grados de desarrollo del delito uli[1]

37
Grados de Grados de desarrollo del desarrollo del delito delito Conocido como el ITER Conocido como el ITER CRIMINIS = camino o CRIMINIS = camino o desarrollo del delito desarrollo del delito Inicio - - - - - - - - - Inicio - - - - - - - - - - - - - - - - - - Fin - - - - - - - - - Fin

Upload: anon-157059

Post on 06-Jun-2015

2.613 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Grados de Grados de desarrollo del desarrollo del

delitodelitoConocido como el ITER Conocido como el ITER CRIMINIS = camino o CRIMINIS = camino o desarrollo del delitodesarrollo del delito

Inicio - - - - - - - - - - - - - - - - - - Inicio - - - - - - - - - - - - - - - - - - FinFin

Page 2: Grados de desarrollo del delito uli[1]

InicioInicio FinFin TentativaTentativa DesistimientoDesistimiento Arrepentimiento, etc.Arrepentimiento, etc.

Dos fases del iter criminisDos fases del iter criminis- MentalMental- FísicaFísica

¿Qué sanciona el derecho penal?¿Qué sanciona el derecho penal?

Page 3: Grados de desarrollo del delito uli[1]

La simple decisión de acción no es La simple decisión de acción no es puniblepunible

Ulpiano: “Cogitationis poenam nemo Ulpiano: “Cogitationis poenam nemo particular”particular”

El derecho penal no castiga la sola El derecho penal no castiga la sola voluntad, pues la mala voluntad no voluntad, pues la mala voluntad no es aprehensible.es aprehensible.

Page 4: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fases del desarrollo del delitoFases del desarrollo del delito 1.1. IdeaIdea 2.2. deliberacióndeliberación -- ProPro

-- ContraContra

Page 5: Grados de desarrollo del delito uli[1]

3.3. Decisión (resolución criminal)Decisión (resolución criminal) Fin de la fase internaFin de la fase interna Comienzo de la fase externa:Comienzo de la fase externa: Poner en práctica lo resuelto en la Poner en práctica lo resuelto en la

fase interna y termina con la fase interna y termina con la consumación del delitoconsumación del delito

Page 6: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Hay una tercera fase (Ulterior) Hay una tercera fase (Ulterior) consistente en la utilización del delito consistente en la utilización del delito (es el logro de lo que el autor se (es el logro de lo que el autor se proponía) conocido como el proponía) conocido como el AGOTAMIENTO DEL DELITO, AGOTAMIENTO DEL DELITO, algunos autores señalan que esta fase algunos autores señalan que esta fase no es relevante para el Derecho Penal no es relevante para el Derecho Penal porque el delito ya esta consumado porque el delito ya esta consumado

Page 7: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Por lo tanto las fases del desarrollo Por lo tanto las fases del desarrollo del delito son:del delito son:

Fase internaFase interna Fase externaFase externa (Una tercera fase: Agotamiento del (Una tercera fase: Agotamiento del

delito) delito)

Page 8: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase InternaFase Interna

No se castiga porque se encuentra No se castiga porque se encuentra dentro del pensamiento de la persona, dentro del pensamiento de la persona, resultaría imposible probarla resultaría imposible probarla

No se traduce en actos, se asimila No se traduce en actos, se asimila más a la esfera de los meros deseosmás a la esfera de los meros deseos

Tiene tres momentos:Tiene tres momentos: -- Ideación Ideación -- DeliberaciónDeliberación -- Decisión Decisión

Page 9: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase internaFase interna

Ideación: Es imaginar el delito p. e. A quiere Ideación: Es imaginar el delito p. e. A quiere matar a B (lo imagina)matar a B (lo imagina)

Deliberación: Es la elaboración del plan, Deliberación: Es la elaboración del plan, analizando los detalles y forma más efectiva analizando los detalles y forma más efectiva como va a matar a B. Por ejemplo: utilizando como va a matar a B. Por ejemplo: utilizando un arma de fuego, durante la noche, etc.un arma de fuego, durante la noche, etc.

Decisión: Es poner en practica el plan Decisión: Es poner en practica el plan elaborado. P.e. A decide matar a B utilizando elaborado. P.e. A decide matar a B utilizando una pistola, durante la noche a la hora que una pistola, durante la noche a la hora que llega a su casa llega a su casa

Page 10: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase internaFase interna

Esta fase no es punibleEsta fase no es punible Hurtado Poso: Aunque haya Hurtado Poso: Aunque haya

comunicado a terceros y no haya comunicado a terceros y no haya iniciado la ejecución del delito iniciado la ejecución del delito

Page 11: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase externaFase externa

Consiste en exteriorizar la fase Consiste en exteriorizar la fase interna con el propósito de cometer interna con el propósito de cometer el delito.el delito.

Se divide en 4:Se divide en 4: Actos PreparatoriosActos Preparatorios Tentativa 16º C.P.Tentativa 16º C.P. ConsumaciónConsumación AgotamientoAgotamiento

Page 12: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase externaFase externa Actos PreparatoriosActos Preparatorios y Actos ejecutivos: y Actos ejecutivos: Se presentan con anterioridad a la ejecución Se presentan con anterioridad a la ejecución

del delito. En principio no son castigados, del delito. En principio no son castigados, salvo en forma independiente constituyan salvo en forma independiente constituyan delito. P.e. Tenencia ilegal de arma art. 279º delito. P.e. Tenencia ilegal de arma art. 279º C.P. C.P.

Maurach (Esp): “En principio ninguna de Maurach (Esp): “En principio ninguna de estas acciones está sujeta a las conminaciones estas acciones está sujeta a las conminaciones penales de la ley; en ciertos casos, no alcanza penales de la ley; en ciertos casos, no alcanza siquiera la zona de lo típico, y en otros no siquiera la zona de lo típico, y en otros no llenan el cuadro rigurosamente circunscrito llenan el cuadro rigurosamente circunscrito de la figura penal” de la figura penal”

Page 13: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase externaFase externa

Ojo: La inclusión de las etapas de Ojo: La inclusión de las etapas de realización delictiva anteriores a la realización delictiva anteriores a la consumación, en la conminación penal consumación, en la conminación penal del mismo hecho punible, se designa del mismo hecho punible, se designa con el calificativo de CAUSAS DE con el calificativo de CAUSAS DE EXTENSIÓN DE LA PENA O DE EXTENSIÓN DE LA PENA O DE EXTENSIÓN DEL TIPO. Pero ello, EXTENSIÓN DEL TIPO. Pero ello, desde nuestro punto de vista rompe el desde nuestro punto de vista rompe el principio de legalidad que subyace en principio de legalidad que subyace en el Derecho Penal. el Derecho Penal.

Page 14: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Fase externaFase externa

Tentativa 16º C.P.Tentativa 16º C.P. Para que pueda darse la tentativa, es Para que pueda darse la tentativa, es

necesario que la figura delictiva de que se necesario que la figura delictiva de que se trate, admita una realización gradual, trate, admita una realización gradual, incompleta, en alguno de sus momentos.incompleta, en alguno de sus momentos.

Ello no es posible en los delitos de mera Ello no es posible en los delitos de mera actividad p.e. ¿?actividad p.e. ¿?

La tentativa representa ya una irrupción La tentativa representa ya una irrupción inmediata en la zona de la prohibición inmediata en la zona de la prohibición normativa sancionada por el tipo. normativa sancionada por el tipo.

Page 15: Grados de desarrollo del delito uli[1]

TentativaTentativa La tentativa es un grado de desarrollo del La tentativa es un grado de desarrollo del

delito en el cual se pone en peligro el bien delito en el cual se pone en peligro el bien jurídico, pero no se ha llegado a consumar la jurídico, pero no se ha llegado a consumar la lesión al mismo.lesión al mismo.

La tentativa como delito no existe, es decir no La tentativa como delito no existe, es decir no hay un delito de tentativa. La tentativa tiene hay un delito de tentativa. La tentativa tiene que tener un delito como base.que tener un delito como base.

Jeschek: “La tentativa es un tipo dependiente Jeschek: “La tentativa es un tipo dependiente ya que sus elementos no se pueden ya que sus elementos no se pueden comprender por si mismos, sino que deben comprender por si mismos, sino que deben ser referidos al tipo de una determinada ser referidos al tipo de una determinada forma de delito forma de delito

Page 16: Grados de desarrollo del delito uli[1]

TentativaTentativa

La tentativa constituye la ejecución de un La tentativa constituye la ejecución de un comportamiento cuyo fin es consumar un comportamiento cuyo fin es consumar un delito, que se detiene en un punto de su delito, que se detiene en un punto de su desarrollo, hasta antes de alcanzar el grado desarrollo, hasta antes de alcanzar el grado de consumación, es decir antes de que se de consumación, es decir antes de que se haya completado la acción típica.haya completado la acción típica.

Art. 16º Se da cuando el sujeto da principio Art. 16º Se da cuando el sujeto da principio a la ejecución de lo dispuesto por el tipo a la ejecución de lo dispuesto por el tipo penal mediante hechos directos, pero falta penal mediante hechos directos, pero falta uno o más para la consumación del delito.uno o más para la consumación del delito.

Page 17: Grados de desarrollo del delito uli[1]

TentativaTentativa

Premisa: Nuestro Ordenamiento Premisa: Nuestro Ordenamiento Jurídico protege bienes jurídicos Jurídico protege bienes jurídicos

Consecuencia: El sistema jurídico no Consecuencia: El sistema jurídico no puede conformarse con intervenir puede conformarse con intervenir cuando el daño ya esta hecho, puede cuando el daño ya esta hecho, puede intervenir antes, si el riesgo es serio intervenir antes, si el riesgo es serio e inminente. Por esta razón es que la e inminente. Por esta razón es que la tentativa es sancionada.tentativa es sancionada.

Page 18: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Teorías que fundamentan la Teorías que fundamentan la TentativaTentativa

Teoría objetiva: Se justifica la pena porque el Teoría objetiva: Se justifica la pena porque el sujeto pone en peligro un bien jurídico, se sujeto pone en peligro un bien jurídico, se castiga entonces por la probabilidad de la castiga entonces por la probabilidad de la lesión. Esta teoría es seguida por nuestro C.P.lesión. Esta teoría es seguida por nuestro C.P.

Se castiga con mayor sanción la consumación Se castiga con mayor sanción la consumación que la tentativa por el grado de afectación al que la tentativa por el grado de afectación al bien jurídico.bien jurídico.

17º C.P. No se castiga el delito imposible 17º C.P. No se castiga el delito imposible porque los actos del sujeto no resultan porque los actos del sujeto no resultan objetivamente peligrosos para el bien jurídico objetivamente peligrosos para el bien jurídico (leer C.P.)(leer C.P.)

Page 19: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Teorías que fundamentan la Teorías que fundamentan la tentativatentativa

Teoría subjetiva: se sanciona la tentativa Teoría subjetiva: se sanciona la tentativa porque el sujeto tiene una voluntad contraria al porque el sujeto tiene una voluntad contraria al derecho. Lo fundamental es el dolo del sujeto.derecho. Lo fundamental es el dolo del sujeto.

Teoría ecléctica: El fundamento del castigo esta Teoría ecléctica: El fundamento del castigo esta dado porque la voluntad del sujeto es contraria dado porque la voluntad del sujeto es contraria a la de la norma (Teoría Subjetiva) siempre y a la de la norma (Teoría Subjetiva) siempre y cuando dichos actos produzcan una conmoción cuando dichos actos produzcan una conmoción social, por lo que la tentativa y la consumación social, por lo que la tentativa y la consumación pueden tener diversas penas dependiendo del pueden tener diversas penas dependiendo del grado de conmoción social. Esta teoría busca grado de conmoción social. Esta teoría busca combinar los criterios objetivos y subjetivos. combinar los criterios objetivos y subjetivos.

Page 20: Grados de desarrollo del delito uli[1]

TentativaTentativa

Nuestro C.P. asume la teoría objetiva 17º C.P.Nuestro C.P. asume la teoría objetiva 17º C.P. Razones:Razones: 1.1. Los actos preparatorios no se castigan Los actos preparatorios no se castigan

salvo cuando el C.P. señale una sanción penal salvo cuando el C.P. señale una sanción penal expresa, p.e. Tenencia ilegal de armas.expresa, p.e. Tenencia ilegal de armas.

2.2. El Juez debe sancionar la tentativa con El Juez debe sancionar la tentativa con menor pena 16º segundo párrafo (Principio de menor pena 16º segundo párrafo (Principio de proporcionalidad)proporcionalidad)

3.3. El delito imposible no se castiga porque El delito imposible no se castiga porque no se pone en peligro el bien jurídico. 17º C.P. no se pone en peligro el bien jurídico. 17º C.P.

Page 21: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Requisitos de la tentativaRequisitos de la tentativa

Requisitos de la tentativaRequisitos de la tentativa

1.1. Elemento subjetivo: El sujeto activo Elemento subjetivo: El sujeto activo debe actuar con una resolución debe actuar con una resolución criminal, con la decisión de cometer el criminal, con la decisión de cometer el delito (dolo) No hay tentativa en delitos delito (dolo) No hay tentativa en delitos culposos, pues en esta no hay culposos, pues en esta no hay resolución criminal p.e. lesiones resolución criminal p.e. lesiones culposas en accidente de tránsito, pues culposas en accidente de tránsito, pues no hay la decisión de cometer un delito. no hay la decisión de cometer un delito.

Page 22: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Requisitos de la tentativa Requisitos de la tentativa 2.2. Elemento objetivo: El sujeto debe Elemento objetivo: El sujeto debe

haber comenzado la ejecución de la haber comenzado la ejecución de la acción típica (del delito) acción típica (del delito)

¿Cuándo comienza la ejecución del ¿Cuándo comienza la ejecución del delito?delito?

Cuando se realizan actos ejecutivos que Cuando se realizan actos ejecutivos que significan la penetración de la órbita del significan la penetración de la órbita del respectivo tipo penal, cuando se invade respectivo tipo penal, cuando se invade la esfera jurídica del sujeto pasivo, la esfera jurídica del sujeto pasivo, cuando se perturba el normal y tranquilo cuando se perturba el normal y tranquilo disfrute de sus bienes. disfrute de sus bienes.

Page 23: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Requisitos de la tentativaRequisitos de la tentativa

3.3. Elemento negativo: El sujeto no debe Elemento negativo: El sujeto no debe haber consumado el delito.haber consumado el delito.¿Cuándo se da la consumación?¿Cuándo se da la consumación?Cuando se da cumplimiento al verbo rector Cuando se da cumplimiento al verbo rector que contiene el tipo penal p.e. matar. 106º que contiene el tipo penal p.e. matar. 106º C.P.C.P.Esta falta de consumación debe se ajena a Esta falta de consumación debe se ajena a la voluntad del agente, puede darse por un la voluntad del agente, puede darse por un factor accidental o por la intervención de factor accidental o por la intervención de un 3º.un 3º.

Page 24: Grados de desarrollo del delito uli[1]

La Consumación acorde a La Consumación acorde a los tipos de delitolos tipos de delito

La consumación depende del tipo de delito al La consumación depende del tipo de delito al cual nos encontremos:cual nos encontremos:

Delito de resultado: Se debe dar una Delito de resultado: Se debe dar una afectación material sobre el bien jurídico. afectación material sobre el bien jurídico. P.e. matarP.e. matar

Delito de actividad: Basta con la simple Delito de actividad: Basta con la simple realización de la actividad corporal p.e. realización de la actividad corporal p.e. conducción en estado etílico 274º C.P.conducción en estado etílico 274º C.P.

Delito de omisión: Basta el incumplimiento Delito de omisión: Basta el incumplimiento del deber de actuar. P.e. omisión de del deber de actuar. P.e. omisión de asistencia familiar 149º C.P.asistencia familiar 149º C.P.

Por lo tanto la consumación depende del tipo Por lo tanto la consumación depende del tipo penal ante el cual nos encontremos penal ante el cual nos encontremos

Page 25: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Clases de tentativaClases de tentativa

Clases de tentativaClases de tentativa

Nuestro C.P. no distingue clases de Nuestro C.P. no distingue clases de tentativa, pero puede clasificarse tentativa, pero puede clasificarse en:en:

1.1. Tentativa acabadaTentativa acabada

2.2. Tentativa inacabada (véase art. 18º Tentativa inacabada (véase art. 18º C.P.)C.P.)

Page 26: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Clases de tentativaClases de tentativa

1.1. Tentativa inacabada: Se presenta Tentativa inacabada: Se presenta cuando el autor no realiza todos los actos cuando el autor no realiza todos los actos necesarios para la consumación del necesarios para la consumación del delito. La acción típica se interrumpe por delito. La acción típica se interrumpe por la irrupción de un factor extraño al la irrupción de un factor extraño al querer del agente que le impide la querer del agente que le impide la consumación de la conducta. Dentro de consumación de la conducta. Dentro de este rubro esta el desistimiento, p.e. una este rubro esta el desistimiento, p.e. una persona se dispone a disparar a otra pero persona se dispone a disparar a otra pero al último momento se decide no hacerlo. al último momento se decide no hacerlo.

Page 27: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Clases de tentativaClases de tentativa

2.2. Tentativa acabada: se da cuando Tentativa acabada: se da cuando el autor ha realizado todos los actos el autor ha realizado todos los actos necesarios para la consumación, necesarios para la consumación, pero ésta no se realiza (Delito pero ésta no se realiza (Delito frustrado). P.e. Una persona dispara frustrado). P.e. Una persona dispara 4 balas sobre su enemigo, pero la 4 balas sobre su enemigo, pero la intervención oportuna de y rápida de intervención oportuna de y rápida de los médicos impide que la persona los médicos impide que la persona muera. muera.

Page 28: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Delito FrustradoDelito Frustrado

Es un caso de tentativa pues no existe Es un caso de tentativa pues no existe consumación.consumación.

Bustos: “Hay delito frustrado cuando el Bustos: “Hay delito frustrado cuando el culpable practica todos los actos de culpable practica todos los actos de ejecución que deberían producir como ejecución que deberían producir como resultado el delito y, sin embargo, no lo resultado el delito y, sin embargo, no lo produce por causas ajenas a la voluntad produce por causas ajenas a la voluntad del agente.del agente.

Se puede calificar como una tentativa Se puede calificar como una tentativa acabada.acabada.

Page 29: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Ejemplo de delito Ejemplo de delito frustradofrustrado

Cuando el delito no se ha consumado Cuando el delito no se ha consumado por la intervención de terceros. P.e. por la intervención de terceros. P.e. A ha planeado matar a B, pero es A ha planeado matar a B, pero es detenido por C cuando iba a detenido por C cuando iba a disparar. disparar.

Page 30: Grados de desarrollo del delito uli[1]

DesistimientoDesistimiento Art. 18º C.P. Art. 18º C.P. No se sancionará al agente cuando éste No se sancionará al agente cuando éste

neutralice el riesgo que ha creado, lo cual neutralice el riesgo que ha creado, lo cual puede hacerlo abandonando el intento o puede hacerlo abandonando el intento o impidiendo que se produzca el resultado.impidiendo que se produzca el resultado.

Requisitos del desistimiento:Requisitos del desistimiento:1.1. Subjetivo: El agente debe decidir no Subjetivo: El agente debe decidir no

proseguir la ejecución del delitoproseguir la ejecución del delito2.2. Objetivo: El agente no debe continuar la Objetivo: El agente no debe continuar la

ejecución del delito. Debe detener su ejecución del delito. Debe detener su comportamiento típico. comportamiento típico.

Page 31: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Participación de varias Participación de varias personaspersonas

19º C.P. Exonera de pena al que se 19º C.P. Exonera de pena al que se desiste o se arrepiente. (“esfuerzo desiste o se arrepiente. (“esfuerzo serio”)serio”)

P.e. si cuatro sujetos se han puesto de P.e. si cuatro sujetos se han puesto de acuerdo para violar a una señorita y, acuerdo para violar a una señorita y, uno de ellos en el último momento se uno de ellos en el último momento se arrepiente y golpea a sus amigos para arrepiente y golpea a sus amigos para que no realicen la violación, el sujeto que no realicen la violación, el sujeto que golpeó a los otros queda EXENTO que golpeó a los otros queda EXENTO de pena, pero los otros serán de pena, pero los otros serán sancionados por tentativa de violación. sancionados por tentativa de violación.

Page 32: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Delito imposible y tentativa Delito imposible y tentativa inidóneainidónea

Art. 17º C.P. no son castigadasArt. 17º C.P. no son castigadas Presupuesto para la intervención del Presupuesto para la intervención del

derecho penal : Lesión o puesta en derecho penal : Lesión o puesta en peligro del bien jurídico (IV C.P.)peligro del bien jurídico (IV C.P.)

Ineficacia del medio empleado: P.e. Ineficacia del medio empleado: P.e. querer matar a alguien con un querer matar a alguien con un cuchillo de papel cuchillo de papel

Absoluta impropiedad del objeto: P.e. Absoluta impropiedad del objeto: P.e. disparar sobre un cadaver disparar sobre un cadaver

Page 33: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Consumación y Consumación y agotamientoagotamiento

Son distintasSon distintas Consumación se da cuando se realiza lo que Consumación se da cuando se realiza lo que

indica el verbo rector del tipo penal p.e. indica el verbo rector del tipo penal p.e. matar.. Cuando no se ha culminado la acción matar.. Cuando no se ha culminado la acción descrita por el verbo rector nos encontramos descrita por el verbo rector nos encontramos en la fase de tentativa.en la fase de tentativa.

Agotamiento es una fase posterior a la Agotamiento es una fase posterior a la consumación, es decir el delito ya se ha consumación, es decir el delito ya se ha realizado; el agotamiento no se castiga. realizado; el agotamiento no se castiga. Importa el logro de la finalidad que se propuso Importa el logro de la finalidad que se propuso el autor, p.e. la venganza de un homicida el autor, p.e. la venganza de un homicida

Page 34: Grados de desarrollo del delito uli[1]

Delito putativoDelito putativo

Cuando el sujeto cree erróneamente Cuando el sujeto cree erróneamente que ha cometido un delito que ha cometido un delito

Cuando en realidad la conducta no es Cuando en realidad la conducta no es perseguida penalmenteperseguida penalmente

Art. IV, II T.P.P.Art. IV, II T.P.P. Villavicencio: El delito putativo se Villavicencio: El delito putativo se

presenta cuando el sujeto supone, por presenta cuando el sujeto supone, por error, estar practicando un hecho error, estar practicando un hecho punible, siendo su conducta punible, siendo su conducta penalmente irrelevante. penalmente irrelevante.

Page 35: Grados de desarrollo del delito uli[1]
Page 36: Grados de desarrollo del delito uli[1]
Page 37: Grados de desarrollo del delito uli[1]