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AÑO: XI Número: 10 Noviembre de 2009 Pág. 1 ______________________________________________________________________________________ SUMARIO I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJO SOCIAL ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2 de octubre de 2009, por el que se aprueba la propuesta del Consejo de Gobierno sobre asignación de incentivos individuales al profesorado de la Universidad de La Rioja correspondientes a la convocatoria del año 2008. ..................................................... Pág. 4 ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2 de octubre de 2009, por el que se aprueban los honorarios de los componentes del Comité Técnico de Evaluación devengados en la convocatoria de incentivos al Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Rioja del año 2008. ..................................................... Pág. 4 ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2 de octubre de 2009, por el que se emite Informe previo favorable a la Implantación por la Universidad de La Rioja, en el curso 2009/2010, de las enseñanzas de Grado, Máster y Doctorado. ................................................... Pág. 4 ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2 de octubre de 2009, por el que se aprueba el Convenio Universidad de La Rioja-Fundación Dialnet. ......................................................... Pág. 5 RECTOR RESOLUCIÓN n.º 1615/2009, de 5 de octubre del Rector de la Universidad de La Rioja / Presidente de la Fundación de la Universidad de La Rioja, por la que se adjudica una beca en formación con cargo al contrato de investigación de referencia OTEM090902 “Estudio y caracterización de mohos en los quesos “LOS CAMEROS”. ................................................ Pág. 5 RESOLUCIÓN n.º 1640/2009, de 6 de octubre del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se anuncia convocatoria para cubrir un puesto de trabajo mediante contratación laboral temporal de técnico del proyecto pet 2008-0329-02 MATESLAB: desarrollo de la capa intermedia y validación de contenidos. .................................................... Pág. 6 RESOLUCIÓN n.º 1641/2009, de 6 de octubre del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se adjudica una beca en formación con cargo a la subvención de Knet Comunicaciones S.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al Grupo Riojano de Investigación en Semántica, Sintaxis y Uso del Lenguaje, de la Universidad de La Rioja . ......................................................... Pág. 8 RESOLUCIÓN n.º 1642/2009, de 6 de octubre del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se adjudica una beca en formación con cargo a la subvención de Knet Comunicaciones S.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al Grupo Riojano de Investigación en Semántica, Sintaxis y Uso del Lenguaje, de la Universidad de La Rioja . ......................................................... Pág. 9 RESOLUCIÓN n.º 1656/2009, de 8 de octubre del Rector de la Universidad de La Rioja Y Presidente de la Fundación de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca una beca en formación con cargo al contrato de investigación de referencia OTEM090911 “Desarrollo de un programa de control biológico de Tuta absoluta mediante parasitoides del género Trichogramma”. ............................................. Pág. 9 RESOLUCIÓN n.º 1674/2009, de 9 de Octubre del Rector de la Universidad de La Rioja / Presidente de la Fundación de la Universidad de La Rioja, por la que se renueva la beca en formación con cargo a la Catedra de emprendedores de la Camara Oficial de Comercio e Industria en la Universidad de La Rioja. ............................. Pág. 11 RESOLUCIÓN n.º 1681/2009, de 13 de octubre de 2009, del Rector de la Universidad de la Rioja, por la que se cesa a D. Miguel Ángel Marín López como Director de Estudio para la Titulación de Licenciatura en Historia y Ciencias de la Música. ..................................................... Pág. 12

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AÑO: XI Número: 10 Noviembre de 2009 Pág. 1

______________________________________________________________________________________

SUMARIO

I. DISPOSICIONES YACUERDOS

CONSEJO SOCIAL

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se apruebala propuesta del Consejo de Gobiernosobre asignación de incentivos individualesal profesorado de la Universidad deLa Rioja correspondientes a la convocatoria delaño 2008. ..................................................... Pág. 4

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se aprueban loshonorarios de los componentes del ComitéTécnico de Evaluación devengados en laconvocatoria de incentivos al Personal Docente eInvestigador de la Universidad de La Rioja delaño 2008. ..................................................... Pág. 4

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se emite Informeprevio favorable a la Implantación por laUniversidad de La Rioja, en el curso 2009/2010,de las enseñanzas de Grado, Máster yDoctorado. ................................................... Pág. 4

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se aprueba elConvenio Universidad de La Rioja-FundaciónDialnet. ......................................................... Pág. 5

RECTOR

RESOLUCIÓN n.º 1615/2009, de 5 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja /Presidente de la Fundación de la Universidad deLa Rioja, por la que se adjudica una beca enformación con cargo al contrato de investigaciónde referencia OTEM090902 “Estudio ycaracterización de mohos en los quesos “LOSCAMEROS”. ................................................ Pág. 5

RESOLUCIÓN n.º 1640/2009, de 6 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese anuncia convocatoria para cubrir un puesto detrabajo mediante contratación laboral temporal detécnico del proyecto pet 2008-0329-02 MATESLAB:desarrollo de la capa intermedia y validación decontenidos. .................................................... Pág. 6

RESOLUCIÓN n.º 1641/2009, de 6 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese adjudica una beca en formación con cargoa la subvención de Knet ComunicacionesS.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al GrupoRiojano de Investigación en Semántica,Sintaxis y Uso del Lenguaje, de la Universidad deLa Rioja. ......................................................... Pág. 8

RESOLUCIÓN n.º 1642/2009, de 6 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese adjudica una beca en formación con cargoa la subvención de Knet ComunicacionesS.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hechaal Grupo Riojano de Investigación en Semántica,Sintaxis y Uso del Lenguaje, de la Universidad deLa Rioja. ......................................................... Pág. 9

RESOLUCIÓN n.º 1656/2009, de 8 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja YPresidente de la Fundación de la Universidad deLa Rioja, por la que se convoca una becaen formación con cargo al contrato deinvestigación de referencia OTEM090911“Desarrollo de un programa de control biológico deTuta absoluta mediante parasitoides del géneroTrichogramma”. ............................................. Pág. 9

RESOLUCIÓN n.º 1674/2009, de 9 de Octubredel Rector de la Universidad de La Rioja /Presidente de la Fundación de la Universidad de LaRioja, por la que se renueva la beca en formacióncon cargo a la Catedra de emprendedores de laCamara Oficial de Comercio e Industria en laUniversidad de La Rioja. ............................. Pág. 11

RESOLUCIÓN n.º 1681/2009, de 13 deoctubre de 2009, del Rector de la Universidad de laRioja, por la que se cesa a D. Miguel ÁngelMarín López como Director de Estudio para laTitulación de Licenciatura en Historia y Ciencias dela Música. ..................................................... Pág. 12

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AÑO: XI Número: 10 Noviembre de 2009 Pág. 2

______________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN n.º 1682/2009, de 13 deoctubre de 2009, del Rector de la Universidad dela Rioja, por la que se nombra a D.ª Pilar RamosLópez como Directora de Estudio para laTitulación de Licenciatura en Historia y Cienciasde la Música. .............................................. Pág. 12

RESOLUCIÓN n.º 1800/2009, de 14 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se dictan normas de suplencia porausencia de la Secretaria General de laUniversidad de La Rioja. ............................ Pág. 12

RESOLUCIÓN n.º 1825/2009, de 15 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se anuncia convocatoria para cubrir unpuesto de trabajo mediante contratación laboraltemporal de Técnico del proyecto FEDER n.º EFA17/08 “Metnano”: “Red transpirenaica para elestudio y aplicación de nanomaterialesmetálicos”. ................................................. Pág. 13

RESOLUCIÓN n.º 1827/2009, de 15 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se convoca una beca en formación concargo al presupuesto del Centro de Investigaciónen Informática, Matemáticas y Estadística(CIME). ....................................................... Pág. 15

RESOLUCIÓN n.º 1829/2009, de 15 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se adjudica una beca en formación concargo al proyecto de investigación de referenciaCOLABORA 2008/06, titulado “Desarrollode métodos basados en extracción con líquidospresurizados que integren en línea lasetapas de extracción y limpiezas”, dentro delprograma “Colabora” de los Planes Riojanosde I+D+I. .................................................... Pág. 18

RESOLUCIÓN n.º 1895/2009, de 21 deoctubre del Rector de la Universidad de La RiojaY Presidente de la Fundación de la Universidadde La Rioja, por la que se convoca una beca enformación con cargo al contrato de investigaciónde referencia OTEM091014 “Elaboración delInforme Final de Evaluación del ProgramaIntegrants 2006-2008”. .............................. Pág. 19

RESOLUCIÓN n.º 1897/2009, de 21 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,POR la que se anuncia convocatoria para cubrirun puesto de trabajo mediante contrataciónlaboral temporal de técnico del proyecto143672 - LLP - 1 - 2008 - 1 - IT - KA1 - KA1SCR:“Construction d´indicateurs de la participation desparents dans l´enseignement obligatoire (IPPE)(l´action¨). ................................................... Pág. 21

RESOLUCIÓN n.º 1909/2009, de 23 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Riojapor la que se convocan becas de Iniciación a laInvestigación en la Universidad de La Rioja para elcurso 2009-10. ............................................. Pág. 23

RESOLUCIÓN n.º 1915/2008, de 26 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se anuncia convocatoria para cubrir dospuestos de trabajo mediante contratación laboraltemporal de dos técnicos del proyecto de I+DCOLABORA 2007/18, titulado “Síntesis y análisisconformacional de O-glicoaminoácidos yO-glicopéptidos. Modelo de interés biológico”,dentro del programa “Colabora” de los PlanesRiojanos de I+D+I. ....................................... Pág. 26

RESOLUCIÓN n.º 1944/2009, de 29 deoctubre del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se adjudica una beca en formacióncon cargo al presupuesto del Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME). ...................................... Pág. 29

VICERRECTORES, GERENTE YSECRETARIO GENERAL

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2009 delGerente de la Universidad de La Rioja por la que,en ejecución del Reglamento por el que se regulael proceso de implantación de la Relación dePuestos de Trabajo del personal de administracióny servicios de la Universidad de La Rioja y elproceso de funcionarización del personal deadministración y servicios laboral, se crea concarácter transitorio un puesto de trabajo. .... Pág. 29

CONVOCATORIA de Becas de Colaboraciónde la Universidad de La Rioja para el cursoacadémico 2009-2010. ................................ Pág. 30

CONVOCATORIA de ayudas para actividadesde extensión universitaria por miembros de lacomunidad universitaria de la Universidad de LaRioja durante el año 2010. .......................... Pág. 34

CONVOCATORIA para la selección deestudiantes en el marco del programa becasSantander-CRUE de movilidad iberoamericanapara el curso académico 2009-2010. .......... Pág. 39

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II. NOMBRAMIENTOS

PERSONAL

RESOLUCIÓN n.º 1581/2009, de 29 deseptiembre, del Rector de la Universidadde La Rioja, por la que se nombra Catedráticode Universidad a D. Francisco JesúsCarrera Hernández. (Publicada en BORde 23-10-09. Pág. 13573 y BOE de21-10-09. Pág. 88134). ............................ Pág. 45

RESOLUCIÓN n.º 1612/2009, de 2 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se nombra Catedrático de Universidada D. Miguel Ángel Hernández Verón. (Publicadaen BOR de 26-10-09. Pág. 13755 y BOE de26-10-09. Pág. 89168). ............................ Pág. 45

III. CONCURSOS YOPOSICIONES

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN YSERVICIOS

RESOLUCIÓN n.º 1629/2009, de 5 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se amplía el plazo establecido en labase 4.1. de la Resolución n. º 1329/2009, de 30de julio, del Rector de la Universidad de La Riojapor la que se convocan pruebas selectivas para laprovisión de plazas vacantes de la Escala Básicade Bibliotecas y Archivos. (Publicada en BOR de09-10-09. Pág. 13038). .............................. Pág. 46

RESOLUCIÓN n.º 1638/2009, de 6 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se modifica el calendario que figura enel Anexo III de la Resolución n.º 1476/2009, de 4de septiembre, del Rector de la Universidad de LaRioja por la que se convoca el proceso defuncionarización del personal laboral deadministración y servicios de la Universidad de laRioja. .......................................................... Pág. 46

RESOLUCIÓN n.º 1645/2009, de 6 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese nombra nuevo Secretario Suplente del Tribunalque ha de juzgar las pruebas selectivasconvocadas por Resolución n.º 1329/2009, de 30de julio, para la provisión de plazas de la EscalaBásica de Bibliotecas y Archivos. (Publicada enBOR de 14-10-09. Pág. 13115). .................. Pág. 47

RESOLUCIÓN n.º 1646/2009, de 6 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese nombra nueva Secretaria Suplente del Tribunalque ha de juzgar las pruebas selectivasconvocadas por Resolución n.º 1328/2009, de 30de julio, para el acceso a la Escala Básica deAdministración. . (Publicada en BOR de 14-10-09.Pág. 13115). ................................................ Pág. 48

RESOLUCIÓN n.º 1647/2009, de 6 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por la quese nombra nueva Vocal Suplente del Tribunal queha de juzgar las pruebas selectivas convocadas porResolución n.º 1327/2009, de 30 de julio, para laprovisión de plazas de la Escala Auxiliar deAdministración. (Publicada en BOR de 14-10-09.Pág. 13116). ................................................ Pág. 48

RESOLUCIÓN n.º 1798/2009, de 14 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se dispone la realización de un cursoespecífico de formación a los efectos de lodispuesto en la Disposición Adicional Vigésimasegunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,de Medidas para la Reforma de la FunciónPública. ........................................................ Pág. 49

RESOLUCIÓN n.º 1876/2009, de 16 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se convocan pruebas selectivas deacceso a la Escala Técnica de Bibliotecas yArchivos de esta Universidad por el sistemade promoción interna. (Publicada en BOR de23-10-09. Pág. 13573). ................................ Pág. 49

RESOLUCIÓN n.º 1877/2009, de 16 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se convocan pruebas selectivas deacceso a la Escala Técnica de Administraciónde esta Universidad por el sistema depromoción interna. (Publicada en BOR de23-10-09. Pág. 13580). ................................ Pág. 57

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IV. PUBLICADO EN OTROSBOLETINES OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOE durante el mes deoctubre de 2009. ........................................ Pág. 65

BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA 66

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOR durante el mes deoctubre de 2009. ........................................ Pág. 66

V. INFORMACIÓN DEINTERÉS ACADÉMICO

TESIS LEÍDAS EN LA UNIVERSIDAD DE LARIOJA

TESIS LEÍDAS en la Universidad de La Riojadurante el mes de octubre de 2009. ............ Pág. 66

OTRAS INFORMACIONES 67

CONVENIOS firmados por la Universidad deLa Rioja. ....................................................... Pág. 67

I. DISPOSICIONES YACUERDOS

CONSEJO SOCIAL

ACUERDO del Consejo Social celebrado el2 de octubre de 2009, por el que se apruebala propuesta del Consejo de Gobierno sobreasignación de incentivos individuales alprofesorado de la Universidad de La Riojacorrespondientes a la convocatoria del año2008.

El Consejo Social, en sesión de 2 de octubrede 2009, aprobó la propuesta del Consejo deGobierno sobre asignación de incentivosindividuales al profesorado de la Universidad deLa Rioja correspondientes a la convocatoria delaño 2008.

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se aprueban loshonorarios de los componentes del ComitéTécnico de Evaluación devengados en laconvocatoria de incentivos al PersonalDocente e Investigador de la Universidad de LaRioja del año 2008.

El Consejo Social, en sesión de 2 de octubrede 2009, aprobó los honorarios de loscomponentes del Comité Técnico de Evaluacióndevengados en la convocatoria de incentivos alPersonal Docente e Investigador de la Universidadde La Rioja del año 2008.

ACUERDO del Consejo Social celebrado el 2de octubre de 2009, por el que se emiteInforme previo favorable a la Implantación porla Universidad de La Rioja, en el curso2009/2010, de las enseñanzas de Grado,Máster y Doctorado.

El Consejo Social, en sesión de 2 de octubrede 2009, emitió Informe previo favorable a laImplantación por la Universidad de La Rioja, en elcurso 2009/2010, de las siguientes enseñanzas deGrado, Máster y Doctorado:

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Grado en Trabajo Social.

Máster Universitario en Profesorado deEnseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato,Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

Máster Universitario en Iniciación a laInvestigación en Matemáticas.

Máster Universitario en ModelizaciónMatemática, Estadística y Computación.

Máster Universitario en Dirección deProyectos.

Máster Universitario en Láseres yAplicaciones en Química. QUIMILASER.

Máster Universitario en Crítica eInterpretación de Textos Hispánicos.

Máster Universitario en Patrimonio –Historia, Cultura y Territorio-.

Máster Universitario en perspectivasLingüísticas y Literarias sobre el Texto.

Máster Universitario en Derecho yLibertades Fundamentales.

Máster Universitario en Investigaciónen Bases Psicológicas de la Actividad Físico-Deportiva.

Máster Universitario en QuímicaAvanzada.

Programa de Doctorado deEcosistemas Agrícolas Sostenibles.

Programa de Doctorado en IngenieríaEléctrica, Matemáticas y Computación.

ACUERDO del Consejo Social celebrado el2 de octubre de 2009, por el que se apruebael Convenio Universidad de La Rioja-Fundación Dialnet.

El Consejo Social, en sesión de 2 de octubrede 2009, aprobó el Convenio Universidad de LaRioja-Fundación Dialnet.

RECTOR

RESOLUCIÓN n.º 1615/2009, de 5 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja /Presidente de la Fundación de la Universidadde La Rioja, por la que se adjudica una beca enformación con cargo al contrato deinvestigación de referencia OTEM090902“Estudio y caracterización de mohos en losquesos “LOS CAMEROS”.

Por resolución número 1504/2009 de 8 deSeptiembre del Rector de la Universidad de LaRioja y Presidente de la Fundación se convocó unabeca en formación con cargo al contrato deinvestigación OTEM090902, titulado "Estudio ycaracterización de mohos en los quesos “LOSCAMEROS”.

De acuerdo con el apartado 5.1 de laconvocatoria, la selección de candidatos serárealizada por una Comisión de Selección.

Examinadas las solicitudes presentadas, y apropuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Conceder una beca en formación concargo al contrato OTEM090902, titulado " Estudio ycaracterización de mohos en los quesos “LOSCAMEROS” a D.ª Eva Hontañón Calvo.

Segundo.- El nombramiento tendrá lugar a partirde la fecha de publicación de esta Resolución enlos tablones de anuncios la Universidad y de laFundación.

Tercero.- El beneficiario está obligado a cumplirlas normas establecidas en la resolución deconvocatoria y su concesión queda, así mismo,condicionada al cumplimiento de los requisitosestablecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución, sepodrá interponer, en el plazo de dos meses a partirde la fecha de su publicación en los tablones deanuncios de la Universidad y de la Fundación,recurso Contencioso-Administrativo ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,

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de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo común, en su redacción dada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 5 de Octubre de 2009. ELRECTOR Y PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓNUR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1640/2009, de 6 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se anuncia convocatoriapara cubrir un puesto de trabajo mediantecontratación laboral temporal de técnico delproyecto pet 2008-0329-02 MATESLAB:desarrollo de la capa intermedia y validaciónde contenidos.

Denominación del puesto: Técnico del ProyectoPET 2008-0329-02

1. Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto cubrirun puesto de trabajo, mediante contrataciónlaboral a tiempo completo, dentro del proyecto deinvestigación: Mateslab: Desarrollo de la capaintermedia y liquidación de contenidos.

La financiación de este contrato se efectuarácon cargo a la aplicación presupuestaria0307091006 500I 64000.

2. Condiciones del contrato

2.1.- El contrato se enmarcará dentro delproyecto: MastesLab: Desrrollo de la capaintermedia y validación de contenidos.

2.2.- La dedicación del contrato será a tiempocompleto.

2.3.- La duración del contrato será tres mesesdesde la firma del mismo. Este contrato podrárenovarse, con el visto bueno del investigadorprincipal, de acuerdo con la disponibilidadpresupuestaria.

2.4.- La dotación asignada al contrato objetode la presente convocatoria es de 4.000 eurosbrutos, estando incluida en dicha cuantía lasobligaciones tributarias a la Seguridad Social acargo de la Universidad de La Rioja. En todocaso, la retribución mensual bruta no superará los1.000 euros.

2.5.- Las funciones asignadas al candidatoseleccionado serán: Funciones de análisis, diseñoimplementación de la capa intermedia en laherramienta TutorMates.

3. Requisitos

3.1.- Los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacionalde uno de los Estados miembros de la UniónEuropea o nacional de aquellos Estados a los queen virtud de tratados internacionales celebrados porla Unión Europea y ratificados por España, sea deaplicación la libre circulación de los trabajadores enlos términos en que ésta se halle definida entratado constitutivo de la Comunidad Europea.También podrán participar el cónyuge,descendientes y descendientes del cónyuge, de losespañoles y de los nacionales de otros Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de veintiúnaños o mayores de edad que vivan a susexpensas. Asimismo, podrán participar losnacionales de Estados no miembros de la UE quetengan residencia en España en el momento de lasolicitud.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad yno haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para eldesempeño de las tareas.

d) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de las funciones.En caso de los nacionales de un Estado de losdetallados anteriormente, no estar sometido asanción disciplinaria o condena penal que impidaen su Estado el acceso a la función pública

e) Estar en posesión del título de IngenieroTécnico en Informática de Gestión.

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberán estarhomologados a los de carácter oficial en España oreconocidos en nuestro país, según la normativavigente sobre esta materia.

3.2.- Los requisitos y méritos deberán cumplirsea la fecha de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes.

4. Formalización de solicitudes

4.1.- Los impresos de solicitud estarán adisposición de los interesados en el Servicio deInvestigación y Becas de la Universidad de La Rioja(Avenida de la Paz 93 - 103, 26006 Logroño) y enla página web de la Universidad de La Rioja:

http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/contratos_tecnicos.shtml

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______________________________________________________________________________________

4.2.- Las solicitudes se dirigirán alVicerrectorado de Investigación y deberánpresentarse en el Registro General de laUniversidad o mediante las formas que estableceel artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en el tablón de anuncios deledificio de Rectorado.

4.3.- La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante en elque consten los méritos que posee el candidato,acompañado de los documentos que losjustifiquen.

b) Original o fotocopia compulsada del DNIo pasaporte del solicitante, o su equivalente en elcaso de ciudadanos de la Unión Europea.

c) Original o fotocopia compulsada deltítulo de Ingeniero Técnico requerido en elapartado 3.1 e).

d) En el caso de titulaciones extranjeras,de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.1e), los candidatos deberán de presentar original ofotocopia compulsada del documento dehomologación o reconocimiento, en su caso.

e) Original o fotocopia compulsada delexpediente académico de la titulación requeridaen el apartado 3.1e).

5. Selección

5.1.- El procedimiento de selección serealizará mediante la valoración del expedienteacadémico y del currículum vitae del candidatoteniendo en cuenta los siguientes méritos:

a) Valoración del expediente académico dela titulación exigida como requisito en el apartado3.1 e) de esta convocatoria.

El expediente académico se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:

Matrícula de Honor ........... 4 puntos

Sobresaliente.................... 3 puntos

Notable ............................. 2 puntos

Aprobado .......................... 1 punto

En el caso de planes de estudioestructurados en créditos, la ponderación de lascalificaciones se efectuará siguiendo el criterio

siguiente: Suma de los créditos superadosmultiplicados cada uno de ellos por el valor de lacalificación que corresponda, a partir de la tabla deequivalencias anterior, y dividido por el número decréditos cursados

b) Calificación obtenida en Proyecto Fin deCarrera.

Los méritos alegados en el currículum que nohayan sido justificados documentalmente en elmomento de la presentación de la solicitud noserán tenidos en cuenta para la valoración.

El aspirante que mayor número de puntosobtenga será el candidato propuesto paraformalizar el contrato; en caso de que variosaspirantes tengan una puntuación igual se realizaráuna entrevista personal por la Comisión, a efectosde valorar y dirimir cuál de ellos se adecua mejor ala plaza convocada.

5.2.- La Comisión establecerá con carácterprevio los criterios específicos de valoración de losméritos del apartado 5.1

La selección de candidatos será realizada poruna Comisión que estará formada por D. JulioRubio García, investigador responsable delproyecto de investigación, D. Luis EspañolGonzález y D. Laureano Lambán Pardo profesoresdel Departamento de Matemáticas y Computación.

5.3.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios de Rectorado la relación de candidatospor orden de puntuación obtenida.

6. Adjudicación del puesto de trabajo

6.1.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, la propuesta deadjudicación del puesto al candidato que obtengamayor puntuación final.

6.2.- La Comisión de Selección podrá optar pordejar desierto el puesto si, a su juicio, ningúncandidato reúne los méritos necesarios para laobtención del mismo. En todo caso, yfundamentalmente si el puesto queda desierto, esteacto de la Comisión deberá motivarse, de acuerdocon el artículo 54 de la Ley 30/92.

6.3.- Contra la propuesta de la Comisión, loscandidatos podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado.

La interposición del recurso no tendrá efectossuspensivos de la propuesta de la lista, salvo queel Rector, mediante resolución expresa aprecie quela ejecución del acto pudiera causar perjuicios de

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imposible o difícil reparación o aprecie en lafundamentación de la impugnación la existenciamanifiesta de motivos de nulidad de plenoderecho. A tal fin, se podrá formalizar contrato detrabajo, sin perjuicio de que la eventualestimación del recurso pueda acarrear laextinción automática de la relación contractual.

7. Presentación de documentos

7.1.- El aspirante propuesto para cubrir elpuesto deberá presentar en el Servicio de Gestiónde Personal y Retribuciones, con carácter previoa la fecha fijada para el inicio de la actividad, lossiguientes documentos:

a) Declaración jurada o promesa de nohaber sido separado mediante expedientedisciplinario de ninguna de las AdministracionesPúblicas ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode funciones públicas. Los que no posean lanacionalidad española, deberán acreditar,igualmente, no estar sometidos a sancióndisciplinaria o condena penal que impida en suEstado el acceso a la función pública.

b) Declaración jurada de no padecerenfermedad ni limitación física o psíquica que leimposibilite el desempeño de lascorrespondientes funciones.

c) Fotocopia de la cartilla de afiliación alRégimen General de la Seguridad Social, en sucaso.

7.2.- Quienes no presenten la documentacióno del examen de la misma se dedujera quecarecen de alguno de los requisitos señalados enla presente convocatoria no podrán sercontratados por esta Universidad.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, a partir del día siguiente al de la presentepublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado de la Universidad, ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optarpor interponer contra esta Resolución recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante esteórgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición.

EL RECTOR, P.S. El Vicerrector deOrdenación Académica y Profesorado,(Resolución Rectoral n.º 665/2008, de 7 de julio),José Ignacio Extremiana Aldana.

RESOLUCIÓN n.º 1641/2009, de 6 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se adjudica una beca en formación concargo a la subvención de KnetComunicaciones S.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al Grupo Riojano de Investigaciónen Semántica, Sintaxis y Uso del Lenguaje, dela Universidad de La Rioja.

Por resolución número 1513/2009 de 10 deseptiembre del Rector de la Universidad de LaRioja se convocó una beca en formación con cargoa la subvención de Knet Comunicaciones S.L.Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al GrupoRiojano de Investigación en Semántica, Sintaxis yUso del Lenguaje, de la Universidad de La Rioja.

De acuerdo con el apartado 6.1 de laconvocatoria, la selección de candidatos serárealizada por una Comisión de Selección.

Examinadas las solicitudes presentadas, y apropuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Conceder una beca en formacióncon cargo a la subvención de Knet ComunicacionesS.L. Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al GrupoRiojano de Investigación en Semántica, Sintaxis yUso del Lenguaje, de la Universidad de La Rioja aD.ª Nazaret Garrido García.

Segundo.- El nombramiento tendrá lugar apartir de la fecha de publicación de esta Resoluciónen el tablón de anuncios del Edificio Rectorado.

Tercero.- El beneficiario está obligado acumplir las normas establecidas en la resolución deconvocatoria y su concesión queda, así mismo,condicionada al cumplimiento de los requisitosestablecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución, sepodrá interponer, en el plazo de dos meses a partirde la fecha de su publicación en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, recursoContencioso-Administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 6 de octubre de 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución Rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

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RESOLUCIÓN n.º 1642/2009, de 6 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se adjudica una beca enformación con cargo a la subvención de KnetComunicaciones S.L., Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al Grupo Riojano deInvestigación en Semántica, Sintaxis y Usodel Lenguaje, de la Universidad de La Rioja.

Por resolución número 1514/2009 de 10 deseptiembre del Rector de la Universidad de LaRioja se convocó una beca en formación concargo a la subvención de Knet ComunicacionesS.L. Expediente 2007-I-ID-00038 hecha al GrupoRiojano de Investigación en Semántica, Sintaxis yUso del Lenguaje, de la Universidad de La Rioja.

De acuerdo con el apartado 6.1 de laconvocatoria, la selección de candidatos serárealizada por una Comisión de Selección.

Examinadas las solicitudes presentadas, y apropuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Conceder una beca en formacióncon cargo a la subvención de KnetComunicaciones S.L. Expediente 2007-I-ID-00038hecha al Grupo Riojano de Investigación enSemántica, Sintaxis y Uso del Lenguaje, de laUniversidad de La Rioja a D.ª Alicia GaleraMasegosa.

Segundo.- El nombramiento tendrá lugar apartir de la fecha de publicación de estaResolución en el tablón de anuncios del EdificioRectorado.

Tercero.- El beneficiario está obligado acumplir las normas establecidas en la resoluciónde convocatoria y su concesión queda, asímismo, condicionada al cumplimiento de losrequisitos establecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución,se podrá interponer, en el plazo de dos meses apartir de la fecha de su publicación en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, recursoContencioso-Administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citadoen tanto no recaiga resolución expresa o presuntadel recurso de reposición, de acuerdo con lodispuesto en los artículos 116 y siguientes de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo común, en suredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 6 de octubre de 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución Rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

RESOLUCIÓN n.º 1656/2009, de 8 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja YPresidente de la Fundación de la Universidadde La Rioja, por la que se convoca una beca enformación con cargo al contrato deinvestigación de referencia OTEM090911“Desarrollo de un programa de controlbiológico de Tuta absoluta medianteparasitoides del género Trichogramma”.

1.-Objeto.

Al objeto de dar apoyo al equipo investigadorde la Universidad de La Rioja para la realizacióndel contrato de investigación “Desarrollo de unprograma de control biológico de Tuta absolutamediante parasitoides del género Trichogramma”de referencia OTEM090911, la Universidad de laRioja a través de su Fundación, hace pública laconvocatoria de una beca de investigación confinanciación a cargo de dicho contrato.

Estas ayudas estarán sujetas a lasretenciones de IRPF que la legislación establezca.

2.- Condiciones de la beca.

2.1.- El/la becario/a se enmarcará en el seno dela línea de investigación del contrato “Desarrollo deun programa de control biológico de Tuta absolutamediante parasitoides del género Trichogramma”.

2.2.- El/la becario/a participará en el contratocon dedicación completa.

2.3.- El/la becario/a estará cubierto/a por unseguro de accidentes corporales, suscrito por laFundación durante todo el periodo de disfrute de labeca.

2.4.- La duración de la beca será de 11 mesesdesde la incorporación de el/la becario/a. Noobstante lo anterior, la duración de la beca enningún caso podrá exceder de la duración delcontrato a cuyo cargo se convoca.

2.5.- La asignación de la beca será 927,27euros brutos/mes, pagaderos a mes vencido.

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2.6.- El disfrute de la beca no establecerelación contractual o estatutaria con laUniversidad de La Rioja ni con su Fundación deningún tipo, ni implica para éstas ningúncompromiso en cuanto a una posible posteriorincorporación del/la interesado/a en la plantilla dela misma.

3.- Requisitos de los solicitantes.

Podrán solicitar esta beca quienes cumplanlos siguientes requisitos:

3.1.- Poseer la nacionalidad española o de unpaís miembro de la Unión Europea, o tenerresidencia en España en el momento de solicitarla beca.

3.2.- Estar en posesión del título de IngenieríaTécnica Agrícola en Hortofruticultura y Jardinería.

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberánestar homologados a los de carácter oficial enEspaña o reconocidos en nuestro país, según lanormativa vigente sobre esta materia Losrequisitos anteriores deberán mantenerse durantetodo el periodo de duración de la beca.

Los requisitos anteriores deberánmantenerse durante todo el periodo de duraciónde la beca.

4.- Formalización de solicitudes

4.1 Los impresos de solicitud de la becaestarán a disposición de los interesados en laOficina de Transferencia de Resultados deInvestigación - OTRI de la Universidad de LaRioja (Avda. de la Paz 107 , 26.006 Logroño) y enla página web de la Fundación(http://fundacion.unirioja.es/otri/becas).

4.2 Las solicitudes se dirigirán a la OTRI de laUniversidad de La Rioja

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en los tablones de anunciosde la Universidad de La Rioja y de la Fundación.

4.3 La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes, debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante yfotocopia de la documentación acreditativa de losméritos alegados.

b) Fotocopia del DNI o pasaporte delsolicitante, o su equivalente en el caso deciudadanos de la Unión Europea.

c) Fotocopia compulsada del Título deIngeniero Técnico en Hotofruticultura y Jardinería yexpediente académico.

d) Justificante del resto de méritosespecificados en el apartado 5.3.

4.4 El solicitante deberá acreditar estar enposesión de los requisitos exigidos en la presenteconvocatoria en la fecha de expiración del plazo depresentación de solicitudes.

5.- Selección.

5.1.- La selección de candidatos será realizadapor el Prof. Dr. Ignacio Pérez Moreno, InvestigadorPrincipal del Contrato, D. Vicente S. MarcoMancebón, profesor del Departamento deAgricultura y Alimentación de la Universidad de laRioja y Dña. Elena Martínez Villar, profesora delDepartamento de Agricultura y Alimentación.

5.2.- La Comisión de Selección podrá optar pordejar desierta la beca propuesta, si a su juicioningún/a candidato/a reúne los méritos necesariospara la obtención de la misma. En todo caso, yfundamentalmente si la beca queda desierta, esteacto de la Comisión deberá motivarse, de acuerdocon el artículo 54 de la Ley 30/92.

5.3.- La selección se realizará teniendo encuenta la valoración de los siguientes méritos:

a) Expediente académico de la titulaciónrequerida

b) Títulos universitarios oficiales depostgrado con especialidad en protección decultivos

c) Experiencia investigadora en protecciónde cultivos.

La Comisión se reserva el derecho deentrevistar a los/as candidatos/as.

5.4.- La Comisión establecerá con carácterprevio al estudio de las solicitudes presentadas, loscriterios específicos de valoración de los méritosdel artículo 5. 3.

5.5.- La Comisión de Selección remitirá a laOTRI de la Fundación el orden de prelación de loscandidatos admitidos.

Asimismo, la OTRI de la Universidad de LaRioja publicará en los tablones de anuncios de laUniversidad (a través del Servicio de Investigacióny Becas), del Departamento correspondiente y dela Fundación, el orden de prelación de los/ascandidatos/as admitidos/as y la relación de los/ascandidatos/as excluidos/as.

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5.6.- El nombramiento de el/la becario/acorresponderá al Rector y Presidente de laFundación, a propuesta de la Comisión deSelección, publicándose mediante Resolución elnombre de el/la becario/a seleccionado/a y lafecha de incorporación al contrato deinvestigación.

5.7.- Corresponde al Vicerrectorado deInvestigación la supervisión de esta convocatoria.

5.8.- Contra la Resolución de nombramiento,que agota la vía administrativa, se podráinterponer, en el plazo de dos meses a partir deldía siguiente al de su publicación en los tablonesde anuncios anteriormente mencionados, recursoContencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazode un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

6.- Obligaciones de los beneficiarios

6.1.- El/la beneficiario/a de la beca secompromete a incorporarse al Equipo deInvestigación correspondiente, al cual quedaráadscrito, en la fecha autorizada en la Resoluciónde adjudicación de beca, entendiéndose comorenuncia a la beca la no incorporación durante losquince días siguientes a la fecha señalada.

6.2.- El investigador principal del contrato,deberá señalar el horario en que hayan derealizar su actividad el/la becario/a y comunicarloa la OTRI de la Universidad de La Rioja.

6.3.- El/la becario/a desarrollará su labor condedicación completa de acuerdo con el horarioque especifique el investigador principal delcontrato.

6.4.- El/la becario/a realizará su actividad en elequipo de investigación. Cualquier cambiovinculado con el/la becario/a (paralización,ausencia temporal o renuncia) deberá serautorizado por el Vicerrectorado de Investigación,a través de la OTRI de la Universidad, previoinforme del investigador principal del contrato.

6.5.- El/la becario/a se compromete a presentaren la OTRI de la Universidad, en la fecha determinación de la beca, una Memoria del trabajorealizado, con el visto bueno del Investigadorprincipal del Contrato.

6.6.- El/la becario/a hará constar su condiciónde Becario/a de la Universidad de La Rioja entodas las publicaciones, comunicaciones acongresos etc., a que dé origen el trabajo deinvestigación realizado durante el período dedisfrute de la beca.

6.7.- El incumplimiento de cualquiera de estasobligaciones implicará la anulación de la ayudaconcedida y el reintegro de las cantidadesindebidamente percibidas.

Disposición Final

Contra esta Resolución, que agota la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo dedos meses, a partir del día siguiente al de supublicación en los tablones de anunciosanteriormente mencionados, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazo deun mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero

En Logroño, a 8 de octubre de 2009. ELRECTOR / PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1674/2009, de 9 de Octubredel Rector de la Universidad de La Rioja /Presidente de la Fundación de la Universidadde La Rioja, por la que se renueva la beca enformación con cargo a la Cátedra deemprendedores de la Cámara Oficial deComercio e Industria en la Universidad de LaRioja.

Por resolución número 1477/2008 de 3 deNoviembre del Rector de la Universidad de La Riojay Presidente de la Fundación se convocó una becaen formación con cargo a la Cátedra deEmprendedores de la Cámara Oficial de Comercioe Industria en la Universidad de La Rioja.

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Por resolución número 1581/2008 de 21 deNoviembre del Rector de la Universidad de LaRioja y Presidente de la Fundación se adjudicó labeca en formación con cargo a la Cátedra deEmprendedores de la Cámara Oficial deComercio e Industria en la Universidad de LaRioja, a D.ª Ana Salas Garrido.

De acuerdo con el apartado 2.4 de laconvocatoria, la beca podrá ser objeto derenovaciones sucesivas hasta la finalización de laCátedra, con el visto bueno del Responsable dela Cátedra y siempre que exista financiacióndisponible.

Examinada la documentación presentada, ya propuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Renovar la beca en formación concargo a la Cátedra de Emprendedores de laCámara Oficial de Comercio e Industria en laUniversidad de La Rioja a D.ª Ana Salas Garrido,por un periodo de 12 meses.

Segundo.- La renovación de la beca tendráefecto a partir de la fecha de publicación de estaResolución en los tablones de anuncios laUniversidad y de la Fundación.

Tercero.- El beneficiario está obligado acumplir las normas establecidas en la resoluciónde convocatoria y su renovación queda, asímismo, condicionada al cumplimiento de losrequisitos establecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución, sepodrá interponer, en el plazo de dos meses apartir de la fecha de su publicación en lostablones de anuncios de la Universidad y de laFundación, recurso Contencioso-Administrativoante el Juzgado Contencioso-Administrativo deLogroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citadoen tanto no recaiga resolución expresa o presuntadel recurso de reposición, de acuerdo con lodispuesto en los artículos 116 y siguientes de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo común, en suredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Logroño, 9 de Octubre de 2009. ELRECTOR Y PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓNUR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1681/2009, de 13 de octubrede 2009, del Rector de la Universidad de laRioja, por la que se cesa a D. Miguel ÁngelMarín López como Director de Estudio para laTitulación de Licenciatura en Historia yCiencias de la Música.

A la vista de la propuesta efectuada por elDecano de la Facultad de Letras y de la Educacióny de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.i) de los Estatutos de la Universidad de La Rioja,dicto la presente Resolución por la que procedo acesa a D. Miguel Ángel Marín López como Directorde Estudio para la Titulación de Licenciatura enHistoria y Ciencias de la Música de la Universidadde La Rioja.

Dicho cese tendrá efectos económicos yadministrativos de fecha 30 de septiembre de 2009.

Logroño, 13 de octubre de 2009. EL RECTOR,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1682/2009, de 13 de octubrede 2009, del Rector de la Universidad de laRioja, por la que se nombra a D.ª Pilar RamosLópez como Directora de Estudio para laTitulación de Licenciatura en Historia yCiencias de la Música.

A la vista de la propuesta efectuada por elDecano de la Facultad de Letras y de la Educacióny de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.i) de los Estatutos de la Universidad de La Rioja,dicto la presente Resolución por la que procedo anombrar a D.ª Pilar Ramos López como Directorade Estudio para la Titulación de Licenciatura enHistoria y Ciencias de la Música de la Universidadde La Rioja.

Dicho nombramiento tendrá efectoseconómicos y administrativos de fecha 1 de octubrede 2009.

Logroño, 13 de octubre de 2009. EL RECTOR,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1800/2009, de 14 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se dictan normas desuplencia por ausencia de la SecretariaGeneral de la Universidad de La Rioja.

Con motivo de la ausencia de la SecretariaGeneral de la Universidad de La Rioja el día 14 deoctubre de 2009 y en virtud de las atribucionesconferidas a mi cargo por el artículo 54 de losEstatutos de la Universidad de La Rioja, se acuerda

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que asuma las funciones de la Secretaria Generaldurante dicha ausencia el Vicerrector dePlanificación y Calidad, D. Rodolfo SalinasZárate.

Logroño, a 14 de octubre de 2009. ELRECTOR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1825/2009, de 15 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se anuncia convocatoriapara cubrir un puesto de trabajo mediantecontratación laboral temporal de Técnico delproyecto FEDER n.º EFA 17/08 “Metnano”:“Red transpirenaica para el estudio yaplicación de nanomateriales metálicos”.

Denominación del puesto: Técnico delProyecto FEDER N.º EFA 17/08 “METNANO”

1. Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto cubrirun puesto de trabajo, mediante contrataciónlaboral a tiempo completo, dentro del proyecto deinvestigación FEDER N.º EFA 17/08“METNANO”: Red transpirenaica para el estudio yaplicación de nanomateriales metálicos.

La financiación de este contrato se efectuarácon cargo a la aplicación presupuestaria0307091104 500I 64000.

2. Condiciones del contrato

2.1.- El contrato se enmarcará dentro delproyecto FEDER N.º EFA 17/08 “METNANO”:Red transpirenaica para el estudio y aplicación denanomateriales metálicos..

2.2.- La dedicación del contrato será a tiempocompleto.

2.3.- La duración del contrato será de un añodesde la toma de posesión. No obstante, laduración del contrato no podrá exceder de la delproyecto de investigación europeo al que sevincula.

2.3.- La dotación asignada al contrato objetode la presente convocatoria es de 18.000 eurosbrutos, estando incluida en dicha cuantía lasobligaciones tributarias a la Seguridad Social acargo de la Universidad de La Rioja. En todocaso, la retribución mensual bruta no superará los1.115 euros.

2.4.- Las funciones asignadas al candidatoseleccionado serán: Realización de actividadesde apoyo al equipo investigador del proyecto deinvestigación al que se vincula el contrato.

3. Requisitos

3.1.- Los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacionalde uno de los Estados miembros de la UniónEuropea o nacional de aquellos Estados a los queen virtud de tratados internacionales celebrados porla Unión Europea y ratificados por España, sea deaplicación la libre circulación de los trabajadores enlos términos en que ésta se halle definida entratado constitutivo de la Comunidad Europea.También podrán participar el cónyuge,descendientes y descendientes del cónyuge, de losespañoles y de los nacionales de otros Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de veintiúnaños o mayores de edad que vivan a susexpensas. Asimismo, podrán participar losnacionales de Estados no miembros de la UE quetengan residencia en España en el momento de lasolicitud.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad yno haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para eldesempeño de las tareas.

d) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de las funciones.En caso de los nacionales de un Estado de losdetallados anteriormente, no estar sometido asanción disciplinaria o condena penal que impidaen su Estado el acceso a la función pública

e) Estar en posesión del título de Licenciadoen Química, siendo la fecha de obtención delmismo posterior al año 2007.

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberán estarhomologados a los de carácter oficial en España oreconocidos en nuestro país, según la normativavigente sobre esta materia.

3.2.- Los requisitos y méritos deberán cumplirsea la fecha de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes.

4. Formalización de solicitudes

4.1.- Los impresos de solicitud estarán adisposición de los interesados en el Servicio deInvestigación y Becas de la Universidad de La Rioja(Avenida de la Paz 93 - 103, 26006 Logroño) y enla página web de la Universidad de La Rioja:

http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/contratos_tecnicos.shtml

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4.2.- Las solicitudes se dirigirán alVicerrectorado de Investigación y deberánpresentarse en el Registro General de laUniversidad o mediante las formas que estableceel artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en el tablón de anuncios deledificio de Rectorado.

4.3.- La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante en elque consten los méritos que posee el candidato,acompañado de los documentos que losjustifiquen.

b) Original o fotocopia compulsada del DNIo pasaporte del solicitante, o su equivalente en elcaso de ciudadanos de la Unión Europea.

c) Original o fotocopia compulsada deltítulo de Licenciado requerido en el apartado 3.1e).

d) En el caso de titulaciones extranjeras,de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.1e), los candidatos deberán de presentar original ofotocopia compulsada del documento dehomologación o reconocimiento, en su caso.

e) Fotocopia del expediente académico dela titulación requerida en el apartado 3.1.e).

5. Selección

5.1.- El procedimiento de selección serealizará mediante la valoración del expedienteacadémico y del currículum vitae del candidatoteniendo en cuenta los siguientes méritos:

a) El expediente académico se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias(máximo 4 puntos) :

Matrícula de Honor........... 4 puntos

Sobresaliente.................... 3 puntos

Notable ............................. 2 puntos

Aprobado .......................... 1 punto

En el caso de planes de estudioestructurados en créditos, la ponderación de lascalificaciones se efectuará siguiendo el criteriosiguiente: Suma de los créditos superadosmultiplicados cada uno de ellos por el valor de la

calificación que corresponda, a partir de la tabla deequivalencias anterior, y dividido por el número decréditos cursados.

b) Experiencia investigadora en síntesisorganometálica (máximo 4 puntos).

c) Publicaciones científicas relacionadas conel objeto la convocatoria (máximo 1 punto).

d) Comunicaciones a Congreso relacionadascon el objeto de la convocatoria (máximo 1 punto).

Los méritos alegados en el currículum que nohayan sido justificados documentalmente en elmomento de la presentación de la solicitud noserán tenidos en cuenta para la valoración.

El aspirante que mayor número de puntosobtenga será el candidato propuesto paraformalizar el contrato; en caso de que variosaspirantes tengan una puntuación igual se realizaráuna entrevista personal por la Comisión, a efectosde valorar y dirimir cuál de ellos se adecua mejor ala plaza convocada.

5.2.- La Comisión establecerá con carácterprevio los criterios específicos de valoración de losméritos del apartado 5.1

La selección de candidatos será realizada poruna Comisión que estará formada por D. MiguelMonge Oroz, investigador principal del proyecto deinvestigación, D. José M.ª López de LuzuriagaFernández y D.ª M.ª Elena Olmos Pérez, miembrosdel proyecto de investigación.

5.3.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios de Rectorado la relación de candidatospor orden de puntuación obtenida.

6. Adjudicación del puesto de trabajo

6.1.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, la propuesta deadjudicación del puesto al candidato que obtengamayor puntuación final.

6.2.- La Comisión de Selección podrá optar pordejar desierto el puesto si, a su juicio, ningúncandidato reúne los méritos necesarios para laobtención del mismo. En todo caso, yfundamentalmente si el puesto queda desierto, esteacto de la Comisión deberá motivarse, de acuerdocon el artículo 54 de la Ley 30/92.

6.3.- Contra la propuesta de la Comisión, loscandidatos podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado.

La interposición del recurso no tendrá efectossuspensivos de la propuesta de la lista, salvo queel Rector, mediante resolución expresa aprecie que

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la ejecución del acto pudiera causar perjuicios deimposible o difícil reparación o aprecie en lafundamentación de la impugnación la existenciamanifiesta de motivos de nulidad de plenoderecho. A tal fin, se podrá formalizar contrato detrabajo, sin perjuicio de que la eventualestimación del recurso pueda acarrear laextinción automática de la relación contractual.

7. Presentación de documentos

7.1.- El aspirante propuesto para cubrir elpuesto deberá presentar en el Servicio de Gestiónde Personal y Retribuciones, con carácter previoa la fecha fijada para el inicio de la actividad, lossiguientes documentos:

a) Declaración jurada o promesa de nohaber sido separado mediante expedientedisciplinario de ninguna de las AdministracionesPúblicas ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode funciones públicas. Los que no posean lanacionalidad española, deberán acreditar,igualmente, no estar sometidos a sancióndisciplinaria o condena penal que impida en suEstado el acceso a la función pública.

b) Declaración jurada de no padecerenfermedad ni limitación física o psíquica que leimposibilite el desempeño de lascorrespondientes funciones.

c) Fotocopia de la cartilla de afiliación alRégimen General de la Seguridad Social, en sucaso.

7.2.- Quienes no presenten la documentacióno del examen de la misma se dedujera quecarecen de alguno de los requisitos señalados enla presente convocatoria no podrán sercontratados por esta Universidad.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, a partir del día siguiente al de la presentepublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado de la Universidad, ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optarpor interponer contra esta Resolución recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante esteórgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición.

Logroño, 15 de octubre de 2009. ELRECTOR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1827/2009, de 15 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se convoca una beca en formación concargo al presupuesto del Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME).

1 Objeto

Al objeto de participar en las labores deinvestigación relacionadas con el Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME), la Universidad de la Rioja hacepública la convocatoria de una beca deinvestigación con cargo al presupuesto de dichoCentro.

La financiación de esta beca se efectuará concargo a la aplicación presupuestaria 031104 500I64100.

Estas ayudas estarán sujetas a lasretenciones de IRPF que la legislación establezca.

2 Condiciones de la beca

2.1.- El becario se enmarcará en el seno de lalínea de investigación del Centro de Investigaciónen Informática, Matemáticas y Estadística (CIME).

2.2.- El becario participará en el Centro condedicación total.

2.3.- La duración de esta beca será de tresmeses desde la toma de posesión. No obstante,podrá ser renovada, de acuerdo con el informefavorable Director del Centro y la disponibilidadpresupuestaria.

2.4.- La asignación total de la beca será 3.000euros. En todo caso, la cuantía mensual de laayuda no superará los 1.200 euros.

2.5.- El disfrute de la beca no establece relacióncontractual o estatutaria con la Universidad de LaRioja, ni implica por parte de ésta ningúncompromiso en cuanto a la posterior incorporacióndel interesado en la plantilla de la misma.

3 Plan de Formación

3.1.- Se establece un Plan de Formación que sehace público en documento anexo a estaconvocatoria y supondrá un beneficio académicopara el becario y le instruirá en las actividades adesarrollar durante el periodo de realización de labeca.

3.2.- El Plan de Formación establecerá:

- Investigador o Centro de Investigación, en sucaso.

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- Justificación de la formación

- Objetivos de la formación- Conocimientos y habilidades a adquirir por

el becario.- Período de formación

- Tutor asignado.

3.3.- El becario tendrá asignado un Tutor quese responsabilizará de la formación impartida ydel desempeño de la actividad de investigación;así mismo, le orientará en el desarrollo de labeca.

4 Requisitos de los solicitantes

Podrán solicitar esta beca quienes cumplanlos siguientes requisitos:

4.1.- Poseer la nacionalidad española o de unpaís miembro de la Unión Europea, o tenerresidencia en España en el momento de solicitarla beca.

4.2.- Estar en posesión del Título deLicenciado en Matemáticas o del de IngenieroTécnico en Informática de Gestión.

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberánestar homologados a los de carácter oficial enEspaña o reconocidos en nuestro país, según lanormativa vigente sobre esta materia.

5 Formalización de solicitudes

5.1.- Los impresos de solicitud de la becaestarán a disposición de los interesados en elServicio de Investigación y Becas de laUniversidad de La Rioja (Avda. de la Paz 93 -103, 26006 Logroño) y en la página web de laUniversidad de La Rioja (www.unirioja.es).

5.2.- Las solicitudes se dirigirán alVicerrectorado de Investigación y deberánpresentarse en el Registro General de laUniversidad o mediante las formas que estableceel artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en el tablón de anuncios deledificio de Rectorado.

5.3.- La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante ydocumentación acreditativa de los méritosalegados.

b) Original o fotocopia compulsada del DNIo pasaporte del solicitante, o su equivalente en elcaso de ciudadanos de la Unión Europea.

c) Original o fotocopia compulsada del títuloacadémico requerido en el apartado 4.2 de laconvocatoria.

d) En el caso de titulaciones extranjeras, deacuerdo con lo establecido en el apartado 4.2, loscandidatos deberán de presentar original ofotocopia compulsada del documento dehomologación o reconocimiento, en su caso.

e) Original o fotocopia compulsada delexpediente académico de la titulación requerida enel apartado 4.2 de esta convocatoria.

5.4.- El solicitante deberá acreditar estar enposesión de los requisitos exigidos en la presenteconvocatoria en la fecha de expiración del plazo depresentación de solicitudes.

6 Selección

6.1.- La selección de candidatos será realizadapor una Comisión que estará formada por D. VíctorLanchares Barrasa, Director del Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME), D. José Manuel GutiérrezJiménez y D. Juan Félix San Juan Díaz, miembrosdel Centro. La Comisión se reserva el derecho deentrevistar a los candidatos.

6.2.- La Comisión de Selección podrá optar pordejar desierta la beca propuesta, si a su juicioningún candidato reúne los méritos necesarios parala obtención de la misma. En todo caso, yfundamentalmente si la beca queda desierta, esteacto de la Comisión deberá motivarse, de acuerdocon el artículo 54 de la Ley 30/92.

6.3.- La selección se realizará teniendo encuenta la valoración de los siguientes méritos deacuerdo con lo establecido en el punto 1 de laconvocatoria:

a) Valoración del expediente académico de latitulación exigida como requisito en el apartado 4.2de esta convocatoria.

El expediente académico se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:

Matrícula de Honor ........... 4 puntos

Sobresaliente.................... 3 puntos

Notable ............................. 2 puntos

Aprobado .......................... 1 punto

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En el caso de planes de estudioestructurados en créditos, la ponderación de lascalificaciones se efectuará siguiendo el criteriosiguiente: Suma de los créditos superadosmultiplicados cada uno de ellos por el valor de lacalificación que corresponda, a partir de la tablade equivalencias anterior, y dividido por el númerode créditos cursados.

b) Se valorarán conocimientos y/oexperiencia en programación orientada a objetos,C/C++ y administración de sistemas LINUX.

c) Se valorarán conocimientos y/oexperiencia en Javascript, SQL, HTML/XML/CSS.

Los méritos alegados en el currículum queno hayan sido justificados documentalmente en elmomento de la presentación de la solicitud noserán tenidos en cuenta para la valoración.

6.4.- La Comisión establecerá con carácterprevio al estudio de las solicitudes presentadas,los criterios específicos de valoración de losméritos del artículo 6.3.

6.5.- La Comisión de Selección remitirá alServicio de Gestión de la Investigación el ordende prelación de los candidatos admitidos.

Asimismo, el Servicio de Gestión de laInvestigación publicará en el tablón de anunciosdel edificio de Rectorado y en el delDepartamento correspondiente, el orden deprelación de los candidatos admitidos y la relaciónde los candidatos excluidos.

6.6.- El nombramiento del becario correspon-derá al Rector, a propuesta de la Comisión deSelección, publicándose mediante Resolución elnombre del becario seleccionado y la fecha deincorporación al Centro de Investigación.

6.7.- Corresponde al Vicerrectorado deInvestigación la supervisión de esta convocatoria.

6.8.- Contra esta Resolución de nombra-miento, que agota la vía administrativa, se podráinterponer, en el plazo de dos meses a partir deldía siguiente al de su publicación en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, recursoContencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazode un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

7 Obligaciones de los beneficiarios

7.1.- El beneficiario de la beca se compromete aincorporarse al Centro de Investigacióncorrespondiente, al cual quedará adscrito, en lafecha autorizada en la Resolución de adjudicaciónde beca, entendiéndose como renuncia a la beca lano incorporación durante los quince días siguientesa la fecha señalada.

7.2.- El becario deberá suscribir un seguro deaccidentes corporales, o bien el seguro CUMLAUDE. A tal efecto deberá presentar en elServicio de Investigación y Becas la documentaciónque acredite dicha suscripción.

7.3.- El Director del Centro deberá señalar elhorario en que hayan de realizar su actividad elbecario y comunicarlo al Vicerrectorado deInvestigación.

7.4.- El becario desarrollará su labor condedicación total de acuerdo con el horario queespecifique el Director del Centro.

7.5.- El becario realizará su actividad en elequipo de investigación. Cualquier cambiovinculado con el becario (paralización, ausenciatemporal o renuncia) deberá ser autorizado por elVicerrectorado de Investigación, previo informe delDirector del Centro.

7.6.- El becario se compromete a presentar enel Vicerrectorado de Investigación, en la fecha determinación de la beca, una memoria del trabajorealizado, avalado por el visto bueno del Directordel Centro.

7.7.- El becario hará constar su condición debecario de la Universidad de La Rioja en todas laspublicaciones, comunicaciones a congresos etc., aque dé origen el trabajo de investigación realizadodurante el período de disfrute de la beca.

7.8.- El incumplimiento de cualquiera de estasobligaciones implicará la anulación de la ayudaconcedida y el reintegro de las cantidadesindebidamente percibidas.

8 Disposición Final

Contra esta Resolución, que agota la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo dedos meses, a partir del día siguiente al de supublicación en el tablón de anuncios del Edificio

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Rectorado, recurso Contencioso-Administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativode La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazode un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 15 de octubre de 2009. ELRECTOR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

ANEXO

PLAN DE FORMACIÓN

1. CENTRO DE INVESTIGACIÓN: Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME).

2. JUSTIFICACIÓN DE LA FORMACIÓN:

El desarrollo de nuevos entornos de trabajobasados en las nuevas plataformas y tecnologías.

3. OBJETIVOS DE LA FORMACIÓN:

Adquisición de conocimientos suficientespara la incorporación a departamentos de I+D enempresas de innovación tecnológica.

4. CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES AADQUIRIR POR EL BECARIO:

a) Conocimiento de la plataforma Ruby onRails.

b) Conocimiento en tecnología AJAX.

c) Conocimientos en la tecnología Web 2.0.

5. PERÍODO DE FORMACIÓN: Durante toda laduración de la beca.

6. TUTOR ASIGNADO: Víctor LancharesBarrasa.

RESOLUCIÓN n.º 1829/2009, de 15 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se adjudica una beca en formación concargo al proyecto de investigación dereferencia COLABORA 2008/06, titulado“Desarrollo de métodos basados en extraccióncon líquidos presurizados que integren enlínea las etapas de extracción y limpiezas”,dentro del programa “Colabora” de los PlanesRiojanos de I+D+I.

Por resolución número 1586/2009 de 30 deseptiembre del Rector de la Universidad de LaRioja se convocó una beca en formación con cargoal proyecto de investigación de referenciaCOLABORA 2008/06 titulado: “Desarrollo demétodos basados en extracción con líquidospresurizados que integren en línea las etapas deextracción y limpiezas”, dentro del programa“Colabora” de los Planes Riojanos de I+D+I.

De acuerdo con el apartado 6.1 de laconvocatoria, la selección de candidatos serárealizada por una Comisión de Selección.

Examinadas las solicitudes presentadas, y apropuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Conceder una beca en formación concargo al proyecto de investigación de referenciaCOLABORA 2008/06, titulado “Desarrollo demétodos basados en extracción con líquidospresurizados que integren en línea las etapas deextracción y limpieza”, dentro del programa“Colabora” de los Planes Riojanos de I+D+I a D,ª.Patricia Labarta Valdecantos.

Segundo.- El nombramiento tendrá lugar a partirde la fecha de publicación de esta Resolución en eltablón de anuncios del Edificio Rectorado.

Tercero.- El beneficiario está obligado a cumplirlas normas establecidas en la resolución deconvocatoria y su concesión queda, así mismo,condicionada al cumplimiento de los requisitosestablecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución, sepodrá interponer, en el plazo de dos meses a partirde la fecha de su publicación en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, recursoContencioso-Administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto

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en los artículos 116 y siguientes de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo común, en suredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Logroño, 15 de octubre de 2009. ELRECTOR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1895/2009, de 21 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja Y Presidente de la Fundación de laUniversidad de La Rioja, por la que seconvoca una beca en formación con cargo alcontrato de investigación de referenciaOTEM091014 “Elaboración del Informe Finalde Evaluación del Programa Integrants 2006-2008”.

1.-Objeto.

Al objeto de dar apoyo al equipo investigadorde la Universidad de La Rioja para la realizacióndel contrato de investigación “Elaboración delInforme Final de Evaluación del ProgramaIntegrants 2006-2008” de referenciaOTEM091014, la Universidad de la Rioja a travésde su Fundación, hace pública la convocatoria deuna beca de investigación con financiación acargo de dicho contrato.

Estas ayudas estarán sujetas a lasretenciones de IRPF que la legislaciónestablezca.

2.- Condiciones de la beca.

2.1.- El/la becario/a se enmarcará en el senode la línea de investigación del contrato“Elaboración del Informe Final de Evaluación delPrograma Integrants 2006-2008”.

2.2.- El/la becario/a participará en el contratocon dedicación completa.

2.3.- El/la becario/a estará cubierto/a por unseguro de accidentes corporales, suscrito por laFundación durante todo el periodo de disfrute dela beca.

2.4.- La duración de la beca será de 3 mesesdesde la incorporación de el/la becario/a. Noobstante lo anterior, la duración de la beca enningún caso podrá exceder de la duración delcontrato a cuyo cargo se convoca.

2.5.- La asignación de la beca será 1.000 €euros brutos/mes, pagaderos a mes vencido.

2.6.- El disfrute de la beca no establece relacióncontractual o estatutaria con la Universidad de LaRioja ni con su Fundación de ningún tipo, ni implicapara éstas ningún compromiso en cuanto a unaposible posterior incorporación del/la interesado/aen la plantilla de la misma.

3.- Requisitos de los solicitantes.

Podrán solicitar esta beca quienes cumplanlos siguientes requisitos:

3.1.- Poseer la nacionalidad española o de unpaís miembro de la Unión Europea, o tenerresidencia en España en el momento de solicitar labeca.

3.2.- Estar en posesión del título de IngenieríaSuperior, que haya sido obtenido con unaantigüedad no superior a los cinco años anterioresa la fecha de convocatoria.

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberán estarhomologados a los de carácter oficial en España oreconocidos en nuestro país, según la normativavigente sobre esta materia Los requisitos anterioresdeberán mantenerse durante todo el periodo deduración de la beca.

4.- Formalización de solicitudes

4.1 Los impresos de solicitud de la beca estarána disposición de los interesados en la Oficina deTransferencia de Resultados de Investigación -OTRI de la Universidad de La Rioja (Avda. de laPaz 107 , 26.006 Logroño) y en la página web de laFundación (http://fundacion.unirioja.es/otri/becas).

4.2 Las solicitudes se dirigirán a la OTRI de laUniversidad de La Rioja

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en los tablones de anuncios dela Universidad de La Rioja y de la Fundación.

4.3 La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes, debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante yfotocopia de la documentación acreditativa de losméritos alegados.

b) Fotocopia del DNI o pasaporte delsolicitante, o su equivalente en el caso deciudadanos de la Unión Europea.

c) Fotocopia del Título de IngenieríaSuperior especificado en el apartado 3.2.

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4.4 El solicitante deberá acreditar estar enposesión de los requisitos exigidos en la presenteconvocatoria en la fecha de expiración del plazode presentación de solicitudes.

5.- Selección.

5.1.- La selección de candidatos serárealizada por el Prof. Dr. /Prof.ª Dra. M.ª CruzNavarro Pérez, Investigadora Principal delContrato, y por D.ª Mariola Pinillos García y D.Emilio Barco Royo, profesores del Departamentode Economía y Empresa de la Universidad de laRioja).

5.2.- La Comisión de Selección podrá optarpor dejar desierta la beca propuesta, si a su juicioningún/a candidato/a reúne los méritosnecesarios para la obtención de la misma. Entodo caso, y fundamentalmente si la beca quedadesierta, este acto de la Comisión deberámotivarse, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley30/92.

5.3.- La selección se realizará teniendo encuenta la valoración de los siguientes méritos:

a) Expediente académico.

b) Acreditación por el solicitante de lasuperación de la fase de docencia de la formaciónpara la investigación, valorándose especialmentesi se ha desarrollado en el ámbito de laEconomía.

c) Poseer formación de postgrado enorganización empresarial, economía o similar.

La Comisión se reserva el derecho deentrevistar a los/as candidatos/as.

5.4.- La Comisión establecerá con carácterprevio al estudio de las solicitudes presentadas,los criterios específicos de valoración de losméritos del artículo 5. 3.

5.5.- La Comisión de Selección remitirá a laOTRI de la Fundación el orden de prelación delos candidatos admitidos.

Asimismo, la OTRI de la Universidad de LaRioja publicará en los tablones de anuncios de laUniversidad (a través del Servicio deInvestigación y Becas), del Departamentocorrespondiente y de la Fundación, el orden deprelación de los/as candidatos/as admitidos/as yla relación de los/as candidatos/as excluidos/as.

5.6.- El nombramiento de el/la becario/acorresponderá al Rector y Presidente de laFundación, a propuesta de la Comisión deSelección, publicándose mediante Resolución elnombre de el/la becario/a seleccionado/a y lafecha de incorporación al contrato deinvestigación.

5.7.- Corresponde al Vicerrectorado deInvestigación la supervisión de esta convocatoria.

5.8.- Contra la Resolución de nombramiento,que agota la vía administrativa, se podráinterponer, en el plazo de dos meses a partir deldía siguiente al de su publicación en los tablonesde anuncios anteriormente mencionados, recursoContencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazo deun mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

6.- Obligaciones de los beneficiarios

6.1.- El/la beneficiario/a de la beca secompromete a incorporarse al Equipo deInvestigación correspondiente, al cual quedaráadscrito, en la fecha autorizada en la Resolución deadjudicación de beca, entendiéndose comorenuncia a la beca la no incorporación durante losquince días siguientes a la fecha señalada.

6.2.- El investigador principal del contrato,deberá señalar el horario en que hayan de realizarsu actividad el/la becario/a y comunicarlo a la OTRIde la Universidad de La Rioja.

6.3.- El/la becario/a desarrollará su labor condedicación completa de acuerdo con el horario queespecifique el investigador principal del contrato.

6.4.- El/la becario/a realizará su actividad en elequipo de investigación. Cualquier cambiovinculado con el/la becario/a (paralización,ausencia temporal o renuncia) deberá serautorizado por el Vicerrectorado de Investigación, através de la OTRI de la Universidad, previo informedel investigador principal del contrato.

6.5.- El/la becario/a se compromete a presentaren la OTRI de la Universidad, en la fecha determinación de la beca, una Memoria del trabajorealizado, con el visto bueno del Investigadorprincipal del Contrato.

6.6.- El/la becario/a hará constar su condiciónde Becario/a de la Universidad de La Rioja entodas las publicaciones, comunicaciones acongresos etc., a que dé origen el trabajo deinvestigación realizado durante el período dedisfrute de la beca.

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6.7.- El incumplimiento de cualquiera de estasobligaciones implicará la anulación de la ayudaconcedida y el reintegro de las cantidadesindebidamente percibidas.

Disposición Final

Contra esta Resolución, que agota la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo dedos meses, a partir del día siguiente al de supublicación en los tablones de anunciosanteriormente mencionados, recursoContencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante se podrá interponer contra estaResolución un recurso de reposición, en el plazode un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabráinterponer el recurso Contencioso-Administrativoanteriormente citado en tanto no recaigaResolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada porla Ley 4/1999, de 13 de enero

En Logroño, 21 de Octubre de 2009. ELRECTOR / PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1897/2009, de 21 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja, POR la que se anuncia convocatoriapara cubrir un puesto de trabajo mediantecontratación laboral temporal de técnico delproyecto 143672-LLP-1-2008-1-IT-KA1-KA1SCR: “Construction d´indicateurs de laparticipation des parents dansl´enseignement obligatoire (IPPE) (l´action¨).

Denominación del puesto: Técnico delProyecto 143672-LLP-1-2008-1-IT-KA1-KA1SCR

1. Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto cubrirun puesto de trabajo, mediante contrataciónlaboral a tiempo completo, dentro del proyecto deinvestigación 143672-LLP-1-2008-1-IT-KA1SCR:“Construction d´indicateurs de la participation desparents dans l´enseignement obligatoire (IPPE)(l´action).

La financiación de este contrato se efectuarácon cargo a la aplicación presupuestaria0307090302 500I 64000.

2. Condiciones del contrato

2.1.- El contrato se enmarcará dentro delproyecto 143672-LLP-1-2008-1-IT-KA1SCR:“Construction d´indicateurs de la participation desparents dans l´enseignement obligatoire (IPPE)(l´action)”.

2.2.- La dedicación del contrato será a tiempoparcial.

2.3.- La duración del contrato será de cincomeses desde la toma de posesión. No obstante, laduración del contrato no podrá exceder de la delproyecto de investigación europeo al que sevincula.

2.3.- La dotación asignada al contrato objeto dela presente convocatoria es de 5.780 euros brutos,estando incluida en dicha cuantía las obligacionestributarias a la Seguridad Social a cargo de laUniversidad de La Rioja. En todo caso, laretribución mensual bruta no superará los 925euros.

2.4.- Las funciones asignadas al candidatoseleccionado serán: Realización de actividades deapoyo al equipo investigador del proyecto deinvestigación al que se vincula el contrato.

3. Requisitos

3.1.- Los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacionalde uno de los Estados miembros de la UniónEuropea o nacional de aquellos Estados a los queen virtud de tratados internacionales celebrados porla Unión Europea y ratificados por España, sea deaplicación la libre circulación de los trabajadores enlos términos en que ésta se halle definida entratado constitutivo de la Comunidad Europea.También podrán participar el cónyuge,descendientes y descendientes del cónyuge, de losespañoles y de los nacionales de otros Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de veintiúnaños o mayores de edad que vivan a susexpensas. Asimismo, podrán participar losnacionales de Estados no miembros de la UE quetengan residencia en España en el momento de lasolicitud.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad yno haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para eldesempeño de las tareas.

d) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarse

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inhabilitado para el desempeño de las funciones.En caso de los nacionales de un Estado de losdetallados anteriormente, no estar sometido asanción disciplinaria o condena penal que impidaen su Estado el acceso a la función pública

e) Estar en posesión del título deLicenciatura universitaria en Derecho, Sociología,Psicología y Pedagogía y o Diplomatura enTrabajo Social

En el caso de titulaciones extranjeras, lostítulos que presenten los candidatos deberánestar homologados a los de carácter oficial enEspaña o reconocidos en nuestro país, según lanormativa vigente sobre esta materia.

3.2.- Los requisitos y méritos deberáncumplirse a la fecha de finalización del plazo depresentación de solicitudes.

4. Formalización de solicitudes

4.1.- Los impresos de solicitud estarán adisposición de los interesados en el Servicio deInvestigación y Becas de la Universidad de LaRioja (Avenida de la Paz 93 - 103, 26006Logroño) y en la página web de la Universidad deLa Rioja:

http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/contratos_tecnicos.shtml

4.2.- Las solicitudes se dirigirán alVicerrectorado de Investigación y deberánpresentarse en el Registro General de laUniversidad o mediante las formas que estableceel artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en el tablón de anuncios deledificio de Rectorado.

4.3.- La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante en elque consten los méritos que posee el candidato,acompañado de los documentos que losjustifiquen.

b) Original o fotocopia compulsada del DNIo pasaporte del solicitante, o su equivalente en elcaso de ciudadanos de la Unión Europea.

c) Original o fotocopia compulsada deltítulo de Licenciado requerido en el apartado 3.1e).

d) En el caso de titulaciones extranjeras, deacuerdo con lo establecido en el apartado 3.1 e),los candidatos deberán de presentar original ofotocopia compulsada del documento dehomologación o reconocimiento, en su caso.

5. Selección

5.1.- El procedimiento de selección se realizarámediante la valoración del currículum vitae delcandidato teniendo en cuenta los siguientesméritos:

a) Formación de postgrado

b) Experiencia en investigación relacionadacon las Ciencias Sociales y Jurídicas.

c) Publicaciones científicas relacionadas conlas Ciencias Sociales y Jurídicas.

d) Conocimientos informáticos en Word, Excel,gestión y diseño de paginas web y de bases dedatos.

e) Conocimientos a nivel medio de francés o/einglés.

Los méritos alegados en el currículum que nohayan sido justificados documentalmente en elmomento de la presentación de la solicitud noserán tenidos en cuenta para la valoración.

El aspirante que mayor número de puntosobtenga será el candidato propuesto paraformalizar el contrato; en caso de que variosaspirantes tengan una puntuación igual se realizaráuna entrevista personal por la Comisión, a efectosde valorar y dirimir cuál de ellos se adecua mejor ala plaza convocada.

5.2.- La Comisión establecerá con carácterprevio los criterios específicos de valoración de losméritos del apartado 5.1

La selección de candidatos será realizada poruna Comisión que estará formada por D.ª AnaVega Gutiérrez investigadora principal del proyectode investigación, D.ª Esther Raya Diez y D. JuanAndrés Muñoz miembros del proyecto deinvestigación.

5.3.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios de Rectorado la relación de candidatospor orden de puntuación obtenida.

6. Adjudicación del puesto de trabajo

6.1.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, la propuesta deadjudicación del puesto al candidato que obtengamayor puntuación final.

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6.2.- La Comisión de Selección podrá optarpor dejar desierto el puesto si, a su juicio, ningúncandidato reúne los méritos necesarios para laobtención del mismo. En todo caso, yfundamentalmente si el puesto queda desierto,este acto de la Comisión deberá motivarse, deacuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/92.

6.3.- Contra la propuesta de la Comisión, loscandidatos podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado.

La interposición del recurso no tendráefectos suspensivos de la propuesta de la lista,salvo que el Rector, mediante resolución expresaaprecie que la ejecución del acto pudiera causarperjuicios de imposible o difícil reparación oaprecie en la fundamentación de la impugnaciónla existencia manifiesta de motivos de nulidad depleno derecho. A tal fin, se podrá formalizarcontrato de trabajo, sin perjuicio de que laeventual estimación del recurso pueda acarrear laextinción automática de la relación contractual.

7. Presentación de documentos

7.1.- El aspirante propuesto para cubrir elpuesto deberá presentar en el Servicio de Gestiónde Personal y Retribuciones, con carácter previoa la fecha fijada para el inicio de la actividad, lossiguientes documentos:

a) Declaración jurada o promesa de nohaber sido separado mediante expedientedisciplinario de ninguna de las AdministracionesPúblicas ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode funciones públicas. Los que no posean lanacionalidad española, deberán acreditar,igualmente, no estar sometidos a sancióndisciplinaria o condena penal que impida en suEstado el acceso a la función pública.

b) Declaración jurada de no padecerenfermedad ni limitación física o psíquica que leimposibilite el desempeño de lascorrespondientes funciones.

c) Fotocopia de la cartilla de afiliación alRégimen General de la Seguridad Social, en sucaso.

7.2.- Quienes no presenten la documentacióno del examen de la misma se dedujera quecarecen de alguno de los requisitos señalados enla presente convocatoria no podrán sercontratados por esta Universidad.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, a partir del día siguiente al de la presentepublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado de la Universidad, ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta Resolución recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante esteórgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición.

Logroño, 21 de octubre de 2009. EL RECTOR,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1909/2009, de 23 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja por la que se convocan becas deIniciación a la Investigación en la Universidadde La Rioja para el curso 2009-10.

Tradicionalmente el Ministerio de Educaciónviene convocando cada curso ayudas de carácterespecial denominadas becas de colaboración,destinadas a facilitar que los alumnos del últimocurso de estudios universitarios presten sucolaboración en los departamentos universitarios,en régimen de compatibilidad con sus estudios,iniciándose así en tareas de investigacióndirectamente vinculadas con los estudios que estáncursando. Tales becas de colaboración estánespecialmente destinadas a los alumnos queacrediten mejores expedientes académicos.

Por otro lado, la Ley Orgánica 4/2007, de 12de abril, de Universidades contempla la importanciade la formación de investigadores, así como elestablecimiento de una política general de becas,ayudas y créditos a los estudiantes universitarios.

En esta línea, la Universidad de La Riojamantiene la firme voluntad de promover, dentro desus posibilidades presupuestarias, la iniciación enla participación de sus alumnos en las actividadesde investigación propias de los diferentesdepartamentos que la integran.

Por ello, y como complemento a lasconvocatorias del Ministerio de Educaciónrealizadas fundamentalmente por la Orden2235/2009, de 20 de julio, del Ministro deEducación (BOE de 13/08/2009), resuelvo losiguiente:

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1 Objetivo de las becas

El objetivo de las becas es la iniciación enlas tareas de investigación dentro de un área deconocimiento de las existentes en la Universidadde La Rioja bajo la dirección y supervisión de unprofesor permanente doctor de la misma queparticipe en algún proyecto de investigaciónnacional, europeo, autonómico o propio, resididoen la UR.

2 Número de becas.

Se convocan once becas de iniciación a lainvestigación para el curso 2009-2010. Lafinanciación de estas ayudas se efectuará concargo a la aplicación presupuestaria 0301 500 I481.02 correspondiente a los presupuestos del2009 y 2010, siendo el importe total retenido de44.770 euros. Estas ayudas estarán sujetas a lasretenciones de IRPF que la legislaciónestablezca.

3 Requisitos

3.1 Podrán solicitar la beca de iniciación a lainvestigación los alumnos universitarios quereúnan los siguientes requisitos:

a) Estar formalmente matriculado en el curso2009-10 en la Universidad de La Rioja enenseñanza oficial conducente a la obtención detítulo de Licenciado, Diplomado, Ingeniero,Ingeniero Técnico o Graduado.

b) No estar en posesión o en disposiciónlegal de obtener el título académico deLicenciado, Diplomado, Ingeniero, IngenieroTécnico o Graduado correspondiente a latitulación por la que presenta la solicitud.

c) Haber superado al menos el 40% de loscréditos o asignaturas totales de la titulación porla que presenta la solicitud, salvo en lastitulaciones de solo 2º ciclo que será suficientecon tener el primer ciclo superado.

d) El profesor supervisor deberá serpermanente doctor de la Universidad de La Riojay participar como investigador en un proyecto deinvestigación europeo, nacional, regional opropio, residido en la Universidad de La Rioja.

3.2 El solicitante deberá acreditar estar enposesión de los requisitos exigidos en la presenteconvocatoria en la fecha de expiración del plazode presentación de solicitudes. Dichos requisitosdeberán mantenerse durante todo el período deduración de la beca.

3.3 No se concederán ayudas para larealización del proyecto de fin de carrera.

4. Condiciones de la convocatoria

4.1 Podrá disfrutarse de esta ayuda en un únicocurso académico y por una sola vez, siendocompatible solamente con cualquier ayuda alestudio de carácter personalizado.

No obstante, salvo en los supuestos derenuncia sin motivo justificado, si los beneficiariosde convocatorias anteriores hubieran disfrutadocomo becarios por un período de tiempo inferior a 5meses, podrán presentar solicitud en estaconvocatoria.

4.2 En el supuesto de que el beneficiario de unabeca anule la matrícula de sus estudios, perderáautomáticamente su condición de becario.

Asimismo, el becario perderáautomáticamente dicha condición en el momentoen que esté en posesión o en disposición legal deobtener el título académico correspondiente a latitulación por la que presentó su solicitud.

4.3 En ningún caso el disfrute de la beca deiniciación a la investigación tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad.

4.4 En el reparto de las becas se asignará unabeca a cada Departamento. Si en alguno de losDepartamentos no se presentase ninguna solicitudque cumpla los requisitos de la presenteconvocatoria, la beca correspondiente a dichoDepartamento se declarará desierta y seráconcedida al candidato siguiente en puntuación,con independencia de su Departamento de origen.

4.5 El número de horas de colaboraciónprestadas por el beneficiario no podrá exceder decuatro diarias.

4.6 La dotación económica será de 370 eurosmensuales para cada una de las becas.

4.7 Se autoriza al Vicerrectorado deInvestigación para aclarar las normas contenidasen la presente convocatoria, así como para dictaraquellas órdenes que sean precisas para suadecuado desarrollo.

5. Formalización de las solicitudes ydocumentación

5.1 Los impresos de solicitud de las becasestarán a disposición de los interesados en elServicio de Investigación y Becas de la Universidadde La Rioja (Avenida de la Paz, 93-103, 26006Logroño) y en la página web de la Universidad deLa Rioja (www.unirioja.es).

5.2 Las solicitudes se dirigirán al Vicerrectoradode Investigación y deberán presentarse en elRegistro General de la Universidad de La Rioja o

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mediante las formas que establece el artículo38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

El plazo de presentación de solicitudes seráde veinte días naturales a partir del día siguientede la publicación de la presente Resolución en eltablón de anuncios del Edificio Rectorado y en lapágina web de la Universidad de La Rioja.

5.3 Las solicitudes irán acompañadas de lasiguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Memoria explicativa (máximo 3 folios) deltrabajo de investigación a desarrollar.

c) Informe del profesor supervisor delbecario en el que se exprese la disponibilidad adirigir el trabajo y acredite su viabilidad con elvisto bueno del Director del Departamento. Dichosupervisor deberá ser un profesor permanentedoctor de la Universidad de La Rioja que participeen un proyecto nacional, europeo, autonómico opropio de la UR. En todo caso, el proyecto deberáestar residido en la Universidad de La Rioja.

d) En el caso de alumnos que hayancursado una titulación de acceso a 2º ciclo fuerade la Universidad de La Rioja, deberán depresentar para la valoración del expediente lacertificación académica correspondiente.

6. Selección de candidatos

6.1 Para la selección de candidatos se tendráen cuenta el expediente académico de lossolicitantes. Dicho expediente se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:

Matrícula de Honor ........... 4 puntos

Sobresaliente.................... 3 puntos

Notable ............................. 2 puntos

Aprobado .......................... 1 punto

6.2 Las calificaciones obtenidas en tercera,cuarta y sucesivas convocatorias seránponderadas de acuerdo con los coeficientes queestablezca la Comisión de Valoración.

6.3 En el caso de planes de estudioestructurados en créditos, la ponderación de lascalificaciones se efectuará siguiendo el criteriosiguiente: Suma de los créditos superadosmultiplicados cada uno de ellos por el valor de lacalificación que corresponda, a partir de la tablade equivalencias anterior, y dividido por el númerode créditos cursados.

6.4 Tendrán prioridad los alumnos que a lafecha de expiración del plazo de presentación desolicitudes tengan superadas todas las asignaturasmatriculadas en cursos anteriores.

6.5 Tras el estudio detallado de las solicitudes yresolución de la convocatoria, la Comisión deValoración regulada en el artículo siguiente harápública la lista de becarios en el tablón de anunciosdel Edificio Rectorado, incluyendo los suplentesque considere necesarios con el correspondienteorden de prelación. Contra ese acuerdo cabeinterponer recurso de alzada ante el Rector de laUniversidad de La Rioja en el plazo de un mes apartir del día siguiente de su publicación.

6.6 El Vicerrectorado de Investigación velará porel cumplimiento de la colaboración asignada a cadauno de los becarios y propondrá al Rector, en sucaso, la correspondiente apertura de expediente yrevocación de la beca concedida.

7. Comisión de Valoración

7.1 Se constituirá una Comisión de Valoraciónde las solicitudes de becas de iniciación a lainvestigación integrada por los siguientesmiembros:

Presidente:

Vicerrector de Investigación, o personaen quien delegue.

Vocales:

Un representante del profesorado,designado por el Vicerrector de Investigación.

Un representante de los estudiantesdesignado por el Consejo de Estudiantes.

Secretaria:

Jefa del Servicio de Investigación yBecas.

7.2 Una vez designados los miembros de laComisión de Selección, ésta se hará pública en eltablón de anuncios del Edificio Rectorado.

7.3 La Comisión establecerá con carácter previoal estudio de las solicitudes presentadas, loscriterios de valoración de los méritos.

8. Obligaciones y derechos de los beneficiarios

8.1 Los alumnos seleccionados deberán tomarposesión de su condición de becario en el plazo de15 días a partir de la publicación de la resoluciónde concesión en el tablón de anuncios del EdificioRectorado.

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8.2 Los alumnos que obtengan la condición debecarios tendrán las siguientes obligaciones.

a) Someterse a las actuaciones decomprobación precisas para verificar, en su caso,el cumplimiento y efectividad de las condicionesde la concesión de la ayuda.

b) Seguir durante el período de colaboraciónla enseñanza oficial de los estudios en los que seencuentren matriculados.

c) Prestar su colaboración durante unmáximo de 20 horas semanales hasta la fecha definalización en el área de conocimientocorrespondiente, sometiéndose al régimen detrabajo y horario en los términos previstos en laconvocatoria. La fecha de finalización será el 30de septiembre de 2010 salvo obtención previa dela totalidad de los créditos de la titulación.

8.3 Los alumnos que obtengan la condición debecarios podrán disfrutar de 30 días naturales devacaciones, a lo largo del período de duracióntotal de la beca, de acuerdo con las necesidadesdel servicio y con el visto bueno del Vicerrector deInvestigación.

Disposición Adicional

Salvo manifestación expresa en contrariopor parte del afectado, se tramitaránautomáticamente en esta convocatoria aquellassolicitudes que cumpliendo los requisitos de ésta,hayan sido presentadas en la convocatoria delMinisterio de Educación y Ciencia realizada por laOrden 2235/2009, de 20 de julio, del Ministro deEducación (BOE de 13/08/2009), y que no hayansido propuestas como beneficiarias de lacorrespondiente beca de colaboración. Noobstante, el Servicio de Investigación y Becasrequerirá a los interesados, si procede, ladocumentación complementaria que se exige enla presente convocatoria.

Disposición Final

Contra esta Resolución cabe interponer, enel plazo de dos meses a partir del día siguiente alde su publicación en el tablón de anuncios delEdificio Rectorado, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo.

No obstante, se podrá interponer contraesta Resolución un recurso de reposición, en elplazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso nocabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto norecaiga resolución expresa o presunta del recursode reposición, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 23 de octubre de 2009. ELRECTOR, P.S. El Vicerrector de OrdenaciónAcadémica y Profesorado, (Resolución rectoral n.º665/2008, de 7 de julio), José Ignacio ExtremianaAldana.

RESOLUCIÓN n.º 1915/2008, de 26 de octubredel Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se anuncia convocatoria para cubrir dospuestos de trabajo mediante contrataciónlaboral temporal de dos técnicos del proyectode I+D COLABORA 2007/18, titulado “Síntesisy análisis conformacional de O-glicoaminoácidos y O-glicopéptidos. Modelode interés biológico”, dentro del programa“Colabora” de los Planes Riojanos de I+D+I.

Denominación de los puestos: Técnicos delProyecto COLABORA 2007/18

1. Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto cubrir dospuestos de trabajo, mediante contratación laboral atiempo completo, dentro del proyecto deinvestigación COLABORA 2007/18, titulado“Síntesis y análisis conformacional de O-glicoaminoácidos y O-glicopéptidos. Modelo deinterés biológico”, dentro del programa “Colabora”de los Planes Riojanos de I+D+I.

La financiación de estos contratos seefectuará con cargo a la aplicación presupuestaria0307071105 500I 64010.

2. Condiciones del contrato

2.1.- Los contratos se enmarcarán dentro delproyecto COLABORA 2007/18, titulado “Síntesis yanálisis conformacional de O-glicoaminoácidos y O-glicopéptidos. Modelo de interés biológico”.

2.2.- Los contratos se celebrarán con dedicacióna tiempo completo.

2.3.- La duración de cada uno de los contratosserá desde la firma del mismo hasta el 31 dediciembre de 2009. No obstante, de acuerdo con ladisponibilidad presupuestaria y la renovación de lasayudas del programa “Colabora”, estos contratospodrán estar sujetos a prórroga. En ningún caso, laduración de estos contratos podrá exceder de laestablecida para el proyecto COLABORAconcedido.

2.4.- La dotación máxima asignada a cada unode los contratos objeto de la presente convocatoriaes de 3.500 euros brutos, estando incluida en dicha

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cuantía las obligaciones tributarias a la SeguridadSocial a cargo de la Universidad de La Rioja. Entodo caso, la retribución mensual bruta nosuperará los 1.300 euros.

2.5.- El contratado habrá de incorporarse condedicación exclusiva y no percibirá durante elperíodo de contrato ninguna otra ayuda, beca osueldo, salario o retribución.

3. Requisitos

3.1.- Los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o sernacional de uno de los Estados miembros de laUnión Europea o nacional de aquellos Estados alos que en virtud de tratados internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados porEspaña, sea de aplicación la libre circulación delos trabajadores en los términos en que ésta sehalle definida en tratado constitutivo de laComunidad Europea. También podrán participarel cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales deotros Estados miembros de la Unión Europea,siempre que no estén separados de derecho,menores de veintiún años o mayores de edad quevivan a sus expensas. Asimismo, podránparticipar los nacionales de Estados no miembrosde la UE que tengan residencia en España en elmomento de la solicitud.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad yno haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para eldesempeño de las tareas.

d) No haber sido separado, medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de las funciones.En caso de los nacionales de un Estado de losdetallados anteriormente, no estar sometido asanción disciplinaria o condena penal que impidaen su Estado el acceso a la función pública

e) Estar en posesión del título de Licenciadoen Química. No podrán haber transcurrido más de10 años desde la obtención del título deLicenciado.

En el caso de titulaciones extranjeras deberáacreditarse la correspondiente homologación porel Ministerio de Educación y Ciencia.

3.2.- Los requisitos y méritos deberáncumplirse a la fecha de finalización del plazo depresentación de solicitudes.

4. Formalización de solicitudes

4.1.- Los impresos de solicitud estarán adisposición de los interesados en el Servicio deInvestigación y Becas de la Universidad de La Rioja(Avenida de la Paz 93 - 103, 26006 Logroño) y enla página web de la Universidad de La Rioja:

http://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/contratos_tecnicos.shtml

4.2.- Las solicitudes se dirigirán alVicerrectorado de Investigación y deberánpresentarse en el Registro General de laUniversidad o mediante las formas que establece elartículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

El plazo de presentación de solicitudes seráde 7 días naturales contados a partir del díasiguiente al de la publicación de esta convocatoriaen la página web y en el tablón de anuncios deledificio de Rectorado.

4.3.- La solicitud irá acompañada de losdocumentos siguientes debidamentecumplimentados:

a) Currículum vitae del solicitante en el queconsten los méritos que posee el candidato,acompañado de los documentos que los justifiquen.

b) Original o fotocopia compulsada del DNIo pasaporte del solicitante, o su equivalente en elcaso de ciudadanos de la Unión Europea.

c) Original o fotocopia compulsada del títuloacadémico requerido en el apartado 3.1 e).

5. Selección

5.1.- El procedimiento de selección se realizarámediante la valoración del currículum vitae delcandidato teniendo en cuenta los siguientesméritos:

a) Valoración del expediente académico de latitulación exigida como requisito en el apartado 3.1e) de esta convocatoria.

El expediente académico se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:

Matrícula de Honor ........... 4 puntos

Sobresaliente.................... 3 puntos

Notable ............................. 2 puntos

Aprobado .......................... 1 punto

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En el caso de planes de estudioestructurados en créditos, la ponderación de lascalificaciones se efectuará siguiendo el criteriosiguiente: Suma de los créditos superadosmultiplicados cada uno de ellos por el valor de lacalificación que corresponda, a partir de la tablade equivalencias anterior, y dividido por el númerode créditos cursados

b) Estar matriculado en un Programa deDoctorado de Química.

c) Tener experiencia acreditada en síntesisorgánica.

d) Tener contribuciones científicas, comopublicaciones científicas, asistencia a Congresosespecializados y otros méritos.

Los méritos alegados en el currículum queno hayan sido justificados documentalmente en elmomento de la presentación de la solicitud noserán tenidos en cuenta para la valoración.

5.2.- La Comisión establecerá con carácterprevio los criterios específicos de valoración delos méritos del apartado 5.1.

Los dos aspirantes que mayor número depuntos obtengan serán los candidatos propuestospara formalizar los contratos; en caso de quevarios aspirantes tengan una puntuación igual serealizará una entrevista personal por la Comisión,a efectos de valorar y dirimir cuál de ellos seadecua mejor a la plaza convocada.

5.3.- La selección de candidatos serárealizada por una Comisión que estará formadapor D. Alberto Avenoza Aznar, investigadorprincipal del proyecto de investigación, D. JesúsManuel Peregrina García y D. Jesús Héctor BustoSancirian, miembros del equipo investigador delproyecto de investigación.

5.4.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios de Rectorado la relación de candidatospor orden de puntuación obtenida.

6. Adjudicación del puesto de trabajo

6.1.- La Comisión publicará en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, la propuesta deadjudicación de los puestos a los dos candidatosque obtengan mayor puntuación final.

6.2.- La Comisión de Selección podrá optarpor dejar desiertos los puestos si, a su juicio,ningún candidato reúne los méritos necesariospara la obtención de los mismos. En todo caso, yfundamentalmente si cualquiera de los puestosquedan desiertos, este acto de la Comisióndeberá motivarse, de acuerdo con el artículo 54de la Ley 30/92.

6.3.- Contra la propuesta de la Comisión, loscandidatos podrán interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes a partir del día siguiente a supublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado.

La interposición del recurso no tendrá efectossuspensivos de la propuesta de la lista, salvo queel Rector, mediante resolución expresa aprecie quela ejecución del acto pudiera causar perjuicios deimposible o difícil reparación o aprecie en lafundamentación de la impugnación la existenciamanifiesta de motivos de nulidad de pleno derecho.A tal fin, se podrá formalizar contrato de trabajo, sinperjuicio de que la eventual estimación del recursopueda acarrear la extinción automática de larelación contractual.

7. Presentación de documentos

7.1.- Los aspirantes propuestos para cubrir lospuestos deberán presentar en el Servicio deGestión de Personal y Retribuciones, con carácterprevio a la fecha fijada para el inicio de la actividad,los siguientes documentos:

a) Declaración jurada o promesa de no habersido separado mediante expediente disciplinario deninguna de las Administraciones Públicas nihallarse inhabilitado para el ejercicio de funcionespúblicas. Los que no posean la nacionalidadespañola, deberán acreditar, igualmente, no estarsometidos a sanción disciplinaria o condena penalque impida en su Estado el acceso a la funciónpública.

b) Declaración jurada de no padecerenfermedad ni limitación física o psíquica que leimposibilite el desempeño de las correspondientesfunciones.

c) Fotocopia de la cartilla de afiliación alRégimen General de la Seguridad Social, en sucaso.

7.2.- Quienes no presenten la documentación odel examen de la misma se dedujera que carecende alguno de los requisitos señalados en lapresente convocatoria no podrán ser contratadospor esta Universidad.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, a partir del día siguiente al de la presentepublicación en el tablón de anuncios del edificioRectorado de la Universidad, ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja.

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No obstante, los interesados podrán optarpor interponer contra esta Resolución recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante esteórgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición.

Logroño, 26 de octubre de 2009. ELRECTOR, P.S. El Vicerrector de OrdenaciónAcadémica y Profesorado, (Resolución rectoraln.º 665/2008, de 7 de julio), José IgnacioExtremiana Aldana.

RESOLUCIÓN n.º 1944/2009, de 29 deoctubre del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se adjudica una beca enformación con cargo al presupuesto delCentro de Investigación en Informática,Matemáticas y Estadística (CIME).

Por resolución número 1827/2009 de 15 deoctubre del Rector de la Universidad de La Riojase convocó una beca en formación con cargo alpresupuesto del Centro de Investigación enInformática, Matemáticas y Estadística (CIME).

De acuerdo con el apartado 6.1 de laconvocatoria, la selección de candidatos serárealizada por una Comisión de Selección.

Examinadas las solicitudes presentadas, y apropuesta de la Comisión de Selección, esteRectorado ha resuelto:

Primero.- Conceder una beca en formacióncon cargo presupuesto del Centro deInvestigación en Informática, Matemáticas yEstadística (CIME)) a D César Larrea Bartolomé.

Segundo.- El nombramiento tendrá lugar apartir de la fecha de publicación de estaResolución en el tablón de anuncios del EdificioRectorado.

Tercero.- El beneficiario está obligado acumplir las normas establecidas en la resoluciónde convocatoria y su concesión queda, asímismo, condicionada al cumplimiento de losrequisitos establecidos en sus disposiciones.

Disposición Final.- Contra esta resolución, sepodrá interponer, en el plazo de dos meses apartir de la fecha de su publicación en el tablón deanuncios del Edificio Rectorado, recursoContencioso-Administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podráninterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,

en cuyo caso no cabrá interponer el recursoContencioso-Administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 29 de octubre 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado. (Resolución rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

VICERRECTORES, GERENTE YSECRETARIO GENERAL

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2009 delGerente de la Universidad de La Rioja por laque, en ejecución del Reglamento por el quese regula el proceso de implantación de laRelación de Puestos de Trabajo del personalde administración y servicios de laUniversidad de La Rioja y el proceso defuncionarización del personal deadministración y servicios laboral, se crea concarácter transitorio un puesto de trabajo.

Vista la Relación de Puestos de Trabajo dePersonal de Administración y Servicios funcionarioy laboral de la Universidad de La Rioja (B.O.R. n.º11 de 23 de enero de 2009) y el Reglamento por elque se regula el proceso de implantación de laRelación de Puestos de Trabajo del personal deadministración y servicios de la Universidad de LaRioja y el proceso de funcionarización del personalde administración y servicios laboral, aprobado enConsejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2008.

En cumplimiento de las previsiones contenidasen el citado Reglamento, en su Disposición FinalPrimera por las que se habilita a la Gerencia amantener actualizada la Relación de Puestos deTrabajo, pudiendo realizar ajustes derivados deprocesos de modificación de plantilla, modificaciónde estructura administrativa, concursos detraslados, méritos y redistribución de efectivos,actualización de complementos y, en generalplasmación de Acuerdos suscritos por estaAdministración, esta Gerencia, en uso de lashabilitaciones conferidas ha resuelto:

Crear con carácter transitorio el puesto detrabajo detallado en el Anexo a esta resolución.

La presente resolución producirá efectos confecha 1 de octubre de 2009.

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Contra esta resolución, que no agota la víaadministrativa, cabe interponer recurso de alzadaante el Rector de la Universidad de La Rioja en elplazo de un mes contado a partir del día siguientea su publicación en el Boletín Oficial de laUniversidad de La Rioja, de conformidad con los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Logroño, 1 de octubre de 2009. EL GERENTEEN FUNCIONES, Guillermo Bravo Menéndez-Rivas.

Anexo

Puesto transitorio a incluir en a relación de puestos de trabajo del PAS de la universidad de La Rioja efectosde 1 de octubre de 2009

ÁREA ACADÉMICA Y DE COORDINACIÓN

UNIDADES DE APOYO ADMINISTRATIVO EN CENTROS Y DEPARTAMENTOS

COMPLEJO CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO

Código PuestoDENOMINACIÓN DEL

PUESTOTP

TIPO DEPERSONAL

F/L

GR./Subgr.F/L

NIV JornadaCE (*)/CP(*)

CUERPO/

ESCALAEXCLUSIONES

9927 703Gestor/a de

Administración N F A2/C1 20 O 8.842,82 € AG Ex.11

CONVOCATORIA de Becas deColaboración de la Universidad de La Riojapara el curso académico 2009-2010.

1. Objeto.

1. La Universidad de La Rioja hace pública laconvocatoria de becas de colaboración para elcurso académico 2009-2010 con el fin decomplementar la formación académica de susestudiantes mediante su colaboración en eldesarrollo de actividades orientadas alaprendizaje y desarrollo práctico de competenciasy habilidades de carácter transversal y, en sucaso, específico que contribuyan a su formaciónintegral y faciliten su empleabilidad en el futuro.

2. Naturaleza de las becas y actividades arealizar.

1. La oferta de becas de colaboración, asícomo la descripción de las actividades concontenido formativo en competencias prácticas adesarrollar, son las que se detallan en el Anexo I.

2. Cada becario tendrá asignado un tutor,encargado de supervisar el desarrollo de suslabores y verificar el aprendizaje y la adquisición delas habilidades previstas. El tutor realizará unseguimiento periódico y elaborará un informe a lafinalización de la beca.

3. Los becarios recibirán un Certificado deRealización de Beca de Colaboración al finalizar elperiodo de disfrute de la beca.

4. En ningún caso el disfrute de la beca tendráefectos jurídico-laborales entre el becario y laUniversidad de La Rioja, y en consecuencia, suconcesión no implicará ningún tipo de relacióncontractual laboral o estatutaria con estauniversidad.

5. Las becas de colaboración no darán derechoa reconocimiento de créditos.

3. Duración y horario de la beca.

1. Las becas convocadas tendrán la duraciónque para cada una de ellas se indica en el Anexo I,no pudiendo exceder dicha duración en ningúncaso de once meses.

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2. En ningún caso, las becas convocadasserán susceptibles de prórroga o renovación.

3. Con el fin de permitir al becariocompatibilizar sus estudios con el disfrute de labeca, se establece una dedicación semanalmáxima de 20 horas y una dedicación diariamáxima de 4 horas.

4. Cuantía de la beca y forma de pago.

1. La dotación económica de las becasprevistas en esta convocatoria se establece, enfunción de la dedicación horaria semanal, delmodo que sigue:

a) Becas con una dedicación semanal de 20horas: 458 euros mensuales.

b) Becas con una dedicación semanal de 10horas: 229 euros mensuales.

2. La cuantía a percibir será abonada, concarácter mensual, directamente en el número decuenta facilitado por el becario.

3. Estas becas están sujetas a retenciónconforme a lo establecido en la legislaciónreguladora del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas.

4. La financiación de esta convocatoria seefectuará con cargo a las aplicacionespresupuestarias 07.01 300A 480.00 por importede 341500€ y 07.01 300A 480.05 por importe de4580€

5. Requisitos de los solicitantes.

1. A fecha de fin de plazo de presentación desolicitudes, el solicitante deberá reunir lossiguientes requisitos:

a) Ser estudiante de la Universidad de LaRioja en una titulación de primer o segundo ciclode planes de estudio anteriores al Real Decreto1393/2007, o ser estudiante a tiempo completo enestudios de Grado, durante el curso académico2009-2010. A estos efectos se entiendenincluidos los alumnos beneficiarios de losprogramas y convenios internacionales suscritospor la Universidad.

b) No estar en posesión o disposición legalde obtener el título académico de Licenciado,Ingeniero, Diplomado o Graduadocorrespondiente a la titulación en la que seencuentra matriculado, excepto si dicha titulaciónes el requisito académico que permite al alumnomatricularse en los estudios de segundo ciclocursados durante el año académico 2009-2010.

c) Haber superado al menos el 40% de loscréditos totales de su titulación o el primer ciclocompleto de la titulación que les da acceso a susestudios actuales. Se tendrá en cuenta la situacióndel estudiante a fecha de fin de plazo desolicitudes.

d) En el caso de becas vinculadas adeterminadas titulaciones, según figura en el AnexoI, será requisito imprescindible estar matriculado enla titulación requerida.

6. Incompatibilidades.

1. Estas becas de colaboración sonincompatibles con cualquier otro tipo de beca oayuda al estudio otorgada por la Universidad de LaRioja, así como con cualquier tipo de beca o ayudaconcedida por las Administraciones Públicas, aexcepción de las de carácter general y de movilidadconvocadas para el curso 2009-10 por el Ministeriode Educación y con la beca de carácter generalconvocada por el Gobierno Vasco, en aplicación delo establecido en el Real Decreto 1014/1985, sobretraspaso de competencias en esta materia.

2. El disfrute de estas becas es tambiénincompatible con toda actividad laboral por cuentapropia o ajena.

7. Presentación de solicitudes.

1. Plazo de presentación de solicitudes:

a) Solicitudes de renovación: 5 y 6 de octubrede 2009, ambos inclusive.

b) Nuevas solicitudes: del 8 al 16 de octubrede 2009, ambos inclusive.

2. Lugar de presentación de solicitudes: Oficinadel Estudiante (edificio Quintiliano, c/ La Cigüeña60, 26004 Logroño).

3. Documentación a presentar:

a) Impreso de solicitud de beca decolaboración (Anexo II), debidamentecumplimentado.

b) En aquellas becas en las que se valorenconocimientos de idiomas u otros méritosrelacionados con el perfil de la beca, deberáaportarse documentación acreditativa de losmismos. Los méritos alegados y no justificadosdentro del plazo de presentación de solicitudes noserán objeto de valoración.

c) Los estudiantes extranjeros beneficiarios delos programas y convenios internacionalessuscritos por la UR deberán presentar uncertificado académico oficial expedido por laUniversidad de origen donde conste el total de

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créditos de la titulación, el total de créditossuperados y las calificaciones de todas lasasignaturas. Si el sistema de calificación esdistinto al del sistema educativo español, deberáconstar en el certificado la equivalencia entre lascalificaciones del país de origen y las del sistemaeducativo español.

4. Número de becas que podrán solicitarse.Los solicitantes podrán reflejar en su solicitud, pororden de preferencia, hasta un máximo de 5becas de diferente tipología. La adjudicación seefectuará siguiendo el orden de puntuación decada solicitante.

8. Selección de candidatos.

1. La Comisión de Becas de Colaboración,constituida conforme a lo establecido en elartículo 8, punto 2, de la Normativa de Becas deColaboración de la Universidad de La Rioja,aprobada en Consejo de Gobierno de 7 deseptiembre de 2009, será la encargada derealizar la selección de los candidatos, teniendoen cuenta que el expediente académicosupondrá, como mínimo, el 80% del total de lavaloración. Se podrá distribuir, en su caso, hastaun máximo del 20% restante, entre el conjunto deméritos adicionales, siguiendo los criteriosgenerales que se indican a continuación:

a) Expediente académico ( máximo de 4puntos). El expediente académico se valorará deacuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:

Matrícula de honor............ 4 puntos.

Sobresaliente.................... 3 puntos.

Notable ............................ 2 puntos.

Aprobado ......................... 1 punto.

Convalidada: 1 punto, cuando no exista notade la universidad de origen o los puntoscorrespondientes en función de la calificaciónobtenida en los estudios previos cursados.

La ponderación de dichas calificaciones seefectuará siguiendo el criterio siguiente: suma delos créditos superados por el alumnomultiplicados cada uno de ellos por el valor de lacalificación que corresponda, a partir de la tablade equivalencias del apartado anterior, y divididopor el número de créditos cursados por el alumno.

b) Otros méritos (máximo 1 punto).

1) Titulaciones preferentes: A la media delexpediente académico se sumarán 0,5 puntosadicionales por estar matriculado en titulacionesconsideradas preferentes por las unidadesreceptoras y que figuran en el Anexo I.

2) Idioma extranjero:

Tercer curso del plan antiguo de laEscuela Oficial de Idiomas o equivalente, FirstCertificate, DELF: 0’2 puntos.

Cuarto curso del plan antiguo y nivelintermedio del nuevo plan de la Escuela Oficial deIdiomas o equivalente, Advanced, DALF: 0’3puntos.

Quinto curso del plan antiguo y nivelavanzado del nuevo plan de la Escuela Oficial deIdiomas o equivalente, Proficiency: 0’5 puntos.

3) Méritos adicionales relacionados con elperfil de la beca, especificados en el Anexo I(máximo de 0,5).

En caso de empate, el orden se estableceráatendiendo a la menor antigüedad del estudianteen la universidad de La Rioja. Si persistiese elempate, éste se dirimirá teniendo en cuenta elorden alfabético de su primer apellido, comenzandopor la letra “V”, resultante del sorteo establecido enla Resolución n.º 618, de 24 de marzo de 2009, delConsejero de Administraciones Públicas y PolíticaLocal.

9. Resolución de la convocatoria y publicación dela adjudicación de becas.

1. Tras el estudio de las solicitudes de nuevaadjudicación, la Comisión de Becas deColaboración hará pública las relación provisionalde becarios, las listas de espera y la relación deexcluidos en la página webwww.unirioja.es/becasUR en la primera quincenade noviembre.

2. Contra la adjudicación provisional, losinteresados podrán interponer reclamación ante lapropia Comisión en el plazo de tres días desde supublicación.

3. La Comisión, a la vista de las alegacionespresentadas, elevará al Rector la propuesta deadjudicación de becas de colaboración.

4. La resolución rectoral de adjudicacióndefinitiva de becas se hará publica en el tablón deanuncios de la Oficina del Estudiante y en la páginaweb www.unirioja.es/becasUR, en la primeraquincena de noviembre.

5. La aceptación de una beca por parte delsolicitante supondrá la exclusión del mismo de laslistas de espera correspondientes al resto deopciones que hubiera reflejado en su solicitud.

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10. Aceptación de la beca de colaboración porel estudiante y su incorporación.

1. Los beneficiarios de una beca decolaboración dispondrán de cinco días hábiles,desde la publicación de las listas definitivas deadjudicación, para presentarse en la Oficina delEstudiante y cumplimentar el impreso deaceptación de su beca.

2. Transcurrido el plazo indicadoanteriormente sin haberse producido suaceptación, se entenderá que el estudianterenuncia a la beca adjudicada.

3. En el plazo máximo de tres días hábilesdesde la incorporación del becario a la unidadcorrespondiente, su tutor deberá hacer llegar a laOficina del Estudiante-Unidad de Becas eljustificante de su incorporación.

11. Renuncia voluntaria a la beca.

1. Los candidatos que resulten adjudicatariosde las becas convocadas podrán renunciar a ellasdentro del plazo habilitado para formalizar suaceptación, comunicándolo por escrito a laOficina del Estudiante.

2. El beneficiario de una beca de colaboraciónpodrá renunciar a la misma una vez iniciado sudisfrute, comunicándolo por escrito a la Oficinadel Estudiante con una antelación mínima de 3días hábiles. En este caso, no podrá serbeneficiario de ninguna otra beca de colaboraciónen esa misma convocatoria.

12. Revocación de la beca.

1. La Universidad de La Rioja podrá revocaruna beca de colaboración a instancia de laComisión de Becas de Colaboración si concurrealguna de las siguiente causas:

a) La ocultación o falseamiento de datos porparte del estudiante en el momento de solicitar labeca.

b) La pérdida de la condición de estudiantede la Universidad de La Rioja. A estos efectos seentenderá que el becario pierde la condición deestudiante:

1) En el momento de la finalización del cursoacadémico, mientras no formalice la nuevamatrícula en los plazos establecidos.

2) Desde el momento en que solicite laexpedición del título académico de la titulación envirtud de la cual está disfrutando de la beca decolaboración.

3) En el momento en que se produzca laanulación de la matrícula del becario.

c) El incumplimiento de las obligacionesestablecidas en el artículo 6 de la Normativa deBecas de Colaboración de la Universidad de LaRioja.

2. La Comisión de Becas de Colaboraciónpropondrá al Rector la revocación de la beca, trasel estudio del informe justificativo de la causa derevocación y previa audiencia al interesado. Todoello sin perjuicio de las acciones legales que laUniversidad pueda emprender por posible fraude,ocultación o falseamiento de datos.

3. El becario tiene la obligación de poner enconocimiento de la Oficina del Estudiante, en elmomento en el que se produzca, cualquier cambiode su situación académica o profesional quesuponga el incumplimiento de cualquiera de losrequisitos y condiciones establecidas para laconcesión y disfrute de la beca y presentar, comoconsecuencia, la renuncia a la beca.

13. Renovación de becas adjudicadas en el curso2008-2009.

1. Excepcionalmente, durante el curso 2009-2010, quienes hubieran disfrutado de beca decolaboración en el curso 2008-2009 en la mismaunidad a la que optan podrán solicitar la renovaciónde la misma, siempre que dicha beca forme partede la oferta que establece esta convocatoria en elAnexo I.

2. Para proceder a la renovación de dichasbecas se requerirá informe favorable previo delresponsable de la unidad correspondiente.

3. No podrán solicitar la renovación de la becaquienes hubieran disfrutado de la misma porrenovación en el curso 2008-2009.

14. Procedimiento de cobertura de vacantes.

1. En el caso de que se produzca una vacanteen cualquiera de las becas convocadas, serealizará el llamamiento, por orden de prelación, delos solicitantes que se encuentren en la lista deespera correspondiente a esa beca, si la hubiere,hasta cubrir la vacante.

2. Cuando la beca que queda vacante no tengalista de espera o cuando se haya agotado la listade espera sin que se haya cubierto la vacante, lossiguientes periodos para cobertura de vacantesserán en los meses de enero, marzo y mayo.

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15. Normativa aplicable.

1. Será de aplicación la Normativa de Becasde Colaboración de la Universidad de La Rioja,aprobada en Consejo de Gobierno de 7 deseptiembre de 2009, y disponible para su consultaen la siguiente dirección web:

www.unirioja.es/normativaUR.

2. Queda habilitado el Vicerrectorado deEstudiantes para resolver cualquier duda oincidencia que pueda surgir en la interpretaciónde la presente convocatoria, así como aquellasque planteen los becarios durante el disfrute de labeca.

3. Contra la presente convocatoria podráinterponerse recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativode La Rioja, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente al de su publicación.

4. No obstante, podrán optarse por interponerrecurso de reposición ante el Rector, en el plazode un mes, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso Contencioso-Administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición, de acuerdocon lo dispuesto en los artículos 116 y siguientesde la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero.

Logroño, a 2 de octubre de 2009. ELRECTOR, José María Martínez de Pisón Cavero.

CONVOCATORIA de ayudas paraactividades de extensión universitaria pormiembros de la comunidad universitaria dela Universidad de La Rioja durante el año2010.

INTRODUCCIÓN

La Comisión de Actividades Culturales yDeportivas acordó por unanimidad, en sesión del1 de diciembre de 2004, que ‘con el fin de hacercoincidir la ejecución de las actividades con elejercicio presupuestario de la Universidad de laRioja (en adelante UR), las convocatorias tendráncarácter anual y comprenderán aquellasactividades que se realicen durante todo el añonatural’. Asimismo, a fin de evitar desviaciones enlas peticiones económicas, la Comisión acordóhacer públicas en la convocatoria las cantidadesmáximas a conceder de acuerdo con la partidapresupuestaria prevista en los presupuestos de laUR.

La presente convocatoria está dirigida a larealización de actividades de ExtensiónUniversitaria durante el año 2010 cuyas solicitudesse ajusten a los requisitos indicados en ella.

CAPITULO PRIMERO. Solicitudes

Artículo 1. Cualquier miembro de lacomunidad universitaria (PDI, P.A.S. o alumnos)podrá solicitar una subvención para la realizaciónde actividades exclusivamente de extensiónuniversitaria o de proyección cultural de la URdurante el año 2010, de acuerdo con los criterios ylos módulos económicos establecidos, así comocon las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 2. Las solicitudes se ajustarán a lascondiciones establecidas en esta convocatoria. Lacuantía máxima a distribuir será la consignada enla partida 226.10 ‘Actividades de ExtensiónUniversitaria’ de los presupuestos generales de laUR para el ejercicio 2010.

Artículo 3. Quedan excluidas de estaconvocatoria las subvenciones para la realizaciónde actividades de investigación, congresos ysimposios, así como para cursos, seminarios yespecialistas. Por ello, estas subvenciones seránincompatibles con las ayudas del Vicerrectorado deInvestigación.

CAPITULO SEGUNDO. Formalización de lassolicitudes

Artículo 4. Para participar en la convocatoriase deberá presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud (modelo oficial).

b) Anexo I. Memoria descriptiva.

c) Anexo II. Memoria económica.

Artículo 5. Los impresos de solicitud y anexospodrán recogerse en:

a) la Oficina de Comunicación, edificio deRectorado, Avda. de la Paz 93, Tlfno. 941 299 588.

b) en la página web http:

c) //www.unirioja.es/extension.

d) solicitarlos por correo electrónico en ladirección [email protected].

Artículo 6. En la solicitud se indicará ladirección completa a efectos de comunicación, queen el caso del P.D.I. y P.A.S. podrá ser la delpropio puesto de trabajo en la UR.

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Artículo 7. En el Anexo I. Memoriadescriptiva de la actividad a realizar deberáconstar:

a) Descripción de la actividad.

b) Texto breve para promoción de laactividad.

c) Desarrollo de la actividad, incluyendo elprograma de la misma.

d) Objetivos perseguidos.

e) Relación de las personas que van acolaborar en su desarrollo. Se adjuntará, en sucaso, una breve referencia al currículum vitae delos conferenciantes. Dicho currículum se tendráen cuenta al valorar la actividad. Asimismo, sedetallará el número de intervenciones y tipo departicipación de cada ponente según laclasificación del artículo 8.2.a.

f) Detalle de los sectores de la comunidaduniversitaria y de la sociedad a los que, en sucaso, va dirigida la actividad.

Artículo 8. En el Anexo II. Memoriaeconómica se deberá detallar el coste previsto dela actividad y las fuentes de financiación, si lashubiera. La cantidad solicitada en la presenteconvocatoria no podrá sobrepasar el límite de3.500 euros, establecido previamente por laComisión en función de la partida presupuestariaque se detalla en el artículo 2. La memoria seajustará a las siguientes condiciones:

Ingresos. Se detallarán en la memoriaeconómica todos los ingresos que, por diferentesconceptos, vaya a generar la actividad:

a) Inscripciones. Se deberán reflejar losingresos previstos por inscripciones. El númerode cuenta de la UR para realizar los ingresos asícomo la denominación del concepto a indicar enel ingreso le será facilitado al coordinador con laaprobación, en su caso, de la actividad.

b) Otras subvenciones. Se deberán reflejarlos ingresos previstos por subvenciones de otrasentidades o empresas, así como los queprovengan de otras partidas presupuestarias de laUR. Para valorar y puntuar la actividad según elartículo 14.2, será necesaria la acreditacióndocumental de dichos ingresos previstos poralgunos de los siguientes medios:

Para las empresas o entidadesexternas: escrito firmado y selladocomprometiendo la aportación de una cantidaddefinida destinada a la actividad.

Para las actividades ya consolidadaspodrá ser suficiente la presentacióndocumentalmente justificada de las aportaciones

realizadas en la edición anterior por las mismasentidades. En ese caso, se tomará el valor de lacantidad aportada en aquel momento.

Para las aportaciones de otras partidaspresupuestarias de la UR: escrito firmado por elresponsable de dicha partida, comprometiendo laaportación de una cantidad definida que despuésdeberá transferirse a la actividad.

Gastos. Se detallarán y concretarán en lamemoria económica todos los gastos que vaya agenerar la actividad de acuerdo con los siguientesconceptos:

a) Personal. A los participantes se lesconcederá por este concepto, en función del tipo deexposición y currículum, hasta las siguientescantidades máximas:

Conferenciante externo..................248 euros

Conferenciante de la UR. .............. 124euros

Ponente/mesa redonda externo .... 124euros

Ponente/mesa redonda de la UR ....62 euros

La Comisión podrá valorar excepciones enesta materia, que tendrán su debida justificación.

b) Manutención. Se admitirán gastos pormanutención con los justificantes de comidas,siendo el importe máximo 40 euros (IVA incluido)por persona. Se aceptarán, en el desglose demanutención de la memoria, gastos por comidascorrespondientes a cada ponente más unacompañante de la organización. En ningún casose pagarán dietas a las que se refiere el RD462/2002, de 24 de mayo.

c) Alojamiento. Importe máximo de 85 euros(IVA incluido), por persona y noche;preferentemente en los hoteles ofrecidos por laagencia de viajes con la que la Universidad tienecontrato (actualmente Viajes Iberia) según lascondiciones establecidas en la normativa interna deGerencia de 1 de octubre de 2009 que regula sugestión. En ningún caso se pagarán dietas a lasque se refiere el RD 462/2002, de 24 de mayo.

d) Locomoción. Se admitirán gastos delocomoción con los justificantes de transportepúblico o kilometraje con vehículo particular, deacuerdo con la normativa vigente, (actualmente a0,22 euros/Km. a la que se aplicará la retencióncorrespondiente) para aquellos ponentes oconferenciantes con desplazamiento. Se incluiránen este concepto los gastos de autopista si loshubiera. El transporte público (autobús, tren, avión,etc.) podrá ser tramitado también por la agencia deviajes, que facilitará un presupuesto que podráincluirse en la memoria económica.

e) Publicidad. Sólo se incluirán en esteconcepto los materiales promocionales que no sepuedan acometer con los medios técnicos de la UR

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y precisen la contratación de servicios deimprenta externos por sus formatos, cantidades ocaracterísticas.

Si los materiales promocionales se producencon los medios técnicos de la UR no seránecesario reflejarlos en esta memoria económica.Los formatos y cantidades máximos realizablescon dichos medios serían:

FormatoCantidadmínima

Cantidadmáxima

Carteles (DIN A3) 40 150

Tarjetones (9,9 x 21cm.) 200 600

Trípticos (9,9 x 21 cm.cerrado)

80 150

En cualquier caso, la publicidad segestionará siempre desde la Oficina deComunicación y será ésta quien decida laimprenta en función de las necesidades de cadacaso.

f) Otros gastos. Se podrán incluir en esteconcepto los gastos que se generen por eldesarrollo de la actividad y que, de acuerdo con laconvocatoria, no vayan incluidos en los anterioresconceptos, hasta un máximo de 100 euros. No seconcederá cantidad alguna por este concepto sino se especifica de forma detallada su destino.

Artículo 9. Como criterio general, el númerode jornadas correspondientes a una actividad sereducirá en la medida de lo posible a fin deoptimizar los recursos por manutención yalojamiento. Asimismo, debido al elevado númerode solicitudes que concurren en cadaconvocatoria, se recomienda la presentación deuna sola solicitud por coordinador.

Artículo 10. Para el desarrollo de lasactividades favorablemente informadas por laComisión se podrá contar con las instalaciones ymedios disponibles en la UR, evitándose así, enla medida de lo posible, gastos añadidos. En elcaso de que la actividad subvencionada se realiceen instalaciones ajenas a la Universidad de LaRioja, bien sea en Logroño u otras localidades dela región, se ajustará al artículo. 27.

Artículo 11. Las solicitudes, junto con ladocumentación señalada, deberán entregarse enel Registro General de la Universidad de La Rioja(Edificio Rectorado), Avda. de La Paz, 93 deLogroño, o por cualquiera de los procedimientosprevistos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Artículo 12. El plazo de presentación desolicitudes será desde la publicación de estaconvocatoria hasta el 16 de noviembre de 2009. Seenviará además una copia de toda ladocumentación en formato digital a través decorreo electrónico a la direcció[email protected] con el fin de serrespetuosos con el medio ambiente y minimizar lautilización del papel impreso.

CAPITULO TERCERO. Comisión de Valoración

Artículo 13. La selección y resolución de lasayudas a conceder corresponderá a la Comisión deActividades Culturales y Deportivas que estaráintegrada por los siguientes miembros:

Presidenta:

La Vicerrectora de Estudiantes opersona en quien delegue.

Vocales:

Los Decanos/as de las Facultadesy el Director/a de la ETS de Ingeniería o personasen quien deleguen.

Un miembro del P.A.S. designadode entre sus representantes en el Consejo deGobierno.

Tres estudiantes en representacióndel Consejo de Estudiantes.

Secretario:

Un miembro de la Oficina deComunicación.

CAPITULO CUARTO. Criterios generales deactuación de la Comisión

Artículo 14. Cada solicitud podrá alcanzar unapuntuación máxima de 70 puntos distribuidos en lossiguientes aspectos:

1) Interés y calidad (hasta 50 puntos)

La Comisión valorará las actividades enun rango de 0 a 50 puntos, priorizando aquellasque reúnan mayor interés y calidad.

2) Financiación externa: (hasta 15 puntos)

Mayor al 50 %................................15 puntos

Mayor al 40 % hasta el 50 % ........12 puntos

Mayor al 30 % hasta el 40 % .......... 9 puntos

Mayor al 20 % hasta el 30 % .......... 6 puntos

Mayor al 10 % hasta el 20 % .......... 3 puntos

Desde el 0 % hasta el 10 % ...........0 puntos

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Consolidación de la actividad (hasta 5puntos)

Más de 5 ediciones .........................5 puntos

Quinta edición.................................. 4 puntos

Cuarta edición ................................3 puntos

Tercera edición ................................2 puntos

Segunda edición .............................1 puntos

Primera edición ............................... 0 puntos

Artículo 15. Se deberá aportar una relaciónde las actividades realizadas en años anteriorescuyo título y objeto se corresponda con los de laactividad solicitada para que la Comisión puedavalorarla como actividad consolidada.

Artículo 16. En caso de empate sepriorizarán las actividades que hayan obtenidouna mayor puntuación en los siguientes aspectosy por este orden: interés y calidad, financiaciónexterna y consolidación de la actividad.

Artículo 17. La Comisión podrá, si lo estimaoportuno, no conceder subvención alguna.Asimismo, también podrá conceder una cantidadde ayuda distinta a la solicitada.

CAPITULO QUINTO. Procedimiento denotificación de las ayudas

Artículo 18. Una vez valoradas todas lasactividades, la Comisión elaborará un listadoprovisional ordenado con las puntuacionesobtenidas y con la propuesta de subvención acada actividad. De conformidad con lo expuestoen el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, este listado provisional sepublicará en el Tablón de Anuncios de la Oficinade Comunicación del Edificio Rectorado,surtiendo entonces todos los efectos inherentesde la notificación a los interesados. Asimismo, aefectos informativos, dicho listado provisional serápublicado en la página web de la UR en ladirección www.unirioja.es/extension, así comoremitido por correo electrónico a cada solicitanteque haya designado en su solicitud una direcciónde correo electrónico de contacto.

Artículo 19. Se concederá un plazo dereclamación de 7 días naturales a contar desde eldía siguiente a la publicación en el Tablón deAnuncios de la Oficina de Comunicación delEdificio Rectorado.

Artículo 20. Una vez transcurrido el plazo dereclamaciones, la Comisión acordará el listadodefinitivo de las ayudas concedidas, ordenado

con las puntuaciones obtenidas y con la propuestade subvención a cada actividad. Este listadodefinitivo, igualmente, será publicado en el Tablónde Anuncios de la Oficina de Comunicación delEdificio Rectorado surtiendo todos los efectosinherentes de la notificación a los interesados.Nuevamente, a efectos informativos, dicho listadodefinitivo será publicado en la página web de la URen la dirección www.unirioja.es/extension, así comoremitido por correo electrónico a cada solicitanteque haya designado en su solicitud una direcciónde correo electrónico de contacto.

Artículo 21. Contra el acuerdo de la Comisiónde Actividades Culturales y Deportivas, que noagota la vía administrativa, se podrá interponerrecurso de alzada ante el Rector en el plazo de unmes a partir del día siguiente al de su publicaciónen el Tablón de Anuncios de la Oficina deComunicación del Edificio Rectorado.

CAPITULO SEXTO. Obligaciones de losBeneficiarios

Artículo 22. Los coordinadores de la actividad,una vez concedida la ayuda, adquieren elcompromiso de realizar la actividad ateniéndose alos términos y condiciones del proyecto presentadoy celebrarla durante el año 2010. Lasmodificaciones que en su caso pudiera haberdeberán ser aprobadas por la Vicerrectora deEstudiantes.

Artículo 23. Una vez recibida la comunicaciónde concesión de la ayuda, el coordinador de laactividad deberá remitir un escrito declarando quese compromete a realizar la actividad dentro de lostérminos acordados en la concesión confirmando lafecha exacta de celebración o por el contrario querenuncia a realizarla y, por tanto, también a laayuda concedida. Este escrito se facilitará junto a lacomunicación de concesión y deberá entregarse enel plazo de 5 días hábiles en el Registro General dela UR. Con estos datos se elaborará unprograma/cartel general de las actividades deExtensión Universitaria de la UR.

Artículo 24. Los coordinadores de la actividaddeberán gestionar la publicidad a través de laOficina de Comunicación (tlfno. 941 299 588) en unplazo no inferior a 15 días laborables antes de lafecha deseada de entrega de la misma. Seaconseja que este plazo no sea inferior a un mespara garantizar una difusión adecuada de laactividad, ya que es conveniente disponer de lapublicidad con suficiente antelación al comienzo dela actividad.

Artículo 25. En el caso de que la actividad secelebre en instalaciones ajenas a la UR, loscoordinadores deberán garantizar la presencia de

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elementos identificativos de la Universidad de LaRioja en la publicidad (cartelería, folletos,anuncios publicitarios...) y en el desarrollo de laactividad (presentación de la misma, logotipovisible de la UR...). Asimismo, el título de laactividad deberá incluir la denominación ‘.... de laUniversidad de La Rioja’. El incumplimiento deestas condiciones implicará la anulación y elreintegro, en su caso, de las cantidadespercibidas.

CAPITULO SÉPTIMO. Publicidad

Artículo 26. Todas las actividadessubvencionadas harán constar en su publicidad ellogotipo de la UR que aparecerá como‘organizadora’. Figurarán como ‘colaboradoras’las entidades que aporten financiación externa.Cualquier excepción deberá solicitarse de formajustificada a la Vicerrectora de Estudiantes.

Artículo 27. Si la actividad se desarrolla eninstalaciones ajenas a la UR se deberán mostrarelementos identificativos de la misma y hacerconstar expresamente que dicha actividad estáorganizada y financiada por la UR. Además, sedeberá incluir en el título de la actividad ladenominación ‘... de la Universidad de La Rioja’.

Artículo 28. La Oficina de Comunicaciónrealizará los elementos de publicidad que seajustarán a un modelo preestablecido de diseñocomún a toda la convocatoria. Si por alguna razónjustificada la publicidad no se realiza por la UR,será igualmente imprescindible el ajuste almodelo preestablecido y la presentación de unborrador en la Oficina de Comunicación y suvisado por la Vicerrectora de Estudiantes antesde la difusión de la misma.

Artículo 29. La Universidad de La Rioja sereserva el derecho de grabar y recoger, sobrecualquier soporte técnico, las conferencias ycharlas, así como otros posibles acontecimientosque impliquen la realización de la actividadcultural concedida, para su divulgación odocumentación.

CAPITULO OCTAVO. Justificación de Gastose Ingresos

Artículo 30. En el plazo máximo de un mesa contar desde la finalización de la actividad, elcoordinador presentará una memoria resumen enla que aparezcan el número de participantes,ponentes, breve resumen de los contenidos y delos ingresos y gastos.

Artículo 31. Junto con la memoria, sepresentarán las facturas y justificantes de ingresosy gastos en la Oficina de Comunicación. Según lasbases de ejecución de los Presupuestos de la UR,todos los justificantes y facturas deben estar en elServicio de Gestión Financiera y Presupuestosantes del 30 de noviembre del ejercicio en curso,excepto aquellos gastos cuyo devengo haya sidoposterior a dicha fecha. Para cumplir este requisito,es necesario que todos los justificantes y facturassean remitidos a la Oficina de Comunicación antesdel 20 de noviembre. A partir de esa fecha sólo seaceptarán los gastos devengados con posterioridady que sean recibidos como máximo antes del 10 deenero siguiente. En todo caso, estos justificantes yfacturas deben tener obligatoriamente fecha del2010.

Artículo 32. INGRESOS. El coordinador de laactividad deberá justificar los ingresos deinscripciones y subvenciones externas, quegeneren crédito en la cuenta de ingresos de la URpara el pago de gastos de la actividad cuyo costeexceda la subvención concedida.

1) Inscripciones. Se deberán reflejar todos losingresos realizados en concepto de tasas deinscripción.

a) Todos los ingresos se realizarán a travésde la cuenta de ingresos de la UR.

b) Al finalizar las inscripciones, elcoordinador presentará la relación detallada deestos ingresos mediante el anexo IV, adjuntandolos correspondientes justificantes bancarios.

2) Otras subvenciones. Se deberán reflejar losingresos procedentes de subvenciones de otrasentidades o empresas, así como los que provengande otras partidas presupuestarias de la UR.

a) Cuando se deba ingresar subvencionesde entidades externas, deberá realizarse en lacuenta de ingresos de la UR. El coordinadorpresentará la relación detallada de estos ingresosmediante el anexo IV indicando las fechas de cadauno de ellos y, si es posible, adjuntando loscorrespondientes justificantes bancarios.

b) Las subvenciones provenientes de otraspartidas presupuestarias de la UR, deberánasignarse a la actividad mediante autorizaciónfirmada por el responsable de la partidapresupuestaria.

Artículo 33. GASTOS. El pago de los gastosgenerados a cuenta de la subvención concedidaestará condicionado a la presentación de losjustificantes de gasto originales en la Oficina deComunicación en el plazo que establece laconvocatoria.

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1) Gratificaciones. (Impreso: anexo V).Cuando se justifiquen gastos por conferencianteso ponentes, se deberá adjuntar al impreso unafotocopia del D.N.I. e indicar la dirección postalactual, número de teléfono y los 20 dígitos delnúmero de cuenta corriente del interesado parapoder efectuar el ingreso correspondiente.

2) Gastos de locomoción. (Impreso: anexosVI y VII). Se necesitan los mismos documentosque para las gratificaciones y además seadjuntarán al impreso los originales de los ticketsde autopista o billetes de transporte público.También se deberá adjuntar la correspondientecomisión de servicios con las condiciones que seestablezcan en las bases de ejecución delPresupuesto de la UR para el año 2010. Estedocumento será obligatorio tanto para personalde la UR, como para los estudiantes y el personalexterno. Será igualmente obligatoria cualquierotra condición que, para el pago de gastos delocomoción, se establezca en el citadopresupuesto.

3) Gastos de manutención. Sólo seadmitirán con la correspondiente factura delrestaurante. En ningún caso se pagará cantidadalguna en concepto de dietas a las que se refiereel RD 462/2002, de 24 de mayo. Podrá tramitarsela factura para su pago directo desde la UR ocomo pago suplido si una tercera personaadelanta su pago. En ambos casos se realizarásegún lo indicado en los puntos 5) y 6) siguientes.

4) Alojamiento. Las facturas de la agenciade viajes con la que la UR tiene contrato(actualmente Viajes Iberia) se tramitarán segúnlas condiciones establecidas en la normativainterna de Gerencia de 1 de octubre de 2009 queregula su gestión (excepto en lo relativo a suenvío, que deberá efectuarse a la Oficina deComunicación).

5) Facturas. Tendrán que ir a nombre de laUniversidad de La Rioja y deberá constar en ellasel N.I.F. de la Universidad y el nombre de laactividad. Además deberá incluir la firma delcoordinador de la actividad con su visto bueno.

6) Pagos suplidos. (Impreso: anexo VIII).Son aquellas facturas a cargo de la UR que songiradas a persona distinta de la UR y pagadas porésta en relación con el objeto de la actividadsubvencionada. El original de la factura, quedeberá incluir la firma del coordinador de laactividad con su visto bueno, se adjuntará alimpreso que indicará los datos de la persona a laque se le devolverá el importe. Si no es personalde la UR, serán necesarios los mismosdocumentos que para las gratificaciones.

Artículo 34. Todos los impresos necesariospodrán descargase en el apartado ‘procedimientos’de la web: http://www.unirioja.es/extension, dondetambién puede encontrarse información de interéssobre otros trámites relacionados con el desarrollode la actividad.

Artículo 35. Cualquier trasvase de dineroentre los conceptos del artículo 8.2 que supere un20% de su cuantía, requerirá la previa autorizaciónde la Vicerrectora de Estudiantes.

Artículo 36. Una vez presentados losjustificantes de gasto y la memoria resumen, en elplazo de dos meses desde la realización de laactividad, se entenderá cerrada la liquidaciónindependientemente de que exista remanente. Elremanente citado en ningún caso podrá serutilizado para sufragar gastos distintos de losinicialmente previstos ni trasladarse a otro ejerciciopresupuestario.

CAPITULO NOVENO. Publicación

Artículo 37. La presente convocatoria sepublicará en los tablones de anuncios de losedificios universitarios y en la web de laUniversidad. Las siguientes publicaciones serealizarán en el Tablón de Anuncios de la Oficinade Comunicación del Edificio de Rectorado.

CAPITULO DÉCIMO. Recursos

Artículo 38. Contra la presente convocatoria,cabe interponer recurso de alzada ante el Rectorde la Universidad de La Rioja, en el plazo máximode un mes a contar desde el día siguiente al de supublicación.

Logroño 9 de octubre de 2009. LAVICERRECTORA DE ESTUDIANTES, María delMar Asensio Aróstegui.

CONVOCATORIA para la selección deestudiantes en el marco del programa becasSantander-CRUE de movilidad iberoamericanapara el curso académico 2009-2010.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Universidad de La Rioja persiguedesarrollar la dimensión internacional en laenseñanza y favorecer la movilidad de estudiantes,fomentando en particular el reconocimientoacadémico de los títulos y de los períodos deestudios realizados en el extranjero. Por ello,

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resulta de gran interés favorecer desde laUniversidad de La Rioja la consolidación de losvínculos con instituciones de educación superiorlatinoamericanas.

Para la materialización de este objetivo,conforme a lo previsto en el artículo 2 de laNormativa de Movilidad Estudiantil de carácterinternacional aprobada por el Consejo deGobierno el 9 de marzo de 2005, corresponde ala Vicerrectora de Relaciones Internacionales eInstitucionales dictar la Resolución pertinente conlas convocatorias concretas de movilidadinternacional.

Fruto del Convenio específico decolaboración entre la Conferencia de Rectores delas Universidades Españolas (CRUE) y el BancoSantander sobre el programa Becas Santander–CRUE de Movilidad Iberoamericana se convocanlas siguientes becas.

I.- OBJETO Y MODALIDADES

La presente convocatoria de BecasSantander-CRUE de movilidad iberoamericanatiene como objeto la selección de los estudiantesde la Universidad de La Rioja para suparticipación en un programa internacional demovilidad para el curso académico 2009-2010 enuna universidad de América Latina conforme alAnexo II a la presente Convocatoria.

II. DISPOSICIONES COMUNES

1. Características generales

-El período de estancia tendrá una duraciónmáxima de un semestre (seis meses) sin perjuiciode los períodos incluidos en el Anexo II.

-La orientación, elaboración de contrato deestudios y el seguimiento académico se realizaráa través de los decanos de las facultades yDirector de la Escuela, o personas en quiendeleguen.

-El reconocimiento de las asignaturascursadas en la institución de destino figurarán enel expediente del estudiante de la siguientemanera:

Las asignaturas cursadas en la institución dedestino que se reconozcan por asignaturas delprimer cuatrimestre de la Universidad de La Riojafigurarán en el certificado académico del alumnocomo aprobadas en la convocatoria de febrero.Cuando las asignaturas de la instituciónextranjera se reconozcan por asignaturas delsegundo cuatrimestre de la Universidad de LaRioja, éstas aparecerán en el certificado delalumno como aprobadas en la convocatoria dejunio.

El reconocimiento se llevará a cabo siempre ycuando hayan sido superadas las asignaturascorrespondientes, de manera que las asignaturasaprobadas en convocatorias posteriores no podránser consideradas sino de manera correlativa adichas convocatorias.

2. Requisitos

2.1.- Estar matriculado en la Universidad de LaRioja durante el curso 2009-2010, para seguir unprograma de estudios de primer o segundo ciclo:

Requisitos específicos para estudiantes dePrimer y Segundo Ciclo:

-Haber superado en su totalidad el número decréditos correspondientes al primer curso de sutitulación, sin perjuicio de que cada plazaestablezca otros requisitos académicos mínimos.

No se admitirán las solicitudes de intercambiopara titulaciones exclusivas de segundo ciclo en laUR si el candidato no está admitido en alguna detales titulaciones en el momento de solicitar laplaza.

2.2. Los estudiantes no deberán haber sidoseleccionados en ninguna convocatoria demovilidad internacional convocada durante el cursoacadémico 2008/2009 para realizar una estancia en2009/2010 o, habiendo sido seleccionados enalguna convocatoria, no haber aceptado la plazaformalmente por escrito.

2.3. Los estudiantes que ya hayan disfrutado deuna estancia de movilidad internacional en cursosacadémicos anteriores (Erasmus u otros programasinternacionales) podrán optar a una segundaestancia.

2.3.1. En cualquier caso, tendrán siemprepreferencia los estudiantes que no hayan disfrutadonunca de una estancia de movilidad internacional.

2.4. Responder a los perfiles y requisitosespecíficos de cada plaza recogidos en el AnexoIII.

2.5. Los solicitantes deberán cumplir losrequisitos en la fecha de presentación desolicitudes.

3.- Condiciones económicas

La dotación económica de las 3 ayudas de3.000 Euros que acompañan a las plazas en elextranjero es aportada por el Banco Santander.Una parte de esta cuantía se destinará al pago deun seguro médico, por el período que dure laestancia.

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Las ayudas no tienen por objeto cubrirnecesariamente la totalidad de los gastos de losestudiantes en el extranjero, sino ayudar asufragar total o parcialmente los costes dematrícula (si los hubiera), desplazamiento,manutención, gastos de viaje y alojamiento.

Todas las ayudas de movilidad soncompatibles con las becas nacionales al estudiode carácter nacional, excepto con las decolaboración del M.E.C, la beca Séneca deMovilidad de Estudiantes ni con las becas decolaboración de la Universidad de La Rioja, no asícon otras financiadas con fondos procedentes dela Unión Europea.

La financiación de esta convocatoria seefectuará con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 06.03 400X 480.01 con unadotación total de 9.000 euros.

Todos los gastos que se generen por lagestión y el coste del transporte, alojamiento,visados y manutención correrán siempre porcuenta de los estudiantes seleccionados. Lasuniversidades de destino y la Universidad de LaRioja podrán facilitar información de lasposibilidades existentes.

3.1 Seguro médico. El beneficiario estarácubierto por el seguro escolar con las condicionesrecogidas en la póliza del seguro escolar dealumnos universitarios matriculados en centrosoficiales. Si algunas universidades de destinorequieren la concertación de algún seguroadicional, el alumno adjudicatario de la plazaestará también obligado a cumplir tal requisito y ahacerse cargo de su correspondiente coste. LaUniversidad de La Rioja podrá facilitarinformación al respecto.

3.2.- Forma de pago.

El abono del importe de la beca se realizarápor la UR a través de transferencias bancarias auna cuenta abierta a nombre del beneficiario enuna oficina del Banco Santander en dos ingresos,una transcurrida la primera parte de la estancia yotra al final de la estancia .

4.- Solicitudes

Las solicitudes y la informacióncomplementaria se podrán obtener en la Unidadde Relaciones Internacionales de la Universidadde La Rioja, Edificio Rectorado, planta primera yen la dirección de Internet:

http://www.unirioja.es/universidad/rii/

Las solicitudes deberían ir acompañadas dela siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud debidamenterellenado (Anexo I).

b) Fotocopia del documento nacional deidentidad.

c) Dos fotografías de tamaño de carné con elnombre y los apellidos al dorso.

d) Curriculum Vitae.

e) Carta explicativa del interés por launiversidad de destino (máximo dos hojas).

f) Propuesta del plan de estudios en lainstitución de destino firmado por el profesorcoordinador. (Anexo III)

5. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes y demás documentaciónrequerida para participar en esta convocatoriadeberán ir dirigidas a la Vicerrectora de RelacionesInternacionales e Institucionales y se presentaránen el Registro General de la Universidad de LaRioja (Edificio Rectorado) desde las 9:00 horas deldía 30 de octubre de 2009 hasta las 14:00 horasdel 5 de noviembre de 2009 o mediante las formasque establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Las solicitudes presentadas fuera de plazoserán automáticamente desestimadas.

La participación en la presente convocatoriaimplica otorgar el consentimiento expreso por losestudiantes que resulten seleccionados, para quesus datos personales y académicos sean cedidospor la Universidad de La Rioja a la instituciónextranjera de destino, conforme a lo señalado en elartículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de CarácterPersonal (BOE de 14 de diciembre).

Asimismo quienes resulten seleccionadosdeberán presentar expresamente suconsentimiento para la cesión de sus datos alBanco Santander S.A. y para la incorporación delos mismos al fichero del Portal de Becas, al que sedará acceso al becario y que el Banco Santanderestá desarrollando.

6. Subsanación de errores

Cerrado el plazo de admisión de solicitudes sehará pública en el tablón de anuncios del Edificiode Rectorado la lista de las presentadas conindicaciones sobre su situación (incompletas,admitidas e inadmitidas).

Las solicitudes incompletas podrán serexpuestas como admitidas provisionalmente,otorgándose un plazo de diez días hábiles para quelos interesados subsanen los errores constatados ocompleten los datos que falten. Transcurrido esteplazo se hará pública la lista definitiva desolicitudes admitidas e inadmitidas.

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7.- Proceso de selección

7.1.- Las solicitudes admitidas seránevaluadas por la Comisión de Movilidad, queestará presidida por la Vicerrectora de RelacionesInternacionales e Institucionales, o persona enquien delegue, actuarán como vocales losdecanos de las facultades y Director de laEscuela, o personas en quien deleguen y unrepresentante de los estudiantes, designado porel Consejo de Estudiantes. La Responsable de laUnidad de Relaciones Internacionales actuarácomo Secretaria de la Comisión, con voz pero sinvoto.

7.2.- La Comisión de Movilidad seleccionará alos candidatos valorando los siguientes méritos:

a) Media del expediente académico según elbaremo y la fórmula de aplicación siguientes:

Matrícula Honor ............... 4

Sobresaliente ................... 3Notable ............................. 2Aprobado ......................... 1

Suspenso/NP.................... 0

1. Si una asignatura sólo tiene la indicaciónde NP, dicha indicación no se incluirá en lafórmula de aplicación.

2. Si el expediente académico en vigorincluye una asignatura con una indicación NP yha incluido anteriormente una calificación de lasindicadas en el baremo, se aplicará la puntuacióndel baremo.

V = P x NcaNCt

V = media del expediente académico

P = Puntuación de cada asignaturasegún el baremo que se indica.

Nca = Número de créditos queintegran la asignatura.

NCt = Número total de créditosmatriculados y calificados.

Para aquellas plazas ofertadas a estudiantesde diferentes titulaciones se aplicará uncoeficiente de ponderación de las titulacionesagrupadas según el Real Decreto 1954/1994 de30 de septiembre:

Titulaciones técnicas: 1,174

Titulaciones experimentales: 1

Titulaciones de ciencias jurídicas,sociales y humanidades: 0,931

b) En caso de empate en la puntuación, laComisión podrá entrevistar a los candidatos oconsiderar las calificaciones numéricas delexpediente académico, pudiendo otorgar hasta unmáximo de puntuación de 0,5 puntos.

7.3.- Solamente se tendrán en consideración lasasignaturas matriculadas y cursadas hastaseptiembre del curso académico 2008-2009.

8.- Propuesta y resolución de concesión

Una vez evaluados todos los expedientes, sehará público el resultado en el tablón de anunciosdel Edificio de Rectorado mediante una lista con lascorrespondientes puntuaciones. A partir de esafecha se abrirá un plazo de tres días hábiles para lapresentación de reclamaciones.

Una vez resueltas las reclamacionespresentadas o, en su caso, terminado el plazo sinque se haya presentado ninguna, la Comisión deMovilidad determinará la propuesta de concesiónde las plazas, indicando la adscripción de losbeneficiarios a las universidades en las quedeberán realizar sus estancias.

Vista la propuesta, la Vicerrectora deRelaciones Internacionales e Institucionales opersona en quien delegue emitirá una resoluciónprovisional en la que propondrá al estudianteseleccionado a la institución de destino. A partir dela publicación de la resolución provisional en la UR,los alumnos tendrán un plazo de cuatro díashábiles para aceptar formalmente por escrito lascondiciones de la convocatoria y la adjudicación dela plaza. En caso contrario, se entenderá querenuncian a ella, lo que implica la pérdida dederechos al respecto.

La renuncia a una plaza adjudicada noimplicará, en ningún caso, modificación del resto deplazas adjudicadas en la resolución provisional.Una vez terminado dicho plazo, los destinos quequeden vacantes a causa de renuncias seránadjudicados directamente a los estudiantes noadjudicatarios por orden cronológico de la renunciao no aceptación de la plaza de acuerdo con lapuntuación correspondiente obtenida de laaplicación del baremo establecido en el apartado7.2 de esta convocatoria, así como por laspreferencias expresadas por los candidatos en susolicitud. No se producirán modificaciones en lasplazas ya asignadas o aceptadas por loscandidatos solicitados.

La aceptación definitiva del estudiantecorresponde a la institución de destino, enconsecuencia la resolución provisional estácondicionada a la aceptación de los mismos porparte de la institución de destino. El estudiantepropuesto por la Universidad de La Rioja deberárellenar y enviar la solicitud de admisión o cualquierotro documento que le requiera la institución dedestino en los plazos que ésta pudiera establecer osometerse a las pruebas de idioma o de otro tipoque la universidad de destino pudiera requerirle.

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Los alumnos que habiendo aceptadoformalmente la plaza renuncien posteriormentesin que existan causas de fuerza mayor que, ensu caso, deberán justificar documentalmente, nopodrán presentarse a ninguna otra convocatoriade movilidad estudiantil internacional durante loscursos académicos 2009/2010 y 2010/2011.

La Resolución Definitiva de la adjudicaciónde las plazas se hará efectiva a partir delmomento en que se tenga la respuesta formal dela institución de destino con la aceptacióndefinitiva del estudiante y se publicará en eltablón de anuncios del Edificio de Rectorado.

Contra este acto cabrá interponer recurso dealzada en el plazo de un mes a partir de supublicación.

9.- Obligaciones de los estudiantes

La participación en la presente convocatoriasupondrá para los estudiantes la aceptación desus bases y, en consecuencia, de las condicionesespecíficas de participación en el programa parael que han sido seleccionados.

Los estudiantes seleccionados deberáncumplir como mínimo, sin perjuicio de laspeculiaridades propias de cada Programa y de lanormativa de la institución de destino, lassiguientes obligaciones:

9.1. Aceptar por escrito la plaza dentro delplazo indicado en la notificación de concesiónmediante. En caso contrario, se entenderá que serenuncia a la misma, procediéndoseautomáticamente a conceder dicha plaza alsuplente que figure en primer lugar en laresolución de concesión, sin que se produzcanmodificaciones en las plazas ya asignadas yaceptadas por los candidatos seleccionados.

9.2. Asistir a las reuniones informativas queorganice la Unidad de Relaciones Internacionalessobre los trámites y condiciones del Programa. LaUnidad de Relaciones Internacionales comunicaráa los estudiantes la hora y lugar en que secelebrarán estas reuniones informativas.

9.3. Formalizar en los plazos señalados por laUniversidad de La Rioja y siempre conanterioridad al inicio de la estancia en lainstitución extranjera el contrato de estudios conlos decanos de las facultades y Director de laEscuela, o personas en quien deleguen. Esresponsabilidad del estudiante tramitar el contratode estudios y, en su caso, las modificacionesposteriores.

9.4. Suscribir y abonar por su cuenta losseguros de enfermedad, accidentes ycontingencias comunes o cualquier otro que seexija con carácter obligatorio en cada programa demovilidad por la universidad receptora.

9.5. Obtener los visados y toda aquelladocumentación necesaria para la realización de laestancia extranjera, en su caso.

9.6. Rellenar y enviar la solicitud de admisión ocualquier otro documento que le requiera launiversidad de destino en los plazos que éstapudiera establecer o someterse a las pruebas deidioma o de otro tipo que la universidad de destinopudiera requerirle. Los problemas que se puedanderivar del bajo nivel de conocimiento del idioma enque se imparte la docencia en la universidad dedestino serán responsabilidad única del estudiante.

9.7. Matricularse en el curso en que se realizarála estancia (2009-2010) dentro del Área deConocimiento asociada con cada plaza en laUniversidad de La Rioja y abonar en estaUniversidad los respectivos precios públicos. Losestudiantes estarán exentos del pago de dichosprecios públicos en la institución receptora. Noobstante, la institución receptora podrá solicitar quese abonen tasas reducidas para cubrir otros costes(seguro de responsabilidad civil, afiliación asindicatos, tasas administrativas) en las mismascondiciones que los estudiantes nacionales.

9.8. Presentarse en la fecha determinada en lainstitución receptora. Si transcurren diez días sinque, injustificadamente, el adjudicatario se hayaincorporado a su destino, la plaza concedida serádefinitivamente cancelada por entenderse que harenunciado a ella.

9.9. Enviar a la Unidad de RelacionesInternacionales un certificado de llegada expedidopor la universidad receptora en que se hagaconstar que el alumno está efectivamenterealizando su estancia de estudios en dichauniversidad en un plazo máximo diez días desde lallegada a la institución receptora.

9.10. Entregar la documentación requerida porla Unidad de Relaciones Internacionales de laUniversidad de La Rioja para justificar la duraciónde su estancia y los ingresos recibidos. En caso deno aportación de los documentos requeridos o deno completar su estancia salvo causa de fuerzamayor debidamente justificada, deberán reintegrarel importe total de la ayuda recibida.

9.11. El incumplimiento por el estudiante decualquiera de las condiciones contenidas en lapresente convocatoria traerá como consecuencia la

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pérdida automática de la ayuda y la obligación dedevolver las cantidades percibidas conanterioridad, así como la imposibilidad de obtenerlas correspondientes certificaciones académicas.

10.- Obligaciones de la Unidad de RelacionesInternacionales

La Universidad de La Rioja, a través de laUnidad de Relaciones Internacionales, facilitaráúnicamente el primer contacto de los estudiantescon las Oficinas de Relaciones Internacionales delas instituciones de destino, a los efectos debúsqueda de alojamiento en residenciasuniversitarias o de otro tipo. Así mismo, la Unidadde Relaciones Internacionales realizará lasgestiones administrativas implicadas en la gestiónde la movilidad, pero no se hace responsable dela admisión final, ni de gestión de alojamiento quedepende siempre de la institución de destino.

III. PUBLICACIÓN

Las bases de esta convocatoria se publicaránen el tablón de anuncios de Rectorado y de losCentros y en la página web de la Unidad deRelaciones Internacionales:

http://www.unirioja.es/universidad/rii/

IV. RECURSOS

Contra la presente convocatoria, sus bases,así como contra los actos que se dicten enejecución de la misma, cabe interponer recurso dealzada ante el Rector de la Universidad de LaRioja, en el plazo de un mes contado desde elsiguiente al de su publicación.

En Logroño, 29 de octubre de 2009. LAVICERRECTORA DE RELACIONESINTERNACIONALES E INSTITUCIONALES, SylviaSastre i Riba.

ANEXO II UNIVERSIDADES DE DESTINO

FACULTAD /ESCUELA PAÍS UNIVERSIDAD n.º demeses

IDIOMADOCENCIA

Página Web

Todas Facultades yEscuelas BRASIL UNIVERSIDADE ESTADUAL DE CAMPINAS 6 PORTUGUÉS http://www.unicamp.br/

Todas Facultades yEscuelas BRASIL UNIVERSIDADE DO SAO PAULO 6 PORTUGUÉS http://www.usp.br/

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II. NOMBRAMIENTOS

PERSONAL

RESOLUCIÓN n.º 1581/2009, de 29 deseptiembre, del Rector de la Universidad deLa Rioja, por la que se nombra Catedráticode Universidad a D. Francisco Jesús CarreraHernández. (Publicada en BOR de 23-10-09.Pág. 13573 y BOE de 21-10-09. Pág. 88134).

Vista la propuesta formulada por la Comisiónencargada de juzgar la plaza número 13/2009 deCatedrático de Universidad en el área deconocimiento de Derecho Internacional Público yRelaciones Internacionales, convocada aconcurso de acceso por Resolución de laUniversidad de La Rioja de fecha 18 de junio de2009 (B.O.E. de 4 de julio) y una vez acreditadopor el concursante propuesto que reúne losrequisitos exigidos por la legislación vigente,

Este Rectorado, en uso de las atribucionesconferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ydemás disposiciones que la desarrollan, haresuelto nombrar a D. Francisco Jesús CarreraHernández, con DNI n.º 7863146K, Catedráticode Universidad en el área de conocimiento"Derecho Internacional Público y RelacionesInternacionales" adscrita al Departamento deDerecho de la Universidad de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que pone fina la vía administrativa, se podrá interponerrecurso contencioso-administrativo ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de La Rioja,en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficialdel Estado. No obstante, puede optarse porinterponer recurso de reposición ante el Rector dela Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes,contado desde el día siguiente al de lapublicación de la presente Resolución en elBoletín Oficial del Estado, en cuyo caso no podráinterponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tantono se haya resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del recursode reposición, conforme a lo previsto en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Logroño, 29 de septiembre de 2009. ELRECTOR, José María Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1612/2009, de 2 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se nombra Catedrático de Universidad a D.Miguel Ángel Hernández Verón. (Publicada enBOR de 26-10-09. Pág. 13755 y BOE de 26-10-09. Pág. 89168).

Vista la propuesta formulada por la Comisiónencargada de juzgar la plaza número 12/2009 deCatedrático de Universidad en el área deconocimiento de Matemática Aplicada convocada aconcurso de acceso por Resolución de laUniversidad de La Rioja de fecha 13 de mayo de2009 (BOE de 28 de mayo) y una vez acreditadopor el concursante propuesto que reúne losrequisitos exigidos por la legislación vigente,

Este Rectorado, en uso de las atribucionesconferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ydemás disposiciones que la desarrollan, ha resueltonombrar a D. Miguel Ángel Hernández Verón, conDNI n.º 16520200J, Catedrático de Universidad enel área de conocimiento de "Matemática Aplicada"adscrita al Departamento de Matemáticas yComputación de la Universidad de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que pone fin ala vía administrativa, se podrá interponer recursocontencioso-administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazode dos meses, contados desde el día siguiente alde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.No obstante, puede optarse por interponer recursode reposición ante el Rector de la Universidad deLa Rioja, en el plazo de un mes, contado desde eldía siguiente al de la publicación de la presenteResolución en el Boletín Oficial del Estado, en cuyocaso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tantono se haya resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del recurso dereposición, conforme a lo previsto en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Logroño, 2 de octubre de 2009. EL RECTOR,José María Martínez de Pisón Cavero.

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III. CONCURSOS YOPOSICIONES

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN YSERVICIOS

RESOLUCIÓN n.º 1629/2009, de 5 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se amplía el plazoestablecido en la base 4.1. de la Resoluciónn. º 1329/2009, de 30 de julio, del Rector de laUniversidad de La Rioja por la que seconvocan pruebas selectivas para laprovisión de plazas vacantes de la EscalaBásica de Bibliotecas y Archivos. (Publicadaen BOR de 09-10-09. Pág. 13038).

Por Resolución n.º 1329/2009, de 30 dejulio, del Rector de la Universidad de La Rioja(Boletín Oficial del Estado de 17 de agosto) seconvocaron pruebas selectivas para la provisiónde plazas vacantes de la Escala Básica deBibliotecas y Archivos por el sistema de concurso-oposición.

Dándose circunstancias que aconsejan laampliación del plazo establecido en la base 4.1.de la convocatoria para dictar resolución por laque se declara aprobada la lista provisional deaspirantes admitidos y excluidos y se señala ellugar, la fecha y hora de comienzo del primerejercicio, este Rectorado, de oficio, y deconformidad con lo establecido en el artículo 49de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún, ha resuelto:

Primero.- Conceder la ampliación del plazo enquince días más para dictar la citada resolución, acontar desde el día siguiente al de la finalizacióndel establecido en la base 4.1. de la Resoluciónn.º 1329/2009 de 30 de julio.

Segundo.- Notificar la presente resolución a losinteresados mediante su publicación en el BoletínOficial de La Rioja.

Logroño, 5 de octubre de 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

RESOLUCIÓN n.º 1638/2009, de 6 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se modifica el calendario que figura en elAnexo III de la Resolución n.º 1476/2009, de 4de septiembre, del Rector de la Universidad deLa Rioja por la que se convoca el proceso defuncionarización del personal laboral deadministración y servicios de la Universidadde la Rioja.

Por Resolución n.º 1476/2009, de 4 deseptiembre, del Rector de la Universidad de LaRioja “Boletín Oficial de La Rioja de 11 deseptiembre” se ha convocado el proceso defuncionarización del personal laboral deadministración y servicios de la Universidad de LaRioja, figurando en su Anexo III el calendarioinicialmente previsto para la realización de loscursos de adecuación.

Por necesidades de carácter organizativo ysegún lo dispuesto en el apartado B3) de la base 7de la Resolución citada, este Rectorado ha resueltolo siguiente:

Primero.- Modificar el calendario y establecerlosegún figura en el Anexo a esta Resolución.

Segundo.- Publicar la presente Resolución y elnuevo calendario en el tablón de anuncios deledificio Rectorado de la Universidad de La Rioja(Avda. de la Paz, n.º 93. Logroño ) y en la siguientepágina web:

http://www.unirioja.es/servicios/sgpr/np_pas/funcionario/plazas.shtml

Logroño, 6 de octubre de 2009. EL RECTOR.P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), Fdo.: José Ignacio Extremiana Aldana.

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Anexo

Módulo Destinatarios Edición Fechas L M X J V Ponentes

2 A y C 1ª13 y 14 de

octubre18:00 a20:00

16:00 a20:00

Ernesto Fernández-Bofill(UCM)

1 A y C 1ª 22 y 23 deoctubre

17:00 a20:00

17:00 a20:00

Darío Sánchez (URJ)

3 A y C 1ª 19 y 20 deoctubre

17:00 a21:00

17:00 a21:00

Vicente Calvo (URJ)

4 A y C1 1ª15 y 16 de

octubre17:00 a20:00

17:00 a19:00

Ana Isabel Caro Muñoz

5 A Única26 y 27 de

octubre17:00 a20:00

17:00 a19:00

Olga Tomás Ozores (UMH)

6 A1 Única28 y 29 de

octubre17:00 a20:00

17:00 a19:00

Olga Tomás Ozores (UMH)

Módulo Destinatarios Edición Fechas L M X J V

2 A y C 2ª3 y 4 de

noviembre18:00 a20:00

16:00 a20:00

Ernesto Fernández-Bofill(UCM)

1 A y C 2ª5 y 6 de

noviembre17:00 a20:00

17:00 a20:00 Darío Sánchez (URJ)

3 A y C 2ª 9 y 10 denoviembre

17:00 a21:00

17:00 a21:00

Vicente Calvo (URJ)

4 A y C1 2ª 12 y 13 denoviembre

17:00 a20:00

17:00 a19:00

Ana Isabel Caro Muñoz

RESOLUCIÓN n.º 1645/2009, de 6 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se nombra nuevo SecretarioSuplente del Tribunal que ha de juzgar laspruebas selectivas convocadas porResolución n.º 1329/2009, de 30 de julio, parala provisión de plazas de la Escala Básica deBibliotecas y Archivos. (Publicada en BORde 14-10-09. Pág. 13115).

Habiéndose aceptado por este Rectorado lasolicitud de renuncia presentada por D.ª RosaPérez Garrido a formar parte como secretariasuplente del Tribunal que ha de juzgar laspruebas selectivas convocadas por Resoluciónn.º 1329/2009, de 30 de julio, del Rector de laUniversidad de La Rioja para la provisión deplazas de la Escala Básica de Bibliotecas yArchivos, este Rectorado, según lo dispuesto enla base 5.3 de la convocatoria, ha resuelto:

Primero.- Nombrar a D. Luis Alberto MuñozArnedo como secretario suplente de dichoTribunal en sustitución de la anteriormente citada.

Segundo.- Publicar esta Resolución en elBoletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a la publicación dela presente resolución en el Boletín Oficial de LaRioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 6 de octubre de 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

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RESOLUCIÓN n.º 1646/2009, de 6 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se nombra nueva SecretariaSuplente del Tribunal que ha de juzgar laspruebas selectivas convocadas porResolución n.º 1328/2009, de 30 de julio, parael acceso a la Escala Básica deAdministración. . (Publicada en BOR de 14-10-09. Pág. 13115).

Habiéndose aceptado por este Rectorado lasolicitud de renuncia presentada por D.ª RosaPérez Garrido a formar parte como secretariasuplente del Tribunal que ha de juzgar laspruebas selectivas convocadas por Resoluciónn.º 1328/2009, de 30 de julio, del Rector de laUniversidad de La Rioja para el acceso a laEscala Básica de Administración mediante elsistema de promoción interna, este Rectorado,según lo dispuesto en la base 5.3 de laconvocatoria, ha resuelto:

Primero.- Nombrar a D. Esther Ocón Martínezcomo secretaria suplente de dicho Tribunal ensustitución de la anteriormente citada.

Segundo.- Publicar esta Resolución en elBoletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a la publicaciónde la presente resolución en el Boletín Oficial deLa Rioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optarpor interponer contra esta resolución un recursode reposición, en el plazo de un mes, ante elRector, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormentecitado en tanto no recaiga resolución expresa opresunta del recurso de reposición, de acuerdocon lo dispuesto en los artículos 116 y siguientesde la Ley 30/1992, de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero.

Logroño, 6 de octubre de 2009. ELRECTOR, P.S. El Vicerrector de OrdenaciónAcadémica y Profesorado, (Resolución rectoraln.º 665/2008, de 7 de julio), José IgnacioExtremiana Aldana.

RESOLUCIÓN n.º 1647/2009, de 6 de octubre,del Rector de la Universidad de La Rioja, por laque se nombra nueva Vocal Suplente delTribunal que ha de juzgar las pruebasselectivas convocadas por Resolución n.º1327/2009, de 30 de julio, para la provisión deplazas de la Escala Auxiliar de Administración.(Publicada en BOR de 14-10-09. Pág. 13116).

Habiéndose aceptado por este Rectorado laabstención presentada por D.ª Pilar Blanco Darocapara formar parte como vocal suplente del Tribunalque ha de juzgar las pruebas selectivasconvocadas por Resolución n.º 1327/2009, de 30de julio, del Rector de la Universidad de La Riojapara la provisión de plazas de la Escala Auxiliar deAdministración, este Rectorado, según lo dispuestoen la base 5.3 de la convocatoria, ha resuelto:

Primero.- Nombrar a D.ª Sagrario GrijalbaSerrapio como vocal suplente de dicho Tribunal ensustitución de la anteriormente citada.

Segundo.- Publicar esta Resolución en elBoletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a la publicación dela presente resolución en el Boletín Oficial de LaRioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 6 de octubre de 2009. EL RECTOR,P.S. El Vicerrector de Ordenación Académica yProfesorado, (Resolución rectoral n.º 665/2008, de7 de julio), José Ignacio Extremiana Aldana.

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RESOLUCIÓN n.º 1798/2009, de 14 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se dispone la realización deun curso específico de formación a losefectos de lo dispuesto en la DisposiciónAdicional Vigésima segunda de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública.

Vista la Disposición Adicional Vigésimasegunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, deMedidas para la Reforma de la Función Públicaque dispone “El acceso a Cuerpos o Escalas delgrupo C podrá llevarse a cabo a través de lapromoción interna desde Cuerpos o Escalas delgrupo D del área de actividad o funcionalcorrespondiente, cuando éstas existan, y seefectuará por el sistema de concurso-oposición,con valoración en la fase de concurso de losméritos relacionados con la carrera y los puestosdesempeñados, el nivel de formación y laantigüedad.

A estos efectos se requerirá la titulaciónestablecida en el artículo 25 de esta Ley o unaantigüedad de diez años en un Cuerpo o Escaladel grupo D, o de cinco años y la superación deun curso específico de formación al que seaccederá por criterios objetivos.”

Vista la Resolución n.º 1476/2009, de 4 deseptiembre, del Rector de la Universidad de LaRioja por la que se convoca el proceso defuncionarización del personal laboral deadministración y servicios de la Universidad de LaRioja, en la que se contempla la realización de uncurso específico cuya superación permite elingreso en escalas del Subgrupo C1.

Visto el informe de 13 de octubre de 2009del Director del Área de Personal y OrganizaciónAdministrativa de la Universidad de La Rioja.

Este Rectorado, en uso de las atribucionesconferidas por el artículo 54 de los Estatutos de laUniversidad de La Rioja, ha resuelto:

Primero.- Convocar la realización de un cursoespecífico de formación a los efectos de lodispuesto en la Disposición Adicional Vigésimasegunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, deMedidas para la Reforma de la Función Pública,habilitando para ello la segunda edición delcurso de funcionarización convocado porResolución n.º 1476/2009 de 4 de septiembre(módulos 1, 2, 3 y 4).

Segundo.- El curso estará dirigido al personalfuncionario de carrera de administración yservicios de la Universidad de La Rioja, quecarezca de la titulación requerida para poderacceder a cuerpos o escalas del subgrupo C1 y

que posea una antigüedad, al menos, de cincoaños en un Cuerpo o Escala del subgrupo C2(Grupo D) e inferior a diez años.

Tercero.- El plazo para presentar solicitudes departicipación en el curso finalizará el día 23 deoctubre de 2009.

Contra la presente Resolución, que agota lavía administrativa, cabe interponer recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazode dos meses a partir del día siguiente a lapublicación de la presente resolución en el tablónde anuncios del edificio Rectorado de laUniversidad de La Rioja.

No obstante, los interesados podrán optar porinterponer contra esta resolución un recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Rector,en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado entanto no recaiga resolución expresa o presunta delrecurso de reposición, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, en su redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 14 de octubre de 2009. EL RECTOR,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

RESOLUCIÓN n.º 1876/2009, de 16 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se convocan pruebasselectivas de acceso a la Escala Técnica deBibliotecas y Archivos de esta Universidad porel sistema de promoción interna. (Publicada enBOR de 23-10-09. Pág. 13573).

En cumplimiento de lo dispuesto en losEstatutos de la Universidad de La Rioja, aprobadospor acuerdo del Consejo de Gobierno de La Riojade 25 de marzo de 2004 (BOR de 11 de mayo) ymodificados por los Acuerdos del Consejo deGobierno de 6 de marzo y 25 de abril de 2008, porlos que se adaptan los Estatutos de la Universidadde La Rioja a algunas de las previsiones de la LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril, de modificación dela Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, y con el fin de atender lasnecesidades del personal de Administración yServicios de esta Universidad, definidas en laOferta de Empleo Público aprobada en Consejo deGobierno con fecha 15 de junio de 2009 (B.O.R. nº89 de 20 de julio),

Este Rectorado, en uso de las competenciasque le son atribuidas por el artículo 54.r de lamisma norma, acuerda convocar pruebas

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selectivas para el ingreso en la Escala Técnica deBibliotecas y Archivos de la Universidad de LaRioja con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas paracubrir 5 plazas en la Escala Técnica deBibliotecas y Archivos de la Universidad de LaRioja (Grupo A, Subgrupo A2), por el sistema depromoción interna, de las cuales 1 está reservadaa personas con discapacidad que acrediten ungrado de minusvalía igual o superior al 33 por100, de acuerdo con la Disposición Adicional 12ªde la Ley 3/1990, de 29 de junio de FunciónPública de la Administración Pública de laComunidad Autónoma de La Rioja y loestablecido en el Decreto 51/2008, de 5 deseptiembre, para el acceso al empleo público delas personas con discapacidad. Si no sepresentaran a esta convocatoria personas condiscapacidad, o lo hicieran en número menor delas plazas ofertadas, las vacantes podrán sercubiertas por otros opositores declarados aptosconforme a las reglas generales, siempre ycuando hayan superado los ejercicioscorrespondientes.

1.2. A las presentes pruebas selectivas lesserán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público; la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, modificada por la Ley Orgánica4/2007 de 12 de abril; la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de laFunción Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de laAdministración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesionalde los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado, en cuanto no se opongan a lamencionada Ley 7/2007; la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, los Estatutos de la propiaUniversidad y lo dispuesto en la presenteconvocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de losaspirantes constará de las siguientes fases:

a) Oposición

b) Concurso

1.4. La fase de oposición consistirá en larealización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio

Consistirá en contestar por escrito uncuestionario de cien preguntas, como máximo, concuatro respuestas alternativas, de las que sólo unade ellas será correcta, cuyo contenido estarárelacionado con el programa detallado en el anexoI.

La valoración de este ejercicio será de 0 a 50puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25puntos para acceder al ejercicio siguiente.

El tiempo máximo para la realización de esteejercicio será de 90 minutos.

Segundo ejercicio: El segundo ejercicio,obligatorio y eliminatorio, será de carácter prácticoy constará de dos partes:

Primera parte: consistirá en laresolución de un supuesto práctico de catalogaciónde documentos modernos, a elegir entre dospropuestos por el tribunal, pudiendo pertenecer adiferentes tipologías documentales y estar algunosde ellos en inglés o francés.

Los supuestos estarán formulados en formade preguntas cortas que aportarán suficienteinformación para la resolución de los mismospudiendo complementarse, si fuera necesario, confotocopias de los documentos originales. Lossupuestos se resolverán de acuerdo con lasReglas de Catalogación vigentes y el formatoMARC.

Segunda parte: Consistirá en laresolución de un supuesto práctico, a elegir entredos propuestos por el tribunal, basado en elcontenido del programa relativo a las partes II(Biblioteconomía, documentación, fuentes deinformación. Archivo) y III (Historia del libro y de lasbibliotecas. Gestión y organización administrativa).

El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos,siendo necesario para aprobar obtener un mínimode 25 puntos.

El tiempo máximo para la realización de esteejercicio será de 2 horas.

El Tribunal adoptará las medidas oportunaspara garantizar que los ejercicios de la fase deoposición cuya naturaleza lo permita, seancorregidos sin que se conozca la identidad de losaspirantes. En este sentido, el Tribunal excluirá aaquellos opositores en cuyos ejercicios figurennombres, rasgos, marcas o signos que permitanconocer la identidad de los mismos.

Finalizada la fase de oposición, se realizará lavaloración de los méritos correspondientes a lafase de concurso a aquellos aspirantes que figurenen la relación de aprobados del segundo ejercicio.

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Los aspirantes en el proceso de promocióninterna que hayan superado el primer ejercicio delproceso se les conservará la notacorrespondiente a dicho ejercicio única yexclusivamente para la convocatoriainmediatamente posterior.

1.5.- En la fase de concurso se valorará losservicios efectivos prestados o reconocidos alamparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,así como el grado consolidado conforme albaremo descrito en esta base, y las puntuacionesque en ella se obtengan se sumarán a las de losejercicios de la fase de oposición para determinarla puntuación y el consiguiente orden final de lacorrespondiente relación de aprobados de lasfases de oposición y concurso. Los puntosobtenidos en la fase de concurso no podrán seraplicados para superar los ejercicios de la fase deoposición.

A) Antigüedad (máximo 20 puntos): Sevalorarán los servicios efectivamente prestados,hasta la fecha de finalización de presentación desolicitudes, en Cuerpos o Escalas del grupo C delárea de Biblioteca computándose a estos efectoslos reconocidos que se hubieren prestado conanterioridad a la adquisición de la condición defuncionario de carrera. No se computarán losservicios prestados simultáneamente con otrosigualmente alegados.

Servicios prestados en la Universidadde La Rioja: 1 punto por año completo y 0,5puntos por fracción superior a seis meses.

Servicios prestados en otrasUniversidades: 0,5 puntos por año completo y0,25 puntos por fracción superior a seis meses.

Servicios prestados en otrasAdministraciones Públicas: 0,25 puntos por añocompleto y 0,15 puntos por fracción superior aseis meses.

B) Grado personal (máximo 15 puntos): Sevalorará el grado personal consolidado conformea la siguiente escala:

Por tener grado 22 consolidado: 15 puntos

Por tener grado 20 consolidado: 12 puntos

Por tener grado 18 consolidado: 10 puntos

Por tener grado 16 consolidado: 8 puntos

Por tener grado 14 consolidado: 6 puntos

Con arreglo a lo dispuesto en la base 2.2,los aspirantes pertenecientes a la CategoríaProfesional de Técnico Especialista de Bibliotecaa extinguir que participen en el presente procesoselectivo se les valorará el grado consolidadotomando como referencia el grupo y nivelestablecidos en el anexo III del Reglamento por el

que se regula el proceso de implantación de larelación de puestos de trabajo del personal deadministración y servicios de la Universidad de LaRioja y el proceso de funcionarización del personalde administración y servicios laboral, aprobado enConsejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2008.

C) Formación y perfeccionamiento (máximo 15puntos): Por la superación de cursos de formacióny perfeccionamiento convocados por cualquiercentro oficial en los que se haya expedido diplomay certificación de asistencia, y que tengan relacióncon el área de actividad, se otorgará la siguientepuntuación:

Hasta 20 horas: 0,4 puntos

Desde 21 hasta 40 horas: 0,8 puntos

Desde 41 hasta 60 horas: 1,2 puntos

Desde 61 hasta 80 horas: 1,6 puntos

Más de 80 horas: 2 puntos

Cuando se hayan realizado cursos que tenganigual denominación, sólo se valorará uno de ellos,de lo contrario se tendrá que acreditar la diferenciade contenidos.

Los cursos de informática deberán versarsobre programas o aplicaciones actualizadas, nopudiendo superar el conjunto de estos cursos unmáximo de 2 puntos.

No se valorarán los cursos académicoscompletos o por asignaturas de forma aislada, nilas prácticas de becarios o alumnos.

D) Titulaciones oficiales (máximo 5 puntos): Lavaloración de la titulación se hará con arreglo a lasiguiente escala:

Licenciado universitario: 5 puntos

La suma de todos los puntos obtenidos en lafase de concurso será ponderada de modo que elpeso del concurso no supere el 10 por 100 del totalde las pruebas selectivas.

Para la valoración de la fase de concurso, elTribunal tomará como fecha límite para su cómputola del plazo de presentación de solicitudes.

Dichos méritos deberán ser acreditadosmediante certificado expedido por el servicio enmateria de personal de la Universidad de La Rioja odel organismo correspondiente. El resto de méritosdeberán ser justificados, junto a la solicitud,mediante la aportación de copia de los documentosacreditativos de los mismos. Los méritos alegadosen el currículum que no hayan sido justificadosdocumentalmente dentro del plazo de presentaciónde solicitudes no serán tenidos en cuenta para laresolución del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concursono podrán ser aplicados para superar los ejerciciosde la fase de oposición.

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La relación de aprobados de las fases deoposición y concurso no podrá incluir un númerosuperior de aspirantes al de plazas convocadas.

1.6. Curso de formación. Una vez finalizado elproceso selectivo, la Gerencia de la Universidadde La Rioja, en colaboración con la EscuelaRiojana de Administración Pública, podráorganizar un Curso de formación que tendrácomo finalidad primordial la adquisición deconocimientos teórico-prácticos en orden a lapreparación específica de los aspirantes quehubieran superado el proceso selectivo en elejercicio de las funciones de gestión, ejecución,estudio, propuesta e informes.

El calendario y programa así como lasnormas internas que hayan de regularlo, seránestablecidos oportunamente por la Gerencia de laUR, de acuerdo con la Escuela Riojana deAdministración Pública

2. Requisitos de los candidatos

2.1. Para ser admitido a la realización de estaspruebas selectivas, los aspirantes deberán reunirlos siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

También podrán participar, en igualdad decondiciones que los españoles a los empleospúblicos:

Los nacionales de los Estadosmiembros de la Unión Europea

El cónyuge de los españoles y de losnacionales de otros Estados miembros de laUnión Europea, cualquiera que sea sunacionalidad, siempre que no estén separados dederecho.

Asimismo, con las mismas condiciones,podrán participar los descendientes menores deveintiún años o mayores de dicha edad que seandependientes

Las personas incluidas en el ámbito deaplicación de los Tratados Internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados porEspaña en los que sea de aplicación la librecirculación de trabajadores

b) Tener cumplidos dieciséis años de edady no haber cumplido los sesenta y cinco años

c) Estar en posesión como mínimo deltítulo universitario oficial de DiplomadoUniversitario, Arquitecto Técnico, IngenieroTécnico o equivalente. En el caso de titulacionesobtenidas en el extranjero deberá estarse enposesión de la credencial que acredite suhomologación

d) No padecer enfermedad ni estar afectadopor limitación física o psíquica que seaincompatible con el desempeño de lascorrespondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio,mediante expediente disciplinario, de cualquiera delas Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de lascorrespondientes funciones públicas.

2.2. Los aspirantes deberán reunir ademástodos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de funcionario de carrerade la Universidad de La Rioja de la Escala Básicade Bibliotecas y Archivos o de otros Cuerpos oEscalas del Grupo C, Subgrupo C1, siempre queestos últimos ocupen con carácter definitivopuestos de trabajo de naturaleza bibliotecaria oarchivística, o pertenecer a la Categoría Profesionalde Técnico Especialista de Biblioteca a extinguir.

b) Estar en dichos Cuerpos o CategoríaProfesional en situación de servicio activo, deservicios especiales, o encontrarse en alguno delos supuestos de excedencia que exija reserva depuesto de trabajo o en excedencia por prestaciónde servicios en el sector público o situacionesanálogas previstas en el convenio colectivo para elPAS laboral de la Universidad de La Rioja, siempreque los servicios se presten en la Universidad deLa Rioja.

c) Tener una antigüedad de al menos dosaños de servicio activo como funcionario de carrerade la Universidad de La Rioja de la Escala Básicade Bibliotecas y Archivos o de otros Cuerpos oEscalas del Grupo C, Subgrupo C1, siempre queestos últimos ocupen con carácter definitivopuestos de trabajo de naturaleza bibliotecaria oarchivística, o tener una antigüedad de al menosdos años de servicio activo en la CategoríaProfesional de Técnico Especialista de Biblioteca aextinguir.

Los requisitos establecidos en esta base seránacreditados mediante certificación expedida deoficio y exclusivamente por los servicioscompetentes del Área de Personal y OrganizaciónAdministrativa.

2.3. Todos los requisitos enumerados en lasbases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día definalización del plazo de presentación de solicitudesy mantenerlos hasta el momento de la toma deposesión.

3. Solicitudes

3.1. Quienes deseen tomar parte en estaspruebas selectivas deberán hacerlo constar en lainstancia que será facilitada gratuitamente en el

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Rectorado de la Universidad de La Rioja (Avda.de La Paz, 93, 26006-Logroño) y está disponibleen la siguiente dirección de internet:http://www.unirioja.es/servicios/sgpr/np_pas/funcionario/plazas.shtml

3.2. A la solicitud se acompañará la siguientedocumentación:

- Fotocopia del Documento Nacional deIdentidad

- Resguardo del ingreso de los derechos deexamen

- Certificación, expedida por el Servicio dePersonal de la Universidad de La Rioja,acreditativa de los extremos a valorar en la fasede concurso.

3.3. La presentación de solicitudes se hará enel Registro General de la Universidad de La Riojao en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Leyde Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

3.4. El plazo de presentación de solicitudesserá de veinte días naturales, contados a partirdel siguiente al de la publicación del anuncio de lapresente convocatoria en el Boletín Oficial de LaRioja.

3.5. Los derechos de examen serán de 28euros o de 14 euros si se trata de personal queestá prestando servicios en la Universidad de LaRioja y se ingresarán en la cuenta corrienteabierta en el Banco Santander a nombre de laUniversidad de La Rioja y se ingresarán en lacuenta corriente número 0049-6684-192116076478, haciendo constar "PruebasSelectivas Escala Técnica de Bibliotecas yArchivos

3.6. Los aspirantes que padezcan algunadiscapacidad podrán indicarlo en el impreso ysolicitar, en su caso, las posibles adaptaciones detiempo y medios para la realización de losejercicios en los que esta adaptación seanecesaria, expresándolo en la correspondientecasilla de la solicitud.

3.7. Los aspirantes quedan vinculados a losdatos que hayan hecho constar en su solicitud,pudiendo únicamente demandar su modificaciónmediante escrito motivado, dirigido al Rector,dentro del plazo establecido para la presentaciónde solicitudes. Transcurrido este plazo, no seadmitirá ninguna petición de esta naturaleza,salvo causa excepcional sobrevenida, justificaday libremente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1. Expirado el plazo de presentación deinstancias, el Rector de la Universidad de La Riojadictará Resolución en el plazo máximo de un mes,que se publicará en el “Boletín Oficial de La Rioja”,y en la que, además de declarar aprobada la listade aspirantes admitidos y excluidos, se recogerá ellugar, la fecha y hora de comienzo del primerejercicio, así como la relación de los aspirantesexcluidos, con indicación de las causas deexclusión.

La relación de admitidos y excluidos aprobadaen dicha Resolución se publicará en el tablón deanuncios del edificio Rectorado (Avda. de la Paz nº93. Logroño. Teléfono: 941-299137) y en la páginaweb descrita en la base 3.1.

4.2. En todo caso, al objeto de evitar errores y,en el supuesto de producirse, posibilitar susubsanación en tiempo y forma, los aspirantescomprobarán no sólo que figuran en la relación deexcluidos, sino, además, que sus nombres constanen las relaciones de admitidos.

4.3. Los aspirantes excluidos u omitidosdispondrán de un plazo de diez días hábilescontados a partir del siguiente al de la publicaciónde la citada resolución en el Boletín Oficial de LaRioja para poder subsanar el defecto que hayamotivado su exclusión u omisión, caso de que seasubsanable.

4.4. Los aspirantes que dentro del plazoseñalado, no subsanen el defecto determinante dela exclusión o aleguen la omisión, justificando suderecho a ser incluidos en la relación de admitidos,serán definitivamente excluidos de la realización delas pruebas.

5. Tribunal calificador

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas esel que figura como Anexo II de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberánabstenerse de intervenir, notificándolo al Rector dela Universidad, cuando concurran en elloscircunstancias de las previstas en el artículo 28 dela Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

El Presidente podrá solicitar de los miembrosdel Tribunal declaración expresa de no hallarse enlas circunstancias previstas en el citado artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a losmiembros del Tribunal cuando concurran alguna dedichas circunstancias.

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5.3. Con anterioridad a la iniciación de laspruebas selectivas, el Rector de la Universidadpublicará, en su caso, resolución por la que senombra a los nuevos miembros del Tribunal quehan de sustituir a los que hayan perdido sucondición por alguna de las causas previstas enla base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, seconstituirá el Tribunal, con asistencia delPresidente, el Secretario y la mitad, al menos, desus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará lasdecisiones que le correspondan en orden alcorrecto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal,para actuar válidamente, requerirá la presenciade la mayoría absoluta de sus miembros, titulareso suplentes.

5.6. Durante todo el proceso selectivo, elTribunal resolverá las dudas que pudieran surgiren la aplicación de estas normas, así como lo quedeba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunalse ajustará en todo momento a lo dispuesto en laLey de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

5.7. El Tribunal podrá disponer laincorporación a sus trabajos de asesoresespecialistas, para las pruebas que estimenpertinentes, limitándose dichos asesores a prestarsu colaboración en sus especialidades técnicas.La designación de tales asesores deberácomunicarse al Rector de la Universidad de LaRioja.

5.8. El Tribunal calificador adoptará lasmedidas precisas en aquellos casos en queresulte necesario, de forma que los aspirantescon minusvalía gocen de similares condicionespara la realización de los ejercicios que el restode los participantes. En este sentido, seestablecerán, para las personas con minusvalíaque lo soliciten las adaptaciones posibles entiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabarinforme de la Administración Laboral, Sanitaria ode Asuntos Sociales.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará lasmedidas oportunas para garantizar que losejercicios de la fase de oposición sean corregidossin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10. El Tribunal tendrá la categoría segunda delas recogidas en el Real Decreto 462/2002, de 24de mayo ("Boletín Oficial del Estado" nº 129, del 30de mayo de 2002), modificado por el R.D.1616/2007 de 7 de diciembre ("Boletín Oficial delEstado" nº 300, del 15 de diciembre de 2007).

5.11. Los aspirantes serán convocados por elTribunal para cada ejercicio en llamamiento único,siendo excluidos de las pruebas selectivas quienesno comparezcan.

5.12. En cualquier momento del proceso, losaspirantes podrán ser requeridos por los miembrosdel Tribunal con la finalidad de acreditar supersonalidad.

5.13. El orden de actuación de los opositores seiniciará alfabéticamente por el primero de la letra“V”, de conformidad con lo establecido en laResolución n.º 618, de 24 de marzo de 2009, delConsejero de Administraciones Públicas y PolíticaLocal, por la que se publica el resultado del sorteode la letra que presidirá las pruebas selectivasdurante el año 2009.

6. Lista de aprobados

6.1. Concluido cada uno de los ejercicios de lafase de oposición correspondientes a estaspruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en ellugar de celebración de los ejercicios y en el tablónde anuncios del edificio Rectorado, las relacionesde aspirantes que hayan superado cada uno deellos, con indicación de la puntuación obtenida ycomunicación, en su caso, de la fecha, hora y lugarde celebración del próximo ejercicio. Los opositoresque no se hallen incluidos en tales relacionestendrán la consideración de no aptos.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, ycon respecto a los aspirantes que la hayansuperado, se hará pública la puntuación obtenidapor los mismos en la fase de concurso, al mismotiempo y en los mismos lugares que lacorrespondiente a la de la fase de oposición.

6.3. Superarán el proceso selectivo aquellosaspirantes que, sumadas las puntuaciones de lasfases de oposición y de concurso, hayan obtenidomayor puntuación, sin que su número pueda sersuperior al de plazas convocadas.

En caso de empate, éste se resolveráatendiendo a los siguiente criterios:

- 1º. La mayor puntuación en el primerejercicio.

- 2º. La mayor puntuación en el segundoejercicio.

- 3º. La mayor puntuación en la fase concurso.

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6.4. Finalizadas las pruebas selectivas, elTribunal elevará al Rector de la Universidad larelación de aprobados en las pruebas selectivas,especificando las puntuaciones obtenidas en lafase de oposición, en la de concurso y lacalificación final.

6.5. El Tribunal calificador no podrá aprobar nideclarar que han superado las pruebas selectivasun número de aspirantes superior al de plazasconvocadas por la presente Resolución.Cualquier propuesta de aprobados quecontravenga esta norma será nula de plenoderecho.

7. Presentación de documentos

7.1. En el plazo de veinte días naturales acontar desde la publicación en el tablón deanuncios del edificio Rectorado de la Universidadde la relación de aprobados a la que se refiere labase 6.4, los opositores que figuren en la misma,deberán presentar en el Registro General de laUniversidad de La Rioja copia compulsada deaquellos documentos que acrediten lascondiciones y requisitos exigidos para el acceso alas plazas convocadas, a excepción de aquellosque obren ya en poder del citado Servicio comoconsecuencia de la aportación realizada para suanterior nombramiento como funcionario decarrera.

7.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvocasos de fuerza mayor, no presentaren ladocumentación exigida, o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de losrequisitos señalados, no podrán ser nombradosfuncionarios de carrera y quedarán anuladastodas las actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que hubieren incurrido porfalsedad en la solicitud inicial.

8. Nombramiento de funcionarios de carrera dela Escala Técnica de Bibliotecas y Archivos

8.1. Concluidos los trámites establecidos en labase anterior, los aspirantes aprobados seránnombrados funcionarios de carrera de la EscalaTécnica de Bibliotecas y Archivos de laUniversidad de La Rioja, mediante Resolución delRectorado de la misma que se publicará en elBoletín Oficial de La Rioja.

8.2. La toma de posesión, de estos aspirantesse efectuará en el plazo máximo de un mes,contado desde el día siguiente a la fecha de dichapublicación.

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actosadministrativos se deriven de ella y de lasactuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadospor los interesados en los casos y en la formaestablecidos en la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

9.2 Contra la presente Resolución, que pone fina la vía administrativa, se podrá interponer recursocontencioso-administrativo ante el JuzgadoContencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazode dos meses, contados desde el día siguiente alde su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.No obstante, puede optarse por interponer recursode reposición ante el Rector de la Universidad deLa Rioja, en el plazo de un mes, contado desde eldía siguiente al de la publicación de la presenteResolución en el Boletín Oficial del Estado, en cuyocaso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tantono se haya resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del recurso dereposición, conforme a lo previsto en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Logroño, 16 de octubre de 2009. EL RECTOR,José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

ANEXO I

PROGRAMA

Programa de las pruebas selectivas para laProvisión por Promoción Interna de la EscalaTécnica de Bibliotecas y Archivos (Grupo A2)

I. Legislación General

1. La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades:los órganos de gobierno, el personal docente einvestigador, los estudiantes, el personal deadministración y servicios. La estructura de laUniversidad de La Rioja. Las enseñanzas y títulosuniversitarios.

2. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común:Órganos colegiados. Las fases del procedimientoadministrativo. El interesado.

3. La Administración electrónica y el accesoelectrónico de los ciudadanos a los serviciospúblicos: los derechos de los ciudadanos. Los

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documentos y los archivos electrónicos: suregistro, comunicación y notificación. La gestiónelectrónica de los procedimientos.

4. El régimen jurídico del personal al serviciode las Administraciones Públicas: el EBEP. ElAcuerdo General sobre Jornada, Vacaciones,Licencias, y Permisos del Personal deAdministración y Servicios de la Universidad deLa Rioja.

5. Las bases de ejecución del presupuestode la Universidad de La Rioja. Los contratos delsector público: los tipos contractuales, loscontratos sujetos a regulación armonizada y loscontratos administrativos y los contratos privados.

II. Biblioteconomía, documentación, fuentes deinformación. Archivo.

1. Bibliotecas universitarias. Concepto yfunción. Las Bibliotecas Universitarias en España.

2. Las bibliotecas universitarias ante laintegración en el Espacio Europeo de EnseñanzaSuperior.

3. La Biblioteca de la Universidad de LaRioja. Situación actual, servicios y normativa. ElCentro de Documentación Europea. Proyectos enmarcha.

4. Gestión automatizada de la colecciónbibliográfica en la biblioteca universitaria.Selección y adquisición de materiales. Criteriospara su formación, mantenimiento y evaluación.

5. Gestión de la colección: proceso técnicode los fondos documentales en un entornoautomatizado. Formato Marc. Normalización.Fuentes para la catalogación.

6. El Programa de Gestión de la Colecciónen la Biblioteca Universitaria. Situación en laBUR.

7. Los catálogos de bibliotecas. Concepto,evolución y nuevas tendencias. Los OPACS.

8. Los catálogos colectivos: tipos, fines ymantenimiento. El protocolo Z39.50.

9. Los sistemas integrados de gestión debibliotecas universitarias. Panorama y tendenciasen las bibliotecas universitarias en España

10.Servicios a los usuarios en la bibliotecauniversitaria: consulta en sala, préstamo.Préstamo interbibliotecario.

11.Servicios a los usuarios en la bibliotecauniversitaria: Servicios de información yreferencia. DSI.

12.Extensión, promoción y marketing deservicios bibliotecarios. El web de la bibliotecauniversitaria.

13.La alfabetización informacional: conceptoevaluación y aplicación

14.Herramientas electrónicas para la difusión,comunicación y servicios a distancia: formularios,correo electrónico, intranets y webs de biblioteca.Web 2.0.

15.La normalización de la identificaciónbibliográfica. ISBD. Números normalizados deidentificación de obras impresas o electrónicas.

16.Análisis documental.Indización.Resúmenes. Indización automatizada.

17.Lenguajes documentales. Principales tiposde clasificación bibliográfica. Encabezamientos demateria, términos, descriptores y thesaurus.

18.Cooperación bibliotecaria. Sistemas yredes. Situación en España. La cooperacióninternacional.

19.Las normas y directrices para bibliotecasuniversitarias y científicas de REBIUN. Planestratégico de REBIUN 2007-2010.

20.La comunicación científica. Evolución delas revistas científicas. Movimiento Open Access yArchivos Abiertos.

21.La edición electrónica y su repercusión enlas bibliotecas universitarias.

22.Reproducción y digitalización dedocumentos

23.La Biblioteca digital. Gestión e integraciónde recursos electrónicos.

24.Impacto de Internet en la organización delos servicios bibliotecarios y en el acceso a lainformación. OPAC, Web y portales de bibliotecas.

25.OPAC, Web y portales de bibliotecas.Arquitectura de la información. Interfaces y motoresde búsqueda. Accesibilidad.

26.Recursos de información de caráctergeneral. Clases de bases de datos documentales.Catálogos de bibliotecas, catálogos colectivos.Bibliografías nacionales y comerciales, repertoriosde publicaciones periódicas.

27.Fuentes de información especializadas enHumanidades

28.Fuentes de información especializadas enCiencias Sociales

29.Fuentes de información especializadas enCiencia y Tecnología.

30.La ontología y la web semántica:recomendaciones del W3C.

31.El Archivo Universitario: definiciónfunciones y organización. Ordenación yclasificación de documentos. Los cuadros declasificación de fondos.

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III. Historia del libro y de las bibliotecas. Gestióny organización administrativa.

1. El libro y las bibliotecas hasta la invenciónde la imprenta.

2. Invención y difusión de la imprenta.

3. El libro y las bibliotecas en los siglos XVI,XVII, XVIII

4. El libro y las bibliotecas en los siglos XIXy XX. Origen y evolución de las bibliotecasuniversitarias.

5. La industria editorial y el comercio de losproductos y servicios de información en laactualidad.

6. La organización bibliotecaria española.Legislación

7. Legislación española sobre el patrimonioartístico, bibliográfico y documental.

8. La regulación de la propiedad intelectual ylos derechos de autor. Repercusión en la gestiónde la biblioteca.

9. La protección de datos de carácterpersonal y su implicación en las bibliotecas.

10.La gestión de la calidad y la evaluaciónde los servicios bibliotecarios.

11.Competencias profesionales delbibliotecario documentalista en el siglo XXI.Código deontológico.

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares:

Presidenta:

D.ª Marta Magriñá Contreras

Vocales :

D. Jorge Yubero Úbeda

D.ª María Luisa Iriarte Vañó

D. José Luis Calvillo Sayas

Secretaria:

D.ª Yolanda Bañuelos Pérez

Suplentes:

Presidente:

D. Roberto Rosón Abjean

Vocales:

D.ª Carmen Planchuelo Blasco

D.ª Isabel Zulueta Gurrea

D.ª María Eva Iradier Santos

Secretaria:

D.ª Margarita Ruiz de la Cuesta Moneo

RESOLUCIÓN n.º 1877/2009, de 16 deoctubre, del Rector de la Universidad de LaRioja, por la que se convocan pruebasselectivas de acceso a la Escala Técnica deAdministración de esta Universidad por elsistema de promoción interna. (Publicada enBOR de 23-10-09. Pág. 13580).

En cumplimiento de lo dispuesto en losEstatutos de la Universidad de La Rioja, aprobadospor acuerdo del Consejo de Gobierno de La Riojade 25 de marzo de 2004 (BOR de 11 de mayo) ymodificados por los Acuerdos del Consejo deGobierno de 6 de marzo y 25 de abril de 2008, porlos que se adaptan los Estatutos de la Universidadde La Rioja a algunas de las previsiones de la LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril, de modificación dela Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, y con el fin de atender lasnecesidades del personal de Administración yServicios de esta Universidad, definidas en laOferta de Empleo Público aprobada en Consejo deGobierno con fecha 15 de junio de 2009 (B.O.R. n.º89 de 20 de julio),

Este Rectorado, en uso de las competenciasque le son atribuidas por el artículo 54.r de lamisma norma, acuerda convocar pruebasselectivas para el ingreso en la Escala Técnica deAdministración de la Universidad de La Rioja consujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir10 plazas en la Escala Técnica de Administraciónde la Universidad de La Rioja (Grupo A, SubgrupoA2), por el sistema de promoción interna, de lascuales 1 está reservada a personas condiscapacidad que acrediten un grado de minusvalíaigual o superior al 33 por 100, de acuerdo con laDisposición Adicional 12ª de la Ley 3/1990, de 29de junio de Función Pública de la AdministraciónPública de la Comunidad Autónoma de La Rioja ylo establecido en el Decreto 51/2008, de 5 deseptiembre, para el acceso al empleo público de las

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personas con discapacidad. Si no se presentarana esta convocatoria personas con discapacidad, olo hicieran en número menor de las plazasofertadas, las vacantes podrán ser cubiertas porotros opositores declarados aptos conforme a lasreglas generales, siempre y cuando hayansuperado los ejercicios correspondientes.

1.2. A las presentes pruebas selectivas lesserán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público; la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, deUniversidades, modificada por la Ley Orgánica4/2007 de 12 de abril; la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de laFunción Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de laAdministración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesionalde los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado, en cuanto no se opongan a lamencionada Ley 7/2007; la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, los Estatutos de la propiaUniversidad y lo dispuesto en la presenteconvocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de losaspirantes constará de las siguientes fases:

a) Oposición

b) Concurso

1.4 La fase de oposición consistirá en larealización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Estará dividido en dos partes:

Primera Parte: Los aspirantes deberáncontestar por escrito a un cuestionario de sesentapreguntas, con cuatro respuestas alternativas, delas que sólo una de ellas será correcta, queversarán sobre el contenido del Programa.

El tiempo máximo de realización de estaparte será de 45 minutos.

La valoración de esta parte será de 0 a 30puntos.

Segunda Parte: Consistirá en desarrollar porescrito un tema de los que forman parte delPrograma, de entre dos propuestos por elTribunal.

El tiempo máximo para la realización de esteejercicio será de una hora.

La valoración de esta parte será de 0 a 30puntos.

La valoración del ejercicio será de 0 a 60puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30puntos en el conjunto del ejercicio y, al menos 7,5puntos en cada una de las partes, para acceder alejercicio siguiente. El Tribunal valorará el rigoranalítico, el conocimiento teórico de las materiasdesarrolladas, la capacidad de síntesis, así comolas conclusiones expuestas, la claridad de ideas yla corrección de la expresión escrita.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resoluciónde un supuesto práctico, de entre dos propuestospor el Tribunal, desglosados en preguntas, dirigidoa apreciar la capacidad de los aspirantes paraordenar y desarrollar los procesos de gestiónadministrativa, relacionados con las materias de"Gestión de Personal", "Gestión Financiera" y"Gestión Universitaria".

El tiempo máximo para la realización de esteejercicio será de una hora.

La valoración de este ejercicio será de 0 a 40puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20puntos para superarlo.

El ejercicio será leído públicamente ante elTribunal, por los opositores, previo señalamiento defecha, hora y lugar. Concluida la lectura, el Tribunalpodrá formular preguntas sobre extremosrelacionados con su ejercicio durante un plazomáximo de diez minutos. El Tribunal valorará elrigor analítico, el conocimiento teórico de lasmaterias desarrolladas, la capacidad de síntesis,así como las conclusiones expuestas, la claridad deideas y la corrección de la expresión escrita.

En todos los ejercicios, las puntuaciones quese señalan, resultarán de las puntuacionestransformadas que se deriven de los baremosfijados por el Tribunal Calificador.

El Tribunal adoptará las medidas oportunaspara garantizar que los ejercicios de la fase deoposición cuya naturaleza lo permita, seancorregidos sin que se conozca la identidad de losaspirantes. En este sentido, el Tribunal excluirá aaquellos opositores en cuyos ejercicios figurennombres, rasgos, marcas o signos que permitanconocer la identidad de los mismos.

Finalizada la fase de oposición, se realizará lavaloración de los méritos correspondientes a lafase de concurso a aquellos aspirantes que figurenen la relación de aprobados del segundo ejercicio.

Los participantes en el proceso selectivo queno accedan a la fase de concurso, pero que hayansuperado el primer ejercicio, se les podrá conservarla nota de dicho ejercicio para la siguienteconvocatoria.

1.5.- En la fase de concurso se valorará losservicios efectivos prestados o reconocidos alamparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, así

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como el grado consolidado conforme al baremodescrito en esta base, y las puntuaciones que enella se obtengan se sumarán a las de losejercicios de la fase de oposición para determinarla puntuación y el consiguiente orden final de lacorrespondiente relación de aprobados de lasfases de oposición y concurso. Los puntosobtenidos en la fase de concurso no podrán seraplicados para superar los ejercicios de la fase deoposición.

A) Antigüedad (máximo 20 puntos): Sevalorarán los servicios efectivamente prestados,hasta la fecha de finalización de presentación desolicitudes, en Cuerpos o Escalas del grupo C,computándose a estos efectos los reconocidosque se hubieren prestado con anterioridad a laadquisición de la condición de funcionario decarrera. No se computarán los servicios prestadossimultáneamente con otros igualmente alegados.

Servicios prestados en la Universidadde La Rioja: 1 punto por año completo y 0,5puntos por fracción superior a seis meses.

Servicios prestados en otrasUniversidades: 0,5 puntos por año completo y0,25 puntos por fracción superior a seis meses.

Servicios prestados en otrasAdministraciones Públicas: 0,25 puntos por añocompleto y 0,15 puntos por fracción superior aseis meses.

B) Grado personal (máximo 15 puntos): Sevalorará el grado personal consolidado conformea la siguiente escala:

Por tener grado 22 consolidado: 15 puntos

Por tener grado 20 consolidado: 12 puntos

Por tener grado 18 consolidado: 10 puntos

Por tener grado 16 consolidado: 8 puntos

Por tener grado 14 consolidado: 6 puntos

C) Formación y perfeccionamiento (máximo15 puntos): Por la superación de cursos deformación y perfeccionamiento convocados porcualquier centro oficial en los que se hayaexpedido diploma y certificación de asistencia, yque tengan relación con el área de actividad, seotorgará la siguiente puntuación:

Hasta 20 horas: 0,4 puntos

Desde 21 hasta 40 horas: 0,8 puntos

Desde 41 hasta 60 horas: 1,2 puntos

Desde 61 hasta 80 horas: 1,6 puntos

Más de 80 horas: 2 puntos

Cuando se hayan realizado cursos que tenganigual denominación, sólo se valorará uno de ellos,de lo contrario se tendrá que acreditar la diferenciade contenidos.

Los cursos de informática deberán versarsobre programas o aplicaciones actualizadas, nopudiendo superar el conjunto de estos cursos unmáximo de 2 puntos.

No se valorarán los cursos académicoscompletos o por asignaturas de forma aislada, nilas prácticas de becarios o alumnos.

D) Titulaciones oficiales (máximo 5 puntos): Lavaloración de la titulación se hará con arreglo a lasiguiente escala:

- Licenciado universitario: 5 puntos

La suma de todos los puntos obtenidos en lafase de concurso será ponderada de modo que elpeso del concurso no supere el 10 por 100 del totalde las pruebas selectivas.

Para la valoración de la fase de concurso, elTribunal tomará como fecha límite para su cómputola del plazo de presentación de solicitudes.

Dichos méritos deberán ser acreditadosmediante certificado expedido por el servicio enmateria de personal de la Universidad de La Riojao del organismo correspondiente. El resto deméritos deberán ser justificados, junto a la solicitud,mediante la aportación de copia de los documentosacreditativos de los mismos. Los méritos alegadosen el currículum que no hayan sido justificadosdocumentalmente dentro del plazo de presentaciónde solicitudes no serán tenidos en cuenta para laresolución del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concursono podrán ser aplicados para superar los ejerciciosde la fase de oposición.

La relación de aprobados de las fases deoposición y concurso no podrá incluir un númerosuperior de aspirantes al de plazas convocadas.

1.6. Una vez finalizado el proceso selectivo, laGerencia de la Universidad de La Rioja, encolaboración con la Escuela Riojana deAdministración Pública, podrá organizar un Cursode formación que tendrá como finalidad primordialla adquisición de conocimientos teórico-prácticosen orden a la preparación específica de losaspirantes que hubieran superado el procesoselectivo en el ejercicio de las funciones de gestión,ejecución, estudio, propuesta e informes.

El calendario y programa así como las normasinternas que hayan de regularlo, serán establecidosoportunamente por la Gerencia de la Universidadde La Rioja, de acuerdo con la Escuela Riojana deAdministración Pública.

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1.7. Los aspirantes en el proceso depromoción interna que hayan superado el primerejercicio del proceso se les conservará la notacorrespondiente a dicho ejercicio única yexclusivamente para la convocatoriainmediatamente posterior.

2. Requisitos de los candidatos

2.1. Para ser admitido a la realización de estaspruebas selectivas, los aspirantes deberán reunirlos siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

También podrán participar, en igualdad decondiciones que los españoles a los empleospúblicos:

Los nacionales de los Estadosmiembros de la Unión Europea

El cónyuge de los españoles y de losnacionales de otros Estados miembros de laUnión Europea, cualquiera que sea sunacionalidad, siempre que no estén separados dederecho.

Asimismo, con las mismas condiciones,podrán participar los descendientes menores deveintiún años o mayores de dicha edad que seandependientes

Las personas incluidas en el ámbito deaplicación de los Tratados Internacionalescelebrados por la Unión Europea y ratificados porEspaña en los que sea de aplicación la librecirculación de trabajadores

b) Tener cumplidos dieciséis años de edady no haber cumplido los sesenta y cinco años

c) Estar en posesión como mínimo del títulouniversitario oficial de Diplomado Universitario,Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico oequivalente. En el caso de titulaciones obtenidasen el extranjero deberá estarse en posesión de lacredencial que acredite su homologación

d) No padecer enfermedad ni estar afectadopor limitación física o psíquica que seaincompatible con el desempeño de lascorrespondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio,mediante expediente disciplinario, de cualquierade las Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de lascorrespondientes funciones públicas.

2.2. Los aspirantes que concurran a estasplazas deberán pertenecer a un Cuerpo o Escaladel grupo C, Subgrupo C1, en situación deservicio activo, de servicios especiales oencontrarse en alguno de los supuestos deexcedencia voluntaria y poseer una antigüedad

de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala delGrupo C, Subgrupo C1 de la Universidad de LaRioja.

2.3. Todos los requisitos enumerados en lasbases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día definalización del plazo de presentación de solicitudesy mantenerlos hasta el momento de la toma deposesión.

3. Solicitudes

3.1. Quienes deseen tomar parte en estaspruebas selectivas deberán hacerlo constar en lainstancia que será facilitada gratuitamente en elRectorado de la Universidad de La Rioja (Avda. deLa Paz, 93, 26006-Logroño) y está disponible en lasiguiente dirección de internet:http://www.unirioja.es/servicios/sgpr/np_pas/funcionario/plazas.shtml

3.2. A la solicitud se acompañará la siguientedocumentación:

- Fotocopia del Documento Nacional deIdentidad

- Resguardo del ingreso de los derechos deexamen

- Certificación, expedida por el Servicio dePersonal de la Universidad de La Rioja, acreditativade los extremos a valorar en la fase de concurso.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en elRegistro General de la Universidad de La Rioja oen la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes seráde veinte días naturales, contados a partir delsiguiente al de la publicación del anuncio de lapresente convocatoria en el Boletín Oficial de LaRioja.

3.5. Los derechos de examen serán de 28 euroso de 14 euros si se trata de personal que estáprestando servicios en la Universidad de La Rioja yse ingresarán en la cuenta corriente abierta en elBanco Santander a nombre de la Universidad de LaRioja y se ingresarán en la cuenta corriente número0049-6684-192116076478, haciendo constar"Pruebas Selectivas Escala Técnica deAdministración”.

3.6. Los aspirantes que padezcan algunadiscapacidad podrán indicarlo en el impreso ysolicitar, en su caso, las posibles adaptaciones detiempo y medios para la realización de losejercicios en los que esta adaptación seanecesaria, expresándolo en la correspondientecasilla de la solicitud.

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3.7. Los aspirantes quedan vinculados a losdatos que hayan hecho constar en su solicitud,pudiendo únicamente demandar su modificaciónmediante escrito motivado, dirigido al Rector,dentro del plazo establecido para la presentaciónde solicitudes. Transcurrido este plazo, no seadmitirá ninguna petición de esta naturaleza,salvo causa excepcional sobrevenida, justificaday libremente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1. Expirado el plazo de presentación deinstancias, el Rector de la Universidad de LaRioja dictará Resolución en el plazo máximo deun mes, que se publicará en el “Boletín Oficial deLa Rioja”, y en la que, además de declararaprobada la lista de aspirantes admitidos yexcluidos, se recogerá el lugar, la fecha y hora decomienzo del primer ejercicio, así como larelación de los aspirantes excluidos, conindicación de las causas de exclusión.

La relación de admitidos y excluidosaprobada en dicha Resolución se publicará en eltablón de anuncios del edificio Rectorado (Avda.de la Paz n.º 93. Logroño. Teléfono: 941-299137)y en la página web descrita en la base 3.1.

4.2. En todo caso, al objeto de evitar errores y,en el supuesto de producirse, posibilitar susubsanación en tiempo y forma, los aspirantescomprobarán no sólo que figuran en la relación deexcluidos, sino, además, que sus nombresconstan en las relaciones de admitidos.

4.3. Los aspirantes excluidos u omitidosdispondrán de un plazo de diez días hábilescontados a partir del siguiente al de la publicaciónde la citada resolución en el Boletín Oficial de LaRioja para poder subsanar el defecto que hayamotivado su exclusión u omisión, caso de que seasubsanable.

4.4. Los aspirantes que dentro del plazoseñalado, no subsanen el defecto determinantede la exclusión o aleguen la omisión, justificandosu derecho a ser incluidos en la relación deadmitidos, serán definitivamente excluidos de larealización de las pruebas.

5. Tribunal calificador

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas esel que figura como Anexo II de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberánabstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorde la Universidad, cuando concurran en elloscircunstancias de las previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

El Presidente podrá solicitar de los miembrosdel Tribunal declaración expresa de no hallarse enlas circunstancias previstas en el citado artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a losmiembros del Tribunal cuando concurran alguna dedichas circunstancias.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de laspruebas selectivas, el Rector de la Universidadpublicará, en su caso, resolución por la que senombra a los nuevos miembros del Tribunal quehan de sustituir a los que hayan perdido sucondición por alguna de las causas previstas en labase 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, seconstituirá el Tribunal, con asistencia delPresidente, el Secretario y la mitad, al menos, desus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará lasdecisiones que le correspondan en orden alcorrecto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, paraactuar válidamente, requerirá la presencia de lamayoría absoluta de sus miembros, titulares osuplentes.

5.6. Durante todo el proceso selectivo, elTribunal resolverá las dudas que pudieran surgir enla aplicación de estas normas, así como lo quedeba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal seajustará en todo momento a lo dispuesto en la Leyde Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporacióna sus trabajos de asesores especialistas, para laspruebas que estimen pertinentes, limitándosedichos asesores a prestar su colaboración en susespecialidades técnicas. La designación de talesasesores deberá comunicarse al Rector de laUniversidad de La Rioja.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidasprecisas en aquellos casos en que resultenecesario, de forma que los aspirantes conminusvalía gocen de similares condiciones para larealización de los ejercicios que el resto de losparticipantes. En este sentido, se establecerán,para las personas con minusvalía que lo solicitenlas adaptaciones posibles en tiempo y medios parasu realización.

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A tal efecto, el Tribunal podrá recabarinforme de la Administración Laboral, Sanitaria ode Asuntos Sociales.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará lasmedidas oportunas para garantizar que losejercicios de la fase de oposición sean corregidossin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10. El Tribunal tendrá la categoría segundade las recogidas en el Real Decreto 462/2002, de24 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" n.º 129,del 30 de mayo de 2002), modificado por el R.D.1616/2007 de 7 de diciembre ("Boletín Oficial delEstado" n.º 300, del 15 de diciembre de 2007).

5.11. Los aspirantes serán convocados por elTribunal para cada ejercicio en llamamientoúnico, siendo excluidos de las pruebas selectivasquienes no comparezcan.

5.12. En cualquier momento del proceso, losaspirantes podrán ser requeridos por losmiembros del Tribunal con la finalidad deacreditar su personalidad.

5.13. El orden de actuación de los opositoresse iniciará alfabéticamente por el primero de laletra “V”,de conformidad con lo establecido en laResolución nº 618, de 24 de marzo de 2009, delConsejero de Administraciones Públicas y PolíticaLocal, por la que se publica el resultado del sorteode la letra que presidirá las pruebas selectivasdurante el año 2009.

6. Lista de aprobados

6.1. Concluido cada uno de los ejercicios de lafase de oposición correspondientes a estaspruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, enel lugar de celebración de los ejercicios y en eltablón de anuncios del edificio Rectorado, lasrelaciones de aspirantes que hayan superadocada uno de ellos, con indicación de lapuntuación obtenida y comunicación, en su caso,de la fecha, hora y lugar de celebración delpróximo ejercicio. Los opositores que no se hallenincluidos en tales relaciones tendrán laconsideración de no aptos.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, ycon respecto a los aspirantes que la hayansuperado, se hará pública la puntuación obtenidapor los mismos en la fase de concurso, al mismotiempo y en los mismos lugares que lacorrespondiente a la de la fase de oposición.

6.3. Superarán el proceso selectivo aquellosaspirantes que, sumadas las puntuaciones de lasfases de oposición y de concurso, hayan obtenidomayor puntuación, sin que su número pueda sersuperior al de plazas convocadas.

En caso de empate, éste se resolveráatendiendo a los siguiente criterios:

1º. La mayor puntuación en el primer ejercicio.

2º. La mayor puntuación en el segundoejercicio.

3º. La mayor puntuación en la fase concurso

6.4. Finalizadas las pruebas selectivas, elTribunal elevará al Rector de la Universidad larelación de aprobados en las pruebas selectivas,especificando las puntuaciones obtenidas en lafase de oposición, en la de concurso y lacalificación final.

6.5. El Tribunal calificador no podrá aprobar nideclarar que han superado las pruebas selectivasun número de aspirantes superior al de plazasconvocadas por la presente Resolución. Cualquierpropuesta de aprobados que contravenga estanorma será nula de pleno derecho.

7. Presentación de documentos

7.1. En el plazo de veinte días naturales acontar desde la publicación en el tablón deanuncios del edificio Rectorado de la Universidadde la relación de aprobados a la que se refiere labase 6.4, los opositores que figuren en la misma,deberán presentar en el Registro General de laUniversidad de La Rioja copia compulsada deaquellos documentos que acrediten las condicionesy requisitos exigidos para el acceso a las plazasconvocadas, a excepción de aquellos que obren yaen poder del citado Servicio como consecuencia dela aportación realizada para su anteriornombramiento como funcionario de carrera.

7.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvocasos de fuerza mayor, no presentaren ladocumentación exigida, o del examen de la mismase dedujera que carecen de alguno de losrequisitos señalados, no podrán ser nombradosfuncionarios de carrera y quedarán anuladas todaslas actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidaden que hubieren incurrido por falsedad en lasolicitud inicial.

8. Nombramiento de funcionarios de carrera de laEscala Técnica de Administración

8.1. Concluidos los trámites establecidos en labase anterior, los aspirantes aprobados seránnombrados funcionarios de carrera de la EscalaTécnica de Administración de la Universidad de LaRioja, mediante Resolución del Rectorado de lamisma que se publicará en el Boletín Oficial de LaRioja.

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8.2. La toma de posesión, de estos aspirantesse efectuará en el plazo máximo de un mes,contado desde el día siguiente a la fecha de dichapublicación.

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actosadministrativos se deriven de ella y de lasactuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadospor los interesados en los casos y en la formaestablecidos en la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

9.2 Contra la presente Resolución, que ponefin a la vía administrativa, se podrá interponerrecurso contencioso-administrativo ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de La Rioja,en el plazo de dos meses, contados desde el díasiguiente al de su publicación en el Boletín Oficialde La Rioja. No obstante, puede optarse porinterponer recurso de reposición ante el Rector dela Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes,contado desde el día siguiente al de lapublicación de la presente Resolución en elBoletín Oficial del Estado, en cuyo caso no podráinterponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tantono se haya resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del recursode reposición, conforme a lo previsto en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Logroño, 16 de octubre de 2009. ELRECTOR, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

ANEXO I

PROGRAMA

Programa de las pruebas selectivas para laProvisión por Promoción Interna de la EscalaTécnica de Administración (Grupo A2)

I. DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL

Tema 1. La eficacia de las normasjurídicas. Comienzo y fin de su vigencia. ElDerecho transitorio. El principio deirretroactividad. Los derechos adquiridos. Elfraude de Ley.

Tema 2. La relación jurídico administrativa.Los sujetos en Derecho Administrativo. Lacapacidad jurídica y capacidad de obrar.Tipología de los entes públicos.

Tema 3. Las fuentes del DerechoAdministrativo. Concepto. Clases de fuentes. Lajerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de Leyes.Reserva de Ley. Disposiciones del Ejecutivo confuerza de Ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.

Tema 4. El Reglamento: Concepto, clases ylímites. La costumbre. Los principios generales delDerecho. Los Tratados Internacionales. El DerechoComunitario Europeo.

Tema 5. El acto administrativo: concepto,clases y elementos. Eficacia y validez de los actosadministrativos. Su motivación y notificación.Revisión, anulación y revocación.

Tema 6. El procedimiento administrativo:concepto, naturaleza y caracterización.Procedimiento Administrativo Común. Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común: Contenido y ámbito deaplicación. Principios generales. Los interesados ysu legitimación.

Tema 7. Disposiciones generales sobre losprocedimientos administrativos. Iniciación,ordenación, instrucción y terminación delprocedimiento. La resolución expresa. Laregulación vigente del silencio administrativo.

Tema 8. Revisión de los actos en víaadministrativa. Revisión de oficio. Los Recursosadministrativos. Requisitos generales. Clases. Lasreclamaciones previas al ejercicio de las accionesciviles y laborales.

Tema 9. El procedimiento económico-administrativo: materias impugnables, interesados,actos impugnables y extensión de la revisión.Suspensión del acto impugnando. El procedimientoen única o primera instancia. Los recursos dealzada y revisión.

Tema 10. La Jurisdicción Contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo: las partes, capacidad y legitimaciónprocesal. Actos impugnables.

Tema 11. Los Contratos en el Sector Público:concepto, principios, características y elementos.Preparación, adjudicación, cumplimiento y extinciónde los contratos administrativos.

Tema 12. Tipos de contratos administrativos:obra, concesión de obra pública, gestión deservicios públicos, suministro, servicios y decolaboración entre el sector público y el sectorprivado. Otros tipos de contratos.

Tema 13. La igualdad efectiva de mujeres yhombres: Políticas públicas para la igualdad y elderecho al trabajo en igualdad de oportunidades.

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Tema 14. La Administración electrónica y elacceso electrónico de los ciudadanos a losservicios públicos: los derechos de losciudadanos. Los documentos y los archivoselectrónicos: su registro, comunicación ynotificación. La gestión electrónica de losprocedimientos.

II. GESTIÓN DE PERSONAL.

Tema 1. La Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público. RégimenJurídico. Tipos de funcionarios. Derechos ydeberes de los funcionarios.

Tema 2. Adquisición y pérdida de lacondición de funcionario. El Registro Central dePersonal. La oferta de empleo público. Formas deselección.

Tema 3. Situaciones administrativas de losfuncionarios y sus efectos.

Tema 4. Sistemas de retribuciones de losfuncionarios: Retribuciones básicas ycomplementarias. Indemnizaciones por razón delservicio y otras retribuciones. Devengos yliquidación de derechos económicos. Nóminas:Estructura y normas de confección.

Tema 5. El régimen de incompatibilidadesde los funcionarios públicos.

Tema 6. Régimen disciplinario de losfuncionarios públicos.

Tema 7. La representación del personalfuncionario. El ejercicio de la libertad sindical.Limitaciones. Representación de funcionarios.Las Juntas de Personal. Representación delpersonal laboral: Comités de Empresa yDelegados de Personal.

Tema 8. Régimen especial de laSeguridad Social: La Muface. Concepto y clasesde prestaciones. Derechos pasivos.

Tema 9. El Acuerdo general sobre jornada,vacaciones, licencias y permisos del personal deadministración y servicios de la Universidad de LaRioja.

Tema 10. El derecho de huelga. Conflictoscolectivos: Solución. Especial referencia a lasAdministraciones Públicas.

Tema 11. El régimen general de SeguridadSocial: Afiliación, altas, bajas, variaciones,cotizaciones y prestaciones.

Tema 12. El Profesorado de la Universidadde La Rioja. Clases, provisión de plazas, surégimen retributivo.

Tema 13. El Personal de Administración yServicios en los Estatutos de la Universidad de LaRioja.

III. GESTIÓN FINANCIERA

Tema 1. El presupuesto: Concepto, clases yfunciones. Presupuesto por programas: Objetivos.Programas y su evaluación. Presupuesto en basecero.

Tema 2. El Presupuesto de la Universidadde La Rioja. Características y estructura. Créditospresupuestarios. El ciclo presupuestario. Gastosplurianuales.

Tema 3. Modificaciones de los créditosiniciales. Transferencias de créditos. Créditosextraordinarios. Suplementos de crédito.Ampliaciones de crédito. Incorporaciones decrédito. Generaciones de crédito. Clasificacióneconómica del gasto.

Tema 4. La contabilidad pública y laplanificación contable. El Plan General deContabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito deaplicación y características. Criterios de valoración.

Tema 5. Contabilidad presupuestaria y degestión. Los grupos de cuentas: Estructura ycontenido. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 6. Ordenación del gasto y ordenacióndel pago. Órganos competentes. Fases delprocedimiento. Documentos contables queintervienen en la ejecución de los gastos y de lospagos. El control del gasto.

Tema 7. Clasificación del gasto: Gastos porcompra de bienes y servicios. Gastos detransferencias corrientes y de capital. Gastos deinversión.

Tema 8. Pagos: Concepto y clasificación.Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos porejercicios cerrados. Anticipos de caja fija. Pagos "ajustificar". Justificación de libramientos.

IV. GESTIÓN UNIVERSITARIA

Tema 1. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 dediciembre, de Universidades: las funciones yautonomía de las Universidades. La naturaleza,creación, reconocimiento y régimen jurídico de lasUniversidades. La estructura de las Universidades.

Tema 2. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 dediciembre, de Universidades: el Gobierno yrepresentación de las Universidades.

Tema 3. La regulación de los estudiosuniversitarios de Grado y de Postgrado.

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Tema 4. La gestión académica en elEspacio Europeo de Educación Superior. Elcrédito europeo y el sistema de calificaciones. ElSuplemento Europeo al Título.

Tema 5. Alumnado. Régimen de acceso yadmisión.

Tema 6. Alumnado. Normas de matrícula.Precios públicos por la prestación de servicios deeducación superior. Normativa de permanencia.

Tema 7. Becas y ayudas al estudio.

Tema 8. Títulos universitarios oficiales:obtención y expedición. La homologación de lostítulos universitarios oficiales extranjeros.

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares:

Presidente:

D. Roberto Rosón Abjean

Vocales :

D. Alberto Gonzalo Calvo

D. Gerardo Panizo Panizo

D. Jesús Plácido García Blanco

Secretaria:

D.ª María Luisa Iriarte Vañó

Suplentes:

Presidente:

D. Bernardo García Cubillo

Vocales:

D.ª Lucía Mateo Aranda

D.ª María Paz Bartolomé Mozo

D.ª Rosa María Hernando Robles

Secretaria:

D.ª Milagros Torrecilla Miguel

IV. PUBLICADO EN OTROSBOLETINES OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOE durante el mes deoctubre de 2009.

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la convocatoria porprocedimiento abierto para la adjudicación delcontrato de suministro de energía eléctrica,aprobada mediante Resolución número 1552/2009,de 18 de septiembre. (BOE de 01-10-09. Pág.117605).

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrollaparcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, deContratos del Sector Público. (BOE de 03-10-09.Pág. 82969).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la convocatoria porprocedimiento abierto para la adjudicación delcontrato de suministro de publicaciones periódicasextranjeras, aprobada mediante Resolución número1583/2009, de 30 de septiembre. (BOE de 09-10-09. Pág. 121785).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la convocatoria porprocedimiento abierto para la adjudicación delcontrato de servicio de mantenimiento integral deedificios e instalaciones, aprobada medianteResolución número 1872/2009, de 16 de octubre.(BOE de 23-10-09. Pág. 129520).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la Resolución n.º 1912/2009,de 23 de octubre, por la que se amplía el plazo depresentación de ofertas a la convocatoria para laadjudicación del contrato de "Suministro de energíaeléctrica"(BOE de 27-10-09. Pág. 131454).

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BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA

DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES deinterés publicadas en BOR durante el mes deoctubre de 2009.

RESOLUCIÓN de la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Presidencia, de 23de septiembre de 2009, por la que se dispone lapublicación del resumen del Convenio decooperación entre el Gobierno de La Rioja y laUniversidad de La Rioja para financiar laadaptación al espacio europeo de educaciónsuperior con fondos del Ministerio de Ciencia eInnovación. (BOR 05-10-2009. Pág. 12837).

RESOLUCIÓN de la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Presidencia, de 23de septiembre de 2009, por la que se dispone lapublicación del resumen del convenio decolaboración entre el Gobierno de La Rioja y laUniversidad de La Rioja para el desarrollo delprograma Socrates/Erasmus y de programasbilaterales con universidades extranjeras noeuropeas. (BOR 05-10-2009. Pág. 12837).

RESOLUCIÓN de la Secretaría GeneralTécnica de la Consejería de Presidencia, de 23de septiembre de 2009, por la que se dispone lapublicación del resumen de la Adenda alConvenio de Colaboración entre la ComunidadAutónoma de La Rioja, la Universidad de La Riojay el Consejo Superior de InvestigadoresCientíficas para la creación y desarrollo delInstituto de Ciencias de la Vid y del Vino. (BOR05-10-2009. Pág. 12838).

RESOLUCIÓN n.º 1636/2009, de 6 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se declara aprobada la lista provisionalde aspirantes admitidos y excluidos a participaren las pruebas selectivas para la provisión deplazas vacantes de la Escala Auxiliar deAdministración, por el sistema de concurso-oposición, y se anuncia el lugar, fecha y hora enque dará comienzo el primer ejercicio. (BOR 09-10-2009. Pág. 13038).

CONVOCATORIA para la adjudicación delcontrato de obras de ejecución del campoexperimental de prácticas agrícolas, aprobadamediante Resolución n.º 1627/2009, 5 de octubre.(BOR 09-10-2009. Pág. 13102).

ORDEN 28/2009 de 7 de octubre, de laConsejería de Educación, Cultura y Deporte, porla que se determina el procedimiento para laimplantación de las enseñanzas universitariasoficiales en el Marco del Espacio Europeo deEducación Superior (EEES) en la ComunidadAutónoma de La Rioja. (BOR 19-10-2009. Pág.13224).

ANUNCIO de la Universidad de La Rioja por elque se da publicidad a la convocatoria para lacontratación de un préstamo a largo plazo porimporte de tres millones ochocientos cincuenta mileuros. (BOR 23-10-2009. Pág. 13748).

RESOLUCIÓN n.º 1822/2009, de 15 deoctubre, del Rector de la Universidad de La Rioja,por la que se declara aprobada la lista provisionalde aspirantes admitidos y excluidos a participar enlas pruebas selectivas para la provisión de plazasvacantes de la Escala Básica de Bibliotecas yArchivos, por el sistema de concurso-oposición, yse anuncia el lugar, fecha y hora en que darácomienzo el primer ejercicio. (BOR 28-10-2009.Pág. 13852).

V. INFORMACIÓN DEINTERÉS ACADÉMICO

TESIS LEÍDAS EN LA UNIVERSIDADDE LA RIOJA

TESIS LEÍDAS en la Universidad de La Riojadurante el mes de octubre de 2009.

D. Álvaro Garrido López, del Departamento deQuímicas, efectuó la lectura y defensa de su TesisDoctoral: "Innovaciones Analíticas para el controlde Calidad del Embalaje Flexible Multicapa.Determinación de Aditivos en Polietileno y Estudiode los Procesos de Deslaminación", el día 1 deoctubre de 2009, obteniendo la calificación deSobresaliente Cum Laude.

D.ª Rebeca Viguera Ruiz, del Departamentode Ciencias Humanas, efectuó la lectura y defensade Tesis Doctoral: "Ramón Alesón y el Liberalismoen los Orígenes de la España Contemporánea(1781- 1846)",el día 5 de octubre de 2009,obteniendo la calificación de Sobresaliente CumLaude.

D. ª Honoria Calvo Pastor, del Departamentode Filologías Hispánica y Clásicas, efectuó lalectura y defensa de su Tesis Doctoral: "Edición yAnálisis Retórico Lingüístico de los Editoriales de la"La Iberia" durante la Dirección de PráxedesMateo-Sagasta (1863-1866)", el día 30 de octubrede 2009, obteniendo la calificación deSobresaliente de Cum Laude.

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OTRAS INFORMACIONES

CONVENIOS firmados por la Universidad deLa Rioja.

CONVENIO de Colaboración entre laAgencia Estatal de Administración Tributaria y laUniversidad de La Rioja para la cesión deinformación de carácter tributario.

CONVENIO Marco de Colaboración entre laUniversidad de La Rioja y la Fundación Dialnet.

CONVENIO de Cooperación entre elgobierno de La Rioja y la Universidad de La Riojapara la compensación del desequilibriopresupuestario de la Universidad de La Rioja.

ACUERDO Marco de Cooperación entre laUniversidad de La Rioja (España) y laUniversidad de Cartagena (Colombia).

ACUERDO Marco de Cooperación entre laUniversidad de La Rioja (España) y El PolitécnicoInternacional (Colombia).

ACUERDO Marco de Cooperación entre laUniversidad de La Rioja (España) y laUniversidad Simón Bolivar de Barranquilla(Colombia).

CONVENIO de Colaboración entre elMinisterio de Ciencia e Innovación, la Consejeríade Educación, Cultura y Deporte de la ComunidadAutónoma de La Rioja y la Universidad de LaRioja, en la selección y ejecución de proyectos deinfraestructura científica cofinanciados por elFEDER. (Construcción del Centro deInvestigación en Matemática y Computación yCentro de Cálculo).

CONTRATO de subvención para movilidaderasmus en el marco del Programa deAprendizaje Permanente. Contrato número: 2009-1-ES1-ERA02-10510.

ADDENDA al Convenio de Colaboraciónentre el Consejo Superior de InvestigacionesCientíficas y la Universidad de La Rioja relativo ala realización por personal de dicha universidadde trabajos de investigación del proyecto:"Evaluación del impacto ambiental en suelos yaguas de funguicidas aplicados a viñedosenmendados previamente con residuospostcultivo de hongos" (AGL 2007/61674)administrado por el CSIC.