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1 HOSPITAL SAN RAFAEL DE ITAGÜÍ, LA E.S.E CONVOCATORIA PÚBLICA OBJETO: Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios hospitalarios de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí, Antioquia”. CÓDIGO DEL CONTRATO No. 001 de 2019 FECHA: 08 de marzo de 2019

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HOSPITAL SAN RAFAEL DE ITAGÜÍ, LA E.S.E

CONVOCATORIA PÚBLICA

OBJETO: “Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios

hospitalarios de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí,

Antioquia”.

CÓDIGO DEL CONTRATO

No. 001 de 2019

FECHA: 08 de marzo de 2019

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I. INTRODUCCIÓN

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí pone a

disposición de los interesados los términos de condiciones para la selección del

contratista encargado de prestar el servicio integral de limpieza y desinfección

hospitalaria de la entidad, con inclusión del recurso humano, y elementos de protección

personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio; los cuales se

pueden consultar en la página web de la institución www.hsanrafael.gov.co

El objeto del contrato es “Prestar el servicio integral de Aseo, limpieza y desinfección

hospitalaria en las sedes de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del

municipio de Itagüí, con inclusión del recurso humano con su dotación, herramientas y

elementos de protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del

servicio”.

El proponente deberá examinar cuidadosamente el presente documento, así como sus

anexos, con el fin de que la propuesta se ajuste en su totalidad a los mismos y tener en

cuenta que las reglas en él contenidas son de obligatorio cumplimiento

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II. ASPECTOS GENERALES

1. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS

En cumplimiento de lo dispuesto en el del Estatuto Contractual de la entidad

(Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21

de noviembre de 2014), la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio

de Itagüí convoca a las veedurías ciudadanas que se encuentran conformadas de

acuerdo con la ley, para que realicen el control social al presente proceso de

contratación.

2. RÉGIMEN JURÍDICO

El presente proceso de selección y el contrato que de él se derive se sujetarán a lo

dispuesto en el artículo 195 numeral 6 de la Ley 100 de 1993, Resolución N. 5185

de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, en el Estatuto Contractual de la

entidad (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015

del 21 de noviembre de 2014), con sometimiento a las disposiciones contenidas en el

Código Civil, el Código de Comercio y demás normatividad vigente.

El futuro contrato contendrá las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General

de la Administración Pública, tales como interpretación unilateral, modificación unilateral,

terminación unilateral y caducidad.

3. IDIOMA

El idioma oficial de presentación de las propuestas será el castellano (español). Por

consiguiente, todos los documentos e informaciones de cualquier índole deben ser

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redactados en este idioma. En el evento de catálogos o documentos que estén escritos

en otro idioma, la propuesta debe anexar la traducción de los aspectos más relevantes,

siendo esta traducción la utilizada para efectos de análisis de los mismos. Cuando la

E.S.E Hospital San Rafael de Itagüí., estime necesario hacer la traducción de otros

aspectos podrá solicitarle al oferente que allegue dicha traducción y en el evento de no

ser atendido el requerimiento en forma oportuna, la oferta será rechazada.

4. CORRESPONDENCIA

Toda la correspondencia de los proponentes para el Hospital San Rafael de Itagüí, LA

E.S.E, debe enviarse a:

• Centro de Gestión Documental, Calle 47 No. 48 – 63, en el municipio de Itagüí,

Antioquia, de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

• Proceso N° 001 de 2019.

• Objeto: “Prestar el servicio integral de Aseo, limpieza y desinfección hospitalaria en

las sedes de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de

Itagüí, con inclusión del recurso humano con su dotación, herramientas y elementos

de protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio”.

• Correo: [email protected]

• Datos del remitente: Nombre, Dirección Física, Dirección Electrónica y Teléfono;

Identificación de los anexos presentados con la comunicación.

• El documento debe de ir foliado y debidamente firmado.

Las comunicaciones entre los proponentes y la E.S.E Hospital San Rafael de Itagüí por

canales distintos a los mencionados, no serán tenidos en cuenta.

Ninguna aclaración verbal por parte del personal de la entidad podrá afectar el alcance y

condiciones de la presente convocatoria pública y sus adendas, en caso de existir.

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5. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los

documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y

presentación de las ofertas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación

en el presente proceso de contratación estará a cargo exclusivo de los proponentes y

a riego de éste y la E.S.E. Hospital San Rafael de Itagüí en ningún caso será responsable

de los mismos.

6. MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Conforme al artículo 16 del Estatuto Contractual de la Empresa Social del Estado

Hospital San Rafael del municipio de Itagüí (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014,

modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de 2014), la modalidad del

proceso de selección que procede para elección del futuro contratista es la convocatoria

pública, puesto que la cuantía contrato a suscribir es superior a doscientos cincuenta

(250) salarios mínimos legales mensuales vigentes (S.M.L.M.V).

7. CONSULTA DEL AVISO DE CONVOCATORIA, ESTUDIOS PREVIOS Y DEMÁS

DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE DEL PROCESO PRECONTRATUAL Y

CONTRACTUAL.

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria pública podrán

consultar en la página Web www.hsanrafael.gov.co o en el área de contratación o jurídica,

ubicada en la dirección Calle 47 Sur N° 48 – 63, Piso 2, Teléfono 4 48 22 24, extensión

9120 ó 9121, partir de las fechas establecidas en el cronograma, en horario de oficina de

lunes a jueves de 8:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 5:00 pm y viernes de 8:00 am a

12:00 m y de 1:00 pm hasta las 4:00 pm. Se excluye de este horario días festivos.

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III. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL

1. OBJETO

El presente proceso de contratación tiene por objeto la selección de la empresa

contratista que presente la propuesta más favorable para prestar el servicio integral

de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa Social del Estado Hospital San

Rafael del municipio de Itagüí, con inclusión del recurso humano y elementos de

protección personal necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio.

2. ALCANCE DEL OBJETO

2.1. El servicio de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa Social del Estado

Hospital San Rafael del municipio de Itagüí comprende todas las áreas administrativas y

asistenciales de la entidad, ubicadas tanto en la sede uno (1) como en la sede dos (2).

La sede uno (1) está en la Carrera 51 A No. 45 – 51 y la sede dos (2) ubicada Calle 47

No. 48 – 63, del Municipio de Itagüí, Antioquia.

2.2. El proponente debe garantizar la cobertura de los siguientes horarios para asegurar

el servicio de limpieza y desinfección hospitalaria, el cual se encuentra discriminado por

servicios:

SERVICIO SEDE HORARIO DÍAS DE LA SEMANA

Sala 1 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 2 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo Sal 1 y 2 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 3 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 4 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo sala 3 y 4 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 5 Alistamiento y alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Pediatría Alistamiento alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

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Urgencias Pediátricas Alista-alta 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo Urgencias-Pediatría 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Urgencias Pediátricas Alista-alta Noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

hospitalización noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Apoyo-Urgencias- Pediátricas Alista- Noche 2 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Áreas comunes varios 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes

Áreas comunes y RX 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes

Residuos y zonas verdes 2 6:00 pm a 4:00 pm Lunes

2 6:00 am a 2:30 pm Martes a Domingo

Administración 2 7:00 am a 5:00 pm Lunes a viernes

6:00 pm a 12:30 pm Sábados

Apoyo general 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Administrativo 2 6:00 am a 6:00 pm Lunes a sábado

SERVICIO SEDE HORARIO

DÍAS DE LA SEMANA

U.C.I. 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

U.C.I. noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo Cirugia 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Cirugia Noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Apoyo U.C.I. - Cirugía noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Apoyo U.C.I. - Sala 2 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo Sala 5 Sala 2 - Sala 1 Sede 1 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 1 - Alistamiento y alta 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Sala 2 - Alistamiento y alta 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Apoyo urgencias 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

Urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Apoyo urgencias noche 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a Domingo

Consulta externa 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a viernes

6:00 pm a 12:30 pm Sábados

Áreas comunes y RX 1 6:00 pm a 6:00 am Lunes a viernes

6:00 pm a 12:30 pm Sábados

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Laboratorio 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a viernes

6:00 pm a 12:30 pm Sábados

Residuos y zonas verdes 1 6:00 pm a 4:00 pm Lunes

6:00 am a 2:30 pm Martes a Domingo

Apoyo general 1 6:00 am a 6:00 pm Lunes a Domingo

2.3. Para la prestación del servicio de limpieza y desinfección hospitalaria, se

establecen en el Manual Aseo y Desinfección de la Empresa Social del Estado, que

se encuentra en el Anexo No. 1 de los presentes términos de condiciones y del cual

deberá hacerse la adherencia respectiva.

2.4. El personal a cargo del contratista realizará las labores de limpieza y desinfección

hospitalaria, tales como: barrer, trapear, sacudir, limpiar, lavar, desinfectar pisos, baños,

unidades sanitarias, techos, ventanas, puertas, paredes, vidrios, muebles, enseres,

equipos de oficina y todo lo relacionado con actividades propias del aseo.

2.5. Las personas que para estas actividades realicen labores de altura, deberán contar

con el respectivo Certificado de Trabajo Altura vigente, de conformidad con la

normatividad vigente y emitido por autoridad competente.

2.6. El contratista además realizará la ruta interna de residuos hospitalarios en ambas

sedes de la Empresa Social del Estado.

El personal a cargo de esta función deberá conocer el manejo de distribución y

manipulación de estos residuos y realizará las siguientes actividades:

• Realizar el recorrido de recolección de residuos por los servicios de la entidad a las

6:00 A.M. y 1:00 P.M., actividad que realizará dos (2) veces al día, todos días.

• Realizar el pesaje de todos los residuos, diligenciando las planillas establecidas por

la institución para tal finalidad, actividad que realizará diariamente.

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• Entregar los residuos a las empresas de gestión externa: residuos ordinarios,

residuos peligrosos y reciclaje, distribuidos así:

ORDINARIOS Y BIOLÓGICOS: Tres (3) veces a la semana

RECICLABLES: Una (1) vez por semana.

• Suscribir los formatos de entrega de residuos a las empresas externas y

guardar las respectivas copias, hacer entrega de ellas al Coordinador de servicios

operativos.

• Mantener diariamente en condiciones de orden y limpieza los cuartos de

almacenamiento intermedios y final de residuos, actividad que realizará diariamente.

• Entregar mensualmente al líder de apoyo a la supervisión designado por la

Empresa Social del Estado, los informes consolidados de los residuos generados

día a día por servicio, en el formato establecido para tal fin.

• Hacer verificación semanal de los desagües en los jardines de la entidad y retirar

cualquier obstrucción que ocasione encharcamiento o acumulación de agua.

Diligenciar el formato establecido para tal fin, y presentarlo al Coordinador para

verificar la actividad y en el evento de presentar alguna novedad deberá ser

reportado inmediatamente al Coordinador, para tomar las medidas necesarias.

• Hacer la separación y clasificación del material reciclable de acuerdo con lo

establecido en la normatividad, material que será entregado y vendido a la empresa

contratista de residuos reciclables.

2.8. El personal a cargo de contratista deberá estar dotado (vestimenta propia para la

actividad a realizar y de elementos para la ejecución de la su actividad designada por el

contratista) para la ejecución del objeto contractual, de los elementos de seguridad

industrial, higiene ocupacional y bioseguridad requeridos para la prestación del servicio

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en la entidad de salud, tales como gafas de bioseguridad con protección lateral, guantes

verdes, rojos y de carnaza, careta de bioseguridad cuando se manipule formol,

uniforme de tela de material antifluidos de color azul, el cual deberá ser aprobado por el

Supervisor del contrato, luego de enviar una muestra a fin de garantizar la calidad de la

tela, calzado antideslizante, que cubra todo el pie y resistente, delantal de material

antifluidos y mascarilla de alto fluido No 95.

Para la adquisición de dichos elementos, la Oficina de Salud Ocupacional de la Empresa

Social del Estado brindará el apoyo técnico, de tal manera que no vayan en contravención

a lo establecido en estándares de calidad ICONTEC y NIOSH y de acuerdo con los

programas de seguridad y sistemas de vigilancia epidemiológica que se desarrollan en

la entidad.

DOTACIÓN

PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES

SERVICIOS GENERALES

TIPO DE

ELEMENTO CARACTERÍSTICAS USO REPOSICIÓN

PIJAMA

Material antifluidos,

liviano sin correderas ni

botones.

Aseo de

habitaciones,

pasillos, baños

Mínimo cada tres (3)

meses dependiendo

del desgaste

ZAPATOS

Cómodos y con suela

antideslizante

totalmente cubiertos.

Lo usara para las

labores diarias

Mínimo cada tres (3)

meses dependiendo

del desgaste

DELANTAL Con soporte en cuello,

amarraderas a la cintura

Labores de aseo

terminal, limpieza de

fluidos (sangre,

vómito y otros),

limpieza de baños

Deterioro

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GUANTES DE

CAUCHO

Calibre 25. Largos

aprox. 30 cms. Un par

de color diferente para

un par de color diferente

para manipular

biosanitarios

Aseo instalaciones

general Deterioro

PROTECTOR

RESPIRATORIO Tapabocas

Aseo instalaciones

donde exista riesgo

de infección

Deterioro

GAFAS DE

SEGURIDAD

De policarbonato, visión

panorámica, ventilación

lateral

Aseo instalaciones

de instalaciones,

especialmente donde

exista presencia de

fluidos

Deterioro

GORRO O

CACHUCHA

PROTECTORA

Este debe ser en

material resistente y

liviano. Sin visera y que

no obstruya la visión,

debe cubrir el cabello en

su totalidad. Material de

excelente calidad

Aseo instalaciones,

servicio de

alimentación,

quirófanos, sala de

partos

Deterioro

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DOTACIÓN

PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES

MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS

TIPO DE

ELEMENTO CARACTERÍSTICAS USO REPOSICIÓN

BOTAS

PLÁSTICAS Caña alta

Aseo instalaciones de

depósito, recolección,

transporte interno

Mínimo cada

tres (3) meses

dependiendo

del desgaste

PIJAMA

Material antifluidos,

liviano sin correderas no

botones.

Transporte interno y

recolección.

Mínimo cada

tres meses

dependiendo

del desgaste

DELANTAL

PLÁSTICO

Con soporte en cuello y

tiras para amarre en la

cintura, preferiblemente

en color claro

Labores de recolección

manual, áreas y

recipientes

Deterioro

GUANTES DE

LÁTEX

(OPCIONAL)

Guantes simples de látex

Para anteponerse a los

guantes de plásticos para

aseo e instalaciones y

recolección.

Deterioro

GUANTES DE

CAUCHO

Calibre 25. largo

aproximado 30 cm, un

par de color diferente

para manipulación de

biosanitarios

Aseo instalaciones de

depósito, recolección,

transporte interno

Deterioro

GUANTES DE

CARNAZA

Preferiblemente de un

gran calibre, no debe

limitar movimientos de

dedos y mano

Transporte interno y

recolección. Deterioro

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PROTECTOR

RESPIRATORIO

Mascarilla de carbón

activado. doble válvula

aseo instalaciones de

depósito, recolección,

transporte interno

Deterioro

PROTECTOR

FACIAL

Careta tipo odontólogo,

con visor de

policarbonato

transparente.

Aseo instalaciones de

depósito, lavado de

recipientes.

Deterioro

GAFAS DE

SEGURIDAD

De policarbonato, visión

panorámica, ventilación

lateral.

Aseo de instalaciones,

recolección y transporte. Deterioro

GORRO O

CACHUCHA

PROTECTORA

Este debe ser en

material resistente y

liviano, sin visera y que

obstruya la visión. debe

cubrir el caballo en su

totalidad

Aseo en instalaciones de

depósito, recolección y

transporte.

Deterioro

2.9. La Empresa Social del Estado dará en comodato al contratista seleccionado los

bienes que se encuentran relacionados en el inventario, que constituye el Anexo No. 2,

de los presentes términos de condiciones; los cuales se compromete a devolver en el

mismo estado en el que fueron entregados.

2.10. El contratista deberá cumplir de manera exclusiva todo lo relacionado con los

derechos laborales del personal que está a su cargo, consagrados en la legislación y

cumplir con todas las normas de salud, seguridad industrial, higiene, seguridad y salud

en el trabajo, establecidas en las normas pertinentes; sin perjuicio de que la Empresa

Social del Estado audite el cumplimiento de dichas obligaciones durante el tiempo de

vigencia del contrato.

2.11. El contratista deberá presentar mensualmente la planilla de los aportes al Sistema

de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Laborales) y el pago de la Caja

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de Compensación Familiar de su personal, según lo dispuesto en el numeral 7 del

artículo 5 del Decreto 1429 de 2010, el numeral 6 del artículo 12 de la Ley 1562 de

2012 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, detallada donde se evidencie el pago de

las obligaciones laborales de las personas a su cargo que ejecutarán el contrato.

2.12. Garantizará el cumplimiento del cuadro de turnos programado de acuerdo con las

necesidades de la E.S.E, el cual será entregado mensualmente al Supervisor y al

Coordinador a la supervisión designados por la Empresa Social del Estado. Toda

novedad deberá ajustarse a las necesidades de la E.S.E.

2.13. El proponente deberá manifestar en la propuesta el nombre de la persona que

se encargará de coordinar y supervisar de manera permanente la ejecución del

contrato, además representará al contratista en todas las reuniones y comités que

convoque La E.S.E, y será el responsable de presentar mensualmente al Supervisor de

la entidad y al líder de apoyo a la supervisión designado por La E.S.E, el cuadro de

turnos del personal, hacer seguimiento del desempeño del mismo al personal que

ejecutará el contrato.

El coordinador deberá estar disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana,

tener capacidad de resolución y permanecer en contacto con el Subgerente General y

el líder de apoyo a la supervisión; además, vigilará que el personal cumpla con todas las

normas inherentes al servicio objeto del contrato, porten los respectivos uniformes y

carnés.

2.14. El personal con el cual se ejecutará el contrato debe cumplir con los perfiles

establecidos en la institución, de acuerdo al Manual Perfil del Talento (MN_01_TH-1), el

cual se encuentra en el Anexo No. 3 de la presente convocatoria pública, encontrarse

debidamente capacitado en todas las actividades de limpieza, desinfección hospitalaria

y manipulación de sustancias químicas; además, poseer carné de vacunación donde

aparezca consignado la aplicación de las vacunas contra la hepatitis B (titulación),

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varicela, sarampión y tétano, el cual deberá ser presentado al inicio de la ejecución del

contrato.

2.15. El contratista realizará la inducción y reinducción del personal que ejecutará el

objeto contractual en las actividades generales de limpieza y desinfección, de acuerdo

con el Manual Aseo y Desinfección de la Empresa Social del Estado, que se encuentra

en el Anexo No. 1 de los presentes términos de condiciones.

2.16. Deberá contar con el personal suficiente para realizar reemplazos o relevos del

personal cuando la E.S.E, lo requiera en razón de la necesidad del servicio, las posibles

fallas en la prestación del mismo, hechos constitutivos de mala conducta, y también, para

reemplazos por faltas absolutas o temporales a causa de novedades como vacaciones,

incapacidades, licencias, permisos y demás eventos que puedan presentarse, sin que

esto aumente el valor del contrato, deberá suplir esta necesidad en un lapso no superior

a dos (2) horas. Además, cuando se requiera por necesidades del servicio cambio de

personal, deberá comunicar oportunamente esta medida a la entidad y las razones de las

modificaciones.

2.17. El contratista garantizará que el personal que ejecutará el objeto contractual

brindará un trato respetuoso a los pacientes, acompañantes y compañeros de trabajo

de la Empresa Social del Estado.

2.18. Deberá realizar proceso de evaluación del desempeño de su recurso humano, el

cual debe realizarse como mínimo dos (2) veces durante la ejecución del contrato, así

mismo, deberá adelantar los respectivos procesos disciplinarios y el levantamiento del

plan de mejora (de ser requerido), una vez el Supervisor del contrato designado por la

Empresa Social del Estado notifique al contratista, hechos que interfieran con el buen

desarrollo de la prestación del servicio contratado.

2.19. El contratista, enviará muestra del uniforme que portará su personal al supervisor

del contrato para su aprobación, el cual deberá estar de acuerdo con la naturaleza de las

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funciones a desempeñar, garantizando el cumplimiento de las normas de higiene y

seguridad, el cual deberá ser suministrado dentro del mes calendario siguiente a la

suscripción del contrato. Además, el recurso humano deberá portar permanentemente

el carné que los identifique con el contratista seleccionado.

En contratista deberá suministrar como mínimo dos (2) dos uniformes para ser utilizados,

varias veces a la semana

2.20. El personal que ejecutará el contrato deberá estar debidamente identificado, portar

el carné que contenga como mínimo fotografía reciente, número de cédula de ciudadanía,

el RH. Es de carácter obligatorio portar el carné.

2.21. El contratista deberá responder por la conducta de su personal en las instalaciones

de la Empresa Social del Estado y mantener la supervisión directa sobre el mismo,

quienes deberán cuidar, proteger y vigilar los equipos u objetos de propiedad de la entidad

que utilicen en la ejecución del objeto contractual y aun cuando no se estén utilizado.

Responderá cuando por culpa de su recurso humano se genere la pérdida o daño de los

equipos u objetos que tengan a su cargo, a través del reconocimiento y pago de los

perjuicios ocasionados.

2.22. Coordinar con el Supervisor y el líder de apoyo a la supervisión designados por la

entidad, la participación de su personal en las inducciones, re-inducciones, y demás

actividades y capacitaciones programadas por la institución, especialmente aquellas que

tengan por objeto el proceso de habilitación y acreditación de la institución, conforme al

Decreto 1011 de 2006, la Resolución 2003 de 2014 y demás normas que lo reglamentan.

2.23. El contratista se compromete a participar activamente en las reuniones y/o comités

donde la Empresa Social del Estado requiera soporte técnico y administrativo, así como

a otorgar el apoyo necesario y oportuno para la elaboración de las respuestas a las quejas

y reclamos presentados ante la entidad, relacionados con alguno de los servicios

contratados.

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2.24. Bimestralmente el contratista se reunirá con el Supervisor y el líder de apoyo a

la supervisión designados por la Empresa Social del Estado, con el fin de hacer

seguimiento al contrato y tratar temas que contribuyan al mejoramiento de los servicios

contratados.

2.25. El contratista se compromete por medio del su personal a dar cumplimiento a las

normas de bioseguridad, al plan de manejo integral de residuos hospitalarios y al plan de

emergencias de La E.S.E.

2.26. El contratista ni el personal que está a su cargo no utilizará la información a la que

tenga acceso, en beneficio propio o de tercero o para fines diferentes de los consagrados

en el contrato.

2.27. El contratista se compromete a entregar a la Empresa Social del Estado, dentro

del mes calendario siguiente a la suscripción del contrato, el sistema de gestión de

la seguridad y salud en el trabajo con su respectivo cronograma de actividades,

acompañado de la hoja de vida del responsable del sistema, quien debe contar con los

títulos académicos requeridos. Asimismo, entregará informes mensuales de su ejecución

a la Oficina de Talento Humano de la entidad.

2.28. El contratista elegido se compromete a entregar a la Empresa Social del Estado,

dentro del mes calendario siguiente a la suscripción del contrato, el programa de

bienestar y capacitación para el personal con el cual se va ejecutar el objeto del contrato.

2.29. El contratista deberá pagar las retenciones, impuestos, tasa y contribuciones

establecidas en la norma.

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3. PRESUPUESTO ESTIMADO

Para ejecutar el respectivo contrato, la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael

del municipio de Itagüí apropió una partida presupuestal de Quinientos Noventa

millones Setecientos treinta y ocho mil Ciento setenta y seis pesos M/CTE

($590.738.176) iva incluido, debidamente amparados en el rubro 2010200-7 Vigilancia

y Aseo, según certificación de viabilidad presupuestal número 389 del 06 de marzo de

2019

4. FORMA DE PAGO.

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí, cancelará el

valor de los servicios prestados de forma mensual, previa presentación de la factura con

el cumplimiento de los requisitos legales, cuadro de turnos previamente refrendado por

el líder de apoyo a la supervisión designado por la entidad, constancia del pago mes

a mes de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos

profesionales) del recurso humano que ejecuta el objeto contractual, así como los

correspondientes aportes parafiscales y expedición del aval por parte del Supervisor del

contrato.

El plazo dentro del cual se realizarán los respectivos pagos será señalado por los

proponentes expresamente en sus propuestas y será uno de los criterios para su

evaluación, conforme a lo señalado en el numeral 2 de la sección VI de los

presentes términos de condiciones.

5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

El plazo para la ejecución del contrato será de siete (7) meses, contados a partir de la

suscripción del acta de inicio, sin exceder del 30 de diciembre de 2019.

6. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

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El lugar de ejecución del contrato es en las dos sedes de la Empresa Social del Estado

Hospital San Rafael del Municipio de Itagüí, situadas en la carrera 51 A No. 45 -51 (sede

1) y en la calle 47 No. 46 – 63 (sede 2) del municipio de Itagüí, Antioquia.

IV. PROPONENTES

1. PARTICIPANTES

En el presente proceso de contratación pueden participar personas naturales o jurídicas,

consorcios o uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto

del contrato a celebrarse. La duración de las personas jurídicas deberá ser por lo menos

por la vigencia del contrato y tres (3) año más.

En caso de que se constituyan consorcios o uniones temporales deberán reunir los

requisitos legales respectivos, a saber:

a) Que el representante legal de la sociedad efectivamente tenga tal calidad, y cuente

con las autorizaciones estatutarias pertinentes para la realización de los actos requeridos

para la conformación de la unión temporal o consorcio y los contratos que a raíz de ello

se le adjudiquen.

b) Que no se estén violando los regímenes de conflictos de intereses o prohibiciones que

las personas jurídicas intervinientes tengan previstos en sus estatutos.

c) Que cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, entreguen los

balances financieros solicitados.

d) Que cada uno de los integrantes tenga, individualmente considerado, la capacidad

financiera exigida por la entidad contratante para el respectivo contrato.

e) Que los proponentes indiquen si su participación es a título de consorcio o unión

temporal y, en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación en

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la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el

consentimiento previo de la Empresa Social del Estado.

f) Que los miembros del consorcio y de la unión temporal designen la persona que,

para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalen las reglas

básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.

g) Que cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tengan como

mínimo cinco (5) años de experiencia en la prestación del servicio que se pretende

ofertar, en entidades salud

2. AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.

Los proponentes no deben encontrarse incursos en ninguna de las causales de

inhabilidad e incompatibilidad o conflicto de intereses que le impidan la presentación de

propuestas y la suscripción del contrato o actos surgidos en virtud de este proceso de

selección, especialmente las consagradas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993,

en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994, artículo 40 de la ley 734 de 2002 y en las demás

disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia.

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí revisará el

boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el

certificado de antecedentes judiciales para verificar que no haya sanciones inscritas.

Cuando la inhabilidad o incompatibilidad en un proponente sobrevenga dentro del

proceso de selección o durante la ejecución del contrato o sobre alguno de los miembros

de un consorcio o unión temporal, el proponente o interesado será retirado del proceso

de selección. Además, será causal para dar por terminado anticipadamente el contrato si

sobreviene durante su ejecución, sin lugar a indemnización.

La manifestación sobre ausencia de inhabilidades e incompatibilidades se entenderá

hecha con la sola presentación de la propuesta

.

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V. PROPUESTA

1. PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA:

Los proponentes deben presentar sus ofertas por escrito, original debidamente foliada,

en evento de tachones y/o enmendaduras las mismas deberán ir convalidadas con la

firma del representante legal. Y en medio magnético, en sobre cerrado y sellado, con

tabla de contenido en la que se indique la página donde se encuentran los documentos

que soporten la oferta, debe estar foliada de forma consecutiva y ascendente.

La oferta deberá estar vigente por el término de sesenta (60) días calendario, contados

desde la fecha establecida en el cronograma para la presentación de la misma.

Los sobres deberán estar debidamente rotulados así:

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ

PROCESO DE SELECCIÓN: Convocatoria pública No. 001 de 2019

OBJETO: “Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios hospitalarios

de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí, Antioquia”.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE:

______________________________________________________________________

PROPUESTA: ORIGINAL ____ No. DE FOLIOS: ____

DIRECCIÓN PROPONENTE: _____________________________________________

TELÉFONO PROPONENTE:

CORREO ELECTRÓNICO PROPONENTE:

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2. ENTREGA DE PROPUESTAS

Las propuestas deberán ser entregadas en la fecha y hora indicada en el cronograma del

presente proceso de invitación pública.

3. PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES:

El proponente presentará una oferta total que contenga todos los bienes y servicios

requeridos en la presente convocatoria pública.

No se aceptarán ofertas parciales, ni alternativas de ofertas, ni alternativas de

presupuestos, por lo tanto, el proponente debe presentar una oferta total, que incluya la

totalidad de los bienes y servicios que conlleve la ejecución del objeto contractual.

Por cada proponente o interesado, sea persona natural o jurídica, directamente o en

consorcio o en unión temporal, se recibirá una sola propuesta, por lo tanto, un miembro

o integrante de un proponente solamente podrá presentar para este proceso una sola

oferta individualmente o a través de cualesquiera de las formas asociativas.

La propuesta que no ofrezca todos los bienes y servicios será rechazada.

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23

VI. VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La oferta debe contener la información requerida, vertida en los documentos señalados a

continuación, la cual es necesaria para su verificación y selección objetiva. La Empresa

Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí podrá comprobar la

autenticidad de los documentos enumerados en el presente capítulo, aportados por los

proponentes.

1. REQUISITOS HABILITANTES

1.1. REQUISITOS LEGALES.

En esta etapa se realizará la verificación del cumplimiento de los requisitos y documentos

jurídicos requeridos, para lo cual se revisará en primer lugar que las propuestas

contengan todos los documentos solicitados en el aviso de convocatoria.

Como segunda medida, se realizará la verificación del contenido de los documentos

básicos que deben anexarse de conformidad con lo establecido con el fin de constatar

que cumplen con los requisitos de ley y los exigidos en el mismo.

La evaluación jurídica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta

cumple o no con lo requerido en el presente aviso. Las propuestas que se ajusten a las

exigencias del aviso de convocatoria se calificarán como hábiles.

A)CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA

El proponente deberá diligenciar el formato No. 1 del presente pliego de condiciones,

modelo de carta de presentación de la propuesta, en el cual se indica la información que

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cada proponente debe manifestar en la misma y cumplir en caso de ser favorecido con el

contrato correspondiente.

En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o

sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra(n)

incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o

conflictos de intereses establecidas en la Constitución Política, Leyes 80 de 1993, 1150

de 2007, 1474 de 2011 y demás normas pertinentes.

Igualmente deberá manifestar que se conocen y aceptan todas las especificaciones y

condiciones consignadas en el presente documento, el plazo de ejecución del contrato y

las demás manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la

propuesta. Si estas manifestaciones no se realizan en la carta de presentación, las

mismas se entenderán efectuadas con la presentación de la propuesta respectiva.

La carta de presentación de la propuesta debe estar debidamente firmada por el

proponente cuando se trate de una persona natural o por el representante legal de la

sociedad cuando se trate de una persona jurídica, consorcio o unión temporal.

B) CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.

El proponente u oferente, deberá acreditar el Certificado de Existencia y Representación

Legal expedido por la Cámara de Comercio o entidad competente, con fecha no superior

a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.

En caso de prórroga del plazo para la entrega de propuestas, la matrícula mercantil o el

certificado de representación legal, tendrán validez con la primera fecha para la

presentación de las ofertas, señalada en esta convocatoria.

Si el proponente es persona natural nacional deberá anexar los siguientes documentos

básicos:

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a. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.

b. Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil, si tiene esta obligación de acuerdo

con el artículo 19 del Código de Comercio.

El Registro Mercantil deberá haber sido expedido con fecha no mayor a TREINTA (30)

días, anteriores a la fecha de cierre

El objeto social de la persona jurídica y la actividad mercantil de la persona natural debe

ser directamente relacionado con el objeto contractual

En el evento que se presente al aviso de convocatoria Agremiaciones sindicales, debera

acreditar el respectivo registro de inscripción en la entidad competente. Para acreditar

experiencia deberá anexar certificados con una experiencia mínimo de un (1) año anterior,

a la publicación del presente proceso.

C) BALANCES GENERAL Y ESTADOS DE RESULTADOS

Para el análisis de la capacidad financiera, el proponente presentará con su propuesta,

en original, el Balance General y el Estado de Resultados (P y G) acumulado al 31 de

Diciembre de 2018, debidamente firmados por el Representante Legal de la empresa y

por el Revisor Fiscal cuando exista, o por Contador Público con matricula profesional

vigente

Con la información anterior deberá demostrar que cumple con los indices que se

relación a continuación

CAPACIDAD

FINANCEIRA

ÍNDICE DE LIQUIDEZ:

Activo corriente sobre

pasivo corriente

Igual o superior a dos

punto cinco (2.5)

ÍNDICE DE

ENDEUDAMIENTO:

Pasivo total sobre activo

total

Igual o menor a cero punto

seis (0.6)

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RAZÓN DE COBERTURA

DE INTERESES:

Utilidad Operacional /

Gastos de Intereses

Igual o mayor a cinco (5)

CAPACIDAD DE

ORGANIZACIÓN

Rentabilidad del

Patrimonio

Utilidad Operacional /

Patrimonio

Igual o mayor cero punto

dos (0.2)

Rentabilidad del Activo

Utilidad Operacional /

Activo Total

Igual o mayor a cero punto

uno (0.1)

D) AUTORIZACIÓN ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE O ACTUACIÓN POR MEDIO

DE APODERADO

Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para

contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar que ha sido facultado por el

órgano competente para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la

misma en caso de adjudicación, mediante fotocopia simple y legible del acta o del extracto

del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice a su representante legal para

participar en el presente proceso y suscribir el contrato, autorización que debe haberse

conferido con anterioridad a la presentación de la propuesta.

En el evento en que el certificado de la Cámara de Comercio remita a los estatutos de la

sociedad para efectos de determinar las limitaciones al representante legal, se debe

anexar fotocopia de dichos estatutos.

Cuando el(los) proponente(s) nacional(es) actúe(n) por medio de un representante o

apoderado, deberá(n) presentar el original del documento legalmente otorgado en el que

conste tal circunstancia y las facultades conferidas, especialmente que se halla facultado

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para presentar la propuesta, suscribir el contrato y adelantar los trámites requeridos para

la legalización del contrato, ejecución y liquidación del mismo, según sea el caso. (De

Acuerdo Con El Artículo 25 Del Decreto 019 De 2012).

E) PROPUESTAS CONJUNTAS (CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES).

En caso de consorcio o unión temporal, los proponentes indicarán dicha calidad, los

términos y extensión de la participación, la designación de la persona que lo

representará y señalarán las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad,

Igualmente deberán anexar el respectivo contrato de consorcio o unión temporal. La

omisión de este documento o la de alguna(s) de sus firmas no es subsanable y la

propuesta será rechazada.

Se deben anexar los documentos de constitución y representación legal de cada uno

de sus integrantes y las cédulas de ciudadanía de sus representantes legales.

F) CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.

Los proponentes presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor

Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de Ley o por el representante

legal, del pago mes a mes de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados

a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de

Compensación Familiar, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha

de cierre del presente proceso. (Conforme al art. 50 ley 789 de 2002, en concordancia

con el art. 23 de la ley 1150 de 2007) (Acompañarlo de copia de la tarjeta profesional del

revisor fiscal y certificación de la junta central de contadores).

Además de la Certificación deberán anexar copia de la planilla de la seguridad social de

los meses noviembre y diciembre de 2018, enero y febrero de 2019

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En el evento en que la sociedad tenga menos de seis (6) meses de constitución, deberá

acreditar los pagos mencionados a partir de la fecha de su constitución. Dicho documento

debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los

aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que

legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la

obligación de efectuar dichos pagos).

Cuando el proponente sea una persona natural, deberá certificar el pago de sus aportes

y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes

a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y

Servicio Nacional de Aprendizaje.

En caso de que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a

efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal debe, también

bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia.

En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá

presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal

o Revisor Fiscal respectivo según corresponda legalmente. Formato 3.

G) DOCUMENTOS SUSCRITOS POR CONTADOR O REVISOR FISCAL Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal,

según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y anexar

certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores,

este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no

mayor a 3 meses de expedición).

H) REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)

Deberá allegarse copia legible, teniendo en cuenta que debe encontrarse actualizado al

régimen tributario que le aplique, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2460 de 2013.

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Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá

presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes.

I) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.

La propuesta deberá acompañarse de una garantía de seriedad expedida por una entidad

bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y preferiblemente,

sin ser obligatoria, con representación legal en el Valle de Aburrá, con el fin de asegurar

la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido.

Requisitos de la póliza o garantía de seriedad:

1. Asegurado o beneficiario: Hospital San Rafael de Itagüí E.S.E. Nit. 890.980.066-

9, dirección Calle 47 N° 48 63, Municipio de Itagüí, Antioquia.

2. Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor de la propuesta.

3. Vigencia: Cuatro (04) meses, contados a partir de la fecha límite de entrega de las

ofertas.

4. Tomador o afianzado: La Persona Natural, Jurídica o el Consorcio o Unión

Temporal. Si el oferente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse

con el nombre o razón social que figure en el certificado de existencia y

representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva o entidad

competente, y no sólo con su sigla, salvo que en el referido documento se exprese

que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Si el oferente es un consorcio o

unión temporal, la póliza o constancia de depósito debe ser constituida o efectuada

a nombre del consorcio o unión temporal (indicando sus integrantes e identificación)

y NO a nombre del representante del consorcio o unión temporal.

5. Firmas: La póliza ineludiblemente deberá estar firmada por el representante legal o

autorizado de la compañía o entidad bancaria que la expide y por el tomador, so pena

de rechazo de la propuesta.

6. Acompañarse del recibo de pago o constancia de ley.

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7. No se aceptan pólizas expedidas por aseguradoras que estén intervenidas.

8. En los procesos de contratación, las personas naturales o jurídicas extranjeras sin

domicilio o sucursal en Colombia podrán otorgar, como garantías, cartas de crédito

stand by expedidas en el exterior.

J) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN TANTO DEL REPRESENTANTE

LEGAL COMO DE LA SOCIEDAD.

K) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA TANTO DEL REPRESENTANTE LEGAL COMO DE LA SOCIEDAD.

L) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES Y CERTIFICADO DE MEDIDAS

CORRECTIVAS EXPEDIDAS POR LA POLICIA NACIONAL

LL) CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Acreditación de no estar inmerso en alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para

contratar con el Estado, según FORMATO 2

M) CONSTANCIA DE NO SANCIONES O INCUMPLIMIENTO

El proponente, bajo la gravedad de juramento deberá certificar sobre la existencia de multas y/o sanciones de que haya sido objeto, por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, frente a entidades públicas o privadas cualquiera que sea su denominación, en los últimos dos (02) años, contados con anterioridad a la fecha prevista para la entrega de las ofertas, para lo cual diligenciará el formato No. 4.

N) FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DE LA PERSONA NATURAL O

REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA.

Fotocopia por cada lado ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del proponente

persona natural o del Representante Legal de la persona jurídica

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O) EXPERIENCIA.

El proponente debe acreditar experiencia en contratos con entidades de salud, cuyo

objeto sea igual y/o similar al del presente proceso contractual.

Para lo anterior, la Empresa Social del Estado verificará la experiencia acreditada por el

proponente con base en los certificados o contrados aportados

La confirmación de la experiencia mínima exigida se tendrá en cuenta como documento

jurídico habilitante y no como criterio de evaluación de las ofertas.

P) DOMICILIO O SUCURSAL

El contratista deberá operar en la ciudad de Medellín o Área Metropolitana como sede

principal o sucursal.

1.2. DOCUMENTOS ECONÓMICOS

A) PROPUESTA ECONÓMICA

Para la construcción de la propuesta económica, el interesado deberá tener en cuenta los

anexos y demás documentos que integran la convocatoria pública, así como el número

aproximado de servicios en ambas sedes de la Empresa Social del Estado y los

aspectos técnicos nutricionales.

Los precios ofrecidos deberán en pesos colombianos, presentando cifras enteras, NO

ESTARÁN SUJETOS A REAJUSTE, incluyendo todos los conceptos relacionados con

el objeto de la presente contratación.

En el evento de no discriminar el IVA y que el valor de los bienes y servicios ofrecidos

causen dicho impuesto, la Empresa Social del Estado lo considerará incluido en el valor

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de la oferta o en el evento de discriminar el IVA y no se cause dicho impuesto, éste no

será tenido en cuenta.

La propuesta deberá ir firmada por el Representante Legal de la entidad

B) CAPACIDAD FINANCIERA

Para el análisis de la capacidad financiera, el proponente presentará con su propuesta,

en original, el Balance General y el Estado de Resultados (P y G) acumulado al 31 de

Diciembre de 2018, debidamente firmados por el Representante Legal de la empresa y

por el Revisor Fiscal cuando exista, o por Contador Público con matricula profesional

vigente.

Con la información anterior el proponente deberá diligenciar el siguiente cuadro con el

fin de verificar si cumple con el requisito habilitante de capacidad financiera exigida por la

entidad.

CAPACIDAD

FINANCEIRA

ÍNDICE DE LIQUIDEZ:

Activo corriente sobre

pasivo corriente

ÍNDICE DE

ENDEUDAMIENTO:

Pasivo total sobre activo

total

RAZÓN DE COBERTURA

DE INTERESES:

Utilidad Operacional /

Gastos de Intereses

CAPACIDAD DE

ORGANIZACIÓN

Rentabilidad del

Patrimonio

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Utilidad Operacional /

Patrimonio

Rentabilidad del Activo

Utilidad Operacional /

Activo Total

2. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA OFERTA ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE

LAS PROPUESTAS

En la etapa de verificación de cumplimento de requisitos y documentos señalados en el

presente capítulo se llevará a cabo el análisis de cumplimiento de los aspectos jurídicos,

técnicos y financieros.

En caso de ser necesario requerir a los proponentes para que aclaren o alleguen

documentos, la entidad elevará los correspondientes requerimientos por escrito, en los

que indicará el término que otorga para subsanar. Estos requerimientos se harán en

igualdad de condiciones para todos los proponentes.

Según lo dispuesto en estos términos de referencia, el Hospital San Rafael, evaluará

aquellas propuestas que hayan obtenido una calificación “HABILITADO” en todos los

criterios de selección y cumplan con la totalidad de las características técnicas exigidas.

3. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 3.1. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN La E.S.E, previo análisis comparativo de las propuestas que se ciñan estrictamente a los

requisitos establecidos en la presente contratación recomendará el ofrecimiento más

favorable a la Entidad y a los fines que ella busca. Dichos requisitos se calificarán con

base en el puntaje determinado para este factor, tal como se indica a continuación:

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FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE

PROPUESTA ECONÓMICA 30

PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO 40

CAPACIDAD FINANCIERA 30

100

A) PROPUESTA ECONÓMICA (30 PUNTOS)

La propuesta económica deberá expresarse únicamente en pesos colombianos y deberá

ser firme, esto es, no podrá estar sujeto a ningún tipo de variación. Para evaluarlo se

aplicará la siguiente fórmula:

PUNTOS OTORGADOS = (Puntaje máximo X Pm) / Pi

Puntaje máximo: en este caso son 30 puntos.

Pm: Precio total de la propuesta de menor valor económico

Pi: Precio total de la propuesta en estudio (de todos los oferentes)

B) PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO (40 PUNTOS)

El plazo deberá expresarse únicamente en días calendario y deberá ser firme, esto es,

no podrá estar sujeto a ningún tipo de variación. Para evaluarlo se aplicarán los siguientes

criterios de ponderación:

PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO PUNTAJE

Ciento cincuenta (150) días calendario 40

Ciento veinte (120) días calendario 30

Noventa (90) días calendario 26

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Sesenta (60) días calendario 16

Treinta (30) días calendario 8

C) CAPACIDAD FINANCIERA (30 PUNTOS)

Una vez evaluados los resultados de los diferentes indicadores financieros, se realizará

un cuadro comparativo de estos y se procederá a evaluar los resultados conforme a la

siguiente tabla:

CONCEPTO BASE PUNTAJE

ÍNDICE DE LIQUIDEZ:

Activo corriente sobre pasivo

corriente

Igual o superior a tres (3) 10

ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO:

Pasivo total sobre activo total

Igual o menor a cero punto

dos (0,2)

10

RAZÓN DE COBERTURA DE

INTERESES:

Utilidad Operacional / Gastos de

Intereses

Igual o mayor a siete (7) 10

NOTA: Para la evaluación del puntaje la entidad tendrá un puntaje máximo de 10 puntos

por cada concepto de indicador financiero, en caso de no alcanzar dicho puntaje se

realizará una regla de tres, con el fin de realizar proporcionalmente el puntaje obtenido.

3. CRITERIOS DE DESEMPATE.

El Hospital San Rafael de Itagüí E.S.E, previos los estudios correspondientes y el análisis

de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros,

adjudicará el contrato al oferente cuya propuesta se ajuste al pliego de condiciones y haya

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obtenido mayor puntaje.

En caso de empate en el puntaje total se procederá de siguiente manera:

• Se aceptará y adjudicará el proceso de selección al proponente que obtenga el

mayor puntaje en el criterio plazo para realizar el pago.

• En caso de mantenerse la igualdad, se aceptará y adjudicará el proceso de

selección al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio propuesta

económica.

• Si continúa la igualdad, se aceptará y adjudicará el proceso de selección al

proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio capacidad financiera.

• En caso de mantenerse la igualdad, se procederá a la escogencia del contratista por

medio de sorteo, incluyendo solo los proponentes empatados.

De este procedimiento se dejará expresa constancia en las actas del Comité de

Contratación de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de

Itagüí.

4. DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA CONTRATACIÓN.

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí declarará

desierto el presente proceso de selección cuando:

a) No se presenten ofertas.

b) Ninguna de las ofertas resulte admisible los factores jurídicos, técnicos, financieros y

de experiencia previstos en los términos de condiciones.

c) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del proponente.

d) El representante legal de la Empresa Social del Estado no acoja la recomendación del

Comité de Contratación de la entidad y opte por la declaratoria de desierta del proceso,

caso en el cual deberá motivar su decisión.

e) Se presenten los demás casos contemplados en la ley.

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En caso de declararse desierto la presente convocatoria el Hospital actuará de

conformidad con la norma establecida para estos eventos.

5. RETIRO DE LA OFERTA

Los proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del

proceso de selección, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada

mediante escrito, sea recibida por la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del

municipio de Itagüí antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.

Cuando se trate de retiro definitivo, la oferta le será devuelta al proponente sin abrir, previa

expedición de un recibo firmado por el solicitante.

6. DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS

Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la

adjudicación del contrato podrán acercarse a reclamar el original de los documentos

presentados, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se expida

el acto de adjudicación, previsto en el cronograma; de lo contrario, la Empresa Social

del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí procederá al archivo de la oferta

original y la destrucción de su copia.

7. RECHAZO DE LA OFERTA

En adición a otras causas previstas por la ley, la Empresa Social del Estado Hospital San

Rafael del municipio de Itagüí rechazará las ofertas presentadas por los proponentes

que:

a) Sean presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el

cronograma.

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b) La propuesta no reúna los criterios habilitantes exigidos en la presente convocatoria.

c) La propuesta que no ofrezca la totalidad de los bienes y servicios solicitados en el

presente proceso de contratación.

d) Cuando la propuesta sea firmada por una persona diferente al representante Legal.

VII. ADJUDICACIÓN

El Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del Municipio de Itagüí,

adjudicará el contrato, previa recomendación del Comité de Contratación de la entidad,

quien evaluará las propuestas presentadas, según los criterios de selección

establecidos en los presentes términos de condiciones.

En el evento en el cual el Gerente no acoja la recomendación efectuada por el

Comité de Contratación, deberá justificarlo en el acta de adjudicación del proceso.

La Resolución de Adjudicación se comunicará al proponente seleccionado, quien deberá

suscribir el contrato al día hábil siguiente a la recepción de la comunicación. Del mismo

modo, dicho acto se publicará en la página web de la entidad para que los oferentes no

seleccionados tengan conocimiento.

VIII. GARANTÍAS

Una vez suscrito el contrato, el contratista constituirá a favor de la Empresa Social del

Estado las garantías que se señalan a continuación que avalarán el cumplimiento de las

obligaciones surgidas del contrato, el incumplimiento en el pago de la obligaciones

laborales y prestacionales, respecto al recurso humano relacionado con la ejecución del

objeto contractual, la calidad del servicio y los daños y perjuicios que se causen a terceros,

derivados de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o subcontratistas.

Las garantías deben ser presentadas a la Oficina Jurídica de la entidad, dentro de los

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tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, para efectos de su

aprobación. De no ser presentadas en este término, sin causa justificada, la institución

contratante podrá celebrar el contrato con el segundo oferente mejor calificado, sin que

por este hecho deba reconocerse indemnización alguna.

1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El contratista debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas

del contrato, a favor de la entidad contratante, que contenga los siguientes amparos:

AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA

Seriedad de la oferta Diez por ciento (10%) del valor

de la propuesta

Vigencia de 4 meses,

contados a partir de la fecha

límite de entrega de

propuestas

Cumplimiento del contrato Veinte por ciento (20%) del

valor total del contrato

Igual al plazo de ejecución

del contrato y seis (6) meses

más

Calidad del servicio Veinte por ciento (20%) del

valor total del contrato

Igual al plazo de ejecución

del contrato y un (1) año más

Pago de salarios,

prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales

Veinte por veinte (20%) del

valor total del contrato

Igual al plazo de ejecución

del contrato y tres (3) años

más

Responsabilidad Civil

Extracontractual

Doscientos (200) salarios

mínimos legales mensuales

vigentes (S.M.L.M.V).

Una vigencia por el término de

duración del contrato

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NOTA: Corresponde EL CONTRATISTA el pago relativo al otorgamiento de las

garantías exigidas. EL CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías y deberá

ajustarlas siempre que se produzca alguna modificación, adición y prórroga del contrato

o en el evento en que se produzca reiniciación del contrato a raíz de la suspensión

temporal del mismo.

IX. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

La Empresa Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí ejercerá el

control y la vigilancia técnica, administrativa, contable y jurídica a la ejecución del

contrato a través del Subgerente General de la entidad, que tendrá el apoyo profesional,

quien en cualquier momento podrán exigir al contratista la información que considere

necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y

ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al

momento de la celebración del mismo.

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41

X. CRONOGRAMA

ACTIVIDAD FECHA LUGAR

Publicación de la

Resolución de Apertura

de la convocatoria

pública, aviso de

convocatoria, estudios

previos y anexos (5 días

hábiles desde la

públicación)

Desde el

08 de

marzo de

2019

Hasta el 14

de marzo de

2019

www.hsanrafael.gov.co

Recepción de

observaciones a los

términos de condiciones.

Desde el

08 de

marzo de

2019

Hasta el 14

de marzo de

2019 hasta

las 4:00 pm

contratacionjuridica2@h

sanrafael.org

Aclaración y respuesta de

observaciones, si es el

caso realizar y publicar

adendas.

15 de marzo de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Recepción cierre y

apertura de propuestas,

Publicación del acta de

cierre.

Hasta el 19 de marzo de

2019

Hora: hasta las 2:30 PM.

En el Centro de Gestión

Documental ubicado en

el primer piso de la Sede

2 de la institución,

situada en la calle 47 No.

48 — 63 de Itagüí.

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42

Evaluación de las

propuestas.

Desde el 19 de marzo de

2019 hasta el 20 de marzo

de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Publicación del Acta de

Evaluación de las

propuestas.

El 20 de marzo de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Observaciones al Informe

de Evaluación de las

propuestas.

Desde el

20 de

marzo de

2019

Hasta las

4:00pm del

21 de marzo

de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Término para dar

respuesta al Informe de

Evaluación de las

propuestas.

El 22 de marzo de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Plazo para subsanar

requisitos

En el plazo dispuesto por

la entidad, después de

solicitar subsanar

requisitos.

En el Centro de Gestión

Documental ubicado en

el primer piso de la Sede

2 de la institución,

situada en la calle 47 No.

48 — 63 de Itagüí

Publicación de la

Resolución de

Adjudicación o

declaratoria de desierta

A partir del día 22 de

marzo de 2019

www.hsanrafael.gov.co

Legalización del contrato

Dentro de los dos dias

siguientes a la

adjudicación

www.hsanrafael.gov.co

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Publicación del contrato Dentro de los 3 días

siguientes a la expedición

del contrato.

www.hsanrafael.gov.co

XI. PROYECTO DE MINUTA DEL CONTRATO

TIPO DE CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS

MODALIDAD DE

SELECCIÓN CONVOCATORIA PÚBLICA

CONTRATO N° PS ----- DE 2019

CONTRATANTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL

DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ

IDENTIFICACIÓN 890.980.066-9

CONTRATISTA

IDENTIFICACIÓN

VALOR

PLAZO

Entre los suscritos: por una parte, la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN

RAFAEL DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ, identificada con NIT 890.980.066-9,

Representada Legalmente por CARLOS FREDY CARMONA RAMIREZ, identificado con

cédula de ciudadanía 98´496.590 de Bello-Antioquia quien actúa en calidad de Gerente,

nombrado mediante Decreto Departamental No. 4017 del 15 de Julio de 2016, entidad

pública descentralizada del orden departamental, que para los efectos del presente

contrato se denominará EL CONTRATANTE o LA E.S.E.; y de la otra,

XXXXXXXXXXXXXX, con NIT. XXXXXXX, XXXXXXX quien en adelante se denominará

EL CONTRATISTA; hemos acordado celebrar el presente contrato de XXXXXXX, previas

las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que de acuerdo con lo establecido en el numeral

6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 16 del Decreto 1876

de 1994, las Empresas Sociales del Estado, como el HOSPITAL SAN RAFAEL DEL

MUNICIPIO DE ITAGÜÍ, se rigen en su contratación por las normas de derecho privado

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y pueden hacer uso de las cláusulas excepcionales del Estatuto General de

Contratación de la Administración Pública. 2) Que mediante la Resolución No. xx del de

xxx de 2019, se dio apertura a la convocatoria pública No. xxx de 2019 para la elección

del contratista encargado de prestar el servicio integral de limpieza y desinfección

hospitalaria de LA E.S.E., con inclusión del recurso humano y elementos de protección

personal y productos químicos necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio.

3) Que mediante la Resolución No. XX del xx de xxx de 2019 se adjudicó la convocatoria

pública No. xxxx de 2019 a XXXXXXXXXXXXXXXXX, por haber obtenido el mayor

puntaje en la evaluación de las ofertas presentadas. Con base en las anteriores

consideraciones, las partes acuerdan suscribir el presente contrato de prestación de

servicios de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO DEL

CONTRATO: Prestar el servicio integral de limpieza, desinfección y otros servicios

hospitalarios de la Empresa Social del Estado San Rafael del Municipio de Itagüí,

Antioquia. El objeto contractual se ejecutará conforme a los términos de condiciones de

la convocatoria pública No. xxx de 2019 y a la propuesta presentada por EL

CONTRATISTA, documentos que hacen parte integral del presente contrato. SEGUNDA.

VALOR DEL CONTRATO: El valor estimado del presente contrato se pacta en la

suma de XXXXXXXX ($XXXXXXX). TERCERA. FORMA DE PAGO: EL

CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA, el valor de los servicios prestados de

forma mensual, dentro de los sesenta XXXXX (XXX) días siguientes a la radicación de la

factura con el cumplimiento de los requisitos legales, del cuadro de turnos previamente

refrendado por el líder de apoyo a la supervisión designado por la entidad, de la

constancia del pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud,

pensiones y riesgos profesionales) del recurso humano que ejecuta el objeto contractual,

así como los correspondientes aportes parafiscales; previa expedición del aval por parte

del Supervisor del contrato. PARÁGRAFO: En caso de que LA E.S.E. objete mediante

glosa una factura, procederá a pagar la parte de la factura que no tenga glosa y formulará

las objeciones a EL CONTRATISTA dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la

radicación de la factura. EL CONTRATISTA deberá dar respuesta a las glosas

presentadas por EL CONTRATANTE dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a

su radicación, indicando su aceptación o justificando la objeción. LA E.S.E. dentro de

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los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación o presentación de la respuesta de EL

CONTRATISTA, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como

definitivas. Si cumplidos los quince (15) días hábiles, EL CONTRATISTA considera que

la glosa es subsanable, tendrá un plazo máximo de siete (7) días hábiles para subsanar

la causa de las glosas no levantadas y radicar nuevamente las facturas a EL

CONTRATANTE. Los valores por las glosas levantadas total o parcialmente deberán ser

cancelados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su levantamiento por LA

E.S.E., informando a EL CONTRATISTA la justificación de las glosas o su proporción,

que no fueron levantadas; lo anterior de conformidad con el artículo 57 de la Ley 1438

de 2011. CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será

de siete (7) meses, que empezarán a contarse a partir de la suscripción del acta de inicio

y e lleno de los requisitos exigidos. QUINTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA:

1 OBLIGACIONES GENERALES 1) Cumplir con el objeto del contrato en la forma y

oportunidad pactada. 2) Dar cumplimiento a lo preceptuado en las Leyes 1150 de 2007 y

1562 de 2012 y el Decreto 723 de 2013, referente a la obligatoriedad de los contratistas

de estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y Riesgos

Laborales y parafiscales. 2) El contratista se compromete a acreditar, previo a la

realización de los pagos a que tiene derecho, que se encuentra al día con su aporte a la

seguridad social integral y parafiscales si aplica. 3) Cumplir estrictamente con las normas

laborales y en especial con las establecidas en la Ley 100, en relación con el personal

que destine para prestar el servicio de este contrato. 4) Acatar las recomendaciones que

le sean indicadas por el Supervisor del contrato. 5) Elaborar los informes que le sean

solicitados por el Supervisor. 6) Asistir a las diferentes reuniones que le sean

programadas y donde sea requerido para el conocimiento de la gestión de la E.S.E o para

asuntos relacionados con el contrato. 7) Conocer y aplicar los métodos y procedimientos

de control interno y sistema de gestión de la calidad de la entidad contratante. 8) Custodiar

y cuidar la documentación y bienes que por razón de su servicio le sea encomendado,

guardando la reserva legal en la información que así lo requiera. 9) Presentar cuenta de

cobro en las fechas establecidas cada mes con el V° B° del Supervisor. 10) Procurar el

cuidado integral de su salud. 11) Contar con los elementos de protección personal

necesario para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. 12)

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Informar a EL CONTRATANTE la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y

enfermedades laborales. 13) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del

Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 14) Informar

oportunamente al contratante toda novedad derivada del contrato. 15) Elaborar los

informes que le sean solicitados por el Supervisor. 16) Asistir a las diferentes reuniones

que le sean programadas y donde sea requerido para el conocimiento de la gestión de la

E.S.E o para que emita conceptos de acuerdo con su especialidad. 17) Garantizar la

calidad del servicio prestado. 18) Obrar con lealtad y buena fe en las diferentes etapas

de ejecución del contrato, evitando dilaciones. 19) Atender todas las obligaciones de

nómina, persona, dotación pertinente y aplicar las normas propias del reglamento interno.

20) Dar cumplimento a las especificaciones contenidas y acordadas en la propuesta de

acuerdo con lo indicado en los estudios previos. 21) Responder por el uso adecuado de

los implementos que en relación con el desarrollo del contrato le provea La E.S.E. 22)

Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por

razón del servicio prestado. 23) Controlar debidamente la papelería a diligenciar por

calidad en el Seguimiento y prestación de servicios (norma NTCG 1000-2004). 24)

Conocer, cumplir y observar los preceptos de la política de promoción y prevención del

consumo de cigarrillo, licor, y otras sustancias en el ámbito laboral. OBLIGACIONES

ESPECÍFICAS: 1) El servicio de limpieza y desinfección hospitalaria de la Empresa

Social del Estado Hospital San Rafael del municipio de Itagüí comprende todas las áreas

administrativas y asistenciales de la entidad, ubicadas tanto en la sede uno (1) como en

la sede dos (2). La sede uno (1) está en la Carrera 51 A No. 45 – 51 y la sede dos (2)

ubicada Calle 47 No. 48 – 63, del Municipio de Itagüí, Antioquia. 2) Ejecutar las labores

de limpieza y desinfección hospitalaria y la ruta interna de residuos hospitalarios en

ambas sedes de la E.S.E., a través de personal competente, idóneo y capacitado, de

conformidad con el Manual Aseo y Desinfección de la entidad, y las necesidades

establecidas en los estudios previos y en el aviso de convocatoria de la institución. 3)

Dotar al personal asignado para realizar las actividades de limpieza y desinfección de la

E.S.E., de los elementos de seguridad industrial, higiene ocupacional y bioseguridad

requeridos para la prestación del servicio, tales como: gafas de bioseguridad con

protección lateral, guantes verdes, rojos y de carnaza, caretas de bioseguridad cuando

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se manipule formol, uniforme de tela de material antifluidos en perfecto estado de material

antifluidos de color azul, el cual deberá ser aprobado por el Supervisor del contrato, luego

de enviar una muestra a fin de garantizar la calidad de la tela, calzado antideslizante, que

cubra todo el pie y resistente, delantal de material antifluidos y mascarilla de alto fluido

No 95. Para la adquisición de dichos elementos, la Oficina de Salud Ocupacional del

contratante brindará el apoyo técnico al contratista, de tal manera que no vayan en

contravención a lo establecido en estándares de calidad ICONTEC y NIOSH y de acuerdo

con los programas de seguridad y sistemas de vigilancia epidemiológica que se

desarrollan en la E.S.E 4) Cumplir de manera exclusiva, todo lo relacionado con los

derechos laborales de su personal consagrados en la legislación y cumplir con todas las

normas de salud, seguridad industrial, higiene, seguridad y salud en el trabajo,

establecidas en las normas pertinentes; sin perjuicio de que la E.S.E. audite el

cumplimiento de dichas obligaciones durante el tiempo de vigencia del contrato. 5)

Presentar mensualmente la planilla de seguridad social detallada donde se evidencie el

pago mes a mes de las obligaciones laborales de las personas que ejecutarán el contrato.

6) Entregar mensualmente el cuadro de turnos de ejecución del servicio contratado, al

Supervisor y al líder de apoyo a la supervisión designado por la E.S.E., verificando su

cumplimiento. Toda novedad deberá ajustarse a las necesidades de la entidad. 7)

Designar una persona que se encargue de coordinar y supervisar de manera permanente

la ejecución del contrato, además representará al contratista en todas las reuniones y

comités que convoque la E.S.E.. Será el responsable de presentar mensualmente el

cuadro de turno del personal, hacer seguimiento al desempeño del mismo dará a conocer

el personal y elementos de protección personal. Deberá estar disponible las 24 horas del

día, los siete días de la semana, tener capacidad de resolución y permanecer en contacto

con el Subgerente General de La E.S.E. y el líder de apoyo a la supervisión; además,

vigilará que el personal cumpla con todas las normas inherentes al servicio objeto del

contrato, porten los respectivos uniformes que deberán estar en óptimas condiciones y

carnés. 8) Las personas que realicen actividades de altura, deberán contar con el

respectivo Certificado de Trabajo Altura vigente, de conformidad con la normatividad

vigente y emitido por autoridad competente. 9) El personal con el cual se ejecutará el

contrato debe cumplir con los perfiles establecidos en el Manual Perfil del Talento

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(MN_01_TH-1) de la E.S.E., encontrarse debidamente capacitado en todas las

actividades de limpieza, desinfección hospitalaria y manipulación de sustancias químicas;

además, poseer carné de vacunación donde aparezca consignado la aplicación de las

vacunas contra la hepatitis B (titulación), varicela, sarampión y tétano. 10) Realizar la

inducción y reinducción del personal que ejecutará el objeto contractual en las actividades

generales de limpieza y desinfección, de acuerdo al Manual Aseo y Desinfección del

contratista. 11) Deberá contar con el personal suficiente para realizar reemplazos o

relevos del personal cuando la E.S.E, lo requiera en razón de la necesidad del servicio,

las posibles fallas en la prestación del mismo, hechos constitutivos de mala conducta, y

también, para reemplazos por faltas absolutas o temporales a causa de novedades como

vacaciones, incapacidades, licencias, permisos y demás eventos que puedan

presentarse, sin que esto aumente el valor del contrato, deberá suplir esta necesidad en

un lapso no superior a dos (2) horas. Además, cuando se requiera por necesidades del

servicio cambio de personal, deberá comunicar oportunamente esta medida a la entidad

y las razones de las modificaciones. 12) Garantizar que el personal que ejecutará el objeto

contractual brindará un trato respetuoso a los empleados de la E.S.E., a los pacientes,

acompañantes y sus compañeros de trabajo. 13) Tener un proceso de evaluación del

desempeño de su recurso humano, el cual debe realizarse como mínimo dos (2) veces

durante la ejecución, así mismo adelantará los respectivos procesos disciplinarios y el

levantamiento del plan de mejora (de ser requerido), una vez el Supervisor del contrato

designado por la E.S.E. notifique al contratista, hechos que interfieran con el buen

desarrollo del objeto contractual. 14) Informar a la Oficina de Talento Humano de la

E.S.E., la incorporación de nuevo recurso para la ejecución del contrato, para verificar

que se ajuste a los perfiles establecidos en el Manual Perfil del Talento (MN_01_TH-1)

de la entidad y que cumpla con toda la documentación requerida. Solamente cuando

cuente con la aprobación de dicha dependencia podrá empezar a ejecutar las actividades

objeto del contrato. 15) Suministrar a su personal el uniforme que portará durante la

vigencia del contrato, de acuerdo con la naturaleza de las funciones a desempeñar,

garantizando el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad. 16) El personal que

ejecutará el contrato, deberá estar debidamente identificado, portar el carné que como

mínimo fotografía reciente, número de cédula de ciudadanía, el RH, nombre de la entidad

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del contratista, con el logotipo institucional de la Empresa Social del Estado, según

modelo que les será proporcionado por la oficina de comunicaciones de la entidad. Es de

carácter obligatorio portar el carné. 17) Responder por la conducta de su personal en las

instalaciones de la E.S.E. y mantener la supervisión directa sobre el mismo, quienes

deberán cuidar, proteger y vigilar los equipos u objetos de propiedad de la entidad que

utilicen en la ejecución del objeto contractual. 18) Responder cuando por culpa de su

recurso humano se genere la pérdida o daño de los equipos u objetos de la entidad, que

tengan a su cargo, a través del reconocimiento y pago de los perjuicios ocasionados. 19)

Garantizar que su personal hará un adecuado y racional uso de los bienes que facilita la

E.S.E. para el cumplimiento del objeto contractual; los cuales serán entregados bajo

inventario, que será suscrito por ambas partes. 20) Coordinar con el Supervisor y el líder

de apoyo a la supervisión designados por la entidad, la participación de su personal en

las inducciones, re-inducciones, y demás actividades y capacitaciones programadas por

la E.S.E., especialmente aquellas que tengan por objeto el proceso de habilitación y

acreditación de la institución, conforme al Decreto 1011 de 2006, la Resolución 2003 de

2014 y demás normas que lo reglamentan. 21) Participar activamente en las reuniones

y/o comités donde la E.S.E. requiera soporte técnico y administrativo, así como a otorgar

el apoyo necesario y oportuno para la elaboración de las respuestas a las quejas y

reclamos presentados ante la entidad, relacionados con los servicios contratados. 22)

Reunirse bimestralmente con el Supervisor y el líder de apoyo a la supervisión designada

por la E.S.E., con el fin de hacer seguimiento al contrato y tratar temas que contribuyan

al mejoramiento de los servicios contratados. 23) Dar cumplimiento a las normas de

bioseguridad, al plan de manejo integral de residuos hospitalarios y al plan de

emergencias de la institución. 24) Acatar las normas y reglamentos establecidos por la

E.S.E. 25) Abstenerse de utilizar la información a la que tenga acceso, en beneficio propio

o de tercero o para fines diferentes de los consagrados en el contrato. 25) Presentar el

sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo del contratista, con su respectivo

cronograma de actividades, acompañado de la hoja de vida del responsable del sistema,

quien debe contar con los títulos académicos requeridos. 26) Entregar informes

mensuales de la ejecución del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo

del contratista, a la Oficina de Talento Humano de la entidad. 27) Presentar el programa

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de bienestar y capacitación para el personal con el cual el contratista va ejecutar el objeto

del contrato. 28) Mantener la autonomía jurídica, técnica y administrativa, durante la

ejecución del contrato. 29) El contratista deberá pagar las retenciones, impuestos, tasa y

contribuciones establecidas en la norma. 30) Las demás obligaciones inherentes a la

naturaleza y objeto del contrato. 31) Realizar las actividades de jardineria en las zonas

verdes, zonas comunes, actividades, manejo de resuiduos sólidos y actividades en la

parte administrativa de la E.S.E. PARAGRAFO: El CONTRATISTA mantendrá indemne

a LA EMPRESA contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse

o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por

culpa o negligencia del CONTRATISTA, de las de sus subcontratistas o dependientes Se

consideran como hechos imputables al CONTRATISTA todas las acciones u omisiones

de su personal y de sus CONTRATISTAS y proveedores y del personal al servicio de

cualquiera de ellos, los errores y defectos de los bienes, trabajos y en general cualquier

incumplimiento de sus obligaciones SEXTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE:

LA E.S.E. se obliga para con EL CONTRATISTA a: 1) Hacer los pagos en los términos

estipulados en el contrato. 2) Exigir y verificar, por intermedio del Supervisor del presente

contrato, el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al pago de

los aportes de su personal al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión,

y Riesgos Laborales y aportes parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar,

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. 3) Liquidar

el contrato a través del Supervisor. SÉPTIMA. SUPERVISIÓN: La supervisión del

presente contrato la ejercerá el Subgerente General de LA E.S.E. conforme a lo

dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y demás normatividad

vigente. En desarrollo de su función, el Supervisor cumplirá, en especial lo siguiente: 1)

Realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato.

2) Expedir los avales requeridos para el pago. 3) Comunicar a la Oficina Jurídica en forma

oportuna, las circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato. 4) Elaborar

técnica y oportunamente las actas y/o constancias requeridas para el cumplimiento y

eficaz ejecución del contrato. 5) Velar porque las garantías se mantengan vigente durante

el plazo de ejecución del contrato, en los términos pactados para cada uno de los riesgos.

6) Verificar que EL CONTRATISTA esté efectuando el pago de aportes al Sistema de

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Seguridad Social Integral de sus afiliados partícipes, al igual que el pago de aportes

parafiscales sobre la nómina a las entidades que competa. 7) Comunicar a EL

CONTRATISTA cualquier situación irregular y/o anomalía que se presente en la

ejecución del contrato, y que pueda causar perjuicio a LA E.S.E. 8) Proporcionar la

información necesaria a EL CONTRATISTA para efectos de la normal ejecución del

contrato. 9) Informar a EL CONTRATISTA cualquier novedad respecto a la ejecución

del presente contrato. 10) Presentar a EL CONTRATISTA, por medio del coordinador,

en forma escrita y motivada, las reclamaciones o quejas sobre el desarrollo del objeto

contractual. OCTAVA. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor del presente

contrato será aportado por LA E.S.E. con cargo a la vigencia fiscal 2019, según el

Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXX del XXX de marzo de 2019.

NOVENA. LUGAR DE ATENCIÓN DE LOS PROCESOS: Para todos los efectos legales,

EL CONTRATISTA atenderá los servicios objeto del presente contrato en las dos (2)

sedes de LA E.S.E. DÉCIMA. CERTIFICACIÓN DE PAGO AL SISTEMA DE

SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: EL CONTRATISTA Anexar planilla de pago mes a

mes y certificará mensualmente por medio del Revisor Fiscal, que se encuentra a paz y

salvo por concepto de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión

y Riesgos Laborales) y el pago de la Caja de Compensación Familiar de su personal,

según lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 5 del Decreto 1429 de 2010, el numeral 6

del artículo 12 de la Ley 1562 de 2012 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. DÉCIMA

PRIMERA. GARANTÍAS: Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción

del contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir y presentar a favor de LA E.S.E. las

siguientes garantías que amparen el objeto del presente contrato, así: 1)

CUMPLIMIENTO: Por el veinte por ciento (20%) del valor estimado de los servicios

durante la vigencia del contrato y seis (6) meses más. 2) CALIDAD DEL SERVICIO: Por

una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato y una

vigencia igual a su término de duración y un (1) año más, contados a partir del recibo del

servicio. 3) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES DE

PERSONAL: Por una cuantía equivalente al veinte (20%) del valor estimado del contrato,

por el período de duración del contrato y tres (3) años más. 4) RESPONSABILIDAD

CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Para asegurar el pago de los daños y perjuicios que

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se causen a terceros, derivada de las actuaciones, hechos y omisiones de EL

CONTRATISTA o subcontratistas. Su cuantía será igual al periodo de ejecución del

contrato y el valor del amparo será de doscientos (200) Salarios Mínimos Legales

Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.). PARÁGRAFO: Corresponde EL CONTRATISTA el

pago relativo al otorgamiento de las garantías exigidas. EL CONTRATISTA deberá

mantener vigente las garantías y deberá ajustarlas siempre que se produzca alguna

modificación, adición y/o prórroga del contrato o en el evento en que se produzca

reiniciación del contrato a raíz de la suspensión temporal del mismo. DÉCIMA

SEGUNDA. SISTEMA DE CALIDAD: EL CONTRATISTA deberá participar en las

actividades organizadas por LA E.S.E. cuyo objetivo sea la calidad y deberá

comprometerse con el proceso de habilitación y acreditación, con el fin de dar

cumplimiento al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud del

Sistema General de Seguridad Social en Salud, conforme al Decreto 1011 de 2006 y

Resolución 1043 de 2006 modificada por Resoluciones 3763 de 2007, 2680 de 2007 y

715 de 2010 y demás normas que la modifiquen o adicionen. Harán parte de los planes

de mejoramiento los servicios y procesos prestados a LA E.S.E. por parte de EL

CONTRATISTA; se realizará seguimiento a la implementación de los mismos, con el fin

de subsanar las falencias presentadas en la prestación de servicios; una vez definido y

ejecutado el plan de mejoramiento se realizará la evaluación de desempeño cuyo

resultado se dará a conocer a EL CONTRATISTA. DÉCIMA TERCERA. CESIÓN:

EL CONTRATISTA no podrá ceder a persona natural o jurídica alguna, los derechos y

obligaciones emanados del presente contrato, sin que medie previa autorización expresa

y por escrito por parte de EL CONTRATANTE. DÉCIMA CUARTA. TENENCIA DE

LOS BIENES Y UTILIZACIÓN DE EQUIPOS: Las partes acuerdan que los equipos de

propiedad de LA E.S.E. que sean utilizados por EL CONTRATISTA, en cumplimiento del

objeto contractual, estarán en calidad de mera tenencia mientras dure su ejecución, los

cuales no podrán ser retirados de la institución; la custodia estará a cargo de EL

CONTRATISTA durante la vigencia del contrato. DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN: El

plazo aquí estipulado podrá suspenderse por circunstancias de fuerza mayor o caso

fortuito, sucesos por los cuales se podrá de común acuerdo entre las partes suspender

temporalmente la ejecución, mediante la elaboración de un acta donde conste tales

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hechos, que deberá ser suscrita por LA E.S.E. y EL CONTRATISTA. El tiempo de

suspensión no se computará para los efectos del plazo pactado y durante ella no existirá

contraprestación alguna entre las partes. Cuando se reanuden las actividades se

elaborará un acta de reanudación del plazo suscrita por quienes firmaron la de

suspensión. DÉCIMA SEXTA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: De

conformidad con el artículo 31 del Estatuto Contractual de LA E.S.E. (Acuerdo No. 007

del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de

2014), la entidad podrá imponer multas a EL CONTRATISTA. En caso de mora y/o

incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del contrato, EL

CONTRATISTA pagará a EL CONTRATANTE multas diarias y sucesivas hasta del

cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las

multas supere el veinte por ciento (20%) de dicho valor, so pena de la aplicación de la

cláusula penal pecuniaria, conforme al numeral siguiente. 2) CLÁUSULA PENAL

PECUNIARIA: EL CONTRATISTA se obliga a pagar a LA E.S.E. una suma equivalente

al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a título de indemnización, por los

perjuicios que ocasione en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento de sus

obligaciones contractuales o de que se declare la terminación anticipada del mismo, sin

perjuicio de que EL CONTRATANTE pueda solicitar a EL CONTRATISTA la totalidad

del valor de los perjuicios causados en lo que excedan del valor de la cláusula penal

pecuniaria. EL CONTRATISTA autoriza que LA E.S.E. descuente de las sumas que le

adeude, los valores correspondientes a la cláusula penal pecuniaria. Se entiende que hay

incumplimiento definitivo del contrato cuando cumplido el plazo de ejecución, EL

CONTRATISTA no ha cumplido la totalidad de sus obligaciones. 3) CADUCIDAD Y

EFECTOS: Si se presenta algún incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL

CONTRATISTA establecidas en el presente contrato, que afecte de manera grave y

directa la ejecución del mismo, de manera tal que pueda conducir a su paralización o

afectación, o en cualquier otro evento de incumplimiento de EL CONTRATISTA para

el que la ley prevea la sanción de caducidad, LA E.S.E. por medio de acto administrativo

debidamente motivado y previo los procedimientos que garanticen el debido proceso, el

derecho de defensa y de contradicción, podrá decretar la caducidad del contrato y

ordenar su liquidación en el estado en que se encuentre, todo de conformidad con lo

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establecido en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 17 de la Ley 1150 de

2007. PARÁGRAFO PRIMERO: Si existiendo las condiciones para declarar la caducidad

del contrato, de conformidad con las facultades que le otorga el inciso 2° del artículo

18 de la Ley 80 de 1993, LA E.S.E. decide abstenerse de hacerlo, podrá en todo caso

adoptar las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución del

objeto contratado. PARÁGRAFO SEGUNDO: El valor de las multas y de la cláusula penal

pecuniaria a que se refieren los numerales anteriores, ingresarán al tesoro de EL

CONTRATANTE. Serán pagadas directamente por EL CONTRATISTA a EL

CONTRATANTE, o en su defecto EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente

contrato a que LA E.S.E., las descuente directamente de los saldos a su favor. De no

existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente.

DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL: Si durante la ejecución del

presente contrato surgieran discrepancias entre las partes sobre la interpretación de

alguna de las estipulaciones del mismo, que puedan conducir a la paralización o a la

afectación de los servicios objeto de dicho contrato, EL CONTRATANTE interpretará en

acto administrativo debidamente motivado las estipulaciones o cláusulas objeto de la

diferencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 80 de 1993.

DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN UNILATERAL: Si durante la ejecución del presente

contrato y para evitar la paralización o la afectación grave de los servicios objeto del

mismo, fuere necesario introducir variaciones en el contrato y, previamente las partes no

llegaran al acuerdo respectivo, LA E.S.E., a través de acto administrativo debidamente

motivado, hará las modificaciones pertinentes mediante la supresión o adición de

trabajos, actividades, suministros o servicios, de conformidad con lo establecido en el

artículo 16 de la Ley 80 de 1993. Si las modificaciones unilaterales alteran el valor del

contrato en un veinte por ciento (20%) o más de su valor inicial, EL CONTRATISTA podrá

renunciar a la continuación de su ejecución. En este evento, EL CONTRATANTE

ordenará liquidación del contrato, al igual que las medidas del caso para garantizar

la terminación de su objeto. DÉCIMA NOVENA. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL

CONTRATO: LA E.S.E. podrá terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin

que sea necesario requerimiento de ninguna índole, por las siguientes causas: 1) Por

incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en este contrato por parte

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de EL CONTRATISTA. 2) Por extinción del plazo pactado. 3) Por la declaratoria de

terminación unilateral y de caducidad del contrato por parte de EL CONTRATANTE en

la forma y con los efectos previstos en los artículos 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. 4) Por

caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. 5) Por irregularidades graves en

la facturación cuando se demuestre dolo. 6) Por mutuo acuerdo entre las partes. 7) Por

solicitud expresa debidamente motivada de EL CONTRATISTA quien deberá dar aviso

por escrito a LA E.S.E. con una anticipación no inferior a treinta (30) días calendario de

antelación a la fecha de terminación enunciada. VIGÉSIMA. LIQUIDACIÓN: Una vez

terminado el contrato se procederá a su liquidación, de conformidad con lo preceptuado

en el artículo 38 del Estatuto Contractual de EL CONTRATANTE (Acuerdo No. 007 del

3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo No. 015 del 21 de noviembre de 2014).

PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a EL

CONTRATANTE para que los valores que se adeuden a las entidades del Sistema de

Seguridad Social Integral o Parafiscales sea descontado directamente del saldo a su

favor. VIGÉSIMA PRIMERA. AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: El presente

contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA, con absoluta autonomía e

independencia y en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre

LA E.S.E. y EL CONTRATISTA y/o su personal. VIGÉSIMA SEGUNDA.

CONFIDENCIALIDAD: La información que le sea entregada o a la que tenga acceso EL

CONTRATISTA en desarrollo y ejecución del presente contrato, gozan de

confidencialidad por razón del secreto profesional. Por ello toda información a la que

tenga acceso EL CONTRATISTA está protegida por las normas que rige el secreto

profesional y, por tanto, solo podrá ser usada para fines inherentes a su actividad en

desarrollo del contrato que aquí se suscribe. La protección es indefinida, por lo que no

se podrá hacer uso de ella en ningún tiempo, ni durante la ejecución del contrato, ni una

vez finalizado. Cualquier incumplimiento a este compromiso podrá ser objeto de las

sanciones que se pactan en este contrato. VIGÉSIMA TERCERA. CLÁUSULA

COMPROMISORIA: Las controversias relativas a la ejecución y liquidación del presente

contrato se resolverán en primera instancia por el mecanismo de la conciliación ante el

Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Medellín. En caso de

fracasar la conciliación, se resolverán por un Tribunal de Arbitramento integrado por tres

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(3) árbitros que se sujetarán a lo dispuesto por la Ley 446 de 1998, el Decreto 1818 de

1998 y a las normas que los reglamenten, modifiquen o adicionen. Los árbitros serán

designados por las partes de común acuerdo; pero de no llegarse a acuerdo, LA E.S.E.,

EL CONTRATISTA y el Centro de Conciliación y Arbitraje antes mencionado nombrarán

cada uno un (1) árbitro para integrar el Tribunal quien decidirá en derecho, funcionará en

la sede de dicho Centro de Conciliación y se sujetará a las reglas allí previstas sobre

organización interna. VIGÉSIMA CUARTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen

parte de este contrato los siguientes documentos: XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX,

XXXXXXXXXXX. VIGÉSIMA QUINTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El

presente contrato requiere para su perfeccionamiento la suscripción de las partes; para

su ejecución requiere el registro presupuestal, aprobación de garantías y acta de inicio,

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto Contractual de EL

CONTRATANTE (Acuerdo No. 007 del 3 de junio de 2014, modificado por el Acuerdo

No. 015 del 21 de noviembre de 2014). VIGÉSIMA SEXTA. DOMICILIO

CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá como

domicilio contractual el municipio de Itagüí – Antioquia. PARÁGRAFO: Para efectos de

notificación, LA E.S.E. tiene su domicilio en la calle 47 No. 48 – 63 de Itagüí – Antioquia

y EL CONTRATISTA en XXXXXXXXXX. VIGÉSIMA SÉPTIMA. INHABILIDADES E

INCOMPATIBILIDADES: Por medio de esta cláusula, EL CONTRATISTA afirma bajo

juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades, incompatibilidades y

prohibiciones previstas en la Ley 80 de 1993, que no posee ningún tipo de deuda con

las entidades del Estado (parágrafo 3 del artículo 4 de la Ley 716 de 2001), ni ha sido

condenado por fallo alguno con responsabilidad fiscal, en detrimento del patrimonio del

Estado, por parte de la Contraloría General de la República o alguno de sus delegados

en las respectivas entidades territoriales. VIGÉSIMA OCTAVA. INDEMNIDAD: El

contratista se obliga a favor de LA E.S.E a mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio

originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de

sus dependientes. VIGÉSIMA NOVENA. MANIFESTACIÓN: Las partes manifiestan

libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del presente documento, por

lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo ordenado y manifestado.

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En constancia de todo lo anterior, se firma en Itagüí por las partes a los xxx (xx) días del

mes de xxxx del año 2019

CARLOS FREDY CARMONA RAMIREZ XXXXXXXXXXXXXXXXXX Gerente de La E.S.E. EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA

SAUL MARTINEZ QUINTERO SUBGERENTE GENERAL DE LA E.S.E.