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GOBIERNO REGIONAL COSCO ¡);,·' 1 '¡•Gón1('<ll0Rf'l:,on.1I ~ ~CUSC'1 OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA ..... CONVENIO N' D 15- 2015-GR.CUSCOIPR CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACI ON INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILLPINTO Y EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, PARA ALQUILER DE EQUIPO MECANICO Y COMPRA DE HORMIGON PARA LA EJECUCION DE LA OBRA MEJORAMIENTO DE LA DEFENSA RIBEREÑA - MARGEN IZQUIERDA DEL RIO APURÍMAC EN EL CENTRO POBLADO DE PILLPINTO Conste por el presente documento, el CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILLPINTO Y EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DE ALQUILER DE EQUIPO MECANICO Y COMPRA DE HORMIGON PARA LA EJECUCION DE LA OBRA MEJORAMIENTO DE LA DEFENSA RIBEREÑA MARGEN IZQUIERD A DEL RIO APURÍMAC EN EL CENTRO POBLADO DE PILLPINTO, que celebran de una parte el GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, con RUC 20527147612, representado por su Gobernador Regional Ing. Edwin Licona Licona, identificado con DNI 23991227, con credencial emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 22 de diciembre de 2014, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta S/ N del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusca, que en adelante se denominará "EL G OBIERNO REGIONAL", y; de otra parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL de PILLPINTO, representado por su Alcalde PROFESOR WILBER MEDINA VALER , con DNI Nº 23977725, con domicilio en la Plaza de Armas s/ n de la localidad del distrito de Pillpinto, provincia de Paruro y departamento del Cusca, que en adelante se denominará "LA MUNICIPALIDAD", bajo los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL Las Partes expresan su voluntad de convenir en las siguientes bases legales: Constitución Política del Estado. Ley 2 7 444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Ley 27783, Ley Orgánica de Bases de la Descentralización. Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley 27902, Ley Modificatoria de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley 28411 y sus modificatorias, Ley General Sistema Nacional de Presupuesto. Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2015.

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GOBIERNO REGIONAL COSCO ¡);,·' 1 '¡•Gón1('<ll0Rf'l:,on.1I ~ ~CUSC'1

OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA .....

CONVENIO N' D 15-2015-GR.CUSCOIPR

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILLPINTO Y EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO,

PARA ALQUILER DE EQUIPO MECANICO Y COMPRA DE HORMIGON PARA LA

EJECUCION DE LA OBRA MEJORAMIENTO DE LA DEFENSA RIBEREÑA - MARGEN

IZQUIERDA DEL RIO APURÍMAC EN EL CENTRO POBLADO DE PILLPINTO

Conste por el presente documento, el CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION

INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILLPINTO Y EL

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DE ALQUILER DE EQUIPO MECANICO Y COMPRA

DE HORMIGON PARA LA EJECUCION DE LA OBRA MEJORAMIENTO DE LA

DEFENSA RIBEREÑA MARGEN IZQUIERDA DEL RIO APURÍMAC EN EL CENTRO

POBLADO DE PILLPINTO, que celebran de una parte el GOBIERNO REGIONAL DEL

CUSCO, con RUC Nº 20527147612, representado por su Gobernador Regional Ing. Edwin Licona Licona, identificado con DNI Nº 23991227, con credencial emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 22 de diciembre de 2014, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta S/ N del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusca, que en adelante se denominará "EL GOBIERNO REGIONAL", y; de otra parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL de PILLPINTO, representado por su Alcalde PROFESOR WILBER MEDINA VALER , con DNI Nº 23977725, con domicilio en la Plaza de Armas s/ n de la localidad del distrito de Pillpinto, provincia de Paruro y departamento del Cusca, que en adelante se denominará "LA MUNICIPALIDAD", bajo los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL

Las Partes expresan su voluntad de convenir en las siguientes bases legales:

• Constitución Política del Estado.

• Ley Nº 2 7 444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

• Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Bases de la Descentralización.

• Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

• Ley Nº 27902, Ley Modificatoria de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

• Ley Nº 28411 y sus modificatorias, Ley General Sistema Nacional de Presupuesto.

• Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2015.

GOBIERNO RE6IONAL CUSCO OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA

• Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

• Resolución de Contraloría Nº 72-98-CG, Normas de Control Interno para el Area de Obras Públicas.

• Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Publica aprobado.

• Resolución Directora[ Nº 002-2007-EF/ 69. O 1 anexo SNIP 13.

• Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública.

• Directiva Nº 002-2007-EF/68.01 Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directora[ Nº 002-2007-EF/68.01

CLAUSULA SEGUNDA: MARCO INSTITUCIONAL

2.1 El GOBIERNO REGIONAL, conforme a la Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia constitucional, exclusiva y compartida; con jurisdicción en el departamento del Cusca dentro de la política diseñada de gestión regional, tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública privada y el empleo; garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo

2.2LA MUNICIPALIDAD es una entidad básica de la Organización Territorial del Estado y canal inmediato de participación vecinal en los asuntos públicos que se gestiona e institucionaliza con autonomía los intereses propios de la colectividad, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencias, su autoridad emana de la voluntad popular y tiene por finalidad promover la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción, con capacidad para celebrar convenios para la ejecución de obras públicas en beneficio de la población dentro del ordenamiento legal vigente, como tal facultada para suscribir convenios con entidades públicas y privadas relacionados con sus fines y objetivos

CLAUSULA TERCERA: ANTECEDENTES.

LA MUNICIPALIDAD, mediante Acuerdo de Concejo Nº 115 - MD/ P del 22 de Noviembre del 2012, acuerda Aprobar y Autorizar el Alquiler de su Equipo Mecánico Maquina Seca, consistente en 01 Volquete marca Volkswagen de 15 M3, 01 Volquete marca Volvo de 10 M3, y O 1 Retroexcavadora Marca Case de 90 HP, para la ejecución del proyecto "Mejoramiento de la Defensa Ribereña Margen Izquierda del Río Apurimac en el Centro Poblado de Pillpinto" la misma que se inició en el presente año en el citado Distrito consistente en:

I DESCRIPCION U/M CANT. I P/U I P . PARCIAL

GOBIERNO REGIONAL CUSCO OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA

01 Volquete de 15 m3 H/M 250 S/. 200.00 S/. 50.000.00 02 Excavadora Case CX-240 B H/M 250 S/. 220.00 S/ . 55.000.00 03 Compra de Hormigon M3 1500 S/. 55.00 S/. 82.500.00

CLAUSULA CUARTA: DEL OBJETO

El presente convenio tiene por objeto aunar esfuerzos institucionales entre "EL GOBIERNO REGIONAL" y "LA MUNICIPALIDAD", para aprovechar en forma eficiente los recursos económicos y técnicos mecánicos orientados al alquiler de equipo mecánico de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pillpinto, así como la compra de hormigón, propiciando la concertación de esfuerzos interinstitucionales con el propósito de optimizar los recursos presupuestales asignados para la ejecución de obras programadas por ambas instituciones a fin de ejecutarlas. Así "El GOBIERNO REGIONAL" a través de la Oficina de Gestión de Riesgos y Seguridad, ejecutará la obra Mejoramiento de la Defensa Ribereña en el Ria Apurímac-Distrito de Pillpinto fomentando el desarrollo integral sostenible del Gobierno Regional Cusco.

CLAUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1. DEL "GOBIERNO REGIONAL"

• Es responsable de la ejecución fi.sica y financiera de las metas programadas en el Expediente Técnico del proyecto: "Mejoramiento de la Defensa Ribereña Margen Izquierda del Río Apurímac en el Centro Poblado de Pillpinto, Distrito de Pillpinto", a través de la Oficina de Gestión de Riesgos y Seguridad, en estricta observancia de la normatividad vigente sobre ejecución de Obras Públicas.

• Aportará con un presupuesto hasta por un monto valorizado de S/ 3'559,830.00 (Tres millones Quinientos cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Treinta con 00/ 100 Nuevos Soles}, desagregado de la siguiente manera:

Descripción Und Cant P. Uni. P. Parcial S/. Gaviones Glb 1.00 350,000.00 1 '493,287.47 Combustible Glns 10,000 14.20 142,000.00 Pago personal técnico Glb 1.00 900,650.00 900,650.00 administrativo - obreros Alauiler maquinaria Glb 7,000 120.00 840, .000.00 Compra de herramientas Glb 1.00 183,892. 60 183,892.60 TOTAL S/. 3,559,830.00

• Supervisará la obra a través de la Oficina de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión del Gobierno Regional del Cusca.

• Asumir los costos combustible, para la maquinaria que será utilizada en la obra

5.2. DE "LA MUNICIPALIDAD"

• Alquilar maquinaria pesada consistentes en (01 volquete de 15 M3, 01 Excavadora CASE CX- 240 B. para traslado de piedras, movimiento de tierras y

60BIRRNO RR6IONAL CUSCO OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA

IÁÍ•'lll j<".l'llhrmo R~MI ,· :·~ cuse~ e .

otros, Venta Hormigón de su cantera ,desde la continuación de la obra hasta la conclusión de la misma, siendo el detalle el siguiente:

Descripción Und Cant P. Uni. SJ. P . Parcial SJ. Volquete 15 M3 H-M. 250 200.00 50,000.00 Excavadora Case CX-240 B H-M. 250 220.00 55,000.00 COMPRA DE HORMIGON M3 1500 55.00 82,500.00

TOTAL S/. 187,500.00

• Se aclara que el alquiler de maquinaria pesada son en calidad de maquinaria seca, debiendo el Gobierno Regional Cusca aportar con el combustible para cada maquinaria.

• Una vez concluido el proyecto, la Municipalidad Distrital de Pillpinto deberá

encargarse de la conservación y mantenimiento de la obra.

CLAUSULA SETIMA: DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO

La vigencia del presente Convenio es por el tiempo que dure la ejecución de la obra "Mejoramiento de la Defensa Ribereña en el Rio Apurímac".

CLAUSULA OCTAVA: DE LA MODIFICACION O AMPLIACION DEL CONVENIO

Las partes acuerdan que cualquier modificación y/ o ampliación al presente convenio, se realizaran a través de las cláusulas adicionales, suscribiendo la respectiva adenda con las mismas formalidades del presente convenio.

CLAUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

Son causales de Resolución del presente Convenio:

• El incumplimiento de las partes a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Convenio.

• Por mutuo acuerdo.

• Por caso fortuito o fuerza mayor, que tome imposible el cumplimiento de las obligaciones precedentemente pactadas.

Para la Resolución del Convenio, bastará cursar una Carta Notarial sustentada con 03 días de anticipación, que indique el motivo de la Resolución.

CLAUSULA DECIMA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS.

Los vacíos, defectos y deficiencias en la Regulación Normativa del presente Convenio, se resolverán por acuerdo de partes, caso contrario se recurrirá a las normas legales del acto

jurídico.

EiOBIRRNO RE610NAL COSCO OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA

En caso de surgir co,iflicto en la aplicación o ejecución del presente convenio, las partes renuncian a su fuero jurisdiccional de sus domicilios y prorrogan la competencia a los jueces y salas del Distrito Judicial del Cusco.

Las partes intervinientes, suscriben el convenio, en señal de conformidad, dejando

G. EDWIN LICONA LICONA DNI N' 23991227

GOBERNADOR GOBIERNO REGIONAL CUSCO

dolo, violencia o intimidación que lo a los 1 4 días del

DNI N'23977725 ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILLPINTO