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GUÍA DE LLENADO FORMATO DE INFORME POLICIAL HOMOLOGADO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD

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GUÍA DE LLENADO

FORMATO DE INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD

1

CONTENIDO

Introducción …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 2

Justificación ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… 4

Objetivos …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. 6

Marco normativo…………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 7

Formato de Informe Policial Homologado con perspectiva de género y de discapacidad ………………………………………… 12

Contenido del Informe Policial Homologado ………………………………………………………………………………………………… 12

Formato del Informe Policial Homologado con perspectiva de género y de discapacidad …………………………….. 13

Anexo A del Informe Policial Homologado ……………………………………………………………………………………………………. 16

Anexo B del Informe Policial Homologado ……………………………………………………………………………………………………. 19

Anexo E del Informe Policial Homologado …………………………………………………………………………………………………….. 21

Guía de llenado del Informe Policial Homologado con perspectiva de género y de discapacidad ……………………………… 23

Guía de llenado de los Anexos del Informe Policial Homologado ……………………………………………………………………... 29

2

INTRODUCCIÓN

El Informe Policial Homologado, es un documento que se crea en el 2010 como una estrategia de seguridad pública y para ser utilizado

por las diferentes corporaciones de policía pública e instancias de procuración de justicia, en los tres niveles de Gobierno. En este

informe, se registran las acciones realizadas en el lugar de intervención al que acudieron elementos de seguridad pública, ante la

comisión de un hecho probablemente delictivo. Este Informe Policial Homologado, es una herramienta necesaria en toda intervención

policial. En este documento, se tienen las bases de datos que nutrirán las plataformas nacionales de Seguridad Nacional, además de

ser una herramienta valiosa para conocer en un primer momento, como acontecieron los hechos y que las autoridades competentes,

cuenten con información precisa sobre lo sucedido.

El Informe Policial Homologado, es el documento que se usa en todas las corporaciones policiacas y junto con sus anexos, es el formato

que llena la policía primer respondiente que llega al lugar de los hechos. Este informe ha tenido diversas modificaciones para adecuarlo

a las nuevas realidades, tanto de los hechos delictivos que suceden, como las necesidades de las corporaciones de Seguridad Pública

que son quienes llenan el documento y sus anexos.

Después de su implementación en el 2010, se realiza una nueva modificación del informe en el año 2015, este documento se amplia y

se agregan 13 anexos. Sin embargo, este nuevo formato resulta difícil y tardado para las corporaciones policiacas que lo llenaban,

cayendo en desuso. Para el 2018, se adecua de nuevo el Informe Policial Homologado y en este año, se hace una nueva revisión en el

mes de junio, modificando el documento anterior, y adecuándolo a un informe de llenado más rápido, conciso y que facilita la labor

de los y las elementos de las instituciones de seguridad pública al momento de llegar al lugar donde fueron reportados los hechos.

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Es importante considerar que el Informe Policial Homologado, debe ser revisado con periodicidad para adecuar sus contenidos a las

necesidades y urgencias de seguridad pública, así como a la obligatoriedad del Estado Mexicano de cumplir con los compromisos en

materia de igualdad, no discriminación, perspectiva de género y enfoque de derechos humanos.

Por tal motivo, el este documento se presenta como propuesta para implementar la perspectiva de género en el Informe Policial

Homologado actual, con la finalidad de que se hagan visibles las violencias de género e interseccionalidades que generan condiciones

de discriminación, hechos que en la mayoría de las ocasiones no están presentes en este tipo de documentos oficiales.

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JUSTIFICACIÓN

La violencia de género es una grave violación a los derechos humanos. En México, según el informe de la Organización de las Naciones

Unidas, se asesinan 9 mujeres al día, es decir, aproximadamente 3200 mujeres en el periodo de un año. Existe también un alarmante

incremento en la violencia social y el alto número de delitos que son cometidos en nuestro país. Según el informe del Secretariado

Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el 2018, se cometieron hasta el 30 de noviembre de ese año, un total de

1,710,834 delitos de todo tipo, de estos, 216,635 fueron contra la vida y la integridad corporal, que comprenden homicidios y lesiones

dolosas y culposas, y feminicidios. En el Estado de Zacatecas, el número de delitos ascendió en este mismo periodo, a 19,418, el 13 %

del total de estos delitos, fueron contra la vida y la integridad corporal.

La necesidad de contar con elementos encargados de la seguridad pública, que tengan una capacitación y sensibilización ante los

hechos que afectan y comprometen el ejercicio de los derechos humanos, se hace evidente ante el incremento constante de la

violencia en todas sus dimensiones y espacios donde es ejercida. Es necesario también, que el personal que responde ante las

denuncias por actos de violencia o delitos que se cometan por una condición de género, cuente con herramientas especializadas que

les permitan la mejor actuación al momento de presentarse en el lugar de los hechos.

El Informe Policial Homologado, es un documento útil de información al momento de realizar una intervención por un posible hecho

delictivo, sin embargo, está ausente de diversas variables sensibles al género que permitan contextualizar las problemáticas de forma

diferencial y especializada.

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Como todo documento de actuación, es susceptible de ser observado para generar áreas de mejora y propuestas de implementación

de nuevos campos que permitan establecer un trato adecuado a las diferentes situaciones que se presenten, concretamente, a las

denuncias donde intervengan condiciones de género o de discapacidad, así como derechos de las niñas, niños y adolescentes, personas

adultas mayores y población indígena.

Bajo esta premisa, las observaciones y propuesta de implementación de la perspectiva de género y discapacidad que se realiza en este

documento para ser adaptado al Informe Policial Homologado, busca generar un nuevo enfoque de análisis y contextualización de las

problemáticas existentes en los espacios públicos donde se presentan los hechos delictivos, pensando ser una herramienta de

aplicabilidad en el ámbito de competencia que tiene el Informe Policial Homologado, y ampliando la perspectiva de problematización

de los hechos posiblemente delictivos a los que acuden las instituciones encargadas de la seguridad pública en el país.

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OBJETIVOS

Objetivo general

Realizar el formato del Informe Policial Homologado con perspectiva de género y discapacidad, con la finalidad de observar las áreas

de mejora en la redacción y llenado del documento.

Objetivos específicos

a) Observar los campos y secciones del Informe Policial Homologado para implementar el análisis de la perspectiva de género y de

discapacidad.

b) Realizar una propuesta de implementación de la perspectiva de género y de discapacidad dentro del cuerpo del Informe Policial

Homologado.

c) Generar una guía de llenado del Informe Policial Homologado que sirva como base para su elaboración desde un enfoque de género

y de discapacidad.

d) Dejar la pauta para promover nuevas prácticas en la actuación de las instituciones encargadas de la seguridad pública en México

desde un enfoque de género, de discapacidad, interseccional, intercultural y de derechos humanos.

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MARCO NORMATIVO

El marco normativo en el que se fundamenta el llenado del Informe Policial Homologado, es en la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, en el Artículo 21, párrafo Noveno y Décimo inciso b).

Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y

mando de aquél en el ejercicio de esta función.

(…)

La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la

prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas,

en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad

pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos

reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones

policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán

el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

(…)

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona

podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

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Se encuentra también sustentado en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los artículos 19; 41 fracciones II y

III; 43; 77 fracciones V, VI, y IX; 112 y 113.

Artículo 19. El Centro Nacional de Información será el responsable de la operación del Sistema Nacional de Información de Seguridad

Pública y tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

I. Establecer, administrar y resguardar las bases de datos criminalísticos y de personal del Sistema en términos que señale el

reglamento;

II. Determinar los criterios técnicos y de homologación de las bases de datos de los integrantes del Sistema;

III. Emitir los protocolos de interconexión, acceso y seguridad de estas bases de datos;

IV. Vigilar el cumplimiento de los criterios de acceso a la información y hacer del conocimiento de las instancias competentes

cualquier irregularidad detectada;

V. Colaborar con el Instituto Nacional de Información de Estadística y Geografía, en la integración de la estadística nacional en

materia de seguridad pública, de conformidad con la Ley de la materia, y

VI. Brindar asesoría a las Instituciones de Seguridad Pública para la integración de información, interconexión, acceso, uso,

intercambio y establecimiento de medidas de seguridad para las bases de datos.

Artículo 41. Además de lo señalado en el artículo anterior, los integrantes de las Instituciones Policiales, tendrán específicamente las

obligaciones siguientes:

I. Registrar en el Informe Policial Homologado los datos de las actividades e investigaciones que realice;

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II. Remitir a la instancia que corresponda la información recopilada, en el cumplimiento de sus misiones o en el desempeño de

sus actividades, para su análisis y registro. Asimismo, entregar la información que le sea solicitada por otras Instituciones de

Seguridad Pública, en los términos de las leyes correspondientes;

III. Apoyar a las autoridades que así se lo soliciten en la investigación y persecución de delitos bajo el mando y conducción del

Ministerio Público, así como en situaciones de grave riesgo, catástrofes o desastres;

Artículo 43. La Federación, el Distrito Federal y los Estados, establecerán en las disposiciones legales correspondientes que los

integrantes de las Instituciones Policiales deberán llenar un Informe Policial Homologado que contendrá, cuando menos, los siguientes

datos:

I. El área que lo emite;

II. El usuario capturista;

III. Los Datos Generales de registro;

IV. Motivo, que se clasifica en;

a) Tipo de evento, y

b) Subtipo de evento.

V. La ubicación del evento y en su caso, los caminos;

VI. La descripción de hechos, que deberá detallar modo, tiempo y lugar, entre otros datos.

VII. Entrevistas realizadas, y

VIII. En caso de detenciones:

a) Señalar los motivos de la detención;

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b) Descripción de la persona;

c) El nombre del detenido y apodo, en su caso;

d) Descripción de estado físico aparente;

e) Objetos que le fueron encontrados;

f) Autoridad a la que fue puesto a disposición, y

g) Lugar en el que fue puesto a disposición.

El informe debe ser completo, los hechos deben describirse con continuidad, cronológicamente y resaltando lo importante; no deberá

contener afirmaciones sin el soporte de datos o hechos reales, por lo que deberá evitar información de oídas, conjeturas o conclusiones

ajenas a la investigación.

Artículo 77. La policía, en términos de lo dispuesto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en sus respectivos ámbitos de

competencia, tendrá las siguientes funciones:

(…)

V. Participar en la investigación de los delitos, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes, observando las

disposiciones Constitucionales y legales aplicables;

VI. Registrar de inmediato la detención en términos de las disposiciones aplicables, así como remitir sin demora y por cualquier

medio la información al Ministerio Público;

(…)

IX. Requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o morales, informes y documentos para fines de la

investigación. En caso de negativa, informará al Ministerio Público para que determine lo conducente.

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Artículo 112.- Los agentes policiales que realicen detenciones, deberán dar aviso administrativo de inmediato al Centro Nacional de

Información, de la detención, a través del Informe Policial Homologado.

Artículo 113.- El registro administrativo de la detención deberá contener, al menos, los datos siguientes:

I. Nombre y, en su caso, apodo del detenido;

II. Descripción física del detenido;

III. Motivo, circunstancias generales, lugar y hora en que se haya practicado la detención;

IV. Nombre de quien o quienes hayan intervenido en la detención. En su caso, rango y área de adscripción, y

V. Lugar a donde será trasladado el detenido.

Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, encuentra su base legal en el numeral LIV

LIV. Interconexión a los sistemas y protocolos de Plataforma México para el registro, acceso y análisis de información sustantiva.

Los municipios del país se comprometen a conformar bases de datos de: estado de fuerza, equipamiento e infraestructura, así como a

incorporar la información municipal con sistemas y metodología homologados; además de aplicar el Informe Policial Homologado.

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FORMATO DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DE DISCAPACIDAD

CONTENIDO DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

El Informe Policial Homologado actualizado en este año, consta de 5 secciones que se describen a continuación:

Sección 1. Puesta a disposición.- Entrega-recepción de los anexos llenados. Información de la persona que pone a disposición, datos

de la autoridad que recibe la puesta a disposición y sello de la institución que recibe el Informe

Policial Homologado.

Sección 2. Primer respondiente.- Esta sección integra los datos básicos de identificación de quien llenó el Informe Policial

Homologado. Entre las adecuaciones que se realizan en esta actualización, está la integración de

la Guardia Nacional. También cuenta con información sobre el número de elementos que

arribaron al lugar de los hechos.

Sección 3. Conocimiento del Información sobre la forma en que la o el primer respondiente se enteró del hecho, información

hecho y seguimiento de la de la fecha y hora en que tuvo conocimiento del hecho y fecha y hora en que arribó al lugar.

actuación de la autoridad.-

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Sección 4. Lugar de la intervención Contiene información para el llenado de la ubicación geográfica. Datos sobre la dirección precisa

del lugar, las coordenadas y un espacio en blanco para dibujar el croquis del lugar. En el segundo apartado de la sección,

se encuentran datos de inspección del lugar. Con la finalidad de poder establecer la cadena de custodia de los posibles

objetos localizados en el lugar.

Sección 5. Narrativa de los hechos.- Esta sección es la parte más importante para el llenado del Informe Policial Homologado, pues

parte de la observación y análisis que realice la persona primer respondiente sobre la situación que se está presentando. En

esta sección del Informe, se debe considerar que este análisis no debe estar motivado por percepciones personales como

estereotipos de género, sino debe partir desde una ética y profesionalismo desde la perspectiva de género y los derechos

humanos.

Además de las cinco secciones que comprende el Informe Policial Homologado, en caso de ser necesario, se llenan siete anexos más.

Anexo A. Detención(es).

Anexo B. Informe del uso de la fuerza.

Anexo C. Inspección de vehículos.

Anexo D. Inventario de armas y objetos.

Anexo E. Entrevistas.

Anexo F. Entrega-Recepción del lugar de la intervención.

Anexo G. Continuación de la narrativa de los hechos y/o entrevista.

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FORMATO DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DE DISCAPACIDAD

Para dar cumplimiento con las obligaciones del Estado Mexicano en cuanto a los tratados internacionales firmados y ratificados, así

como las disposiciones en materia de igualdad y no discriminación para el adelanto de las mujeres, se prevé la armonización a nivel

nacional de todas las disposiciones, protocolos y reglamentos, para implementar la perspectiva de género y que ésta sea también una

metodología utilizada en los análisis y problematización de los entornos sociales y políticos.

La importancia de que el Informe Policial Homologado cuente con perspectiva de género y de discapacidad, responde a la política

nacional de igualdad, de inclusión y no discriminación. En este entendido, se presenta a continuación, el formato del Informe Policial

Homologado, con las observaciones y propuestas de implementación de la perspectiva de género y de discapacidad.

En el apartado siguiente, únicamente se consideran las secciones del Informe Policial Homologado y anexos en las cuales se presenta

la propuesta de implementar la perspectiva de género y de discapacidad. Se señalan con amarillo las propuestas implementadas.

Sección 4. Lugar de la intervención

Apartado 4.2 Inspección del lugar

Modificación: Agregar la justificación del por qué no se preservó el lugar de la intervención.

Justificación: Una de las principales fallas en el momento de atender un caso de feminicidio o probable suicidio, es la falta de

resguardo de indicios en el lugar de los hechos. Esto tiene complicaciones graves al momento de integrar la Carpeta de

Investigación e imposibilita los peritajes necesarios para acceder a la verdad. Por tal motivo, es necesario que el personal primer

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respondiente, especifique cuales fueron las circunstancias por las cuales no resguardó el lugar, para con esa información, tener

conocimiento si hubo pruebas que no se consideraron o acudió personal de otra área y levantó los indicios.

Apartado 4.2 Inspección del lugar

¿Realizó la inspección del lugar? Sí No

Al momento de realizar la inspección del lugar, ¿encontró algún objeto relacionado con los hechos? Si (Llene el anexo D) No

¿Preservó el lugar de la intervención? Sí No

Justifique: _____________________________________________________________________________________________________________

¿Llevó a cabo la priorización en el lugar de la intervención? Si No

Tipo de riesgo presentado: Sociales Naturales

Especifique: ___________________________________________________________________________________________________________

Sección 5. Narrativa de los hechos

Apartado 5.1 Descripción de los hechos y actuación de la autoridad.

Modificación: Agregar en el final de las indicaciones, el párrafo siguiente: Es necesario que en la narración de los hechos no realicé

ningún juicio personal motivado por estereotipos de género que pudieran orientar erróneamente el proceso de puesta a disposición.

Narre los hechos como sucedieron sin que medie otro análisis ajeno a lo sucedido.

Justificación: Es necesario responsabilizar sobre sus actuaciones, a los elementos de seguridad que llegan al lugar de los hechos,

evitando con esto que, en el llenado del informe, reproduzcan conductas o ideas machistas como lo son el pensar que las mujeres

provocaron las actitudes violentas. Con este señalamiento, se solicita explícitamente a quienes arriben, que actúen de acuerdo al

código de ética establecido.

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SECCIÓN 5. NARRATIVA DE LOS HECHOS

Apartado 5.1 Descripción de los hechos y actuación de la autoridad

Relate cronológicamente las acciones realizadas durante su intervención desde el conocimiento del hecho hasta la puesta a disposición. En su caso, explique las circunstancias de modo, tiempo y lugar que motivaron cada uno de los niveles de contacto y la detención. Tome como base las siguientes preguntas: ¿Quién? (personas), ¿Qué? (hechos), ¿Cómo? (circunstancias), ¿Cuándo? (tiempo) y ¿Dónde? (lugar). Es necesario que en la narración de los hechos no realicé ningún juicio personal motivado por estereotipos de género que pudieran orientar erróneamente el proceso de puesta a disposición. Narre los hechos como suced ieron sin que medie otro análisis ajeno a lo sucedido.

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ANEXO A DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

ANEXO A. DETENCIÓN(ES)

Apartado A.2 Datos generales de la persona detenida.

Modificación: Quitar la línea de Apodo o alias.

Justificación: Este cuestionamiento presupone una estigmatización de las personas detenidas, toda vez que culturalmente se asocian

ciertos grupos sociales con actividades delincuenciales, esta línea reproduce institucionalmente la estigmatización, en ese mismo

espacio, está la opción de No aplica, lo que supone que no todas las personas tendrán un apodo o alias sino grupos o sectores sociales

específicos.

Modificación: Cambiar la casilla de Sexo por Género y agregar Identidad de género.

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Justificación: Existen diversas identidades de género que no se basan únicamente en el binomio de hombre-mujer desde un análisis

biológico como lo es el sexo. Esta línea invisibiliza a las personas intersexuales, transgénero o no binarias. El reconocimiento de la

identidad de género como derecho humano y parte de los derechos sexuales y reproductivos, es una responsabilidad a la que está

obligado el Estado Mexicano.

Modificación: Agregar en la solicitud de descripción de la persona detenida la leyenda: En este apartado, debe evitar los juicios

personales motivados por estereotipos de género y sociales, tales como: Tiene una vestimenta como este grupo social, entre otros.

Limítese a una descripción objetiva.

Justificación: Responsabilizar a las autoridades encargadas de la seguridad pública sobre sus actuaciones. Los juicios que realicen

motivados por prejuicios y estereotipos de género, limitan el acceso a la justicia en condiciones de igualdad.

Modificación: Cambiar la pregunta ¿La persona se identificó como miembro de algún grupo vulnerable? Por:

¿La persona detenida tiene alguna condición de discapacidad?

¿La persona detenida pertenece a algún grupo o comunidad indígena?

¿Le proporcionaron persona traductora en caso de no hablar español?

¿La persona detenida se encuentra en situación de migración?

¿La persona detenida es adulta mayor?

¿La persona detenida es adolescente?

¿La persona detenida tiene alguna otra condición de vulnerabilidad? ¿Cuál?

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Justificación: Es necesario ampliar el análisis sobre si la persona se identifica como miembro de algún grupo vulnerable. Depende de

las condiciones en que se haya dado la detención, es posible que la persona en ese momento no se asuma en un estado de

vulnerabilidad. Es responsabilidad de las autoridades el proteger los derechos de las personas que viven con condiciones de

desigualdad, de acuerdo a los contextos sociales, políticos, culturales y económicos, no de las y los ciudadanos, identificarse como tales

y poner en la ciudadanía la responsabilidad de la protección de los derechos humanos.

Apartado A.1 Datos generales de la persona detenida

____________________________ ____________________________ ___________________________

Primer apellido Segundo apellido Nombre(s)

Nacionalidad: Mexicana Extranjera ¿Cuál? ___________________

Género: Femenino Masculino Persona no binaria

Identidad de género: Transgénero Cisgénero

Fecha de nacimiento: |__|__|__|__|__|__|__|__| Edad: |__|__|

D D M M A A A A

¿Se identificó con algún documento? Credencial INE Licencia Pasaporte Otro: _________ No

No. de identificación: |__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|

Domicilio de la persona detenida

Calle/Tramo carretero: ________________________________________________________________________________________________________

No. exterior: _____________________ No. interior: ____________________________ Código postal: ________

Colonia/Localidad: ________________________________________________________________________________________________________

Municipio/Demarcación

territorial: ________________________________________________________________________________________________________

Entidad federativa: ________________________________________________________________________________________________________

Referencias: ________________________________________________________________________________________________________

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Describa brevemente a la persona detenida, incluyendo tipo de vestimenta y rasgos visibles (barba, tatuajes, cicatrices, lunares, bigote, etcétera). En este apartado, debe evitar los

juicios personales motivados por estereotipos de género y sociales, tales como: Tiene una vestimenta como este grupo social, entre otros. Limítese a una descripción objetiva.

¿La persona detenida presenta lesiones visibles? Sí No

¿Manifiesta tener algún padecimiento? Sí ¿Cuál? ___________________________________________________ No

¿La persona detenida tiene alguna condición de discapacidad? Sí ¿Cuál? ___________________________________________ No

¿La persona detenida pertenece a algún grupo o comunidad indígena? Sí ¿Cuál? ___________________________________________ No

¿Le proporcionaron persona traductora en caso de no hablar español? Sí No

¿La persona detenida se encuentra en situación de migración? Sí ¿Cuál? ___________________________________________ No

¿La persona detenida es adulta mayor? Sí No

¿La persona detenida es adolescente? Sí No

¿La persona detenida tiene alguna otra condición de vulnerabilidad? Sí ¿Cuál? ___________________________________________ No

¿La persona detenida se identificó como integrante de algún grupo delictivo? Sí ¿Cuál? ___________________________________________ No

ANEXO B DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

ANEXO B. Informe del uso de la fuerza

Apartado B.1 Niveles del uso de la fuerza

Modificación: Agregar una casilla para determinar la edad y genero de la persona a quien se le aplicó el uso de la fuerza. También es

necesario que contenga un lenguaje incluyente cambiando los genéricos masculinos por la palabra personas.

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Justificación: Es necesario determinar el proceder de las autoridades al momento de la detención, de acuerdo a las condiciones

específicas de las y los detenidos. Si quien realizó la detención fue un elemento de seguridad hombre y el uso de la fuerza fue contra

una mujer, es necesario justificar porque razón no lo hizo un elemento de seguridad mujer.

ANEXO B. INFORME DEL USO DE LA FUERZA

Llene este Anexo solo en caso de personas lesionadas y/o fallecidas con motivo del uso de la fuerza

Apartado B.1 Niveles del uso de la fuerza

Indique cuántas personas:

Autoridad Persona

Lesionadas |__|__|__| |__|__|__|

Fallecidas |__|__|__| |__|__|__|

Indique la edad (Si no cuenta con el dato, la edad aproximada) y el género de

las personas lesionadas o fallecidas

Personas lesionadas

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Personas fallecidas

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Edad |__|__| Género |__|

Seleccione con una “X” según corresponda:

Reducción física de movimientos

Utilización de armas incapacitantes menos letales

Utilización de armas de fuego o fuerza letal

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ANEXO E DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

ANEXO E. Entrevistas

Apartado E.2 Datos generales

Modificación: Cambiar la casilla de Sexo por Género y agregar la línea de Identidad de género.

Justificación: En el caso de las víctimas de violencia por condiciones de género, el Estado Mexicano está obligado a dar un trato

diferencial y especializado de acuerdo a las condiciones de vulnerabilidad de las personas. El señalar únicamente el binomio biológico

de Sexo como Hombre y Mujer, es limitar el análisis e invisibilizar las identidades de género.

Modificación: Agregar datos que identifiquen si la persona víctima u ofendida tiene alguna condición de vulnerabilidad.

Fue víctima de violencia en el hecho denunciado

Persona con discapacidad

Perteneciente a algún grupo o comunidad indígena

Persona en situación de migración

Persona adulta mayor

Mujer cisgénero

Mujer transgénero

Niña, niño o adolescente

22

Justificación: El identificar las condiciones específicas de vulnerabilidad de las víctimas o personas ofendidas, permite dar una atención

especializada y diferenciada que cumpla con la obligatoriedad del Estado Mexicano de garantizar y proteger los derechos humanos y

las mismas condiciones de igualdad.

Apartado E.2 Datos generales

____________________________ ____________________________ ___________________________

Primer apellido Segundo apellido Nombre(s)

Indique según corresponda:

Calidad: Víctima u ofendido Denunciante Testigo

Nacionalidad: Mexicana Extranjera ¿Cuál? ___________________

Género: Femenino Masculino Persona no binaria

Identidad de género: Transgénero Cisgénero

Fecha de nacimiento: |__|__|__|__|__|__|__|__| Edad: |__|__|

D D M M A A A A

Fue víctima de violencia en el hecho denunciado Sí No

Persona con discapacidad Sí No

Perteneciente a algún grupo o comunidad indígena Sí No

Persona en situación de migración Sí No

Persona adulta mayor Sí No

Mujer cisgénero Sí No

Mujer transgénero Sí No

Niña, niño o adolescente Sí No

Otra condición de vulnerabilidad Sí ¿Cuál? ___________________________ No

¿Se identificó con algún documento? Credencial INE Licencia Pasaporte Otro: _________ No

No. de identificación: |__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|__|

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GUÍA DE LLENADO DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DE DISCAPACIDAD

Entre las condiciones más importante que deben tenerse en consideración al momento del llenado del Informe Policial Homologado.

Uno de los aspectos de mayor relevancia es el que se refiere a las narraciones y descripción de hechos, personas y circunstancias. En

este sentido, la o el elemento de seguridad que se acerca al lugar de los hechos, debe contar con la capacitación especializada para

que toda su actuación se acorde con los derechos humanos y la perspectiva de género, teniendo las herramientas teóricas y jurídicas

para brindar una atención especializada a personas con discapacidad, personas pertenecientes a pueblos indígenas (entre las

actuaciones que deben saber es llamar a una persona traductora si la persona detenida o víctima no habla español), personas en

situación de migración y quienes se encuentren en otras condiciones de vulnerabilidad, evitando juicios que señalen estereotipos de

género que pudieran llevar a un incorrecto levantamiento de información.

También es necesario que cuente con información referente a las condiciones de discriminación y vulnerabilidad con las que viven

diferentes grupos y que no se toman en cuenta. La siguiente guía de llenado del Informe Policial Homologado, se enfoca en los puntos

y análisis más relevantes que deben tenerse en consideración al momento de la elaboración del documento.

24

Es indispensable el llenado del IPH en todas las actuaciones por parte de elementos de seguridad

pública donde esté sucediendo un hecho probablemente delictivo.

La actuación de las y los elementos de seguridad pública de cualquier institución, deben conducirse

siempre con enfoque de género y de derechos humanos

Se debe seguir y respetar en todo momento el protocolo de actuación, evitando violentar los derechos humanos

tanto de las personas víctimas como de las personas detenidas.

La información contenida en el IPH es crucial para contar con elementos suficientes para procesar además de nutrir

las bases de datos de las plataformas nacionales. La redacción debe ser precisa y objetiva.

Es necesario que no se obvien procesos contemplados en el IPH, uno de ellos es la lectura de derechos tanto

de las víctimas como de las personas detenidas.

25

Pauta para la actuación de las y los elementos de seguridad pública.

Derechos

humanos

• Todas las actuaciones deben guardar el respeto irrestricto de los derechos humanos.

• Es necesario informar sobre el proceso que se está llevando a cabo tanto a las personas detenidas como a lasvíctimas u ofendidos.

• Es indispensable la lectura de derechos, el no hacerlo viola el procedimiento legal.

Perspectiva de género

• Analizar los diferentes contextos que vulneran los derechos humanos de las personas involucradas en un hechoprobablemente delictivo, independientemente de si es víctima, ofendido o persona detenida.

• Conducir la actuación sin prejucios ni estereotipos de género.

• Observar que en todo momento las actuaciones sean bajo un enfoque de género que visibilicen las diferentesviolencias que viven las mujeres, niñas y adolescentes.

Enfoque de discapacidad

• Las actuaciones de las y los elementos de seguridad pública deben ser sensibles a las condiciones de discriminacióny desigualdad que viven las personas con discapacidad.

• Deben tener las herramientas sociales y jurídicas para brindar una atención especializada y diferenciada a quienesviven con una discapacidad.

Llenado del IPH

• El llenado del Informe Policial Homologado debe contener los elementos suficientes para fortalecer el proceso penalcuando sea el caso.

• Debe ser una herramienta útil para contar con información precisa que coadyuve a generar estadísticas y datosrelevantes a la seguridad pública nacional.

Se debe evitar

• Omitir información relevante bajo el criterio de que ya hay suficiente información.

• No ser precisos en la descripción de los hechos entorpeciendo la labor de investigación.

• No llevar a cabo el procedimiento de llenado conforme lo marca el protocolo.

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Sección 1. Puesta a disposición

Sección 2. Primer respondiente

Apartado 1.1 Fecha y hora de la puesta a disposición

• Es necesario señalar en las casillas de los anexos cuales fueron llenados y entregados.

• Aunque el llenado de los anexos no es obligatorio, fortalece la relatoría de hechos con pruebas que no deben de obviarseen caso de que se hayan presentado los incidentes descritos en los anexos.

• La documentación complementaria es valiosa porque aporta más pruebas al proceso, por tal motivo, debe ponerse unespecial énfasis en este apartado en caso de que se hayan presentado ese tipo de pruebas.

• El nombre de quien pone a disposición junto con sus datos completos, es indispensable por motivos de transparencia. Laciudadanía debe tener acceso a estos datos en caso de presentarse una violación a los derechos humanos.

• De igual forma, el nombre de la autoridad que recibe, también debe ser llenado para dar cumplimiento a las leyes en lamateria sobre transparencia.

Apartado 2.1 Datos de dentificación

• Una de las fallas más comunes y persistentes que identifica la ciudadanía en cuanto a la actuación policial, es la falta deidenficación por parte de las y los elementos de seguridad que atienden un hecho probablemente delictivo. Esto generalincertidumbre y vulnerabilidad en quienes se ven involucradas e involucrados en este proceso. Es indispensable que en elInforme Policial Homologado se de cuenta de toda la información necesaria para identificar a quienes atendieron el hechoprobablemente delictivo.

• El apartado debe ser llenado con toda la información pertinente para identificar a la o el elemento de seguridad públicaque atendió el hecho probablemente delictivo.

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Sección 3. Conocimiento del hecho y seguimiento de la actuación de la autoridad

Apartado 3.1 Conocimiento del hecho por el primer respondiente

• Es necesaria la claridad en el relato del a la primer respondiente, por lo cual, debe ser consistente en todo el relato la formaen la que tuvo conocimiento dle hecho. Esta apartado en cuanto a señalar el porqué se arribó al lugar, tiene que serconsistente al momento de narrar los hechos.

Apartado 3.2 Seguimiento de la actuación de la autoridad

• La información precisada en este apartado, es relevante toda vez que hace visible la rapidez en la respuesta de lasautoridades. De igual forma, debe ser consistente con la narrativa de los hechos.

• Se deben generar herramientas de análisis de contexto para identificar áreas de mejora en cuanto a la actuación de lasdiferentes instituciones de seguridad pública. En este entendido, se debe observar si la respuesta está siendo lenta ocumple con los estándares previstos, y con base en ello, generar estrategias de mejora para la atención de y actuación delas instituciones de seguridad pública.

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Sección 4. Lugar de la intervención

Apartado 4.1 Ubicación geográfica

• Precisar la ubicación geográfica facilitará el proceso de resguardo del lugar, y posteriores investigaciones en caso de sernecesarias. El llenado de este apartado aunque es sencillo, debe contener datos precisos para ubicar el espacio en el quesucedió el hecho probablemente delictivo.

Apartado 4.2 Inspección del lugar

• Este apartado contiene una parte medular de la investigación. Es necesario que la persona que acude como primerrespondiente realice la inspección precisa del lugar de los hechos y resguarde el espacio en caso de considerar que hayevidencia necesaria de ser resguardada.

• Debe observar su entorno para evitar que haya contaminación del lugar hasta que lleguen las personas autorizadas yespecializadas en el levantamiento de indicios.

• Se debe conducir en todo momento con perspectiva de género, de discapacidad, para analizar los contextos en los que sepresentan los hechos.

• En el caso de una muerte violenta de una mujer, debe seguir en todo momento el protocolo y observar cuidadosamente loselementos cercanos a la localización del cuerpo, tales como: Objetos tirados, señales de pelea o forcejeo, vidrios rotos,botes de la basura cercanos, posición de la persona localizada sin vida, medir la temeratura del lugar en caso de retraso delos servicios forenses, entre otros indicios que pudieran fortalecer los posteriores peritajes.

• Es necesario justificar la actuación si se decidió no preservar el lugar o desestimar probables indicios.

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Sección 5. Narrativa de los hechos

GUIA DE LLENADO DE LOS ANEXOS DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

Los anexos del Informe Policial Homologado son un aporte importante en el momento que se llenan los formatos correspondientes

como primer respondiente ante un hecho probablemente delictivo. La información que se registra corresponde a las detenciones,

Apartado 5.1 Descripación de los hechos y actuación de la autoridad.

• Es la parte medular del Informe Policial Homologado. Contendrá la información necesaria para que las autoridadesencargadas de la impartición de justicia puedan conducir sus actuaciones en caso ante el hecho delictivo.

• En este espacio, es necesario que la descripción por parte de la o el primer respondiente, sea precisa, que no mediecontradicción en la misma y que utilice criterios de llenado acordes a la perspectiva de género y de discapacidad.

• Además de relatar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, es necesario que la narración contenga las siguienetesvariables:

• Analizar los contextos donde puede haber una violación a los derechos humanos.

• Analizar las necesidades específicas de las personas con discapacidad para proporcionar herramientas que no les impidanel ejercicio de sus derechos.

• Describir de forma objetiva los hechos para evitar opiniones basadas en estereotipos de género.

• No minimizar las circunstancias que pudieran violetar o revictimizar a las personas en situación de víctiamas, tales comono prestar atención a su testimonio, cuestionar lo que dicen u opinar por ellas.

• Relatar los hechos tomando en consideración las diferentes variables de vulnerabilidad presentadas en el lugar donde serealiza la intervención.

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informe del uso de la fuerza, inspección de vehículos, inventario de armas y objetos, entrevistas, entrega-recepción del lugar de

intervención, y continuación de la narrativa de los hechos y/o entrevista.

El correcto llenado de estos formatos cuando la situación lo amerita, es indispensable para contar con todos los elementos de prueba

necesarios. Es necesario enfatizar que el Informe Policial Homologado es el instrumento inmediato que tienen las corporaciones de

seguridad pública para registrar todo lo sucedido y no perder testimonio de los hechos acontecidos. En las secciones siguientes, se

hace una descripción e instrucciones sobre la forma en que deben ser llenados los anexos del Informe Policial Homologado adecuados

con perspectiva de género y discapacidad.

ANEXO A. DETENCION (ES)

Los datos personales como nombre, apellidos, fecha de nacimiento y edad, es necesario llenarlos conforme a la información que proporcionó la persona detenida.

Es indispensable respetar la identidad de género que manifiesta la persona detenida, el no hacerlo, viola sus derechos humanos.

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ANEXO B. INFORME DEL USO DE LA FUERZA

En este apartado de la descripción de la persona detenida, debe evitarse la discriminación manifestada en criterios personales, por tal motivo, la descripción debe ser objetiva.

Es necesario que no se invisibilicen las condiciones de vulnerabilidad de las personas detenidas, con la intención de identificar la necesidad o no de un trato especializado o diferenciado.

En este apartado, se debe especificar el género de la persona lesionada o fallecida, con la finalidad de visibilizar si existió uso indebido de la fuerza o violencia por parte de las o los elementos que acuden al lugar de los hechos.

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ANEXO E. ENTREVISTAS

El informe del uso de la fuerza es un formato importante para determinar si hubo violencia policiaca no justificada o violaciones a derechos humanos, por tal motivo, la descripción del porqué hubo uso de la fuerza debe responder de forma veraz a las condiciones de la detención, evitando justificar a juicio del primer respondiente la necesidad de estas acciones.

Al momento de entrevistas a las personas víctimas, es necesario respetar el género con el cual se identifican, independientemente de que no esté reconocido legalmente.

Es necesario también que se especifique si la persona víctima u ofendido se encuentra en una situación de vulnerabilidad, esto con la finalidad de darle la atención diferenciada y especializada.