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El proceso de entrega recepción municipal.

Marco jurídico y generalidades.

El proceso de entrega recepción tiene por objeto garantizar la continuidad del funcionamiento de la administración pública municipal.

Este proceso encuentra su fundamento particularmente en lo dispuesto por el Capítulo III, De la Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal, que comprende los artículos del 44 al 48 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Capítulo Tercero, de los Recursos para la Transición, que comprende los artículos del 48 al 53 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; así como lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 41 y 60 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

De acuerdo con los preceptos constitucionales referidos, los presidentes municipales, regidores y síndicos electos popularmente, durarán en su encargo tres años, y deben reunirse para iniciar actividades el día 10 de octubre siguiente a la fecha de la elección.

La Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, LOM, divide el proceso de entrega recepción en tres etapas:

1. La integración del expediente de entrega recepción por parte del Ayuntamiento saliente;

2. La entrega que hace el Ayuntamiento saliente del expediente al Ayuntamiento entrante; y

3. La revisión del expediente por parte del Ayuntamiento entrante. Además, existen diversos actos que inciden directamente en la efectiva realización del proceso de entrega recepción, contemplados por la citada LOM y la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Esta breve Guía para el Proceso de Entrega Recepción Municipal, tiene por objeto comentar las etapas propias del proceso, sus actos complementarios, su fundamento, orientar su adecuada realización y, particularmente, proponer modelos para los principales documentos que deben generarse como resultado de aquéllos.

Artículo 44, segundo párrafo,

LOM.

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La integración del expediente de entrega recepción.

La partida de gastos de transición.Los Ayuntamientos deben establecer una partida destinada a los gastos de transición, en los presupuestos de egresos correspondientes al último año del periodo de mandato.

Esta partida debe ser suficiente para cubrir los requerimientos indispensables para efectuar la entrega recepción.

¿Si la partida no se previó en el presupuesto de egresos, qué procedimiento se debe realizar?

Idealmente, la partida y el monto que se destinará a los gastos de transición pueden quedar definidos desde el momento de la aprobación del presupuesto de egresos municipal.

Sin embargo, no existe impedimento para que su definición se realice por acuerdo de Ayuntamiento, mediante una modificación al presupuesto aprobado, observando las disposiciones que para el efecto prevé la LECRP.

En este último caso debe tenerse en cuenta que cualquier modificación al presupuesto de egresos municipal, se debe realizar con las mismas formalidades que para su aprobación, remitiendo copia certificada al Congreso del Estado, para los efectos de su competencia.

Asimismo, es importante considerar que la partida solo puede ser ejercida dentro de los treinta días anteriores a la toma de protesta de los servidores públicos electos, por lo que deberá estar definida antes del 9 de septiembre.

¿Qué partida es la adecuada?

Puede ser azaroso definir el monto que habrá de destinarse a cada concepto de gasto. Por ello, resulta conveniente que se utilice una partida de carácter transitorio para concentrar el monto total asignado a los gastos de transición, y posteriormente se distribuya a la partida a la que corresponda acorde al gasto que deba efectuarse.

Teniendo en cuenta además, que:

• Ningún gasto puede efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto de egresos que lo autorice;

• Para que proceda una erogación y esta sea lícita, debe sujetarse al texto y suficiencia de la partida; y

• No pueden utilizarse las partidas para cubrir necesidades distintas a aquéllas que comprenden su definición.

Artículo 48 LECRP.

Artículo 38LECRP.

Artículo 49LECRP.

799, Otras erogaciones especiales,

COG, CONAC.

Artículo 57 LECRP.

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¿Qué monto puede considerarse suficiente?

Si bien el monto puede variar de un municipio a otro, su determinación en cualquier caso queda sujeto a la satisfacción de los requerimientos indispensables para llevar a cabo el proceso de entrega recepción, atendiendo, además, los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público.

¿Cuáles son los requerimientos indispensables?

Se consideran requerimientos indispensables, aquellos bienes o servicios sin los cuales la entrega recepción no podría realizarse eficientemente.

Conceptos de los capítulos 2000 y 3000 son previstos habitualmente, y para su determinación deben tenerse en cuenta las circunstancias particulares de cada municipio, considerando si ya se cuenta con los bienes o servicios requeridos, y si éstos pueden ser puestos a disposición del Comité de Transición.

Artículo 48 LECRP.

Artículo 37 LECRP.

Artículo 53 LECRP.

Artículo 51 LECRP.

Artículo 52 LECRP.

¿Qué monto puede considerarse suficiente?

Si bien el monto puede variar de un municipio a otro, su determinación en cualquier caso queda sujeto a la satisfacción de los requerimientos indispensables para llevar a cabo el proceso de entrega recepción, atendiendo, además, los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público.

¿Cuáles son los requerimientos indispensables?

Se consideran requerimientos indispensables, aquellos bienes o servicios sin los cuales la entrega recepción no podría realizarse eficientemente.

Conceptos de los capítulos 2000 y 3000 son previstos habitualmente, y para su determinación deben tenerse en cuenta las circunstancias particulares de cada municipio, considerando si ya se cuenta con los bienes o servicios requeridos, y si éstos pueden ser puestos a disposición del Comité de Transición.

¿En caso de que el monto previsto resulte insuficiente, qué procedimiento debe seguirse?

Si el monto previsto originalmente para los gastos de transición resultara insuficiente, se podrá realizar una modificación al presupuesto de egresos municipal, previa a su ejercicio, considerando para ello, los requisitos señalados por la LECRP y la temporalidad a que está sujeto el ejercicio de la partida.

¿Cuál es el procedimiento para ejercer la partida?

El ejercicio de los recursos de la partida de gastos de transición, se debe sujetar a lo estipulado en la LECRP y los Ayuntamientos deberán emitir las disposiciones administrativas que aseguren su cumplimiento.

Las disposiciones administrativas pueden señalar entre sus preceptos el monto total asignado a la partida y la posibilidad de su ampliación. Además deberán precisar, al menos, los conceptos a los cuales podrán aplicarse los recursos, la forma como operará su ejercicio y la comprobación que deba hacerse de las erogaciones.

Los recursos estarán a disposición del Comité de Transición para su ejercicio, en la Tesorería Municipal.

El ejercicio de esta partida se desglosará en un apartado específico de la cuenta pública que se remita al Congreso del Estado.

Debe recalcarse, finalmente, que los recursos no podrán destinarse bajo ninguna circunstancia a cubrir remuneraciones de los integrantes del Comité de Transición ni de los servidores públicos electos.

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Artículo 49 LECRP.

Artículo 50,fracción III,

LECRP.

El Comité de Transición.

Los Ayuntamientos deben conformar un Comité de Transición, cuyos integrantes serán responsables del ejercicio de la partida destinada a los gastos de transición.

Corresponde al Presidente Municipal en funciones y al Presidente Municipal electo, acordar la integración de dicho Comité. Para ello, resulta conveniente que comuniquen por escrito al Ayuntamiento, la designación que hayan realizado.

Es posible prever las particularidades sobre la conformación y funcionamiento del Comité en el propio documento de integración, en el reglamento municipal de entrega recepción, o en su defecto, dentro de un acuerdo del Ayuntamiento.

¿Cuáles son las funciones del Comité?

Dada la naturaleza auxiliar del Comité de Transición dentro del proceso de entrega recepción, se considera que entre sus funciones debe encontrarse principalmente, conocer de manera general el estado que guardan los planes, programas y proyectos de las dependencias y entidades, así como los recursos y responsabilidades que serán recibidos por el Ayuntamiento entrante, y fungir como enlace entre éste y el Ayuntamiento saliente, y:

• Gestionar ante la Tesorería, los pagos necesarios para cubrir los compromisos de gasto que hayan sido debidamente autorizados por el Comité; • Rubricar todos los comprobantes en los que se consignen las erogaciones realizadas con cargo a los recursos para la transición; y

• Obtener, resguardar copia y entregar a la Tesorería la documentación electrónica comprobatoria que acredite las erogaciones efectuadas con cargo a los recursos para la transición.

¿Cómo se integra?

Como fue ya señalado, corresponde al Presidente municipal en funciones y al electo designar a los integrantes del Comité de Transición. Resulta recomendable que por parte de la administración saliente se encuentren entre los designados: el Tesorero, el Secretario de Ayuntamiento, el Síndico, el Contralor y el Director de la dependencia encargada de la obra pública.

Por parte del Ayuntamiento electo, se considera conveniente que se designe a los regidores que integrarán la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, o bien a aquellos que en su momento, coadyuvarán con dicha Comisión en el análisis del expediente de entrega recepción.

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Es también recomendable que al interior del Comité se designe un secretario y un tesorero.

¿A partir de qué momento debe integrarse?

El Comité de Transición puede integrarse desde el momento en que es emitida la constancia de mayoría, de asignación y la declaratoria de validez expedidas por el órgano respectivo o, en su caso, con la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato a favor de los integrantes del Ayuntamiento electo. En todo caso, es recomendable que dicho Comité esté integrado a más tardar el 10 de septiembre.

Solicitud de asesoría para la integración del expediente de entrega recepción.

Para la integración del expediente de entrega recepción, los Ayuntamientos pueden solicitar asesoría de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato.

Esta solicitud puede ser formalizada por el Presidente Municipal o el Secretario de Ayuntamiento, debe ser dirigida al Auditor Superior y especificar la cuestión concreta sobre la que se requiere la asesoría.

Asimismo, la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, cuenta con el sistema electrónico de asesoría “Auditor en Línea” mediante el cual pueden ser formuladas consultas concretas relacionadas con el proceso de entrega recepción.

La Comisión Instaladora.

Artículo 29 LOM.

Artículo 30 LOM.

En la última sesión ordinaria de septiembre, el Ayuntamiento saliente debe nombrar una comisión plural de regidores, que fungirá como comisión instaladora del Ayuntamiento electo.

Esta Comisión tiene por función principal la de convocar a los integrantes del Ayuntamiento electo, para que acudan a la sesión de instalación solemne del mismo, en los términos que se precisan en el capítulo respectivo.

¿Con cuánta anticipación se debe convocar a los integrantes propietarios del Ayuntamiento electo, para que concurran a la sesión de instalación?

La comisión instaladora del Ayuntamiento electo, deberá citar a los integrantes propietarios del mismo, por lo menos con quince días naturales de anticipación, para que concurran a la sesión de instalación.

Si por alguna razón, la sesión no pueda llevarse a cabo en el lugar previsto originalmente, se podrá realizar en un lugar distinto si se notifica esta circunstancia al menos con tres horas de anticipación a los miembros electos del Ayuntamiento.

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Convocar a la ASEG para que asista a observar el acto de entrega recepción.

Artículo 44,segundo párrafo,

fr. II, LOM.

Además de la asesoría que la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato puede proporcionar a los municipios que lo soliciten, la LOM le otorga el carácter de observador del acto de entrega recepción, por lo que será necesario que, una vez que se determine el lugar y hora para que tenga efecto dicho acto, se comunique mediante escrito signado por el Secretario de Ayuntamiento al Auditor Superior.

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El expediente de entrega recepción.

El expediente de entrega recepción es el documento que contiene de manera precisa, la situación que guarda la administración pública municipal al momento de la conclusión del mandato del Ayuntamiento saliente, el que deberá integrarlo y hacer entrega del mismo al Ayuntamiento entrante, durante la primera sesión ordinaria que éste celebre.

¿Qué información debe contener el expediente?

El artículo 45 de la LOM precisa que el expediente de entrega recepción debe contener, por lo menos, la información relativa a:

I. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores. Corresponde al Secretario del Ayuntamiento proporcionar esta información;

II. La documentación relativa a la situación financiera y presupuestal, que deberán contener los estados financieros y presupuestales, los libros de contabilidad, pólizas contables y registros auxiliares, correspondientes al Ayuntamiento saliente. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

III. La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo las observaciones y recomendaciones pendientes de atender, los requerimientos e informes que se hayan generado con motivo del ejercicio de las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato o Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, de las revisiones efectuadas por la Contraloría Municipal. Corresponde al Presidente Municipal, al Tesorero Municipal, y en su caso, al Contralor Municipal proporcionar esta información; IV. La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro, así como la relación y registro de los pasivos a cargo del Municipio, que no constituyan deuda pública. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

V. El estado de la obra pública y servicios relacionados con la misma, que se encuentren ejecutados y en proceso, especificando la etapa en que se encuentren; así como la documentación relativa. Corresponde al Titular de la Dependencia de Obra Pública proporcionar esta información;

VI. La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos, ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas y la instancia federal que corresponda el fondo o programa. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

VII. Los manuales de organización y de procedimientos, la plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos, condiciones generales de trabajo y demás información conducente. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

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VIII. La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares, especificando el estado que guarda las obligaciones contraídas. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

IX. La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento y Tesorero Municipal proporcionar esta información;

X. El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal; incluyendo, los programas informáticos, patentes y marcas, derechos de autor, suscripciones, licencias y franquicias y, en general, todos los derechos de los que el Municipio sea su titular. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

XI. Los libros de actas y la documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por el Ayuntamiento, sus comisiones y el despacho del Presidente Municipal, incluyendo la relación de aquéllos que se encuentre en trámite. Corresponde al Presidente Municipal y Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

XII. Los expedientes formados con motivo de juicios de cualquier naturaleza en los que el Municipio sea parte, especificando la etapa procedimental en que se encuentran, alguna carga procesal y la fecha de vencimiento, además de los requerimientos e informes pendientes de entregar. Corresponde al Síndico del Ayuntamiento proporcionar esta información;

XIII. Los padrones de contribuyentes y de proveedores del Municipio, así como la relación de cuentas de predial. Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

XIV. Los contratos constitutivos de fideicomisos y contratos sociales de empresas de participación municipal vigentes y en proceso de extinción y liquidación, así como todas sus modificaciones. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

XV. Reglamentos, circulares, lineamientos y disposiciones administrativas de observancia general municipales vigentes. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

XVI. El inventario, registro y ubicación de llaves, candados, combinaciones de cajas fuertes, sellos oficiales y claves de acceso a programas de control electrónico. Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información;

XVII. Las peticiones planteadas al Municipio a las cuales no haya recaído acuerdo, así como aquellos acuerdos que no hayan sido comunicados a los peticionarios;

XVIII. La demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

La información a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, X, XIII y XV deberá ser entregada, además, en medios magnéticos o electrónicos.

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este artículo será sancionado en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.

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Guía de cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

El tres de septiembre de 2013, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como la Auditoría Superior de la Federación suscribieron un convenio de colaboración, cuyo objetivo es establecer las acciones de colaboración para consolidar el fortalecimiento de las actividades de control, vigilancia, fiscalización, evaluación, transparencia y rendición de cuentas de los entes públicos en materia de Contabilidad Gubernamental.

Con motivo de este convenio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público elabora guías de orientación para facilitar a los entes públicos el control del cumplimiento a la normativa en materia de contabilidad gubernamental, derivadas de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, incluyendo los acuerdos emitidos por el CONAC.

No debe perderse de vista que la Ley General de Contabilidad Gubernamental, tiene por objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de la información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, y su cumplimiento es obligatorio para todos los entes públicos de cualquier orden de gobierno, incluyendo a los ayuntamientos municipales.

En este tenor, es recomendable que el expediente de entrega recepción incluya un apartado específico con la Guía de Cumplimiento de Ley General de Contabilidad Gubernamental y los anexos comprobatorios del cumplimiento aplicables, según sea el caso, para municipios con menos o más de 25,000 habitantes.http://www.conac.gob.mx/es/CONAC/Secretario ¿A partir de qué momento se debe iniciar la integración del expediente?

Dependiendo la complejidad y cantidad de la información que deba recabarse, podrá definirse la anticipación con la que deba iniciarse el proceso de entrega recepción y la integración del expediente.

Se considera conveniente que el reglamento de entrega recepción prevea las disposiciones relativas al inicio y programa de la entrega recepción, determinando la instancia que será la encargada de llevarlo a cabo y las funciones que tendrán las dependencias y entidades en este proceso.

Si el reglamento referido no contiene tales previsiones, se considera que el proceso puede iniciarse por acuerdo de Ayuntamiento, en el que se determine la fecha de inicio, y se encomiende al órgano de control municipal la tarea de elaborar, implementar y vigilar la realización de un programa de entrega recepción.

Asimismo, debe valorarse la pertinencia de que al interior de cada dependencia y entidad se designe un enlace, como responsable ante la Contraloría Municipal u otra instancia, para la recopilación y organización de la información de la entrega recepción.

Considerando además, que las funciones que se encarguen a la Contraloría relacionadas con la integración de la información serían exclusivamente de carácter auxiliar, en tanto que el artículo 45 de la Ley Orgánica Municipal señala en sus distintas fracciones la instancia a la que corresponde integrar cada rubro del expediente de entrega recepción.

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El informe de avance de la entrega recepción y del expediente.

Instalación del Ayuntamiento electo.

Artículo 44, cuarto párrafo, LOM.

Artículo 31 LOM.

Artículo 32 LOM.

Artículo 34 LOM.

Artículo 40 LOM.

En todo caso, el ayuntamiento saliente, debe entregar a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, a más tardar el 15 de septiembre o el día hábil siguiente del año del término de sus funciones, un informe donde se mencione el avance de la entrega recepción y del expediente a que hace referencia este artículo, detallado por cada fracción del artículo 45 de la LOM.

Dicho informe podrá ser signado por el Presidente Municipal o el Secretario del Ayuntamiento, previa instrucción que de ello haga el Ayuntamiento, deberá dirigirse al Auditor Superior y hacer especificación del porcentaje calculado de avance al momento de su remisión, se considera recomendable que indique, de ser el caso, el cronograma e integración de las actividades desarrolladas por el Comité de Transición, así como el avance porcentual de cada una de ellas.

Antes de la sesión de instalación, el Ayuntamiento electo deberá celebrar una reunión preparatoria con el propósito de designar de entre sus integrantes a un secretario, para el solo efecto de levantar el acta de la sesión de instalación.

Los ayuntamientos electos, se instalarán solemne y públicamente el día 10 de octubre del año de su elección.

La instalación del Ayuntamiento será válida, con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes propietarios electos.

Instalado el Ayuntamiento, se comunicará oficialmente su integración a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado y de la Federación.

El acto de entrega recepción.

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Primera sesión ordinaria.

Artículo 41 LOM.

Artículo 46 LOM.

Al término de la sesión de instalación, el Ayuntamiento entrante, como parte de la primera sesión ordinaria, procederá a lo siguiente:

I. Nombrar al secretario ayuntamiento y Tesorero;

II. Aprobar la integración de las comisiones a que se refiere esta Ley; y

III. Proceder al acto de entrega-recepción de la situación que guarda la administración pública municipal.

¿Cómo se formaliza la entrega recepción?

El Secretario del Ayuntamiento entrante, elaborará acta circunstanciada de la entrega del expediente que contiene la situación que guarda la administración pública municipal, la cual deberá ser firmada por los que intervinieron y se proporcionará copia certificada a los integrantes del Ayuntamiento saliente que participaron y al representante de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, quien únicamente fungirá como observador.

Revisión y análisis del expediente de entrega recepción.

Artículo 47 LOM.

Una vez concluida la entrega del expediente que contiene la situación que guarda la administración pública municipal, el Ayuntamiento entrante lo turnará a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, la que se encargará de su revisión y análisis, debiendo elaborar con la participación de la Secretaría del Ayuntamiento, la Tesorería, la Dirección de Obra Pública, la Contraloría Municipal y cualquier otro funcionario que considere conveniente, un informe en un plazo de cuarenta y cinco días hábiles que será remitido al Ayuntamiento.

La Comisión podrá solicitar información adicional o la aclaración contenida en el expediente a quien corresponda. En este supuesto, acordará requerir a los servidores públicos que intervinieron directamente en la generación, procesamiento o administración de los procesos o miembros del Ayuntamiento saliente que intervinieron en el acto de entrega recepción para que rindan la información o formulen las aclaraciones conducentes, dentro de los diez días hábiles siguientes al que se les notifique el acuerdo de la comisión.

La revisión del expediente de entrega recepción.

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Contenido del informe.

Artículo 47, tercer párrafo,

LOM.

Artículo 47, cuarto párrafo,

LOM.Artículo 48,

LOM.

El informe debe referirse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el expediente y contener como mínimo lo siguiente:

I. Las conclusiones de la evaluación y comprobación de cada uno de los puntos a que se refiere el artículo 45 de la LOM;

II. Las diligencias o comparecencias de servidores públicos del Ayuntamiento saliente o en funciones necesarias para aclaración;

III. Observaciones generadas del análisis de los puntos a que se refiere el artículo 45 de la presente LOM;

IV. Promoción de presuntas responsabilidades con motivo de las observaciones generadas; y

V. Recomendaciones de la comisión.

El informe será analizado y discutido por el Ayuntamiento, dentro de los quince días hábiles siguientes al de su presentación; quien emitirá el acuerdo que corresponda, en que se haga referencia a todos y cada uno de los puntos contenidos en el informe. Dicho informe no exime de responsabilidad a los servidores públicos salientes.

Remisión del acuerdo, informe y copia del expediente de entrega recepción al Congreso del Estado.

Artículo 47 LOM.

Artículo 48 LOM.

La remisión del acuerdo de Ayuntamiento, acompañado del informe y el expediente de entrega recepción, al Congreso del Estado dará por concluido el proceso de entrega recepción.

Dicha remisión debe efectuarse dentro de los quince días siguientes al del acuerdo de Ayuntamiento relativo al análisis y discusión del informe.

La ASEG en el mes de marzo de 2021, emitirá el informe del proceso de entrega-recepción en el que se precisen irregularidades detectadas y presuntos responsables.

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Formatos.

Los formatos que a continuación se presentan no son obligatorios. Su finalidad es meramente demostrativa.

Con ellos se busca proporcionar un panorama general del posible contenido de algunos documentos que se deben generar durante

el proceso de entrega recepción.

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Ciudadano_________________________________, Presidente Municipal de____________________________, del Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hacer saber:

Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2021-2024 que presido, con fundamento en los artículos 117, fracción I, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76, fracción I, inciso b), y 236 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; y los artículos 48, 49, 50, 51, 52 y 53 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; y considerando que en el mes de octubre de 2021 se deberá llevar a cabo, por mandato de Ley, la entrega-recepción de la Administración Pública Municipal y que la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, establece la obligación de prever en el presupuesto municipal una partida de gastos de transición que cubra los requerimientos indispensables para efectuar la entrega-recepción de la Administración Publica Municipal.

Que por disposición del artículo 53 de la Ley citada, los Ayuntamientos del Estado deberán emitir las disposiciones administrativas que aseguren el cumplimiento de la Ley, en el ejercicio de dicha partida y que es un compromiso de esta Administración, hacer un uso eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos; por lo que el H. Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar en sesión_____________________________ de fecha___________________, las siguientes

Disposiciones Administrativas para el ejercicio de los recursos de la partida de gastos de transición.

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DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DE LA PARTIDA DE GASTOS DE TRANSICIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

DE_________________________, GUANAJUATO.

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Las presentes disposiciones administrativas se emiten con apego a lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato y tienen por objeto fijar las normas en el ejercicio de los recursos para cubrir los gastos derivados del proceso de transición de la Administración pública Municipal de________________, Gto.

Artículo 2. La aplicación de los recursos para la transición deberá sujetarse a las prevenciones establecidas en la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; los Lineamientos Generales en materia de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Municipal para el ejercicio 2021; así como las presentes disposiciones administrativas.

CAPÍTULO IIDE LOS RECUROS DISPONIBLES PARA LA PARTIDA DE TRANSICIÓN.

Artículo 3. Los recursos para la transición sólo podrán ejercerse dentro de los treinta días anteriores a la toma de protesta del Presidente Municipal Electo y únicamente por los integrantes del Comité de Transición. Artículo 4. Los recursos de la partida de gastos de transición aprobados por Ayuntamiento en el presupuesto de egresos municipal para el ejercicio fiscal 2021 en sesión número de fecha , ascienden a la cantidad de $___________________________(_________________________________M.N.).Los recursos que refiere la fracción anterior, no podrán destinarse a cubrir remuneraciones de los integrantes del Comité de Transición ni de los servidores públicos electos.

Artículo 5. El Comité de Transición aprobará los rubros específicos para las erogaciones que habrán de aplicarse con cargo a la partida de gastos de transición, pudiendo asignarse montos solo a los correspondientes del capítulo 2000 Materiales y Suministros y al capítulo 3000 Servicios Generales, y sólo a las partidas que por su concepto tengan relación con la transición.

CAPÍTULO IIIDEL EJERCICIO DE LA PARTIDA DE TRANSICIÓN.

Artículo 6. Todos los requerimientos estrictamente indispensables para efectuar la entrega-recepción de la administración pública municipal, deberán ser valorados en conjunto con la Tesorería Municipal, quien informará si cuenta en el momento con los bienes y servicios requeridos, en su caso los pondrá inmediatamente a disposición del Comité de Transición.

De no contar con los bienes y servicios requeridos se podrán efectuar las erogaciones correspondientes con cargo a la partida de gastos de transición.

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Artículo 7. Una vez ejercido el importe asignado a la partida en el presupuesto de egresos, no se permitirá la creación de pasivos con cargo a la partida de gastos de transición o el diferimiento de su ejercicio.

CAPÍTULO IVDE LA OPERACIÓN DE LA PARTIDA Y COMPROBACIÓN DE LAS EROGACIONES.

Artículo 8. El Comité de Transición requerirá a la Tesorería Municipal, mediante escrito, la liberación de pagos con cargo a la partida de gastos de transición, quien remitirá a las unidades administrativas copia del mismo con el visto bueno a efecto de que se realicen los procesos de registro correspondientes, mismo que en un plazo no mayor a dos días naturales estará obligada a ejecutar.

El requerimiento deberá indicar el monto solicitado y el nombre de la persona a quien deberá liberarse el pago, constancia de recepción del bien o servicio, así como el rubro específico que justifique la erogación.

Artículo 9. La Tesorería Municipal liberará los pagos con cargo a la partida de gastos de transición a nombre del proveedor de los bienes o del prestador de servicios requeridos para la entrega- recepción, por parte del Comité de Transición.

No podrán liberarse pagos a nombre de ningún miembro de Transición ni de los servidores públicos electos.

Cada vez que se afecte la partida de gastos de transición la Tesorería Municipal informará al Comité de Transición del pago liberado y del saldo general de la partida.

Artículo 10. Todos los comprobantes que justifiquen erogaciones con cargo a la partida de gastos de transición, deberán estar expedidos a nombre del municipio de______________________________, Gto., y deberán reunir los requisitos fiscales en los términos establecidos en el artículo 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, o de su Reglamento, según corresponda.

Artículo 11. El plazo para comprobar las erogaciones efectuadas con cargo a la partida de gastos de transición, no excederá de 3 días naturales contados a partir de la liberación del pago. Artículo 12. Los importes que no sean comprobados en el plazo establecido en el artículo anterior, se deberán reintegrar a la Tesorería Municipal en un plazo que no exceda de 5 días hábiles.

CAPÍTULO VDEL INFORME DE LA CUENTA PÚBLICA.

Artículo 13. La tesorería deberá integrar un informe detallado donde se indique el monto de cada uno de los pagos liberados con cargo a la partida de gastos de transición, el nombre del beneficiario, la fecha de liberación del pago y el rubro específico de gasto.

El informe a que refiere la fracción anterior, será integrado en un apartado específico del concentrado de la cuenta pública correspondiente al 2021 que el Municipio rinda al Congreso del Estado en los términos de la normativa aplicable.

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Artículo 14. Cualquier excepción a lo dispuesto en las presentes disposiciones deberá de ser solicitada por el Comité de Transición y autorizado por el Tesorero Municipal.

CAPÍTULO VIDE LAS RESPONSABILIDADES

Artículo 15. Los integrantes del Comité de Transición, así como el Tesorero Municipal, deberán observar la normativa contenida en las presentes disposiciones administrativas.

Artículo 16. El incumplimiento a lo señalado por estas disposiciones, será causal de responsabilidad administrativa y se estará en lo conducente a lo establecido por la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.

TRANSITORIOS.

ARTÍCULO PRIMERO. Las presentes disposiciones entran en vigor al día siguiente de su aprobación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se abrogan las____________, así como todas las disposiciones que se opongan al presente.

Dado en la residencia del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de_____________________, Guanajuato, a los_______días del mes de______________de 2021 dos mil veintiuno.

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MUNICIPIO DE________________OFICIO No.________________/21

ASUNTO: Informe de avance entrega recepción._____________________, Gto., a____de_______2021.

Lic. y M.F. Javier Pérez Salazar Auditor SuperiorAuditoría Superior del Estado de Guanajuato

Sirva el presente para informar a Usted, en términos del penúltimo párrafo del artículo 44 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el avance de la entrega recepción que corresponde a este Ayuntamiento, así como del expediente respectivo, detallado por cada fracción del artículo 45 de la ley referida.

(Ejemplo)I. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores. Corresponde al Secretario del Ayuntamiento proporcionar esta información;• Resumen de actividades realizadas a la fecha de entrega del informe de avance.• Incluir un porcentaje de avance en las actividades realizadas, así como actividades pendientes.

Informar además sobre la integración del Comité de Transición y las actividades que el mismo ha desarrollado.

Incluir el plan de trabajo con que se cuente, preferentemente con cronograma y detallando: • Actividades• Apoyos profesionales y tecnológicos• Capacitaciones necesarias• Encargados y responsables• Comunicados a los responsables de las diferentes áreas y a los miembros del ayuntamiento, sobre el inicio de las acciones para el proceso de entrega recepción de la administración municipal.• Captura de datos• Integración de expediente de acuerdo a lo señalado en la LOM• Revisión contraloría• Obtención de las firmas correspondientes en cada uno de los documentos oficiales que formarán parte del expediente de entrega recepción.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

A t e n t a m e n t e

Presidente Municipal de _________________________________________ Con copia:-_______________________. Presidente del Comité de Transición-_______________________. Tesorero Municipal. Para conocimiento.-_______________________. Contralor Municipal. Mismo fin.- C.P. Arturo Azael López Estrello, Auditor Especial de Evaluación y Desempeño. ASEG. Mismo fin.- C.P Tomás Martín Hernández Gaytán, Auditor Especial de Cumplimiento Financiero. ASEG. Mismo fin.- C.P. y M.A Victor Manuel Padilla Luna, Secretario Técnico. ASEG. Mismo fin.- Archivo.

Oficio de informe de avance.

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MUNICIPIO DE________________OFICIO No.________________/21

ASUNTO: Informe de avance entrega recepción._____________________, Gto., a____de_______2021.

Lic. y M.F. Javier Pérez Salazar Auditor SuperiorAuditoría Superior del Estado de Guanajuato

De conformidad al artículo 44 fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, solicito la asesoría relativa a la integración del expediente de entrega recepción de la Administración Municipal 2021-2024, que se llevará a cabo en el mes de octubre de 2021.

Para tal efecto, informo los datos de contacto del personal encargado de coordinar el proceso de entrega recepción, expongo la duda específica y propongo a consideración el día para la asesoría en comento.

Agradezco de antemano su apoyo, reciba un cordial saludo.

A t e n t a m e n t e

Presidente Municipal de _________________________________________ Con copia:-_______________________. Presidente del Comité de Transición-_______________________. Tesorero Municipal. Para conocimiento.-_______________________. Contralor Municipal. Mismo fin.- C.P. Arturo Azael López Estrello, Auditor Especial de Evaluación y Desempeño. ASEG. Mismo fin.- C.P Tomás Martín Hernández Gaytán, Auditor Especial de Cumplimiento Financiero. ASEG. Mismo fin.- C.P. y M.A Victor Manuel Padilla Luna, Secretario Técnico. ASEG. Mismo fin.- Archivo.

Oficio de solicitud de asesoría.

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MUNICIPIO DE________________OFICIO No.________________/21

ASUNTO: Informe de avance entrega recepción._____________________, Gto., a____de_______2021.

Lic. y M.F. Javier Pérez Salazar Auditor SuperiorAuditoría Superior del Estado de Guanajuato

Hago de su conocimiento que el Ayuntamiento 2021-2024, tomará protesta en la Sesión Solemne de Instalación, a las________.,en____________________________________, declarado recinto oficial y la Primera Sesión Ordinaria donde se desarrollará la Entrega Recepción de la Administración Municipal se celebrará el mismo día a las horas en el Salón de Cabildos de la Presidencia Municipal con domicilio en Plaza Principal número 1, zona centro, del Municipio de______________________________.

Lo anterior para que de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 fracción II de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, personal a su cargo, asista como observador.Agradezco de antemano su apoyo, reciba un cordial saludo.

A t e n t a m e n t e

Presidente Municipal de _________________________________________

Con copia:-_______________________. Presidente del Comité de Transición-_______________________. Tesorero Municipal. Para conocimiento.-_______________________. Contralor Municipal. Mismo fin.- C.P. Arturo Azael López Estrello, Auditor Especial de Evaluación y Desempeño. ASEG. Mismo fin.- C.P Tomás Martín Hernández Gaytán, Auditor Especial de Cumplimiento Financiero. ASEG. Mismo fin.- C.P. y M.A Victor Manuel Padilla Luna, Secretario Técnico. ASEG. Mismo fin.- Archivo.

Oficio por el que se convoca al ASEG a observar el acto de entrega recepción.

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ACTA CIRCUNSTANCIADA DE LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

En la Ciudad de_________________, Guanajuato, siendo las_______del día 10 de octubre de 2021, en el Recinto Oficial del H. Ayuntamiento de_______________________________, Gto., ubicado en_______________________, y con fundamento en el artículo 46 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en vigor, el suscrito Secretario del H. Ayuntamiento de______________________________, Guanajuato, levanta la presente Acta Circunstanciada de Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal, de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO: Con fecha 10 de octubre de 2021, se instaló formalmente el H. Ayuntamiento de_____________________, Guanajuato, para el periodo de gestión 2021-2024.

SEGUNDO: Por mandato del artículo 44 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en vigor, el H. Ayuntamiento saliente 2018-2021, tiene la obligación de hacer entrega al Ayuntamiento entrante, del documento que contenga la situación que guarda la administración pública municipal al término de su gestión.

TERCERO: De conformidad con los antecedentes mencionados, el H. Ayuntamiento saliente 2018-2021 y el H. Ayuntamiento entrante 2021-2024, proceden a formalizar el acto de entrega recepción de la administración pública municipal, de conformidad con los siguientes:

HECHOS:

COMPARECIENTES:

Comparecen a este acto por parte del H. Ayuntamiento saliente 2018- 2021 las siguientes personas:____________________________.- Mismos que deja de ocupar el cargo de_____________________________ el cual se acredita con copia certificada del acta de su nombramiento de fecha__________, así como con credencial de elector, documentación que se agrega a la presente acta y forma parte de ella.

Asimismo, comparecen por parte del H. Ayuntamiento entrante los CC.

_______________________________.-Presidente Municipal Electo,_______________________________.-Síndico Municipal Electo,_______________________________,- Regidores Electos, los cuales se acreditan con la copia de la Constancia de Mayoría expedida por el IEEG, así como con credencial de elector de cada uno de ellos, documentación que se agrega a la presente acta y forma parte de la misma.

De igual forma comparecen en este acto, con el carácter de representantes de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, los CC.___________________________ y__________________________, quienes se acreditan con el oficio núm._____________________ expedido por el Auditor Superior. Asimismo, comparece el C.________________________________, en su calidad de ex Secretario del Ayuntamiento a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 128, fracción X, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Acta circunstanciada del acto de entrega recepción.

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Los integrantes del H. Ayuntamiento saliente proporcionan los siguientes datos personales para su localización;

Nombre Domicilio

Lo anterior, con la finalidad de recibir y atender las posibles solicitudes de información o documentación a que se refiere el segundo párrafo del artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

El H. Ayuntamiento de_______________________________, Guanajuato, de la Administración Pública Municipal 2018-2021, hace entrega en este acto de un documento que, en mención de los representantes del Ayuntamiento saliente, contiene la información sobre la situación que guarda la administración al término de su gestión constitucional, mismo que se recibe por los representantes del H. Ayuntamiento entrante, agregándose a la presente Acta.

Esta Secretaría da fe de que se realiza la entrega y recepción del documento referido, el cual consta de______________carpetas. Asimismo, se hace constar que se entregan y reciben los anexos que enseguida se indican, los cuales se agregan a la presente Acta.

La documentación a que se hace referencia en el documento sobre la situación que guarda la administración pública municipal y que se encuentra relacionada con anexos consiste en lo siguiente:

1. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores.

(Ejemplo) En referencia a este punto, se informa que en la Oficina del Secretario del H. Ayuntamiento obran dos vitrinas que contienen los libros que corresponden al Archivo Histórico del año___________a____________, así como los libros de Actas de Ayuntamiento de las Administraciones a la Administración actual.

2. La documentación relativa a la situación financiera y presupuestal, que deberán contener los estados financieros y presupuestales, los libros de contabilidad, pólizas contables y registros auxiliares, correspondientes al Ayuntamiento saliente.

(Ejemplo) En relación a este punto, se presenta en documento concentrado y físicamente obra en los archivos de la Tesorería Municipal.

3. 3. La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo las observaciones y recomendaciones pendientes de atender, los requerimientos e informes que se hayan generado con motivo del ejercicio de las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato o Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, de las revisiones efectuadas por la Contraloría Municipal.

(Ejemplo) Esta documentación se presenta en documento concentrado y obra en los archivos de la Tesorería Municipal.

4. La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro, así como la relación y registro de los pasivos a cargo del Municipio, que no constituyan deuda pública.

(Ejemplo) Se anexa relación de deuda pública, así como de los pasivos a cargo del Municipio.

5. El estado de la obra pública ejecutada y en proceso en el Municipio y la documentación relativa a la misma.

(Ejemplo) Respecto al estado de la obra pública ejecutada y en proceso, adjunto se presenta síntesis de la misma, obrando la documentación relativa en los archivos de la Dirección de Obras Públicas Municipales.

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6. La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos, ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas y la instancia federal que corresponda el fondo o programa. (Ejemplo) En referencia a este punto, me permito anexar resumen del mismos obrando los archivos íntegros en la Tesorería Municipal.

7. Los manuales de organización y de procedimientos, la plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos, condiciones generales de trabajo y demás información conducente.

(Ejemplo) En relación a este punto se acompaña plantilla de personal que se encuentra al servicio del Municipio, en la cual se indica antigüedad y puesto desempeñado, informando que los expedientes y demás información conducente obra en los archivos debidamente relacionados y concentrados en la Subdirección de Recursos Humanos.

8. 8. La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares, especificando el estado que guardan las obligaciones contraídas.

(Ejemplo) Se adjunta relación de Convenios y/o contratos que el Municipio tiene celebrados con otros Municipios y dependencias del gobierno federal y estatal, así como con particulares.

9. La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución.

(Ejemplo) La documentación relativa a los programas y proyectos municipales aprobados y ejecutados, dependiendo del área de competencia, se encuentran en los archivos de cada una de las dependencias involucradas y serán entregados por los responsables de la misma en el acto de entrega-recepción por dependencia.

10. El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal; incluyendo, los programas informáticos, patentes y marcas, derechos de autor, suscripciones, licencias y franquicias y, en general, todos los derechos de los que el Municipio sea su titular. (Ejemplo) Se acompaña la relación de inventario de bienes muebles e inmuebles, obrando los resguardos correspondientes en la Tesorería Municipal y en donde podrán ser consultados.

11. Los libros de actas y la documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por el Ayuntamiento, sus comisiones y el despacho del Presidente Municipal, incluyendo la relación de aquéllos que se encuentre en trámite.

(Ejemplo) Dicha información recae en los acuerdos tomados por el Ayuntamiento, los cuales obran en los Archivos de la Secretaría del H. Ayuntamiento, así mismo se encuentran plasmados en los libros de actas de Ayuntamiento y en su apéndice correspondiente, el cual generalmente contiene los dictámenes formulados por las comisiones respecto al asunto tratado, así también informo que en los archivos de la oficina de Síndico y Regidores se encuentran los archivos correspondientes.

12. Los expedientes formados con motivo de juicios de cualquier naturaleza en los que el Municipio sea parte.

13. Los padrones de contribuyentes y de proveedores del Municipio, así como la relación de cuentas de predial.

14. Los contratos constitutivos de fideicomisos y contratos sociales de empresas de participación municipal vigentes y en proceso de extinción y liquidación, así como todas sus modificaciones.

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15. Reglamentos, circulares, lineamientos o disposiciones administrativas de observancia general municipales vigentes.

16. El inventario, registro y ubicación de llaves, candados, combinaciones de cajas fuertes, sellos oficiales y claves de acceso a programas de control electrónico.

17. Las peticiones planteadas al Municipio a las cuales no haya recaído acuerdo, así como aquellos acuerdos que no hayan sido comunicados a los peticionarios; y

18. La demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

Además de la información referida en los apartados anteriores, se detalla la siguiente que se estime relevante para garantizar la continuidad de la administración municipal:

a) El Archivo municipal a cargo del Secretario del Ayuntamiento saliente y cuyo titular durante la administración 2018-2021 fungió el_______________________, se encuentra ubicado en________________________________, aclarando que dicho inmueble se encuentra en arrendamiento.

b) Existe otro arrendamiento del inmueble ubicado en_______________________________, mismo que tiene fecha de vencimiento el____________________________________, en dicho inmueble se ubican las dependencias_______________________________________________. Lo anterior se hace del conocimiento para que se tenga programada dicha situación.

A continuación, procede esta Secretaría a enunciar los anexos que se entregan y que están relacionados con el contenido informativo del documento de entrega recepción que se menciona líneas arriba:

Anexo

Concluido el acto material de entrega recepción del documento que informa sobre la situación guarda la administración pública municipal y sus anexos, se hace constar las manifestaciones de los comparecientes que así lo solicitaron.

El C.____________________________, en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento saliente, manifiesta haber proporcionado con veracidad y sin omisión alguna, todos los elementos que exige el artículo 45 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y además, en términos de la fracción XVII del citado artículo, manifiesta haber plasmado en el punto número 13 lo relativo.

El C._________________________________, en su calidad de Secretario del H. Ayuntamiento entrante, manifiesta que anteriormente a este acto y como integrante del Comité de Transición, se tuvo a la vista los elementos que soportan el contenido del Informe y sus anexos.

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CONFORMIDAD:

Agotadas las intervenciones, se procede a dar lectura a la presente Acta en presencia de quienes intervienen en la misma, una vez concluida, los comparecientes manifiestan su conformidad con lo asentado y con el procedimiento llevado a cabo, así como con la presencia de los documentos antes descritos.

Con ello, se da por terminado el acto de entrega y recepción de la administración municipal, siendo las_____________horas del día antes citado y firmando al margen y al calce para constancia por los comparecientes del ayuntamiento saliente y entrante que participaron en el mismo, los representantes de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, así como el C______________________________ ex Secretario del Ayuntamiento.

Se hace entrega en este mismo acto de copias certificadas del Acta a cada compareciente del ayuntamiento saliente, así como a los representantes de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato y al ex Secretario del Ayuntamiento saliente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Municipal vigente.

Por quien entrega:

Por quien recibe:

Representantes de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato:

El Secretario del H. Ayuntamiento.

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COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICAREVISIÓN Y ANÁLISIS DEL EXPEDIENTE DE ENTREGA RECEPCIÓN

INFORME

CC.__________________________________Integrantes del H. Ayuntamiento de __________________________, Guanajuato.Presentes.

Quienes suscribimos, integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en vigor, nos reunimos para llevar a cabo el análisis del expediente formado con motivo de la entrega-recepción de la Administración Pública Municipal 2018-2021, por lo que nos permitimos rendir el siguiente:

INFORME1. AntecedentesMediante sesión ordinaria de este H. Ayuntamiento celebrada con fecha 10 de octubre del año 2021 en acta de sesión ordinaria número 1, se acordó turnar a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública el expediente que contiene la situación que guardaba la Administración Pública Municipal saliente 2018-2021; siendo integrada dicha comisión por las personas siguientes:

Presidente:_______________________________Secretario:_______________________________Vocal:_____________________________Vocal:_____________________________Vocal:_____________________________

En fecha______________________________________, los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública recibimos el expediente formado con motivo de la entrega-recepción de la Administración Pública Municipal, el cual se radicó en la sesión de esta Comisión en la misma fecha.

2. Metodología de trabajo.

Recibido y radicado el expediente materia del presente informe, los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública acordamos la metodología de trabajo para el análisis del mismo, en los términos del artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato vigente, a efecto de realizar el siguiente trabajo:

• Analizar el contenido del documento de entrega-recepción y sus anexos, respecto de la información financiera.

• Analizar la gestión pública, el contenido del documento de entrega-recepción y sus anexos, respecto a la información proporcionada en materia de recursos humanos, administrativa, obra y operación.

• Analizar los asuntos propios del Ayuntamiento y sus comisiones, abocándose al contenido del documento entrega-recepción y sus anexos, respecto de la información proporcionada en materia de acuerdos de Ayuntamiento y trabajo de comisiones, entre otros asuntos propios.

Se acordó, que una vez terminadas sus actividades sea presentado un informe detallado sobre todos y cada uno de los puntos contenidos en el artículo 45 de la Ley citada, que le fueron encomendados.

Informe de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública.

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Para el debido cumplimiento de las funciones, la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública realizará cuantas visitas fueran necesarias a las oficinas municipales, tendrá la facultad de solicitar toda la información pertinente a los titulares de las dependencias y entidades, ello con el fin de corroborar la integración y veracidad de la información proporcionada y sus anexos del paquete de entrega-recepción. Así mismo, realizaría las visitas de supervisión en la presentación de los servicios públicos y de la obra pública, para similar fin.

3. Valoración de la Comisión.

Terminando las actividades y el informe dentro del plazo señalado anteriormente, esta Comisión procede a detallar el contenido del expediente formado con motivo de la entrega- recepción de la Administración Pública saliente 2018-2021, en los términos consignados en el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en vigor:

(Por cada una de las fracciones (diecisiete) del artículo 45 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato).

EJEMPLO:

I. LAS CONCLUSIONES DE LA EVALUACIÓN Y COMPROBACIÓN DE CADA UNO DE LOS PUNTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 45 DE LA PRESENTE LEY;

FRACCIÓN I. Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores. Corresponde al Secretario del Ayuntamiento proporcionar esta información;

INFORMACIÓN REFERIDA EN EL DOCUMENTO DE ENTREGA RECEPCIÓN.

Hace entrega el Secretario del Ayuntamiento 2018-2021, en la ubicación siguiente: …

Reporte impreso y grabado en CD con la etiqueta: Administración Pública Centralizada en la siguiente ruta: 2_1_secretaria/2_1_1_ secretario/rubro_relacion_archivo/ anexo1xb_libros.

ACTIVIDADES DE REVISIÓN Y ANÁLISIS:

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RESULTADO DE LA REVISIÓN Y ANÁLISIS:

(Por cada una de las fracciones)...Detalles y anexos necesarios.

NOTAS: se deberán insertar los quince puntos restantes bajo el esquema sugerido (tipo de información, responsable, información referida en el documento de entrega recepción, actividades de revisión y análisis, resultados, detalles y anexos necesarios)

De igual manera, y en virtud de que se está sugiriendo que en expediente incluya un apartado relativo a la Guía de Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se recomienda, de ser el caso, incluir el rubro correspondiente en este informe.

II. LAS DILIGENCIAS O COMPARECENCIAS DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO SALIENTE O EN FUNCIONES NECESARIAS PARA ACLARACIÓN;

III. OBSERVACIONES GENERADAS DEL ANÁLISIS DE LOS PUNTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 45 DE LA PRESENTE LEY;

IV. PROMOCIÓN DE PRESUNTAS RESPONSABILIDADES CON MOTIVO DE LAS OBSERVACIONES GENERADAS; Y

V. RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN.

Esta Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, sugiere respetuosamente al H. Ayuntamiento proceda a solicitar a los ex funcionarios públicos que participaron en la entrega-recepción por parte del Ayuntamiento saliente, para que atiendan dentro del plazo legal y por escrito, las omisiones e inconsistencias que se detallan en el cuerpo del presente informe.

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MUNICIPIO DE________________OFICIO No.________________/21

ASUNTO: Informe de avance entrega recepción._____________________, Gto., a____de_______2021.

H. Congreso del Estado de GuanajuatoPlaza de la Paz número 77 Guanajuato, Gto.

En atención al artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, remito el Acuerdo de Ayuntamiento relativo al análisis y discusión del Informe elaborado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, acompañado del propio Informe y Expediente de la Entrega Recepción de la situación que guarda la Administración Municipal.

Sin otro particular, quedo a sus órdenes para cualquier comentario o aclaración al respecto.

A t e n t a m e n t e

__________________________________________

Presidente Municipal de ________________________________________

Con copia:-______________. Presidente del Comité de Transición-______________. Tesorero Municipal.-Para conocimiento.-______________. Contralor Municipal. Mismo fin.- Lic. y M.F. Javier Pérez Salazar. Auditor Superior. ASEG. Mismo fin.- Archivo.

Oficio de Ayuntamiento relativo al análisis y discusión del informe.

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Check List Documental materia de entrega recepción municipal.

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La Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, en apoyo a los municipios del estado durante el proceso de entrega recepción que los ayuntamientos habrán de realizar el próximo 10 de octubre de 2021, ha elaborado el “check list” que se presenta a continuación.

Este listado indica de manera concisa y puntual, la documental que se sugiere integrar al expediente de entrega recepción, por cada fracción referida en el artículo 45 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Como instrumento de apoyo, no pretende ser normativo dentro del proceso, sino solamente facilitar su ejecución. Este“check list” se integra como material orientativo para que el proceso de entrega recepción pueda efectuarse cabalmente en los términos que impone la normativa.

Contenido del Expediente de Entrega Recepción.

La integración del expediente de entrega recepción es responsabilidad del Ayuntamiento saliente, y debe contener, por lo menos, la información relativa a:

Fracción I.

Rubro.Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores.

Responsable.Corresponde al Secretario del Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa.

Integración.Libros de actas de la administración saliente:• Todas las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas entre el 10 de octubre de 2018 al 09 de octubre de 2021, ordenadas, fechadas y foliadas en forma consecutiva, con sus respectivos apéndices (totalidad de documentos a los que se haga referencia en el acta respectiva), rubricadas y firmadas por quienes en ellas intervinieron, e incorporadas al libro correspondiente.

Libros de actas de las administraciones anteriores:• En el anexo respectivo a la fracción, se debe indicar el domicilio y la ubicación precisa en la que se encuentran los libros de actas (oficina, archivero, gaveta, etc.), así como el número de libros o tomos que se entregan.

Check List Documental materia de entrega recepción municipal.

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Fracción II.

Rubro.La documentación relativa a la situación financiera y presupuestal, que deberán contener los estados financieros y presupuestales, los libros de contabilidad, pólizas contables y registros auxiliares, correspondientes al Ayuntamiento saliente.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

Integración.• Estados financieros. • Información contable. • Estado de situación financiera. • Estado de actividades. • Estado de cambios en el patrimonio. • Estado de flujos de efectivo. • Informe sobre pasivos contingentes. • Notas a los estados financieros. • Estado analítico del activo. • Nómina de personal ejercida. • Tabulador de sueldos y salarios. • Plantilla de personal autorizada. • Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual derivarán las siguientes clasificaciones: • Corto y largo plazo. • Fuentes de financiamiento. • Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización. • Intereses de la deuda. • Información presupuestaria, con la desagregación siguiente: • Estado analítico de ingresos, de que se derivará la presentación en clasificación económica, por fuente de financiamiento y concepto. • Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos, del que derivarán las siguientes clasificaciones: • Administrativa. • Económica y por objeto del gasto. • Funcional-programática. • Flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal. • Información programática, con la desagregación siguiente: • Gasto por categoría programática.

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• Indicadores de resultados (estratégicos y de gestión), sus MIRs con todos sus elementos. • Metas programadas y su avance. • Programas y proyectos de inversión. • Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual, con la desagregación siguiente: • Ingresos presupuestarios. • Gastos presupuestarios. • Postura fiscal. • Deuda pública.• Conciliaciones bancarias. • Libros de contabilidad. • Libro diario. • Libro mayor. • Libro de inventario, almacén y balances. • Libros de auxiliares.• Pólizas de diario, ingresos y egresos, así como la documentación soporte que las respalde del periodo correspondiente a la administración saliente, del 10 de octubre de 2018 al 9 de octubre de 2021.

La estructura de la información contable y presupuestal deberá atender a los formatos estándar establecidos en los documentos normativos derivados de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable; asimismo, el documento que se entregue en forma impresa, deberá estar firmado por los responsables de su elaboración.

La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de la evaluación del desempeño de los programas municipales, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sidotransferidos.

Fracción III.

Rubro.La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo las observaciones y recomendaciones pendientes de atender, los requerimientos e informes que se hayan generado con motivo del ejercicio de las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato o Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, de las revisiones efectuadas por la Contraloría Municipal.

Responsable.Corresponde al Presidente Municipal, al Tesorero Municipal, y en su caso, al Contralor Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. A agosto o septiembre de 2021. Forma.Impresa.

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Integración.• Cuenta pública: •Todas las cuenta públicas presentadas de septiembre de 2018 a marzo de 2021, así como la información financiera trimestral presentada de abril de 2019 a septiembre de 2021. • Libros, engargolados o expedientes que contenga los estados financieros que integran la cuenta pública. • Acuses de los oficios de remisión de la cuenta pública al Congreso.• Auditorías o revisiones por parte de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato: • Pliegos, informes, recursos y acuerdos del Congreso, en su caso, de las auditorías notificadas durante la administración saliente o concluidas en la misma. • Cédulas de resultados de las revisiones efectuadas a la información financiera trimestral. • Requerimientos de información pendientes de atender, relacionados con cualquier tipo de proceso de fiscalización. • Informes en atención a dichos requerimientos o en su caso, el estatus de los mismos. • Constancias de atención o solventación de observaciones o recomendaciones.• Revisiones de las contralorías municipales: •Programa de Auditoría, informes y documental de las demás auditorías practicadas y en proceso.

• Auditorías practicadas por otros órganos de control o fiscalización, concluidas o en proceso (ASF, Contralorías, auditores externos).

Fracción IV.

Rubro.La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro, así como la relación y registro de los pasivos a cargo del Municipio, que no constituyan deuda pública.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información;

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

Integración.• Expediente de cada crédito autorizado durante el periodo de la administración saliente, así como de aquéllos autorizados por otras administraciones que aún no estén liquidados al 9 de octubre de 2021.• Deuda pública (expediente). • Acta de ayuntamiento firmada en la que se autoriza la deuda. • Decreto de autorización por parte del Congreso. • Inscripción en el Registro Estatal de Deuda Pública. • Número de inscripción en el registro de obligaciones y empréstitos ante la SHCP. • Contrato, en el que se especifique: • Monto. • Destino. • Tasas.

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• Plazos de amortización. • Garantías.• Pasivos a cargo del municipio con informe que detalle el origen y documentación que soporte el adeudo, entre otras: • Pasivos garantizados con FORTAMUN. • Cuotas IMSS. • Retenciones de impuestos por pagar. • Otros impuestos por pagar. • Laudos o resoluciones de carácter civil, mercantil o administrativo de carácter definitivo en los que se condene al municipio a un pago.• Documento donde conste la calificación crediticia o de riesgo, en su caso.

Todas las obligaciones de pago deben guardar correspondencia con su registro en contabilidad. En caso de existir pasivos no registrados, deberán entregar información debidamente relacionada que detalle: los generales del acreedor, monto, concepto y motivo por el cual no se incluye en la contabilidad.

Fracción V.

Rubro.El estado de la obra pública y servicios relacionados con la misma, que se encuentren ejecutados y en proceso, especificando la etapa en que se encuentren; así como la documentación relativa.

Responsable.Corresponde al Titular de la Dependencia de Obra Pública proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

Integración.Relación de las obras públicas que contenga por cada una: expediente técnico unitario de obras terminadas y cerradas administrativamente; terminadas sin cierre administrativo; terminadas por operar; en proceso de ejecución o sujetas a procesos legales; concluidas durante la administración saliente, así como la que se encuentre en proceso al 9 de octubre de 2021, incluidas las obras iniciadas en administraciones anteriores.

• Planeación y programación: •Acta de Ayuntamiento de aprobación de la obra (autorización; aprobación; afectaciones o modificaciones presupuestales; cancelación de saldos, etc.). • Contratos y convenios • Anexos técnicos. • Anexos de ejecución. • Adquisición del inmueble (donación o de compra- venta, convenios de afectación). • Instrumento jurídico que acredite la adquisición o afectación (escritura, convenio, contrato). • Ficha técnica. • Avalúo.

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• Forma de pago (cheque, transferencia). • Documento que acredite la recepción del pago. • Permisos relacionados con obra. • Presupuesto y programa de obras. • Presupuesto y programa de acuerdo a inversión autorizada. • Expediente técnico validado. • Solicitud de obra. • Proyecto (estudios preliminares; memorias de cálculo; planos; catálogo de conceptos y volumetría; normas y especificaciones de construcción; términos de referencia para servicios relacionados con obras). • Acta de validación. • Cédula de registro • Dictamen de factibilidad • Presupuesto de referencia • Ponderación de avances físico-financieros • Acta de aceptación. (Factibilidad social). • Validación o dictamen de Factibilidad técnica. • Dictamen de impacto ambiental. (Factibilidad ecológica). • Información técnica y croquis. • Memoria descriptiva • Estudios de mecánica de suelos • Memorias de cálculo • Plano de Proyecto • Memoria fotográfica.• Proceso de adjudicación: • Registro del contratista en el padrón. • Acuerdo de ejecución de obra por Administración Directa. • Publicación de convocatoria (licitación pública o simplificada). • Invitación por medio de oficio. • Inscripción al concurso. • Propuestas técnicas y económicas. • Propuesta técnica ganadora. • Bases y Requisitos del Concurso (comprobantes de pago de bases adquiridas) • Constancia escrita de haber asistido al lugar de ejecución de la obra. • Copia de la minuta correspondiente a la junta de aclaraciones. • Datos básicos de materiales, maquinaria y mano de obra. • Relación de maquinaria y equipo de construcción. • Manifestación escrita de las partes que pueden ser subcontratadas. • Fallo y adjudicación Catálogo de conceptos, (Presupuesto del licitante). • Análisis de precios unitarios (tarjetas; básicos de materiales; análisis de factor de salario real de indirectos; financiamiento; utilidad). • Especificaciones y documental relacionada con el concurso. • Programas calendarizados: • Ejecución. • Maquinaria y equipo. • Suministro de materiales • Personal administrativo encargado de la administración. • Personal técnico-administrativo encargado de ejecución.

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• Contrato: • Garantías de cumplimiento, anticipos, vicios ocultos (factura, póliza de cheque; amortización). • Convenio de ampliación o modificatorio • Catálogo o Presupuesto Contratado. • Convenios (modificatorios; al presupuesto del convenio; al calendario de obra). • Ejecución de la obra: • Designación de supervisión. • Estimaciones (factura, póliza de cheque, carátula de estimación; conceptos estimados, hoja de estimación; números generadores (con croquis). • Fotografías. • Volúmenes excedentes (solicitud, autorización). • Conceptos fuera de catálogo (Solicitud; análisis; autorización). • Concentrado de estimaciones y pagos, (impreso y medio magnético). • Pruebas de control de calidad. • Recalendarización (solicitud, autorización). • Prórroga (solicitud, autorización, programa). • Ajuste de costos (solicitud, autorización, estudio, estimación). • Bitácora de obra. • Pólizas de cheque de maquinaria, mano de obra y materiales. • Contratos de arrendamiento. • Facturas de maquinaria. • Bitácora de maquinaria. • Concentrado de pago de mano de obra (Resumen por categoría) • Lista de raya de personal que ejecuta la obra. • Concentrado de pago de materiales (Resumen por categoría). • Facturas de materiales. • Terminación de la obra: •Aviso de terminación de obra a la contratante. • Aviso de terminación al Órgano de Control Interno. • Finiquito de obra. • Acta entrega-recepción. • Planos actualizados, manuales e instructivos de operación, mantenimiento y conservación. • Título de propiedad del inmueble y datos de localización.• Suspensiones y rescisiones: • Justificación de suspensión, terminación anticipada o rescisión del contrato. • Sanciones aplicadas. • Notificación al contratista. • Contestación del contratista. • Acta administrativa. • Convenio de Suspensión o Rescisión. • Aviso al Órgano de Control Interno. • Oficio de reclamación de fianzas. • Escrito de recurso de Revocación y Suspensión. • Seguimiento del reclamo.

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Fracción VI.

Rubro.La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos, ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas y la instancia federal que corresponda el fondo o programa.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

Integración.• Expediente de cada uno de los programas o fondos federales o estatales (subsidios, transferencias, ramo 33, convenios de descentralización del gasto, convenios de anticipo de participaciones, otros), ejercidos durante la administración saliente y los que se encuentren en proceso al 9 de octubre de 2021. • Convenio y anexos técnicos o de ejecución. • Convenios modificatorios. • Oficios de solicitud y autorización de modificaciones al convenio. • Comprobantes de recepción de los recursos federales y estatales transferidos. • Informes turnados a la instancia estatal o federal. • Reportes de avances físico-financieros. • Matrices de indicadores de resultados. • Acuse de entrega de los informes. • En caso de inspecciones o auditorías, los resultados de dichas acciones. • Comprobantes que soportan el informe acorde a lo señalado en el convenio y sus modificatorios (estimaciones, facturas, pagos de anticipo, estados de cuenta, etc.). • Reintegros. • Lista de las cuentas bancarias productivas específicas en donde están radicados los recursos. • Oficios de solicitud de prórroga, en su caso.

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Fracción VII.

Rubro.Los manuales de organización y de procedimientos, la plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos, condiciones generales de trabajo y demás información conducente.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

Integración.• Manuales de organización y de procedimientos vigentes al 9 de octubre de 2021. • Organigrama de la administración pública municipal. • Flujos de procesos. • Descripción de puestos, detallando funciones atribuciones. • Tabulador de sueldos y sus modificaciones, firmado por los integrantes del Ayuntamiento que lo autorizaron como anexo y acta de ayuntamiento en la que fue autorizado.• Plantilla de personal y sus modificaciones, firmada por los integrantes del Ayuntamiento que la autorizaron con anexo y acta de Ayuntamiento en la que fue autorizada.• Expedientes del personal de la administración municipal, que deberán contener: • Documentación personal acorde a lo que señalen sus lineamientos, o en su defecto por lo menos: • Nombre. • Clave RFC. • CURP. • Currículum. • Comprobante de domicilio. • Contrato. • Contrato bancario de la cuenta de nómina. • Nombramiento. • Oficios de cambio de adscripción. • Alta en IMSS, ISSEG, ISSSTE u otro. • Descuentos. • Incapacidades. • Constancias de capacitaciones. • Actas administrativas, circunstanciadas, de hechos, u otras. • Constancias de sanciones aplicadas. • Evaluaciones de control de confianza, en su caso. • Pólizas de seguros de vida y de gastos médicos. • Condiciones generales de trabajo vigentes. • Contratos colectivos con sindicatos, en su caso.

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Fracción VIII.

Rubro.La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares.

Responsable.Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa. Integración.Información debidamente relacionada de convenios y contratos celebrados durante la actual administración, incluyendo los vigentes y los concluidos. Los celebrados durante administraciones anteriores cuya vigencia haya concluido durante la actual administración. Los vigentes celebrados durante administraciones anteriores y aquellos cuyos derechos y obligaciones subsistan a la fecha de la entrega, entre otras:• Convenio de colaboración, coordinación o contrato firmado.• Anexos del convenio o contrato.• Convenios modificatorios, en su caso.• Informes, documentación o entregables que deriven de acuerdo con los compromisos asumidos.• Informe de seguimiento y resultados.• Convenio de terminación anticipada, en su caso.• Garantías, en su caso (fianza, hipoteca, etc.).

Fracción IX.

Rubro.La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución.

Responsable.Corresponde al Secretario de Ayuntamiento y Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa.

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Integración.Relación de programas y proyectos municipales concluidos durante la administración y los que se encuentran en proceso al 9 de octubre de 2021.• Acta de Ayuntamiento en la que fueron aprobados.• Programa municipal de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial.• Programa de Gobierno Municipal y el avance correspondiente. • Programas derivados del programa de gobierno municipal.• Plan Municipal de Desarrollo.• Programa anual de obra pública o programa de inversión y avance correspondiente.• Programa anual de compras con el señalamiento de los recursos ejercidos y por ejercer.• Programa Operativo Anual.• Programas sociales y, en su caso, sus reglas de operación.• Organismos de planeación.

Fracción X.

Rubro.El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal; incluyendo, los programas informáticos, patentes y marcas, derechos de autor, suscripciones, licencias y franquicias y, en general, todos los derechos de los que el Municipio sea su titular.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos. Integración.Registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes al 9 de octubre de 2021.• Muebles • Relación o lista de bienes muebles que señale: • Código de identificación o número de inventario. • Descripción del bien. • Condiciones en las que se encuentra. • Número de factura, fecha e importe. • Facturas o documentos que acrediten la propiedad o derechos sobre los bienes enlistados. • Resguardo de cada uno de los bienes firmados por el resguardante. • Documento en que conste el movimiento de alta o baja del bien mueble. • En caso de baja, documento en que conste la autorización correspondiente. • Documento en que conste el reconocimiento de derechos de autor o registros de marcas, patentes o diseños industriales, emitidos por la autoridad correspondiente. • Relación de programas informáticos y sus licencias correspondientes.• Inmuebles • Contrato o convenio por el que se adquiere la propiedad, el uso o usufructo. • En su caso, convenios modificatorios.

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• Escritura pública o documento jurídico que acredite la propiedad del bien inmueble. • Constancia de inscripción del bien inmueble en el Registro Público de la Propiedad. • Avalúos. • Relación de bienes inmuebles (incluyendo arqueológicos, artísticos e históricos), con la información siguiente: • Ubicación. • Datos de identificación del documento en que consta la propiedad. • Superficie. • Clave catastral, en lo aplicable. • Documento, expedido por autoridad competente, por el cual se catalogue al inmueble como arqueológico, artístico o histórico.

Fracción XI.

Rubro.Los libros de actas y la documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por el Ayuntamiento, sus comisiones y el despacho del Presidente Municipal, incluyendo la relación de aquéllos que se encuentren en trámite.

Responsable.Corresponde al Presidente Municipal y Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa.

Integración.Asuntos tratados por el Ayuntamiento saliente del 10 de octubre de 2021 al 09 de octubre de 2024.• Acta de Ayuntamiento firmada en la que se acuerda el asunto.• Anexos del acta.• Minutas de reuniones firmadas.• Actas de las comisiones.• Proyectos o anteproyectos de las comisiones.• Informe del estatus en el que se encuentre el asunto en el Ayuntamiento o en la comisión, que deberá contener: • Descripción del asunto. • Responsable de la ejecución. • Áreas involucradas. • Fecha acordada de cumplimiento. • Porcentaje de avance.

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Fracción XII.

Rubro.Los expedientes formados con motivo de juicios de cualquier naturaleza en los que el Municipio sea parte, especificando la etapa procedimental en que se encuentran, alguna carga procesal y la fecha de vencimiento, además de los requerimientos e informes pendientes de entregar.

Responsable.Corresponde al Síndico del Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa.

Integración.Expedientes de los juicios en trámite al 9 de octubre de 2021, incluyendo los concluidos durante la administración saliente.• Demanda civil, mercantil, laboral, agraria, administrativa, etc., denuncia o querella penal.• Juicio de amparo (demandas, información previa y justificada, entre otros).• Contestación a la demanda.• Notificaciones.• Actuaciones y pruebas desahogadas.• Incidentes, en su caso.• Convenio judicial o extra judicial, en su caso.• Recursos interpuestos.• Sentencia, laudo o resolución de todas las instancias ante las que se haya tramitado el asunto.• Actuaciones derivadas del cumplimiento a la sentencia.

Fracción XIII.

Rubro.Los contratos constitutivos de fideicomisos y Rubro.Los padrones de contribuyentes y de proveedores del Municipio, así como la relación de cuentas de predial.

Responsable.Corresponde al Tesorero Municipal proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos.

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Integración.• Padrones de contribuyentes y proveedores vigentes al 9 de octubre de 2021. • Listado de contribuyentes que debe contener: • Nombre. • Domicilio. • Giro. • Número de cuenta predial. • Estatus (al corriente o con adeudo). • Listado de proveedores y contratistas que debe contener: • Información del proveedor: • Nombre del proveedor y en su caso, del representante legal. • RFC. • CURP. • Domicilio. • Teléfono. • Correo. • Institución financiera, cuenta bancaria y CLABE interbancaria a la que se efectúan las transferencias. • Número de registro en el padrón • Tipo de proveedor (bienes, servicios, contratistas, etc.) • Cuentas de predial (urbano y rústico) • Cuenta. • Nombre del contribuyente. • Domicilio del predio. • Domicilio de notificaciones. • Valor fiscal. • Tasa. • Superficie. • Superficie construida. • Descuentos. • Rezagos. • Usuarios del servicio de agua potable, drenaje y alcantarillado • Domicilio (al corriente o con rezago). • Número de cuenta o servicio. • Estatus.

Contratos sociales de empresas de participación municipal vigentes y en proceso de extinción y liquidación, así como todas sus modificaciones.

Fracción XIV.

Responsable.Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

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Forma. Impresa. Integración.Fideicomisos y empresas de participación municipal en operación o en proceso de extinción al 09 de octubre de 2018, incluidos aquellos que se hubieren extinguido durante la gestión de la administración pública municipal saliente.• Fideicomisos públicos: • Acuerdo que autoriza su creación. • Contrato de fideicomiso, y sus modificatorios, precisando: • Fideicomitente. • Patrimonio Fideicomitido • Fiduciaria. • Honorarios de la fiduciaria. • Objeto. • Fideicomisarios, en su caso. • Estructura orgánica. • Nombramientos de titulares y suplentes de los integrantes del Comité Técnico. • Nombramiento del Director General, en su caso. • Nombramientos y contratos del personal, en su caso. • Reglas de operación, en su caso. • Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, con sus anexos. • Informes trimestrales presentados al Ayuntamiento sobre la administración y aplicación de los recursos fideicomitidos, y sus respectivos acuses. • Autorizaciones del incremento del patrimonio fideicomitido. • Instrucciones dirigidas a la fiduciaria. • Acuerdos modificatorios al contrato constitutivo, en su caso. • Constancias de entrega de los apoyos otorgados a los beneficiarios, en su caso. • Acuerdo que determine su extinción, en su caso. • Documentos relacionados con las gestiones de liquidación, en su caso.• Empresas de participación municipal: • Acuerdo que autoriza su constitución. • Escritura constitutiva. • Integración del órgano de gobierno. • Objeto. • Representación legal. • Patrimonio constitutivo. • Porcentaje de participación municipal.• Modificaciones a la escritura constitutiva, con sus respectivos acuerdos.• Partes sociales o acciones.• Poderes otorgados y, en su caso, sus revocaciones.• Actas de las asambleas y sesiones.• Seguimiento de acuerdos.• Informes presentados al Ayuntamiento y sus respectivos acuses.• Designación del comisario público.• Estructura orgánica.• Nombramientos de titulares y suplentes de los integrantes del órgano de gobierno.• Nombramientos y contratos del personal, en su caso.• Acuerdo que determine su extinción, en su caso.

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• Documentos relacionados con las gestiones de liquidación, en su caso.

Fracción XV.

Rubro.Reglamentos, circulares, lineamientos y disposiciones administrativas de observancia general municipales vigentes.

Responsable.Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma.Impresa y en medios magnéticos o electrónicos. Integración.Normativa vigente al 9 de octubre de 2021, independientemente de la administración durante la cual se haya emitido. Firmada por la instancia autorizada para su emisión.

• Disposiciones Administrativas relativas a las adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del Municipio.• Disposiciones que contengan los requisitos para la obtención de las licencias o permisos para el establecimiento de anuncios, carteles o publicidad.• Disposiciones Administrativas de Recaudación para el ejercicio fiscal en curso.• Lineamientos Generales de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.• Disposiciones administrativas para la aplicación de montos presupuestales no ejercidos conforme a la calendarización de gastos.• Lineamientos para integrar la información en materia de gasto público.• Lineamientos Generales de las garantías que deban constituirse a favor del mismo, en los actos y contratos que celebre. Lineamientos Generales de Recursos Humanos, que incluyan entre otras cosas, el retiro voluntario de personal, conversión de plazas, renivelaciones de puestos y creación de categorías.• Lineamientos Generales para aplicar los donativos que se reciban.• Disposiciones Administrativas que regulen los servicios públicos de su competencia.• Políticas de Inversión.• Lineamientos de Control Patrimonial, o de uso o resguardo de bienes muebles o inmuebles.• Disposiciones Administrativas o Lineamientos para el ejercicio de los gastos de transición.• Lineamientos para Inversión Pública.• Reglamento de Mercados y Centrales de Abasto.• Reglamento de Tránsito y Vialidad.• Reglamento de Concesiones de los Servicios Públicos Municipales.• Reglamento de Protección Civil.• Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos.• Reglamento de Estacionamientos Públicos.• Reglamento de Obra Pública.• Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público.

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• Reglamento de Uso y Destino de Inmuebles Propiedad Municipal.• Reglamento de Asistencia y Salud Pública.• Reglamento de Uso de Suelo.• Reglamento de Desarrollo Urbano y Fraccionamientos.• Reglamento de Transporte Urbano y Suburbano.• Reglamento de Panteones.• Reglamento de Calles, Parques, Jardines, Áreas Ecológicas y Recreativas.• Reglamento de Catastro Público Municipal.• Reglamento de Deporte y Cultura Física.• Reglamento para la Integración de Organizaciones de Participación Ciudadana.• Reglamento para la Entrega Recepción Municipal.• Reglamento de Planeación del Desarrollo Municipal.• Reglamento para la Protección y Promoción del Patrimonio Histórico del Municipio.• Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales.• Reglamento para la Protección del Medio Ambiente.• Bando de Policía y Buen Gobierno.• Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública.• Disposiciones que establezcan la prestación a favor de los trabajadores de confianza al término de la relación laboral.• Circulares.• Otras.

Fracción XVI.

Rubro.El inventario, registro y ubicación de llaves, candados, combinaciones de cajas fuertes, sellos oficiales y claves de acceso a programas de control electrónico.

Responsable.Corresponde al Secretario de Ayuntamiento proporcionar esta información.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa.

Integración.• Inventario de las llaves, candados, cajas fuertes, sellos oficiales, programas de control electrónico que requieren clave de acceso.• Respecto de las llaves y candados se debe indicar: • El acceso al que corresponden. • Responsables de su custodia.• Señalar respecto de las combinaciones de cajas fuertes. • Listado de las cajas fuertes y su ubicación. • Sobre cerrado con la clave de la combinación de cada una. • Responsable de la información.• Sellos oficiales. • Listado que detalle:

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• Tipo de sello. • Uso. • Área generadora. • Cantidad de sellos. • Responsables de su custodia. • Programas de control electrónico. • Tipo de programa. • Sobre cerrado con la clave de acceso a cada uno. • Nombre de los administradores.• En caso de contar con dispositivos electrónicos autenticadores de contraseñas bancarias (token, otp, NetKey, etc.): • Nombre de la institución bancaria. • Vigencia del dispositivo. • Contrato que regula el uso del dispositivo. • Responsable de su uso y custodia. • Usuario y contraseña para tener acceso a: • Sistema de nómina. • Sistema de recaudación. • Sistema Contable. • Sistema de control de inventarios. • Sistema de compras. • SERMEG, SIRET, y otros. • Especificación de sistemas de los cuales el representante • legal deberá tramitar o renovar: • Sello Digital. • IDSE, CIEL, FIEL, y otros.

Fracción XVII.

Rubro.Las peticiones planteadas al Municipio a las cuales no haya recaído acuerdo, así como aquellos acuerdos que no hayan sido comunicados a los peticionarios.

Responsable.De acuerdo con el tipo de información que se entregue.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa.

Integración.• Peticiones a las cuales no ha recaído acuerdo• Acuerdos que no han sido comunicados a los peticionarios.

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Fracción XVIII.

Rubro.La demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

Responsable.De acuerdo con el tipo de información que se entregue.

Plazo de actualización sugerido. Al 9 de octubre de 2021.

Forma. Impresa. Integración.• Presupuesto de Egresos y Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2021 con sus modificaciones.• Proyecto de iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio 2022.• Anteproyecto de presupuesto de egresos 2022 (incluir indicadores de desempeño).• Guía para el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.• Procesos de contrataciones públicas en materia de adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones pendientes al 9 de octubre de 2021 y concluidos durante la administración saliente. • Estudio de mercado, en su caso. • Convocatoria. • Bases. • En caso de adjudicación directa, la justificación presentada. • Cotizaciones, en su caso. • Autorización, en su caso. • Anexos técnicos. • Junta de aclaraciones. • Propuestas técnicas y económicas recibidas. • Dictámen técnico. • Tabla comparativa de aspectos económicos. • Fallo de adjudicación. • Contrato. • Garantías. • Convenios modificatorios.• Título de concesión.• Permisos (de uso de suelo y de fraccionamiento)• Licencias otorgadas.• Expedientes de fraccionamientos.• Controles de oficios o memorandos.• Formas foliadas.• Página Institucional en internet con la información que disponen la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su simil local.• Organismos paramunicipales, y su normativa vigente.• Asesores externos.• Información en materia de disciplina financiera: • Asociaciones Público-Privadad.

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• Balance presupuestario. • Balance presupuestario de recursos disponibles. • Financiamento neto. • Fuente de pago. • Gasto etiquetado. • Gasto no etiquetado. • Ingresos de libre disposición. • Ingresos excedentes. • Ingresos totales. • Instrumentos derivados. • Inversión pública productiva. • Techo de financiamento neto. • Estudio actuarial de las pensiones de los trabajadores. • Subsidios. • Gastos de comunicación social.• Las demás documental significativa que refleje la situación actual de la administración.

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Anexos del expediente de entregarecepción.

Para su comodidad los anexos los puede descargar de la siguiente liga:

https://www.aseg.gob.mx/guiaentregarecepcion/

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www.aseg.gob.mx