ficha información selectividad

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Page 1: Ficha información selectividad

Ficha información Selectividad Fase de información/investigación: Información sobre alternativas educativas,

profesionales y ocupacionales (área cognitiva)

ACTIVIDAD: La nueva Selectividad OBJETIVO:

Adquirir conocimientos e información sobre la Nueva Selectividad, así como resolver todo cualquier tipo de dudas.

DURACIÓN: 20-20 Minutos aproximadamente. DESARROLLO:

Para resolver las dudas principales que se te puedan plantear ante este tema, te recomendamos que revises esta página, la cual te dará mucha información sobre el tema:

http://www.kekiero.es/universidad/20092010

http://www.selectividadonline.com/la-nueva-selectividad

https://sites.google.com/site/mimagnificoprofesorselec/

NUEVA SELECTIVIDAD

Para el acceso a la Universidad, cada Universidad asociará sus estudios de Grado a una de las Ramas de conocimiento y decidirán qué materias de modalidad de 2º de Bachillerato tendrán un peso específico en la fase voluntaria de la PAU, concediendo un valor especial en la puntuación final para acceder a dichos estudios de Grado; dicha ponderación aparece entre paréntesis al lado de cada materia de modalidad y será válida para el acceso a la Universidad en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid.. El alumno decidirá en dicha Fase voluntaria las materias de modalidad diferentes a la elegida en la fase general de las que desea examinarse(aunque no las haya cursado durante el bachillerato), y que estén asociadas a la rama de conocimiento del Grado en el que quiera ser admitido.

ACCESO A LA UNIVERSIDAD ESPAÑOLA EN EL MARCO DEL EEES

(Espacio Europeo de Educación Superior)

http://ciug.cesga.es/

Normativa legal para la Prueba de Acceso (PAU) (Comunidade Autónoma de Galicia)

Sistema Educativo español establecido pola Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación.

Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación (BOE do 4 de maio de 2006).

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Real Decreto 806/2006, do 30 de xuño, polo que se establece o calendario de aplicación da nova ordenación do sistema educativo establecida pola Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación (BOE do 14 de xullo de 2006).

Real Decreto 1467/2007, do 2 de novembro, polo que se establece a estrutura do bacharelato e se fixan as súas ensinanzas mínimas (BOE do 6 de novembro de 2007).

Corrección de erros do Real Decreto 1467/2007, do 2 de novembro, polo que se establece a estrutura do bacharelato e se fixan as súas ensinanzas mínimas (BOE do 7 de novembro de 2007).

Orde ESD/1729/2008, do 11 de xuño, pola que se regula a ordenación e se establece o currículo do bacharelato (BOE do 18 de xuño de 2008).

Orde do 29 de maio de 2008, pola que se autoriza a implantación das modalidades de bacharelato en centros públicos da Comunidade Autónoma de Galicia de acordo coa nova ordenación establecida pola Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación (DOG do 4 de xuño de 2008).

Decreto 126/2008, do 19 de xuño, polo que se establece a ordenación e o currículo do bacharelato na Comunidade Autónoma de Galicia (DOG do 23 de xuño de 2008).

Corrección de erros do Decreto 126/2008, do 19 de xuño, polo que se establece a ordenación e o currículo do bacharelato na Comunidade Autónoma de Galicia (DOG do 22 de outubro de 2008).

Orde do 24 de xuño de 2008 pola que se desenvolve a organización e o currículo das ensinanzas de bacharelato na Comunidade Autónoma de Galicia (DOG do 27 de xuño de 2008).

Orde do 25 de xuño de 2008 pola que se establece a relación de materias optativas do bacharelato, o seu currículo e se regula a súa oferta (DOG do 27 de xuño de 2008).

Resolución do 11 de setembro de 2008, da Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa, pola que se establecen os modelos dos documentos oficiais de avaliación do bacharelato (DOG do 23 de setembro de 2008).

Orde do 23 de setembro de 2008 pola que se amplía a oferta de materias optativas do bacharelato, e se establece o seu currículo (DOG do 29 de setembro de 2008).

Real Decreto 1892/2008, do 14 de novembro, polo que se regulan as condicións para o acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao e os procedementos de admisión ás universidades españolas (BOE do 24 de novembro de 2008): se aplicará para o acceso ao curso 2010-2011

Corrección de erros do Real Decreto 1892/2008, do 14 de novembro, polo que se regulan as condicións para o acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao e os procedementos de admisión ás universidades españolas (BOE do 28 de marzo de 2009)

Orde EDU/1434/2009, do 29 de maio, pola que se actualizan os anexos do Real Decreto 1892/2008, do 14 de novembro, polo que se regulan as condicións para o acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao e os procedementos de admisión ás universidades españolas (BOE do 4 de xuño de 2009)

Orde do 23 de xuño de 2009 pola que se amplía a oferta de materias optativas do bacharelato, e se establece o seu currículo (DOG do 1 de xullo de 2009)

Corrección de erros do Real Decreto 1892/2008, do 14 de novembro, polo que se regulan as condicións para o acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao e os procedementos de admisión ás universidades españolas (BOE do 21 de xullo de 2009)

Orde EDU/2395/2009, do 9 de setembro, pola que se regula a promoción dun curso incompleto do sistema educativo definido pola Lei Orgánica 1/1990, do 3

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de outubro, de ordenación xeral do sistema educativo, a outro da Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación (BOE do 12 de setembro de 2009)

Orde do 16 de decembro de 2009 pola que se regula, para o ano académico 2009-2010, a proba de acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao do sistema universitario de Galicia para o alumnado que estea en posesión do título de bacharel ou equivalente (DOG do 12 de xaneiro de 2010)

Orde do 11 de Febreiro de 2010 pola que se modifica a do 16 de decembro de 2009, que regula, para o ano académico 2009-2010, a proba de acceso ás ensinanzas universitarias oficiais de grao do sistema universitario de Galicia para o alumnado que estea en posesión do título de bacharel ou equivalente.

Instrucións da Dirección Xeral de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa sobre a promoción no bacharelato no réxime ordinario, dun curso incompleto do sistema educativo definido pola Lei Orgánica 1/1990, do 3 de outubro, a outro da Lei Orgánica 2/2006, do 3 de maio, de Educación

Estructura de la Prueba de Acceso (PAU)

La prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado se estructura en dos fases denominadas respectivamente fase general y fase específica.

La fase general de la prueba tiene por objeto valorar la madurez y las destrezas básicas que debe alcanzar el estudiante al finalizar el Bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, especialmente en lo que se refiere a la comprensión de mensajes, el uso del lenguaje para analizar, relacionar, sintetizar y expresar ideas, la comprensión básica de una lengua extranjera y los conocimientos o técnicas fundamentales de una materia de modalidad.

Constará de cinco ejercicios:

Lengua castellana y Literatura Lengua gallega y Literatura Historia de España o Historia de la Filosofía Lengua extranjera Una materia de modalidad del 2º curso de Bachillerato Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración máxima de una

hora y media. Se deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente. Los ejercicios presentarán dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

El estudiante indicará en la solicitud de matrícula para la prueba de acceso, la elección entre Historia de España e Historia da Filosofía, la lengua extranjera escogida entre inglés, francés, alemán, italiano o portugués y la materia de modalidad de la que se examinará en la fase general.

La fase específica de la prueba, de carácter voluntario, tiene por objeto la evaluación de los conocimientos y la capacidad de razonamiento en unos ámbitos disciplinares concretos relacionados con los estudios que se pretende cursar e permite mejorar la calificación obtenida en la fase general.

En la Fase Específica cada estudiante podrá examinarse de materias de la modalidad del segundo curso de bachillerato que deberán ser distintas de la materia de modalidad elegida para la Fase General.

Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante consistirán en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al

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tipo de conocimiento y capacidades que deban ser evaluadas y con un formato de respuesta que garantice la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. Los ejercicios presentarán dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media. Deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente.

El estudiante indicará en la solicitud de matrícula para la prueba de acceso, las materias de modalidad de las que se examinará en esta fase específica y que, en todo caso, no podrán coincidir con la materia de modalidad escogida para la fase general.

FASE EJERCICIOS Y MATERIAS PUN-

TUA-

CIÓN

CALIFICA-CIÓN

FASES

SUPERA-CIÓN PAU

CALIFICACIÓN DEFINITIVA

GENERAL 1) Comentario de texto sobre Lengua Española y Literatura

0 a 10 Media Aritmética de los cinco ejercicios.

Apto: 4 ó más puntos

60% Nota media del Bachillerato

+

40% de la nota media de la fase general

Apto: 5 ó más puntos

0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2

CFG = Calificación de la Fase General

M1, M2 = Las dos Mejores calificaciones de las materias superadas de la fase específica

a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica

2) Comentario de texto sobre Lengua Gallega y Literatura

0 a 10

3) Elegir una de las dos

Historia de España 0 a 10

Historia de la Filosofía

4) Lengua Extranjera 0 a 10

5) Materia de modalidad 0 a 10

ESPECÍFICA

(Voluntaria)

1ª Materia modalidad 0 a 10 Apto: 5 ó más puntos en cada materia 2ª Materia modalidad 0 a 10

Alcanzar una buena nota de selectividad comienza por sacar buenas notas en el bachillerato ya que la calificación final de selectividad (nota de corte para el acceso a las carreras) se obtiene valorando en un 60% el expediente de bachillerato y en un 40% las calificación de los exámenes de selectividad.

PAU: calificación de la FASE GENERAL

Cada uno de los ejercicios de la fase general será calificado de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales.

La calificación de la fase general será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios, expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos, con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en

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el caso de equidistancia a la superior. Cada una de las materias de las que se examine el estudiante en la fase

específica será calificada de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales. Se considerará superada la materia cuando se obtenga una calificación igual o superior a cinco puntos.

El acceso a la universidad española tanto pública como privada para cursar estudios universitarios oficiales de Grado requerirá, con carácter general, la superación de la prueba de acceso.

Se considerará superada la prueba de acceso a la universidad cuando el estudiante obtuviera una nota igual o superior a cinco puntos como resultado de la media ponderada del 60 por cien de la nota media del bachillerato y el 40 por cien de la calificación de la fase general, y siempre que obtuviera un mínimo de cuatro puntos en la calificación de la fase general.

La nota media del bachillerato se expresará con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima y en el caso de equidistancia a la superior.

Para el cálculo de la nota media no se computará, a efectos de acceso a la universidad, la calificación obtenida en las enseñanzas de religión, de conformidad con el dispuesto en la disposición adicional 1ª del Decreto 126/2008, del 19 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, en las que el número de solicitudes sea superior al número de plazas ofertadas, las universidades públicas emplearán para la adjudicación de las plazas la nota de admisión que corresponda, que se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en el caso de equidistancia a la superior.

En el caso de empate en la nota de admisión, para la adjudicación de plazas, tendrán opción preferente los estudiantes que en la Fase General habían elegido una materia de modalidad vinculada a la rama de conocimiento de la enseñanza a la que se solicite acceder.

Calificación de la FASE GENERAL

Nota de admisión

Nota de admisión = 0,6 * NMB + 0,4*CFX + a*M1 + b*M2 NMB = Nota media del Bachillerato.

CFX = Calificación de la Fase General. M1, M2 = Las dos materias superadas de la fase específica con mejor calificación una vez aplicados los parámetros de ponderación. a, b = Parámetros de ponderación de las materias de la Fase Específica.

La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias superadas de la fase específica, siempre que estas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I de la Orden EDU/1434/2009, del 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008 1892/2008, del 14 de noviembre y teniendo en cuenta en todo caso el acuerdo conseguido por la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria y las tres universidades de Galicia para el acceso al curso académico 2010-2011.

Los parámetros de ponderación ("la" o "b") de las materias de la fase

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específica serán los aprobados por las universidades de Galicia para el acceso al curso académico 2010-2011 y recogidos en el anexo I de la Orden del 16 de diciembre de 2009 por la que se regula, para el año académico 2009-2010, la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado del sistema universitario de Galicia para el alumnado que esté en posesión del título de bachiller o equivalente (DOG del 12 de enero de 2010)