gestión sostenible del agua en guatemala · la intención de que mediante ella se solucionen todos...

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Red de Amigos de la Naturaleza ¡Por una ambiente sano y de personas libres! www.redrana.org Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. GESTIÓN SOSTENIBLE DEL AGUA EN GUATEMALA Propuesta de la Red de Amigos de la Naturaleza (Rana) Ciudad de Guatemala, 31 Mayo 2016 1. Antecedentes y presentación En las últimos meses, columnistas, organizaciones y grupos de la sociedad civil se han manifestado a favor de la aprobación de una Ley de Aguas en Guatemala, con la intención de que mediante ella se solucionen todos los problemas de contaminación, escasez y desvío de los afluentes hídricos del país. Rana, en congruencia con su Misión, “contribuir a la conservación del ambiente mediante la difusión de ideas y propuestas basadas en los principios de propiedad privada y libre mercado”, y en respuesta a la invitación que hiciera el Organismo Legislativo el día jueves 05 de mayo del corriente sobre el Lanzamiento de la discusión para la construcción de la iniciativa de ley de aguas en Guatemala, presenta en este documento no precisamente un proyecto de ley, pues consideramos que ello exige de más tiempo para su desarrollo, análisis y discusión, desde la academia y la sociedad civil organizada legítimamente. Presentamos aquí un breve documento que contiene una serie de principios y aspectos que deberá contemplar cualquier intento de normar el uso y la conservación del agua en Guatemala. Proponemos así mismo, desarrollar un proceso de diálogo y construcción de la normativa desde experiencias exitosas en el mundo y a nivel local, respetando a toda costa la propiedad y la libertad de los guatemaltecos. Rana en tal sentido, se manifiesta anuente a cooperar para lograr el objetivo deseado. Esperamos contribuir de esta manera a solucionar un problema ambiental de fondo, y coadyuvar a que los ciudadanos guatemaltecos retomen la senda de la libertad, la justicia, la paz y la prosperidad. 2. El problema bien entendido Durante siglos el agua en Guatemala ha sido un recurso natural administrado bajo un concepto de bien público; los artículos 121, 127 y 128 de la Constitución Política de la República lo confirman claramente. Esta concepción formal ha generado, por un lado, el incentivo de maximizar el uso de los recursos hídricos, en menoscabo de su cantidad y calidad. Este fenómeno no es nuevo, ha sido previsto desde tiempos de Aristóteles, quien reconociera que “lo que es común de muchos es lo que recibe menor cuidado, porque todos los hombres estiman más lo que es suyo que lo que poseen en común con otros”, y en tiempos recientes reiterado por ecólogo norteamericano Garret Hardin, quien fuera el proponente de la tesis de la Tragedia de los Comunes.

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Page 1: Gestión sostenible del agua en Guatemala · la intención de que mediante ella se solucionen todos los problemas de contaminación, escasez y desvío de los afluentes hídricos del

Red de Amigos de la Naturaleza ¡Por una ambiente sano y de personas libres!

www.redrana.org Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A.

GESTIÓN SOSTENIBLE DEL AGUA EN GUATEMALA

Propuesta de la Red de Amigos de la Naturaleza (Rana) Ciudad de Guatemala, 31 Mayo 2016

1. Antecedentes y presentación En las últimos meses, columnistas, organizaciones y grupos de la sociedad civil se han manifestado a favor de la aprobación de una Ley de Aguas en Guatemala, con la intención de que mediante ella se solucionen todos los problemas de contaminación, escasez y desvío de los afluentes hídricos del país. Rana, en congruencia con su Misión, “contribuir a la conservación del ambiente mediante la difusión de ideas y propuestas basadas en los principios de propiedad privada y libre mercado”, y en respuesta a la invitación que hiciera el Organismo Legislativo el día jueves 05 de mayo del corriente sobre el Lanzamiento de la discusión para la construcción de la iniciativa de ley de aguas en Guatemala, presenta en este documento no precisamente un proyecto de ley, pues consideramos que ello exige de más tiempo para su desarrollo, análisis y discusión, desde la academia y la sociedad civil organizada legítimamente. Presentamos aquí un breve documento que contiene una serie de principios y aspectos que deberá contemplar cualquier intento de normar el uso y la conservación del agua en Guatemala. Proponemos así mismo, desarrollar un proceso de diálogo y construcción de la normativa desde experiencias exitosas en el mundo y a nivel local, respetando a toda costa la propiedad y la libertad de los guatemaltecos. Rana en tal sentido, se manifiesta anuente a cooperar para lograr el objetivo deseado. Esperamos contribuir de esta manera a solucionar un problema ambiental de fondo, y coadyuvar a que los ciudadanos guatemaltecos retomen la senda de la libertad, la justicia, la paz y la prosperidad. 2. El problema bien entendido Durante siglos el agua en Guatemala ha sido un recurso natural administrado bajo un concepto de bien público; los artículos 121, 127 y 128 de la Constitución Política de la República lo confirman claramente. Esta concepción formal ha generado, por un lado, el incentivo de maximizar el uso de los recursos hídricos, en menoscabo de su cantidad y calidad. Este fenómeno no es nuevo, ha sido previsto desde tiempos de Aristóteles, quien reconociera que “lo que es común de muchos es lo que recibe menor cuidado, porque todos los hombres estiman más lo que es suyo que lo que poseen en común con otros”, y en tiempos recientes reiterado por ecólogo norteamericano Garret Hardin, quien fuera el proponente de la tesis de la Tragedia de los Comunes.

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No obstante, y en congruencia con la naturaleza humana, la Red de Amigos de la Naturaleza ha advertido que en la práctica las personas se mueven por otros incentivos, no actúan necesariamente en virtud de aquellos artículos de la Constitución. En muchos casos 1 se demuestra cómo los individuos, sin una legislación específica, han sido capaces de usar racionalmente, conservar y hasta dirimir sus conflictos entorno al uso del agua en el país. Es evidente a pesar de ello la contaminación de lagos importantes y de la mayoría de sus ríos, la escases del recurso para el consumo doméstico en muchos hogares y la explotación irracional para usos industriales y agrícolas. Ya decenas de estudios describen esta situación con claridad y no es este el propósito de este documento. Más bien invitar a dirigir la mirada a ciertas premisas y aspectos que suelen olvidar estos análisis:

a) El agua no es un recurso físicamente escaso. Por supuesto, las reservas de agua no son ilimitadas. La Tierra sólo cuenta con cierta cantidad: es un recurso finito. Sin embargo y en principio, las reservas son tan vastas que resultan virtualmente infinitas para los propósitos del hombre. Al menos dos tercios de la superficie terrestre están cubiertas por agua. Es cierto que la mayor parte es agua salada o congelada. Aún así, quedan 13,500 kilómetros cúbicos o 2,300,000 litros per cápita. Cada año, caen sobre la Tierra 113,000 km3 de agua, de los cuales se evaporan 72,000 kilómetros cúbicos; es decir, la precipitación neta es de 41,000 kilómetros cúbicos. Eso equivale a unos 19,000 litros por persona por día, una cifra bastante impresionante. El consumo actual es de cerca de 1,300 litros por persona por día, es decir, sólo el 6,8% de la cantidad de agua disponible cada día.

b) El agua es un recurso económicamente escaso. Es decir, la cantidad de agua disponible como medio para satisfacer determinadas finalidades del ser humano (por ejemplo, la finalidad de satisfacer una demanda fisiológica humana, o la finalidad de regar campos agrícolas, o la finalidad de ejecutar procesos industriales, o la finalidad de regar jardines), es limitada. En este sentido, el problema es la capacidad de producir y distribuir el agua disponible en momentos y lugar precisos.

c) El agua no es un derecho humano. En tanto se considere el agua como un

“derecho humano fundamental”, este se justificará como un recurso que debe ser tutelado por los gobiernos nacional y municipales. El agua no es gratis, tiene un costo producirla y distribuirla—en el sentido económico. El agua es en realidad un servicio, el cual creemos puede ser mejor suministrado por la función empresarial, en competencia y sin privilegios.

d) El agua es un bien económico. El agua, precisamente por ser escasa-

económicamente, tiene que ser utilizada para lograr las finalidades más valiosas de los seres humanos. Y el acto por el cual se elige la finalidad más valiosa para la cual ha de utilizarse el agua, es racional. Esta racionalidad implica que el ser humano emplea la razón para calcular el costo del medio y el beneficio de la finalidad. Y en la historia económica del género humano, el

1Comunidad de productores de fresa en Zaragoza, Chimaltenango y otras experiencias tales como la de los Amigos del Río Ixtacapa en la costa sur, la de los habitantes del Valle de San Jerónimo en Baja Verapaz, la de algunos comités de agua en el occidente del país y especialmente en Totonicapán y el oriente del país (Teculután y el río Motagua).

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mercado ha demostrado ser el medio más eficaz para utilizar los escasos recursos. Es el más eficaz, en este sentido, y no en algún otro: los escasos recursos se utilizan para lograr las finalidades más valiosas. Esa eficacia del mercado es posible porque la producción, el intercambio y el consumo de bienes (económicos) es función de los precios. Los precios son un indicador del valor que el ser humano le asigna a los bienes escasos, en función de sus finalidades más valiosas. El mercado es, por consiguiente, por medio de los precios una manifestación permanente de las finalidades más valiosas del ser humano.

e) El agua y el crecimiento económico. Algunos sostienen que la conexión

entre el desarrollo y la escasez de agua es la opuesta: el desarrollo genera escasez u obliga a consumir cantidades cada vez mayores de agua, algo que a largo plazo será insostenible. Esto no es necesariamente cierto. El consumo de agua en Estados Unidos dejó de aumentar en 1980, aunque el producto bruto interno de la región siguió creciendo con firmeza desde entonces. El crecimiento económico no siempre implica utilizar más recursos: muchas veces alcanza con hacer un uso más eficiente. En 1930, por ejemplo, eran necesarias 200 toneladas métricas de agua para producir una tonelada métrica de acero. Hoy, el mismo proceso requiere apenas 20 toneladas métricas de agua, y las acerías más eficientes de Corea del Sur pueden llevarlo a cabo con 3 o 4 toneladas métricas.

3. Nuestra propuesta Asignar eficientemente el recurso agua hacia las finalidades más preciadas por los guatemaltecos requiere de coordinación colectiva, y no hay otro incentivo más poderoso que la propiedad privada, ni otro sistema más eficaz para ello que el mercado mismo, en competencia y sin privilegios. En tal virtud, nuestra propuesta de cara a la necesidad de normar el uso de los recursos hídricos del país debe considerar los siguientes principios y aspectos:

1. Separar el análisis de las aguas de dominio particular de las aguas de dominio público. El Código Civil ya establece, y lo que es más importante, resguarda la propiedad privada de las aguas que pertenecen a los particulares. Derogar u omitir estos derechos sería inconstitucional y agravaría la situación de escases de agua para el consumo doméstico que se vive en el país.

2. Para las aguas actualmente de dominio público, reconocer que en ellas no están claros los derechos de propiedad. Y por tanto, es necesario desarrollar alguna política pública, sea esta una modificación en el mismo Código Civil o eventualmente una ley específica, la cual inserte en ellos los incentivos adecuados para su uso racional y conservación. Para estos casos, observar los siguientes principios:

a. Definición clara de las aguas de dominio público. Estos recursos hídricos son el lago y el río navegable, los ríos limítrofes, las aguas subterráneas, caídas de agua y los ríos que pasen por terrenos públicos.

b. Regular el derecho de aprovechamiento, el cual debe ser concedido gratuitamente a cualquiera sin derecho de prelación (preferencia en el uso).

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3. Tanto en las aguas de dominio particular como en las aguas de dominio público, deben observarse los siguientes principios:

a. Reconocimiento de los derechos existentes. Cualquier intento de política pública debe reconocer, de oficio, los derechos ya existentes de sus primeros dueños, respetarse y no amenazar con expropiarse, independientemente de su uso o no.

b. Primero en tiempo, primero en derecho. El principio “Prior in tempore, potior in iure” es un principio que debe prevalecer en el proceso de reconocimiento de los derechos de propiedad ya existentes. Ello reconoce el valor de la costumbre y facilita la coordinación colectiva.

c. Libertad de arreglos de gestión. Cualquier intento de norma debe respetar y permitir libertades entorno a la diversidad de arreglos que pueden surgir entre los guatemaltecos para gestionar privadamente los recursos hídricos.

d. Derechos definidos. Los lagos, esteros, canales y ríos navegables deben tener dueño, y los límites de cada propiedad del cuerpo de agua deben ser claramente definidos por la norma.

e. Derechos defendibles. Los dueños de lagos, esteros, canales y ríos navegables deben poder defender sus derechos de propiedad ante los órganos competentes de seguridad y justicia. Por tanto es indispensable reconstruir y mejorar tales sistemas de tal manera que los conflictos pueden dirimirse de forma pacífica y justa.

f. Derechos divisibles. Los dueños de lagos, esteros, canales y ríos navegables deben poder dividir y transferir sus derechos de propiedad, es decir, comerciarlos, arrendarlos, traspasarlos, enajenarlos y/o heredarlos.

g. Derechos de propiedad a perpetuidad. Rana considera vital otorgar perpetuidad a los derechos de propiedad. Ello dará certidumbre a sus dueños y facilitará la inversión en la facilitación de servicios y la introducción de tecnologías de saneamiento y des-contaminación.

Nuestra propuesta quedaría coja si no insistimos, como lo hemos hecho a la fecha, en la importancia de un sistema de justicia probo, diligente, capaz e independiente, que sepa dirimir los conflictos derivados del incumplimiento de contratos, de demandas y perjuicios.

4. Invitación final Finalmente, Rana invita al Organismo Legislativo y especialmente a la Comisión Extraordinaria de Recursos Hídricos, a examinar con prudencia y sabiduría esta coyuntura. Legislar bajo las premisas prevalecientes solo mantendrá al país por la senda del conflicto y el deterioro de los recursos hídricos. Existe, en efecto, una ventana de oportunidad para superar un problema endémico de Guatemala pero también se es proclive nuevamente a soluciones centralizadoras que socavan la libertad de los ciudadanos y que terminan en más impuestos, burocracia, discrecionalidad y corrupción. ¡Rana se manifiesta definitivamente en contra de cualquiera de esta medidas! Es oportunidad de esta legislatura el oponerse a semejantes amenazas. Es exigencia volcarse al ciudadano, confiar en él y dejar en sus manos lo que seguramente él podrá resolver.