padecimiento, en caso de accidente, los estudios deben ser realizados el mismo día del accidente y en el hospital de convenio.

VIII. GASTOS EXCLUIDOS.1. Los gastos erogados con motivo de padecimientos "preexistentes" a la inclusión en el Plan de la persona

afectada. Se considerará preexistente toda lesión o enfermedad corporal que antes de la inclusión en el Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos de la persona afectada: a) Ya venía siendo atendida por un médico.b) Era aparente a la vista.c) Era de las que por sus síntomas o signos, no podía pasar desapercibida.

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2. Intento de suicidio, suicidio o lesiones que el participante se infrinja así mismo, cualesquiera que sean las causas o circunstancias que lo provoquen.

3. Lesiones sufridas mientras el participante esté en servicio militar, guerra, revolución, o rebelión; alboroto popular o riña en la que él o sus dependientes económicos participen voluntariamente, a menos que se trate de salvar su integridad.

4. Gastos erogados con motivo de cualquier lesión ocurrida mientras el participante viaje a bordo de vehículos de motor en carreras, competencias de resistencia física, o de velocidad.

5. Tratamientos psiquiátricos o psicológicos, trastornos del sueño o de la memoria, enajenación mental, estrés, ansiedad, estados de depresión psíquica o nerviosa, histeria, neurosis o psicosis, anorexia y bulimia, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones clínicas, así como los tratamientos para corregir trastornos por déficit de atención de la conducta y el aprendizaje, o cualquiera que sea su denominación y su tratamiento. Sólo se cubrirán los daños psiquiátricos cuando se determine un pronóstico fatal por enfermedad así como por secuestro y/o asalto con un máximo de $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N) por consulta y hasta 30 consultas o un año de tratamiento.

6. Gastos derivados de la vigilancia del embarazo, incluyendo consultas pre-natales o post-natales, legrados o abortos y toda complicación del embarazo, del parto o del puerperio; cualesquiera que sean sus causas, excepto las complicaciones mencionadas específicamente en el punto 11 del capítulo VII del presente Plan.

7. Gastos por tratamiento de alcoholismo, fármaco dependencia, así como las atenciones médicas derivadas de congestión etílica, consumo de estupefacientes o cualquier tipo de drogas no prescritas por un facultativo.

8. Tratamientos dentales, alveolares, gingivales, maxilofaciales, disfunción temporomandibular o quistes mandibulares sean tratamientos médicos o quirúrgicos, cualquiera que sea su naturaleza u origen, así como sus complicaciones, excepto los originados por accidente.

9. Intervenciones quirúrgicas y/o tratamientos de tipo estético o reconstructivo, excepto en aquellos pacientes que nazcan con alguna malformación congénita o hereditaria que impida realizar funciones vitales o que ponga en peligro su vida, así como aquellos que resulten a consecuencia de un accidente o enfermedad contraída durante la vigencia del Plan.

10. Cualquier tipo de tratamiento facial, para corregir los problemas del acné, así como cualquier tratamiento estético o peeling.

11. Tratamientos para hiperhidrosis (sudoración excesiva) y las aplicaciones de toxina botulínica por cualquier causa.

12. Gastos realizados por acompañantes del participante durante la internación de éste en un sanatorio u hospital, con excepción de la cama extra.

13. Curas de reposo o exámenes médicos generales para la comprobación del estado de salud, conocidos con el nombre de check-ups. Consultas, estudios y/o tratamientos de tipo preventivo.

14. Consultas médicas de control y atención profiláctica al recién nacido.15. No se considerarán gastos objeto de reembolso los pagos o donativos a establecimientos de caridad,

asistencia social o cualesquiera otros donde no se exige remuneración.16. Tratamientos médicos o quirúrgicos para problemas de calvicie, obesidad y/o bajo peso, cualquiera que

sea su sintomatología, así mismo no se cubren los tratamientos por pubertad precoz o pubertad temprana.

17. Gastos por tratamientos médico-quirúrgicos a consecuencia de: esterilidad, infertilidad, o impotencia, sean o no provocados por accidente o algún método para el control de la natalidad.

18. Gastos originados por la compra de productos vitamínicos, complementos alimenticios, productos de tipo cosmético o de uso personal (soluciones, fórmulas magistrales, cremas, shampoo, protectores

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solares, jabones, etc.) Los protectores solares serán cubiertos cuando sean indicados por un médico especialista por presentar enfermedades de la piel como: cáncer de piel, dermatitis seborreica y lupus (únicamente en la cobertura básica de 50,000.00 Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

19. Tratamientos en vías de experimentación o medicina alternativa como la ozonoterapia y que no estén autorizado por la Secretaria de Salud, así como medicamentos que no se vendan en México.

20. Tratamiento quirúrgico de lesiones pigmentarias de la piel conocidos como lunares, nevus, cualquier tipo de verruga, líquenes, queratosis a menos que en el resultado histopatológico se demuestre su malignidad, para lo que se requiere presentar el resultado del análisis de laboratorio.

21. Los programas de vacunación establecidos por la Secretaría de Salud, así como las vacunas para la prevención de la salud tales como Influenza, Virus del Papiloma Humano, Tétanos (salvo en los casos de accidente), Meningitis, Hepatitis, etc.

22. Cualquier gasto originado a consecuencia directa del uso y/o consumo del alcohol y/o droga no prescrita por el médico.

IX. REINSTALACION DE LA SUMA ASEGURADA. 1. Cada participante cuenta con una cobertura máxima de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)

para el reembolso de los gastos generados por concepto de atención médica y hospitalaria para cada enfermedad o accidente.

2. La cobertura básica de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) se reinstalará automáticamente para la misma enfermedad, después de transcurridos dos años de haberse agotado. Para este efecto se considerará la fecha en que se presentó el último gasto. Al reestablecerse la suma asegurada, se reestablecen los cobros por participación y deducibles correspondientes. En caso de que se cuente con el seguro adicional, la reinstalación de la cobertura básica deberá solicitarse por escrito.

3. En el caso de los empleados y/o sus beneficiarios con padecimiento crónico degenerativas como: Diabetes, hipertensión, síndrome metabólico , trigliceridemia hipercolesterolemia, dislipidemia, glaucoma, insuficiencia venosa, artritis y cualquier otro que analice en su momento la compañía administradora y pueda corresponder a este tipo de padecimientos, con la finalidad de agilizar la recuperación de gastos médicos, el Titular podrá solicitar la reinstalación de la suma asegurada hasta una vez por año aplicando el deducible y participación correspondiente ya que se tratara como un nuevo evento/padecimiento

3. Cada año-plan tiene sus propias características. Las modificaciones que se hagan en el futuro al Plan, tanto en sus coberturas, exclusiones, sumas aseguradas, deducibles o porcentajes de participación, no afectarán ni beneficiarán a los eventos ocurridos con anterioridad al año en curso de vigencia.

4. El síndrome climatérico por no tratarse de una enfermedad y ser una condición muy especial que otorga el IIE., tanto a las empleadas como a las esposas de los empleados hasta una edad máxima de 65 años, se cubrirá únicamente con la cobertura básica del Instituto. Al momento de agotarse dicha cobertura, deberá transcurrir el periodo de espera de 2 años para que se vuelvan a cubrir reclamaciones por este padecimiento.

X. TRÁMITE DE RECLAMACIONES.1. El trabajador elegirá el médico e instituciones hospitalarias de su confianza, para la atención que

requieran tanto él como sus dependientes económicos, o podrá acudir a los Hospitales en convenio, enlistados en el Capítulo XI.

2. Las únicas personas designadas por el IIE para actuar como enlace entre la Compañía Administradora y el Instituto son: el Gerente de Relaciones Laborales y Servicios al Personal, el Coordinador de Apoyo Administrativo, el Jefe de Administración de Prestaciones, y el Coordinador de Apoyos Especiales. Ellos serán el único conducto por el cual se tramitarán todos los asuntos relacionados con el Plan.

2. El participante deberá presentar en los formatos establecidos por el IIE el Informe Médico sin tachaduras ni enmendaduras y debidamente requisitado con el diagnóstico definitivo; el término “probable” y/o

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2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469

en estudio no establece un diagnóstico, por lo que no podrá ser reembolsado el gasto. Una vez presentado el informe médico, no podrá ser modificado y se considerará como definitivo, ya que es el documento legal que establece el diagnostico que da origen al reembolso. Asimismo se deberá presentar completamente requisitado sin tachaduras ni enmendaduras el formato “Aviso de Accidente o Enfermedad” y los recibos oficiales probatorios de cualquier accidente, enfermedad o cualquier otro evento cubierto por el Plan, sufrido por él o cualquiera de sus dependientes que pueda ser motivo de reembolso. Esta comprobación deberá presentarse dentro de los siguientes 30 días naturales, a partir de la fecha en que se realizó el gasto, pasado este límite, no se efectuará el trámite. Los recibos de honorarios por consultas médicas, invariablemente deberán de acompañarse de la orden médica que indique fecha de consulta, tratamiento médico y nombre del paciente. Asimismo, será indispensable presentar por separado los recibos de los médicos que intervengan en las cirugías (Cirujano, Anestesista y Ayudante).Las facturas deberán presentarse desglosadas con el nombre y precio de cada estudio y/o medicamento, asimismo será indispensable presentar el resultado de los estudios realizados así como su interpretación.Las recetas médicas invariablemente deberán actualizarse cada tres meses. Es importante destaca que únicamente se pagaran reembolsos por conceptos directamente relacionados con el padecimiento o accidente reportado por el médico tratante en el Informe Médico

4. No es necesario que el participante sea dado de alta por curación para iniciar el trámite respectivo. Este puede iniciarse una vez erogada la cantidad suficiente para cubrir el deducible.

5. Los informes médicos por enfermedades crónicas, deben actualizarse por lo menos una vez cada 6 meses (ejemplo: rinitis, alergias, síndrome climatérico, gastritis, colitis, etc.). Para las enfermedades crónico-degenerativas como diabetes, hipertensión arterial, y las que por su naturaleza, requieren tratamiento de por vida, bastará con actualizarlo una vez al año siempre y cuando no se haya rebasado la cobertura básica, en caso de que el evento se encuentre en la Aseguradora que maneja la póliza de seguro adicional, los informes médicos deberán actualizarse cada seis meses y las recetas médicas como en todos los casos cada tres meses.Todo gasto de hospitalización, honorarios de personas físicas que ejerzan la medicina, alquiler de aparatos, compra de medicamentos o estudios para la determinación de una enfermedad deberá ser comprobado con facturas o recibos, conforme a las normas vigentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la fecha de su expedición. ESTOS DEBERÁN ELABORARSE EXCLUSIVAMENTE A NOMBRE DEL TRABAJADOR, DE LO CONTRARIO NO SERÁN ACEPTADOS PARA SU REEMBOLSO.

6. La Compañía Administradora está facultada para analizar los presupuestos y costos de los servicios médicos u hospitalarios que le sean presentados, con el fin de vigilar que éstos no excedan gasto usual y acostumbrado para cada tipo de intervención o tratamiento. En caso de exceder dicho gasto, la Compañía Administradora podrá determinar el monto máximo a reembolsar. Para el apoyo en trámites de pago directo ante la aseguradora se deberá presentar toda la información necesaria con 8 días de anticipación (Informe Médico debidamente requisitado con el diagnóstico definitivo, estudios con interpretación que corroboren el diagnóstico, detalle de técnica quirúrgica y demás información que ayude al análisis y aprobación del procedimiento).

7. La Compañía Administradora entregará al Instituto, por conducto de su representante designado, los finiquitos que serán objeto de reembolso en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados a partir de la fecha en que haya recibido la reclamación completa debidamente documentada, siempre y cuando no se rebase la cobertura básica. Asimismo, conservará en sus archivos todos los documentos originales que se le hayan entregado para comprobar los gastos efectuados. El IIE tendrá 2 días hábiles para realizar el trámite de pago respectivo al personal, una vez que los finiquitos fueron aprobados por la compañía administradora o por la compañía aseguradora según sea el caso.

8. El Instituto es responsable de elaborar y entregar a los beneficiarios el/los pagos correspondientes, realizar las aplicaciones contables, así como de conservar el original de los finiquitos debidamente firmados de recibido.

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XI. CONVENIOS CON HOSPITALES.Es aplicable sólo en caso de hospitalización por cirugía programada, accidente o urgencia médica, por lo que no es aplicable en caso de consulta médica.

1. Como un servicio para los participantes del Plan, la Compañía Administradora tiene celebrados convenios con los centros hospitalarios que se relacionan en el presente documento y los cuales se comprometen a prestar la atención médico / hospitalaria bajo las siguientes condiciones:

a) El participante no cubrirá depósito de ingreso en los hospitales con convenio de Cuernavaca, donde el hospital otorgará en caso de accidente o urgencia médica la atención con la presentación de la credencial del titular que lo identifique como empleado del I.I.E. y en caso de dependientes mayores de edad, se deberá presentar una identificación personal a fin de verificar que son beneficiarios, (ejemplo: Credencial de Elector, Cartilla Militar, Pasaporte y para los estudiantes credencial de escuela con fotografía). Será indispensable identificarse con estos documentos en el momento de ingresar al hospital, de no ser así, el hospital no podrá brindar el servicio de pago directo y los gastos los tendrá que desembolsar el participante para posteriormente solicitar el reembolso correspondiente.Para atención en los hospitales del Ciudad de México, se deberán programar los procedimientos médicos a fin de evitar molestias innecesarias. Sin embargo el convenio es de pago directo.En estos casos los hospitales por políticas internas si solicitan depósito de ingreso o un Boucher de tarjeta de crédito firmado.

b) El participante, al salir del hospital, solamente liquida los gastos no cubiertos por el Plan, como llamadas telefónicas, alimentos extra, etc. y deberá firmar las facturas que el Hospital presentará para su pago (o Estados de Cuenta, en su caso).

c) El hospital cobra directamente a la Compañía Administradora los gastos erogados por los servicios otorgados a los participantes durante su estancia.

d) Programación de cirugías, el hospital proporciona el servicio al participante mediante una autorización emitida por la Compañía Administradora. En casos de emergencia o en días festivos y fines de semana, el hospital proporciona la atención con la presentación de la identificación del trabajador del IIE, quedando pendiente hasta el siguiente día hábil la determinación de la procedencia del pago respectivo, de acuerdo a las coberturas descritas en el Plan. En caso de no procedencia del pago, el IIE queda relevado de cualquier obligación contraída por el trabajador y se harán los descuentos correspondientes por nómina.

e) El hospital proporcionará el servicio de pago directo bajo las siguientes condiciones: Que la estancia sea al menos de 24 horas, a menos de que se trate de cirugía ambulatoria Para los casos de accidentes, que estos ocurran el mismo día de su atención hospitalaria. Para los casos no descritos en los dos puntos anteriores, el participante deberá cubrir los

gastos por consulta, tratamientos, medicamentos y cualquier otro gasto efectuado en el hospital y solicitar el reembolso de los mismos en los términos descritos en el presente documento.

Es importante hacer notar que los hospitales que se mencionan en este documento son los únicos responsables de los servicios que presten, por lo que ni el IIE ni la Compañía Administradora asume responsabilidad alguna en virtud de los convenios de pago directo que se tienen firmados.

Hospitales en ConvenioEn Cuernavaca:

o Sanatorio Henri Dunant, A.C.Río Panuco No. 100 Col. Los Volcanes, C.P. 62350 Tel. 3-15-34-11 y 3-16-04-86

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o Hospital Morelos, S.A. de C. V.Jazmín No.2 Col. Chapultepec, C.P. 62450 Tel. 3-15-20-14 y 3-15-21-44

o Hospital Bellavista de Cuernavaca, S.A. de C. V.Av. Palmas No.100 Col. Bellavista, C.P. 62170 Tel. 3-17-17-64 y 3-17-03-23Hospital Torre Médica San DiegoAv. San Diego No. 1203Col. Delicias C.P. 62270Tel. 3-30-25-52

o Instituto Mexicano de Trasplantes Av. Alta Tensión No. 580 – 2

Col. Cantarranas C.P. 62448Tel. 312- 66 -69

o Hospital Center Vista Hermosa Av. Teopanzolco No. 211Col. Vista Hermosa C. P. 62290Tel. 100-1373, 100-2129, 100-1821 y 315-0991

En la ciudad de México:

o Hospital ABCSur 136 No.116 Col. Las Américas, C.P.01120 Tel. 52-30-80-00

o Hospital Médica Sur S.A de C.VPuente de piedra No. 150Col. Tornello GuerraC.P.14050Tel. 54-24-72-05

XII. SEGURO ADICIONAL INDIVIDUAL.1. Los empleados del IIE tiene la posibilidad de contratar una póliza de manera voluntaria e individualmente

para cubrir aquellos casos en los que se agote la suma asegurada básica de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N) en una sola enfermedad o accidente.

2. La inclusión en este seguro adicional es opcional para el empleado y sus dependientes, quien paga el importe de la prima correspondiente mediante descuentos por nómina

3. Se aclara que la compañía Aseguradora que maneja la póliza de seguro adicional, tiene sus propias condiciones generales y serán aplicadas de acuerdo a sus criterios de dictaminación sin que esto sea responsabilidad del Instituto o de la compañía administradora del Plan.

4. Las opciones de suma asegurada que se ofrecen son: $50,000.00, 75,000.00, 100,000.00, 200,000.00, 300,000.00, 500,000.00, 1´000,000.00, 2’000,000, 3´000,000.00. 4´000,000.00 y 10´000,000, en todos

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los casos los $50,000.00 del Plan básico autofinanciado operan como deducible y el participante cubre una participación del 0% (solo para empleados del instituto).

5. Los hijos de empleados del instituto que se encuentren en el plan como titulares deberán cubrir el deducible de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N) correspondiente.

6. Para inscribirse al Plan adicional o realizar modificaciones al mismo, se podrá realizar la solicitud correspondiente dentro de los 15 días naturales posteriores a la emisión de la convocatoria del Instituto, o bien, al ingresar al propio Instituto de Investigaciones Eléctricas.

7. Este seguro reconoce la antigüedad de cada trabajador asegurado en seguros anteriores siempre y cuando se compruebe su existencia en un plazo no mayor a 30 días de su fecha de ingreso al Plan. Esto con la finalidad de eliminar los periodos de espera y la continuidad de tratamientos médicos que se hayan iniciado con anterioridad a este seguro por evento.

TIPO DE PLANES:PLAN I) COBERTURA NACIONAL, es el que sólo cubre los gastos en el País hasta por la suma asegurada contratada. (100,000.00, 200,000.00, 300,000.00, 500,000.00, 1´000,000.00, 3´000,000.00 y 4´000,000.00, PLAN II) COBERTURA NACIONAL Y EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO, cubre también los gastos urgentes en que se incurra estando de viaje fuera del país (por ejemplo, accidentes).(100,000.00, 200,000.00, 300,000.00, 500,000.00, 1´000,000.00, 2´000,000.00, 3´000,000.00, 4´000,000.00 y 10,000.000)PLAN III) COBERTURA NACIONAL Y AMPLIA EN EL EXTRANJERO, cubre también la atención médica programada fuera del País. (100,000.00, 200,000.00, 300,000.00, 500,000.00, 1´000,000.00, 3´000,000.00 y 4´000,000.00).

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A N E X O 2SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL

REEMBOLSODE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017

CARTA COMPROMISOPOR MEDIO DE LA PRESENTE CARTA COMPROMISO QUE OTORGA LA EMPRESA ______________________________, EN LO SUCESIVO "LA COMPAÑIA", SE OBLIGA A RESPETAR LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, EN LO SUCESIVO "EL IIE", MISMA QUE SE OTORGA EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

I. La información y/o documentación que cubre la presente carta será la que reciba "LA COMPAÑIA" en función de los servicios que prestará a "EL IIE", en los términos contractuales.

II. La información y/o documentación es propiedad de "El IIE", y se encuentra protegida por las Leyes de Propiedad Industrial y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

III. "LA COMPAÑIA" sólo podrá utilizar o disponer de la información a que tenga acceso para el correcto desempeño de las funciones encomendadas.

IV. "LA COMPAÑIA" se compromete a no divulgar a terceros la información recibida en los términos de los incisos anteriores, salvo el caso de obtener autorización expresa por parte de "EL IIE".

V. "LA COMPAÑÍA” responderá de los daños y perjuicios que se causen a "EL IIE" en el caso de divulgación o incumplimiento de la presente Carta en los términos de las disposiciones de las resoluciones y lo establecido por los convenios internacionales en materia de propiedad industrial y lo dispuesto por la legislación mexicana vigente.

VI. Por la presente "LA COMPAÑIA" se compromete a respetar las instrucciones que sobre el manejo de la información reciba por parte de "EL IIE", y está conforme en que para cualquier controversia derivada de la presente, se someterá a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Cuernavaca, Morelos.

VII. "LA COMPAÑIA" acepta que las obligaciones pactadas permanecerán vigentes aún cuando haya terminado la vinculación contractual con "EL IIE", por lo que "EL IIE" podrá hacer valer sus derechos en cualquier momento y ante cualquier instancia.

La presente Carta se firma el día ______ de ___________________ de 201__, formando parte integral de las condiciones contractuales pactadas entre las partes.

“LA COMPAÑÍA”

SR. ___________________________________

REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO LEGAL Y/O ADMINISTRADOR ÚNICO

SE DEBERÁ ENTREGAR LA GARANTÍA COMO MÁXIMO A LOS 10 DÍAS POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO.

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A N E X O 3Las garantías para el cumplimiento del contrato y calidad del servicio, deben efectuarse por el licitante ganador por medio de una fianza expedida por una Institución Afianzadora Legalmente constituida de conformidad con las leyes mexicanas, por un monto del 10% (diez por ciento) del total de la proposición, debiendo contar con las siguientes declaraciones expresas:

A favor del Instituto de Investigaciones Eléctricas. Nombre del prestador del servicio. Número de contrato. Importe de contrato con número y letra. Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente

contrato, y garantizando el cumplimiento y obligaciones adquiridas en el mismo. La presente fianza iniciará su vigencia a partir de la fecha de su emisión y tendrá como vigencia la

misma del presente contrato. Que renuncia a los beneficios de orden y excusión a que se refieren los Artículos 2814 y 2815 del

Código Civil Federal vigente. Que se somete al procedimiento establecido en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros

y de Fianzas para el caso de que dichas fianzas se hagan efectivas. Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se

interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito.

Que la fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en

la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por mora, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

Que la Compañía afianzadora acepta expresamente continuar garantizando el crédito a que se refiere la póliza, aún en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al prestador del servicio, para el cumplimiento de las obligaciones que afianza.

Que la Compañía afianzadora cancelará la fianza hasta recibir la cancelación, por escrito, de parte del Instituto de Investigaciones Eléctricas.

El incumplimiento: El incumplimiento de la obligación garantizada se acreditará con su escrito de reclamación de documentos que comprueben la existencia y exigibilidad de la obligación garantizada en términos del artículo 279 de la Ley, con independencia de lo anterior, la institución tendrá derecho de solicitar al beneficiario todo tipo de información o documentación que sean necesarias, relacionadas con la fianza motivo de la reclamación en términos del mismo numeral.

SE DEBERÁ ENTREGAR LA GARANTÍA COMO MÁXIMO A LOS 10 DÍAS POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO.SE DEBERÁ ENVIAR LA FIANZA DENTRO DEL TIEMPO Y EN LA FORMA ESTABLECIDA EN LA LEY Y EN EL CONTRATO, MEDIANTE OFICIO ENTREGADO POR MENSAJERO O CORREO CERTIFICADO O MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN, CON LO CUAL SE DOCUMENTE LA RECEPCIÓN DE DICHA GARANTÍA, A LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA DEL INSTITUTO, UBICADA EN REFORMA NO. 113, COL. PALMIRA, CÓDIGO POSTAL 62490, CUERNAVACA, MORELOS, EDIFICIO 27 TERCER PISO, QUEDANDO A CARGO DE LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA DEL INSTITUTO, LA VALIDACIÓN EN LÍNEA DE LA FIANZA A TRAVÉS DEL SITIO WEB DE LA INSTITUCIÓN

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AFIANZADORA. ESTA FIANZA DEBERÁ PERMANECER VIGENTE HASTA LA CONCLUSIÓN DEL SERVICIO.

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A N E X O 4CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", REPRESENTADO POR EL C.P. _________________, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA _____________, REPRESENTADA POR ________________, EN LO SUCESIVO “LA COMPAÑÍA”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I. "EL INSTITUTO" declara que:a) Es un Organismo Público Descentralizado; con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por

Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1°. de diciembre de 1975, modificado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre de 2001 y que se dedica a la investigación científica y tecnológica en el sector eléctrico y en la industria de manufacturas eléctricas; en relación con la generación, transmisión y utilización de energía eléctrica.

b) Está representado en este acto por su Director de Administración y Finanzas, el C. P. ________________________, que cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar este Contrato, mismas que no le han sido modificadas o revocadas en forma alguna, según consta en Escritura No. _______ de fecha ________________, otorgada ante la fe del Notario Público No. 1 de la Primera Demarcación del Estado de Morelos, Licenciado Herminio Morales López.

c) Se requiere contar con el servicio de: Administración del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos del 15 de junio de 2016 al 31 de diciembre de 2017.

d) Se ha considerado disponibilidad presupuestal con cargo al proyecto No. 11366, para cubrir los compromisos derivados del presente Contrato, bajo la partida No. 33104.

e) La contratación que derive de esta licitación, abarcará dos ejercicios presupuestales y cuenta con recursos suficientes para esta erogación, de acuerdo al folio 2016-18-T0K-131 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

f) La adjudicación del presente Contrato se llevó a cabo a través del Procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018T0K001-E320-2016, mismo que se dio a conocer mediante fallo de fecha __ de _________ de 2016.

g) El Lic. Sergio Guiot de la Garza, de la Gerencia de Relaciones Laborales y Servicios al Personal, es el servidor público designado para administrar y vigilar el exacto cumplimiento del contrato correspondiente.

h) Tiene su domicilio en Reforma 113, Col. Palmira, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62490, México; mismo que señala para los efectos efectivos legales de este Contrato.

II. "LA COMPAÑÍA" declara que:a) Es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida de conformidad a las leyes

mexicanas, como se desprende de la Escritura Pública No. ____, otorgada ante la fe del Notario Público No. ___ de la Ciudad de __________, Lic. ___________, el __ de ______ de _____, actuando como asociado y en el protocolo de la Notaría ___, de la que es titular el Lic. _________

b) Está representada por __________, en su carácter de _______, cuya personalidad se acredita con el testimonio de la Escritura Pública No. ____ del __ de ______ de ____, otorgada ante la fe del Lic. _________, Titular de la Notaría Núm. _____ de la ________, por lo que cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar este Contrato, mismas que no le han sido modificadas o revocadas en forma alguna.

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c) Cuenta con los conocimientos y experiencia necesaria para proporcionar a "EL INSTITUTO" los servicios que éste requiere.

d) Su actividad principal consiste en: _________________________. e) Su Registro Federal de Contribuyentes es __________ f) Tiene su domicilio ubicado en: _________________, mismo que señala para los efectos del presente

contrato. g) Bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los supuestos contenidos en los

Artículos 50 y 60 penúltimo Párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que reúne los requisitos para ser contratado, que establece dicha Ley.

h) Que para los efectos previstos en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, “LA COMPAÑÍA” ha presentado a “EL INSTITUTO”, el documento vigente a que alude la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de diciembre de 2015, mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria emite opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

i) Que para efectos de lo previsto en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2016, “LA COMPAÑÍA” ha presentado a “EL INSTITUTO”, el documento vigente en el que consta la opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.

j) Que conocen la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, y se sujetan a las disposiciones de éstas y demás complementarias y/o reglamentarias.

En base a lo antes expuesto las partes están de acuerdo en sujetar el presente Contrato, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A SPRIMERA.- OBJETO.“LA COMPAÑÍA” se obliga a prestar a "EL INSTITUTO" sus servicios para la Administración del Plan de Previsión Social para el Reembolso de Gastos Médicos del 15 de junio de 2016 al 31 de diciembre de 2017, que otorga "EL INSTITUTO" a su personal; de conformidad con los datos, especificaciones, programas y presupuestos que "EL INSTITUTO" señale a “LA COMPAÑÍA” y de acuerdo al Anexo 1 y 1-A que se agrega a este Contrato, así como a la propuesta técnica y económica de “LA COMPAÑÍA” las cuales se agregan al presente contrato y se tienen por reproducidas como si se insertasen a la letra. SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATOEl monto del servicio objeto del presente contrato importa la cantidad de $__________ (__________) más el Impuesto al Valor Agregado.El importe total por la prestación de los servicios se determinará en base a los pagos mensuales que autorice “EL INSTITUTO”, previa verificación y aceptación del servicio prestado. El precio de los servicios objeto del presente contrato, se considerará fijo, por lo que no se reconocerán modificaciones a los establecidos en este Contrato y sus Anexos.TERCERA.- FORMA DE PAGO.En virtud de tratarse de un contrato plurianual, se establece como forma de pago, la siguiente:

Ejercicio presupuestal 2016: $_______________ (____________ DE PESOS 00/100 M.N.). Ejercicio presupuestal 2017: $_______________ (____________ DE PESOS 00/100 M.N.).

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El pago de los servicios objeto del presente contrato se efectuará en Moneda Nacional, y se pagará mensualmente, a los 8 (ocho) días siguientes de la prestación de los servicios a facturar, previa entrega de la factura debidamente requisitada. El pago se efectuará en una sola exhibición, mediante cheque o bien a través de medios electrónicos.En caso de incumplimiento en el pago, “EL INSTITUTO” debe pagar gastos financieros, a una tasa igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de Créditos Fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días calendario desde que se venció el plazo pactado hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.CUARTA.- VIGENCIA.El presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, iniciará su vigencia el 15 de junio de 2016 al 31 de diciembre de 2017, y no podrá ser prorrogado por el simple transcurso del tiempo. QUINTA.- ANTICIPOS.Para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, no se otorgarán anticipos. SEXTA.- INFORMES.“LA COMPAÑÍA” se obliga a informar del proceso de su servicio profesional a los representantes de "EL INSTITUTO" cuando estos lo requieran, así como entregar informes mensuales, un informe anual y un informe al mes de octubre de cada año y al final de su servicio un informe detallado del mismo a satisfacción de "EL INSTITUTO". SÉPTIMA.- FIANZA.“LA COMPAÑÍA” garantiza los servicios objeto del presente contrato hasta el día 31 de diciembre del 2017.Para garantizar el estricto cumplimiento del Contrato, "LA COMPAÑÍA" dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del Contrato, deberá presentar a "EL INSTITUTO" fianza por la cantidad del 10% (diez por ciento) del monto total del presente contrato. "LA COMPAÑÍA" deberá durante la vigencia de este Contrato, mantener la fianza en el porcentaje citado en el párrafo anterior.La fianza otorgada se cancelará, a solicitud de "LA COMPAÑÍA" cuando haya comprobado a satisfacción de "EL INSTITUTO" el cumplimiento total del Contrato, lo que se producirá mediante autorización escrita de "EL INSTITUTO". La póliza de fianza que garantice el cumplimiento del contrato deberá contener la siguiente manifestación expresa:

a) A favor del Instituto de Investigaciones Eléctricas.b) Nombre del prestador del servicio.c) Número de contrato.d) Importe de contrato con número y letra.e) Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el presente

contrato, y garantizando el cumplimiento y obligaciones adquiridas en el mismo.f) La presente fianza iniciará su vigencia a partir de la fecha de su emisión y tendrá como vigencia la

misma del presente contrato.g) Que renuncia a los beneficios de orden y excusión a que se refieren los Artículos 2814 y 2815 del

Código Civil Federal vigente.h) Que se somete al procedimiento establecido en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros

y de Fianzas para el caso de que dichas fianzas se hagan efectivas.34 de 56

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i) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito.

j) Que la fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato.k) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en

la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por mora, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

l) Que la Compañía afianzadora acepta expresamente continuar garantizando el crédito a que se refiere la póliza, aún en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al prestador del servicio, para el cumplimiento de las obligaciones que afianza.

m) Que la Compañía afianzadora cancelará la fianza hasta recibir la cancelación, por escrito, de parte del Instituto de Investigaciones Eléctricas.

n) El incumplimiento: El incumplimiento de la obligación garantizada se acreditará con su escrito de reclamación de documentos que comprueben la existencia y exigibilidad de la obligación garantizada en términos del artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, con independencia de lo anterior, la institución tendrá derecho de solicitar al beneficiario todo tipo de información o documentación que sean necesarias, relacionadas con la fianza motivo de la reclamación en términos del mismo numeral.

"LA COMPAÑÍA" deberá enviar la fianza dentro del tiempo y en la forma establecida en la Ley y en las propias bases y en este contrato, mediante oficio entregado por mensajero o correo certificado o medios electrónicos de comunicación, con lo cual se documente la recepción de dicha garantía, a la Gerencia de Asesoría Jurídica del Instituto, ubicada en Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos, edificio 27, tercer piso, quedando a cargo de la Gerencia de Asesoría Jurídica de "EL INSTITUTO", la validación en línea de la fianza a través del sitio web de la institución afianzadora.Si transcurrido el plazo fijado en esta Cláusula no se hubiere otorgado la fianza respectiva, "EL INSTITUTO" podrá declarar la rescisión administrativa del Contrato.OCTAVA.- PAGO DE IMPUESTOS.El Impuesto al Valor Agregado será trasladado a "EL INSTITUTO" por lo que “LA COMPAÑÍA” se compromete a reintegrarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Serán a cargo de "EL INSTITUTO" todos los impuestos, derechos y demás cargas fiscales que legalmente le correspondan o sean expresamente trasladables de acuerdo con la legislación aplicable, por la celebración y cumplimiento de este Contrato.Serán a cargo de “LA COMPAÑÍA” todos los impuestos, derechos y demás cargas fiscales que legalmente le correspondan conforme a la legislación, por la celebración del presente Contrato.NOVENA.- RESPONSABILIDADES.“LA COMPAÑÍA” se compromete a cumplir con las normas establecidas por "EL INSTITUTO", asimismo se responsabiliza de las omisiones o errores que surjan de su servicio, obligándose a subsanarlos. “LA COMPAÑÍA” prestará sus servicios y cumplirá con sus obligaciones que se derivan del presente Contrato con la debida prontitud, eficiencia y economía, de acuerdo con las técnicas y prácticas generalmente aceptadas y en especial con los términos y condiciones estipulados en este Contrato y los documentos integrantes del mismo.“LA COMPAÑÍA” mantendrá las cuentas y registros exactos y sistemáticos respecto de los servicios materia de este Contrato, de acuerdo con los principios de contabilidad aceptados y ejecutados, en tal forma y detalle que se identifiquen claramente todos los gastos, pagos y costos, así como las bases médicas para los mismos, debiendo llevar un expediente por cada empleado y permitirá que "EL INSTITUTO" o su

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representante nombrado, periódicamente y hasta por el período de guarda que la normatividad establece, inspeccione dichas cuentas y registros y que saque copias de los mismos, así como realizar auditorías por las personas que "EL INSTITUTO" designe. La documentación contable y los expedientes citados en el párrafo anterior, generados al amparo de este Contrato, deberán conservarse como se dijo por “LA COMPAÑÍA” por el período que marque la normatividad vigente. DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD.“LA COMPAÑÍA” se obliga a guardar absoluta confidencialidad de la información que en su caso le confíe "EL INSTITUTO" en relación a sus empleados, en caso contrario se incurrirá en la responsabilidad correspondiente. DÉCIMA PRIMERA.- SUBCONTRATACIÓN."EL INSTITUTO" puede a su entera discreción, contratar los servicios de otro u otros profesionales para que en colaboración con “LA COMPAÑÍA”, efectúen la labor asignada por este Contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- PRORROGAS Y PENAS CONVENCIONALES.“LA COMPAÑÍA” deberá de prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en su propuesta técnica – económica, en el Anexo 1 y 1-A de la Convocatoria a la Licitación correspondiente y en el presente contrato, en caso que “LA COMPAÑÍA” no otorgue el servicio en las condiciones mencionadas, tendrá que pagar a "EL INSTITUTO" por su incumplimiento, una pena convencional equivalente al 10% diez por ciento del importe total por evento reclamado para reembolso, sin que ésta exceda el monto equivalente al 10% (diez por ciento) del contrato. Lo anterior, independientemente de la retención del pago por los servicios no devengados en la forma y términos pactados y del pago de daños y perjuicios que por cualquier motivo le llegara a causar a "EL INSTITUTO" a sus empleados o a otro tercero.“LA COMPAÑÍA” está de acuerdo en que le sean descontadas dichas penalizaciones en forma automática en su siguiente pago.DÉCIMA TERCERA.- ANEXOS.El Plan de Reembolso de Gastos Médicos contenido en el Anexo 1-A de las bases de la Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018T0K001-E320-2016, forma parte integrante del presente Contrato. En caso de que dicho Plan sea modificado, se notificará por escrito el contenido de dichas modificaciones a “LA COMPAÑÍA”.DÉCIMA CUARTA.- INTUITO PERSONAE.En virtud de ser el presente un Contrato INTUITO PERSONAE, “LA COMPAÑÍA” no podrá ceder en ningún caso, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones derivados del mismo para la realización de los servicios a otras personas físicas o morales, excepto los derechos de cobro que se deriven a su favor de los servicios que se generen en términos del presente Contrato, debiendo contar con la aprobación previa y por escrito de "EL INSTITUTO". DÉCIMA QUINTA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES.“LA COMPAÑÍA” designa como su representante a_______________, quien cuenta con poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al presente Contrato. Por su parte, "EL INSTITUTO" designa como su representante para tratar todos los asuntos relacionados con este Contrato, al Coordinador de Apoyos Especiales de la Gerencia de Relaciones Laborales y Servicios al Personal u a otro que en su caso designe.DÉCIMA SEXTA.- RELACIONES LABORALES.“LA COMPAÑÍA” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás

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ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. “LA COMPAÑÍA” conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de "EL INSTITUTO" en relación con los servicios objeto de este Contrato, por lo que en ningún momento podrá considerársele patrón sustituto, debiendo sacar en paz y a salvo a este último de cualquier reclamación o demanda.El personal que “LA COMPAÑÍA” emplee para la ejecución de los servicios deberá ser el calificado, experimentado e idóneo. Los servicios objeto del presente Contrato los efectuará "LA COMPAÑIA" en sus oficinas.DÉCIMA SÉPTIMA.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR.Ni "EL INSTITUTO" ni “LA COMPAÑÍA” serán responsables por el incumplimiento de sus obligaciones que se deriven del presente Contrato, cuando dicho incumplimiento provenga o resulte de casos fortuitos o de fuerza mayor, es decir, hechos o acontecimientos del hombre o de la naturaleza que sean imprevisibles o cuando siendo previsibles no puedan evitarse por las partes. Dentro de los casos para el presente Contrato se señalan en forma enunciativa, más no limitativa, los siguientes:

a) Cualquier acción u omisión de autoridad gubernamental que impida o retrase el cumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes, pero siempre y cuando dicha acción u omisión no se hubiera proporcionado por una acción u omisión que sea imputable a alguna de las partes.

b) Terremoto, explosión, fuego, inundación, epidemias, disturbios civiles, huelgas que sean declaradas legalmente procedentes por las autoridades competentes, o cualquier hecho igualmente grave, que impida el cumplimiento de las obligaciones.

DÉCIMA OCTAVA.- RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA. “EL INSTITUTO” dará por rescindido este Contrato, si "LA COMPAÑIA" incurre en violación de los términos y condiciones del mismo, de sus anexos y de la Convocatoria de Licitación correspondiente y harán efectivos los derechos de “EL INSTITUTO” correspondientes. También podrá darlo por terminado anticipadamente, cuando concurra alguna de las razones que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DÉCIMA NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.“EL INSTITUTO” podrá, en cualquier momento, rescindir este Contrato cuando "LA COMPAÑIA" incumpla con las obligaciones a su cargo, derivadas de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, la Convocatoria de la Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018T0K001-E320-2016, sus anexos, o del presente contrato y se harán efectivos los derechos del Instituto que correspondan.El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

a) Se iniciará a partir de que a “LA COMPAÑÍA” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

b) Transcurrido el término a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer, y

La determinación de dar o no por rescindido el presente Contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “LA COMPAÑÍA”.VIGÉSIMA.-LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y/O PERMISOS.En los casos en que durante la vigencia del presente contrato se requiera que “LA COMPAÑIA” cuente con algún tipo de licencias, autorizaciones y/o permisos que se requiera para la adecuada prestación del servicio, “EL INSTITUTO” le informará de dicha situación y “LA COMPAÑIA” se obliga a obtenerla para proporcionar un buen desempeño de las actividades objeto del contrato. VIGÉSIMA PRIMERA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.-

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“LA COMPAÑIA” asume toda la responsabilidad por las violaciones que se causen en materia de propiedad industrial o derechos de autor, con respecto al uso de las técnicas u otros de que se valga para la prestación del servicio objeto de este Contrato. En caso de litigio, “LA COMPAÑIA” podrá optar por:

a) Obtener la autorización en un término máximo de 5 (cinco) días naturales, o b) Prestar el servicio con otros bienes o técnicas distintos que no violen ningún derecho de autor o de

propiedad. En caso de no ser posible lo anterior, “LA COMPAÑIA” acepta que se rescinda este Contrato, sin embargo ésta se obliga a sacar en paz y a salvo a “EL INSTITUTO” de cualquier litigio, controversia o reclamación de terceros que tuviera como origen cualquiera de las violaciones antes mencionadas.

VIGÉSIMA SEGUNDA. – DISCREPANCIAS.Las partes convienen que en caso de que exista alguna discrepancia entre lo establecido en este clausulado y cualquier disposición contenida en sus anexos o demás documentación integrante de este Contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria.

VIGÉSIMA TERCERA.– NOTIFICACIONES.Toda modificación o aviso relativo a este Contrato deberá formularse por escrito, salvo las urgentes, que podrán hacerse por otros medios, siempre que se confirmen por escrito a más tardar al día siguiente y deberán entregarse en los siguientes domicilios: Para “EL INSTITUTO”.- Reforma 113, colonia Palmira, C.P. 62490, Cuernavaca, Morelos. Para “LA COMPAÑÍA”.- _____________________.Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.

VIGÉSIMA CUARTA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.Este Contrato, las bases de la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-018T0K001-E320-2016, sus anexos y demás documentos que se generen en razón de ésta, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones, constituyendo un acuerdo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación hecha entre éstas ya sea oral o escrita con anterioridad a esta fecha, salvo los documentos que en este Contrato se señalan.Las partes manifiestan que en la celebración de este Contrato no ha habido vicio alguno del consentimiento, por lo que renuncian a cualquier acción derivada de lo anterior.

VIGÉSIMA QUINTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.Las partes se obligan a sujetarse estrictamente al cumplimiento de este Contrato y así como a los términos, lineamientos y requerimientos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Civil Federal y al Código Federal de Procedimientos Civiles y demás disposiciones reglamentarias con relación a estas materias.

VIGÉSIMA SEXTA.- MODIFICACIONES.“EL INSTITUTO” podrá ampliar el alcance de este Contrato de acuerdo con lo establecido en el Artículo 52 de la LAASSP y 91 de su Reglamento, siempre y cuando no se agregue, en total, más del 20% (veinte por ciento) de las cantidades solicitadas en este instrumento obligándose “LA COMPAÑÍA” a respetar los precios estipulados en la Cláusula Segunda.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- CONCILIACIÓN:

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Las partes podrán presentar ante la Secretaria de la Función Pública, solicitud de conciliación por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, escrito que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.El procedimiento de conciliación se deberá substanciar, conforme a lo dispuesto en los artículos 77 al 79 de la Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como 126 al 136 de su reglamento. En caso de lograr la avenencia de las partes, se elaborará el convenio respectivo y en caso contrario se demandará su cumplimiento ante la autoridad jurisdiccional competente.

VIGÉSIMA OCTAVA.- JURISDICCIÓN. Las partes acuerdan que en caso de controversia respecto a la interpretación, contenido, alcances y cumplimiento del presente Contrato, interpondrán las acciones jurídicas procedentes en la vía y forma propuesta por las leyes aplicables, sometiéndose a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la ciudad de Cuernavaca, Morelos; por ende "LA COMPAÑÍA" renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o cualquier otra causa.

Este Contrato se firma en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, a ____ de ________ de 2016.

POR “EL INSTITUTO”:

C.P. ALFREDO GÓMEZ LUNA MAYADIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

Y FINANZAS

LIC. SERGIO GUIOT DE LA GARZA GERENTE DE RELACIONES LABORALES Y

SERVICIOS AL PERSONAL

LIC. JOSÉ ARMANDO MENDOZA CAPETILLOGERENTE DE ASESORÍA JURÍDICA

POR “LA COMPAÑIA”:

REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL

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A N E X O 5ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA

El que suscribe(Nombre del Representante Legal )

manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos, que han sido debidamente verificados, y que cuento con facultades suficientes para promover los recursos pertinentes para participar en la licitación a abajo referenciada, a nombre y en representación de:

[Razón social / Persona física: Apellidos paterno – materno – nombre(s) ]Licitación Pública Nacional Electrónica:R. F. C.:Razón social:Nacional de la empresa:Estado, delegación o municipio:Dirección (Calle y número):Colonia: C.P.LADA: Tel.: Fax:Correo electrónicoSector:

( I n d u s t r i a, C o m e r c i o o S e r v i c i o s )Estratificación de la empresa:

( M i c r o, P e q u e ñ a, M e d i a n a o G r a n d e )Número de trabajadores en la empresa

Ventas Anuales/Última declaración ISR(En millones de Pesos)

Actividad económica de la empresa:

Escritura pública No.: Del Acta Constitutiva De fecha

Protocolizada ante: Notario Público No.

N o m b r e L u g a r

Enmiendas a la Escritura pública:

Del Acta Constitutiva De fecha

Protocolizada ante: Notario Público No.

N o m b r e L u g a r

Escritura pública No.: Del Represente Legal De fecha

Protocolizada ante: Notario Público No.

N o m b r e L u g a r

Relación completa de socios o accionistas:

[ A p e l l i d o s p a t e r n o - m a t e r n o - n o m b r e ( s ) ]

(Lugar y fecha)

Protesto lo necesario(F i r m a )

SE DEBERÁ INCORPORAR TODA LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE FORMATO. LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN LOS CAMPOS SOMBREADOS, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.

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A N E X O 6(formato)

DECLARACIÓN DE NO EXISTENCIA DE PROHIBICIÓN PARA PARTICIPAR(ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO E DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP)

El prestador del servicio ___________________________________ declara, Bajo Protesta de Decir Verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos de los Artículos, 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En el entendido que de no manifestarse con veracidad, acepta que ello sea causa de rescisión del contrato celebrado con el Instituto.

Atentamente,

NombreCargo

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A N E X O 7(formato)

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD(ARTÍCULO 39, FRACCIÓN VI, INCISO F DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP)

Lugar y fecha: ____________________

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONALELECTRÓNICA NO. LA-018T0K001-E320-2016

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE REEMBOLSO DEGASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DEL 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICASDirección de Administración y FinanzasGerencia de Recursos MaterialesDepartamento de AdquisicionesReforma No. 113Col. Palmira62490 Cuernavaca, Morelos

Por este medio _____________________________________________ declaramos “Bajo Protesta de Decir Verdad”

(Nombre persona física o moral)que por cuenta propia o a través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas dirigidas a los servidores públicos del Instituto, que induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosos con relación a los demás participantes.

Atentamente,

__________________________________Nombre y firma del Representante Legal

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A N E X O 8(formato)

MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)(ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP)

_________ (2)________P r e s e n t e.

Me refiero al procedimiento de _________(3)________ No. ________(4) _______ en el que mi representada, la empresa_________(5)________, participa a través de la presente proposición.

Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________.

De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.

A T E N T A M E N T E

___________(9)____________

Instructivo de llenadoLlenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.

1. Señalar la fecha de suscripción del documento.2. Anotar el nombre de la convocante.3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres

personas).4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores)

x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página http://www.comprasdegobierno.gob.mx/calculadoraPara el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.

8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.

9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.

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2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469

A N E X O 9(formato)

DOCUMENTO PARA MANIFESTAR INTERES EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Y FORMULAR SOLICITUDES DE ACLARACIÓN EN LA JUNTA DE ACLARACIONES

(ARTÍCULO 45, TERCER PÁRRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP)

_______________________________________________ con facultades suficientes para comprometerse por(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)

sí o por la empresa _______________________________________________ manifiesta su interés en participar

(RAZÓN SOCIAL / PERSONA FÍSICA)

en la Licitación Pública Nacional Electrónica LA-018T0K001-E320-2016, motivo por el cual formula las solicitudes de aclaración que se indican más adelante.

Para tal efecto se proporciona la siguiente información:

R. F. C.:

DIRECCIÓN (CALLE Y NÚMERO):

COLONIA: DELEGACIÓN O MUNICIPIO:

ESTADO CÓDIGO POSTAL

TELÉFONO: FAX CORREO ELECTRÓNICO

ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LA EMPRESA:

ESCRITURA PÚBLICA NO.:DEL ACTA CONSTITUTIVA DE FECHA

ENMIENDAS A LA ESCRITURA PÚBLICA: DEL ACTA CONSTITUTIVA DE FECHA

ESCRITURA PÚBLICA NO.: DEL REPRESENTE LEGAL DE FECHA

RELACIÓN COMPLETA DE SOCIOS O ACCIONISTAS:

[ APELLIDOS PATERNO-MATERNO-NOMBRE(S) ]

NOMBRE Y FIRMAREPRESENTANTE LEGAL )

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A N E X O 10(formato)

MANIFESTACIÓN DE NACIONALIDAD

El que suscribe __________________ en mi carácter de representante legal de la empresa __________________, manifiesto bajo protesta de decir verdad que la empresa que represento es de nacionalidad mexicana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 fracción l de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Así como la manifestación de que los servicios que oferta son de nacionalidad mexicana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 fracción VIII inciso d) del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Atentamente,

NombreCargo

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A N E X O 11(formato)

El que suscribe __________________ en mi carácter de representante legal de la

empresa __________________, manifiesto mi aceptación de que se tendrán por no

presentadas las propuestas que contengan virus informativo o bien las que no se

puedan abrir por causas ajenas a la convocante.

Atentamente,

NombreCargo

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A N E X O 12

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 23 DE DICIEMBRE DE 2015

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016ARTÍCULO 32-D CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

PROCEDIMIENTO QUE DEBE OBSERVARSE PARA CONTRATACIONES CON LA FEDERACIÓN Y ENTIDADES FEDERATIVAS

2.1.31. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ADR.

CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2016 2.1.39.

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A N E X O 13CADENAS PRODUCTIVAS

INFORMACIÓN Y SOLICITUD PARA SU AFILIACIÓN

PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DEL GOBIERNO FEDERALEl programa de Cadenas Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión.

Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso sin costo a los siguientes beneficios:

Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento a través de Crédito Pyme que Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos.

Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores.

Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.

Identifica oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos.

PARA MAYORES INFORMES SOBRE EL PARTICULAR LLAMAR DESDE EL ÁREA METROPOLITANA AL 5089-6107 O AL 01 800 623-4672 SIN COSTO DESDE EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA O BIEN A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET WWW.NAFIN.COM.

PROMOCIÓN A LOS PROVEEDORES PARA AFILIARSE AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS

México D.F. de __________ de 200__.Nombre de la EmpresaEn Nacional Financiera, S.N.C. estamos coordinando una iniciativa sin duda histórica, para apoyar a las PyMES en el país. La estrategia principal consiste en establecer un Programa Obligatorio de Compras del Gobierno Federal hacia las pequeñas y medianas empresas mexicanas. Dicho programa pretende que en el año 2012, el 35% de las adquisiciones públicas se canalicen a este segmento productivo, principal generador del Producto Interno Bruto y de empleo.Para tal fin, un primer paso es la incorporación obligatoria de todas las Dependencias y Entidades al Programa Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., lo que nos permitirá conocer en forma consolidada la situación actual de la proveeduría gubernamental y proponer metas anuales en materia de compras de gobierno a PyMES a partir del 2008.En este contexto, tengo el agrado de invitarte a incorporar tu empresa al programa, para que goce de los beneficios que éste le brinda:Cadenas Productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónicoo Obtener liquidez para realizar más negocioso Mejorar la eficiencia del capital de trabajoo Agilizar y reducir los costos de cobranzao Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.com.mxo Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 y 01800 NAFINSA (623 46 72)

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita Recibir información Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal

Características descuento ó factoraje electrónico: Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento) Descuento aplicable a tasas preferenciales Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia

Afiliarse al programa es por única vez y no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad, no tiene ningún costo; en caso de requerirlo podrás hacer el cobro anticipado en la página www.nafin.com.mx o bien vía telefónica.

A fin de facilitar tu afiliación, te agradeceré comunicarte a los teléfonos 50.89.61.07 y 01800 NAFINSA, donde el personal de Nacional Financiera, S.N.C. te orientará para la entrega de los documentos relacionados en el documento anexo y la formalización del convenio en un término de cinco días.

Al concretar tu afiliación tendrás como beneficio formar parte del Directorio de Compras que ofrece ser un proveedor elegible para el Sistema de Compras del Gobierno Federal.

Reitero nuestro agradecimiento por tu participación y aprovecho la ocasión para enviarte un cordial saludo.

Atentamente

LI STA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS.

1.- Carta Requerimiento de Afiliación, Fallo o Pedido.Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).

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Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc., Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas.

4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio. Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

5.- Comprobante de domicilio FiscalVigencia no mayor a 2 mesesComprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominioCredencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)La firma deberá coincidir con la del convenio

7.- Alta en Hacienda y sus modificacionesFormato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)En caso de no tener las actualizaciones, podrán obtenerlas de la página del SAT.

8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)

9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursosSucursal, plaza, CLABE interbancariaVigencia no mayor a 2 mesesEstado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

Contrato de descuento automático Cadenas ProductivasFirmado por el representante legal con poderes de dominio.2 convenios con firmas originalesContratos Originales de cada Intermediario Financiero.Firmado por el representante legal con poderes de dominio.(** Únicamente, para personas Morales)

Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-89-61-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.

FORMATO SOLICITUDEstimado Proveedor del Gobierno Federal:

Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico. ____________ __ Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva. ____________ __

Cadena(s) a la que desea afiliarse:

***Número(s) de proveedor (opcional):**

Datos generales de la empresa.

Razón Social: Fecha de alta SHCP:R.F.C.:Domicilio Fiscal: Calle: No.:C.P.:Colonia: Ciudad:Teléfono (incluir clave LADA ):Fax (incluir clave LADA ):e-mail:Nacionalidad:Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)No. de la Escritura:Fecha de la Escritura:

Datos del Registro Público de ComercioFecha de Inscripción:Entidad Federativa:Delegación ó municipio:

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Folio: Fecha del folio :Libro: Partida:Fojas:Nombre del Notario Público: No. de Notaria:Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario:Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral) : (Acta de poderes y/o acta constitutiva)No. de la Escritura:Fecha de la Escritura: Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )

Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral) : Fecha de inscripción:Entidad Federativa:Delegación ó municipio:Folio: Fecha del folio :Libro: Partida: Fojas:Nombre del Notario Público: No. de Notaría:Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos del representante legal con actos de administración o dominio:Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.:Fecha de alta SHCP:Teléfono:Fax (incluir clave LADA ): e-mail:Nacionalidad:Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3 extranjeros ( )No. de la identificación (si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma):Domicilio Fiscal: Calle: No.:C.P.:Colonia:Ciudad:

Datos del banco donde se depositarán recursos:Moneda: pesos ( X ) dólares ( )Nombre del banco:No. de cuenta (11 dígitos):Plaza:No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 dígitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Órgano colegiado ( )

Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves:Nombre: Puesto:Teléfono (incluir clave LADA ): Fax: e-mail:

Actividad empresarial:Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado:Actividad ó giro:Empleos a generar:Principales productos:Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación:Activo total (aprox.):Capital contable (aprox.)Requiere Financiamiento SI NO

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A N E X O 14(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 28 de junio de 2011

SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICAACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la FunciónPública.

SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XIX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 27 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 y 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDOQue corresponde a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, establecer normas, políticas y lineamientos en

materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal;

Que en términos de los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado CompraNet, está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas;

Que el sistema electrónico a que alude el considerando anterior tiene como fines el contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral;

Que para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información contenida en CompraNet, es indispensable que esta Secretaría establezca los controles necesarios, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDOArtículo Único.- Se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública

Gubernamental, denominado COMPRANET.

Objeto y ámbito de aplicación.

1.- Las presentes disposiciones tienen por objeto regular la forma y términos para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, por parte de los sujetos a que se refieren los artículos 1 fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 1 fracciones I a VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como de los licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo previsto en dichos ordenamientos legales.

Las menciones que se hagan a las dependencias y entidades o a las convocantes, se entenderán hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros.

El registro para la utilización de CompraNet implica la plena aceptación de los usuarios a sujetarse a las presentes disposiciones y a las demás que regulen la operación de dicho sistema.

Definiciones.

2.- Para los efectos de estas disposiciones, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en sus respectivos reglamentos, se entenderá por:

I. Ley de Adquisiciones: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

II. Ley de Obras: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

III. Operador y/o Administrador: al servidor público que ha certificado sus capacidades para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet;

IV. OSD: las ofertas subsecuentes de descuentos a que se refiere el artículo 2 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones;

V. PASOP: el módulo de CompraNet en el que se contienen los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades y los programas anuales de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de las dependencias y entidades;

VI. RUPC: el módulo de CompraNet en el que se contienen el Registro Único de Proveedores y el Registro Único de Contratistas;

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELÉCTRÓNICA LA-018T0K001-E320-2016SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE PREVISIÓN SOCIAL PARA EL REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS DEL 15 DE JUNIO DE

2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469

VII. Unidad compradora: el área de las dependencias o entidades que ha sido registrada y autorizada por la UPCP para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet, a la cual le es asignada una clave de identificación. Dicha Unidad estará a cargo del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o del servidor público que éste designe, y

VIII. UPCP: la Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública.

Disposiciones generales.

3.- Las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas a que se refieren las presentes disposiciones son los comprendidos en el artículo 3 de la Ley de Adquisiciones y en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras, respectivamente.

4.- Para la realización de licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas, con independencia de su carácter nacional o internacional, cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, deberá utilizarse CompraNet, con las salvedades previstas en la Ley de Adquisiciones o en la Ley de Obras, según corresponda.

5.- Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas, previa opinión de la UPCP, la interpretación para efectos administrativos de las presentes disposiciones, así como la resolución de los casos no previstos en las mismas.

De los requisitos técnicos.

6.- El sistema CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:

a. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;

b. Versiones actualizadas de navegador para Internet;

c. Instalación de software JAVA en su última versión, y

d. Conexión a Internet con un ancho de banda de 512 Kbps.

7.- La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.

Del registro y acreditación de unidades compradoras, operadores y administradores.

8.- Para obtener el registro y autorización de Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, el alta de la misma y designar a los servidores públicos que serán capacitados como operadores y/o administradores de esa Unidad compradora, especificando su perfil de usuarios para la operación de CompraNet, de acuerdo con lo señalado en la guía de usuario que la UPCP pondrá a su disposición en el propio sistema.

Para obtener su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, los servidores públicos previamente designados por ésta, deberán acreditar estar capacitados para la operación en CompraNet, de conformidad con los programas de capacitación y actualización que sean definidos por la UPCP y difundidos a través de CompraNet.

La UPCP podrá incluir en CompraNet programas para la capacitación o actualización en línea, los cuales generarán al finalizar el curso, un reporte que acreditará que los servidores públicos cuentan, en su caso, con las habilidades y conocimientos necesarios para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet.

Cuando se extinga la necesidad de contar con alguna Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, la baja de esa Unidad Compradora. Dicha solicitud deberá presentarse con quince días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que la Unidad compradora deje de realizar operaciones y procedimientos de contratación.

9.- A los servidores públicos que obtengan su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, la UPCP les asignará una clave de usuario única e intransferible que les permitirá operar en CompraNet únicamente para la Unidad compradora que hubiere solicitado su acreditación.

Dicho registro se mantendrá vigente para los operadores o administradores que acrediten estar capacitados para la operación en CompraNet, conforme a los programas de actualización correspondientes.

10.- La Unidad compradora que se encuentre registrada y autorizada por la UPCP para operar en CompraNet, estará obligada a utilizar dicho sistema para todos sus procedimientos de contratación cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal.

11.- Será responsabilidad del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe, solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o administrador de la Unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud deberá presentarse mediante oficio, en el que se precisará la fecha a partir de la cual se requiere se efectúe la baja del operador y/o administrador.

De los programas anuales.

12.- La UPCP dará a conocer a través de CompraNet, los formularios y requerimientos para la integración, difusión y actualización de los programas anuales previstos en la Ley de Adquisiciones y en la Ley de Obras en el PASOP.

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2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017Reforma No. 113, Col. Palmira, Código Postal 62490, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 362-38-11, ext. 7469

13.- Los programas anuales a que alude la disposición anterior y, en su caso, sus actualizaciones deberán ser incorporados en el PASOP, el cual generará el acuse de recibo respectivo.

Del acceso y uso de CompraNet para los proveedores y contratistas.

14.- Para que los potenciales licitantes tengan acceso a CompraNet, será necesario que los mismos capturen los datos solicitados en los campos que se determinan como obligatorios en el formulario de registro que está disponible en CompraNet. Si los potenciales licitantes lo estiman conveniente podrán capturar, en ese momento o con posterioridad, la totalidad de la información prevista en dicho formulario.

El medio de identificación electrónica para que los potenciales licitantes nacionales, ya sean personas físicas o morales, hagan uso de CompraNet, será el certificado digital de la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando se trate de potenciales licitantes extranjeros, el medio de identificación electrónico para que hagan uso de CompraNet se generará por el propio sistema, previo llenado de los formatos que para tal efecto se encuentren establecidos en el mismo y la entrega de la documentación que a continuación se señala o de su equivalente, la cual de presentarse en idioma distinto al español deberá acompañarse de su correspondiente traducción a este idioma. Dicha documentación deberá remitirse debidamente legalizada o, en su caso, apostillada por las autoridades competentes, en términos de las disposiciones aplicables, a través de CompraNet, de manera digitalizada:

Persona Física Persona Moral1. Acta de Nacimiento.

2. Identificación oficial con fotografía del país de origen (por ejemplo pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal.

4. Clave única de registro de población, si existe en el país de origen.

En caso de que el trámite lo realice a través de apoderado, adicionalmente:

1. Documento que acredite el otorgamiento de dicha representación.

2. Identificación oficial con fotografía.

3. Cédula de identificación fiscal (opcional)

1. Testimonio de la escritura pública con la que se acredite su existencia legal, así como las facultades de su representante legal o apoderado, incluidas sus respectivas reformas.

2. Identificación oficial con fotografía del representante legal o apoderado (ejemplo pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal de la persona moral y, de manera opcional, la de su representante legal o apoderado.

4. Clave única de registro de población del representante legal o apoderado.

CompraNet emitirá un aviso de recepción de la información a que alude este numeral.

15.- Una vez que el potencial licitante, nacional o extranjero, haya capturado correctamente los datos determinados como obligatorios en el formulario de registro a que alude el primer párrafo del numeral anterior, CompraNet le hará llegar dentro de los ocho días naturales posteriores, una contraseña inicial de usuario registrado, la cual deberá modificar de manera inmediata con la finalidad de salvaguardar la confidencialidad de la información que remita a través de CompraNet.

16.- Para la presentación y firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

En el caso de los licitantes extranjeros, para la presentación y firma de sus proposiciones y, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, deberán utilizar los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con las disposiciones emitidas al efecto.

CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones o, en su caso, de las inconformidades a que se refieren los párrafos anteriores.

Por medio de identificación electrónica se considerará al conjunto de datos y caracteres asociados que permiten reconocer la identidad de la persona que hace uso del mismo, y que legitiman su consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realice con el uso de dicho medio.

17.- La UPCP pondrá a disposición de los usuarios de CompraNet, a través de dicho sistema, la información necesaria para el uso eficiente del mismo.

Registro Único de Proveedores y de Contratistas.

18.- Para su inscripción en el Registro Unico de Proveedores o en el de Contratistas, según corresponda, el proveedor o contratista interesado deberá incorporar en CompraNet los datos que le sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema, los cuales en términos de los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, son:

I. Nombre o razón social, nacionalidad y domicilio;

II. Información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el Registro Público correspondiente;

III. Relación de socios, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 fracción VII de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción VI de la Ley de Obras, según corresponda, y el artículo 73 de la Ley General de Sociedades Mercantiles;

IV. Nombre de los representantes legales del proveedor o contratista, así como la información relativa a los documentos públicos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el Registro Público de Comercio;

V. Especialidad del proveedor o contratista y la información relativa a los contratos que según el caso, lo acrediten;

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VI. Experiencia del proveedor o contratista y la información de los contratos que según el caso, la acreditan, y

VII. Información referente a la capacidad técnica, económica y financiera del proveedor o contratista.

Una vez que el proveedor o contratista adjudicado haya completado el formulario a que se refiere el párrafo anterior, la Unidad compradora validará la información proporcionada y en su caso lo inscribirá en el RUPC dentro de los dos días hábiles posteriores a que se haya completado el formulario. CompraNet hará llegar al proveedor o contratista su número de inscripción, dentro de los dos días hábiles posteriores a ésta.

La fecha de inscripción en el RUPC, será la que se considere como el inicio del historial del proveedor o contratista para efectos de lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley de Adquisiciones y 86 de su Reglamento, así como en los artículos 48 de la Ley de Obras y 90 de su Reglamento.

El proveedor o contratista será responsable de mantener actualizada la información a que se refiere este numeral, para efectos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción VI del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 61, fracción VII del Reglamento de la Ley de Obras, para lo cual utilizará el medio de identificación electrónica con el que tiene acceso a CompraNet.

19.- Corresponderá a las unidades compradoras incorporar a CompraNet, los datos relativos a los contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas y a su cumplimiento, con el propósito de integrar el historial de proveedores o contratistas a que hacen referencia los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, según corresponda.

20.- La inscripción en el RUPC sólo se realizará en una ocasión. Cuando una Unidad compradora reciba la solicitud de inscripción de algún proveedor o contratista que ya se encuentre registrado en el RUPC, le comunicará a éste de tal circunstancia y le solicitará verificar que su información contenida en dicho registro se mantenga actualizada.

21.- La clave y contraseña que la Unidad compradora utilizará para capturar y validar la información del RUPC le será proporcionada por la UPCP, previa solicitud que realice conforme al procedimiento difundido a través de CompraNet.

La clave y contraseña a que se refiere el párrafo anterior, serán diferentes de las que utilizan los operadores y/o administradores de la Unidad compradora para realizar los procedimientos de contratación en el CompraNet.

22.- La información relativa al RUPC permanecerá en CompraNet aun cuando el proveedor o contratista solicite su baja del mismo.

23.- Una vez concluido el contrato, la Unidad compradora que capturó los datos relevantes del mismo, deberá incorporar en CompraNet, con base en la información que le proporcione el administrador del contrato o el área responsable de la ejecución de los trabajos, los datos relativos al cumplimiento de dicho contrato para el efecto de que dicho sistema asigne una puntuación al proveedor o contratista, según corresponda, a partir de menor incidencia de los siguientes factores:

Aplicación de penas convencionales;

Deducciones al pago o retenciones;

Ejecución de garantías de cumplimiento, de anticipo, de vicios ocultos, o cualesquiera otra;

Inhabilitación en la dependencia o entidad convocante, en términos de los artículos 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción III de la Ley de Obras, según corresponda, y

Rescisión administrativa.

El grado de cumplimiento de un proveedor o contratista se determinará por el promedio aritmético de la puntuación de cada uno de los contratos que tenga registrados en CompraNet.

Cualquier Unidad compradora tendrá acceso a la información relativa al historial de cumplimiento de los proveedores y contratistas, con base en la cual podrán reducir los montos de garantía de cumplimiento, en términos de lo dispuesto en los Lineamientos expedidos al efecto por la Secretaría de la Función Pública.

CompraNet sólo considerará totalmente integrado un expediente (carpeta virtual), una vez que la Unidad compradora incorpore en dicho sistema la información a que se refiere el primer párrafo de este numeral respecto del o los contratos derivados de un procedimiento de contratación.

De la operación de CompraNet.

24.- Para dar inicio a un procedimiento de contratación en CompraNet, se requiere la creación previa de un expediente (carpeta virtual) el cual contendrá toda la información que derive de dicho procedimiento. Para la creación del expediente, CompraNet cuenta con plantillas preconfiguradas que consideran los diferentes requerimientos de información, según el tipo de procedimiento que se pretenda llevar a cabo.

25.- Los contratos que deriven de un procedimiento de contratación deberán reportarse, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo, con independencia de la fecha en que se firmen, utilizando el formulario que para el reporte de información relevante del contrato se encuentra disponible en CompraNet.

Cualquier modificación a la información proporcionada, deberá reportarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ésta ocurra.

26.- Las actas relativas a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, y a la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, se deberán incorporar en CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general.

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27.- La Unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.

La información generada por cualquier Operador y/o Administrador en CompraNet, será considerada documento público en términos del Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que su reproducción a través de dicho sistema tendrá pleno valor probatorio.

28.- CompraNet cuenta con un Clasificador Único de las Contrataciones Públicas, denominado CUCOP, el cual permitirá, entre otras funcionalidades, optimizar el análisis de la información relativa a los bienes, servicios y obras públicas que contratan las dependencias y entidades. El CUCOP será utilizado por:

a. Los potenciales licitantes, al momento en que se registren en la plataforma para clasificar los bienes o servicios de su especialidad, y

b. Las unidades compradoras, al configurar cada expediente de contratación y durante la captura de los datos relevantes del contrato.

29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad compradora, recabarán de los licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.

30.- Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.

De las Ofertas Subsecuentes de Descuentos.

31.- Para utilizar la modalidad OSD en un procedimiento de licitación pública electrónica, la Unidad compradora tendrá que seleccionar la plantilla correspondiente a esta modalidad al momento de crear el expediente.

32.- La participación en un procedimiento de licitación pública electrónica, bajo la modalidad OSD, implica la previa acreditación de los licitantes interesados en el uso de la herramienta OSD, a tal efecto, la UPCP mantendrá en CompraNet a disposición de cualquier interesado, la información necesaria para su capacitación y/o acreditación en el uso de dicha herramienta.

33.- El servidor público que acredite su capacitación para el uso de CompraNet en términos de lo dispuesto en el numeral 8 de las presentes disposiciones, estará certificado para llevar a cabo procedimientos de licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD.

34.- La Unidad compradora estará autorizada para realizar la licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD cuando el servidor público designado como operador y/o administrador cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.

35.- La clave de acceso o certificado digital para que los licitantes participen en procedimientos de contratación bajo la modalidad de OSD serán los mismos que recibieron al inscribirse al CompraNet, de conformidad con los numerales 14 y 15 de las presentes disposiciones.

TransitoriosPRIMERO.- El presente Acuerdo y las disposiciones contenidas en el mismo entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el

Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se abrogan las disposiciones y se dejan sin efectos los oficios que a continuación se indican:

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de agosto de 2000.

Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de abril de 1997.

Oficio No. SP/100/del 610 al 635/2004 de fecha 23 de agosto de 2004, emitido por el Secretario de la Función Pública, relativo a la información que debe remitirse al Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET).

Oficio SP/100/336/09 de fecha 23 de septiembre de 2009, emitido por el Secretario de la Función Pública, mediante el cual se indica que deberán subirse al Sistema CompraNet los contratos con un monto mayor a 300 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal sin considerar IVA.

TERCERO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la versión de CompraNet que se encuentra activa desde el año 2000, dejará de ser el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. La información contenida en dicha versión no será migrada a la nueva plataforma y sólo se mantendrá disponible para consulta, así como para los efectos previstos en el párrafo siguiente.

Los procedimientos de contratación que las dependencias y entidades hayan iniciado en la versión activa de CompraNet a que se refiere el párrafo anterior, deberán concluirse utilizando esa versión.

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CUARTO.- Hasta en tanto se encuentre disponible la funcionalidad en CompraNet para realizar el sorteo por insaculación previsto en el último párrafo del artículo 54 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dicho sorteo se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del citado precepto.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.

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