hay cosas que para saberlas bien no basta con haberlas aprendido

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Hay cosas que para saberlas bien no basta con haberlas aprendido (Immanuel Kant) PREGUNTA. Excelencia con calidad como resultado del proceso educativo es consecuencia de los objetivos planteados claros y precisos que dan paso a estrategias pedagógicas bien formuladas? ¿Por qué sí? ¿Por qué no? El mandato constitucional: perspectiva jurídica El artículo 44 de la Constitución consagra la educación como un derecho fundamental y luego en el artículo 67 establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación” Además establece que “corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo”. (Diálogo nacional sobre la evaluación del aprendizaje en el aula pág., 15,16) El estudio de investigación es claro en el sentido de que:” La calidad de la educación, en una perspectiva social democrática, debe evaluarse por su capacidad de transformación de la sociedad 1

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Hay cosas que para saberlas bien no basta con haberlas aprendido (Immanuel Kant)

PREGUNTA.

Excelencia con calidad como resultado del proceso educativo es consecuencia de

los objetivos planteados claros y precisos que dan paso a estrategias pedagógicas

bien formuladas? ¿Por qué sí? ¿Por qué no?

El mandato constitucional: perspectiva jurídica

El artículo 44 de la Constitución consagra la educación como un derecho fundamental y luego en el artículo 67 establece que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación” Además establece que “corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo”. (Diálogo nacional sobre la evaluación del aprendizaje en el aula pág., 15,16)

El estudio de investigación es claro en el sentido de que:” La calidad de la educación, en una perspectiva social democrática, debe evaluarse por su capacidad de transformación de la sociedad en relación con indicadores de equidad, calidad de vida, producción de conocimiento y participación.

En todos los casos la educación con calidad es un proceso de verificación que implica un alto grado de investigación, y como tal requiere unas condiciones básicas para que el resultado sea confiable:

1. Tener claridad sobre el propósito de los objetivos: qué se quiere evaluar y qué uso se le dará al resultado de la evaluación

2. Tener una comprensión sobre aquello que se desea evaluar, a fin de definir el método más adecuado para realizar los procesos de evaluación y poder interpretar adecuadamente los resultados.

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3. Definir una metodología que permita recopilar los datos necesarios, organizarlos, procesarlos y producir unos resultados.

4. Tener claridad sobre la forma de comunicar los resultados obtenidos a personas o instituciones interesadas.

En agosto de 1994 se expide el decreto 1860 que reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994, en aspectos pedagógicos y organizativos generales. Esta norma cubre un amplio espectro de temas relacionados con la prestación del servicio educativo, los agentes responsables, la organización de la educación formal (niveles, ciclos y grados), títulos y articulación de la oferta educativa. En esta norma se reglamenta lo correspondiente al proyecto educativo institucional (PEI), que ha tenido un impacto muy grande en la autonomía institucional, en los mecanismos de participación y en la organización interna de las instituciones educativas.

El decreto 1236 de 1995 establece criterios especiales para establecimientos educativos organizados con base en convenios internacionales, de tal manera que puedan incorporar normas de evaluación de otros países.

• En 2002 se promulga el decreto 230, que dicta normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los estudiantes.

Un propósito claro del Ministerio de Educación es impulsar iniciativas que permitan enriquecer la discusión a partir de prácticas exitosas, mediante actividades conjuntas entre las universidades y los colegios, la creación de redes virtuales, la constitución de bancos de preguntas y otros mecanismos que permitan a maestros y estudiantes encontrar nuevos modelos de trabajo pedagógico en torno a la educación. (Diálogo nacional sobre la evaluación del aprendizaje en el aula).

El desarrollo e implementación de la calidad será sostenible por la capacidad para mantener los logros de bienestar que vayamos conquistando. Por de ello, es preciso entregar a las personas los recursos y capacidades, de oportunidades de participación y de facultades para decidir. En definitiva, habilitarlas para gobernar sus existencias individuales y colectivas sin que ello atenúe el compromiso del Estado con el bienestar de todos, sin exclusiones.

En el informe de Seguimiento de la Educación Para Todos (EPT en el Mundo 2005) elaborado por la UNESCO define: Definición de la calidad: Dos principios caracterizan la mayoría de las tentativas de definición de lo que es una educación de calidad: el primero considera que el desarrollo cognitivo del educando es el objetivo explícito más importante de todo sistema educativo y, por consiguiente, su éxito en este ámbito constituye un indicador de la calidad de la educación que ha recibido; el segundo hace hincapié en el papel que desempeña la educación en la promoción de las actitudes y los valores relacionados con una buena conducta cívica, así como

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en la creación de condiciones propicias para el desarrollo afectivo y creativo del educando.

La Unesco ha establecido 6 objetivos como importantes para lograr una Educación con calidad para todos y son:

1- Objetivo 1- Atención y educación de la primera infancia (AEPI).

2-Objetivo 2-infancia (AEPI). Enseñanza primaria universal.

3-Objetivo 3-Aprendizaje de jóvenes y adultos.

4-Objetivo 4- Alfabetización.

5 Objetivo 5- Igualdad entre los sexos.

6- Objetivo 6 – Calidad.

El valor del IDE (índice de educación) oscila entre 0 y 1. Cuanto más se aproxima un país al valor máximo del IDE, tanto más cerca se halla del cumplimiento de sus objetivos y tantos mayores son sus logros en la realización de la EPT.

Este informe subraya que la pobreza no es un obstáculo insuperable para lograr rápidos progresos hacia el logro de la EPT.

Es por estos postulados, y más de estudios a nivel País, e internacionales que muestran como la calidad permea todos los ámbitos de la educación y por supuesto del desarrollo de la sociedad, la nueva sociedad del conocimiento, la economía del conocimiento. Estoy de acuerdo- Si- a la pregunta.

WEBGRAFÍA.

http://www.unesco.org/education/gmr_download/es_summary.pdf

Informe de Seguimiento de la EPT en el Mundo Resumen

:http://www.oei.es/metas2021/foroevaluacion.htm

http://www.plandecenal.edu.co/html/1726/articles-160745_archivo_pdf.pdf

PLAN DECENAL EN ACCIÓN EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y CALIDAD DE LA EDUCACIÓN LINEAMIENTOS DE DISCUSIÓN.

Estos documentos han sido elaborados por Francisco Cajiao, asesor del Ministerio de Educación,

Hernando Bernal A.

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XI-15-2014.

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