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GUIA DE ORIENTACIÓN -Memoria de Autoevaluación- INSPECCIÓN EDUCATIVA

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ÍNDICE

ORIENTACIONES PARA LA AUTOEVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS ........ 2

BLOQUE I – CONCEPTUALIZACIÓN Y MARCO LEGAL .......................................... 3

1 SENTIDO DE LA AUTOEVALUACIÓN............................................................... 3

2 NORMATIVA QUE REGULA LA AUTOEVALUACIÓN EN ANDALUCÍA...................... 4

3 LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN .............................................................11

3.1 El punto de partida: datos que dispone el centro 12

3.2 El contenido de la Memoria de Autoevaluación 12

3.3 Cumplimentación de la Memoria de Autoevaluación en el sistema de información Séneca 14

BLOQUE II – CUMPLIMENTACIÓN EN SÉNECA ..................................................15

1 ACCESO AL MÓDULO..................................................................................15

2 EJEMPLOS DE CUMPLIMENTACIÓN ...............................................................19

2.1 Parte A. Valoración de logros y dificultades del curso… 19

2.2 Parte B. Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro del curso… 22

BLOQUE III - CONSIDERACIONES FINALES......................................................28

BLOQUE IV – RESUMEN ESQUEMÁTICO...........................................................29

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ORIENTACIONES PARA LA AUTOEVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

La autoevaluación de los centros educativos es un proceso esencial de su funcionamiento que contribuye significativamente a conocer sus logros y dificultades, además de asumir medidas eficaces para el cumplimiento de sus fines, que se concretan en torno al éxito escolar de todo su alumnado. Para ello es necesario que el centro ponga el énfasis en lo fundamental, de la manera más objetiva y participada, que permita determinar cómo se encuentra, hacia dónde debe ir y qué hacer, con claridad y de una manera comprensible.

La autoevaluación, por tanto, se convierte en el elemento clave de la propia dinamización de los procesos de planificación y mejora de los centros educativos. Atribuye mayor responsabilidad a la capacidad de liderazgo del equipo directivo, y a los órganos de gobierno y coordinación docente, sobre las decisiones que hay que tomar para contribuir, sobre todo, a la eficacia de los procesos de aprendizaje del alumnado.

La voluntad de las presentes orientaciones es asesorar sobre el proceso de autoevaluación centrado en factores clave de la organización escolar que contribuyan a la mejora de los logros escolares. Es necesario, por tanto, fomentar y generar el clima y la conciencia de la necesidad de una autoevaluación continua que contribuya a que cada centro mejore por sí mismo la calidad educativa, cohesionando el trabajo diario y aumentado, con sus propias medidas de mejora, la eficacia de una respuesta educativa profesional y diferenciada en beneficio del alumnado.

La Inspectora General de Educación

Trinidad Martínez García

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BLOQUE I – CONCEPTUALIZACIÓN Y MARCO LEGAL

1 SENTIDO DE LA AUTOEVALUACIÓN

La autoevaluación es un proceso transparente y participado de reflexión sobre la propia práctica que genera compromisos en los miembros de la comunidad educativa, con el objetivo de mejorar los procesos de aprendizaje y los logros escolares del alumnado y, en consecuencia, la actividad profesional docente y la organización escolar.

Debe estar integrada en el funcionamiento ordinario del centro, además de dotada de la suficiente simplicidad y comprensión para todos los que intervienen y participan, de manera que se perciba como positiva y necesaria, Asimismo atender a los puntos de vista de los distintos miembros de la comunidad educativa y propiciar la participación eficaz de los órganos de gobierno y coordinación docente.

La autoevaluación no es ni se puede convertir en un simple acto formal de rendición de cuentas, con la cumplimentación de un documento a través del sistema de información Séneca, para cumplir con un precepto normativo supervisado por la inspección educativa. Muy al contrario, debe constituirse en la palanca de mejora del centro con el mayor grado de integración y compromiso en el día a día, mediante mecanismos y fechas de revisión que permitan conocer qué se está haciendo y qué nivel de logro alcanzan las medidas acordadas a lo largo de diferentes momentos del curso.

La autoevaluación asume la renovación como necesaria, se apoya en la implicación del profesorado y se concreta en propuestas de mejora. Se fundamenta en el compromiso con la calidad como reto continuo de la actividad profesional docente. El liderazgo del equipo directivo será determinante en el cómo es asumida y desarrollada.

La autoevaluación, a su vez, es un proceso formativo que permite desarrollar una cultura cada vez más compleja y crítica de la evaluación de centros, dando sentido a su autonomía. En la actualidad, se reconoce que la mejora en las instituciones escolares no se consigue simplemente a través de evaluaciones externas, aunque tengan su influencia en la misma. Se logra, sobre todo, con el ejercicio de una consistente autoevaluación interna, una vez asumida la verdadera autonomía por parte del centro, que sea capaz de diagnosticar con certeza su situación en cada momento y adoptar las medidas necesarias para afrontarla. Las evaluaciones externas vienen a confirmar la coherencia del trabajo de autoevaluación que se viene realizando, la eficacia de las medidas que se adoptan y de la planificación que se desarrolla.

Desde la participación y la consideración del contexto de cada centro, la autoevaluación integra la diversidad y la divergencia de opiniones de profesorado, alumnado y familias en un ambiente de entendimiento, colaboración y con la firme voluntad de mejora.

Los procedimientos de participación serán flexibles y revisables, apostando por la renovación y la innovación que recurrentemente necesitan las organizaciones para actualizar y encontrar sentido a lo que hacen.

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La autoevaluación no sólo debe centrarse en lo mejorable, es necesario también constatar las buenas prácticas, lo que se ha conseguido, lo bueno que se realiza y satisface como logros, lo que hay que mantener y potenciar.

2 NORMATIVA QUE REGULA LA AUTOEVALUACIÓN EN ANDALUCÍA

El artículo 145.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros educativos.”

El artículo 130. 1 y 2, de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dispone que: “Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. ”, y añade, “El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar.”

Asimismo, en su apartado 3, expresa que “a tales efectos, en cada centro, se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa, elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con lo que se establezca”.

Los reglamentos orgánicos y normativa que los desarrollan establecen al respecto:

DECRETOS DE REGLAMENTOS ORGÁNICOS

Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles de segundo ciclo, de los Colegios de Educación Primaria, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria, y de El centro Públicos Específicos de Educación Especial.

Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

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Artículo 26. Autoevaluación. 1. Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de los centros que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. 2. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores de que faciliten a los centros la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el equipo técnico de coordinación pedagógica y a los que se refiere el artículo 88.o) - Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento. 3. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el

Artículo 28. Autoevaluación. 1. Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de El centro que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, los institutos de educación secundaria realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. 2. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores que faciliten a los institutos de educación secundaria la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el departamento de formación, evaluación e innovación educativa y a los que se refiere el artículo 87.2 k) - Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento. 3. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos

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grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del centro, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al equipo técnico de coordinación pedagógica la medición de los indicadores establecidos. 4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. 5. Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro. Artículo 29 1. Las programaciones didácticas (…) se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos

objetivos, el funcionamiento global del instituto, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al departamento de formación, evaluación e innovación educativa la medición de los indicadores establecidos. 4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. 5. Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de formación, evaluación e innovación educativa y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro. Artículo 29 1. Las programaciones didácticas (…) se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación

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de autoevaluación

La autoevaluación para Enseñanzas Artísticas e Idiomas y Residencias Escolares se establece en:

• el artículo 27 del Decreto 360/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte (BOJA 27-12-2011).

• el artículo 27 del Decreto 361/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Conservatorios Elementales y de los Conservatorios Profesionales de Música (BOJA 27-12-2011).

• el artículo 27 del Decreto 362/2011, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Conservatorios Profesionales de Danza (BOJA 27-12-2011).

• el artículo 28 del Decreto 15/2012, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Oficiales de Idiomas en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 20-02-2012).

• el artículo 29 del Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía.(BOJA 26-03-2012).

NORMATIVA DE DESARROLLO DE LOS REGLAMENTOS ORGÁNICOS

Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las Escuelas Infantiles de segundo ciclo, de los Colegios de Educación Primaria, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de El centro Públicos Específicos de Educación Especial, así como el horario del centro, del alumnado y del profesorado.

Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, así como el

horario de El centro, del alumnado y del profesorado.

Artículo 5. Actualización o modificación del Plan de Centro. Artículo 6. Proceso de autoevaluación. 1. De conformidad con lo recogido en el artículo 26.1 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de

Artículo 5. Actualización o modificación del Plan de Centro. Artículo 6. Proceso de autoevaluación. 1. De conformidad con lo recogido en el artículo 28.1 del Reglamento Orgánico de los institutos de

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segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de El centro públicos específicos de educación especial, El centro realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados del alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. El resultado de este proceso se plasmará en una memoria de autoevaluación que será aprobada e incluida en el Sistema de Información Séneca antes del 30 de junio de cada año. 2. Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que, a tal efecto, establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los indicadores de calidad que determine el equipo técnico de coordinación pedagógica, de conformidad con el artículo 26.2 del Reglamento Orgánico de estos centros. Entre dichos indicadores se incluirán aquellos que midan los diferentes elementos analizados en las evaluaciones generales de diagnóstico y en las evaluaciones de diagnóstico en las que participe el centro. 3. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por parte del equipo técnico de coordinación pedagógica, así

educación secundaria, El centro realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados del alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. El resultado de este proceso se plasmará en una memoria de autoevaluación que será aprobada e incluida en el Sistema de Información Séneca antes del 15 de julio de cada año. 2. Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que, a tal efecto, establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los indicadores de calidad que determine el departamento de formación, evaluación e innovación educativa, de conformidad con el artículo 28.2 del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria. Entre dichos indicadores se incluirán aquellos que midan los diferentes elementos analizados en las evaluaciones generales de diagnóstico y en las evaluaciones de diagnóstico en las que participe el instituto. 3. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por parte del departamento de formación, evaluación e innovación educativa, así como para la

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como para la realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado, serán fijados por la dirección del centro y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año. Artículo 7. Asesoramiento y supervisión de la inspección educativa. La inspección educativa asesorará al equipo técnico de coordinación pedagógica en la elaboración de los indicadores de calidad y supervisará el proceso de autoevaluación de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de El centro públicos específicos de educación especial, así como la elaboración de la correspondiente memoria, y velará para que se incluyan en la misma las propuestas de mejora que se deriven de la autoevaluación y de la evolución de los indicadores a que se refiere el artículo 6.2 y para que se realicen las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro que correspondan.

realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado, serán fijados por la dirección del instituto y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año. Artículo 7. Asesoramiento y supervisión de la inspección educativa. La inspección educativa asesorará al departamento de formación, evaluación e innovación educativa en la determinación de los indicadores de calidad y supervisará el proceso de autoevaluación de los institutos de educación secundaria, así como la elaboración de la correspondiente memoria, y velará para que se incluyan en la misma las propuestas de mejora que se deriven de la autoevaluación y de la evolución de los indicadores a que se refiere el artículo 6.2 y para que se realicen las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro que correspondan.

Para las Enseñanzas Artísticas e Idiomas y Residencias Escolares, el proceso de autoevaluación, y el asesoramiento y supervisión de la inspección educativa se establece en: • Los artículos 5, 6 y 7 de la Orden de 19 de marzo de 2012, por la que se

regula la organización y el funcionamiento de las Escuelas de Arte, así como el horario de El centro, del alumnado y del profesorado (BOJA 28-03-2012).

• Los artículos 5, 6 y 7 de la Orden de 19 de marzo de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los Conservatorios Elementales y de los Conservatorios Profesionales de Música, así como el horario de El

centro, del alumnado y del profesorado (BOJA 28-03-2012). • Los artículos 5, 6 y 7 de la Orden de 19 de marzo de 2012, por la que se

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regula la organización y el funcionamiento de los Conservatorios Profesionales de Danza, así como el horario de El centro, del alumnado y del

profesorado (BOJA 28-03-2012). • Los artículos 5, 6 y 7 de la Orden de 6 de junio de 2012, por la que se regula

la organización y el funcionamiento de las Escuelas Oficiales de Idiomas, así

como el horario de El centro, del alumnado y del profesorado (BOJA 21-06-2012).

• Los artículos 5, 6 y 7 de la Orden de 11 de enero de 2013, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las Residencias Escolares, así como el horario de las mismas, del alumnado y de las educadoras y educadores de actividades formativas y de ocio. (BOJA 11-02-2013).

Para las Enseñanzas Artísticas e Idiomas, el resultado del proceso de autoevaluación se plasmará en una memoria de autoevaluación que será aprobada e incluida en el Sistema de Información Séneca antes del 15 de julio de cada año. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por parte del departamento de orientación, formación, evaluación e innovación educativa, así como para la realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado, serán fijados por la dirección y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año. Para Residencias Escolares, la cumplimentación de la Memoria de Autoevaluación será anterior al 15 de julio de cada año, y los plazos para la medición de los indicadores de calidad por el equipo de evaluación, así como para la realización de aportaciones por parte de la Junta de Coordinación de Actividades, serán fijados por la dirección de la residencia y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año. Actualización de resultados de los indicadores homologados publicados, regulados mediante Resolución, por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa través del Sistema de Información Séneca de las diferentes

enseñanzas: Los resultados de los indicadores homologados correspondientes a cada curso escolar y su evolución podrán ser consultados permanentemente en el Sistema de Información Séneca, y se actualizarán:

• En El centro de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Especial, el 20 de junio.

• En los Institutos de Educación Secundaria, el 25 de junio y el 20 de septiembre.

• En los Conservatorios Elementales de Música, a partir del 25 de junio. • En las Escuelas de Arte y en los Conservatorios Profesionales de Música y

Danza a partir del 25 de junio (resultados provisionales) y 10 de septiembre (resultados definitivos tras la realización de las pruebas

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extraordinarias de evaluación). • En las Escuelas Oficiales de Idiomas, a partir del 25 de junio (resultados

provisionales) y el 20 de septiembre (resultados definitivos tras la realización de las pruebas extraordinarias de evaluación).

3 LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN

La memoria de autoevaluación es el documento donde se plasman los resultados del proceso de autoevaluación que realiza el centro a lo largo de cada curso escolar. Tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro y se registra en el sistema de información Séneca. Así el tiempo dará una perspectiva histórica sobre dificultades y logros, reflexiones, acciones y decisiones que ha ido tomando cada centro. Tiene un contenido dinámico, que resumirá y reflejará los procesos de autoevaluación que los centros desarrollen como parte de su propia cultura de autoevaluación.

Se centra en torno a factores clave para la mejora de los logros escolares que les permiten orientar su autoevaluación desde un planteamiento flexible con la posibilidad de incluir apartados abiertos. Incluirá una medición de los distintos indicadores de calidad establecidos por el centro que facilite valorar el grado del cumplimiento de lo planificado.

No podemos olvidar que el objetivo último de este proceso es mejorar los logros escolares contribuyendo a la eficacia de la organización escolar en su conjunto, las metodologías docentes y las actividades de aprendizaje del alumnado.

En el Bloque II del presente documento, nos centraremos en cómo abordar la realización de la Memoria de Autoevaluación establecida por norma y que hay que cumplimentar en el sistema de información Séneca.

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3.1 El punto de partida: datos que dispone el centro

La necesidad de objetivar y compartir la autoevaluación en un grupo humano obliga necesariamente a plantear inicialmente la situación en la que estamos. Y buena parte de esta información llega a través de datos tanto externos como propios:

� Medición de Indicadores de calidad construidos por el propio centro y datos de contexto.

� Indicadores homologados de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, que serán publicados anualmente en el sistema de información Séneca en las fechas a las que hemos hecho referencia, sobre:

1. Evaluación, promoción, titulación y continuidad en los estudios. 2. Alumnado con dominio alto y bajo en los resultados de pruebas

externas. 3. Evaluación del alumnado de necesidad específica de apoyo educativo y

con medidas de atención a la diversidad. 4. Idoneidad de curso y edad del alumnado. 5. Abandono escolar. 6. Absentismo escolar 7. Convivencia escolar. 8. Horas de docencia. 9. …..

� Otros indicadores e informes de los que disponga el centro,

proporcionados por la Inspección Educativa u otros órganos directivos de la Consejería.

� Indicadores e informes nacionales e internacionales que se publiquen, y otros estudios.

Constituyen el punto de partida y revelan aspectos concretos a los que debe prestar atención cada centro educativo. Se deben valorar conjuntamente y tener en cuenta durante toda la autoevaluación porque ayudan a centrar cuáles son las prioridades y orientan las decisiones sobre las propuestas de mejora, más allá de la simple opinión o la conjetura. Igualmente, el centro habrá de considerar los informes de la Inspección sobre evaluación y supervisión del proceso de autoevaluación, de organización y funcionamiento del centro.

3.2 El contenido de la Memoria de Autoevaluación

Para conseguir consolidar los indicadores de éxito escolar del centro y mejorar otros, la Memoria de Autoevaluación a cumplimentar en Séneca, se orienta hacia:

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� La valoración de factores clave para la mejora de los resultados escolares que se hayan priorizado, planificado y trabajado durante cada curso escolar que concretan al día a día de cada centro, lo que marcan los reglamentos para la realización del proceso de autoevaluación y la medición de indicadores correspondientes (En Séneca Parte A )

� La elaboración de propuesta de mejora que han de incluir: Valoración de la situación de partida para el curso. Tiempos y responsables para llevarlas a cabo y sus correspondientes indicadores de calidad para poderlas medir. (En Séneca Parte B )

La autoevaluación de estos factores y la priorización y puesta en marcha de propuestas a partir de ellos, puede suponer, de acuerdo con estudios diversos, la mejora de los procesos de aprendizaje y, en consecuencia, de los logros escolares del alumnado y la eficacia de la organización escolar. Es importante que la memoria de autoevaluación, que ofrece apartados abiertos, se oriente y sitúe, sobre todo, en aspectos relevantes que permitan centrar la valoración de lo realizado durante el presente curso escolar y las propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. Estos factores clave, son:

1. La utilización del tiempo de planificación de la enseñanza y de desarrollo de

los aprendizajes en el aula.

2. La concreción del currículum que hay que desarrollar, adaptado al contexto,

y la planificación efectiva de la práctica docente.

3. La evaluación de los resultados escolares y la adopción de medidas de

mejora adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

4. La inclusión escolar y la atención a las necesidades de aprendizaje como

respuesta educativa a todo el alumnado y la consecución del éxito escolar

para todos.

5. Una dirección y coordinación del centro orientada a la eficacia de la

organización en la consecución y mejora de los logros escolares de todo el

alumnado.

6. La relación interpersonal y los valores de la convivencia dentro de un

apropiado clima escolar.

7. Otras propuestas de mejora a definir por el centro.

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3.3 Cumplimentación de la Memoria de Autoevaluación en el sistema de información Séneca

La Memoria de Autoevaluación (también disponible en el apartado Documentos en formato informe, se muestra en el sistema de información Séneca con una configuración informática específica y con un Tutorial que facilite su cumplimentación a los usuarios. Consta de las partes que establece la normativa citada sobre autoevaluación:

1. Parte A: es una valoración de logros y dificultades correspondientes al presente curso

2. Parte B: recoge las propuestas de mejora a incluir en el Plan de Centro para el curso próximo.

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BLOQUE II – CUMPLIMENTACIÓN EN SÉNECA

1 ACCESO AL MÓDULO

El acceso al módulo se hace, después de identificarnos en la aplicación Séneca con nuestro usuario y contraseña, seleccionando el perfil Dirección (o análogos en los centros concertados o centros docentes privados) en la pantalla Selección de Perfil.

A tener en cuenta

Esta pantalla de Selección de Perfil la vemos si tenemos más de un perfil de acceso a la aplicación.

Este paso es importante ya que el perfil con el que entremos en Séneca nos permitirá realizar las actuaciones asociadas a dicho perfil y no otras.

Al acceder a Séneca, tras identificarnos correctamente, la pantalla emergente de Avisos es lo que primero veremos.

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Saber más…

La pantalla de avisos es una ventana emergente que nos muestra información adicional de considerable importancia. Debemos tenerlos en cuenta y revisarlos, porque informan de nuevos plazos o avisan de ciertos procesos. Los nuevos avisos se relacionan como primeros en el listado. Una vez leídos, podemos cerrar la ventana.

Al cerrar esta ventana emergente nos situamos en el área principal de trabajo de la aplicación, desde donde podremos además de consultar algunos detalles importantes (Avisos, Documentos pendientes de Firma, Solicitudes Teletramitadas y Agenda) realizar las actuaciones asignadas al perfil seleccionado.

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El acceso a la Memoria de Autoevaluación se realiza seleccionando en el menú principal el menú Centro / Autoevaluación / Memoria Autoevaluación.

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Menú y pantalla de la Memoria de Autoevaluación

A continuación, tras seleccionar el curso académico, se nos cargará automáticamente la pantalla para que desde el centro prioricemos y enfaticemos que factores vamos a trabajar. Después de seleccionar la parte (A ó B) pulsaremos el botón “Aceptar” para comenzar.

A tener en cuenta…

Al seleccionar la parte A. Valoración de logros y dificultades del curso..., se despliegan los factores clave con las propuestas correspondientes. Es esencial que el centro PRIORICE Y ELIJA cuáles de ellos van a trabajar en un curso escolar, ajustando el número de propuestas a su realidad y recursos.

Se trata de realizar siempre un número de propuestas razonable y realista, que el centro pueda abordar y abarcar con garantías de que pudieran conseguirse, sin excederse o planteando pocas e irrelevantes, y sobre todo, dando prioridad a aquellas que tienen mayores efectos sobre la mejora de los aprendizajes y logros escolares del alumnado.

Importante…

Elegidos y trabajados los factores clave durante el curso, antes del 25 de junio, se elabora la Memoria de Autoevaluación.

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2 EJEMPLOS DE CUMPLIMENTACIÓN

2.1 Parte A. Valoración de logros y dificultades del curso…

Comenzamos por la parte A. Valoración de logros y dificultades del curso… en el desarrollo de las propuestas de mejora. Marcamos la parte A y pulsamos “Aceptar”.

Ampliamos un ejemplo de cumplimentación. Nos posicionaremos sobre el factor nº2 que el centro ha valorado con 4 propuestas y seleccionaremos el menú emergente Detalle del Factor Clave.

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Al seleccionar esta única opción del menú emergente llegaremos a la pantalla Detalle del factor clave del curso concluido, donde se exhiben en este ejemplo las 4 propuestas de mejoras del centro.

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En esta pantalla el centro reflejará la valoración de las dificultades y de los logros de los aspectos priorizados con los que se relacionan.

Para la valoración desde el centro, de los indicadores de calidad de las cuatro propuestas trabajadas durante el curso, elegiremos la opción emergente Detalle de la propuesta.

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Marcaremos la valoración en el desplegable Medición y pulsaremos “Aceptar” para grabar la información.

Concluida la valoración de logros y dificultades y la medición de todas las propuestas de los distintos indicadores de calidad, queda por configurar la realización de la parte B. Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro del curso…

A tener en cuenta…

Las propuestas <No iniciadas> o <En proceso> continuarán apareciendo en las sucesivas memorias de autoevaluación para ser consideradas durante dichos cursos.

2.2 Parte B. Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro del curso…

Para cumplimentar la opción B, en el menú Centro / Autoevaluación / Memoria Autoevaluación, seleccionaremos la parte B y pulsaremos “Aceptar”.

En los apartados de los factores clave, que se muestran a continuación, necesariamente el centro realizará una valoración de la situación de partida argumentando las evidencias que se consideren oportunas.

Marcada la situación de partida SE PRIORIZARÁ Y ELEGIRÁ AQUELLOS FACTORES en los que el centro formulará propuestas de mejora en un número abarcable y de posible realización en un curso escolar.

Como se aprecia en la siguiente imagen, todavía no se han realizado propuestas en ningún factor para el curso siguiente.

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Procedemos a realizar una propuesta a modo de ejemplo, seleccionando el menú Detalle del Factor Clave sobre el factor 3.1 Criterios de evaluación, promoción y titulación.

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Como se aprecia en la imagen anterior el centro para este factor todavía no ha creado ninguna propuesta de mejora.

Tras el análisis de la situación de partida y la valoración oportuna o evidencias que la justifican, desde la zona superior derecha de la pantalla el centro podrá realizar propuestas en el correspondiente factor clave seleccionado. Creando una propuesta nueva o bien importando una propuesta del curso anterior en proceso de realización.

En nuestro ejemplo crearemos una nueva propuesta de mejora para el citado factor 3.1 Criterios de evaluación, promoción y titulación, para ellos seleccionamos la opción “Añadir propuesta de mejora”

A tener en cuenta…

Las propuestas de mejora deben ser claras, viables, abarcables y evaluables.

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En la siguiente pantalla, para configurar nuestra propuesta cumplimentaremos el/los indicador/es propuestos, planificaremos los tiempos de ejecución y asignaremos las personas responsables para su puesta en marcha.

Conforme con todos los datos, pulsaremos “Aceptar” para grabar nuestra propuesta. Que quedará registrada tal como vemos en la siguiente imagen.

A modo de ejemplo, se plantea como propuesta de mejora:A modo de ejemplo, se plantea como propuesta de mejora:A modo de ejemplo, se plantea como propuesta de mejora:A modo de ejemplo, se plantea como propuesta de mejora:

Fomentar el gusto por la lectura. Esta propuesta, aunque tiene una redacción clara, no es lo suficiente concreta como para ser abarcable y conseguible a corto y medio plazo. Necesitaría de un mayor nivel de concreción, por ejemplo: Conseguir que todo el alumnado del centro use al menos

alguna vez durante el curso el servicio de préstamo de la

biblioteca escolar. En este caso, se pretende lo mismo que en la propuesta inicial, pero se concreta la propuesta, siendo viable, alcanzable y conseguible.

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Después de establecer todas las propuestas de mejora en la Memoria de Autoevaluación, es aconsejable valorar si todas son conseguibles y se pueden llevar a cabo en un curso, o es necesario priorizar considerando cuáles son más necesarias para la mejora de los logros escolares, y dejar algunas de ellas para cursos próximos.

Saber más…

Para la realización de las propuestas de mejora se deben explicitar las personas responsables de su realización y su temporalización. Se trata de garantizar que las propuestas se llevan a la práctica en un tiempo determinado. La concreción de su planificación, coordinación, seguimiento y evaluación será realizada, dentro de sus funciones, por los respectivos órganos de gobierno y de coordinación docente del centro.

El Centro establecerá también indicadores de calidad. Un indicador educativo, en general, suministra de manera sintética una información sobre la realidad escolar, que es objeto de interés de la comunidad educativa y de la sociedad en su conjunto. Al mismo tiempo muestra la evolución de esa información para la eficacia de la organización. El interés creciente de la sociedad por los indicadores educativos, como informaciones sintéticas y relevantes sobre los resultados educativos y la eficacia de la institución escolar, son objeto cada vez de más frecuente atención en publicaciones y estudios de diversa índole. Pero, además son objeto de interés de cada comunidad educativa concreta. Más allá de estos indicadores, la normativa en vigor, tal como aparece reseñada al principio del presente documento, contempla que el centro establecerá “indicadores de calidad”, cuyo sentido se pretende aclarar.

El Diccionario de la RAE define actualmente la calidad como “Propiedad El Diccionario de la RAE define actualmente la calidad como “Propiedad El Diccionario de la RAE define actualmente la calidad como “Propiedad El Diccionario de la RAE define actualmente la calidad como “Propiedad

o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su

valor”, pero introduce en su avance a valor”, pero introduce en su avance a valor”, pero introduce en su avance a valor”, pero introduce en su avance a la 23ª edición, la acepción la 23ª edición, la acepción la 23ª edición, la acepción la 23ª edición, la acepción

“Adecuación de un producto o servicio a las características “Adecuación de un producto o servicio a las características “Adecuación de un producto o servicio a las características “Adecuación de un producto o servicio a las características

especificadas.”especificadas.”especificadas.”especificadas.”

Un “indicador de calidad” es una expresión que describe el resultado que se pretende alcanzar en la evaluación de una determinada actividad. Informa, a su vez, sobre cómo se entiende la “calidad”. Puede ser cuantitativo y/o cualitativo. Los indicadores cuantitativos son más fáciles de controlar por su expresión numérica, pero no ofrecen una información tan completa como lo hacen los cualitativos, considerados más subjetivos.

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Ejemplo: Un centro considera que la potenciación del servicio de préstamo de la biblioteca es una medida importante para el fomento del gusto por la lectura y el estímulo de la curiosidad intelectual. Decide establecer el siguiente indicador de calidad cuantitativo:

• Aumentar un 10% el porcentaje del total de alumnado del centro por cursos,

que utiliza el servicio de préstamo de la biblioteca.

La medición en este caso consistiría en si se ha alcanzado ese porcentaje de aumento por parte de las personas responsables con la temporalización establecida. Este indicador es cuantitativo.

El centro podría establecer otro indicador cualitativo complementario con el indicador cuantitativo anterior, puesto que además de la cantidad también interesa la cualidad:

• Realizar una valoración y sus conclusiones, cuyo esquema de contenidos

establecerá el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, sobre el uso del

servicio de préstamo de la biblioteca escolar por parte del alumnado.

La medición, en este caso, consistiría en determinar si se ha realizado o no esa valoración y conclusiones, a partir del esquema de contenidos establecido, por las personas a las que se ha encomendado con la temporalización acordada, y si ha sido útil.

Como consecuencia de la medición de estos dos indicadores, el centro establece dos nuevos indicadores de calidad para el curso siguiente:

• Presentación de un libro o material divulgativo en diferentes formatos, una

vez por trimestre en cada curso, relacionado con el conocimiento científico.

• Aumentar un 50% el número de alumnado que retira libros y recursos

relacionados con el conocimiento científico de la biblioteca escolar.

Pero no podemos centrarnos únicamente en indicadores de calidad y su medición, ni confundir los indicadores con la realidad. Lo importante es que se fomente y exista en el centro una cultura de objetivos e intereses compartidos en la mejora de los logros escolares por el mayor número de personas. En este contexto, será mucho más sencillo definir qué queremos y adónde vamos, y por supuesto, llevarlo a la práctica.

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BLOQUE III - CONSIDERACIONES FINALES

La autoevaluación es un proceso permanente e imprescindible en organizaciones dotadas de autonomía.

Indistintamente de los procedimientos de autoevaluación relacionados con la rendición de cuentas, los centros educativos han de tomar iniciativas y desarrollar una cultura de la autoevaluación que permita determinar con certeza sus logros y dificultades, y plantear propuestas de mejora. Siempre con el fin último de mejorar los logros escolares y conseguir el éxito educativo para todo el alumnado.

La colaboración y la implicación en la autoevaluación del conjunto de la Comunidad Educativa, y especialmente el profesorado, es una tarea necesaria. Es más, entender este trabajo como burocrático y perder interés por la autoevaluación dependerá del mayor o menor grado de participación e implicación, como necesidad y actitud profesional por parte del profesorado, que habrá de promover, especialmente, el equipo directivo desde sus funciones y responsabilidades.

Solamente el compromiso con la autoevaluación puede desarrollar la capacidad de los centros escolares, desde su autonomía, para impulsar su propio cambio hacia la mejora y la consolidación de sus buenas prácticas. Si se introduce con normalidad y sencillez en la práctica cotidiana, el centro iniciará una dinámica imparable como organización que aprende, con indudables beneficios para los logros escolares del alumnado y la satisfacción profesional del profesorado.

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BLOQUE IV – RESUMEN ESQUEMÁTICO

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