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FOGAPI
¿Qué es FOGAPI?
La Fundación "Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria" - FOGAPI -
brinda servicios de garantía a toda Pequeña y Micro Empresa, sea persona natural
(empresario o profesional) jurídica, de cualquier actividad económica.
FOGAPI es en rigor una Institución de Garantía aun cuando en su denominacion esté
contenida la mencionada expresión "Fondo de Garantia", que tiene personalidad
jurídica, que opera como fundación y como tal, es una entidad privada autónoma por
su propia naturaleza jurídica y sin fines de lucro, que forma parte integrante del
sistema financiero y esta regulada y Supervisada por la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras de Fondo de Pensiones.
Somos la primera afianzadora del Perú, creada en 1979, prestamos servicios de
garantía a favor de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), esto es, una entidad
facilitadora de garantías para el acceso al crédito de la MYPE.
Contamos con la Calificacion "A" como Institución de Garantia por la Clasificadora de
Riesgo Especializada en Microfinanzas "Pacific Credit Rating"
MISION Y VISION
Visión
Ser líder en el otorgamiento de garantías para el acceso al crédito y de servicios
financieros y no financieros a favor de las Micro y Pequeñas Empresas.
Misión
Brindar garantías y servicios a las micro y pequeñas empresas con eficiencia,
oportunidad, calidad e innovación, promoviendo su acceso al crédito y logrando su
eficaz desarrollo social y económico.
SERVICIO DE CARTAS FIANZA
Por política crediticia y como consecuencia de su misión fundacional, FOGAPI otorga
cartas fianza para garantizar o asegurar la fuente de trabajo que la MYPE obtenga,
mediante suscripción de contrato de venta, suministro de bienes en general, de
prestación de servicios, con entidades públicas o privadas.
Constituye un modelo de garantía, en el que FOGAPI desarrolla banca de primer piso
para garantías, mediante la emisión de cartas fianza a favor de la Micro y Pequeña
empresa ( MYPE).
Las cartas fianza emitidas por FOGAPI permiten a las MYPE, acceder al crédito de
proveedores, así como lograr adelantos y participar en licitaciones y concursos
convocados por instituciones públicas y privadas.
PRODUCTOS
1. Garantías Técnicas: Son las que garantizan obligaciones genéricas de contratos de
obra, suministro de bienes o prestación de servicios, tales como:
Seriedad de oferta: Es aquella que garantiza la vigencia de la oferta hasta la
suscripción del contrato respectivo.
Fiel Cumplimiento: Es aquella que garantiza el cumplimiento del contrato por
parte de la MYPE ante la entidad pública o privada que requiere del bien, servicio
u obra, conforme a especificaciones técnicas pactadas o requerimientos del
servicio.
Monto Diferencial de la Propuesta: Es aquella que tiene por objeto asegurar el
cumplimiento del contrato, cuando la propuesta económica de la MYPE es menor
al valor referencial indicado por la entidad pública o privada solicitante del bien,
servicio u obra.
Prestaciones Accesorias/Adicionales: Es aquella que garantiza el cumplimiento de
prestaciones accesorias o adicionales, tales como mantenimiento, reparación o
actividades afines que, a decisión de la entidad pública o privada, sean
indispensables para alcanzar la finalidad del contrato.
2. Garantías Comerciales: Son las que garantizan el cumplimiento de un pago
proveniente de una transacción comercial, entre otras, las siguientes:
Adelantos de Contrato: Es aquella que permite a la MYPE obtener financiamiento
para capital de trabajo directamente de la entidad pública o privada que requiere
del bien, servicio u obra, para el mejor cumplimiento de la obligación contratada,
en los plazos establecidos.
Crédito ante Proveedores: Es aquella que tiene por finalidad obtener de un
tercero (proveedor) materiales, insumos o bienes, que permitan a la MYPE el
cumplimiento de la obligación contratada, resultando ser un costo financiero
significativamente menor a un crédito para capital de trabajo.
Otras que pudieran estructurarse
GARANTÍA PARA SERVICIOS DE AUDITORÍA
Garantiza el adelanto directo por el 50% del monto total del contrato, al haber
obtenido la buena pro en el concurso público de méritos referido a brindar servicios de
auditoría externa.
Productos Financieros Estandarizados - PFE
Garantiza los préstamos que diseña la corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE
bajo la Tecnología de la mencionada Institución.
Garantía de Cartera o Global para Créditos MYPE
El servicio de garantía de cartera es una expresión de banca de segundo piso para
garantías, en el que FOGAPI guarda relación directa con las instituciones financieras
intermediarias, denominadas en adelante IFIs elegibles. Con este modelo de garantía,
las IFIs prestan dinero a las MYPEs, permitiendo garantizar automáticamente la
totalidad de los créditos MYPE, definidos a través de convenios que FOGAPI suscribe
con las IFIs.
El objetivo del servicio de garantía de cartera es que el riesgo crediticio se reduzca y se
diversifique con la participación de FOGAPI como aliado estratégico de la IFI para tal
fin; y permite a las IFIs desarrollar y/o adecuar sus tecnologías bancarias para atender
los diversos créditos MYPEs, así como profundizar su conocimiento del mercado
crediticio MYPE.
Características
La cobertura efectiva de la garantía de cartera de FOGAPI es de hasta 50% del saldo
capital, concordante con la experiencia internacional que existe sobre el particular, y
permite que el riesgo crediticio entre las IFIs y FOGAPI sea compartido y equitativo.
PRODUCTOS
1. - Para Financiamiento de Capital de Trabajo
2.- Para Financiamiento de Activos Fijos
3.- Para garantizar el Producto Financiero Estandarizado (PFE), diseñados por la
Corporación Financiera de Desarrolo - COFIDE.
Ventajas
Las IFIs recuperan capital ante el incumplimiento de pago de una MYPE.
Luego de la recuperación, la IFI devolverá a FOGAPI aquellos montos que
recuperen parcial o totalmente.
En caso de pérdida, FOGAPI comparte la misma, hasta por su cobertura.
La IFI no efectúan provisiones hasta por el monto de la cobertura de FOGAPI, (en
aplicación al riesgo de contraparte establecido en el 212 de la Ley General del
Sistema Financiero Nº 26702 y a la Resolución S.B.S. Nº 808 del 2003).
La IFI disminuye el riesgo crediticio, lo cual constituye una fortaleza adicional al
contar con un respaldo que, a su vez, la coloca en mejor situación crediticia ante
una clasificadora de riesgo y ante entidades proveedoras de fondos, entre otros.
Principios
1. No Selección Adversa: Todos los préstamos que cumplan con las características
previstas en el convenio (en estricto orden cronológico de desembolso) integran la
cartera de garantía.
2. Adicionalidad: En ese sentido, este mecanismo tiene como propósito lograr que un
mayor número de las MYPEs accedan al crédito formal por primera vez u obtengan un
crédito ampliatorio.
GARANTÍA DE INTERMEDIARIO
Este modelo de Garantía permite las Instituciones Financieras Especializadas en Micro
y Pequeñas empresas (IFIEs) elegibles, acceder a nuevos recursos financieros para el
desarrollo de sus actividades de intermediación, con la garantía de FOGAPI.
Adicionalmente, contamos con un convenio de Reafianzamiento con la Corporación
Andina de Fomento - CAF que alcanza a cubrir parcialmente el riesgo de FOGAPI.
Productos:
1.-Garantía para EDPYMES (Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa).-
Permite operar a estas Instituciones Financieras reguladas y supervisadas por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, en adelante SBS y AFP, con recursos
financieros de otras instituciones locales y del exterior al no estar autorizadas a captar
recursos del público, para ser destinados a créditos en las MYPE.
2.-Garantía para Organismos No Gubernamentales - ONGs Especializadas en
Microfinanzas.-
Respalda a estas Instituciones seleccionadas que no integran el sistema financiero
nacional sujeto a regulación y supervisión de la SBS y AFP.
FIDEICOMISOS
Es una nueva operación autorizada por ley que permite a FOGAPI en su condición de
entidad regulada y supervisada por la SBS y AFP, actuar como Fiduciario. En efecto, es
una relación jurídica por la cual un fideicomitente (aportante o cliente) transfiere
bienes (activos fijos en general como inmuebles, maquinarias, equipos y terrenos o,
flujos de dinero) a FOGAPI, que asumirá la condición de fiduciaria para la constitución
de un patrimonio fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este último y afecto al
cumplimiento de un fin específico (objetivo institucional, empresarial o financiero) a
favor de un tercero beneficiario (fideicomisario).
Este servicio de FOGAPI está dirigido a las Micro y Pequeñas Empresas para asegurar el
cumplimiento de determinados objetivos o la implementación de proyectos de manera
práctica, segura y transparente.
TIPOS DE FIDEICOMISO QUE BRINDA FOGAPI:
Los Fideicomisos pueden formarse de acuerdo al objetivo específico de interés, y a los
diferentes actores participantes, entre otros, tenemos la posibilidad de desarrollar
distintos fideicomisos:
Fideicomiso de Administración
Son aquellas operaciones en las que el fideicomitente entrega determinados bienes,
recursos financieros a FOGAPI para que éste los administre y destine las rentas
obtenidas a una determinada finalidad establecida expresamente en el Contrato,
pudiendo ser un fideicomiso de administración para factoraje, entre otras
modalidades.
Fideicomiso en Garantía
Son aquellas operaciones en las que el fideicomitente transfiere bienes en calidad de
propiedad fiduciaria a FOGAPI, con el objeto de asegurar el cumplimiento de
determinadas obligaciones, concertadas o por concertar, a cargo del fideicomitente o
de un tercero beneficiario.
Fideicomiso Inmobiliario
Son aquellas operaciones en las que el fideicomitente transfiere un inmueble
determinado a FOGAPI, con el objeto de que éste lo administre, desarrolle un proyecto
de construcción y, luego de ello, transfiera los bienes y derechos adquiridos a favor de
los fideicomisarios (beneficiarios del fideicomiso).
Fideicomiso de Inversión o de Pago:
Son aquellas operaciones en las que el fideicomitente principalmente transfiere flujos
dinerarios, bienes o derechos a FOGAPI para que se administre, rentabilice y/o se
efectúe pagos con cargo a estos recursos bajo instrucción expresa.