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FIRMA ELECTRÓNICA Y FIRMA DIGITAL

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El presente material describe la utilizacion y obtencion de esta importante herramientas tecnologica en Venezuela

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Page 1: Firma digital en Venezuela

FIRMA ELECTRÓNICA

Y

FIRMA DIGITAL

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BERNARDO R. SANTIAGO P.

ISNEL A. SAYAGO S. LUIS A. MORENO G.

JOHAN E. CALDERA S. CRISTOPHER L. SULLY G.

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INTERNET HA CAMBIADO LA COMUNICACIÓN Y LOS SERVICIOS. ● 5.000 AÑOS DE USO DE LA ESCRITURA - La firma electrónica se convierte en un cambio de paradigma e impone repentinamente hoy día un cambio cultural de más de 5.000 años en la costumbre del uso de la escritura para otorgar validez jurídica a la expresión de la voluntad.

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Es un conjunto de datos que vincula de manera única el documento al usuario y garantiza la integridad del Documento electrónico. Aporta al mundo digital las mismas características que la firma autógrafa al mundo real.

¿QUÉ ES LA FIRMA ELECTRÓNICA?

CONFIANZA TECNOLOGÍA

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¿PARA QUÉ SE USA LA FIRMA ELECTRÓNICA? El uso de la Firma Electrónica busca garantizar la validez de un trámite electrónico e imprimir seguridad al envío y respuesta del mismo. Al firmar electrónicamente un documento se puede comprobar la integridad y procedencia del mensaje, de modo que el intercambio de información que se realiza en Internet, bien sea a través de correos electrónicos o de cualquier otra operación de mensaje de datos, se hace de manera más segura y confiable.

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¿CÓMO SE USA LA FIRMA ELECTRÓNICA? Inicialmente se debe disponer de un programa que contenga la opción de firmar electrónicamente, para ello en la actualidad existen aplicaciones que contemplan esta opción tales como Sinadura, OpenOffice, Guácharo, Mozilla, Thunderbird, Microsoft Office, entre otros; estos programas permiten firmar electrónicamente archivos en formato PD, documentos de OpenOffice, correos electrónicos, etc.

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¿CÓMO SE USA LA FIRMA ELECTRÓNICA? Desde un programa que contemple la opción para firma electrónica y teniendo conectada la tarjeta a la computadora, se selecciona la opción "Firmar Electrónicamente", luego el programa solicitará el PIN (contraseña de acceso) de la tarjeta para ingresar al módulo de seguridad de la misma, se generará de forma automática la firma electrónica y será asociada al documento en cuestión. Es importante destacar que como medida de seguridad si se introduce un PIN incorrecto en 3 oportunidades, la tarjeta se bloqueará automáticamente para proteger su contenido en casos de hurto o extravío.

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¿QUÉ PROPIEDADES GARANTIZA LA FIRMA ELECTRÓNICA?

AUTENTICACIÓN INTEGRIDAD NO REPUDIO

¿TODOS LOS VENEZOLANOS PUEDEN UTILIZARLA?

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¿QUÉ PROPIEDADES GARANTIZA LA FIRMA ELECTRÓNICA?

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¿COMO SE GARANTIZA LA VERACIDAD DE LA FIRMA ELECTRÓNICA?

De acuerdo al Artículo 16 de la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas, la Firma Electrónica tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa. A tal efecto, salvo que las partes dispongan otra cosa, la Firma Electrónica deberá llenar los siguientes aspectos: 1. Garantizar que los datos utilizados para su generación puedan producirse sólo una vez, y asegurar, razonablemente, su confidencialidad. 2. Ofrecer seguridad suficiente de que no pueda ser falsificada con la tecnología existente en cada momento. 3. No alterar la integridad del Mensaje de Datos.

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¿EN QUÉ OTROS PAÍSES DEL MUNDO SE UTILIZA? Y ¿QUIENES LA UTILIZAN? Algunos de los países donde se utiliza la Certificación Electrónica son: Costa Rica, Brasil, España, Argentina, Uruguay, México y Colombia. Es importante señalar que el marco legal y técnico que adopta el Estado venezolano para el desarrollo de la Firma Electrónica es compatible con el que ya existe en otros países.

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¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA FIRMA DIGITAL?

La firma digital puede ser definida como una secuencia de datos electrónicos (bits) que se obtienen mediante la aplicación a un mensaje determinado de un algoritmo (fórmula matemática) de cifrado asimétricos o de clave pública, y que equivale funcionalmente a la firma autógrafa en orden a la identificación del autor del que procede el mensaje. Desde un punto de vista material, la firma digital es una simple cadena o secuencia de caracteres que se adjunta al final del cuerpo del mensaje firmado digitalmente.

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¿EN QUÉ SE BASA LA FIRMA DIGITAL?

La criptografía como base de la firma digital. La firma digital se basa en la utilización combinada de dos técnicas distintas, que son la criptografía asimétrica o de clave pública para cifrar mensajes y el uso de las llamadas funciones hash o funciones resumen.

Las funciones Hash. Junto a la criptografía asimétrica se utilizan en la firma digital las llamadas funciones hash o funciones resumen. Los mensajes que se intercambian pueden tener un gran tamaño, hecho éste que dificulta el proceso de cifrado. Por ello, no se cifra el mensaje entero sino un resumen del mismo obtenido aplicando al mensaje una función hash.

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Los sellos temporales. Finalmente, en el proceso de intercambio de mensajes electrónicos es importante que, además de los elementos o requisitos anteriormente analizados, pueda saberse y establecerse con certeza la fecha exacta en la que los mensajes han sido enviados. Esta característica se consigue mediante los llamados sellos temporales o "time stamping", que es aquella función atribuida generalmente a los Prestadores de Servicios de Certificación mediante la cual se fija la fecha de los mensajes electrónicos firmados digitalmente.

¿EN QUÉ SE BASA LA FIRMA DIGITAL?

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La confidencialidad de los mensajes. En ocasiones, además de garantizar la procedencia de los mensajes electrónicos que se intercambian por medio de internet y la autenticidad o integridad de los mismos, puede ser conveniente garantizar también su confidencialidad. Ello implica tener la certeza de que el mensaje enviado por A (emisor) únicamente será leído por B (receptor) y no por terceras personas ajenas a la relación que mantienen A y B.

¿EN QUÉ SE BASA LA FIRMA DIGITAL?

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LA OBTENCIÓN DEL PAR DE CLAVES Y DE LOS

CERTIFICADOS DIGITALES

¿Dónde puede obtener una persona el par de claves?

La firma digital se genera mediante la utilización de un par de claves de cifrado (pública y privada), que se utilizan para cifrar y descifrar los mensajes. A diferencia de la firma autógrafa, que es de libre creación por cada individuo y no necesita ser autorizada por nadie ni registrada en ninguna parte para ser utilizada, la firma digital, y más concretamente el par de claves que se utilizan para firmar digitalmente los mensajes, no pueden ser creados libremente por cada individuo.

En principio, cualquier persona puede dirigirse a una empresa informática que cuente con los dispositivos necesarios para generar el par de claves y solicitar la creación de dicho par de claves. Posteriormente, con el par de claves creado para una persona determinada, ésta se dirigiría a un Prestador de Servicios de Certificación para obtener el certificado digital correspondiente a ese par de claves.

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¿Qué son los certificados digitales?

Un certificado digital es un archivo electrónico que tiene un tamaño máximo de 2 Kilobytes y que contiene los datos de identificación personal de A (emisor de los mensajes), la clave pública de A y la firma privada del propio Prestador de Servicios de Certificación. Ese archivo electrónico es cifrado por la entidad Prestadora de Servicios de Certificación con la clave privada de ésta. Los certificados digitales tienen una duración determinada, transcurrida la cual deben ser renovados, y pueden ser revocados anticipadamente en ciertos supuestos (por ejemplo, en el caso de que la clave privada, que debe permanecer secreta, haya pasado a ser conocida por terceras personas no autorizadas para usarla). Gracias al certificado digital, el par de claves obtenido por una persona estará siempre vinculado a una determinada identidad personal, y si sabemos que el mensaje ha sido cifrado con la clave privada de esa persona, sabremos también quién es la persona titular de esa clave privada.

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En resumen, ¿cómo obtengo el dispositivo para firmar digitalmente un mensaje?

El proceso de obtención de los elementos que necesito para firmar digitalmente mensajes (par de claves y certificado digital) es el siguiente: 1º).- Me dirijo a una empresa o entidad que tenga el carácter de Prestador de Servicios de Certificación y solicito de ellos el par de claves y el certificado digital correspondiente a las mismas. Generalmente, podré acudir a dicha entidad bien personalmente o por medio de internet utilizando la página web del Prestador de Servicios de Certificación. 2º).- El prestador de Servicios de Certificación comprobará mi identidad, bien directamente o por medio de entidades colaboradoras (Autoridades Locales de Registro), para lo cual deberé exhibirle mi D.N.I. y si soy el representante de una sociedad (administrador, apoderado, etc.) o de cualquier otra persona jurídica, deberé acreditar documentalmente mi cargo y mis facultades. 3º).- El prestador de Servicios de Certificación crea con los dispositivos técnicos adecuados el par de claves pública y privada y genera el certificado digital correspondiente a esas claves.

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En resumen, ¿cómo obtengo el dispositivo para firmar digitalmente un mensaje?

4º).- El prestador de Servicios de Certificación me entrega una tarjeta semejante a una tarjeta de crédito que tiene una banda magnética en la que están gravados tanto el par de claves como el certificado digital. El acceso al par de claves y al certificado digital gravados en la tarjeta está protegido mediante una clave como las que se utilizan en las tarjetas de crédito o en las tarjetas de cajero automático. En otras ocasiones, en lugar de la tarjeta el Prestador de Servicios de Certificación deja almacenado el certificado digital en su propia página web, a fin de que el destinatario copie el archivo y lo instale en su ordenador. 5º).- Con esa tarjeta magnética y un lector de bandas magnéticas adecuado conectado a mi ordenador personal, podré leer y utilizar la información gravada en la tarjeta para firmar digitalmente los mensajes electrónicos que envíe a otras personas.

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Firma digital de un mensaje electrónico. El proceso de firma digital de un mensaje electrónico comprende en realidad dos procesos sucesivos: la firma del mensaje por el emisor del mismo y la verificación de la firma por el receptor del mensaje. Esos dos procesos tienen lugar de la manera que se expresa a continuación, en la que el emisor del mensaje es designado como Ángel y el receptor del mensaje es designado como Blanca: 1º.- Ángel (emisor) crea o redacta un mensaje electrónico determinado (por ejemplo, una propuesta comercial). 2º.- El emisor (Ángel) aplica a ese mensaje electrónico una función hash (algoritmo), mediante la cual obtiene un resumen de ese mensaje. 3º.- El emisor (Ángel) cifra ese mensaje-resumen utilizando su clave privada

¿CÓMO FUNCIONA LA FIRMA DIGITAL?

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Firma digital de un mensaje electrónico. 4º.- Ángel envía a Blanca (receptor) un correo electrónico que contiene los siguientes elementos:

•El cuerpo del mensaje, que es el mensaje en claro (es decir, sin cifrar). Si se desea mantener la confidencialidad del mensaje, éste se cifra también pero utilizando la clave pública de Blanca (receptor).

•La firma del mensaje, que a su vez se compone de dos elementos:

El hash o mensaje-resumen cifrado con la clave privada de

Ángel. El certificado digital de Ángel, que contiene sus datos

personales y su clave pública, y que está cifrado con la clave privada del Prestador de Servicios de Certificación. .

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Verificación por el receptor de la firma digital del mensaje. 1º.- Blanca (receptor) recibe el correo electrónico que contiene todos los elementos mencionados anteriormente. 2º.- Blanca en primer lugar descifra el certificado digital de Angel, incluido en el correo electrónico, utilizando para ello la clave pública del Prestador de Servicios de Certificación que ha expedido dicho certificado. Esa clave pública la tomará Blanca, por ejemplo, de la página web del Prestador de Servicios de Certificación en la que existirá depositada dicha clave pública a disposición de todos los interesados. 3º.- Una vez descifrado el certificado, Blanca podrá acceder a la clave pública de Angel, que era uno de los elementos contenidos en dicho certificado. Además podrá saber a quién corresponde dicha clave pública, dado que los datos personales del titular de la clave (Angel) constan también en el certificado.

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Verificación por el receptor de la firma digital del mensaje. 4º.- Blanca utilizará la clave pública del emisor (Angel) obtenida del certificado digital para descifrar el hash o mensaje-resumen creado por Angel. 5º.- Blanca aplicará al cuerpo del mensaje, que aparece en claro o no cifrado, que también figura en el correo electrónico recibido, la misma función hash que utilizó Angel con anterioridad, obteniendo igualmente Blanca un mensaje-resumen. Si el cuerpo del mensaje también ha sido cifrado para garantizar la confidencialidad del mismo, previamente Blanca deberá descifrarlo utilizando para ello su propia clave privada (recordemos que el cuerpo del mensaje había sido cifrado con la clave pública de Blanca)

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Verificación por el receptor de la firma digital del mensaje.

6º.- Blanca comparará el mensaje-resumen o hash recibido de Angel con el mensaje-resumen o hash obtenido por ellal misma. Si ambos mensajes-resumen o hash coinciden totalmente significa lo siguiente: • El mensaje no ha sufrido alteración durante su transmisión, es decir, es íntegro o auténtico. • El mensaje-resumen descifrado por Blanca con la clave pública de Angel ha sido necesariamente cifrado con la clave privada de Angel y, por tanto, proviene necesariamente de Angel.

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Verificación por el receptor de la firma digital del mensaje.

• Como el certificado digital nos dice quién es Angel, podemos concluir que el mensaje ha sido firmado digitalmente por Angel, siendo Angel una persona con identidad determinada y conocida. Por el contrario, si los mensajes-resumen no coinciden quiere decir que el mensaje ha sido alterado por un tercero durante el proceso de transmisión, y si el mensaje-resumen descifrado por Blanca es ininteligible quiere decir que no ha sido cifrado con la clave privada de Angel. En resumen, que el mensaje no es auténtico o que el mensaje no ha sido firmado por Angel sino por otra persona.

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Finalmente, hay que tener en cuenta que las distintas fases del proceso de firma y verificación de una firma digital que han sido descritas no se producen de manera manual sino automática e instantánea, por el simple hecho de introducir la correspondiente tarjeta magnética en el lector de tarjetas de nuestro ordenador y activar el procedimiento.

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DIFERENCIAS Una Firma Electrónica es un concepto amplio e indefinido desde el punto de vista tecnológico. Es por tanto una expresión más genérica. Una Firma Digital es aquella firma electrónica que está basada en los sistemas de criptografía de clave pública (PKI– Public Key Infrastructure) que satisface los requerimientos de definición de firma electrónica avanzada. Una Firma Digitalizada, no tiene nada que ver con las anteriores. Se trata de una simple representación gráfica de la firma manuscrita obtenida a través de un escáner, que puede ser “pegada” en cualquier documento. Esta técnica la empezaron a utilizar masivamente los expertos en Marketing cuando la publicidad circulaba por correo postal ordinario (Snail mail).

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En el caso de Venezuela, el legislativo tuvo en mente las firmas manuscritas por lo cual la aceptación de otros tipos de firmas requirió la promulgación de una nueva legislación para otorgar validez a las firmas electrónicas y para establecer mayor certeza jurídica en cuanto a la validez de las mismas y esto igualmente ha ocurrido en otras latitudes. Decreto – Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas Venezolana se promulga el 28 de febrero de 2001 en el marco de la Ley Habilitante otorgada al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Este Decreto – Ley fue un proyecto presentado por VenAmCham (Venezuelan American Chamber of Comerce) y la Cámara de Comercio Electrónico (CAVECOM). El Decreto – Ley reconoce en su artículo 1 eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información inteligible en formato electrónico

FIRMA ELECTRÓNICA EN VENEZUELA

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En su artículo 2 a la Firma Electrónica y establece. “es toda información creada o utilizada por el signatario, asociada al mensaje de Datos, que permite atribuirle su autoría bajo el contexto en el cual ha sido empleado. Asimismo, el Decreto – Ley dispone en su artículo 18 qué es una Firma Certificada o Digital cuando establece: “la Firma electrónica, debidamente certificada por un Proveedor de Servicios de Certificación conforme a los establecido en este Decreto-Ley, se considerará que cumple con los requisitos señalados en el artículo 16”. Finalmente, la Firma Digital es un tipo de firma electrónica que se genera utilizando un mecanismo criptográfico que reduce el texto a un tamaño fijo (mensaje digest) gracias a la aplicación de una función matemática denominada hash Vale indicar que el Decreto – Ley al que hemos hecho referencia anteriormente, considera en su artículo 7 lo siguiente: “Cuando la ley requiera que la información sea presentada o conservada en su forma original, ese requisito quedará satisfecho con relación a un mensaje de datos si se ha conservado su integridad

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De lo anterior que la Firma Digital requiera lo siguiente:

a) Estar vinculada al signatario de manera única b) Permitir la identificación del signatario c) Haber sido creada por medios que el signatario pueda mantener bajo su exclusivo control d) Estar vinculada a los datos relacionados de modo que se detecte cualquier modificación ulterior de los mismos. Requisitos que además de contenerlos la doctrina también el legislador patrio los incorporó en el Decreto – Ley en su artículo 16.

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La Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), es un servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, creado mediante el Decreto- Ley N° 1.204 de fecha 10 de febrero de 2001, sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.148 del 28 de febrero de 2001. Es el organismo encargado de coordinar e implementar el modelo jerárquico de la infraestructura Nacional de Certificación Electrónica, también acredita, supervisa y controla a los Proveedores de Servicios de Certificación (PSC) y es el ente responsable de la Autoridad de Certificación Raíz del Estado Venezolano. Así mismo tiene como alcance proveer estándares y herramientas para implementar una tecnología de información óptima en las empresas del sector público, a fin de obtener un mejor funcionamiento y proporcionar niveles de seguridad confiables.

SUSCERTE

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN