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Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos Manual de Organización CEPLAP-MO

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Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos

Manual de OrganizaciónCEPLAP-MO

Emisión: Febrero 2016

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GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTESCódigo:

CEPP-MO

MANUAL DE ORGANIZACIÓNResponsable: DGAEmisión: Junio 2013Nª Rev. /Fecha: 00 / SF

Versión:

Área responsable del control de documentos: Dirección General Administrativa Página 1

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I

GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTESCódigo:

CEPLAP-MO

MANUAL DE ORGANIZACIÓNResponsable: DGAEmisión: Nª Rev./Fecha:

ACUERDO OFMA/MO/____ DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE ESTA DEPENDENCIA.

En la Ciudad de Aguascalientes capital del Estado del mismo nombre, a los 13 días del mes de junio del año dos mil trece, el que suscribe C.P. CARLOS RUBALCAVA ARELLANO, en mi calidad de COORDINADOR ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS y de conformidad con lo establecido en los artículos 10 Fracción VI y 24 Fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes.

Hoja de Firmas

Por la Organización

Por Oficialía Mayor

NOTIFICACIÓN DE PROPIEDADLa información contenida en este documento es propiedad exclusiva de Gobierno del Estado de Aguascalientes y no deberá ser mostrada, reproducida o publicada sin previo permiso por escrito por parte del titular de la Dependencia o Entidad que aprueba.

Área responsable del control de documentos: Dirección General Administrativa Página 1

Integró:

______________________________F. Isela Paredes Moreno

Jefe del Departamento Administrativo

Validó:

______________________________Lic. Oliver Rodolfo Lara Manzanares

Director Jurídico

Liberó:

C.P. Carlos Rubalcava ArellanoCoordinador Estatal de Planeación y

Proyectos

Autorizó:

______________________________MBA Guillermo Muñoz Galván

Director General de Modernización Administrativa

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CONTENIDONº de Página

1. INTRODUCCIÓN....................................................................................................................................... 3

2. ANTECEDENTES..................................................................................................................................... 4

3. MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO...................................................................................................6

4. GLOSARIO............................................................................................................................................. 10

5. OBJETIVO GENERAL............................................................................................................................ 11

a. OBJETIVOS ESPECÍFICOS...............................................................................................................11

6. DIRECTRICES........................................................................................................................................ 11

7. ATRIBUCIONES..................................................................................................................................... 12

8. ESTRUCTURA ORGÁNICA...................................................................................................................15

9. ORGANIGRAMA..................................................................................................................................... 16

10. OBJETIVOS Y FUNCIONES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA............................................................20

1. COORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS.....................................................20

1.0.1. SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN......................................21

1.0.2. SECRETARÍA PRIVADA..............................................................................................................23

1.0.3. DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA.................................................................................23

1.0.4. DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA..............................................................................................27

1.1. SUBCOORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS..........................................29

1.1.1. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN......................................................30

1.1.2. DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL...........¡Error! Marcador no definido.

1.1.3. DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA..........................37

1.1.4. DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS...................................................................................48

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INTRODUCCIÓN

Con fundamento en el artículo 24 fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, se expide el Manual de Organización, el cual constituye un elemento de apoyo útil para el cumplimiento de las responsabilidades asignadas a cada una de las Unidades Administrativas de ésta Organización y a los objetivos establecidos conforme a la normatividad aplicable.

El presente Manual de Organización se elabora atendiendo los Lineamientos proporcionados por Oficialía Mayor, los cuales con base a la visión de la Administración Pública Estatal, deben contribuir a lograr una modernización administrativa y un gobierno eficiente a través de esquemas de organización que garanticen la prestación de servicios de manera eficiente y oportuna tanto a la población como a los servidores públicos.

El enfoque transmitido en el Manual busca la transformación organizacional como un medio para administrar eficientemente los recursos, adaptarse a los requerimientos y necesidades de la ciudadanía y aumentar la eficiencia e innovación de la gestión gubernamental con la finalidad de brindar servicios eficientes y suficientes

El Manual de Organización presenta en forma ordenada, los antecedentes, las atribuciones, el marco jurídico-administrativo, la estructura organizacional, los objetivos y las funciones de cada una de las unidades administrativas que forman parte de esta Organización. Esta información debe de ser una referencia obligada de consulta y orientación del personal ya que proporciona un marco de referencia a efecto de conocer el detalle de las actividades a desarrollar.

Finalmente, la eficiencia y eficacia que la sociedad reclama, debe ser fortalecida con la definición clara de las actividades de todos los puestos de trabajo que la estructura de gobierno establece y su difusión para el conocimiento de la ciudadanía. Es por ello que es necesario revisar, actualizar y en su caso modificar su contenido ya que de esta forma se garantizará a la ciudadanía la observancia de los principios de transparencia, integridad y honestidad en el aprovechamiento de los recursos públicos.

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ANTECEDENTES

El 1ro. de marzo de 1981 se emite por Decreto Presidencial que en todos los estados de la República Mexicana debe crearse un Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado (por sus siglas COPLADE) como organismo público, dotado de personal y patrimonio propios, siendo su primer titular el C. Arq. Jorge Arturo Medina Rodríguez, su reglamento interior fue publicado el 4 de octubre del mismo año.

Un año después se presenta una iniciativa de modificaciones y adiciones a los artículos 25,26, 27 y 28 de la Constitución General de la República a efectos de conformar la nueva visión de planeación, a la que posteriormente se le llamaría "Sistema Nacional de Planeación Democrática”.

En el periódico Oficial del 4 de enero de 1987 se publica la Ley de Planeación del Estado de Aguascalientes, la cual contempla dos órganos de Planeación. Por un lado a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional para el Desarrollo del Estado como la autoridad que ejercerá sus atribuciones en ésta materia; así mismo contempla al COPLADEA como organismo que coordinará las acciones de inversión de las tres instancias de gobierno, poco después SEPLADE toma el nombre de Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).

La nueva Ley del COPLADE se publica el 17 de julio de 2000, en esta Ley se establece la normatividad de operación de esta Dependencia, además de detallar las actividades del COPLADE y la estructura interna del mismo, estableciendo sus facultades y obligaciones.

El 18 de septiembre del 2000 se publica el Reglamento Interno del COPLADE y el Reglamento Interno de la Coordinación General del COPLADE; documentos que contemplan y profundizan el marco de actuación y las facultades de cada área que integra la Coordinación General del COPLADE; así como la organización y funcionamiento de las asambleas del COPLADE (plenaria y permanente).

El 12 de febrero del 2001 se publica la Ley de Información Estadística y Geográfica del Estado de Aguascalientes, en dicha Ley, se establece como Coordinador del Sistema Estatal de Información Estadística y Geográfica y como autoridad en esta materia al Coordinador General del COPLADE.

El 8 de noviembre del 2001 se publica la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, en la cual la Ley divide al COPLADE en dos estructuras:

a). La estructura externa o Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, está conformado por diversos órganos, donde de manera colegiada las instancias federales, estatales y municipales coordinan sus acciones en materia de planeación, con la participación de organismos representativos de la sociedad. Este esquema de participación fue creado desde 1981 como parte del Sistema Nacional de Planeación Democrática.

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b). La estructura interna, representada por la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, la cual coordina todas las acciones encaminadas para el desarrollo de la planeación en el Estado, contando para ello con una organización creada específicamente para ello.

El 26 de marzo del año 2003 se publica el Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, especificando en él todas sus funciones y obligaciones.

El jueves 24 de febrero del 2005 el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, mediante las cuales fusiona la función de Desarrollo Urbano de competencia hasta entonces de la Secretaría de Desarrollo Social, a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional en adelante Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional.

Con estas reformas publicadas el 21 de marzo del 2005, la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional cuenta con la competencia integral en materia de planeación incluyendo la parte urbana, en un contexto tanto Local, como interregional y Regional.

El 26 de septiembre del 2005 se publica en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional

El 8 de junio del 2009 fue publicada la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes.

El 28 de diciembre del 2010 se publica la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, en la cual el Artículo 15 sección XIII, menciona la creación de la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos como una dependencia Centralizada misma que sirve para el estudio, planeación, resolución y despacho de diversos asuntos de la Administración Pública, mismos que se describen en la sección Décima tercera, siendo la CEPLAP la responsable de planear y conducir las actividades con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Sexenal de Gobierno del Estado, así como a las políticas e instrucciones que emita el C. Gobernador para el óptimo despacho de los asuntos y el logro de las metas de los programas, así mismo es la responsable de despachar los asuntos que expresamente le atribuyen la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos.

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MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO

a. CONSTITUCIONESa.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. DOF 6 de febrero 1917.a.2 Constitución Política del Estado de Aguascalientes. DOF 28 de febrero de 2012.

b. LEYESb.1 LEYES FEDERALES

b.1.1 Ley Federal de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. DOF 16 de enero de 2012.

b.1.2 Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal Correspondiente. DOF 3 de enero de 2013.

b.1.3 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DOF 15 de enero del 2012.

b.1.4 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DOF 1 de abril del 2006.

b.1.5 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal Correspondiente. DOF 1 de enero de 2013.

b.1.6 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. DOF 15 de junio de 2012.

b.1.7 Ley General de Contabilidad Gubernamental. DOF 31 de diciembre de 2008. Última reforma publicada en DOF 12 de noviembre de 2012.

b.1.8 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Última reforma DOF 08 de junio de 2012.

b.1.9 Ley del Sistema Nacional de Información Estadistica y Geográfica. DOF 14 de julio de 2014

b.2 LEYES ESTATALESb.2.1 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes. POE 21

de enero de 2016, artículo 41.b.2.2 Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Aguascalientes.

POE 17 de julio de 2003, revisión 28 de julio de 2005.b.2.3 Ley de Presupuesto de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad

Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. POE 31 de diciembre de 2014.

b.2.4 Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal correspondiente. POE 31 de diciembre de 2012.

b.2.5 Ley de Planeación para el Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes. POE 8 de junio de 2009 Decreto Núm. 250 tomo LXXII, primera sección.

b.2.6 Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes. POE 18 de

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agosto de 2008 Decreto 122.b.2.7 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de

Aguascalientes. POE 13 de julio del 2009.b.2.8 Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes. POE 46 tomo LXIV del 12 de

noviembre del 2001.Última reforma POE tomo LXXIV del 31 de enero del 2011.b.2.9 Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

Aguascalientes. POE tomo LXIV 12 de noviembre de 2001.Última reforma POE tomo LXXIV del 31 de enero del 2011.

b.2.10 Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes. POE 6 de marzo de 2000 Decreto 89.

b.2.11 Ley de Coordinación Fiscal del Estado. POE 24 de diciembre del 2007, tomo LXX número 52, sección única, Decreto 18.

b.2.12 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes. POE 8 de agosto de 2011.

b.2.13 Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Aguascalientes. POF 6 de abril de 2009.

b.2.14 Ley de Catastro. POE 9 de diciembre del 2010, art. 13 fracc. XXV.b.2.15 Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Aguascalientes. POE 23

de abril de 2012.b.2.16 Ley de Información Estadística y Geográfica del Estado de Aguascalientes. POE

12 de febrero de 2001.b.2.17 Ley de Integración Social y Productiva de Personas con Discapacidad. POE 14

de febrero de 2000 primera sección.b.2.18 Ley de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado

de Aguascalientes. POE 08 de agosto de 2005.b.2.19 Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Aguascalientes.

Decreto 243. POE 27 de agosto del 2012.b.2.20 Ley General de Desarrollo Social. DOF 08 de abril de 2013.b.2.21 Ley del Servicio Civil de Carrera para el Estado de Aguascalientes. POE tomo

LXIV del 12 de noviembre de 2001.b.2.22 Ley de Proyectos y Prestación de Servicios del Estado de Aguascalientes. POE

Decreto número 337, 21 de junio del 2007.

c. CODIGOSc.1 Código Fiscal del Estado de Aguascalientes. Decreto número 62. 8 de agosto del

2005 tomo LXVIII número 32 sección única.

d. REGLAMENTOSd.1. Reglamento de la Ley Federal de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el

Estado de Aguascalientes. DOF del 28 de julio de 2010.d.2. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. DOF

05 de noviembre del 2012.

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d.3. Reglamento Interior de la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos. POE 11 de julio de 2011.

d.4. Reglamento de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes. POE 11 de octubre de 2010 tomo LXXIII, primera sección.

d.5. Reglamento del Consejo Estatal de Población de Aguascalientes. POE 29 de noviembre del 2004.

d.6. Reglamento del Sistema Estatal de Seguimiento y Evaluación de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes. POE 11 de octubre de 2010, tomo LXXIII, primera sección, Núm. 41.

d.7. Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano. POE tomo LXX número 34. 20 de agosto del 2007.

d.8. Reglamento del Recurso de Inconformidad del Instituto de Transparencia. POE tomo LXX número 20. 14 de mayo del 2007.

e. DECRETOSe.1. Decreto Administrativo que crea el Consejo Estatal de Población de Aguascalientes:

POE 20 de enero del 2008.e.2. Decreto de creación del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado 1 de

marzo de 1981.

f. ACUERDOSf.1. Acuerdo por el que aprueba la Norma Técnica para la elaboración de Metadatos

Geográficos. DOF 24 de diciembre del 2010.f.2. Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica de Estándares de Exactitud

Posicional. DOF 23 de diciembre de 2010.f.3. Acuerdo de Coordinación para la Distribución y Ejercicio de los subsidios del

Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20. DOF 30 de agosto de 2012 segunda sección

f.4. Acuerdo por el que aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos. DOF 12 de noviembre de 2010 cuarta sección.

f.5. Acuerdo por el que se crea el Comité Interinstitucional de Fallas Geológicas y Grietas del Estado de Aguascalientes. POE 23 de febrero de 2004, segunda sección.

g. LINEAMIENTOSg.1. Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la

Administración Pública Federal. DOF 30 de marzo de 2007, primera sección.g.2. Lineamientos para el Control y Uso de Vehículos Oficiales del Gobierno del Estado

de Aguascalientes. POE 17 de octubre de 2005.g.3. Lineamientos para el Registro y Control de los Bienes Muebles propiedad o al

Servicio del Gobierno del Estado de Aguascalientes. POE LXX 19 de febrero de 2007.

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h. OTRAS DISPOSICIONESh.1. Plan Nacional de Desarrollo 2012_2018. DOF _____.h.2. Plan Sexenal de Gobierno del Estado de Aguascalientes. POE 31 de mayo de 2011.h.3. Sistema de Evaluación al Desempeño. (Ley Orgánica de la Administración Pública)

POE 28 de diciembre de 2010 Artículo 42, fracciones IV y XI.h.4. Reglas de operación del Consejo Nacional de Armonización Contable.1 de marzo de

2013.

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GLOSARIO

Para el presente manual, se entenderá por:

a. Actividad.- Conjunto de acciones afines ejecutadas por una misma persona o una misma unidad administrativa, como parte de una función asignada.

b. Atribución.- Cada una de las funciones, actividades o tareas que se asignan a un funcionario o unidad administrativa mediante un instrumento jurídico o administrativo.

c. Autoridad.- Facultad de mando conferida a una institución o funcionario para que la ejerza directamente o la delegue en otros subalternos. Existen dos tipos de autoridad formal; la funcional, que es la facultad de mando que ejercen varios funcionarios en un mismo grupo de trabajo, cada uno para funciones distintas y la lineal, que es facultad de mando que ejerce exclusivamente un funcionario en un grupo de trabajo.

d. Cadena de Mando.- Es la relación (jerarquía de autoridad) entre las unidades administrativas que integran una estructura orgánica. Se extiende linealmente desde el área del Titular hasta nivel de Jefe de Departamento.

e. CEPLAP.- Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos.f. COESPO.- Consejo Estatal de Población.g. COPLADE.- Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado.h. DOF.- Diario Oficial de la Federación.i. INEGI.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.j. PAOPyPS.- Programa Anual de Obra Pública y Programas Sociales.k. POA.- Programa Operativo Anual.l. POE.- Periódico Oficial del Estado.m. PSGE.- Plan Sexenal de Gobierno del Estado.n. REN.- Registro Estadístico Nacional.o. SEDESOL.- Secretaría de Desarrollo Social.p. SEPLADE.- Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional.q. SIE´s.- Sistema de Indicadores Estratégicos.r. SIG-WEB.- Sistema de Información Georreferenciada del Estado de Aguascalientes.s. SNIEG.- Sistema Nacional de Informacion Estadística y Geografía t. SSEI.- Sistema de Seguimiento y Evaluación Integral.u. UAA.- Universidad Autónoma de Aguascalientesv. SED.- Sistema de Evaluación al Desempeño

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1. OBJETIVO GENERAL

El presente Manual tiene el objetivo de servir como instrumento administrativo para describir de forma estandarizada la estructura de nuestra organización, las directrices que sustentan su razón de ser, así como los objetivos y funciones de cada una de las Unidades Administrativas que la conforman. Esta información facilitará el control, seguimiento y evaluación del desempeño de la Organización y servirá de sustento en el proceso de modernización y mejora.

a. OBJETIVOS ESPECIFICOS

a.1 Definir el objetivo y funciones para cada Unidad Administrativa desde la Oficina del Titular hasta Jefaturas de Departamento, en base a las atribuciones conferidas en el Reglamento Interior, con la finalidad de especificar alcances, responsabilidades, evitar duplicidades y detectar omisiones.

a.2 Servir como documento de referencia en el establecimiento de los perfiles de cada uno de los puestos que integran la estructura orgánica.

a.3 Servir como documento de consulta o inducción, orientado al personal en la ejecución de las labores asignadas.

a.4 Coadyuvar en la ejecución correcta de las actividades asignadas al personal y propiciar la homologación del trabajo.

2. DIRECTRICES

a. Misión: Coordinar, concertar, gestionar e inducir recursos presupuestales para la realización de programas y proyectos de inversión estratégicos por parte de los tres órdenes de gobierno, sector social y privado; garantizando el desarrollo integral y sustentable del Estado, mediante una eficiente y transparente asignación de recursos públicos, teniendo como marco de actuación el cumplimiento del Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

b. Visión: Ser una dependencia líder de la Administración Pública Estatal que coordine los procesos de planeación, aplicación de estrategias y asignación de recursos, ubicando al Estado de Aguascalientes en el contexto nacional como la Entidad con mayor crecimiento económico y social, ocupando los primeros lugares en calidad de vida, bienestar, oportunidades y desarrollo sostenible, propiciando equilibrio, tranquilidad y estabilidad social.

c. Objetivos Estratégicos.c.1 Conducir, regular y coordinar el Sistema Estatal de Planeación (Plan Sexenal,

programas sectoriales, programas operativos anuales, entre otros);c.2 Conducir el Sistema Estatal de Programación, que permita integrar, controlar y evaluar

los Programas Anuales de Inversión Pública en el Estado;

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c.3 Concertar, coordinar y evaluar programas de inversión que se realicen con recursos estatales y/o federales, cuya ejecución se encomiende a las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y a los gobiernos municipales;

c.4 Coordinar los trabajos del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, COPLADE;

c.5 Coordinar el Sistema Estatal de Información, integrando, sistematizando y difundiendo información estadística y geográfica, garantizando su oportunidad, actualización y confiabilidad;

c.6 Operar el Sistema Integral de Gestión de Proyectos, con el propósito de obtener recursos adicionales para la realización de obras y proyectos estratégicos que detonen el crecimiento e induzcan un desarrollo integral y sustentable.

c.7 Operar el Consejo Estatal de Población, COESPO.

3. ATRIBUCIONES

Las atribuciones de la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos se encuentran en la Ley Orgánica de la Administración Pública publicada el 21 de enero de 2016, Sección Décima Tercera, Artículo 41 en las siguientes fracciones:

I. Proyectar y coordinar las actividades de planeación del desarrollo estatal, y promover las acciones que deriven de su implantación;

II. Conducir, regular y coordinar el Sistema Estatal de Planeación; III. Formular el Plan de Desarrollo del Estado, con la participación de los sectores público,

privado y social, en los términos de la legislación de la materia, y someterlo a la consideración y aprobación del Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

IV. Integrar, priorizar y encauzar la demanda social de obras y acciones al Poder Ejecutivo, en coordinación con la Secretaría de Bienestar y Desarrollo Social;

V. Establecer los procedimientos, criterios y lineamientos generales para la elaboración e integración de los programas estatales, sectoriales, institucionales y regionales, que se deriven del Plan de Desarrollo del Estado, y elaborar los programas especiales que le señale el Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

VI. Concertar, coordinar, instaurar y evaluar, los programas de inversión, de desarrollo social y productivo, que se realicen con los recursos estatales o federales y cuya ejecución se encomiende a las Dependencias y Entidades o a los municipios de la Entidad, de conformidad con la legislación, normas y acuerdos que regulen la administración, aplicación y vigilancia de estos recursos;

VII. Supervisar, en coordinación con la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, el complimiento de los programas a que se refiere la fracción anterior y el adecuado ejercicio de los recursos correspondientes;

VIII. Coordinar la Planeación Operativa Anual; Decreto 221 (reforma 03/08/2015)

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IX. Coordinar la planeación de la obra pública de manera conjunta con las Secretarías de Infraestructura y Comunicaciones, Gestión Urbanística y Ordenamiento Territorial, y la de Bienestar y Desarrollo Social, y proponerla al Gobernador del Estado;

X. Orientar a las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo, para que sus programas y acciones concurran al cumplimiento de los objetivos y metas contenidas en el Plan de Desarrollo del Estado;

XI. Ejecutar acciones que procuren la congruencia de la Planeación en los tres ámbitos de gobierno;

XII. Coordinar las acciones para la actualización permanente del Plan de Desarrollo del Estado;

XIII. Coordinar· los trabajos de la Asamblea Plenaria, la Comisión Permanente y los Subcomités del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, en los términos que se señalen en la Ley y en el Reglamento Interno del Comité;

XIV. Ejecutar los acuerdos que le instruya el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

XV. Proponer al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes la creación de subcomités y grupos de trabajo sectorial, regional, de género y especial;

XVI. Participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno de los organismos descentralizados, por disposición legal o por instrucción del Gobernador del Estado;

XVII. Facilitar la celebración de acuerdos de cooperación entre la sociedad y las tres instancias de gobierno y generar mecanismos que aseguren la permanente participación ciudadana en los procesos de planeación estatal;

XVIII. Participar en las reuniones de los Comités de Planeación de la Región Centro-Occidente y organismos análogos y, en su caso, en reuniones nacionales;

XIX. Coordinar el Sistema Estatal de Información y realizar las acciones para el buen funcionamiento del Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica;

XX. Formular y mantener actualizado el diagnóstico de los requerimientos de desarrollo estatal, regional y municipal, de corto, mediano y largo plazo;

XXI. Coordinar los proyectos de asociación público-privada regulados por la ley de la materia, así como los que se realicen con cualquier esquema de asociación para desarrollar proyectos de inversión productiva, investigación aplicada o de innovación tecnológica;

XXII. Prestar asistencia económico-financiera a las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal cuando lo requieran;

XXIII. Dar seguimiento y realizar la evaluación de resultados de las inversiones estratégicas en que participen recursos estatales;

XXIV. Detectar desviaciones de la aplicación de las inversiones, resultados y consecuencias, respecto a la programación de su instrumentación y los resultados esperados,

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determinando medidas correctivas y recomendar su aplicación a las dependencias o entidades responsables;

XXV. Crear el sistema integral de gestión de proyectos para la ejecución de las políticas públicas estatales, para lo cual llevará a cabo las siguientes actividades:a. Identificación, acopio y, en su caso, formulación de proyectos;b. Elaboración de estudios de prefactibilidad técnico-financieros y de validación social

de los proyectos así como de congruencia con el Plan de Desarrollo del Estado;c. Análisis de las opciones de oportunidad financiera para la ejecución de proyectos; yd. Gestión de los recursos financieros, estatales, federales, internacionales, públicos o

privados;XXVI. Mantener informado al Gabinete sobre el inventario de proyectos las prioridades

identificadas y los niveles de viabilidad;XXVII. Apoyar a las Dependencias y Entidades en la formulación, seguimiento y evaluación

de sus proyectos;XXVIII. Formular los proyectos especiales que le encomiende el Titular del Poder Ejecutivo

del Estado y participar en su instrumentación, seguimiento y evaluación en los términos que éste le indique;

XXIX. Coordinar las acciones que la Federación y el Gobierno del Estado convengan con los gobiernos municipales para el desarrollo integral de las diversas regiones del Estado; Decreto 118 reforma (31/12/2014)

XXX. Ejercer las funciones que corresponden al Secretariado Técnico del Consejo Estatal de Población; Decreto 118 reforma (31/12/2014)

XXXI. Diseñar, coordinar y operar el Sistema de Evaluación del Desempeño previsto en la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, así como las otras atribuciones que con respecto a este Sistema le confiera la legislación aplicable; y Decreto 118 adición (31/12/2014)

XXXII. Ejercer las atribuciones y facultades que le señalen las demás leyes, códigos, reglamentos y ordenamientos de carácter general, así como las derivadas de convenios, contratos o cualquier otro tipo de acuerdo.

Liga de acceso directo a la ley:

http://www.aguascalientes.gob.mx/gobierno/leyes/leyes_PDF/10022016_122503.pdf

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4. ESTR|UCTURA ORGANICA:

1 Coordinador Estatal de Planeación y Proyectos1.0.1 Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población1.0.2 Secretaría Privada1.0.3 Director General Administrativo

1.0.3.1 Jefe del Departamento Administrativo1.0.3.2 Jefe del Departamento de Informática1.0.3.3 Jefe del Departamento de Servicios Integrales

1.0.4 Director General Jurídico1.0.4.1 Director Jurídico

1.0.4.0. Jefe del Departamento de Convenios y Licitaciones1.1 Subcoordinador Estatal de Planeación y Proyectos

1.1.1 Director General de Planeación y Evaluación1.1.1.1 Director de Planeación Regional, Estatal y Sectorial

1.1.1.1.1 Jefe del Departamento de Planeación Regional y Estatal1.1.1.1.2 Jefe del Departamento de Planeación Sectorial

1.1.1.2 Director de Evaluación Regional, Estatal y Sectorial1.1.1.2.1 Jefe del Departamento de Políticas Públicas Regionales y Estatales.1.1.1.2.2 Jefe del Departamento de Políticas Públicas Municipales y Sectoriales.

1.1.1.2.3 Director de la Unidad Integral del Sistema de Evaluación al Desempeño (SED)

1.1.1.2.4 Jefe de Departamento de Seguimiento al SED1.1.2 Director General de Programación y Control

1.1.2.1 Director de Programación Institucional y Sectorial1.1.2.1.1 Jefe del Departamento de Seguimiento a los Programas

Institucionales1.1.2.1.2 Jefe del Departamento de Seguimiento de Ramo 20

1.1.2.2 Director de Seguimiento y Control1.1.2.2.1 Jefe del Departamento de Seguimiento y Control

1.1.2.3 Director de Gestión de Proyectos de Inversión1.1.2.3.1 Jefe del Departamento de Proyectos de Inversión

1.1.2.4 Director de Normatividad y Atención a Auditorias1.1.2.4.1. Jefe del Departamento de Normatividad y Atención a Auditorias

1.1.3 Director General de Información Estadística y Geográfica1.1.3.1 Director de Integración y Procesamiento de la Información

1.1.3.1.1 Jefe del Departamento de Integración y Procesamiento de Información1.1.3.2 Director de Cartografía y Representación Espacial

1.1.3.2.1 Jefe del Departamento de Georreferenciación1.1.3.2.2 Jefe del Departamento de Representación

1.1.3.3 Director de Análisis y Difusión de la Información1.1.3.3.1 Jefe del Departamento de Interpretación y Análisis1.1.3.3.2 Jefe del Departamento de Publicación y Difusión

1.1.4 Director General de Proyectos1.1.4.1 Director de Evaluación de Proyectos

1.1.4.1.1 Jefe del Departamento de Evaluación Ambiental1.1.4.1.2 Jefe del Departamento de Evaluación Económica1.1.4.1.3 Jefe del Departamento de Proyectos de Impacto Económico1.1.4.1.4 Jefe del Departamento de Proyectos Sociales1.1.4.1.5 Jefe del Departamento de Infraestructura y Equipamiento

Estructura orgánica aprobada por la Coordinación Especializada en la Gestión de Capital Humano

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de la Oficialía Mayor, con el oficio Nº CEGCH/265/2013 de fecha 10 de junio de 2013.ORGANIGRAMAS

Falta remplazar los Organigramas restructurados

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Organigrama aprobado por la Coordinación Especializada en la Gestión de Capital Humano de la Oficialía Mayor, con el oficio Nº CEGCH/265/2013 de fecha 10 de junio de 2013.

Liga de acceso directo al organigrama completo:http://www.aguascalientes.gob.mx/transparencia/buengobierno/organigramas/ImprimeOrganigramatrans2.asp?CC=10184&Nav=0

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5. OBJETIVOS Y FUNCIONES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA

1. COORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS

OBJETIVO: Coordinar, concertar, gestionar e inducir actividades y recursos con las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno y sectores social y privado, a fin de que se cumpla lo establecido en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, al mismo tiempo de inducir la planeación integral del Estado.

FUNCIONES:I. Desempeñar las funciones y comisiones especiales que el C. Gobernador le confiera, y

mantenerlo informado del desarrollo de las mismas;II. Formular y proponer al Gobernador, por conducto de la Secretaría General de Gobierno,

los proyectos de iniciativas de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y convenios, sobre los asuntos competencia de la Coordinación Estatal;

III. Comparecer, por instrucción del C. Gobernador, ante la Legislatura del Estado para informar sobre el estado que guarda su ramo o sector correspondiente, o bien cuando se discuta una ley, o se estudie un asunto relacionado con sus actividades;

IV. Coordinar, conducir y regular el Sistema Estatal de Planeación, en los términos de la legislación aplicable y de conformidad con los objetivos, estrategias, lineamientos, políticas y prioridades del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y con los que determine el C. Gobernador;

V. Someter a consideración y aprobación del C. Gobernador el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, así como los demás planes y programas que señale la ley de la materia;

VI. Coordinar el Sistema Estatal de Información y realizar las acciones para el buen funcionamiento del Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, de conformidad con las leyes de la materia;

VII. Crear el Sistema Integral de Gestión de Proyectos y mantener informado al Gabinete sobre el inventario de proyectos;

VIII. En coordinación con la Secretaría de Gestión Urbanística y Ordenamiento Territorial, dictaminar la factibilidad del diseño y autorización de las rutas de transporte público;

IX. Coordinarse con la Secretaría de Desarrollo Económico, para la difusión de información sobre las actividades económicas del Estado;

X. Coordinarse con las dependencias competentes en los procesos de liberación inmobiliaria, expropiación y ocupación temporal por causas de utilidad pública;

XI. Promover y apoyar conjuntamente con la Secretaría de Bienestar y Desarrollo Social, mecanismos de financiamiento para el bienestar social y el desarrollo regional, urbano y rural;

XII. Proponer al C. Gobernador la celebración de acuerdos de coordinación para efectos de planeación del desarrollo estatal;

XIII. Validar y participar en calidad de testigo en conjunto con la Secretaría de Finanzas, en los

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acuerdos de coordinación que celebre el Gobernador por sí o a través de las dependencias o entidades que tengan competencia para ello, con el Gobierno Federal, gobiernos municipales del Estado, entidades paraestatales federales y otras instancias o poderes; con el objeto de transferir o combinar recursos para la ejecución de obras, acciones y programas;

XIV. Proponer al C. Gobernador, el Programa Anual de Obra Pública en los términos de la ley de la materia;

XV. Planear y someter a consideración del Gobernador, la organización de la Coordinación Estatal, así como elaborar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, en coordinación con las Dependencias correspondientes;

XVI. Nombrar, previo acuerdo del C. Gobernador, a los titulares de las unidades administrativas que integran la Coordinación Estatal;

XVII. Resolver los recursos administrativos que se interpongan en contra de actos emitidos por servidores públicos de la Coordinación Estatal, en los términos legales aplicables;

XVIII. Aplicar las sanciones previstas en las disposiciones legales en materia de su competencia, y dar seguimiento a la aplicación de las que correspondan a otras autoridades;

XIX. Coordinar la formulación del Anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Administración Pública Estatal, a efecto de que sea presentado a la Secretaría de Finanzas, en los términos de la legislación aplicable;

XX. Celebrar convenios de coordinación y concertación con el Gobierno Federal, con otras entidades federativas, con los ayuntamientos de la Entidad y con los particulares, en los términos de la Ley y demás disposiciones legales aplicables;

XXI. Participar en el trabajo de los Gabinetes Estratégicos y Sectorización de las Dependencias y Entidades, con base en los lineamientos que le determine el Gobernador;

XXII. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación del Reglamento, así como en los casos no previstos en el mismo; y

XXIII. Las demás que con ese carácter se establezcan en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables o las que el Gobernador le encomiende.

1.0.1. SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN

OBJETIVO:Diseñar, instrumentar, conducir y evaluar la política de población en el Estado de Aguascalientes.

FUNCIONES:I. Realizar, bajo la supervisión del Coordinador General, y someter al pleno del Consejo, los

programas de corto y mediano plazo y operativos anuales de población; II. Elaborar, bajo la supervisión del Coordinador General, el presupuesto anual del propio

Consejo;III. Observar un desempeño administrativo eficiente, acorde con el presupuesto que se le

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asigne; IV. Coordinar y administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados; V. Actuar como enlace del Gobierno del Estado en lo relacionado con la materia de población,

ante el Consejo Nacional de Población, grupos interinstitucionales relacionados con la materia, la Comisión de Enlace con los municipios y el Consejo Consultivo Ciudadano para la Política Pública de Población del estado de Aguascalientes, así como ante las asociaciones de aguascalentenses dentro y fuera del país;

VI. Promover criterios sociodemográficos y lineamientos de los programas Nacional y Estatal de población vigentes, así como los programas específicos de las dependencias y los municipios;

VII. Impulsar el establecimiento y operación de la Comisión de Enlace con los municipios del Estado y el Consejo Consultivo Ciudadano para la Política Pública de Población;

VIII. Coordinar la ejecución de los acuerdos que emanen de la Asamblea General del Consejo, fungir como Secretario de Actas en las sesiones de la Asamblea y conducir las labores de los grupos especiales de trabajo que se acuerde formar;

IX. Cumplir con las tareas que le sean encomendadas por el Presidente del Consejo; X. Solicitar a las dependencias, delegaciones del gobierno Federal, presidencias municipales

y organismos del sector privado y sociedad civil, la información necesaria para los programas operativos anuales de población;

XI. Establecer un proceso de seguimiento y evaluación de las acciones comprometidas en los programas operativos anuales de población por las dependencias de los tres órdenes de gobierno y por los organismos del sector privado y de la sociedad civil, que participen en dichos programas;

XII. Elaborar, bajo la supervisión del Coordinador General, los informes semestrales y anuales sobre las actividades del Consejo, para consideración de la Asamblea General del mismo;

XIII. Presentar al pleno del Consejo, a las presidencias municipales, Consejo Consultivo Ciudadano y al resto de las dependencias, diagnósticos de la situación sociodemográfica del Estado y sus localidades, haciendo propuestas con el propósito de que la problemática detectada a partir de índices e indicadores se incorpore en los distintos programas sectoriales de las dependencias, así como en los programas de desarrollo de los municipios del Estado;

XIV. Proponer al Presidente del Consejo, programas y acciones de política pública relacionados con la población, a ser concertados entre el Gobierno del Estado y sus dependencias, los municipios y las delegaciones del gobierno Federal en el Estado;

XV. Promover la celebración de acuerdos de cooperación y convenios de trabajo en aspectos relacionados con la política sociodemográfica, entre dependencias del sector público, privado y social, así como proponer los relacionados con las asociaciones de aguascalentenses residentes en el extranjero;

XVI. Establecer acervos de información estadística y geográfica relacionada con la población, tanto en archivos documentales como electrónicos, que sirvan de base para la elaboración de estudios de carácter sociodemográfico que sustenten las tareas del Consejo, así como para la consulta de las dependencias de los tres órdenes de gobierno, organismos del

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sector público y de la sociedad civil, investigadores, estudiantes y público en general, en virtud del carácter público de la información demográfica;

XVII. Difundir entre la sociedad en general, la información y los diagnósticos que se realicen en la Secretaría Técnico del Consejo, así como otros los relacionados con la población, con el propósito de establecer entre los habitantes de la entidad una sólida cultura demográfica; y

XVIII. Propiciar la participación del Secretariado Técnico del Consejo en cursos, foros y talleres de corte sociodemográfico, buscando con esto reforzar la capacidad técnica del personal de la misma, así como compartir hallazgos y experiencias en materia de investigaciones y ejecución de políticas públicas relacionadas con la población y su desarrollo.

1.0.2. SECRETARÍA PRIVADA

OBJETIVO:Apoyar en la planeación, organización y seguimiento de las diversas reuniones de gabinetes gubernamentales al Coordinador Estatal de Planeación y Proyectos.

FUNCIONES:I. Dar seguimiento a las reuniones de gabinetes gubernamentales en las que participa el

Coordinador, mediante la organización de la documentación necesaria para cada una las reuniones, así como informar el calendario de las reuniones;

II. Planear, organizar y dar seguimiento a las reuniones de trabajo con funcionarios estatales, federales y municipales; y

III. Elaborar la proyección de la agenda del Coordinador Estatal de Planeación y Proyectos.

1.0.3. DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

OBJETIVO: Planear, coordinar y proporcionar los recursos financieros, materiales, humanos e informáticos necesarios para el logro de los objetivos de la Coordinación Estatal.

FUNCIONES:I. Establecer, con la aprobación del Titular, los lineamientos, criterios, sistemas y

procedimientos para la administración del personal y de los recursos financieros y materiales de la Coordinación Estatal, de acuerdo a sus objetivos y programas;

II. Diseñar, aplicar, dar seguimiento y evaluar las políticas y procedimientos para la modernización e innovación gubernamental de la Coordinación Estatal;

III. Gestionar ante la Secretaría de Finanzas, la autorización del anteproyecto del presupuesto anual de la Coordinación Estatal y las modificaciones al mismo durante su ejercicio, una vez aprobado;

IV. Autorizar la afectación presupuestal de los convenios y contratos que suscriba la Coordinación Estatal, previo dictamen de la Dirección General Jurídica, así como de los demás documentos que impliquen actos de administración;

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V. Revisar y proponer, en su caso, las adecuaciones de la estructura programática de la Coordinación Estatal, en coordinación con las direcciones generales responsables de la ejecución del presupuesto y programas, así como las prioridades del Programa Operativo Anual y su correspondiente presupuesto de gasto;

VI. Autorizar las erogaciones del presupuesto de la Coordinación Estatal, y vigilar su ejercicio y contabilidad;

VII. Representar a la Coordinación Estatal ante cualquier autoridad fiscal en relación al ejercicio de su presupuesto;

VIII. Proporcionar a las direcciones generales de la Coordinación Estatal los recursos financieros que requieran para su operación, de conformidad con la asignación presupuestal aprobada, así como autorizar las afectaciones presupuestales y la documentación comprobatoria, conforme a las normas establecidas para tal efecto;

IX. Difundir las políticas y normas para el ejercicio del gasto emitidas por la Secretaría de Finanzas, instrumentando los mecanismos de control del ejercicio presupuestal, así como verificar el cumplimiento de las mismas;

X. Someter a consideración del Titular las propuestas de reestructuración orgánica de las direcciones generales y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal y

XI. Someter a la aprobación del Titular las medidas técnicas y administrativas para la organización, funcionamiento, desconcentración, simplificación, descentralización y modernización administrativa de la Coordinación Estatal;

XII. Conducir las relaciones laborales de la Coordinación Estatal en los términos de las disposiciones legales aplicables y de las condiciones generales de trabajo;

XIII. Supervisar la aplicación del programa de estímulos y recompensas que determine la ley respectiva y las condiciones generales de trabajo;

XIV. Revisar y dar seguimiento a la elaboración y actualización de los manuales de organización y procedimientos de la Coordinación Estatal;

XV. Establecer y atender el servicio profesional de carrera, así como los sistemas de administración de personal y de servicio social;

XVI. Gestionar y verificar el pago de las remuneraciones correspondiente al personal de la Coordinación Estatal;

XVII. Coordinar y proporcionar, en su caso, las prestaciones y servicios de carácter social, cultural, deportivo y recreativo para el personal de la Coordinación Estatal;

XVIII. Coordinar las funciones de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene de la Coordinación Estatal;

XIX. Difundir las condiciones generales de trabajo de la Coordinación Estatal, vigilando su cumplimiento;

XX. Vigilar la aplicación de las medidas dictadas por las autoridades correspondientes, en relación con el establecimiento, mantenimiento y operación del Programa Interno de Protección Civil;

XXI. Integrar el Programa Anual de Adquisiciones de la Coordinación Estatal de acuerdo con los requerimientos de las direcciones generales y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal,

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XXII. Realizar las adquisiciones establecidas con los alcances que determinen las autoridades superiores, así como dar seguimiento a la documentación correspondiente a las erogaciones que procedan;

XXIII. Celebrar las licitaciones que se requieran para la adquisición de bienes y servicios de la Coordinación Estatal y coordinar la suscripción de los instrumentos jurídicos relacionados con la adquisición, enajenación y arrendamiento de servicios y bienes, en los términos de la legislación aplicable;

XXIV. Aplicar las normas y criterios para la adquisición de bienes y suministros, control de activos y aprovechamiento óptimo de los recursos materiales de la Coordinación Estatal;

XXV. Fijar y aplicar las normas para proporcionar los servicios generales necesarios para el adecuado funcionamiento de las direcciones generales y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal;

XXVI. Supervisar el desarrollo de los sistemas y mecanismos para el almacenamiento, control y actualización de los inventarios de la Coordinación Estatal;

XXVII. Supervisar el desarrollo, implementación, mantenimiento y actualización de las aplicaciones informáticas adecuadas a los requerimientos de la Coordinación Estatal; y

XXVIII. Dar de baja e intervenir en las licitaciones de los bienes muebles puestos al servicio de la Coordinación Estatal, con apego a las disposiciones legales aplicables y con la intervención que corresponda a otras Dependencias y Entidades.

1.0.3.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

OBJETIVO:Planear y coordinar todos los recursos necesarios para atender las necesidades operativas de la correcta administración.

FUNCIONES:I. Difundir los lineamientos, criterios, sistemas y procedimientos para la administración del

personal y de los recursos financieros y materiales de la Coordinación Estatal, de acuerdo a sus objetivos y programas;

II. Apoyar al Director General en el diseño, aplicación, seguimiento y evaluación de las políticas y procedimientos para la modernización e innovación gubernamental de la Coordinación Estatal;

III. Auxiliar al Director General en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de la Coordinación Estatal y las modificaciones al mismo durante su ejercicio, una vez aprobado;

IV. Realizar el trámite necesario para la afectación presupuestal de los convenios y contratos que suscriba la Coordinación Estatal, previo dictamen de la Dirección General Jurídica, así como de los demás documentos que impliquen actos de administración;

V. Elaborar las adecuaciones de la estructura programática de la Coordinación Estatal, en coordinación con las direcciones generales responsables de la ejecución del presupuesto y programas, así como las prioridades del Programa Operativo Anual y su correspondiente presupuesto de gasto;

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VI. Vigilar el ejercicio y contabilidad de las erogaciones del presupuesto de la Coordinación Estatal,

VII. Proporcionar a las diferentes áreas de la Coordinación Estatal los recursos materiales o servicios que requieran para su operación; de conformidad con la asignación presupuestal aprobada, así como tramitar las afectaciones presupuestales o la documentación comprobatoria, conforme a las normas establecidas para tal efecto;

VIII. Apoyar al Director General en la difusión de las políticas y normas para el ejercicio del gasto emitidas por la Secretaría de Finanzas, instrumentando los mecanismos de control del ejercicio presupuestal, así como verificar el cumplimiento de las mismas;

IX. Elaborar en coordinación de las diferentes áreas de la Coordinación las propuestas de reestructuración orgánica de las direcciones generales y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal;

X. Elaborar y actualizar los manuales de organización y procedimientos de la Coordinación Estatal;

XI. Tramitar y controlar las incidencias del personal de la Coordinación, para el trámite de pago de las remuneraciones correspondiente al mismo;

XII. Apoyar al Director General en la difusión de las condiciones generales de trabajo de la Coordinación Estatal;

XIII. Vigilar el buen desarrollo del procedimiento de archivo; XIV. Apoyar al Director General en la Integración del programa anual de adquisiciones de la

Coordinación Estatal de acuerdo con los requerimientos de las direcciones generales y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal,

XV. Elaborar la documentación correspondiente a las erogaciones que procedan; XVI. Realizar los trámites necesarios para el desarrollo de las licitaciones que se requieran para

la adquisición de bienes y servicios de la Coordinación Estatal; XVII. Verificar la aplicación de las normas y criterios para la adquisición de bienes y suministros,

control de activos y aprovechamiento óptimo de los recursos materiales de la Coordinación Estatal.

1.0.3.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

OBJETIVO:Programar, mantener y coordinar el buen funcionamiento de los sistemas informáticos, la red de voz y datos; así como las páginas de la Coordinación; administrando para ello el equipo de cómputo. Organizar, controlar, promover y evaluar el desarrollo y operación de la informática con el propósito de apoyar las actividades administrativas, para que la Coordinación Estatal cumpla eficientemente sus objetivos.

FUNCIONES:I. Realizar y promover las acciones necesarias para la conservación y mantenimiento del

equipo Informático de la Coordinación Estatal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

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II. Establecer y desarrollar los sistemas y mecanismos para el almacenamiento, control y actualización de los inventarios informáticos de la Coordinación Estatal;

III. Desarrollar, implementar, mantener y actualizar las aplicaciones informáticas adecuadas a los requerimientos de la Coordinación Estatal; y

IV. Dar de baja los bienes informáticos puestos al servicio de la Coordinación Estatal, con apego a las disposiciones legales aplicables.

1.0.3.3. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS INTEGRALES

OBJETIVO:Coordinar, proporcionar y dar seguimiento a los programas de carácter social, cultural, así como de mantenimiento de mobiliario y equipo y de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

FUNCIONES:I. Difundir y coordinar las prestaciones y servicios de carácter social, cultural, deportivo y

recreativo para el personal de la Coordinación Estatal; II. Difundir, coordinar y dar seguimiento a la participación del personal en el programa de la

Comisión Mixta de Seguridad e Higiene de la Coordinación Estatal; así como las medidas dictadas por las autoridades correspondientes, en relación con el establecimiento, mantenimiento y operación del Programa Interno de Protección Civil;

III. Coordinar y supervisar los servicios de distribución de documentos oficiales; IV. Realizar y promover las acciones necesarias para la conservación y mantenimiento de los

bienes muebles, inmuebles y equipo de la Coordinación Estatal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

V. Mantener actualizados los sistemas y mecanismos para el almacenamiento, control y actualización de los inventarios de la Coordinación Estatal; con apego a las disposiciones legales aplicables y con la intervención que corresponda a otras dependencias y entidades.

VI. Elaborar, actualizar y ejecutar el Programa Interno de Protección Civil, en base a la legislación aplicable.

1.0.4. DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA

OBJETIVO:Auxiliar al Titular en la elaboración de anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y manuales, dentro de su competencia y, en su caso, las reformas y actualizaciones a las mismas, así como en los procesos de liberación inmobiliaria, expropiación y ocupación temporal por causas de utilidad pública en coordinación con las dependencias competentes.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Titular de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría de

Desarrollo Social Federal en términos de lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal, y en coordinación con la Secretaría de Finanzas, para realizar el cálculo de distribución a los municipios del Fondo para la Infraestructura Social Municipal;

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II. Participar por encomienda del Titular en la discusión de anteproyectos de leyes que las dependencias u organismos presenten y que se relacionen con las funciones de la Coordinación Estatal;

III. Substanciar y proponer al Titular el proyecto de resolución de los recursos administrativos que interpongan los particulares ante la Coordinación Estatal;

IV. Auxiliar a la Dirección General de Planeación y Evaluación en la propuesta que se presente al Titular para la creación de subcomités y grupos de trabajo que sean puestos a consideración del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

V. Auxiliar a la Dirección General de Información Estadística y Geográfica y a la Dirección General de Planeación y Evaluación, en las inspecciones para llevar a cabo la verificación de la información estadística y geográfica, cuando los datos proporcionados sean incongruentes o incompletos;

VI. Mantener actualizado al Titular, Subcoordinador, directores generales y directores de área de las publicaciones y modificaciones a leyes relacionadas con la actividad de la Coordinación Estatal; y

VII. Tramitar la inscripción en el Instituto Nacional del Derecho de Autor los sistemas de cómputo y las demás creaciones intelectuales susceptibles de registro que se desarrollen en la Coordinación Estatal.

1.0.4.1. DIRECCIÓN JURÍDICA

OBJETIVO:Auxiliar al Titular o Director General en la elaboración de anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y manuales, dentro de su competencia y, en su caso, las reformas y actualizaciones a las mismas.

FUNCIONES:I. Elaborar todo tipo de demandas, reconvenciones, contestaciones, denuncias o querellas que

sean necesarias para proteger los intereses de la Coordinación Estatal y del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, y dar seguimiento a su tramitación ante los tribunales, fungiendo como delegado ante los mismos por parte de la Coordinación Estatal y pudiendo autorizar a profesionales del derecho para oír y recibir toda clase de notificaciones;

II. Elaborar proyectos de determinación y aplicación de sanciones a que se refiere la Ley de Información Estadística y Geográfica del Estado de Aguascalientes;

III. Auxiliar a la Dirección General de Planeación y Evaluación en la elaboración de las actas y, en su caso, minutas de las sesiones del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, así como asesorar al respecto, a los coordinadores y secretarios técnicos de los subcomités del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

IV. Elaborar los estudios y análisis jurídicos relacionados con la actividad de la Coordinación Estatal y del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

V. Elaborar los contratos, convenios, bases de coordinación o de colaboración que se le encomienden por parte del Titular y de las direcciones generales adscritas a la Coordinación Estatal; así como elaborar y, en su caso, revisar los convenios operativos derivados de los suscritos por el Gobernador, que sean necesarios para el cumplimiento de las atribuciones

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de la Coordinación Estatal en el ámbito de su competencia, y atender consultas jurídicas del Titular, del Subcoordinador y de los directores generales;

VI. Fungir como titular de la unidad de enlace de la Coordinación Estatal en materia de transparencia y acceso a la información pública del Estado, con las funciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes;

VII. Expedir copias certificadas y constancias de expedientes relativos a asuntos de su competencia y coadyuvar con las políticas y lineamientos establecidos por el C. Gobernador; y

VIII. Firmar en ausencia del Titular los informes solicitados por autoridades administrativas y judiciales, así como las demandas, contestaciones de demandas, ofrecimientos de pruebas, alegatos, interposición de recursos e incidentes que sean competencia de la Coordinación Estatal;

1.0.4.1.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE CONVENIOS Y LICITACIONES

OBJETIVO: Auxiliar al Director Jurídico en la elaboración de anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y manuales, dentro de su competencia y en su caso las reformas y actualizaciones a las mismas. Así como auxiliar en la revisión de convenios y contratos que se presenten en la Coordinación Estatal.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Director Jurídico en la formulación de acuerdos para el ejercicio de los recursos

relativos a la Instructora social básica;II. Auxiliar al Director Jurídico para dar seguimiento ante los tribunales para oír y recibir toda

clase de notificaciones;III. Dar seguimiento y coordinación a programas gubernamentales;IV. Elaborar los contratos y convenios, bases de coordinación que se le encomienden por parte

del Titular y de las direcciones generales adscritas a la Coordinación Estatal;V. Elaborar todo tipo de demandas, reconvenciones, contestaciones, denuncias o querellas

que sean necesarias para proteger los intereses de la Coordinación Estatal y del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, y dar seguimiento a su tramitación ante los tribunales, fungiendo como delegado ante los mismo por parte de la Coordinación Estatal y pudiendo autorizar a profesionales del derecho a oír y recibir toda clase de notificaciones;

VI. Revisar los convenios operativos derivados de los suscritos por el C. Gobernador.

1.1. SUBCOORDINACIÓN ESTATAL DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS

OBJETIVO:Apoyar al Titular en la coordinación de los esquemas e instrumentos que garanticen los procesos de información, planeación, programación, presupuestación y evaluación a las Dependencias y organismos de nivel Estatal, así como de proyectos estratégicos y sistemáticos, dentro de un

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proceso que fomente y favorezca la participación de la comunidad.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Titular en la atención de asuntos de su competencia;

II. Asesorar y apoyar técnicamente en asuntos de su competencia, a las direcciones generales, direcciones de área, departamentos y demás unidades administrativas de la Coordinación Estatal a su cargo;

III. Dar seguimiento al trámite de los asuntos que se canalizan a las diversas unidades administrativas a su cargo;

IV. Coordinar y verificar el flujo de información entre las diversas unidades administrativas a su cargo;

V. Acordar con el Titular, el despacho de los asuntos y la ejecución de los proyectos que le sean encomendados;

VI. Desempeñar las funciones y comisiones que el Titular le encomiende o delegue, manteniéndolo informado sobre el desarrollo de sus actividades;

VII. Vigilar que se cumpla con las disposiciones legales y administrativas, en todos los asuntos de la competencia de las diversas unidades administrativas a su cargo y coordinar entre ellas sus respectivas labores;

VIII. Proponer al Titular las modificaciones administrativas que deban hacerse para la mejor organización y operación de la Coordinación Estatal;

IX. Proporcionar la información, datos o la cooperación que le sea requerida por otras dependencias y entidades, previo acuerdo con el Titular;

X. Suplir al Titular cuando proceda, en las diversas comisiones, comités, organismos, juntas de gobierno y demás mecanismos de coordinación administrativa; y

XI. Promover, apoyar y difundir estudios e investigaciones en las materias que constituyen el ámbito de competencia de la Coordinación Estatal, previo acuerdo con el Titular.

1.1.1. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN

OBJETIVO:Auxiliar al Titular en la instalación coordinación, y operación del Sistema Estatal de Planeación Democrática, y el Sistema Estatal de Seguimiento y Evaluación conjuntamente con los instrumentos de planeación que los conforman, así como a determinar las metodologías y procedimiento para el seguimiento y evaluación de los resultados de los planes y programas en términos de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Titular en la sistematización de los programas y las líneas de acción de las

dependencias y entidades que deriven del Plan Sexenal de Gobierno del Estado;II. Formular el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, con la participación de los sectores

público, privado y social, en los términos de la legislación de la materia, y someterlo a la consideración y aprobación del Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

III. Auxiliar al Titular en la coordinación de las acciones en el proceso de la planeación del desarrollo;

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IV. Proyectar y coordinar las actividades de planeación del desarrollo estatal, y promover las acciones que deriven de su implementación;

V. Auxiliar al Titular en la coordinación para la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación de los planes y programas contenidos en la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes, escuchando la opinión y tomando en cuenta las propuestas de las dependencias federales, estatales, los ayuntamientos y de los grupos e individuos interesados;

VI. Establecer los procedimientos, criterios y lineamientos generales para la elaboración e integración de los programas estatales, sectoriales, institucionales y regionales, que se deriven del Plan Sexenal de Gobierno del Estado, y elaborar los programas especiales que le señale el Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

VII. Proponer al Titular acciones para procurar la congruencia de la planeación del desarrollo del Estado, con la planeación y la conducción del desarrollo Nacional y poner en práctica mecanismos eficaces de control y evaluación de los planes y programas;

VIII. Auxiliar al Titular a coordinar la integración de los sectores social y privado en el Sistema Estatal de Planeación Democrática, procurando la incorporación de su esfuerzo y productividad en el proceso de desarrollo del Estado;

IX. Promover y coordinar las actividades en materia de capacitación para la planeación;X. Proponer al Titular la celebración de acuerdos de coordinación de alcance mesoregional,

interestatal, interregional y metropolitano; XI. Auxiliar al Titular en la coordinación de los trabajos del Comité de Planeación para el

Desarrollo del Estado de Aguascalientes; XII. Proponer al Titular la creación de subcomités y grupos de trabajo para que sean puestos a

consideración del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;XIII. Auxiliar al Titular en la coordinación de los trabajos del Consejo para el Desarrollo

Metropolitano del Estado de Aguascalientes; XIV. Proponer al Titular las acciones que la Federación y el Gobierno del Estado deban convenir

con los gobiernos municipales para el desarrollo integral de las diversas regiones del Estado;

XV. Asesorar a las dependencias y entidades, así como a los municipios del Estado que lo soliciten en aspectos de planeación y evaluación;

XVI. Promover la celebración de convenios de asociación y coordinación entre el Gobierno del Estado y los municipios del Estado para fines de colaboración en la planeación intrarregional y metropolitana del desarrollo mediante el esquema de integración por regiones administrativas;

XVII. Auxiliar al Titular en las demás funciones que le sean conferidas por la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado, su Reglamento y demás leyes, reglamentos, acuerdos y circulares en la materia;

XVIII. Auxiliar en la supervisión y coordinación con la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, el cumplimiento de los programas a que se refiere la fracción anterior y el adecuado ejercicio de los recursos correspondientes;

XIX. Coordinar la Planeación Operativa Anual; XX. Orientar a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, para que sus programas y

acciones concurran al cumplimiento de los objetivos y metas contenidas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado;

XXI. Auxiliar en la ejecución de los acuerdos que le instruya el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

XXII. Participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno de los

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MANUAL DE ORGANIZACIÓNResponsable: DGAEmisión: Junio 2013Nª Rev. /Fecha: 00 / SF

organismos descentralizados, por disposición legal o por instrucción del C. Gobernador del Estado;

XXIII. Formular y mantener actualizado el diagnóstico de los requerimientos de desarrollo estatal, regional y municipal, de corto, mediano y largo plazo;

XXIV. Apoyar a las dependencias y entidades en la formulación, seguimiento y evaluación de sus proyectos;

XXV. Coordinar las actividades para la elaboración del Informe Anual de Gobierno;XXVI. Coordinar la administración y dar seguimiento al Sistema de Evaluación al Desempeño

conforme a la programación presupuestal para el logro de resultados.XXVII. Recibir solicitudes de alta de proyectos por parte de SEFI y de las unidades administrativas

de las dependencias de la Administración Pública Estatal, para su captura y ejecución en el año fiscal vigente en el Sistema de Información Integral Financiera (SIIF) que gestiona y controla la Secretaria de Finanzas.

XXVIII. Solicitar a las dependencias, entidades y fideicomisos de la Administración Pública Estatal, así como organismos autónomos, proyectos para integrar la propuesta presupuestal para el ejercicio fiscal del siguiente año y realizar su registro en el SIIF de forma coordinada con SEFI; y

XXIX. Las demás funciones y encargos que le sean asignados por parte del Titular.

1.1.1.1. DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN REGIONAL, ESTATAL Y SECTORIAL.

OBJETIVO:Auxiliar al Director General en el desarrollo, coordinación y operación de los Instrumentos de Planeación que conforman el Sistema de Planeación Democrática, el de Seguimiento y Evaluación, así como a determinar las metodologías y procedimiento para el seguimiento y evaluación de los resultados de los planes y programas en términos de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Proyectar y coordinar las actividades de planeación del desarrollo estatal,

II. Promover las acciones que deriven de su implementación;III. Conducir, regular y coordinar el Sistema Estatal de Planeación;IV. Formular el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, con la participación de los sectores

público, privado y social, en los términos de la legislación de la materia, y someterlo a la consideración y aprobación del Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

V. Establecer los procedimientos, criterios y lineamientos generales para la elaboración e integración de los programas estatales, sectoriales, institucionales y regionales, que se deriven del Plan Sexenal de Gobierno del Estado, y elaborar los programas especiales que le señale el Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

VI. Auxiliar al Director General en la supervisión del cumplimiento de los programas a que se refiere la fracción anterior en coordinación con la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas;

VII. Auxiliar al Director General en la coordinación la Planeación Operativa Anual de las diferentes dependencias del Estado;

VIII. Apoyar al Director General en la orientación y asesoría a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, para que sus programas y acciones ayuden al cumplimiento de los

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objetivos y metas contenidas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado; IX. Ejecutar acciones que procuren la congruencia de la planeación en los tres órdenes de

gobierno; X. Coordinar las acciones para la actualización permanente del Plan Sexenal de Gobierno del

Estado; XI. Coordinar los trabajos de la Asamblea Plenaria, la Comisión Permanente y los Subcomités

del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes, en los términos que se señalen en la Ley y en el Reglamento Interno del Comité;

XII. Ejecutar los acuerdos que le instruya el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

XIII. Proponer al Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes la creación de subcomités y grupos de trabajo sectorial, regional, de género y especial;

XIV. Participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno de los organismos descentralizados, por disposición legal o por instrucción del C. Gobernador del Estado;

XV. Formular y mantener actualizado el diagnóstico de los requerimientos de desarrollo estatal, regional y municipal, de corto, mediano y largo plazo; y

XVI. Apoyar al Director General de Planeación y Evaluación en la coordinación para la elaboración del Informe Anual de Gobierno.

1.1.1.1.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN REGIONAL Y ESTATAL

OBJETIVO:Auxiliar al Director General y Director de área en el desarrollo, coordinación y operación de los instrumentos de planeación que integran el Sistema de Planeación Democrática, como son los programas interregionales, conformadas por dos o más municipios al interior del Estado, en los cuales se establecen los términos de los convenios de asociación y coordinación para la planeación, seguimiento y evaluación, las metodologías y procedimiento para el seguimiento y evaluación de los resultados de los proyectos y procesos que se establecen para el cumplimiento de dichos programas Interregionales en términos de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Establecer los procedimientos, criterios y lineamientos generales para la elaboración e

integración de los programas estatales, sectoriales, institucionales y regionales, que se deriven del Plan Sexenal de Gobierno del Estado, y elaborar los programas especiales que le señale el Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

II. Ejecutar acciones que procuren la congruencia de la Planeación en los tres ámbitos de gobierno;

III. Apoyar el Director en la coordinación de las acciones para la actualización permanente del Plan Sexenal de Gobierno del Estado;

IV. Auxiliar al Director en la formulación y mantenimiento actualizado del diagnóstico de los requerimientos de desarrollo estatal, regional y municipal, de corto, mediano y largo plazo;

V. Apoyar a las dependencias y entidades en la formulación, seguimiento y evaluación de sus proyectos; y

VI. Apoyar al Director de Planeación Regional, Estatal y Sectorial en el análisis y procesamiento de la información para la elaboración del Informe Anual de Gobierno.

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1.1.1.1.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN SECTORIAL

OBJETIVO:Auxiliar al Director General y Director de área en el desarrollo, coordinación y operación de los instrumentos de planeación que integran el Sistema de Planeación Democrática, como son los programas sectoriales que el decreto administrativo establece para la coordinación de la planeación, seguimiento y evaluación, así como a determinar las metodologías y procedimiento para el seguimiento y evaluación de los resultados de los proyectos y procesos que se establecen para el cumplimiento de dichos programas sectoriales en términos de la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Ejecutar los acuerdos que le instruya el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado

de Aguascalientes; II. Representar al Director en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno

de los organismos descentralizados, III. Formular y mantener actualizado el diagnóstico de los requerimientos de desarrollo

sectorial, de corto, mediano y largo plazo; IV. Apoyar a las dependencias y entidades en la formulación, seguimiento y evaluación de sus

proyectos sectoriales; V. Participar en la coordinación para la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación

del Plan Sexenal del Estado. VI. Participar en la formulación de los Informes del Gobierno del Estado durante el sexenio.

1.1.1.2. DIRECTOR DE EVALUACIÓN REGIONAL, ESTATAL Y SECTORIAL.

OBJETIVO:Auxiliar al Titular y Director General en el desarrollo, coordinación y operación del Sistema Estatal de Seguimiento y Evaluación, que forma parte del Sistema Estatal de Planeación y será el mecanismo permanente de evaluación participativa y a través del cual se establecerán las relaciones conducentes para el seguimiento y la evaluación coordinada de los logros y avances de los distintos instrumentos de planeación.

FUNCIONES:I. Conformar y proponer actividades de verificación, medición, así como detección y

corrección de desviaciones o insuficiencias de carácter cualitativo y cuantitativo, tanto en la instrumentación como en la ejecución de los diferentes instrumentos de planeación, centrándose en los correspondientes objetivos, metas y acciones;

II. Asesorar a las dependencias y entidades, así como a los municipios del Estado que lo soliciten en aspectos de evaluación;

III. Participar en la formulación, evaluación y seguimiento del Plan Sexenal de Gobierno del Estado;

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IV. Coadyuvar en el Sistema Integral de Gestión de Proyectos, para la ejecución de las políticas públicas estatales;

V. Participar en la coordinación de las acciones que la Federación y el Gobierno del Estado convengan con los gobiernos municipales para el desarrollo integral de las diversas regiones del Estado.

VI. Participar en la formulación de los Informes del Gobierno del Estado;VII. Auxiliar al Director en las demás funciones que le sean conferidas por la Ley de Planeación

del Desarrollo Estatal y Regional del Estado, su Reglamento y demás leyes, y reglamentos.

1.1.1.2.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS REGIONALES Y ESTATALES

OBJETIVO:Auxiliar al Director General y Director de área en el planteamiento, propuesta, desarrollo, coordinación y operación de actividades que fortalezcan los programas sectoriales con la intervención de las dependencias participantes en cada subcomité sectorial que integra el COPLADE, con la participación de los municipios, en favor de los objetivos, prioridades y políticas que regirán el desempeño de los proyectos estatales y municipales en coordinación con la Administración Pública Federal, observando que los acuerdos queden contemplados en los diferentes instrumentos de planeación Estatal.

FUNCIONES:I. Participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno de los

organismos descentralizados, por disposición legal o por instrucción del C. Gobernador del Estado;

II. Formular y mantener actualizado el diagnóstico de los requerimientos de desarrollo estatal, regional y municipal, de corto, mediano y largo plazo; y

III. Apoyar a las dependencias y entidades en la formulación, seguimiento y evaluación de sus proyectos;

IV. Asesorar a los municipios del Estado que lo soliciten en aspectos de evaluación;V. Apoyar la promoción de celebración de convenios de asociación y coordinación entre el

Gobierno del Estado y los municipios para fines de colaboración en la planeación intrarregional y metropolitana del desarrollo mediante el esquema de integración por regiones administrativas; y

VI. Coadyuvar en la formulación de los informes de gobierno del Estado.

1.1.1.2.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS SECTORIALES Y MUNICIPALES

OBJETIVO:Auxiliar al Director General y Director de área en el planteamiento, propuesta, desarrollo, coordinación y operación de actividades que fortalezcan los programas sectoriales con la

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intervención de las dependencias participantes en cada subcomité sectorial.

FUNCIONES:I. Participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos de gobierno de los

organismos descentralizados, por disposición legal o por instrucción del C. Gobernador del Estado;

II. Apoyar en la formulación del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas y proyectos que de este se deriven;

III. Apoyar a las dependencias y entidades en la formulación, seguimiento y evaluación de sus proyectos;

IV. Asesorar a los municipios del Estado que lo soliciten en aspectos de evaluación; V. Apoyar la promoción de celebración de convenios entre el Gobierno del Estado y los

municipios para fines de colaboración en la planeación intrarregional y metropolitana; VI. Auxiliar en las actividades de planeación del desarrollo estatal y promover las acciones que

deriven de su implementación;VII. Coadyuvar en los procedimientos, criterios y lineamientos para la elaboración e integración

de los programas, que se deriven del Plan Sexenal de Gobierno del Estado;VIII. Buscar acuerdos de cooperación entre la sociedad y las tres instancias de gobierno,

asegurando la participación ciudadana en los procesos de la Planeación Estatal. IX. Coadyuvar en la formulación de los Informes de Gobierno del Estado.

1.1.1.3. DIRECTOR DE LA UNIDAD INTEGRAL DEL SISTEMA DE EVALUACION AL DESEMPEÑO (SED)

OBJETIVO:Auxiliar al Titular y Director General en el desarrollo, coordinación y operación del Sistema de Evaluación al Desempeño (SED) que da seguimiento e informa de los resultados alcanzados en los indicadores de desempeño y en las metas de los programas presupuestarios, en base a la metodología de Marco Lógico; en apego a los planes y programas, con fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Diseñar, coordinar y operar la administración y seguimiento del Sistema para el SED,

conforme a la programación presupuestal al logro de resultados;II. Emitir los lineamientos para la operación del SED; III. Emitir los lineamientos relativos a la participación de los evaluadores externos en el marco

del SED;IV. Llevar a cabo la capacitación de las herramientas de monitoreo y evaluación del SED; V. Impartir capacitación en materia de Evaluación del Desempeño;VI. Formular un Plan de Evaluación del Desempeño de los programas presupuestarios;VII. Revisar los indicadores de desempeño, tomando en cuenta la autoevaluación respecto a la

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medición del grado de cumplimiento de dichos indicadores que realicen las dependencias;VIII. Emitir recomendaciones a las dependencias del Ejecutivo, con base a los resultados de las

evaluaciones a los indicadores del desempeño.IX. Dar seguimiento al cumplimiento sobre las recomendaciones; yX. Elaborar informe anual que contenga los resultados de las evaluaciones realizadas en el

año.

1.1.1.3.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO AL SED

OBJETIVO:Auxiliar al Director de área en el desarrollo, operación y actualización del Sistema de Evaluación al Desempeño (SED) que da seguimiento e informa de los resultados alcanzados en los indicadores de desempeño y en las metas de los programas presupuestarios, en base a la metodología de Marco Lógico; en apego a los planes y programas, con fundamento en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, la Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado de Aguascalientes y sus reglamentos.

FUNCIONES:I. Desarrollar y operar la administración del Sistema para el SED;II. Mantenimiento periódico del sistema informático del SED;III. Realizar modificaciones y/o actualizaciones de la información del SED;IV. Apoyar en la coordinación para ingresar en tiempo los resultados de los indicadores de

desempeño;V. Coadyuvar en la impartición de las capacitaciones en materia de evaluación del

desempeño;VI. Brindar asistencia en el diseño de las herramientas de monitoreo y evaluación del SED.

1.1.2. DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL

OBJETIVO:Apoyar al Titular en la coordinación, autorización y control de la ejecución de los programas de inversión y gasto de la obra pública estatal, monitoreando que las acciones estratégicas planeadas por las dependencias del Ejecutivo, que atiendan las estrategias, objetivos, líneas de acción, programas de trabajo y metas establecidas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, así mismo verificar que dichas acciones estratégicas se apeguen a lo establecido en los diferentes ordenamientos del territorio, planes municipales de desarrollo urbano y proyectos regionales.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Titular a coordinar la planeación y programación anual de la obra pública, a

través del Sistema Estatal de Infraestructura y Equipamiento;II. Emitir los documentos para la aprobación, control y validación de los expedientes técnicos

de las obras y acciones derivadas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y de los programas sectoriales e institucionales, con cargo a los fondos federales y estatales;

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III. Dar seguimiento a las obras y acciones derivadas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y del Programa Anual de Obra Pública, tanto en lo físico como en lo financiero; lo primero mediante el análisis de los reportes de avances de obra rendidos por las dependencias ejecutoras; y, lo segundo a través del análisis de los reportes financieros generados por la Secretaría de Finanzas;

IV. Auxiliar al Titular a coordinar la implementación de los programas de inversión derivados de convenios en materia de Desarrollo Social;

V. Revisar los reportes trimestrales del ejercicio financiero y del cierre del ejercicio en el Estado de los programas del Ramo 20, previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en coordinación con la Secretaría de Finanzas del Estado y las dependencias y entidades ejecutoras;

VI. Evaluar, integrar, priorizar y encauzar la demanda social de infraestructura y acciones sociales, en coordinación con las dependencias y entidades, que conforme a sus facultades resulten competentes;

VII. Revisar de manera periódica el destino de los recursos presupuestales asignados en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado y en los programas sectoriales, informando al Titular las acciones necesarias a efecto de corregir las irregularidades detectadas;

VIII. Auxiliar al Titular en los trabajos del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

IX. Proponer al Titular la creación de subcomités y grupos de trabajo para que sean puestos a consideración del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

X. Proponer al Titular mecanismos de financiamiento para el desarrollo regional;XI. Auxiliar al Titular en el consenso de las acciones que la Federación y el Gobierno del

Estado convengan con los gobiernos municipales para el desarrollo intrarregional y de la zona metropolitana del Estado;

XII. Auxiliar al Titular a coordinar las acciones de inversión de la Federación en el Estado relativas a los programas de desarrollo socioeconómico, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y los convenios que se celebren con las autoridades federales;

XIII. Vigilar el cumplimiento de las funciones de las unidades administrativas a su cargo;XIV. Delegar, previo acuerdo con el Titular, las atribuciones indispensables para la adecuada

atención de las funciones que tiene encomendadas y establecer los criterios que sean necesarios para el trámite y la resolución de los asuntos que le correspondan;

XV. Asesorar y apoyar técnicamente en asuntos de su competencia a los servidores públicos de la Coordinación Estatal;

XVI. Presentar propuestas de reformas y adiciones a los reglamentos, así como a toda la legislación que se relacione con las actividades de la Dirección General según su competencia, canalizándolas a la Dirección General Jurídica para su revisión y con el Titular para acuerdo; y

XVII. Desarrollar los estudios, proyectos y actividades que el Titular o el Subcoordinador les encomienden.

1.1.2.1. DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN INSTITUCIONAL

OBJETIVO:Auxiliar a la Dirección General a coordinar, y programar los proyectos de inversión y gasto de la obra pública estatal, monitoreando las acciones estratégicas planeadas por las dependencias del Ejecutivo, que atiendan las estrategias, objetivos, líneas de acción, programas de trabajo y metas

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establecidas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

Dar seguimiento y control a los programas y proyectos establecidos en los convenios realizados por las dependencias competentes del Ramo 20. Encauzar y priorizar la demanda ciudadana a las areas correspondientes para su revisión.

FUNCIONES: I. Auxiliar al Director General a coordinar la programación anual de la obra pública;

II. Auxiliar al Director General a coordinar la implementación de los programas de inversión derivados de convenios en materia de Desarrollo Social;

III. Revisar y validar los reportes trimestrales del ejercicio financiero y del cierre del ejercicio en el Estado de los programas del Ramo 20, previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en coordinación con la Secretaría de Finanzas del Estado y las dependencias y entidades ejecutoras;

IV. Evaluar, integrar, priorizar y encauzar la demanda social de infraestructura y acciones sociales, en coordinación con las dependencias y entidades;

V. Auxiliar al Director General a llevar a cabo las acciones para aplicar los mecanismos de financiamiento para el desarrollo regional;

VI. Analizar y dar seguimiento a los reportes trimestrales del ejercicio financiero y del cierre del ejercicio en el Estado del Fondo III del Ramo 33, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

VII. Vigilar el cumplimiento de las funciones de las unidades administrativas a su cargo;VIII. Asesorar y apoyar técnicamente en asuntos de su competencia a los servidores públicos de

la Coordinación Estatal; yIX. Desarrollar los estudios, proyectos y demás actividades que el Director General le

encomiende.

1.1.2.1.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO A LOS PROGRAMAS INSTITUCIONALES

OBJETIVO:Auxiliar al seguimiento a los programas de inversión, de desarrollo social y productivo, que se realicen con los recursos estatales o federales y cuya ejecución se encomiende a las dependencias y entidades o a los municipios de la Entidad, de conformidad con la legislación, normas y acuerdos que regulen la administración, aplicación y vigilancia periódica de estos recursos.

FUNCIONES:I. Promover el desarrollo integral de los municipios mediante medidas encaminadas al

fortalecimiento de las instituciones públicas;II. Dar seguimiento a la aplicación de la normatividad de los programas gubernamentales; y

III. Tramitar y seguimiento al Programa de Atención Ciudadana, así como encausar a las áreas correspondientes.

1.1.2.1.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE RAMO 20

OBJETIVO:

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Coadyuvar al seguimiento de los programas de inversión pública, coordinar el seguimiento de la gestión de las aprobaciones de inversión pública de las diferentes fuentes de financiamiento federal, para la correcta aplicación de los mismos.

FUNCIONES:I. Revisar y validar los expedientes técnicos de las obras públicas y programas sociales del

Ramo 20;II. Coordinar y dar seguimiento a los programas financiados con recursos federales del Ramo

20;III. Implementar el Manual de Operación del Programa de Obra Pública y Programas Sociales;

yIV. Desarrollar los estudios, proyectos y demás actividades que se les encomiende.

1.1.2.2. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

OBJETIVO: Coordinar y controlar la ejecución de los programas de inversión y gasto de la obra pública estatal, monitoreando que las acciones estratégicas planeadas por las dependencias del Ejecutivo, que atiendan las estrategias, objetivos, líneas de acción, programas de trabajo y metas establecidas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado, así mismo verifica que dichas acciones se apeguen a lo establecido en los diferentes ordenamientos del territorio, planes municipales de desarrollo urbano y proyectos regionales.

FUNCIONES:I. Auxiliar al Director General a coordinar la programación anual de la obra pública, a través

del Sistema Estatal de Infraestructura y Equipamiento;II. Revisar los recursos de los expedientes técnicos de las obras y acciones derivadas del

Plan Sexenal de Gobierno del Estado y de los programas sectoriales e institucionales. III. Dar seguimiento a las obras y acciones derivadas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado

y del Programa Anual de Obra Pública.IV. Auxiliar al Director General a coordinar la implementación de los programas de inversión

derivados de convenios en materia de Desarrollo Social; V. Revisar los reportes trimestrales del ejercicio financiero y del cierre del ejercicio en

coordinación con la Secretaría de Finanzas del Estado y las dependencias y entidades ejecutoras;

VI. Revisar de manera periódica el destino de los recursos presupuestales asignados en los Programas de Obra Pública derivados del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y en los programas sectoriales, informando al Titular las irregularidades detectadas;

VII. Auxiliar al Director General en los trabajos del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes;

VIII. Auxiliar al Director General en el consenso de las acciones que la Federación y el Gobierno del Estado convengan con los gobiernos municipales para el desarrollo intraregional y de la zona metropolitana del Estado;

IX. Auxiliar al Director General a coordinar las acciones de inversión de la Federación en el Estado relativas a los programas de desarrollo socioeconómico, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y los convenios que se celebren con las autoridades federales;

X. Vigilar el cumplimiento de las funciones de las unidades administrativas a su cargo;

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XI. Delegar, previo acuerdo con el Director General, las atribuciones indispensables para la adecuada atención de las funciones que tiene encomendadas y establecer los criterios que sean necesarios para el trámite y la resolución de los asuntos que le correspondan;

XII. Canalizar a las áreas competentes de la Coordinación Estatal y en su caso de las demás dependencias y entidades, las consultas y peticiones que planteen los gobiernos municipales del Estado;

XIII. Asesorar y apoyar técnicamente en asuntos de su competencia a los servidores públicos de la Coordinación Estatal.

1.1.2.2.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

OBJETIVO:Emitir la aprobación de recursos a los expedientes técnicos de las obras, acciones y programas presentados por las dependencias, entidades y unidades administrativas, a efecto de cumplir con la ejecución del Programa Anual de Inversión Estatal.

FUNCIONES:I. Revisar y validar los expedientes técnicos de las obras públicas y programas sociales

integrados al PAOPyPS y emitir los oficios de aprobación respectivos.II. Integrar la propuesta preliminar del Plan Anual de Obra Pública y Programas Sociales.

III. Implementación del Manual de Operación del Programa de Obra Pública y Programas Sociales;

IV. Asesorar a las dependencias y entidades, así como a los municipios del Estado que lo soliciten, respecto a la integración de expedientes técnicos,

V. Archivar y resguardar expedientes, copiar y entregar aprobaciones de expedientes técnicos.

1.1.2.3. DIRECCION DE GESTION DE PROYECTOS DE INVERSION

OBJETIVO:Gestionar en coordinación con las dependencias y municipios del Estado, los recursos públicos para la ejecución de proyectos de infraestructura estratégicos, requeridos para impulsar el desarrollo social y económico del Estado.

FUNCIONES:I. Gestionar los recursos públicos requeridos para la ejecución de proyectos de

infraestructura, atendiendo a los lineamientos publicados anualmente por la SHCP para cada uno de los fondos;

II. Capacitar y trabajar en coordinación con los enlaces municipales y de las dependencias estatales para cumplir en tiempo y forma con las disposiciones de la SHCP, para la requisición, obtención y ejecución de recursos;

III. Dar seguimiento al estatus y avance en la cartera de proyectos anual, para prevenir el incumplimiento en el alcance de metas y detectar posibles problemas desde la gestión del recurso;

IV. Elaborar reportes de avance para la Coordinación Estatal, y la Secretaría de Finanzas del Estado;

V. Auxiliar al Director General a llevar a cabo las acciones para aplicar los mecanismos de

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financiamiento para el desarrollo regional.

1.1.2.3.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS DE INVERSION

OBJETIVO:Auxiliar en la coordinación, organización y administración de las bases de datos para la actualización del Sistema de Información Trimestral.

FUNCIONES:I. Diseño y desarrollo del sistema para la administración de información referente a la

aprobación de expedientes técnicos de la Dirección de Programación y Control;II. Diseño y desarrollo de base de datos del Sistema para la administración de información

referente a la aprobación de expedientes técnicos de la Dirección de Programación y Control;

III. Actualización de información en la base de datos de proyectos;IV.Mantenimiento y generación de respaldos de la base de datos; yV. Mantenimiento general del sistema.

1.1.2.4. DIRECCION DE NORMATIVIDAD Y ATENCION A AUDITORIAS

OBJETIVO:Analizar la legislación vigente, para la correcta aplicación de la misma, auxiliar a la coordinación, organización y administración en apego a la normatividad y reglamentación.

FUNCIONES:

I. Revisar y validar que las obras y acciones de los expedientes técnicos que sean presentados a la Coordinación cumplan con la normatividad vigente de cada uno de los fondos tanto federales como estatales o municipales, para que el uso de los recursos públicos en el estado y municipios se ejerzan bajo norma;

II. Verificar que el principio de anualidad se lleve a cabo dentro de los parámetros normativos refiriéndose a que la institución revisa las cuentas correspondientes al ejercicio fiscal correspondiente y sus variantes:

III. Realizar las validaciones correspondientes para que la aplicación de los recursos, el cumplimiento de metas y objetivos de los fondos federales y programas destinados, en estados y municipios, respeten lo que estipula la ley de coordinación fiscal y la normatividad vigente.

IV. Verificar que cada proyecto se asiente según los parámetros que establece la Ley de acuerdo a los fondos, programas, convenios o acuerdos según el caso particular de cada proyecto y que los servidores públicos solicitantes de recursos estén en el cumplimiento de la misma;

V. Atender, documentar, responder y dar seguimiento a las auditorías efectuadas por parte de los entes auditores federales y estatales.

VI. Conocer las leyes y reglamentos y en general la normatividad vigente relacionada con los fondos federales y estatales. Identificar y comunicar a sus superiores cualquier irregularidad o incumplimiento en las leyes o normas vigentes y recomendar las medidas correctivas para subsanar dichas irregularidades.

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1.1.2.4.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE NORMATIVIDAD Y ATENCION A AUDITORIAS

OBJETIVO:Auxiliar al análisis de la legislación actual, para la correcta aplicación de la misma, auxiliar a la coordinación, organización y administración en apego a la normatividad y reglamentación.

FUNCIONES:

I. Auxiliar al seguimiento del correcto desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de objetivos y metas, con énfasis en la elaboración, adecuación y aplicación de la normatividad.

II. Apoyar en la fiscalización de manera interna del uso de los recursos públicos federales en el estado y municipios.

III. Verificar el apego al principio de anualidad refiriéndose a que la institución revisa las cuentas correspondientes a un año fiscal en específico.

IV. Auxiliar en evaluación del grado de cumplimiento de metas y objetivos de los programas gubernamentales; si estos fueron realizados con eficacia, eficiencia y economía, así como su impacto, -social y económico- y beneficios para la ciudadanía.

V. Auxiliar en el control interno de la documentación de las auditorías efectuadas a los Entes Públicos con el fin de coadyuvar en la atención de las observaciones según el caso.

VI. Auxiliar en la recepción de informes de auditorías efectuadas a los Entes Públicos.VII. Auxiliar en la Integración y revisión de los documentos de auditorías efectuadas a los

Entes Públicos. VIII. Estudiar la normatividad, misión, políticas, estrategias y planes, y programas de trabajoIX. Controlar y atender los requerimientos del Sistema de Formato Único de la SHCP.X. Manejar las leyes y reglamentos y en general la normatividad vigente relacionada con

los fondos federales y estatales. Identificar y comunicar a sus superiores cualquier irregularidad o incumplimiento en las leyes o normas vigentes y recomendar las medidas correctivas para subsanar dichas irregularidades

1.1.3. DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA

OBJETIVO:Mantener en funcionamiento el Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, aportando herramientas y asesoramiento a las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, sectores social y privado para avanzar en la existencia de registros administrativos modernizados en materia estadística y geográfica.

FUNCIONES:

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I. Formular el Programa Estatal de Estadística y Geografía y sus programas operativos anuales, así como operar y mantener actualizado el Sistema Estatal de Información Estadística y Geográfica, SEIEG;

II. Aplicar las leyes y reglamentos federales y estatales en la materia; al mismo tiempo de dar seguimiento a los acuerdos y actividades establecidas con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI;

III. Fungir como Secretario de Actas del Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica.

IV. Complementar el Anexo Estadístico de los Informes de Gobierno con información estadística y geográfica con desagregación municipal, estatal y/o nacional;

V. Realizar estudios de opinión, económicos y sociales que incidan en la formulación, seguimiento y control del proceso de planeación Estatal.

VI. Poner a consideración del Titular la realización o contratación de estudios y/o proyectos en materia de información estadística y geográfica propios o solicitados por parte de las dependencias y entidades integrantes del Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica, informando a la Secretaria de Finanzas, SEFI, si la opinión es favorable.

VII. Auxiliar al Titular en la realización de reuniones del Comité de Planeación para el Desarrollo Estatal, COPLADE, comités de planeación nacionales, regionales u organismos similares, así como proporcionar información estadística y geográfica que requiera el Secretariado Técnico del Consejo Estatal de Población, COESPO.

VIII. Asesorar a dependencias, entidades y municipios del Estado que lo soliciten, en materia de información estadística y geográfica.

IX. Coordinar la publicación, distribución y difusión de información estadística y geográfica que generan las dependencias y entidades que llevan a cabo registros administrativos internos, fortaleciendo su proceso de modernización.

X. Efectuar y auxiliar a calificar infracciones, con apoyo de la Dirección General Jurídica, a fin de garantizar el correcto resguardo, flujo, uso y divulgación de información estadística y geográfica, conforme a la legislación aplicable.

XI. Las demás funciones y encargos que le sean asignados por parte del Titular.

1.1.3.1. DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN Y PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

OBJETIVO:Organizar, revisar y publicar información estadística que proporcionan dependencias de los tres órdenes de gobierno y sectores social y/o privado, dando prioridad a la modernización de sus registros administrativos, los cuales serán los insumos del Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica.

FUNCIONES:

I. Integrar información estadística que generan dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno y sectores social y privado integrantes del Comité estatal de Información Estadística y Geográfica.

II. Mantener actualizado y funcionando el Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, SEIEG, realizando reportes de evaluación y seguimiento de la participación e involucramiento de las dependencias y entidades en materia estadística.

III. Coordinarse con el INEGI, para captar, procesar y difundir información estadística generada

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por las dependencias a través de sus registros administrativos; Dando seguimiento a los programas y líneas de acción establecidas en el Programa Estatal de Estadística y Geografía y sus programas operativos anuales.

IV. Establecer criterios para la creación y seguimientos de indicadores estratégicos.V. Asesorar a dependencias, entidades y municipios del Estado que lo soliciten en aspectos

de información estadística.VI. Auxiliar al Director General en la coordinación de las acciones que proporcionen

información estadística actualizada y validada al proceso de planeación Estatal.VII. Promover y coordinar actividades de capacitación dirigida a la generación y procesamiento

de información estadística.

1.1.3.1.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INTEGRACION Y PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN

OBJETIVO:Aplicar la normatividad en los proyectos de generación de información estadística, permitiendo compararla y hacer uso de ella en diferentes tipos de documentos que proporcionan las dependencias de los tres órdenes de gobierno y sectores social y/o privado.

FUNCIONES:I. Integrar, procesar, representar y difundir información estadística que generan las

dependencias de los tres órdenes de gobierno, sector social y privado que conforman el Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica (CEIEG).

II. Coordinarse con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para procesar y difundir información estadística.

III. Dar seguimiento y actualización a indicadores estratégicos de interés Estatal.IV. Auxiliar al Director en la sistematización y seguimiento de los programas y líneas de

acción establecidas en el Programa Estatal de Estadística y Geografía y sus programas operativos anuales.

V. Asesorar a las dependencias y entidades, así como a los municipios del Estado que lo soliciten en materia de información estadística.

VI. Realizar análisis e interpretación de información estadística.VII. Elaborar tendencias, escenarios y proyecciones de crecimientos del Estado.

VIII. Proporcionar información estadística que incida en la formulación, programación, seguimiento y control del proceso de planeación Estatal;

IX. Capacitar en materia de Modernización de Registros Administrativos a los integrantes del Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica (CEIEG).

1.1.3.2. DIRECCIÓN DE CARTOGRAFÍA Y REPRESENTACIÓN ESPACIAL

OBJETIVO:Coordinar y concertar con dependencias de los tres órdenes de gobierno el intercambio de información geográfica producida por ellos mismo, orientada a la generación de una Cartografía Única a nivel Estatal.

FUNCIONES:I. Coordinarse con Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, para captar, procesar

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y difundir información geográfica generada por las dependencias; Dando seguimiento a los programas y líneas de acción establecidas en el Programa Estatal de Estadística y Geografía y sus programas operativos anuales.

II. Poner en operación y mantener actualizado el sistema de difusión de la Cartografía Única Estatal con acceso libre al público en general.

III. Asesorar a dependencias, entidades y municipios del Estado que lo soliciten en aspectos de información geográfica.

IV. Establecer criterios y mecanismos para intercambiar información geográfica, así como para la generación y tematización geográfica de interés Estatal.

V. Promover y coordinar actividades de capacitación dirigida a la generación y procesamiento de información geográfica.

VI. Auxiliar al Director General en la coordinación de las acciones que proporcionen información geográfica actualizada y validada al proceso de planeación Estatal.

1.1.3.2.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE GEORREFERENCIACIÓN

OBJETIVO:Concentrar bases de datos homologadas y mecanismos de intercambio de información geográfica compartida de forma abierta y/o pública, capacitando a las dependencias y organismos en el cumplimiento de la Norma Técnica de Domicilios.

FUNCIONES:

I. Coordinar la actualización y forma de posicionamiento geográfico de la Cartografía Única del Estado, incorporando cambios en localidades y fraccionamientos, dando prioridad a la revisión de nomenclatura y numeración urbana.

II. Mantener contacto permanente con las dependencias y entidades que cuentan con atribuciones legales para modificar la base cartográfica básica (límites, nombres de calles, entre otros) para garantizar su actualización y aceptación como Cartografía Única Estatal.

III. Dar mantenimiento y actualización al sitio de la Cartografía Única Estatal.IV. Capacitar a las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno que lo soliciten

en materia de georreferenciación, vinculación y validación de información geográfica con otras bases de datos.

V. Auxiliar al Director en la coordinación de las acciones que proporcionen información geográfica actualizada y validada al proceso de planeación Estatal.

1.1.3.2.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE REPRESENTACION

OBJETIVO:Alimentar el Servicio de Información Estadística y Geográfica con cartografía legible, actualizada y validada por las dependencias que cuenten con atribuciones legales para ello, así como procesar y representar información temática de interés Estatal.

FUNCIONES:

I. Establecer los criterios y procedimientos para generar análisis y representación geográfica de la información.

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II. Representar de forma legible la Cartografía Única del Estado.III. Auxiliar al Director en la sistematización y representación de información geográfica propia

o solicitada por las dependencias y entidades integrantes del Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica, CEIEG.

IV. Asesorar a las dependencias y entidades, así como a los municipios del Estado que lo soliciten en materia representación y análisis geográfico.

V. Representar bases de datos homologadas para incorporarlas a los Sistemas de Información Geográfica, SIG, correspondientes.

1.1.3.3. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN

OBJETIVO:Procesar información estadística y geográfica que se produce al interno del Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, generando documentos electrónicos e impresos, además de establecer y operar mecanismos para su difusión y utilización.

FUNCIONES:I. Otorgar identidad institucional a los sitios y productos de difusión del Servicio Estatal de

Información Estadística y Geográfica.II. Desarrollar y administrar de forma integral la difusión de información respetando en todo

momento la confidencialidad de información, proporcionando a la población en general una consulta de información estadística y geografía ágil, editable y accesible, además de establecer mecanismos de participación ciudadana en materia de difusión (Boletines informativos, redes sociales genéricos y/o específicos).

III. Desarrollo de materiales y reportajes audiovisuales y/o impresos informativos y promocionales en materia de información estadística y geográfica.

IV. Establecer los criterios de representación y forma de difusión de estudios realizados al interno del Comité Estatal de Información Estadística y Geográfica, CEIEG.

V. Organización de eventos y campañas de difusión dirigida a los sectores social y privado en materia de información estadística y geográfica.

1.1.3.3.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS

OBJETIVO:Revisar periódicamente la actualización y congruencia de la información publicada en el Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, generando series históricas, comportamientos y tendencias de aquellas que se consideren prioritarias para evaluar el comportamiento de la Entidad.

FUNCIONES:I. Integrar documentos digitales e impresos en materia de información estadística y

geográfica.II. Normar y mantener la imagen e identidad institucional de los productos y componentes del

Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica.III. Generar productos de difusión estadística y geográfica, efectuando comparativos y

tendencias tanto a nivel municipal, estatal o nacional.

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IV. Coordinarse con las direcciones de la dependencia a fin de homologar el manejo de cifras y periodos de actualización de la información.

1.1.3.3.2. JEFETURA DEL DEPARTAMENTO DE PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN

OBJETIVO:Coordinar las actividades de implementación de estrategias de comunicación y difusión de la información generada al interno del Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica y los usuarios de la misma, privilegiando el uso de formatos abiertos y editables por parte de la población.

FUNCIONES:I. Coordinar y organizar actividades de divulgación de los proyectos y contenidos del Servicio

Estatal de Información Estadística y Geográfica, SEIEG.II. Implementar estrategias de difusión, convocando a los medios de comunicación para dar a

conocer e informar a la ciudadanía sobre las actividades en materia estadística y geográfica.

III. Editar documentos impresos y electrónicos.IV. Coordinar las acciones necesarias para organizar reuniones con los representantes de las

dependencias e instituciones del sector social y privado, con la finalidad de fortalecer el Servicio Estatal de Información Estadística y Geográfica, SEIEG.

1.1.4. DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS

OBJETIVO:Apoyar al Titular a instrumentar, operar y actualizar los esquemas e instrumentos para la gestión y ejecución de proyectos estratégicos propuestos por las dependencias y diversos organismos que se realicen con recursos públicos para una correcta planeación, programación, presupuestación y evaluación de los mismos, fortaleciendo el desarrollo económico, social y ambiental de la entidad, induciendo la conformación de la Entidad como una plataforma logística del País.

FUNCIONES:I. Establecer los procedimientos, criterios y lineamientos generales acordes a la

política pública estatal y federal vigente para la conformación de un sistema integral de proyectos estratégicos de mayor impacto económico, social y ambiental en la entidad que fortalezca la toma de decisiones sobre las inversiones públicas.

II. Realizar la evaluación económica, social y ambiental de los proyectos estratégicos propuestos por las distintas dependencias y organismos, de acuerdo a la legislación vigente y a los lineamientos de la SHCP para priorizar la ejecución de los proyectos estratégicos de mayor impacto económico y social.

III. Emitir los informes y dictámenes correspondientes a cada proyecto estratégico resultantes de la evaluación socioeconómica para dar prioridad de ejecución a aquellos que tengan un mayor impacto y beneficio social, ambiental y económico.

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IV. Dar seguimiento al proceso de ejecución de los proyectos estratégicos realizados por las dependencias, entidades y órganos de acuerdo a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

V. Actualizar el diagnóstico de las necesidades y requerimientos para el desarrollo municipal, estatal y regional a corto, mediano y largo plazo, priorizando proyectos estratégicos que den cobertura a las mismas en concordancia con la evaluación socioeconómica.

VI. Asistir a los asuntos, reuniones y comisiones que sean encomendados por el Titular en relación a la formulación, propuesta y ejecución de proyectos estratégicos.

VII. Atender todos los proyectos presentados ante la Coordinación por parte de las dependencias, particulares y diversas entidades.

VIII. Mantener informado al Titular sobre el inventario, proceso y culminación de los proyectos estratégicos, así como el impacto que generará la ejecución de los mismos a nivel municipal, estatal y regional.

1.1.4.1. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS

OBJETIVO:Fortalecer la toma de decisiones sobre la ejecución de los proyectos estratégicos de mayor impacto económico, social y ambiental para la entidad, a través de la realización de evaluaciones y estudios socioeconómicos de acuerdo a los lineamientos de la SHCP y la normatividad estatal vigente, para eficientar los recursos públicos e impulsar el desarrollo y crecimiento económico del estado a nivel regional, nacional e internacional. FUNCIONES:

I. Solicitar y recabar la información de los proyectos estratégicos propuestos por las dependencias y diversos órganos públicos para su evaluación socioeconómica.

II. Analizar y revisar los resultados de la evaluación económica (estudios costo–beneficio, fichas y notas técnicas, análisis de costos, etc.) de cada uno de los proyectos estratégicos propuestos por cada una de las dependencias y órganos de la administración pública estatal.

III. Realizar un informe ejecutivo sobre el impacto económico, social y ambiental que generaría en la entidad la ejecución de cada proyecto estratégico propuesto para una oportuna y optima toma de decisiones.

IV. Informar al titular y dependencias correspondientes sobre los resultados de las evaluaciones de cada proyecto, así como la conveniencia y viabilidad de ejecutarlos.

V. Dar seguimiento a la ejecución de los proyectos estratégicos para que estos se lleven a cabo de acuerdo a las especificaciones de sus proyectos ejecutivos y a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

VI. Asesorar a los Ayuntamientos, cuando así lo soliciten, en coordinación con las Dependencias correspondientes, en la elaboración de sus proyectos estratégicos en congruencia con los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

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1.1.4.1.1. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

OBJETIVO:Apoyar al fortalecimiento de la toma de decisiones sobre la ejecución de los proyectos estratégicos de mayor impacto en el ámbito ambiental para la entidad, a través de analizar y evaluar los efectos, daños y consecuencias al medio ambiente de llevarse a cabo los mismos, dando a la vez el seguimiento y la supervisión ambiental a los proyectos que habrán de realizarse.

FUNCIONES:I. Acopio e integración de la información correspondiente al ámbito ambiental de cada

uno de los proyectos estratégicos para su sistematización.II. Generar un archivo por proyecto que contenga toda la información necesaria para

evaluar el impacto ambiental de cada proyecto estratégico presentado y estar en condiciones de valorar la ejecución del mismo.

III. Revisar y analizar la información sobre la sustentabilidad ambiental que presenta cada proyecto estratégico presentado y que está contenida en los estudios costo beneficio, fichas o notas técnicas para valorar el impacto y rentabilidad ambiental que tendrá cada proyecto de llevarse a cabo el mismo.

IV. Realizar un informe ejecutivo sobre la conveniencia de llevar a cabo o no cada proyecto estratégico presentado de acuerdo al impacto ambiental que generarán en la entidad la utilización de recursos naturales de ejecutarse los mismos, tomando en cuenta los objetivos ambientales del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y de los programas sectoriales.

V. Dar seguimiento al cumplimiento de la normatividad ambiental establecida en el proyecto ejecutivo de cada proyecto estratégico a ejecutarse y realizar los informes ejecutivos correspondientes.

1.1.4.1.2. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA

OBJETIVO:Apoyar al fortalecimiento de la toma de decisiones sobre la ejecución de los proyectos estratégicos de mayor impacto económico para la entidad, a través del análisis y evaluación de los estudios socioeconómicos realizados para cada proyecto de acuerdo a los lineamientos de la SHCP y la normatividad estatal vigente, para eficientar los recursos públicos e impulsar el desarrollo y crecimiento económico del estado a nivel regional, nacional e internacional.

FUNCIONES:I. Integrar y sistematizar la información concerniente al ámbito económico (costos y

beneficios económicos y sociales generados para la población) contenida en los estudios, análisis, fichas y notas técnicas de cada proyecto estratégico presentado por las dependencias y organismos públicos estatales.

Área responsable del control de documentos: Dirección General Administrativa Página 50

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MANUAL DE ORGANIZACIÓNResponsable: DGAEmisión: Junio 2013Nª Rev. /Fecha: 00 / SF

II. Generar un archivo por cada proyecto con información necesaria para analizar y evaluar los beneficios y costos económicos que generarán cada uno de los proyectos estratégicos de llevarse a cabo su ejecución.

III. Valorar la viabilidad de ejecución de cada proyecto estratégico presentado por las dependencias y organismos públicos estatales de acuerdo a los beneficios económicos y sociales que represente cada uno para la población de la entidad, tomando en cuenta los objetivos del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y de los programas sectoriales.

IV. Emitir un informe ejecutivo sobre la conveniencia de llevar a cabo o no cada proyecto estratégico presentado.

V. Dar seguimiento a los costos y beneficios económicos reportados en las evaluaciones, análisis, notas y fichas técnicas realizadas por cada dependencia para cada uno de los proyectos estratégicos a ejecutarse y realizar los informes ejecutivos correspondientes.

1.1.4.1.3. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO PROYECTOS DE IMPACTO

OBJETIVO:Apoyar al fortalecimiento de la toma de decisiones sobre la ejecución de los proyectos estratégicos de mayor impacto económico para la entidad, a través de la evaluación de indicadores de competitividad económicos vinculados a los objetivos del Plan Sexenal de Gobierno del Estado para eficientar los recursos públicos e impulsar el desarrollo y crecimiento económico del estado a nivel regional, nacional e internacional.

FUNCIONES:I. Integrar y sistematizar la información concerniente a diversos indicadores económicos en la

entidad que tengan relación directa e indirecta con los objetivos del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y de los programas sectoriales.

II. Analizar y evaluar la información económica arrojada por cada proyecto estratégico y su respectivo impacto económico en el crecimiento y desarrollo del estado, generando un archivo por cada proyecto presentado.

III. Valorar la viabilidad de ejecución de cada proyecto estratégico presentado por las dependencias y organismos públicos estatales, de acuerdo al impacto económico que represente cada uno para la entidad y a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

IV. Emitir un informe ejecutivo al titular sobre los resultados del análisis y evaluación del impacto económico que generaría en el estado la ejecución y operación de cada proyecto estratégico presentado.

V. Dar seguimiento al impacto económico de los indicadores y variables de coyuntura en la economía estatal de acuerdo a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

1.1.4.1.4. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS SOCIALES

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OBJETIVO:Apoyar al fortalecimiento de la toma de decisiones para la ejecución de proyectos estratégicos presentados por las diversas entidades y organismos públicos y privados en la entidad, de acuerdo al impacto social y beneficios que los mismos representen para la población, en correspondencia a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

FUNCIONES:I. Integrar y sistematizar la información concerniente a los beneficios y costos sociales de

cada uno de los proyectos estratégicos presentados por las diversas dependencias, órganos y entidades de la Administración Pública Estatal.

II. Generar un archivo por cada proyecto que contenga información necesaria para evaluar los costos y beneficios sociales que genera la ejecución de cada proyecto estratégico presentado en la entidad.

III. Valorar la viabilidad de ejecución de cada proyecto estratégico de acuerdo a los costos y beneficios sociales que generen cada uno a la población de la entidad, tomando en cuenta los objetivos del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

IV. Emitir un informe ejecutivo, por cada proyecto estratégico, sobre la conveniencia de llevarlos a cabo, de acuerdo al impacto social que represente la ejecución de cada uno de ellos para la población del estado, conforme a los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

V. Dar seguimiento a los beneficios sociales generados por cada proyecto estratégico en ejecución y realizar los informes ejecutivos correspondientes.

1.1.4.1.5. JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

OBJETIVO:Apoyar al fortalecimiento de la toma de decisiones para la ejecución de proyectos estratégicos presentados por las diversas entidades y organismos públicos y privados en la entidad, de acuerdo a las necesidades de infraestructura y equipamiento en el estado y tomando en cuenta los objetivos y metas del Plan Sexenal de Gobierno del Estado y programas sectoriales.

FUNCIONES:

I. Recabar la información necesaria sobre las necesidades de equipamiento e infraestructura en la entidad.

II. Integrar y sistematizar la información recaba y generar archivos de acuerdo a las necesidades de infraestructura y equipamiento que requiera la entidad por cada una de las Estrategias plasmadas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

III. Analizar y señalar aquellas necesidades y carencias prioritarias para cubrir en el Estado, en concordancia con los objetivos y metas de cada una de las Estrategias plasmadas en el Plan Sexenal de Gobierno del Estado.

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IV. Emitir un informe ejecutivo sobre las carencias y necesidades prioritarias a cubrir en el Estado para valorar qué proyectos estratégicos son viables para su ejecución de acuerdo a los beneficios reportados en los Análisis y Estudios Costo-Beneficio presentados para cada uno de ellos.

V. Dar seguimiento a los proyectos estratégicos ejecutados

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