finiquito camioneta
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8/18/2019 Finiquito Camioneta
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8/18/2019 Finiquito Camioneta
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Mandato EspecialHECTOR MAURICIO GONZALEZ RAMOS
AZENIT SEGUROS GENERALES S.A.
Liquidador: Alejandro Díaz
En Santiago de Chile, a 25 de Noviembre de 2015 , comparece: Don(a) HectorMauricio Gonzalez Ramos , chileno, cédula nacional de identidad número 12966845-8domiciliado en Villa Magisterio Pje. 2 casa 357 , Parral , de ahora en adelante "elmandante", mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula citada y viene enotorgar el siguiente finiquito, cuyas cláusulas son:
Primero. Con fecha 25 de Noviembre de 2015 , el mandante otorgó un finiquito aZENIT SEGUROS GENERALES S.A., en adelante “la Compañía”, en virtud del cual fueindemnizado a su entera y total satisfacción, por la pérdida total de su vehículoCamioneta , marca Mitsubishi , modelo L200 Dcab 4x4 2.5 , del año 2006 , color
Rojo Plata , placa ZV5582 , número de motor 4D56CD4313, y número del chasis
MMBJNK7406D042073 en razón del siniestro Nº 51673.
Segundo. Como consecuencia de lo señalado, por el presente acto, don(a) HectorMauricio González Ramos , viene en otorgar mandato especial a la Compañía, quienactuará a su nombre y representación, con las facultades más amplias que en derechocorrespondan, ante los organismos públicos y privados, con el objeto de proceder areparar total o parcialmente, o para vender, enajenar y transferir, a cualquier título,los restos del vehículo siniestrado, ya singularizado en la cláusula primera de esteinstrumento, los que se encuentran en poder de la Compañía. En el ejercicio de estemandato, la mandataria queda especialmente facultada para fijar y percibir el precio,acordar las cláusulas del contrato de venta de este bien, otorgar recibos o finiquitos,para informar al Registro Nacional de Vehículos Motorizados acerca del abandono,destrucción o desarmaduría total o parcial del mismo, y para requerir la cancelación de
su inscripción y retiro de las patentes del citado vehículo.
Tercero. El mandante declara que el vehículo singularizado en la cláusula primera deeste instrumento, se encuentra libre de toda prenda, gravamen, prohibición, condiciónresolutoria, litigio, embargo y cualquier otra clase de resolución que puedan afectar lalibre transferencia de dicho bien y su valor. En todo caso, el mandante queda obligadoa responder de la obligación de saneamiento en conformidad a la ley.
Cuarto. Para todos los efectos legales, el mandante fija domicilio en la ciudad deSantiago, y se somete a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Quinto. Se faculta al portador de copia autorizada del presente instrumento, para
requerir las inscripciones, subscripciones, anotaciones, cancelaciones, alzamientos, queen derecho correspondan.
Héctor Mauricio González Ramos