fondo nacional de garantías

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Fondo Nacional de Garantías

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Page 1: Fondo Nacional de Garantías
Page 2: Fondo Nacional de Garantías
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Empresa industrial y comercial del Estado de carácter financiero de naturaleza especial, que administra eficientemente las cesantías de los trabajadores colombianos, otorgando crédito para vivienda y educación, en condiciones favorables para sus afiliados.

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Con el Decreto 2190 de 2009, el FNA y el MAV hacen historia al lograr por primera vez en el país la articulación de los recursos del ahorro, el crédito y el SFV, con la creación de la bolsa para AVC.

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Es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social. En el FNA, para la bolsa de subsidios de AVC, solamente se tiene en cuenta el destino de adquisición de vivienda nueva o usada

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VIS: es aquella vivienda que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de 135 smmlv. ($69.525.000 para el año 2.010)

VIP: cuyo valor máximo es de 70 smmlv ($36.050.000 para el año 2.010) se denomina Vivienda de Interés Prioritario (VIP)

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Condiciones: Ser trabajador independiente o informal. No estar afiliado a una Caja de Compensación Familiar. Tener conformado un hogar de dos ó más personas. Ingresos totales mensuales del hogar no superiores a 4 SMLMV. No ser propietario de vivienda Hogares que cuenten con recursos complementarios al SFV (ahorro previo,

crédito, etc) No haber sido beneficiarios de susidios nacionales de vivienda. No haber sido beneficiario del SFV del Inurbe o crédito del ICT.

No tener derecho a otros subsidios nacionales para vivienda como, por ejemplo, los que ofrece la CPVM o el Banco Agrario

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El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, adscrito al MAV:

Con cargo a los recursos del presupuesto nacionalPara población de bajos ingresosNo vinculadas al sistema formal de trabajoAplicables para adquisición de vivienda nueva o usada, construcción en sitio propio, mejoramiento, vivienda saludable o arrendamiento. Únicamente para Vivienda de Interés Prioritario, excepto en Macroproyectos y Renovación Urbana que pueden ser VIS.

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Las Cajas de Compensación Familiar:

Con cargo a las contribuciones parafiscales que administran.Personas afiliadas al sistema formal de trabajoLas CCF son responsables de los procesos operativos de postulación, calificación, asignación y pago de los SFV. Aplicables para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio.Para VIS.

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Vivienda de Interés Prioritario. (VIP). Es aquella vivienda de interés prioritaria cuyo valor máximo es de 70 SMLMV, que para este año equivale a $36.050.000 pesos (Treinta y seis millones cincuenta mil pesos).

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1.-Ser afiliado al FNA por Ahorro Voluntario Contractual.

2.- Haber cumplido el puntaje requerido (400)

3.- Haber tramitado la solicitud de crédito hipotecario.

4.- Tener aprobado la oferta de crédito.

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1. Formulario de postulación debidamente diligenciado y suscrito por los

miembros que conforman el hogar. Entregado y firmado en el momento de la

entrega de documentos.

2. Copia de la comunicación emitida por la entidad donde se realice el ahorro,

en el cual conste el monto y la inmovilización del mismo para efectos de

proceder a la postulación. Documento que entregará el FNA.

3. Registro civil de matrimonio (Para parejas constituidas legalmente).

4. Prueba de unión marital de hecho (Declaración extrajuicio de unión libre).

5. Fotocopia de la cedulad de ciudadanía de los mayores de 18 años.

6. Registro civil de nacimiento de los menores de edad.

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7. Declaración ante notario que acredite la condición de mujer/hombre cabeza de hogar.

8. Copia del carnet o certificación municipal del puntaje del SISBEN. 9. Certificado medicó que acredite la discapacidad física o mental de alguno de

los miembros del hogar cuando fuere el caso.10. Certificación expedida por el ICBF que acredite la condición de madre

comunitaria (cuando fuere el caso).11. Certificaciones expedidas por el ministerio del interior en la que se acredite la

condición de afrocolombiano o indígena (cuando fuere el caso).12. Resolución de asignación de subsidios departamentales, municipales u ONG,

donde conste el valor del subsidio (cuando fuere el caso).

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Si. El ahorro debe permanecer en la entidad captadora con el fin de garantizar su aplicación a la adquisición mientras se encuentre vigente la postulación del hogar.

Page 15: Fondo Nacional de Garantías

Este se realizará una vez sea desembolsado el crédito otorgado por el FNA y será girado a la entidad o persona con la cual se establezca la negociación.

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El beneficiario del subsidio podrá, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en forma conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo. La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postularse nuevamente.