hacia la ley de responsabilidad penal adolescente unidad 5:educaciÓn cÍvica formación valórica

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Hacia la Ley de Hacia la Ley de Responsabilidad Responsabilidad Penal Adolescente Penal Adolescente UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA Formación valórica Formación valórica

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Page 1: Hacia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA Formación valórica

Hacia la Ley de Hacia la Ley de Responsabilidad Responsabilidad

Penal AdolescentePenal Adolescente

UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA

Formación valóricaFormación valórica

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La Ley de La Ley de Responsabilidad Responsabilidad

Penal de Penal de AdolescentesAdolescentes

Page 3: Hacia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA Formación valórica

Ley 20.084 versus ley 16.618Algunas razones para el cambio normativo

1. Transición del sistema tutelar al sistema de la protección integral; De objeto a sujeto de derecho.

2. Transición del sistema penal de adultos a un sistema de responsabilidad penal especial para adolescentes.

3. Eliminar el “discernimiento” y e introducir el concepto de responsabilización.

4. Establecer una edad única de responsabilidad penal. Se fija los 14 años.

5. Terminar con el sistema de medidas de protección para adolescentes que cometen delitos y obran sin discernimiento. Se terminan los COD-CERECO.

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Antecedentes Generales

Crea, por primera vez en nuestra historia, un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes entre 14 y 18 años, coherente con la Convención de Derechos del Niño

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Propósito de la Ley

“Hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos

delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa

amplia y orientada a la plena

integración social” Art. 20

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a) Adolescentes que cometen delitos de edad y de escasa gravedad: se trata de infracciones cometidas por los adolescentes, que es razonable atribuir a características normales de esta etapa de la vida. Alcanza a un 56,8% del total

b) Adolescentes que cometen delitos de mediana gravedad. Estos adolescentes se encontrarían en una etapa intermedia en el desarrollo de una opción delictiva, con importantes elementos de falta de responsabilización. Alcanza a un 31,8% del total.

Agrupación de Adolescentes por Delito

© Dederej- Sename

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c) Adolescentes con una avanzada carrera delictiva. En este grupo las infracciones graves representan un paso adelante en una opción delictiva respecto de las de mediana gravedad. En términos aproximados, correspondería a la sumatoria de delitos graves y crímenes (con penas que van de los tres años y un día a cinco años o diez años, según límite de la ley), que alcanza a un 8,8% del total.

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Principios Generales

Legalidad: sólo podrán castigarse las conductas expresamente señaladas, tanto en el Código Penal como en leyes penales especiales.

Especialización: todos los actores que intervengan en las causas de adolescentes, deberán estar capacitados

Reinserción social: será misión del nuevo sistema de ejecución intencionar la reinserción social de los adolescentes infractores

Proporcionalidad y diversidad de las sanciones: se consagra un amplio catálogo de sanciones

Control jurisdiccional de la ejecución: durante la ejecución de la sanción, serán los jueces de garantía quienes velarán por su efectivo cumplimiento y por el respeto de los derechos del condenado;

Page 9: Hacia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA Formación valórica

Principios Generales

Concentración del procedimiento: pretende acortar la duración del proceso porque se afectan los derechos de un sujeto en desarrollo cuya noción de tiempo es diferente de la de los adultosDerecho a defensa: el adolescente tiene derecho a ser asistido por un abogado Interés superior del niño: se expresa en el reconocimiento y respeto de sus derechos.Legalidad de las medidas cautelares personales: durante el juicio no se podrá citar, detener ni someter a prisión preventiva, sino en los casos y en la forma permitidos por la ley.Privación de libertad: es una medida de último recurso.

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1° La responsabilidad PENAL de los ADOLESCENTES por los DELITOS que cometan.

2° El PROCEDIMIENTO para la averiguación y establecimiento de esta responsabilidad.

3° La determinación de las SANCIONES procedentes.

4° La forma de 4° La forma de EJECUCIÓN de tales EJECUCIÓN de tales sanciones.sanciones.

REGULAREGULA

Contenido de la Ley N° 20.084

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8. TIPOS DE SANCIONES

No Privativas de libertadNo Privativas de libertad

Privativas de libertadPrivativas de libertad

AccesoriasAccesorias

Libertad Asistida EspecialLibertad AsistidaReparación del DañoServicios ComunitariosMultaAmonestación

Prohibición de conducir vehículo motorizado.

Tratamiento de drogas

Internamiento en régimen cerrado cprs

Internamiento en régimen semicerrado cprs

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Sanciones

Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social;

Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social;

Libertad asistida especial;Libertad asistida;Prestación de servicios en beneficio de la

comunidad, yReparación del daño causado

Prestación de servicios en beneficio de la comunidad;

Reparación del daño;Multa, yAmonestación.

Penas de delitos

Penas de faltas

Pena accesoria

Sanción accesoria

Prohibición de conducir veh. motorizados

Tratamiento en alcohol y droga

Sanciones Mixtas

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Crímenes y simples delitos

Faltas calificadas art. 1 inc.3°

Faltas calificadasart. 1 inc. 3°

Otras faltas Art. 1° inc. 3°, última parte

El mayor de 14 y menor de 18 años

Adolescentes = MAYORES de 14 y MENORES de 18 años

JUEZ DE JUEZ DE GARANTIAGARANTIA

L. 20.084 L. 20.084 El mayor de 16 y menor de 18 años

El mayor de 14 y menor de 18 años

JUEZ DE JUEZ DE FAMILIAFAMILIA

L. 19.968L. 19.968

Ámbitos de Aplicación de la Ley 20.084 y 19.968

El mayor de 14 y menor de 16 años

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494 N° 1: Desórdenes en espectáculos públicos.

494 N° 4: Amenaza con arma blanca o uso de ellas en riña

494 N° 5: Lesiones leves

494 N° 19 rr. con 477: Incendio en bienes menos de 1 UTM

494 N° 21 Daños menores a 1 UTM

494 bis: Hurto-falta

496 N° 5: Ocultamiento de identidad ante la autoridad496 N° 26: Tirar piedras u otros, en parajes públicos, o a casas o edificios

Ley 20.000: Drogas

Faltas calificadas

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LÍMITES PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

• La privación de libertad se utilizará sólo como medida de último recurso.

• En ningún caso se podrá imponer una pena privativa de libertad si un adulto condenado por el mismo hecho no debiere cumplir una sanción de dicha naturaleza.

• Las penas de internación no podrán exceder de:- 5 años para infractor de 14 a 16 años- 10 años para los infractores de 16 a 18 años.

• Límite específico a las duración Sanciones:- Libertad Asistida: 3 años- Reparación del daño: Mínimo 30 y max. 120 hrs.- Multa: 10 UTM

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Programas para la Programas para la Ejecución de las Ejecución de las Medidas LRPAMedidas LRPA

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SISTEMA NACIONAL DE ATENCION SOCIOEDUCATIVO PARA ADOLESCENTES INFRACTORES DE LEY

Componentes generales del modelo socioeducativo

Responsabilización

Reparación del adolescente

Habilitación

Proceso para la inclusión social

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• Adolescentes de ambos sexos que al momento de la comisión de un delito sean mayores de 14 y menores de 18 años.

• Los y las adolescentes imputados de la comisión de un delito y sometidos a medida cautelar.

• Los y las adolescentes responsables penalmente de la comisión de un delito.

Sujeto de Atención/con LEY

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Centros Privativos de Libertad (administración directa de Sename):Centros de Internación ProvisoriaCentros de Cumplimiento de PenaCentros Semicerrados(Incluye Guardia Perimetral de Gendarmería

Circuito Infractores/ LRPA

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Programas administrados por Organismos Acreditados*Programas de Libertad Asistida, Libertad Asistida Especial y Cautelares Ambulatorias*Programa de Reparación y Servicios en Beneficio de la Comunidad

Programas Específicos

Tratamiento de consumo problemáticos de drogas

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Metología de Intervención

Líneas de Acción Contenidos

Línea de Acción Individual Conductas, habilidades y actitudes de los adolescentes que favorezcan su responsabilización y reinserción social.

Línea de Acción Familiar Orientado al desarrollo de competencias parentales (empoderamiento) que favorezcan el control de la conducta del joven y su vinculación con redes sociales

Línea de Acción Social y Comunitaria

Identificación, fortalecimiento y ampliación de la vinculación social del joven con los distintos sistemas de redes en los que se inserta.

Línea de Acción de Acceso a Programas Sociales y Políticas Públicas

Identificación y vínculo con las políticas sociales estatales, con el fin de facilitar su reinserción social.

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Programas para Programas para las Sanciones no las Sanciones no

Privativas de Privativas de LibertadLibertad

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Caracterización

• Las sanciones no Privativas de Libertad dispuestas por la Ley 20.084 y administradas por el DEDEREJ son:

Reparación del Daño y Servicios en Beneficio de la Comunidad (con cobertura nacional)

Libertad Asistida & Libertad Asistida Especial (con cobertura nacional)

• Su ejecución se lleva a cabo a través de organismos acreditados quienes se adjudican proyectos a través de licitación pública.

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Ventajas de su Aplicación

• La incorporación de penas alternativas a la privación de libertad satisface mejor el principio de proporcionalidad entre delito y sanción

• Racionaliza el uso de la cárcel, limitando los costos económicos, personales y sociales de la privación de libertad

• Reduce la desocialización

• En el caso de sanciones de Reparación o Servicio en Beneficio de la Comunidad, la pena no privativa de libertad reconoce e incorpora los intereses de la victima

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Programa Servicios en Beneficio de la Programa Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CausadoComunidad y Reparación del Daño Causado

La La reparación del dañoreparación del daño consiste en la consiste en la obligación de resarcir a la victima el perjuicio obligación de resarcir a la victima el perjuicio causado con la infracción, sea mediante una causado con la infracción, sea mediante una prestación en dinero, la restitución o prestación en dinero, la restitución o reposición de la cosa objeto de la infracción o reposición de la cosa objeto de la infracción o un servicio no remunerado en su favor. En un servicio no remunerado en su favor. En este ultimo caso, la imposición de la sanción este ultimo caso, la imposición de la sanción requerirá de la aceptación previa del requerirá de la aceptación previa del condenado y de la victima”condenado y de la victima”

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Servicios en Beneficio de la Comunidad ( Art.11 de LRPA)

“ La sanción de prestación de servicios en beneficio de la comunidad consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de las personas en situación de precariedad.

La prestación de servicios en beneficio de la comunidad no podrá exceder en ningún caso de 4 hrs. diarias y deberá ser compatible con la actividad educacional o laboral que el adolescente realice. La sanción podrá tener una extensión mínima de 30 hrs. y máxima de 120”.

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LIBERTAD ASISTIDA(PLA)

• ES LA SUJECION DEL ADOLESCENTE AL CONTROL DE UN DELEGADO, CONFORME A UN PLAN DE DESARROLLO PERSONAL, BASADO EN PROGRAMAS Y SERVICIOS QUE FAVOREZCAN SU INTEGRACION SOCIAL.

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LIBERTAD ASISTIDA ESPECIAL

• EN ESTA MODALIDAD DE LIBERTAD ASISTIDA SE DEBE ASEGURAR QUE EL ADOLESCENTE

ASISTA A UN PROGRAMA INTENSIVO DE ACTIVIDADES SOCIO-EDUCATIVAS Y DE REINSERCION SOCIAL:

1. EDUCACION FORMAL2. CAPACITACION LABORAL3. PROGRAMAS DE TRATAMIENTO Y

REHABILITACION DE DROGAS, CUANDO SEA NECESARIO.

4. FORTALECIMIENTO DEL VINCULO FAMILIAR.

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Oferta Regional de SENAME

Actuales Programas de Intervención Ambulatoria para Adolescentes Infractores:

Temuco (Cautín –excepto lacustre)

Angol (Malleco)

Villarrica (Lacustre)

Programas de Libertad Asistida

y

Libertad Asistida Especial

+ (Cautelares Ambulatorias)

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Oferta Regional de SENAME

Actual Programa de Reparación a la Víctima y

Servicios en Beneficio de la Comunidad

Temuco

Cobertura Regional

Programa Servicios Programa Servicios en Beneficio de la en Beneficio de la Comunidad y Comunidad y Reparación del Daño Reparación del Daño CausadoCausado

*

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Programas Programas para las para las

Sanciones Sanciones Privativas de Privativas de

LibertadLibertad

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Caracterización

• Las sanciones Privativas de Libertad dispuestas por la Ley 20.084 y administradas por el DEDEREJ son:

Internación en Régimen Semi Cerrados con Programa de Reinserción Social (con cobertura nacional)

Internación en Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social (con cobertura nacional)

• Su ejecución se llevará a cabo en centros de administración directa del Servicio Nacional de Menores.

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1.- CENTRO DEINTERNACIÓN PROVISORIA

Quienes ingresen a un Centro de Internación Provisoria serán adolescentes de uno y otro sexo que hayan sido imputados de la comisión de crimen siendo mayores de 14 años y menores de 18 años de edad.

Ingresarán por Resolución dictada por el Juez de Garantía competente, a la espera que se resuelva su situación procesal.

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2.- CENTRO CERRADO DE PRIVACIÓN DE LIBERTADcon programa de reinserción social

Dar cumplimiento a la sanción de internación en régimen cerrado

ordenada por un Juez competente, para adolescentes que han infringido la ley

penal, generando un proceso socioeducativo que le permita la

reinserción social y que garantice el cumplimiento de los derechos

establecidos en la ley.

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3. Centro de Internación en Régimen Régimen SemicerradoSemicerrado con programa de reinserción social

Ejecutar la sanción de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social en el marco de una acción de control, responsabilización y garantía de derechos, cuyo fin sea la reinserción social del adolescente

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Oferta Regional de SENAME

Actual Centro de Observación y Diagnóstico

COD Inapewma

Chol Chol

Cobertura Regional

Centro de Centro de Internación Internación Provisoria Chol CholProvisoria Chol Chol(CIP Chol Chol)(CIP Chol Chol)

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Oferta Regional de SENAME

Actual Centro de Rehabilitación Conductual

Cereco Inapewma

Chol Chol

Cobertura Regional

Centro de Centro de Internación Régimen Internación Régimen Cerrado de Chol Cerrado de Chol Chol Chol (CIRC Chol Chol)(CIRC Chol Chol)

Page 37: Hacia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente UNIDAD 5:EDUCACIÓN CÍVICA Formación valórica

Oferta Regional de SENAME

Sin Oferta Actual

Centro de Centro de Internación Régimen Internación Régimen SemiCerrado de SemiCerrado de TemucoTemuco(CIRSC Temuco)(CIRSC Temuco)RegionalRegional

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Coberturas estimadasCoberturas estimadas

Semi-Cerrado

Fem. = 5 adolescentes

Masc.= 16 adolescentes

(ampliable a 32)

Centros Cerrados

CC Fem. = 5 adolescentes

CC Masc. = 28 adolescentes

(ampliable a 42)

Internación ProvisoriaCIP Femenino = 5 adolescentesCIP Masculino = 28 adolescentes

Libertad Asistida, Especial y Cautelares: 210 a 290

Reparatorias: 50 Estudio de Demanda Minju + Capacidad Sename +U. de Chile

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Coberturas estimadasCoberturas estimadas

Semi-Cerrado

Femenino = 2 adolescentes

Masculino= 39 adolescentes

ampliable a 40

Centros Cerrados

CC Femenino = 2 adolescentes

CC Masculino = 27 adolescentes

ampliable a 42

Internación ProvisoriaCIP Femenino = 2 adolescentesCIP Masculino = 13 adolescentes

Libertad Asistida: 129

Reparatorias: 45

Estudio de Demanda Minju + Capacidad Sename

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Cautín

Malleco

PROGRAMAS NO PRIVATIVOS PROGRAMAS NO PRIVATIVOS DE LIBERTAD:DE LIBERTAD: LIBERTAD ASISTIDALIBERTAD ASISTIDA (LA,LAE,CA):•ANGOL •TEMUCO•VILLARRICA

REPARATORIASREPARATORIASTEMUCO (REGIONAL)

CENTRO PRIVATIVO DE CENTRO PRIVATIVO DE LIBERTADLIBERTAD

CERRADO, INTERNACION CERRADO, INTERNACION PROVISORIA PROVISORIA (Masculino/Femenino)(Masculino/Femenino)•Regional, Chol Chol

SEMICERRADO,SEMICERRADO,•Regional, Temuco

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