gaceta oficial nº 41.204 del 01 de agosto de 2017proyecto: 080170000 "modelo defensivo de la...

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436.910 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

Resoluciones mediante las cuales se designan a los ciudadanos Profesionales Militares que en ellas se indican, actuando en el carácter que en ellas especifican, la aprobación y ordenación de los pagos que afecten los créditos desconcentrados acordados en la Ley de Presupuesto y sus modificaciones, a favor de las Unidades Administradoras Desconcentradas que en ellas se mencionan, hasta por las cantidades que en ellas se señalan.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Efrafn José Rosas Jiménez, como Autoridad Única de Salud del estado Nueva Esparta, dependiente de este Ministerio.

Fundación Misión Barrio AdentroProvidencia mediante la cual se designa a la ciudadana

Ruvelys Evelisse Delgado Pereira, como Administradora de esta Fundación en el estado Vargas.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE

Resolución mediante la cual se corrige por error material la Resolución N° 039, de fecha 27 de junio de 2017, donde se delega en el ciudadano Luis Felipe Durán Marín, en su carácter de Director de la Oficina de Gestión Humana de este Ministerio (Encargado), la atribución y firma de los actos y documentos que en ella se indican.

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Guillermo Martín Hernández Perdomo, como Director General de la Oficina Administrativa de Seguridad del Transporte, en calidad de Encargado, de este Ministerio.

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Ángel Enrique González Salazar, como Presidente Encargado de la empresa del Estado denominada Empresa Nacional de Mantenimiento Vial, S.A., ente adscrito a este Ministerio.- (Véase N° 6.319 Extraordinario de la G ACETA OFICIAL DE LA R EPÚ BLICA BOLIVARIANA DE V E N E ZU E LA de esta misma fecha).

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Francisco Antonio Espinoza Guyón, como Presidente Encargado de la Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR), ente adscrito a este Ministerio.-(Véase N° 6.319 Extraordinario de la G ACETA OFICIAL DE LA R EPÚ BLICA BOLIVARIANA DE V E N E Z U E LA de esta misma fecha).

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Luis Leandro Rojas Rojas, como Director General para la Participación en la Cultura Productiva, del Despacho de la Viceministra de Fomento de la Economía Cultural, de este Ministerio.

Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Nury Fasanella Carrero, como Directora Ejecutiva Encargada de la Fundación Cinemateca Nacional.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Decreto N° 3.002 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaría en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo previsto en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolívariana de Venezuela y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con el numeral 2 del artículo 84 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.

TARECK EL AISSAMI Vicepresidente Ejecutivo de la República

Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto N° 2.695 de fecha 25 de enero de 2017, publicado en la Gaceta

Oficial de la República Bolívariana de Venezuela N° 41.082 de fecha 25 de enero de 2017, reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolívariana

de Venezuela N° 41.083 de fecha 26 de enero de 2017.

DECRETA

Artículo I o. Se acuerda una modificación presupuestaria con cargo a la partida rectificaciones, por la cantidad de SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 6.428.574.477,00), para el presupuesto de egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

Proyecto: 080170000 "Modelo defensivo de ladoctrina militar bolívariana, para el aseguramiento de la Defensa Militar de la Nación."

AcciónEspecífica: 080170001 "Planes de campaña y planes

estratégicos de desarrollo necesarios para contrarrestar las amenazas internas y externas en contra de la Independencia y Soberanía de la Nación."

Partida: 4.06 "Gastos de defensa yseguridad del estado"-Ingresos Ordinarios

Sub-PartidasGenéricas,Específicas ySub-Específicas: 01.01.00 "Gastos de defensa y seguridad del

Estado"

6.428.574.477,00

6.428.574.477,00

6.428.574.477.00

6.428.574.477.00

6.428.574.477,00

DEFENSORÍA DEL PUEBLOResolución mediante la cual se delega en el ciudadano Alfredo

José Ruiz Angulo, en su carácter de Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, la firma de la certificación de copias simples de los documentos que formen parte de la correspondencia y del archivo de esta Defensoría.

Artículo 2o. Los Ministros del Poder Popular de Economía y Finanzas y del Poder Popular para la Defensa, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.

Artículo 3o. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.911

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

Ejecútese,(LS.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L.S.)

VLADIMIR PADRINO LÓPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(LS.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

NELSON PABLO MARTINEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LÓPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

YAMILET MI RABAL CALDERON

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GOMEZRefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMÓN AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L-S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY ALIRIO BERNAL ROSALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPAR

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

NÉSTOR VALENTÍN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PAEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Educación y Vicepresidente Sectorial para elDesarrollo Social y la Revoluciónde las Misiones(L.S.)

ELIAS JOSE JAUA MILANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (L-S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosoclalismo y Aguas (L.S.)

RAMÓN CELESTINO VELÁSQUEZ ARAGUAYAN

436.912 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)

KYRA SARAHÍ ANDRADE SOSA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para elTransporte(L.S.)

JUAN DE JESÚS GARCÍA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deObras Públicas(L.S.)

CÉSAR ALBERTO SALAZAR COLL

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L-S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES

Decreto N° 3.003 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionarla en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bollvarlana de Venezuela; en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, concatenado con el numeral 3 del artículo 2o del Decreto N° 2.849 de fecha 13 de mayo de 2017, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto N° 2.987 de fecha 13 de julio de 2017, en concordancia con los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica y su Prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en el Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2017, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a las venezolanas y los venezolanos el disfrute pleno de sus derechos,

CONSIDERANDO

Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario impedir que se generen daños a la economía del país, a fin de garantizar al pueblo venezolano el dlreccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles, para los proyectos sociales y la generación de la infraestructura necesaria que permitan el mejoramiento de su calidad de vida, aún en condiciones de Estado de Emergencia Económica, formalmente declarado y vigente,

CONSIDERANDO

Que el Estado debe asegurar a las venezolanas y los venezolanos el disfrute de sus derechos e igualmente, reducir los efectos de la inflación inducida y de la especulación y contrarrestar los problemas que afectan gravemente el equilibrio económico financiero del país,

CONSIDERANDO

Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere financiar y transferir los recursos necesarios que permitan la continuidad de las políticas sociales, obras de infraestructuras, adquisición de bienes y servicios y el fortalecimiento de la industria nacional, a fin de garantizar el vivir bien de las venezolanas y los venezolanos.

DICTO

El siguiente,

DECRETO N° 44 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL.

Artículo 1°. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, por la cantidad de NUEVE MIL CIENTO QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 9.115.476.190), los cuales serán destinados para complementar el incremento salarial del 50% del salario mínimo, con incidencias en el cestaticket socialista, con la finalidad de cumplir los compromisos con las trabajadoras y los trabajadores de los entes descentralizados adscritos al Gobierno del Distrito Capital, así como para cubrir los gastos generados por el Plan Salud Administrado de dichos entes, para los servicios médicos y hospitalarios que sean consecuencia de alteraciones de la salud, enfermedades y lesiones corporales.

Artículo 2o. Los recursos a que se refiere este Decreto, provienen de Otras Fuentes Ordinarias, debidamente certificados por la Tesorería del Gobierno del Distrito Capital.

Artículo 3o. El Jefe de Gobierno del Distrito Capital, en ejercicio de sus competencias procederá a dictar el correspondiente Decreto, en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.913

Artículo 4°. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo I o de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestaria:

DISTRITO CAPITAL Bs. 9.115.476.190

AcciónCentralizada: E50000002000 "Gestión Administrativa" 9.115.476.190

AcciónEspecífica: E50000002003 "Apoyo institucional al sector

público" 9.115.476.190

Partida: 4.07 "Transferencias y donaciones" Otras Fuentes Ordinarias

9.115.476.190

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 01.03.02 "Transferencias corrientes a

entes descentralizados sin fines empresariales" 4.850.476.190

A0227 Fundación para los Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Capital. 350.000.000

A0244 Fundación para la Identidad Caraqueña del Distrito Capital. " 260.000.000

A0493 Fundación Banda Marcial Caracas. 145.000.000

A0494 Fundación para el Desarrollo Endógeno Comunal Agroalimentario Fudenca Yerba Caracas. 315.000.000

A0495 Fundación Vivienda dei Distrito Capital (FUNVI). 350.000.000

A1349 Servicio Autónomo Lotería de Caracas. 15.000.000

A1353 Servicio de Administración Tributaria del Distrito Capital (SATDC). 205.000.000

A1354 Cuerpo de Bomberos del Distrito Capital. 3.210.476.190

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 01.03.07 "Transferencias corrientes a

entes descentralizados con fines empresariales no petroleros" 4.265.000.000

A0510 Canteras del Distrito Capital, S.A. " 20.000.000

A0521 Corporación para la Construcción y Gestión de Urbanismos en el Distrito Capital, S.A. (CORPOCAPITAL, S.A.). 945.000.000

A1536 Corporación de Servicios del Distrito Capital, S.A. 3.300.000.000

Articulo 5o. El Vicepresidente Sectorial de Economía y Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, queda encargado de la ejecución de este Decreto.

Artículo 6o. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

(L.S.)TARECK EL AISSAMI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguim iento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl M inistro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

RefrendadoEl M inistro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

NÉSTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L.S.)

VLADIMIR PADRINO LÓPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POU AK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMÓN AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

W ILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY ALIRIO BERNAL ROSALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acu icultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPAR

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parael Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

NELSON PABLO MARTÍNEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo M inero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

436.914 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LÓPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L-S.)

YAMILET MIRABAL CALDERÓN

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciarlo (L-S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

NÉSTOR VALENTÍN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para la Cultura(L-S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PÁEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Educación y Vicepresidente Sectorial para elDesarrollo Social y la Revoluciónde las Misiones(L.S.)

ELÍAS JOSÉ JAUA MILANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (L-S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas (L.S.)

RAMÓN CELESTINO VELÁSQUEZ ARAGUAYAN

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZRefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L-S.)

KYRA SARAHI ANDRADE SOSA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para elTransporte(L.S.)

JUAN DE JESÚS GARCÍA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deObras Públicas(L.S.)

CESAR ALBERTO SALAZAR COLL

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L.S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz(L.S.)

GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES

Decreto N° 3.004 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundaclón de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bollvarlana de Venezuela; en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, concatenado con el numeral 3 del artículo 2° del Decreto N° 2.849 de fecha 13 de mayo de 2017, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto N° 2.987 de fecha 13 de julio de 2017, en concordancia con los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica y su Prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en el Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2017, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a las venezolanas y los venezolanos el disfrute pleno de sus derechos,

CONSIDERANDO

Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionarlo Impedir que se generen daños a la economía del país, a fin de garantizar al pueblo venezolano el dlrecclonamlento preferente de los recursos económicos disponibles, para los proyectos sociales y la generación de la infraestructura necesaria que permitan el mejoramiento de su calidad de vida, aún en condiciones de Estado de Emergencia Económica, formalmente declarado y vigente,

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.915

CONSIDERANDO

Que el Estado debe asegurar a las venezolanas y los venezolanos el disfrute de sus derechos e igualmente, reducir los efectos de la Inflación inducida y de la especulación y contrarrestar los problemas que afectan gravemente el equilibrio económico financiero del país,

CONSIDERANDO

Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere financiar y transferir los recursos necesarios que permitan la continuidad de las políticas sociales, obras de Infraestructuras, adquisición de bienes y servicios y el fortalecimiento de la Industria nacional, a fin de garantizar el vivir bien de las venezolanas y los venezolanos.

DICTO

El siguiente,

DECRETO N° 45 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL.

Artículo I o. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, por la cantidad de SIETE MIL ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES (Bs. 7.011.904.762,00), los cuales serán destinados para cubrir los gastos generados por el Plan Salud Administrado del personal activo, pensionado y jubilado del Gobierno del Distrito Capital, así como para la ejecución de diversos proyectos sociales y deportivos.

Artículo 2°. Los recursos a que se refiere este Decreto, provienen de Otras Fuentes Ordinarias, debidamente certificadas por la Tesorería del Gobierno del Distrito Capital.

Artículo 3o. El Jefe de Gobierno del Distrito Capital, en ejercicio de sus competencias procederá a dictar el correspondiente Decreto, en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.

Artículo 4°. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo I o de este Decreto, se realizará según la siguiente Imputación presupuestaria:

DISTRITO CAPITAL Bs. 7.011.904.762,00

AcciónCentralizada: E50000001000 "Dirección y coordinación

de los gastos de los trabajadores ytrabajadoras" " 3.506.750.000,00

AcciónEspecífica: E50000001001 "Asignación y control de los

recursos para gastos de los trabajadores y trabajadoras" " 3.506.750.000,00

Partida: 4.01 "Gastos de personal" 3.006.750.000.00-Otras Fuentes Ordinarias

Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas: 07.08.00 "Aporte patronal a los

servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por empleados" 1.000.000.000,00

07.24.00 "Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por obreros" 500.000.000,00

07.81.00 "Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios por personal contratado" 500.000.000,00

08.01.00 "Prestaciones sociales e indemnizaciones a empleados" " 756.750.080,00

08.02.00 "Prestaciones sociales e indemnizaciones a obreros" " 160.000.000,00

08.03.00 "Prestaciones sociales e indemnizaciones al personal contratado"

„ 90.000.000,00

Partida: 4.03 " Servicios no personales " -Otras Fuentes Ordinarias

500.000.000.00

Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas: 16.01.00 "Servicios de diversión,

esparcimiento y culturales" " 500.000.000,00

AcciónCentralizada: E50000002000 "Gestión Administrativa" 1.364.154.762,00

AcciónEspecífica: E50000002001 "Apoyo institucional a las

acciones específicas de los proyectos del organismo" 1.143.129.540,06

Partida: 4.02 "Materiales, suministros ymercancías" 1.143.129.540.06-Otras Fuentes Ordinarias

Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas:

03.02.00 "Prendas de vestir" 1.143.129.540,06

AcciónEspecífica: E50000002003 "Apoyo institucional al sector

público" 221.025.221,94

Partida: 4.07 "Transferencias y donaciones" 221.025.221.94-Otras Fuentes Ordinarias

Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas: 01.03.02 "Transferencias corrientes a

entes descentralizados sin fines empresariales" 206.740.500,00

- A0495 Fundación Vivienda del Distrito Capital (FUNVI) 63.670.500,00

- A1353 Servicio de Administración Tributaria del Distrito Capital 143.070.000,00

01.03.11 "Transferencias corrientes al Poder Municipal" 14.284.721,94

- E7600 Área Metropolitana de Caracas 14.284.721,94

AcciónCentralizada: E50000003000 "Previsión y Protección

Social" 2.000.000.000,00

AcciónEspecífica: E50000003001 "Asignación y control de los

recursos para gastos de los pensionados, pensionadas, jubilados y jubiladas" 2.000.000.000,00

Partida: 4.07 "Transferencias y donaciones" 2.000.000.000.00-Otras Fuentes Ordinarias

436.916 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

Sub-PartidasGenéricas,Específicas ySub-Específicas: 01.01.11 "Aportes a los servicios de

salud, accidentes personales y gastos funerarios del personal empleado, obrero y militar pensionado"

01.01.15 "Aportes a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios del personal empleado, obrero y militar jubilado"

Proyecto: E50000064000 "Desarrollo de programaspara el fortalecimiento de la atención integral y organización popular de la juventud, deporte comunitario y de alto rendimiento y la transformación del sistema educativo distrital desde principios liberadores y pertinencia social en el Distrito Capital."

AcciónEspecífica: E50000064001 "Apoyo dirigido a las y los

atletas, y a las y los entrenadores deportivos del Distrito Capital para la organización y/o participación de las diferentes disciplinas deportivas en el calendario deportivo nacional a través del control médico, entrenamiento, deportivo y el proceso de preparación técnico-metodológico para el fortalecimiento del deporte de rendimiento."

500.000.000,00

1.500.000.000,00

141.000.000,00

141.000.000,00

Partida: 4.07 "Transferencias ydonaciones"-Otras Fuentes Ordinarias

Sub-PartidaGenérica,Específica y Sub-Específica: 01.01.77 "Subsidios a entidades

deportivas y recreativas de carácter privado"

141.000.000.00

141.000.000,00

Artículo 5o. El Vicepresidente Sectorial de Economía y Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, queda encargado de la ejecución de este Decreto.

Artículo 6o. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L.S.)

VLADIMIR PADRINO LOPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMON AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ANGEL PEREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY ALIRIO BERNAL ROSALES

Ejecútese,(LS.)

Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPAR

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

TARECK EL AISSAMI NELSON PABLO MARTINEZ

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.917

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para elTransporte(L.S.)

JUAN DE JESÚS GARCÍA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LOPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

YAMILET MIRABAL CALDERON

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GOMEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deObras Públicas(L.S.)

CESAR ALBERTO SALAZAR COLL

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L.S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMINGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz(L.S.)

GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES

Decreto N° 3.005 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciarlo (L.S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

NESTOR VALENTIN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PAEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Educación y Vicepresidente Sectorial para elDesarrollo Social y la Revoluciónde las Misiones(L.S.)

ELIAS JOSE JAUA MILANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (L.S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosoclalismo y Aguas (L.S.)

RAMON CELESTINO VELASQUEZ ARAGUAYAN

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNANDEZRefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)

KYRA SARAHI ANDRADE SOSA

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem y el numeral 3 del artículo 2o del Decreto N° 2.849 de fecha 13 de mayo de 2017 mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto N° 2.987 de fecha 13 de julio de 2017, en concordancia con los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica y su Prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en el Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2017, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a las venezolanas y los venezolanos el disfrute pleno de sus derechos,

CONSIDERANDO

Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario impedir que se generen daños a la economía del país, a fin de garantizar al pueblo venezolano el dlreccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles, para los proyectos sociales y la generación de la infraestructura necesaria que permitan el mejoramiento de su calidad de vida, aún en condiciones de Estado de Emergencia Económica, formalmente declarado y vigente,

436.918 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

CONSIDERANDO

Que el Estado debe asegurar a las venezolanas y los venezolanos el disfrute de sus derechos e igualmente, reducir los efectos de la Inflación Inducida y de la especulación y contrarrestar los problemas que afectan gravemente el equilibrio económico financiero del país,

CONSIDERANDO

Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere financiar y transferir los recursos necesarios que permitan la continuidad de las políticas sociales, obras de Infraestructuras, adquisición de bienes y servicios y el fortalecimiento de la industria nacional, a fin de garantizar el vivir bien de las venezolanas y los venezolanos.

DICTO

El siguiente,

DECRETO N° 46 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS VIGENTE DEL TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA.

Artículo Io. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA, por la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000,00), los cuales serán destinados a la ejecución de actividades necesarias en el mantenimiento de los servicios de agua del Gran Roque.

07.03.00 "Productos de arcilla para construcción" 3.000.000,00

08.09.00 "Repuestos y accesorios para equipos de transporte" " 1.000.000,00

10.05.00 "Útiles de escritorio, oficina y materiales de instrucción" " 4.000.000,00

99.01.00 "Otros materiales y suministros" 2.518.075,80

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 18.01.00 "Impuesto al valor

agregado" 1.912.924,20

Proyecto: E77000042000 "Conservación y reparaciones mayores que garanticen el soporte logístico y de infraestructura en el Territorio Insular Francisco de Miranda." " 22.569.000,00

AcciónEspecífica: E77000042002 "Proporcionar servicio de

apoyo en el área demantenimiento a las diferentes unidades del Territorio Insular Francisco de Miranda" 22.569.000,00

Partida: 4.02 "Materiales, suministros y mercancías" 19.917.000.00(Otras Fuentes Ordinarias)

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 06.01.00 "Sustancias químicas y de

uso industrial" 19.917.000,00Partida: 4.03 "Servicios no personales"

(Otras Fuentes Ordinarias)2.652.000.00

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 18.01.00 "Impuesto al valor

agregado" " 2.652.000,00

Artículo 5o. El Vicepresidente Sectorial de Economía y Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, queda encargado de la ejecución de este Decreto.

Artículo 6o. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 2o. Los recursos para financiar los gastos a que se refiere este Decreto, provendrán de Otras Fuentes Ordinarias, debidamente certificados por la Tesorería del Territorio Insular Francisco de Miranda.

Artículo 3o. El Jefe de Gobierno del Territorio Insular Francisco de Miranda, en ejercicio de sus competencias procederá a dictar el correspondiente Decreto, en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.

Artículo 4o. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo Io de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestaria:

TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA Bs. 50.000.000,00

AcciónCentralizada: E77000002000 "Gestión

Administrativa"

AcciónEspecífica: E77000002001 "Apoyo institucional a las

acciones específicas de los proyectos del organismo"

Partida: 4.02 "Materiales, suministros ymercancías"(Otras Fuentes Ordinarias)

Sub-PartidasGenérica,Específica ySub-Específica: 01.01.00 "Alimentos y bebidas para

personas"

27.431.000,00

27.431.000,00

25.518.075.80

15.000.000,00

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

Ejecútese,(LS.)

RefrendadoEl Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)

TARECK EL AISSAMI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.919

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L.S.)

VLADIMIR PADRINO LOPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMON AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY ALIRIO BERNAL ROSALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPARRefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LOPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

YAMILET MIRABAL CALDERON

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GOMEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

NESTOR VALENTIN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PAEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Educación y Vicepresidente Sectorial para elDesarrollo Social y la Revoluciónde las Misiones(L.S.)

ELIAS JOSE JAUA MIIANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (L.S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas (L.S.)

RAMON CELESTINO VELASQUEZ ARAGUAYAN

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNANDEZRefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

NELSON PABLO MARTÍNEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)

KYRA SARAHI ANDRADE SOSA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para elTransporte(L.S.)

JUAN DE JESÚS GARCÍA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deObras Públicas(L.S.)

CESAR ALBERTO SALAZAR COLL

436.920 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L.S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMINGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

GERARDO JOSE IZQUIERDO TORRES

Decreto N° 3.006 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bollvarlana de Venezuela; en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, concatenado con el numeral 3 del artículo 2° del Decreto N° 2.849 de fecha 13 de mayo de 2017, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto N° 2.987 de fecha 13 de julio de 2017, en concordancia con los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica y su Prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en el Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2017, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a las venezolanas y los venezolanos el disfrute pleno de sus derechos,

CONSIDERANDO

Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario Impedir que se generen daños a la economía del país, a fin de garantizar al pueblo venezolano el dlreccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles, para los proyectos sociales y la generación de la Infraestructura necesaria que permitan el mejoramiento de su calidad de vida, aún en condiciones de Estado de Emergencia Económica, formalmente declarado y vigente,

CONSIDERANDO

Que el Estado debe asegurar a las venezolanas y los venezolanos el disfrute de sus derechos e Igualmente, reducir los efectos de la inflación Inducida y de la especulación y contrarrestar los problemas que afectan gravemente el equilibrio económico financiero del país,

CONSIDERANDO

Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere financiar y transferir los recursos necesarios que permitan la continuidad de las políticas sociales, obras de infraestructuras, adquisición de bienes y servicios y el fortalecimiento de la industria nacional, a fin de garantizar el vivir bien de las venezolanas y los venezolanos.

DICTO

El siguiente,

DECRETO N° 47 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS VIGENTE DEL TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA.

Artículo Io. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA, por la cantidad de DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 17.951.746,00), los cuales serán destinados a cubrir insuficiencias presupuestarlas.

Artículo 2°. Los recursos para financiar los gastos a que se refiere este Decreto, provendrán de Ingresos Propios, debidamente certificados por la Tesorería del Territorio Insular Francisco de Miranda.

Artículo 3o. El Jefe de Gobierno del Territorio Insular Francisco de Miranda, en el ejercicio de sus competencias procederá a dictar el correspondiente Decreto, en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.

Artículo 4o. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo Io de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestarla:

TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA Bs. 17.951.746,00

AcciónCentralizada: E77000002000 "Gestión Administrativa" " 17.951.746,00

AcciónEspecífica: E77000002001 "Apoyo institucional a las

acciones específicas de los proyectos del organismo" " 15.578.985,00

Partida: 4.02 "Materiales, suministros y mercancías"(Ingresos propios)

" 13.000.000.00

Sub-Partidas Genéricas, Específicas y Sub-Específicas: 01.01.00 "Alimentos y bebidas para

personas" " 11.000.000,00

06.06.00 "Combustibles y lubricantes" " 2.000.000,00

Partida: 4.03 "Servicios no personales" (Ingresos propios) " 2.578.985.00

06.01.00 "Fletes y embalajes" " 1.000.000,00

18.01.00 "Impuesto al valor agregado" " 1.578.985,00

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.921

AcciónEspecifica: E77000002003 "Apoyo institucional al Sector

Público" 2.372.761,00

Partida: 4.07 "Transferencias y donaciones" (Ingresos propios) 2.372.761.00

Sub-Partida Genérica, Específica y Sub-Específica: 01.03.02 "Transferencias corrientes a

entes descentralizados sin fines empresariales" 2.372.761,00

A0288 Servicio de Administración Tributaria Insular Miranda (SATIM) 2.372.761,00

Artículo 5o. El Vicepresidente Sectorial de Economía y Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, queda encargado de la ejecución de este Decreto.

Artículo 6°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

Ejecútese,(LS.)

RefrendadoEl Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)

TARECK EL AISSAMI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L.S.)

VLADIMIR PADRINO LOPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMON AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ANGEL PEREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY ALIRIO BERNAL ROSALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPAR

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parael Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNANDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

NELSON PABLO MARTINEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LOPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

YAMILET MIRABAL CALDERON

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GOMEZ

436.922 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSE INFANTE APARICIO

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciarlo (L.S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

NÉSTOR VALENTÍN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PAEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones(L.S.)

ELÍAS JOSÉ JAUA MILANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (L.S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosoclallsmo y Aguas (L.S.)

RAMÓN CELESTINO VELÁSQUEZ ARAGUAYAN

Decreto N° 3.007 01 de agosto de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el Supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; concatenado con el artículo 195 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 73, 74, 75 y 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, en Consejo de Ministros.

TARECK EL AISSAMI Vicepresidente Ejecutivo de la República

Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto N° 2.695 de fecha 25 de enero de 2017, publicado en la Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.082 de fecha 25 de enero de 2017, reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana

de Venezuela N° 41.083 de fecha 26 de enero de 2017.

CONSIDERANDO

Que es necesario avanzar en mecanismos y programas que beneficien e impulsen el buen vivir del pueblo venezolano, así como el desarrollo del Nuevo Modelo Productivo,

CONSIDERANDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZRefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.)

KYRA SARAHÍ ANDRADE SOSA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para elTransporte(L.S.)

JUAN DE JESUS GARCIA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deObras Públicas(L.S.)

CÉSAR ALBERTO SALAZAR COLL

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L.S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES

Que el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES) incentiva la inversión para el fortalecimiento de la producción minera y reservas internacionales del país, así como otros proyectos estratégicos en el Marco de la Agenda Económica Bolivariana, a través de la emisión de Bonos por un monto máximo de DOS BILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.750.000.000.000.000,00) con vencimiento en el año 2022.

DECRETA

Artículo Io. Se exonera del pago del Impuesto sobre la Renta, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a los enriquecimientos obtenidos por los tenedores, personas jurídicas, provenientes de los Bonos emitidos por el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES).

Artículo 2°. A los fines de la determinación de los enriquecimientos exonerados a los que hace referencia el artículo anterior, se aplicarán las normas establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, según el caso, en lo relativo a los ingresos, costos y deducciones de los enriquecimientos gravables.

Los costos y deducciones comunes aplicables a los ingresos cuyas rentas resulten gravables o exoneradas, territoriales o extraterritoriales, se distribuirán en forma proporcional.

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.923

Artículo 3o. A los fines del control, los beneficiarios de la exoneración deben presentar la declaración anual de los enriquecimientos netos globales gravados y exonerados, según corresponda, en los términos y condiciones que establece el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, su Reglamento y demás normas aplicables.

Artículo 4o. Para el disfrute del beneficio establecido en el artículo I o del presente Decreto, los beneficiarios deben cumplir, además de las obligaciones y requisitos exigidos en este Decreto, las previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, su Reglamento y demás normas aplicables.

Artículo 5o. Perderán el beneficio de exoneración previsto en el artículo Io, los beneficiarios que no cumplan las obligaciones y requisitos exigidos en este Decreto, así como las previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Impuesto sobre la Renta, su Reglamento y demás normas aplicables.

Artículo 6o. El plazo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto, será de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia.

La exoneración aquí prevista se aplicará al ejercicio fiscal que se encuentre en curso, a partir de la entrada en vigencia de este Decreto.

Artículo 7o. Queda encargado de la ejecución del presente Decreto el Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas.

Artículo 8o. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

de la Gestión de Gobierno (L.S.)

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

SAMUEL REINALDO MONCADA ACOSTA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L-S.)

NESTOR LUIS REVEROL TORRES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Defensa y Vicepresidente Sectorialde Soberanía Política, Seguridad y Paz(L-S.)

VLADIMIR PADRINO LOPEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

ERNESTO EMILIO VILLEGAS POfJAK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)

RAMON AUGUSTO LOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

MIGUEL ANGEL PEREZ ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

FREDDY A LIRIO BERNAL ROSALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

ORLANDO MIGUEL MANEIRO GASPAR

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parael Turismo(L.S.)

MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

NELSON PABLO MARTINEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

LUIS SALERFI LOPEZ CHEJADE

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

YAMILET MIRABAL CALDERON

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ

436.924 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciarlo (I—S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (I—S.)

NESTOR VALENTIN OVALLES

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

ANA ALEJANDRINA REYES PAEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Educación y Vicepresidente Sectorial para elDesarrollo Social y la Revoluciónde las Misiones(L.S.)

ELIAS JOSE JAUA MILANO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (I—S.)

HUGBEL RAFAEL ROA CARUCI

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas (L.S.)

RAMON CELESTINO VELASQUEZ ARAGUAYAN

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda y Vicepresidente Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (I—S.)

MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNANDEZ

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (I—S.)

KYRA SARAHI ANDRADE SOSA

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el T ransporte (I—S.)

JUAN DE JESUS GARCIA TOUSSAINTT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Obras Públicas (I—S.)

CESAR ALBERTO SALAZAR COLL

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Energía Eléctrica y VicepresidenteSectorial de Obras Públicas y Servicios(L.S.)

LUIS ALFREDO MOTTA DOMINGUEZ

RefrendadoEl Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

GERARDO JOSE IZQUIERDO TORRES

CONSEJO DE MINISTROS

COMUNICADO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO, EN SOLIDARIDAD CON EL

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, NICOLÁS MADURO.

El Consejo de Ministros del Gobierno Bolivariano y Revolucionario de Venezuela, se dirige al pueblo venezolano y a nuestros hermanos del mundo, para rechazar categóricamente, las pretendidas sanciones en contra de nuestro Presidente Constitucional, hermano y compañero, Nicolás Maduro Moros, por parte de la administración imperial del Presidente Donald Trump, anunciadas el día de ayer, lunes 31 de julio de 2017.

Esta inaceptable amenaza del gobierno imperial de los Estados Unidos de Norteamérica, se configura como una grave agresión proferida contra la Patria y el pueblo de Bolívar, por parte de ese imperio, pretendiendo con ello, callar las voces de los pueblos libres y de sus líderes populares, en este caso particular, del compañero y camarada Nicolás Maduro, quien se ha fortalecido como jefe y líder de la Revolución Bolivariana.

La Venezuela heroica, protagonizó el pasado domingo 30 de julio de 2017, una de las más memorables jornadas electorales de su historia democrática, venciendo las amenazas, la violencia y las balas de la derecha opositora venezolana. Esta jornada gloriosa, la del pueblo de Bolívar, la del pueblo de Chávez, le ha abierto el horizonte a la Venezuela del mañana, a la Venezuela de paz, a la Venezuela potencia, y es una señal clara, contundente, Inequívoca, firme y absoluta, de la resolución de nuestro pueblo a ser libre e independiente para siempre.

La infame agresión imperial, materializada en estas pretendidas sanciones al presidente constitucional Nicolás Maduro Moros, lejos de minar o quebrar la unidad revolucionaria, ha fortalecido la lealtad a un gran compañero y hermano, un digno hijo de Chávez, un luchador revolucionario, valiente, quien jamás se arrodillará a imperio alguno y alzará siempre la voz de nuestro pueblo, y la de los Pueblos del mundo, que claman justicia y libertad. ¡NO ESTAMOS EN TIEMPOS DE COLONIAS ESTAMOS EN TIEMPOS DE PUEBLOS LIBRES Y SOBERANOS!

La Asamblea Nacional Constituyente, elegida por los más de ocho millones de venezolanas y venezolanos que participaron en la grandiosa jornada del domingo 30 de julio, es el punto de partida para el reconocimiento y el reencuentro de todos los sectores sociales del país. Esta Asamblea NacionalConstituyente, devenida del poder originario de nuestro pueblo, impulsará las transformaciones democráticas necesarias para forjar la Venezuela futura.

En consecuencia, ante las incesantes, infames e ilegítimas sanciones, y la permanente injerencia y agresión por parte del imperio norteamericano en los asuntos de los venezolanos y de las venezolanas, este Consejo de Ministros del Gobierno Bolivariano, manifiesta su irrestricto apoyo, solidaridad y lealtad al Presidente Nicolás Maduro y a nuestros líderes revolucionarios, ante cualquier pretendida amenaza, que atente contra nuestra independencia, nuestra sagrada soberanía y la paz de la República.

Finalmente, reafirmamos nuestra convicción y nuestros principios irrenunciables de ser Bolivarianos, Chavistas, Socialistas y Antiimperialistas; y en esta causa abrazamos la bandera de la paz, la justicia social y la prosperidad nacional. Como diría nuestro amado Comandante Hugo Chávez: "Estamos en tiempos de un mundo que dama gigante?, y desde aquí agregamos: i Esta es la Venezuela gigante! i Y e l compañero Nicolás Maduro es un gigante en su moral Revolucionaría, Chavista y Antiim perialista'.

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.925

En el Palacio de Miradores, sede del Poder Ejecutivo de la República Bollvariana de Venezuela, al primer día del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

¡Viva la constituyente del pueblo soberano! ¡Viva Chávez!¡Viva Nicolás!

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara Relaciones Interiores, Justicia y Paz(L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Defensa y Vicepresidente Sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)

NESTO^ÚUIS REVEROL.TORRES /

£ F v fERNESTO EM ldoy íilLEG AS POUAK

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de Economía(L.S.) „ ,

RAMON AtojSICHdOBO MORENO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para -— rIndustrias Básicas, Estratégicas y Socialistas __(L.S.) C -■ J ______ J

JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parael Comercio Exterior e Inversión Internacional(L.S.)

I

ABAD

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularpara la Agricultura Productiva y Tierras(L.S.)

WILMAR 'RjS áC¡JELDO

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular deAgricultura Urbana(L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Alimentación(L.S.)

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Turismo (L.S.)

'fé e r n c iif/ ,FREDD)LALmiO BERNA!)) ISALES

RefrendadoEl Ministro del Poder Popularde Petróleo(L.S.)

MARLENY JOSI

ELSON PABLO MARTINEZ

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.) JORGE ALBERTO ARREA» MONTSERRAT

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular parala Salud(L.S.)

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

RefrendadoLa Ministra del Poder Popularpara la Mujer y la Igualdad de Género(L.S.)

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)

MIRELYS CONTRERAS

RefrendadoEl Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

RefrendadoLa Ministra del Poder Popular parala Cultura(L.S.)

436.926 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

RefrendadoEl M in istro de l Poder Popu lar parala Educac ión y V icep res id en te Sectoria l para elD esarro llo Socia l y la Revo luc iónde las M is iones(L.S.)

RefrendadoEl M inistro del Poder Popular para la Educación Universitaria, C iencia y Tecnolog ía (L.S.)

Refrendado El M inistro del Poder Popular para el Ecosocia lism o y Aguas (L.S.)

RAMÓN CELESTINO

RefrendadoEl M inistro del Poder Popular para Hábitat V iv ienda y V icepresidente Sectoria l de Desarrollo de l Socia lism o Territoria l

(L S ') M ANUEL SALVAD'

RefrendadoLa M inistra del Poder Popular para las Com unas y los Movim ientos Socia les (L.S.)

RefrendadoEl M inistro del Poder Popular para elT ransporte(L.S.)

RefrendadoEl M inistro del Poder Popular de Obras Públicas (L.S.)

Refrendado El M inistro del Poder Popular para la Energía Eléctrica y V icepresidente Sectoria l de Obras Públicas y Servicio) (L.S.)

ELIAS JOSE JAUA MILANO

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RefrendadoEl M inistro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

gerXrdoj©súí2ú Ciierdo torres

O PEREZConsejo de Ministros

MINISTERIO DEL PODER POPULAR _______PARA LA DEFENSA_______

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 19JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020059207°, 158° y 18°

En mi condición de M inistro del Poder Popular para la Defensa, designado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercic io de las atribuciones que me confiere el artículo 16 de la Ley Orgánica de Procedim ientos Adm in istrativos en concordancia con los artículos 34, 35, 41 y 78 numeral 26 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Adm inistración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficia l de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.147 de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando en concordancia con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 6 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, y lo señalado en los artícu los 1 y 6 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional de fecha 17 de septiembre de 1969, publicado en la Gaceta Oficial N° 29.025 de fecha 18 de septiembre de 1969,

RESUELVEPRIMERO: Delegar en el Mayor General RICHARD JESÚS LÓPEZ VARGAS,titular de la Cédula de Identidad N° 6.166.221, VICEMINISTRO DE SERVICIOS, PERSONAL Y LOGÍSTICA PARA LA DEFENSA, nombrado mediante Decreto Presidencial N° 2.982 de fecha 07 de ju lio de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.188 de fecha 07 de ju lio de 2017, la facultad de firmar los actos y documentos que se indican a continuación.

1. Documento que autoriza el inicio del procedimiento o acta de inicio de las distintas modalidades de contratación a ser aplicadas.

2. Autorización para activar el procedimiento extraordinario de Contratación Directa, previsto en el artículo 101 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

3. Las Actas de Adjudicación provenientes de los concursos cerrados, concursos abiertos y consultas de precios.

4. Los Actos motivados para activar la Contratación Directa, previstos. en é l ;¡ y artículo 101 de la Ley de Contrataciones Públicas. fv

5. Los Actos motivados para la suspensión, terminación de los procesos de selección de las contrataciones y apertura de nuevos procesos, conforme a lo previsto en los artículos 106, 107 y 108 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

6. Los Actos motivados que justifiquen la apertura de los concursos cerrados, independientemente del momento de la contratación, en los supuestos previstos en el artículo 85 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

7. El Acto motivado que justifique la ampliación de los lapsos o términos establecidos para las modalidades de selección de contratistas, de acuerdo a lo señalado en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

8. Las declaraciones de desierta de las modalidades de contratación, así como las notificaciones respectivas.

9. Las consultas por escrito a la Procuraduría General de la República en materia de contrataciones públicas.

10. La Normativa Interna que regirá la materia de contrataciones en el Sector Defensa.

11. Las Órdenes de Compra, de Servicios, Contratos comerciales y sus modificaciones o Enmiendas y addendum, según el caso, si las hubiere, previo el cumplimiento de lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas y demás normativa especial aplicable por la materia.

12. Los convenios de alianzas comerciales y estratégicas dentro del marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

13. Los contratos de servicios básicos indispensables para el funcionamiento del órgano o ente contratante.

14. Los Convenios de Cooperación Interinstitucional u otros Convenios inherentes al Sector Defensa.

15. Los Contratos de Arrendamiento.16. Los Contratos de Comodato.17. Los Contratos de Contraprestación y Actas de uso anticipado.

18. Autorizar las modificaciones, enmiendas o addendum según sea el caso, de las órdenes de compra, de servicios y contratos, salvo las contrataciones que hayan sido suscritas y autorizadas por el Ministro del Poder Popular para la Defensa.

19. La Certificación de Deudas de los expedientes de Reconocimiento Administrativo de Deudas (Acreencias no prescritas).

20. Los oficios de remisión de los expedientes de Reconocimiento Adpjinfetrativó (>V£ , de Deudas (Acreencias no prescritas). / f \ / i

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.927

• 21. Autorizar las solicitudes por conceptos de pago de adelanto de asignación de antigüedad del Personal Militar adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, previsto en el artículo 59 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Ley Negro Primero.

22. Las decisiones del Viceministerio de Servicios, Personal y Logística tendrán la denominación "ORDEN DEL VICEMINISTRO DE SERVICIOS, PERSONAL Y LOGÍSTICA", cuyas copias deberán ser remitidas a la Dirección General del Despacho del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.

23. Las órdenes mediante las cuales se designan a los Oficiales de Comando hasta el grado de Teniente Coronel o Capitán de Fragata sin comando directo, Oficiales Técnicos, Oficiales de Tropa, Oficiales Asimilados, Oficiales Asimilados Técnicos y Tropas Profesional en cargos dentro del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. En tal sentido el Ministro del Poder Popular para la Defensa se reserva la potestad de efectuar los nombramientos para cargos a ser ocupados por Oficiales Coroneles y/o Capitanes de Navio en cualquiera de sus categorías.

24. El Ministro del Poder Popular para la Defensa se reserva la potestad de designar a los profesionales militares en todos los grados, jerarquías y categorías a ser propuestos por los Componentes para ocupar cargos en el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, Comando Estratégico Operacional y Milicia Bolivariana.

SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido ciudadano deberá rendir cuenta al Ministro, de todos los actos y documentos que hubiere firmado en virtud de esta Delegación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020173207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, respecto a los actos y documentos cuya firma no puede ser delegada.

El Ministro del Poder Popular para la Defensa podrá discrecionalmente, firmar los actos y documentos delegados en la presente Resolución

TERCERO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir deÁ la Gaceta Oficial de la República Bolivariana d e \

Comuniqúese y publíquese. ./* v"Por el Ejecutivo Nacional, ' : , -

ministro del Poder Popular ~ : para la Defensa <f> ' *

é I \R EPÚ B LICA BO LIVAR IAN A DE VEN EZUELA

M IN ISTER IO DEL PO D ER PO PU LAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL M INISTRO

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 19 de julio de 2017, al Capitán de Navio GIOVANNI FILOMENO CHIARENZA, C.I. N° 10.245.646, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada con firma, "OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ARMADA BOLIVARIANA", Código J$ 0 3 7 3 0

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional, .

IR PADRINO LQPEZ General en Jefe

Ministro del Poder Poplilaj^í5 para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020169

Por disposición del Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de

Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de

conformidad con lo establecido en el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424

con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha

17 de noviembre de 2014, en concordancia con lo establecido en los artículos 24

y 25 numeral 8 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica

de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de

noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Efectuar el siguiente nombramiento:

COMANDANCIA GENERAL DEL EJÉRCITO BOLIVARIANOSEGUNDO COMANDO Y JEFATURA DE ESTADO MAYOR Dirección de Educación

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020175207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

General de División IVÁN JOSÉ SÁNCHEZ SEGURA, C.I. N° 6.439.870,Director, e/r del General de División IRWIN JOSÉ ASCANIO ESCALONA, C.I. N° 6.151.990.

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Coronel REINALDO JOSÉ QUINTANA DÍAZ, C.I. N° 11.144.238, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02, 4.03 y 4.04), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, CUARTEL GENERAL DE LAAVIACION MILITAR BOLIVARIANA, Código N° 04100.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

DIMIR PADRINO / General en Jefe

Ministro del Poder PopAlar para la Defensa

OPEZ

436.928 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN NQ 020178207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 10 de julio de 2017, al Coronel LUÍS OMAR QUESADA BRAVO, C.I. N° 8.880.869, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada con firma, OFICINA DE GESTION ADMINISTRATIVA DE LA GU,59204.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

R EPÚBLICA BO LIVARIAN A DE VEN EZUELA

M IN ISTER IO DEL PO DER PO PU LAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL M INISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020180207°, 158° y 18°

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020181

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada CARLOS RAFAEL SERRANO DUQUE, C.I. N° 10.333.534, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 53 BRIGADA DEINFANTERÍA DE SELVA "TENIENTE CORONEL JESUS CONTRERAS", Código N° 29941.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,ADIMIR PADRINO L$PEZ

General en Jefe nistro del Poder Popular

. para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020182207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada GIANCARLO GABRIEL DELFINO LÓPEZ, C.I. N° 9.818.872, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad "51 BRIGADA DE INFANTERÍA

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,PIMIR PADRINO LQPEZ

General en Jefe ^íistro del Poder Popular

para la Defensa

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada JOSÉ GREGORIO ACOSTA GUEVARA, C.I. N° 10.995.178, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 61 BRIGADA DE ACONDICIONAMIENTO DE INGENIEROS "GENERAL BRIGADA AGUSTÍN CODAZZI", Código N° 29828Lí^

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,:Z

General en Jefe histro del Poder Popular

para la Defensa /f

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.929

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

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Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020183207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020185207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada CARLOS LEOBARDO LEZAMA PÉREZ, C.I. N° 9.455.746, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 62 BRIGADA DE INGENIEROS DE COMBATE "GENERAL DE BRIGADA LUCIANO URDANETA", Código N° 29969.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

M¡ istro del Poder Popular^ para la Defensa

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Capitán de Navio PEDRO JESÚS ZAPATA MACHÍN, C.I. N° 10.277.062, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 6TA BRIGADA DE INFANTERÍA DE MARINA FLUVIAL "GJ. JOSÉ ANTONIO PÁEZ", Código N° 0^ 46.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

ADRINO LQPEZ I en Jefe !

Ministro del Poder Po^ula^ para la Defensa /£

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020184207°, 158° y 18°

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020186207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada FRANCISCO JAVIER PIÑA MORA, C.I. N° 9.786.180, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 64 BRIGADA DE INGENIEROS FERROVIARIOS "GENERAL EN JEFE EZEQU#L ZAMORA", Código N° 29841.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,JjfDIMIR PADRINO 1

General en Jefe / nistro del Poder Popular

para la Defensa

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Contralmirante WILLIAM BERNARDO WESSOLOSSKY PADILLA, C.I. N° 7.957.144, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 4TA BRIGADA DE INFANTERÍA DE MARINA "ALMIRANTE A. PETION", Código N^0364Q

Comuniqúese y publíquese. í

Por el Ejecutivo Nacional, •;

DIMIR PADRINO LQPEZ General en Jefe

Ministro del Poder Popular/^' * para la Defensa

436.930 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020187El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020189

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Capitán de Navio CARLOS EMILIO RIVERA SÁNCHEZ, C.I. N° 9.478.348, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 7MA BRIGADA DE INFANTERÍA DE MARINA FLUVIAL "GB. FRANZ RISQUEZ IRIBARREN", C Ó d iN ° 03$

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

___ÁDRINO Ll¿General en Jefe

T Poder Popular^' parala Defensa

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Capitán de Navio ALDO RIVERO GONZÁLEZ, C.I. N° 9.967.912, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 9NA BRIGADA DE POLICÍA NAVAL"GRAN MARISCAL DE AYACUCHO" Código N° 03358. /)

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

ÁDIMIR PADRINO I General en Jefe I

Ministro del Poder Popula ra­para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020188207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020190207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Contralmirante GERARDO MARIO RODRÍGUEZ TERÁN C.I. N° 7.999.580, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, 2DA BRIGADA DE INFANTERÍA DE MARINA "CA. JOSÉ EUGENIO HERNÁNDÜ", Códjgo N° 03362.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,PEZ

Ministro del Poder Popular . para la Defensa -f 3

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Vicealmirante LUIS ALBERTO SOMAZA CHACÓN, C.I. N° 8.676.272, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, INFANTERÍA DE MARINA BOLIVARIANA, Código N° 03633.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

0 IM IR PADRINO LQPEZ General en Jefe

^nistro del Poder Popular^ para la Defensa ^

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.931

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020191El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Capitán de Navio ASHRAF ABDEL HADI SULEIMAN GUTIÉRREZ, C.I. N° 8.511.444, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, IRA BRIGADA DE INFANTERÍA MARINA "CAPITÁN DE NAVIO MANUEL _ PONTE RODRÍGUEZ" Código N° 03655.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

VLADIMIR PADRINO L0PEZ General en Jefe

Ministro del Poder Popular 'para la Defensa /

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCION N° 020192

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de División JOSÉ LUIS PARRA SOSA, C.I. N° 9.609.116, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, BASE AÉREA "GENERALÍSIMO FRANCISCO DE MIRANDA", Código N° 04240.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional, PIMIR PADRINO L0PEZ

General en Jefe Ministro del Poder Popular ,

para la Defensa <4>

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020193207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada JUVENAL RODRÍGUEZ ASCENCAO, C.I. N° 7.435.273, como responsable delmanejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02, 4.03 y 4.04), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma/) BASE AÉREA "GRAL. JOSÉ ANTONIO PÁEZ", Código N° 04241.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional, pEZ

General en JefeMinistro del Poder Popular ar­

para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020194207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Coronel EDGAR DEL VALLE FARIAS RUÍZ, C.I. N° 11.177.361, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin "EL VIGIA", Código N° 04237.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

para la Defensa

436.932 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020195207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020197207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Coronel JORGE EDMUNDO AMAYA RITTER, C.I. N° 10.381.607, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, BASE AÉREA "BUENAVENTURA VIVAS GUERRERO", Código N° 04249.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional, -= = - pEZ

General en Jefe Ministro del Poder Popular

para la Defensa

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Teniente Coronel VÍCTOR ELI RUÍZ CAMACHO, C.I. N° 11.252.086, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, BASE AÉREA TÁCTICA AVANZADA ORINOCO, Código N° 04275.

Comuniqúese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional, EXIMIR PADRINO 1

General en Jefe ) Ministro del Poder Popular

para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020196207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020198207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al Coronel OMAR ALBERTO MARTÍNEZ CARRASQUEL, C.I. N° 6.319.718, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, BASE AÉREA "LUIS^j CÁCERES DE ARISMENDI", Código N° 04509.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

Mirfstro del Poder Popular

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada LUIS RAMÓN IRAZABAL UMBRIA, C.I. N° 10.275.164, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 71, E^fADO NUEVA ESPARTA, Código N° 60040.

Comuniqúese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional,

"4 U LDIMIR PADRINO LQPEZ

General en Jefe Ministro del Poder Popular

para la Defensa

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.933

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N ° 020199207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N ° 020201207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada RAUL ROBERTO PARRA SÁNCHEZ, C.I. N° 7.115.735, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 3/0, ESPADO PORTUGUESA, Código N° 60021.

Comuniqúese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional,

I L S -EZK PADRINO

/General en Jefe ¡tro del Poder Popular para la Defensa a %

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada FRANKLIN ENRIQUE CONTRERAS ACOSTA, C.I. N° 9.485.293, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03),que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO/^1, ESJADO DELTA AMACURO, Código N° 60036.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

VLADIMIR PADRINO L /General en Jefe

Ministro del Poder Popular para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020200207°, 158° y 18°

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020202207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada ALEXIS PIMENTEL OJEDA, C.I. N° 8.773.495, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 33, ESTADO BACINAS, pódigo N° 60023.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

EZGeneral en Jefe

ífcstro del Poder Popular para la Defensa Á f

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada MANUEL FELIPE RIVERO JIMÉNEZ, C.I. N° 6.997.065, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 63, ESTAD/y AMAZONAS, Código N° 60038.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

4ÍRPADRINO l General en Jefe/

Ministro del Poder Popular^.?"? para la Defensa 0 ? ^

üJL

436.934 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020203

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020205

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada RAMÓN JOSÉ RONDÓN MATA, C.I. N° 8.642.034, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la UnidadAdministradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 52, ESTADO AfJZOÁTEGUI, Código N° 60033.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

Minretro del Poder Popular para la Defensa

y

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada JESÚS ADOLFO SARMIENTO GONZÁLEZ, C.I. N° 9.230.459, como responsable delmanejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 81 FAJty^ETRQLIFERA DEL ORINOCO, Código N° 60252.

Comuniqúese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional,

DIMIR PADRINO LOPEZ General en Jefel

Ministro del Poder Popular para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020204207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020216207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 13 de julio de 2017, al General de Brigada ALEXIS JESÚS MOYA MARCELLA, C.I. N° 9.456.424, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la UnidadAdministradora Desconcentrada sin firma, COMANDO DE ZONA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA NRO. 53, ESTADO SU/ RE, Código N°

60034.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

ÍIMIR PADRINO LQPEZ I General en Jefe

Ministro del Poder Popular para la Defensa

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercido de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 19 de julio de 2017, al Vicealmirante ÁNGEL RICARDO RUEDA PINTO, C.I. N° 8.835.469, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, JEFATURA DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE LA ARMADA BOLIVARIANA, Código híj 0360?

Comuniqúese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional, AIR PADRINO LOPEZ

General en Jefe! nistro del Poder Popular

para la Defensa /

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.935

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020217207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 19 de julio de 2017, al Contralmirante PEDRO JOSÉ MURILLO, C.I. N° 5.683.589, como responsable del manejo de losFondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, DIRECCIÓN DE ALIMENTACIÓN Y COMISARIATO DE LA ARMADA BOLIVARIANA, Código N°/93520.

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional,

Mfnistro del Poder Popular para la Defensa / ,:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 26JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020225El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 07 de julio de 2017, al Mayor General TITO JOSÉ URBANO MELEAN, C.I. N° 6.899.333, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02, 4.03 y 4.04), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada con firma, VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN PARA LA DEFENSA, Código N° 09010.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

M R PADRINO LOPEZ general en Jefe

Ministro del Poder Popular­l a ra la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020218207°, 158° y 18°

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 26JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020228207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 19 de julio de 2017, al Contralmirante ROGER DE JEÚS CHACÍN RAMOS, C.I. N° 10.376.362, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firma, AYUDANTÍA GENERAL DE LA ARMADA BOLIVARIANA, Código N° 03743 / / f

Comuniqúese y publíquese.Por el Ejecutivo Nacional, (i¡~ PIMIR PADRINO Ll

General en Jefe Mirjistro del Poder Popular

para la Defensa

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNICO: Designar a partir del 07 de julio de 2017, al Mayor General RODRIGO EDSON GUERRERO CONTRERAS, C.I. N° 6.552.413, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02, 4.03 y 4.04), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada con firma, "(#NTRALORÍA GENERAL DE LA FANB", Código N° 11LQ2-

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

DIMIR PADRINO L General en Jefe j

Ministro del Poder Popular para la Defensa

ÍS R t

436.936 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

* Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020174

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo establecido el artículo 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015 y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público sobre el sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de reforma de la ley Contra la Corrupción, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre del 2014,

RESUELVE

PRIMERO: Designar a partir 19 de julio de 2017, al Capitán de Navio GIOVANNI FILOMENO CHIARENZA C.I. N° 10.245.646, en su carácter de DIRECTOR DE LA OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ARMADA BOLIVARIANA designado mediante resolución N° 020036 de fecha 19 de julio de 2017, la aprobación y ordenación de los Pagos que afecten los Créditos desconcentrados acordados en la Ley de presupuesto y sus modificaciones, a favor de la UNIDAD ADMINISTRADORA DESCONCENTRADA CON FIRMA, código 03735, OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ARMADA BOLIVARIANA, de acuerdo a la resolución 017082 de fecha 09 de diciembre de 2016, mediante la cual se aprueba la ESTRUCTURA PARA LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEfENSA PARA EL AÑO 2017, hasta CINCO MIL UNIDADES TRIBUTA^A^-

' (5.000) U.T., para la ADQUISICIÓN DE BIENES, hasta DIEZ MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (10.000) U.T., para la ADQUISICIÓN DE SERVICIOS y hasta VEINTE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (20.000) U.T. para la EJECUCIÓN DE OBRAS, en cumplimiento de lo establecido en el artículo N° 96 numerales 1,2,3, de la Ley de Contrataciones Públicas, para lo Cual deberá registrar su Firma autógrafa en la Oficina Nacional del Tesoro.

SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido ciudadano deberá rendir cuenta al Ministerio de los actos y documentos que hubiere firmado en virtud de esta delegación.

Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, respecto a los actos y documentos cuya firma no puede ser delegada.

publicaciónTERCERO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de s en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuniqúese y publíquese. . •

Por el Ejecutivo Nacional, /,:p

Ministra del Poder Popular : para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 25JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020179

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo establecido el artículo 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza

Armada Nacional Bolivariana de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015 y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público sobre el sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de reforma de la ley Contra la Corrupción, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre del 2014,

RESUELVE

PRIMERO: Designar a partir 19 de julio de 2017, al Coronel LUÍS OMAR QUESADA BRAVO C.I. N° 8.880.869, en su carácter de DIRECTOR DE LA OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA designado mediante resolución N° 019764 de fecha 05 de julio de 2017, la aprobación y ordenación de los Pagos que afecten los Créditos desconcentrados acordados en la Ley de presupuesto y sus modificaciones, a favor de la UNIDAD ADMINISTRADORA DESCONCENTRADA CON FIRMA, código 59204, OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ARMADA BOLIVARIANA, de acuerdo a la resolución 017082 de fecha 09 de diciembre de 2016, mediante la cual se aprueba la ESTRUCTURA PARA LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL MINISTRO DEL PO D ER^ .v^ ^ POPULAR PARA LA DEFENSA PARA EL AÑO 2017, hasta CINCO | tL , UNIDADES TRIBUTARIAS (5.000) U.T., para la ADQUISICIÓN DE BIENES, hasta DIEZ MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (10.000) U.T., para la ADQUISICIÓN DE SERVICIOS y hasta VEINTE MIL UNIDADES

' TRIBUTARIAS (20.000) U.T., para la EJECUCIÓN DE OBRAS, en cumplimiento de lo establecido en el artículo N° 96 numerales 1,2,3, de la Ley de Contrataciones Públicas, para lo Cual deberá registrar su Firma autógrafa en la Oficina Nacional del Tesoro.

SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido ciudadano deberá rendir cuenta al Ministerio de los actos y documentos que hubiere firmado en virtud de esta delegación.

Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, respecto a los actos y documentos cuya firma no puede ser delegada.

TERCERO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de/^u publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,J ’ b ,,,lMIR PADRINO LQjPEZ

General en Jefe Ministro del Poder Pop\ilar

para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 26JUL2017

RESOLUCIÓN N° 020226

207°, 158° y 18°

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 5 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015 y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en Gaceta Oficial la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre 2014,

RESUELVE

PRIMERO: Designar a partir del 07 de julio de 2017 al Mayor General TITO JOSÉ URBANO MELEAN, C.I N° 6.899.333, en su carácter de VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN PARA LA DEFENSA, designado mediante Gaceta Oficial N° 41.188 de fecha 07 de julio de 2017, la aprobación y ordenación de los pagos que afecten los créditos desconcentrados acordados en la Ley de Presupuesto y sus

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.937

modificaciones, a favor de la UNIDAD ADMINISTRADORA DESCONCENTRADA CON FIRMA, código N° 09010 "VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN PARA LA DEFENSA", de acuerdo a la Resolución N° 017082 de fecha 09 de diciembre de 2016, mediante la cual se aprueba la ESTRUCTURA PARA LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA PARA EL AÑO 2017, hasta CINCO MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (5.000 U.T), para la ADQUISICIÓN DE BIENES, hasta DIEZ MIL JJNIDADES TRIBUTARIAS (10.000 U.T), para la ADQUISICIÓN DE S E R B O S ' y hasta VEINTE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (20.000 U.T), para la EJECUCIÓN DE OBRAS, en cumplimiento de lo establecido en el artículo N° 96 numerales 1, 2 y 3 de la Ley de Contrataciones Públicas para lo cual deberá registrar su firma autógrafa en la Oficina Nacional del Tesoro.

-De conformidad con lo establecido en el artículo N° 6 del Reglamento de la Delegación de Firmas de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido ciudadano deberá rendir cuenta al Ministro de los actos y documentos que hubiere firmado en virtud de esta delegación.

Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegación de Firmas de los Ministros del Ejecutivo Nacional, respecto a los actos y documentos, cuya firma no pueda ser delegada.

SEGUNDO: La presente Resolución entrara en vigencia, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuniqúese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

/ General en Jefe í Ministro del Poder Popular

para la Defensa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 26JUL2017207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 020229El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N° 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 48 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N° 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

PRIMERO: Designar a partir del 07 de julio de 2017, al Mayor General RODRIGO EDSON GUERRERO CONTRERAS, C.I. N° 6.552.413, en su carácter de Contralor General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, designado mediante Gaceta Oficial N° 41.188 de fecha 07 de julio de 2017, la aprobación y ordenación de los pagos que afecten los créditos desconcentrados acordados en la Ley de Presupuesto y sus modificaciones, a favor de la UNIDAD ADMINISTRADORA DESCONCENTRADA CON FIRMA, Código N° 11102 "CONTRALORÍA GENERAL DE LA FANB", de acuerdo a la Resolución N° 017082 de fecha 09 de diciembre de 2016, mediante la cual se aprueba la ESTRUCTURA PARA LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA PARA EL AÑO 2017, hasta CINCO MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (5.000 U.T.), p a r a la - ^ ADQUISICIÓN DE BIENES, hasta DIEZ MIL UNIDADES TRIBUT^/SS (10.000 U.T.), para la ADQUISICIÓN DE SERVICIOS, y hasta VEINTE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (20.000 U.T.), para la EJECUCIÓN DE OBRAS, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 96 numerales 1, 2 y 3 de la Ley de Contrataciones Públicas, para lo cual deberá registrar su firma autógrafa en la Oficina Nacional del Tesoro.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido ciudadano deberá rendir cuenta al Ministro del Poder Popular para la Defensa de todos los actos y documentos que hubiere firmado en virtud de esta delegación.

Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, respecto a los actos y documentos cuya firma no puede ser delegada.

SEGUNDO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARALA SALUD

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD

DESPACHO DEL MINISTRO

CARACAS, 03 DE JULIO DE 2017 207°, 158° y 18°

RESOLUCIÓN N° 493LUIS LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 11.355.337, Ministro del Poder Popular para la Salud, designado mediante Decreto N° 2.848 de fecha 10 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.147 de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2 y 19 del artículo 78 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo a lo establecido en el decreto presidencial N°2.553 de fecha 16 de noviembre de 2016 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.Q32, en concordancia con lo previsto en el artículo 5 numeral 2 y artículos 17 y 19 último aparte de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y el artículo 44 del reglamento orgánico de este Ministerio, este Despacho Ministerial,

RESUELVEARTÍCULO 1. Designar al ciudadano EFRAIN JOSE ROSAS JIMENEZ^titular de la cédula de identidad N° V- 4.649.505, para ocupar el cargo de¿ v,: 'libre nombramiento y remoción como AUTORIDAD UNICA DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, dependiente del Ministerio del Poder Popular para la Salud.ARTÍCULO 2. LA AUTORIDAD ÚNICA DE SALUD designada en la presente Resolución tendrá las atribuciones y obligaciones establecidas en el Decreto N°2.553 de fecha 16 de noviembre de 2016 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.032.ARTÍCULO 3. Los órganos y entes públicos que se encuentren en las áreas sometidas a la AUTORIDAD ÚNICA DE SALUD referida en el artículo 1 de la presente Resolución, se encontraran bajo la coordinación integral de sus actividades en materia de salud a ja r t j r de la entra^ en vigencia de la presente Resolución.ARTÍCULO 4. La presente/kesolución \surte efec a partir de su publicación en la Gaceta OficiaVde la República Bcfjvaria de Venezuela.

LUIS LÓPEZMINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD

Decreto N° 2.848 de fecha 10 de mayo deE017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N °p l.l4 7 de fecha 10 de mayo de 2017

REPUBLICA BUL1VAK1ANA ü t VtNLüUCLM MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD

FUNDACIÓN MISION BARRIO ADENTRO

CARACAS, 29 DE JUNIO DE 2017 207°, 158° y 18°

PROVIDENCIA N° 29

LUIS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-ll.355 .337 , en su carácter de Presidente (E) de la Fundación Misión Barrio Adentro, según consta en Decreto N° 2.879 de fecha 24 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.157 de la misma fecha, quien actúa debidamente facultado por la Cláusula Vigésima Séptima de los Estatutos de la FUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO, la cual fue creada según Decreto N° 4.382 de fecha 22 de Marzo de 2006, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.404, de fecha 23 de marzo de 2006, reimpreso por error material del ente emisor en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.423 de fecha 25 de abril de 2006, cuya Acta Constitutiva Estatutaria ha sido protocolizada por ante la Oficina de Registro Inmobiliario

436.938 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes Io de agosto de 2017

del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 02 de Mayo de 2006, bajo el N° 15, Tomo 18, Protocolo Primero, siendo su última modificación a través de Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 18 de abril de 2011, de fecha 07 de junio de 2011 debidamente registrada en la misma Oficina de Registro bajo el N° 12, Folio 38, Tomo 25, Protocolo de Transcripción del año 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.752 de fecha 07 de septiembre de 2011, dispone:

Artículo 1.- Designar a la ciudadana RUVELYS EVELISSE DELGADO PEREIRA, titular de la cédula de identidad N° V-16.526.628, para ocupar el cargo de Dirección como ADMINISTRADORA DE LA FUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL ESTADO VARGAS, a partir del 29 de junio de 2017.

Artículo 2.- Autorizar a la ciudadana RUVELYS EVELISSE DELGADO PEREIRA, titular de la cédula de identidad N° V-16.526.628, en su carácter de ADMINISTRADORA DE LA FUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL ESTADO VARGAS, para actuar como cuentadante.

Artículo 3.- La ciudadana RUVELYS EVELISSE DELGADO PEREIRA,antes identificada, en su carácter de ADMINISTRADORA DE LA FUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL ESTADO VARGAS,deberá prestar caución suficiente para el ejercicio de sus fundones ante la Auditoría Interna de la respectiva Unidad Administradora, de conformidad coru lo establecido en el artículo 161 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

Artículo 4.- La ciudadana RUVELYS EVELISSE DELGADO PEREIRA,antes identificada, en su carácter de ADMINISTRADORA DE LAFUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL ESTADO VARGAS,deberá presentar Declaración Jurada de Patrimonio y anexar copia fotostática del comprobante emitido por la Contraloria General de la República y posteriormente consignarlo por ante la Unidad de Recursos Humanos de la Fundación Misión Barrio Adentro.

Artículo 5.- La ciudadana RUVELYS EVELISSE DELGADO PEREIRA,antes identificada, en su carácter de ADMINISTRADORA DE LAFUNDACIÓN MISIÓN BARRIO ADENTRO EN EL ESTADO VARGAS,queda facultada para desempeñar todas las atribuciones y actividades Inherentes al cargo.

Artículo 6.- Queda derogada toda disposición que colida con la presente

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCIÓN N° 048 CARACAS, 28 DE JULIO DE 2017

1. La correspondencia destinada a las demás Direcciones del Ministerio sobre actuaciones de carácter técnico-administrativo, cuya tramitación deban iniciar, continuar y/o concluir conforme a sus respectivas competencias.

2. La correspondencia externa, mediante los medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en respuesta a las peticiones de particulares dirigidas al Despacho sobre asuntos cuya atención sea competencia de la oficina a su cargo.

3. La certificación de las copias de los documentos cuyos originales reposan en el archivo de la oficina a su cargo.

4. Los oficios de notificación relacionados con: aceptación de renuncia, reducción de personal, jubilaciones y pensiones, destituciones, despido, remociones, retiro, comisión de servicio, traslado transferencia, ascensos, permisos remunerados y no remunerados, suspensión del ejercido del cargo con o sin goce de sueldo y cualquier otra situación administrativa prevista en el ordenamiento jurídico vigente.

5. Revisar, ajustar periódicamente el monto de las jubilaciones dei personal del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

6. Ordenar compromiso contra el presupuesto vigente de la oficina a su cargo, previa opinión de ia Oficina de planificación del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

7. Aprobar los movimientos del personal, así como todos los actos y documentos relacionados con el fondo fiduciario por concepto de prestaciones de antigüedad, acreditado o depositado al trabajador de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

8. Los contratos que celebre el Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para la prestación de servicios profesionales, previa consideración del ciudadano Ministro.

9. La representación del Ministerio por ante las Inspectorías del Trabajo.10. Solicitar el plan que corresponda en materia educativa al Ministerio

del Poder Popular para la Educación."

DEBE DECIR:

"Artículo 2. Se delega en el funcionario LUÍS FELIPE DURAN MARÍN,titular de la cédula de identidad N° V-12.500.078, como Director General de la Oficina de Gestión Humana del Ministerio del Poder Popular para el Transporte (Encargado), la atribución y firma de los actos y documentos que a continuación se indican:

1. La correspondencia destinada a las demás Direcciones del Ministerio sobre actuaciones de carácter técnico-administrativo, cuya tramitación deban iniciar, continuar y/o concluir conforme a sus respectivas competencias.

2. La correspondencia externa, medíante los medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en respuesta a las peticiones de particulares dirigidas al Despacho sobre asuntos cuya atención sea competencia de la oficina a su cargo.

3. La certificación de las copias de los documentos cuyos originales reposan en el archivo de ia oficina a su cargo.

4. Otorgar y notificar a los funcionarios públicos de este Ministerio de la aceptación de renuncia, reducciones de personal, jubilaciones y pensiones, destituciones, remociones, retiros, comisiones de servicio, traslado, transferencias, ascensos, permisos y suspensiones del ejercicio del cargo con o sin goce de sueldo.

5. Revisar, acordar y ajustar periódicamente el monto de las jubilaciones del personal; así como pensiones por incapacidad y sobreviviente del Ministerio del Poder Popular para el Transporte,

6. Ordenar compromiso contra el presupuesto vigente de la oficina a su cargo, previa opinión de la Oficina de planificación del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

7. Aprobar los movimientos del personal, así como todos los actos y documentos relacionados con el fondo fiduciario por concepto de

^^^gfestaciones de antigüedad, acreditado o depositado al trabajador de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

8. Los contratos que celebre el Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para la prestación de servicios profesionales, previa consideración del ciudadano Ministro.

9. La representación del Ministerio por ante las Inspectorías del Trabajo.10. Solicitar el plan que corresponda en materia educativa al Ministerio

del Poder Popular para la Educación."

Artículo 2. Se procede en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o de la Ley de Publicaciones Oficiales, a una nueva impresión de la Resolución, subsanando el error, manteniendo el mismo número y fecha.Artículo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuniqúese y Publíquese

AÑOS 207°, 158° y 18°

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 34, 65 y 78 numerales 1, 2, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, este Despacho Ministerial,

RESUELVE

Artículo 1. Corregir la Resolución N° 039 de fecha 27 de junio de 2017, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.181 de fecha 27 de junio de 2017, por cuanto se incurrió en el siguiente error material:

DONDE DICE:

"Artículo 2. Se delega en el funcionario LUÍS FELIPE DURAN MARÍN,titular de la cédula de identidad N° V-12.500.078, como Director General de la Oficina de Gestión Humana del Ministerio del Poder Popular para el Transporte (Encargado), la atribución y firma de los actos y documentos que a continuación se indican:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCIÓN N° 039 CARACAS, 27 DE JUNIO DE 2017

AÑOS 207°, 158° y 18°

En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 34, 65 y 78, numerales 1, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; artículos 5 numeral 2, 18 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública; y de acuerdo con lo

Martes Io de agosto de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 436.939

establecido en el Decreto N° 2.650 de fecha 4 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.067 de la misma fecha, en su artículo 1 numeral 1 y artículo 2 numeral 1, este Despacho Ministerial,

RESUELVEArtículo 1. Nombrar al ciudadano LUÍS FELIPE DURAN MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V-12.500.078, como Director General dela Oficina de Gestión Humana, del Ministerio del Poder Popular para el Transporte (Encargado), quién ejercerá las funciones establecidas en el artículo 25 del Decreto N° 2.378 sobre Organización General de la Administración Pública Nacional, de fecha 12 de julio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.238 Extraordinario de fecha 13 de julio de 2016.

Artículo 2. Se delega en el funcionario LUÍS FELIPE DURAN MARÍN,titular de la cédula de identidad N° V-12.500.078, como Director General de la Oficina de Gestión Humana del Ministerio del Poder Popular para el Transporte (Encargado), la atribución y firma de los actos y documentos que a continuación se indican:

1. La correspondencia destinada a las demás Direcciones del Ministerio sobre actuaciones de carácter técnico-administrativo, cuya tramitación deban iniciar, continuar y/o concluir conforme a sus respectivas competencias.

2. La correspondencia externa, mediante los medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en respuesta a las peticiones de particulares dirigidas al Despacho sobre asuntos cuya atención sea competencia de la oficina a su cargo.

3. La certificación de las copias de los documentos cuyos originales reposan en el archivo de la oficina a su cargo.

4. Otorgar y notificar a los funcionarios públicos de este Ministerio de la aceptación de renuncia, reducciones de personal, jubilaciones y pensiones, destituciones, remociones, retiros, comisiones de servicio, traslado, transferencias, ascensos, permisos y suspensiones del ejercicio del cargo con o sin goce de sueldo.

5. Revisar, acordar y ajustar periódicamente el monto de las jubilaciones del personal; así como pensiones por incapacidad y sobreviviente del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

6. Ordenar compromiso contra el presupuesto vigente de la oficina a su cargo, previa opinión de la Oficina de planificación del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

7. Aprobar los movimientos del personal, así como todos los actos y documentos relacionados con el fondo fiduciario por concepto de prestaciones de antigüedad, acreditado o depositado al trabajador de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

8. Los contratos que celebre el Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para la prestación de servicios profesionales, previa consideración del ciudadano Ministro.

9. La representación del Ministerio por ante las Inspectorías del Trabajo.10. Solicitar el plan que corresponda en materia educativa al Ministerio

del Poder Popular para la Educación.

Artículo 3. Los actos y documentos que el prenombrado funcionario firme de conformidad con esta Resolución, deberán indicar inmediatamente, bajo la firma, nombre de quien lo suscribe, la titularidad con que actúa, la fecha, el número de la Resolución y la Gaceta Oficial en la que haya sido publicada, según lo establecen los artículos 34 y 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.

Artículo 4. Queda a salvo lo establecido en el artículo 35 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, con respecto de los actos y documentos cuya firma no puede ser delegada.

Artículo 5. El prenombrado funcionario, deberá rendir cuenta al ciudadano Ministro del Poder Popular para el Transporte de todos los actos y documentos que haya firmado en ejercicio de las atribuciones que le hayan sido delegadas.

Artículo 6. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Comuniqúese y Publíquese,

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE

DESPACHO DEL MINISTRORESOLUCIÓN N° 050. CARACAS, 31 DE JULIO DE 2017

207°, 158° y 18°

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 65, 78 numerales 1, 2, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en los artículos 5 numeral 2 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 2.650 de fecha 4 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.067 de la misma fecha, en su artículo 1 numeral 1, artículo 2 numeral 1, este Despacho Ministerial,

RESUELVEArtículo 1. Designar al ciudadano GUILLERMO MARTIN HERNANDEZ PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.959.886, como Director General de la Oficina Administrativa de Seguridad del Transporte Encargado del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

Artículo 2. El prenombrado funcionario ejercerá las funciones establecidas en el artículo 6 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para Transporte y Obras Publicas, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.243 de fecha 22 de julio de 2016, mientras se promulga el Reglamento orgánico del Ministerio del Poder Popular para el Transporte. En consecuencia, ejercerá la firma de los documentos inherentes al ejercicio de las atribuciones antes indicadas.Artículo 3. Los actos y documentos que se constituyen ejercicio de la presente designación, deberán indicar inmediatamente, bajo la firma del funcionario designado la fecha y el número de esta Resolución, así como la fecha y el número de la Gaceta Oficial donde hubiere sido publicada, según lo establece el artículo 35 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.

Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana deVenezuela.

( TOJJSSAINTT ira el Transporte

, j k o N° 2.918 de ¿¿cha 20 de j jnio de 2017 ¡¡¿pública Bolivariana de Venezue a N° 41.176 de la misma fecha.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA

DESPACHO DE LA MINISTRA RESOLUCIÓN N° 0 ^ 5

CARACAS. 25 DE JULIO DE 2017 207°, 158° y 18°

I cj Ministra del Poder Popular para la Cultura, ANA ALEJANDRINA REYES PÁEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula ae identidad N° V- 6.907.394, designada mediante Decreto N° 2 916, de lecha 15 de jumo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boi;variana de Venezuela N° 41.173 de la misma fecha, en ejercicio de las airipuciones que le confieren los artículos 65 y 78 en sus numerales 3o, 19° y 77° del Decreto con Rango. Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bol vanaría de Venezuela N° 6.147 Extraordinario, de fecha 17 de noviembre de 2014, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 Numeral 2o. 19 último aparte y 20 Numeral 6o de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.

RESUELVE

Artícu lo 1. Designar al ciudadano LUIS LEANDRO ROJAS ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.655.550, como DIRECTOR GENERAL PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CULTURA PRODUCTIVA, del Despacho de la Viceministra de Fomento de la Economía Cultural del Ministerio del Pooer Popular para la Cultura.

Artícu lo 2. Queda facultado el referido ciudadano para ejercer las atribuciones contempladas en el Artículo 23 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, publicado en la Gaceta Oficial Nc 6.176 extraordinario, de fecha 20 de febrero de 2015.

Artícu lo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Comuniqúese y Publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional.

GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA

DE VENEZUELA____________ DEPÓSITO LEGAL: ppo 187207DF1_____________

AÑO CXLIV - MES X Número 41.204Caracas, martes Io de agosto de 2017

1 1 '■ ■ 11 ■ = = a e = ■ ■ .....=Esquina U rapal, edificio D im ase, L a C andelaria

C arac a s - VenezuelaTarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003

en la Gaceta Oficial N° 37.818 http://www.minci.gob.ve

Esta Gaceta contiene 32 páginas, costo equivalente a 13,25 % valor Unidad Tributaria_________

LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES(22 DE JULIO DE 1941)

Artículo 11. La GACETA OFICIAL, creada por Decreto Ejecutivo del 11 de octubre de 1872, continuará editándose en la Imprenta Nacional con la denominación GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.Artículo 12. La GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles, sin perjuicio de que se editen números extraordinarios siempre que fuere necesario; y deberán insertarse en ella sin retardo los actos oficiales que hayan de publicarse. Parágrafo único: Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFICIAL tendrán una numeración especialArtículo 13. En la GACETA OFICI AL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes Públicos que deberán insertarse y aquellos cuya inclusión sea considerada conveniente por el Ejecutivo Nacional.Artículo 14. Las leyes, decretos y demás actos oficiales tendrán carácter de públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, cuyos ejemplares tendrán fuerza de documentos públicos.

REPÚ BLICA BOLIVARIANA DE V E N E Z U E LA M INISTERIO D EL PODER PO PULAR PARA LA CULTURA

D ESPACH O DE LA MINISTRA

RESOLUCIÓN N° Q H ip

CAR A C A S , 01 JULIO DE 2017 207° , 158° y 18°

la Ministra del Poder Popular para la Cultura, A N A ALEJAN D RINA REYES PÁEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula

de identidad N° V- 6 .9 0 7 .3 9 4 , designada mediante Decreto N° 2.916, de ¡ocha 15 de jumo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 41.173 de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 65 y 78 en sus numerales 3 o, 19° y ? /° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.147 Extraordinario, de fecha 17 de noviembre de 2014, y conforme a lo dispuesto en el Artícu lo 5 Numeral 2o,

do la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en la Gaceta Oficial do la República Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002, y conforme a lo establecido en los Estatutos Sociales de la Fundación Cinem ateca Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.640, de fecha 23 de marzo de 2on ,

RESUELVE

A r t íc u lo 1. Designara la ciudadana NURY FA SA N ELLA CARR ER O , titular de la Cédula de Identidad N° V-6.821.627, como D IRECTO RA EJECUTIVA

E N C A R G A D A de la Fundación Cinemateca Nacional.

A r t íc u lo 2. Queda facultada la referida ciudadana para ejercer las atribuciones inherentes al cargo.

A r t íc u lo 3. La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2017

Comuniqúese y Publíquese,

\\y o! Ejecutivo Nacional,

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

DESPACHO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

CARACAS, 28 JUL 2017 207° y 158 °

RESOLUCIÓN N° DdP-2017- O 62 ,

TAREK WILLIANS SAAB, Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, designado por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 22 de diciembre de 2014, según consta en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.567, de fecha 22 de diciembre de 2014, actuando de conformidad con el artículo 280 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 3 y 29 numeral 14° de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con los artículos 2 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública.

RESUELVE:

Delegar en el ciudadano ALFREDO JOSÉ RUIZ ANGULO, titular de la cédula de identidad N° V-6.444.336, en su carácter de Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, según consta en Resolución DdP-2014-137, de fecha 29 de diciembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.574 de fecha 06 de enero de

. 2015, la firma de la certificación de copias simples de los documentos que ¡formen parte de la correspondencia y del archivo de la Defensoría del Pueblo.

Comuniqúese y publíquese,

TAREK WIlMANS SAABDEFENSOR DEL PUEBLO