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Editado por:GRUPO EDITORIALNUEVA LEGISLACION LTDA.Calle 66 No. 16-50Tels.: 312 63 18 - 217 14 17Bogotá, [email protected]
Todos los derechos reservados2012
ISBN 978-958-8371-32-0
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Presentación
Para Nueva Legislacion Ltda. Es grato presentar la cuarta (4) edición del Estatuto Tributario de Barranquilla 2012, publicación actualizada con el Decreto 0924 de 2011 “Por el cual se renumera la normativa tributaria del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla contenida en el Decreto 0180 de 2010”.
El Estatuto Tributario Distrital es la compilación de los aspectos sustanciales y estructurales de los impuestos vigentes (Acuerdo 030 de 2008), y se complementa con el procedimiento tributario nacional adoptado a partir de esa fecha mediante las Leyes 1429 de 2010, 1430 de 2010, 1450 de 2011 y el Decreto 019 de 2012.
El Estatuto Tributario es una publicación comentada y concordada con notas de gran interés del Estatuto Tributario Nacional, incluyendo la jurisprudencia del Consejo de Estado concordada con los artículos del Estatuto de Barranquilla, el cual se debe consultar permanentemente en nuestra página WEB www.nuevalegislacion.com por su importancia y contenido del mismo, y un suplemento con las actualizaciones de las normas vigentes para el año 2012.
Esperamos que esta obra se convierta en una ayuda más para contribuyentes, funcionarios y todos los interesados en el tema de los Impuestos de Barranquilla.
JORGE E. CHAVARRO C.Gerente
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Grupo EditorialNueva Legislación Ltda.
Dirigida por: Jorge Enrique Chavarro Cadena
I M P O R TA N T E
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Índice GeneralV
Índice General
TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO IEl Tributo .................................................................................................... 1
CAPÍTULO IIEstatuto Tributario ...................................................................................... 3
LIBRO PRIMERO PARTE SUSTANTIVA
TÍTULO I IMPUESTOS DISTRITALES PRINCIPALES
CAPÍTULO IImpuesto Predial Unificado......................................................................... 5
CAPÍTULO IIImpuesto de Industria y Comercio ............................................................ 30
CAPÍTULO IIIImpuesto de Avisos y Tableros ................................................................. 85
CAPÍTULO IVSobretasa Bomberil ................................................................................ 87
CAPÍTULO VImpuesto a la Publicidad Exterior Visual .................................................. 87
CAPÍTULO VIImpuesto Unificado de Espetáculos Públicos .......................................... 91
CAPÍTULO VIIImpuesto de Delineación Urbana ............................................................. 97
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Estatuto Tributario de BarranquillaVI
CAPÍTULO VIIIImpuesto al Servicio de Alumbrado Público. .......................................... 103
CAPÍTULO IXEstampilla Pro Cultura .............................................................................111
CAPÍTULO XEstampilla para el Bienestar del Adulto Mayor ........................................116
CAPÍTULO XIParticipación en Plusvalía ...................................................................... 120
CAPÍTULO XIISobretasa a la Gasolina ......................................................................... 138
TÍTULO II IMPUESTOS CON PARTICIPACIÓN DISTRITAL
CAPÍTULO IImpuesto sobre Vehículos Automotores ................................................. 143
CAPÍTULO IIEstampilla Pro-Hospitales de Primer y Segundo Nivel de Atención ....... 144
CAPÍTULO IIITASA DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA ....................... 147
TÍTULO III DERECHOS
CAPÍTULO IServicios Prestados por Metrotránsito S.A. (Hoy Secretaría Distrital de Movilidad) .................................................. 147
CAPÍTULO IITasas por Derechos Urbanísticos........................................................... 153
CAPÍTULO IIIContraprestación por zona de uso público e infraestructura de las concesiones en los puertos fluviales que se encuentran ubicados en los últimos treinta kilómetros del río Magdalena ................ 154
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Índice GeneralVII
LIBRO II PARTE PROCEDIMENTAL
TÍTULO I NORMAS GENERALES
CAPÍTULO IAdministración y competencias .............................................................. 155
CAPÍTULO IIActuaciones ............................................................................................ 157
CAPÍTULO IIINotificaciones ......................................................................................... 160
TÍTULO II DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES
CAPÍTULO INormas comunes ................................................................................... 168
CAPÍTULO IIDeclaraciones Tributarias ....................................................................... 171
CAPÍTULO IIIOtros deberes formales ......................................................................... 207
TÍTULO III SANCIONES
CAPÍTULO INormas generales .................................................................................. 260
CAPÍTULO IISanciones relativas a las declaraciones................................................. 263
CAPÍTULO IIISanciones relativas al pago de los tributos ............................................ 277
CAPÍTULO IVSanciones a las entidades recaudadoras............................................... 279
CAPÍTULO VOtras sanciones...................................................................................... 283
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Estatuto Tributario de BarranquillaVIII
TÍTULO IV DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO E IMPOSICIÓN DE SANCIONES
CAPÍTULO INormas generales .................................................................................. 300
CAPÍTULO IILiquidaciones oficiales............................................................................ 310
Liquidación de corrección ....................................................................311Liquidación de corrección aritmética ...................................................311Liquidación de revisión ....................................................................... 314Liquidación de Adición y Provisional. ................................................. 324Liquidación de aforo. .......................................................................... 326
TÍTULO V RECURSOS CONTRA LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN
DE IMPUESTOS DISTRITALES
CAPÍTULO IRecurso de reconsideración ................................................................... 331
CAPÍTULO IIOtros recursos ordinarios ....................................................................... 343
CAPÍTULO IIIRevocatoria directa................................................................................. 346
TÍTULO VI RÉGIMEN PROBATORIO
CAPÍTULO IDisposiciones generales......................................................................... 347
TÍTULO VII EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
CAPÍTULO IResponsabilidad por el pago del tributo ................................................. 382
Sistema de retenciones en el impuesto de industria y comercio. ....... 390Sistema de retención en pagos con tarjetas de crédito y tarjetas débito .............................................. 396
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Índice GeneralIX
Autoretención del Impuesto de Industria y Comercio ......................... 399Retención en la Fuente de Tributos Distritales ................................... 400
CAPÍTULO IIExtinción de la obligación tributaria ........................................................ 403
TÍTULO VIII Procedimento administrativo de cobro ...............................................424
TÍTULO IX Intervención de la administración .......................................................457
TÍTULO X Devoluciones .........................................................................................462
TÍTULO XI Otras disposiciones procedimentales.................................................473
S U P L E M E N T O
Ley No. 788 de 2002 ............................................................................ 477
Ley No. 863 de 2003 .............................................................................. 484
Ley No. 1066 de 2006 ............................................................................ 487
Ley No. 1111 de 2006 ............................................................................. 492
Ley No. 1430 de 2010 ............................................................................ 503
Resolución No. 011963 de 2011 ............................................................. 505
Resolucion DSH No. 007 de 2010 ......................................................... 507
Decreto No. 0019 del 10 de enero de 2012 ........................................... 514
Decreto No. 1018 de 2011 ...................................................................... 524
Acuerdo No. 0006 de 2011 .................................................................... 529
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Estatuto Tributario de BarranquillaX
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Índice AlfabéticoXI
AAcreditación del pago del Impuesto Predial .............................. Artículo 417
Actividades comerciales ..............................................................Artículo 38
Actividades de servicio ................................................................Artículo 39
Actividades industriales ...............................................................Artículo 37
Actividades no sujetas al impuesto industria y comercio ............ Artículo 57
Actividades realizadas en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla .........................................Artículo 43
Actos en los cuales se pueden imponer sanciones .................. Artículo 255
Actualización de valores ............................................................Artículo 140
Actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago ...................................................................Artículo 420
Administración de los grandes contribuyentes .......................... Artículo 188
Administración del Tributo .........................................................Artículo 141
Administración y control de los tributos .........................................Artículo 7
Adopción en el Distrito de Barranquilla de la Estampilla Pro – Hospitales de Primer y Segundo Nivel de Atención .......................................................................Artículo 160
Adopción en el Distrito de Barranquilla de la Participación en la tasa de seguridad y Convivencia Ciudadana .................................................................................Artículo 170
Índice Alfabético
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Estatuto Tributario de BarranquillaXII
Agentes autoretenedores ..........................................................Artículo 373
Agentes de retención.................................................................Artículo 343
Agentes de retención.................................................................Artículo 361
Agotamiento de la vía gubernativa contra los actos que contienen el cálculo del efecto de plusvalía y la liquidación del monto de la participación en plusvalía .............. Artículo 136
Ajuste de los saldos de las cuentas ..........................................Artículo 419
Ajuste de valores absolutos en moneda nacional ..................... Artículo 422
Ampliación al requerimiento especial ........................................Artículo 304
Aplicabilidad de las modificaciones adoptadas por medio del Acuerdo 030 de 2008 ................................................Artículo 423
Aplicación de títulos de depósito ...............................................Artículo 396
Aproximación de los valores en las declaraciones tributarias ... Artículo 200
Aproximación de los valores en los recibos de pago ................ Artículo 380
Auto inadmisorio ........................................................................Artículo 413
Autorización ...............................................................................Artículo 168
Autorización legal ........................................................................Artículo 12
Autorización legal ........................................................................Artículo 35
Autorización legal ........................................................................Artículo 65
Autorización legal ........................................................................Artículo 72
Autorización legal ........................................................................Artículo 79
Autorización legal ........................................................................Artículo 88
Autorización legal ........................................................................Artículo 99
Autorización legal ......................................................................Artículo 105
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Índice AlfabéticoXIII
Autorización legal ...................................................................... Artículo 115
Autorización legal ......................................................................Artículo 126
Autorización legal ......................................................................Artículo 148
Autorización legal ......................................................................Artículo 156
Autorización Legal .....................................................................Artículo 159
Autorización Legal .....................................................................Artículo 169
Autorización legal ......................................................................Artículo 182
BBase de la retención ..................................................................Artículo 348
Base de la retención ..................................................................Artículo 366
Base gravable..............................................................................Artículo 16
Base gravable..............................................................................Artículo 69
Base gravable..............................................................................Artículo 82
Base gravable..............................................................................Artículo 91
Base gravable............................................................................ Artículo 119
Base gravable............................................................................Artículo 128
Base gravable............................................................................Artículo 153
Base gravable............................................................................Artículo 164
Base gravable del impuesto de industria y comercio .................. Artículo 46
Base gravable especial para el sector financiero ........................ Artículo 50
Base gravable especial para la distribución de derivados del petróleo y demás combustibles............................. Artículo 51
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Estatuto Tributario de BarranquillaXIV
Base gravable especial para otras actividades ........................... Artículo 52
Base gravable mínima .................................................................Artículo 17
Base gravable y tarifa ..................................................................Artículo 64
Base gravable y tarifas ................................................................Artículo 76
Base mínima para retención por compras.................................Artículo 352
Beneficiario de las rentas del impuesto .....................................Artículo 157
CCambio de régimen común al régimen simplificado .................. Artículo 232
Cambio de régimen por la administración .................................Artículo 231
Capacidad y representación ......................................................Artículo 189
Casos en que se practica retención ..........................................Artículo 344
Causación.................................................................................. Artículo 110
Causación....................................................................................Artículo 21
Causación....................................................................................Artículo 70
Causación....................................................................................Artículo 77
Causación..................................................................................Artículo 121
Causación..................................................................................Artículo 152
Causación..................................................................................Artículo 166
Causación..................................................................................Artículo 176
Causación de la retención .........................................................Artículo 347
Causación de la Retención........................................................Artículo 365
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Índice AlfabéticoXV
Circunstancias bajo las cuales no se efectúa la retención ........ Artículo 345
Clase de espectáculos ................................................................Artículo 86
Clasificación de la cartera morosa ............................................Artículo 399
Cobro de las obligaciones tributarias distritales ........................ Artículo 392
Compensación de deudas tributarias con entidades públicas y personas naturales o jurídicas de derecho privado .. Artículo 387
Compensación de saldos a favor ..............................................Artículo 386
Competencia funcional ..............................................................Artículo 394
Competencia funcional de discusión .........................................Artículo 314
Competencia funcional de las devoluciones ............................. Artículo 407
Competencia general de la Administración Tributaria Distrital .. Artículo 184
Competencia para ampliar requerimientos especiales, proferir liquidaciones oficiales y aplicar sanciones . Artículo 287
Competencia para el ejercicio de las funciones ........................ Artículo 187
Competencia para fallar revocatoria..........................................Artículo 326
Competencia para la actuación fiscalizadora ............................ Artículo 286
Compilación de los tributos ...........................................................Artículo 8
Comprobante de la retención practicada...................................Artículo 243
Comprobante de la retención practicada...................................Artículo 357
Conceptos jurídicos ...................................................................Artículo 424
Conceptos y tarifas ....................................................................Artículo 172
Condiciones para el pago de obligaciones tributarias ............... Artículo 385
Constancia de no cumplimiento de la obligación de expedir factura ...........................................................................Artículo 336
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Estatuto Tributario de BarranquillaXVI
Construcciones sin licencia .........................................................Artículo 96
Contenido de la declaración ......................................................Artículo 198
Contenido de los certificados de retención................................ Artículo 244
Controles al impuesto unificado de espectáculos ..................... Artículo 333
Corrección de actos administrativos..........................................Artículo 418
Corrección de algunos errores que implican tener la declaración por no presentada ..............................................Artículo 207
Corrección de errores e inconsistencias en las declaraciones y recibos de pago ...............................................Artículo 209
Corrección de errores en el pago o en la declaración por aproximación de los valores al múltiplo de mil más cercano ......................................................Artículo 210
Corrección de la Declaración-Factura por revisión del avalúo catastral.................................................................... Artículo 211
Corrección de las declaraciones que implican aumento del impuesto a pagar o disminución del saldo a favor Artículo 205
Corrección de notificaciones por correo ....................................Artículo 194
Corrección de sanciones mal liquidadas ...................................Artículo 301
Corrección provocada por el requerimiento especial ................ Artículo 305
Corrección provocada por la liquidación de revisión ................. Artículo 308
Correcciones provocadas por la administración........................ Artículo 208
Correcciones que implican disminución del valor a pagar o aumento del saldo a favor ............................................Artículo 206
Costo mínimo de presupuesto.....................................................Artículo 92
Creación legal..............................................................................Artículo 60
Cuenta contable de retenciones ................................................Artículo 353
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Índice AlfabéticoXVII
Cuenta especial para producido de la estampilla ...................... Artículo 114
Cuenta especial para producido de la estampilla ...................... Artículo 124
Cumplimiento de deberes formales ...........................................Artículo 196
Cumplimiento de normas sobre espacio público ......................... Artículo 78
DDación en pago .........................................................................Artículo 391
Deber ciudadano y obligación tributaria ........................................Artículo 1
Declaración de de sobretasa a gasolina motor ......................... Artículo 218
Declaración de responsables y sujetos pasivos del impuesto de alumbrado público.................................................Artículo 220
Declaración de retención en la fuente de los impuestos distritales ..................................................................Artículo 227
Declaración de retención y/o auto retención del impuesto de industria y comercio y complementario de avisos y tableros y sobretasa bomberil ................................Artículo 221
Declaración de sobretasa bomberil ...........................................Artículo 219
Declaración mensual responsables de recaudo de estampillas Artículo 225
Declaración unificada del impuesto de espectáculos públicos . Artículo 224
Declaración y pago de retenciones de entidades públicas ....... Artículo 358
Declaración y pago de retenciones practicadas por Agentes Retenedores no contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio .............................................Artículo 359
Declaración y pago del impuesto de alumbrado público de los sujetos pasivos determinados en los numerales 2 y 3 del Artículo 102 del presente Decreto ............. Artículo 104
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Estatuto Tributario de BarranquillaXVIII
Declaración y pago del impuesto de delineación urbana .......... Artículo 223
Declaraciones presentadas por no obligados ........................... Artículo 228
Declaraciones que se tienen por no presentadas ..................... Artículo 203
Declaraciones tributarias ...........................................................Artículo 197
Derechos ...................................................................................Artículo 171
Derechos por los Servicios Prestados por el Instituto Distrital de Urbanismo y Control Control...................... Artículo 181
Descuento por pronto pago .......................................................Artículo 179
Descuentos a la base de las retenciones .................................Artículo 349
Destinación de los recursos provenientes de la participación en plusvalía ..........................................................Artículo 144
Destinación de una renta.............................................................Artículo 34
Destinación especial..................................................................Artículo 155
Determinación de la retención ...................................................Artículo 367
Determinación de la tasa de intereses moratorio ...................... Artículo 268
Determinación del derecho de voto de la administración en los acuerdos de reestructuración ................. Artículo 402
Determinación del efecto plusvalía para calcular la Base Gravable ...........................................................................Artículo 130
Determinación provisional del impuesto de industria y comercio para contribuyentes del régimen simplificado ......... Artículo 311
Determinación provisional del impuesto predial unificado por omisión de la declaración tributaria ..................... Artículo 310
Devolución con garantía ............................................................Artículo 414
Devolución de saldos a favor ....................................................Artículo 405
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Índice AlfabéticoXIX
Dirección para notificaciones.....................................................Artículo 192
Dirección procesal .....................................................................Artículo 193
Discusión y corrección de la liquidación factura del impuesto predial unificado .........................................................Artículo 212
Distribución de los ingresos en el transporte terrestre automotor Artículo 54
Distribución del recaudo ............................................................Artículo 158
Duración de la emisión ..............................................................Artículo 167
EEfectos de la firma del contador ................................................Artículo 199
Emplazamientos ........................................................................Artículo 291
Englobes y subdivisiones ..........................................................Artículo 134
Error aritmético ..........................................................................Artículo 299
Espectáculo público.....................................................................Artículo 85
Estimación de base gravable en el impuesto de industria y comercio cuando el contribuyente no demuestre el monto de sus ingresos.........................................Artículo 334
Estimación de base gravable en el impuesto de industria y comercio por no exhibición de la contabilidad ......... Artículo 335
Exclusión ................................................................................Artículo 163-1
Exclusión respecto a las obligaciones negociables .................. Artículo 404
Exclusiones ............................................................................... Artículo 112
Exclusiones .................................................................................Artículo 97
Exclusiones del impuesto predial unificado ................................. Artículo 30
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Estatuto Tributario de BarranquillaXX
Exención ....................................................................................Artículo 177
Exenciones ..................................................................................Artículo 84
Exenciones ..................................................................................Artículo 98
Exenciones ................................................................................Artículo 139
Exenciones del impuesto de industria y comercio....................... Artículo 58
Exenciones del impuesto predial unificado ................................. Artículo 31
Exhibición de la contabilidad .....................................................Artículo 329
FFacilidades para el pago ...........................................................Artículo 384
Facultad de modificación de las liquidaciones privadas ............ Artículo 302
Facultad para establecer beneficio de auditoría ....................... Artículo 294
Facultad para fijar trámites de devolución de impuestos .......... Artículo 406
Facultades de fiscalización e investigación ............................... Artículo 285
Facultades de la Administración Tributaria Distrital ................... Artículo 215
Facultades de registro ...............................................................Artículo 290
Fecha en que se entiende pagado el impuesto ........................ Artículo 381
Firmeza de la declaración privada.............................................Artículo 213
Formas de acreditar el pago de la participación para que proceda la expedición de licencias o el registro de transferencias de dominio .......................................Artículo 146
Formas de pago de la participación en plusvalía ...................... Artículo 147
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Índice AlfabéticoXXI
GGastos de investigaciones y cobros ..........................................Artículo 295
HHecho generador .........................................................................Artículo 36
Hecho generador .......................................................................Artículo 100
Hecho generador .......................................................................Artículo 109
Hecho generador .......................................................................Artículo 120
Hecho generador .........................................................................Artículo 13
Hecho generador .......................................................................Artículo 149
Hecho generador .......................................................................Artículo 163
Hecho generador .......................................................................Artículo 173
Hecho generador .........................................................................Artículo 61
Hecho generador .........................................................................Artículo 66
Hecho generador .........................................................................Artículo 73
Hecho generador .........................................................................Artículo 80
Hecho generador .........................................................................Artículo 89
Hechos generadores .................................................................Artículo 127
IIdentificación tributaria...............................................................Artículo 190
Imposición de tributos....................................................................Artículo 3
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXII
Impuesto a contribuyentes del régimen simplificado preferencial de industria y comercio ............................................Artículo 45
Impuesto predial para los bienes en copropiedad ....................... Artículo 20
Impuestos materia de un requerimiento o liquidación ............... Artículo 292
Impuestos y sobretasas distritales ................................................Artículo 9
Imputación de la Autoretención en la fuente ............................. Artículo 374
Imputación de la retención ........................................................Artículo 370
Imputación de las retenciones y auto retenciones practicadas para los contribuyentes del Régimen Común ........ Artículo 375
Incentivos por pronto pago ..........................................................Artículo 32
Incremento de las sanciones por reincidencias......................... Artículo 258
Independencia de procesos y recursos equivocados ............... Artículo 327
Indicios con base en estadísticas de sectores económicos ...... Artículo 330
Inexactitudes en las declaraciones tributarias ........................... Artículo 307
Información a los Curadores Urbanos, a las autoridades administrativas distritales e inscripción en la Oficina de Instrumentos Públicos .....................................Artículo 137
Información para la investigación y localización de bienes deudores morosos .........................................................Artículo 250
Informaciones para garantizar pago de deudas tributarias ....... Artículo 248
Inscripción en el registro de industria y comercio...................... Artículo 229
Inspecciones tributarias y contables..........................................Artículo 289
Intereses a favor del contribuyente ...........................................Artículo 416
Intervención de deudores solidarios ..........................................Artículo 338
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Índice AlfabéticoXXIII
Intervención en procesos especiales para perseguir el pago ... Artículo 400
Investigación previa a la devolución o compensación .............. Artículo 412
LLibro fiscal del registro de operaciones .....................................Artículo 234
Límite del impuesto predial unificado ..........................................Artículo 29
Liquidación de adición ...............................................................Artículo 309
Liquidación de aforo ..................................................................Artículo 312
Liquidación de corrección aritmética .........................................Artículo 298
Liquidación oficial de corrección................................................Artículo 297
Liquidación Oficial de la participación en plusvalía en el caso de cambio efectivo de uso del inmueble o de construcciones realizadas sin licencia............................... Artículo 143
Liquidación y pago publicidad exterior visual ............................ Artículo 222
Liquidaciones oficiales...............................................................Artículo 296
Lugar y plazos para presentar las declaraciones ...................... Artículo 201
Lugares y plazos para pagar .....................................................Artículo 378
MMecanismos para efectuar la devolución ..................................Artículo 415
Mérito ejecutivo .........................................................................Artículo 393
Momentos de exigibilidad de la participación en plusvalía ........ Artículo 129
Mora en el pago de los impuestos distritales ............................ Artículo 383
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXIV
NNorma general de remisión .......................................................Artículo 185
Normas especiales para las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios...............................................Artículo 53
Notificación y ejecutoria de las liquidaciones-factura ................ Artículo 195
Notificaciones ............................................................................Artículo 191
OObligación de acreditar la declaración y pago del impuesto predial unificado .........................................................Artículo 240
Obligación de atender requerimientos.......................................Artículo 254
Obligación de conservar informaciones y pruebas.................... Artículo 252
Obligación de expedir certificado de retención en la fuente ...... Artículo 242
Obligación de expedir facturas ..................................................Artículo 245
Obligación de informar el cese de actividades y demás novedades en industria y comercio ............................... Artículo 230
Obligación de informar el NIT en la correspondencia, facturas y demás documentos ...................... Artículo 247
Obligación de informar la dirección y la actividad económica ... Artículo 241
Obligación de llevar contabilidad ...............................................Artículo 233
Obligación de llevar registros discriminados ingresos por municipios para industria y comercio.................... Artículo 237
Obligación de suministrar información periódica ....................... Artículo 249
Obligación de suministrar información solicitada por vía general .................................................................................Artículo 251
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Índice AlfabéticoXXV
Obligación tributaria.......................................................................Artículo 6
Obligaciones de las entidades autorizadas para recibir pagos y declaraciones ....................................................Artículo 379
Obligaciones especiales en la sobretasa a la gasolina motor ... Artículo 238
Obligaciones especiales para los sujetos pasivos del impuesto de espectáculos públicos .....................................Artículo 239
Obligaciones para los responsables del régimen común del impuesto de industria y comercio que cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado del IVA ......................................................Artículo 236
Obligaciones para los responsables del régimen simplificado preferencial del Impuesto de Industria y Comercio Artículo 235
Obligados a pagar y a presentar declaración de impuesto predial unificado .........................................................Artículo 214
Obligados a presentar la declaración de industria y comercio .. Artículo 216
Oportunidad para subsanar requisitos ......................................Artículo 316
Otros recursos ...........................................................................Artículo 318
PPeríodo de causación en el impuesto de industria y comercio Artículo 217
Período gravable .........................................................................Artículo 40
Períodos de fiscalización ...........................................................Artículo 293
Personas obligadas al pago de la participación en plusvalías .. Artículo 226
Plazo de ajuste de los sistemas operativos............................... Artículo 368
Plazo de pago............................................................................Artículo 178
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXVI
Predios edificables no edificados ................................................Artículo 27
Predios no residenciales .............................................................Artículo 24
Predios no urbanizables ..............................................................Artículo 25
Predios residenciales ..................................................................Artículo 23
Predios rurales ............................................................................Artículo 28
Predios urbanizables no urbanizados .........................................Artículo 26
Prelación en la imputación del pago..........................................Artículo 382
Prescripción de la facultad de sancionar ...................................Artículo 256
Presunciones .............................................................................Artículo 331
Presunciones en el impuesto de industria y comercio .............. Artículo 332
Principio de justicia ....................................................................Artículo 186
Principios del sistema tributario .....................................................Artículo 2
Procedimiento cuando se efectúan retenciones del impuesto de industria y comercio por mayor valor .................... Artículo 355
Procedimiento cuando se efectúan retenciones del impuesto de industria y comercio a no sujetos del impuesto .... Artículo 356
Procedimiento de liquidación y discusión de la tasa ................. Artículo 180
Procedimiento en devoluciones, rescisiones, anulaciones o resoluciones de operaciones sometidas al sistema de retención del impuesto de industria y comercio...................................................................Artículo 354
Procedimiento especial para algunas sanciones ...................... Artículo 259
Procedimiento para determinar el efecto de la plusvalía y/o la estimación general del efecto plusvalía para el cálculo del anticipo .........................................Artículo 131
Procedimiento para la expedición de la Resolución de Liquidación definitiva del Efecto plusvalía ............................ Artículo 133
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Índice AlfabéticoXXVII
Procedimiento para la verificación, objeción, revisión e impugnación del cálculo del efecto de plusvalía ....... Artículo 132
Procedimiento para publicación de la liquidación del cálculo del efecto plusvalía ..................................................Artículo 135
Procedimiento unificado de la sanción por no declarar y de la liquidación de aforo ..........................................Artículo 261
Procesos que no tienen en cuenta las correcciones ................. Artículo 288
Prohibición para capitalizar deudas fiscales y parafiscales....... Artículo 403
Propiedad de las rentas distritales ................................................Artículo 4
Protección constitucional de las rentas del Distrito ....................... Artículo 5
Proyectos por etapas...................................................................Artículo 95
Prueba de la disminución de la base gravable ............................ Artículo 47
RReajuste anual de los avalúos catastrales de conservación ....... Artículo 19
Recurso contra la sanción de declaratoria de insolvencia ........ Artículo 321
Recurso contra la sanción de suspensión de firmar declaraciones y pruebas por contadores...................................Artículo 322
Recurso de apelación ................................................................Artículo 323
Recurso de reconsideración ......................................................Artículo 313
Recursos de reposición .............................................................Artículo 319
Recursos en la sanción de clausura del establecimiento .......... Artículo 320
Rechazo e inadmisión de las solicitudes de devolución o compensación ...................................................... Artículo 411
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXVIII
Régimen aplicable a otros impuestos.......................................... Artículo 11
Régimen probatorio ...................................................................Artículo 328
Registro de la estampilla ........................................................... Artículo 113
Registro de la estampilla ...........................................................Artículo 125
Reglamentación de los mecanismos de pago de la participación en plusvalías ........................................................Artículo 145
Reglamentación vigente ..............................................................Artículo 10
Reglas especiales sobre la territorialidad del impuesto para industriales...........................................................Artículo 41
Reglas especiales sobre la territorialidad para el sector financiero ..........................................................................Artículo 42
Regulación de los mecanismos de pago de las retenciones practicadas.............................................................Artículo 372
Remisión de las deudas tributarias ...........................................Artículo 390
Reporte de deudores morosos ..................................................Artículo 421
Requerimiento especial .............................................................Artículo 303
Requisitos de la factura de venta ..............................................Artículo 246
Requisitos para excluir de la base gravable ingresos percibidos fuera del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla ..........................................Artículo 48
Reserva de la información tributaria ..........................................Artículo 204
Responsabilidad del afiliado en la retención ............................. Artículo 363
Responsabilidad del agente retenedor ......................................Artículo 364
Responsabilidad del agente retenedor ......................................Artículo 369
Responsabilidad penal sobretasa a la gasolina motor .............. Artículo 280
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Índice AlfabéticoXXIX
Responsabilidad por el pago de las retenciones en la fuente ... Artículo 339
Responsabilidad por el pago del tributo ....................................Artículo 337
Responsabilidad por la retención ..............................................Artículo 346
Responsables ............................................................................Artículo 151
Responsables del recaudo ........................................................Artículo 103
Responsables del recaudo ........................................................Artículo 107
Responsables del recaudo ........................................................ Artículo 118
Retención del impuesto predial unificado ..................................Artículo 377
Retención en la fuente...............................................................Artículo 376
Retención por servicio de transporte terrestre .......................... Artículo 360
Revocatoria directa....................................................................Artículo 324
SSanción a Administradores y Representantes Legales ............. Artículo 277
Sanción a contadores públicos, revisores fiscales y sociedades de contadores.........................................................Artículo 282
Sanción de declaratoria de insolvencia .....................................Artículo 284
Sanción de extemporaneidad por la presentación de la declaración posterior al emplazamiento o auto que ordena inspección tributaria ...............................................Artículo 263
Sanción mínima .........................................................................Artículo 257
Sanción por corrección de las declaraciones ............................ Artículo 264
Sanción por error aritmético ......................................................Artículo 266
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXX
Sanción por expedir facturas sin requisitos ............................... Artículo 276
Sanción por extemporaneidad en la presentación de la declaración antes del emplazamiento o auto de inspección tributaria..............................................................Artículo 262
Sanción por improcedencia de las devoluciones o compensaciones........................................................................Artículo 281
Sanción por inexactitud .............................................................Artículo 265
Sanción por inscripción extemporánea o de oficio .................... Artículo 273
Sanción por irregulares en la contabilidad ................................ Artículo 283
Sanción por mora en el pago de impuestos y retenciones ....... Artículo 267
Sanción por mora en la consignación de los valores recaudados ................................................................................Artículo 269
Sanción por no declarar ............................................................Artículo 260
Sanción por no enviar información ............................................Artículo 271
Sanción por no expedir certificados ..........................................Artículo 279
Sanción por no expedir factura, por no llevar libros de contabilidad o libro fiscal de operaciones ............................. Artículo 275
Sanción por no informar la actividad económica ....................... Artículo 272
Sanción por no informar novedades..........................................Artículo 274
Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión Artículo 278
Sanciones relativas al manejo de la información ...................... Artículo 270
Sistema de retención en la fuente del impuesto de industria y comercio...................................................................Artículo 342
Solidaridad de las entidades públicas por los impuestos distritales ..................................................................Artículo 340
Solidaridad en el impuesto de industria y comercio .................. Artículo 341
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Índice AlfabéticoXXXI
Sujeto activo ................................................................................Artículo 14
Sujeto activo ................................................................................Artículo 62
Sujeto activo ................................................................................Artículo 67
Sujeto activo ................................................................................Artículo 74
Sujeto activo ..............................................................................Artículo 106
Sujeto activo .............................................................................. Artículo 116
Sujeto activo ..............................................................................Artículo 161
Sujeto activo de la sobretasa ....................................................Artículo 150
Sujetos obligados a presentar información periódica para el control del impuesto de delineación urbana .. Artículo 253
Sujeto pasivo ...............................................................................Artículo 15
Sujeto pasivo ...............................................................................Artículo 44
Sujeto pasivo ...............................................................................Artículo 68
Sujeto pasivo ...............................................................................Artículo 90
Sujeto pasivo .............................................................................Artículo 101
Sujeto pasivo .............................................................................Artículo 108
Sujeto pasivo ............................................................................. Artículo 117
Sujeto pasivo .............................................................................Artículo 162
Sujetos pasivos ...........................................................................Artículo 63
Sujetos pasivos ...........................................................................Artículo 75
Sujetos pasivos ...........................................................................Artículo 81
Sujetos pasivos .........................................................................Artículo 174
Sujetos de retención ..................................................................Artículo 362
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXXII
Suspensión de las sanciones de las entidades públicas en disolución ...............................................................Artículo 401
Suspensión del proceso de cobro coactivo ............................... Artículo 397
TTarifa ............................................................................................Artículo 71
Tarifa ............................................................................................Artículo 83
Tarifa ..........................................................................................Artículo 154
Tarifa ..........................................................................................Artículo 165
Tarifa ..........................................................................................Artículo 175
Tarifa ..........................................................................................Artículo 350
Tarifa ..........................................................................................Artículo 371
Tarifas .........................................................................................Artículo 111
Tarifas ........................................................................................Artículo 122
Tarifas ..........................................................................................Artículo 94
Tarifa de la participación ............................................................Artículo 138
Tarifas de alumbrado público.....................................................Artículo 102
Tarifas del impuesto de industria y comercio............................... Artículo 55
Tarifas del impuesto predial unificado .........................................Artículo 22
Tarifas por varias actividades ......................................................Artículo 56
Terminación del proceso administrativo de cobro ..................... Artículo 395
Término de la prescripción ........................................................Artículo 389
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Índice AlfabéticoXXXIII
Término para efectuar la devolución o compensación .............. Artículo 409
Término para resolver las solicitudes de revocatoria ................ Artículo 325
Término para resolver los recursos ...........................................Artículo 317
Término para solicitar la compensación ....................................Artículo 388
Término para solicitar la devolución o compensación ............... Artículo 408
Término y contenido de la liquidación de corrección aritmética Artículo 300
Término y contenido de la liquidación de revisión ..................... Artículo 306
Trámite para la admisión del recurso de reconsideración ......... Artículo 315
Transferencia de Recursos del Impuesto Predial ....................... Artículo 33
Transferencia del recaudo ...........................................................Artículo 87
Transitorio ....................................................................................Artículo 59
Traslado de registros de deuda a cuentas de orden ................. Artículo 398
Tratamiento de los impuestos retenidos ...................................Artículo 351
Tratamiento especial para el sector financiero ............................ Artículo 49
UUtilización de medios electrónicos para el cumplimiento de obligaciones tributarias...................................Artículo 202
VValor mínimo de presupuesto de obra para declaración anticipo.............................................................Artículo 93
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Estatuto Tributario de BarranquillaXXXIV
Verificación de las devoluciones................................................Artículo 410
Vigencia de los avalúos catastrales ............................................Artículo 18
Vigencia y derogatorias .............................................................Artículo 425
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1Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 1
DECRETO Nº 0924 DE 2011
“Por el cual se renumera la normativa tributaria del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla contenida en el Decreto 0180 de 2010”
El Alcalde del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla
En uso de sus facultades Legales, y en especial de las conferidas por el Artículo 3 del Acuerdo 1 de 2011, el Artículo 22 del Acuerdo 006 de 2011 y el Acuerdo 12 de 2011
DECRETA:ARTÍCULO PRIMERO: De conformidad con las modificaciones realizadas a la normatividad tributaria distrital, por los Acuerdos Distritales Artículo 3 del Acuerdo 1 de 2011, el Artículo 22 del Acuerdo 006 de 2011 y el Acuerdo 12 de 2011, el Decreto Distrital 180 de 2010 quedara así:
TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones Generales
CAPÍTULO IEl Tributo
ARTÍCULO 1. Deber ciudadano y obligación tributaria. Es deber de los ciudadanos y de las personas en general, contribuir con los gastos e inversiones del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, dentro de los conceptos de justicia y equidad en las condiciones señaladas en la Constitución Nacional.
ARTÍCULO 2. Principios del sistema tributario. El sistema tributario del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, se funda en los principios de equidad, progresividad y eficiencia y sus normas no serán aplicadas con retroactividad.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• EXPEDIENTE 16928 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2009. CONSEJO DE ESTADO.
SECCIÓN CUARTA. C.P. DRA. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. Principio de irretroactividad de las normas tributarias.
• SENTENCIA C- 734 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002. CORTE CONSTITUCIONAL. M.P. DR. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA. La equidad Tributaria se predica del deber de tributar.
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2Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 3
ARTÍCULO 3. Imposición de tributos. En tiempos de paz, solamente el Congreso, las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales, podrán imponer contribuciones fiscales y parafiscales. La Ley, las Ordenanzas y los Acuerdos, deben fijar directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los impuestos. Corresponde al Concejo Distrital de Barranquilla votar, de conformidad con la Constitución Política y la Ley, los tributos locales.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• *Constitución Política de Colombia, Arts. 150; No 12, 287; No 3, 300; No 4 y
313: No 4 y 338.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• EXPEDIENTE 16971 DE 18 DE MARZO DE 2010. CONSEJO DE ESTADO.
SECCION CUARTA. C.P. DRA. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. Basta que la ley autorice la creación de un tributo y fije el hecho generador de este, para que las entidades territoriales puedan adoptar el tributo en su jurisdicción y fijar los demás elementos del impuesto.
• EXPEDIENTE 12232 DE 5 DE OCTUBRE DE 2001. CONSEJO DE ESTADO. SECCION CUARTA. C.P. DRA. LIGIA LÓPEZ DÍAZ. Principio de legalidad en materia Tributaria.
• EXPEDIENTE 11997 DE 8 DE JUNIO DE 2001. CONSEJO DE ESTADO. SECCION CUARTA. C.P. DR. GERMÁN AYALA MANTILLA Representación popular para el señalamiento de los tributos y el de predeterminación de los elementos esenciales de los mismos.
• EXPEDIENTE 10582 DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2000. CONSEJO DE ESTADO. SECCION CUARTA. C.P. DR. DELIO GÓMEZ LEYVA. Exigir al legislador que enumere todas las actividades de servicios destinadas a satisfacer las necesidades de la comunidad, para efectos de la imposición de dicho gravamen, sería ilógico e irrazonable.
ARTÍCULO 4. Propiedad de las rentas distritales. Los bienes y las rentas tributarias y no tributarias o provenientes de la explotación de monopolios del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, son de su propiedad exclusiva y gozan de las mismas garantías que la propiedad y renta de los particulares.
ARTÍCULO 5. Protección constitucional de las rentas del Distrito. Los tributos del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, gozan de protección constitucional y, en consecuencia, la ley no podrá trasladarlos a la Nación, salvo temporalmente en caso de guerra exterior. La ley no podrá conceder exenciones o tratamientos preferenciales en relación con los tributos de propiedad del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y
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3Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 9
tampoco podrá imponer recargos sobre sus impuestos, salvo lo dispuesto en el Artículo 317 de la Constitución Política.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• *Constitución Política de Colombia: Arts. 287, 313
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• EXPEDIENTE 16971 DE 18 DE MARZO DE 2010. CONSEJO DE ESTADO.
SECCION CUARTA.C. P. DR.MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. Basta que la ley autorice la creación de un tributo y fije el hecho generador de este, para que las entidades territoriales puedan adoptar el tributo en su jurisdicción y fijar los demás elementos del impuesto.
• EXPEDIENTE 12591 DE 22 DE FEBRERO DE 2002. CONSEJO DE ESTADO. SECCION CUARTA.C.P. DRA. LIGIA LÓPEZ DÍAZ. El principio de autonomía de los entes territoriales, pretende lograr una eficiente asignación de los recursos del Estado.
ARTÍCULO 6. Obligación tributaria. La obligación tributaria sustancial se origina a favor del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y a cargo de los sujetos pasivos responsables al realizarse el presupuesto previsto en la ley como hecho generador del tributo, y tiene por objeto el pago del mismo.
ARTÍCULO 7. Administración y control de los tributos. Sin perjuicio de lo previsto en normas especiales, la administración y control de los tributos Distritales es competencia de la Administración Tributaria Distrital. Dentro de estas funciones corresponde a la Administración Tributaria Distrital la gestión, recaudación, fiscalización, determinación, discusión, devolución y cobro de los tributos Distritales.
CAPÍTULO IIEstatuto Tributario
ARTÍCULO 8. Compilación de los tributos. El presente Estatuto es la compilación de las normas sustanciales y procedimentales de los impuestos distritales, contribuciones, sobretasas vigentes y que se señalan en el artículo siguiente. Esta compilación tributaria es de carácter impositivo e incluye las tasas y derechos.
ARTÍCULO 9. Impuestos y sobretasas distritales. Esta compilación comprende los siguientes impuestos o tasas que se encuentran vigentes en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla, los cuales son rentas de su propiedad o tiene participación en su recaudo:
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4Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 10
a. Impuesto predial unificado.
b. Impuesto de industria y comercio y el complementario de avisos y tableros.
c. Sobretasa bomberil.
d. Impuesto de alumbrado público.
e. Impuesto a la publicidad exterior visual.
f. Impuesto unificado de espectáculos públicos.
g. Impuesto de delineación urbana.
h. Sobretasa a la gasolina motor.
i. Participación en plusvalía.
j. Estampilla pro - cultura.
k. Estampilla para el bienestar del adulto mayor.
l. Impuesto sobre vehículos automotores.
m. Derechos de tránsito.
n. Tasas urbanísticas.
o. Estampilla Pro Hospitales de Primer y Segundo Nivel de Atención.
Parágrafo primero: En los términos del Articulo 64 parágrafo 3 de la Ley 1242 de 2008, el 40% de la contraprestación por zona de uso público e infraestructura en la concesión del puerto en los últimos treinta kilómetros del río Magdalena.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• SENTENCIA C-944 DE 15 DE OCTUBRE DE 2003. CORTE CONSTITUCIONAL.
M.P. DR. ALFREDO BELTRÁN SIERRA. Impuestos Departamentales y Municipales.
ARTÍCULO 10. Reglamentación vigente. Los decretos, resoluciones y demás normas reglamentarias de los impuestos Distritales continuarán vigentes en tanto no resulten contrarias a lo dispuesto en el presente Estatuto.
ARTÍCULO 11. Régimen aplicable a otros impuestos. Los nuevos tributos que se establezcan y aquellos no comprendidos en la presente compilación se regirán por las normas sustanciales que los regulen, pero en los aspectos procedimentales se someterán a lo establecido en este Decreto.
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5Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 13
LIBRO PRIMERO Parte Sustantiva
TÍTULO I Impuestos Distritales Principales
CAPÍTULO I Impuesto Predial Unificado
ARTÍCULO 12. Autorización legal. El impuesto predial unificado a que hace referencia este capítulo es el tributo autorizado por la Ley 44 de 1990, como resultado de la fusión de los siguientes gravámenes:
a. El impuesto predial, regulado en el Código de Régimen Municipal adoptado por el Decreto 1333 de 1986 y demás normas complementarias, especialmente las Leyes 14 de 1983, 55 de 1985 y 75 de 1986.
b. El impuesto de parques y arborización, regulado en el Código de Régimen Municipal adoptado por el Decreto 1333 de 1986.
c. El impuesto de estratificación socio-económica creado por la Ley 9 de 1989.
d. La sobretasa de levantamiento catastral a que se refieren las Leyes 128 de 1941, 50 de 1984 y 9ª de 1989. CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• *Ley 44 de 1990: Art 1. • *Ley 1430 de 2010
DOCTRINA (D.D.I.) (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• CONCEPTO 956 DE 17 DE JUNIO DE 2002. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS
DISTRITALES.
• CONCEPTO 941 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2001. DIRECCCIÓN DE IMPUESTOS DISTRITALES. Servicio de corte de césped.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• SENTENCIA C- 517 DE 11 DE JULIO DE 2007. CORTE CONSTITUCIONAL. M.P.
DR. RODRIGO ESCOBAR GIL. Vigencias y Derogatorias del Impuesto Predial Unificado.
ARTÍCULO 13. Hecho generador. El impuesto predial unificado es un tributo que recae sobre los bienes inmuebles ubicados en la jurisdicción del
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6Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 14
Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y se genera por la existencia del predio.
De igual manera, se gravan con el impuesto predial unificado las construcciones, edificaciones o cualquier tipo de mejora sobre bienes de uso público de la Nación o el Distrito, cuando estén en manos de particulares.
• LEY 1430 DE 2010.ARTICULO 60. CARÁCTER REAL DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO. El impuesto predial unificado es un gravamen real que recae sobre los bienes raíces, podrá hacerse efectivo con el respectivo predio independientemente de quien sea su propietario, de tal suerte que el respectivo municipio podrá perseguir el inmueble sea quien fuere el que lo posea, y a cualquier título que lo haya adquirido.
Esta disposición no tendrá lugar contra el tercero que haya adquirido el inmueble en pública subasta ordenada por el juez, caso en el cual el juez deberá cubrirlos con cargo al producto del remate.
Para autorizar el otorgamiento de escritura pública de actos de transferencia de domicilio sobre inmueble, deberá acreditarse ante el notario que el predio se encuentra al día por concepto de impuesto predial.
Para el caso del auto avalúo, cuando surjan liquidaciones oficiales de revisión con posterioridad al transferencia del predio, la responsabilidad para el pago de los mayores valores determinados recaen en cabeza del propietario y/o poseedor de la respectiva vigencia fiscal.
ARTÍCULO 14. Sujeto activo. El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, es el sujeto activo del impuesto predial unificado que se cause en su jurisdicción, y en él radican las potestades tributarias de administración, control, recaudo, fiscalización, liquidación, discusión, devolución y cobro.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• SENTENCIA C- 987- DE 9 DE DICIEMBRE DE 1999. CORTE CONSTITUCIONAL.
M.P. DR. ALEJANDRO MARTÍNEZ CABALLERO. Es posible atribuir tres significados a la noción de sujeto activo de un tributo.
ARTÍCULO 15. Sujeto pasivo. Es sujeto pasivo del impuesto predial unificado, la persona natural o jurídica, propietaria o poseedora de predios ubicados en la jurisdicción del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
Responderán solidariamente por el pago del impuesto, el propietario y el poseedor del predio
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7Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 15
Cuando se trate de predios sometidos al régimen de comunidad serán sujetos pasivos del gravamen los respectivos propietarios, cada cual en proporción a su cuota, acción o derecho del bien indiviso.
Si el dominio del predio estuviere desmembrado, como en el caso del usufructo, la carga tributaria será satisfecha por el usufructuario.
Cuando se trate de predios vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo serán sujetos pasivos del gravamen los respectivos fideicomitentes y/o beneficiarios del respectivo patrimonio.
También serán sujetos pasivos del impuesto los particulares ocupantes de las construcciones, edificaciones o cualquier tipo de mejora sobre bienes de uso público de la Nación o el Distrito. El pago de este impuesto no genera ningún derecho sobre el terreno ocupado.”
A partir de la vigencia de la Ley 1430 de 2010, son igualmente sujetos pasivos del Impuesto Predial los tenedores de Inmuebles Públicos a Titulo de Concesión.
• LEY 1430 DE 2010ARTÍCULO 54. SUJETOS PASIVOS DE LOS IMPUESTOS TERRITORIALES. Son sujetos pasivos de los impuestos departamentales y municipales, las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos en quienes se figure el hecho generador del impuesto, En materia de impuesto predial y valorización, igualmente son sujetos pasivos del impuesto los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión.
Parágrafo. Frente al impuesto a cargo de los patrimonios autónomos los fideicomitentes y/o beneficiarios, son responsables por las obligaciones formales y sustanciales del impuesto, en su calidad de sujetos pasivos.
En los contratos de cuenta de participación el responsable del cumplimiento de la obligación de declarar es el socio gestor; en los consorciados, socios o participes de los consorcios, uniones temporales, los será es representante de la forma contractual.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la administración tributaria respectiva, de señalar agentes de retención frente a tales ingresos.
• LEY 9 DE 1989ARTÍCULO 116. En la enajenación de inmuebles, la obligación de pago de los impuestos que graven, la finca raíz corresponderá al enajenante. Esta obligación no podrá transferirse o descargarse en el comprador.
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8Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 16
Cuando el predio por enajenar haga parte de otro en mayor extensión, el paz y salvo de los impuestos de que trata el inciso anterior podrá obtenerse mediante el pago de impuestos correspondiente a la proporción del inmueble que se pretende enajenar.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• EXPEDIENTE 16825 DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2009. CONSEJO DE ESTADO.
C.P. DR. HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ. Es sujeto pasivo del impuesto predial quien a primero de enero del respectivo año gravable sea propietario o poseedor del inmueble.
• EXPEDIENTE 14226 DE 19 DE ABRIL DE 2007. CONSEJO DE ESTADO. C.P. DR. HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ. Las entidades públicas sólo son sujetos pasivos del impuesto predial si son establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional. Contrario sensu, las restantes entidades públicas, incluida la Nación no son sujetos pasivos del referido tributo.
• SENTENCIA C-183 DE 4 DE MARZO DE 2003. CORTE CONSTITUCIONAL. M.P. DR. ALFREDO BELTRÁN SIERRA. El impuesto predial es un gravamen de orden municipal.
ARTÍCULO 16. Base gravable. La base gravable para liquidar o facturar el impuesto predial unificado será el avalúo catastral vigente al momento de causación del impuesto.
Sin embargo, el contribuyente podrá determinar como base gravable un valor superior al avalúo catastral, en este caso deberá tener en cuenta que el valor no puede ser inferior a:
a. El avalúo catastral vigente para ese año gravable.
b. Al último autoavalúo aunque hubiese sido hecho por propietario o poseedor distinto al declarante y;
c. El que resulte de multiplicar el número de metros cuadrados de área y/o de construcción por el precio por metro cuadrado fijado por las autoridades catastrales.
En este evento, no procede corrección por menor valor de la declaración inicialmente presentada por ese año gravable.
Parágrafo primero: El contribuyente podrá solicitar revisión ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), el avalúo catastral del inmueble y para ello tendrá en cuenta lo dispuesto en la Resolución 2555 de 1988 y demás normas que la modifican o complementan.
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9Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 16
Parágrafo segundo: Para efectos tributarios, el propietario o poseedor podrá (hasta el 15 de mayo del respectivo año gravable), (expresión declarada invalida TCA. 3 de junio de 2009) solicitar revisión a las autoridades catastrales de los avalúos de formación, actualización o conservación de acuerdo con los procedimientos que regulan la materia. Si presenta solicitud de revisión (dentro del término aquí señalado) (Expresión inválida Tribunal Contencioso Administrativo del Atlántico. 3 de junio de 2009), deberá pagar dentro de los plazos señalados con el avalúo catastral vigente al momento de plazo y una vez dada la decisión de revisión, si se modifica el avalúo catastral se corregirá la liquidación factura.
Parágrafo tercero: Los contribuyentes podrán, dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria de la decisión de revisión solicitar corrección de la liquidación factura y devolución del mayor valor pagado, sin necesidad de trámite adicional alguno.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)• EXPEDIENTE 16064 DE 8 DE MAYO DE 2008. CONSEJO DE ESTADO.
SECCIÓN CUARTA C.P. DRA. MARIA INES ORTIZ BARBOSA. Proceso de revisión catastral.
• EXPEDIENTE 16255 DE 24 DE ABRIL DE 2008. CONSEJO DE ESTADO. SECCIÓN CUARTA C.P. DRA. LIGIA LÓPEZ DÍAZ. La función catastral y sistema de autoevalúo para determinar la base gravable del impuesto predial unificado.
• EXPEDIENTE 14918 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2006. CONSEJO DE ESTADO. SECCIÓN C.P. DR. JUAN ANGEL PALACIO HINCAPIE. Base Gravable.
• EXPEDIENTE 12459 DE 15 DE FEBRERO DE 2002. CONSEJO DE ESTADO. SECCIÓN CUARTA C.P. DR. JUAN ÁNGEL PALACIO HINCAPIÉ. La actualización de la formación catastral obedece a la necesidad de renovar los datos de formación catastral.
CONCEPTOS (D.A.F.)
• ASESORÍA No. 13052, SEPTIEMBRE 18 DE 2006.En primer lugar, es pertinente tener presente que las funciones que desempeñan las autoridades catastrales de adelantar los procesos de formación, actualización y conservación de los predios de una unidad orgánica catastral, tienen una variedad de propósitos, uno de los cuales es el efecto fiscal, según el cual el avalúo catastral sirve como base gravable del impuesto predial unificado.
Al respecto, cabe mencionar las definiciones que establece la Resolución 2555 de 1988 donde se observa el carácter genérico del catastro como inventario o censo actualizado y clasificado de los bienes inmuebles que permite su utilidad para multitud de propósitos:
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10Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 16
ARTÍCULO 1o. Definición de Catastro. El Catastro es el inventario o censo, debidamente actualizado y clasificado, de los bienes inmuebles pertenecientes al Estado y a los particulares, con el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica.
ARTÍCULO 6o. Avalúo Catastral. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 61, 90, 94 d, 101, 102, 114 y 118 de esta resolución, el avalúo catastral consiste en la determinación del valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario. El avalúo catastral de cada predio se determinará por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente para los terrenos y para las edificaciones en él comprendidos.
Así también, nos permitimos citar la sentencia del Consejo de Estado Sección Cuarta, expediente No. 12620 del 12 de abril de 2002, Consejero Ponente: Ligia López Díaz:
“Si bien el aspecto fiscal del catastro es de los más importantes, no pueden perderse de vista los demás objetivos que comporta, como la determinación físico jurídica de los límites de la propiedad inmueble en beneficio no sólo de los propietarios, sino también de la comunidad y del Estado; la información relativa a la propiedad inmueble, para su utilización en los programas de acción del Estado, servir de base para las transferencias de la propiedad raíz por parte del Estado o los particulares, etc.1
El proceso catastral comprende fines accesorios a los fiscales que interesan no sólo a los propietarios y un procedimiento especial que garantiza la aplicación de los principios de publicidad, doble instancia, contradicción de la prueba, revisión de la decisión, impugnación de la providencia que desata la solicitud de revisión, en la forma y términos previamente establecidos; (…)”
Ahora bien, en cuanto a los efectos fiscales, particularmente los relacionados con el impuesto predial unificado, es preciso recordar que el citado impuesto se causa a primero de enero de cada año (causación inmediata), por lo tanto, los avalúos producto de la actualización catastral adelantada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi en un municipio, que entraron a regir a partir del primero de enero del presente año por ejemplo (2006), constituirán la base gravable del impuesto predial unificado para esa misma vigencia fiscal (2006). Por su parte, la tarifa aplicable también será la que se encuentre vigente a primero de enero de ese mismo año.
En todo caso, la ley 44 de 1990, establece un límite en el valor del impuesto a pagar por concepto del impuesto predial unificado, equivalente al doble del valor pagado en el año anterior por el mismo concepto. El artículo 6 de la ley 44 de 1990, señala:
ARTÍCULO 6.- Límites del Impuesto. A partir del año en el cual entre en aplicación la formación catastral de los predios, en los términos de la Ley 14 de 19832[3], el Impuesto Predial Unificado resultante con base en el nuevo avalúo,
1 Resolución No. 2555 de 1988, de la Dirección General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, artículo 7°.2 La ley 14 de 1983 fue compilada en el Decreto Ley 1333 de 1986.
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11Libro Primero - Parte Sustantiva
Art. 16
no podrá exceder del doble del monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior, o del impuesto predial, según el caso.
La limitación prevista en este artículo no se aplicará para los predios que se incorporen por primera vez al catastro, ni para los terrenos urbanizables no urbanizados3[4] o urbanizados no edificados4[5]. Tampoco se aplicará para los predios que figuraban como lotes no construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada.
Así las cosas, el contribuyente no deberá pagar por concepto del impuesto predial unificado, más del doble de lo liquidado por el mismo impuesto en el año anterior.
Sin embargo, en general respecto del avalúo catastral, del reajuste anual y en particular respecto del que es producto de los procesos de actualización que adelantan las autoridades catastrales, se han establecido las siguientes posibilidades:
El artículo 179 del Decreto Ley 1333 de 1986 y el artículo 30 del Decreto reglamentario 3496 de 1983 establecen:
ARTÍCULO 179.- El propietario o poseedor podrá obtener la revisión del avalúo en la oficina de catastro correspondiente, cuando demuestre que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio. Dicha revisión se hará dentro del proceso de conservación catastral y contra la decisión procederán por la vía gubernativa los recursos de reposición y apelación.
ARTÍCULO 30.- Revisión de los avalúos. El propietario o poseedor podrá obtener la revisión del avalúo en la Oficina de Catastro correspondiente, cuando demuestre que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio. Dicha revisión se hará dentro del proceso de conservación catastral.
El propietario o poseedor podrá presentar la correspondiente solicitud de revisión del avalúo de su predio o mejora a partir del día siguiente al de la fecha de la resolución mediante la cual se inscribe el predio o la mejora en el Catastro acompañándola de las pruebas que la justifiquen.
Parágrafo. Las características y condiciones del predio se refiere a: límites, tamaño, uso, clase y número de construcciones, ubicación, vías de acceso, clases de terrenos y naturaleza de la producción, condiciones locales del mercado inmobiliario y demás informaciones pertinentes.
CONCEPTOS (D.A.F.)
• ASESORÍA No. 24660, SEPTIEMBRE 22 DE 2006.En atención a su oficio radicado como aparece en el asunto, mediante el cual nos consulta si con ocasión de la autonomía de que gozan las entidades territoriales
3 Aquellos terrenos ubicados dentro del perímetro urbano, que no cumplen las condiciones para ser considerados como urbanizados.
4 Aquellos terrenos ubicados dentro del perímetro urbano que cuentan con servicios públicos autorizados, conforme a las normas pertinentes.
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12Estatuto Tributario de Barranquilla
Art. 17
en los términos del artículo 287 de la Constitución es posible que la administración cobre solo un 75% de la base gravable del impuesto predial nos permitimos manifestar lo siguiente.
Sobre su consulta es de anotar, que la Constitución Política en su artículo 287 estableció que “Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos: […] 3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones...”, es decir, aunque estos gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, ello no significa que esa facultad sea absoluta, ya que tiene sus límites precisamente en la ley, la cual desarrolla el precepto constitucional, siendo obligatoria su observancia tanto por los entes territoriales como por los gobernados.
Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior, el artículo 338 de la Constitución Política, establece que “En tiempo de paz, solamente el congreso, las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos generadores, las bases gravables, y las tarifas de los impuestos...”
Significa lo anterior, que las entidades territoriales a través de sus corporaciones públicas, esto es, Asamblea Departamental o Concejo Municipal, tienen amplias facultades para adoptar los tributos pero en las condiciones señaladas en la ley, para el caso particular, la Ley 44 de 1990 estableció en su artículo 3º y de manera imperativa que la base gravable del impuesto predial fuera el avalúo catastral, es decir, el 100% del valor del avalúo catastral y no otro porcentaje.
ARTÍCULO 17. Base gravable mínima. Para aquellos predios a los cuales no se les haya fijado avalúo catastral, el contribuyente estará obligado a presentar declaración privada y determinará como base gravable mínima, la señalada en el inciso 2 del Artículo 16 del presente Decreto. Para efectos de determinar el valor mínimo señalado en el literal c del inciso 2 del Artículo 16 los valores por metro cuadrado, serán los contenidos en la tabla que para el efecto fije el Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC para el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
Al momento de establecer los valores por metro cuadrado, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi IGAC, tendrá en cuenta la clasificación de los predios prevista en la estructura tarifaría contenida en el presente Decreto.
Parágrafo primero: Una vez establecidos los valores por metro cuadrado, estos serán ajustados anualmente conforme el índi