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HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a treinta y uno de marzo de dos mil quince, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes: D. ETOR IDIRIN ERCILLA Dª. ANA-MAITE FERNÁNDEZ OTAMENDI D. D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA D. XABIER URUEÑA ASTIGARRAGA Dª. FELICIDAD BAHILLO MORÁN Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho treinta horas, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día: 1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 24-02-2015.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 24-02-2015, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97. 2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN.

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Page 1: HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 · Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes

HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a treinta y uno de marzo de dos mil quince, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes:

D. ETOR IDIRIN ERCILLA

Dª. ANA-MAITE FERNÁNDEZ OTAMENDI

D. D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE

Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA

D. XABIER URUEÑA ASTIGARRAGA

Dª. FELICIDAD BAHILLO MORÁN Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra

Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho treinta horas, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día:

1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 24-02-2015.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 24-02-2015, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97.

2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN.

Page 2: HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 · Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes

HOJA 2ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes resoluciones, que fueron ratificadas por la unanimidad de los concejales presentes.

2.1 Decreto de Alcaldía nº 53/15 BIS de fecha 23-02-2015

Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a D. X X X licencia por la que se le autoriza el uso del domino público en Herriaren Enparantza habilitado para la instalación durante 7 días, del día 23 de febrero al día 1 de marzo de 2015, una churrería, ocupando una superficie de 8 m2. Deberá abonar la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de dominio público, de 105,00 euros.

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a D. X X X

2.2 Decreto de Alcaldía nº 54/15 de fecha 25-02-2015 Aprobando la relación de facturas, nº 2/15

2.3 Decreto de Alcaldía nº 55/15 de fecha 26-02-2015 Resolviendo: PRIMERO: CONCEDER a D. X X X la Tarjeta de Armas para el arma, Carabina de aire comprimido, modelo GAMO SOCOM TACTICAL, 5,5 m m , de la categoría 4ª.2. SEGUNDO: RECORDAR a D. X X X que: - Deberá estar empadronado en Ugao-Miraballes. - Su validez queda limitada al municipio de Ugao-Miraballes. - Para poder llevar y usar la carabina fuera de su domicilio, tendrá que llevar siempre la tarjeta de armas. - La tarjeta B, que se le concede, tendrá validez permanente. TERCERO: El menor que obtenga la Tarjeta de Armas, no podrá utilizar el arma si no se encuentra acompañado por una persona de mayor edad. Las Tarjetas no significan autorización para caza. CUARTO: REMITIR un ejemplar del impreso de la Tarjeta de Armas a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

2.4 Decreto de Alcaldía nº 56/15 de fecha 27-02-2015 Resolviendo:

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HOJA 3ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

PRIMERO: CONTRATAR a Dña. X X X , desde el día 2 de marzo hasta el día 20 de marzo de 2015, según las tablas salariales del Convenio de oficinas y despachos en vigor en Bizkaia, para reforzar los programas que se ejecutan de intervención social en los Ayuntamientos de Ugao-Miraballes, Arakaldo, Arrankudiaga y Zeberio. Siendo su jornada de cinco horas diarias a desempeñar dicha labor en los citados municipios, según el Convenio firmado entre ellos para la prestación de ese servicio.

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo al Delegado sindical del personal laboral y a Dª. X

X X .

2.5 Decreto de Alcaldía nº 57/15 de fecha 03-03-2015

Resolviendo:

OTORGAR a D. X X X , salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en la vivienda de la C/ Arana y Luaprdo, nº 16, consistentes en la protección de la cubierta de la terraza, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.6 Decreto de Alcaldía nº 58/15 de fecha 03-03-2015 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a D. X X X , en representación de “Técnicas de Restauración, S.A.”, licencia para ocupar 6 m2 de la vía pública, para instalar un contenedor, en las inmediaciones del nº 5 de la C/ Udiárraga, durante el plazo de un mes, no debiendo permanecer en la vía pública durante los fines de semana y con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe A de la “Ordenanza Reguladora de las Tasas por la utilización privativa o Aprovechamiento Especial de dominio público municipal”.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta resolución a D. X X X , en representación de “Técnicas de Restauración, S.A.”.

2.7 Decreto de Alcaldía nº 59/15 de fecha 03-03-2015 Resolviendo: PRIMERO: IMPONER a D. X X X , una sanción de 300,52 € por infracción del artículo 28.2 g) de la Ordenanza Municipal reguladora de Tenencia y protección de animales.

El pago en periodo voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:

a) Si la notificación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de

recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta Resolución a D. X X X .

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HOJA 4ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

2.8 Decreto de Alcaldía nº 60/15 de fecha 03-03-2015

Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad al vecino de este Municipio D. X X X

SEGUNDO: Entregar al interesado, juntamente con la Tarjeta, el Resumen de las Condiciones de utilización de la misma en los distintos Estados miembros de la Unión Europea, establecidas en los artículos 3º y 4º del Decreto 256/2000 del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco. TERCERO: Recordar a Dª X X X , representante legal de D. X X X , que conforme a lo determinado por el artº 7 del Decreto referenciado, la Tarjeta deberá renovarse cada CINCO AÑOS en el Ayuntamiento del lugar de su residencia, sin perjuicio de los cambios que pudieran producirse en la valoración de su discapacidad, que conlleven la pérdida de su vigencia.

2.9 Decreto de Alcaldía nº 61/15 de fecha 09-03-2015 Resolviendo: PRIMERO: INCORPORAR el texto arriba expuesto al epígrafe j) Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Ordenanza Fiscal Municipal que regula la prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas.

SEGUNDO: MODIFICAR el texto donde dice:

“B) Determinación del importe de la aportación de la persona usuaria

Esta fórmula, establece la aportación económica de la Unidad Familiar por el Servicio de Ayuda a Domicilio, que en ningún caso podrá ser superior al coste del servicio, ni inferior a 10 euros al mes. Dicha aportación económica se actualizará anualmente en los términos que se determinen en la Ordenanza Fiscal.”

Por este otro:

“B) Determinación del importe de la aportación de la persona usuaria

Esta formula, establece la aportación económica de la Unida Familiar por el Servicio de Ayuda a Domicilio, que en ningún caso podrá ser superior al coste del servicio, ni inferior a 10 euros al mes para el año 2015. Para los siguientes años, se le incrementará el IPC (estatal) estimado para el año anterior o su aplicación.”

TERCERO: PUBLICAR esta Resolución y la corrección expuesta en punto segundo en el Boletín Oficial de Bizkaia.

2.10 Decreto de Alcaldía nº 62/15 de fecha 09-03-2015 Resolviendo: PRIMERO: IMPONER a DªX X X , una sanción de 60,00 € por infracción del artículo 39 de la Ordenanza Municipal reguladora de Tenencia y protección de animales.

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HOJA 5ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

El pago en periodo voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:

b) Si la notificación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de

recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta Resolución a Dª. X X X 2.11 Decreto de Alcaldía nº 63/15 de fecha 11-03-2015 Resolviendo: APROBAR el expediente de Liquidación del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2014.

2.12 Decreto de Alcaldía nº 64/15 de fecha 18-03-2015 Resolviendo:

PRIMERO: CONTRATAR para los días 20 y 21 de marzo de 2015, a D. X X X , para

realizar las funciones de Auxiliar de Biblioteca previstas en las bases de dicha convocatoria.

SEGUNDO: PONER en conocimiento del Delegado sindical de personal laboral y de D. X X X

2.13 Decreto de Alcaldía nº 65/15 de fecha 18-03-2015

Resolviendo: PRIMERO: CONCEDER Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad a la vecina de este Municipio Dª X X X .

SEGUNDO: Entregar a la interesada, juntamente con la Tarjeta, el Resumen de las Condiciones de utilización de la misma en los distintos Estados miembros de la Unión Europea, establecidas en los artículos 3º y 4º del Decreto 256/2000 del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco. TERCERO: Recordar a Dª X X X que conforme a lo determinado por el artº 7 del Decreto referenciado, la Tarjeta deberá renovarse cada CINCO AÑOS en el Ayuntamiento del lugar de su residencia, sin perjuicio de los cambios que pudieran producirse en la valoración de su discapacidad, que conlleven la pérdida de su vigencia.

2.14 Decreto de Alcaldía nº 66/15 de fecha 25-03-2015 Resolviendo: PRIMERO: Que este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes participe en la fiesta deportiva: “Puertas Abiertas al Deporte, Kirol Jaia” 2015, con las siguientes actuaciones:

• MARATON DE CICLO-INDOOR, los días 6 y 7 de junio, en horario de 12:00 a 13:00.

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HOJA 6ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

• GIMNASIA 3ª EDAD, el día 7 de junio, en horario de 12:00 a 13:00. • ZUMBA KIDS (Coreografías), el día 6 de junio, en horario de 18:00 a 20:00. Se permitirá el acceso a las instalaciones guiados por un monitor en el resto de instalaciones.

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a la Dirección General del Deporte y Juventud de la Diputación Foral de Bizkaia y a U.T.E. El Jaro, empresa responsable de las Instalaciones Deportivas.

2.15 Decreto de Alcaldía nº 67/15 de fecha 25-03-2015 Resolviendo: DEVOLVER a la Sociedad “Euskaltel, S.A.”, para su cancelación los avales de 2.000 euros cada uno, presentados para responder de la correcta ejecución de la obras de “Acometida de telecomunicaciones en la calle Udiarraga 38 - Palacio Jane” y “Acometida de telecomunicaciones en el barrio Usila 24 B”, respectivamente.

2.16 Decreto de Alcaldía nº 68/15 de fecha 25-03-2015 Resolviendo: DEVOLVER a la empresa “German Etxebarria, S.A.”, para su cancelación el aval; por importe de 1.646,50 euros, presentado para responder de la correcta ejecución de la obra de “Malla verde-Itinerarios ecológicos” del municipio.

2.17 Decreto de Alcaldía nº 69/15 de fecha 27-03-2015 Convocando al Ayuntamiento Pleno a Sesión Ordinaria, para el día 31-03-2015.

3º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE CESIÓN DE TERRENO AL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN DE GOBIERNO VASCO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO ESCOLAR PÚBLICO DE SECUNDARIA EN EL MUNICIPIO. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral, explica como las parcelas en que se va a construir el centro escolar de secundaria, en Usila fueron cedidas al Departamento Vasco de Educación. Para ello, se acudió a la figura jurídica de la mutación demanial, tanto subjetiva, cambio del titular de un bien de dominio público, antes el Ayuntamiento y ahora, el Gobierno Vasco, como objetiva, por lo cual un bien destinado a un servicio público de zona de aparcamiento y zona ajardinada para ser de un uso escolar.

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HOJA 7ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Debido a la falta de desarrollo jurídico de esta figura jurídica, se hace necesario buscar otra, la cesión de bienes, del artículo 110 del Reglamento de Bienes.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO: Por el Departamento Vasco de Educación, Universidades e Investigación, se solicitó a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, la cesión de un terreno para la construcción de un centro de enseñanza secundaria, dado que consideraba que el edificio escolar de Arrizkozubi no era idóneo. Por este motivo, este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, se comprometió por acuerdo plenario de 23 de febrero de 2010, a ceder al Gobierno Vasco 3.700 m2 del terreno cedido a este Ayuntamiento, en el Proyecto de Reparcelación nº 3 de Usila.

SEGUNDO: Posteriormente, se comprobó que en lugar de 3.700 m2 eran 2.452 m2., por lo que por Decreto de Alcaldía de 4 de marzo de 2011, se produjo la corrección de dicho error material.

TERCERO: El Departamento Vasco de Educación, Universidades e Investigación, solicitó, el día 13 de diciembre de 2012, que también se le cediese el resto de esta parcela 3.083 m2. para así poder incorporar la pista deportiva cubierta al contenido del proyecto de construcción del centro escolar. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO: Las porciones de terrenos de 2.452 m2 y 3.083 m2 al ser destinadas a un uso público (equipamiento docente) son bienes de dominio público.

SEGUNDO: A su vez, la titularidad de la competencia de dichos terrenos se atribuye a otra administración pública, el Gobierno Vasco.

Es por este motivo, que se entiende que procede la mutación demanial, cambio de la titularidad de bienes de dominio público, de una Administración Pública (Ayuntamiento) a otra Administración Pública, el Gobierno Vasco.

Siendo esto así, por acuerdo de este Ayuntamiento Pleno de 26 de abril de 2011, se aprobó la mutación demanial para el terreno de 2.452 m2. y el 21 de diciembre de 2012, para el terreno de 3.083 m2.

TERCERO: La mutación demanial está prevista en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y así en su artículo 71m determina que “la mutación demanial es el acto en virtud del cual se efectúa la desafectación de

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HOJA 8ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

un bien o derecho del Patrimonio, con simultánea afectación a otro uso general, fin o servicio público de la Administración General del Estado”

Asimismo, determina que para poder proceder a dicha mutación demanial, es necesario tramitar un expediente.

El problema surge cuando dicho procedimiento tenía que ser desarrollado por un Reglamento y este no se ha realizado, a pesar del tiempo transcurrido.

CUARTO: Esto unido, tal y como se indica en el informe de Secretaría de 11 de abril de 2011, a que las disposiciones legales estatales en materia de régimen local (Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, Texto Refundido de Régimen Local y Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales) no hacen referencia a la mutación demanial, da lugar a dificultades a la hora de determinar tanto su alcance como el procedimiento que debe seguirse para la declaración de cambio de destino de un determinado bien.

QUINTO: Esta falta de regulación de procedimiento a seguir en la mutación demanial, puede ocasionar que por las Notarías determinen incovenientes a la transmisión jurídica de los terrenos a ceder al Gobierno Vasco.

SEXTO: Por la Dirección de Patrimonio del Gobierno Vasco, se propone acudir al procedimiento de cesión de bienes previsto en el artículo 110 del Reglamento de Bienes. Siendo necesaria la cesión de dichos terrenos para la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria

Considerando lo expuesto y lo establecido en los artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes, y el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios y Euskera.

El Ayuntamiento Pleno, por la unanimidad de los once concejales que

conforman la Corporación, acuerda:

PRIMERO: DEJAR sin validez los acuerdos de 26 de abril de 2011 y 21

de diciembre de 2012, por los que se aprueba la mutación demanial subjetiva a favor del Gobierno Vasco de 2.452 m2 y 3.083 m2 en Usila.

SEGUNDO: APROBAR el expediente de cesión gratuita a la

Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la titularidad del terreno de 5.535 m2 situado en el Sector 3 de Usila, propiedad de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, y que se describe a continuación:

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HOJA 9ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

-Identificación registral: Libro 48, Folio 151 Vtº. Finca 3248, Inscripción 2ª -Identificación catastral: N0291655J, N0291656R; N0291657C

TERCERO: La cesión está condicionada a que el inmueble sea destinado a Centro de Enseñanza Secundaria. En el supuesto de que el inmueble no fuera destinado al fin para el que se cede, revertirá en pleno dominio al Ayuntamiento de Ugao-Miraballes con todas sus pertenencias y accesiones y se considerará resuelta la cesión, subsistiendo por el contrario la vigencia de la misma durante el tiempo en que sea destinado al mencionado fin.

Se entenderá que el fin para el cual se ha otorgado debe cumplirse en el plazo de cinco años y que debe mantenerse su destino durante los treinta años siguientes, tal y como se establece al respecto en el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

CUARTO: SOMETER el expediente a exposición pública por plazo de 15 días al objeto de la formulación de reclamaciones por parte de los interesados, que serán resueltas por la Corporación. De no producirse éstas, el acuerdo se considerará definitivo.

QUINTO: NOTIFICAR el presente acuerdo a la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, así como a la Diputación Foral de Bizkaia.

SEXTO: FACULTAR al Sr. Alcalde, para la formalización de todos aquellos documentos que sean precisos para la ejecución del presente acuerdo.

4º.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DEL EJERCICIO 2014.

Dada cuenta del Decreto de Alcaldía 63/15 de 11 de marzo, cuyo

contenido es el siguiente:

“Visto el Expediente relativo a la “Liquidación del Presupuesto del Ejercicio 2014” y visto el informe del Secretario - Interventor de esta fecha unido a citado Expediente y de acuerdo a lo dispuesto en el Art.º 46 y ss. de la NF 10/2003 (Norma Foral Presupuestaria).

DISPONGO:

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HOJA 10ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

APROBAR el expediente de LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DEL EJERCICIO DE 2014 con el siguiente resultado:

a) Remanente Líquido de Tesorería:

a) Existencia en Caja en 31-12-2014...............................................

182.832,01€

Pendiente de cobro Ejercicio 2014 179.577,89 €

Pendiente de cobro de ejercicios cerrados (anteriores)

308.813,90 €

+ De otras operaciones No Presupuestarías.

136.690,59 €

- Ingresos Pendientes de Aplicación. 0,00 €

SUMA......................... 807.914,39 €

b) Pendiente de pago del ejercicio 2014.

208.585,33 €

Pendiente de pago de ejercicios cerrados (anteriores)

0,00 €

+ De otras Operaciones No Presupuestarias.

259.275,43 €

c) Saldos de dudoso cobro:

PARTIDA DESCRIPCION IMPORTE

1997 340.00 Abastecimiento de Aguas. 39,24 €

1999 340.00 Abastecimiento de Aguas. 651,74 €

2000 340.00 Abastecimiento de Aguas. 375,08 €

2001 311.01 Tasas por servicio de alcantarillado. 39,68 €

2001 340.00 Abastecimiento de Aguas. 705,72 €

2002 113.00 I.V.T.M. 2002. 3.783,28 €

2002 340.00 Abastecimiento de Aguas. 1.542,23 €

2003 113.00 I.V.T.M. 2003. 4.143,27 €

2004 113.00 I.V.T.M. 2004. 5.068,02 €

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HOJA 11ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

2005 113.00 I.V.T.M. 2005. 5.729,38 €

2006 113.00 I.V.T.M. 2006. 6.668,63 €

2007 113.00 I.V.T.M. 2007. 8.392,96 €

2007 114.00 Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

876,88 €

2008 113.00 I.V.T.M. 2008. 10.064,46 €

2008 114.00 Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

2.714,40 €

2008 310.01 Tasas por recogida de basuras. 53,35 €

2009 113.00 I.V.T.M. 2009. 12.450,23 €

2010 113.00 I.V.T.M. 2010. 13.458,05 €

2010 114.00 Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

766,80 €

2011 113.00 I.V.T.M. 2011. 14.753,80 €

2011 114.00 Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

316,23 €

2011 310.01 Tasas por recogida de basuras. 3.649,94 €

2012 113.00 I.V.T.M. 2012. 15.942,91 €

2012 310.01 Tasas por recogida de basuras. 3.165,79 €

2012 651.01 Aprovechamientos urbanísticos. 167.176,90 €

112.04 I. B. I. ejercicios cerrados 2000 - 2012 13.890,30 €

130.04 I. A. E. ejercicios cerrados 2000 - 2012

13.654,29 €

IMPORTE TOTAL

310.033,88 €

d) Remanente para gastos con financiación afectada:

50.622,13 €

(Paga extra de navidad 2.012)

REMANENTE DE TESORERIA TOTAL.... .................

- 20.602,38 €

b) Resultado Presupuestario:

Resultado Presupuestario del Ejercicio 2.014:

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HOJA 12ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

(Cifras en miles de euros)

LIQUIDACIÓN

DEL PPTO. ANUAL A B C=A+B D E F=D-E G=C-D

INICIAL MODIFICACS. FINAL

DERECHOS/ COBRADO/ DEUDORES/ EJECUCION

OBLIGS. PAGADO ACREEDS. (+,-)

INGRESOS

1. IMPTOS. DIRECTOS 643,66 0,00 643,66 686,51 606,86 79,64 42,84

2. IMPTOS. INDIRECTOS 73,00 0,00 73,00 - 5,28 - 5,28 0,00 - 78,28

3. TASAS Y OTROS INGRESOS 387,86 0,00 387,86 434,40 388,68 45,72 46,54

4. TRANSF. CORRIENTES 2.768,26 32,66 2.800,92 2.778,26 2.758,87 19,39 - 22,65

5. INGR. PATRIMONIALES 5,35 0,00 5,35 7,77 6,06 1,71 2,42

6. ENAJ. INV. REALES 90,35 0,00 90,35 0,00 0,00 0,00 - 90,35

7. TRANSF. DE CAPITAL 44,69 40,62 85,31 67,48 34,37 33,11 - 17,83

8. VAR. ACT. FINANCIEROS 0,00 14,92 14,92 0,00 0,00 0,00 0,00

9. VAR. PAS. FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

TOTAL INGRESOS: 4.013,17 88,20 4.101,37 3.969,14 3.789,56 179,57 - 117,31

GASTOS

1. GASTOS PERSONAL 1.264,38 47,58 1.311,96 1.270,22 1.246,97 23,24 41,75

2. COMPRAS Y SERVICIOS 2.394,29 - 4,51 2.389,79 2.288,54 2.110,64 177,90 101,24

3. GASTOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

4. TRANSF. CORRIENTES 218,84 0,00 218,84 200,20 192,76 7,45 18,64

6. INVERSIONES REALES 135,65 45,14 180,79 95,60 95,60 0,00 85,19

7. TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

8. VAR. ACT. FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

9. VAR. PAS. FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

TOTAL GASTOS: 4.013,16 88,21 4.101,38 3.854,56 3.645,97 208,59 246,82

Rdo. Ppto. Corriente: 114,58

EJECUCIÓN DE

PPTOS. CERRADOS DERECHOS/OBLIGS. COBRADO/ DEUDORES/ ANULAC.

TOTALES NETOS PAGADO ACREEDS.

DEUD. EJER. CERRADOS 520,03 506,02 197,21 308,81 14,01

ACREED. EJER. CERRADOS 270,38 211,12 211,12 0,00 59,26

Rdo. Pptos. Cerrados: 45,25

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HOJA 13ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO 159,83

(Rdo. Ppto Corriente + Rdo.Pptos. Cerrados)

AJUSTES

Desviaciones de financiación imputables al ejercicio 2014 0,00

Suma de los excesos de financiación (desviaciones positivas) del 2014: 0,00

(Ajuste negativo al Rtdo Patrio)

Suma de los defectos de financiación (desviaciones negativas) del 2014: 0,00

(Ajuste positivo al RtdoPptario)

Gastos financiados con Remanente Tesorería (+) 0,00

RESULTADO DEL EJERCICIO AJUSTADO 159,83

(Resultado Presupuestario del ejercicio + Ajustes)

La concejal por el grupo municipal Bildu, Dª. Izaskun Uriarte Beitia, manifiesta que su equipo municipal, se da por enterado de la liquidación del presupuesto del ejercicio del año 2014. Esta liquidación les fue explicada por el economista municipal, D. Juan-María Usaola Ayesta. Dª. Izaskun Uriarte Beitia sí que quiere dejar constancia de que algunas de las grandes inversiones que se iban a realizar durante 2014 no se han realizado (nichos, aceras, etc.). El Sr. Alcalde, D. Ekaitz Mentxaka Corral, le contesta que lo que ha hecho el equipo de gobierno del EAJ-PNV ha sido actuar con responsabilidad, ya que se partía de una situación en la que el Remanente Líquido de Tesorería era negativo, además de que a medida que avanzaba el año, se veía que la previsión de ingresos no se estaba cumpliendo.

Por otra parte, continúa diciendo que cuando se elabora un presupuesto, lo primero que hay que hacer es ver con qué ingresos se va a contar, y en función de los mismos, definir tanto los gastos como las inversiones. Indica que el equipo de gobierno considera que si se parte de un Remanente Líquido de Tesorería negativo, y además no se cumplen los ingresos previstos, no hay que hacer frente a todos los gastos e inversiones

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HOJA 14ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

previstas solamente por eso, por estar presupuestadas. En ese caso lo que hay que hacer es priorizar. Por lo tanto, indica que lo que no van a hacer es endeudarse, máxime cuando hay inversiones que no son estratégicas. A continuación, el Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka, explica que aun habiendo más de 100.000 € previstos inicialmente que no se han ingresado, han sido capaces de cerrar el año 2014 en positivo. Indica que es cierto que para ello han dejado de realizar ciertas inversiones, pero que también lo es que han tenido que reducir considerablemente el gasto, un gasto que ya estaba bastante ajustado de por sí.

Explica que a la hora de no ejecutar ciertas inversiones, también han tenido en cuenta otros factores que sabía iban a afectar en los meses posteriores, como son los ingresos de dudoso cobro, que alcanzan los 300.000€.

En vista de todo ello, indica que si no hubieran actuado como han actuado, el Remanente Líquido de Tesorería actual sería negativo en más de 200.000 €, lo cual implicaría una de estas 2 cosas: o bien que el Ayuntamiento tendría que endeudarse en al menos esa cantidad, o bien que el presupuesto del 2015 hubiera que aprobarlo en positivo al menos en esos 200.000 €, cosa esta última que considera bastante improbable. Por lo tanto, indica que su intención ha sido el gastar el dinero de todos y todas mirando hasta el último euro, que considera que han sido responsables, y que prueba de ello es que el Ayuntamiento ha pasado en pocos años a tener un presupuesto de 6.500.000 € a otro de 4.000.000 €, sin haber tenido que endeudarse. Finaliza diciendo que está claro que a todos y todas les gustaría hacer más cosas, pero que están siendo años de apretarse el cinturón. Visto el parecer de la Comisión Especial de Cuentas y Permanente de Hacienda y Patrimonio. El Ayuntamiento Pleno, con los votos favorables de los 7 concejales del grupo municipal EAJ-PNV se aprueba la liquidación del ejercicio presupuestario de 2014.

5º.- DAR CUENTA DEL ACTA DE ARQUEO MUNICIPAL A 31 DE

DICIEMBRE DE 2014. Dada cuenta del Acta de Arqueo de Fondos Municipales, junto con su resumen de resultado:

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HOJA 15ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Existencia anterior al período............................ 226.800,59 € Total de Ingresos .............................................. 310.337,94 € Pagos ............................................................... 354.306,52 € TOTAL EXISTENCIAS AL 31-12-2014............ 182.832,01 €

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior; de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBAR el Acta de Arqueo de Fondos Municipales, del 31 de diciembre de 2014, con las cantidades que se expresan en las mismas.

6º.- DAR CUENTA DEL PADRÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE

TRACCIÓN MECÁNICA DEL AÑO 2015.

Dada cuenta del Padrón del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al actual ejercicio de 2015, comprensivo de 2.499 vehículos, con los correspondientes recibos al cobro, por importe total de 233.507,14 euros.

Atendido que de conformidad con los artículos 103 de la Ley General Tributaria y el artículo 100. 3 de la Ley General Tributaria de 10 de marzo disponen que:” En los tributos de cobro periódico por recibo, una vez notificada la liquidación correspondiente al alta en el respectivo registro, padrón o matrícula, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos que así lo adviertan”.

Vista la propuesta de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior, y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: APROBAR, el referido Padrón Municipal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio de 2015.

SEGUNDO: ORDENAR que se exponga al público por término de 15

días hábiles, mediante el correspondiente anuncio en el Tablón de Edictos y en el Boletín Oficial de Bizkaia.

TERCERO: PROCEDER al cobro del mismo, con un periodo de pago

voluntario del día 15 de mayo de 2015 hasta el día 15 de julio de 2015 (ambos

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HOJA 16ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

días se entienden incluidos), y pasado dicho plazo, se seguirá cobro por la Vía de Apremio, con el recargo del 20%, más intereses de demora.

7º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE APROBACIÓN INICIAL DE LA

MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS, INCLUYENDO UNA BONIFICACIÓN POR LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE REFORMA EN VIVIENDAS VACÍAS DESTINADAS A ALQUILER, EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS “PROGRAMA DE VIVIENDA VACÍA”, “BIZIGUNE” Y ASAP “ALOKAIRU SEGURUA, ARRAZOIZKO PREZIOA”.

El Pleno de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, en sesión plenaria celebrada el día 24 de febrero de 2015, aprobó el Convenio de colaboración con el Departamento Vasco de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco y Alokabide, S.A., para la movilización de vivienda vacía. Este Convenio, en su cláusula quinta dice que: “Por ambas partes, se estudiará la viabilidad de aquellas otras medidas fiscales o de otro tipo que contribuyan a alcanzar el fín previsto de movilizar vivienda vacía como por ejemplo identificación del Impuesto de Bienes Inmuebles a aquellos/as propietarios/as que pongan su vivienda a disposición de los programas, de la Tasa de Licencia de Obras por aquellos que sean necesarios para habilitar la vivienda, etc.”. Por otra parte la Norma Foral 10/1989 de 30 de junio, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras establece: Las ordenanzas fiscales podrán regular las siguientes bonificaciones sobre la cuota del impuesto: “Una bonificación de hasta el 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo y del alojamiento transitorio que justifiquen tal declaración”. Por lo tanto, se entiende que concurren circunstancias sociales para declarar de especial interés las obras que puedan realizar los propietarios de vivienda vacía en Ugao-Miraballes, para destinarlo a su alquiler dentro de los programas Bizigune y ASAP (Alokairu segurua, Arrazoizko Prezioa) en beneficio de los vecinos/as de Ugao-Miraballes necesitados/as de vivienda.

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HOJA 17ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

De conformidad, con lo expuesto y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16 de la Norma Foral 5/89, de Haciendas Locales y el artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril. Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Cuentas y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior,

El Ayuntamiento Pleno, por la unanimidad de los once concejales que conforman la Corporación, acuerda:

PRIMERO: APROBAR inicialmente la Modificación del artículo 10 de la Ordenanza Fiscal Municipal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, introduciendo una bonificación de hasta el 95% sobre la cuantía de este impuesto, a favor de las oras destinadas a viviendas vacías en Ugao-Miraballes que se integran dentro de los programas de “Vivienda Vacía”, “Bizigune” y ASAP ASAP (Alokairu segurua, Arrazoizko Prezioa). SEGUNDO: El Ayuntamiento de Ugao-Miraballes se reserva el derecho

de hacer cuantas comprobaciones considere oportunas para verificar la fiabilidad de los datos y la correcta utilización de las ayudas. El análisis de la actuación objeto de subvención podrá dar lugar a la modificación de la subvención o incluso su revocación en el caso de que se verifique la finalización del contrato de usufructo, su anulación por incumplimiento de las condiciones o su finalización por el transcurso del tiempo sin que se haya producido renovación.

TERCERO: SOMETER a información pública y audiencia a los interesados este acuerdo, por plazo de treinta días, para que dentro de este plazo se pueda examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Debiendo publicarse anuncios en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el Tablón de anuncios de esta Corporación.-

CUARTO: En caso de presentación de reclamaciones, éstas serán

remitidas al Pleno de este Ayuntamiento para su resolución definitiva, y en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

8º.- DAR CUENTA DEL INFORME DE LA INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN

DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD, DE LA REGLA DE GASTO Y DEL LÍMITE DE LA DEUDA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2014.

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HOJA 18ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Se procede a dar lectura del informe emitido por el economista municipal, Don Juan María Usaola, cuyo contenido literal es el siguiente:

Que con fecha 11 de marzo de 2.015 fue aprobado por Decreto de Alcaldía 63/15 la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Ugao-Miraballes del ejercicio 2.014.

Que la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril y la NF 5/2013, de Estabilidad Presupuestaría y Sostenibilidad Financiera, exige el cumplimiento:

A) Objetivo de Estabilidad Presupuestaría:

CAPITULO D.R.N. (1) O.R.N. (2) AJUSTES

RECAUDACION NETA

CORRIENTE (3)

RECAUDACION NETA

CERRADOS (4)

TOTAL (3+4-1)

TOTAL AJUSTADO

1 686.507,97 1.270.216,55 606.863,03 6.707,12 72.937,82 -656.646,40

2 - 5.276,13 2.288.538,04 - 5.276,13 0,00 0,00 - 2.293.814,17

3 434.401,48 0,00 388.682,85 23.604,73 22.113,90 412.287,58

4 2.778.261,06 200.204,99 2.758.866,72 0,00 0,00 2.578.056,07

5 7.767,62 0,00 6.061,64 0,00 0,00 7.767,62

6 0,00 95.600,65 0,00 0,00 0,00 - 95.600,65

7 67.477,04 0,00 34.363,04 0,00 0,00 67.477,04

TOTAL 3.969.139,04 3.854.560,23 3.789.561,15 30.311,85 95.051,72 19.527,09

AJUSTES:

ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA:

19.527,09 €

CONCLUSIÓN: CUMPLIMIENTO DE ESTABILIDAD NF 5/2013

B) Cumplimiento de la Regla del Gasto:

Información para la aplicación de la Regla del Gasto:

LIQUIDACION 2013 LIQUIDACION 2.014

Suma de capítulos 1 al 7 de gastos

4.972.939,27 € 3.854.560,23 €

- Gastos financiados con - 1.069.744,39 € 0,00 €

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HOJA 19ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

RLT

- Gastos financiados con fondos finalistas de la

Comunidad Autónoma.

- 27.533,95 € - 74.485,51 €

- Gastos financiados con fondos finalistas de Diputación Foral de

Bizkaia.

- 343.799,95 € - 311.227,55 €

- Gastos financiados con fondos de la gestión

urbanística NF 5/2013

- 98.857,57 € 0,00 €

SUMA TOTAL 3.433.003,41 € 3.468.847,17 €

Cumplimiento de la Regla del Gasto:

(1)

Gasto Computable Presupuesto

2013

(2) = (1) x (1 + TASA CRECIMIENTO)

(3) = Aumentos/ disminuciones

Presupuesto 2.013

Límite de la Regla de

Gasto (4) = (2) + (3)

(5) Gasto Computable Liquidación 2.014

3.433.003,41 € 3.484.498,46 € 16.394,94 € 3.500.893,40 € 3.468.847,17 €

Diferencia entre el Gasto Computable y el Límite de la Regla del Gasto (5) – (4) = 32.046,23 €

% Gasto computable (6) = [(5)- (1)] / (1) = - 1,04 %

CONCLUSION: CUMPLE LA REGLA DEL GASTO NF 5/2013

C) Informe del nivel de Deuda Viva al 31/12/2014:

Total de Ingresos No Financieros con Ajustes

SEC

Préstamos de Administraciones

Públicas

Total de Deuda Viva

0,00 € 0,00 €

El volumen de deuda pública no podrá superar los siguientes porcentajes del PIB:

2013 2014 2015

3,8 % 3,8 % 3,8 %

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HOJA 20ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Realizando una aproximación, estos porcentajes del PIB traducidos sobre los ingresos no financieros vienen a suponer el 60,00% de los ingresos no financieros.

No existe deuda viva a fecha treinta y uno de diciembre de 2014.

Con lo que, efectivamente, la liquidación del presupuesto municipal para el ejercicio 2014.

CUMPLE EL PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD.

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Cuentas y

Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior.

Los concejales se dan por enterados del contenido del citado informe en todos sus términos.

9º.- DAR CUENTA DEL INFORME DE LA INTERVENCIÓN DE EVALUACIÓN

DEL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE REGLA DE GASTO Y LÍMITE DE DEUDA DEL PRESUPUESTO PRORROGADO DEL EJERCICIO 2014.

Se procede a dar lectura del informe emitido por el economista municipal, Don Juan María Usaola, cuyo contenido literal es el siguiente: “El presente informe versa sobre el cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria del Presupuesto Prorrogado General Municipal del Ayuntamiento de Ugao-Miraballes para el ejercicio del año 2015. Legislación aplicable: - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LEPYSF).

- Norma Foral presupuestaria 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

- Manual de cálculo del Déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales, publicado por la IGAE, Ministerio de Economía y Hacienda.

- Manual del SEC 95 sobre el Déficit Público y la Deuda Pública.

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HOJA 21ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

- Supletoriamente, el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación al Principio de Estabilidad Presupuestaria ( artículo 54.7 y 146.1). Primero: clasificación de los agentes o unidades institucionales que integran el sector público local en la ley 2/2012 y criterios aplicados en la clasificación. Las entidades a las que se refiere el artículo 2 de la LEPYSF, establece lo siguiente: 2.1 El sector Administraciones Públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE) 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996 que incluye los siguientes subsectores, igualmente definidos conforme a dicho Sistema: a) Administración central, que comprende el Estado y los organismos de la administración central. b) Comunidades Autónomas. c) Corporaciones Locales. d) Administraciones de Seguridad Social.

2.2 El resto de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho público dependientes de las administraciones públicas, no incluidas en el apartado anterior, tendrán asimismo consideración del sector público y quedarán sujetos a lo dispuesto en la norma de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos e ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea.

Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones

Públicas la situación de equilibrio o superávit estructural. En relación con los sujetos a los que se refiere el artículo 2.2 de esta Ley se entenderá por estabilidad presupuestaria la posición de equilibrio financiero.

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HOJA 22ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Las actuaciones de las Administraciones Públicas y demás sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley estarán sujetas al principio de sostenibilidad financiera.

Se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativa europea.

La elaboración de los Presupuestos de las Administraciones Públicas y demás sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se encuadrará en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad por el que se rigen la aprobación y ejecución de los Presupuestos, de conformidad con la normativa europea.

La contabilidad de las Administraciones Públicas y demás sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, así como sus Presupuestos y liquidaciones, deberán contener información suficiente y adecuada que permita verificar su situación financiera, el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera y la observancia de los requerimientos acordados en la normativa europea en esta materia. A este respecto, los Presupuestos y cuentas generales de las distintas Administraciones integrarán información sobre todos los sujetos y entidades comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley.

Corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas proveer la disponibilidad pública de la información económico-financiera relativa a los sujetos integrados en el ámbito de aplicación de esta Ley, con el alcance y periodicidad que se derive de la aplicación de las normas y acuerdos nacionales y de las disposiciones comunitarias.

Las Administraciones Públicas suministrarán toda la información necesaria para el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley o de las normas y acuerdos que se adopten en su desarrollo y garantizarán la coherencia de las normas y procedimientos contables, así como la integridad de los sistemas de recopilación y tratamiento de datos.

Igualmente estarán sometidas a disponibilidad pública las previsiones utilizadas para la planificación presupuestaria, así como la metodología, supuestos y parámetros en los que se basen.

Las políticas de gasto público deberán encuadrarse en un marco de planificación plurianual y de programación y presupuestación, atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

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HOJA 23ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización del gasto y de mejora de la gestión del sector público. Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y los convenios de colaboración, así como cualquier otra actuación de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley que afecten a los gasto o ingresos públicos presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos y supeditarse de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

La Administraciones públicas se ajustarán al principio de estabilidad presupuestaria entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 95.

Se entenderá cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria cuando los presupuestos iniciales o en su caso, modificaciones, y las liquidaciones presupuestarias alcancen, en términos de capacidad de financiación, el objetivo de equilibrio o superávit establecido.

La Intervención Local deberá elevar al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. El informe se emitirá con carácter independiente en el caso de la aprobación de los presupuestos, créditos adicionales y en la liquidación.

Segundo: Definición legal del objetivo de estabilidad en la administración pública local: la capacidad/ necesidad de financiación según SEC 95.

El SEC 95 es el sistema de Contabilidad Nacional vigente para la Unión Europea. La Contabilidad Nacional es la encargada de reflejar y registrar la actividad económica nacional, regional o territorial en su conjunto, con diversos niveles de agregación, y en relación con el resto de economías. Algunas magnitudes y saldos de las Cuentas nacionales son las que denominamos magnitudes macroeconómicas, como el PNB, el PIB, la RN, etc. Sirve también para analizar los resultados y fijar objetivos de las políticas económicas.

La CAPACIDAD/ NECESIDAD DE FINANCIACION es uno de estos saldos o magnitudes que ha servido para fijar los objetivos de la política fiscal y presupuestaria europea, basada en el equilibrio o estabilidad.

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HOJA 24ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Los resultados de la política fiscal y presupuestaria se miden con este concepto, identificándose SUPERAVIT con CAPACIDAD de financiación y DEFICIT con NECESIDAD.

Tercero: Descripción de los ingresos y gastos de contabilidad nacional, su equivalencia en términos de presupuestos y ajustes.

En el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, al no tener operaciones de arrendamiento financiero, ni organismos autónomos, ni empresas públicas no se plantea ningún ajuste.

Cuarto: Cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en las unidades sometidas a presupuesto y plan general de Contabilidad Pública.

Con carácter general, la totalidad de los ingresos y gastos no financieros presupuestarios, sin perjuicio de su reclasificación en términos de partidas contabilidad nacional, corresponden a la totalidad de los empleos y recursos que se computan en la obtención de la capacidad/necesidad de financiación del subsector Corporaciones Locales de la Administraciones Públicas de la Contabilidad Nacional. Las diferencias vienen determinadas por los ajustes descritos en apartados anteriores.

El cálculo de la capacidad / necesidad de financiación en los entes locales sometidos a presupuesto se obtiene por diferencia entre los importes presupuestados y liquidados en los capítulos 1 a 7 de los estados de ingresos y los capítulo 1 a 7 del estado de gasto, previa aplicación de los ajustes descritos relativos a la valoración, imputación temporal, exclusión o inclusión de los ingresos y gastos no financieros.

Quinto: Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por las administraciones públicas locales y sus productores no de mercado dependientes.

La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones Publicas y demás entidades que forman parte del sector público se someterá al principio de estabilidad presupuestaria (Art. 11 LO 2/2012). Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.

- Evaluación de su cumplimiento (Art. 16 Reglamento) en el Presupuesto inicial, modificaciones, liquidación del presupuesto y cuenta general de la Entidad Local:

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HOJA 25ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

La Intervención local realizará un informe que se incorporara a los informes que exige la LO 2/2012 relativos a la aprobación, a todas las modificaciones del presupuesto y a la liquidación del mismo. Dicho informe contendrá los cálculos efectuados y los ajustes realizados, y si es de incumplimiento implicara la remisión a la administración que ejerza la tutela financiera. En el caso del Presupuesto, de las modificaciones de Pleno y de la liquidación del presupuesto, dicho informe será independiente de los señalados en la LO 2/2012.

- Consecuencias del incumplimiento: Plan económico- financiero de reequilibrio: En caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la administración incumplidora formulará un plan económico- financiero que permita en un año el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto, con el contenido y alcance preavisos en este artículo.

El plan económico –financiero contendrá como mínimo la siguiente información:

a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido o, en su caso, del incumplimiento de la regla de gasto.

b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no se producen cambios en las políticas fiscales y de gastos.

c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros extrapresupuestarios en los que se contabilizarán.

d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones.

e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.

Sexto: Principio de estabilidad presupuestaria y endeudamiento de las entidades locales.

La estabilidad presupuestaría implica que de manera constante, o lo largo del ciclo, los recursos corrientes y de capital no financieros deben ser suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y de capital no financieros.

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HOJA 26ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Simplificando, el volumen de deuda no puede aumentar, como máximo debe permanecer constante, sea cual sea el crecimiento de los recursos o la capacidad de la entidad para afrontar la carga financiera de la deuda. Supone que en los presupuestos municipales el endeudamiento anual neto (endeudamiento - amortizaciones) debe ser cero. De manera más rigurosa, que las variaciones de pasivos y activos financieros debe estar equilibrada. La capacidad inversora municipal vendrá determinada por los recursos de capital no financieros y los recursos corrientes no empleados en los gastos corrientes (ahorro bruto)

CALCULO DE LA CAPACIDAD / NECESIDAD DE FINANCIACION DERIVADA DEL PRESUPUESTO GENERAL PRORROGADO DEL AYUNTAMIENTO PARA 2015.

PTO 2015 INGRESOS GASTOS

Capítulo 1 643.664,92 1.273.321,32

Capítulo 2 73.000,00 2.389.778,64

Capítulo 3 387.858,04 --

Capítulo 4 2.800.915,41 218.841,77

Capítulo 5 5.352,56 --

Capítulo 6 -- --

Capítulo 7 -- --

Total Capítulo 1 al 7 3.910.790,93 3.881.941,73

Capacidad de Financiación

Capítulo 8 -- --

Capítulo 9 -- --

Total -- --

Ajustes:

- Por recaudación de ingresos Capítulo 1: - 32.582,65 € - Por recaudación de ingresos Capítulo 2: - 65.790,67 € - Por recaudación de ingresos Capítulo 3: 301.659,52 € - Por inejecución: 130.165,97 €

TOTAL AJUSTES: 333.452,17 € La Capacidad de financiación es de 362.301,37 €.

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HOJA 27ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Con lo que, efectivamente, el presupuesto municipal prorrogado para el ejercicio 2.015 cumple con el principio de estabilidad presupuestaria.

CALCULO DE LA SOSTENIBILIDAD PRESUPUESTARIA DERIVADA DE LA APROBACION DEL PRESUPUESTO GENERAL PRORROGADO DEL AYUNTAMIENTO PARA EL 2015.

Como ya se ha manifestado en este informe, la sostenibilidad presupuestaria se define como capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública.

Esto, en términos numéricos, se resume diciendo que la suma de los capítulos 1 a 5 de ingresos (ingresos corrientes) debe financiar la suma de los capítulos 1 a 4 de gasto (gastos corrientes) más el capítulo dedicado a la amortización de la deuda existente. Con los datos del presupuesto prorrogado de 2015 sería lo siguiente:

PTO 2015 GASTOS PTO 2015 INGRESOS

Capítulo 1 1.273.321,32 Capítulo 1 643.664,92

Capítulo 2 2.389.778,64 Capítulo 2 73.000,00

Capítulo 3 -- Capítulo 3 387.858,04

Capítulo 4 218.841,77 Capítulo 4 2.800.915,41

Capítulo 9 -- Capítulo 5 5.352,56

Total 3.881.941,73 3.910.790,93

Ingresos corrientes ≥ Gastos corrientes + amortización deuda El volumen de deuda pública no podrá superar los siguientes porcentajes del PIB:

2013 2014 2015

3,8 % 3,8 % 3,8 %

Realizando una aproximación, estos porcentajes del PIB traducidos sobre los ingresos no financieros vienen a suponer el 55,60% de los ingresos no financieros.

No existe volumen de deuda viva a fecha uno de enero de 2015.

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HOJA 28ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

Con lo que, efectivamente, el proyecto de presupuesto municipal para el ejercicio 2015 cumple con el principio de sostenibilidad presupuestaria.

CALCULO TOPE DEL GASTO

O.R.N. GASTOS NO FINANCIEROS 2.014

CAPITULO 1 1.270.216,55

CAPITULO 2 2.288.538,04

CAPITULO 3 0,00

CAPITULO 4 200.204,99

CAPITULO 6 95.600,65

TOTAL 3.854.560,23

EXCLUSIONES

INTERESES DE LA DEUDA - 0,00

CAPITULO 4: INGRESOS - UDALKUTXA - 318.236,02

CAPITULO 7 INGRESOS - 67.477,04

TOTAL - 385.713,06

SUMA TOTAL 3.468.847,17

TASA DE REFERENCIA 1,3 %

1,3 % (3.468.847,17) 3.513.942,18

AUMENTOS DE RECAUDACION

Incremento tipo del I.B.I. 43.679,88

GASTO COMPUTABLE MAXIMO 3.557.622,06

CUMPLIMIENTO DELTOPE DEL GASTO

CREDITO INICIALES 2.015

CAPITULO 1 1.273.321,32

CAPITULO 2 2.389.778,64

CAPITULO 3 0,00

CAPITULO 4 218.841,77

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HOJA 29ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

CAPITULO 6 0,00

TOTAL 3.881.941,73

EXCLUSIONES

INEJECUCION -130.165,97

INTERESES DE LA DEUDA - 0,00

CAPITULO 4: INGRESOS - UDALKUTXA - 345.764,41

CAPITULO 7 INGRESOS - 0,00

TOTAL - 475.930,38

GASTO COMPUTABLE 3.406.011,35

CONCLUSIONES

Podemos concluir por tanto que el Presupuesto Municipal Prorrogado para el ejercicio 2015 se ajusta a los principios de estabilidad presupuestaria entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 95 y de sostenibilidad presupuestaria, por lo que, se cumplen los objetivos de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria.”

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Cuentas y

Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior.

Los concejales se dan por enterados del contenido del citado informe en todos sus términos.

10º.- DAR CUENTA DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO

REGULADOR DEL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS EDIFICIOS Y LOCALES MUNICIPALES Y DE LAS ACTIVIDADES SOCIO-CULTURALES DE UGAO-MIRABALLES.

En el Pleno celebrado el día 27 de enero de 2015, se acordó, entre otras

cosas, aprobar inicialmente el Reglamento regulador del uso y funcionamiento de los edificios y locales municipales y de las actividades socio-culturales de Ugao-Miraballes.

Esta aprobación inicial fue sometida a información pública durante 30

días, mediante anuncio en el Tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de Bizkaia, publicado el día 6 de febrero de 2015, sin que se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones.

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HOJA 30ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

A su vez, la Comisión Informativa de Cultura, Juventud, Igualdad y

Educación, se mostró favorable a la aprobación definitiva de este Reglamento. El Ayuntamiento Pleno por la unanimidad de los 11 concejales que

constituyen la Corporación, acuerda PRIMERO: APROBAR DEFINITIVAMENTE el Reglamento regulador del uso y funcionamiento de los edificios y locales municipales y de las actividades socio-culturales de Ugao-Miraballes. SEGUNDO: PUBLICAR Reglamento regulador del uso y funcionamiento de los edificios y locales municipales y de las actividades socio-culturales de Ugao-Miraballes en el Boletín Oficial de Bizkaia.-

11º.- DAR CUENTA DEL REQUERIMIENTO DE ADIF (ALTA VELOCIDAD) DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES CON RELACIÓN A LA AUTORIZACIÓN SOLICITADA POR EL AYUNTAMIENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO CENTRO ESCOLAR DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

El Sr. Alcalde, D. Ekaitz Mentxaka Corral, explica como en octubre de 2014, por el Gobierno Vasco se solicitó autorización para la construcción de un centro escolar de enseñanza secundaria en Usila. Para conceder dicha autorización, se necesitaba que por Adif, se autorizase a su vez una reducción de la línea de edificación. Adif puso como condición para que diese ese permiso, que por este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes se firmase un acta notarial por la que se exonera de cualquier responsabilidad por ruidos o vibraciones a esta institución. Este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes solicitó a Adif que autorizase reducir la línea límite de edificación del artículo 16 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del sector ferroviario, en el término de Ugao-Miraballes, para que así, por el Gobierno Vasco se pueda construir un centro escolar de enseñanza secundaria en la parcela de Usila, otorgada a este Ayuntamiento en el proyecto de reparcelación del sector 3 de Usila. Por Adif se ha contestado que para poder acceder a dicha reducción de la línea de edificación, es estrictamente necesario que este Ayuntamiento “presente un acta de manifestaciones en el que exonere a Adif de cualquier

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HOJA 31ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

responsabilidad por ruidos y/o vibraciones emitidos por el ferrocarril tanto presentes como futuros”.

Posteriormente, por Adif se ha indicado al Señor Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka, la posibilidad de que este Ayuntamiento, como titular de pleno dominio constituyese sobre la parcela de Usila, una servidumbre de ruidos y vibraciones a su favor.

A su vez, y posteriormente, Adif además del acta notarial, requirió a este

Ayuntamiento que constituyese sobre la parcela de Usila, en la que se va a construir el centro escolar, una servidumbre de ruidos y vibraciones. Siendo necesaria dicha autorización para poder conceder la licencia al Gobierno Vasco, para construir el centro de enseñanza secundaria, y teniendo en cuenta que por el Gobierno Vasco se ha pedido que esta licencia le sea concedida cuanto antes.

Oído también el parecer de los la comunidad escolar del centro de Leitoki

(Dirección, AMPA y padres y madres) La concejal por el grupo municipal Bildu, Doña Felicidad Bahillo Morán,

manifiesta lo siguiente:

“Al hilo de este punto quisiéramos que apareciese en el acta de este pleno lo que se trató en la reunión que se celebró el pasado 25 de marzo de 2015 en el Palacio Jane. Reunión que se convocó con 24 horas de antelación y a la cual se invitó a todo el municipio y especialmente a las madres y padres de la escuela. De forma resumida, en la reunión el Alcalde nos cuenta que la construcción o no del instituto está en manos de ADIF, organismo que obliga a firmar un acta notarial por la cual se le exonera de toda responsabilidad por los posibles perjuicios que puedan ocasionar en el nuevo centro de enseñanza el ruido del tránsito de trenes por las vías próximas al nuevo edificio en Usila. Esta versión es ratificada por el arquitecto quien por una parte afirma que este documento compromete al Ayuntamiento en próximos años a no sabemos muy bien qué, porque no lo aclara, pero por otro se contradice él mismo diciendo que se ha asesorado y que tal documento podría ser incluso ilegal. Finalmente y en respuesta a una pregunta que yo realicé se asegura que las obras del centro de enseñanza secundaria comenzarán a finales de 2015. El grupo EH Bildu tenemos muy claro quién es el único responsable de que el centro no se haya construido todavía y de que ni siquiera se hayan empezado las obras, y es únicamente el Departamento de Educación del Gobierno Vasco. Y la razón ha sido porque no ha sido una de sus prioridades a la hora de elaborar sus presupuestos anuales. Si hubiese sido prioritario y urgente como

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HOJA 32ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

hace años nos comunicaron el trámite de todo este papeleo se hubiese acometido de forma exprés”. El Sr. Alcalde, D. Ekaitz Mentxaka Corral, contesta a Dª Felicidad Bahillo Morán que ella ha indicado que la construcción está en manos del Gobierno Vasco, cuando la realidad es que ellos ya han pedido la licencia de obra, y que la misma no se ha concedido porque se está a falta de un permiso de Adif, como ha quedado acreditado ya en varias ocasiones. Por lo tanto, en estos momentos la construcción está en manos de Adif. Referente a la alusión que hace a que no se aclaró cierto tema en la reunión mantenida días antes en el palacio Jane, le indica que tuvo la opción de aclarar todas las dudas que tuviera, tal y como hicieron el resto de padres y madres que asistieron. Continúa el Sr. Alcalde, diciendo que a la pregunta realizada en la reunión anteriormente citada por Dª Felicidad Bahillo Morán, referente a cuándo iban a empezar las obras, lo que él contestó exactamente fue que las obras empezarían en función de cuando se otorgaría la licencia de obra por parte del Ayuntamiento, y que si conseguían otorgarla en los próximos días, las obras comenzarían, siempre según lo dicho por el Gobierno Vasco, en diciembre del 2015. Además, debido al presupuesto de dichas obras, al parecer de algo más de 5 millones de euros, requiere unos trámites añadidos, como es pasar por Consejo de Gobierno. El Concejal por el grupo municipal EAJ-PNV, D. Jon Iñaki Larrabide Guinea, incide en este aspecto, al remarcar que no entra a valorar si el impuesto por Adif, es leonino o no, sino que se centra en la urgencia de realizar lo exigido por Adif, para así poder conceder la licencia al Departamento Vasco de Educación, para que no se retrase la construcción del centro escolar. Seguidamente, Dª. Izaskun Uriarte Beitia muestra sus dudas con respecto a lo que pueda ocurrir con la firma de un acta notarial en la que se ceden derechos propios. Es decir, saber a qué da lugar, esa acta notarial y saber hasta qué punto este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes va a ser responsable al ceder derechos propios a Adif, para luego trasmitir esas cargas al Departamento de Educación de Gobierno Vasco. Por lo tanto, subraya que lo importante es saber qué se firma.

D. Jon Iñaki Larrabide Guinea, le contesta que sí que saben qué es lo que se va a firmar. Indica que otra cosa es que se esté de acuerdo con lo que

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HOJA 33ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

se firma, pero que no hay otra opción en el caso de que se quiera construir el instituto en Ugao-Miraballes.

El concejal, por el grupo municipal EAJ-PNV, D. Juan-Luis Ercilla

Echave, estima que si en el futuro se producen ruidos, etc. sería el Gobierno Vasco, el responsable, que es a quien se le cede el terreno. Es por este motivo, por el cual tiene que tenerlo muy claro a la hora de construir el centro escolar.

El Sr. Alcalde le contesta que sí que saben lo que Adif quieren que el

Ayuntamiento firme. Lo que no está claro es si esa exigencia tendría validez jurídica en caso de que hubiera alguna reclamación, ya que el foco emisor es Adif.

Es por este motivo por el cual el Sr. Alcalde, D. Ekaitz Mentxaka Corral,

opina que hay que solucionar estos imprevistos ocasionados por Adif y así poder conceder la correspondiente licencia de obras al Departamento Vasco de Educación.

Remarca que esta licencia de obras debe concederse cuanto antes si

se quiere que el Gobierno Vasco adjudique estas obras dentro del año 2015. El Sr. Alcalde, D. Ekaitz Mentxaka Corral, manifiesta que en caso que

hubiese que construirse una servidumbre, el Ayuntamiento le tendría que facultar.

Por tanto, propongo al Ayuntamiento-Pleno, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: DETERMINAR que en relación con los ruidos y vibraciones que pudiesen surgir en la infraestructura ferroviaria, junto a la parcela de Usila, en la que se va a construir el centro de enseñanza secundaria, que no existe responsabilidad alguna del colindante Adif (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), y hacerlo constar así en acta notarial, facultando al señor Alcalde para su firma.

SEGUNDO: FACULTAR lo más ampliamente posible al señor Alcalde, para el que caso que fuese necesario constituirse una carga real /servidumbre de ruidos y vibraciones, a favor de Adif, proceda a su constitución, impulso y tramitación

Visto el parecer de la Comisión Informativa de Cultura, Juventud, Igualdad y Educación.

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HOJA 34ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

El Ayuntamiento Pleno con los votos favorables de los 7 concejales que conforman el grupo municipal EAJ-PNV, y la abstención de los 4 de Bildu, aprueban la propuesta presentada por Alcaldía.

12º.- DAR CUENTA DE TRECE EXPEDIENTES DE ACTUALIZACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, EXPEDIENTES.: SAD 924, SAD 1694, SAD 2-1128,SAD 26,SAD 249,SAD 258-1,SAD 260-1362, SAD 374-1469,SAD 536,SAD 638,SAD 1115,SAD 1190,SAD 1433.

Dada cuenta de los expediente de solicitud de la Ayuda a Domicilio, expedientes SAD 924, SAD 1694, SAD 2-1128,SAD 26,SAD 249,SAD 258-1,SAD 260-1362, SAD 374-1469,SAD 536,SAD 638,SAD 1115,SAD 1190,SAD 1433.

Teniendo en cuenta que la Ayuda a Domicilio es un servicio integral, polivalente y comunitario, orientado a las familias que presentan problemas para la realización de las actividades elementales de la vida diaria, proporcionándoles atención directa en el propio hogar, mediante intervenciones específicas que favorezcan su permanencia e integración en su entorno habitual y compensen su restricción de autonomía funcional.

Considerando que este Ayuntamiento-Pleno, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de dos mil catorce, aprobó definitivamente el nuevo Reglamento regulador del servicio de ayuda a domiciliaria.

Examinada la Ordenanza Fiscal reguladora de la prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas, epígrafe j): “prestación del servicio de ayuda a domicilio”.

Atendida la propuesta favorable de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBAR la actualización de la aportación económica para el años 2015 manteniendo el servicio concedido a los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio, expedientes SAD 924, SAD 1694, SAD 2-1128,SAD 26,SAD 249,SAD 258-1,SAD 260-1362, SAD 374-1469,SAD 536,SAD 638,SAD 1115,SAD 1190,SAD 1433:

EXPTE.

IMPORTE

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HOJA 35ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

2-1128 13,07

26 47,30

258-1 3,00

1190 2,89

638 126,11

249 56,79

260-1362 51,07

1694 68,38

374-1469 30,01

1433 31,06

924 3,22

536 2,95

1115 77,88

13º.- DAR CUENTA DE DOS SOLICITUDES DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL, EXPEDIENTES.: AES 1262/15, AES1845/15.

Visto el expediente AES 1262/15 y AES 1845/15 y la propuesta del Servicio Social de Base, una vez comprobadas las solicitudes y documentación presentadas.

Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión; la Ley 4/2011, de 24 de noviembre, de modificación de la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social; el Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social y la Orden de 25 de febrero de 2015 del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establecen, para el año 2015, las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social, se señalan los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite presupuestario que, para el año 2015, corresponde a cada uno de los Territorios Histórico y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno, en su sesión de 29 de abril de 2014.

Atendida la propuesta de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: CONCEDER las siguientes ayudas de Emergencia Social, para el año 2015:

Page 36: HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 · Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes

HOJA 36ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

EXPTE CONCEPTO TOTAL

1 1262 Gastos Mantenimiento 888,00 888,00

2 1845 Alquiler……………………. 1.200.00 Gastos Mantenimiento… 444,00 1.644,00

TOTAL: 2.532,00

SEGUNDO: Estas ayudas tienen carácter finalista, debiendo destinarse únicamente a la finalidad para la que han sido concedidas. El Ayuntamiento comprobará, posteriormente, si dicho carácter finalista se ha respetado, estando obligado el usuario/a la presentación de facturas y/o justificantes del gasto realizado, en el plazo señalado.

El plazo máximo de presentación de facturas o justificantes, será de un mes a partir de la fecha de pago. En el supuesto de que dichas facturas o justificantes no se presentaran en el mencionado plazo, se iniciará, en su caso, el correspondiente procedimiento de reintegro de las prestaciones.

Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

TERCERO: NOTIFICAR, este acuerdo a los solicitantes de la Ayuda de Emergencia Social AES 1262/15 y AES 1845/15

14º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE INTERVENCIÓN SOCIO-EDUCATIVA CON INFANCIA, JUVENTUD Y FAMILIA.

Por Decreto de Alcaldía de 27 de marzo de 2015, se propuso adjudicar a la empresa “Agintzari Sociedad Cooperativa de Iniciativa Social”, los servicios de “intervención socio-educativa con infancia, juventud y familia” de Arakaldo, Arrankudiaga-Zollo, Ugao-Miraballes y Zeberio”, por importe de 45.483€, (la empresa adjudicataria está exenta del IVA), para el primer año.

Atendida la propuesta de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración y estimando la misma correcta y debidamente motivada, y, una vez acreditada, por parte del licitador seleccionado, “Agintzari Sociedad Cooperativa de Iniciativa Social” la presentación de la documentación a que se refiere el apartado 2, del artículo 151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y que le ha sido requerida por Decreto de Alcaldía de 27 de marzo de 2015.

Page 37: HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 · Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes

HOJA 37ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

El Ayuntamiento-Pleno por la unanimidad de los 11 concejales que conforman la Corporación, acuerda:

PRIMERO: ADJUDICAR a “Agintzari Sociedad Cooperativa de Iniciativa Social”, por el sistema de procedimiento abierto con pluralidad de criterios y tramitación ordinaria, los servicios de “INTERVENCIÓN SOCIO-EDUCATIVA CON INFANCIA, JUVENTUD Y FAMILIA” de Arakaldo, Arrankudiaga-Zollo, Ugao-Miraballes y Zeberio”, por importe de 45.483€, (la empresa adjudicataria está exenta del IVA ), para el primer año, con estricta sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y a los de Condiciones Técnicas ,y al proyecto presentado por “Agintzari Sociedad Cooperativa de Iniciativa Social”.

SEGUNDO: RECORDAR a la empresa “Agintzari Sociedad Cooperativa de Iniciativa Social que la formalización del contrato, conforme al artículo 156.3 TRLCSP, deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.

A partir del siguiente día hábil al de la firma del contrato, comienza el el plazo de duración del mismo, que es de cuatro años, siendo susceptible de prórroga expresa y mutuamente acordada, sin que la duración total de ésta pueda exceder de seis años.

TERCERO: NOTIFICAR este acuerdo a los Ayuntamientos de Arakaldo, Arrankudiaga-Zollo, y Zeberio. 15º.- CONOCIMIENTO DE CORRESPONDENCIA

Se pone en conocimiento de los señores concejales quienes se dan por enterados, de lo siguiente:

-De las actividades con motivo de la celebración de la “Euskal Astea 2015”

del 24 al 29 de marzo. -De la apertura especial del servicio de Gazteleku durante las vacaciones

de semana santa. -Del programa del servicio de Ludoteka durante las vacaciones de semana

santa. -De la colocación de una placa informativa en la ubicación de la antigua

Torre de Ugao.

Page 38: HOJA 1ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 · Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015 El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes

HOJA 38ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015

-De los asuntos tratados en la reunión del Comité de Agenda Local 21 de

los días 19 y 25 de febrero y 12 marzo de 2015. -Del programa de actividades a realizar con motivo de la celebración del

“Zuhaitz Eguna 2015”. -De la agrupación de contratos de recogida de residuos a llevar a cabo

por Agenda Local 21. -Del informe primer trimestre año 2015 y resultados año 2014 presentado

por la empresa gestora “UTE El Jaro” sobre personal, datos económicos, estadísticas de usuarios y uso de las instalaciones deportivas El Jaro y Arandia en el municipio.

16º.- RUEGOS Y PREGUNTAS: No hubo.

FUERA DEL ORDEN DEL DIA. Al finalizar el Pleno, por el Sr. Alcalde se informa a los concejales que el día 17 de abril de 2015, se va a celebrar sesión extraordinaria, entre otros motivos, para poder debatir los presupuestos del ejercicio del 2015, antes que se celebren nuevas elecciones. A su vez, las Comisiones Informativas se realizarán el 14 de abril de 2015. Finalmente, el Sr. Alcalde, en relación a los presupuestos del año 2015, muestra a los representantes del grupo municipal de Bildu su predisposición a reunirse cuando lo crean conveniente, en la fecha que indiquen.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las diecinueve treinta horas, por el Sr. Alcalde se levanta la Sesión, de todo lo cual, yo el Secretario, doy fe.

CUMPLASE: A reserva de lo que resulte de la aprobación definitiva del Acta. Ugao-Miraballes, 10 de abril de 2015. EL ALCALDE

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HOJA 39ª Sesión Pleno 3/2015 31-03-2015