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..: ._, 1'f".! t- ~: ~11¡n:;; CONGRESO - -i ..1--- - REPÚBLICA Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS MAYORES Proyecto de ley Nº .... ~.0. Q. C a / ~ 1 E:, - C R. La Congresista que suscribe, MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE, miembro del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, ejerciendo el derecho que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 22º inciso c), 67°, 75º y 76º del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de ley: m'"", :, c óooP .eso DE LA RePúatr ~ , AA.l =A DE TM. ' .ffi ootWEf\1 \. Ri O FORMULA LEGAL 1 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ha dado la siguiente Ley: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NEC PÚBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SAL PARA LA ATENCION DE ADULTOS MAYORES Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto promover el fortalecimiento del Sistema de Salud para la atención idónea hacia los adultos mayores, a través de la creación de un Instituto Nacional de Geriátrica. Así mismo, prioriza la prestación de los servicios de geriatría en los centros de salud de atención de la Red Primaria y Especializada. Artículo 2. Creación del Instituto Nacional de Geriatría Declárese de Interés Nacional y Necesidad Pública la creación del Instituto Nacional de Geriatría como parte integrante del Sistema Nacional de Salud, cuya finalidad primordial deberá ser la Investigación, Capacitación y Atención Asistencial dirigida a un correcto diagnostico, atención y tratamiento de los adultos mayores del país. 1

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Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

Proyecto de ley Nº .... ~.0. Q. Ca / ~ 1 E:, - C R. La Congresista que suscribe, MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE, miembro del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, ejerciendo el

derecho que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, en

concordancia con los artículos 22º inciso c), 67°, 75º y 76º del Reglamento del

Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de ley: m• '"", :, cóooP.eso DE LA RePúatr~

, AA.l=A DE TM.'.ffi ootWEf\1\.RiO FORMULA LEGAL 1

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ha dado la siguiente Ley:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NEC PÚBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SAL

PARA LA ATENCION DE ADULTOS MAYORES

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto promover el fortalecimiento del Sistema de Salud

para la atención idónea hacia los adultos mayores, a través de la creación de un

Instituto Nacional de Geriátrica.

Así mismo, prioriza la prestación de los servicios de geriatría en los centros de

salud de atención de la Red Primaria y Especializada.

Artículo 2. Creación del Instituto Nacional de Geriatría

Declárese de Interés Nacional y Necesidad Pública la creación del Instituto

Nacional de Geriatría como parte integrante del Sistema Nacional de Salud, cuya

finalidad primordial deberá ser la Investigación, Capacitación y Atención

Asistencial dirigida a un correcto diagnostico, atención y tratamiento de los adultos mayores del país.

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Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

Articulo 3.- Fortalecimiento de los servicios geriátricos a Nivel de la Red Primaria y Especializada.

Priorízase el fortalecimiento e implementación de los servicios de salud de la

especialidad geriátrica en los Centros de Atención de Salud en la Red Primaria y

especializada a fin de brindar un servicio de salud oportuno al adulto mayor y

optimizar su calidad de vida para que alcancen un envejecimiento con dignidad.

Artículo 4.- Fomento de la Especialidad de Geriatría

Encárgase al Poder Ejecutivo, en todos sus niveles, la promoción de la

especialidad médica de Geriatría para ampliar la oferta del servicio.

Artículo 5.- Implementación normativa

El Poder Ejecutivo, en las instancias que se estimen pertinentes, deberá realizar las acciones correspondientes para el cumplimiento y reglamentación de la presente ley

Lima, 6 de noviembre de 2018.

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CONGRESO --hl;,--

REPÚBLICA

Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La legislación nacional ya reconoce la importancia de la atención médica al Adulto

Mayor. La Ley 304901, en su Artículo 19, establece que "La persona adulta mayor

tiene derecho a la atención integral en salud, siendo población prioritaria respecto

de dicha atención. Corresponde al sector salud promover servicios diferenciados

para la persona adulta mayor en los establecimientos de salud para su atención

integral, considerando sus necesidades específicas. El Gobierno Nacional, los

gobiernos regionales y los gobiernos locales realizan, en forma coordinada,

intervenciones dirigidas a prevenir, promover, atender y rehabilitar la salud de la

persona adulta mayor. El Ministerio de Salud y ESSALUD son los encargados de

promover servicios diferenciados para la población adulta mayor que padezca enfermedades que afectan su salud'.

En el Perú estamos en medio de un proceso de envejecimiento demográfico, que

queda evidenciado con el aumento de la proporción de los adultos mayores

dentro de la población nacional. Es así que tenemos que en el año 2017, los

adultos mayores representaron el 10.2% de la población nacional. Al mismo tiempo, la esperanza de vida al nacer del país ha venido disminuyendo

considerablemente. Esto resulta en el aumento del número de la población adulto

mayor y, como consecuencia, aumenta también la demanda de servicios especializados.

POBLACION ENEVEJECIDA DE 1981-2017

COMPONENTE 1981 1993 2017

Razón de dependencia 82.9 71.4 58.5 Componente de Población Joven 75.4 63.4 48.3 Componente de Población Envejecida 7.4 8.0 10.2

í-uonto. INEI Perfil Sociodemográfico del Perú 2017

1 Ley 30490, "Ley de la Persona Adulto Mayor"

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.~~ rnw .. Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

CONGRESO __ ¡,,¡., __

REPÚBLICA

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

PROYECCIÓN DE LA TASA DE MORTALIDAD INFANTIL Y DE LA ESPERANZA DE VIDA AL NACER,2010-2050

ESPERANZA DE VIDA AL NACER (en años)

QUINQUENIO TASA DE MORTALIDAD INFANTIL (por mil) Total Hombres Mujeres

2010-2015 18,6 74,1 71,5 76,8 2015-2020 16,6 75,1 72,5 77,8 2020-2025 14,9 75,9 73,4 78,6 2025-2030 13,5 76,7 74,1 79,4 2030-2035 12,4 77,3 74,7 80,1 2035-2040 11,4 77,9 75,3 80,7 2040-2045 10,7 78,5 75,8 81,4 2045-2050 10,0 79,1 76,3 81,9

~uc>nte: INEI Estimeciones de Poblacion 1950 2050 Boletin de Análisis Demografico 36

De acuerdo al INEI - al primer trimestre del 2018 - el 82,6% de la población adulta

mayor femenina presentó algún tipo de problema de salud crónico. En la

población adulto mayor masculina, este problema de salud afecta al 69,9%,

habiendo 12,7 puntos porcentuales de diferencia entre ambos.

El 48,0% de adultos mayores del país han padecido algún síntoma o malestar y el

37,5%, alguna enfermedad o accidente; comparando con similar trimestre del año anterior hay un incremento de 2, 1 y 1,7 puntos porcentuales en Síntoma/Malestar

y en la categoría Enfermedad/ Accidente.

• Mujer W Hombre Problema de salud crónico comprende a la población que reportó padecer enfermedades crónicas (artritis, hipertensión, asma, reumatismo, diabetes, TBC, VIH, colesterol, etc.) o malestares crónicos . (Fuente: Instituto Nacional de Estadistica e Informática - Encuesta Nacional de Hogares.)

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REPÚBLICA

Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

RAZON DE AVISA2 (por 1000 habitantes) en personas de 60 a más años.

Degeneración cerebral. demencia ~ 1 Calda,

Artrosis lnfewones vías respiratorias bajas

Enfermedad CVC cerebrovascular Diabetes

Enfermedad CVC hipertensiva Hipertrofia prostática .:::_::.:¡

Enfermedad CVC isquémica ~ ==:::::J Cirrosis =-l

Dependencia de akohol -..- ::::::::::" Tumor maligno estómago -

Osteoporosis y fracturas patológicas EPOC

"' ~ "' "O

~ cii e w GI

"'0 Insuficiencia renal cronica ~ Tumor maligno pulmón (sin traquea y bronquios) g, Enfermedad de Parkinson J!! Tumor maligno próstata ~ Tumor maligno hlgado .g Accidentes de transito

"' Cataratas Tumor maligno colon/recto

TBC

o 10 20 30 40

AVISA (Razón x 1000 Hab)

f ,,,_,,,,. Ct ~ de enfermedad en el Perú. Eprdemloloqta. MINSA-2014

De la población de Personas Adulto Mayor en el Perú, el 39,9% de los adultos mayores acceden al Seguro Integral de Salud (SIS) y el 35,7% a EsSalud.

Comparado con similar trimestre del año anterior, la proporción de asegurados al Seguro Integral de Salud (SIS) se incrementó en 4,2 puntos porcentuales;

mientras en EsSalud disminuyeron en 5,9 puntos porcentuales.

Perú: Población adulta mayor, por tipo de seguro de salud

.• 5.6 -4.2

~-D -ºi;;:::;:::¡~ -1.5

1 Trimestre 2017 1 Trimestre 2018 Variac1on Porcentual

ESSALUD SIS Otro Seguro

2 Años de Vida Saludables Perdidos

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Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

Fuente: Instituto Nacional de Estadistica e Informática - Encuesta Nacional de Hogares.

Tabla 2. Lugar o Establecimiento al que acude la población para la atención por prob~mas de salud, Perú, 2005-2012

Farmacia o ~tica 1 • 1 •

E~dewl del MINSAofiberoos Reg«mes1 17,1 17,1 17,5118,5 18,7 E~ablecinvento prrvm2 5,5 6,4 7,3 7,6 8,7 8,8 8,3 I 9,9 ~mento de EsSaoo' 6,6 6), 6,1 6,1 6,5 6,7 7,11 72 E~mnvenlo de sanidades' 0,6 0,5 0,5 0,5 0,6 0,4 0,4 0,6 Olros5 1,3 1,0 1.2 1,3 1) 1,5 1,3 1,1 No buscó alem 57,9 58,6 55,2 51,6 I 48,7 48,9 49,6 48,6

Fuente SUNASA /\nuano estadístico 2012 Lima Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud/Ministerio de Salud, 2013.

A nivel nacional hasta el año 2016, existían aproximadamente 251 Médicos

Especialistas en Geriatría. De la misma manera, en los establecimientos del

MINSA en Lima se encontraban 18 Geriatras en los centros de salud de nivel 111; 3

geriatras en el nivel 11; y 4 geriatras en el nivel I de la red de salud.

Por otro lado, la OMS recomendó en su informe del año 2015 que se debería

contar con enseñanza especializada para el cuidado de personas Adulto Mayores

en el nivel de pregrado de educación superior.

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REPÚBLICA

Congresista MILAGROS EMPERATRIZ SALAZAR DE LA TORRE

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

251

16 - REGIONES

25 - 41 - MINSA MINSA LIMA MINSA TOTAL GERIATRAS

CATEGORIA Nº DE

GERIATRAS

111 18

11 5

1 4

TOTAL LIMA 25

Fuente. HIS/MINSA- 2016

Respecto a esta materia, se sostuvo una mesa de trabajo sobre la importancia de

contar con centros especializados en geriatría en beneficio de las personas adulto

mayores donde participaron las asociaciones de PAM de los distritos Vitarte,

Surquillo, Callao, San Juan de Miraflores, San Juan de Lurigancho, Puente

Piedra, Carabayllo y Magdalena, asimismo, las instituciones involucradas como el

MINSA, ESSALUD, Sociedad Peruana de Geriatría, Red Nacional de Adultos

Mayores y la Sociedad de Enfermeras especialistas en geriatría del Adulto Mayor,

lo cual se llegó el consenso de la propuesta del PROYECTO DE LEY QUE FORTALECE EL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS MAYORES, con una visión al futuro teniendo en cuenta el aumento poblacional

de las personas adulto mayores en el Perú y la importancia de contar con

infraestructura hospitalaria dedicada exclusivamente para su atención, que sea especializada y de alta complejidad.

También se concluyó fortalecer los centros de salud en atención de nivel primario,

lo que contribuirá a mejorar la calidad del servicio de atención y El Instituto De.

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LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

Geriatría donde se realizará investigación orientada a "conocimientos sobre

envejecimiento y salud, incluyendo aspectos básicos, clínicos, socioeconómicos,

epidemiológicos y tecnológicos. tnvestiqectones", y también como las

capacitaciones a la formación de recursos humanos para la atención de los

adultos mayores, ya que en la actualidad los resultados no muestran que se haya avanzado en este rubro.

Además la población adulta mayor es un grupo etario vulnerable que cada día

está en aumento ante la sociedad del mundo, la atención asistencial también se

suma como un eje vital, lo que permitirá que esta población se mantenga con un

control de su salud acorde a buenos estilos saludables en diversos escenarios como familiar y sociedad.

ANÁLISIS COSTO Y BENEFICIO La presente iniciativa legislativa no irroga del gasto alguno al tratarse de una ley

declarativa, y debemos de tener en cuenta que en el año 2017 la población de

Personas Adultos Mayores se ha incrementado sustancialmente en relación año

1970, mostrando una tendencia creciente, en el futuro no solo como total sino además como porcentaje de la población total, como se muestra en el gráfico, lo

que implica la necesidad de disponer de la infraestructura y servicio adecuados y

más profesionales de geriatría a favor del adulto mayor.

40,000

35,000

30,000

25,000

20,000

15,000

10,000

5,000

Evolución. de la Población Mayor (miles de personas)

[l_ - 1970 2017

Año calendario

o<= 65 años •>a 65 años

2050

3 http://www.geriatria.salud.gob.mx/contenidos/investigacion/investigacion.html

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LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

Población Total según rango de edad por año calendario (en miles de personas)

Rango de edad Año calendario 1970 1 2017 1 2050

<= 65 años 12,736 96.5% 29,630 93.1% 33,661 83.9%

> a 65 años 457 3.5% 2,196 6.9% 6,452 16.1%

Total 13,193 31,826 40,112 Fuente: INEl-'Perú: Estimaciones y Proyecciones de Población Total'.

Involucrados Efectos directos4 Efectos indirectos5

Ministerio de Salud

Los Hospitales Geriátricos y los Centros de Salud a Nivel Primario y el Instituto Nacio­ nal de Geriatría permitirán:

o La prestación de servicios acordes al estado de salud de los adultos mayores, así como la distribución regular de los medicamen­ tos generando ahorros en los gastos de salud para el Estado

o Descongestionar el siste­ ma de salud.

o Tener estudios de las en­ fermedades del envejeci­ miento

Los Hospitales Geriátricos, los Centros de Salud a Nivel Prima­ rio permitirán y el Instituto Na­ cional de Geriatría permitirán:

o Adaptar los servicios de sa­ lud al estado de salud y edad de los adultos mayores.

o Innovar mecanismos de dis­ tribución de los medicamen­ tos e incrementar la cobertu­ ra a los adultos mayores.

o Cumplir con las obligaciones constitucionales relacionadas con el derecho a la salud.

Adulto Mayor Los Hospitales Geriátricos y Los Hospitales Geriátricos y los los Centros de Salud a Nivel Centros de Salud a Nivel Prima­ Primario y el Instituto Nacio- rio y el Instituto Nacional de Ge-

4 Aquellos inmediatamente derivados de la propuesta.

5 Aquellos inmediatamente derivados de la propuesta.

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LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD PARA LA ATENCION DE ADULTOS

MAYORES

nal de Geriatría permitirán: riatría permitirán:

o Acceder a un servicio o Incrementar la esperanza de acorde a su estado de sa- vida y los ingresos de las lud. personas

o Tener un menor gasto en o La cura oportuna de su salud salud para los ciudadanos. genera una mejora en la ca-

o Permitir el acceso regular lidad de vida de medicamentos a los pacientes de menores re- cursos.

o Permitir que los pacientes tengan la posibilidad de adquirir medicamentos en establecimientos públicos y privados, farmacias sin problemas de abasteci­ miento.

o Personal especializado en la atención

Familias

Los Hospitales Geriátricos y los Centros de Salud a Nivel Primario y el Instituto Nacio­ nal de Geriatría permitirán:

Los Hospitales Geriátricos y los Centros de Salud a Nivel Prima­ rio y el Instituto Nacional de Ge­ riatría permitirán:

o Disponer de mayor tiempo I o a las familias para sus ac­ tividades productivas y sociales.

Confiar que los servrcios de salud brindados a sus adul­ tos mayores serán adecua­ dos y seguros así como la dotación de los medicamen­ tos e insumos.

IMPACTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL

La presente iniciativa legislativa tiene relación con la Política 13 del Acuerdo

Nacional: garantizar el acceso a los servicios de salud y la seguridad social el cual

busca asegurar las condiciones para el acceso universal a la salud de la forma

gratuita, continua oportuna y calidad, y permitirá no solo la mejora de la atención

al adulto mayor, sino además la descongestión de todos los centros asistenciales

del estado y con ello le mejora de la capacidad instalada y la calidad del servicio.

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