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APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS PARA LA FORMULACION PRESUPUESTARIA MUNICIPAL Ministerio de Hacienda Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) Santo Domingo, D.N. Julio 2011

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APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS PARA LA

FORMULACION PRESUPUESTARIA MUNICIPAL

Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Santo Domingo, D.N.

Julio 2011

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

CONTENIDO

I N D I C E Página

CAPITULO I.- DEFINICIONES Y CONCEPTOS…………………………………..........1

CAPITULO II.-FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS

FORM.No.FP-01 Misión y Visión…………………………………………………………10

FORM.No.FP-02 presupuesto de Ingresos……………………………………….…..12

FORM.No.FP-03 Estructura Programática Presupuestaria………….……………15

FORM.No.FP-04 Descripción y Metas de los Programas………………………….18

FORM.No.FP-05 Detalle de Presupuesto de Gastos por Actividad………….…22

FORM.No.FP-06 Detalle de Servicios Personales………………………………..…27

FORM.No.FP-07 Detalle de las Transferencias Privadas y Públicas..………….32

FORM.No.FP-08 Programación Económica y Financiera de los Proyectos Obras….36

FORM.No.FP-09 Resumen de Gastos por Programa Objeto, Cuenta y Sub-Cuenta…………………………………………………………………………………………...41 FORM.No.FP-10 Resumen por Destino de Fondo, Programática y Clasificador del Gasto…………………………………………………………………………….………………...44

ANEXOS. (Nos 1-6)…..…………..……………………..……………….........…………48

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CAPITULO I

DEFINICIONES Y CONCEPTOS

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Instructivo de Formulación de los Proyectos de Presupuestos Municipales

CAPITULO I

El presente instructivo contiene los aspectos conceptuales, normativos y procedimentales que han de servir de guía y orientación para la formulación del proyecto de presupuesto de los Organismos Municipales.

DEFINICIONES Y CONCEPTOS BASICOS A continuación se presentan las definiciones y conceptos básicos que se utilizan en la Programación presupuestaria, bajo el planteamiento conceptual referido anteriormente. Misión: Es una afirmación que describe la función o tareas básicas y la razón de ser de la institución, la naturaleza de los bienes y servicios que produce, a quien sirve y los principios y valores bajo los que pretende funcionar. Visión: Es una representación que permite visualizar la posición de la institución a futuro a los ojos de los usuarios, empleados y autoridades de Gobierno. Estructura Programática: Es un plan general de clasificación que agrupa diferentes actividades para lograr los objetivos de la institución. La estructura está formada por categorías programáticas que son el conjunto de acciones que requieren autorización de recursos y que constituyen la estructura del presupuesto.

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Categorías programáticas: Las categorías programáticas constituyen la formalización y expresión en el presupuesto, de las acciones presupuestarias. Existen diversas categorías programáticas, según el tipo de producción (terminal o intermedia) que se origina en las acciones presupuestarias. En todos los casos, las categorías programáticas son centros formales de asignación de recursos reales y financieros. Las categorías programáticas utilizadas por las Municipalidades son: Programa, Proyecto, Obra o Actividad. Programa: Es la categoría programática cuya producción es terminal de la red de acciones presupuestarias de una institución. Tiene las siguientes características:

• Es la categoría programática de mayor nivel en el ámbito de la producción terminal.

• Expresa la contribución a una política la cual se hace explícita, a su vez en una

operación ya que la producción terminal refleja un propósito esencial en la red de acciones presupuestarias que ejecuta una institución.

• Se conforma por la agregación de categorías programáticas de menor nivel que

confluyen al logro de su producción. Proyecto: Es una categoría programática que expresa la creación, ampliación o mejora de un bien de producción durable. Características:

♦ Su producción se considera como formación bruta de capital. ♦ Esta conformado por un conjunto de actividades (administrativas) y de

obras complementarias. ♦ Su aporte en la satisfacción de necesidades se concreta solo con la

finalización de la construcción, ampliación o mejora.

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Actividad: Se denomina actividad a los procesos contenidos en las acciones presupuestarias cuya producción es intermedia, configurando un centro de gestión productiva al que corresponderá la asignación formal de recursos reales y financieros. Obra: Es la categoría programática de mínimo nivel e indivisible a los propósitos de la asignación formal de recursos, que origina una inversión. Expresa la desagregación de un proyecto en los diversos productos que lo componen, ninguno de los cuales, por sí solo, es condición suficiente para el logro del propósito del proyecto. Apropiaciones no Asignables a Programas: Son aquellas partidas que no forman parte de la producción de ningún programa CODIFICACION DE LAS CATEGORIAS PROGRAMATICAS.

CATEGORIA CODIGO

PROGRAMA 11 a 95

PROYECTO 01 a 99

ACTIVIDADES 0001 a 0050

OBRAS 0051 a 9999

APROPIACIONES NO ASIGNABLES A PROGRAMAS SE UBICARAN SEGÚN CORRESPONDA EN:

* DEUDA PÚBLICA Y OTRAS OPERACIONES FINANCIERAS

96

** ADMINISTRACION DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES

98

*** ADMINISTRACION DE ACTIVOS Y TRANSFERENCIAS

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*DEUDA PÚBLICA Y OTRAS OPERACIONES FINANCIERAS.

(INTERESES Y AMORTIZACIONES), entiéndase como deuda pública las deudas no canceladas dentro del mismo año, es decir, aquellas que pasan de un año a otro.

EJEMPLOS: 813- Amortización de préstamos de largo plazo del sector privado.

911- Intereses de la deuda interna.

931- Comisiones y otros gastos de la deuda pública.

**ADMINISTRACION DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

(TRANSFERENCIAS CORRIENTES O DE CAPITAL A

INSTITUCIONES O EMPRESAS DEL SECTOR PRIVADO O PERSONAS FISICA).

EJEMPLOS: 411- Pensiones y jubilaciones.

426- transferencias corrientes a instituciones sin fines de lucro.

512- transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro.

***ADMINISTRACION DE ACTIVOS Y TRANSFERENCIAS.

(TRANSFERENCIAS CORRIENTES O DE CAPITAL A INSTITUCIONES O EMPRESAS DEL SECTOR PÚBLICO, ADEMAS DE LOS ACTIVOS FINANCIEROS).

EJEMPLOS: 527- Transferencias de capital a otras instituciones públicas.

741- Incremento de caja y banco

742- Incremento de cuentas por cobrar a corto plazo.

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Unidad Responsable: Unidad administrativa responsable en forma total o parcial de la gestión a nivel de una categoría programática. Por tanto, es una unidad administrativa responsable de planificar y utilizar combinadamente recursos para producir bienes y servicios. Meta: Expresa la cantidad de los bienes y servicios terminales que realiza una institución durante un ejercicio presupuestario y cuya producción, concreta y acabada, se pone a disposición de sus usuarios. Este concepto queda reservado exclusivamente para expresar la cantidad de bienes y servicios que se originan en un programa o subprograma. Producción terminal: Expresa el volumen total de producción terminal que se ejecuta durante un ejercicio presupuestario e incluye, por tanto, la producción acabada durante el ejercicio (meta), así como la producción que se encuentra en proceso para los siguientes períodos. Unidad de medida: Es la expresión que sirve de base y permite cuantificar la producción de un bien o servicio. Grupos Ocupacionales:

Conjunto de clases y series conexas o complementarias, colocadas bajo una denominación común, por pertenecer a un mismo tipo general de trabajo.

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CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS:

Clasificador Institucional:

Este es el clasificador que permitirá ordenar las transacciones de gastos de acuerdo con los diferentes niveles institucionales del Sector Público, así como con su desagregación según su estructura administrativa, esto último en el caso de resultar necesario.

Esta clasificación deberá posibilitar el establecimiento de la responsabilidad administrativa que tiene cada una de esas unidades administrativas en todo el proceso presupuestario, no solo ante quien jurídicamente aprueba su presupuesto, sino ante la sociedad toda, por la eficacia y la eficiencia con que deben desarrollar su labor.

Clasificador de Ingresos:

El mismo expresa los distintos conceptos que motivan la recaudación de acuerdo con la naturaleza del acto o hecho que lo genera.

Clasificador por Objeto del Gasto:

Agrupa las transacciones de gastos en un conjunto de cuentas en forma sistemática y homogénea de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté adquiriendo e incluye las transferencias corrientes y de capital.

Clasificador Geográfico:

Permitirá, de acuerdo con la distribución territorial que establezca el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, clasificar los gastos que ejecuten las instituciones públicas de acuerdo con el espacio territorial donde los mismos se realicen.

El Clasificador Funcional:

Deberá mostrar hacia qué propósitos generales, económicos y sociales se orienta el gasto público, de acuerdo con las diversas acciones que realiza el Estado.

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Clasificador por Fuentes de Financiamiento:

Clasificará el gasto de acuerdo con el origen de su financiamiento, permitiendo conocer qué parte de la producción pública o qué tipo de necesidades públicas son atendidas con cada una de dichas fuentes. Esta clasificación sustituirá a la actual “Clasificación por Fondos”.

Clasificador por Organismo Financiador:

Permitirá identificar los organismos internos y externos que, mediante préstamos o donaciones, financian los gastos asociados con las fuentes de financiamiento.

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RELACION ENTRE FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y ORGANISMOS FINANCIADORES

FUENTES ORGANISMOS

DE DESCRIPCION DESCRIPCION

FINANCIAMIENTO FINANCIADORES

10

Fondo General ( incluye impuestos y arbitrios municipales ) 100 Tesoro Nacional

30 Fondos Propios 102 Fondos propios

Inst. del sector publico

40 Transferencias 100 Tesoro Nacional

Inst. del Sector Publico

50 Crédito Interno Ver clasificador -

60 Crédito Externo Ver clasificador -

70 Donaciones Externas Ver clasificador -

El Clasificador Programático: se utilizará como resultante del uso de la técnica del presupuesto por programas la cual deberá aplicarse en todos las instituciones del Sector Público.

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CAPITULO II

FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS

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CAPITULO II

INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO DE LA MISION Y VISION.

Form. Nº FP-01

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

1- Misión:

En esta sección debe describirse en forma clara y precisa la misión que ha sido definida en la base legal del Organismo Municipal correspondiente.

2- Visión:

Debe describirse en forma breve la posición en el cual el organismo se visualiza en el Futuro.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS.

Form. Nº FP-02.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

1 -Clasificador de ingresos:

Se deben identificar los códigos de los ingresos que tiene previsto obtener la institución durante el año a presupuestar. Esta clasificación debe realizarse conforme al Clasificador Presupuestario de Ingresos.

2- Denominación:

En este espacio se especifica el concepto de los ingresos que les corresponde al grupo, sub-grupo, cuenta, auxiliar y sub-auxiliar conforme al Clasificador Presupuestario.

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3- Fuente de financiamiento:

En estos espacios se deben registrar los códigos de las fuentes de financiamiento conforme al Clasificador Presupuestario.

4- Organismo Financiador:

Se registra el código correspondiente al Organismo Financiador conforme al clasificador presupuestario.

5- Presupuesto Original año Actual:

En este espacio deben registrarse los montos por cada grupo, sub-grupo y cuenta totalizando a nivel de grupo y total general del presupuesto inicial de ingresos, correspondiente al ejercicio vigente.

6- Ejecución Estimada año actual:

En este espacio deben registrarse los montos de ejecución estimada del ejercicio actual, por cada grupo, sub-grupo, cuenta, auxiliar y sub-auxiliar del ingreso.

Esta estimación surge de tomar el acumulado de los ingresos percibidos al corte de un mes determinado y dividirlo por el numero de meses acumulados, el resultado de esta operación multiplicarlo por los meses restantes del año que se está proyectando, finalmente a este resultado se le suma el acumulado de los ingresos percibidos

EJEMPLO: De enero a julio del año 2011 el Ayuntamiento xxx a percibido por concepto de corte de arboles la suma de RD$ 80,000.00 ( 7 meses de ingresos percibidos por este concepto )

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Para proyectar el percibido del año efectuó la siguiente operación

80,000/7 meses = 11,428.57 este resultado es el que multiplico por los meses restantes del año que son los meses de agosto- diciembre ( 5 meses ) es decir 11,428.57 x 5 meses = 57,142.85 finalmente a este resultado le sumamos el acumulado de los ingresos percibidos de enero a julio que son los 80,000.

Teniendo entonces la siguiente operación.

Ejecutado Enero – Julio = 80,000.00 mas

Proyección Agosto – Diciembre = 57,142.85

TOTAL PROYECCION 137,142.85

Otra forma de proyectar en el caso de un ingreso que sea recurrente seria multiplicar el último mes percibido por 12 meses

7- Presupuestado año siguiente:

En estos espacios deben registrarse los montos proyectados para el año que se está presupuestando.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO DE LA ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA PRESUPUESTARIA.

Form. Nº FP-03.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Ubicación Geográfica:

Es el número que identifica el código geográfico de conformidad con el Manual de Clasificadores Presupuestarios.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

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(1 a 4)- Categoría Programática:

En estos espacios se registran los códigos, según sea el caso de la estructura programática que ha definido la institución para la formulación del presupuesto de gasto.

5- Código SNIP.

Se aplicará a todas las categorías programáticas que hayan sido priorizadas y numeradas como Proyectos por la Dirección General de Inversión Pública, sin importar el nombre y tipo de categoría programática con que se incorpore a la estructura que se registra en el presente formulario.

Este código cada municipio lo tendrá a su disposición en el momento en que las municipalidades estén en condiciones optimas para registrar sus proyectos de inversión en el MINISTERIO DE INVERSION PUBLICA .

6- Función:

Número que identifica las funciones de conformidad con el Manual de Clasificadores Presupuestarios. “PARA QUE SE GASTA”

7- Denominación de la Estructura Programática:

En este espacio debe describirse en forma clara el nombre asignado a la categoría programática correspondiente.

Ejemplo:

Programa I - Representación, Normas y Políticas de la Gestión.

8- Unidad Responsable:

Debe registrarse el área de la institución responsable de la aplicación del programa, proyecto o actividad.

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Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO DE LA DESCRIPCION Y METAS DE LOS PROGRAMAS.

Form. Nº FP-04

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Programa:

Se registra el número que le corresponde al programa conforme a la estructura programática presupuestaria definida por el Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal y aprobada por la Dirección General de Presupuesto para el año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre del programa presupuestario correspondiente.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

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1- Descripción del programa:

En este espacio se debe realizar una descripción del programa que indique en forma clara y concisa su producción o servicios, así como su contribución al logro de la política municipal.

Como característica, esta categoría programática es el reflejo en síntesis, del plan de acción a desarrollar, que permita una justificación de los recursos requeridos por el organismo.

2. Cuadro de Metas y Producción Terminal en Proceso:

Metas: Se debe colocar la denominación de la meta, la cual constituye la cuantificación de los bienes y servicios terminales acabados que producirá el organismo durante el ejercicio presupuestario que se está programando.

Producción Terminal en Proceso:

Colocar la denominación de la Producción Terminal en Proceso, es decir, aquella parte de la Producción Terminal (la que contribuye directamente a satisfacer las necesidades de la Población, a la vez que caracteriza y justifica la existencia de la institución) que, al cierre del ejercicio, no estará totalmente acabada, por lo cual no formará parte de las metas del año, pero habrá requerido del empleo de apropiaciones para ser generada.

Unidad de Medida:

Indique la o las unidades de medida en que se expresan las metas y/o la producción terminal en proceso. Dichas unidades deben servir de base para cuantificar la producción de los bienes o servicios que conforman la producción terminal del organismo.

Estimado Año Actual:

Anote la cuantificación de cada una de las unidades de medida de las metas y producciones terminales en proceso, estimadas para el ejercicio vigente.

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Presupuestado año siguiente:

Anote, la cuantificación de cada una de las unidades de medida de las metas y producciones programadas para el año que se presupuesta.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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INSTRUCCIONES PARA EL DETALLE DE PRESUPUESTO DE GASTOS POR ACTIVIDAD.

Form. Nº FP-05.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Programa:

Se registra el número que le corresponde al programa conforme a la estructura programática presupuestaria definida por la institución y aprobada por la Dirección General de Presupuesto para el año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre del programa presupuestario correspondiente.

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Proyecto:

Se registra el número que corresponde al proyecto conforme a la estructura programática del año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre del proyecto correspondiente.

Actividad /Obra:

Número que corresponde a la actividad u obra, según a la estructura programática definida por la institución para el año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre de la actividad u obra presupuestaria correspondiente.

Código SNIP.

Se aplicará a todas las categorías programáticas que hayan sido priorizadas y numeradas como obras por la Dirección General de Inversión Pública.

Este código cada municipio lo tendrá a su disposición en el momento en que las municipalidades estén en condiciones optimas para registrar sus proyectos de inversión en el MINISTERIO DE INVERSION PUBLICA .

Función:

Número que identifica las funciones de conformidad con el manual de clasificadores presupuestario. “PARA QUE SE GASTA”

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Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

1 - Clasificador del Gasto:

Este espacio está estructurado en cuatro niveles (objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar), los cuales identifican los códigos de los gastos que tiene previsto realizar la institución. Esta clasificación debe realizarse conforme al clasificador presupuestario del gasto.

2- Denominación del Gasto:

En este espacio se especifica el concepto de los gastos que corresponden al objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar conforme al clasificador presupuestario.

3- Fuente de financiamiento:

En estos espacios se deben registrar los códigos de las fuentes de financiamiento conforme al clasificador presupuestario.

4- Organismo Financiador:

Se registra el código correspondiente al Organismo Financiador conforme al Clasificador Presupuestario.

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5-Destino de Fondo:

En esta columna se codificará a nivel de sub- cuenta cada gasto de acuerdo a los porcentajes que establece el artículo 21 de la ley 176-07;

Esta codificación se realizará tomando en cuenta la letra inicial de cada destino del gasto, es decir:

P) PERSONAL S) SERVICIOS MUNICIPALES

I) INVERSION E) EDUCACION, GÉNERO Y SALUD

6- Presupuesto Original Año Actual:

En este espacio deben registrarse los montos por objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliares totalizando a nivel de objeto y total general del presupuesto original de gastos, correspondiente al ejercicio vigente.

6- Ejecución Estimada año actual:

En este espacio deben registrarse los montos de ejecución estimadas del ejercicio actual, por cada objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar.

Esta estimación surge de tomar el acumulado de los gastos ejecutados al corte de un mes determinado y dividirlo por el numero de meses ejecutados, el resultado de esta operación multiplicarlo por los meses restantes del año que se está proyectando, finalmente a este resultado se le suma el acumulado de los gastos ejecutados.

EJEMPLO: De enero a julio del año 2011 el Ayuntamiento xxx a ejecuto por concepto de compra de MATERIALES DE LIMPEZA el monto de RD$ 35,000.00 ( 7 meses de ejecución )

Para proyectar lo ejecutado del año efectuó la siguiente operación

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35,000/7 meses = 5,000 este resultado es el que multiplico por los meses restantes del año que son los meses de agosto- diciembre ( 5 meses ) es decir 5,000 x 5 meses =25,000 finalmente a este resultado le sumamos el acumulado de lo ejecutado de enero a julio que son los 35,000.

Teniendo entonces la siguiente operación.

Ejecutado Enero – Julio = 35,000.00 mas

Proyección Agosto – Diciembre = 25,000.00

TOTAL PROYECCION 60,000.00

Otra forma de proyectar en el caso de un gasto que sea recurrente seria multiplicar el último mes ejecutado por 12 meses

7- Presupuestado año siguiente:

En estos espacios deben registrarse los montos proyectados para el año que se está presupuestando.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

NOTA:

ESTE FORMULARIO CUENTA CON 6 ANEXOS, PARA FACILITAR EL PROCESO DE RECOLECCION Y ORGANIZACIÓN DE INFORMACION NECESARIA PARA SU CORRECTO LLENADO.

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INSTRUCCIONES PARA EL DETALLE DE SERVICIOS PERSONALES.

Form. Nº FP-06

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Programa:

Se registra el número que le corresponde al programa conforme a la estructura programática presupuestaria definida por el Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal y aprobada por la Dirección General de Presupuesto para el año en curso.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

31

Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Denominación:

Se consigna el nombre del programa presupuestario correspondiente.

Proyecto:

Se registra el número que corresponde al proyecto conforme a la estructura programática del año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre del proyecto correspondiente.

Actividad /Obra:

Número que corresponde a la actividad u obra, según la estructura programática definida por la institución para el año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre de la actividad u obra presupuestaria correspondiente.

Clasificador del gasto:

En estos espacios se debe registrar el código correspondiente al objeto, cuenta y sub-cuenta de gastos de personal, conforme al clasificador presupuestario del gasto.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

Cargos según grupos ocupacionales:

En este espacio se registra la posición que ocupa la persona dentro de los grupos ocupacionales de la institución en el presupuesto del año vigente.

Este formulario no podrá ser completado hasta que las municipalidades no agoten el proceso de clasificación de cargos efectuado por el MINISTERIO DE ADMINISTRACION PUBLICA. ( MAP )

I-Servicios Generales:

II- Apoyo Administrativo:

III-Técnicos:

IV-Profesionales:

V-Dirección y Supervisión:

Cargos Típicos:

1-Número de Cargos:

Se registra la cantidad de cargos homogéneos, sueldos iguales en el presupuesto del año vigente.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

2- Sueldo Mensual:

En este espacio se registra el total del salario mensual devengado de acuerdo a grupos de cargos iguales con igual salario.

3- Sueldo Anual:

En este espacio se registra el salario anual según el número de cargos es decir la columna 3= a la columna 2 x 12 meses.

4- Número de Cargos:

En este espacio debe registrarse el total de cargos solicitados para el año que se está formulando.

5- Sueldo Mensual:

En esta columna debe registrarse el salario mensual por grupo de cargos recomendados para el año que se está formulando.

6- Salario anual:

En esta columna debe registrarse el total del salario anual recomendado para el año siguiente según cantidad personas, es decir la columna 6= a la columna 5 x 12 meses.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

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(DIGEPRES)

INSTRUCCIONES PARA EL DETALLE DE LAS TRANSFERENCIAS PRIVADAS Y PÚBLICAS QUE OTORGAN LOS MUNICIPIOS.

Form. Nº FP-07.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Programa:

Se registra el número que le corresponde al programa conforme a la estructura programática presupuestaria definida por la institución para el año en curso. (Tener en cuenta que las transferencias privadas a instituciones se presupuestarán en el programa 98 (Administración de Contribuciones Especiales) y las públicas en el programa 99 (Administración de Activos, Pasivos y Transferencias. Este formulario debe ser llenado por programa, es decir uno para el programa 98 y otro para el programa 99.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Denominación:

Se consigna el nombre del programa presupuestario correspondiente.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

(1 a 4)- Clasificación del gasto:

Este espacio esta estructurado en tres niveles principales y uno de detalle, los cuales identifican los códigos de los gastos que tiene previsto obtener la institución. Esta clasificación debe realizarse conforme al clasificador presupuestario del gasto.

5- Código de la Entidad Receptora:

Se registra el número de la entidad receptora correspondiente a la institución que recibe la transferencia.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

37

TRANSFERENCIAS CORRIENTES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO

( CTA -426 )

ENTIDAD RECEPTORA AREA INSTITUCIONAL ( SECTOR )

9991 INSTITUCIONES DEL AREA DE SALUD

9992 INSTITUCIONES DEL AREA DE EDUCACION

9993 INSTITUCIONES DEL AREA DE DEPORTES

9994 INSTITUCIONES DEL AREA DE CULTURA

9995 INSTITUCIONES DEL AREA DE MEDIO AMBIENTE

9997 INSTITUCIONES DEL AREA DE AGRICULTURA

9998 INSTITUCIONES DEL AREA DE ASISTENCIA SOCIAL

9999 INSTITUCIONES DEL AREA DE JUSTICIA

TRANSFERENCIAS CORRIENTES A OTRAS INSTITUCIONES PUBLICAS

( CTA -437 )

ENTIDAD RECEPTORA INSTITUCION

2031 CUERPO DE BOMBEROS DEL INTERIOR

2088 CUERPO DE BOMBEROS SANTO DOMINGO, D.N.

2089 CUERPO DE BOMBEROS SANTO DOMINGO, OESTE

2090 CUERPO DE BOMBEROS SANTO DOMINGO, NORTE

2091 CUERPO DE BOMBEROS SANTO DOMINGO, ESTE

2092 CUERPO DE BOMBEROS DE BOCA CHICA

2172 CUERPO DE BOMBEROS DE LOS ALCARRIZOS

2173 CUERPO DE BOMBEROS DE PEDRO BRAND

2174 CUERPO DE BOMBEROS DE SAN LUIS

2177 CUERPO DE BOMBEROS DE GUERRA

2231 CUERPO DE BOMBEROS DE LA VICTORIA

6- Entidad que recibe la Transferencia:

En este espacio deben registrarse el nombre de la institución a la cual se le otorga la transferencia durante el año actual y la recomendada para el presupuesto del año siguiente.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

(7) y (8)- Presupuesto año actual:

En estos espacios deben registrarse el monto de las transferencias Públicas o privadas otorgadas a cada una de las instituciones por mes totalizadas por año.

(9) y (10)- Presupuesto año siguiente:

En estos espacios deben registrarse el monto de las transferencias recomendadas a cada una de las instituciones por mes totalizadas por año.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

39

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

40

Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

PROGRAMACION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LOS PROYECTOS Y OBRAS

Form. Nº FP-08.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Programa:

Se registra el número que le corresponde al programa conforme a la estructura programática presupuestaria definida por la institución, y aprobada por la Dirección General de Presupuesto para el año en curso.

Denominación:

Se consigna el nombre del programa presupuestario correspondiente.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

41

Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Ubicación Geográfica:

Es el número que identifica el código geográfico de conformidad con el Manual de Clasificadores Presupuestarios.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

1-Numere los proyectos a partir del 01, de acuerdo a la Estructura Programática definida para los Ayuntamientos.

2-Numere las obras a partir del 0051, de acuerdo a la estructura Programática definida para los Ayuntamientos.

3-Coloque el número que identifica a la Obra en el Sistema Nacional de Inversión Pública. (Código SNIP).

Este código cada municipio lo tendrá a su disposición en el momento en que las municipalidades estén en condiciones optimas para registrar sus proyectos de inversión en el MINISTERIO DE INVERSION PUBLICA .

4-Denominación de las Obras:

Escriba el nombre asignado a cada obra, procurando una identificación concreta y suficiente de la misma.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Ministerio de Hacienda

Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

5- Modalidad del Contrato:

Coloque (1) cuando la obra se realice por administración directa y (2) cuando sea construida por administración indirecta o de terceros.

6- Presupuesto Participativo:

Coloque una equis x si le obra esta contemplada en el Presupuesto Participativo Municipal.

7.- Costo Total (Pesos):

Registre el costo total actualizado de cada una de las obras que integran el proyecto, anotando, el monto en moneda nacional.

8.- Costo Total (moneda extranjera):

Registre el costo total actualizado de cada una de las obras que integran el proyecto en moneda extranjera, (La moneda extranjera se expresará en pesos, a la tasa oficial TIPO COMPRADOR establecida por el Banco Central de la República Dominicana). Al momento de estar realizando la formulación (Utilizar esta columna en el caso de que el proyecto sea realizado por donaciones en moneda extranjera).

9.- Costo Total (Total).- Registre la suma de los montos de las columnas Siete (7) y Ocho (8).

10.-Ejecucion Obra Años Anteriores: Anote el valor de la ejecución acumulada de los años anteriores.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

11.-Proyeccion Obra Año Actual: Anote el valor, a precios actuales, de la ejecución acumulada al mes que este trabajando y la proyección de los meses restantes de la obra estimada al 31/12 del año en ejecución.

Esta estimación surge de tomar el acumulado de los gastos ejecutados al corte de un mes determinado y dividirlo por el numero de meses ejecutados, el resultado de esta operación multiplicarlo por los meses restantes del año que se está proyectando, finalmente a este resultado se le suma el acumulado de los gastos ejecutados.

EJEMPLO: De enero a julio del año 2011 el Ayuntamiento xxx a ejecuto en una obra llamada CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES DEL PINALITO el monto de RD$ 350,000.00 ( 7 meses de ejecución )

Para proyectar lo ejecutado del año efectuó la siguiente operación

350,000/7 meses = 50,000 este resultado es el que multiplico por los meses restantes del año que son los meses de agosto- diciembre ( 5 meses ) es decir 50,000 x 5 meses =250,000 finalmente a este resultado le sumamos el acumulado de lo ejecutado de enero a julio que son los 350,000.

Teniendo entonces la siguiente operación.

Ejecutado Enero – Julio = 350,000.00 mas

Proyección Agosto – Diciembre = 250,000.00

TOTAL PROYECCION 600,000.00

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

12.- Presupuesto Financiero para el año siguiente (Pesos):

Informe los montos de la programación de las obras para el año que se está presupuestando, en moneda nacional.

13.- Presupuesto Financiero para el año siguiente (Moneda Extranjera):

Informe los montos de la programación de las obras para el año que se está presupuestando, (La moneda extranjera se expresará en pesos, a la tasa oficial establecida por el Banco Central de la República Dominicana). (Utilizar esta columna en el caso de que el proyecto sea realizado por donaciones en moneda extranjera).

14.- Presupuesto Financiero para el año siguiente (Total):

Registre la suma de los montos de las columnas Doce (12) y Trece (13).

(15- 16 y 17-18) y Programación resto de años Indique los montos proyectados para los años siguientes, si resultare necesario.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

RESUMEN DE GASTOS POR PROGRAMA, OBJETO, CUENTA Y SUB-CUENTA

Form. Nº FP-09.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

1 - Clasificador del Gasto:

Este espacio esta estructurado en cuatro niveles (objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar), los cuales identifican los códigos de los gastos que tiene previsto realizar la institución. Esta clasificación debe realizarse conforme al clasificador presupuestario del gasto.

2- Denominación del Gasto:

En este espacio se especifica el concepto de los gastos que corresponden al objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar, conforme al clasificador presupuestario.

(3-15) Programa:

En estas columnas deben registrarse el Presupuesto formulado para el año, agregado por programa a nivel de objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar.

16-Total General:

En esta columna debe registrarse la sumatoria en forma horizontal de todos los programas.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

RESUMEN POR DESTINO DE FONDO, PROGRAMATICA Y CLASIFICADOR DEL GASTO.

Form. Nº FP-10.

Código Institucional:

Número que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente, conforme al Clasificador Institucional.

Entidad Municipal:

Nombre que identifica al Ayuntamiento o Junta de Distrito Municipal correspondiente.

Destino de Fondo:

Se colocará la descripción del destino especifico de los fondos tal y como lo establece la Ley 176-07 en su Artículo 21.

25% Para gastos de personal.

31% para gastos por servicios municipales.

40% para gastos por obras de infraestructuras, inversión etc.

4% para programas educativos de género y salud.

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50

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

Presupuesto Año:

Presupuesto del año que se está formulando.

Fecha:

Día, mes y año en el cual se está elaborando el Presupuesto.

(1 a 4)- Categoría Programática:

En estos espacios se registran los códigos, según sea el caso de la estructura programática que ha definido la institución para la formulación del presupuesto de gasto.

5-Código SNIP.

Se aplicará a todas las categorías programáticas que hayan sido priorizadas y numeradas como Proyectos por la Dirección General de Inversión Pública.

Este código cada municipio lo tendrá a su disposición en el momento en que las municipalidades estén en condiciones optimas para registrar sus proyectos de inversión en el MINISTERIO DE INVERSION PUBLICA .

(6-9) Clasificador del Gasto:

Este espacio está estructurado en cuatro niveles (objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar), los cuales identifican los códigos de los gastos que tiene previsto realizar la institución. Esta clasificación debe realizarse conforme al clasificador presupuestario del gasto.

10- Denominación del Gasto: En este espacio se especifica el concepto de los gastos que corresponden al objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar, conforme al Clasificador Presupuestario.

APROBADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

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Dirección General de Presupuesto

(DIGEPRES)

11- Fuente de financiamiento:

En este espacio se debe registrar los códigos de las fuentes de financiamiento conforme al Clasificador Presupuestario.

12- Organismo Financiador:

Se registra el código correspondiente al Organismo Financiador conforme al clasificador presupuestario.

13- Presupuesto Original Año Actual:

En este espacio deben registrarse los montos por objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliares totalizando a nivel de objeto y total general del presupuesto original de gastos, correspondiente al ejercicio vigente.

14- Ejecución Estimada del año actual:

En este espacio deben registrarse el monto de ejecución estimada del ejercicio vigente, por cada objeto, cuenta y sub-cuenta del gasto y por el total general.

15- Presupuesto Formulado:

En este espacio deben registrarse los montos presupuestados por objeto, cuenta, sub-cuenta y auxiliar.

Firmas: Elaborado por el Alcalde, Revisado por el Contralor o el Tesorero y Aprobado por el Concejo Municipal o presidente de junta de vocales según corresponda de acuerdo a la ley 176-07.

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A N E X O S

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