historia de la facultad de derecho de málaga

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HISTORIA DE LA FACULTAD DE DERECHO DE MALAGA No viene siendo infrecuente, en los dltimos anos, la publicacion de no esca- sos articulos sobre la ensenanza del Derecho y sobre la historia de las propias Facultades o Escuelas de Derecho . Asf, ha nacido en Francia una revista de histo- ria de las Facultades de Derecho . Por to que se refiere al caso concreto objeto de nuestro trabajo, la histona de la Facultad de Derecho de Malaga, como la de la propia Universidad (que ha logrado superar ya los cuarenta mil estudiantes), ofrece un mas prometedor futu- ro que un pasado muy reciente caracterizado por sus glorias, sus triunfos y sus reconocimientos internacionales . No obstante, han sido en Malaga muy notables los juristas que, no siendo legi6n, sf se han de sefialar como un mimero conside- rable de personajes que han llevado el nombre de la ciudad de Malaga y de sus pueblos a altas cotas de reconocimiento en diversos 6rdenes . Nos referimos a los hijos nacidos en el actual temtorio de la provincia del mismo nombre, que han destacado en los siglos xix y xx como juristas, dando lugar a numerosas investi- gaciones -unos mas que otros-, to cual seria sumamente prolijo detallar en exce- so, pero no nos retraemos de indicar al menos los nombres de Francisco Zea Ber- mudez (Malaga, 1779), Federico Esteban Vahey Alba (Velez-Malaga, 1807), Melchor Ordofiez y Viana (Malaga, 1811), Antonio de los Rios y Rosas (Ronda, 1808), Pedro Nolasco Aurioles Aguado (Ronda, 1818), BernaM Davila y Berto- loli (Malaga, 1837), Jose de Salamanca (Malaga, 1811), Francisco Bergamin (Malaga, 1855), Jose de Carvajal y Hue (Malaga, 1835), Francisco Romero Robledo (Antequera, 1838), Francisco Giner de los Rios (Ronda, 1839), Antonio Canovas del Castillo (Malaga, 1828), Hennenegildo Giner de los Rios (Ronda, 1847), Fernando de los Rfos Urruti (Ronda, 1879), Andres Mellado Fernandez (Malaga, 1846), Pedro Borrajo y Jimenez de Herrera (Alhaurin el Grande, 1849), Pedro G6mez Chaix (Malaga, 1864), Rafael Andrade Navarrete (Ardales, 1856),

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HISTORIA DE LA FACULTAD DE DERECHO DE MALAGA

No viene siendo infrecuente, en los dltimos anos, la publicacion de no esca-sos articulos sobre la ensenanza del Derecho y sobre la historia de las propiasFacultades o Escuelas de Derecho. Asf, ha nacido en Francia una revista de histo-ria de las Facultades de Derecho.

Por to que se refiere al caso concreto objeto de nuestro trabajo, la histona dela Facultad de Derecho de Malaga, como la de la propia Universidad (que halogrado superar ya los cuarenta mil estudiantes), ofrece un mas prometedor futu-ro que un pasado muy reciente caracterizado por sus glorias, sus triunfos y susreconocimientos internacionales. No obstante, han sido en Malaga muy notableslos juristas que, no siendo legi6n, sf se han de sefialar como un mimero conside-rable de personajes que han llevado el nombre de la ciudad de Malaga y de suspueblos a altas cotas de reconocimiento en diversos 6rdenes. Nos referimos a loshijos nacidos en el actual temtorio de la provincia del mismo nombre, que handestacado en los siglos xix y xx como juristas, dando lugar a numerosas investi-gaciones -unos mas que otros-, to cual seria sumamente prolijo detallar en exce-so, pero no nos retraemos de indicar al menos los nombres de Francisco ZeaBer-mudez (Malaga, 1779), Federico Esteban Vahey Alba (Velez-Malaga, 1807),Melchor Ordofiez y Viana (Malaga, 1811), Antonio de los Rios y Rosas (Ronda,1808), Pedro Nolasco Aurioles Aguado (Ronda, 1818), BernaM Davila y Berto-loli (Malaga, 1837), Jose de Salamanca (Malaga, 1811), Francisco Bergamin(Malaga, 1855), Jose de Carvajal y Hue (Malaga, 1835), Francisco RomeroRobledo (Antequera, 1838), Francisco Giner de los Rios (Ronda, 1839), AntonioCanovas del Castillo (Malaga, 1828), Hennenegildo Ginerde los Rios (Ronda,1847), Fernando de los Rfos Urruti (Ronda, 1879), Andres Mellado Fernandez(Malaga, 1846), Pedro Borrajo y Jimenez de Herrera (Alhaurin el Grande, 1849),Pedro G6mez Chaix (Malaga, 1864), Rafael Andrade Navarrete (Ardales, 1856),

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Blas Infante P6rez (Casares, 1885), Antonio de la Cruz Marin (Velez-Malaga,1890), Enrique Ramos Ramos (Algarrobo, 1890), Alberto Jimenez Fraud (Mala-ga, 1883), Emilio Baeza Medina (Torrox, 1892), Carlos Rein Segura (Malaga,1897), Francisco Garcia Checa (Archidona, 1911), Manuel Olivencia Ruiz(Ronda, 1929), Ernesto Caparr6s (Malaga, 1935 ; poco conocido en Espana, noasf en Quebec, donde ha sido catedratico de Derecho civil en las Universidadesde Laval y Ottawa, miembro de ndmero de la Societe Royale du Canada, y coau-tor de importantes leyes civiles o laborales del Quebec), Enrique Mapelli L6pez(Malaga, 1921), Alfonso Padilla Serra (V61ez-Malaga, 1925), Antonio P6rez dela Cruz Blanco (Malaga, 1943), Jose Maria Martin Delgado (Malaga, 1947),Horacio Oliva Garcia (Malaga, 1943), etc. Entre ellos cualquier avispado obser-vador puede detectar que aparecen varios presidentes del Consejo de Ministros(uno de ellos cinco veces), del Congreso y del Senado, ministros (en particularde Estado, de Gracia y Justicia, de Instrucci6n Publica y Bellas Artes, de Hacien-da y de Trabajo), parlamentarios, academicos de Legislaci6n y Jurisprudencia yde Ciencias Morales y Polfticas (tambien como directores de las Academias), elfact6tum de la Instituci6n Libre de Ensenanza (sobre el que se han elaboradomedia docena de tesis doctorales, amen de otros numerosos estudios de conjun-to), y eso por s61o referimos a los de los siglos my xx, ya que en el xvtu a JoshGalvez y Gallardo, natural de Macharaviaya (1720), se debe la autoria de lasOrdenanzas de Libre Comercio de 1778 para la America espanola . ZQuien dudade la importancia que algunos de estos juristas malaguenos tuvieron en la redac-ci6n de las Constituciones espanolas de 1812, 1845 y 1931, y en concreto en lade 1876, la que ha estado vigente pormas tiempo en nuestro pais? Pero no s61oeso, a malaguenos se debe la autorfa de la Ley de Vagos y Maleantes de 1845, laLey de Dotaci6n de Culto y Clero, muchas de las reformas secularizadoras de laSegunda Reptiblica, etc. Hay allf tambi6n el padre del nacionalismo andaluz, eldirector de la Residencia de Estudiantes, el fundador del Banco de Isabel 11, unpresidente del Consejo de Estado, otro del Ateneo de Madrid, y un tercero delInstituto lberoamericano de Derecho Aeronautico y del Espacio y de la Aviaci6nComercial, el comisario de la Exposici6n Universal de 1992, y uno de los quemas ha influido en la elaboraci6n y reforma de la mayor parte (como acabamosde precisar) de las leyes de Derecho privado del Canada franc6s, en los ultimosveinte anos. Decfa Honorato de Balzac que «la gloire est le soled des morts» ; enla Costa del Sol, ni de los muertos, ni de los vivos. . .

Los inicios de la Facultad de Derecho se produjeron en un aula cedida por laFacultad de Medicina de la Universidad de Malaga y por el entonces Decano dedicho centro docente, don Felipe Sanchez de la Cuesta, y traducfan el esfuerzo yel interes del pueblo malagueno que, en los diez anos anteriores, habfa logradodespertar un sentimiento cristalizado en un movimiento ciudadano en favor de la

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creacion de un centro jurfdico en la ciudad de fundaci6n fenicia. La Facultadtuvo luego dos sedes materiales mas, en la avenida de la Estacion, s/n., deEl Palo, que paso a ser en 1991 Escuela de Graduados Sociales y, a partir de1993, lugar donde se imparten las ensenanzas de la Diplomatura en RelacionesLaborales y, por dltimo, en el Campus Universitario de Teatinos, en el boulevardLouis Pasteur, s/n. La que actualmente ocupa debe considerarse, y asi se presu-me, como definitiva. La primera clase impartida en la Facultad de Derecho deMalaga, el 11 de enero de 1980, corrio a cargo del entonces profesor adjunto deFilosoffa del Derecho y Derecho natural, Jose F. Lorca Navarrete, que procediade la Facultad de Derecho de Sevilla donde se habia formado al lado de Francis-co Elias de Tejada. Mas tarde Lorca alcanzarfa la catedra de Filosoffa del Dere-cho, Moral y Politica, tras un lamentable itinerario cargado de recursos, motiva-dos por el cambio que manu mtlttari se produjo en el Boletin Ofictal del Estadoen 1983 del Presidente del Tribunal que la Universidad habfa nombrado paradicha catedra; resuelto jurfdicamente en el verano de 1987 por la AudienciaNacional, en sentencia firme y favorable a la pretension del profesor Lorca Nava-rrete, pudo llevarse a cabo la oposicion celebrada con seis ejerctcios entre el 28de enero y el 5 de febrero de 1988 . Aquel curso 1979-80, primero de la Facultad,vio terminar sus clases en el mes de julio e, incluso en agosto, hubo todavia exa-menes y atenci6n al alumnado. De la primera promocion salieron dos posterioresvicedecanos (ya titulares de Derecho administrativo y Derecho penal) y el actualsecretario general de la Universidad (Titular de Filosofia del Derecho, Moral yPolitica), que venia ya pertrechado de tres titulos universitarios mas obtenidos enotras sedes (Madrid y Roma). Fueron profesores de aquella primera promocion,aparte del mencionado Lorca, el entonces profesor agregado de Derecho romano,Antonio Ortega y Carrillo de Albornoz, cuyo itinerario discente y docente tuvojalones significados en las Universidades de Granada, Bolonia, Salamanca yAutonoma de Madrid ; el triste y prematuramente desaparecido Juan Jose Ruiz-Rico Lopez-Lendfnez, entonces tambien profesor agregado de Derecho polfticoy mas tarde catedratico de Derecho constitucional en Malaga y en Granada, y elprofesor adjunto Manuel Perez-Vitoria de Benavides, que impartia Historia deDerecho espanol. De ellos destacaba por su locuacidad sin limites Ruiz-Rico,conuna s6lida preparaci6n cultural que se extendfa mas ally de la pura formacionacademica, para adentrarse en materias de Literatura e Historia . Autor de variasnovelas premiadas como Al sur son las hogueras (Granada, 1982) 1, dej6 enMalaga una escuela de titulares y catedraticos como Francisco Balaguer Calle-jon, su hermana Maria Luisa (orientada en principio hacia la Ciencia politica masque por el Derecho constitucional, lfnea que hubo de cambiar por circunstancias

Otra llevaba por tftulo Solsticio de invierno, Caceres, 1987, y fue «Premio Uceres denovela corta» El engarce de Literatura, Derecho e Histona resulta encomiable.

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en el momento presente, y transcurridos mas de diez anos, todavia inaclaradas) yAngel Rodrrguez-Vergara (doctor en Ciencias politicas por la Universidad Com-plutense y en Derecho por el Instituto Universitario de Florencia) .

En 1984, un coven universitario pleno de vocaci6n y entusiasmo, Luis MariaDiez-Picazo Gimenez, doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia 2, llegaa la Facultad para integrarse en el Departamento de Derecho administrativo.Poco tiempo despues cambia de area de conocimiento, y obtiene primero la titu-laridad y luego la catedra de Derecho constitucional, casi por ensalmo. Entreambas consigue una plaza de profesor de Derecho en el Instituto Europeo BadiaFiesolana, donde segue impartiendo sus ensefianzas, con reconocimiento genera-lizado ; la distancia ffsica no le impede colaborar en empresas cientificas organi-zadas en Espafia y participar en distintas obras de conjunto, y no s61o en aquellasprogramadas con ocasi6n de homenajes a profesores de su disciplina .

Tres han sido los catedraticos de Derecho civil que ha habido en la Facultad deleyes malaguefia, Guillermo Garcia Valdecasas, Jorge Caffarena y Jose ManuelRuiz-Rico, junto a tres titulares de autentico merito Miguel Cerda Olmedo, BlancaSillero y Ana Canizares Laso. El Derecho penal ha contado conun fugaz GonzaloQuintero Ohvares y un catedratico mas duradero, Jose Luis Diez Ripolles, de espe-cial mdrito, pues gan6la plaza no siendo el candtdato «oficial» para el que la Facul-tad habia propuesto al presidente y secretario de la Comisi6n. Igualmente una triple-ta de catedraticos de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ha pasado por laFacultad, Santiago Gonzalez Ortega, Maria Fernanda Femandez (forjadora demuchas vocaciones universitarias, a las que desde Sevilla o desde Madrid, o denuevo desde la capital hispalense, ha seguido orientando, dirigiendo y protegiendo,me atreveria a decir que hasta con un cierto instinto maternal) yRicardo Escudero,ydos titulares de los que debe hacerse singular menci6n Manuel P6rez Pfirez yJoseMiguel Martinez Jimdnez. La catedra de Derecho Mercantil, desierta durante variosanos, tras la marcha de Antonio Pgrez de la Cruz a Madrid, se cubri6 en 1995 porparte del titular Adolfo Aurioles Martin, cuya tesis doctoral sobre creditos sindica-dos con interns variable 3 habia sido ya merecedora no s61o de ser publicada, sino deun Premio extraordinario de doctorado. Aurioles (al momento de ganar la titulari-dad) fue inmediatamente elegido, por sus grandes dotes para conectar con las perso-nas y los problemas, para ocupar la direcci6n del Departamento de Derecho PrivadoEspecial, siendo en cinco ocasiones reelegido sin problemas y sin contrincantes.

La catedra de Ciencia Politica y de la Administraci6n ha sido cubierta en tresocasiones; tras el breve transito que por la mtsma tuvo Carlos Alba Tercedor,

Su tests defendida en la FacoltA di Giunsprudenza, se la dtng16 Fabio A . Roversi-Mona-co y vers6 sobre 11 problema dell'amnunistrazione degle organs costituzionale, Bologna, 1983 .

Credetos sindicados con interes variable, Barcelona, 1987, con «Pr6logo» de AntonioP6rez de la Cruz Blanco .

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pasaron luego Jose Garcia de la Serrana y Fernando Vallespin Ofia. La de Dere-cho administrativo fue ocupada por Eduardo Roca Roca, German FernandezFarreres y Angel Sanchez Blanco (muy loable este (iltimo, que ha sido capaz deorganizar docenas de Jornadas, Coloquios, Conferencias, Congresos y activida-des cientificas de todo tipo, logrando una casi perfecta sintonia entre algo de toque tanto se habla: Universidad y Sociedad).

Ha habido un solo ocupante de la catedra de Derecho can6nico, luego area de

conocimiento de Derecho eclesiastico del Estado, Francisco de Paula Vera Urba-no, llegado a finales de 1980 a Malaga, donde ya habfa sido docente de diversasmaterias en el Seminario diocesano y mas tarde profesor de Teoria del Estado enla Facultad de Ciencias Econ6micas yComerciales, de donde pasaria a ser adjun-to de Derecho can6nico en Granada, ulteriormente en Sevilla y por fin en Mala-ga, donde se jubil6, siendo nombrado tres anos despues profesor emerito para elcurso 1996-1997. Tambien vino a la Facultad de Derecho por concurso de accesoa catedra el que fuera profesor agregado de Filosofia del Derecho Emilio SerranoVillafane, para el curso 1980-1981 . Se jubi16 en septiembre, dando no un aproba-do general, pero si muy generalizado, para no ser infiel a la tradici6n que hanseguido algunos catedraticos -a la antigua usanza- al pasar a la reserva. La histo-ria de la Facultad quedarfa desnaturalizada si no hicieramos referencia a otrosprofesores que han pasado por su claustro y que no hemos mencionado con susnombres y apellidos, en las paginas que preceden o en las que siguen a esta,

como los de Valentin Cortes Dominguezy Jose Maria Espmar Vicente (catedrati-co de Derecho internacional privado, vicedecano y secretario de la Facultad), losde los titulares Juan Mufioz Sanchez, Patricia Laurenzo Copello (fue vicedecanade Investigaci6n y es persona muy rigurosa y reconocida internacionalmente porsus publicaciones), Arturo Calvo Espiga, Jose Maria Souvir6n Morenilla, DiegoJ. Vera Jurado (eficiente y prudente secretario yvicedecano, de momento uno delos pocos queha recibido sendos premios extraordinarios de Licenciatura yDoc-torado), Juan Carlos Martinez Coll (formado en UCLA con Hirshleifer, discipulo

directo del Premio Nobel de Economfa Gary Becker, de la Escuela de Chicago),Angel Valencia Saiz, Juan Luis Millan Pereira, Maria Teresa Echezarreta Ferrer(secretaria y vicedecana de Investigaci6n), Pilar Brioso Diaz, Marta Perez Diaz y

Maria Angeles Martin Reyes, y entre los asociados y ayudantes a Jose ManuelTorres Puentes, Rafael Pallares, Jose L. Femandez Cantos, Isidoro Lora Tamayo,Maria del Mar L6pez Herrero, Francisco Gil Almansa, Maria Paz Mesa-MolesMartel, Diego Martin Reyes, Enrique Brioso Diaz, Luis Portero Garcia (elevadomas tarde a fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucia), BartolomeVarga, Juan Garcia Alarcon, Rosario Nogueira (que se doctor6 y al poco tiempodej6 la Universidad), Mercedes Vera Padial, Jose Maria Ramos, Antonio Fernan-dez-Llebrez, Silvia Algaba Ros, Angel Lacal Fluya, Angeles Lifian Garcia, Car-

ANUARIO DE HISFORIA DEL DERECHO ESPANOL-19

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men Ortin Garcia, Bel6n Malav6 Osuna, Esther Dominguez L6pez, Octavio Gar-cfa Perez, Pedro J. Rico Jim6nez, Carlos Larranaga Junquera, Ana Maria Prietodel Pino, Ana Isabel Cerezo Dominguez, Concepci6n Aprell Lasagabaster, RaulHernandez Pardo, Juan Ignacio Peinado Gracia, Juan Carlos L6pez Caballero,Manuel Camas Jim6nez, Antonio Martin Martin, Rosario Cenizo Rodriguez,Carmen Dominguez Carrillo, Rafael Caparros Valderrama, Sebastian EscamezNavas, Eloy Ruiloba Garcia, Esperanza Marquez Chamizo, Augusto PansardAnaya, Concepci6n Serrano Luque, Maria Jesus Molina Caballero, Javier deTorres Martinez, Yolanda de Lucchi, Itziar Gim6nez Sanchez, Federico RomeroG6mez, Jacobo Fenech Fernandez de Quincoces, Antonio Javier Trujillo P6rez,Antonio Marquez Prieto, Francisco Souvir6n Rodriguez, Rafael Naranjo de laCruz, Rocio Caro Gandara, Marquez Claros, Rosa P6rez Yafiez, Gabriela Domi-go Corpas, Francisco J. Garcia Mas, Luis Sancho Villarreal, Andres Peralta delas Heras, Fernando Krauel Aguirre, Carmen Arija Soutullo, Maria Reyes MartinSanchez, Josh Emilio Mufioz Mateos, Maria Luisa G6mez, Elena MartinezBarrios, Maria Isabel Torres Cazorla (brillante y unanime Premio extraordinariode Licenciatura), Maria Dolores Arias Diaz, Maria Jose Garcia Alguacil, JoshMaria Garcia Urbano, Eusebio Aparicio, Pedro Lucena Gonzalez, Patricia Zam-brana Moral y un largo etc6tera que no puede cerrarse sin Pedro Moreno Brenes .

Han ostentado el decanato de la Facultad Antonio P6rez de la Cruz Blanco,catedratico de Derecho Mercantil, desde el 20 de septiembre de 1979 al 12 dediciembre de 1980, como Decano comisario, y Jose Maria Martin Delgado desdeel 4 dejunio de 1981 al 17 de abril de 1984 . Ambos desempenaron, tras su paso porel decanato, el cargo de Rector, el segundo de ellos durante tres periodos, a juzgarde no pocos demasiado tiempo, to queno fue obstaculo para que, a pesar de ello,intentara modificar los Estatutos de la Universidad para poder lograr un cuartomandato (el primero fue de tiempo rods reducido, ya que era constituyente) . Ale-jandro Rodriguez Carri6n (catedratico de Derecho intemacional publico y relacio-nes intemacionales) fue decano de la Facultad de Derecho desde el 18 de mayo de1984 al 1 de marzo de 1986 ymas tarde fue elegido democraticamente (contandocon la mayorfa de la Junta de la Facultad) para un segundo mandato al que dio ini-cio el 24 de mayo de 1986 pero que, por circunstancias ajenas a su persona, se vioobligado a terminar el 6 de julio de ese mismo ano. Durante seis meses ejercerfa eldecanato en funciones el catedratico mas antiguo con dedicaci6n exclusiva, Anto-nio Ortega y Carrillo de Albomoz. Desde el 1 de enero de 1987 al 20 de enero de1988 fue decano Jorge Caffarena Laporta. Se produjo una nueva interinidad -comoconsecuencia de un recurso- que se cubrio con el decanato de Josh Luis Dfez Ripo-ll6s desde el 1 de junio de 1988 hasta el 8 de mayo de 1990 . A partirdel 13 de junio de 1990, durante cuatro anos y medio, desempefiarfa el decanato deformamas estable una profesora titular de Derecho civil de origen granadino, la ya

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aludida Blanca Sillero Crovetto, que ceso en el cumplimiento de sus funciones el 1de enero de 1995 . Sin embargo, la transitoriedad en la ocupacion del cargo volvio amanifestarse cuando en 1995 accedio al decanato el catedratico de Economia Poli-tica y Hacienda Pubfica, Juan Torres Lopez (sobrino nieto de aquel gran historiadordel Derecho que fue Manuel Torres Lopez) aquien tan solo trece meses mas tarde(dimitio tras intentar conseguir la dotacion de siete catedras para la Facultad, yverse desautorizado en su mas que loable iniciativa, de la que ningun beneficiorecibia, por tres profesores que no vefan con buenos ojos que Departamentos aje-nos al suyo hubiesen aprobado, solicitado e instado al equipo decanal a la gestionante el RectoradoyJunta de Gobiemo de la Universidad para la provision de dichasplazas) sustituirfa el actual decano Jose Luis Carretero Leston, reincorporado a laFacultad tras haber desempefiado un cargo politico relacionado con el deporte conel correspondiente nombramiento de la Junta de Andalucia. De todo el conjunto dedecanos de la Institucion, dos de ellos habria que destacar por el sello de personaldedicaci6n, talante resolutivo y capacidad para volcarse en el dictamen y conclu-sion de los problemas o en la inhibicion (cuando era conveniente aspirar profunda-mente, para no sofocar a los que estaban alrededor), Martin Delgado y RodriguezCarrion. Tomaronmuchas decisiones, hicieron muchas cosas, se dejaron la piel y lasalud en defensa del interes publico por encima de las apetencias y deseos persona-les, suscitando algunos pequefios conflictos, heridas de guerra que el paso de losanos han hecho cicatrizar solidamente. Las circunstancias del momento, de unainstitucion joven que crecfa, las reformas ministeriales, los cambios, la necesidadde nuevos modos que ya no se ajustaban a la operativa imperante en las Universi-dades espafiolas del tardofranquismo, de la mano de estos dos hombres, formadosen Granada, Bolonia, Berkeley yLa Haya, adquirieron singular impronta ; fuecomoun reverdecer de la Universidad en su conjunto, crecimiento consolidadoy reorien-tado con el acceso al Rectorado de la Universidad, en 1994, de un nuevo equipo degobierno mas tolerante, accesible y de criterios mas rigurosos en la toma de deci-siones (a la par que mas preocupado por la investigacion y la intemacionalizacionde la instituci6n que por las infraestructuras), al frente del cual se encontraba uncatedratico formado en la Universidad de Indiana de solido prestigio investigador,Antonio Diez de los Rios . Jose Maria Martin Delgado, que ya de por sf habria dellenar no un capftulo sino varios de la Universidad malaguefia, y es grande en estesentido la deuda de gratitud que la ciudadania malacitana tiene contraida con quienha sido el artifice material de la propia Universidad, en la que ha dejado impresa supeculiar huella, paso a ocupar la Consejerfa de Cultura del Gobiemo presidido porManuel Chaves y mas tarde el Rectorado de la Universidad Internacional AntonioMachado, de Andalucia. Aprovecho la coyuntura para agradecer tambien la ayudaque, en la elaboraci6n de estas lineas, me han prestado la que ha sido durante mas

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tiempo decana de la Facultad de Leyes y el profesor que ha ejercido durante maslargo tiempo su docencia en la misma, los ya mencionados Blanca Sillero yJose FLorca Navarrete.

El crecimiento primero y el sostenimiento despues del alumnado de la Facul-tad de Derecho ha sido una constante a to largo de su evolucion, en cuya corta his-tona han salido de entre sus discentes dos catedraticos de Universidad, cinco pro-fesores titulares, un letrado del Consejo de Estado, dos diplomaticos, uneurodiputado, varios notarios, registradores, jueces, magistrados e inspectores deHacienda. Por otro lado, profesores diversos que llegaron aMalaga como asocia-dos, adjuntos, ayudantes o titulares, tras haber cursado sus estudios en otras Uni-versidades, hoy ocupan Catedras o titularidades en la propia Facultad malacitana oen otras Universidades de la Comunidad Autonoma andaluza o de las del conjuntodel Estado espanol. Particular y no interesada mencion habria de hacerse aquf delya citado Francisco Balaguer y de Juan Jose Hinojosa Torralvo, quien se habiadoctorado en Bolonia de la mano de Adnano di Pietro en 1985, ilustrandose bajo elcobijo de la profesora Rinaldi y del doctor Gulmanelli (su maestro Martin Delgadono fue discfpulo en Bolonia del afamado Berliri, sino de un menos significadoFurio Bosello, el autor de varios articulos y monografias sobre el IVA de dificilcomprension; Francisco Carrera Raya tambien trabajo con Adriano di Pietro, en elcurso academico 1989-1990, sobre financiacion de los entes regionales) .

En cuanto a los Institutos universitarios, solo han logrado erigirse dos, el Ins-tituto de Estudios Urbanisticos y el Instituto de Criminologia. Nos interesa espe-cialmente el prnnero, que ya es historia . Solo funciono durante los cursos 1981-1982 a 1984-1985, y respondia a la demanda social que habia de expertos enDerecho Urbanistico procedentes de diversos sectores profesionales . Circunstan-cias diversas llevaron a la desaparicion del mencionado Instituto, entre las que nodebe obviarse el desmteres que hacia el mismomanifestaron en 1984 y 1985 quie-nes entonces formaban parte del equipo decanal, los catedraticos de Derecho inter-nacional publico y de Derecho internacional privado. El Instituto tenia previstasensenanzas repartidas en dos cursos, que luego se traducian para quien hubierasuperado una serie de pruebas en un titulo, o bien en la modalidad de un simplecertificado de asistencia a las clases . Entre las materias que se impartieron estaban«E1 medio geografico», «Demograffa», «Sociologia urbana», «Economia urba-na», «Infraestructura y servicios urbanos», «Teorias e Historia del Urbanismo»,«Planeamiento urbano y Ordenacion del territorio» , «Derecho Urbanistico I y II»que se completaban luego con Fiscalidad urbanistica y otras materias jurrdicas yeconomicas . Fueron profesores, entre otros, dos catedraticos de Geografia, variosjuristas, economistas, arquitectos, etc., como Eusebio Garcia Manrique, CarmenOcana Ocafia, Juan J. Ruiz-Rico, Carlos Verdu, Vicente Granados Cabezas, Salva-dor Moreno Peralta, Jose P Alba Garcia, Manuel Aldeanueva y Rafael Martin

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Delgado 4 (hermano del entonces decano de la Facultad de Derecho, quien remo-de16 con gran acierto el edificio de El Palo, funcionalizando las dependencias delmismo con notable buen gusto y sentido de la proporcionalidad, en tarea que noera facil) . El Instituto Interuniversitario Andaluz de Criminologia tiene una de sussedes materiales en la Facultad de Derecho de Malaga. Conrigor y genio (en losdos sentidos de ambos terminos, tanto por to que se refiere a la fuerza de capaci-dad creadora como al mal genio, como defecto del caracter), Jose Luis Diez Ripo-lies ha sido el artifice material del mismo, por el que han pasado ya varias promo-ciones y en el que-a to largo de tres cursos- se ban podido seguir las ensenanzasde «Psicologfa>, «Sociologia>>, «Criminologia I y II», «Derecho Penal I y H>>,Derecho Penitenciario> , «Medicina Legal I y II», «Derecho Procesal Penal> ,

«Psiquiatrfa Forense> , «Estadfstica Criminal», «Tratamiento yTrabajo Social>> y«Polftica Criminal >. El saldo resulta sumamente positivo y enriquecedor para lapropia Facultad . La consideraci6n generalizada no puede, por otro lado, dejar deser muy favorable para el Curso de Derecho Comunitario Europeo, que se haimpartido en tres ocasiones en los tiltimos anos, de la mano de los profesoresRodriguez Carri6n, Magdalena Martin Martinez (que cuenta con una s6fida mono-graffa publicada en La Haya) y Elena del MarGarcia Rico.

Serfa prolijo y dificultosisimo enumerar las publicaciones salidas de lost6rculos de la imprenta universitaria, referentes a materia juridica, incluida laedici6n en microficha de las tesis con un «Pr6logo>> y un fndice impreso en papel,aunque no de todas. La primitiva serie «Derecho>, luego dejada de la mano deDios y de la del Rector de la Universidad, que acab6 diluyfindose, vio aparecertrabajos importantes en estos primeros anos ochenta, el primero de Lorca Nava-rrete sobre Adolfo Posada 5, donde recogfa capftulos de su tesis, redactaday lefdaapresuradamente ante la inminencia de otra memoria doctoral sobre el mismoautor de Francisco J. Laporta.

A este libro sigui6 otro de Carlos Merchan (actual profesor titular de Historiadel Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Valladolid, que entoncesfue adjunto interino de Historia del Derecho, y administrativamente y a efectospresupuestarios catedratico interino de Derecho del Trabajo, y antes secretario dela Facultad de Malaga, en los dos cursos que pas6, hacifindose notar -y no poco-,

Impartia las ensenanzas de «Teorfas e Historia del Urbamsmo» . En el Programa de dachaasignatura, en su breve exposici6n de contemdos, se puede leer : <<A craves de la histona de la cm-dad se buscan las claves que ayuden a la comprens16n de los hechos urbanos tal como han llega-do a nosotros Se comprueba c6mo deterrrunados elementos de la trama urbana han persistido acraves de las sucesivas transformaciones de la ciudad y como otros se han ado adaptando a losdistmtos periodos culturales Al hilo de la histona se examman las teorfas sobre la ciudad quehan surgido en los distmtos periodos lust6ricos, como respuesta al momento cultural y a las nece-sidades de la 6poca . El estudio de esta evoluci6n de la teoria de la ciudad nos servird como marcode referencia para facilitar la comprens16n del momento actual de la cultura urbanfsthca.»

Autonomia y lebertad de c6tedra en Adolfo Posada, Malaga, 1980

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en la cuna de Picasso), que public6, lujosamente, su tesis doctoral en Filosoffa yLetras sobre el Abadengo de Aguilar de Campoo 6. Como monograffa para concu-rrir a las pruebas de idoneidad, Gregorina Fuentes Bajo dio a la imprenta en esamisma colecci6n parte de su tesis doctoral 7. En ese mismo ano se edit6 una obracolectiva que recogfa conferencias impartidas a iniciativa justo es reconocerlo-de Ismael Sanchez Bellay de Arturo Femandez Domfnguez, y al abrigo del Depar-tamento de Historia del Derecho y del Instituto de Ciencias de la Educaci6n, en elInstituto de Arles Aplicadas y Oficios Artfsticos Antonio Canete y en la Fundaci6nHarms Seidel, de Marbella 8. El hbro tuvo buena acogida en las revistas de la espe-cialidad 9. Paralelamente aparecteron dos manuales I° yuna colecci6n normativa 11 .La tesis doctoral con Premio extraordinario (el primero de doctorado que se otorg6en la Facultad) de Josh Miguel Martinez 12, tambien se recogi6 en esta «Serie Dere-cho» que, a partir de 1986, parece diluirse totalmente, y el profesorado de la Facul-tad publica sus monografias en otras sedes y colecciones . No obstante, la iniciativaeditorial de la propia Facultad se vio omada con dos libros mas, ambos para con-memorar el d6cimo aniversario de la instituci6n, el primero de ellos sobre los librosjuridicos anteriores a 1800 conservados en la Biblioteca de la Facultad 13, y otrouna colecci6n de trabajos diversos de quienes eran o habfan sido profesores de lamisma. De las treinta colaboraciones 14, cinco eran de contenido hist6rico.

Sobre los origenes del regimen senortal en Castilla ElAbadengo de Aguilar de Campoo(1020-1369), Mdlaga, 1982 .

Un elemento estructural de la nueva ordenacton del matrtmonto El amor conyugal,Mdlaga, 1984 .

Jesus LALINDE ABADiA, Manuel J PELAEz, Antonio PEREZ MARTIN, Ettore ROTELLI, Isma-el SANCHEz BELLA, Joaquin TOMASVILLARROYA y Erhard ZURAWKA, El Estado Espanol en suDtmenston Histortca, Mdlaga-Barcelona, 1984

Fue recenslonado por Jacques KRYNEN, en Revue htstortque de droufrangats et etranger,LXIII (1985), pp. 202-203, Ennque M GUERRA, en Revtsta de la Facultad de Derecho de la Untver-stdad Complutense, 70 (1986), pp 545-547, Rafael GIBERT y SANCHEZ DE LA VEGA, en Anuarto deHtstorta delDerecho Espanol, LV (1985), pp. 896-897; PedroA PoRRAs ARBOLEDAS, en Cuadernostnfornwttvos deDerecho htstortco ptibhco, procesal y de la navegacton, 6!7 (1987), pp 1413-1421 yCarlos SALINAS, en Rev:sta de Estudtos Htst6rtco-Juridicos, X(1985), pp 419-421.

Alejandro RODRfGUEZ CARRON, Lecctones de Derecho Internactonal Ptibltco, vol 1,Estructura del Derecho Internactonal, Malaga, 1984, y vol . 11, 1987 (luego de las Lecctones sehan hecho tres edtctones por parte de Tecnos, en Madrid) y Josd Maria EsPINAR VICENTE, Dere-cho Internactonal Prtvado Espanol, vol 1, Malaga, 1984 El manual del dr Espmar era llamattvopor la complejidad del ststema de fuentes del Derecho Internactonal Pnvado que establecfa, dtff-cIl de entender para los proptos docentes de su dlsciplma.

11 Francisco de Paula VERA URBANO, Nueva legtslact6n matrimonial civil y can6mca,Malaga, 1983 .

12 El salarto mimmo legal, Malaga, 1986 .13 AnaMaria VERA DELGADO y Gregorio GARCfA RECHE, Repertorto deLtbros Anttguos de

la Facultad de Derecho de la Universtdad de Mdlaga, con «Prologo» de J Calvo Gonzdlez,M£laga, 1990 .

14 La evoluct6n del Derecho en los dtez tilttmos anos, Madrid-Mdlaga, 1992 Es deIusttctaresenar el empule que a esta obra dteron Maria Fernanda Ferndndez y Blanca Sillero ; en menor

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Se hen defendido en estos dieciocho anos transcurridos numerosas tesis docto-rales y tesinas de licenciatura en la Facultad de Derecho malaguena. S61o vamos ahacemos eco de las de contenido hist6rico, en su mayor parte presentadas -y elabo-radas antes- al margen del area de conocimiento de Historia del Derecho y de lasInstituciones, sin que nos olvidemos de precisar el mdrito, que a veces no se quierever («le m6rite est un sot, si 1'argent ne 1'escorte», que decia Montfleury) del area(en tiempos Departamento) de Derecho internacional publico y relaciones intema-cionales donde se inicia a la investigaci6n y se logra el aprendizaje de la metodolo-gia mas depurada en todos aquellos que a la misma se aproximan -y perseveran ensu intento- para hacer unamemoriacon objeto de alcanzar el grado de licenciatura ode doctorado. Esta tarea se ha podido realizar gracias a la buena dotaci6n de libros,revistas, repertorios y fuentes de diverso g6nero que se han ido acumulando entrelas salas de consulta, de investigaci6n y hemeroteca (junto al aulaAranzadi, Labora-torio jurfdico y aula de Informatica), detras de los que esta la tenaz y laboriosa tareade la doctora Echezarreta, iniciada en sus primeros pasos por el doctor Mufioz San-chez . No obstante, el Reglamento de la Bibhoteca yde la Hemeroteca de 5 de mayode 1989, siendo incompleto y habiendo quedado desfasado en algunos puntos, sedemostr6 como mas favorecedor de la libertad de investigaci6n que el autdnticocorsfi de hierro que algunos articulos del de 1996 estan representando para el c6mo-do y agil ejercicio de la libertad de investigaci6n por parte de casi una cuarentena detesinandos, doctorandos y profesores del area de conocimiento de Derecho interna-cional publico. En to demas, el Reglamento de 1996 es muy meritorio.

En pnmer t6nnino, destacariamos, entre las tesinas, la de Juan Ignacio DfazLeiva que analiz6 un tema quiza excesivamente amplio como el del rdgimen juri-dico de los estrechos 15, que se detiene en la idea de la libertad de los mares y entoda la doctrina que se posicion6 al respecto, en los Roles d'Oleron y en el Llibredel Consolat de Mar. Segdn el Servicio Geografico del Departamento de Estadode los Estados Unidos hay 121 estrechos que tienen una anchura menor de 24millas que pueden ser cubiertas por las aguas territoriales de los Estados nbere-nos. Sin embargo, autores como Baxter bajan su numero a 116 y Lay a 106. Ladoctrina rusa tambidn se ocup6 del terra 16 . Josd Luis de Castro Martfn defendifiuna memoria de licenciatura sobre el ennquecimiento cambiario 17, donde exa-mina con atenci6n, pero sin rigor, la historia del mstituto cambiario y de la letra yno se recoge menc16n de la versi6n mecanografiada impresa anastaticamente en1983 por el Servicio de Publicaciones de la Universidad Complutense de la tesis

medida, J L Diez Ripoll6s, y con mss protagomsmo, pero muy poco tiempo de dedicaci6n, elfirmante del «Pr6logo» de la misma .

5 El regimenjuridico de los estrechos mternac:onales una instntuceon en el nuevo Dere-cho del mar, Malaga, 1986 .

6 Y. Bnxstcov, El Ociano . De los confttctos a la cooperact6n, Moscd, 1985 .17 El enriquectmiento cambiarto presupuestos dogmdtecos e hist6r:cos, Malaga, 1986.

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de BrunoAguilera Barchet sobre la evoluci6n de la letra de cambio. La monogra-ffa ulterior de Aguilera, que le ha dado singular prestigio, consagrandola como lamejor obra de historia del Derecho mercantil terrestre publicada en Europa en losultimos cuarenta anos, no podia ser conocida por De Castro, ya que se public6dos anos despu6s de la defensa de su tesina. Concurn6 en 1986 al acto de defen-sa de tesinas, entonces unificado, Carmen Senes Motilla con un estudio sobreaspectos procesales del Derecho de extranjerfa 18, donde tenia una referencia his-t6rica a la condici6n juridica de extranjero, aunque el enfoque incidia mas en ladimensi6n iusprivatista y material que en la noci6n de extranjero para el Derechoprocesal, olvidandose del problema de los fueros de competencia en negocios dejurisdicci6n voluntaria, que son precisamente donde el elemento relevante deextranjeria tiene un valor en sf mismo. Determinar el concepto procesal deextranjero deberfa haber sido el presupuesto de esta investigaci6n, que apareceinsuficientemente tratado. Delataba bastante inconcreci6n al describir el t6rminofranco>> en su relaci6n con algunos fueros medievales . Se seguia muy de cerca

un trabajo de Enrique Pecourt Garcia y como es frecuente en los estudios proce-salistas que hacen dogma de los presupuestos ya conocidos de Jaime Guasp, elDigesto no se cita bien, y da la impresi6n de que no se entiende -al hilo de suspaginas- el principio de unidad de la relaci6n jurfdico-procesal . Tampoco alcan-za mayores vuelos su investigaci6n sobre los fueros de competencia especialesen materia de seguros y el rastreo que se produce de la jurisprudencia del Tribu-nal Supremo en la determinaci6n de los fueros de extranjerfa, donde se patentizauna tangencialidad notable. El caso de Carmen Sen6s Motilla es sumamente alec-cionador y un claro ejemplo de precocidad intelectual . Fue la primera personaque habfa realizado sus estudios al completo en la Facultad de Derecho malague-fia (con notable brillantez), en doctorarse, en ser profesora titular y en alcanzardespuds la catedra de Derecho Procesal de la Universidad de Almeria. Sonmuchos los que claman porque se dote una segunda plaza de Derecho Procesal,que vendrfa justificada por la ausencia total de titulares de esa disciplina y unamatrfcula que supera los dos mil alumnos en las asignaturas que imparte dichaarea de conocimiento . El profesor Juan Antonio Robles Garz6n ha de llevar acabo un esfuerzo gigantesco, por muchos reconocido y por otros premiado muyrecientemente como la Magistratura y los Colegios de Abogados y Procuradoresde Malaga.

En octubre de 1986 Josh Cespedes Carballo presentd una memoria sobreHans Kelsen 19, tematica demasiado ambiciosa para resumirla en ciento treinta ytres paginas. El estudio de la regulaci6n de la quiebray de la suspensi6n de pagos

18 El Derecho de los extranjeros a la tutela efectiva de los Tribunales espanoles, Mdlaga,1986.

19 Hans Kelsen y la ceencea,luridica, Malaga, 1986.

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entendida como primera clase de la misma en las Ordenanzas del Consulado deMalaga, redactadas en 1825 y aprobadas en 1829, fue el objeto de la tesis delicenciatura de Mercedes Cordones Ramfrez, que cristaliz6 luego en una mono-grafia 20 que venia a demostrar la calidad cientffica del trabajo, la originalidad dela materia -donde se decian muchas cosas nuevas- y la exquisita y cuidadaredacci6n del texto.

Al analizar la evoluci6n de la Banca extranjera en nuestro pais, Miguel MunozCervera defendi6 una tesina z' en octubre de 1986, en la que glosaba la implanta-ci6n de la misma en Espana en tres periodos hist6ricos, desde 1829 a 1920,desde 1921 a 1959 y desde 1959 a 1986. Realiz6 un detallado examen de los tex-tos normativos, del C6digo de Comercio de 1829, del Real Decreto de extranjerfade 17 de noviembre de 1852, de la Ley de Ferrocarriles de 3 de junio de 1855, dela Ley de Sociedades de Credito de 28 de enero de 1856, de la Ley de Bancos deemisi6n de esa misma fecha, del Decreto de 28 de octubre de 1868 que derogabala Ley de Sociedades An6nimas de 1848, de la Ley de 19 de octubre de 1869, dela Ley de 14 de febrero de 1907, de la Ley de Ordenaci6n Bancaria de 29 dediciembre de 1921 con la reforma operada el 24 de enero de 1927, de la Ordende 19 de octubre de 1939, de la Ley de Ordenaci6n Bancaria de 31 de diciem-bre de 1946, del Decreto sobre inversiones de capital extranjero de 27 de juliode 1959, de la Ley de Bases de Ordenaci6n del Credito y de la Banca de 14 deabril de 1962, etc. La materia estaba abordada con rigor y, al ano siguiente, el tri-bunal no dud6 en otorgarle el Premio extraordinario de licenciatura a dichaMemoriay al ejercicio que llev6 acabo el candidato.

Maria Encarnaci6n G6mez Rojo defendi6 en noviembre de 1992 su tesis delicenciatura sobre un miembro de la generaci6n barcelonesa de 1917, que sepublic6 al completo algunos meses mas tarde 22 . Tres anos y medio antes, ElfasRomero habia presentado una memoria sobre las elecciones al Congreso de losDiputados celebradas en el distrito de Solsona en 1914, en la que trat6 de demos-trar -no sabemos si con excesivo acierto- el fraude electoral en que incurri6 PereMilA i Camps. Los resultados de la misma se publicaron ese mismo ano 23 . Con-cepci6n Serrano Alcaide consagr6 una investigaci6n a la figura de Isidre Valls i

z° Editada en colaboracl6n de Adolfo AURIOLes MARritv, a quien le unen los mdisolubleslazos del Derecho Can6mco y un disoluble vinculo civil, bajo el titulo de La quiebra en las Orde-nanzas consulares de Malaga, Malaga, 1987 .

21 La banca extranjera en Espana, Malaga, 198622 El pensameento politico, econ6mico y social de Manuel Revent6s I Bordoy, Barcelona,

1993 Tambi6n un artfculo suyo «El pensamiento social del junsta barcelonds Manuel Revent6s IBordoy (1888-1942)», se recogi6 en el Anuarto Juridlco y Econ6nuco Escurlalense, XXVI/2(1993), pp. 685-699, con ocas16n del homenaje p6stumo a Fray Josh L6pez Ortlz .

23 «Elecclones de dlputados a Cortes pot el dlstnto de Solsona el 8 de matzo de 1914 .Corrupc16n del Estado o costumbre electoral», enAnnals oftheArchive of«Ferran Valls I Taber-ner's Library», 5 (1989), pp . 47-106 .

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Pallerola 24, sobre el que ya habfa publicado una breve nota Romero Gonzalez 25,

que luego Serrano tradujo en un libro mas amplio sobre la historia de la familiadel politico y empresario catalan 26 .

En 1987, Enrique Calixto Tinoco Gonzalez present6 una tesina (dirigidadesde el area de Derecho eclesiastico) sobre la historia de los esponsales 27, conestudio y manejo arbitrario e indirecto de la doctrina de Pedro Lombardo, SantoTomas, la Decretal de Alejandro 111, recogida en c. 9, X , 4 , 1, las Partidas, elFuero Viejo, las Leyes de Toro, el Codice civile de 1942, etc.

La preocupaci6n por temas andon anos 28 del area de conocimiento de Histo-ria del Derecho y de las Instituciones llev6 a transmitir a Jean Louis HagueRoma, la sugerencia de elaborar una tesina 29, y luego una tesis 3°, sobre la evolu-ci6n politica y las instituciones p6blicas de Andorra durante la Segunda Reptibli-ca espafiola y la guerra civil.

La primera tesis doctoral se defendi6 el 6 de noviembre de 1984, a cargo delprofesor de Derecho natural Josd Calvo Gonzalez que la dedic6, a trav6s de 2.194paginas (incluidos diferentes ap6ndices), a estudiar la figura yel pensamiento dequien fuera diputado de la CEDAy ministro de Agricultura de uno de los gobier-nos presididos por Alejandro Lerroux, el catedratico de Derecho can6nico deSevilla Manuel Gim6nez Femdndez 31, quien tambi6n fue profesor de Institucio-nes can6nicas indianas en la Facultad de Filosoffa y Letras hispalense .

24 Isidre [galls i Pallerola (1858-1933), Diputado, Senador y Empresarro, Malaga, 1993 .25 «Isidre Valls i Pallerola (1859-1933), empresario y polftico cataldn en la Restauraci6n .

Notas para su estudio (1 a parte)», en AAVT, 3/4 (1989), pp . 309-317 . Romero equivoc6la fechade nacimiento e mcurn6 en no pocos dislates .

26 Historea de los Valls Unafamilza catalana deluristas, catedraticos, empresarios, poli-ticos, banqueros y ecles:fisticos (Dos siglos de derecho, finanzas y politica de la Cataluna con-temporanea), Barcelona, 1994

27 Los esponsales en el Derecho espanol normativa can6mca y civil, Malaga, 1987 .28 Cristahzada en la reed de los Privileges i ordenactons de les Valls d'Andorra de F. VALLs i

TABERNER, con aProleg» de M J . Peldez y «Estudi mtroductono a cuenta de J . Gudlamet i Anton,Zaragoza, 1990 y en los articulos de Alam DEGAGE, «Les maxtmes pohthques du Manual Digestd'Anton Fiter i Rossell, 1748», en AAVT, 11/12 (1991), pp 5-28 ; Elias ROMERO, «Irnphcaciones dela soberania sobre Andorra del Obispo de Urgel en la reforma eclesi6stica liberal del xix (a traves deun singular documento capitular de 1837, redactado por Isidre Valls i Vilaseca)» , en AAVT, 11/12(1991), pp. 29-43 ; M . J PELAEz, «El mforme de Ti so Diaz d'Harraza i Segura al Conseller de Cul-tura de la Generalitat Antom Maria Sbert i Massanet sobre la snuaci6n de Andorra en marzo de 1937(En ap6ndice carta de Josep Tarradellas i Joan a Sbert)» , en AAVT, 11/12 (1991), pp 45-56 ; MTPta.AFz y J Guu-LAm¢T i ANTON, «1-a situaci6n polithca de los valles deAndorra en abril de 1936- elmforme de Joaquim Saltor i Madorell», en Cidhppn, 12/13 (jumo-1990), pp . 2 .829-2 .883 .

29 Instituciones piiblicas, evoluc16n politica y reformasluridicas en Andorra (1931-1939),Mdlaga, 1994

30 Evoluc16n politica e instituctonesjurldeco-publicas de Andorra (1931-1939), en avanza-do estado de elaborac16n, pero, desde junio de 1997, ya fuera de Facultad juridica, por razonesque no son al caso .

31 Pensamiento politico y filos6fico-luridico del profesor Manuel Gimenez Fernandez(1896-1969), Malaga, 1984, dirigida por J.F Lorca Navarrete Sin embargo, cuando afios mAs

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Una buena tesis de contenido hist6rico fue la del actual titular de Derechocivil y Director del Departamento de Derecho privado de la Universidad deAlmeria, Alvaro Ndfiez Iglesias, que gir6 en torno al testamento por comisario,pero cerrando su investigaci6n con la publicaci6n del C6digo Civil de 1889 queprohibi6 en su art. 6701a realizaci6n del testamento por comisario o por manda-tario . La tesis fue publicada por la Fundaci6n Matritense del Notariado 3? . Comodato curioso estaba que Gaspar Melchor de Jovellanos recurri6 al sistema de«carta de poder para testar» en 1807 ycomo gran merito el manejo de la literatu-ra juridica del Derecho comun, y en particular del libro de Francisco del Carpiopublicado en 1638 .

Una tesis pollmica y controvertida fue la de Arturo Fernandez Dominguezdirigida «en la distancia» por Ismael Sanchez Bella, sobre las leyes electoralesespafiolas del siglo xix . La lectura tuvo lugar el 23 de febrero de 1985 y a tolargo de los afios recibi6 tres calificaciones 33 .

tarde se pubhc6 pane del amplisimo contemdo de dacha memona doctoral, aparece como librovelaborado» por dos autores, Javier TUSSEiL y Josh CAC.vo, Gimenez Fern6ndez, precursor de lademocracia espanola, Sevilla, 1990 En cualqmer caso, la abundante documentaci6n recogidapor Calvo sobre el itmerario mtelectual de Gimenez FernAndez no le ha permihdo conocer unfrustrado mtento en 1942 de conseguir la cdtedra de doctorado de la Umversidad Central deMadrid de Histona de la 1glesia y del Derecho Can6mco .

32 El testamento por comisario, Madrid, 1991, con «Pr6logo» de Carlos Lasarte33 Leyes electorales espafiolas de Deputados a Cortes (1810-1870), Mdlaga, 1985 . El 23 de

febrero de 1985, tras un amplio debate en el que tres de los miembros del tribunal (en particularJoaquin Tomas Villarroya, q.e .d., Catedrdtico de Teoria del Estado y especialista en el constitucio-nalismo del siglo xix) dejaban en evidencia la falta de calidad del trabajo, del que incluso el dvec-tor se lmiit6 a hacer una tenue defensa, se le otorg6 la calificaci6n de Apto, pero aphcddndosele elReal Decreto 185/1985, de 23 de enero, que regulaba los estudios de Tercer ciclo, la obtenc16n yexpedici6n del titulo de doctor, que se habia msenado en el Boletin Oficeal del Estado el 16 defebrero de 1985, numero 41, que mdicaba con claridad en su disposici6n final pnmera que entrariaen vigor el 1 de octubre de 1985 . A1 cabo de unos dfas, el Presidente del Tribunal, tras percatarse e1mismo de to acaecido, hizo gestiones y evacu6 ultenormente consulta (transcumdo un prudentialhempo) a los distintos miembros del Tribunal sobre el sentido de su nota, declarando el Excmo . Sr.Rector de la Universidad por Orden de 27 de septiembre de 1985 que quedaba anulada lacalificaci6n de Apto, debiendo Constar la de «Aprobado por mayoria» , que se mscnbi6 el 17 dediciembre de 1985 Declaraciones notariales ultenores de dos miembros del Tribunal, que no entra-ron en cueshones de fondo, m atmentes al juicio t6cmco de la tests doctoral, limitdndose a aspectosformales y excluyeron -y no sin acalorado debate- todos aquellos aspectos del contemdo del traba-jo que habfan merecido severo juicio por parte de tres miembros de dicho Tribunal, llevaron a eva-cuar nueva consulta desde el Rectorado de la Umversidad traduci6ndose en una nueva Orden de 11de abnl del Sr Martin Delgado, de que la calificaci6n a otorgar a dacha memona deberia ser legal-mente la de «Sobresaliente por mayorfa», to que se mscribi6 como nota defimhva el 6 de Juliode 1989 Cuatro anos para conseguir una nota defimtrva, que con recursos, declaraciones notanales(en las que era verdad todo to que se decia, aunque tambi6n dejaban de decvse muchas cosas queeran igualmente ciertas y veridicas, pero que podian pequdicar la aspraci6n particulanzada del yadoctorado ; es decir, eran umfacdticas, ums6micas o, si se prefiere, unilaterales), escntos, publica-ciones en diversos medios, lograba el preciado sobresaliente . Otro hubiera sido el itmerano segmdoy un mismo objetivo el alcanzado (incluso, hasta cum laude) si la memona doctoral presentadahubiera temdo una calidad que la hiciera merecedora de la nota que al final se le asign6

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El 17 de septiembre de 1990 se defendi6 la tesis de Alfredo Rodriguez Gar-cia sobre Enrique Tiemo Galvan 34, obra que demostraba la madurez alcanzada,no solo por la edad, del doctorando . Casi un ano y medio antes, el 22 de abrilde 1988 un romanista perteneciente a una saga de estudiosos del Digesto y profeso-res de Historia e Instituciones de Derecho romano, Fermin Camacho de los Rios,presentaba su tesis doctoral sobre un tema clasico de derecho de propiedad 3s .

Francisco Carrera Raya, actual profesor titular de Derecho fmanciero y tribu-tario, elabor6 una larga memoria doctoral sobre,la Deuda pdblica, en la queun 35por 100 de la misma era de contenido hist6rico, que luego public6 en una mono-graffa 36 . Lamentablemente Carrera aplic6 tanto a su tesis como al libro unametodologfa iushist6rica convencionalista y tradicional to que le fue adverttdode antemano ypuesto de manifiesto por el tribunal en el acto de su defensa, cuan-do para el analisis de la Hacienda espanola del siglo xlx han resultado de mayorprovecho la metodologfa econ6mica al use por Josep Fontana, el materialismohist6rico y las lfneas seguidas por algunos marxistas de los anos cuarenta a lossetenta de la Universidad de Cambridge y de la London School of Economics. Elformalismo y las hip6tesis conceptuales conservadoras y juridicistas de Carreraprodujeron un cierto desajuste en el trabajo.

Maria Isabel Lorca Martin de Villodres defendi6 -con su portentosa, envidia-ble y envidiada memoria- en junio de 1996 una monumental tesis doctoral -a lapar quecompleja y diffcil por el propio latin renacentista, lleno de abreviaturas, dela fuente principal manejada- sobre el jurista vallisoletano del siglo xvi Arce deOtalora 37, manifestandose la autora como un exponente atfpico en nuestros diasde la defensa del pensamiento conservadory de la nobleza concebida como acri-solado abanico de virtudes . Posici6n ideol6gica valiente la de la autora, pero pococompartida al presente en cualquier ambiente intelectual que se precie de serlo.

Carmen Sanchez Hernandez present6, con la finneza de caracter que le carac-teriza, el 2 de junio de 1995 una tesis de derecho sucesorio 38, en tribunal presidi-do por Manuel Albaladejo quten -de forma divertida, pero rigurosa- resalto,junto al resto del tribunal, el m6rito de la memoria, que dedicaba varios capftulosal examen del Derecho romano, germanico, mtermedio y codificacion . El caso deSanchez Hemdndez ttene su parang6n, en la historia de la Facultad, al del titular

34 Erica y Polittca Un estudio sobre el pensanuento del profesor Tierno Galvdn, Mdlaga,1990 . Luego pub] ic6 Tierno Galv6n- la actualidad de su pensamiento . Legado etico y politicodel viejo profesor, M6laga, 1994 y vanos articulos Hombre claro y sbltdo, Rodriguez Garcia,que no necesita oscurecer el texto, tratando de disimular otras carencias .

35 Possessto turfs, Mdlaga, 198836 Antecedentes Hist6rico-Jurldecos de la Deuda Publeca Espanola, M6laga, 1987.37 Las transformactones de la sociedad en los comienzos del Estado Moderno en torno al

pensanuento del jurtsta Juan Arce de Ot6lora, Mdlaga, 1996. El trabajo fue dtrigido por el aca-demico de Legtslac16n y Junsprudencia Angel Sdnchez de la Torre

38 La herencta yacente nuevas perspectivas, M51aga, 1995 .

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de Derecho administrativo Alberto Ruiz Ojeda. Les sobra ciencia en to que dicen,pero tambien energia. Responder a las observaciones y preguntas que hacen lostribunales y las actuales Comisiones no debe hacer perder de vista que las gace-las o las cabras no plantean batalla al le6n o al lobo. En cualquier caso y en sudefensa empalman con el viejo modelo universitario que se inaugur6 con las trin-cas en las oposiciones, donde se contestaba con notable firmeza, pero, por reglageneral, no al Tribunal sino al adversario .

La Facultad ha tenido vigente desde sus inicios un unico plan de estudios, elde 1980, trasunto casi literal (con una particularizada interpretaci6n de to queeran tres materias : Economia politica, Hacienda pfblica y Derecho fiscal -segunaprob6 el 14 de julio de 1953 la I Asamblea de las Universidades Espafiolas, reu-nida en Madrid a instancias de la Direcci6n General de EnsenanzaUniversita-ria-, aqui transformadas en Derecho financiero y tributario I y II la segunda ytercera de ellas) del de 1953 . En junio de 1994 39 la Junta de Facultad aprob6 un

39 Conocido como «Proyecto Dfez Ripolles» por ser este profesor el que mss mtervmo ensu elaborac16n, se ajustaba al Real Decreto que en 1990 regu16 las Directrices generates propiasde Licenciado en Derecho, con las asignaturas troncales alli establecidas, cuyo aumento apareciaen cuanto a la troncalidad propiamente dicha o por via de obligatonedad muy disfuncionalizado,y no se sabia a que razones era debido que unas areas crecieran el 21,42 por 100 y otras el 25 por100, el 33,33 por 100, el 50 por 100 6 el 71,42 por 100, y no todas igual . ZAcaso sus redactoresen el Mmisteno no sabfan to que hacian en to que a la asignaci6n de creditos se refiere? Da laimpresi6n de que no. Estando las materias troncales claras en el Decreto, las disciplmas obligato-nas de Facultad y ]as optathvas eran to mds novedoso del mismo . Entre las pnmeras vemos Cien-cia Polithca, El Negocio Juridico, Problemas econ6micos contempordneos, Admnustraci6n localy auton6mica, Domimo publico y patnmomos pnvados de las admmistraciones publicas, Dere-cho de la Protecc16n Social e Histona del Pensarmento Juridico . Respecto a las optativas, se dis-trnbulan en dos ciclos, y el conjunto de las mismas abarcaba Derecho Pbblico Romano, DerechoCan6nico, Teoria e Historia de la Codificaci6n Europea, Historia de la Teorfa Polihca, Integra-ci6n Econ6mica Europea, Derecho de Danos, Penologfa y Derecho Penitenciano, Teoria de losDerechos Humanos, Derecho Constntucional Comparado, Derecho Electoral, OrgamzacionesInternacionales, Relaciones Intemacionales, Orgamzaci6n Jurnsdiccional Europea, PropiedadInmobiliana, Introducci6n a la Crnmmologfa, Derecho Estatutano Andaluz, Analisis econ6micodel Derecho, Derecho y Mercado de Trabajo, Historia del Pensamiento Jurrdico en Andalucia,Derecho del Consumo, Crisis juridicas matnmomales, Derecho del Comercio Internacional,Ordenaci6n del Territorio y Urbanismo, Derecho Admimstrativo Econ6mico, Delitos sociecon6-micos y en el dmbito de la empresa, Delitos en el ambito de la Admimstraci6n Publica, DerechoFmanciero y Tnbutano local, Derecho Trnbutano de la Empresa, Derecho bancario y bursatil,Derecho de la Navegac16n y Derecho Procesal Laboral . El "proyecto Dfez Ripolles" no era malo(hay queen censur6, algo msensatamente, con facundia mas que con rigor, que hubiera optativasde Derecho Penal en el segundo ciclo, to que por la especificidad de las dos matenas de que setrataba a otros nos parec16 siempre coherente . iQue sentddo tiene estudiar en un primer ciclo losdelitos en el ambuo de la empresa, si previamente no se ha explicado en Derecho Mercantil toque es una empresa!), aunque el peso del Derecho publico sobre el pnvado resultaba absoluta-mente desproporcionado y en mngiin caso las directrices alemanas, francesas e italianas quemencionamos en texto le atnbuyen tan apabullante densidad al pnmero sobre el segundo, y enalgun caso la desproporc16n es clamorosa . Llega a mis manos la guia de la Harvard Law Schoolpara 1997, y constato que el Administrative Law cuenta s61o con cuatro cr6ditos, el Administrati-ve Law . The Regulatory Process con tres, y un seminano de otros tres crdditos dedicado a Admi-

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proyecto de nuevo plan, que quedo aparcado, manteniendose vigente el de 1953 .El problema principal radica en que las directrices propias espafiolas de 1990 seredactaron para uniformarnos con Europa. Por contra no tienen nada que ver (yda la impresion de que sus redactores debfan de estar a la oluna de Valencia,mirando hacia Marruecos o fijos en 1953) con el «Gesetz zur Verkurzung derJuristenausbildungo de 20 de noviembre de 1992 40 ; con el Arrete de 19 de febre-ro de 1993 del Ministerio de Educaci6n Nacional que regulaba el Diploma deestudios universitarios generales en Derecho y las «licences» y «maitriseso delsector del Derecho y de la Ciencia Politica con la modificacion del Arrete de 12de julio de 1993 y del de 5 de julio de 1994, y con el Decreto de 11 de febrero de1994 del Ministerio de Universtdades y de Investigaci6n Cientifica yTecnolbgi-ca que establecfa las «Modificazioni all'ordinamento universitario didattico rela-tivamente al corso di laurea in giurisprudenza» 4', con la ulterior modificacionoperada por el Decreto de 31 de mayo de 1995 °2 . «Verite en deqa des Pyrenees,erreur au-dela», decfa Blas Pascal.

En dos ocasiones ha correspondido a la Facultad de Derecho el discurso deapertura del ano academico. En 1983 a Jose Maria Martfn Delgado, quien disertocon gran brillantez (que nunca le falta) sobre el Derecho tributario y ststemademocratico 43 . En un sesenta por ciento (cuando se ley6 ; en 1997, es ya historiaen su casi totalidad) su largo discurso tiene un contenido historico y maneja btenlos textos clasicos, aunque incurre en algiin error de antologfa confundiendo elDigesto de Justiniano con el Decreto de Graciano . El catedrattco de Derechoromano, Antonio Ortega, ley6 un texto de prosa cltisica sobre el Derecho penalen las XII Tablas 4°, en 1988, en el que asombro mas que el contenido, cuya cali-dad nadie oso poneren duda en el acto, la escenificacifin formal del mismo 45 . No

mstrative Law Advanced, Legal Structures & Policy Making, junto a tres mds del Local Govern-ment Law, en todos los casos optativos, y eso de un total de 241 asignaturas y semmanos, esdecir, cuatro materias . Atitulo comparativo, y estamos hablando de Harvard, no de las Facultadesde Derecho de Algeciras o de Foggia, hay 24 matenas y semmarios de Derecho Intemacional yRelaciones Intemacionales, 22 entre los que en Espafia cubren las areas de Filosofia del Derecho,Moral y Polftica e Histona del Derecho y de las Instrtuciones, 41 en to que se refiere a las deDerecho Civil y Derecho Mercantd Aunque, tambien es cierto, que es muy numeroso el abanicode matenas de Derecho Constitucional y Derecho Fmanciero y Tnbutano .

40 Bundesgesetzblatt, 27 de noviembre de 1992, nCim . 54, pp. 1 .926-1 .927.41 Gazzeta Ufficiale della Repubblica Itakana, 27 de sumo de 1994, num . 148, pp . 15-1842 Gazzeta Ufficiale della Repubblica Italiana, 14 de noviembre de 1995, ndm . 266, pp 10-11 .43 Derecho Tributarto y Sestema Democr6nco, Malaga, 198344 De los delitos y las sanciones en la ley de las XII Tablas, Malaga, 1988 .45 El incipet no es el ritual, pero resulta atractivo : «Mujeres y hombres mvestidos de aucto-

ritas, que desde vuestros mandatos nos presidis . Mujeres y hombres excelentes e ilustres todos,que me escuchais» (ORTSGA, De los deluos, p. 11) Conclufa el discurso de la stgwente e mhab-tual forma . <(Y ya es el final de mi ttempo Aun dos palabras Decia Marcia] (Epigram l, 27, 7).detesto a los comensales de buena memona. Y yo remedo los escuchantes con retentiva conshtu-yen una latente amenaza para el que habla ; por esto, rogaria a aquellos de ligera memorna to

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gust6 al entonces rector Martin Delgado, como tampoco al quizas romanista masprestigioso en vida 46, Alvaro d'Ors, pero ni uno ni otro reprocharon el substrato(al menos, d'Ors en parte) y la apoyatura bibliografica y critica de Ortega, sinosu aparici6n en un teatro ante el presidente de la ComunidadAut6noma como side un patricio romano se tratara . Anosotros, por el contrario, nos parece un meri-to digno de la mas ferviente loa: lograr amenidad y rigor cientifico, hablando aun auditorio variopinto sobre un texto juridico con algo mas de dos mil cuatro-cientos anos de antigiiedad .

Para concluir, mucho se podria decir sobre los conferenciantes que han pasa-do por las tres sedes materiales de la Facultad, entre los que se encuentran mas dedos centenares de catedraticos y profesores titulares de Universidad (las areas deDerecho administrativo y de Derecho penal se llevan la primacia, en cuanto ainvitados se refiere), el actual presidente del Gobierno, tres presidentes del Tribu-nal Constitucional, diputados, senadores, dos de los jefes del ejecutivo de laComunidad Aut6noma andaluza, y una veintena de sus consejeros y, por su pues-to, Francisco Tomas y Valiente, objeto de este homenaje, quien to hizo invitadopor el Decanato de la Facultad y el Ilustre Colegio de Abogados de Malaga,cuando era presidente del Tribunal Constitucional, aunque su conferencia tuvolugar en el sal6n de actos de una conocida entidad financiera andaluza . El asesi-nato del profesor Tomas y Valiente a manos de un brazo ejecutor de la bandaterrorista ETApropici6 un acto masivo celebrado en la Facultad, en el que elentonces decano en funciones, Angel Rodriguez-Vergara, ley6 un corto peroemotivo mensaje, que fue seguido de cinco minutos de silencio y el cierre de lasinstalaciones de la Facultad . Se distribuyeron ejemplares del curriculum vitae deTomas y Valiente entre los numerosos asistentes al acto .

MANUEL J. PELi1EZ

mismo que los comed16grafos latinos pedian ritualmente a sit auditorium una vez concluida laobra : Plaudue, aplaudidl, si gustais . Gracias. Muchas gracias» (p . 81) . Me encanta escnbiendoOrtega y admtro sit claridad (esto no tanto) y elegancia con la pluma Mentono igualmente porsit cordura y saber estar. No en vano, «annosa vulpes haud capitur laqueo»

4b <<Hoy se premia y se honra a Alvaro d'Ors, un gran romanista, posiblemente el mejor» .Asf to defimb en 1996 Gregono Monreal, Presidente de la Eusko Ikaskuntza al otorgarle el pre-mio de Humamdades y Ciencias Sociales en acto con presencia de los Rectores de las Umversi-dades de Navarra, Publica de Navana, Pais Vasco y Pau et Pays de 1'Adour, amdn del Presidentede la Real Academia de Legislacibn y Junsprudencia . En contra se pronuncib el editonalista deldiano nacionalista Egin