génesis de la normativa
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““Toda negociación es una pequeña parte de Toda negociación es una pequeña parte de una relación en curso entre dos o más una relación en curso entre dos o más
partes . Esta relación de trabajo es el patrón partes . Esta relación de trabajo es el patrón de comportamiento a través del cual de comportamiento a través del cual
manejan sus diferencias .manejan sus diferencias .Algunos pueden tratar sus diferencias a Algunos pueden tratar sus diferencias a
través de la lucha armada, otros mediante través de la lucha armada, otros mediante negociación dura y hostíl, otros a través de negociación dura y hostíl, otros a través de
resolución de problemas en forma resolución de problemas en forma cooperativa. El propósito será establecer cooperativa. El propósito será establecer
una buena relación de trabajo, en donde se una buena relación de trabajo, en donde se pueda manejar cualquier problema que surja pueda manejar cualquier problema que surja
entre las personas o Instituciones.”entre las personas o Instituciones.”
Génesis de la Normativa Génesis de la Normativa
Enero 1994
Normas que regulan las relaciones entre la CCSS y sus trabajadores.
Ministerio de Trabajo
Abril 1988
Vigencia Laudo Arbitral.
Ministerio Trabajo.
Tribunales Laborales.
Génesis de la Normativa Génesis de la Normativa
Año 2004 a Octubre 2010 Junta Directiva convoca a diálogo y
discusión del proyecto de modificación de la Normativa.
Sindicatos presentan la propuesta.
Mayo 1998
Normativa de Relaciones Laborales.
ANEP
UMN
SINAE
AESS
SINAESPA
ANPE
ANISS
FECTSALUD SISSS
SIPROCIMECA
UNDECA
AESS
SINTAF
SITHOSAJUDI
SINASS
UNEHA
OrganizacionesOrganizaciones Participantes Participantes
Participación activa de la mayoría de organizaciones mas representativas a nivel institucional, según dinámica de trabajo.
Titulo I. Disposiciones GeneralesTitulo I. Disposiciones Generales
Título II. Condiciones OcupacionalesTítulo II. Condiciones Ocupacionales
Título VI. Protección de los Riesgos deTrabajo.Título VI. Protección de los Riesgos deTrabajo.
LIBRO PRIMERO (91 artículos)
Título IV. Licencias
Título V. Servicios para PersonasTrabajadoras.Título V. Servicios para PersonasTrabajadoras.
Título III. Condiciones RemunerativasTítulo III. Condiciones Remunerativas
Título VII. Gestión SindicalTítulo VII. Gestión Sindical
Título IX. Órganos Bipartitos y Paritarios
Título X. Acoso y Hostigamiento SexualTítulo X. Acoso y Hostigamiento Sexual
6Art.
24Art.
13Art.5Art.9Art.
11Art.
18Art.
4Art.
1Art.
LIBRO SEGUNDO (113 artículos)
Título IProcedimiento Administrativo Disciplinario(57 artículos)
Título IIReclamo
Laboral No Disciplinario(10 artículos)
Título III*Acoso y
Hostigamiento Sexual
(44 Artículos)
* Aprobado por Junta Directiva en el 2002.
Aspectos estratégicosAspectos estratégicos
Dentro de los aspectos estratégicos que la Institución logra con la nueva Normativa de Relaciones Laborales 2010 se tienen:
•Unificar normativa que hasta la fecha se encuentra en diferentes documentos institucionales.
•Actualizar el contenido de la Normativa según la realidad institucional y el marco de legalidad aplicable a la misma.
•Brindar condiciones laborales adecuadas para los trabajadores, en temas como Salud Ocupacional.
•Mejorar relación entre la Institución, sus trabajadores y las organizaciones sociales.
Normativa de Relaciones Laborales
I TÍTULO. DISPOSICIONES GENERALES.
•Artículo 6. De la carrera administrativa
II. TÍTULO. CONDICIONES OCUPACIONALES
•Artículo 8. Reclutamiento, selección y contratación de personal
•Artículo 14. Reubicación de personal por necesidades del servicio
•Artículo 19. Distribución de la jornada laboral en centros asistenciales con atención de 24 horas.
•Artículo 20. Vestimenta y uniformes.
Normativa de Relaciones Laborales
II. TÍTULO. CONDICIONES OCUPACIONALES
• Artículo 22. Vestuario de las personas trabajadoras en áreas administrativas
• Artículo 23. Dotación y portación de carné de identificación
•Artículo 24. Respeto a los días libres de semana
•Artículo 27. De los feriados y asuetos
Normativa de Relaciones Laborales
III TÍTULO. CONDICIONES REMUNERATIVAS
•Artículo 28. Vacaciones
•Artículo 32. De la escala salarial
•Artículo 33. Las deducciones o retenciones de los salarios
•Artículo 34. Información desglosada de los salarios
Normativa de Relaciones Laborales
III TÍTULO. CONDICIONES REMUNERATIVAS
•Artículo 36. Desplazamiento laboral con percepción de pago de tiempo extraordinario
•Artículo 37. Del descanso en la jornada extraordinaria
•Artículo 38. Salario escolar
•Artículo 40. Política Salarial y de Empleo
Normativa de Relaciones Laborales
IV TITULO. LICENCIAS
•Artículo 47. Licencia extraordinaria
•Artículo 48. Licencia sin goce salarial
Normativa de Relaciones Laborales
V. TITULO. SERVICIOS PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS
•Artículo 50. Auxilio económico para la alimentación
•Artículo 52. Habilitación de áreas para consumo de alimentos
•Artículo 55.Fondo de retiro ahorro y préstamo
Normativa de Relaciones Laborales
VI. TITULO. PROTECCIÓN A LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LOS RIESGOS DE LA SALUD
Incluye un total de 11 artículos los cuales regulan el quehacer de la institución en materia de salud ocupacional en temas tales como:
• Deber de la institución en materia de salud ocupacional.
• Pólizas de riesgos.
•Protección colectiva e individual.
•Reubicación o readaptación de puestos de trabajo.
•Tratamiento, prevención y rehabilitación de funcionarios adictos a sustancias psicoactivas.
Normativa de Relaciones Laborales
VII. GESTIÓN SINDICAL
•Artículo 70. Respeto a la gestión sindical
•Artículo 71. No represalias a los dirigentes sindicales y trabajadores
•Artículo 81. Para el proceso electoral sindical
•Artículo 83. Permisos para otras actividades sindicales
•Artículo 86. Derechos y reconocimientos laborales para miembros de Junta Directiva Sindical
Normativa de Relaciones Laborales
LIBRO SEGUNDO
Título I: Procedimiento Administrativo Disciplinario y de Responsabilidad Patrimonial:
A fin de contar con un instrumento actualizado jurídicamente se crea un título concerniente a este tema el cual está compuesto por 57 artículos los cuales regulan cada una de las fases de este Procedimiento. Para su elaboración se contó con el valioso aporte de los profesionales en derecho de la Dirección Jurídica, por lo que su objetivo principal será unificar la aplicación de este tipo de procedimiento lo cual brindará a la Administración mayor celeridad en la atención de esta temática.
ASPECTOS RELEVANTESASPECTOS RELEVANTES
• Investigación Preliminar• Acto de apertura: Jefatura
inmediata.• Comparecencia plazo de 15 días.
Normativa de Relaciones Laborales
ASPECTOS RELEVANTESASPECTOS RELEVANTES
• Una sola comparecencia todos (máximo dos).
• Informe del Órgano Director establece la estructura.
• Propuesta Sanción• Competencias del Órgano Decisor
Normativa de Relaciones Laborales
COMPETENCIAS ÓRGANO DECISOR
• Determina la investigación preliminar• Decide el traslado del expediente al CIPA• Conforma el Órgano Director • Dicta el acto de apertura• Resuelve aspectos de fondo • Establece y aplica las medidas cautelares• Propone la sanción disciplinaria y la
responsabilidad patrimonial.• Dicta el acto final. • Gestiones de cobro por responsabilidad
patrimonial.
Normativa de Relaciones Laborales
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 15. Sustitución de personal
Aspectos importantes Aspectos importantes
1.Para Hospitales, Clínicas y Áreas de Salud se podrá sustituir a todo el personal que se ausente más de 04 días.
2.Otras dependencias se podrán autorizar sustituciones por períodos de 8 días en adelante.
3.Se podrá n autorizar sustituciones en casos de medidas cautelares.
4.Se podrá sustituir a todo el personal que se ausente sin mínimo de días siempre y cuando exista un acto debidamente motivado y así registrado en la acción de personal.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 45. Licencia por lactancia
Aspectos importantes Aspectos importantes
1.Otorgamiento de hora y media: completa al inicio o final de la jornada; 45 minutos al inicio de la jornada y 45 minutos antes de finalizar la jornada. En caso de rotación de turnos la funcionaria deberá indicar la forma en que se acogerá a la licencia.
2.La funcionaria no debe presentar certificado médico los primeros 6 meses posteriores a la licencia post parto.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 46. Otras licencias con goce de salario
.
Concepto Anterior VigenteNacimiento hijos 3 días 6 días
Matrimonio del trabajador 8 días 8 días
Matrimonio hijos (as) 1 día 1 día
Fallecimiento Cónyuge, compañero, hijos, padres
5 días 8 días
Muerte otros parientes (hasta 4° grado de afinidad o consanguinidad)
1 día 2 días
Cita previa 1 día (máximo) 1 día (máximo)
Cambio de domicilio 1 día 1 día
Matrículas Tiempo prudencial Tiempo prudencial
Asistencia a eventos Tiempo duración Tiempo duración
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 46. Otras licencias con goce de salario
Concepto Anterior VigenteComparecencias judiciales ------ Tiempo prudencial
Permisos discrecionales Tiempo Prudencial Tiempo Prudencial
Casos de urgencia Hasta 3 días Hasta 3 días
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 46. Otras licencias con goce de salario
f. Por muerte de cualquier otro (a) pariente hasta cuarto grado de consanguinidad o afinidad, dos (2) días naturales para asistir al sepelio; queda el tiempo de traslado a discreción de la jefatura.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 46. Otras licencias con goce de salario
g. Para cumplir con cita previa con profesional en salud de la Institución o privado, procedimiento de diagnóstico o terapéutico, un (1) día como máximo, previa solicitud con tres días de anticipación, para la persona trabajadora.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 46. Otras licencias con goce de salario
h. Para cumplir con cita previa con profesional en salud de la institución o privado, procedimiento de diagnóstico ó terapéutica, un (1) día en acompañamiento de cita para sus hijos (as) menor o discapacitado (a), cónyuges, padre o madre, para que asista a ésta. La persona trabajadora demostrará la cita.
Normativa de Relaciones LaboralesArtículo 41. Cálculo y pago de cesantía,
cancelación de derechos laborales
Según lo aprobado por la Junta Directiva Institucional se amplia el tope de cesantía a 20 meses según la siguiente escala:
.
Tope de fecha No. años servicio No. meses a cancelar
01/07/2009 --- 15
01/07/2010 18 años 16
01/07/2011 21 años 17
01/07/2012 24 años 18
01/07/2013 27 años 18
01/07/2014 30 años 19
01/07/2015 33 años 19
01/07/2016 36 años 20
Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006
(Convención Colectiva C.N.F.L.)• La norma impugnada no establece un
beneficio carente de máximo, que pueda por ende propiciar un uso indiscriminado de fondos públicos. Por el contrario, esta norma prevé un “techo” para el auxilio de cesantía de los trabajadores de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz.
Normativa de Relaciones Laborales
Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006
(Convención Colectiva C.N.F.L.)
• Si bien en las normas indicadas se reconoce una indemnización superior a los mínimos legales, lo cierto es que no llega a ser irrazonable, si se toma en cuenta que está sujeta a un límite y que es relativamente proporcional a la antigüedad del funcionario en la institución.
Normativa de Relaciones Laborales
Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006
(Convención Colectiva C.N.F.L.)• De modo que cuenta sólo con ese derecho
únicamente quien se ha desempeñado durante un largo período de tiempo. El beneficio se constituye así en un estímulo para la permanencia dentro de la Institución, evitando la salida de funcionarios y funcionarias de experiencia en el manejo de los temas atinentes a las competencias de la institución.
Normativa de Relaciones Laborales
Acción de Inconstitucionalidad Nº 17441-06 del 29-11-2006
(Convención Colectiva C.N.F.L.)
• De ese modo, considera la Sala que las normas impugnadas no transgreden las reglas y principios constitucionales invocados por los actores.
Normativa de Relaciones Laborales
Convención Colectiva de Trabajo del INS, Res. Nº 2006-017743, Acción de
Inconstitucionalidad• Tal como lo dispone el numeral 63
constitucional, la indemnización está prevista para los casos de despido sin justa causa, pues es una consecuencia lógica del rompimiento del contrato de trabajo por decisión unilateral del patrono. Sin embargo, en aquellos casos donde el rompimiento del contrato de trabajo obedece a una causa imputable al trabajador, no se justifica el pago del auxilio de cesantía, pues no existe una causa que lo legitime.
Normativa de Relaciones Laborales
Convención Colectiva de Trabajo del INS, Res. Nº 2006-017743, Acción de
Inconstitucionalidad• Así las cosas, este Tribunal estima
inconstitucional lo dispuesto en epígrafe iv del inciso a), el epígrafe v y del inciso b) y la totalidad del inciso c) en cuanto exceden el parámetro de veinte años que esta Sala ha estimado razonable como tope por concepto de cesantía y por permitirse el pago aun en los casos de despido con justa causa.
Normativa de Relaciones Laborales
"Antes que toda otra cosa la "Antes que toda otra cosa la preparación es la clave para preparación es la clave para
el éxito”. el éxito”. Alexander Graham BellAlexander Graham Bell
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 79. Permisos con goce salarial para Asambleas Generales Sindicales
* Escala según Normativa Actual
No. afiliados* Anterior Vigente
Hasta 500 100 a 200 (10%)201 a 500 (9%)
15%
500 a 999 8% 10%
1000 ó más 1001 a 2000 (7%)2001 en adelante (6%)
7%
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 80. Licencia con goce salarial para asistir a sesiones de Junta Directiva
Anterior Vigente
Según cuota de afiliación 1 día semanalmente (sesiones ordinarias)1 día mensual (sesiones extraordinarias)
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo35. Tiempo Extraordinario
La cancelación de este concepto se hará mediante el siguiente procedimiento:
1.Las horas laboradas durante un día libre, feriado o asueto se remunerará con el doble del salario.
2.Antes de su ejecución deberá estar autorizado y con su respectivo contenido pre4supuestario.
3.Se remunerará exclusivamente en dinero dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a su prestación.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 39. Salarios y sumas pagadas de más a la persona trabajadora
Los dineros percibidos de más a las personas trabajadoras se rebajarán de acuerdo a lo siguiente:
1.Notificación a la persona trabajadora por escrito a fin que se presente en los próximos 5 días hábiles para llegar a un arreglo de pago.
2.La Oficina de Recursos deberá demostrar en presencia del funcionario el pago de más, especificando monto y fechas en que se realizó dicho pago.
3.El plazo mínimo para el rebajo será de 6 meses.
4.Este concepto no podrá ser rebajado de la cesantía de la persona trabajadora.
Normativa de Relaciones Laborales
Artículo 87. Definición e integración de la Junta Nacional de Relaciones
Laborales
En virtud de la creación de una Gerencia más en la Institución posteriormente a la fecha de vigencia de la Normativa anterior (1998) se amplía el número de miembros de este órgano paritario en 2 personas más (1 por la representación institucional y 1 por la representación sindical).