historia del romanismo libro vii el concilio de trento borrador 1parte

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  • 7/23/2019 Historia Del Romanismo Libro VII El Concilio de Trento Borrador 1Parte

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    LIBRO VII

    EL PAPADO EN TRENTO

    DESDE LA SESION DE APERTURA DEL CONCILIO DE TRENTO, 1545 DC, AL CIERRE DE LASESIN, 1563 DC.

    _________________

    CAPTULO I

    LA PRIMERA DE CUATRO SESIONES. PRELIMINARES Y DECRETO SOBRE LAAUTORIDAD DE LA TRADICIN Y DE LOS APCRIFOS

    1. Por el tiempo en que Lutero mora, los padres de Trento haban iniciado elcelebrado concilio llamado por el papa Paulo IIIen esa ciudad, en parte con eldesignio declarado de promover, una reforma de los abusos en la iglesia, de la

    moral y conducta del clero, que era exigida atronadoramente; peroprincipalmente con el propsito de desarraigar la hereja luterana; contra lasdoctrinas de los reformadores alemanes, de declarar y definir ms que nunca conla mayor exactitud y precisin las doctrinas de la iglesia Romanista. La sesinde la apertura del concilio de Trento se mantuvo en el 13 de diciembre de 1545,y la sesin del cierre hasta el mes de diciembre de 1563 (despus de variassuspensiones e interrupciones), aproximadamente dieciocho aos despusde suinicio. El concilio de Trento es el ltimo concilio general sostenido por la iglesiade Romanista, siendo por consiguiente la ms alta fuente de autoridad en

    cuanto a las doctrinas presentes y al carcter del Romanismo . En el captulopresente nosotros daremos una sinopsis de los decretos doctrinales ms notablesde las sesiones diferentes de este celebrado concilio. *1

    1* Las autoridades originales principales para la historia del concilio de Trento, son:(1) Historia del concilio de Trento, por el Padre Pal Sarpi, un Romanista sabio, nacido enVenecia, en 1552, y muerto en 1623, a la edad de 71. El trabajo fue primero impreso enLondres, en italiano en 1619 y en latn en 1620. La edicin inglesa que he usado, "traducidadel italiano por una persona de calificada" es la de Londres, de 1676. El trabajo de Padre

    Pal, fue considerado por el Papa demasiado favorable a los protestantes, y fue llamadoalgunos un protestante en hbito de fraile.(2.) La Historia del concilio de Trento, del cardenal Sforza Pallavicini, nacido en 1607 ymuerto en 1667 a los 60, un papista intolerante, escribi en contra de Padre Pal. Laparcialidad evidente y el fanatismo de Pallavicini,le hace una gua insegura, pero su trabajo

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    476 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Pregunta, si iniciaban con doctrina o disciplina. Papado demasiado corrupto para ser reformado.

    2.- En su inicio se plantearon importantes preguntas, a saber, si los padresdeban iniciar con asuntos de doctrinao de disciplina; esto es, si en razn, de

    guardar la iglesia contra la hereja luterana creciente, deban primero discutir ydefinir con precisin las doctrinasque deba recibir cada verdadero hijo de laiglesia; o si conforme a las demandas exigidas por cada aspecto, deban procederinmediatamente con unareforma internade los notorios abusos en la iglesia, ypromulgar las leyes que frenen la conocida inmoralidad y el libertinaje del clero.El emperador que Carlos, con sus delegados y abogados del concilio, contendiseriamente por el ltimo curso, sosteniendo que la reforma interna de loseclesisticos sera el mejor medio de vindicar a los hombres de la depravacinhertica. Pero el Papa ya haba decidido sobre lo anterior, instruyendo a sus

    legados para usar toda su influencia y establecer las materias de doctrina, antesque volvieran su atencin a los asuntos de la reforma interna. Si este rumbohubiera sido plenamente adoptado sin duda alguna, se hubieran ocupado aosnicamente en el asunto, poniendo los pelos en punta al enmarcar decretos sobrelas materias doctrinales, y probablemente el asunto de reforma interna a talgrado temido por un Papa y sacerdocio corruptos hubiera perdido el hilototalmente.

    As fue que influencia del grupo del Emperador, fue suficiente para asegurarun compromiso sobre esta cuestin, por la adopcin de un plan propuesto por elobispo de Feltri, que algn asunto de doctrina y algn asunto de reforma(interna)o disciplina, deban ser decididos en cada sesin del concilio. *2

    Todo esfuerzo us el Papa y sus legados para frustrar importantes medidas enlareforma internay lo poco que se hizo en esta direccin durante toda la sesindel concilio, es escasamente digno de mencin. El hecho es, que el Papado haballegado a ser una masa de corrupcintan excesivamente corrupta, para admitiruna reforma radical que arrasara todo el sistema; y los insignificantes esfuerzoshacia la reforma interna, hechos durante el concilio, a reforma, en materiasrelativas la pluralidad de beneficios, la intrusin de los monjes mendicantes,etc., etc., eran como intentar curar un cuerpo humano, cubierto totalmente con

    puede leerse provechosamente en relacin con el Padre Pal. La mejor edicin es la delPadre Pal, en dos vols., folio, 1656.Para una disertacin competente entre los mritos comparativos de Sarpiy Pallavicini, veaRanke la historia de los Papas, el apndice, el ii de la seccin., pp. 437-448.(3.) Una traduccin en francs hecha por el Padre Pal, de la obra de Pierre F. Courayer, untelogo francs nacido en 1681, y muerto en 1776 a los 95 aos, en dos volmenes, folios,con copiosas y valiosas notas, revisa las crticas y reparos de Pallavicini. El ttulo de estavaliosa obra es Histoire du Concile de Trente, traduite de nouveau en Franois avec desNotes Crtiques, Historiques et Theologiques par Pierre F. Courayer, D.D". 1736.

    La ms aquilatada historia accesible del concilio de Trento, es trazada desde fuentesoriginales y precisas con cuidado y maestra por el Rev. El J. M. Calambre, un trabajo el cualno puedo menos que recomendar muy favorablemente y que me tomar la oportunidad dereconocer mi compromiso en la presente divisin de mi trabajo.2* Pallavicini, book vi., chap. 7, sec. 6-8

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    lceras venidas de la masa de corrupcin interna, con media pulgada deemplasto curativo, sobre uno o dos abscesos. Nada eficaz poda ser hecho en

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 477

    Ceremonias de apertura. Indulgencias prometidas a cuantos oraran por el concilio.

    el Papado por medio de la reforma (interna), a no ser desplazando la tradicin yel mandamiento papal del trono, y restaurando la Biblia a su propio lugar comola nica regla de fe y disciplina; pero esto habra sido volcar simultneamente, elmismo fundamento, toda la estructura, para establecer en su lugar la doctrina ydisciplina de Lutero y la Reforma.

    Los decretos del concilio de Trento por consiguiente son mayormente tiles,por ser la exposicin ms correcta y autoritativa del Papado de la pocaTrentina, y que todava contina siendo. Bordeando los decretos sobre disciplinaque son de muy poca importancia, procederemos citar las porciones msimportantes de los decretos y doctrinas acompaados con comentariosexplicativos tanto como pueda ser necesario, para una comprensin clara del

    conjunto. Las porciones de los decretos citadas estarn en el latn original ascomo en ingls (espaol), para guardarnos contra ese recurso trillado deRomanistas del cargo de traduccin inexacta. El latn original de los decretos secopia de laprimera edicin, impresa en Roma en 1564.

    3. PRIMERASESIN. Como se coment, fue sostenida el 13 de diciembre de1545. Se haban fijado tres legados para presidir en el nombre del Papa, loscardenales, De Monte, Santa Cruz y Pole. De Monte era el presidente. Seexhibi mucha pompa y solemnidad religiosa en ocasin de la apertura delconcilio. Los legados acompaados por los cardenales de Trento, cuatro

    arzobispos, veinticuatro obispos, cinco generales de rdenes, los embajadoresdel rey de los Romanos, y muchos telogos, estaban congregados en la iglesiadel Trinidad, y de all salieron en procesin a la catedral, en cantando coro elhimno, Veni Creator. Cuando todos estuvieron sentados, el cardinal De Monterealiz la misa del Espritu Santo, al final de la cual anunci una bula deindulgencias emitida por el Papa, prometiendo total perdn de los pecados, atodos los que en la semana inmediatamente despus de la publicacin de la bula,en sus propios lugares de residencia, ayunen, el mircoles y viernes, reciban elsacramento el domingo, y se unan procesiones y splicas por la bendicin del

    concilio. Sigui, un largo discurso dado por obispoBitonio. Despus de esto, elcardenal Rosa, se dirigi brevemente la asamblea; las oraciones acostumbradasfueron ofrecidas, y el himno Veni Creatorfue de nuevo cantado. La bula papalautorizando la reunin fue entonces presentada y leda; y un decreto fueunnimemente pasado declarando*3,que el sagrado concilio general de Trentohaba empezado entoncespara la alabanza y gloria de la santa e indivisaTrinidadel crecimiento y exaltacin de la verdadera religinla extirpacinde la herejala paz y la unin de la Iglesiala reforma interna del clericato ydel pueblo Cristianoy la destruccin de los enemigos del nombre Cristiano. El

    Papa adopt las medidas decisivas para asegurar su autoridad, y previniendotoda intermediacin con su prerrogativa. El Papa, nomin una congregacin

    3* Los miembros del concilio expresaron su asentimiento por la palabra placet (estosatisface), y su disentimiento por non placet(esto no satisface)

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    478 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Un obispo papista declara que los laicos no tienen que hacer, sino or y someterse.

    o comit de cardenales para vigilar los asuntos del concilio, cuidar susprocedimientos y para que lo ayudaran con su consejo. Los legados fueron

    instruidos para iniciar con la discusin de las doctrinas disputadas y dejar lareforma de los abusos como materia secundaria; seran tomados apuntes sobrelas observaciones relativas a su corte que le seran transmitidos, la reforma delas cuales se reservara para s. Todas las cartas y documentos seran prefijadoscon su propio nombre y de aquellos legados, de manera que pueda parecer queno slo era el autor, sino tambin la cabeza y el gobernante del concilio: *4yl determin el secretario y otros funcionarios necesarios sin consultar a lospadres, o permitindolos ejercer su indudable derecho de eleccin.

    4. LA SEGUNDA SESIN, se sostuvo el 7 de enero de 1546, y se ocup

    principalmente de las discusiones acerca del estilo a ser adoptado por el concilioy el orden de los futuros procedimientos, si ellos deban comenzar con doctrinao disciplina. Algunos de los miembros del concilio desearon la insercin de laspalabras representando la iglesia universal. En el debate que sigui, el obispodeFeltriobserv, que si la clusula fuera admitida, los protestantes tomaran laocasin para decir, que puesto que la iglesia est compuesta de dos rdenes, elclero y los laicos, estos no podran ser totalmente representados si esto ltimofuere excluido. A esto el obispo de San Marcos replic, que los laicos nopueden ser llamados la Iglesia, puesto que de acuerdo a los canones, slo

    tenan que obedecer las disposiciones impuestas sobre en ellos; que una de lasrazones por las cuales el concilio fue llamado, era para decidir que los legos

    deben recibir la fe que la iglesia ha dictado, sin disputar o razonar; yconsecuentemente la clusula deba ser insertada, para convence que ellos noeran la iglesia y no tenan nada que hacer, sino or y someterse!Finalmente seacept emplear las palabras, ecumnico y universal, en la designacin delconcilio.

    5. LA TERCERA SESIN, fue celebrada el 4 de febrero de 1546, y nada se hizoexcepto adoptar como decreto del concilio, la repeticin del credo Niceno. Estofue objetado por algunos, pues sera muy ridculo sostener una sesin con el

    propsito de repetir un credo de hace 1200 aos que fue credo universalmente;esto no hara ningn servicio contra los Luteranos, puesto que ellos igual lorecibieron; y que los herejes tomaran ocasin para decir y con buena razn, quesi ese credo contuviera la fe de la iglesia ellos, no haban de ser compelidos acreer nada ms. Muchos de los padres no podran esperar para expresar sudescontento, y se les oy quejndose entre s cuando dejaban la asamblea, yaque las negociaciones de veinte aos haban acabado, llegando viniendo a repetirtodos juntos (papistas y luteranos NT) la misma creencia!

    6. LA CUARTA SESIN, se sostuvo el 8 de abril, 1546, y fue una de las sesiones

    ms importantes del concilio. En esta sesin se pas un decreto que situ la

    4*Pallavicini, Lib. V., cap. 16, sec. 2

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 479

    El Concilio pone la Tradicin al nivel de la Escritura As hacen los Puseyitas--nota

    tradicin en igualdad con las Escrituras,--declar que los libros Apcrifos sonparte de la palabra de Dios--elevando la traduccin en Latn de las Escrituras

    llamada la Vulgata a una autoridad superior a los originales inspirados enHebreo y Griego, y promulg leyes penales severas contra la libertad de la

    prensa. El decreto pasado en esta sesin fue dividido en dos partes: (1)De lasEscrituras Cannicas; (2)De la Edicin y Uso de los Sagrados Libros. Citandolos prefijos y los ttulos de este decreto en cursiva, por causa del orden yclaridad.

    La tradicin es declarada de igual autoridad que la Escritura.

    Sacro-sancta cumenica et generalisTridentina Synodus, in Spiritu sancto legitimcongregata, prsidentibus in ea eisdem tribusApostolic Sedis Legatis, hoc sibi perpetuante oculos proponens, ut sublatis erroribus,puritas ipsa Evangelii in Ecclesia conservetur:quod promissum ant per Prophetas inScripturis sanctis, Dominus noster JessChristus Dei Filius, proprio ore primmpromulgavit; deind per suos Apostolos,tanqum fontem omnis et salutaris veritatis, et

    morum disciplin, omni creatur praedicarijussit: perspiciensque hanc veritatem etdisciplinam contineri in libris scriptis, et sinescripto traditionibus, qu ab ipsius Christi oreab Apostolis accept, aut ab ipsis Apostolis,Spiritu sancto dictante, quasi per manustradit, ad nos usque pervenerunt;orthodoxorum Patrum exempla secuta, omneslibros tam veteris qum novi Testamenti, cmutriusque unus Deus sit auctor, necnontraditiones ipsas, tum ad fidem, turn ad mores

    pertinentes, tanqum vel receptas Christo,vel Spiritu sancto dictatas, et continuasuccessione in Ecclesia Catholica conservatas,pari pietatis affectu ac reverentid suscipit, etveneratur.

    El sacrosanto, ecumnico y general, conciliode Trento, legalmente reunido en el EsprituSanto y presidido por los mismos treslegados de la sede Apostlica; teniendo porobjeto, que la remocin del error, preserve lapureza del evangelio en la iglesia, queprometido antes por los profetas en lassagradas Escrituras, fue anunciado primerooralmente por nuestro Seor Jesucristo, elHijo de Dios, ordenando despus, fuesepredicado por sus apstoles a cada criatura,

    como fuente de toda verdad, salvacin ydisciplina, y considerando que esta verdadest contenida en LOS LIBROS ESCRITOS YEN LAS TRADICIONES NO ESCRITASque hanvenido a nosotros, recibidas por los Apstolesde los labios del mismo Cristo, o enseadospor mano de los mismos Apstoles, dictadospor el Espritu Santo; siguiendo el ejemplo delos padres ortodoxos, sean recibidos yreverenciados, con IGUAL PIEDAD YVENERACIN todos los libros, como los del

    Viejo y del Nuevo Testamento, siendo elmismo Dios autor de uno y otro, ASITAMBIN LAS MENCIONADASTRADICIONES, perteneciendo los dos, a la fey conducta, recibidas del mismo Cristo odictadas por el Espritu Santo y preservadasen la iglesia catlica para sucesin perpetua.

    Esto pone la dudosa Tradicin, bajo igualdad con las Sagradas Escrituras,cosa que por supuesto es an la doctrina de Roma y puede ser considerada como

    el gran punto distintivo entre el Catolicismo y Protestantismo. Quien recibe unasola doctrina como materia de fe, sobre la simple y no soportada autoridad de la

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    tradicin, al momento llena el fundamento papista definido en el decretoanterior. *5

    5* Como evidencia que el Puseyismo unido con el Romanismo ocupa este campo papista, vea

    las pruebas sostenidas arriba, en la pgina 67, y tambin el valioso trabajo de ObispoM'Ilvaine sobre la divinidad de Oxford, pp. 307315. Puseyismo.-Movimiento semi-papal,dirigido por el Dr. Pusey y otros, que publicaron en Oxford, la serie Tratados para los

    tiempos, en favor de las doctrinas papistas, excepto de la supremaca del Papa.(VerAscenso del Puseyismo, en ayuda del Papadoen Oxford, pginas 634, 635, NT.)

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    480 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    El Canon de las Escrituras adoptado por el Concilio, incluyendo los libros apcrifos

    7.-Los libros apcrifos colocados a nivel con las Escrituras inspiradas.

    Sacrorum ver librorum indicem huic decretoadscribendum censuit; ne cui dubitatiosuboriri possit, quinam sint, qui ab ipsaSynodo suscipiuntur. Sunt ver infra scripti:Testamenti veteris, quinque Moysis, id est,Genesis, Exodus, Leviticus, Numeri,Deuteronomium; Josue, Judicum, Ruth,quatuor Regum, duo Paralipomenon, Esdraeprimus, et secundus, qui dicitur Nehemias,Tobias, Judith, Hester, Job, PsalteriumDavidicum centum quinquaginta psalmorum,

    Parabol, Ecclesiastes, Canticum canticorum,Sapientia, Ecclesiasticus, Isaias, Jeremias cumBaruch, Ezechiel, Daniel, duodecim Prophetsminores, id est, Osea, Joel, Amos, Abdias,Jonas, Micheas, Nahum, Habacuc, Sophonias,Aggus, Zacharias, Malachias; duoMachaborum, primus et secundus.Testamenti novi, quatuor Evangelia,secundm Matthum, Marcum, Lucam etJoannem ; Actus Apostolorum LucaEvangelista conscripti: quatuordecim

    Epistol Pauli Apostoli; ad Romanos, du adCorinthios, ad Galatas, ad Ephesios, adPhilippenses, ad Colossenses, du adThessalonicenses, dua ad Timotheum, adTitum, ad Philemonem, ad Hebros; PetriApostoli du, Joannis Apostoli tres, JacobiApostoli una, Jud Apostoli una, etApocalypsis Joannis Apostoli.

    Adems, para ninguna duda se levanterespecto a los sagrados libros recibidos por elconcilio, ha juzgado apropiado insertar unalista de ellos en el decreto presente.Estos son: del VIEJO TESTAMENTO, los cincolibros de MoissGnesis, xodo. Levtico,Nmeros y Deuteronomio; Josu, Jueces,Ruth; cuatro de Reyes; dos libros de Crnicas;primero y segundo de Esdras, el ms tardellamado de Nehemas; Tobas; Judit; Ester;Job; los Salmos de David, en nmero de 150;

    los Proverbios; Eclesiasts; Cantar de losCantares; Sabidura; Eclesistico; Isaas;Jeremas con Baruc; Ezequiel; Daniel; losdoce profetas menores, Oseas, Joel, Ams,Abdas, Jons, Miqueas, Nahum, Habacuc,Sofonas, Hageo, Zacaras, y Malaquas;ydoslibros de Macabeos, el primero y segundo.DEL NUEVO TESTAMENTO, los cuatro,evangelios, de acuerdo a Mateo, Marcos,Lucas, y Juan; los Hechos de los Apstolesescrito por el Evangelista Lucas; catorce

    epstolas, del Apstol Pablo, a los Romanos,dos a los Corintios, una a los Glatas, a losEfesios, a los Filipenses, a los Colosenses,dos a los Tesalonicenses, a Timoteo, una aTito, a Filemn, y a los Hebreos; dos, delApstol Pedro; tres del Apstol Juan; una delapstol Santiago, una del Apstol Judas; y elApocalipsis del Apstol Juan.

    As, la iglesia apstata de Roma, aadi a la palabra inspirada de Dios, una

    serie de libros, cuyos escritores no reclaman inspiracin y que no poseen ningnttulo ms alto en esa distincin que la Metamorfosis de Ovidio, o las decretalesfalsificadas del papista Isidoro; sujetndose as a la maldicin pronunciada enApocalipsis para quien presuma para agregar a la palabra de Dios: Yo testifico atodo aquel que oye las palabras de la profeca de este libro: Si alguno aadiere

    a estas cosas, Dios traer sobre l las plagas que estn escritas en este libro,etc; (Ap 22: 18)

    8.- Los motivos de los papistas para dar lugar a estos libros apcrifos en elcanon de la Escritura son prdigamente evidentes, por el uso que ellos hacen de

    estas al establecer algunas de sus doctrinas y prcticas no escriturales. Tambin,los pasajes que normalmente citan para su propsito, son tan enteramenteopuestos al tenor integral de la inspirada palabra de Dios, aunque son suficientespara ellos, pero donde no existen otros argumentos para probar que estos son

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 481

    Argumentos contra la inspiracin de los apcrifosfalsedad en doctrinainmoral.

    libros inspirados. Solamente dos o tres ejemplos de esto sern dados.

    (1)El Apcrifo ensea, lo que ensean los papistas, que el hombre puedejustificarse a s mismo y hacer expiacin de sus pecados por sus propias obras;la palabra inspirada de Dios, atribuye la justificacin y expiacin, totalmente almrito de la justicia de Cristo, y la eficacia de sus sufrimientos.

    Los Textos apcrifos.- Dice uno de estos escritores, El justo que tienemuchas obras guardadas para ti, aparte de sus propios actos recibir premio.Buena es la oracin con el ayuno y la limosna y la justicia.Pues lalimosna libra de la muerte y purificar todo pecado. (Tobas 12: 8, 9, BibliaCastilian 2003CAB-, NT) Quien honra al padre expa sus pecados;(Ecles.

    Sirac, 3: 3. CAB, NT) ..LA LIMOSNA EXPA LOS PECADOS.! (v30) ..ofrecesacrificio expiatorio quien se aparta de la injusticia. (Ecles. Sirac, 35: 3.CAB, NT)

    Los Textos inspirados. Para mostrar como esos textos estn totalmenteopuestos a la palabra inspirada de Dios, ser suficiente citar los dos siguientestextos, como ejemplo entre centenares, que contrastas la misma doctrinagloriosa. Rom 3: 24, 25. siendo justificados gratuitamente por su gracia,mediante la redencin que es en Cristo Jess, a quien Dios puso como

    propiciacin por medio de la fe en su sangre Gal 2:16. sabiendo que elhombre no es justificado por las obras de la ley, sino por la fe de Jesucristo,

    nosotros tambin hemos credo en Jesucristo, para ser justificados por la fe de

    Cristo y no por las obras de la ley, POR CUANTO POR LAS OBRAS DE LA LEY NADIE

    SER JUSTIFICADO. (RVR 1960)(2)El libro apcrifo de los Macabeos. Ensea, la prctica papista de orar a

    los muertos; lo cual es opuesto con todo el tenor de la palabra inspirada de Dios,que en ningn momento indica en un solo pasaje del viejo o el nuevoTestamento (2 Ma 12: 43, 44) Despus de haber recogido entre sus hombresunas dos mil dracmas de plata, las envi a Jerusaln para ofrecer un sacrificio

    por el pecado. Fue una accin realmente hermosa y noble, realizada con el

    pensamiento puesto en la resurreccin. Porque, si no esperara que los cadoshaban de resucitar, habra sido superfluo e intil rogar por los muertos.(CAB, NT)

    (3) Pero estos libros apcrifos no slo son destituidos de la ms levedemanda de inspiracin, sino que tambin son inmorales, y claramente enseany recomiendan prcticas condenadas en la palabra de Dios. La Biblia condena elsuicidio. (Ex 20: 13.) El libro de los Macabeos, encomienda como noble ypoderoso, el acto desesperado de Razas hundindose su espada en lugar desufrir al ser tomado por el enemigo (2 Ma 14: 41, etc). La Biblia condena el

    asesinatode los siquemitas, con un lenguaje de justa severidad (Gen. 34: 25; 49:7). El Apcrifo, altamente recomienda este fundamento, y la traicin, yasesinato al por mayor (Judith el 9: 2 y ss.). La Biblia prohbe y condena losencantamientos mgicos (Lev 19: 26, y Deu 18: 10, 11, 14) El Apcrifo

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    representa un ngel de Dios dando direcciones para tales encantamientos, pormedio del corazn, hgado, y bilis de un pez (!) en una absurda y despreciable

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    482 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Historia estpida de encantamiento con hgado de pescado Libros Apcrifos no estn en antiguo catlogo

    historia, digna de los entretenimientos de la Noches de Arabia, o de lasAventuras del Baron Munchausen, antes que un libro reclamando ser parte de

    la palabra de Dios:Siguieron los caminantes su viaje y llegaron al atardecer a las orillas del roTigris, donde pasaron la noche. Baj el muchacho a baarse y sali del ro unpez que quera devorarle. Pero el ngel le dijo: Tmalo. Lo tom el joven y losac a tierra. Djole el ngel: Descuartiza el pez y separa el corazn, el hgadocon la hiel, y ponlos aparte. Hizo el muchacho lo que el ngel le deca, y,asando el pez, comieron. Continuaron su camino y llegaron cerca de Ecbatana.Dijo el joven al ngel: Hermano Azaras, para qu sirven el corazn y elhgado con la hiel del pez? l le respondi: Sirven para que, si un demonio o

    espritu le atormenta a uno, quemndolos ante l ya no vuelva a molestarle.Cuanto a la hiel, sirve para ungir a quien tuviese cataratas, pues con ella quedarcurado. (Tobas 6, 1-8, CAB, NT). En el mismo libro de Tobas el ngel que sepresenta, es culpable de mentir voluntariamente, al presentarse a s mismo comopariente de Tobas, (v. 10, CAB, NT), y contradicindose despus, afirmando quel es Rafael, uno de los santos ngeles (12: 15, CAB, NT). Es innecesarioreferirse a la estpida fbula de Bel y el Dragn, el Arca que va tras Jeremas ala orden del profeta (2 Mac, 2: 4, CAB, NT), la historia de Judith, etc., y lasnumerosas contradicciones y disparates que se encuentran en estos libros. Sersuficiente, adems de lo anterior, mostrar que los libros apcrifos nunca seadmitieron en el canon de Escritura durante los primeros cuatro siglos, que susmismos escritores, no demandaron ninguna inspiracin, y que incluso losautores papistas, anteriores al concilio de Trento, tiene admitieron que nopertenecan al canon de escritura.

    (4) Estos apcrifos no se mencionan en ninguno de los catlogos de lossagrados escritos primitivos; ni en los de, Melito Obispo de Sardis6, en el siglosegundo, no en el de Orgenes7en el siglo tres, Atanasio8, Hilario9, Cirilo deJerusaln10, Epifanio11, Gregorio Naziaceno12, Amphilochius13, Jernimo14,

    6 Este catlogo es insertado por Eusebio en su Historia Eclesistica, Lib. iv, c. 26.7 Ibid., lib. vi, c. 25, p. 3998En su Festal o Epstola de Paschal. Ver extracto en los Trabajos del Dr. Lardner, vol. iv,pp. 282-285, 8vo; vol, 2, pp. 399, 400. 4to.9Prolog. in Psalmos, p. 9. Pars 1693. Lardner, vol. iv, p. 305, 8vo; vol. ii, p. 413, 4to.10En su Fourth Catechetical Exercise. Ibid. vol. iv, p. 299, 8vo; vol.ii, p. 411, 4to.11En varios catlogos mencionados por el Dr. Lardner, vol. iv, pp. 312, 313, 8vo; vol, ii. p.409, 4to.12Carm. 33. Op., tom ii, p. 98. Ibid, vol. iv, pp. 407, 408, 8vo; vol. ii, p.470, 4to.13In Carmine Iambico ad Seleucum, p. 126. Ibid, p. 413, 8vo; vol. ii, p. 473.14 In Prfat. Ad Libr. Regum sive Prologo Galeato. Lardner, vol. v. pp. 16, 17. 8vo; vol ii, p.540, 4to. Y tambin en varios de sus prefacios para otros libros, los cuales son dados, por elDr. L., vol. v, pp 17-22, 8vo; o el vol ii, pp 540-543, 4to.

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 483

    Nunca citado por Cristo y los apstoles los apcrifosfalso en doctrinainmoral

    Rufinus15, y otros del siglo cuarto; no estn en el catlogo de los libroscannicamente reconocidos por el concilio de Laodicea16, sostenido en el mismo

    siglo, cuyos cnones fueron recibidos por la iglesia catlica; como el ObispoBurnet bien observa, nosotros asumimos el sentido de concurrencia de toda laiglesia de Dios, en esta materia.17

    (5) Estos libros nunca fueron citados como inspirados entre los libroscardinales, de Cristo y sus Apstoles. Entonces, evidentemente no formabanparte de ese volumen a los cuales Cristo y sus apstoles se refirieron a menudo,bajo el ttulo, de Moiss y los profetas. Apenas hay un libro del ViejoTestamento, que no es mencionado o referido en el Nuevo Testamento. Cristohaba dado as la sancin de su autoridad, a Moiss, a los Salmos y a los

    profetas; esto es, para el volumen total de la escritura que los judos habanrecibido de Moiss y de los profetas, los cuales ellos muy tenazmentemantuvieron como cannicos: y los cuales fueron conocidos bajo el ttulo deViejo Testamento. Pero all no estuvieron ninguno de los libros apcrifos noreconocidos por los judos, y as referidos por Cristo y los apstoles.

    (6)Los autores de estos libros no interpusieron demanda de inspiracin y enalgunos casos hacen declaraciones inconsistentes despus de esto. El libro deEclesistico, aunque no inspirado, es superior a todos los otros libros apcrifos,fue escrito por untal Jess hijo deSirac. Su abuelo, del mismo nombre, parecehaber escrito un libro, l dej a su hijo Sira; y este entreg a su hijoJess, quientuvo grandes penalidades para ponerlo ms o menos en orden; pero en ningnlugar asume el carcter de un profeta en s mismo, no, antes declara que el autororiginal fue su abuelo:

    En el prlogo dice: ...mi abuelo Jess, que se haba a dado muchsimo a lalectura de la ley y de los profetas y de los otros libros patrios, y haba adquirido

    en ellos gran competencia, se decidi tambin l a escribir alguna cosa de

    asuntos concernientes a instruccin y sabidura. Como aplicndose a ellos, los

    deseosos de aprender, progresarn mucho ms por la vida ajustada a la ley. Se

    os invita, pues,a que hagis esta lectura con benevolencia y atenciny a que

    seis indulgentes donde parezca que, a pesar de los esfuerzos deinterpretacin, no hemos atinado con una solucin afortunada para ciertas

    frases.Pues no tienen la misma fuerza las cosas dichas en hebreo en este librocuando son traducidas a otra lengua. Y no slo este volumen, sino que tambin

    la misma ley y los profetas y los dems libros ofrecen no peque a diferencia con

    respecto al original. En el ao treinta y ocho del rey Euergetes, llegu a Egipto

    15Exposicio and Simb., Apost. Lardner, vol. v, p. 75, 76, 8vo; vol ii, p. 573, 4to.16 Can. 59, 60. Lardner, vol iv, pp 308, 309, 8vo; vol ii, pp 414, 415, 4to. Adems el Dr.Ladrner, Obispo de Cosin, en su Historia Escolstica del Canon, y Moldenhawer (introd. AdVet. Test., pp. 148-154), ha dado extractos extensivos, de los padres arriba mencionados, yotros, contra la autoridad de los libros apcrifos.17Sobre el Sexto Artculo de la iglesia Anglicana, p. 111. 6ta. Edicin.

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    y me detuve algn tiempo; y encontrando una obra de no escasa instruccin,

    juzgu cosa muy necesaria poner yo mismo alguna diligencia y esfuerzo en

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    484 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    El autor de los Macabeos rechaza la inspiracin Un moderado argumento contra el apcrifo

    traducirla. Muchas vigilias y todo mi saber emple en este intervalo de tiempo

    para llevar a trmino el libro y publicarlo,etc. (Ecles. Sirac 1: 1 CAB, NT)

    Esto certifica como usted lo observa, como totalmente inconsistente, con lavisin de ese modesto y cndido autor escribi bajo la direccin de lainspiracin.

    El escritor del segundo libro de los Macabeos, profesa que ha resumido untrabajo deJasn de Cirene, de cinco volmenes, en uno solo (2 Ma 2: 26, CAB,NT) Acerca de cuyo trabajo, dice, Mas para nosotros esta obra que hemosemprendido no ha sido cosa fcil, sino de mucho trabajo, sudores y desvelos.(2 Ma 2:27, CAB, NT) Nuevamente, Dejando al historiador el oficio de narrardetalladamente las cosas, nos hemos esforzado por seguir las normas de la

    condensacin. (v29), Investigar la materia histrica, examinarla en todos susaspectos y detalles, eso compete al narrador de la historia (v31) peroprocurar el compendio de la narracin, sin llegar a agotar e asunto, toca al

    compilador (v32). Ser tan necesario probar que este escritor no crea serinspirado? Si hubo alguna inspiracin, esta debe atribursele a Jason de Cirene,el escritor original de la historia; pero su obra se pierde en el tiempo, contandonosotros solo con un achique, que tanta labor y dolores le cost al escritor. Aspienso, que parece sobradamente que los autores de estos libros disputados nofueron profetas; y hasta donde nosotros podemos determinar, claramente en lascircunstancias que ellos escribieron, no interpusieron demanda alguna deinspiracin, sino que ellos mismos se expresaron de tal manera, como ningnhombre bajo la influencia de la inspiracin jams ha hecho18. ...pondr aqu

    fin a mi narracin. SI LA OBRA HA RESULTADO BELLA Y ACERTADA, ESO ERA LO QUE YOPRETENDA; PERO SI ES VULGAR Y MEDIOCRE, ESO HA SIDO TODO LO QUE PODIDO HACER.Como el beber siempre vino o siempre agua es perjudicial, mientras que elmezclar vino y agua es agradable y proporciona grato deleite, as tambin la

    adecuada elaboracin literaria de la narracin agrada a los o dos de quienes

    por ventura dan con la obra. Y aqu pondremos punto final. (2 Ma 15: 37-39.CAB, NT).

    (7)Existe al menos una evidencia adicional que este libro no es inspirado, sila bosquejamos desde de la estpida expresin justamente citada, Como elbeber siempre vino o siempre agua es perjudicial.Si no hay otra prueba, estasimple expresin, sera suficiente para mostrar que Dios no es el autor,especialmente desde que las investigaciones de las sociedades de totalabstinencia, han probado que el agua fra solamente, en vez de ser peligrosa, esla ms saludable bebida que puede ser usada19.

    18 Alexander on the Canon, page 80.19 La breve descripcin de arriba, sobre las evidencias que prueban que los libros Apcrifos,no son inspirados, y por lo tanto no son parte de las Sagradas Escrituras, no habra aparecidoen el presente trabajo, sino hubiera sido requerido por el hecho, que los sacerdotes romanistasestn tomando ventaja de la ignorancia general que prevalece, en relacin a los apcrifos, parainculcar algunas de las doctrinas no escriturales de su iglesia apstata, sobre la autoridad de

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 485

    Maldicin a los que rechazan la tradicin y Apcrifos Autores referenciales sobre los Apcrifos (nota)

    Despus de pesar atentamente las anteriores evidencias, que los librosapcrifos no poseen ni el ms ligero reclamo para ser consideradas parte de la

    palabra de Dios, permita el lector examinar atentamente el siguiente extracto deldecreto del concilio de Trento.

    Maldicin, sobre aquellos que rechacen recibir los libros apcrifos comoinspirados, o a quienes objeten la autoridad de las tradiciones.

    Si quis autem libros ipsos integros cumomnibus suis partibus, prout in EcclesiaCatholica legi consueverunt, et in veterivulgata Latina editione habentur, pro sacris et

    canonicis non susceperit; et traditionesprdictas sciens et prudens contempserit;ANATEMA SIT.

    Si alguno, no reconociere como sagrados ycannicos estos libros completos y cada partede ellos, como es costumbre leerlos en laIglesia Catlica y estn contenidos en la

    edicin antigua de la Vulgata Latina, o queconsciente y deliberadamente desprecie lasantedichas tradiciones, SEA MALDITO

    ________

    CAPTULO II

    estos libros. En un curso de lecturas populares reciente, en defensa de las doctrinas delPapado, en la ciudad de Nueva York, el predicador tom, como su texto, 2 Ma 12: 43, 44,

    arriba citados, para establecer la doctrina de las oraciones por los muertos, evidentementedebido a que l no poda encontrar una cita en la palabra inspirada de Dios. l bien pudo en laestimacin de los protestantes, haber tomado una cita, de la historia de Robinson Crusoe o deSimbad el marino. Aunque muchos podran entramparse con la plausible instruccin delcomentario; Si estos libros no son inspirados, dicen los papistas, porque los protestanteslos han incluido en sus listas?; a esto, solamente podemos replicar, SEGUROS? Pues ningnprotestante consistente, debe jams adquirir una Biblia con los Apcrifos. Permita a loslibreros que decidan publicar estos libros Apcrifos, y permita a los lectores adquirirlos, comoalgunos otros curiosos y antiguos escritos, pero nunca les dejen estar enmarcados en el mismovolumen de la palabra inspirada de Dios.

    El lector que los examina, an ms all de las evidencias aplastantes que estos libros

    Apcrifos son no inspirados y no cannicos, refirase a cualquiera de los siguientes trabajos:Lardners works, Vol. v; Hornes Critical Introduction, Vol, i, Appendix No. v; Alexander onthe canon. Pero especialmente, al reciente valioso trabajo, titulado The arguments ofRomanisnts on behalf of the apocrypha, discussed and refutes by Profesor Thornwall, ofSouth Carolina College.

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    LA CUARTA SESION CONTINA. LA VULGATA LATINA EXALTADA SOBRE LASESCRITURAS INSPIRADAS EN HEBREO Y GRIEGO. EL JUICIO PRIVADO Y LA LIBERTADDE PRENSA PROHIBIDOS, Y ES ESTABLECIDO UN CENSOR DE PRENSA.

    9.- La segunda parte del decreto, aprobado en la cuarta sesin, es titulado, de laedicin y uso de los libros Sagrados, y como sus decretos autoritativamente

    declaran la presente doctrina de la iglesia Romanista en cuanto a las Escrituras,citar la parte ms amplia de esta, en tres divisiones y con encabezadosadecuados.

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    486 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Mera ejecucin humana, e imperfecta tambin, puesta sobre la palabra inspirada de Dios

    La Vulgata Latina puesta en el lugar de las Escrituras inspiradas enHebreo y Griego como la nica autntica palabra de Dios, a partir de la cual

    todas las traducciones fueron hechas en el futuro, y a cual todas apelacioneseran remitidas finalmente.

    Insuper eadem sacro-sancta Synodusconsiderans non parm utilitatis accedereposse Ecclesi Dei, si ex omnibus Latiniseditionibus, qu cincumferuntur, sacrorumlibrorum, qunam pro authentica habenda sit,innotescat, stuatit, et declarat, ut hc ipsavetus el vulgata editio, qu longo tot

    seculorum usu in ipsa Ecclesia probata est, inpublicis lectionibus, disputationibus,prdicationibus, et expositionibus proauthentica habeatur; et ut nemo illam rejicerequovis prtextu audeat vel prsumat

    Adems, el mismo santo concilioconsiderando que resulta de no pequeautilidad para la iglesia de Dios, que de todaslas ediciones latinas del Libro Sagrado queestn en circulacin, alguna se ha de tenercomo autntica, ordena y declara, que LAMISMA ANTIGUA EDICIN DE LA VULGATA,

    que ha sido aprobada para su uso en la iglesiapor tanto tiempo, ser tenida como autntica,en todas las lecturas, discusiones, sermones yexposiciones; y que nadie se atreva o presumarechazarla, bajo ninguna pretensin.

    As, la ipsissima verba, las mismas palabras del original, Hebreo y Griego,dictadas por el Espritu Santo, son echadas a un lado por el concilio de Trento, yson substituidas por una mera ejecucin humana, por la traduccin latina deJernimo, de la cual muchos instruidos Romanistas tienen conocimiento que

    abunda en errores. El erudito catlico Romano,Dr. Jahn, manifiesta en cuanto ala traduccin de las Escrituras de la Vulgata Latina de Jernimo, l no dio aentender, que crea que la suya era invariablemente la mejor traduccin del

    original, sino que ocasionalmente confes haber seguido (Prf. ad Com. inEccles.) a los traductores del Griego, y estaba consciente que ellos usualmentehaban errado por negligencia, aunque estaba preocupado por echar sombra a suslectores, por la tan amplia desviacin de las versiones establecidas; y porconsiguiente encontramos, que en sus comentarios, l corrige a veces su propiatraduccin. Frecuentemente, tambin, substituye lo peor en el lugar de la vieja

    traduccin. En otro lugar el Dr. Jahn, agrega: La admisin universal de estaversin a lo largo de la vasta e inmensa multiplicidad de copias que la iglesialatina hizo de esta versin, en la trascripcin de la cual, lleg a ser corrompidacon muchos errores. Hacia el cierre del octavo o inicios del noveno siglo, pororden de Carlomagno, fue corregida por Alcuin desde el texto hebreo. Estarecensin no fue ampliamente propagada, o fue nuevamente infectada conerrores; por cuya razn, Lanfranc arzobispo de Canterbury, quien muri en1089, tom algunas transcripciones, para ser corregidas. No obstante, el cardenal

    Nicols, alrededor de la mitad del siglo doce, encontr tot exemplaria quotcodices (tantas copias, como manuscritos) y prepar una edicin correcta.

    En el ao 1540, el famoso impresor,Robert Stephens, imprimi, una edicinde la Vulgata con varias lecturas de las tres ediciones y de catorce manuscritos.Esta nuevamente dice el Dr. Jhan, fue comparada porHeteniuscon muchos

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 487

    Las dos infalibles ediciones papales de la Vulgata con 2000 variantes entre ellas

    otros manuscritos y ediciones, l aadi varias lecturas a una edicin publicadaenLovainaen 1547. Esta edicin fue frecuentemente reimpresa y publicada en

    Antwerpen 1580, y nuevamente en 1585, siendo enriquecida con muchas otraslecturas varias, obtenidas por una nueva coleccin de manuscritos por lostelogos de Lovaina.20

    10.-Como la Vulgatafuera as exaltada por el concilio de Trentoen lugardel original inspirado, fue necesario por supuesto, preparar una edicinautorizada de esta versin Latina, en razn de la innumerable cantidad devariaciones en las diferentes ediciones de la Vulgata que circulaban previamenteen ese tiempo. Para llevar a cabo este asunto, el papa Sixto V, orden una nuevarevisin del texto, y l mismo corrigi las pruebas, de una edicin publicadaen Roma en 1590, y proclam por su infalibleautoridad papal, para ser esta, elautntico e inalterable estndar de la Escritura.

    Sin embargo, pronto se descubri que, que esta edicin abundaba en errores,a pesar de esto, haba sido acompaada por una bula, urgiendo su recepcinuniversal, y prohibiendo, las ms leves alteraciones, bajo pena de las ms

    terribles maldiciones.Los dignatarios papistas se encontraron as en un muy desconcertante

    predicamento, tendran que asirse a cualquier apndice de este penoso dilema, sisolamente los hechos llegaran conocerse, sera esencialmente fatal paraellos. Esta edicin deba ser mantenida como un estndar con miles de

    fulgurantes errores o la infalibilidad sera expuesta como falible, por lacorreccin de estos errores. Y para hacer lo mejor de una mala cosa, la edicinfue silenciada tanto como fue posible, y una edicin mejor corregida fueanunciada por el papa Clemente VIIen 1592 con una similar bula. Felizmentepara la causa de la verdad, los doctores papistas no fueron capaces de lacompleta destruccin de la edicin de Sixto. Aunque es extremadamente rara,existe una copia en la biblioteca Bodleyana de Oxford, y otra en la bibliotecareal de Cambridge.

    El eruditoDr. James, que era el guardin de la librera Bodleyana, compar

    las ediciones de Sixtoy de Clemente, y expuso la variaciones entre ellas, en unlibros que el llam por su oposicin mutua, Bellum Papale, Papal War. Eneste trabajo el Dr. James, considera 2000 variaciones, algunas de versoscompletos, y muchas otras clara y decididamente contradictorias entre una yotra. Pero ambas ediciones fueron respectivamente declaradas ser autnticas

    por la misma plenitud de conocimiento y poder, y ambas protegidas contra lamenor alteracin por la misma terrible excomunin.21

    20 Ver, la Introduccin del Dr. Jahn, al Viejo testamento, seccin, 62, 64.21 Para una completa explicacin de estas dos ediciones de la Vulgata, vea las ilustracionesde la literatura bblica del Dr. Townley, ii, 169, etc. Entre treinta y cuarenta clases deejemplos de estas variaciones, de estas dos infalibles ediciones, ver un pequeo trabajo,publicado por el presente autor en 1843, titulado Defense of the protestant Scripturas, againstpopish apologist for the Champlain Bible-burners, pp. 45-48

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    El Dr. Jahn, cndidamente relata los hechos arriba mencionados, y hace lasiguiente notable admisin: los ms instruidos Catlicos, nunca han negado

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    488 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Ocho mil errores en la Vulgata Leyes prohibiendo el juicio privado y la libertad de prensa

    la existencia de errores en la Vulgata; por el contrario, Isidore Clarius,compila, OCHO MIL. Es cmico advertir, la vergonzosa procedencia para este

    erudito Romanista, por el decreto del concilio de Trento que estableciendo laautoridad de la Vulgata. Como buen catlico, fue obligado a recibir este decreto,y an su conocimiento le fue vedado para que cierre sus ojos y no vea los erroresde esta versin, elevada por dicho decreto a una ms alta estancia que el textooriginal Hebreo y Griego. El intento del Dr. Jahnpara explicar el decreto delconcilio de Trento y as reconciliar con su propia bien ilustrada perspectiva de laVulgata Latina, exhibe un histrinico espcimen de ingenuidad, que puede servisto en su Introduccin al Viejo Testamento, seccin 65.

    Es forzadamente necesario aadir, que el Testamento Remish, la biblia

    Douay, y todas las otras versiones papistas de la Escrituras, no se basan en losoriginales Hebreo y Griego, sino de la imperfecta versin de Jernimo; y ascomo no se espera que la corriente suba ms alto que la fuente, los errores de laVulgata son perpetuados en todas la traducciones hechas a partir de esta.Ciertamente la versin Douay, es mejor que ninguna, pero los sacerdotesRomanistas son temerosos an de permitir que les sean dadas a sus ciegosadherentes sin sus notas, para probar que en algn lado, esto condena su sistemaanti-cristiano que no significa lo que dice. Esto sin embargo est en estrictoacuerdo con el concilio de Trento, lo cual nosotros veremos en el prximoextracto prohibiendo el derecho al juicio privado.

    11.-El derecho al juicio privado en la lectura de las Sagradas Escrituras escastigado, y su ejercicio, castigado. Los siguientes extractos del decreto, sonlos siguientes:

    Prterea, ad cercenda petulentia ingenia,decernit, ut nemo, su prudenti innixus, inrebus fidei, et morum, ad dificationemdoctrin Cristian pertinentium, sacram

    scripturam ad suos sensum contorquens,contra eum sensum, quem tenuit et tenetsancta mater Ecclesia, cujus est judicare devero sensu et interpretatione Scripturarumsanctarum, aut etiam contra unanimenconsensum Patrum, ipsam Scripturam sacraminterpretari audeat; etiam si hujosmondiinterpretationes nullo unqum tempore inlucem edend forent. Qui contravenerint, perOrdinarios declarentur, el pnis jure statutispuniantur.

    Con el fin de frenar las mentes insolentes, elconcilio decreta adems, que en materia de fey moral, y de cualquier cosa relacionada conel sostn de la doctrina Cristiana, que nadie,

    confiado en su propio juicio, se atreva aforzar las sagradas Escrituras, a su propio

    sentido, contra lo que ha sido y es sostenidopor la santa madre Iglesia, cuyo derecho es

    juzgar sobre el verdadero significado einterpretacin de los Sagrados Escritos; ocontrario al unnime consentimiento de los

    padres; aunque nunca tales interpretacionessern publicadas. Si alguno desobedece, serdenunciado por los eclesisticos yCASTIGADO CONFORME A LA LEY.

    12.-La libertad de prensa, autoritariamente prohibida.

    Sed et Impressoribus modum in hac parte, utpar est, imponere volens, qui jam sine modo,

    Estando deseosos como es justo, poner lmitesa los impresores, que con ilimitada audacia, se

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    hoc est, putantes sibi licere quidquid libet,sine licentia superriorum ecclesiaticorum,ipsos sacr Scriptur libros est super illis

    creen en libertad de hacer como les place,imprimiendo ediciones de las SagradasEscrituras con notas y exposiciones, tomadas

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 489

    Los decretos del concilio, ordena pagos y penas por el ejercicio de la libertas de prensa

    annotationes, et expositiones quorumlibetindifferenter, sp tacito, spe etiamementito prlo, et quod gravius est, sinenomine auctoris imprimunt ; alibi etiamimpresses libros hujusmodi temere venalehabent; decernit, et statuit, ut posthac sacraScriptura, potissimum ver haec ipsa vetus etvulgata editio, quam emendatissimimprimatur; nullique liceat imprimere, velimprimi facere quosvis libros de rebus sacrissine nomine auctoris ; neque illos in futurumvendere, aut etiam apud se retinere, nisiprimm examinati probatique fuerint ab

    Ordinario, sub pna anathematis et pecunia incanone Concilii novissimi Lateranensisapposita. Et, si regulares fuerint, ultraexaminationem, et probationem hujusmodi,licentiam quoque suis superioribusimpetrare teneantur, recognitis per eos libris,

    juxta formam suarum ordinationum. Quiautem scripto eos communicant, vel evulgant,nisi antea examinati, probatique fuerint,eisdem pnis subjaceant quibus impressores.Et qui eos habuerint, vel legerint, nisi

    prodiderint auctores, pro auctoribushabeantur. Ipsa ver hujusmodi librorumprobatio in scriptis detur, atque ide in frontelibri, vel scripti, vel impressi, authenticappareat : idque totum, hoc est, et probatio, etexamen, gratis fiat: ut probanda probentur, etreprobentur improbanda.

    indolentemente de cualquier escritor, sinpermiso de los superiores eclesisticos, queencubren o falsean nombrando al impresor, yms grave sin nombre de autor, y audazmenteexponen libros de este gnero para la venta enotros pases, el santo concilio decreta yordena, por el futuro de las sagradasEscrituras, especialmente de la antiguaedicin de la Vulgata, esta ser impresa en laforma ms correcta posible, que a nadie le sealcito imprimir libros relacionados a lareligin sin nombre de autor; ni en adelantenadie venda tales libros, o an los retenga en

    su poder, a menos que hayan sidoexaminados y aprobados por los

    eclesisticos, bajo la pena de excomunin, YLA MULTA PECUNIARIA ADJUDICADA POR ELPASADO CONCILIO LATERANO22. Y si ellosfueren regulares, debern adems del exameny aprobacin obtener la licencia de sussuperiores, que examinarn los libros,conforme los estatutos prescritos. Los quecirculen o publiquen manuscritos, sin ser

    examinados y aprobados, sern sujetos a las

    MISMAS PENAS que los impresores; y quienposea o lea, a menos que denuncien a susautores, sern declarados como tales. Laaprobacin de libros de esta descripcin sedar por escrito, y ser colocada en el pginadel ttulo del libro, manuscrito o impreso; y eltodo es esto, el examen y aprobacin, sergratuito, y lo que es digno, debe aprobarse ylo indigno puede ser rechazado.

    Los extractos de este decreto no necesitan comentarios. Djeme recordarle

    que estas prohibiciones y penalidades fueron legisladas por el ltimo concilio dela iglesia Romanista, nunca han sido revocadas, al contrario puestas envigor, porque el Papado, tiene el poder de darles fuerza, y siempre ser as,dondequiera que su poder sea manifiesto. Las pruebas que el Papado odia lalibertad de opinin, y de prensa son abundantes, en el siglo diecinueve tantocomo ella lo hizo en el diecisis, cuando estas leyes fueron pasadas por lasuprema autoridad de la iglesia.

    22El decreto del concilio Laterano aqu referido, fue ordenado en 1515, y tuvo este efecto; que ningn librocualquiera que sea, impreso sin el examen y licencia del obispo, su asistente o un inquisidor; y aquellos quienesofendieren, debe penalizarse toda la impresin del libro impreso, el cual debe ser pblicamente quemado,pagando una multa de 100 ducados, ser suspendido del ejercicio de su negocio por un ao, y permanecer bajoexcomunin.

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    490 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Indignacin de los protestantes por los decretos del concilio, sobre la tradicin, los Apcrifos, etc.

    Nosotros transcribiremos las diez reglas de la congregacin del index, enrelacin con los libros prohibidos, de las cuales ningn comentario es necesario.

    Aquellas clebres reglas, tienen un comentario enftico sobre la cita del decreto.13.- los procedimientos del concilio, - dice Mr. Cramp (p. 57) fueroncuidadosamente observados por los protestantes. Percibieron rpidamente queestaba totalmente bajo el control del Papa y que no permitira ningunapromulgacin contraria al orden establecido de las cosas en Roma. Se enviaronvarias publicaciones, que manifestaban su visin y sentimientos, una de loscuales fue escrito porMelancthon. Sin embargo en este proceso, expresaron sudisposicin de cumplir las decisiones de un concilio que estuviere compuestopor hombres sabios y pos, eminentes por su respeto y amor a Dios, pero ellos

    ciertamente se negaron a reconocer la autoridad de la asamblea al Trento. Susrazones fueron de peso y numerosas. Objetaron la presidencia del Papa, siendol una parte de la causa; para los prelados Romanistas, la designacin de juicios,muchos de cuales eran hombres ignorantes y malvados hombres, y todos ellosdeclarados enemigos de la reforma, pero especialmente de las reglas de lasensatez extendidas en relacin con la Escritura, pero trat con igual o grandeferencia, por ejemplo la tradicin y la escolstica clerical.

    Los amigos del fallecido Lutero, el gran campen de la Biblia y al que recinlo haban sepultado, estuvieron justamente indignados que el concilio ponga la

    tradicin al nivel de las Escrituras, lo que consideraron un acto de atrevidaimpiedad. Y quedaron sorprendidos al or que varios libros que ellos habanconsiderado de dudosa autoridad, libros que haban recibido solamente lasancin de algunos concilios provinciales o de dos o tres papas, eran ahoraclasificados entre las conocidas producciones de hombres inspirados sinhaberlos examinado y as formar parte del Sagrado Volumen. No estuvieronmenos asombrados y sorprendidos, de la decisin respecto a la Vulgata,sabiendo que esta versin, a pesar que se declaraba que abundaba en errores, erahecha la autoritativa y nico estndar de la fe y la moral, rechazando lasEscrituras originales Griegas y Hebreas. No estuvieron menos indignados los

    espritus libres del siglo diecisis, con tan insignificante reunin de sacerdotes ymonjes, esforzndose en restringir la libertad la prensa, sometida a la censura delos sacerdotes papistas, para aplastar el germen de investigacin, para consolidarlas ataduras con las que haban sujetado a las naciones tanto tiempo, y paralanzar un manto de ignorancia sobre la poblacin de un continente entero. Porconsiguiente, no es de maravillarse entonces, que los protestantes miraran sobreel concilio, no solamente con sospecha, sino con disgusto, rechazandociertamente, someterse a su autoridad y sus decretos.

    Durante la continuacin del concilio, fue designado un comit llamado

    congregacin del index, cuyo deber era, preparar un ndice de librosprohibidos. Este ndice, no fue publicado hasta el 24 de Marzo de 1564, pocodespus del aplazamiento del concilio por el Papa Po IV, quien haba sidocomprometido por el concilio.

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 491

    Diez reglas del Index de los libros prohibidos. Estas reglas, son las leyes imperativas presentes del Romanismo

    Las siguientes diez reglas, llamadas generalmente las reglas de lacongregacin del index, aunque pertenecen a un perodo posterior del concilio,

    en consideracin a su enlace con el objeto del captulo presente, dado su enormeimportancia, son transcritas completas, para ilustrar la poltica de la iglesia deRoma, reprimiendo tanto como sea posible la circulacin de las Escrituras, yponiendo restricciones a la libertad de la prensa. Permtame recordar, que estasreglas, son leyes obligatorias PRESENTES de la iglesia Romanista, adoptadaspor la ms alta autoridad en esa iglesia, el ltimo concilio general, y dadas almundo bajo la sancin de su cabeza suprema, el papa Po. Estas reglas, son leyesde la iglesia de Romanista, exactamente en el mismo sentido de un estatutopromulgado por la Cmara de Representantes y el Senado de los Estados Unidos

    y firmado por el Presidente, se vuelve la ley de la nacin americana; as,todoslos obispos papistas y sacerdotes estn obligados a hacer cumplir estas leyes,dondequiera que el Papismo prevaleceen la ms suprema de sus habilidades.Permita al amante de su biblia y de ese glorioso baluarte, la LIBERTAD DEPRENSA, preste atencin particularmente, a los pasajes marcados en cursiva ycapitales, y diga entonces si es posible, que la libertad exista en alguna nacindnde el Catolicismo es la religin predominante, y donde los sacerdotes deRoma tienen el poder de imponer a la fuerza las leyes de su iglesia.

    14.- LAS DIEZ REGLAS DE LA CONGREGACIN DEL INDEX DE LOS LIBROSPROHIBIDOS, promulgadas por el concilio de Trento, y aprobadas por el papa

    Po IVen una bula, publicada el24 de Marzo de1564.Por estas reglas, la subsiguiente descripcin de libros es condenada y

    prohibida: pervertido

    Regula 1. Libri omnes quos ante annumMDXV aut Sumi Pontfices, aut Conciliacumenica damnarunt, el in hoc indice nonsunt, eodem modo damnati esse censeantur,sicut olim damnati fuerint.

    Regula 2. Hresiarcharum libri, tam eorumqui post prdictum annum hresesinvenerunt, vel suscitrum, qum quihreticum capita aut duces sunt vel fuerunt,quales sunt Lutherus, Zuinglius, Calvinus,Balthazar Pacimontanus, Swenchfeldius, ethis similes, cujuscumque nominis, tituli autargumenti existant, omnin prohibentur,Aliorum autem hreticorum libri, qui dereligione quidem ex profeso tractant, omnin

    damnantur. Qui ver de religione non tractant, Theologis Catholicis, jussu Episcoporum etInquisitorum examinati et approbatipermittuntur. Libri etiem Catholici conscripti,tam ab aliis qui poste in hresim lapsi sunt,

    Regla 1. Todos los libros condenados porlos sumos pontfices, o los concilios generalesantes del ao 1515, y no comprendidos en elpresente ndice no obstante son consideradoscomo condenados.

    Regla 2. Los libros de los heresiarcas, queiniciaron o diseminaron sus herejas antes delao arriba citado, o de aquellos que fueron oson, cabezas o lderes de los herejes, comoLutero, Zuinglio, Calvino. BaltazarPacimontano, Swenchfeld, y otros similares,son totalmente prohibidos, cualquiera quesean sus nombres, ttulos, o tpicos. Y loslibros de otros herejes, que tratan tcitamente

    de religin, son totalmente condenados; pero

    los que no tratan de religin, se permiteleerlos luego de ser examinados y aprobadospor los Telogos Catlicos, por orden de losobispos e inquisidores. Los libros Catlicos,se permite leerlos, aquellos que han sido

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    qum ab aliis qui post lapsum ad Ecclesigremium redire, approbati facultate

    escritos por autores y que luego cayeron en lahereja o quienes luego de su cada han vuelto

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    492 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Continan las reglas de los libros prohibidos. La circulacin de la Biblia causar mas mal que bien

    Theologic alicujus Universitatis Catlica, velab Inquisitione generali permitti poterunt.

    Regula 3. Versiones scriptorum etiamEcclesiasticorum, qu hactens edit sunt damnatis auctoribus, mod nihil contra sanamdoctrinam contineant, permittuntur. Librorumautem veteris Testamenti versiones, viristatm doctis et piis judicio Episcopi concediporunt: mod hujusmondi versionibustaamquam elucidationibus Vulgata editionis,

    ad entelligendam sacram Scripturam, nonautem tamqum sano textu utantur. Versionesver novi Testamenti, ab auctoribus primclassis hujus indicis fact neminiconcedantur, quia utilitatis parum, peroculiver plurimun lectoribus ex earum lectionemanare solet. Si qu ver anotationesversionubus, vel cum Vulgata editionecircumferentur, expunctis locis suspectis facultate Theologica alicujus UniversitatisCatlic, aut inquisitione generali permitti

    eisdem poterunt, quibus et versiones. Quibusconditionibus totum volumen Bibliorum,quod vulg Biblia Vatabli dicitur, aut partesejus concedi viris piis et doctis poterunt. ExBibliis ver Isidori Clariii Brixiani prologuset prolegomena prcidantur: ejus vertextum, nemo textum Vulgata editionis esseexistimet.

    Regula 4. Cm experimento manifestum sit,si sacra Biblia vulgari lingu passim sinediscrimine permittantur, plus ind, obhominum temeritatem, detrimenti, quamutilitatis oriri, hac in parte judicio Episcopi,aut inquisitoris setur: ut cum concilio Parochivel Confessarii, Bibliorum Catholicisauctoribus veersorum lectionem in vulgarilingu eis concedere possint, quosintellexerint ex hujusmondi lectione, nondamnum, sed fidei atque pietatis augmentumcapere posse, quam facultate ea legere seuhabere prsumpserit, nisi pris BibliisOrdinario redditis, peccatorum absolutionempercipere non possit. Bibliopol ver, qui

    al seno de la iglesia, solamente si han sidoaprobados por la facultad teolgica de unauniversidad Catlica o por el general de lainquisicin.

    Regla 3. Las traducciones de escritoreseclesisticos, hasta ahora publicadas porautores condenados, se permiten leer si nocontienen nada contrario a la sana doctrina.

    Las traducciones del Antiguo Testamento

    pueden ser permitidas, SOLAMENTE paraeruditos y hombres pos, a la discrecin del

    obispo; a condicin de usarlas nicamente

    para dilucidar la versin vulgata, con el finde entender las Santas Escrituras y no comotextos sagrados en s mismos. Pero lasTraducciones del Nuevo Testamentohechaspor autores de la primera clase de este Index,

    no son permitidas a nadie, puesto que pocaventaja, sino mucho peligro asciende de lalectura de ellas. Si acompaan notas a lasversiones permitidas, o son adjuntas, a laedicin vulgata, pueden ser ledas por lasmismas personas, despus que las partes

    sospechosas hayan sido borradas por lafacultad teolgica de alguna universidadCatlica, o por el inquisidor general. En lasmismas condiciones, pos y eruditos hombres,pueden tener la biblia llamada de Vatablus, ocualquier parte de esta. Pero el prefacio yprolegmeno de la Biblia publicada porIsidorus Clarius, son exceptuados; el textode sus ediciones no es considerado comotexto de la edicin vulgata.

    Regla 4. PUESTO QUE, ES MANIFIESTO PORLA EXPERIENCIA, QUE SI LA SANTA BIBLIATRADUCIDA EN LA LENGUA VULGAR ESINDISCRIMINADAMENTE PERMITIDA ATODOS, LA TEMERIDAD DEL HOMBRECAUSAR PEOR MAL QUE EL BIEN QUEASCIENDE DE ESTO, en este punto, respectoal juicio de los obispos e inquisidores,

    quienes pueden por consejo del sacerdote o

    confesor, PERMITIR LA LECTURA DE LABIBLIA TRADUCIDA EN LENGUA VULGAR PORAUTORES CATLICOS, A ESAS PERSONAS

    CUYA FE Y PIEDAD, ELLOS APRENDEN, SERAAUMENTADA Y NO DAADA POR ELLO; ESTEPERMISO DEBEN TENERLO POR ESCRITO. perosi cualquiera de ellos tuviere la ARROGANCIA DELEER O POSEERLA SIN TAL PERMISO ESCRITO,

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    no recibir la absolucin hasta que hayan

    primero entregado tal Biblia, al eclesistico

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 493

    Castigos para aquellos quienes tienen la arrogancia de leer o vender la Biblia sin permiso.

    prdictam facultatem non habenti Bibliaidiomate vulgari conscripto vendiderint, velalio quovis modo concesserint, librorumpretium, in usos pios ab Episcopiconvertendum, amittant, aliisque pniss prodelicti qualitate ejusdem Episcopo arbitriosubjaceant. Regulares ver non nisi facilitate Praelatis euis habit, ea legere, aut emerepossint.

    Regula 5. Libri illi, qui haereticorumauctorum oper interdum prodeunt, in quibus

    nulla aut pauca de suo apponunt, sed aliorumdicta colligunt, cujusmodi sunt Lexica,Concordanti, Apophthegmata, Similitudines,Indices, et hujusmodi, si qu habeantadmista, qu expurgatione indigeant, illisEpiscopi et Inquisitores, un cumTheologorum Catholicorum concilio, sublatis,aut emendatis, permittantur.

    Regula 6. Libri vulgari idiomate decontroversiis inter Catholicos et hreticos

    nostri temporis disserentes non passimpermittantur: sed idem de iis servetur, quodde Bibliis vulgari lingua scriptis statutum est.Qui vero de ratione ben vivendi,contemplandi, confitendi, ac similibusargumentis, vulgari sermone conscripti sunt,si sanam doctririam contineant, non est curprohibeantur; sicut nec sermones popularesvulgari lingua habiti. Qud si hactens inaliquo regno vel Provinci aliqui libri suntprohibiti, qud nonnulla continerint qu sine

    delectu ab omnibus legi non expediat, sieorum auctores Catholici sunt, postquamemendati fuerint, permitti ab Episcopo etInquisitore poterunt.

    Regula 7. Libri qui res lascivas seu obscnasex profeso tractant, narrant, aut docent, cmnon solm fidei, sed et morum, quihujusmondi librorum lectione facil

    Los libreros, que vendieren, o de otra maneradispusieran de Biblias en lengua vulgar, paracualquier persona sin ese permiso, PERDERNEL VALOR DE LOS LIBROS, el que ser usadopor el obispo para algn uso po; y sesujetarn al obispo para OTRAS PENALIDADESsegn l juzgue apropiado, conforme lacalidad de la ofensa, pero los regulares, nuncadeben leer ni adquirir tales Biblias sin unalicencia especial de sus superiores.

    Regla 5. Los libros que de son editores losherejes, pero que contienen poco o nada de su

    propiedad, siendo meras compilaciones deotros, como lexicones, concordancias,apotegmas23, smiles, ndices, y otros desimilar clase, pueden ser permitidos por losobispos e inquisidores, despus de haberhecho con el consejo de los telogos, tales

    correcciones y enmiendas como pueda serestime necesario.

    Regla 6. los libros de controversia entreCatlicos y herejes de nuestro tiempo, escritos

    en lengua vulgar, no sern permitidosindiscriminadamente, sino sern sujetos a lasmismas regulaciones que las Biblias en lenguavulgar. Como aquellos libros en lengua vulgarque traten de moralidad, contemplacin,confesin, y tpicos similares, que nocontengan nada contrario a la sana doctrina,no hay razn para ser prohibidos; lo mismopuede ser dicho de sermones en lengua vulgarconcebidos para el pueblo. Y si en algn reinoo provincia, algunos libros han sido hasta

    ahora prohibidos, por contener asuntos nodignos de leer, sin seleccin para toda suertede personas, pueden ser permitidos por losobispos e inquisidores, luego de corregidos si

    son escritos por autores Catlicos.

    Regla 7. Los libros que traten profesamentede asuntos lascivos u obscenos, o los narren oenseen, son totalmente prohibidos*, nosolamente por la fe, sino por

    23Sentencias breves e instructivas

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    *Suponemos que esta regla no intenta aplicarse a los libros obscenos y lascivospara la instruccin de candidatos para el sacerdocio, o para el examen de

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    494 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    La reglas del Index continan. Posteriores restricciones a la libertad de prensa

    corrumpi solent, ratio habenda sit, omninoprohibentur: et qui eos habuerint, sever abEpiscopis puniantur. Antiqui vero ab Ethnicisconscripti, propter sermonis elegantiam etproprietatem permittuntur: null tamenratione pueris prlegendi erunt.

    Regula 8. Libri quorum principaleargumentum bonum est, in quibus tamenobiter aliqua inserta sunt, quae ad haeresim,seu impietatem, divinationem, seusuperstitionem spectant, Catholicis

    Theologis, inquisitionis generalis auctoritate,expurgati, concedi possunt. Idem judicium sitde prologis, summariis, seu annotationibusqu; damnatis auctoribus, libris nondamnatis, apposit sunt: sed posthac non nisiemendati excudantur.

    Regula 9. Libri omnes et scripta Geomanti,Hydromanti, Aromanti, Pyromanti,Onomanti, Chiromanti, Necromanti, sive

    in quibus continentur sortilegia, veneficia,auguria, auspicia, incantationes artis magicprorss rejiciantur. Episcopi ver diligenterprovideant, ne astrologi judicari libri,tractatus, indices legantur, vel habeantur, quide futuris contingentibus, successibus,fortuitisve casibus, aut iis actionibus, quae abhumana voluntate pendent, certi aliquideventurum affirmare audent. Permittunturautem judicia, et naturales observations, quaenavigationis, agricultural, sive medic artis

    juvandaa grati conscripta sunt.

    Regula 10. In librorum, aliarumvescripturarum impressione servetur, quod inConcilio Lateranensi sub Leone X., Sess. 10,statutum est. Quare, si in alma urbe Romaliber aliquis sit imprimendus, per VicariumSummi Pontificis et Sacri Palatii Magistrum,vel personas Sanctissimo Domino nostro

    la moral, las cuales son prestamente corruptaspor su lectura; Y quienes las posean sernseveramente castigados por el obispo. Pero lasobras antiguas escritas por los paganos, sonpermitidas leer, por su elegancia y propiedaddel lenguaje; aunque por ningn concepto sepermitir sean ledos por personas jvenes.fin

    Regla 8. El principal de los libros es bueno,aunque a veces introducen algunas cosas quetienden a la hereja y la impiedad, laadivinacin y la supersticin,pero pueden ser

    permitidos, despus de ser corregidos por

    telogos Catlicos, por la autoridad de lainquisicin general. Idntico juicio es hechoen los prefacios, sumarios, o notas, tomadosde autores condenados, e insertados entrabajos de autores no condenados, pero talesobras no deben ser impresas en el futuro,

    hasta que hayan sido enmendadas.

    Regla 9. Todos los libros y escritos degeomancia, hidromancia, piromancia,onomancia, quiromancia y necromancia, o

    que traten de brujera, venenos, augurios,protecciones o encantamientos mgicos, sontotalmente rechazados. Los obispos guardarndiligentemente a las personas, contra lalectura, o la posesin de, libros, tratados, ondices, de astrologa judicial, o contenganpresuntas predicciones de eventos, o deeventos de futuras contingencias, o deaquellas acciones que dependan de lavoluntad del hombre. Pero las opiniones uobservaciones de cosas naturales, como las

    escritas en ayuda de la navegacin,agricultura y medicina, son permitidas.

    Regla 10. En la impresin de libros u otrosescritos, se observarn las reglas ordenadas enla 10ma. sesin del concilio Laterano bajoLeo X. As, cualquierlibro que ser impresoen Roma, deber primero ser examinado por

    el Vicario del Papa y el maestro del palaciosagrado, u otras personas escogidas por el

    conciencia preparatorios para la confesin. As, la Teologa de Dens, su mspopular, obra estndar para estudiantes, y el The Garden of the Souls (Jardnde las Almas), publicado en New York, en 1844, con aprobacin del obispo

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    Hughes, deben ciertamente ser incluidos en la prohibicin. Sin embargoprobablemente, la regla fue diseada solamente para aplicarla a trabajos de esadescripcin publicados por los herejes.

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 495

    Castigos para los vendedores de libros que violen estas reglas. Sus tiendas examinadas por los inquisidores

    deputandas pris examinetur. In aliis verlocis ad Episcopum, vel alium habentemscientiam libri vel scriptur imprimend, abeodem Episcopo deputandum, ac Inquisitoremhretic pravitatis ejus civitatis, vel dicesis,in qua impressio fiet, ejus approbatio etexamen pertineat, et per eorum manumpropri subscriptione gratis et sine dilationeimponendam sub pnis et censuris in eodemdecreto contends approbetur: hac lege etconditione addita, ut exemplum libriimprimendi authenticum, et manu auctorissubscriptum, apud examinatorem remaneat;

    eos ver qui libellos manuscriptos vulgant,nisi ante examinati probatique fuerint iisdempnis subjici debere judicrunt Patresdeputati, quibus impressores: et qui eoshabuerint et legerint, nisi auctores prodiderint,pro auctoribus habeantur. Ipsa verhujusmodi librorum probatio in scriptis detur,et in fronte libri vel scripti, vel impressiauthentic appareat, probatioque et examen accetera gratias fiant.

    Prterea in singulis civitatibus ac dicesibus,domus vel loci ubi ars impressoria exercetur,et bibliothecae librorum venialium spisvisitentur personis ad id deputandis abEpiscopo, sive ejus Vicario, atque etiam abInquisitore hreticae pravitatis, ut nihil eorumquae prohibentur, aut imprimatur, autvendatur, aut habeatur. Omnes vero librarii, etquicumque librorum venditores habeant insuis bibliothecis Indicem librorum venalium,

    quos habent, cum subscriptione dictarumpersonarum, nec alios libros habeant, autvendant aut quacumque ratione tradant, sinelicenti eorumdem deputandorum, sub pnamissionis librorum, et aliis arbitrioEpiscoporum vel Inquisitorum imponendis.Emptores ver lectores, vel impressores,eorumdem arbitrio puniantur. Qud si aliquilibros quoscumque in aliquam civitatemintroducant, teneantur eisdem personisdeputandis renunciare: vel si locus publicusmercibusejusmodi constitutus sit, ministri,

    muy santo padre, para este fin. En otroslugares, el examen del libro o manuscrito aser impresos, se remitir al obispo o alexperto que l nomine y al inquisidor dehertica pravedad de la ciudad o dicesisdonde se hace la impresin, quien, con supropia letra, gratuitamente y sin demoraadjuntar su aprobacin al trabajo, sujeta sinembargo a las penas y censuras contenidas endicho decreto; agregada esta ley y condicin auna copia autntica del libro a imprimirse,firmada por el autor, permanecer en manosdel examinador; este es el juicio de los padres

    de la presente delegacin, que aquellas laspersonas que publican obras enmanuscritos, sin que hayan sido examinadasy aprobadas, deben sujetarse a las mismaspenas de quienes las imprimen, y quienes laslean o posean, sern considerados como

    autores, si antes el real autor no confiesa porellos. La aprobacin escrita, se pondr en elinicio del libro, sea impreso o manuscritodonde aparecer debidamente autorizado; esteexamen y aprobacin sern gratuito.

    Sin embargo, en cada ciudad y dicesis, lacasa o lugares donde se ejercita el arte deimprimir y tambin las tiendas de los libreros,sern habitualmente visitados pordelegados para ese fin, por el obispo o suvicario, juntamente con el inquisidor dehertica pravedad, para que nada prohibidosea publicado, guardado o vendido. Loslibreros de cada descripcin, guardarn en suslibreras un catlogo de los libros vendidos,

    firmados por dichos delegados; no sernguardados ni vendidos, no en el mododispuesto para otros libros, sin el permiso delos delegados, BAJO LA PENA DE PERDER LOSLIBROS, SIENDO SUJETOS A OTRAS PENAS,QUE SERN DEBIDAMENTE JUZGADAS POR ELOBISPO O INQUISIDOR, LOS CUALES TAMBINCASTIGARN A COMPRADORES, LECTORES, OA LOS IMPRESORES DE TALES TRABAJOS. Sialguien importa libros forneos en cualquierciudad, est obligado a reportarlo a los

    delegados; si esta clase de mercanca seexhibibe para la venta en algn lugar pblico,

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    496 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    Libros de los fallecidos, no se usarn, hasta ser examinados por los inquisidores. Castigos por desobediencia.

    publici ejus loci praedictis personis significantlibros esse adductos. Nemo ver audeatlibrum, quern ipse vel alius in civitatemintroduxit, alicui legendum tradere, vel aliquratione alienare, aut commodare, nisi ostensoprius libro, et habit licentia personisdeputandis, aut nisi notori constet, librum

    jam esse omnibus permissum.

    Idem quoque servetur ab heredibus etexecutoribus ultimarum voluntatum, ut libros defunctis relictos, sive eorum indicem illispersonis deputandis offerrant, et ab iis

    licentiam obtineant, priusquam eis utantur, autin alias personas quacumque rationetransferant. In his autem omnibus et singulispna statuatur vel amissionis librorurn, velalia arbitrio eorumdem Episcoporum, velInquisitorum pro qualitate contumac veldelicti.

    Circa ver libros, quos Patres deputatiexaminarunt aut expugnarunt, autexpurgandos tradiderunt, aut certis

    conditionibus, ut rursus excuderentur,concesserunt, quidquid illos statuisseconstiterit, tam bibliopol, quam ceteriobservent. Liberum tamen sit Episcopis autInquisitoribus generalibus secundmfacultatem quam habent, etiam libros, qui hisregulis permitti videntur, prohibere, si hoc insuis regnis, aut provinciis, vel dicessibusexpedire judicaverint, Ceterm nomina, cumlibrorum qui Patribus deputatis purgati sunt,turn eorum quibus illi hanc provinciam

    dederunt, eorumdem deputatorum Secretariusnotario Sacr universalis Inquisitionis Romdescripta Sanctissimi Domini nostri jussutradidit.

    Ad extremum vero omnibus fidelibusprcipitur, ne quis audeat contra harumregularum prscriptum, aut hujus indicisprohibitionem libros aliquos legere authabere. Qud si quis libros haereticorum, velcujusvis auctoris scripta, ob hresin, ob falsidogmatis suspicionem damnata atqueprohibita, legerit, sive habuerit, statim inexcommunicationis sententiam incurrat. Quiver libros alio nomine interdictos legerit, aut

    los oficiales pblicos del lugar avisarn a los

    delegados, que tales libros han sido trados, yNADIE PRESUMA DARLOS A LEER, PRESTAR OVENDER, NINGN LIBRO QUE L U OTRAPERSONA HAYAN TRADO A LA CIUDAD,HASTA QUE LO HAYAN MOSTRADO A LOSDELEGADOS Y OBTENIDO SU PERMISO, amenos que sea una obra muy conocida ouniversalmente permitida.

    Los herederos y ejecutores testamentarios,no harn uso de los libros de un fallecido, nide algn modo los transferirn a otros, hastaque hayan presentado un catlogo de estos

    libros a los delegados, y obtengan su licencia,bajo la pena de su confiscacin, O LAAPLICACIN DE OTROS CASTIGOS, que elobispo e inquisidor, consideren apropiados, deacuerdo con la contumacia o calidad deldelincuente.

    Respecto a los libros que los padres de lapresente delegacin, examinen, corrijan,entreguen para su correccin, o permitansean impresos en ciertas condiciones, loslibreros y otros estn obligados a observar loordenado respecto a ellos. Los obispos einquisidores generales estn en libertad, segnel poder que poseen, para prohibir tales libros,tanto como es permitido por estas reglas, siellos consideran necesario por el bien delreino, provincia o dicesis. Y dejan alsecretario de aquellos padres conforme almandamiento de nuestro santo padre,

    transmitir al notario del inquisidor general, losnombres de los libros que han sidocorregidos, tanto como el de las personas aquienes los padres han concedido el poder dela examinar.

    FINALMENTE, ESTO ES ORDENADO SOBRETODOS LOS FIELES, QUE NADIE PRESUMAGUARDAR O LEER NINGN LIBRO CONTRARIOA ESTAS REGLAS, O PROHIBIDAS POR ESTEINDEX. PERO SI ALGUNO, GUARDA O LEECUALQUIER LIBRO ESCRITO POR HEREJES, O

    LOS ESCRITOS DE ALGUIEN SOSPECHOSO DEHEREJA, O DE FALSA DOCTRINA, LINSTANTNEAMENTE INCURRIR ENSENTENCIA DE EXCOMUNIN; Y AQUELLOSQUIENES LEAN LOS TRABAJOS PHOHIBIDOSEN OTRA RELACIN, ADEMS DEL PECADO

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    habuerit, prter peccati mortal is reatum, quoafficitur. judicio Episcopo rum severpuniatur.

    MORTAL COMETIDO, SERN SEVERAMENTECASTIGADOS A JUICIO DE LOS OBISPOS.

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 497

    Castigos para los vendedores de libros que violen estas reglas. Sus tiendas examinadas por los inquisidores

    15. El comit designado por el concilio de Trento, y bajo cuya supervisin lasreglas arriba descritas fueron constituidas permanentes y existen hasta el

    presente da, en la forma de la congregacin del Index. Bajo el cuidado deeste comit, el ndice original de libros prohibidos, siempre ha estado recibiendoconstantes adiciones, y por supuesto ha crecido hasta un pesado tamao. Entrelos autores incluidos en este index prohibitorius, estn los nombres de muchosfamiliares y queridos protestantes del mundo: Wickliff, Lutero, Calvino, Bucer,Zwinglio, Melancton, Beza, Tyndale, Cranmer, Ridley, Latimer, Knox,Coverdale, Obispo Hooper, John Fox, John Huzz, Jernimo de Praga, addison,Lord Bacon, George Buchanan, Cave, Claude, Grotius, Sir Matew Hale, Locke,Milton, Moshein, Robertson, Saurin, Jeremy Taylor, Young, el autor de Night

    Thoughts, y an Leigh Richmon, el santificado autor de ese pequeo y dulcetratado, que ha sido el medio para llevar tantas almas en a Cristo, que se titulaThe Dairymans Daughter (La hija del Lechero), fue honrado (porque esto esun honor) al ser colocado en el prohibitivo papista.24

    Ninguno de los trabajos de estos autores es permitido leer por losdeslumbrados y devotos curas controlados de Roma, de acuerdo reglas del indexanotadas arriba, sin una licencia especial del obispo papista; y estos solo puedenser obtenidos por individuos favorecidos en circunstancias especiales. El ObispoBurnet, en la coleccin de registros aadidos a su historia de la Reforma, hapreservado una copia en Latn de tal licencia, firmada por el Obispo RomanistaTonstal, de Londres, el 7 de Marzo de 1527, para el famoso papista Sir ThomasMore, quien escriba contra las doctrinas reformadas, de lo cual los siguientesextractos son traducidos: Puesto que, la iglesia de Dios, ltimamente a lo largode Alemania se ha infestado por los herejes, ciertos hijos de iniquidad se han

    unido plenamente intentando traer dentro de nuestra nacin, las viejas herejas

    dainas de Wickliff y de Lutero y son publicadas en gran abundancia, sus ms

    corruptos escritos en nuestra lengua verncula; y pugnan con gran esfuerzo

    para corromper la verdad de la fe Catlica, con sus ms pestilenciales dogmas.

    Y dado que es grandemente temido, que la verdad de la fe Catlica pueda

    peligrar, a menos que buenos e instruidos hombres se opongan a la malignidadde los previamente mencionados hombres, etc.... Y puesto que como usted, losms famosos hermanos en nuestra propia lengua y en Latn pueden an a

    aventajar a Demstenes, etc. El documento alude como un ejemplo, al msilustre rey, Henry VIII, quien por su defensa de los Sacramentos de la iglesia,

    24 Adems del index prohibitorius, los papistas tienen su, index expurgatorius, que es unndice de libros no enteramente prohibidos, pero en los cuales ciertos pasajes son expurgados;

    y esto incluye multitud de pasajes no solamente de los protestantes, sino de escritoresRomanistas,an de varias ediciones de trabajos de los Padres. Para una completa cuenta deambos ndices, ver ese valioso, instruido y autntico trabajo de Mendham s Literary Policyof the Church of Rome, exhibited in an account of the damnatory catalogues, or indices, bothProhibitory and Expurgatory. London, 1820.

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    498 HISTORY OF ROMANISM [BOOK VII

    El Obispo Tonstal, licencia a Sir Thomas More, para leer los trabajos de Lutero, etcnota.

    ha merecido el inmortal nombre de Defensor de la fe, y de los escritos deLutero, por cuya lectura Sir Thomas pudo entender en que escondrijos se

    ocultan esas corvas serpientes quibus latibulis tortuosi serpentes sese condant,y despus exhortndolo a tener un nombre inmortal por defender as la iglesiacontra los herejes, concluye concedindole licencia para leer los libros herticos,en las siguientes palabras: Para ese fin, nosotros concedemos a usted, el poder

    y licencia de guardar y leer los libros de esta clase.25

    25Lo siguiente es una correcta trascripcin de este curioso y antiguo documento: Cuthbertuspermissione Divina London Episcopus Clarissimo et Egregio viro Domino Thom More-fratri et amico Charissimo Salutem in Domino et Benedict. Quia nuper, postquam EcclesiaDei per Germaniam ab hasreticis infestata est, juncti sunt nonnulli iniquitatis Filii, quiveterem et damnatum haeresim Wycliffian et Lutherianam, etiam hresis Wycliffianalumni transferendis in nostratem vernaculam linguam corruptissimis quibuscunq; eorumopusculis, atque illis ipsis magna copia impressis, in hanc nostram Regionem inducereconantur ; quam sane pestilentissimis dogmatibus Catholicae fidei veritati repugnantibusmaculare atq; inficere magnis conatibus moliuntur. Magnopere igitur verendum est neCatholica veritas in totum periclitetur nisi boni et eruditi viri malignitati tarn prdictorumhominum strenue occurrant, id quod nulla ratione melius et aptius fieri poterit, quam si in

    lingua Catholica veritas in totum expugnans hc insana dog mata simul etiam ipsissimaprodeat in lucem.Quo net ut Sacrarum Literarum imperiti homines in manus sumentes novos istos

    Hreticos Libros, atq ; una etiam Catholicos ipsos refellentes, vel ipsi per se verumdiscernere, vel ab aliis quorum perspicacius est judicium recte admoneri et doceri possint. Etquia tu, Frater Clarissime, in lingua nostra vernacula, sicut etiam in Latina, Demosthenemquendam prstare potes, et Catholics veritatis assertor acerrimus in omni congressu essesoles, melius subcisivas horas, si quas tuis occupationibus suffurari potes, collocare nunquampoteris, quam in nostrate lingua aliqua edas qu simplicibus et ideotis hominibus subdolamhreticorum malignitatem aperiant, ac contra tarn impios Ecclesi supplantatores reddant eosinstructiores; habes ad id exemplum quod imiteris pr-clarissimum, illustrissi Domini nostri

    Regis Henrici octavi, qui Sacramenta Ecclesi contra Lutherum totis viribus ea subvertentemasserere aggressus, immortale nomen Defensoris Ecclesi in omne aevum promeruit. Et neAndabatarum more cum ejusmodi larvis lucteris, ignorans ipse quod oppugnes, mitto ad teinsanas in nostrate lingua istorum nnias, atque una etiam nonnullos Lutheri Libros ex quibushc opinionum monstra prodierunt.

    Quibus abs te diligenter perlectis, facilius intelligas quibus latibulis tortuosi serpentessese condant, quibusq; anfractibus elabi deprehensi studeant. Magni enim ad victoriammomenti est hostium Consilia explorata habere, et quid sentiant quove tendant penitus nosse:nam si convellere pares qu isti se non sensisse dicent, in totum perdas operam. Macte igiturvirtute, tam sanctum opus aggredere, quo et Dei Ecclesiae prosis, et tibi immortale nomen atq;ternam in Clis gloriam pares: quod ut facias atque Dei Ecclesiam tuo patrocinio munias,

    magnopere in Domino obsecramus, atq ; ad ilium finem ejusmodi libros et retinendi et legendifacultatem atq ; licentiam impertimur et concedimus. Dat. 7 die Martii, Anno 1527 et nostrCons, sexto. (Regist. Tonst, Fol138;Burnet, vol. iv, p. 4.) .

    El mismo texto, se registra en el Mendhams Literary Policy of the Church of Rome...de Joseph Mendham, en los pies de pgina, pgs. 136, 137. NT.

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    Ojal no llegue el tiempo, cuando los hijos libres de la Amrica Protestante, queteniendo antes la libertad para escribir, para publicar y para leer lo que ellosprefieran, deban como el ignorante y degradado habitante de las naciones

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    CAP. I] EL PAPADO EN TRENTO 1545-1563 DC 499

    Quinta y sexta sesin. Canones y maldiciones sobre el pecado original remitido por el bautismo y justificacin

    papistas26, sumisamente demanden por permiso a los despticos sacerdotes einquisidores de Roma

    _______.

    26 En el sacerdocio espaol, estas prohibiciones del index, an operan con toda su fuerza, lascuales son para el hombre que presuma vender o leer un libro proscrito por estos sacerdotes

    i d l lib d d fij d di S i d l