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Curso de HSE a comisiones de Seguridad e Higiene de autopistasTRANSCRIPT
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Objetivo
• Dar a conocer las funciones que debe desempeñar el integrante de la comisión de seguridad e higiene, con el fin de ser promotor en la prevención de riesgos de trabajo tales como “accidentes y enfermedades” en su centro laboral
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CONTENIDO 1. Marco Jurídico.
2. NOM-019-STPS-2011.
3. Conceptos Básicos de Seguridad e Higiene.
4. Identificación y Evaluación de la Normatividad Aplicable.
5. Mapa de Riesgos.
6. Controles Operacionales.
7. Investigación de Accidentes.
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MARCO LEGAL
CONSTITUCION
LEY FECERAL DEL TRABAJO
REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
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CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS
FRACCION XIV: Los empresarios serán los responsables de los accidentes de
trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores.
FRACCION XV: El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con su
negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones
de su establecimiento
ARTICULO 123 APARTADO A
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LEY FEDERAL DEL TRABAJO
FRACCIONES XVI y XVII: Son obligaciones de los patrones cumplir con las
disposiciones de seguridad e higiene en las instalaciones para prevenir riesgos de
trabajo y perjuicios al trabajador, así como adoptar medidas necesarias para evitar
que los contaminantes excedan los Limites Máximos Permisibles.
FRACCION XXIV: Permitir la inspección de las autoridades del trabajo
FRACCION XXVII: Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que
establece la ley
FRACCION XXVIII: Participar en la integración y funcionamiento de las comisiones
ARTICULO 132
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES
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LEY FEDERAL DEL TRABAJO
FRACCIONES II: Observar las medidas preventivas e higiénicas
FRACCION X: Someterse a los exámenes médicos
FRACCION XII: Comunicar al patrón las deficiencias del centro de trabajo
ARTICULO 134
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 135
PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES
FRACCION I: Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia
seguridad, la de sus compañeros o la de terceras personas
FRACCION V: Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga
enervante
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LEY FEDERAL DEL TRABAJO
En cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad
e higiene que se juzguen necesarias, compuestas por igual número de
representantes por el patrón y la parte trabajadora, con el fin de investigar las
causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para
prevenirlos y vigilar que se cumplan
ARTICULO 509
ORGANIZACIÓN EN CADA EMPRESA DE LAS
COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
ARTICULO 510
COMO SERAN DESEMPEÑADAS LAS COMISIONES
Las comisiones a las que se refiere el articulo anterior serán desempeñadas
gratuitamente dentro de las horas de trabajo.
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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
ARTICULO 12: La secretaria llevará a cabo programas de asesoría y orientación para el
debido cumplimiento de la normatividad con mecanismos de apoyo para facilitar dicho
cumplimiento, a través de compromisos voluntarios con aquellas empresas o
establecimientos que así lo soliciten
ARTICULO 14: Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes médicos
de ingreso, periódicos y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes Físicos,
Químicos, Biológicos y Psicosociales
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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
CAPITULO 4to. ART. 130: En los centros de trabajo con 100 o más trabajadores, el patrón
contará con:
a) Un diagnóstico de las condiciones de Seguridad e Higiene que prevalezca en el centro
laboral
b) Un programa preventivo y correctivo de S. e H. el cual considerara el cumplimiento de
la normatividad en la materia, acorde a las características de las actividades y procesos
industriales que se efectúen en la empresa y para empresas con menos de 100
trabajadores solo se elaborara una relación de medidas generales y especificas de
Seguridad e Higiene en el trabajo
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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Art. 131: Es responsabilidad del patrón actualizar una vez al año el programa o la relación
de medidas, y presentarlo a la autoridad del trabajo cuando esta así lo requiera.
Art. 132: En el programa o relación de medidas de Seguridad e Higiene, se considerarán
los riesgos potenciales, de acuerdo a la actividad de la empresa.
ART. 133: Deberá de actualizarse el programa o la relación de medidas cuando se
modifiquen los procesos, procedimientos de trabajo, las instalaciones, la distribución de la
planta y con ellos los puestos de los trabajadores o cuando se emplean nuevos
materiales.
Art. 134: El patrón difundirá y ejecutara el programa o la relación de medidas de
Seguridad e Higiene debiendo capacitar y adiestrar a los trabajadores en su aplicación.
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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
El Reglamento remite a las NOM (normas Oficiales Mexicanas) expedidas por la STPS
(Secretaria del Trabajo y Previsión Social), que describen las características técnicas de
seguridad de las maquinas y equipos, al tiempo de establecer los niveles máximos de
contaminantes en el medio ambiente de trabajo y los métodos para controlarlos.
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS
(NOM)
NORMATIVIDAD
32 NOM
SEGURIDAD
10 NOM
HIGIENE
8 NOM
ESPECIFICAS
7 NOM
ORGANIZACIÓN
7 NOM
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS
(NOM)
NORMA TITULO
NOM-001-STPS-2008 Edificios, locales e instalaciones
NOM-002-STPS-2010 Prevención y protección contra incendios
NOM-004-STPS-1999 Sistemas y dispositivos de seguridad en maquinaria
NOM-005-STPS-1998 Manejo, transporte y almacenamiento de sustancias
peligrosas
NOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materiales
NOM-009-STPS-2011 Trabajos en altura
NOM-020-STPS-2011 Recipientes sujetos a presión y calderas
NOM-022-STPS-2008 Electricidad estática
NOM-027-STPS-2008 Soldadura y corte
NOM-029-STPS-2011 Mantenimiento a instalaciones eléctricas
SEGURIDAD
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS
(NOM)
NORMA TITULO
NOM-010-STPS-1999 Contaminantes por sustancias químicas
NOM-011-STPS-2001 Ruido
NOM-012-STPS-1999 Radiaciones ionizantes
NOM-013-STPS-1993 Radiaciones no ionizantes
NOM-014-STPS-2000 Presiones ambientales anormales
NOM-015-STPS-2001 Condiciones térmicas elevadas o abatidas
NOM-024-STPS-2001 Vibraciones
NOM-025-STPS-2008 Iluminación
HIGIENE
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS
(NOM)
NORMA TITULO
NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal
NOM-018-STPS-2000 Identificación de peligros y riesgos por sustancias
químicas
NOM-019-STPS-2011 Comisiones de seguridad e higiene
NOM-021-STPS-1994 Informes sobre riegos de trabajo
NOM-026-STPS-2008 Colores y señales de seguridad
NOM-028-STPS-2004 Seguridad en procesos de sustancias químicas
NOM-030-STPS-2009 Servicios preventivos de seguridad y salud
ORGANIZACION
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS
(NOM)
NORMA NOM
NOM-003-STPS-1999 Plaguicidas y fertilizantes
NOM-007-STPS-2000 Instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas
agrícolas
NOM-008-STPS-2001 Aprovechamiento forestal maderable y aserraderos
NOM-016-STPS-2001 Operación y mantenimiento de ferrocarriles
NOM-023-STPS-2003 Trabajos en minas
NOM-031-STPS-2011 Construcción
NOM-032-STPS-2008 Minas subterráneas de carbón
ESPECIFICAS
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OBJETIVO
Establecer los requerimientos para la integración organización y funcionamiento de las
comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo
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CAMPO DE APLICACION
Rige en todo el territorio nacional y aplica en todas las empresas o establecimientos a que
se refiere el articulo 16 de la ley federal del trabajo vigente
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OBLIGACIONES DEL PATRON
• Participar en la integración y vigilar el
funcionamiento de la comisión.
• Proporcionar a los integrantes la capacitación y
adiestramiento
• Atender recomendaciones de seguridad e higiene
que le señale la comisión y dar seguimiento a las
medidas propuestas.
• Dar facilidades y permisos para el desempeño de
sus funciones.
• Proporcionarles información sobre procesos,
materias primas, sustancias químicas utilizadas.
• Contar con el acta de constitución de la comisión (al
menos una comisión).
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OBLIGACIONES DEL PATRON • Contar con el programa anual de recorridos de
verificación
• Contar con las actas de recorrido de verificación,
realizadas por la comisión.
• Mantener en lugar visible del centro de trabajo la
relación actualizada de los integrantes de la
comisión, o comisiones precisando:
Puesto
Turno
Área de trabajo
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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES • Designar a sus representantes, a través del
sindicato
• Mediante consulta entre los trabajadores
• Participar y apoyar en el funcionamiento
• Proporcionar la información de condiciones
peligrosas
• Atender las recomendaciones de seguridad e
higiene que señale la comisión.
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INTEGRACIÓN • Las comisiones deben integrarse en un plazo no mayor de 90 días naturales.
• El patrón deberá formalizar la constitución de la comisión con los miembros que se
hayan seleccionado y con la representación del sindicato, se levantará el acta con la
información requerida.
• Coordinador
• Secretario
• Vocales
• Vigencia de 2 años
• Alternaran (coordinador y secretario)
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INTEGRACIÓN
EMPRESAS CON MENOS DE 15 TRABAJADORES
EMPRESAS CON MAS DE 15 TRABAJADORES
En los centros de trabajo con menos de 15 trabajadores, la comisión de Seguridad e Higiene, se conformará por:
• Un representante por la parte patronal
• Uno por la parte trabajadora
• Ellos deberán asumir las funciones y responsabilidades que establece esta norma.
En los centros de trabajo con 15 trabajadores o más, la comisión de Seguridad e Higiene se conformará por: • Un coordinador, un secretario y dos vocales, que acuerden las partes, asentándolo
en el acta.
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REPRESENTACION PATRONAL Y DE LOS
TRABAJADORES
SUSTITUCION DE LOS INTEGRANTES
• Desempeñen sus funciones directamente en el centro de trabajo y que de
preferencia tengan conocimientos de seguridad e higiene
• Conformada de preferencia con los responsables de los servicios preventivos con
conocimientos de medicina y seguridad en el trabajo
• Negarse a cumplir con los procedimientos
• No cumplir las actividades establecidas
• Por ausencia definitiva
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FUNCIONAMIENTO • Vigilar el cumplimiento del reglamento y normas
aplicables en seguridad e higiene
• Establecer un programa anual de verificaciones, asignando mayor prioridad a las áreas con mayores condiciones peligrosas
• Dentro de los 30 días naturales siguientes a la constitución de la comisión y posteriormente en los primeros 30 días naturales de cada año
Realizar recorridos de verificaciones ya programadas:
• Mensuales
• Bimestrales
• Trimestrales
Se realizaran de recorridos EXTRAORDINARIOS en los siguientes casos:
•En caso de accidentes, enfermedades, defunciones, incapacidades permanentes o
cambios en el proceso
•Se levantará el acta, (condiciones peligrosas y violaciones)
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COORDINADOR • Presidir, dirigir y vigilar el funcionamiento.
• Integrar en el acta las medidas propuestas.
• Planear la programación de verificaciones.
• Al termino de la verificación el coordinador y secretario firmaran el acta.
• Participara en la inspección de Seguridad é higiene laboral.
• Asesorar a los vocales y todo personal.
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SECRETARIO • Convocar a los integrantes (verificaciones).
• Apoyar las reuniones señale el coordinador.
• Integrar el acta (violaciones, y propuestas de accidentes y enfermedades).
• Participar en la inspección de seguridad é higiene.
• Asesorar a los vocales y al personal.
• Conservar las actas por 12 meses.
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VOCALES • Detectar y recabar las condiciones peligrosas en los recorridos.
• Apoyar las actividades de promoción y orientación de seguridad é higiene.
• Participar en reuniones de trabajo.
• Detectar y recabar información sobre condiciones peligrosas o inseguras.
• Revisar las actas de recorridos de verificación.
• Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores.
• Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene
que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo.
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DATOS MINIMMOS PARA EL ACTA DE INTEGRACION
a)Datos del centro de trabajo:
-Nombre denominación o razón social
-Domicilio completo
-RFC
-Registro patronal IMSS
-Rama industrial o actividad económica
-Fecha de inicio de actividades
-Numero de trabajadores del centro de trabajo
-Numero de turnos
b)Datos de la comisión:
-Fecha de integración de la CSH
-Nombre y firma del patrón y representante de los trabajadores (con menos de 15 trabajadores)
-Nombre y firma del coordinador, secretario y vocales (con mas de 15 trabajadores o mas)
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OTRAS COMISIONES Se podrán constituir otras Comisiones de Seguridad e Higiene tomando en consideración lo siguiente: • El numero de turnos del centro de trabajo. • El numero de trabajadores que integran cada turno de trabajo.
• Los agentes y condiciones peligrosas de las áreas que integran el centro de trabajo.
• El numero de centros de trabajo.
• Empresas contratistas que desarrollen labores dentro de las instalaciones.
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CAPACITACION DE LA COMISION Los centros de trabajo deben disponer de un programa anual de capacitación, que
considere como mínimo lo siguiente:
• Las obligaciones del patrón y de los trabajadores respecto al funcionamiento de la
comisión.
• Medidas de seguridad y salud en el centro de trabajo.
• Procedimiento para la investigación de causas de accidentes.
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CAPACITACION DE LAS COMISIONES El Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores (PROCADIT) de la Secretaria
del Trabajo y Previsión Social (STPS) es una herramienta electrónica que brinda cursos al
personal en las siguientes áreas:
• Capacidades Directivas.
• Capacidades Técnicas.
• Capacidades Generales.
• Alfabetización Digital.
• Formación para la Vida.
• Inspección Federal del Trabajo.
• Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dichos cursos están avalados por la STPS.
La dirección electrónica es la siguiente:
http://procadist.stps.gob.mx/aulavirtual/course/index.php
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UNIDADES DE VERIFICACION • El patrón podrá optar por una unidad de verificación acreditada y aprobada en términos
de la ley de metrología y normalización; y su reglamento.
• La unidad de verificación comprobará el grado de cumplimiento de los apartados ya
mencionados, en esta norma por parte del patrón.
• La unidad de verificación deberá entregar al patrón el dictamen con respecto a esta norma.
• La vigencia de este dictamen es de dos años, siempre y cuando se mantengan las condiciones mínimas establecidas en esta norma.
Pagina STPS para unidades acreditadas:
www.stps.gob.mx
Sección “servicios y trámites de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo”, aprobación de unidades de verificación
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MARCO LEGAL
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
• Articulo 123 (Derecho del Trabajo)
2. Ley Federal del Trabajo
• Titulo Noveno (Riesgos de Trabajo)
Artículos 472 al 518
3. Ley del Seguro Social
• Capitulo III (Seguro de Riesgos de Trabajo)
Artículos 41 al 83
4. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo
5. Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social
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CENTRO DE TRABAJO Cualquier lugar donde se realicen actividades laborales, sujetas a una relación de trabajo.
SEGURIDAD EN EL TRABAJO Es el conjunto de acciones que permiten localizar y evaluar los riesgos y establecer las
medidas para prevenir los riesgos de trabajo.
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ACCIDENTE
Es un suceso no previsto, no planeado, no deseado, que puede traer consigo como
consecuencia una lesión o un daño.
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TIPOS DE ACCIDENTES
LOS MAS FRECUENTES SON:
• Golpeado por o contra.
• Atrapado por o entre
• Caída en el mismo nivel
• Caída a diferente nivel
• Al resbalar o por sobre esfuerzo
• Exposición a temperaturas extremas
• Contacto con corriente eléctrica
• Contacto con objetos o superficies de temperatura muy elevadas que puedan producir
quemaduras
• Contacto con punzo cortantes contaminados
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RIESGOS DE TRABAJO
Art. 473 L.F.T.
Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o
con motivo de trabajo.
• Accidente de trabajo
• Accidente de trayecto
• Enfermedad de trabajo
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ACCIDENTE DE TRABAJO
Es toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior o la muerte,
producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sea el
lugar y el tiempo en que se presenten.
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ACCIDENTE DE TRAYECTO
Es el que le ocurre al trabajador al desplazarse directamente de su casa al trabajo o
viceversa, en tiempo y recorridos lógicos.
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POSIBLES CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS DE
TRABAJO
1. Incapacidad Temporal
2. Incapacidad Parcial Permanente
3. Incapacidad Total Permanente
4. Muerte
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INVESTIGACION DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO
Tiene como objetivo descubrir las causas que le dieron origen, para aplicar las medidas
de control, tanto en las condiciones del medio ambiente de trabajo como en los actos
inseguros a fin de evitar que se repitan.
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CONDICIONES PELIGROSAS
(FALLO TECNICO)
Atribuibles al estado físico que guardan instalaciones, maquinaria, equipo, herramientas,
etc., Y que por su situación pueden, dadas las circunstancias provocar una lesión en el
trabajador expuesto.
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CONDICIONES PELIGROSAS MAS FRECUENTES
• DEFECTOS DE LOS AGENTES (Pisos resbalosos, materiales cortantes o peligrosos)
• PELIGROS DE INDUMENTARIA Y VESTIDO (Falta de ropa adecuada, falta de Equipo
de Protección Personal)
• PELIGROS DE MEDIO AMBIENTE (Amplitud inadecuada, espacio insuficiente)
• PROTEGIDO INADECUADAMETE (Maquinaria sin guardas, equipo eléctrico sin aislar)
• PELIGROS POR COLOCACION (Estiba inadecuada, colocación inadecuada)
• METODOS, MATERIALES Y/O PROCEDIMIENTOS PELIGROSOS (Uso de
Herramientas inadecuadas, procedimientos peligrosos)
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ACTOS INSEGUROS
Atribuible a la actitud del trabajador en el momento de ejercitar la actividad laboral, su
respuesta ante lo agresivo de su entorno.
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ACTOS INSEGUROS
(ERROR HUMANO)
• No usar el Equipo de Protección Personal disponible.
• Uso de accesorios de indumentaria personal inseguros.
• Adoptar posiciones o actitudes peligrosas..
• Limpiar, engrasar o reparar maquinaria en movimiento.
• Colocar, mezclar y combinar en forma insegura.
• Hacer inoperantes los dispositivos de seguridad.
• Operar o trabajar a velocidad insegura.
• Comportamiento inapropiado en el trabajo.
• Uso inapropiado de las manos o de otras partes del cuerpo.
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FACTORES QUE LLEVAN A LA CONDICION Y ACTO
INSEGURO
1. Falta de capacitación y adiestramiento:
• El desconocimiento de las medidas preventivas.
• La carencia de hábitos de las medidas preventivas.
• Problemas psicosociales y/o familiares.
• Conflictos interpersonales con los compañeros y jefes.
2. Características personales:
• Confianza excesiva.
• Actitud de incumplimiento a normas y procedimientos de trabajo.
• Creencias erróneas acerca de los accidentes.
• Irresponsabilidad.
• Fatiga.
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ENFERMEDAD DE TRABAJO
Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su
origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se ve obligado a prestar
sus servicios.
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HIGIENE EN EL TRABAJO
Es la disciplina dirigida al reconocimiento, evaluación y control de los agentes a que están
expuestos los trabajadores en su centro laboral y que pueden causar una enfermedad de
trabajo.
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AGENTES CONTAMINANTES
Agresores que como resultado de un proceso de trabajo pueden alterar la salud del
individuo, suelen ser sustancias, manifestaciones de energía y hasta incluso tensiones
emocionales.
Están clasificados en:
• Físicos
• Químicos
• Biológicos
• Ergonómicos
• Psicosociales
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AGENTES FÍSICOS Es todo estado energético agresivo que tiene lugar en el medio ambiente, los más
notables son los que se relacionan con:
• Ruido
• Vibraciones
• Calor
• Frio
• Ventilación
• Presiones anormales
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AGENTES QUIMICOS
Es toda sustancia natural o sintética que durante la fabricación, manejo, transporte,
almacenamiento o uso, pueda contaminar el ambiente (en forma de polvo, humo, gas,
vapor, neblinas y roció) y producir efectos irritantes, corrosivos, explosivos, tóxicos e
inflamables, con probabilidades de alterar la salud de las personas que entran en contacto
con ellas.
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AGENTES BIOLOGICOS
Son todos aquellos organismos vivos y aquellas
sustancias derivadas de los mismos, presentes en el
puesto de trabajo, que pueden ser susceptibles de
provocar efectos negativos en la salud de los trabajadores.
Estos efectos negativos se pueden concretar en procesos
infecciosos, tóxicos o alérgicos.
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AGENTES PSICOSOCIALES
Son las situaciones que ocasionan
insatisfacción laboral o fatiga y que influyen
negativamente en el estado anímico de las
personas.
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AGENTES ERGONOMICOS
Inadecuación del lugar de trabajo, de acuerdo a las características físicas y psicológicas
del trabajador, lo que puede ocasionar accidentes y enfermedades.
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CONTROL
Al establecer los controles o considerar cambios en los controles existentes se debe
considerar la reducción de los riesgos de acuerdo con la siguiente jerarquía:
a) eliminación;
b) sustitución;
c) controles de ingeniería;
d) administrativos;
e) equipos de protección personal.
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PASST El Programa de Autogestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) de la Secretaria
del Trabajo y Previsión Social (STPS) es una herramienta electrónica que nos ayuda en lo
siguiente:
• Identificación de NOM´s de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Reconocimiento, Evaluación y Control de Agentes Químicos.
• Identificación y Control del Equipo de Protección Personal.
• Asesoría en la Instauración de Sistemas de Administración de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
• Elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Evaluación y Funcionamiento de Sistemas de Administración de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
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METODOLOGIA
Se basa en técnicas participativas:
• Cuestionarios colectivos a grupos de trabajadores de un área o un proceso específico de
trabajo.
• Visitas de inspección de los trabajadores o de los técnicos obreros en salud en el
trabajo.
• Experiencia cotidiana en el trabajo.
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VENTAJAS • Primera aproximación a la identificación de los riesgos para la salud en el centro de
trabajo.
• Posibilidad de hacer participar a los trabajadores en la identificación , evaluación y
control de los riesgos de trabajo.
LIMITES
Es insuficiente en cuanto a la evaluación del riesgo, ya que requiere de la
complementación de la medición instrumental y cuantitativa para conocer la intensidad
del riesgo o agente presente en el centro de trabajo.
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CONTENIDO
1. Agentes o riesgos presentes en el centro de trabajo por áreas, departamentos o
procesos específicos de trabajo.
• Áreas o puestos con riesgos de trabajo.
• Número de trabajadores expuestos.
• Tipos de agentes o riesgos de trabajo.
2. Efectos en la salud de los y las trabajadoras, por la exposición a dichos agentes.
3. Medidas generales de control de los agentes o riesgos en la fuente, en el medio de
dispersión y en el receptor.
4. De ser posible, indicar también las medidas para evaluar el daño a la salud de los y las
trabajadoras sobre todo, el daño precoz, antes de que se desarrolle la enfermedad
profesional.
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SIMBOLOGIA
8 Indica el número de trabajadores (as) expuestos al riesgo.
8 Indica el número de trabajadores (as) que hay en el
departamento.
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GRAVEDAD DE LOS RIESGOS Gravedad Alta (Tipo A):
La que potencialmente puede dar lugar a lesiones o enfermedades susceptibles de
originar incapacidades permanentes (permanentes no invalidantes, parciales,
totales, absolutas, grandes inválidos), muertes y/o pérdidas materiales muy graves.
Gravedad Moderada (Tipo B):
La que potencialmente puede dar lugar a lesiones o enfermedades susceptibles de
originar incapacidades laborales transitorias y/o pérdidas materiales graves.
Gravedad Baja (Tipo C):
La que potencialmente puede dar lugar a lesiones o enfermedades susceptibles de
originar pérdidas de tiempo para curas inferiores a un día o jornada y/o pérdidas
materiales leves.
Almacén de
Materias
primas
15 15
Área de oficina
ERG. PSIC. 15 15
PSIC. 15
ERG. 15
10
FIS.
Vibraciones
GRAVEDAD DE LOS RIESGOS
EJEMPLO
FABRICACION DE ACIDO ACETIL SALICILICO
Y METIL SALICILATO
8 20
Cocina-Comedor
PSIC.
8
Almacén de sustancias
químicas
PSIC. 5
FIS.
VIB 10
QUIM.
20 VAPORES
Almacén de
residuos
15
Área de proceso
50
QUIM.
QUIM. Vapores
Gases
10
20
Vapores
Gases
PSIC.
10
FIS.
Ruido
40
PROBLEMAS MEDIDAS TOMADAS • Vapores y gases en
almacén de sustancias
químicas y de residuos.
• Derrames en almacén
de sustancias químicas
y residuos.
• Generación de ruido en
proceso por bombas
• Movimientos repetitivos
en los almacenes.
• Vibraciones por
montacargas.
• Mejorar la ventilación,
uso de mascarilla
auto filtrante.
• Uso de ropa, guantes y
calzado especial, brigada
de atención a derrame.
• Emplear tapones.
• Descansos entre la jornada
de trabajo.
• Limitar el tiempo de
exposición.
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MEDIDAS DE CONTROL
Existen cinco categorías generales de medidas de control:
1. eliminación;
2. sustitución;
3. controles de ingeniería;
4. administrativos;
5. equipos de protección personal.
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ELIMINACION
La eliminación del riesgo específico es el método de control más
efectivo. Es fácil eliminar el riesgo si el proceso de trabajo esta aún
en etapa de desarrollo.
SUSTITUCION
Si un proceso de trabajo o un químico peligroso no puede ser
eliminado, entonces hay que tratar de reemplazarlo con un
sustituto más seguro. No todos los materiales sustitutos son
realmente “seguros”, ello puede ser mejor que el riesgo
original pero aún puede ser peligroso.
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CONTROLES DE INGENIERIA
Los controles de ingeniería incluyen:
• El encerramiento,
• El aislamiento
• Ventilación.
1. El encerramiento puede ser utilizado con las
sustancias peligrosas que no pueden ser sustituidas o
eliminadas, para que los trabajadores(as) no entren en
contacto con ellas.
El Reglamento remite a las NOM (normas Oficiales Mexicanas) expedidas por la STPS
(Secretaria del Trabajo y Previsión Social), que describen las características técnicas de
seguridad de las maquinas y equipos, al tiempo de establecer los niveles máximos de
contaminantes en el medio ambiente de trabajo y los métodos para controlarlos.
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CONTROLES DE INGENIERIA 2. El aislamiento puede ser un método efectivo de
control si un puesto de trabajo puede ser movido a
otra área de trabajo , donde pocas personas se
expondrán, o si la tarea puede ser realizada en un
momento en el cual poca gente se expondrá.
3. La ventilación general puede ser utiliza da para
mantener el lugar de trabajo confortable y la
ventilación extractiva para remover a los
contaminantes del aire. Los sistemas de ventilación
deben tener servicios de mantenimiento regular.
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CONTROLES ADMINISTRATIVOS
1. Los controles administrativos limitan la cantidad del tiempo laboral en el puesto de
trabajo peligroso, debe ser utilizado junto con otros métodos de control para reducir la
exposición a los riesgos.
2. Los controles administrativos NO eliminan la exposición ; éstos sólo reducen el tiempo
de exposición.
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EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
(EPP)
1. El EPP es el método menos efectivo para controlar los riesgos en los lugares de
trabajo y puede ser utilizado sólo cuando los riesgos no pueden ser
suficientemente controlados por otros métodos.
2. El EPP puede ser incómodo, disminuye el desempeño en el trabajo, y puede crear
nuevos riesgos a la salud y seguridad.
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EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
(EPP)
3. Las condiciones de trabajo caluroso o húmedo disminuyen la efectividad del EPP. De
acuerdo a estas condiciones, los trabajadores deben tomar descansos frecuentemente
y beber abundantes líquidos.
4. Si el EPP no puede ser el mejor, este no los protegerá; esto es particularmente
importante con los respiradores.
5. Todos los trabajadores que usen EPP deben ser capacitados en su uso correcto, en
su mantenimiento y deberán saber las limitaciones que tiene
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ACCIDENTE DE TRABAJO
¿CUANDO SE APLICA?
A partir de la previa existencia de un accidente de trabajo.
¿CUAL ES SU RAZON DE SER?
Los fallos o errores de los sistemas de seguridad empleados.
¿CUAL ES SU FINALIDAD?
Aprovechar la experiencia de las fallas y/o errores sucedidos para buscar soluciones a fin
de que no se repitan.
¿DE DONDE VIENE SU IMPORTANCIA?
Su importancia radica en la objetividad de los datos de un hecho consumado.
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GUIA DE INVESTIGACION DE INCIDENTES Y
ACCIDENTES La Norma NOM-019-STPS-2011 cuenta con una guía de Investigación de las Causas de
los Accidentes y Enfermedades de Trabajo, la cual aporta los siguientes rubros para la
investigación:
• Agente, condición peligrosa y/o insegura
• Acto inseguro
• Causa del riesgo de trabajo
• Consecuencias del riesgo de trabajo
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INVESTIGACION DE CAUSAS
Las causas de los accidentes se pueden investigar por medio de el Diagrama Causa-
Efecto o Ishikawa, el cual maneja 6 variables con causas y subcausas de lo que pudo
provocar el hecho.
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ESTADISTICA DE ACCIDENTES
La estadística de accidentes laborales nos servirá para determinar que condiciones y/o
acciones debemos erradicar o minimizar para la seguridad y salud ocupacional, para ello
se puede utilizar el Diagrama de Pareto.