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~Gl 'l'l, r.' REOION PUNO GOBIERNO REGIONAL PUNO Dirección Regional de Educación DIRECTIVA~ N° 02 8_ 2015-GRP-GRDS-DREP-DGP PROCESO DE RECALENDARIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR ANTE LA PR SENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO EN LA REGlaN PUNa 1. FINALIDAD: Establecer los lineamientos y acciones a través del proceso de re lendarización para la finalización del año escolar 2015 ante la presencia del Fenc meno El Niño (FEN). 2. OBJETIVO GENERAL: 2.1. Normar las acciones para garantizar el cumplimiento de las oras efectivas pedagógicas en las II.EE. de la región Puno, como preve ción ante los efectos del Fenómeno El Niño. 3. OBJETIVOS ESPECíFICOS: 3.1. Recalendarizar el periodo escolar en las II.EE. que por encont arse en zonas de vulnerabilidad frente al Fenómeno El Niño, adelantando la onclusión del año académico. 3.2. Fortalecer capacidades de respuesta, rehabilitación y res liencia de la Comisión de Gestión de Riesgos de Desastres. 3.3. Implementar acciones preventivas ante los efectos o cons cuencias del Fenómeno El Niño en todas las II.EE, siendo una de ellas I diagnóstico rápido de la infraestructura educativa. 3.4. Prevenir situaciones de riesgo que representen poner en peliq la integridad y seguridad de la comunidad educativa, así como la inhabilitación intempestiva del servicio educativo. 4. ALCANCES: 4.1. Dirección Regional de Educación Puno 4.2. 14 Unidades de Gestión Educativa Local de la Región Puno 4.3. Instituciones Educativas Públicas y Privadas de los difere tes niveles y modalidades del sistema educativo del ámbito de la Región Pun MARCO NORMATIVO: 5.1. Constitución Política del Perú. 5.2. Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes N° 28123, N° 28302, N° 2832 Y N° 28740. 5.3. Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 Y su Reglamento el D.S. N° 004-2013- ED. 5.4. Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi icada por las Leyes N° 28961, N° 28968, N° 29053 Y N° 29739. 5.5. Ley 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión d Riesgos de Desastres-S INAG ERD. 5.6. Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociacio es de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. 5.7. Resolución Ministerial N° 0556-2014-MINEDU Aprueba la N rma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica". 5.8. D.S N° 045 Y D.S. N° 058-2015-PCM, declara en estado d emergencia distritos y provincias de la región Puno.

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REOION PUNO

GOBIERNOREGIONAL PUNO

Dirección Regional de Educación

DIRECTIVA~ N° 02 8_2015-GRP-GRDS-DREP-DGP

PROCESO DE RECALENDARIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR ANTE LA PR SENCIA DELFENÓMENO EL NIÑO EN LA REGlaN PUNa

1. FINALIDAD:Establecer los lineamientos y acciones a través del proceso de re lendarizaciónpara la finalización del año escolar 2015 ante la presencia del Fenc meno El Niño(FEN).

2. OBJETIVO GENERAL:2.1. Normar las acciones para garantizar el cumplimiento de las oras efectivas

pedagógicas en las II.EE. de la región Puno, como preve ción ante losefectos del Fenómeno El Niño.

3. OBJETIVOS ESPECíFICOS:3.1. Recalendarizar el periodo escolar en las II.EE. que por encont arse en zonas

de vulnerabilidad frente al Fenómeno El Niño, adelantando la onclusión delaño académico.

3.2. Fortalecer capacidades de respuesta, rehabilitación y res liencia de laComisión de Gestión de Riesgos de Desastres.

3.3. Implementar acciones preventivas ante los efectos o cons cuencias delFenómeno El Niño en todas las II.EE, siendo una de ellas I diagnósticorápido de la infraestructura educativa.

3.4. Prevenir situaciones de riesgo que representen poner en peliq la integridady seguridad de la comunidad educativa, así como la inhabilitaciónintempestiva del servicio educativo.

4. ALCANCES:4.1. Dirección Regional de Educación Puno4.2. 14 Unidades de Gestión Educativa Local de la Región Puno4.3. Instituciones Educativas Públicas y Privadas de los difere tes niveles y

modalidades del sistema educativo del ámbito de la Región Pun

MARCO NORMATIVO:5.1. Constitución Política del Perú.5.2. Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes N°

28123, N° 28302, N° 2832 Y N° 28740.5.3. Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 Y su Reglamento el D.S. N° 004-2013-

ED.5.4. Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi icada por las

Leyes N° 28961, N° 28968, N° 29053 Y N° 29739.5.5. Ley 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión d Riesgos de

Desastres-S INAG ERD.5.6. Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociacio es de Padres

de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.5.7. Resolución Ministerial N° 0556-2014-MINEDU Aprueba la N rma Técnica

denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015en la Educación Básica".

5.8. D.S N° 045 Y D.S. N° 058-2015-PCM, declara en estado d emergenciadistritos y provincias de la región Puno.

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Dirección Regional de Educación

6. DISPOSICIONES GENERALES:6.1. La Dirección Regional de Educación Puno, las 14 Unidad s de Gestión

Educativa Local y las II.EE. ante los efectos y consecuenciasEl Niño, deberán realizar las siguientes acciones preventivas:

• Monitoreo del periodo escolar recalendarizado, constatan o el avancecurricular y el cumplimiento de las horas pedagógicas.

• Emisión de documentos oportunos para la conservación de mobiliario,materiales educativos, equipos pedagógicos, informáticos, rchivos, entreotros.

• Realización de campañas de movilización de la comunidad ed cativa para lalimpieza de techos, canaletas, alcantarillas y zanjas e infiltración;reforzamiento de cercos débiles, entre otras acciones.

• Realizar simulacros en coordinación con órganos locales competentes,destacando los procedimientos frente al Fenómeno El Niño.

6.2. Las instituciones educativas del ámbito de la región Puno se hallan enproceso de recalendarización del periodo escolar 2015, por I presencia delFenómeno de El Niño y en prevención a los posibles desastre naturales quese pudieran ocasionar.

6.3. Los programas alimentarios se adecuaran a la recalendari ción del añoescolar.

DISPOSICIONES ESPECíFICAS:7.1. DE LA UNIDAD DE GESTiÓN EDUCATIVA LOCAL

7.1.1. La UGEL comunicará a las II.EE. la fecha límite en que s presentará laficha de recalendarización del periodo escolar (unes 28 deseptiembre)

7.1.2. La UGEL revisará y aprobará la propuesta de recalenda ización de lasII.EE, siempre y cuando se garantice y asegure el cum limiento de lashoras pedagógicas efectivas; caso contrario, se observará lapropuesta, la misma que tiene que ser modificada d acuerdo a losugerido por el Área de Gestión Pedagógica. El levan amiento de laobservación deberá de realizarse dentro de las veinticua ro (24) horas.

7.1.3. La UGEL consolidará las propuestas de recalendariza ón aprobadasde acuerdo a los niveles y modalidades, la misma que debe serremitida a la Dirección Regional de Educación Puno, asta el 02 deoctubre.

7.1.4. La UGEL garantizará el logro de los objetivos de la E E 2015 en elmarco del cumplimiento de los Compromisos de Desem eño 2016, asícomo asegurar la gestión escolar salvaguardan o a nuestracomunidad educativa.

7.2. DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS:7.2.1. Las Instituciones Educativas públicas y privadas recal ndarizarán el

periodo escolar, considerando el cumplimiento efectiv de las horaspedagógicas del nivel respectivo y tendrán como fecha límite entre el30 de noviembre al 04 de diciembre del 2015.

7.2.2. El director(a) de la Institución Educativa convocará a reunión alpersonal docente y administrativo, al CONEI, Munic pio Escolar yAPAFA, en la que se levantará un acta acordando la odificación dela calendarización vigente y proyectará la Resolu ión Directoralrespectiva.

7.2.3. El proceso de recalendarización implicaría laborar seis (06) días a lasemana y los días feriados que hayan durante los mes s de octubre ynoviembre, para compensar las fechas del mes de die mbre que nose desarrollarán horas pedagógicas con los estudiantes.

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7,2.4. Las Instituciones Educativas de gestión pública y privada resentarán laResolución Directoral y el acta respectiva con la propuesta derecalendarización que incluye la fecha de clausura (entr el 7 al 11 dediciembre) del periodo escolar, directamente al especi lista del nivelrespectivo del Área de Gestión Pedagógica de la Unid d de GestiónEducativa Local respectiva, quien luego de la revisi n deberá deaprobar la propuesta de recalendarización.

7.2.5. Las propuestas de recalendarización que hayan sid observadas,deberán de ser modificadas de acuerdo a las sugerencia dadas por elespecialista del nivel respectivo del Área de Gestión Pe agógica de laUnidad de Gestión Educativa Local y presentadas entro de lasveinticuatro (24) horas siguientes.

7.2.6. Las Instituciones Educativas de gestión pública y privada los padres de familia de la recalendarización del pinformando las fechas y horas, que se extenderán co o parte de laestrategia para prevenir los efectos del Fenómeno El Niñ .

7.2.7. Todas las II.EE. deberán prever acciones y estrategi s para hacerfrente al Fenómeno El Niño, conforme a las normas decaso de desastres naturales.

7.2.8. Las II.EE. velarán por el uso del tiempo, el mismo q e debe estarenfocado al logro de aprendizajes de los estudiantes y p anificación desesiones de aprendizaje que contemple la ejecución d acciones depreparación y respuesta frente al FEN, por lo qu se evitaránactividades extracurriculares que atenten con el cumpli iento de lashoras efectivas pedagógicas (como juegos magisteriale , aniversariosinstitucionales u otros).

7.2.9. Los directores (as) de las II.EE. serán respons bles de darcumplimiento estricto a la propuesta de recalendarizacié n; así mismo,por la labor del personal que continuarán asistiendo con normalidad alcentro educativo, realizando acciones administr ivas y deplanificación propias de la labor docente (entre el 7 al 18 dediciembre). El personal directivo, los docentes y a ministrativoscontinuarán normalmente sus labores, salvo riesgo o situación deemergencia que pueda presentarse.

7.2.10. Las II.EE. brindarán las condiciones para el logro de los bjetivos de laECE 2015 en el marco del cumplimiento de los Co promisos deDesempeño 2016, así como asegurar la gestión escolar a nivel de suinstitución educativa, en salvaguarda de su comunidad e ucativa.

8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES:8.1 El cumplimiento de la presente Directiva es de carácter o ligatorio y de

responsabilidad de los Directores de las II.EE., Director de la8.2 Las acciones no previstas en la presente Directiva, serán re

Dirección Regional de E 'Puno.

O ROJAS PAREDESAL DE EDUCACiÓN

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