gratificaciones en los regímenes especiales

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CUADRO RESUMEN DE GRATIFICACIONES EN LOS REGÍMENES ESPECIALES Régimen laboral Corresponde asignación familiar Monto de la gratificación Base legal Trabajadores de microempresa No - D.S. Nº 007- 2008-TR D.S 008-2008-TR Trabajadores de pequeña empresa No ½ remuneración D.S. Nº 007- 2008-TR D.S 008-2008-TR Trabajadores a tiempo parcial 1 remuneración D.S Nº 003-97- TR; D.S. 001- 96-TR Trabajadores del hogar ½ remuneración Ley Nº 27986 Trabajadores de construcción civil No 40 jornales básicos D.S. del 23 de octubre de 1942 y otras normas Trabajadores agrarios Proporción a S/. 21.46 Ley Nº 27360; D.S. Nº 049- 2002-AG; Ley Nº 28810 Trabajadores mineros 1 remuneración D.S. Nº 003-97- TR; D.S. 001- 96-TR INAFECTACIÓN TEMPORAL DE LAS GRATIFICACIONES 18.1 ¿En qué consiste la inafectación de las gratificaciones? El 1 de mayo del año 2009 se emitió la Ley Nº 29351, por medio de la cual se aprobó la inafectación de las gratificciones y aguinaldos por fiestas patrias y navidad de los años 2009 y 2010. Esta norma se viene aplicando desde el 2 de mayo del 2009, tanto en el sector privado como en el público. Esta norma fue reglamentada el 20 de junio de 2009, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2009-TR. La Ley Nº 29351 establece que se debe incorporar el artículo 8-A a la Ley Nº 27735, Ley que Regula el Otorgamiento de las

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Gratificaciones en Los Regímenes Especiales

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CUADRO RESUMEN DE GRATIFICACIONES EN LOS REGMENES ESPECIALESRgimen laboralCorresponde asignacin familiarMonto de la gratificacinBase legal

Trabajadores de microempresaNo-D.S. N 007-2008-TR D.S 008-2008-TR

Trabajadores de pequea empresaNo remuneracinD.S. N 007-2008-TR D.S 008-2008-TR

Trabajadores a tiempo parcialS1 remuneracinD.S N 003-97-TR; D.S. 001-96-TR

Trabajadores del hogarS remuneracinLey N 27986

Trabajadores de construccin civilNo40 jornales bsicosD.S. del 23 de octubre de 1942 y otras normas

Trabajadores agrariosSProporcin a S/. 21.46Ley N 27360; D.S. N 049-2002-AG; Ley N 28810

Trabajadores minerosS1 remuneracinD.S. N 003-97-TR; D.S. 001-96-TR

INAFECTACIN TEMPORAL DE LAS GRATIFICACIONES18.1 En qu consiste la inafectacin de las gratificaciones?El 1 de mayo del ao 2009 se emiti la Ley N 29351, por medio de la cual se aprob la inafectacin de las gratificciones y aguinaldos por fiestas patrias y navidad de los aos 2009 y 2010. Esta norma se viene aplicando desde el 2 de mayo del 2009, tanto en el sector privado como en el pblico. Esta norma fue reglamentada el 20 de junio de 2009, mediante el Decreto Supremo N 007-2009-TR.La Ley N 29351 establece que se debe incorporar el artculo 8-A a la Ley N 27735, Ley que Regula el Otorgamiento de las Gratificacines para los Trabajadores del Rgimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad, en los trminos siguientes: Articulo 8-A.- Inafectacin de las gratificacionesLas gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de ndole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.18.2 Qu es la bonificacin extraordinaria?El monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (EsSalud) con relacin a las gratificaciones de julio y diciembre de cada ao deben ser abonados a los trabajadores bajo la modalidad de bonificacin extraordinaria de carcter temporal no remunerativo ni pensionable.La excepcin a la inafectacin dispuesta en el artculo 8-A de la Ley N 27735 incluye a las retenciones por concepto de Impuesto a la Renta, de acuerdo a las normas de la materia, y a los descuentos autorizados por el trabajador, sin perjuicio de los descuentos dispuestos por mandato judicial.18.3 Cundo se realiza el pago de la bonificacin extraordinaria?La bonificacin extraordinaria debe pagarse al trabajador en la misma oportunidad en que se abone la gratificacin correspondiente. En caso de cese del trabajador, dicha bonificacin extraordinaria debe pagarse junto con la gratificacin proporcional respectiva.La bonificacin extraordinaria slo se encuentra afecta al impuesto a la renta de quinta categora.18.4 Cunto es el monto de la bonificacin extraordinaria?El monto de la bonificacin extraordinaria equivale al aporte al Seguro Social de Salud EsSalud que hubiese correspondido efectuar al empleador por concepto de gratificaciones de julio y diciembre.Tratandose de trabajadores cubiertos por una Entidad Prestadora de Salud, la bonificacin extraordinaria equivale al 6.75% del aporte al Seguro Social de Salud EsSalud que hubiese correspondido efectuar al empleador por concepto de gratificaciones de julio diciembre.18.5 Qu naturaleza tiene la bonificacin extraordinaria?La bonificacin extraordinaria no tiene carcter remunerativo ni pensionable, por lo tanto no est afecta a ningn tributo ni aportacin que grave remuneraciones, salvo el impuesto a renta de quinta categora: asimismo tampoco servir como base de clculo para el pago de beneficio laboral alguno, ni se tomar en cuenta para definir derechos pensionarios.CONTRIBUCIONES Y TRIBUTOS APLICABLE A LA BONIFICACIN EXTRAORDINARIA DE 9%AFECTACIN

Renta de Quinta CategoraS

Renta de Tercera CategoraNo

ESSALUDNo

Seguro complementario de Trabajo de RiesgoNo

AFP/ONPNo

SENATINo

18.6 Qu sucede con las gratificaciones proporcionales respecto a la inafectacin?Las gratificaciones proporcionales, a que se refiere el artculo 7 de la Ley N 27735 que se paguen con motivo de ceses ocurridos a partir de la entrada en vigencia de la Ley N 29351, estn comprendidas en la inafectacin dispuesta por la Ley N 29351.

18.7 La inafectacin a las gratificaciones es aplicable al sector pblico?As es. Los aguinaldos o gratificaciones a que se refiere el numeral 2 de la quinta disposicin transitoria de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, no se encuentran sujetos a aportaciones, contribuciones ni descuentos de ndole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. En suma, las gratificaciones o aguinaldos que perciben los trabajadores del sector pblico tambin se encuentran inafectas.18.8 La inafectacin alcanza a los trabajadores con convenios de remuneracin integral?En caso de convenios de remuneracin integral anual, a que se refiere el artculo 8 del Texto nico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, la inafectacin alcanza a la parte proporcional que corresponda a las gratificaciones por fiestas patrias y navidad, la misma que deber estar desagregada en la planilla electrnica.18.9 La inafectacin de gratificaciones opera respecto a las gratificaciones adelantadas?La inafectacin dispuesta por la Ley N 29351 es de aplicacin a las gratificaciones por fiestas patrias y navidad, de origen legal y colectivo a otorgarse en los regmenes laborales especiales.As la inafectacin opera para los regmenes especiales de construccin civil, trabajadores del hogar, trabajadores artistas, trabajadores portuarios, trabajadores pesqueros, trabajadores de pequea empresa; pero no sucede lo mismo con los trabajadores del rgimen agrario, que no se ven beneficiados con esta medida.Respecto al rgimen agrario, el Ministerio de Trabajo concluy, en el informe 456-2009-MTPE/9.110 (15.07.2009), que la inafectacin no es de aplicacin al rgimen agrario y acucola, no por una dificultad prctica, ni por una exclusin legal o reglamentaria, sino por la naturaleza especial del aspecto remunerativo de aquella.18.10 Qu otros aspectos se debe tener en cuenta respecto a la inafectacin de gratificaciones?- Las gratificaciones adelantadas que hubieren sido pagadas antes dela entrada en vigencia de la Ley N 29351 no se encuentren dentro de los alcances de la inafectacin dispuesta por la ley N 29351.