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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS Noviembre de 2014

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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos

Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS

Noviembre de 2014

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Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS

Las Normas NIIF junto con los documentos que las acompañan se emiten por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (Consejo). Descargo de responsabilidad: En la medida en que lo permita la legislación aplicable, el Consejo y la Fundación IFRS (Fundación) expresamente declinan toda responsabilidad, como quiera que surja de esta publicación o cualquier traducción de la misma, tanto si es de carácter contractual, civil o de otra forma, con cualquier persona con respecto a toda reclamación o pérdida de cualquier naturaleza incluyendo pérdidas directas, indirectas, imprevistas o resultantes, daños punitivos o multa civil, penalizaciones o costos. La información contenida en esta publicación no constituye asesoría y no debe ser sustituta de los servicios de un profesional adecuadamente cualificado. Copyright © IFRS Foundation Reservados todos los derechos. Los derechos de reproducción y uso están estrictamente limitados. Para detalles adicionales por favor contacte envíe un correo electrónico a [email protected]. Pueden obtenerse copias de las publicaciones del IASB en el Departamento de Publicaciones de la Fundación. Para consultar las cuestiones relativas a publicaciones o a los derechos de propiedad y copia, dirigirse a: IFRS Foundation Publications Department 30 Cannon Street, London EC4M 6XH, United Kingdom Tel: +44 (0)20 7332 2730 Fax: +44 (0)20 7332 2749 Correo electrónico: [email protected] Web: www.ifrs.org La traducción al español del documento Grupo Consultivo de Análisis de Efectos ha sido realizada por el Instituto de Contadores Públicos de Colombia (INCP) con el permiso de la Fundación IFRS y no ha sido aprobada por un Comité de Revisión nombrado por la Fundación IFRS. Los derechos de autor de la traducción al español son de la Fundación IFRS.

El logo de la Fundación IFRS, el logo del IASB, el logo de la IFRS for SMEs, el logo en forma de hexágono, “IFRS Foundation, “eIFRS”, “IAS”, “IASB”, “IFRS for SMEs”, “IASs”, “IFRS”, “IFRSs”, “NIIF”, “International Accounting Standards”, e “International Financial Reporting Standards”, “IFRIC” y “IFRS Taxonomy” son marcas registradas por la Fundación IFRS. El propietario de los derechos tiene a disposición de los interesados detalles adicionales de las marcas registradas, incluyendo información de los países en los que están registradas o en proceso de registro.

La Fundación IFRS es una corporación sin fines de lucro según la Ley General de Corporaciones del Estado de Delaware, EE.UU. y opera en Inglaterra y Gales como una empresa internacional (Número de compañía: FC023235) con su sede principal en la dirección anterior.

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Grupo Consultivo

Miembros David Andrews, Director de Desarrollo Organizacional, Consejo de Información Financiera, (Reino Unido)

Profesor Esther Bay, antiguo miembro del Consejo de Normas de Contabilidad, (Singapur)

Ewa Bialkowska, Directora de IFRS, KPMG, (Reino Unido)

Suzanne Q. Bielstein, Directora de Apoyo y Planeación, Consejo de Normas de Contabilidad Financiera, (Estados Unidos)

Philippe Bui, antiguo Director de Investigación, Autoridad de las Normas Contables, actualmente Asesor Senior de Servicio de Financiación Especializada para Profesionales, Banque de France, (Francia)

Keryn Chalmers, Director de Contabilidad y Finanzas, Universidad de Monash, (Australia)

Profesor Daniël Coetsee, Profesor de Contabilidad Financiera, Universidad de Johannesburgo, (Sudáfrica)

Murtaza Dean, Gerente Ejecutivo, Normas Profesionales, Colins Barrows, (Canadá)

Pieter Dekker, antiguo Director Técnico, Grupo Consultivo Europeo en Información Financiera, actualmente Director Ejecutivo, Ernst & Young, (Reino Unido)

Tommaso Fabi, Director Técnico, Organismo Italiano di Contabilità, (Italia)

Chris Innes-Wilson, Jefe Contable del Grupo, Standard Chartered Bank, (Reino Unido)

Dr. Alexei Estrella Morales, Doctor en Contabilidad y Auditoría, Arista Gestoría Organizacional, (Ecuador)

Profesor Claes Norberg, Director de Contabilidad, Confederation of Swedish Enterprise, (Suecia)

Lucilene Pedro, Profesor Auxiliar de Contabilidad, Universidad Paulista, (Brasil)

Profesor Roman Weil, Profesor Emérito, Escuela de Negocios Chicago Booth School of Business, Universidad de Chicago, (Estados Unidos)

Observadores Christelle Fontbonne Proniewski, Comisión Europea

Patrick Parent, IOSCO

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Miembros del IASB Ian Mackintosh (Vicepresidente)

Martin Edelmann

Patrick Finnegan

Chungwoo Suh

Personal del IASB Alan Teixeira, Director Técnico Senior

Personal de la Fundación IFRS David Loweth, Director de las Actividades de los Fideicomisarios

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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos Noviembre de 2014 A los Fideicomisarios de la Fundación IFRS En nombre de los miembros del Grupo Consultivo de Análisis de Efectos, me complace presentar nuestro informe a los Fideicomisarios sobre la evaluación y presentación de los posibles efectos de las Normas Internacionales de Información Financiera propuestas. Parte de la responsabilidad del IASB frente al desarrollo de normas de información financiera de alta calidad, entendibles, aplicables y aceptadas a nivel global, consiste en explicar —a los afectados por sus normas— cómo fueron evaluadas las posibles implicaciones de los nuevos requerimientos. Esto incluye explicar el posible cambio en los informes financieros con propósito general, a raíz de los nuevos requerimientos, y las razones que lo justifican. Así, el IASB demostrará cómo se evaluaron los posibles efectos sobre los costos directos para los preparadores -al cumplir con los nuevos requerimientos- y sobre los costos relacionados para los usuarios. Al igual que las normas, es importante que las medidas adoptadas y los procesos aplicados por el IASB en el desarrollo de estos sean de aceptación global. Así, el propósito del Grupo Consultivo de Análisis de Efectos ha consistido en proporcionar una asesoría que permita al IASB mejorar la ejecución de sus pruebas de campo y sus informes de análisis de efectos. Consideramos que la confianza en el proceso normativo se puede optimizar al mejorar no solamente la manera en que el IASB realiza y evalúa el trabajo de campo, sino también cómo comunica los resultados del mismo. Esperamos que nuestras observaciones y recomendaciones sean de utilidad para los Fideicomisarios y el IASB. A título personal, y en representación del IASB, agradezco profundamente a los miembros externos del Grupo Consultivo por su participación entusiasta y constructiva en las deliberaciones del grupo, así como por sus oportunos y detallados aportes durante los primeros borradores de este informe. Ian Mackintosh, Vicepresidente del IASB Presidente del Grupo Consultivo de Análisis de Efectos

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Tabla de contenido Grupo Consultivo ....................................................................................................................................... 2 Miembros ................................................................................................................................................... 3 Observadores ............................................................................................................................................. 3 Miembros del IASB ..................................................................................................................................... 4 Equipo técnico del IASB .............................................................................................................................. 4 Equipo técnico de la Fundación IFRS .......................................................................................................... 4

Contexto ...................................................................................................................... 1

Recomendaciones ........................................................................................................ 3 Informes financieros con propósito general .............................................................................. 3

Enfoque y alcance del análisis de los efectos ............................................................................................. 4 Otros usuarios de los informes financieros con propósito general ............................................................ 5 Las necesidades de otros emisores de normas de contabilidad ................................................................ 7

Trabajo de campo ..................................................................................................................... 8 Naturaleza del trabajo de campo ............................................................................................................... 8 Evaluación global........................................................................................................................................ 8 Cooperación con organismos nacionales emisores de normas .................................................................. 9

Información sobre los posibles efectos...................................................................................... 9 Disponibilidad de los datos del trabajo de campo ..................................................................................... 9 Evaluación y reporte de los posibles efectos ........................................................................................... 10

Principios para la evaluación y el reporte de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera ............................................................... 12

Rol y responsabilidades del IASB ............................................................................................. 12 Informes financieros con propósito general ............................................................................................ 12 Efectos de los informes financieros y costos directos .............................................................................. 16 Consecuencias económicas y de otra naturaleza ..................................................................................... 17 Otros usuarios de los informes financieros con propósito general .......................................................... 21 Las necesidades de otros emisores de normas de contabilidad .............................................................. 29

Desarrollo de requerimientos para la información financiera ................................................. 31 El proceso consultativo ............................................................................................................................ 31 Análisis y resultados del trabajo de campo .............................................................................................. 35 Evaluación global...................................................................................................................................... 39 Cooperación con otros organismos emisores de normas de contabilidad............................................... 40

Informes del IASB .................................................................................................................... 42 Disponibilidad de los datos del trabajo de campo ................................................................................... 42 Evaluación y reporte de los posibles efectos ........................................................................................... 43

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Guía de aplicación para la evaluación de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera ....................................................................................... 47 Guía de aplicación para la evaluación de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera ....................................................................................... 48

Evidencia, análisis y toma de decisión —fuentes, limitaciones y fortalezas ............................. 48 Análisis e inferencias ................................................................................................................................ 50 Ponderación de la evidencia .................................................................................................................... 52 Evaluaciones globales .............................................................................................................................. 54 Herramientas generales ........................................................................................................................... 57

Selección de la evidencia ......................................................................................................... 63 Consulta de la Agenda .............................................................................................................................. 64 Programa de investigación ....................................................................................................................... 66 Programa de normas ................................................................................................................................ 72 Implementación ....................................................................................................................................... 80

Trabajo de campo ....................................................................................................... 87 Definición del trabajo de campo .............................................................................................................. 87 Ejemplos del trabajo de campo ................................................................................................................ 88

Antecedentes e historia .............................................................................................. 99 Revisión de estrategias de la Fundación IFRS ........................................................................................... 99 ¿Qué hace actualmente el IASB? ........................................................................................................... 100 Procedimiento a Seguir del IASB ............................................................................................................ 101 Práctica del IASB ..................................................................................................................................... 106

Glosario ................................................................................................................... 113

Bibliografía ........................................................................ ¡Error! Marcador no definido. Términos de referencia ............................................................................................. 118

Términos: Fideicomisarios de la Fundación IFRS .................................................................................... 118 Grupo Consultivo ................................................................................................................................... 118 Reuniones .............................................................................................................................................. 120 Proceso ................................................................................................................................................... 120 Función de los miembros y observadores .............................................................................................. 120

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Contexto 1. El IASB es responsable del desarrollo de normas de información financiera que

requieran información de alta calidad, transparente y comparable en los informes financieros y en otros tipos de información financiera para ayudar a inversores, participantes en los mercados de capitales de todo el mundo y otros usuarios de información financiera en la toma de decisiones económicas.1

2. En el informe de febrero de 2012 de la Revisión Estratégica de 2011 de los Fideicomisarios, los Fideicomisarios de la Fundación IFRS solicitaron al IASB establecer un órgano integral que sirviera de apoyo al IASB en la integración de los análisis de los efectos en el procedimiento a seguir del IASB. El informe indica:

Los Fideicomisarios consideran que sería de beneficio para la organización recibir orientación en el desarrollo de una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos. Por consiguiente, los Fideicomisarios recomiendan la creación de un grupo de trabajo internacional, dirigido por el IASB, con el fin de desarrollar una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos.

3. En el 2013 fue creado el Grupo Consultivo de Análisis de Efectos (el Grupo Consultivo) para asesorar al IASB sobre cómo debería considerar los efectos de los cambios que desarrolla en sus requerimientos para la información financiera —Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Este informe tiene como objetivo apoyar al IASB en la integración de los análisis de los efectos en su procedimiento a seguir, con el fin de fortalecer el proceso normativo.

4. El informe no prescribe al IASB un conjunto de tareas o pasos específicos a seguir. Los miembros individuales del Grupo Consultivo otorgan una ponderación diferente a algunos factores, tipos de evidencia y análisis. El Grupo

1 Constitución de la Fundación IFRS, párrafo 2.

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Consultivo considera que el IASB deberá ponderar los factores de acuerdo con la naturaleza del proyecto y las fuentes de evidencia disponibles.

5. El IASB cuenta con requerimientos de un procedimiento a seguir enfocados a garantizar que la ejecución de sus actividades se realiza de manera abierta y transparente. La aplicación de los principios establecidos en este informe dentro del marco del procedimiento a seguir permitirá a las partes interesadas evaluar el trabajo realizado por el IASB y la pertinencia de su análisis.

6. El Grupo Consultivo considera que la evaluación y explicación de los posibles efectos de un nuevo requerimiento en la información financiera forman parte de una buena actividad normativa. El IASB evalúa y explica cómo los nuevos requerimientos propuestos generarán posibles cambios en los informes financieros con propósito general. El IASB se compromete igualmente a explicar cómo estos cambios mejorarán la calidad de los informes financieros con propósito general y por qué considera que estos cambios se justifican. Así, indicará cómo se evaluaron los posibles efectos tanto en los costos directos para los preparadores -que cumplen con los nuevos requerimientos- y en los costos relacionados para los usuarios.

7. El IASB debe sentirse seguro de haber considerado los posibles efectos relevantes para una norma específica propuesta, haber reunido suficiente información y haber realizado los análisis necesarios para garantizar una evaluación confiable. Al hacerlo de manera abierta y transparente, otras partes afectadas por el trabajo del IASB podrán comprender las decisiones y los compromisos del mismo, aumentando así la confianza en el proceso normativo.

8. Los miembros del Grupo Consultivo comprenden igualmente que la incorporación de los análisis de efectos en los procesos de trabajo del IASB ha evolucionado en los últimos años. Es posible que algunos de los proyectos próximos a finalizar no hayan sido desarrollados bajo las pautas de este informe. Las recomendaciones del Grupo Consultivo aplican particularmente a nuevos proyectos del IASB actualmente en desarrollo, así como a nuevas fases de proyectos existentes.

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Recomendaciones 9. Esta sección presenta un resumen de las recomendaciones principales del Grupo

Consultivo. En las siguientes secciones se explora en más detalle el análisis y la reflexión que las sustentan.

Informes financieros con proposito general

10. La Constitución de la Fundación IFRS (la Constitución) establece que:

2 Los objetivos de la Fundación IFRS son:

(a) desarrollar, —en el interés público— una única serie de normas de información financiera de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y aplicables, según los principios claramente articulados. Estas normas deben requerir información de alta calidad, transparente y comparable en los informes financieros y en otros tipos de información financiera para ayudar a inversores, participantes en los mercados de capitales del mundo y a otros usuarios de la información financiera en la toma de decisiones económicas.

(b) promover el uso y la aplicación rigurosa de tales normas.

(c) al cumplir con los objetivos asociados con (a) y (b), tener en cuenta, cuando sea necesario, las necesidades especiales de entidades de diferentes tamaños y tipos en diversos entornos económicos.

(d) promover y facilitar la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), es decir, las normas e interpretaciones emitidas por el IASB mediante la convergencia de las normas nacionales de contabilidad y las Normas NIIF.2

2 Constitución de la Fundación IFRS, párrafo 2.

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11. El IASB es el órgano de la Fundación IFRS responsable del desarrollo de las normas de información financiera (NIIF). Su Marco Conceptual para la Información Financiera (el Marco Conceptual) establece los conceptos que subyacen en la preparación y presentación de los informes financieros para usuarios externos. En el Marco Conceptual se estipula:

El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que reporta que sea útil para los inversores, prestamistas y demás acreedores actuales y potenciales para la toma de decisiones sobre la asignación de recursos a la entidad. Estas decisiones implican comprar, vender o mantener el patrimonio y los instrumentos de deuda, y proporcionar o liquidar préstamos y otros tipos de crédito.3

Enfoque y alcance del análisis de los efectos 12. El objetivo de la información financiera con propósito general se asocia con la

mejora de la calidad de la información financiera con el fin de tomar decisiones sobre la evaluación de la gerencia de la entidad o la asignación de recursos a la entidad. La valoración del IASB se debe enfocar en cómo un cambio propuesto en la información financiera afectará posiblemente dicho objetivo.

13. No es obligación del IASB evaluar ninguna otra consecuencia económica de mayor envergadura, pues se estaría desviando de su objetivo. Los cambios en las Normas NIIF modifican la manera en que una entidad presenta las transacciones y los eventos en sus informes financieros, lo cual se espera resultará en mejores decisiones por parte de los inversores que se apoyan en estos informes.

14. Los cambios en los requerimientos de la información pueden generar costos de cumplimiento con las Normas NIIF para los preparadores de la información al igual que para los usuarios de la información financiera quienes deben asimilar y procesar la nueva información.

3Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo OB2.

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15. El Grupo Consultivo considera que el IASB debe evaluar y explicar cómo los informes financieros con propósito general cambiarán debido a los nuevos requerimientos, y cómo estos cambios mejorarán la calidad de los informes financieros con propósito general. Considera igualmente que el IASB debe explicar por qué estima que estos cambios son justificables, indicando la forma cómo se evaluaron los posibles efectos tanto en los costos directos para los preparadores de la información -al cumplir con los nuevos requerimientos- como en los costos relacionados para los usuarios.

Ver párrafos 41 a 58.

Otros usuarios de los informes financieros con propósito general

16. El Marco Conceptual para la Información Financiera reconoce que los informes financieros con propósito general pueden ser igualmente útiles para los reguladores y miembros del público, diferentes a inversores y demás acreedores. No obstante, estos informes no están dirigidos principalmente a estos otros grupos.

Estabilidad financiera

17. Como condición de membresía del Consejo de Estabilidad Financiera (‘el FSB’, por sus siglas en inglés), el IASB se compromete con el mantenimiento de la estabilidad financiera, con la apertura y transparencia del sector financiero y con la implementación de normas financieras internacionales.4 El objetivo o mandato del FSB consiste en promover la estabilidad de los mercados financieros en su totalidad. La responsabilidad u objetivo del IASB se centra en garantizar que los inversores cuenten con información comparable, transparente

4 Términos de referencia del FSB.

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y de alta calidad (informes financieros con propósito general) sobre entidades individuales.5

18. Los Fideicomisarios de la Fundación IFRS considera que estos objetivos son complementarios:

La confianza de cada usuario frente a la transparencia y la integridad de la información financiera son de suma importancia para el funcionamiento efectivo de los mercados de capitales, la distribución eficiente de capital, la estabilidad financiera global y el crecimiento económico sostenible.6

El Grupo Consultivo respalda esta conclusión.

19. Algunos supervisores prudenciales han optado por utilizar los informes financieros con propósito general como base para las cifras reportadas en los registros regulatorios para propósitos de supervisión. En estos casos, los principios de reconocimiento y medición bajo NIIF afectan la presentación de la información en los registros regulatorios.

20. Con el fin de ayudar al FSB a cumplir sus metas, el Grupo Consultivo considera que el IASB debería -sin comprometer sus propios objetivos- seguir trabajando junto con el FSB. Así, se pretende garantizar que el FSB conozca los cambios propuestos referentes a la información financiera y cuente con el tiempo necesario para evaluar y abordar el método de incorporación de estos cambios en sus propios sistemas de monitoreo.

Ver párrafos 60 a 69.

5 Ver Párrafo 2 de la Constitución y Párrafo OB2 del Marco Conceptual, al que hacen referencia los párrafos 10 y 11. 6Informe Anual de la Fundación IFRS, 2011.

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Referencias explícitas e implícitas a las NIIF en contratos y en la regulación

21. El objetivo de los informes financieros con propósito general preparados bajo NIIF es proporcionar información financiera relevante para los responsables de la toma de decisiones relativas a la asignación de recursos a la entidad.

22. El IASB reconoce que otras partes utilizan informes financieros con propósito general para objetivos propios—como la determinación del ingreso imponible, la definición de las reservas distribuibles, para fines estadísticos y regulatorios.

23. El Grupo Consultivo considera que el IASB no debe adaptar la información financiera para satisfacer las necesidades de estas otras partes. Es responsabilidad del IASB permitir que estas otras partes observen los cambios en la información financiera que podrían tener implicaciones en sus actividades, así como ofrecerles la oportunidad de aportar durante dicho proceso.

24. El Grupo Consultivo considera importante que el IASB mantenga un vínculo sólido de comunicación abierta con otros organismos emisores de normas de contabilidad para este propósito.

Ver párrafos 67 a 84.

Las necesidades de otros emisores de normas de contabilidad

25. Otros organismos emisores de normas de contabilidad tienen responsabilidades adicionales dentro de su jurisdicción local. El Grupo Consultivo considera que es responsabilidad de estos organismos emisores de normas de contabilidad, y no del IASB, cumplir con dichos requerimientos adicionales.

26. Aunque no es responsabilidad del IASB incluir -en su evaluación de los efectos- asuntos específicos de cada jurisdicción, el Grupo Consultivo considera que el IASB debe trabajar en conjunto con los emisores locales de normas en la planeación de su trabajo de campo y su alcance. Así, se identificaría la existencia de oportunidades y se organizaría el trabajo de campo de manera que sea beneficioso tanto para el IASB como para estas jurisdicciones locales.

Ver párrafos 85 a 90.

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Trabajo de campo

Naturaleza del trabajo de campo 27. El IASB debe planear su trabajo de campo de manera que sea proporcional a los

cambios propuestos para la información financiera. Usualmente, entre más general o significativo sea el cambio, más integral sería el programa de evaluación.

28. Asimismo, el tipo y alcance del trabajo de campo que se lleva a cabo debe reflejar el estado de desarrollo del proyecto.

29. En la fase de investigación, el enfoque principal del IASB se debe orientar hacia la comprensión de la naturaleza del problema en cuestión, es decir, hacia la definición del problema, recopilando evidencia para que el IASB logre evaluar su envergadura e importancia económica. El análisis se debe centrar en la deficiencia percibida y las posibles soluciones, particularmente en los beneficios del desarrollo de nuevos requerimientos de información financiera.

30. Durante la fase de Proyecto de Norma, el IASB presenta una propuesta específica para una norma nueva o revisada. Por consiguiente, el trabajo de campo y el análisis deben enfocarse en los posibles beneficios e implicaciones inherentes a la implementación de la propuesta, así como en la evaluación de cualquier alternativa bajo consideración.

31. Cuando se finaliza una Norma NIIF, el IASB explica el fundamento de sus decisiones y sus expectativas frente a los efectos de los cambios en los requerimientos para la información financiera. De acuerdo con lo anterior, el trabajo de campo y el análisis deben explicar cómo el IASB ha tomado sus decisiones finales y, a su vez, cómo estas mejoran la calidad de la información financiera.

Ver párrafos 92 a 114.

Evaluación global 32. El Grupo Consultivo considera que es responsabilidad del IASB contemplar

justa y plenamente, a nivel global, las perspectivas de aquellos afectados por las

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Normas NIIF. El IASB debe procurar realizar consultas de amplia envergadura geográfica, de modo que sus normas se elaboren con principios aplicables globalmente. Otros organismos emisores de normas de contabilidad pueden colaborar suministrando al IASB información y análisis relativos a los factores y posibles efectos de carácter individual de su jurisdicción.

33. No obstante, para determinar si los nuevos requerimientos para la información financiera son justificables en términos globales, el IASB debe efectuar su evaluación desde una perspectiva global y no desde la perspectiva individual de una jurisdicción. Es posible que se presenten circunstancias en las que los beneficios netos de un nuevo requerimiento son insignificantes (o hasta generan una carga neta) para las entidades de una jurisdicción específica.

Ver párrafos 115 a 117.

Cooperación con organismos nacionales emisores de normas 34. El Grupo Consultivo recomienda al IASB considerar maneras para aumentar la

participación de otros emisores de normas de contabilidad en el trabajo de campo e invitarlos a compartir los resultados con el IASB.

Ver párrafos 117 a 120.

Informacion sobre los posibles efectos

Disponibilidad de los datos del trabajo de campo 35. El Grupo Consultivo recomienda al IASB colocar a disposición la información

sobre la naturaleza del trabajo de campo y su alcance. El IASB debe tomar medidas para garantizar que los instrumentos del trabajo de campo, como inspecciones y estudios, sean de fácil acceso en el sitio web del proyecto. La información debe incluir, de la manera más clara y abierta posible y respetando cualquier solicitud de confidencialidad, datos sobre los participantes del trabajo de campo y la evidencia recopilada por el IASB. Esta información debe estar disponible a lo largo del transcurso del proyecto.

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36. En caso de que el IASB no pueda revelar las identidades de ciertos participantes en el trabajo de campo, el IASB debe proporcionar la mayor cantidad de datos posible para que así las partes externas puedan conocer el perfil de los participantes en el trabajo de campo.

Ver párrafos 122 a 125.

Evaluación y reporte de los posibles efectos 37. El formato del análisis de los posibles efectos de un cambio propuesto para la

información financiera debe reflejar la fase de las propuestas.

38. Durante la fase de investigación, el análisis sobre la deficiencia percibida y sus posibles soluciones representa una parte integral del documento de discusión o investigación.

39. Durante la fase del Proyecto de Norma, los Fundamentos de las Conclusiones deben establecer las razones por las que el IASB propone un cambio específico en los requerimientos para la información financiera, incluso se deben referir a la evidencia recopilada o a su alcance.

40. Por lo general, cuando se emite una nueva Norma NIIF, el IASB debe preparar un Informe individual de Análisis de Efectos. Un documento correctamente orientado que contenga un resumen de los posibles efectos y explique cómo el IASB realizó sus evaluaciones puede ser útil para aquellos con un interés especial en este trabajo. Cualquier informe de esta naturaleza debe figurar en el paquete de documentos seleccionados por el IASB.7

Ver párrafos 126 a 135.

7 El proceso mediante el cual el IASB vota formalmente por la emisión de una Norma NIIF y su material complementario se conoce como proceso de selección. Cada miembro del IASB vota a favor o en contra de la emisión del paquete.

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Principios para la evaluación y el reporte de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera

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Principios para la evaluación y el reporte de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera

Rol y responsabilidades del IASB

Informes financieros con propósito general 41. La Constitución de la Fundación IFRS y el Marco Conceptual para la

Información Financiera establecen los objetivos del IASB y de los informes financieros con propósito general.

42. La función del IASB consiste en desarrollar normas de información financiera de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y aplicables. El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que reporta que sea útil para los inversores, prestamistas y demás acreedores actuales y potenciales para la toma de decisiones sobre la asignación de recursos a la entidad.8 El Marco Conceptual para la Información Financiera establece que la utilidad de la información financiera radica en "la relevancia y representación fiel de lo que pretende representar. La información financiera presenta una mayor utilidad si es comparable, verificable, oportuna y entendible.”9 Parte de la representación fiel se basa en garantizar la neutralidad y objetividad de la información. La información no debe ser sesgada, subjetiva, elevada, minimizada o manipulada

8 El texto completo de estos objetivos se encuentra en los párrafos 10 y 11. 99 QC4 Marco Conceptual para la Información Financiera.

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para aumentar la probabilidad de un acogimiento favorable o desfavorable por parte de los usuarios.”10

43. Cuando el IASB modifica los requerimientos para la información financiera, a su vez cambia la forma en que los estados financieros presentan transacciones o eventos particulares. Es poco frecuente que un cambio no traiga consigo repercusiones. Los inversores recibirán suficiente información para poder respaldar sus decisiones. Es posible que los preparadores se vean obligados a modificar sus sistemas para cumplir con los nuevos requerimientos de la información, y que contabilicen internamente las transacciones o actividades de un modo diferente al que el IASB propone con una nueva norma.

44. El IASB se sirve de los Documentos de Discusión y los Fundamentos de las Conclusiones en el Borrador de Consulta para explicar las medidas adoptadas y constatar que los requerimientos propuestos para la información financiera mejorarán la misma a nivel de rentabilidad. El IASB identifica el costo como una restricción en la información financiera útil. En el Marco Conceptual se estipula:

La restricción del costo en la información financiera útil

QC35 El costo es una restricción general sobre los datos a suministrar en la información financiera. La presentación de la información financiera supone costos, por lo que es importante que estos costos se justifiquen a través de los beneficios de la presentación de dicha información. Existen diferentes tipos de costos y beneficios a tener en cuenta.

QC36 Los responsables de suministrar información financiera dedican su esfuerzo en recopilar, procesar, verificar y diseminar la información financiera, pero son los usuarios quienes, en última instancia, asumen los costos en forma de rendimientos reducidos. Los usuarios igualmente incurren en costos de análisis e interpretación de la información suministrada. Si no la información necesaria no se encuentra disponible, los usuarios incurren en más costos para obtenerla en otro lugar o para estimarla.

10Ibid., QC14.

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QC37 Presentar información financiera relevante y precisa que represente lo que pretende representar ayuda a los usuarios a tomar decisiones de manera más segura. Esto resulta en un funcionamiento más eficiente de los mercados de capitales y en un menor costo de capital para la economía en su totalidad. Un inversor, un prestamista u otro acreedor individual igualmente recibe beneficios al tomar decisiones más informadas. Sin embargo, no es posible que los informes financieros con propósito general suministren toda la información que cada usuario considera relevante.

QC38 Al aplicar la restricción del costo, el Consejo evalúa si los beneficios de presentar cierta información justifican los costos incurridos para suministrar y utilizar dicha información. Cuando se aplica una restricción del costo en el desarrollo de una norma propuesta para la información financiera, el Consejo busca información proveniente de proveedores de información financiera, usuarios, auditores, académicos entre otros, sobre la naturaleza y cantidad esperadas correspondientes a los beneficios y costos de dicha norma. En la mayoría de los casos, las evaluaciones se realizan con base en una combinación de información cuantitativa y cualitativa.

QC39 Debido a la subjetividad inherente del proceso, se evidenciará cierta disparidad en las diferentes evaluaciones individuales de los costos y beneficios de presentar ciertos elementos. Por consiguiente, el Consejo pretende considerar los costos y beneficios en relación con la información financiera en general, y no en relación con entidades específicas que reporten. Esto no significa que las evaluaciones de costos y beneficios siempre justifican los mismos requerimientos de reporte de información para todas las entidades. Es normal que surjan diferencias a raíz de los distintos tamaños de las entidades, los diversos métodos de aumentar capital (públicamente o de manera privada), las diferentes necesidades de los usuarios, entre otros factores.

45. En el Manual del Procedimiento a Seguir del IASB se identifican los asuntos que este organismo debe considerar al evaluar los posibles efectos de una norma propuesta. El término ‘efectos’ se introdujo en el Manual en julio de 2009. Para ese momento, los Fideicomisarios afirmaron que el cambio reflejaba "la importancia de tener en cuenta los efectos más allá de los costos y beneficios". Los Fideicomisarios no detallaron los tipos de efectos que debían ser considerados por el IASB.

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46. Al remplazar el término 'costos y beneficios' por 'efectos', los Fideicomisarios decidieron que era importante considerar los efectos más allá de los costos y beneficios. Las revisiones que se hicieron al Manual del Procedimiento a Seguir del IASB en 2012 sirvieron para aclarar a qué se referían los Fideicomisarios con 'efectos':

3,75 Para elaborar un juicio de la evaluación sobre los posibles efectos, el IASB tiene en cuenta lo siguiente:

(a) cómo los cambios propuestos posiblemente tendrán un impacto en la forma de presentar las actividades en los estados financieros bajo NIIF;

(b) cómo estos cambios mejoran la comparabilidad de la información financiera entre distintos periodos para una entidad individual y entre diferentes entidades para un periodo específico;

(c) cómo los cambios mejorarán la capacidad del usuario para evaluar futuros flujos de efectivo de una entidad;

(d) cómo las mejoras en la información financiera se traducen en una mejor toma de decisiones económicas;

(e) el posible efecto en los costos de cumplimiento para los preparadores, durante la aplicación inicial y de manera continua; y

(f) cómo los posibles costos de análisis para los usuarios (incluyendo costos de extracción de datos, identificación de medición de datos y ajuste de datos con el propósito de incluirlos en, por ejemplo, un modelo de valoración) se ven afectados. El IASB debe tomar en consideración los costos incurridos por los usuarios de estados financieros cuando la información no se encuentra disponible, y la ventaja comparativa de los preparadores frente al desarrollo de información, cuando se compara con los costos incurridos por los usuarios para la elaboración de información sustituta.

47. A pesar de esta aclaración, el grado al que el IASB debería tomar en cuenta posibles consecuencias sociales y económicas de mayor envergadura durante el desarrollo de requerimientos para la información financiera sigue siendo un

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punto de discusión. Las próximas secciones de este informe se centran en las consecuencias de los informes financieros.

Efectos de los informes financieros y costos directos 48. Los principales efectos directos de los requerimientos para la información

financiera que considera el IASB (ver párrafo 3.75 del Manual del Procedimiento a Seguir incluido en el párrafo 46 anterior) son:

(a) cómo los cambios propuestos posiblemente tendrán un impacto en la forma de presentar las actividades en los estados financieros de aquellos que aplican las Normas NIIF; y

(b) cómo los costos relativos a la preparación y utilización de la información en los informes financieros posiblemente cambiarán.

49. Estos efectos son una consecuencia directa de los requerimientos de la información financiera. No cabe duda de que el IASB debe considerar estos efectos antes de concluir cualquier cambio en una Norma NIIF.

50. Los costos de preparación abarcan los costos de recopilación y procesamiento de la información, de la búsqueda de expertos independientes y de la asesoría y auditoría profesional. Los cambios en los requerimientos de reconocimiento y medición de una norma pueden aumentar o disminuir los costos de preparación. En ocasiones, un cambio en los requerimientos de una Norma NIIF provocará que las entidades cambien sus sistemas contables. En otros casos, los requerimientos representan continuas implicaciones financieras. Por ejemplo, es posible que el cambio de una Norma NIIF de manera que sus requerimientos coordinen más de cerca con la forma como la gerencia contabiliza una transacción reduzca los costos continuos. Si los requerimientos de una Norma NIIF no son claros, o si no existe una orientación, un preparador podría verse obligado a buscar asesoría independiente y con sus auditores para aclarar cualquier incertidumbre sobre cómo contabilizar un tipo de transacción en particular. Estos costos deberían disminuir si los requerimientos de una Norma NIIF revisada son más claros.

51. Los costos directos incurridos por los usuarios de información de estados financieros incluyen costos de extracción de datos, identificación de medición de datos y ajuste de datos, como se estime necesario, con el propósito de tomar

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decisiones frente a la asignación de recursos a una entidad o a la evaluación de la contabilidad de la gerencia de una entidad. Entre más trabajo represente para el usuario adecuar los datos a un método conveniente para sus propósitos, mayores son los costos de análisis. De manera similar, un requerimiento nuevo para que las entidades suministren información previamente estimada por los usuarios a partir de otras fuentes debería reducir los costos relativos a la recolección de información y procesamiento —para estos usuarios—, además de proporcionarles una medición más directa de tal información. En este caso puede haber un efecto multiplicador, ya que una deficiencia en los requerimientos del informe puede resultar en la necesidad por parte de los inversores de incurrir en costos para evaluar cada entidad.

Consecuencias económicas y de otra naturaleza 52. Se espera que las normas de información financiera acarreen consecuencias. Las

consecuencias de los nuevos requerimientos para la información financiera que considera el IASB (ver párrafo 3.75 del Manual del Procedimiento a Seguir incluido en el párrafo 46 anterior) son:

(a) cómo los cambios mejoran la comparabilidad de la información financiera entre distintos periodos para una entidad individual y entre diferentes entidades para un periodo específico;

(b) cómo los cambios mejorarán la capacidad del usuario para evaluar futuros flujos de efectivo de una entidad; y

(c) cómo las mejoras en la información financiera resultarán en una mejor toma de decisiones económicas.

53. Cuando los inversores, actuales o potenciales, reciben nueva información correspondiente a los informes financieros con propósito general, esta información puede influir en su evaluación de cómo la gerencia ha cumplido con sus responsabilidades administrativas, de cuál es el costo de capital de las entidades y de cuánto cargo por interés se impone sobre un préstamo. Ello, a su vez, puede influir en el voto del inversor en una reunión de accionistas o en su decisión de comprar, vender o mantener acciones en la entidad.

54. Los requerimientos referentes a la información financiera pueden exigir que las entidades revelen información útil tanto para los inversores como para sus

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competidores. En estos casos, se podría ver reducida la ventaja competitiva de una entidad. Esto representa un costo para la entidad, muchas veces denominado costo privado.

55. Es probable que muchas entidades cambien la forma de llevar a cabo sus actividades, posiblemente dejando de invertir en cierto tipo de acciones o modificando su modo de contratación para ciertas actividades. Los requerimientos para la información financiera no solo reflejan y presentan información sobre eventos, sino que también pueden provocar cambios en el comportamiento de las personas. En cartas de opinión al IASB sobre una propuesta de enmienda de los requerimientos para la información financiera de arrendamientos, algunos de los que respondieron afirmaron que, en caso de ser implementada, los cambios inmovilizarían la entrada de algunas entidades en ciertos tipos de arrendamientos. Un estudio concluyó que esto provocaría "impactos económicos desfavorables incluyendo la pérdida de miles de puestos de empleo".11 El IASB argumentó que las propuestas mejorarían la información financiera ya que eliminarían una distinción artificial entre los arrendamientos operativos y los financieros que "conllevan a una subestimación de la deuda a largo plazo". En un segundo ejemplo, algunos comentaban que los cambios en los requerimientos para la información financiera dirigidos a los esquemas de pensión con beneficios definidos contribuyeron a la evidente reducción de dichos esquemas. Esto se debe a que los cambios en los requerimientos para la información financiera provocaron el reconocimiento de las obligaciones en materia de pensiones por parte de la entidad auspiciadora en sus estados financieros. Es posible que el reconocimiento forzoso de estas obligaciones haya contribuido, en parte, al cierre de membresías en algunos de estos esquemas. Sin embargo, el IASB considera que el reconocimiento de las obligaciones en materia de pensiones en el balance general ha resultado en una mayor transparencia de dichas obligaciones y en una mejor disponibilidad de la información para los inversores.

11Economic Impacts of the Proposed Changes to the Lease Accounting Standards (Impactos económicos de los cambios propuestos a las normas de contabilidad de arrendamientos), Fundación Equipment Leasing and Finance Foundation, diciembre 2011;

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56. Es posible que los requerimientos de información financiera también revelen datos que provoquen reacciones tarifarias diferenciales entre entidades. Con el fin de ilustrar este punto, el IASB emitió recientemente nuevos requerimientos para la medición de pérdidas estimadas en los créditos. Cuando entre en vigor la nueva norma, este podría revelar pérdidas no previstas por los inversores. Por el contrario, podría igualmente potenciar la confianza de los inversores en las cifras reportadas de una entidad específica, lo que reduce el grado de incertidumbre de la información en beneficio de dicha entidad.

57. No es asunto nuevo el debate sobre qué efectos o 'consecuencias' de las nuevas propuestas de información financiera deben ser consideradas por un organismo emisor de normas de información financiera. La comunidad emisora de normas ha debatido este asunto por décadas.12 A menudo el debate se centra en la pertinencia del uso de una metodología de evaluación económica al analizar nuevas normas de información financiera. El EFRAG y el Consejo de información financiera del Reino Unido señalaron que:

Por décadas, el asunto de si los emisores deben considerar los efectos o las consecuencias de las normas que desarrollan ha sido tema de debate, sin una resolución satisfactoria. Sin embargo, en los últimos años este tema ha adquirido mayor importancia, y el término 'análisis de efectos' es cada vez más popular en el contexto de la emisión de normas.13

58. El Manual del Procedimiento a Seguir del IASB requiere que este explique cómo las mejoras en la información financiera resultan en una mejor toma de decisiones. La principal preocupación del IASB es mejorar la información con propósito general de las actividades de una entidad, de manera rentable, y no la evaluación de las posibles consecuencias de mayor envergadura relativas a los cambios en los requerimientos de la información. Como parte del proyecto de arrendamientos mencionado en el párrafo 55, el IASB evaluará si los

12 Consultar, por ejemplo, la bibliografía de Schipper (2010) donde encontrará una lista de documentos y estudios relativos a este asunto. 13 Documento de posición de EFRAG y el FRC del Reino Unido, 'Considering the Effects of Accounting Standards' [Considerando los efectos de las normas de contabilidad].

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requerimientos propuestos para la información financiera brindarán una mejor información sobre los arrendamientos al "hacer visible la deuda oculta".14 El procedimiento a seguir del IASB no le exige considerar en su evaluación la posibilidad que la industria de arrendamientos emplee a menos personal a raíz de estos cambios. El Grupo Consultivo coincide en la importancia de conocer estas consecuencias, pero admite que la responsabilidad del IASB radica en desarrollar mejoras en la información financiera que generen una mejor toma de decisiones económicas.

Recomendaciones

El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que reporta que sea útil para los inversores, prestamistas y demás acreedores actuales y potenciales para la toma de decisiones frente a la asignación de recursos a la entidad. La evaluación del IASB se debe enfocar en cómo un cambio propuesto en la información financiera afectaría posiblemente dicho objetivo. No es obligación del IASB evaluar ninguna otra consecuencia económica de mayor envergadura, pues se estaría desviando de su objetivo.

Se espera que los cambios en las Nomas NIIF resulten en mejores decisiones por parte de los inversores que se apoyan en estos informes. Los cambios en los requerimientos de la información pueden generar costos de cumplimiento con las Normas NIIF para preparadores y usuarios de la información financiera, quienes deben absorber y procesar la nueva información.

El IASB debe evaluar y explicar cómo los informes financieros con propósito general posiblemente cambiarán a raíz de los nuevos requerimientos, y cómo estos cambios mejorarán la calidad de los

14Hans Hoogervorst, Europe and the path towards global accounting standards (Europa y el camino hacia las normas globales de contabilidad), Congreso de IFRS de Ernst & Young 2013, Berlín.

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Recomendaciones informes financieros con propósito general. El IASB debe igualmente explicar por qué estima que estos cambios son justificables, indicando la manera como se evaluaron los posibles efectos tanto en los costos directos para los preparadores al cumplir con los nuevos requerimientos como en los costos relacionados para los usuarios.

Otros usuarios de los informes financieros con propósito general

59. El IASB no opera de modo aislado. El Marco Conceptual para la Información Financiera reconoce que los informes financieros con propósito general pueden ser igualmente útiles para los reguladores y miembros del público, diferentes a inversores y otros acreedores. No obstante, estos informes no están dirigidos principalmente a estos otros grupos.15

Estabilidad financiera

60. Es ampliamente reconocido que la estabilidad financiera es importante para un buen funcionamiento económico global. En el sitio web del Consejo de Estabilidad Financiera se establece que:

El FSB ha sido creado con el objetivo de coordinar a nivel internacional el trabajo de las autoridades financieras nacionales y de los organismos emisores de normas internacionales, y con el propósito de desarrollar y promover la implementación de políticas del sector financiero que sean efectivas, reguladoras y supervisoras en beneficio de la estabilidad financiera.

61. Como miembro del FSB, el IASB apoya el mandato del FSB.

15El Marco Conceptual para la Información Financiera, OB10.

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62. El IASB se enfoca en garantizar que los inversores, prestamistas y demás acreedores cuenten con información comparable, transparente y de alta calidad (informes financieros con propósito general) sobre entidades individuales. El FSB se enfoca en la estabilidad financiera de los mercados financieros en su conjunto. Estos objetivos son complementarios. El Grupo Consultivo considera que los informes financieros con propósito general de alta calidad pueden mejorar la estabilidad financiera suministrando de manera transparente información importante relativa a los riesgos y oportunidades disponibles para los inversores, y reduciendo así la asimetría de la información.

Supervisión prudencial

63. El FSB tiene la responsabilidad de promover estabilidad dentro del sistema financiero, trabajando con supervisores prudenciales nacionales. A menudo, los supervisores prudenciales utilizan la información presentada en los informes financieros con propósito general como fuente de información para evaluar la estabilidad financiera. Existen ejemplos sobre los vínculos explícitos entre la información de los estados financieros con propósito general bajo NIIF y los índices y límites prudenciales. Esto significa que los cambios en una norma pueden afectar las cifras en las evaluaciones regulatorias. Por ejemplo, las decisiones sobre si un activo debería ser clasificado como intangible o incluido en propiedades, planta y equipo pueden tener consecuencias para los reguladores prudenciales, ya que ellos usualmente tratan estas categorías de manera distinta. El IASB conocía esta diferenciación cuando elaboraba las propuestas para los arrendamientos, en términos de cómo un activo arrendado debía ser clasificado. Así, los reguladores prudenciales necesitarán probablemente cambiar el modo en que ajustan la información de las Normas NIIF que utilizan, para cumplir con sus responsabilidades.

64. Es importante que los reguladores prudenciales se mantengan informados y dispongan de suficiente tiempo para considerar cómo los cambios en la información financiera afectarán su información. Este diálogo les brinda igualmente la oportunidad de abordar cualquier consecuencia involuntaria que pudiera surgir como resultado de los cambios en los informes financieros. Las discusiones con los reguladores se deberían realizar en las etapas más tempranas de un proyecto con el fin de que estos cuenten con tiempo suficiente para evaluar

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y decidir cómo incorporar la información financiera modificada en sus sistemas de supervisión.

65. El Manual del Procedimiento a Seguir del IASB indica que:

3.57 El IASB es consciente de que los supervisores prudenciales se apoyan en los informes financieros para la ejecución de algunas de sus funciones. Con el fin de apoyar a los supervisores prudenciales, el IASB mantiene un mejor diálogo con dichas autoridades, particularmente por medio del Consejo de Estabilidad Financiera y el Banco de Pagos Internacionales.

66. El IASB lo logra de maneras diferentes. Por ejemplo, el Presidente del IASB es miembro del Consejo de Estabilidad Financiera y los miembros y el equipo técnico del IASB se reúnen periódicamente con el Comité de Basilea, el grupo de Trabajo de Contabilidad del Comité de Basilea y la Organización Internacional de Supervisores de Seguros, además sostienen reuniones periódicas en un foro con el Comité de Basilea y el Instituto de Finanzas Internacionales. Asimismo, muchos de estos organismos forman parte de los Grupos Consultivos del IASB como miembros u observadores. Es obligación del IASB informar todos los años al Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir sobre la naturaleza y alcance de su diálogo con los reguladores prudenciales y de valores.

67. El IASB se apoya en quienes se encargan de mejorar la estabilidad financiera para mantenerse informado si un cambio en la información financiera podría tener implicaciones en la estabilidad financiera. El desarrollo de una nueva norma usualmente tarda mínimo cinco años e incluye la elaboración de un Documento de Discusión y un Proyecto de Norma. Estas consultas públicas, junto con el diálogo periódico con reguladores prudenciales, brindan suficientes oportunidades a las partes interesadas para informar al IASB sobre las posibles dificultades que implica una nueva norma frente a la estabilidad financiera.

68. Las modificaciones de normas de menor alcance en ocasiones se llevan a cabo en menos de 18 meses, o hasta en un menor plazo si el asunto es urgente. Incluso este plazo menor debería proporcionar a las partes suficiente tiempo para comunicarse con el IASB. Gran parte de las modificaciones de menor alcance están orientadas hacia un aspecto específico de una norma, lo que debería facilitar la evaluación de las consecuencias.

69. Las responsabilidades del IASB consisten en que los inversores, prestamistas y otros acreedores actuales y potenciales sean capaces de tomar decisiones frente

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la asignación de recursos a la entidad. Si el IASB recibe inquietudes referentes al impacto que un cambio propuesto en los requerimientos para la información financiera con propósito general podría tener en la estabilidad financiera, sería conveniente que el IASB incluyera una sección —en sus Fundamentos de las Conclusiones y en el resumen del análisis de los efectos—, donde reconociera tener conocimiento de tales inquietudes y las abordara. En dichas circunstancias, es posible que las partes que expresen inquietudes relativas a la estabilidad financiera muestren un interés en evaluar las razones por las que el IASB considera que los requerimientos propuestos en la información financiera son relevantes y representativos a nivel de fidelidad para los inversores.

70. No se espera que el IASB comprometa sus objetivos. No obstante, es importante comunicar su conocimiento de cualquier inquietud expresada por un tercero frente a la estabilidad financiera y las razones por las que los requerimientos mejorarán los informes financieros con propósito general.

Recomendaciones

El mandato del FSB consiste en promover la estabilidad de los mercados financieros en su totalidad. El IASB se enfoca en garantizar que los inversores cuenten con información comparable, transparente y de alta calidad (informes financieros con propósito general) de entidades individuales.

Para ayudar al FSB a alcanzar sus metas, el IASB debería, sin comprometer sus propios objetivos, continuar trabajando junto con el FSB. Así, se pretende garantizar que el FSB conozca los cambios propuestos referentes a la información financiera y cuente con el tiempo necesario para evaluar y abordar el método de incorporación de estos cambios en sus propios sistemas de monitoreo.

Referencias explícitas e implícitas a las Normas NIIF en contratos y en la regulación

71. Aunque el objetivo de la información financiera es brindar información financiera relevante para inversores, prestamistas y otros acreedores, el IASB es

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consciente de que los informes financieros con propósito general son utilizados con otros propósitos.

72. Las cifras establecidas bajo NIIF se emplean en contratos o en regulaciones. Una razón comúnmente citada indica que el uso de información financiera con propósito general es más rentable que la elaboración de requerimientos de información separados. Esto también significa que las entidades no necesitan mantener múltiples juegos de registros de contabilidad paralelos, lo que reduce costos.

Impuestos

73. En algunas jurisdicciones los impuestos se calculan sobre la medición de la ganancia para propósitos de la información financiera, con o sin ajustes. Otras jurisdicciones cuentan con normas fiscales que especifican cómo se deben medir los ingresos y los gastos. Para aquellas jurisdicciones que emplean las Normas NIIF como base para el impuesto a la ganancia, el cambio en una norma puede modificar la base fiscal.

74. Por ejemplo, en Italia, los impuestos son evaluados en estados financieros separados que deben ser preparados conforme a las Normas NIIF. En Nueva Zelanda, la deducibilidad con propósitos fiscales por gastos de investigación se determina con base en el método de medición de los gastos de investigación y desarrollo en la información financiera. En los Estados Unidos, es posible que las compañías empleen el método última entrada–primera salida (LIFO) para medir inventarios fiscales únicamente si tal método se emplea igualmente en la medición de inventarios para efectos de información financiera, lo cual no está permitido por las Normas NIIF. Estos son tan solo algunos ejemplos de cómo los cambios en la información financiera podrían acarrear consecuencias económicas en otras áreas regulatorias, en este caso en la base fiscal.

75. Las consecuencias económicas de estos vínculos pueden ser significativas. En el ejemplo del LIFO en Estados Unidos, si el organismo emisor de normas de los Estados Unidos -el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB)- prohibiera el uso del método LIFO, las compañías que lo emplean tendrían que pagar más pronto el impuesto a la ganancia. Esto se debe a que el método LIFO tiende a generar un mayor costo de gastos de ventas y, por consiguiente, a reducir los impuestos corrientes por pagar. Se ha reportado que el importe

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agregado afectado es de aproximadamente USD 80 millardos.16 Esta consecuencia supone que el gobierno de los Estados Unidos no cambiaría su legislación fiscal. Al igual que el IASB, el FASB no toma decisiones a partir de las consecuencias fiscales.

76. La responsabilidad del IASB radica en el desarrollo de requerimientos para la información financiera que resulten en informes financieros con propósito general de alta calidad. Las consecuencias fiscales no son un factor que el IASB deba considerar al evaluar los posibles requerimientos, pues hacerlo podría reducir su capacidad de alcanzar su objetivo. (Ver discusión del párrafo 80 sobre la importancia de garantizar que las entidades afectadas tengan conocimiento de las posibles consecuencias de las Normas NIIF, y la discusión del párrafo 115 sobre la evaluación global).

Contratos bancarios

77. Los informes financieros con propósito general son mencionados en los contratos entre los bancos y sus clientes empresariales. Estos contratos podrían especificar niveles máximos de deuda o coeficientes financieros que se refieren a cifras preparadas conforme a las Normas NIIF. Los cambios en los requerimientos de la información financiera pueden afectar estos coeficientes, y llevar a una entidad a cometer una infracción en los requerimientos como consecuencia del cambio en una norma.

Dividendos, información estadística y actividades reguladas

78. Algunas jurisdicciones cuentan con leyes que limitan la suma que una entidad puede pagar en dividendos. Estos límites pueden estar ligados al resultado contable.

79. Algunos gobiernos también utilizan las cifras bajo NIIF para planeaciones estadísticas y económicas. Otros tienen restricciones sobre los rendimientos de

16Comisión de Bolsa y Valores de EE.UU. (SEC) Final Staff Report on International Financial Reporting Standards (IFRSs) [Informe final del equipo técnico sobre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)]

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activos en industrias reguladas, los cuales se determinan según las cantidades reportadas en los informes financieros con propósito general.

Responsabilidades del IASB

80. El objetivo del IASB consiste en mejorar la información financiera para beneficio de aquellos que asignan recursos a una entidad. Una decisión tomada por parte de una jurisdicción o una autoridad reguladora para utilizar la información financiera con propósito general con objetivos personales, como los impuestos, no representa una razón para que el IASB detenga el desarrollo de mejoras para la información financiera. No es responsabilidad del IASB adaptar las Normas NIIF para cumplir con los objetivos de estos organismos.

81. Dicho esto, el IASB no debe ignorar que otros organismos utilizan la información financiera bajo NIIF con propósito general. El IASB desarrolla sus normas de manera abierta, lo cual incluye una consulta pública para cualquier propuesta. Los organismos que incluyen cifras NIIF en contratos o en la regulación cuentan, por consiguiente, con la oportunidad de observar cambios en la información financiera que podrían tener implicaciones en sus propias actividades. El IASB debe continuar evaluando si la consulta sobre sus actividades y la comunicación correspondiente brindan a otros organismos suficiente información y tiempo para comprender un cambio propuesto. Asimismo, debe continuar evaluando su impacto y tomando las medidas necesarias en función de sus propios objetivos.

82. Igualmente es relevante que el IASB no desarrolle sus normas de manera individual. El IASB trabaja de cerca con otros organismos emisores de normas de contabilidad de forma directa y mediante grupos y organismos similares como el ASAF, el IFASS, el GLENIF, el AOSSG, el EFRAG y el Grupo de Países de

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Economías Emergentes del IASB.17, 18 Este diálogo contribuye a que las jurisdicciones locales tengan conocimiento de los cambios contables propuestos, y a la solicitud de sus opiniones. El IASB dispone de una Carta en la que se describe su relación con los organismos emisores de normas de contabilidad y organismos de autorización, y deja claro que el IASB se apoya en estos organismos emisores de normas para que otros en su jurisdicción tengan conocimiento de los cambios propuestos. Esta expectativa se refuerza en sus reuniones periódicas con dichas partes.19

83. Estos otros organismos emisores de normas de contabilidad están mejor condicionados que el IASB para relacionarse con sus reguladores prudenciales locales y tienen la capacidad de informar de manera práctica a las autoridades fiscales y otros organismos relevantes acerca de los posibles cambios en los requerimientos de las Normas NIIF.

84. Los organismos nacionales emisores de normas posiblemente tengan mayor conocimiento sobre las implicaciones locales de los cambios en las normas de información financiera. Por ejemplo, cuando las Norma NIIF se introdujeron por primera vez en Nueva Zelanda, el organismo local emisor de normas emprendió un programa de acercamiento a los bancos sobre los convenios de deuda, y al Inland Revenue Department [Departamento de Impuestos Internos] con el fin de facilitar la comprensión de los posibles cambios en la composición de los

17 Estas abreviaciones equivalen respectivamente al Foro de Emisores de Normas de Contabilidad, el Foro Internacional de Emisores de Normas de Contabilidad, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera, el Grupo Emisor de Normas Asia-Oceanía y el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera. 18 Si bien en esta sección se emplea el término 'organismos emisores de normas', no todas las jurisdicciones cuentan con un organismo emisor de normas. En algunos casos, una agencia gubernamental o un organismo profesional se encarga de manejar un proceso de autorización o de supervisar los desarrollos de las Normas NIIF. 19Charter—The IASB and other accounting standard-setters, Working together to develop and maintain global financial reporting. (Carta —El IASB y otros organismos emisores de normas de contabilidad, Trabajando en conjunto para desarrollar y mantener la información financiera global).

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impuestos diferidos y los vínculos entre los informes financieros con propósito general y la deducibilidad de la investigación y el desarrollo así como el gasto de arrendamiento.

Recomendaciones

El objetivo de los informes financieros con propósito general preparados bajo NIIF es proporcionar información financiera relevante para los responsables de la toma de decisiones relativas a la asignación de recursos a la entidad.

El IASB reconoce que otras partes utilizan informes financieros con propósito general para objetivos propios—como la determinación del ingreso imponible, la definición de las reservas distribuibles, para fines estadísticos y regulatorios.

No es responsabilidad del IASB adaptar la información financiera para cumplir con las necesidades de estas otras partes. El IASB se apoya en los organismos emisores de normas de contabilidad para cumplir con su importante función. El IASB, sin embargo, reconoce su obligación de permitir que otras partes observen los cambios en la información financiera, los cuales podrían tener implicaciones en sus actividades.

Es importante que el IASB mantenga un vínculo sólido de comunicación abierta con otros organismos emisores de normas de contabilidad para este propósito.

Las necesidades de otros emisores de normas de contabilidad

85. Algunas jurisdicciones que incorporan las Normas NIIF en su marco legal deben contar con, u optar por preparar, algún método de evaluación del impacto regulatorio antes de la integración de una nueva norma o la modificación de una norma existente en la legislación. Los requerimientos son diferentes entre jurisdicciones y, en algunos casos, tienen en mente factores políticos de mayor alcance que el efecto en los preparadores y los usuarios. En otros casos, sin embargo, los factores a considerar son pocos y específicos. Por ejemplo, es posible que se le exija a un organismo emisor de normas evaluar factores

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específicos relacionados con cargas administrativas dentro de su jurisdicción, como el número de horas adicionales de trabajo que se establecería por un nuevo requerimiento.

86. Aunque el IASB debería ocuparse de la evaluación de los costos relativos a los nuevos requerimientos, las regulaciones locales pueden generar costos específicos para una jurisdicción. No es fácil para el IASB identificar y considerar todos estos costos específicos de cada jurisdicción cuando define las normas globales. Además, pueden surgir complicaciones que exceden la competencia del IASB debido a su naturaleza específica.

87. Para el IASB no es factible preparar una evaluación que cumpla con las necesidades de cada jurisdicción. Lo que sí puede hacer, no obstante, es suministrar a las jurisdicciones información sobre sus procesos.

88. El IASB se encuentra en una buena posición para reunir información sobre los costos en general. Aunque cierta duplicación de esfuerzo parece ser inevitable, el IASB tiene la facultad de limitarlo, siempre que sea posible, estableciendo vínculos con organismos emisores de normas al planear su trabajo de campo y alcance. El trabajo colectivo con otros organismos emisores de normas brinda oportunidades para que el IASB y el organismo local emisor de normas potencien su trabajo. Los organismos locales emisores de normas podrían reunir información adicional como parte del proceso del IASB.

89. Aunque no es responsabilidad del IASB incluir en su evaluación de efectos, asuntos específicos de una jurisdicción, el IASB debe trabajar en conjunto con los organismos locales emisores de normas para planear su trabajo de campo y su alcance de manera que aquellas jurisdicciones locales puedan cumplir con sus necesidades.

90. Algunas jurisdicciones están replicando el trabajo del IASB debido a que solo pueden utilizar la información que este prepara si tienen acceso a la fuente de datos, o porque el plazo del trabajo en cuestión no es conveniente para sus requerimientos del procedimiento a seguir. En otros casos, el trabajo del IASB puede utilizarse siempre y cuando este tipifique o sea representativo del entorno y las circunstancias de la jurisdicción local.

91. El Grupo Consultivo considera que, en lugar de que una jurisdicción deba duplicar el trabajo realizado por el IASB, el trabajo de campo de otros

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organismos emisores de normas de contabilidad podría constituir una fuente principal de evidencia para el IASB. Esto podría reducir la cantidad de trabajo necesario para el mismo. La función del IASB radicaría en reunir y considerar el trabajo de campo procedente de su red de organismos emisores de normas. (Ver también párrafos 119 a 121).

Recomendaciones

Otros organismos emisores de normas de contabilidad pueden tener responsabilidades dentro de su jurisdicción local, relativas a la evaluación de los efectos de un cambio en las normas de contabilidad. No es responsabilidad del IASB cumplir con tales requerimientos.

No obstante, el IASB debe trabajar conjuntamente con los organismos locales emisores de normas para que, en lo posible, pueda planear su trabajo de campo y su alcance de manera que sea beneficioso tanto para el IASB como para las jurisdicciones locales.

Desarrollo de requerimientos para la informacion financiera

El proceso consultativo 92. La función del equipo técnico del IASB consiste en proporcionar análisis y

evidencia a los miembros del Consejo de manera que puedan tomar decisiones fundamentadas sobre los posibles cambios en los requerimientos para la información financiera. El análisis y la evidencia son remitidos a los miembros del Consejo en documentos internos, los cuales son debatidos en reuniones públicas y divulgados en el sitio web del IASB.

93. Si bien los documentos están disponibles públicamente, no todos los aportes a los mismos se encuentran a disposición de terceros.

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Consulta pública y cartas de comentarios

94. El Manual del Procedimiento a Seguir del IASB indica que:

3.64 Las cartas de comentarios desempeñan un papel importante en el proceso de deliberación del IASB y su Comité de Interpretaciones, dado que presentan respuestas públicas y ponderadas a una consulta formal.

95. Todos los cambios propuestos son expuestos a comentarios públicos y todas las cartas de opinión recibidas son publicadas en el sitio web IFRS. A menudo, el equipo técnico del IASB se servirá de las cartas de opinión para planear el trabajo de campo.

Trabajo de campo

96. En la revisión de 2013 del Manual del Procedimiento a Seguir el trabajo de campo se define como:

El trabajo realizado por las partes interesadas para ayudar al IASB a evaluar los posibles efectos de una norma propuesta. El trabajo de campo puede incluir procedimientos experimentales en los que las nuevas propuestas se aplican en transacciones individuales o contratos simulando la entrada en vigor de la norma propuesta. Asimismo, puede incluir la solicitud de retroalimentación sobre la formulación de una propuesta en particular o la evaluación del alcance de los cambios necesarios en el sistema en caso de la implementación de una norma propuesta. Durante el trabajo de campo también se reúnen ejemplos de práctica para que el IASB tenga una mejor idea de las prácticas de la industria y así comprenda cómo podrían afectarlas las normas propuestas.

97. El Manual también establece que:

Trabajo de campo

3.67 El IASB y los miembros del equipo técnico a veces utilizan el trabajo de campo para tener una mejor idea de cómo una propuesta posiblemente afectará a aquellos que utilizan y aplican las Normas NIIF.

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3.68 El trabajo de campo se puede realizar de muchas maneras: visitas personales o entrevistas a preparadores, auditores, reguladores o inversores que se puedan ver afectados por las propuestas. Igualmente puede incluir talleres en los que se reúnen algunas de estas partes, o experimentos para evaluar la manera como las propuestas pueden ser interpretadas o aplicadas.

3.69 El trabajo de campo puede incluir:

(a) participantes que evalúan la forma como las propuestas aplicarían en transacciones o contratos reales;

(b) estudios prácticos completos de preparadores o usuarios;

(c) experimentos para evaluar cómo procesan información los usuarios; o

(d) evaluaciones sobre cómo posiblemente se vean afectados los sistemas.

El trabajo de campo puede incluir igualmente la recopilación de ejemplos de la práctica para que el IASB adquiera una mayor comprensión de las prácticas de la industria y de las maneras como las normas propuestos pueden afectarlas. Es posible que cierto trabajo de campo se realice de manera transversal para todos los proyectos a nivel de normas para el desarrollo o la modificación de normas, diferente a las modificaciones de poca o limitada envergadura. El IASB y el equipo técnico deberán evaluar cuáles, si corresponde, actividades son apropiadas y proporcionales para un proyecto específico, teniendo en cuenta los costos de la actividad y los posibles conocimientos que podría adquirir el IASB a partir del trabajo de campo.

3.70 No es obligatorio llevar a cabo un trabajo de campo, pero si el IASB decide no hacerlo, deberá explicar por qué al DPOC y publicarlo en la página del proyecto del sitio web de la Fundación IFRS.

3.71 La retroalimentación de cualquier trabajo de campo, audiencia pública u otro tipo de divulgación se resumirá en un documento del equipo técnico, y será evaluado por el IASB junto con las cartas de opinión.

98. La definición y la explicación dan a entender que el IASB tiene una visión amplia de lo que constituye el trabajo de campo, pues lo describe como un

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proceso durante el cual se reúnen evidencias y opiniones de fuentes externas. El IASB puede reunir y analizar la información de manera sistemática —analizando grandes series de datos— o de manera más informal —reuniones o discusiones con los Grupos Consultivos.

Inversores

99. El Manual del Procedimiento a Seguir del IASB indica que:

3.46 El IASB es responsable del desarrollo de normas de información financiera que sean de beneficio para inversores y otros participantes en los mercados de capitales en la toma de decisiones frente a la asignación de recursos y otros aspectos económicos.

3.47 Los inversores e intermediarios de inversión, como los analistas, a menudo son sub-representados como remitentes de cartas de opinión, y, por consiguiente, es obligación del IASB adoptar medidas adicionales para consultar a los inversores sobre las propuestas de las nuevas normas o las modificaciones importantes de las normas. Estas medidas adicionales pueden incluir encuestas, reuniones privadas, conferencias en línea y reuniones con los grupos representativos, como el Comité Consultivo del Mercado de Capitales (CMAC por sus siglas en inglés). La retroalimentación de esta consulta concreta con los inversores se resume en un documento del equipo técnico y se analiza y evalúa junto con las cartas de opinión. El registro de esta retroalimentación será lo más transparente posible, respetando cualquier solicitud de confidencialidad.

100. Estos párrafos pretenden resaltar que la necesidad de complementar el proceso de cartas de opinión con otras medidas de solicitud de información es posiblemente mayor para los inversores que para la mayoría de las otras partes. Entendemos que por experiencia del IASB, a diferencia de otras partes, los inversores son igualmente más renuentes a ser identificados públicamente cuando se les solicita información.

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Análisis y resultados del trabajo de campo 101. Como en cualquier análisis o investigación, es importante que el diseño de la

investigación sea sólido, incluyendo la elección de participantes en el trabajo de campo.

102. Independientemente de la seguridad que el IASB pueda proporcionar sobre su método de ejecución del análisis y la investigación, muchas partes externas prefieren realizar sus propias evaluaciones sobre la pertinencia del trabajo efectuado. Aunque el IASB opera de forma muy transparente —todos los documentos del equipo técnico y las cartas de opinión están disponibles públicamente—, no todos los aspectos de su campo de trabajo están libremente a disposición.

103. Es importante que el IASB informe la naturaleza de su trabajo de campo lo más claro posible, incluyendo información sobre los participantes en el trabajo de campo y la evidencia reunida. La total transparencia permite a las partes externas evaluar la pertinencia de los objetivos, instrumentos y procedimientos del trabajo de campo.20

104. Para poder hacer deducciones generales de los resultados del trabajo de campo, es importante que sus participantes sean representantes de las entidades afectadas por un cambio. Ningún trabajo de campo está exento de experimentar cierto sesgo de selección. Identificar a los participantes permite a las partes interesadas realizar su propia valoración sobre qué tan representativos son los participantes en el trabajo de campo para la población general que presenta o utiliza estados financieros bajo NIIF.

105. No siempre es posible que el IASB revele las identidades de algunos participantes, por razones de sensibilidad del mercado o porque así lo ha solicitado el participante. No obstante, el principio fundamental de operación debe ser un objetivo totalmente transparente de todos los aspectos del trabajo de

20 Actualmente es cada vez más común que cualquier académico que presente documentos a revistas de investigación para su revisión deba proporcionar los conjuntos de datos o instrumentos de investigación utilizados en su estudio.

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campo. Cuando no es posible identificar a los participantes, el IASB debe proporcionar la mayor cantidad de información posible para las partes externas de manera que estas puedan conocer el perfil de los participantes del trabajo de campo.

Naturaleza del trabajo de campo

106. Durante la planeación de su trabajo de campo y análisis, el IASB debe ser consciente de la fase del proyecto y la naturaleza de los cambios propuestos.

107. No todos los cambios en la información financiera requieren de un extenso trabajo de campo o análisis. El IASB cuenta con un proceso anual de mejoras para los cambios de normas de poca envergadura o libres de objeciones. Para este tipo de modificaciones se puede requerir únicamente una mínima cantidad de trabajo de campo, o ninguno en absoluto. Por el contrario, los cambios generales e importantes exigen un programa de evaluación más integral. Así, el IASB debe llevar a cabo un análisis proporcional a los cambios propuestos para la información financiera.

Fase de investigación

108. Durante las primeras fases de un proyecto, la evidencia de la práctica como tal puede ser beneficiosa para que el IASB determine si existe una diferencia en la práctica e identifique la importancia económica de este asunto de la información financiera. Puede incluir igualmente valoraciones de cómo los inversores están utilizando la información, identificando si los inversores se ven obligados a reunir información adicional para complementar la información de los informes financieros con propósito general, o a ajustar datos de alguna manera. De forma similar, las valoraciones sobre cómo los preparadores reúnen y procesan la información pueden contribuir a identificar casos en los que los requerimientos actuales parecen suponer una carga. Igualmente, el análisis de una investigación empírica realizada de forma independiente puede suministrar evidencia de posibles debilidades en la información financiera.

109. La información que reúne el IASB debe ayudarle a determinar si es necesario considerar la proposición de cambios en los requerimientos de la información financiera, así como la posibilidad de desarrollar soluciones con un balance

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apropiado entre costos y beneficios. Es importante que el IASB considere las consecuencias de no actuar. Una conclusión del IASB que consista en detener el trabajo de un proyecto y no proponer cambios en los requerimientos de la información financiera se considera válida para esta fase.

Proyecto de Norma

110. Durante la fase del Proyecto de Norma, el IASB presenta una propuesta específica para una norma nueva o revisada. Por consiguiente, el trabajo de campo y el análisis deben enfocarse en las implicaciones de implementar tal propuesta, y de cualquier alternativa que se esté contemplando.

111. El análisis usualmente incluiría una evaluación sobre cómo los nuevos requerimientos generarán posibles cambios en los informes financieros. El trabajo de campo puede ayudar al IASB a corroborar su análisis.

112. En esta fase, el IASB usualmente indica el tipo de disposiciones transitorias apropiadas y el periodo de transición necesario. El trabajo de campo, como reuniones con preparadores o vendedores de software, la creación de un grupo preparador especializado o una solicitud de información puede ayudar al IASB a realizar estas valoraciones. El trabajo de campo igualmente puede contribuir a que el IASB comprenda los cambios que los preparadores posiblemente necesitarán hacer para cumplir con los requerimientos propuestos. De igual manera, el IASB puede llevar a cabo trabajos que demuestren por qué los inversores y demás usuarios podrían considerar útil la información requerida por la norma propuesta.

113. Para esta fase del proyecto, el nivel de confianza frente a los efectos previstos no necesita ser tan alto como para una norma final. Notablemente, durante la fase del Proyecto de Norma, el IASB buscará retroalimentación mediante el proceso de cartas de opinión sobre su evaluación de los posibles efectos de los cambios propuestos para la información financiera. La información procedente de las cartas ayudará al IASB a validar sus evaluaciones iniciales de los posibles efectos.

Finalización: la norma

114. Durante la finalización de una Norma NIIF, el IASB explica el fundamento de sus decisiones y sus expectativas frente a los efectos de los cambios en los

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requerimientos para la información financiera. Esto incluye explicar el tipo de beneficios esperados con el cambio y cómo tales beneficios justifican los costos esperados. La última fase es la culminación de todo el trabajo que se realiza durante el ciclo completo del proyecto. Cuando se finaliza una norma, el IASB debe tener la certeza de que su análisis respalda el cambio que ha decidido introducir.

Recomendaciones

El IASB debe planear su trabajo de campo de manera que sea proporcional a los cambios propuestos para la información financiera. Los cambios generales e importantes usualmente exigen un programa de evaluación más integral que los cambios de menor envergadura.

El tipo y la profundidad del trabajo de campo realizado deben igualmente reflejar la fase de desarrollo del proyecto.

• En la fase de investigación, el enfoque principal del IASB se debe orientar hacia la comprensión de la naturaleza del problema en cuestión, es decir, hacia la definición del problema, recopilando evidencia para que el IASB logre evaluar su envergadura e importancia económica. El análisis se debe enfocar en la deficiencia percibida en cuestión y las posibles soluciones.

• Durante la fase de Proyecto de Norma, el IASB presenta una propuesta específica para una norma nueva o revisada. Por consiguiente, el trabajo de campo y el análisis deben enfocarse en las implicaciones de implementar tal propuesta, y de cualquier alternativa que se esté contemplando.

• Durante la finalización de una Norma NIIF, el IASB explica el fundamento de sus decisiones y sus expectativas frente a los efectos de los cambios en los requerimientos para la información financiera. Por consiguiente, el trabajo de campo y el análisis deben explicar cómo el IASB llegó a sus decisiones finales.

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Evaluación global 115. Las costumbres y regulaciones locales pueden afectar la manera en que se

aplican las normas de información financiera. Por ejemplo, algunas jurisdicciones no permiten a las compañías poseer terrenos. En otras jurisdicciones, se emplean arrendamientos a plazos muy largos (casi 1000 años) para manejar transacciones inmobiliarias. El IASB debe tener conocimiento de estos asuntos al desarrollar normas, pues de no ser así es posible que se presenten consecuencias imprevistas en la aplicación de las Normas NIIF.

116. Es responsabilidad del IASB otorgar una consideración total y razonable a las perspectivas de aquellos que se ven afectados a nivel global por las Normas NIIF. Esto es particularmente importante para garantizar la implementación de normas en varias jurisdicciones con diferentes marcos regulatorios.

117. Dicho esto, el IASB debe realizar su evaluación desde una perspectiva global sin tomar decisiones basadas en cómo los nuevos requerimientos podrían afectar una jurisdicción específica. Es posible que haya circunstancias en las que los beneficios netos de un nuevo requerimiento sean poco convenientes (hasta el punto de generar una carga neta) para algunas entidades dentro de una jurisdicción específica. La evaluación del IASB se debe basar en si los nuevos requerimientos para la información financiera son justificables a nivel global.

118. Una jurisdicción que rechace o modifique una Norma NIIF podría generar una carga neta mayor a sus entidades si esta desviación de NIIF afecta la capacidad de una entidad para cumplir con los requerimientos de cotización en bolsa en otra jurisdicción. Además, también genera costos adicionales a los usuarios que se verían obligados a considerar un ajuste de la información financiera con propósito general de dicha jurisdicción para que sea más comparable con la información financiera con propósito general bajo NIIF.

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Recomendaciones

Es responsabilidad del IASB contemplar justa y plenamente a nivel global las perspectivas de aquellos afectados por las Normas NIIF.

El IASB debe procurar realizar consultas de amplia envergadura geográfica de modo que sus normas se elaboren con principios que puedan ser aplicados a nivel global. Otros organismos emisores de normas de contabilidad pueden colaborar suministrando al IASB información y análisis relativos a los factores y posibles efectos de carácter individual de su jurisdicción.

Sin embargo, el IASB debe realizar su evaluación desde una perspectiva global sin tomar decisiones basadas en cómo los nuevos requerimientos podrían afectar una jurisdicción específica. Es posible que haya circunstancias en las que los beneficios netos de un nuevo requerimiento sean poco convenientes (hasta el punto de generar una carga neta) para algunas entidades dentro de una jurisdicción específica. La evaluación del IASB se debe basar en si los nuevos requerimientos para la información financiera son justificables a nivel global.

Cooperación con otros organismos emisores de normas de contabilidad

119. El IASB actualmente trabaja junto con otros organismos emisores de normas de contabilidad en el desarrollo de una Norma NIIF. El Grupo Consultivo recomienda al IASB investigar el alcance del posible trabajo de campo adicional que pueden realizar estos otros organismos emisores de normas dentro de sus jurisdicciones y compartir sus resultados con el IASB. Estos organismos emisores de normas podrían llegar a ser los principales controladores de campo, en cuyo caso el rol principal del IASB consistiría en recibir y evaluar sus resultados del trabajo de campo.

120. El Grupo Consultivo considera que tal enfoque podría ampliar significativamente el número de participantes en el trabajo de campo, lo que, a su vez, mejoraría el alcance geográfico del análisis y resultaría en la evaluación de un mayor espectro de condiciones locales. La participación de organismos locales emisores de

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normas en la identificación de participantes en el trabajo de campo, y en la administración del trabajo podría igualmente aumentar la seguridad de las jurisdicciones nacionales durante el proceso del trabajo de campo.

121. Este enfoque es consistente con las recientes medidas del IASB para alcanzar una normativa basada en mayor evidencia. Otros organismos emisores de normas son posibles fuentes importantes de información. El trabajo de campo que realizan podría llegar a ser la fuente principal de la evidencia del trabajo de campo para el IASB.

Recomendaciones

El IASB debe considerar métodos para aumentar la participación de organismos emisores de normas de contabilidad para realizar trabajos de campo a nivel local y compartir los resultados con el IASB.

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Informes del IASB

Disponibilidad de los datos del trabajo de campo 122. En consonancia con los principios generales de suministrar información lo más

abiertamente posible, respetando cualquier solicitud de confidencialidad, el IASB debe informar la naturaleza del trabajo de campo y su alcance, incluyendo los participantes en el trabajo de campo, así como la evidencia reunida, lo más claro y abiertamente posible.

123. Los instrumentos de investigación y la documentación empleados en el trabajo de campo, como el instrumento de encuesta o el caso práctico completo junto con la información general suministrada a los participantes, deben estar a disposición del público. El Grupo Consultivo fue informado que el IASB no está publicando esta información de manera regular. El Grupo Consultivo recomienda al IASB tomar las medidas necesarias para garantizar el fácil acceso a estos instrumentos en el sitio web del proyecto.

124. Cuando no le es posible al IASB revelar las identidades de algunos participantes específicos en el trabajo de campo o ciertos datos detallados, el IASB debe proporcionar la mayor cantidad de información posible para que las partes externas puedan conocer el perfil de los participantes en el trabajo de campo, así como los resultados generales del mismo.

125. Para ilustrar, el IASB podría realizar encuestas a inversores y analistas sobre una propuesta en particular. La encuesta se debe publicar en el sitio web del proyecto. Si el IASB decide que obtendrá mejores respuestas manteniendo el anonimato de los participantes, el IASB debe informar los resultados de manera que los lectores puedan evaluar el grado de representación de la encuesta con respecto a la población general que se rige bajo NIIF. Esto se puede realizar, por ejemplo, identificando los tipos de participantes —las industrias, las regiones y la posición o las responsabilidades de un encuestado específico dentro de su entidad—, y relacionándolos con los resultados del trabajo de campo.

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Recomendaciones

El IASB debe informar la naturaleza del trabajo de campo y su alcance. El IASB debe tomar medidas para garantizar que los instrumentos del trabajo de campo, como inspecciones y estudios, sean de fácil acceso en el sitio web del proyecto. Esta información debe incluir, de la manera más clara y abierta posible y respetando cualquier solicitud de confidencialidad, datos sobre los participantes del trabajo de campo y la evidencia que ha sido recopilada. Esta información debe estar disponible a lo largo del transcurso del proyecto.

En caso de que el IASB no pueda revelar las identidades de ciertos participantes en el trabajo de campo, el IASB debe proporcionar la mayor cantidad de datos posible para que así las partes externas puedan conocer el perfil de los participantes en el trabajo de campo.

Evaluación y reporte de los posibles efectos 126. Es importante que las partes interesadas en el análisis tengan acceso al trabajo

realizado por el IASB frente a la evaluación de los posibles efectos de normas finales o potenciales.

127. El IASB se esfuerza por garantizar la disponibilidad pública de todos los documentos y análisis de asuntos técnicos abordados por el IASB. Actualmente todos los análisis del IASB de los posibles efectos de un requerimiento nuevo propuesto para la información financiera se encuentran en dominio público. Sin embargo, para que una parte externa tenga un total conocimiento de los factores considerados por parte del IASB, y de sus decisiones adoptadas, un observador podría verse en la obligación de leer miles de páginas de material que abarcan reuniones y discusiones individuales.

128. La manera en que el IASB comunica su consideración de los posibles efectos de cambios propuestos o potenciales en los requerimientos para la información financiera debe reflejar la etapa del proyecto.

129. Un Documento de Discusión no contiene Fundamentos de las Conclusiones. Es posible que cualquier evaluación de los efectos potenciales se realice a un nivel relativamente alto, y se incorpore en el texto principal.

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130. En un Proyecto de Norma, la sección adecuada para explicar los posibles efectos es los Fundamentos de las Conclusiones. Estos pueden contener apéndices con explicaciones sobre las tareas y análisis realizados si tal información contribuye a la comprensión de los posibles efectos. La cantidad de detalles incluidos en los Fundamentos de las Conclusiones se determina a criterio personal. Puede ser útil incluir algunos ejemplos, casos u otros datos de apoyo para ilustrar los tipos de trabajos de campo realizados. No obstante, puede resultar más conveniente incluir los análisis y datos más detallados, como casos o datos suministrados por participantes en una prueba de campo, las herramientas empleadas, y cualquier análisis o informe detallado que sustenten el análisis de los efectos, en el sitio web de la Fundación IFRS. Este material de apoyo debe ser de fácil acceso para las partes interesadas —en una sección específica de una página del proyecto en su sitio web, a la que se pueda remitir en los Fundamentos de las Conclusiones. Los Fundamentos de las Conclusiones para el Proyecto de Norma ED\2013\06 Arrendamientos son un ejemplo en el que el IASB incluyó un complemento con ejemplos reales.

131. Para una norma, se debe seguir un enfoque similar al del Proyecto de Norma, además de un resumen separado del análisis de efectos, que se emite usualmente junto con la norma.

132. Recientemente, para algunas normas, la sección de Fundamentos de las Conclusiones ha alcanzado más de 100 páginas. La sección de Fundamentos de las Conclusiones está estructurada de manera que coincida con la estructura de la norma a la que se relaciona. Para el lector, la extensión y la estructura de los Fundamentos de las Conclusiones pueden complicar la identificación de los elementos del análisis de efectos que el IASB considera más importantes en el proyecto. Un resumen más enfocado sobre los posibles efectos de una norma brindaría al lector dicha comprensión, por lo que se considera más apropiado.

133. La inclusión de un resumen no significa que los Fundamentos de las Conclusiones excluirían cualquier análisis de los posibles efectos. El Manual del Procedimiento a Seguir indica que "las opiniones del IASB frente a los posibles

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efectos cuentan con la aprobación del IASB y se presentan como parte de, o junto con, los Fundamentos de las Conclusiones, publicados con cada Proyecto de Norma y cada Norma".21 Corresponde al IASB determinar qué tanto del análisis de los efectos presenta en los Fundamentos de las Conclusiones y qué tanto en un informe separado. Algunas secciones podrían figurar en ambos documentos, pues podrían contar con públicos diferentes.

134. Sin importar cómo el IASB presenta su análisis de los posibles efectos de un nuevo requerimiento para la información financiera, es importante que el análisis de los efectos cuente con la aprobación del Consejo al igual que como sucede con una Norma NIIF. Los primeros análisis de los efectos se publicaban semanas o meses después de la publicación de la nueva Norma NIIF y los Fundamentos de las Conclusiones, y no se elegían con la norma.22 El Grupo Consultivo recomienda al IASB incluir cualquier informe separado del análisis de los efectos en el paquete de documentos elegidos con una norma.

135. Este informe final, separado, debe estar redactado en un lenguaje y estilo dirigidos hacia los no contadores. Así, se garantizará su acceso a un público más amplio, incluyendo reguladores. Un documento diseñado específicamente para resumir los posibles efectos y las evaluaciones del IASB puede ser de beneficio para aquellos con un interés particular en este trabajo.

21 Ver párrafo 3.74 del Manual del Procedimiento a Seguir. 22 La elección es el término empleado por el IASB para describir su proceso formal de votación para aprobar normas.

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Recomendaciones

El formato del análisis de los posibles efectos de un cambio propuesto para la información financiera debe reflejar la fase de las propuestas.

Durante la fase de investigación, el análisis sobre la deficiencia percibida y sus posibles soluciones representa una parte integral del documento de discusión o investigación.

Durante la fase del Proyecto de Norma, los Fundamentos de las Conclusiones deben establecer las razones por las que el IASB propone un cambio específico en los requerimientos para la información financiera, incluso se deben referir a la evidencia recopilada o a su alcance.

Cuando se emite una nueva Norma NIIF, el IASB debería usualmente preparar un Informe del Análisis de los Efectos separado. Un resumen totalmente centrado en los posibles efectos y en las medidas adoptadas por parte del IASB para realizar las evaluaciones puede ser de beneficio para aquellos con interés particular en este trabajo. Cualquier informe de esta naturaleza debe figurar en el paquete de documentos seleccionados por el IASB.

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Guıa de aplicacion para la evaluacion de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la informacion financiera

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Guía de aplicación para la evaluación de los posibles efectos de los nuevos requerimientos en la información financiera

Evidencia, analisis y toma de decision —fuentes, limitaciones y fortalezas

136. Es importante que las evaluaciones realizadas por el IASB sean apropiadas para los cambios específicos propuestos que están siendo sustentados, y sean representativas.

137. El IASB se interesa en "la manera como (tales) cambios mejoran la comparabilidad de la información financiera entre diferentes periodos de informe para una única entidad y entre diferentes entidades para un periodo de informe específico" y en "el posible efecto en los costos de cumplimiento para los preparadores y usuarios de informes financieros, tanto al inicio de la aplicación como de forma continua", respectivamente.23

138. El IASB debe sentirse seguro de que su valoración es fiable y sólida, y de que puede utilizarse para llegar a conclusiones de carácter más general, pertinentes para el mayor número de entidades que aplicarán los nuevos requerimientos.

139. El factor de mayor importancia como enfoque del IASB debe radicar en los posibles beneficios de los nuevos requerimientos para la información financiera. Evidentemente también es importante considerar los costos de los requerimientos alternativos para la información financiera disponibles para el IASB, como los requerimientos de opciones de divulgación única, o de medición o

23 Estos factores se identifican en el Manual del Procedimiento a Seguir del IASB.

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reconocimiento alternativos; sin embargo, el propósito principal de las actividades del IASB consiste en mejorar la calidad de la información financiera, a un precio justificable.

140. No es fácil cuantificar los beneficios, razón por la cual los organismos emisores de normas suelen enfocarse en las evaluaciones cualitativas. Frente a este asunto, el Manual del Procedimiento a Seguir del IASB señala lo siguiente:

3.76 No se espera que el análisis incluya una evaluación formal cuantitativa del efecto general de una norma. Los costos y beneficios iniciales y permanentes posiblemente afecten diferentes partes de maneras distintas. El nivel de análisis se adecúa al tipo de cambios propuestos, siendo las nuevas normas y las modificaciones más importantes los de mayor análisis.

141. Esto no quiere decir que tales evaluaciones no puedan estar sustentadas con datos empíricos, como los que resultarían de las valoraciones de nuevos requerimientos por parte de los preparadores dentro de sus organizaciones. Con el fin de ilustrar, el IASB realizó un análisis empírico para comparar el posible efecto real sobre el apalancamiento de una entidad de traer varios arrendamientos operativos a los balances con el método utilizado por inversores y analistas —la regla general— para estimar el apalancamiento.24 Asimismo, es posible que las evaluaciones anecdóticas de los beneficios tengan mayor credibilidad si están respaldadas por encuestas o por comentarios consistentes en las cartas de opinión.

142. Una entidad suele identificar y estimar con mayor facilidad algunos de los costos relativos a la implementación de un cambio propuesto en los requerimientos para la información financiera que sus beneficios directos. No obstante, existen ciertos riesgos que al calcular un costo específico relativo a la implementación de una propuesta puedan dar cierto aire de fiabilidad sin justificación. Los costos

24 Algunos analistas estiman el pasivo, no reconocido, asociado con un arrendamiento operativo, multiplicando el gasto del arrendamiento por un múltiplo de 8 como regla general.

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de los nuevos requerimientos para entidades individuales dependerán de varios factores, como tamaño, ubicación y tipo de operaciones.

143. El IASB debe asegurarse de poseer evidencia fiable para sustentar sus conclusiones. El IASB podría centrarse en la evaluación de aspectos correspondientes a requerimientos nuevos o propuestos que posiblemente eleven o reduzcan costos. Por ejemplo, ¿es posible que los nuevos requerimientos exijan cambios en el sistema o coincidan con sistemas internos? El análisis podría ser igualmente direccional o comparativo. Por ejemplo, el IASB podría evaluar si los cambios propuestos tienden a reducir o a aumentar los costos de cumplimiento o la comparabilidad (ver análisis de los efectos de la NIIF 3). Asimismo, el IASB podría evaluar si una propuesta cuenta con costos de cumplimiento mayores o menores que las alternativas consideradas.

Proporcionalidad

144. El IASB debe hacer un gran esfuerzo y considerar los efectos de requerimientos nuevos propuestos para la información financiera que posiblemente generen cambios más importantes en los informes financieros o cuya implementación sea costosa.

145. Algunas modificaciones, como las mejoras anuales, no justificarían un análisis formal de posibles efectos debido a que, por naturaleza, están diseñadas para aclarar requerimientos o mejorar la comparabilidad de manera relativamente favorable.

Análisis e inferencias 146. El IASB debe estar seguro de que la información y los datos que emplea para

evaluar los posibles efectos de una norma propuesta son fiables, y que los resultados son interpretados adecuadamente dentro del contexto de los asuntos en consideración por el IASB.

147. El IASB reúne una gran variedad de evidencia de muchas fuentes. Cada Documento de Discusión y Proyecto de Norma cuenta con un periodo de comentario público. El IASB recibe comentarios directos de las partes interesadas en forma de cartas de opinión, las cuales están disponibles públicamente en el sitio web del IASB. Este recibe y considera todos los

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comentarios. Además, el IASB emprende campañas de difusión con las partes interesadas, especialmente con los inversores.

148. La mayoría de la información y los datos tienen limitaciones. Las cartas de opinión constituyen una fuente importante de evidencia para el IASB. Sin embargo, es importante recordar que quienes responden al documento eligen por sí mismos si enviarán o no comentarios al IASB. Con frecuencia, el IASB igualmente recibe más cartas provenientes de los preparadores que de los inversores. Estas limitaciones dificultan la inferencia de si los comentarios son representativos para la comunidad general bajo NIIF. El IASB es consciente de esto y, por consiguiente, realiza consultas adicionales para reunir información procedente de las organizaciones y regiones con poca representación.

149. El IASB también reconoce su deber de interpretar cuidadosamente la información suministrada en las cartas de opinión. Según un reciente estudio publicado sobre la transición a las Normas NIIF en Canadá, en promedio los preparadores sobreestimaron internamente los costos de cambio a las Normas NIIF.25 Este ejemplo resalta cuán complicado es estimar costos de manera precisa.

150. Muchos proyectos cuentan con Grupos Consultivos de expertos independientes que han sido específicamente asignados, los cuales se reúnen en público. Esto se complementa con otras actividades de alcance, como reuniones individuales, mesas redondas públicas, talleres, encuestas y trabajo de campo.

151. Recientemente, el IASB ha comenzado a servirse más de las Solicitudes de Información con el fin de reunir evidencia e información para desarrollar con mayor facilidad las normas. El IASB cuenta con una creciente iniciativa de investigación que se basa en la investigación académica y datos empíricos a través de su propio equipo y una red cada vez más extensa de profesionales.

25 Ver The cost of IFRS transition in Canada [El costo de la transición a las Normas NIIF en Canadá].

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Ponderación de la evidencia

Integridad de los datos

152. Como organismo global, el IASB se enfrenta a ciertos retos para demostrar que ha realizado una extensa consulta y que los requerimientos en desarrollo para la información financiera son aplicables globalmente. Parte de este desafío consiste en poder demostrar que la información de apoyo de sus decisiones proviene del entorno global general, y no solo de jurisdicciones o sectores aislados —la evaluación debe ser global y tomar en consideración las opiniones de los distintos tipos de entidades que aplican las Normas NIIF, inclusive aquellas de tamaños, industrias, etc. diferentes.

153. Un ejemplo de esta consulta extensa es el trabajo de campo realizado por el IASB para evaluar un modelo propuesto de deterioro crediticio para los activos financieros. De las 15 entidades que participaron en este trabajo de campo, dos fueron corporaciones no bancarias y las otras trece, bancos. Teniendo en cuenta la ubicación de su sede principal, dos fueron de Norteamérica, dos de Sudamérica, dos de África, dos de Asia-Oceanía, y siete de Europa. Cuatro de los bancos tenían un riesgo sistémico global.

154. El IASB igualmente creó un panel de expertos del sector bancario para consultar sobre la capacidad de los bancos para implementar las propuestas de deterioro y sobre la extensión de los cambios necesarios en el sistema. El IASB tuvo que considerar si la información que recibía se podía aplicar a la población general de bancos y sociedades.

155. El IASB considera que este trabajo de campo es lo suficientemente amplio para que se estime global. No obstante, desde la perspectiva de un regulador individual, la muestra podría incluir solo un banco correspondiente a su jurisdicción, y el organismo de aprobación podría verse en la obligación de considerar si es necesario un trabajo de campo suplementario para ampliar la muestra. El IASB es un organismo internacional emisor de normas y tiene la responsabilidad de garantizar la profundidad suficiente de análisis a nivel global. El IASB debe evaluar si el cubrimiento (la elección de bancos participantes en la prueba de deterioro crediticio) constituye un método apropiado para reunir evidencia de los posibles efectos de sus propuestas.

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156. El IASB no pudo identificar externamente los países en los que se basaban los participantes del trabajo de campo, ya que algunos bancos solicitaron confidencialidad absoluta. Su motivo radicaba en que cualquier resultado presentado en el análisis se asociaría fácilmente con una entidad específica. La información sobre los posibles aumentos en las pérdidas de deterioro, calculadas mediante un modelo propuesto, desde su perspectiva, era información potencialmente sensible al precio, que debía ser divulgada con total transparencia y no como un resultado de prueba del trabajo de campo. El IASB experimentó problemas similares en el proyecto Presentación de los Estados Financieros; los participantes solicitaron confidencialidad absoluta debido a preocupaciones sobre la posible sensibilidad al precio de los estados financieros revaluados, los cuales eran un componente esencial del trabajo de campo. La necesidad de confidencialidad, que no permite al IASB publicar los resultados de las pruebas de campo, impiden que el organismo de aprobación cuente con el trabajo del IASB. En estos casos, es posible que los organismos de aprobación se vean en la obligación de realizar su propio trabajo de campo.

Muestra de tamaño y mezcla

157. Para el IASB a veces es complicado encontrar participantes para su trabajo de campo. El número de participantes se reduce conforme aumenta la intensidad y los requerimientos de las fuentes de la actividad. Además, tiende a mostrar sesgos hacia entidades grandes como candidatos, ya que estas posiblemente cuentan con equipos especializados lo suficientemente vastos para realizar el trabajo extra. En el trabajo de campo de deterioro crediticio, el IASB dedicó más de 600 horas-persona en la preparación del material del trabajo de campo, en sesiones informativas individuales y en el análisis de los resultados. Los participantes llevaban igualmente registro del tiempo dedicado al análisis. Muchos de los grandes bancos reportaron entre 400 y 600 horas-persona y los participantes más pequeños reportaron entre 200 y 250 horas-persona en el trabajo de campo. El problema del sesgo de autoselección muy seguramente representa una limitación en todos los trabajos de campo que realiza el IASB.

158. La elección de la muestra también se puede ver afectada por el tiempo del trabajo. El trabajo de campo del IASB sobre el deterioro crediticio no incluyó entidades pertenecientes a algunas jurisdicciones debido a que las fechas de informe dentro de estas jurisdicciones no permitían su participación efectiva.

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Evaluaciones globales 159. Como organismo emisor de normas, el IASB se preocupa por los efectos

globales de los cambios propuestos para las Normas NIIF. Por consiguiente, durante la evaluación del IASB, se debe tomar en consideración cómo los cambios afectarán a preparadores y usuarios en diferentes jurisdicciones. Por ejemplo, un requerimiento en la medición de una clase particular de activos financieros al valor razonable puede complicarse en una jurisdicción sin mercados financieros activos y maduros.

160. Cuando el IASB eliminó el uso de la consolidación proporcional en entidades controladas de forma conjunta, el efecto fue mínimo en Australia, Nueva Zelanda, Sudáfrica o el Reino Unido. Antes de adoptar las Normas NIIF, estos países no permitían el uso de la consolidación proporcional para estos casos, por lo que la mayoría de las entidades continuaron empleando el método de participación, aunque las Normas NIIF brindaban la opción de consolidación proporcional. Por el contrario, la mayoría de las empresas españolas y francesas empleaban la consolidación proporcional para las entidades controladas de forma conjunta. El análisis de los efectos para la NIIF 11 documentó estas diferencias específicas de jurisdicción correspondientes a los cambios en la información financiera. En este caso, se esperaba que los efectos en los informes financieros variaran entre países, incluso dentro de Europa.

161. El Grupo Consultivo considera importante resaltar estas diferencias en los posibles efectos, pues se demuestra que el IASB entiende las distintas circunstancias en los diferentes países. Esto igualmente ayuda a una jurisdicción específica a comprender por qué las entidades dentro de una jurisdicción pueden verse más afectadas por un requerimiento para la información financiera que las entidades en otras jurisdicciones.

Trabajando con otros organismos emisores de normas

162. El IASB y los otros organismos emisores de normas cuentan con procedimientos para ponderar la información y la evidencia que reúnen. La ponderación se basa en muchos factores, incluyendo el grado de participación directa en la recopilación o verificación de la información, y su seguridad frente al posible

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grado de representación de la evidencia en relación con un asunto específico o un grupo objetivo.

163. Por ejemplo, en julio de 2013, el EFRAG finalizó su política de trabajo de campo. La política estipula que:

... el equipo técnico del EFRAG y los organismos nacionales emisores de normas participantes deben tener acceso a toda la evidencia detallada reunida durante el trabajo de campo en igualdad de condiciones por la jurisdicción de la que son responsables, y elaborar sus recomendaciones con total independencia. Solo la evidencia accesible al equipo técnico se puede tener en consideración para el desarrollo de estas recomendaciones.

164. El IASB no cuenta con una política para realizar el trabajo de campo. El Manual del Procedimiento a Seguir establece que "el IASB y el equipo técnico deberán evaluar cuáles -si corresponde- actividades son apropiadas y proporcionales para un proyecto específico, teniendo en cuenta los costos de la actividad y los posibles conocimientos que podría adquirir el IASB del trabajo de campo".26 El IASB, al igual que otros organismos emisores de normas de contabilidad, posiblemente otorgue mayor importancia a la evidencia reunida de forma directa. El trabajo en conjunto entre el equipo técnico del IASB y otros organismos emisores de normas de contabilidad/de aprobación en interacciones con las partes interesadas locales brinda a las partes involucradas acceso directo a las partes interesadas. Además, reduce no solo la duplicación de esfuerzo, sino también la posibilidad de que a una parte interesada se le solicite información similar o igual de manera independiente por parte del IASB o un organismo local.

165. El IASB y otros organismos emisores de normas entienden que las partes interesadas tienen derecho a elegir con quién comunicarse. No siempre es posible o apropiado que el IASB y otro organismo emisor de normas se relacionen con las partes interesadas de forma conjunta. En ocasiones, una parte

26Manual del Procedimiento a Seguir, párrafo 3.69.

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interesada solicitará una interacción individual con el IASB u otro organismo emisor de normas. La información reunida por un organismo, sea el IASB u otro organismo emisor de normas, posiblemente reciba mayor ponderación por parte de otro organismo si la naturaleza de esa interacción es transparente.

166. Algunos ven con escepticismo cierta evidencia reunida por el IASB. Si el IASB considera que un enfoque específico para la información financiera es el mejor modelo, aquellos críticos temen que el IASB será selectivo en sus análisis de los costos frente a la implementación del modelo. Para reducir esta preocupación, el IASB trabaja en conjunto con otros organismos emisores de normas y organismos similares cuando realiza el trabajo de campo. Por ejemplo, el IASB trabajó con el EFRAG y algunos organismos europeos emisores de normas cuando realizó el trabajo de campo sobre los proyectos de Reconocimiento de Ingresos de Actividades Ordinarias y Arrendamientos. El trabajo en conjunto con organismos locales emisores de normas constituye un método efectivo para reducir la duplicación de pruebas y análisis.

167. No obstante, somos conscientes de que se han presentado situaciones en las que las entidades participantes en pruebas de campo no están dispuestas a permitir a equipos —que no pertenezcan al IASB— a observar o tener acceso a los datos generados en la prueba de campo, a pesar de la disponibilidad de los acuerdos de confidencialidad. En estos casos, es posible que algunas jurisdicciones no acepten el análisis realizado por el IASB, ya que no tendrían total acceso a la evidencia y a los datos.

168. Siempre y cuando las jurisdicciones tengan un requerimiento para llevar a cabo análisis de manera directa, es muy probable que surjan duplicados de análisis. Cualquier inquietud frente a la integridad de la información se puede mitigar si el IASB:

(d) reúne una gran variedad de evidencia corroborativa de fuentes diferentes;

(e) es lo más transparente posible al explicar cómo se realizó la elección de participantes para el trabajo de campo; y

(f) comparte la mayor cantidad de información posible sin limitar a los participantes potenciales —evitar la deserción de posibles

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participantes por inquietudes relativas a la revelación de información.

169. No es responsabilidad del IASB elegir compañías participantes para cumplir con requerimientos específicos de una jurisdicción. Dicho esto, la cooperación entre el IASB y los organismos de aprobación debería ayudar a reducir la duplicación de esfuerzo.

170. En muchos casos, otros organismos emisores de normas de contabilidad se encuentran en condiciones adecuadas para realizar parte del análisis (para el IASB) e identificar características que puedan ser únicas de una jurisdicción en particular. Consecuentemente, si procede, el IASB debe actuar en conjunto con otras partes relevantes e independientes, como organismos nacionales emisores de normas y otros organismos emisores de normas, con el propósito de reunir evidencia sobre los efectos de las normas contables.

171. La asociación con otras partes relevantes puede proporcionar al IASB fuentes adicionales y conocimiento, además de evitar la duplicación de trabajo (las entidades no deben proporcionar información similar o igual dos veces cuando las diferentes partes realizan el análisis de los efectos). Esta asociación garantizará el desempeño activo de tales partes durante el proceso normativo. El Grupo Consultivo recomienda (ver párrafos 117 y 120) al IASB investigar métodos para trabajar más de cerca con otros organismos emisores de normas de contabilidad en la administración del trabajo de campo y así ampliar el tamaño de las muestras del mismo.

Herramientas generales

Reuniendo opiniones e información de partes relevantes

Cartas de comentarios

172. Todos los Documentos de Discusión y los Proyectos de Norma se ponen a disposición del público para recibir comentarios. Todas las cartas de comentarios se publican y pueden ser consultadas en el sitio web de la Fundación IFRS. Son una fuente indispensable de información para el IASB debido a que exponen representaciones públicas escritas, procedentes de las partes interesadas.

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Como se indica en los párrafos 148 y 149, las cartas de comentarios tienen limitaciones como fuentes de evidencia.

Solicitud de información

173. Una Solicitud de Información es una medida formal de consulta del IASB para recibir retroalimentación e información sobre un aspecto específico de uno de sus proyectos. Una Solicitud de Información usualmente ayuda al IASB en la preparación de un Borrador de Consulta o en la finalización de una norma. La solicitud de información no es un paso obligatorio del procedimiento a seguir. Una Solicitud de Información es una consulta pública. Así, la solicitud y las respuestas recibidas por el IASB están disponibles públicamente en el sitio web de la Fundación IFRS. Las cartas de comentarios en respuesta a una Solicitud de Información tienen limitaciones similares como fuentes de evidencia al igual que las respuestas de un Borrador de Consulta.

Solicitudes focalizadas

174. A veces, el IASB escribe a grupos, como otros organismos emisores de normas de contabilidad, para obtener información u opiniones sobre aspectos específicos de la información financiera, ya sea de tal organismo emisor de normas o solicitando al organismo emisor de normas contactar a los preparadores locales, auditores y usuarios. Esta medida puede ser de gran importancia para garantizar que las consultas del IASB son globales. La correspondencia con estas partes no siempre se publica, a menudo porque esto reduce la formalidad en el intercambio de información. Si la correspondencia estuviera disponible para el público, los encuestados se verían frecuentemente en la obligación de aplicar un procedimiento a seguir más formal y prolongado en la preparación de la respuesta, incluso en algunos casos, exponer públicamente su respuesta. El IASB usualmente se sirve de las solicitudes focalizadas para obtener información general y planear con mayor facilidad el alcance inicial de un proyecto o para tener una idea de la posible diversidad de razonamiento o práctica. Debido a que los encuestados son elegidos por el IASB, y la correspondencia no está disponible para el público, el IASB debe ser cuidadoso con su ponderación de la evidencia de estas solicitudes.

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Encuestas

175. Las encuestas son útiles para obtener una retroalimentación amplia. El IASB las ha utilizado en sus revisiones post-implementación, pero con una frecuencia mucho menor en el desarrollo de normas. El IASB a menudo utiliza estas encuestas cuando reúne información de los usuarios (inversores). Igualmente utiliza los datos de la encuesta, obtenidos por terceros, para sustentar y corroborar su propio análisis. El instrumento de encuesta, los resultados de la encuesta y un resumen del tipo y el alcance geográfico de los participantes usualmente se hacen públicos. No obstante, usualmente los nombres de los participantes no son revelados, ya que la garantía de anonimato aumenta el grado de participación.

Grupos consultivos

176. Un grupo consultivo es un grupo al que el IASB o el Comité de Interpretaciones de las Normas NIIF solicitan asesoría. Estos grupos proporcionan al IASB retroalimentación basada en investigación, experiencia o antecedentes —ofrecen perspectivas diferentes de un tema específico. El Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir se encarga de revisar y aprobar la membresía de los grupos consultivos. Para cada norma nueva o modificación importante, el IASB debe considerar la posibilidad de establecer un grupo consultivo. Si el IASB decide no establecer un grupo consultivo, debe explicar su decisión en una reunión pública.

177. El IASB podría crear un grupo consultivo para reunir personas de diferentes contextos o con conocimientos específicos, como las personas responsables de la valoración de instrumentos financieros o del control de sistemas internos de información.

178. Los grupos consultivos celebran usualmente sesiones públicas, y los documentos tratados son de disponibilidad pública.

Reuniones

179. El IASB se reúne con las partes interesadas para tratar aspectos correspondientes a cambios propuestos para la información financiera. Es posible que el IASB inicie las reuniones en respuesta a una carta de comentarios redactada por la otra

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parte o por cualquier otro organismo emisor de normas. Estas reuniones brindan la oportunidad a las partes de comunicar información al IASB, o a este de recoger información. El IASB reconoce que debe utilizar la información cuidadosamente, ya que esta podría no ser representativa para la gran comunidad NIIF, y recopilarla en privado.

180. A veces las reuniones están orientadas hacia un grupo objetivo en particular, ya sea de forma individual o en grupos pequeños, con un conjunto de preguntas estructurado. Estas entrevistas estructuradas permiten al IASB reunir información de forma sistemática, pero en mayor profundidad que la que se alcanza con una encuesta. Este tipo de reuniones se celebran en privado; además, en ellas se suministra información general al equipo técnico del IASB y a miembros del Consejo, que no sería divulgada en otro contexto.

Audiencias públicas

181. Las audiencias públicas son reuniones en las que participan organizaciones interesadas para escuchar e intercambiar ideas sobre asuntos específicos. Estas incluyen mesas redondas y foros de discusión.

Trabajo de campo

Revisiones de la práctica actual

182. Una revisión de la práctica actual en términos de información financiera puede identificar la diversidad en la práctica. Estas revisiones pueden igualmente ayudar al IASB a evaluar la importancia económica de ciertos tipos de transacción o actividad, así como su extensión. Las fuentes principales de estas revisiones son informes financieros de la entidad, bases de datos e informes de análisis reunidos por compiladores de datos.

Pruebas de los nuevos requerimientos

183. Se solicita a los participantes aplicar los requerimientos propuestos en su conjunto de datos existente como si estos estuvieran en vigor. Este tipo de análisis puede ser útil para evaluar la manera en que posiblemente las propuestas

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afectarán los estados financieros —las diferencias entre cómo se presentarían las transacciones o eventos en comparación con los requerimientos actuales.

184. Las pruebas de los nuevos requerimientos se basan en las observaciones de los preparadores. Su fortaleza radica en que los nuevos requerimientos pueden ser valorados mediante datos de fuentes y enfocados en una gran variedad de posibles implicaciones correspondientes a una nueva norma. Se podría solicitar a las entidades evaluar el posible esfuerzo de transición (como ocurrió para la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos y la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados), o los posibles cambios en los niveles de provisión (como se les solicitó a algunas cuando se evaluaron los requerimientos propuestos para el deterioro crediticio, incorporados en la NIIF 9 Instrumentos Financieros).

Simulación: análisis de los casos hipotéticos

185. En estos análisis el IASB realiza estudios hipotéticos de los conjuntos de datos en función de los datos financieros reportados, ya observados, para evaluar los posibles efectos en la información financiera de una propuesta específica o de un componente de una propuesta. La diferencia entre la valoración de los nuevos requerimientos y los análisis hipotéticos radica en que para estos últimos el IASB estima los efectos de la información financiera reportada sin ninguna retroalimentación de la entidad.

186. Los resultados de estos análisis hipotéticos se deben considerar con atención. A menudo cualquier análisis de este tipo supone que todos los factores evaluados permanecerán inalterados tras la entrada en vigor de los nuevos requerimientos —las variables de operación se estiman constantes. Por ejemplo, la evaluación sobre si una entidad reportará una mayor cantidad de activos financieros al valor razonable al aplicar un nuevo requerimiento de clasificación y medida supondría que la entidad no ajustará su portafolio de activos financieros tras la entrada en vigor del nuevo requerimiento. Este puede no ser el caso, ya que las entidades podrían cambiar su comportamiento luego de un cambio contable. Este tipo de análisis es un instrumento más directo que la valoración de los requerimientos, pero podría igualmente exigir el uso de mayores conjuntos de datos.

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Evaluaciones sobre la elaboración de borradores

187. En las consultas y la evidencia se podrían incluir búsquedas de revisiones específicas o públicas de un borrador correspondiente a las propuestas finales con el fin de obtener información relativa a la claridad y coherencia de la elaboración del borrador. Tanto el uso de casos prácticos (p. ej. tipos específicos de transacción) como la valoración de la coherencia con la que los preparadores aplican los requerimientos en esos datos pueden ser útiles.

Investigación independiente

Organismos profesionales y otros organismos emisores de normas

188. Muchos organismos profesionales y otros organismos emisores de normas realizan investigaciones y análisis que pueden ser útiles para el IASB.

Estudios académicos

189. Las revisiones de estudios académicos se utilizan en muchas actividades del IASB. Algunos ejemplos recientes, en la etapa formativa, son los siguientes: consideración de la historia del método de participación de contabilización; apoyo en la identificación de debilidades en la contabilización de arrendamientos; y evaluación de información diferente correspondiente a la consolidación proporcional y al método de participación en el proyecto de Acuerdos Conjuntos. El IASB considera igualmente estudios sobre temas individuales a lo largo de un proyecto.

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Seleccion de la evidencia

190. El tipo de análisis y evidencia apropiados para la evaluación de los posibles efectos de nuevos requerimientos para la información financiera dependerán de la fase del ciclo de vida de un proyecto.

191. En esta sección se establecen las fases, y los pasos dentro de cada fase, del proceso del IASB en la consideración de asuntos frente a la información financiera y, de ser necesario, frente al desarrollo de una nueva norma. Para cada fase, se establecen la gobernabilidad y los requerimientos del procedimiento a seguir. Las referencias en los flujogramas del Manual del Procedimiento a Seguir corresponden al Manual del Procedimiento a Seguir del Comité de Interpretaciones de las NIIF y el IASB, publicado en febrero de 2013.

192. El segundo conjunto de flujogramas de cada fase indica los tipos de asuntos que podría cubrir la consideración de los posibles efectos.

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Consulta de la Agenda 193. Cada tres años, el IASB realiza una revisión pública de su programa de trabajo.

La primera finalizó en 2012. El propósito de esta revisión consiste en ayudar al IASB a establecer sus objetivos estratégicos. El proceso brinda la oportunidad a la comunidad NIIF en general de ayudar al IASB a identificar prioridades para su programa de trabajo.

Gobierno Iniciación

El IASB debe iniciar una revisión de su programa de trabajo tres años después de finalizar su última revisión. [DPH 4.3]

Consulta

El IASB desarrolla una Solicitud de Información en consulta con el Consejo Asesor en NIIF. [DPH 4.3-4.4]

La Solicitud de Información se publica para su consulta pública, usualmente cuatros meses. [DPH 4.3]

Todas las cartas de opinión recibidas se publican en el sitio web de la Fundación IFRS, y tanto el análisis como la discusión de estas cartas son públicos. [DPH 3.65]

El Consejo Asesor en NIIF revisa y proporciona retroalimentación correspondiente al borrador del informe. [DPH 4.4]

Comunicación

El IASB publica un informe en su Consulta de la Agenda, donde expone sus prioridades. [DPH 4.5]

Revisión de las solicitudes

de interpretación

Solicitudes de nuevos

proyectos

Consejo Asesor en

NIIF ASAF

Revisión del

plan de trabajo

Solicitud de Información

Consulta

Informe con plan de cinco

años de prioridades

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194. La consideración de los posibles efectos de cambiar los requerimientos de información financiera se encuentra a un nivel mucho más alto en la fase de consulta de la agenda. La razón de esto estriba en que la consulta de la agenda no considera propuestas específicas. La consulta de la agenta está diseñada para ayudar al IASB a identificar proyectos potenciales. Una vez inicia el proceso de investigación de los proyectos, el IASB comienza a analizar los posibles efectos de los cambios relacionados con la información financiera.

Consulta y trabajo de campo ¿Qué asuntos correspondientes a la información financiera debería el IASB considerar evaluar o modificar para mejorar los informes financieros?

Revisión de solicitudes de interpretación, solicitudes de nuevos proyectos; consulta con el Consejo Asesor de las NIIF, ASAF de Reguladores de Seguridades, organismos emisores de normas nacionales y otras partes interesadas; consulta con inversores; revisión del progreso del plan de trabajo actual.

Solicitud de opiniones externas mediante una Solicitud de Información y mesas redondas públicas.

Revisión de las solicitudes

de interpretación

Solicitudes de nuevos

proyectos

Consejo Asesor de las

NIIF ASAF

Revisión del

plan de trabajo

Solicitud de Información

Consulta

Informe con plan de cinco

años de prioridades

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Programa de investigación 195. El enfoque principal del programa de investigación consiste en identificar la

naturaleza y el alcance del problema para decidir con más facilidad si el IASB debería trabajar en el desarrollo de nuevos requerimientos para la información financiera con el fin de abordar el problema.

Gobierno Inicio de investigación

El programa de investigación lo establece el IASB, principalmente como resultado de su consulta pública de la agenda. Es posible agregar otros proyectos si el IASB identifica un área que pueda ser motivo de preocupación. El IASB mantiene informado al Consejo Asesor en NIIF sobre el trabajo realizado, las nuevas iniciativas adicionales y los logros alcanzados. [DPH 4.11]

Proceso de investigación

El IASB debe decidir si es necesaria la creación de un grupo consultivo para el proyecto de investigación. [DPH 3.44(b)]

El IASB considera si es útil la solicitud pública de información. [DPH 4.15]

Los documentos de discusión son expuestos a comentarios públicos —por al menos cuatro meses, pero usualmente por seis meses. [DPH 4.18]

Todas las cartas de opinión recibidas se publican en el sitio web de la Fundación IFRS, y tanto el análisis como la discusión de las cartas son públicos. [DPH 5.6]

El Consejo Asesor de las NIIF revisa y proporciona retroalimentación en las recomendaciones del borrador del proyecto. [DPH 5.6]

Recomendación del proyecto

El IASB trata las recomendaciones finales del proyecto en una reunión pública. [DPH 5.6]

Si el IASB se siente seguro de haber identificado un asunto relativo a la información financiera por el que se deban cambiar los requerimientos de las Normas NIIF, agrega un proyecto a su programa de niveles de normas. El IASB debe considerar si los beneficios correspondientes a las mejoras en la información financiera superarán posiblemente los costos. [DPH 5.6-5.7]

Consejo Asesor de las

NIIF

Investigación

Solicitud de Información

Grupo

Consultivo

ASAF

Consulta

Documento de

Discusión

Recomendación

del proyecto

Proyecto agregado

al programa de

normas

Asunto correspondiente a la información financiera identificado

Evaluación en la que se concluye

que no es necesaria ninguna actividad

adicional

Stop

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Comunicación

Toda la información del proyecto, incluyendo los planes de trabajo, se publica en el sitio web de la Fundación IFRS. [DPH 3.34-3.36]

El IASB actualiza al Consejo Asesor en NIIF, el Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir, el Foro de Emisores de Normas de Contabilidad y los organismos externos importantes en sus planes de proyecto. [DPH 2.9, 4.11]

Consulta y trabajo de campo Práctica actual

¿Con qué frecuencia ocurre un tipo de transacción o evento —está generalizado en una gran variedad de jurisdicciones o entidades? ¿Se consideran las transacciones económicamente importantes? ¿Cómo se informan actualmente las transacciones? ¿Existe evidencia de diversidad en la práctica?

Revisiones empíricas de estados financieros; ejemplos de reguladores de valores y organismos emisores de normas nacionales.

Preparadores

¿Existe evidencia de que un requerimiento actual constituya una carga y de que podría haber métodos más rentables para reportar información similar?

Evidencia directa procedente de preparadores: encuestas, consultas y grupos de enfoque.

Inversores

¿Existe evidencia de que los inversores estén ajustando la información suministrada por entidades, o utilizando sustitutos a raíz de la falta de información? ¿Existe evidencia procedente de los mercados sobre la deficiencia o asimetría de la información correspondiente a las transacciones?

Evidencia directa procedente de los inversores: encuestas, consultas, grupos de enfoque; investigación académica.

Posibles soluciones

¿Existen posibles mejoras realizables por el IASB que sean rentables?

Análisis de cartas de opinión, audiencias públicas y

Consejo Asesor en

NIIF

Investigación

Solicitud de Información

Grupo

Consultivo

ASAF

Consulta

Documento de

Discusión

Recomendación

del proyecto

Proyecto agregado

al programa de

normas

Asunto correspondiente a la información financiera identificado

Evaluación en la que se concluye

que no es necesaria ninguna actividad

adicional

Stop

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otras consultas.

Recomendaciones del proyecto

¿Está el IASB seguro de poder desarrollar mejoras rentables en la información financiera?

Evaluación de toda la información recogida hasta la fecha, con asesoría del Consejo Asesor de las NIIF y el ASAF.

196. El IASB reúne evidencia para poder evaluar la naturaleza y el alcance del

problema en la información financiera que se dispone a abordar. El IASB explica por qué considera proponer cambios en los requerimientos para la información financiera, con evidencia de divergencia en la práctica o de inquietudes relativas a la calidad de la información presentada y revelada en los informes financieros con propósito general, y con una evaluación de la posibilidad de desarrollar soluciones rentables

197. Es importante que el IASB considere las consecuencias de no actuar. Una conclusión del IASB que consista en detener el trabajo de un proyecto y no proponer cambios en los requerimientos de la información financiera se considera válida para esta fase.

198. Con el fin de ilustrar, el IASB tiene un proyecto de investigación para analizar combinaciones de negocios bajo el control común, el cual no cuenta actualmente con requerimientos explícitos dentro de las Normas NIIF.27 Algunas de las opciones consideradas por parte del IASB incluyen requerimientos referentes al reconocimiento y medición de estas transacciones mediante la contabilización de traspaso (manteniendo el importe en libros de la entidades que participan en la combinación), la contabilización del nuevo comienzo (a través del cual todos los activos y pasivos de las entidades que participan en la combinación se vuelven a

27 Una combinación de negocios bajo control común ocurre cuando un negocio adquiere otro, y ambos disponen de la misma controladora última. Un tipo frecuente de estas transacciones surge cuando dos o más compañías dentro de un grupo son reorganizadas en una nueva entidad y esta es vendida.

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medir al valor razonable) o la contabilización de adquisición (donde uno de los negocios en la combinación se identifica como adquirente —los activos y pasivos del adquirente se traspasan, y los activos de las entidades adquiridas se vuelven a medir al valor razonable).

199. Entendemos que el IASB prevé que su análisis incluirá evidencia del alcance de los distintos tipos de transacción —por ejemplo, ¿tienen ciertos tipos de transacciones mayor prevalencia, o causan mayor inquietud en los inversores? El IASB deberá explicar por qué cada alternativa optimizaría la información financiera en las combinaciones de negocios bajo control común. Es igualmente importante considerar las consecuencias de no actuar, es decir, permitir a las entidades elegir el enfoque que consideren más relevante para circunstancias específicas.

Ejemplos de trabajo de campo relevante

Revisión de la práctica actual 200. El análisis de los estados financieros o datos económicos puede ayudar al IASB a

evaluar la importancia económica de tipos específicos de transacción o actividades, y la consistencia con la que estos se reportan en los informes financieros con propósito general. El análisis lo puede realizar directamente el equipo técnico del IASB o se puede llevar a cabo evaluando investigaciones correspondientes a terceros. El IASB puede igualmente solicitar ayuda de otros para la recolección de información sobre prácticas inconsistentes mediante una Solicitud de Información pública o mediante solicitudes informales a reguladores de valores, a otros organismos emisores de normas, a firmas de contabilidad y a representantes de la industria.

201. Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, se revisó cómo la NIC 31 Participaciones en Negocios Conjuntos se aplicó en la práctica, con el fin de evaluar la diversidad en la misma y evaluar con mayor facilidad las diferencias geográficas o industriales en las opciones políticas de contabilidad. Antes de que el proyecto de arrendamientos se incluyera en la agenda del IASB, se analizó la actividad de arrendamiento —operativa y financiera— para evaluar su importancia económica.

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Evaluaciones sobre las necesidades del inversor/analista 202. Evidencia de que los inversores están ajustando la información suministrada por

entidades, o utilizando sustitutos a raíz de la falta de información, puede ayudar al IASB a evaluar si los inversores tienen actualmente alguna necesidad sin cubrir en los requerimientos de las Normas NIIF. Este tipo de información se puede recoger a través de entrevistas estructuradas, o encuestas, con preguntas orientadas hacia los requerimientos de medición y revelación.

203. Antes de la inclusión del proyecto de arrendamiento en la agenda del IASB, se encuestó a los analistas con el fin de evaluar si ellos estaban ajustando los estados financieros con compromisos operativos de arrendamiento fuera del balance.

Evaluaciones sobre la aplicación de costos y datos

204. Aunque un proyecto de investigación constituye una fase formativa del proceso normativo, un enfoque orientado hacia la comprensión de si existe una deficiencia en la información financiera puede ayudar a evaluar —a este punto— la viabilidad de las posibles soluciones, aunque sea para descartar algunas de ellas. A través de esta evaluación, el IASB podría considerar si los preparadores probablemente cuentan con la información necesaria para alcanzar los posibles requerimientos para la información financiera. Por ejemplo, cuando el IASB estuvo considerando el desarrollo de un modelo sobre la pérdida esperada para los activos financieros, creó un panel de expertos provenientes del sector bancario con el fin de consultar si los bancos serían capaces de implementar las propuestas y determinar qué cambios serían necesarios en el sistema.

Simulaciones (análisis "y si"): análisis del equipo técnico del IASB

205. Incluso durante la fase formativa de un proyecto, el IASB puede realizar análisis "y si" en los conjuntos de datos observados relativos a la información financiera para evaluar los posibles efectos de las propuestas en la información financiera. Cuando es baja la probabilidad de que un requerimiento alternativo para la información financiera cambie -de manera significativa a nivel económico- el modo en que se informan los estados financieros, surgirán preguntas sobre si se puede justificar un cambio. Por el contrario, cuando es alta la probabilidad de que el efecto sea importante, las simulaciones pueden ayudar al IASB a evaluar y

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a explicar cómo las posibles representaciones nuevas constituyen una mejora sobre la práctica existente.

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Programa de normas

Gobierno Iniciación del proyecto

El IASB establece un nuevo proyecto importante, principalmente como resultado de la investigación realizada. El IASB mantiene informado al Consejo Asesor de las NIIF sobre el trabajo realizado, las nuevas iniciativas adicionales y los logros alcanzados. [DPH 5.6]

Desarrollo del Proyecto de Norma

El IASB debe decidir si es necesaria la creación (o la continuación) de un grupo consultivo para el proyecto. [DPH 3.44(b)]

El IASB considera si es útil la solicitud pública de información. [DPH 4.15]

Los Proyectos de Norma son expuestos a comentarios públicos —usualmente por cuatro meses. [DPH 4.18]

Todas las cartas de opinión recibidas se publican en el sitio web de la Fundación IFRS, y tanto el análisis como la discusión de las cartas son públicos. [DPH 4.19]

El IASB debe considerar si es necesario celebrar audiencias públicas (mesas redondas). [DPH 3.44].

Finalización de una norma

El IASB trata las recomendaciones finales del proyecto en una reunión pública. [DPH 6.22-6.24]

El IASB debe considerar, en contra de cualquier criterio específico, si los cambios realizados a partir del Proyecto de Norma deben ser divulgados como una propuesta nueva. [DPH 6.22-6.29]

Si el IASB se siente seguro de haber recibido suficiente información en sus consultas para emitir una nueva norma, el IASB pedirá a su equipo técnico preparar la norma, el cual sería sometido a votación formal por parte del IASB, y publicado. [DPH 6.22-6.24]

El Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir revisa las medidas adoptadas. [DPH 2.9-2.12, 6.24]

Elaboración del borrador

El IASB debe contar con medidas adecuadas de aseguramiento de calidad ya establecidas para garantizar la elaboración clara y consistente del borrador de la norma. [DPH 3.31-3.33]

Comunicación

Toda la información del proyecto, incluyendo los

Consejo Asesor de las

NIIF

Referirse al Programa de Investigación

Solicitud de Información

Grupo

Consultivo

ASAF

Consulta

Documento de

Discusión

NIIF

Publicar

Stop

Plan de

proyecto

Proyecto de

Norma

¿Y ahora

qué? Reevaluar

el objetivo

del proyecto

Abandonar

Nue

vo E

D re

quer

ido

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planes de trabajo, se publica en el sitio web de la Fundación IFRS. [DPH 3.34-3.36]

El IASB actualiza al Consejo Asesor de las NIIF [DPH 3.43], el Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir [DPH 2.9-2.14], el Foro de Emisores de Normas de Contabilidad, los reguladores de seguridades [DPH 3.55] y los reguladores prudenciales [DPH 3.57] en sus planes de proyecto.

El IASB publica material de apoyo, incluyendo Análisis de los Efectos [DPH 6.32], Informe de Retroalimentación y Resumen del Proyecto [DPH 6.36] y material de apoyo adicional, como paquetes de preguntas y respuestas, según considere necesario [DPH 6.36].

Apoyo posterior a la emisión

El IASB determina qué tipo de apoyo brindar luego de la emisión de la norma, pero antes de su entrada en vigor. Algunos ejemplos de apoyo son el material didáctico y la implementación de grupos consultivos. [DPH 6.40]

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Consulta y trabajo de campo Práctica

¿Cómo los cambios propuestos afectarán posiblemente la manera como se reportan las actividades en los estados financieros de aquellos que aplican las Normas NIIF?

Simulaciones mediante el uso de bases de datos; valoración de nuevos requerimientos en los datos de transacciones por parte de los usuarios.

Preparadores

¿Necesitarán los preparadores modificar sus sistemas de información?

¿Cuánto tiempo probablemente necesitarán los preparadores para implementar los nuevos requerimientos?

¿Cuáles son los posibles efectos en los costos correspondientes al cumplimiento para los preparadores, tanto al inicio de la aplicación como de manera continua?

Cartas de opinión; consulta orientada, como paneles de asesoría por expertos; talleres; valoración de los nuevos requerimientos; consultas con vendedores de software.

Inversores

¿De qué manera las mejoras en la información financiera resultarían en una mejor toma de decisiones económicas?

¿Cómo tales cambios optimizarían la comparabilidad de la información financiera entre periodos de informe diferentes para una entidad individual y entre entidades diferentes para un periodo de informe específico?

¿Cómo los cambios mejorarían la capacidad del usuario para evaluar futuros flujos en efectivo de una entidad?

¿De qué manera los posibles costos de los análisis para los usuarios (costos de extracción de datos, identificación de medición de datos y ajuste de datos con el propósito de incluirlos en, por ejemplo, un modelo de valoración) se ven afectados?

Cartas de opinión; encuestas; consultas individuales (incluyendo entrevistas estructuradas); retroalimentación por parte de grupos consultivos de inversores.

Elaboración del borrador

¿Está la norma propuesta elaborada de forma clara, con suficiente orientación para su aplicación?

Consejo Asesor en

NIIF

Referirse al Programa de Investigación

Solicitud de Información

Grupo

Consultivo

ASAF

Consulta

Documento de

Discusión

NIIF

Publicar

Stop

Plan de

proyecto

Proyecto de

Norma

¿Y ahora

qué? Reevaluar

el objetivo

del proyecto

Abandonar

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Publicación de un borrador de la norma, preparado para revisión, en el sitio web del IFRS o para un conjunto elegido de partes externas; talleres con preparadores; procesos internos de aseguramiento de calidad, incluyendo el uso de una estructura y un lenguaje consistentes.

Proyecto de Norma

206. La evaluación de las posibles consecuencias se explica en más detalle en el Proyecto de Norma. El IASB debe explicar cómo la propuesta cambiará los estados financieros e invitar a los encuestados a indicar si están de acuerdo con la evaluación del IASB. El IASB debe explicar no solo el efecto de su propuesta, sino también las alternativas que consideró y descartó.

207. El trabajo de campo puede requerir fuentes importantes y su ejecución puede ser costosa. El IASB deberá considerar la cantidad de trabajo de campo que se realizará antes de la finalización del Proyecto de Norma. Según la experiencia del IASB, como se reportó al Grupo Consultivo en sus reuniones, es más probable que los posibles participantes ayuden al IASB una vez las propuestas estén mejor definidas, es decir, es más probable que evalúen una propuesta en un Proyecto de Norma que un posible cambio antes del Proyecto de Norma.

Ejemplos de trabajo de campo relevante

Evaluaciones sobre las necesidades del inversor/analista

208. A medida que se desarrolla una propuesta específica, el IASB evalúa la probabilidad de que la propuesta suministre información útil para los inversores. Este tipo de evaluación se puede realizar mediante la comunicación con inversores y analistas, empleando encuestas y entrevistas estructuradas. Los estudios experimentales y de archivo, como los que realizan los académicos, pueden proporcionar evidencia sobre la importancia de la información financiera.

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Evaluaciones sobre el borrador (comprensión de la valoración) 209. Un Proyecto de Norma contiene una propuesta específica en la que se

implementan las conclusiones técnicas a las que llegó el IASB. Es importante que el borrador de los requerimientos sea claro y para que así exista una sola lectura del mismo por parte de aquellos que aplican los nuevos requerimientos. Durante el desarrollo del Proyecto de Norma, y de la norma final, el IASB podría asegurarse de la claridad del borrador probando su redacción con terceros.

210. Por ejemplo, para el desarrollo de sus nuevos requerimientos de consolidación (NIIF 10 Estados Financieros Consolidados), el IASB desarrolló una serie de ejemplos de vehículos típicos de bursatilización en entidades estructuradas y pidieron a individuos en firmas contables e instituciones financieras aplicar los requerimientos propuestos en estas transacciones. El propósito era evaluar la concordancia con la que los preparadores leían el borrador de las propuestas.

211. Durante el desarrollo de la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes, el IASB dirigió talleres con preparadores para evaluar su interpretación de las propuestas en borrador.

Evaluaciones sobre la aplicación de costos y datos

212. A medida que se desarrolla una propuesta específica, el IASB puede reunir información con el fin de evaluar con mayor facilidad si los preparadores cuentan con los datos necesarios para cumplir con los requerimientos de la información financiera, los costos continuos y transitorios relativos al cumplimiento de los requerimientos propuestos y el tiempo que los preparadores necesitan para implementar los nuevos requerimientos. Esto se puede lograr por medio de una valoración específica de campo, grupos de discusión o paneles de expertos, y consultando con vendedores de software.

213. Para el desarrollo del capítulo de deterioro crediticio de la NIIF 9 Instrumentos Financieros, el IASB creó un panel de expertos procedentes del sector bancario para consultar sobre la capacidad de los bancos frente a la implementación de las propuestas, y los cambios necesarios en el sistema.

214. Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, el IASB pidió a las entidades participantes documentar el grado de esfuerzo (en términos de tiempo

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y nivel de conocimiento requeridos) necesario en la evaluación de sus acuerdos conjuntos existentes para la clasificación según el nuevo modelo propuesto.

Valoración de los nuevos requerimientos

215. A los participantes se les solicita aplicar los requerimientos propuestos en sus propias transacciones. El objetivo principal consiste en evaluar el grado de diferencia entre los resultados de la información financiera y los requerimientos actuales. Este tipo de trabajo puede igualmente contribuir a la evaluación de factibilidad de aplicación de los requerimientos y del esfuerzo necesario para hacerlo.

216. Para el desarrollo del modelo de deterioro crediticio destinado a la NIIF 9 Instrumentos Financieros, el IASB realizó una prueba de campo con 15 compañías, en la que cada participante estimó el efecto en sus cálculos de pérdida crediticia esperada al aplicar el modelo propuesto de pérdida crediticia esperada.

217. Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, se pidió a los participantes aplicar los requerimientos propuestos de clasificación en sus contratos existentes.

218. En el proyecto Presentación de los Estados Financieros, se pidió a los participantes reestructurar sus estados financieros utilizando el esquema propuesto de clasificación.28

219. Para el desarrollo de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, el IASB creó un caso práctico en el que describió, en detalle, una adquisición de negocio, y solicitó a firmas de contabilidad y expertos en valoración estimar la cantidad por la que medirían los activos y pasivos durante el reconocimiento inicial, utilizando tanto la nueva definición de valor razonable como la definición existente, ya obsoleta. El propósito era determinar si el cambio en la definición afectaría las cantidades reconocidas.

28 El IASB tenía un proyecto sobre Presentación de los Estados Financieros, el cual suspendió en 2010. Las descripciones del trabajo de campo realizado se pueden encontrar en el sitio web de la Fundación IFRS.

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Simulaciones (análisis "y si"): análisis del equipo técnico del IASB.

220. Mediante las simulaciones, o los análisis "y si", el IASB puede evaluar los posibles efectos en la información financiera de una propuesta particular o de un componente de una propuesta. Estas simulaciones usualmente las realiza el equipo técnico del IASB utilizando los datos obtenidos de los estados financieros publicados.

221. Para el desarrollo de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, el IASB reunió datos de 1200 compañías, evaluó el efecto en el patrimonio reportado y estimó qué sucedería si la entidad decide adquirir todas sus participaciones no controladoras. Las simulaciones se diseñaron con el fin de evaluar si era alta la probabilidad de que los resultados manifestados por las compañías frente a la información financiera ocurrieran en la práctica.

222. Para el desarrollo de las propuestas de arrendamiento, el IASB reunió información con el fin de estimar los posibles efectos en el apalancamiento de las compañías frente a los requerimientos propuestos para la información financiera —relativos a los arrendamientos. Comparó las estimaciones utilizando los cálculos de regla general, empleados por analistas, para evaluar si era posible que los nuevos requerimientos arrojaran resultados en la información financiera diferentes a estas estimaciones. Asimismo, en el proyecto el IASB calculó los perfiles de estados de resultados para distintos tipos de contratos de arrendamientos —arrendamientos de equipos a corto plazo, arrendamientos inmobiliarios a largo plazo, etc.—, con el fin de demostrar cómo se vería afectada la contabilidad a nivel contractual.

Finalizando una nueva norma

223. El IASB se debe mostrar seguro de contar con suficiente información para justificar los nuevos requerimientos. El IASB demuestra entender los posibles efectos de los requerimientos y declara haber concluido que la información financiera mejorará a raíz de los cambios, de manera rentable.

224. Además, debido a que las diferentes soluciones afectan a las partes de maneras distintas, es importante que el IASB explique por qué elige una solución que

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afectaría a algunos preparadores más que a otros o que generaría en algunos sectores un mayor gasto.

Ejemplos de trabajo de campo relevante

225. El trabajo de campo que sea relevante para un Proyecto de Norma también será relevante para la finalización de una norma. El IASB podría considerar necesario complementar o actualizar su trabajo de campo proveniente del Proyecto de Norma en función de la retroalimentación obtenida, o evaluar el posible efecto de las modificaciones que pretende implementar en las propuestas.

226. Por consiguiente, el IASB podría realizar más evaluaciones sobre las necesidades del inversor/analista, evaluaciones sobre la aplicación de costos y datos, valoraciones de nuevos requerimientos y simulaciones (análisis "y si"). También podría realizar más trabajo de campo y garantizar así la clara elaboración de la norma final.

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Implementación

Gobierno Iniciación de una interpretación o una modificación de poco alcance

El Comité de Interpretaciones de las NIIF debe considerar todas las solicitudes de interpretación. [DPH 5.16]

El Comité de Interpretaciones de las NIIF considera las solicitudes en una reunión pública. [DPH 5.18]

Si el Comité de Interpretaciones NIIF decide no desarrollar una interpretación, emitirá una notificación de rechazo del proyecto, la cual será expuesta por 60 días a comentarios públicos. [DPH 5.22]

Desarrollo de una interpretación o una modificación de poco alcance

Si el Comité de Interpretaciones de las NIIF decide desarrollar una interpretación, o una modificación de poco alcance en consulta con el IASB, todos los documentos y discusiones del equipo técnico serán públicos. [DPH 7.6]

Todas las interpretaciones del proyecto y mejoras de poco alcance (incluyendo mejoras anuales) son expuestas a comentarios públicos —por 90 días. [DPH 6.15, 7.11]

Las modificaciones de poco alcance, no controversiales y que corrigen problemas evidentes en la elaboración del borrador son consideradas para inclusión en un ciclo anual de mejoras. [DPH 6.10-6.14]

Todas las cartas de opinión recibidas se publican en el sitio web de la Fundación IFRS, y tanto el análisis como la discusión de esas cartas son públicos. [DPH 3.65]

Finalización

El IASB revisa el análisis y las medidas adoptadas por el Comité de Interpretaciones, en una reunión pública. [DPH 7.23-7.26]

Si el IASB se siente seguro de haber identificado un asunto relativo a la información financiera por el que se deban cambiar los requerimientos de las Normas NIIF, finalizará y emitirá el ciclo de Interpretación, Modificación o Mejoras Anuales. [DPH 7.23-7.26]

Comunicación

Todas las interpretaciones y modificaciones contienen los Fundamentos de las Conclusiones. Sin embargo, no

Rec

onsi

dera

r

Interpretar

Solicitud de Interpretación

NIIF

Consulta

Notificación de

rechazo

Interpretación del

proyecto

Stop

Interpretación

Modificación

de poco alcance

Considerar

solicitudes

¿Y

ahora?

Notificación de

rechazo del

proyecto

Modificación de

ED (poco alcance o

mejora anual)

¿Y

ahora?

¿Y

ahora?

Modificar

Rechazar

Rechazar

Interpretar

Modificar

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es necesaria la entrega de un informe separado de los posibles efectos, ya que el mantenimiento se realiza si hay una reducción de los costos correspondientes al cumplimiento o de la diversidad en la práctica.

Consulta y trabajo de campo Práctica actual

¿Con qué frecuencia ocurre un tipo de transacción o evento —está generalizado en una gran variedad de jurisdicciones o entidades? ¿Se consideran las transacciones económicamente importantes? ¿Cómo se informan actualmente las transacciones? ¿Existe evidencia de diversidad en la práctica?

Ejemplos enviados en la solicitud; revisiones empíricas de estados financieros; ejemplos de reguladores de seguridades y organismos emisores de normas nacionales.

Inversores

¿Existe evidencia de que los inversores estén preocupados del asunto considerado?

Evidencia directa procedente de los inversores: encuestas, consultas, grupos de enfoque; investigación académica.

Posibles soluciones

¿Existe alguna posible interpretación o mejora realizable por el IASB, que sea rentable, o existe un problema subyacente con la norma?

Consideración de la evidencia por parte del Comité de Interpretaciones de las NIIF y el ASB.

Decisión final

Decisión final sobre la manera apropiada de proceder —rechazar o emitir una interpretación o una mejora de poco alcance.

Un rechazo se daría si el asunto es de gran importancia para ser resuelto por una interpretación o una mejora de poco alcance. Tales asuntos son agregados a la consulta de la agenda y al programa de investigación.

Análisis y consideración de cartas de opinión y otras consultas.

Finalización y publicación

Todas las interpretaciones y modificaciones están sujetas a revisiones internas de borrador, pero rara vez a revisiones externas debido a su poco alcance.

Rec

onsi

dera

r

Interpretar

Solicitud de Interpretación

NIIF

Consulta

Notificación de

rechazo

Interpretación del

borrador

Stop

Interpretación

Modificación

de poco alcance

Considerar

solicitudes

¿Y

ahora?

Notificación de

rechazo del

proyecto

Modificación de

ED (poco alcance o

mejora anual)

¿Y

ahora?

¿Y

ahora?

Modificar

Rechazar

Rechazar

Interpretar

Modificar

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227. Es responsabilidad del IASB y del Comité de Interpretaciones de las NIIF mantener las Normas NIIF.29 El Comité de Interpretaciones aborda algunos asuntos:

(a) contar con un amplio efecto y tener, o esperar tener, un efecto significativo en aquellos afectados;

(b) definir dónde se optimizará la información financiera mediante la eliminación o reducción de distintos métodos de informe; y

(c) saber si puede resolverse eficientemente dentro de los límites de Normas NIIF existentes y del Marco Conceptual para la Información Financiera.30

228. El Comité de Interpretaciones debe realizar trabajo de campo para poder evaluar con mayor facilidad si los asuntos presentados para consideración cumplen con estos criterios.

Ejemplos de trabajo de campo relevante

Observación empírica de prácticas existentes. 229. Cuando una parte solicita una interpretación, el equipo técnico del IASB podría

analizar estados financieros o datos económicos para ayudar al Comité de Interpretaciones de las NIIF a evaluar y determinar si existe evidencia de diversidad en la práctica. Este análisis lo puede realizar directamente el equipo técnico del IASB, evaluando investigaciones desarrolladas por otros, como sería la revisión de los informes de analistas. El IASB también podría solicitar ayuda a otros en la recopilación de información sobre prácticas inconsistentes a través de una Solicitud de Información pública. Sin embargo, para las interpretaciones, un enfoque más oportuno consistiría en pedir a los reguladores de valores y a otros

29Manual del Procedimiento a Seguir del IASB y del Comité de Interpretaciones de las NIIF, párrafo 5.14. 30Manual del Procedimiento a Seguir del IASB y del Comité de Interpretaciones de las NIIF, párrafo 5.16

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organismos emisores de normas evidencia de diversidad de la información financiera para el tipo de transacción evaluada.

Revisiones posteriores a la implementación

230. En una revisión posterior a la implementación, el IASB analiza si su evaluación de los posibles efectos se sostiene sobre una buena fundamentación. La revisión posterior a la implementación finaliza el ciclo.

Gobierno Iniciación

El IASB debe iniciar una revisión de cada nueva norma y modificación principal dos o tres años después de la entrada en vigor de los nuevos requerimientos; [DPH 6.52] o en respuesta a inquietudes sobre una norma, expresadas al IASB. [DPH 6.53]

Consulta

El Manual del Procedimiento a Seguir establece los factores que el IASB debe considerar en su revisión.

El IASB cuenta con un proceso de revisión de dos etapas.

En la primera fase, el IASB realiza consultas preliminares con una gran variedad de integrantes para poder determinar con mayor facilidad el alcance de la revisión. [DPH 6.56] El IASB se sirve de esta información para desarrollar una Solicitud de Información. [DPH 6.57] El Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir revisa la Solicitud de Información antes de su publicación para consulta pública, usualmente por cuatro meses. [DPH 6.58]

En la segunda fase, el IASB considera las cartas de opinión recibidas, posiblemente complementadas con una revisión de estados financieros, entrevistas, encuestas y una revisión de la literatura académica. [DPH 6.60]

Todas las cartas de opinión recibidas se publican en el sitio web de la Fundación IFRS, y tanto el análisis como la discusión de las cartas son públicos. [DPH 3.65]

Determinaciones

Tras completar su revisión, el IASB prepara un

3 años tras la entrada en

vigor

Revisión de la investigación

externa

Revisión

aplazada

Consulta

Evaluación

inicial

Acción correctiva inmediata

Stop

Solicitud de información

Resumen del

informe

¿Y ahora?

Programa de investigación

Implementación (interpretación o

poco alcance)

Necesita una revisión importante

Necesita una pequeña revisión

Norma perfecta

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informe, un borrador que revisa el Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir. El IASB puede considerar la ejecución de pequeñas modificaciones en la norma o la preparación de una propuesta en la agenda para una revisión más amplia del mismo. El IASB también puede recomendar al Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir la necesidad de realizar cambios en sus procedimientos, como la adopción de medidas adicionales durante el desarrollo de una norma. [DPH 6.62]

Comunicación

El IASB publica un informe de su revisión posterior a la implementación, en el que establece sus hallazgos. [DPH 6.63]

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Consulta y trabajo de campo Práctica actual

¿Cómo ha cambiado la información financiera a raíz de los nuevos requerimientos?

Revisiones empíricas de estados financieros; ejemplos de reguladores de valores y organismos emisores de normas nacionales; ejemplos e información suministrada como resultado de la Solicitud de Información.

¿Existe evidencia de que los nuevos requerimientos hayan reducido las asimetrías en la información o mejorado la toma de decisiones?

Revisión de la literatura académica y estudios empíricos.

Preparadores

¿Qué dificultades no anticipadas han experimentado los preparadores en la aplicación de los nuevos requerimientos?

(p. ej. ¿Se vieron los preparadores en la obligación de realizar mayores cambios de lo esperado en sus sistemas? ¿Se proporcionó suficiente tiempo para la transición hacia los nuevos requerimientos? ¿Fueron los costos al inicio de la aplicación mayores de lo esperado? ¿Son los costos continuos mayores de lo esperado?)

¿Se ha observado más diversidad en la práctica?

Las solicitudes de revisión al Comité de Interpretaciones de las NIIF; retroalimentación procedente de la Solicitud de Información; retroalimentación proveniente de reguladores de valores.

Inversores

¿De qué evaluaciones disponen los inversores, correspondientes a la información suministrada por los nuevos requerimientos?

(p. ej. ¿Consideran los inversores que cuentan con mejor información? ¿Son los estados financieros más comparables? ¿Los cambios han reducido el costo de análisis para los usuarios?)

Evidencia directa procedente de los inversores: encuestas, consultas, grupos de enfoque; retroalimentación procedente de la Solicitud de Información.

3 años tras la entrada en

vigor

Revisión de la investigación

externa

Revisión

aplazada

Consulta

Evaluación

inicial

Acción correctiva inmediata

Stop

Solicitud de información

Resumen del

informe

¿Y ahora?

Programa de investigación

Implementación (interpretación o

poco alcance)

Necesita una revisión importante

Necesita una pequeña revisión

Norma perfecta

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Elaboración del borrador

¿Se han observado problemas frente a la claridad de la elaboración del borrador?

Los borradores de revisión para el Comité de Interpretaciones de las NIIF.

231. Durante la revisión posterior a la implementación, el IASB retoma muchos de los asuntos que se consideraron en el desarrollo de la norma. En su resumen de los posibles efectos de una nueva Norma NIIF, el IASB debe establecer sus expectativas frente a los efectos de los nuevos requerimientos, inclusive los efectos en la información financiera, la utilidad de la información y los posibles costos que asumirán los preparadores e inversores (analistas). En una revisión posterior a la implementación, el IASB comparará los efectos reales con tales expectativas, e identificará cualquier efecto no anticipado.

Ejemplos de trabajo de campo relevante

Evaluaciones sobre las necesidades del inversor/analista 232. Es importante evaluar si los nuevos requerimientos para la información

financiera han mejorado la información disponible para los inversores. Esto normalmente se consigue realizando entrevistas estructuradas o encuestas sobre los nuevos requerimientos.

Observación empírica de la práctica y las experiencias existentes 233. El análisis de los estados financieros puede ayudar al IASB a evaluar cómo la

nueva norma ha cambiado la forma de presentar las actividades relacionadas en los informes financieros con propósito general, y si tales cambios coinciden con las expectativas del IASB.

234. Es obligación del IASB considerar el momento de una revisión posterior a la implementación. Por ejemplo, la planeación de la revisión posterior a la implementación de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios incluyó una evaluación sobre la actividad de adquisición y fusión con el fin de determinar si existía suficiente actividad relevante para que la evaluación de la NIIF 3 fuera

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pertinente. Asimismo, una revisión de la práctica y de otros datos económicos puede constituir una fuente de información para dicha decisión.

Consulta pública

235. Cada revisión posterior a la implementación contiene una Solicitud de Información pública. Esta es complementada con solicitudes informales provenientes de reguladores de valores, organismos emisores de normas, firmas de contabilidad y representantes de la industria.

Revisión de investigación independiente 236. El proceso de revisión posterior a la implementación del IASB es una

autoevaluación sobre las nuevas normas. Las fuentes independientes de investigación pueden proporcionar al IASB posibles evaluaciones imparciales sobre las implicaciones de sus normas. Por ejemplo, la revisión posterior a la implementación de la NIIF 8 Segmentos de Operación incluyó una revisión de investigaciones empíricas publicadas en la literatura académica, que documentaban cambios en el número de segmentos reportados y proporcionaban una evaluación inicial sobre si la utilidad de la información en los segmentos se veía afectada a raíz del cambio en los requerimientos para la información.

Trabajo de campo

Definición del trabajo de campo 237. Los términos ‘prueba de campo’ y ‘trabajo de campo’ tienen un significado

especial en algunas jurisdicciones. Por ejemplo, la prueba de campo en algunos entornos supone que las entidades ejecutan sistemas internos paralelos que imitan el cumplimiento de los requerimientos propuestos o existentes durante un ciclo completo de transacción.

238. El IASB emplea el término ‘trabajo de campo’ como se define en su revisión de 2013 del Manual del Procedimiento a Seguir:

Trabajo de campo 3.67 El IASB y el equipo técnico a veces se sirven del trabajo de

campo para tener una mejor idea de cómo posiblemente una

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propuesta afectará a aquellos que utilizan y aplican las Normas NIIF.

3.68 El trabajo de campo se puede realizar de distintas maneras: visitas personales o entrevistas a preparadores, auditores, reguladores o inversores que posiblemente se puedan ver afectados por las propuestas. También puede incluir talleres en los que se reúnen algunas de estas partes o experimentos para evaluar la forma como las propuestas pueden ser interpretadas o aplicadas.

3.69 El trabajo de campo puede incluir:

(a) participantes que evalúan la manera como las propuestas aplicarían en transacciones o contratos reales;

(b) preparadores o usuarios que completan casos prácticos;

(c) experimentos para evaluar cómo procesan la información los usuarios; o

(d) evaluaciones sobre cómo posiblemente se vean afectados los sistemas.

Es posible que durante el trabajo de campo se reúnan ejemplos de la práctica para que el IASB tenga una mayor comprensión de las prácticas de la industria y de las maneras como las normas propuestas pueden afectarlas. Es posible que cierto trabajo de campo se realice en proyectos con todos los niveles de normas para el desarrollo o la modificación de normas, diferente a las modificaciones de poca o limitada envergadura. El IASB y el equipo técnico deberán evaluar cuáles, si corresponde, actividades son apropiadas y proporcionales para un proyecto específico, teniendo en cuenta los costos de la actividad y los posibles conocimientos que podría adquirir el IASB del trabajo de campo.

3.70 No es obligatorio llevar a cabo un trabajo de campo, pero si el IASB decide no hacerlo, deberá explicar por qué al DPOC y publicarlo en la página del proyecto del sitio web de la Fundación IFRS.

3.71 La retroalimentación de cualquier trabajo de campo, audiencia pública u otro tipo de divulgación, se resumirá en un documento del equipo técnico y será evaluado por el IASB junto con las cartas de opinión.

Ejemplos del trabajo de campo 239. Las siguientes tablas documentan algunos de los tipos más comunes de trabajo

de campo que realiza el IASB.

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Observación empírica de práctica existente Descripción del problema

¿Qué importancia económica tienen ciertos tipos de transacción o actividades?

¿Existe evidencia de divergencia en la práctica?

¿Existe evidencia de que los inversores estén ajustando la información suministrada por entidades, o utilizando sustitutos a raíz de la falta de información?

Descripción de la recopilación de evidencia o del trabajo de campo

El IASB analiza datos observados correspondientes a la información financiera para identificar la práctica actual, de manera directa o mediante investigaciones realizadas por terceros.

El IASB pide a terceros evidencia de, por ejemplo, prácticas inconsistentes —mediante una Solicitud de Información pública o a través de solicitudes informales a reguladores de valores, otros organismos emisores de normas de contabilidad, firmas de contabilidad y representantes de la industria.

Ejemplos

Fase de investigación

Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, se revisó cómo la NIC 31 Participaciones en Negocios Conjuntos se aplicó en la práctica con el fin de evaluar la presencia de diversidad en la misma y para evaluar con mayor facilidad las diferencias geográficas o industriales en las opciones políticas de contabilidad.

Antes de que el proyecto de arrendamientos se incluyera en la agenda del IASB, se analizó la actividad de arrendamiento —operadora y financiera— para evaluar su importancia económica.

Antes de la inclusión del proyecto de arrendamientos en la agenda del IASB, se encuestó a los analistas para evaluar si ellos ajustaban los estados financieros con compromisos operativos de arrendamiento fuera del balance.

Implementación

A menudo el IASB pide a los reguladores de valores y a otros organismos emisores de normas evidencia de la diversidad de la información financiera para el tipo de transacción evaluada.

Revisión posterior a la implementación

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La revisión posterior a la implementación de la NIIF 8 Segmentos de Operación incluyó una revisión de investigación empírica que documentaba los cambios en el número de segmentos reportados.

La planeación de la revisión posterior a la implementación de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios incluyó una evaluación sobre la actividad de adquisición y fusión con el fin de determinar si existía suficiente actividad relevante para que la evaluación de la NIIF 3 fuera pertinente.

Tiempo

Este tipo de trabajo de campo es más apropiado cuando el IASB considera el inicio de un proyecto y luego de la entrada en vigor de un nuevo requerimiento (en una revisión posterior a la implementación), ya que así se puede identificar la existencia de posibles problemas en la información financiera, y evaluar la importancia económica de la actividad.

Ventajas

Las observaciones empíricas son objetivas y pueden ser reunidas a un costo relativamente bajo. Es una manera rentable de reunir evidencia.

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Evaluaciones sobre las necesidades del inversor/analista Descripción del problema

¿La información que resulta de los requerimientos propuestos para la información financiera satisfará las necesidades de los inversores?

Descripción de la recopilación de evidencia y del trabajo de campo

A los participantes se les formulan preguntas específicas sobre los requerimientos de medición y revelación en entrevistas estructuradas o mediante encuestas.

Ejemplos

La mayoría de los proyectos incluye interacciones directas de esta naturaleza con inversores.

Tiempo

Este tipo de trabajo de campo se puede realizar durante cualquier fase del proyecto, siendo las evaluaciones generales más comunes en las etapas formativas.

Ventajas

Se puede obtener información sobre las percepciones de los inversores. Las encuestas proporcionan evidencia amplia aunque relativamente superficial. Ayudan a corroborar los análisis más detallados realizados en participación con partes interesadas individuales.

Desventajas

Es complicado realizar entrevistas de mayor profundidad a inversores (analistas). Esto limita la muestra de prueba y dificulta la generalización de los resultados a una mayor población de inversores. También existen distintos tipos de inversores (de inversiones, bursátiles, etc.). Además, la disponibilidad pública de estas interacciones con inversores individuales es complicada.

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Evaluaciones sobre la elaboración del borrador Descripción del problema

¿Se ha elaborado con claridad la interpretación o la norma propuesta, de manera que se puede obtener una misma lectura de todos aquellos que aplican los nuevos requerimientos?

Descripción de la recopilación de evidencia o del trabajo de campo

Se solicita a los participantes aplicar los requerimientos propuestos para las transacciones, generados por el IASB, para evaluar la claridad de la formulación propuesta.

Este tipo de ejercicio se puede llevar a cabo personalmente o en talleres.

Ejemplos

Para el desarrollo de sus nuevos requerimientos de consolidación (NIIF 10 Estados Financieros Consolidados), el IASB desarrolló una serie de ejemplos de vehículos típicos de bursatilización en entidades estructuradas, y solicitó a individuos en firmas de contabilidad e instituciones financieras aplicar los requerimientos propuestos para tales transacciones. El propósito era evaluar la concordancia con la que los preparadores leían el borrador de las propuestas.

Durante el desarrollo de la NIIF 15 Ingreso de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes, el IASB dirigió talleres con preparadores para evaluar su interpretación de las propuestas en borrador.

Tiempo

Este tipo de trabajo es más apropiado cuando el IASB está por terminar un proyecto. Puede ser laborioso y por consiguiente costoso para las entidades participantes —es posible que tengan más disposición de participar si tienen la certeza de estar ayudando al IASB a determinar la norma final.

Ventajas

Proporciona un análisis relativamente detallado y profundo.

Desventajas

Su ejecución puede ser costosa.

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Evaluaciones sobre la aplicación de costos y datos Descripción

Se solicita a los participantes evaluar si cuentan con la información necesaria para cumplir con los requerimientos de la información financiera o evaluar los costos de transición y continuidad relativos al cumplimiento de los requerimientos propuestos.

Ejemplos

Para el desarrollo del capítulo sobre deterioro crediticio de la NIIF 9 Instrumentos Financieros, el IASB estableció un panel de expertos provenientes del sector bancario para consultar sobre la capacidad de los bancos de implementar las propuestas y la extensión de los cambios necesarios en el sistema.

Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, el IASB solicitó a las entidades participantes documentar cuánto esfuerzo (en términos de tiempo y nivel de conocimiento necesarios) se requería en la evaluación de sus acuerdos conjuntos existentes para clasificación.

Tiempo

Este tipo de trabajo de campo se puede realizar durante cualquier fase del proyecto, siendo las evaluaciones generales más comunes en las etapas formativas.

Ventajas

Proporciona datos directamente de los preparadores.

Desventajas

Es complicado obtener evaluaciones precisas de los costos de implementación. El bajo número de evaluaciones sobre la adopción de las Normas NIIF indica que los preparadores tienden a sobrestimar, o a veces exagerar, los posibles costos de implementación.31

31Ver The cost of IFRS transition in Canada [El costo de la transición a las Normas NIIF en Canadá] y Consejo de Normas de Contabilidad de Corea/Servicio Supervisor Financiero (2012) IFRS Adoption and Implementation in Korea [Implementación y adopción de las Normas NIIF en Corea], y the Lesson Learned [La lección aprendida]

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Pruebas de los nuevos requerimientos

Descripción

Se solicita a los participantes aplicar los requerimientos propuestos en sus propias transacciones. El objetivo consiste en evaluar el grado de diferencia entre los resultados de la información financiera y los requerimientos existentes.

Ejemplos

Para el desarrollo del modelo de deterioro crediticio de la NIIF 9 Instrumentos Financieros, el IASB realizó una prueba de campo con 15 compañías, en la que cada participante estimaba el efecto en sus cálculos de pérdida crediticia esperada tras la aplicación del modelo propuesto de pérdida crediticia esperada.

Para el desarrollo de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, se solicitó a los participantes aplicar los requerimientos propuestos de clasificación en sus contratos existentes.

Para el desarrollo de posibles requerimientos en la Presentación de los Estados Financieros, se solicitó a los participantes reestructurar sus estados financieros utilizando el esquema propuesto de clasificación.

Para el desarrollo de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, el IASB elaboró un caso práctico en el cual describía, en detalle, una adquisición de negocio y pedía a las firmas contables y expertos de valoración estimar la cantidad a la que medirían los activos y los pasivos para el reconocimiento inicial utilizando tanto la nueva definición de valor razonable como la definición existente, ya obsoleta. El propósito consistía en determinar si el cambio en la definición afectaría las cantidades reconocidas.

Tiempo

Este tipo de trabajo de campo es más apropiado cuando el IASB está por finalizar un proyecto. Puede ser laborioso y por consiguiente costoso para las entidades participantes —es posible que estén más dispuestas a participar si tienen la certeza de estar ayudando al IASB a determinar la norma final.

Ventajas

Proporciona un análisis detallado y profundo.

Desventajas

Muchas entidades no están dispuestas a participar si son identificadas —citan leyes de seguridad o riesgo de reputación—, lo cual dificulta la

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obtención de una muestra representativa.

Algunas simulaciones pueden ser costosas si involucran la participación de partes externas. Para la prueba de deterioro crediticio, los participantes pasaron más de 600 horas valorando; en las simulaciones de la NIIF 3, la mayoría de los participantes duró más de 100 horas en el caso práctico.

La participación de partes externas puede generar problemas de confidencialidad, particularmente cuando se les requiere utilizar su juicio para ejecutar las simulaciones. El IASB no logró poner a disposición pública los resultados del deterioro crediticio, NIIF 3, o la presentación de los estados financieros. En los casos referentes a la presentación de los estados financieros y el deterioro crediticio, el IASB recibió asesoría legal, según la cual la información era sensible al precio y, por consiguiente, estaba sujeta a limitaciones de divulgación por leyes de seguridades.

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Simulaciones (análisis "y si"): análisis del equipo técnico del IASB Descripción

El IASB realiza análisis hipotéticos "y si" en conjuntos de datos referentes a la información financiera observada para evaluar los posibles efectos de una propuesta específica o del componente de una propuesta en la información financiera.

Ejemplos

Para el desarrollo de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, el IASB reunió datos de 1200 compañías, evaluó el efecto en el patrimonio reportado y estimó qué sucedería si la entidad decidiera adquirir todas sus participaciones no controladoras. Las simulaciones se diseñaron con el fin de evaluar si era alta la probabilidad de que los resultados manifestados por las compañías frente a la información financiera ocurrieran en la práctica.

Para el desarrollo del Proyecto de Norma ED\2013\6 Arrendamientos, el IASB reunió información con el fin de estimar los posibles efectos en el apalancamiento de las compañías frente a los requerimientos propuestos para la información financiera —relativos a los arrendamientos—, y comparó las estimaciones utilizando los cálculos de regla general, empleados por analistas para evaluar si era posible que los nuevos requerimientos arrojaran resultados en la información financiera diferentes a estas estimaciones.

Para el desarrollo del ED\2013\6 Arrendamientos, el IASB calculó los perfiles de estados de resultados para distintos tipos de contratos de arrendamientos —arrendamientos de equipos a corto plazo, arrendamientos inmobiliarios a largo plazo, etc.—, con el fin de demostrar cómo se vería afectada la contabilidad a nivel contractual.

Tiempo

Este tipo de trabajo de campo se puede realizar durante cualquier fase del proyecto.

• Es beneficioso durante la fase de investigación para evaluar la posibilidad de que los cambios debatidos en los requerimientos de la información financiera afecten sustancialmente la manera como las transacciones se presentan en los estados financieros —en caso de ser poco el efecto, se cuestionará si vale la pena la imposición de costos para cambiar los requerimientos de la información financiera.

• Es beneficioso durante la fase de normas y ED para demostrar en qué consiste el efecto deseado de los nuevos requerimientos.

Ventajas

Puede ser rentable —el trabajo de simulación incluye la investigación de

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oficina, tal como la presentación de programaciones para demostrar el cambio en la contabilización de un contrato existente (p. ej., cálculos para un contrato de arrendamiento).

Puede tener un valor educacional alto ya que demuestra los resultados pretendidos en la información financiera.

En muchos casos no existen problemas de confidencialidad debido a que los contratos y escenarios se pueden expresar en términos generales.

Desventajas

Las simulaciones son hipotéticas y suponen la invariabilidad en cualquier otro factor. Por ejemplo, las estimaciones realizadas en relación con el ED\2011\6 Arrendamientos sobre el apalancamiento suponían que las entidades continuarían asegurando sus activos de la misma forma como lo hacían anteriormente, incluso después de la entrada en vigor de la norma. En la práctica existe una alta probabilidad de que las entidades revisen sus acuerdos contractuales cuando se desarrollan nuevos requerimientos.

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Antecedentes e historia

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Antecedentes e historia

Revisión de estrategias de la Fundación IFRS A1. La NIIF 8 y la NIIF 3 fueron las primeras normas principales que el IASB

finalizó tras la adopción de las Normas NIIF por la UE. Las regulaciones de la

UE estipulan que las normas emitidas por el IASB se pueden adoptar solo si:

• no son contrarias al principio de la imagen justa y verdadera, establecida en las Directrices de Contabilidad de la Unión Europea;

• sirven como vehículo hacia el bien público europeo; y

• cumplen con los criterios de comprensibilidad, relevancia, fiabilidad y comparabilidad, los cuales son necesarios en la información financiera para tomar decisiones económicas y evaluar la administración de la gerencia.

A2. Como parte de su evaluación de nuevas normas, la Comisión Europea preparó en

2007 el siguiente informe: Aprobación de la NIIF 8 Segmentos de Operación —

Análisis de los posibles efectos. El IASB no preparó su propio informe, pero se

comprometió a efectuar una revisión posterior a la implementación de la norma.

En 2008 la Comisión Europea publicó Aprobación de la NIC 23 Estudio sobre

los efectos de los costos de préstamos como parte de su evaluación para tal

norma.

A3. En abril de 2007, los Fideicomisarios anunciaron que "sería beneficioso

desarrollar un marco más explícito para la evaluación de los beneficios y costos

relativos a sus propuestas, y este marco debería formar parte del procedimiento a

seguir del IASB". El primer análisis separado de los efectos del IASB fue NIIF 3

Resumen del proyecto, retroalimentación y análisis de los efectos, el cual

acompañó la NIIF 3 en 2008. En aquel entonces, el IASB no había desarrollado

un marco conceptual para considerar los efectos. Cuando la Comisión Europea

publicó Aprobación de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios revisada y la NIC

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27 Estados Financieros Consolidados y Separados modificada, el informé

incluyó el análisis de los efectos del IASB.

A4. A este informe siguieron en 2011 informes de análisis de los efectos que

acompañaron la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados y la NIIF 11

Acuerdos Conjuntos.

A5. En el informe de febrero de 2012 de la Revisión Estratégica de los

Fideicomisarios de 2011, los Fideicomisarios de la Fundación IFRS solicitaron

al IASB establecer un órgano integral que sirviera de apoyo al IASB en la

integración (mayor incorporación) de los análisis de los efectos en el

procedimiento a seguir del IASB. El informe indica:

Los Fideicomisarios consideran que sería de beneficio para la organización recibir orientación en el desarrollo de una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos. Por consiguiente, los Fideicomisarios recomiendan la creación de un grupo de trabajo internacional, dirigido por el IASB, con el fin de desarrollar una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos.

A6. En el 2013 se creó el Grupo Consultivo de Análisis de los Efectos (el Grupo

Consultivo) para apoyar al IASB en la integración de los análisis de los efectos

en el procedimiento a seguir del IASB, y en el fortalecimiento del mismo al

optimizar la transparencia. Esto aumentará posiblemente la obligación y

credibilidad del IASB, y contribuirá de manera positiva a una mejor divulgación

de la información financiera.

¿Qué hace actualmente el IASB? A7. La manera como el IASB desarrolla nuevos requerimientos para la información

financiera ha cambiado en los últimos 10 años. En esta sección del informe, el

Grupo Consultivo describe tres aspectos correspondientes a las actividades del

IASB, que forman parte de la revisión:

(a) El Procedimiento a Seguir del IASB;

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(b) la práctica del IASB; y

(c) las experiencias del IASB hasta la fecha frente a la presentación de los análisis de los efectos.

Procedimiento a Seguir del IASB A8. La Constitución de la Fundación IFRS otorga al IASB total discreción en el

desarrollo y la ejecución de su programa técnico, así como en la organización de

la conducta de su trabajo. Sin embargo, los Fideicomisarios y el IASB han

establecido procedimientos consultativos diseñados para proteger la integridad

del proceso normativo. Estos procedimientos los describe el IASB en su Manual

del Procedimiento a Seguir, y están edificados sobre los principios de

transparencia, consulta justa y completa —considerando las perspectivas de los

afectados globalmente por las Normas NIIF—, y obligación. Los procedimientos

están diseñados para brindar al IASB "una mejor comprensión de las diferentes

alternativas contables y del posible efecto de las propuestas en las partes

afectadas”.32

A9. Los procedimientos se documentan en el Manual del Procedimiento a Seguir, el

cual es revisado por los Fideicomisarios y el IASB, de manera periódica. Hasta

el 2006, el IASB seguía los procedimientos generales establecidos en la

Constitución. En 2004, los Fideicomisarios y el IASB decidieron mejorar los

procedimientos, lo que resultó en la publicación en 2006 del primer Manual del

Procedimiento a Seguir del IASB. Los procedimientos establecidos en el Manual

del Procedimiento a Seguir empleaban y expandían las prácticas de otros

organismos emisores de normas de contabilidad y de organismos regulatorios.

A10. Para la época incluía una sección sobre el análisis de costo/beneficio:

32Manual del Procedimiento a Seguir del Comité de Interpretaciones de las NIIF y el IASB, párrafo 1.2

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Análisis de costo/beneficio 107 El IASB pondera las consideraciones relativas a

costo/beneficio como parte de su deliberación, a pesar de que una evaluación cuantitativa formal sobre los costos y beneficios no sea práctica. El IASB señala que todavía se carece de técnicas lo suficientemente fiables y sólidas para los análisis cuantitativos de costo/beneficio en los campos de políticas para las cuales el IASB es competente. El IASB obtiene información de los costos y beneficios correspondientes a las normas mediante consultas, a través de publicaciones consultivas (documentos de discusión, proyectos de norma, etc.) o de la comunicación con partes interesadas (actividades de vínculo, reuniones, etc.). Las perspectivas del IASB frente a las cuestiones de costo/beneficio se ven reflejadas explícitamente en los fundamentos de las conclusiones publicadas con cada proyecto de norma y cada Norma NIIF.

108 El IASB señala, al igual que otros organismos emisores de normas, que la evaluación de costos y beneficios es inevitablemente subjetiva. Para su juicio, el IASB considera:

• los costos incurridos por preparadores de los estados financieros.

• los costos incurridos por usuarios de estados financieros cuando la información no se encuentra disponible.

• la ventaja comparativa con la que cuentan los preparadores en el desarrollo de la información, cuando se compara con los costos incurridos por los usuarios en el desarrollo de información sustituta.

• el beneficio de una mejor toma de decisiones económicas como resultado de una mejor información financiera.

A11. En julio de 2009 fue actualizada, por lo que se optimizó la supervisión del IASB

a través del Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir de los

Fideicomisarios; se incorporaron secciones sobre el propósito y los beneficios de

los ‘Resúmenes del Proyecto’ y ‘Estados de Retroalimentación’; se cambió el

título de la sección ‘Análisis de costo/beneficio’ a ‘Análisis de impacto’; y se

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agregó una sección con los requerimientos para las revisiones posteriores a la

implementación.

A12. Los Fideicomisarios igualmente reconocieron la importancia de considerar

efectos que van más allá de los costos y beneficios, y así modificó los

requerimientos del procedimiento a seguir para establecer lo siguiente:

… el IASB elabora un análisis de los posibles efectos de la próxima Norma NIIF o modificación importante. El IASB ha comenzado a suministrar dicha información a las jurisdicciones que adoptan las Normas NIIF. El IASB está comprometido a impartir información y compartir su conocimiento sobre los posibles costos correspondientes a la implementación de un nuevo requerimiento, y los costos periódicos relacionados. El IASB igualmente documenta el conocimiento adquirido durante el desarrollo de la Norma NIIF sobre los posibles costos de la implementación de un nuevo requerimiento y los costos periódicos subsecuentes, y el posible efecto de una Norma NIIF en la calidad de la información suministrada a los usuarios. Así el análisis, pretenderá evaluar los posibles efectos de la nueva Norma NIIF en:

• los estados financieros de los que aplican las Normas NIIF • los posibles costos de cumplimiento para los preparadores • los costos de los análisis para los usuarios (incluyendo los costos de extracción de datos, identificación de medición de datos y ajuste de datos con el propósito de incluirlos en, por ejemplo, un modelo de valoración) • la comparabilidad de la información financiera entre periodos de informe para una entidad específica y entre diferentes entidades para un periodo de informe particular y • la calidad de la información financiera y su utilidad para evaluar futuros flujos en efectivo de una entidad

A13. En 2013, el IASB modificó sus requerimientos correspondientes al

procedimiento a seguir para establecer como requerimiento la consideración de

los efectos por parte del IASB y la inclusión de sus análisis dentro o junto con

los Fundamentos de las Conclusiones. Así las deliberaciones y el análisis

provenientes del IASB formarían parte de los documentos sometidos a votación

formal por parte del IASB.33

33 Este proceso se conoce como selección en el Manual del Procedimiento a Seguir

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A14. En febrero de 2011, los Fideicomisarios introdujeron una revisión pública de tres

años acerca del programa de trabajo técnico del IASB.

A15. En febrero de 2013, los Fideicomisarios emitieron la versión más reciente de los

requerimientos del procedimiento a seguir del IASB, tras una gran revisión y una

segunda redacción de los Manuales del Procedimiento a Seguir pertenecientes al

Comité de Interpretaciones de las NIIF y al IASB. Actualmente existe solo uno,

conocido como Manual del Procedimiento a Seguir del Comité de

Interpretaciones de las NIIF y del IASB (el ‘Manual’). Entre los cambios

realizados figuran.

(a) la inclusión de una discusión más extensa sobre el proceso de evaluación de los posibles efectos de una norma. El Manual reflejó la integración de esta evaluación por parte del IASB a lo largo del desarrollo de una norma en vez de un simple documento de evaluación al final del proceso.

(b) Se describió un nuevo programa de evaluación, que se ha convertido en la base de desarrollo desde la cual se identifican los posibles proyectos de niveles de normas. El uso de un Documento de Discusión como primer documento externo del procedimiento a seguir fue desplazado dentro de este programa de investigación y precederá cualquier propuesta relativa a la incorporación de un proyecto importante de niveles de normas al programa de trabajo del IASB. Antes, era necesario un Documento de Discusión luego de que se incorporaba un proyecto al programa de niveles de normas.

(c) Las secciones que explican las revisiones posteriores a la implementación fueron expandidas, con un alcance más amplio y expectativas más detalladas sobre el desarrollo de cada revisión por parte del IASB.

(d) Se explica la manera en que el IASB emplea el trabajo de campo para respaldar el desarrollo de normas. El trabajo de campo puede incluir componentes de pruebas de campo y visitas de campo, pero también puede incluir métodos sobre la recopilación de información para evaluar la factibilidad y los costos de una posible norma.

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A16. El Manual revisado indica:

Análisis de los efectos 3.73 El IASB se compromete con la evaluación y el intercambio de

conocimiento sobre los posibles costos correspondientes a la implementación de los nuevos requerimientos propuestos y sobre los posibles costos periódicos relacionados y beneficios de cada norma nueva —los costos y los beneficios en conjunto se denominan efectos. El IASB obtiene información sobre los posibles efectos de las propuestas para las normas nuevas y revisadas mediante la divulgación formal de las propuestas, su trabajo de campo, su análisis y sus consultas con partes relevantes, con actividades de alcance. Los posibles efectos son evaluados: (a) en función del objetivo del IASB sobre la transparencia de

la información financiera; y (b) en comparación con los requerimientos existentes para la

información financiera. 3.74 El IASB evaluará los posibles efectos mediante el desarrollo de

una norma nueva o revisada. En particular, los puntos de vista del IASB sobre los posibles efectos son aprobados por este y presentados como parte de o junto con los Fundamentos de las Conclusiones, cuya publicación se realiza con cada Proyecto de Norma y cada Norma.

3.75 Para la formación de su juicio de la evaluación de los posibles efectos, el IASB considera los siguientes asuntos: (a) cómo los cambios propuestos posiblemente tendrán un

impacto en la manera de presentar las actividades en los estados financieros que aplican las Normas NIIF;

(b) cómo estos cambios mejoran la comparabilidad de la información financiera entre distintos periodos para una entidad individual y entre diferentes entidades para un periodo específico;

(c) cómo los cambios mejorarán la capacidad del usuario para evaluar futuros flujos de efectivo de una entidad;

(d) cómo las mejoras en la información financiera se traducen en una mejor toma de decisiones económicas;

(e) el posible efecto en el cumplimiento de costos para los preparadores, al inicio de la aplicación y de manera continua; y

(f) cómo los posibles costos de análisis para los usuarios (incluyendo costos de extracción de datos, identificación de medición de datos y ajuste de datos con el propósito de incluirlos en, por ejemplo, un modelo de valoración) se ven afectados. El IASB debe tomar en consideración los costos incurridos por los usuarios en los estados financieros cuando no hay disponibilidad de la información, y la ventaja comparativa de los preparadores frente al desarrollo de la

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información en comparación con los costos incurridos por los usuarios en la elaboración de información sustituta.

3.76 No se espera que el análisis incluya una evaluación cuantitativa formal del efecto general de una norma. Los costos iniciales y los costos continuos, al igual que los beneficios, tendrán posiblemente un impacto diferente para distintas partes. El nivel del análisis se adecúa al tipo de cambios propuestos, siendo las nuevas normas y las modificaciones más importantes los de mayor análisis.

Práctica del IASB

Propuestas del proyecto: incorporando un proyecto al programa de trabajo

A17. En 2012, el IASB dividió su programa de trabajo en un programa de

investigación y en uno de nivel de normas. En su Documento de Respuestas en la

consulta de su agenda de apertura, el IASB indicó lo siguiente:

... el IASB promoverá una investigación y un programa de desarrollo amplios que se enfocarán en la definición del problema que se abordará en cada proyecto. El proceso de investigación incluirá una evaluación sobre el deber del IASB de realizar un proyecto para cambiar una norma o desarrollar una nueva. Podríamos concluir que no es necesario un proyecto a nivel de normas. Es esencial identificar la existencia de un problema que requiere arreglo. Cada norma nueva o revisada constituye una solución a un problema. Si el problema no está bien definido, o si no se ha establecido la necesidad de una solución, es posible que sea más difícil brindar una solución efectiva. Con este enfoque, a veces el IASB, en conjunto con su red de organismos contables, desarrollará documentos de investigación o de discusión como primera medida en la evaluación sobre la identificación –por parte de una parte interesada– de un problema potencial que requiera el desarrollo de una solución a nivel de normas por parte del IASB. Una vez justificado un proyecto para cambiar una norma, se debe identificar cuándo se debería incorporar al programa de trabajo para implementar un cambio. Para cada cuestión, el equipo técnico suministrará información al IASB con el fin de ayudarlo a comprender, con evidencia, el alcance y la profundidad del problema. El equipo técnico proporcionará igualmente una evaluación sobre posibles

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soluciones, mediante una evaluación preliminar de los costos y beneficios relativos a cada planteamiento. Esto podría incluir estudios relacionados al problema o a problemas análogos. Podríamos igualmente consultar con preparadores e inversores sobre las posibles soluciones, y así estar más conscientes de los posibles costos de las diferentes opciones, e identificar las áreas en las que, según los inversores, la información recibida es deficiente. Esto ayudaría al IASB a descartar opciones en las que los beneficios serán posiblemente menores que los costos. Los proyectos serán proyectos a nivel de normas únicamente si el IASB tiene la certeza de que el problema se ha definido adecuadamente y que el equipo técnico ha identificado soluciones aplicables de alta calidad.

A18. Antes de esta iniciativa, el IASB desarrollaba propuestas para la agenda, o

propuestas para incorporar un proyecto en su agenda, siendo usualmente un

Documento de Discusión el primer objetivo. Estas propuestas eran presentadas y

debatidas ante el Consejo Asesor de la Fundación IFRS antes de su

incorporación al programa de trabajo.

A19. Para ilustrar, cuando el proyecto de arrendamientos se propuso por primera vez

al IASB en una reunión pública en marzo de 2006, el IASB trató un Documento

de Discusión en el que presentaba una propuesta de un proyecto que consideraba

lo siguiente:

• la relevancia de la información incluida para los usuarios y la fiabilidad

de la información que podía ser suministrada;

• la orientación existente disponible;

• la posibilidad de una creciente convergencia;

• la calidad de las normas para desarrollar; y

• el grado de cualquier restricción de recursos.

A20. Estos criterios reflejaban los requerimientos constitucionales del IASB para la

época.

A21. Desde la iniciación del proyecto hasta la emisión del segundo Proyecto de

Norma en 2013, el IASB trató más de 250 documentos del equipo técnico en 43

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reuniones públicas individuales del IASB. Los documentos del equipo técnico,

los cuales incluyen revisiones de literatura académica, análisis de cartas de

opinión, informes de reuniones de divulgación y análisis de alternativas

consideraras por el IASB, se encuentran disponibles en las páginas del proyecto

de arrendamientos del sitio web público del IASB. Las páginas del proyecto

también incluyen información sobre las actividades de alcance, como la

retroalimentación proveniente de inversores, así como los resúmenes y las

grabaciones de todas las discusiones públicas del IASB.

A22. Aunque toda esta información se encuentra en el sitio web del IASB, cualquiera

—incluso el organismo de aprobación— necesitaría de un enorme esfuerzo para

extraer la información relevante de sus requerimientos.

Fundamentos de las Conclusiones

A23. El IASB resume su análisis y sus evaluaciones en documentos públicos. Cuando

el IASB emite un Proyecto de Norma y una norma final, publica también

Fundamentos de las Conclusiones. Para un Proyecto de Norma, en los

Fundamentos de las Conclusiones se explican las decisiones tomadas por el

IASB frente al desarrollo de la propuesta. Para una norma, en los Fundamentos

de las Conclusiones se presentan las razones del IASB frente a su selección de

opciones y el porqué del cambio en los requerimientos propuestos en el Proyecto

de Norma.

A24. Sin embargo, a pesar de ser un resumen de los debates del IASB, el Grupo

Consultivo observó que los Fundamentos de las Conclusiones pueden ser un

documento extenso. Los Fundamentos de las Conclusiones para el Proyecto de

Norma ED/2013/6 Arrendamientos superaron las 170 páginas. Cada documento

de los Fundamentos de las Conclusiones está estructurado de forma que coincida

con la estructura del Proyecto de Norma o de la norma con el que se relaciona.

Los aspectos de una norma que tengan posiblemente efectos importantes pueden

ser tratados en la mitad de un documento extenso. Como consecuencia, es difícil

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que alguien con un interés particular en evaluar los posibles efectos de la norma

pueda encontrar la información relevante.

A25. El enfoque y el equilibrio de los Fundamentos de las Conclusiones ha cambiado

en los últimos años. Para el Proyecto de Norma ED/2010/9 Arrendamientos, los

fundamentos de las conclusiones se centraban en las consideraciones rentables,

reflejando así los requerimientos para el procedimiento a seguir de la época. Ese

análisis era una pequeña parte del documento de los Fundamentos de las

Conclusiones. El documento de los Fundamentos de las Conclusiones que

acompañó el Proyecto de Norma de 2013 contiene mucho más análisis de los

posibles efectos de las propuestas. Esto refleja la evolución de los requerimientos

de procedimiento a seguir del IASB. En el proyecto de arrendamientos, el IASB

por primera vez resalta un análisis de los posibles efectos, y formula preguntas

sobre su evaluación, para la fase de Proyecto de Norma.

Material complementario

A26. El IASB publica material que complementa las nuevas normas con el fin de

informar a las partes interesadas acerca de los nuevos requerimientos para la

información financiera suministrando resúmenes orientados y, en ocasiones,

simplificados de los requerimientos, así como las razones relacionadas con los

cambios. El Manual reconoce la importancia del material de comunicación:

6.37 Antes de la emisión o la modificación de una norma por parte del IASB, el equipo técnico determina qué material de comunicación se debe desarrollar para complementar su publicación. Todos los cambios en las normas deben ir acompañados de un comunicado de prensa. Usualmente el IASB anuncia la publicación de una norma enviando alertas por correo electrónico.

6.38 La publicación de todas las nuevas normas y las modificaciones importantes debe ir acompañada de un Resumen del Proyecto

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y un Informe de Retroalimentación. Dependiendo de la naturaleza de los nuevos requerimientos, el IASB y su equipo técnico podrían igualmente desarrollar, y poner a disposición —de manera gratuita— un podcast, un webcast, un paquete de preguntas y respuestas (Q&A) o un paquete de presentaciones (discurso). Entre más significativos sean los cambios en las normas, posiblemente más completo será el paquete de comunicaciones.

Documento de Respuestas

A27. El Manual define el Documento de Respuestas como:

un documento que brinda una retroalimentación directa de los comentarios presentados en el Proyecto de Norma. Este identifica los asuntos más importantes durante el proceso de comentarios y explica el papel del IASB frente a los mismos.

A28. El IASB considera el Documento de Respuestas principalmente como un

documento de comunicación. Está escrito para un público menos técnico que el

documento de los Fundamentos de las Conclusiones, y se centra en los aspectos

más importantes de la nueva norma y no en todas las decisiones técnicas. El

Documento de Respuestas no forma parte de los documentos de selección y no

requiere de una aprobación formal por parte del IASB. Cada Documento de

Respuestas contiene material extraído de los Fundamentos de las Conclusiones, y

su publicación se realiza al mismo tiempo que la de la norma.

Análisis de los efectos

A29. Durante el desarrollo de la NIIF 8 Segmentos de Operación, y la NIIF 3

Combinaciones de Negocios revisada, se solicitó al IASB considerar efectos de

mayor envergadura. La Comisión Europea elaboró un informe sobre la NIIF 8

para cumplir con sus criterios de evaluación. El primer análisis de los efectos

preparado por el IASB fue para la NIIF 3 revisada. El documento se elaboró

luego de que el IASB concluyera sus deliberaciones. El IASB igualmente

preparó y publicó informes de análisis de los efectos para la NIIF 10 Estados

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Financieros Consolidados, la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos y la NIIF 12

Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades. 34

A30. Las diferencias entre los análisis de la NIIF 3 y las NIIF 10 y 11 resaltaron la

falta de procedimientos claros por parte del IASB frente a la ejecución o

presentación de sus consideraciones de los posibles efectos relativos a sus

normas. Los Fideicomisarios reconocieron la falta de una comprensión

consistente sobre los factores a considerar y la manera de presentar el análisis y

modificar los requerimientos del procedimiento a seguir, y solicitó al IASB

establecer el Grupo Consultivo.

34 Para la NIIF 12 no se realizó un análisis de los efectos separado, ya que contenía requerimientos de revelación asociados a la NIIF 10 y la NIIF 11. Así, los posibles efectos de la NIIF 12 se consideraron en los documentos correspondientes a las NIIF 10 y 11.

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Glosario, bibliografıa y terminos de referencia

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Glosario Carta de comentario: una carta que recibe el IASB en respuesta a un documento de consulta. Todas las cartas de opinión son públicas y se pueden encontrar en el sitio web de la Fundación IFRS. Grupo consultivo: un grupo que tanto el IASB como el Comité de Interpretaciones de las NIIF consultan. Estos grupos proporcionan al IASB retroalimentación basada en investigación, experiencia y antecedentes, para ofrecer diferentes perspectivas sobre un tema específico. La membresía de los grupos consultivos es revisada y autorizada por el Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir. Para cada norma nueva o modificación importante, el IASB debe considerar si es necesaria la instauración de un grupo consultivo. Si el IASB decide no establecer un grupo consultivo, deberá explicar sus razones en una reunión pública. Documento de Discusión: un documento emitido por el IASB, que presenta el análisis y las perspectivas colectivas del IASB sobre un tema en particular. Los asuntos presentados se habrán tratado en reuniones públicas del IASB. Los documentos de discusión se emiten para comentario público, lo cual le sirve al IASB como retroalimentación y le ayuda a evaluar cómo desarrollar una norma nueva o revisada y si su desarrollo es necesario. Borrador para revisión editorial: el borrador de un documento para el procedimiento a seguir utilizado por el IASB y su equipo técnico para la obtención de retroalimentación. Un borrador para revisión editorial puede ser distribuido a grupos seleccionados, o publicado generalmente en el sitio web de la Fundación IFRS, o ambas. Se consulta con los revisores sobre la claridad del borrador del documento y se reflejan las decisiones técnicas realizadas por el IASB. Un borrador para revisión editorial no incluye comentarios, ya que el propósito de dicha revisión no es el de cuestionar las decisiones técnicas. Un borrador para revisión editorial no constituye una medida obligatoria. Comité de Supervisión del Procedimiento a Seguir (DPOC): el comité de los Fideicomisarios de la Fundación IFRS responsable de supervisar las actividades del IASB frente al desarrollo y mantenimiento de las normas e interpretaciones. Análisis de los efectos: un proceso para evaluar los posibles efectos de una norma propuesta, realizado a medida que se desarrollan los nuevos requerimientos, el cual culmina con un análisis que se presenta como parte de, o junto con, los Fundamentos de las Conclusiones publicadas con una nueva norma, y resume la evaluación por parte del IASB de los posibles efectos de los nuevos requerimientos. Organismo de autorización: en este informe el término ‘organismo de autorización’ hace referencia al organismo u organización involucrada en el proceso de incorporación o autorización de NIIF en la aplicación dentro de una jurisdicción particular. Los organismos de autorización pueden incluir reguladores de valores, organismos emisores de normas, organismos de asesoría o agencias o departamentos gubernamentales. En Europa, por ejemplo, entre los organismos de autorización figuran la Comisión Europea, el EFRAG y organismos nacionales emisores de normas, cada uno involucrado en la evaluación de las Normas NIIF.

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Proyecto de Norma: un borrador de una norma propuesta, de una modificación de una norma o de una interpretación. Un Proyecto de Norma presenta una propuesta específica e incluye los Fundamentos de las Conclusiones y, de ser necesario, perspectivas alternativas. El Proyecto de Norma es obligatorio dentro del procedimiento a seguir. Documento de Respuestas: un documento que proporciona retroalimentación a los comentarios enviados en el Proyecto de Norma. Identifica los asuntos más importantes en el proceso de comentarios y explica la respuesta del IASB al respecto. Trabajo de campo: trabajo realizado con partes interesadas para ayudar al IASB a evaluar los posibles efectos de una norma propuesta. El trabajo de campo incluye la aplicación experimental de nuevas propuestas en transacciones individuales o contratos como si la norma propuesta se encontrara en vigor, la solicitud de retroalimentación sobre la formulación de una propuesta en particular o la evaluación del grado de cambios en el sistema necesarios en caso de la implementación de una norma propuesta. El trabajo de campo también incluye ejemplos de recolección tomados de la práctica para ayudar al IASB a obtener una mejor comprensión de las prácticas de la industria y de cómo las normas propuestas podrían afectarlas. NIIF: las interpretaciones y las normas emitidas por el IASB. Abarcan (a) Normas Internacionales de Información Financiera; (b) Normas Internacionales de Contabilidad (NIC); (c) Interpretaciones CINIIF; y (d) Interpretaciones SIC. Consejo Asesor de las NIIF: un organismo de asesoría a través del cual participan formalmente organizaciones e individuos con un interés en la información financiera internacional. Los participantes se caracterizan por poseer diversas experiencias funcionales y antecedentes geográficos. El objetivo del Consejo Asesor consiste en proporcionar asesoría al IASB sobre las prioridades, las decisiones en la agenda y los proyectos normativos más importantes. Los Fideicomisarios nombran a los miembros del Consejo Asesor. Interpretaciones: el Comité de Interpretaciones de las NIIF desarrolla las interpretaciones antes de su aprobación y emisión por parte del IASB. Las interpretaciones cuentan con la misma ponderación de una norma. Invitación a comentarios: un documento que acompaña el Documento de Discusión o el Proyecto de Norma, y que presenta los asuntos sobre los cuales el IASB requiere retroalimentación. Revisión posterior a la implementación (PIR): la revisión de una norma o de una modificación importante a una norma, las cuales realiza el IASB. Audiencia pública: una reunión con organizaciones interesadas para escuchar e intercambiar ideas sobre asuntos específicos. Las audiencias públicas incluyen mesas redondas y foros de discusión. Segunda consulta: una solicitud formal de comentarios sobre una versión revisada de un Proyecto de Norma. Documento de Investigación: un documento emitido por el IASB, que no proviene de las reuniones públicas, distinguiéndose así de un Documento de Discusión. Los documentos de investigación son elaborados por el equipo técnico del IASB o por uno o más individuos apoyados por el IASB. Los documentos de investigación también pueden ser elaborados por

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otros organismos emisores de normas u organismos, a petición del IASB. El Documento de Investigación no es obligatorio en el procedimiento a seguir. Solicitud de Información (RFI): una consulta formal realizada por el IASB con el fin de obtener retroalimentación e información sobre un aspecto específico de uno de sus proyectos. Una Solicitud de Información usualmente ayuda al IASB a elaborar el Proyecto de Norma o a finalizar una norma. La Solicitud de Información no es obligatoria en el procedimiento a seguir.

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Bibliografía EFRAG—UK FRC, ‘Considering the Effects of Accounting Standards’—position paper

EFRAG Fieldwork Policy [Política de trabajo de campo], julio de 2013.

FASB (1991). Informe especial: ‘Benefits, Costs and Consequences of Financial

Accounting Standards’ [Beneficios, costos y consecuencias de las Normas de

Contabilidad Financiera]. Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de los Estados

Unidos. 95 pp.

FEI, The cost of IFRS transition in Canada [El costo de la transición a las Normas NIIF en

Canadá].

IASB, Proyecto de Norma ED/2013/6 Arrendamientos, Fundamentos de las

Conclusiones, 2013.

IASB, NIIF 3 Project summary, feedback and effects analysis [Análisis de los efectos,

retroalimentación y resumen del proyecto], enero de 2008.

IASB, NIIF 11 Effects analysis [Análisis de los Efectos], 2011.

IASB, Proyecto de Norma ED/2013/6 Instrumentos Financieros: Expected Credit Losses,

Basis for Conclusions, 2013.

Fundación IFRS, IASB and IFRS Interpretations Committee Due Process Handbook

[Manual del Procedimiento a Seguir del Comité de Interpretaciones de las NIIF y el

IASB], febrero 2013.

Fundación IFRS, Report of the Trustees’ Strategy Review 2011 IFRSs as the Global

Standards: Setting a Strategy for the Foundation’s Second Decade [Informe de revisión

estratégica de los Fideicomisarios de 2011, las NIIF como normas globales:

implementando una estrategia para la segunda década de la Fundación], febrero de

2012.

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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos

Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS

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Consejo de Normas de Contabilidad de Corea/Servicio Supervisor Financiero (2012)

IFRS Adoption and Implementation in Korea [Implementación y adopción de las NIIF en

Corea], y the Lesson Learned [La lección aprendida], disponibles en:

http://eng.kasb.or.kr/web/services/bbs/bbsView.action?bbsBean.bbsCd=23&bbsBean.

bbsSeq=150

Schipper, Katherine, ‘How can we measure the costs and benefits of changes in

financial reporting standards?’ No. 3 2010 International Accounting Policy Forum (Foro

Internacional de la Contaduría Pública), pp. 309–327 309.

Teixeira, Alan ‘Effects Analyses’ [Análisis de los efectos], Consejo Asesor de Normas, febrero 2010.

Comisión de Bolsa y Valores de EE.UU. (SEC) Final Staff Report on International Financial Reporting Standards (IFRSs) [Informe final del equipo técnico sobre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)], 2012.

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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos

Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS

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Términos de referencia

Términos: Fideicomisarios de la Fundación IFRS En el informe de febrero de 2012 de la Revisión Estratégica de los

Fideicomisarios de 2011, los Fideicomisarios de la Fundación IFRS solicitaron al

IASB establecer un órgano integral que sirviera de apoyo al IASB en la

integración de los análisis de los efectos en el procedimiento a seguir del IASB.

El informe indica:

Los Fideicomisarios consideran que sería de beneficio para la organización recibir orientación en el desarrollo de una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos. Por consiguiente, los Fideicomisarios recomiendan la creación de un grupo de trabajo internacional, dirigido por el IASB, con el fin de desarrollar una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos.

En el 2013 fue creado el Grupo Consultivo de Análisis de los Efectos (el Grupo

Consultivo).

Grupo Consultivo

Miembros Nombre Cargo Organización

Profesor Claes Norberg Director de Contabilidad

Confederation of Swedish Enterprise

Tommaso Fabi Director Técnico OIC

Profesor Daniel Coetsee Profesor de Contabilidad Financiera

Universidad de Johannesburgo

David Andrews Director de Desarrollo Organizacional

Consejo de Información Financiera

Philippe Bui Director de Investigación

Autoridad de las Normas Contables

Ewa Bialkowska Directora de IFRS KPMG

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Grupo Consultivo de Análisis de Efectos

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Nombre Cargo Organización

Pieter Dekker Director Técnico EFRAG

Murtaza Dean Gerente Ejecutivo, Normas Profesionales

Colins Barrows

Sue Bielstein Directora FASB

Lucilene Pedro Profesor Auxiliar de Contabilidad

Universidad Paulista

Dr. Alexei Estrella Doctor en Contabilidad y Auditoría

Arista Gestoría Organizacional

Profesor Roman Weil Profesor Emérito Escuela de Negocios Chicago Booth School of Business, Universidad de Chicago

Chris Innes Wilson Jefe Contable del Grupo

Standard Chartered Bank

Keryn Chalmers Director de Contabilidad y Finanzas

Universidad de Monash

Observadores Nombre Cargo Organización

Christelle Fontbonne Proniewski

Mercado Interior y Servicios DG

Comisión Europea

Claudio Collova Ejecutivo de Evaluación Comisión Europea

Patrick Parent IOSCO

Fundación IFRS e IASB Nombre Cargo

Alan Teixeira Director Técnico Senior

David Loweth Director de las Actividades de los Fideicomisos

Ian Mackintosh Vicepresidente del IASB

Martin Edelmann Miembro del IASB

Chungwoo Suh Miembro del IASB

Patrick Finnegan Miembro del IASB

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Reuniones El Grupo Consultivo celebró reuniones personales el 20 de mayo de 2013, el 19

de julio de 2013 y el 18 de noviembre de 2013, y realizó una conferencia

telefónica el 7 de noviembre de 2013.

Proceso El equipo técnico del IASB organizó las reuniones, dirigidas por el IASB —con

reuniones presenciales en Londres en las oficinas del IASB.

El equipo técnico del IASB elaboró el borrador del informe, cuyas copias se

distribuyeron a observadores y miembros del Grupo Consultivo. Los

participantes proporcionaron retroalimentación escrita, y los borradores se

trataron en reuniones personales y en teleconferencias del Grupo Consultivo.

Función de los miembros y observadores Los miembros y los observadores fueron elegidos para la membresía del Grupo

Consultivo a raíz de su experiencia con análisis de los efectos, regulación y

normas.

Las opiniones expresadas por los miembros durante las reuniones, y su apoyo en

este informe, constituyen opiniones individuales y no deben ser consideradas

como juicios oficiales de las organizaciones en las que trabajan. Tales

organizaciones cuentan con sus propios procedimientos para la obtención y

divulgación de juicios oficiales.