)i -2018-ana-aaa.m 0 9 2018 · 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico,...

4
p,GRICuo. o, t. 5,1; Abo !.(.11 Alberto Atunmda ledesma RESOLUCION DIRECTORAL N° e\ ) i -2018-ANA-AAA.M Cajamarca, 0 9 ENE, 2018 VISTO: El expediente administrativo ingresado con CUT N° 198736-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", del Caserío Shumba Bajo, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada Shumba. Canal de Derivación, políticamente ubicado en el Caserío Shumba Bajo, distrito Bellavista, provincia Jaén, región Cajamarca y; CONSIDERANDO: Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto; Que, por Resolución Jefatural N° 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados; Que, mediante Memorándum N° 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón;

Upload: dangdieu

Post on 18-Jul-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: )i -2018-ANA-AAA.M 0 9 2018 · 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba,

p,GRICuo.o, t.

5,1;

„ Abo !.(.11 Alberto Atunmda ledesma

RESOLUCION DIRECTORAL N° e\)i -2018-ANA-AAA.M

Cajamarca, 0 9 ENE, 2018

VISTO:

El expediente administrativo ingresado con CUT N° 198736-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", del Caserío Shumba Bajo, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada Shumba. Canal de Derivación, políticamente ubicado en el Caserío Shumba Bajo, distrito Bellavista, provincia Jaén, región Cajamarca y;

CONSIDERANDO:

Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua;

Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto;

Que, por Resolución Jefatural N° 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados;

Que, mediante Memorándum N° 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón;

Page 2: )i -2018-ANA-AAA.M 0 9 2018 · 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba,

RESOLUCION DIRECTORAL N° (;,:,) 7 -2018-ANA-AAA.M

Que, mediante Solicitud, de fecha 03 de noviembre de 2017, tramitado con fecha 06 de noviembre de 2017, el "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", del Caserío Shumba Bajo, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca; solicitó a la ALA Chinchipe Chamaya, su reconocimiento como Comité de Usuarios de Agua y su adecuación;

Que, mediante escrito del visto, el "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino"; solicitó a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización; proveniente de la quebrada Shumba, ubicada en el Caserío Shumba Bajo, distrito Bellavista, provincia Jaén, región Cajamarca. El uso del recurso hídrico lo realizan de manera pública, pacífica y continua con una antigüedad mayor a la señalada en la Segunda de las Disposiciones Complementarias Transitorias Finales de la Ley N° 29338;

Que, mediante Informe Técnico N° 002-2017-ANA-AAA.M-AT/ABSR, de fecha 27 de diciembre de 2017, el Área Técnica, luego de la evaluación del expediente administrativo, recomienda delimitar la infraestructura hidráulica del bloque de riego; así como, otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial, con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, a favor del "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino"; por un volumen anual de hasta 1 796 105,71 m3; que equivale a un caudal de hasta de 100,651/s, proveniente de la quebrada Shumba. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur 742 615 E - 9 386 378 N, altitud 632 msnm. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico, se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84, zona 17 sur: 744 885 E -9 388 572 N, altitud 598 msnm.; en beneficio de cincuentainueve (59) usuarios y setentaiuno (71) predios, con un área bajo riego de 128,35 ha. Políticamente ubicado en el Caserío Shumba Bajo, distrito Bellavista, provincia Jaén, región Cajamarca. La asignación hídrica mensual se detalla en Cuadro N° 01 de la parte resolutiva;

Que, las obras de aprovechamiento hídrico ejecutadas por "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", están conformadas por: El Canal de Derivación Mi Chino tiene una longitud total de 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba, y cuyas dimensiones de la sección son: B=1,42 m, b=0,61 m y H=0,56 m. El Canal de Derivación Mi Chino, cuenta con un canal Lateral de Primer orden (L1) Catagua de sección irregular y material rustico, tiene una longitud de 1 841,98 m; y,

Que, estando a lo opinado por el Área Técnica y con el visado del Área legal, en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Autoridad en el Reglamento de Organización y Funciones — ROF, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; así como, la Resolución Jefatural N° 266-2017-ANA, por la cual se designó al Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón.

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DELIMITAR el Bloque de riego, a favor del "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", del Caserío Shumba Bajo, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca - Bloque de Riego Canal Mi Chino; obras que están conformadas por: El Canal de Derivación Mi Chino tiene una longitud total de 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba, y cuyas dimensiones de la sección son: B=1,42 m, b=0,61 m y H=0,56 m. El Canal de Derivación Mi Chino, cuenta con un canal Lateral de Primer orden (L1) Catagua de sección irregular y material rustico, tiene una longitud total de 1 841,98 ml.

ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR a favor del "Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino", del Caserío Shumba Bajo, Distrito de Bellavista, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca - Bloque de Riego Canal Mi Chino; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización; por un volumen anual de hasta 1 796 105,71 m3; que equivale a un caudal de hasta de 100,65 1/s, proveniente de la quebrada Shumba. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 742 615 E - 9 386 378 N, altitud 632 msnm. El punto centroide donde se hace uso del recurso hídrico, se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84, zona 17 sur: 744 885 E - 9 388 572 N, altitud 598 msnm.; en beneficio de cincuentainueve (59) usuarios y setentaiuno (71) predios, con un área bajo riego de 128,35 ha. Políticamente ubicado en el Caserío

Page 3: )i -2018-ANA-AAA.M 0 9 2018 · 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba,

91, NORIC00,. <5.5) OCION4‘

ve.%

Ing. los Odide Sá nao

'944421114 Gua' dy

Si

RIGOCI

RESOLUCION DIRECTORAL N° -2018-ANA-AAA.M

Shumba Bajo, distrito Bellavista, provincia Jaén, región Cajamarca. La asignación hídrica mensual se detalla en el siguiente Cuadro:

Cuadro N° 01 Asignación Hídrica Mensualizada.

OUTRIUDA UNO. ASPIACOEHIORICAMDISUAIPPRAE10110.10150(j1

10101 DE AB IJAR 831 MAS MI XL e SET OCT 209 DK

5141153A (lis! 91.53 6114 31,14 0,65 13,32 57,31 61,57 1/.43 50,45 69,54 10)5 180,55

NI 24512,53 145 444,13 39453,11 1582,50 9023,45 12550,16 111 91013 201 2443 130151,12 12858,03 183401,11 353 513,51 119612,11

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino; conforme lo establece el artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, deberá instalar instrumentos de control y medición de agua, en un plazo máximo de un (01) año, conservándolos y manteniéndolos en buen estado, con la finalidad de registrar y reportar mensualmente a la Administración Local de Agua Chamaya, el volumen captado y aprovechado de la quebrada Shumba. El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme lo establece la Ley de Recursos Hídricos.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la relación de usuarios beneficiarios del Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino — Bloque de Riego Canal Mi Chino; se detallan en el Anexo N° 01 y Anexo N° 02, que forman parte de la presente resolución, servirá de base para que el titular de la Licencia de Uso de Agua, emita Certificados Nominativos que representan una parte de la asignación de Agua que le corresponde a cada uno de los integrantes del bloque y deberá remitirlos a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, para su aprobación.

91.p.GRicuo, o tkAcion0,044

Alberto s. o

Ahumada Ledesma

, ARTICULO SEXTO.- REMITIR la presente Resolución Directoral a la Dirección de Administración de

144112111," Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para su inscripción en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTICULO QUINTO.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral a la Oficina de Valor Económico del Agua de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para el cumplimiento del pago de la retribución económica por ser el agua patrimonio de la Nación.

ARTICULO SÉTIMO.- DISPONER que la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, deberá supervisar el derecho otorgado e informará a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón.

ARTICULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, la notificación de la presente Resolución Directoral al Comité de Usuarios de Agua Canal Mi Chino y a la la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jaén San Ignacio, en el modo y forma de ley.

Regístrese ÁC • muníquese.

Page 4: )i -2018-ANA-AAA.M 0 9 2018 · 7 132,97 ml de sección irregular y material de concreto y rustico, además presenta una Bocatoma Lateral derecha de tipo rustica en la quebrada Shumba,

RESOLUCION DIRECTORAL N° el¿ -2018-ANA-AAA.M

Anexo N° 01: Relación de Usuarios Beneficiarios

ANEXO N901: USTADO DE USUARIOS DEL BLOQUE DE RIEGO MI CHINO QUE ACREDITAN TITULARIDAD DE PREDIO

N° /piado' y Nombres DNI

Dei predio Dei bloque de riego Volumen

Asignadolaho

(811 Nombre Codigo Catastral Pm Total (hal

Ana Balo Riego (be)

Rombos del. coral de servicio yfo abastecimiento

Nombre

Punto de captación WGS434, Zona 17

Norte (r4 Este (m)

1 BERME0 KYR*, ETELVINA 27711734 SANTA ROSA DT. 31871. 1.10 51 0,5100 0,510 mi CHINO

MI CHINO 742 615 9 386 378

1136,84

2 CARRiON ALE/ANORIA ROmAiN 2771165.0 SANTA VICTORIA COMPRAVENTA NOTARIAL=

16/03/10 1,7000 1,500 MI CHINO 20 990,72

3 CARRION GUEvARA. HUGO ESTEBAN 21728730 EL CEREZO COLTPRA VENTA NOTARIAL

11/07/12 1.2100 1280 MI CHINO 17 912.08

4 cARRiON mOUNATEPSSA MAGDALENA 27674668 SAN FRANCISCO --- 2.6700 2000 mi CHINO 27 987,62

5 CORDOvA BURGA. TOSE GENEORARDO 27704278 --- CC 30679 1,7000 1.500 Mi CHINO 20 990,72

6 CORONADO CISNEROS. WILLY GUNTHER 27722166 MANUEUTO II Y 8EATRIZ --- 4,6400 21000 MI CHINO 27 987,62

7

DIAZ DIAZ, IESUS 27744606 EL MANGO --- 1,4000 1,400 MI CHINO 19 591,34

DIAZ mai, JESUS 27744606 a SACRIFICIO --- 0,5000 0.500 MI CHINO 6996.91

DIAZ DIAZ,IESUS 27744606 EL MANGO N.2 2,0000 0,500 MI CHINO 6996,91

8 GIL CUBAS, MARGARITA 09961014 - -- 6,2934 3,000 MI CHINO 41 981,43

9 GIL CUBAS, MARi A 27718322 --- -- 0.8600 0,860 MI CHINO 12034,68

10 GIL FLORES. MAXIM° 27664282 ACAPULCO - 0,8882 0,388 mi CHINO 12 429,30

11

GUEVARA GIL HEREDERAS 27734943 MIRAFLORES SUCESION INTESTADA

NOTARIAL 19/07/04 3,5000 2.500 /ACHINO 34 984,53

GUEVARA Gil HEREDERAS 27734943 SAN FERNAN SUCESION INTESTADA

DO NOTAR.. 19/07/04

1,0000 LOCO Mi 04040 13993,81

GUEVARA GIL HEREDERAS 27734943 GIRASOL SUCESION INTESTADA

NOTARIAL 19/07/04 15.5000 8000 MI 041M) 111 950,49

12 yzaurERDO PUEU.ES, RAFAEL EDUARDO 27663300 LA PRADERA OC. 30697 1,5000 1,500 MI CHINO 20990,72

13 LOPEZ ROMERO. MEMO 27704901 SANTA BEATRIZ - 0,5000 0.503 Mi CHINO 6996,91

14 LOZANO HIDALDO, VICTOR 27681035 El LAUREL T1T. 36863. UC 3072 4,6000 2.500 MI CHINO 34 984,53

15 NEYRA GUZIAN.1, REYNALDO 27730238 BUENAVENTURA --- 1,0000 0,500 MI CHINO 6996,91

16 NUÑEZ ALBERCA ANTONIA MEDARDA 27737255 EL ORHUELO SUB DivISION POR .11.112 PAZ 1,7910 1,000 MI CHINO 13 993,81

17 OCAÑA 80800I110. ADELA 27661443 SAN FRANOSCO --- 2,5000 2,000 mi CHINO 27 987,62

18 PAREDES SÁNCHEZ LUMAILA 42306882 MI CHINAL - 14,0000 1/700 mi CHINO 13 993,81

19 RAMiREZ MEDINA GABRIEL 27829695 LOS PINOS - 6,0000 3,000 Mi CHINO 41 981.43

20 RAMOS MANAY.111.1117 MERY RAQUEL 27702027 EL O RUELO nr. 3939. UC 30709 30400 1240 Mi CHINO 17 352,33

RAMOS mANAT. TELMY MERT RAQUEL 27702027 SAN mARTIN IX. 30704 2,1400 1000 Mi ORNO 13 993,81

21 REQuE.10 SEGURA. EriGEm0 27668697 EL ARROZAL COMPRA VENTA

NOTARIAL=17/06/02 1.0000 1,000 MI CHINO 13 993,81

22 ROSILLO ALBERCA °AND ALCIDES 27677692 LA ESPERANZA' - 3,2500 1,000 MI CHINO 13 993,81

23 TROYA CONTRERAS, 105E EDGARDO 77662454 LA FORTUNA COMPRA VENTA NOTARIAL

27/08/09 1,5428 1,543 Mi CHINO 21 589,65

24 TROYA CONTRERAS. MANUEL CELEDONIO 27667354 EL ARROZAL --- 1,4946 1,000 MI CHINO 13 993,81

25 TROYA MARQUEZ CEL(DONIO 27666338 EL ARROZAL TIT. 36824. UC 30682 15,0000 4,000 MI CHINO 55 975,25

26 TROTA RAMOS, MANUEL HARTI N 27746124 SANTA FE COMPRAVENTA 1,7200 1,710 MI CHINO 24 069,36

27

TROTA RAM OS. SEGUNDO RICARDO 16477729 El MANCA COMPRA 05/04 /04 VENTA NOTARIAL=

3,6000 2,500 Mi CHINO 34 984,53

RAMOS, SEGUNDO RICARDO TROYA RAMOS, 16477729 El PROGRESO VENTA NOTARIAL =

19/0j/97 1,3000 1,300 MI CHINO 18 191,95

TROTA RAMOS, SEGUNDO RICARDO 16477729 EL PROGRESO 01- 003359 2,0553 1,300 Mi CHINO 18 191.95

28 VARGAS SUBE, FLOR 27745866 -- -- 1.6000 1,250 MI CHINO 17 49226

29 vELASQUEZ RAMMER, SEGuND0 27674793 EL Di AMANTE -- 3,1000 2.500 MI CHINO 34 984,53

VEUISQUEZ RAMIREZ SEGUNDO 27674793 EL DIAMANTE COMPRA VENTA NOTARIAL

07/10/13 05000 0,500 MI CHINO 6996,91

30 VILLANUEVA MONTENEGRO, DANNY 27719589 LA VICTORIA COMPRA ~FÍA PRV

NOTARIAL • 17/08/16 6,6325 5,000 MI CHINO 69 969,06

31 VILLANUEVA MONTENEGRO, ARACELY JESÚS 27737749 LA VICTORIA COMPRA vENTA PRV

NOTARIAL • 17/08M 6,6325 5,000 MI CHINO 69 969,06

32 VillaquEvA MONTENEGRO VDADE LENE, BERBEUNDA 27663598 lit VICTORIA COMPRA VENTA NOTARIAL 14,0000 8,000 MI CHINO 111 950,49

TOTAL 145,84 79,29 1 109 583,31

001- 1GRIOLio. 1451,zotyAC O/% OT„," . O, r

."., • V° B° Yo G °G,

, s Alberto ,. Ah Ledesma j

%' ‹.111

441st il 15::'°'