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IDENTIFICA y ¡Denúncialo!El acoso y hostigamiento sexual laboral es grave

Dí NO al

hostigamiento

sexual

2014Guía

para Prevenir yAtender elHostigamiento yAcoso Sexual laboralen Guadalajara

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Comité Editorial

Mtra. Rosa María Castillero Manzano • Directora

Mtra. María de los Ángeles González Ramírez • Compiladora

Lic. Ma. Paloma Guizar López• Auxiliar para compilación

Mtra. Silvia Sánchez Ponce y Lic. Antonino Calderón Gómez • Corrección de Estilo

Lic. Luz Elena Rosas Hernández • Asesora Legal

LDI. Laura M. González Martínez • Diseño, Diagramación y Maquetación

Guía para Prevenir y Atender el Hostigamiento y AcosoSexual laboral en Guadalajara

Instituto Municipal de las Mujeres en GuadalajaraMitla 386, Col. MonumentalGuadalajara, Jalisco, MéxicoPrimera EdiciónMayo de 2014

ISBN 978-607-96497-0-8

Impreso y hecho en México Printed and made in México

Mtra. Rosa María Castillero ManzanoDirectora

Psic. Karina Naranjo GonzálezCoordinadora de Trabajo

Mtra. María de los Ángeles González RamírezCoordinadora de Educación

Psic. Mónica Fabiola Márquez BarajasCoordinadora de Salud

Lic. Olga Lidia Plascencia CasillasCoordinadora de Participación Ciudadana

Lic. Verónica Muñoz RodríguezCoordinadora Administrativa

Lic. Antonino Calderón Gómez Coordinador del Centro de Información

Lic. Laura Margarita González MartínezJefa de Relaciones Públicas

Lic. Luz Elena Rosas HernándezJefa de Jurídico

Lic. María del Carmen Sosa DuránJefa de Difusión

Directorio Instituto Municipal de lasMujeres en Guadalajara

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ÍNDICE

Presentación. ........................................................................................

La Violencia hacia las Mujeres. .....................................................

Violencia Laboral hacia las Mujeres. .........................................

Problemas de las mujeres en el ámbito laboral. ......................

Acciones y actitudes a través de las que se manifiestan el hostigamiento y el acoso sexual laboral. ..............................

Principales consecuencias del Hostigamiento y Acoso sexual. .......................................................................................................

Recomendaciones de los organismos internacionales. .....

Prácticas recomendadas para disminuir los casos de acoso y hostigamiento sexual. ......................................................

Comité Municipal para Prevenir y Atender el Hostigamiento y el Acoso Sexual Laboral. ..............................

Requisitos de las quejas o denuncias. ........................................

Bibliografía: ...........................................................................................

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Presentación

Esta guía que hoy tienes entre tus manos, es una herramienta para asegurar tus derechos y brindarte información sobre el problema de la violencia hacia las mujeres en el ámbito laboral, que no sólo puede poner en riesgo tu integridad y dignidad sino tu propio empleo, por lo que es indudable que será de mucho interés y utilidad pues fue hecha para ti.

El Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara, dentro del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), impulsa la “Campaña contra el hostigamiento y acoso sexual en el Ayuntamiento de Guadalajara”.

Esta guía, producto de lo anterior, tiene como objetivo generar acciones directas a favor de una cultura de concientización sobre el tema del hostigamiento y acoso sexual, dirigida al personal de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a fin de establecer una sólida base para la prevención, atención, sanción y erradicación de esta práctica, sustentada por la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Esta campaña deberá llevar a la consolidación de un comité de control y vigilancia para el monitoreo, la asesoría y el seguimiento de casos, así como la capacitación, información y diagnostico de las situaciones particulares que se presentan, abarcando a todas las dependencias municipales y organismos públicos descentralizados, a través del correspondiente material impreso.

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La campaña resalta que tanto el hostigamiento como el acoso sexual laboral, tipificados como delitos, deben ser denunciados, además de exponer que el Ayuntamiento al capacitar al personal, trabaja para que todas las conductas y quejas sean atendidas y tratadas en todo momento con base en los principios de responsabilidad, confidencialidad, privacidad e imparcialidad para todas las partes, salvaguardando la protección de la trabajadora(or), ya que éstos delitos vulneran sus derechos al trabajo, a la igualdad, a la no discriminación, a la educación, a la libertad sexual y a una vida libre de violencia.

El Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara, así como el Ayuntamiento de Guadalajara, están comprometidos con las políticas de igualdad, de no discriminación y con la perspectiva de género; por ello es importante trabajar con todas las dependencias del gobierno municipal y fundamentalmente con la ciudadanía para, de manera conjunta, erradicar éstas y todas las diferentes formas de violencia, hacia las mujeres.

La Violencia hacia las Mujeres.

La violencia hacia las mujeres son todos los actos de violencia ejercidos contra ellas, que dan como resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico o sexual para la mujer, así como la amenaza de tales actos y la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la vida privada.

A continuación se describen los tipos de violencia y algunas de las formas en que puedes reconocerlos.

La violencia hacia las mujeres tiene su origen en múltiples factores culturales y sociales, como la forma en que se educa a las mujeres y a los hombres. Estos factores determinan los comportamientos de los individuos, siendo posteriormente aceptados, impuestos y reforzados por la misma sociedad, pero todos los tipos de violencia tienen consecuencias sobre la salud física, mental y el bienestar material de las personas y sus familias. También, quienes viven

TIPOS DE VIOLENCIA ÁMBITOS O LUGARESDONDE SE PRESENTA

- Violencia física- Violencia emocional o psicológica y verbal- Violencia sexual- Violencia económica o patrimonial- Feminicidio

- Hogar- Escuela- Trabajo- Instituciones- Comunidad

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la violencia, sufren estrés y ven deteriorada su estima personal, llegando a la convicción de que tienen poco valor y a considerarse carentes de cualidades; disminuyendo su capacidad para resolver conflictos, para relacionarse con otras personas y perdiendo la confianza en ellas y en las y los demás.

Violencia Laboral hacia las Mujeres.

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la Violencia Laboral1 como: la ejercida por las personas que tienen un vínculo laboral o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica y consiste en la acción u omisión que atenta contra la igualdad y dignidad de quien recibe violencia y por tanto daña su autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad e impide su desarrollo armónico.

De acuerdo a la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011, Jalisco ocupa el 4º lugar nacional, con el 33.9% de mujeres que son violentadas en un escenario comunitario o público2.

1 Art. 11 de la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia del Estado de Jalisco, 2008.2 INEGI. Panorama de la Violencia Contra las Mujeres, ENDIREH 2011. P.p. 56. Consultado en http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/estudios/sociodemografico/mujeresrural/2011/702825048327.pdf, el día 15 de febrero de 2014.

La misma encuesta señala que del total de mujeres violentadas en el ámbito laboral que es de 26. 5 %, el 52.5% reconocen que fueron agredidas en alguna institución pública y que el agresor fue su jefe o patrón y en el 58.8% su compañero3.

La violencia laboral atenta contra:

La dignidad

La libertad sexual

La intimidad

La integridad personal

El derecho a una vida libre de violencia

El derecho a la educación

El derecho a la igualdad y la no discriminación

El derecho al trabajo y la formación para el trabajo

El derecho a desarrollar actividades en un ambiente digno y sano que genere bienestar personal

3 Ibídem.

IDENTIFICA y ¡Denúncialo!El acoso y hostigamiento sexual laboral es grave

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Problemas de las mujeres en el ámbito laboral.

Pago diferenciado por el mismo trabajo

Discriminación del acceso al mercado de trabajo

Obstáculos e inequidades de oportunidades para ascender a puestos superiores

Examen de embarazo o no gravidez (Solicitar el certificado de no gravidez para acceder o permanecer en el trabajo)

Segregación ocupacional

División sexual del trabajo

Discriminación laboral por raza, preferencia sexual, estado civil

Hostigamiento y Acoso sexual en el trabajo

Para garantizar un ámbito laboral libre de violencia hacia las mujeres, es importante denunciar todos los delitos.

Es importante reconocer que tanto el acoso sexual como el hostigamiento, son delitos en el Estado de Jalisco y presentan las siguientes características:

Se trata de acciones que manifiestan abuso de poder, ejerci-do en el ámbito laboral.

El acoso y el hostigamiento sexual laboral se refieren a cualquier manifestación o expresión abusiva que se acom-pañe de comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que atentan contra la personalidad, la dignidad, la integridad física o psíquica de las personas y que ponen en peligro su empleo y/o degradan el clima de trabajo.

El acoso sexual laboral es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de ries-go para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos y se expresa cuando una persona con fines o móviles lascivos asedia o acosa sexualmente a otra persona de cualquier sexo.

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El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una re-lación de subordinación real de la víctima frente al agresor, expresándose en conductas físicas, verbales o ambas, rela-cionadas con la sexualidad de connotación lasciva sin impor-tar el sexo de la víctima, así como amenazas a la pérdida de estabilidad laboral si no se accede a favores sexuales, inde-pendientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Aunque podemos mencionar algunos ejemplos de violencia laboral o mobbing, que afectan tanto a mujeres como a hombres (amenazas, intimidaciones, maltrato, persecución, menosprecio, insultos, imposición, inequidad salarial, bromas sarcásticas reiteradas, discriminación negativa, traslados compulsivos, desvalorización de la tarea realizada, y otros), en el ámbito laboral existen ejemplos particulares que afectan de manera diferenciada a las mujeres. Por ejemplo:

Firma anticipada de renuncia en caso de embarazo

Control riguroso de su fertilidad (uso de anticonceptivos o esterilización) como requisito para permanecer en el empleo

Riesgo de no ser reinstalada en el puesto después de un permiso de maternidad o de lactancia

Negar permisos para responsabilidades familiares

Ámbitos en que se desarrollan el hostigamiento y el acoso sexual.

El hostigamiento y el acoso sexual pueden darse en cualquier relación en que exista jerarquía, autoridad, dependencia o una situación que otorgue ventaja al hostigador/a y se presenta en los siguientes lugares:

Centros de trabajo públicos (como son las dependencias de gobierno)

Centros de trabajo privados (empresas y fábricas)

Centros educativos (escuelas de cualquier nivel)

Instituciones sociales (iglesias, sindicatos y asociaciones)

En el hogar (si se paga por el trabajo doméstico)

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Acciones y actitudes a través de las que se manifiestan el hostigamiento y el acoso sexual

laboral:

Piropos o comentarios no deseados relativos a la apariencia física

Burlas, bromas, chistes, comentarios y/o preguntas incómodas sobre la vida sexual y/o amorosa

Miradas morbosas o gestos sugestivos que incomoden a quien las recibe

Exposición de carteles, calendarios, fotografías, pantallas de computadoras, etc., con imágenes de naturaleza sexual que incomoden a quien se le presentan

Presión para aceptar invitaciones a encuentros o citas no deseados fuera del trabajo

Cartas, llamadas telefónicas, correos electrónicos o mensajes de naturaleza sexual no deseada

Contacto físico no deseado

Amenazas que afecten negativamente la situación en el trabajo si no se aceptan las invitaciones o propuestas sexuales

Presión para tener relaciones sexuales

Intentos de violación

Principales consecuencias del Hostigamiento y Acoso sexual

ÁMBITOS CONSECUENCIAS

DerechosHumanos

Salud

Laboral

Sentimiento de falta de justicia y de no reconocimiento como persona.

Física: dolores de cabeza, tensión muscular, trastornos gastrointestinales, alergias, señales de golpes (a consecuen-cia de violencia física), abuso sexual, violaciones.

Psicológica: depresión, ansiedad, apatía, angustia, irritabilidad, agresividad, insom-nio, enfermedades psicosomáticas, baja autoestima.

Desarrollo profesional: discriminación, segregación ocupacional, condiciones laborales inseguras, falta de oportuniadesen promociones, aumento salarial ycapacitaciones, aumento de riesgos detrabajo, desinterés y disminución de lacalidad productiva y calidad de trabajo.

Desarrollo económico: discriminación salarial, pérdida de seguridad social, desempleo, pobreza, disminución de la calidad de vida tanto personal como familiar.

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Recomendaciones de los organismos internacionales:

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su Conferencia de 1985, señaló el acoso sexual como una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y trabajadores, declarando que constituye un problema de seguridad, de salud y de discriminación, es decir: una inaceptable situación laboral y una forma de violencia primariamente contra las mujeres4.

4 www.cinterfor.org.uy/mujer/doc/cinter/pacto/cue_gen/aco_sex.htm. http://lialdia.com/2009/08/elacososexualeneltrabajo%C2%BFporquecallanlasmujeres/

Por su parte, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer5, refiere que el acoso sexual, entendido como una atención sexual no deseada por quien la recibe y que resulta ofensiva y amenazadora para ésta, no sólo atenta contra la integridad física y sicológica, sino también configura una expresión severa de discriminación.

Prácticas recomendadas para disminuir los casos de acoso y hostigamiento sexual:

Los estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indican que las políticas y prácticas contra el hostigamiento y acoso sexual deberían incluir cuatro elementos principales:

Una declaración de criterios

Un procedimiento de denuncia adaptado al hostigamiento o acoso sexual, que respete la confidencialidad

Sanciones disciplinarias progresivas

Una estrategia de formación y comunicación

La protección contra la represalia debe constituir también un elemento clave en todo procedimiento de denuncia.

5 Este Comité fue establecido por el artículo 17 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de sus disposiciones

ÁMBITOS CONSECUENCIAS

Relacionesinter-personales

Familiar Baja calidad de vida relacionada con la pérdida del empleo por renuncia o despido y el descuido de la familia, disminución de los ingresos económicos familiares, así como de la seguridad social.

Con�ictos, mala comunicación, tensión, irritabilidad.

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La prevención y la sanción son dos medidas importantes de adoptar ante este problema, siendo imprescindible que se tomen acciones a nivel municipal y se extiendan a las estructuras sindicales y todos los demás ámbitos del servicio público.

Dichas acciones deben incluir:

Una capacitación que fomente el respeto y el valor del papel de las mujeres en el trabajo, eliminando la práctica de concebirlas como objetos sexuales

La creación de conciencia en los hombres y las mujeres sobre la relevancia que tiene atender estos temas para que cada quien asuma su responsabilidad

Establecer estrictas reglas disciplinarias internas

Crear una atmósfera laboral que desaliente la intimidación sexual y promueva un entorno con relaciones cordiales y productivas, donde todas y todos respeten la dignidad de cada trabajadora y trabajador

Tomar conciencia de la responsabilidad y obligación de la autoridad de prevenir el hostigamiento y acoso sexual en el ámbito laboral

Educar a las y los directivos sobre las consecuencias de no tomar acciones en los casos o hechos denunciados

Motivar en el personal, el empoderamiento de habilidades para rechazar y denunciar firmemente toda manifestación de hostigamiento o acoso desde el primer momento

Promover la cultura de la denuncia

Dar a conocer los diferentes procedimientos de denuncia o queja y su carácter confidencial

Garantizar la protección contra toda medida de represalia para quien presente denuncia o queja

Informar y difundir a la población en general que el hostigamiento y el acoso sexual afectan las garantías individuales de las personas

Difundir que son delitos graves que pueden implicar una falta administrativa en el municipio, siendo conductas inapropiadas en el trabajo, además de considerarse como acciones de violencia institucional hacia la ciudadanía

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Comité Municipal para Prevenir y Atender el Hostigamiento y el Acoso Sexual Laboral

Este Comité del Ayuntamiento de Guadalajara se instaló el 12 de diciembre de 2013, y está integrado por:

Presidente/a Municipal;

La Presidenta de la Comisión Edilicia de Derechos Humanos y Equidad de Género

La Directora del Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara, quien fungirá como Secretaria Técnica del Comité

La persona responsable de la Secretaría de la Contraloría del Ayuntamiento

La o el Director General Jurídico del Ayuntamiento

La o el Director General de Recursos Humanos del Ayuntamiento

La o el representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

El o la Secretaria General del Sindicato Mayoritario de las y los servidores públicos del Ayuntamiento de Guadalajara

La o el representante de una Asociación Civil u organismo no gubernamental con amplia trayectoria en temas de género

Este comité está comprometido a salvaguardar los principios y derechos al trabajo, a la igualdad, a la no discriminación, a la educación, a la libertad sexual, a la salud, a una vida libre de violencia, a la privacidad, a la imparcialidad, confidencialidad y transparencia para todas las partes, de manera responsable, profesional y ética, garantizando una absoluta confidencialidad sobre el contenido de las denuncias presentadas y la seguridad de las y los denunciantes y/o denunciados/as.

Denuncia o queja Administrativa en la Secretaría de la

Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara

Unidad de Atención a Quejas

Tel. 36 69 13 00 Extensión 1309.

Calle 5 de Febrero #249, Colonia Las Conchas

(Detrás de la Antigua Central Camionera).

Importante: se deberá acudir personalmente, en horas hábiles a presentar la correspondiente queja o denuncia, a efecto de que esta dependencia intervenga para que se inicie el proceso en el Comité Municipal para Prevenir y Atender el Hostigamiento y el Acoso Sexual Laboral.

La Secretaría Técnica del Comité (Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara), brindará asesoría jurídica con perspectiva

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de género para la interposición de las denuncias o quejas hechas por las y los servidores públicos o las y los ciudadanos, que podrán ser interpuestas de forma verbal o escrita, directamente ante la oficina de la Secretaria de la Contraloría Municipal.

Requisitos de las quejas o denuncias:

Nombre completo, dirección, teléfono o correo electrónico si lo tuviere, área de adscripción y puesto de la víctima.

Nombre completo o apodo, cargo, dirección o dependencia municipal donde labora el servidor/a presunto/a responsable.

Descripción clara y detallada de los hechos que dieron lugar a la queja o denuncia de hostigamiento y/o acoso sexual, haciendo énfasis en las circunstancias de modo, tiempo y lugar.

Se podrá solicitar el otorgamiento de medidas cautelares y de protección.

Denuncia laboral en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Estado de Jalisco.

Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Jalisco.

Teléfono 30 30 10 00 extensión 26736.

Calle Independencia #100, Col. Centro, Guadalajara, Jal.

Importante: se deberá acudir personalmente, en horas hábiles a presentar la correspondiente denuncia, a efecto de que esta dependencia intervenga para una conciliación laboral.

Denuncia Penal en la Fiscalía General del Estado de Jalisco

Teléfono del conmutador: 38 37 60 00

Domicilio: Calzada Independencia Norte #778, esquina con Hospital, Col. La Perla, Guadalajara.

Módulos de orientación

Extensiones 12221 y 12623

Mismo domicilio.

Dirección General del Centro de Atención y Protección a Ofendidos, Víctimas y Testigos del Delito

Tel. 38 37 60 00

www.fge.jalisco.gob.mx

Importante: se deberá acudir personalmente, en horas hábiles a presentar la correspondiente Denuncia Penal por los delitos de hostigamiento y/o acoso sexual, a fin de que esta dependencia investigue y proceda a la detención del agresor.

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Queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ).

Tel. 36 69 11 01

Calle Pedro Moreno #1616, Colonia Americana, Guadalajara, Jal.

Importante: se deberá acudir personalmente, en horas hábiles a presentar la correspondiente queja por los delitos de Hostigamiento y/o Acoso Sexual, a fin de que esta dependencia investigue y emita la correspondiente recomendación al Ayuntamiento de Guadalajara, por motivos de maltrato, omisión y no atención del caso por parte de la autoridad municipal.

Bibliografía

Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia del Estado de Jalisco, 2008.

INEGI. Panorama de la Violencia Contra las Mujeres, ENDIREH 2011. P.p. 56. Consultado en http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvine-gi/productos/estudios/sociodemografico/mujeresru-ral/2011/702825048327.pdf, el día 15 de febrero de 2014.

www.cinterfor.org.uy/mujer/doc/cinter/pacto/cue_gen/aco_sex.htm. http://lialdia.com/2009/08/elacososexualeneltrabajo%C2%BFporquecallanlasmujeres/.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW).

DELITOS PENALIDADES

De 2 a 4 años de prisión

De 1 a 4 años de prisión

Además de las penas se le destituirá de su cargo.

Hostigamiento sexual

Acoso sexual

Agravante por ser Servidor Público

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Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara

www.immg.gob.mx

Mitla No. 386, Colonia MonumentalGuadalajara, Jalisco.

Teléfonos: 36385287 / 36385288 /36385289

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