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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria www.senasa.gov.ar 1 “LOCACIÓN DE UN INMUEBLE PARA LA SEDE DE LA OFICINA LOCAL CHAJARI DEL CENTRO REGIONAL ENTRE RIOS, POR EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO (24) MESES” LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29/2015 Fecha de Apertura: 22/07/2015 Horario: 12 hs PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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1

“LOCACIÓN DE UN INMUEBLE PARA LA SEDE DE LA OFICINA LOCAL CHAJARI DEL CENTRO REGIONAL ENTRE RIOS,

POR EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO (24) MESES”

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29/2015

Fecha de Apertura: 22/07/2015

Horario: 12 hs

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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INDICE

DESCRIPCION Página

PRESENTACION DE OFERTAS Y ACTO DE APERTURA 3

ESPECIFICACIONES TECNICAS 4

CLÁUSULAS PARTICULARES

OBJETO DE LA CONTRATACION 5

CLAUSULA 1: REQUISITOS DEL OFERENTE Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA OFERTA 5

CLAUSULA 2: GARANTIA DE OFERTA 8

CLAUSULA 3: FORMALIDAD Y CONTENIDO DE LA OFERTA 9

CLAUSULA 4: MANTENIMIENTO DE OFERTA 10

CLAUSULA 5: MONEDA DE COTIZACIÓN Y MONEDA DE PAGO 10

CLAUSULA 6: RETIRO Y CONSULTAS AL PLIEGO DE B. Y C. PARTICULARES 11

CLAUSULA 7: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA 12

CLAUSULA 8: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LA OFERTA 12

CLAUSULA 9: DICTAMEN DE EVALUACION 12

CLAUSULA 10: ADJUDICACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE LOCACIÓN 13

CLAUSULA 11: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 13

CLAUSULA 12: OBLIGACIONES DEL LOCATARIO 16

CLAUSULA 13: PLAZO DEL CONTRATO 16

CLAUSULA 14: RESCICIÓN DEL CONTRATO – RESOLUCIÓN ANTICIPADA 17

CLAUSULA 15: RECEPCIÓN DEFINITIVA 17

CLAUSULA 16: FACTURACION Y FORMA DE PAGO 17

CLAUSULA 17: NORMATIVA APLICABLE 19

CLAUSULA 18: CESIONES DE CREDITO 19

CLAUSULA 19: JURISDICCIÓN 19

ANEXOS

ANEXO I PLANILLA DE COTIZACIÓN 20

ANEXO II CONTRATO DE LOCACIÓN 21

ANEXO III ACTA DE CONSTANCIA DE LIBRE DEUDA 26

ANEXO IV ACTA INVENTARIO 27

ANEXO V ACTA DE ESTADO DEL INMUEBLE Y OCUPACIÓN 28

ANEXO VI ACTA DE DESOCUPACIÓN 29

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Nombre del Organismo Contratante

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

Denominación de la UOC Coordinación de Compras y Contrataciones (UOC 52)

Domicilio Av. Paseo Colon 367, 7mo contrafrente

Correo electrónico [email protected]

Fax 4121-5056/6652/5141/6069

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29 Ejercicio: 2015 Clase: DE ETAPA UNICA NACIONAL

Modalidad: SIN MODALIDAD

Expediente: 12066/2015 Rubro Comercial: ALQUILER Plazo de duración del contrato: VEINTICUATRO (24) M ESES Objeto de la Contratación: LOCACIÓN DE UN INMUEBLE PARA LA SEDE DE LA OFICINA LOCAL CHAJARI DEL CENTRO REGIONAL ENTRE RIOS, POR E L TÉRMINO DE VEINTICUATRO (24) MESES Costo del Pliego: SIN VALOR PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Lugar / Dirección Plazo y Horario Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, Av. Paseo Colón 367, 7º Piso (1063) Capital Federal.

HASTA EL 22/07/2015 A LAS 11 HS. (de lunes a viernes

en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.)

ACTO DE APERTURA

Lugar / Dirección Día y Hora Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, Av. Paseo Colón 367, 7º Piso (1063) Capital Federal.

EL 22/07/2015 A LAS 12 HS.

Nombre del Organismo Contratante

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

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1. OBJETO:

La presente contratación tiene por objeto la locación de UN (1) inmueble situado en la

Localidad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos, por el término de VEINTICUATRO (24)

MESES, para destinarlo a la sede de la Oficina Local de Chajarí del Servicio Nacional de

Sanidad y Calidad Agroalimentaria (en adelante SENASA), conforme con lo establecido en

el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en los Anexos que lo integran.

2. RADIO DE UBICACIÓN:

El inmueble deberá estar ubicado en un radio de aproximación de 500 mts a bancos y

demás instituciones que permitan desarrollar las tareas con total normalidad.

3. SUPERFICIE

El inmueble deberá contar con una superficie aproximada de 130 mts2.

4. REQUISITOS DEL INMUEBLE:

El inmueble deberá ser adecuado y con habilitación para el uso de oficinas públicas del

SENASA. Deberá contar con la infraestructura apta para el tendido de una red de datos,

potencia y telefonía. Instalaciones y sistema de iluminación (natural y artificial) apto para

actividades administrativas, aire acondicionado o infraestructura para montar los equipos

necesarios en la superficie ofrecida y contar con sanitarios tanto para hombres como

mujeres. Deberá tener al menos TRES (3) oficinas con despachos privados o con la

posibilidad y autorización para la instalación de divisorios fijos y móviles de construcción

seca (tipo durlock, vidrio y/o carpintería metálica) y presentar una fachada que permita su

visibilidad hacia la vía pública. Estar todo en adecuadas condiciones de uso, pintura general

interior y exterior nueva, pisos, paredes, llaves y aberturas en perfecto estado de uso.

Además, deberá poseer medidas de seguridad (sistema de iluminación de emergencia,

cerramientos perimetrales, puertas y aberturas al exterior con llaves).

ESPECIFICACIONES TECNICAS

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OBJETO: La presente contratación tiene por objeto la locación por el término de VEINTICUATRO (24) MESES, de UN (1) inmueble situado en la Localidad de Chajarí, provincia de Entre Ríos, para destinarlo a sede de la Oficina Local de Chajarí del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (en adelante SENASA), conforme con lo establecido en el presente Pliego y los Anexos que lo integran.

TITULO 1: LA OFERTA

CLAUSULA 1 : REQUISITOS DEL OFERENTE Y DOCUMENTACIÓN A PRESENT AR CON LA OFERTA

Con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, en el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, el invitado a participar del presente llamado deberá :

1.1. Encontrarse habilitado para contratar con la Administración Nac ional , de acuerdo a lo establecido en los artículos 27 y 28 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Delegado Nº 1023/01 (B.O. 13-08-01).

1.2 En caso de corresponder, poseer Certificado Fiscal para Contratar expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) de acuerdo a lo establecido en la Resolución General de la citada ADMINISTRACION FEDERAL Nº 1814/2005 (B.O. 13-01-05).

El oferente deberá solicitar a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) la emisión del certificado fiscal antes de la presentación de ofertas.

En caso de no poseer el mencionado Certificado por causas imputables exclusivamente a la Administración, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 83, inciso b) apartado 2 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), se deberá acompañar junto con la oferta copia de la solicitud del mismo ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).

Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar dentro de los CINCO (5) días de notificada la misma, y en el caso de que se constate que el proveedor con quien se perfeccionó el contrato poseía deudas tributarias o previsionales deberá remitir los antecedentes a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a fin de tramitar la aplicación de una sanción de apercibimiento, todo ello de conformidad con lo dispuesto e el articulo 12 del por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014).

Excepciones : El artículo 2° de la mencionada Resolución Genera l AFIP Nº 1814/05 establece que en su inciso a) que “Están exceptuados de la obligatoriedad de poseer el "Certificado Fiscal para Contratar": a) Los sujetos que efectúen presentaciones de ofertas cuyos importes sean inferiores a CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000.-)”.

1.3 Estar inscripto –o en su caso preinscripto– en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), de acuerdo a lo establecido en los artículos 229 y 233 del

CLAUSULAS PARTICULARES

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Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12) y en la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN Nº 6/12 (B.O. 6-09-12), no siendo necesario que presenten la constancia de tal inscripción o preinscripción.

No obstante lo cual, conforme lo dispuesto en el artículo 192 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto 893/12 (B.O. 14-06-12), no será exigible el requisito de incorporación al S istema de Información de Proveedores para los locadores que arrienden bienes al Estado, salvo en los casos que dicha actividad sea regular y/o habitual.

Declaración Jurada: En el caso de encontrarse dentro de la excepción antes mencionada deberá acompañar a su oferta una Declaración Jurada que deje constancia que su actividad no es regular y/o habitual.

Importante : No constituye requisito exigible para presentar ofertas la inscripción previa en el Sistema de Información de Proveedores (conforme arts. 27 del Decreto Delegado Nº 1023/2001 y 229 del citado Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12).

Preinscripción : En relación a quienes no se encuentren incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), a los fines de su incorporación los oferentes deberán realizar la “Preinscripción por Internet” en el sitio www.argentinacompra.gov.ar de la Oficina Nacional de Contrataciones (conforme art. 233 del citado Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12), y presentar, junto con la oferta, la información suministrada en la Preinscripción utilizando los formularios estándar establecidos en el art. 235 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), acompañados por la documentación respaldatoria, de acuerdo a lo establecido en el art. 234 del mencionado Decreto.

Actualización de datos : Los oferentes deberán mantener actualizada la información suministrada al Sistema de Información de Proveedores (conforme art. 238 del citado Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12), debiéndose proceder de la misma forma que para la Preinscripción, modificando únicamente los datos que hubieran variado. Los formularios correspondientes y la documentación respaldatoria deberán ser presentados ante cualquier entidad o jurisdicción comprendida dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado Nº 1023/2001 (B.O. 13-8-01).

La modificación del número telefónico, del número de fax, de la dirección de correo electrónico o del domicilio constituido, podrá realizarla el interesado sin necesidad de la intervención posterior de un organismo para su aprobación.

Los oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la preinscripción, según lo detallado en el Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014)

Los oferentes inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos que hubieren variado según lo detallado en el Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014)

1.4 Presentar la “PLANILLA DE COTIZACIÓN” la que -como modelo- se encuentra agregada en el Anexo I , de acuerdo al Objeto detallado en las Especificaciones Técnicas de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

En la misma deberá consignarse nombre y apellido del locador del inmueble, domicilio real y número de documento de identidad.

Deberá identificarse claramente al inmueble, consignándose superficie total y cubierta del

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mismo, y especificándose a continuación el detalle de todas las dependencias que componen el inmueble con su superficie respectiva.

El monto de la oferta debe consignarse sin incluir el I.V.A., toda vez que en las locaciones de inmuebles cuyos locatarios sea el Estado Nacional, se exceptúa al locador y locatario a pagar dicho impuesto. Se especificará el precio mensual y el precio total del renglón, en números y el total general de la oferta en números y letras. Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Serán por cuenta del Adjudicatario los sellados de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la reglamentación aprobada por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

GASTOS ADICIONALES : El SENASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles.

1.5 Presentar Copia del Documento de Identidad del oferente, quien deberá ser el propietario del inmueble cuya locación se oferta, o encontrarse autorizado legalmente al efecto

1.6 Presentar Copia del Título de Propiedad del inmueble cotizado (certificada por escribano público o autoridad administrativa o policial), del que surja que el inmueble a locar es de propiedad del oferente y que el mismo se encuentra facultado para darlo en locación.

1.7 Presentar Copia certificada del Plano escala del inmueble aprobado por autoridad competente (de donde surja ubicación geográfica y distribución interna).

Si se trata de un inmueble sujeto al régimen de la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal, deberá presentarse además:

a) Copia certificada del plano a escala de la subdivisión por el régimen de la propiedad horizontal Ley 13.512;

b) Fotocopia del reglamento de copropiedad, del que surja que el inmueble a locar se encuentra habilitado para el funcionamiento de las oficinas técnicas y administrativas de Organismos del Estado Nacional. Quedará bajo exclusiva responsabilidad del adjudicatario, los reclamos que pudieran originarse por los copropietarios en el futuro.

1.8 A efectos de acreditar las condiciones de dominio del inmueble y la inexistencia de todo tipo de gravámenes que afecten al bien o a su/s titular/es, deberá presentar Informe o Certificado de Dominio actualizado y Certificado de Inhibiciones expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble que corresponda, admitiéndose como máximo SEIS (6) meses desde la fecha de su expedición.

1.9 En el caso de que la oferta fuera presentada y firmada por apoderado , deberá presentarse copia certificada del testimonio del poder otorgado por escritura pública. El poder presentado se considerará válido y obligará al poderdante hasta tanto éste no comunique fehacientemente su revocación.

Para el caso que las Inmobiliarias presenten las ofertas, se verificará el cumplimiento de todos los requisitos arriba señalados, y quien suscriba la oferta deberá acompañar el

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pertinente instrumento emitido por escribano público que acredite que cuenta con poder suficiente para actuar en nombre del/los propietario/s en la contratación. 1.10 Denunciar en la Planilla de Cotización la dirección de correo electrónico y/o teléfono fax donde se notificará el Dictamen de Evaluación.

1.11 Se podrá constituir domicilio especial en cualquier territorio nacional o extranjero, en este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. En el caso en que no se constituyera un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio constituido el declarado bajo el titulo “Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones” en la base de datos que administra ese órgano rector.

CLAUSULA 2 : GARANTIA DE OFERTA 2.1. Los oferentes deberán afianzar sus propuestas, indefectiblemente, mediante la correspondiente garantía de oferta, por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta, mediante alguna de las formas (o mediante combinaciones de ellas) establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 101 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12). En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variante, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. La elección de la forma de la garantía queda a opción del oferente.

La garantía de mantenimiento de la oferta será constituida por el plazo de validez de aquélla y su eventual prórroga. Y se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta. Si la cotización se hiciere en moneda extranjera, estése a lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

2.2. PAGARÉ A LA VISTA (art. 100 inc. g) del Reglamento): El pagaré a la vista será válido solamente cuando el monto total de la garantía no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el artículo referido.

2.3. CHEQUE CERTIFICADO (art. 100 inc. b) del Reglamento): En el caso de Cheque con certificación bancaria la orden debe estar a nombre de: SENASA – 50/623 CUT PAGADORA 2872/27.

2.4. SEGURO DE CAUCIÓN (art. 100 inc. e) del Reglamento): Las aseguradoras, emisoras de pólizas de seguros de caución, deberán cumplir los siguientes requisitos:

• Deberán poseer habilitación extendida por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

• Deberán tener su casa central habilitada dentro de la República Argentina y domicilio legal constituido en la Ciudad de Buenos Aires.

• Deberán ser SOCIEDAD ANÓNIMA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE SEGUROS MUTUOS, ORGANISMOS Y ENTES OFICIALES O MIXTOS NACIONALES, PROVINCIALES O MUNICIPALES y que sus actividades estén sometidas al régimen de la Ley Nº 20.091 y al control creado por ella.

2.5. EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS : Se encuentran establecidas en el artículo 103 y en el Capitulo I del Titulo IV del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), los cuales no incluyen a las contragarantias, las que deberán constituirse en todos los casos en que se reciba un monto como adelanto salvo que el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Publico Nacional en los

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términos del Articulo 8º de la Ley Nº 24.156, o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014).

Si el monto de la garantía no fuere superior a PESOS CINCO MIL ($ 5.000), no será necesario presentar garantía, conforme lo dispuesto en el artículo 103, inciso c) del citado Reglamento.

CLAUSULA 3 : FORMALIDAD Y CONTENIDO DE LA OFERTA

3.1. La propuesta será redactada en idioma nacional y presentada, en original y duplicado, hasta el día y hora fijados en este pliego (ver página 3), en sobre cerrado con identificación del procedimiento de selección a que corresponde, el día y hora de la apertura y la identificación del oferente. En caso de discrepancia prevalecerá el ejemplar señalado como ORIGINAL, el que deberá estar firmado en cada una de sus hojas por el oferente o representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras, si las hubiere.

3.2. Deberá expresar la oferta económica, consignándose el importe total de la propuesta, cantidad que deberá repetirse en letras, en la moneda de cotización fijada en el presente Pliego, correctamente volcados en la Planilla de Cotización de la Propuesta que como Anexo I forma parte del presente pliego.

3.3. El SENASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en la oferta. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles.

3.4. Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este pliego son considerados mínimos y que por tanto se deberá explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas.

3.5. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta.

3.7. El oferente deberá contemplar la posibilidad de que el SENASA le solicite, de estimarlo conveniente, responder a todo tipo de aclaraciones, a efectos de constatar la veracidad de la oferta, sin que ello represente costo adicional alguno o causal de reclamo.

3.8. El sobre, caja o paquete a presentar deberá estar cerrado e identificado con:

a) Nombre de la jurisdicción o entidad contratante.

b) Tipo, objeto y numero de procedimiento

c) Fecha y hora fijada para la apertura.

El Acta será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.

Nota: LA COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA podrá requerir la presentación de la documentación que estime necesaria respecto del inmueble en cuestión, debiendo el oferente presentarla en el plazo que se le indique, pudiendo su incumplimiento generar la desestimación de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes esenciales de la propuesta.

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CLAUSULA 4 : MANTENIMIENTO DE OFERTA

Los oferentes, conforme lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Este plazo de SESENTA (60) días se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento, con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo periodo o que la mantiene por una determinada cantidad de periodos.

Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.

El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.

Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

Con posterioridad a la adjudicación el plazo de mantenimiento de la oferta se regirá por lo previsto en el artículo 96 del citado Reglamento de Contrataciones.

CLAUSULA 5 : MONEDA DE COTIZACIÓN Y MONEDA DE PAGO

5.1 MONEDA DE COTIZACIÓN

La moneda de cotización y de pago es PESOS.

Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a juicio y experiencia de la empresa que se presente a ofertar, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.

5. 2 MONEDA DE PAGO

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 118 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

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CLAUSULA 6 : RETIRO Y CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICION ES PARTICULARES

6.1 Retiro del Pliego de Bases y Condiciones Partic ulares

Cualquier persona, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), podrá retirar o comprar el pliego único de bases y condiciones generales y los pliegos de bases y condiciones particulares en la jurisdicción o entidad contratante o bien descargarlos del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

En oportunidad de retirar, comprar o descargar los pliegos, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.

No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.

Los pliegos aludidos en esta cláusula pueden retirarse, comprarse o descargarse:

- En forma personal: Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sita en Av. Paseo Colón 367, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- En el sitio web: www.argentinacompra.gov.ar

Junto con el pliego se entregara el anuncio de la convocatoria o la invitación con los requisitos indicados en el artículo 57 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.

6.2 Consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares

Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sita en Av. Paseo Colón 367, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (de lunes a viernes en el horario de 10 a 13hs. y de 14 a 16hs.), o a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]

En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.

No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.

Deberán ser efectuadas hasta CIENTO VEINTE HORAS (120) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo.

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TITULO 2: EVALUACION Y ADJUDICACION

CLAUSULA 7 : APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA

En el lugar, día y hora indicados en la página 3 de este pliego determinado para celebrar el acto de apertura, se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios del SENASA y de todos aquellos que desearan presenciarlo. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

El sobre, caja o paquete a presentar deberá estar cerrado e identificado con:

a) Nombre de la jurisdicción o entidad contratante.

b) Tipo, objeto y numero de procedimiento

c) Fecha y hora fijada para la apertura.

Durante el acto de apertura, cualquiera de los presentes podrá requerir la vista de los precios cotizados en las ofertas presentadas.

El Acta será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.

Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su costa. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

CLAUSULA 8 : CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE LA OFERTA

A los fines de la evaluación de la oferta, la COMISION EVALUADORA designada al efecto tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, el cumplimiento de las especificaciones solicitadas en el presente pliego, el valor informado en la tasación oficial, y lo dispuesto en el artículo 193 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), adjudicándose a la oferta de menor valor.

Será desestimada la oferta que exija pago de alquil eres adelantados y/o comisiones inmobiliarias.

CLAUSULA 9 : DICTAMEN DE EVALUACION: COMUNICACIÓN E IMPUGNACIÓ N

9.1. COMUNICACIÓN: El Dictamen de Evaluación de las ofertas será comunicado a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido a la dirección de correo electrónico o número de fax que el oferente haya denunciado en su oferta, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 45 y 92 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válida e indistintamente por cualquiera de los medios indicados en el articulo 56 del Anexo al Decreto Nº 893/12.

En el caso que se decida notificar mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES se deberá dejar constancia indicando la dirección de

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dicho sitio de Internet. En esos casos, se tomará como fecha de notificación el primer día de difusión en el sitio.

9.2. IMPUGNACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del citado Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), el oferente podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los CINCO (5) días de su comunicación, y quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

CLAUSULA 10 : ADJUDICACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE LOCACI ÓN

El acto administrativo que concluya el procedimiento de selección será notificado al oferente dentro de los TRES (3) días de dictado el mismo (conforme lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12).

Si se aprobó la respectiva adjudicación, las partes procederán a suscribir el Contrato de Locación (cuyo modelo se encuentra contenido en el Anexo II del presente Pliego), fecha a partir de la cual se producirá el perfeccionamiento del contrato.

Asimismo, junto con el Contrato de Locación se suscribirá el Acta de Constancia de Libre Deuda (impuestos y servicios), que obra en el Anexo III.

El SENASA podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.

TITULO 3: EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

CLAUSULA 11 : OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario (locador) deberá cumplir con las s iguientes obligaciones :

11.1 Información de cuenta bancaria

A los efectos de percibir el pago, deberá informar su número de cuenta bancaria, corriente o de ahorro, en moneda nacional, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores.

11.2 Alta de beneficiario

Deberá acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO y de AUTORIZACIÓN DE PAGO, con la constancia de recepción respectiva o indicación del CÓDIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad a la Disposición Conjunta Nº 21/95 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 10/95 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por la que se aprueba el procedimiento pertinente.

Aquellos que no posean número de beneficiario deberán obtenerlo en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Av. Paseo Colón, 7° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.

11.3. Informar condición ante la AFIP

El adjudicatario debe informar al SENASA, en su carácter de Agente de Retención, su condición de inscripto en el Impuesto a las Ganancias o de sujeto adherido al Monotributo.

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11.4 Pago de impuestos, tasas y contribuciones

Queda por cuenta del Locador, el pago de la tasa por alumbrado, barrido y limpieza (conservación de vía pública), contribución territorial (impuesto inmobiliario) y todo otro impuesto, tasa o contribución nacional, provincial y/o municipal que surgiera con posterioridad a la firma del contrato. Asimismo, el pago de Aguas (si el inmueble no tiene medidor) y todos los gastos de Expensas Extraordinarias u otras que establezcan los reglamentos de copropiedad de los inmuebles (si se trata de un inmueble sujeto a la propiedad horizontal) también estarán exclusivamente a cargo del locador, siendo desestimadas las ofertas que exijan cualquiera de los mencionados pagos al locatario.

11.5 Impuesto de Sellos

El Impuesto de Sellos que pudiera corresponder en la jurisdicción correspondiente a la ubicación del inmueble será a cargo del locador.

11.6 Reglamento de Copropiedad

En el caso de que existiese reglamento de copropiedad del inmueble a locar (por encontrarse el mismo sujeto a la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal), el mismo deberá habilitar al inmueble en cuestión para el normal funcionamiento de las oficinas técnicas y administrativas de Organismos del Estado Nacional. Queda bajo exclusiva responsabilidad del adjudicatario, los reclamos que pudieran originarse por los copropietarios en el futuro.

11.7 Entrega del inmueble en buen estado de uso y c onservación

El locador estará obligado a entregar el inmueble en buen estado de uso y conservación, a mantener al SENASA en el uso y goce del mismo por todo el tiempo que dure la locación, efectuando todos los actos necesarios a esos fines, absteniéndose de impedir, aminorar o crear dificultades al uso y goce del locatario.

11.8 Mantenimiento del inmueble

Se obliga al adjudicatario al mantenimiento del inmueble en perfecto estado de conservación, para lo cual deberá efectuar las reparaciones que exigiere su deterioro, por caso fortuito o de fuerza mayor, o el que se causare por la calidad propia del mismo, su vicio o defecto. Asimismo, deberá afrontar la reparación de aquellos desperfectos que no sean imputables al mal empleo o negligencia del locatario (humedad, desperfectos de cañerías e instalaciones eléctricas, etc.). El locador en su calidad de adjudicatario del presente procedimiento acepta autorizar toda modificación a realizar por SENASA, quedando éste a su vez obligado a volver las cosas a su estado anterior a la terminación del contrato, siempre que el locador no preste su conformidad por escrito a dejar en el inmueble las modificaciones efectuadas.

Si, previa intimación por medio fehaciente, el locador -en el término que se fijare-, no hiciere o retardare en ejecutar las reparaciones o los trabajos que le incumben hacer en su carácter de propietario, el SENASA queda autorizado a efectuar las mismas por cuenta y orden del adjudicatario, reteniendo del canon mensual el importe correspondiente al costo de las reparaciones realizadas, y en tal sentido el SENASA queda autorizado por el presente procedimiento a deducir los importes respectivos de los alquileres devengados y a devengarse, hasta su cancelación.

11.9 Trabajos de adaptación, ampliación o refacción por cuenta del locador

Si en el inmueble ofrecido fuera necesario ejecutar trabajos de adaptación, ampliación o refacción por cuenta del locador éste deberá fijar en la propuesta el plazo dentro del cual se compromete a realizarlos a partir de la fecha de aprobación del contrato.

El plazo no excederá de los TREINTA (30) DIAS corridos de la suscripción del contrato,

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generándose una multa diaria del UNO POR CIENTO (1%) del valor total del contrato por cada día de exceso que se deducirá de los importes que se devenguen a favor del locador en concepto de alquiler.

Si pasados los TREINTA (30) DIAS subsiguientes el inmueble no se hallare en las condiciones establecidas, el SENASA podrá dar por rescindido el contrato de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, corriendo el locador con los daños y perjuicios, incluidas las costas judiciales que se motivaran por el incumplimiento mencionado.

11.10 Instalaciones para artefactos de calefacción y aire acondicionado

El inmueble ofrecido deberá disponer, en caso de no poseer, espacio necesario para la instalación de artefactos de calefacción y aire acondicionado por equipos individuales.

11.11 Accesorios cotizados

Los accesorios cotizados (instalaciones, teléfonos, muebles, etc.) serán considerados alternativas, quedando el SENASA facultado a aceptarlas o no. La aceptación o rechazo de los mismos será comunicada si el oferente resultare adjudicatario, junto con la notificación del acto administrativo que concluya el procedimiento.

11.12 Demás obligaciones del Contrato de Locación

Asimismo, regirán para el locador las demás obligaciones previstas en el Código Civil y en el Contrato de Locación, el que como modelo obra en el Anexo II del presente Pliego.

11.13. Garantía de cumplimiento de contrato

Deberá integrar , dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles de notificada o suscripta la Orden de Compra, una garantía de cumplimiento de contrato (en original y fotocopia simple), por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, de acuerdo a las formas indicadas en la cláusula 8 del presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

Dicha garantía deberá ser presentada en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Av. Paseo Colón, 7° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13hs. y de 14 a 16hs., y deberá estar acompañada de una nota en la cual se indique: nombre de la firma presentante, número de expediente, tipo y número de procedimiento de selección, número de orden de compra y carácter de la garantía.

La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato a satisfacción del SENASA y de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Contrataciones.

Excepciones a presentar garantías : rige lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

Devolución de garantías : rige lo establecido en los artículos 104 y 106 del citado Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).

CLAUSULA 12 : OBLIGACIONES DEL LOCATARIO

El SENASA deberá cumplir con las siguientes obligac iones :

12.1 Mantenimiento del inmueble

Se obliga a mantener el inmueble y a realizar por su exclusiva cuenta las reparaciones que exigiere el mismo, salvo que el deterioro provenga de caso fortuito, fuerza mayor, calidad

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propia del inmueble, vicio de la cosa o del efecto natural del uso o goce estipulado.

12.2 Destino del inmueble

Destinará el inmueble a la actividad que le es propia y por tanto utilizará el inmueble exclusivamente para las tareas asignadas a la Oficina de la localidad de Nogoyá, no pudiendo dar otro destino sin la previa autorización por escrito del propietario del inmueble.

12.3 Prohibición de cesión, transferencia o subloca ción el inmueble

Bajo ningún concepto podrá ceder, transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones emergentes del presente contrato, entendiéndose que tal prohibición alcanza cualquier transferencia, sublocación, comodato, permuta o permiso de ocupación del bien alquilado.

12.4 Pago de servicios y expensas comunes

Queda por cuenta del SENASA el pago de los consumos de: gas, electricidad, agua (si el inmueble tiene medidor) y teléfono. Asimismo, si se trata de un inmueble sujeto a la propiedad horizontal, también afrontará los pagos de las Expensas Ordinarias.

12.5 Conservación y reparaciones

Se responsabiliza por la conservación de los artefactos y accesorios de la propiedad y la reparación de los desperfectos menores provocados por su uso. El SENASA dará inmediata cuenta al adjudicatario de cualquier desperfecto que sufriera la propiedad, permitiendo a la misma o a sus representantes el libre acceso a cualquier dependencia de la propiedad, cuando ésta juzgue necesaria su inspección, y permitirá la ejecución de todo trabajo que sea necesario para su conservación o mejora.

12.6 Reformas y modificaciones del inmueble

El SENASA no podrá hacer modificaciones de ninguna naturaleza en la propiedad, sin el consentimiento previo y por escrito del adjudicatario. Consecuentemente, necesitará la previa conformidad por escrito del locador para poder efectuar en el inmueble locado las modificaciones que considere convenientes para adaptarlo a sus necesidades y funciones. A la fecha de la restitución del inmueble el SENASA podrá entregar la propiedad: a) con las modificaciones efectuadas sin derecho a reclamación monetaria alguna; b) retirando aquéllas que no han sido incorporadas a la construcción; c) retirando las que hubieren sido incorporadas a la construcción, retrotrayendo el estado del inmueble al inicio de la locación.-

12.7 Restituir el inmueble locado

A la finalización del contrato, el SENASA reintegrará la tenencia del inmueble al locador en buen estado de aseo y conservación, tal como lo recibió, salvo el deterioro natural producido por el uso y el transcurso del tiempo.

CLAUSULA 13 : PLAZO DEL CONTRATO

13.1 El plazo de duración del contrato de locación será de VEINTICUATRO (24) MESES, contados desde la fecha que se estipule en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación debidamente suscripto por ambas partes.

13.2 El bien locado se hallará libre de ocupantes y en condiciones de disponibilidad inmediata.

13.3 Al tomar posesión se labrará un Acta Inventario (la que obra en el Anexo IV del presente Pliego) que será conformada por ambas partes en el cual se hará constar detalladamente el estado de conservación y funcionamiento de las instalaciones, accesorios

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existentes y contenido del inmueble en general.

Asimismo, en dicha Acta Inventario se detallarán los arreglos que de ser necesarios deberán efectuarse a satisfacción del SENASA, quedando los mismos a cargo del adjudicatario y cuya realización será requisito indispensable para la firma del Acta de comprobación de estado del inmueble y ocupación, la que obra en el Anexo V del presente Pliego.

13.4 A la finalización del contrato de locación, las partes suscribirán el Acta de Desocupación que obra en el Anexo VI de este Pliego, la que dará cuenta del estado del inmueble al finalizar la locación y en la que se establece el modo de regularizar las eventuales deudas pendientes.

CLAUSULA 14 : RESCISIÓN DEL CONTRATO – RESOLUCIÓN ANTICIPADA

El SENASA se reserva el derecho a rescindir unilateralmente el contrato en cualquier momento sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor del adjudicatario. En tal caso el SENASA deberá notificar en forma fehaciente al locador su voluntad de rescindir con una antelación mínima de treinta (30) días corridos a la fecha en que reintegrará lo arrendado. CLAUSULA 15 : RECEPCIÓN DEFINITIVA

La recepción definitiva, a los efectos del pago mensual del alquiler, se otorgará mensualmente dentro de los DIEZ (10) días hábiles de haber finalizado el mes anterior de la locación.

CLAUSULA 16 : FACTURACION Y FORMA DE PAGO

16.1 FACTURACION

Las facturas o recibos que se presenten, según el caso, deberán indicar:

� Fecha de emisión del comprobante.

� Número y año del procedimiento de contratación a la que hacen referencia.

� Mes facturado y datos de identificación del inmueble en cuestión.

La emisión será por duplicado, siendo el original para el locatario y el duplicado para el emisor, es decir el locador del inmueble.

En el caso de monotributistas que se encuentren adheridos a las categorías H, I, J, K y L, deberán emitir factura electrónica a partir del 1/5/2011, conforme lo establecido en la Resolución General AFIP 3067/11.

Las facturas, o recibos según el caso, deben presentarse en el correspondiente Centro Regional una vez recibida la conformidad de recepción definitiva.

Atento a la condición de SENASA de Sujeto Exento en I.V.A., deberán utilizarse exclusivamente Facturas tipo “B” o “C”.

Para el caso de facturas tipo “B”, el CAI o el CAE, deberá encontrarse vigente a la fecha de emisión de la factura y autorizado (en el caso de poseer CAE).

La factura debe estar emitida por el locador o, en su caso, por el condominio o por alguno de los condóminos (siempre el mismo mientras perdure el condominio).

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La facturación será a nombre de SENASA “Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria”, indicando Nº de CUIT de SENASA 30-68838454-7; debe destacar la condición de SENASA ante el IVA e Ingresos Brutos como “SUJETO EXENTO”.

SENASA verificará que la prestación facturada guarde relación con las actividades declaradas ante la ADMINISTRA-CION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP); y la validez del comprobante emitido.

En caso de ser Agente de Retención, copia del documento que avale dicha situación.

16.2 FORMA DE PAGO

Conformada la recepción definitiva, el pago se realizará del uno al diez de cada mes, por mes vencido, mediante sistema CUT.

Entre el día 15 y 20 de cada mes el Locador deberá presentar la factura o recibo correspondiente, según el caso. La falta de presentación en la fecha estipulada implicará el corrimiento de la fecha de vencimiento del pago tantos días como los días de atraso en la que haya incurrido el Locador en la presentación de la factura o recibo respectivo.

Se abonará de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del Contrato de Locación, contenido en el Anexo II del presente Pliego, para lo cual el adjudicatario deberá comunicar la Entidad Bancaria, el número de cuenta y la sucursal a la que corresponde transferir el pago, agregando certificación de la institución bancaria donde conste su titularidad y número de código bancario único (CBU) y acreditando la situación que reviste frente a:

� Impuesto al Valor Agregado, Resolución General DGI 3125/90 y sus modificatorias.

� Impuesto a las Ganancias.

� Ingresos Brutos.

El SENASA abonará al locador, conforme las disposiciones de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 262/95, en la Cuenta Bancaria que el locador hubiere acreditado.

16.3 AGENTE DE RETENCIÓN

En virtud de encontrarse el SENASA incorporado al régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado por lo dispuesto en la Resolución General AFIP Nº 18/97, sus complementarias y modificatorias, y de retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Resolución General DGI 2784, sus complementarias y modificatorias, en todos los casos el adjudicatario deberá presentar, en caso de corresponder, copia de la documentación emitida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) que respalde las posibles exenciones vigentes, a fin de proceder a realizar o no la retención establecida por las normas citadas.

Si se modificara la condición del adjudicatario ante la AFIP deberá dar a conocer al SENASA tal circunstancia, acompañando la documentación que así lo acredite.

Toda copia de documentación que el locador adjunte a la facturación presentada deberá estar autenticada con la siguiente leyenda “ES COPIA FIEL” y deberá encontrarse firmada, con aclaración y número de documento.

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TITULO 4: DISPOSICIONES GENERALES

CLAUSULA 17 : NORMATIVA APLICABLE

17.1 La locación de inmuebles por parte del ESTADO NACIONAL se regirá por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Delegado Nº 1023/01 (B.O. 16-08-01), por el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), por las normas que se dicten en su consecuencia; por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014), por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por las estipulaciones del respectivo contrato de locación.

La normativa reseñada puede ser consultada en la página de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: www.argentinacompra.gov.ar.

17.2 En todo lo que no se halle previsto expresamente por la documentación contractual, se aplicarán supletoriamente el régimen general de locaciones urbanas y los usos y costumbres del mercado inmobiliario.

CLAUSULA 18 : CESIONES DE CREDITO

El adjudicatario que, cumplidas las exigencias contractuales, cediere total o parcialmente su crédito a un tercero en los términos establecidos en el Código Civil para esta figura (articulo 1.434 y subsiguientes), deberá notificar tal circunstancia al SENASA dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de producida la cesión, la que deberá ser efectuada por escritura pública.

CLAUSULA 19 : JURISDICCIÓN

A todos los efectos legales emergentes de la presente contratación tomarán intervención los Juzgados Federales con competencia territorial en el lugar que se indique en el Contrato de Locación.

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ANEXO I

PLANILLA DE COTIZACION: El que suscribe ............................................................................................................. Documento ....................................., CUIT ........................, constituyendo domicilio en .......................................................................... Nº ............, Localidad ..................................., Provincia de .........................., Teléfono........................, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente, cotiza los siguientes precios:

RENGLON

UNIDAD CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL

UNICO

MES 24

Locación de UN (1) inmueble situado en la Localidad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos

$ $

TOTAL GENERAL $

SON PESOS (en letras) ..........................................................................

FORMA DE PAGO: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……

PLAZO DE LA LOCACION: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……

DATOS DEL INMUEBLE:

UBICACIÓN: …………………………………………………………………………………………

SUPERFICIE TOTAL: ………………………………………………………………………………

SUPERFICIE CUBIERTA: …………………………………………………………………………

DETALLE DE AMBIENTES, CON SU SUPERFICIE RESPECTIVA: ………………………...

…………………………………………………………………………………………………………

DETALLE DE MUEBLES Y ACCESORIOS QUE SE ENCUENTREN EN EL INMUEBLE:

…………………..……...………………………………………………………………………………

OTROS: …..……………………………………………………………………………………………

DRECCION DE CORREO ELECTRONICO (donde se efectuarán notificaciones y comunicaciones):

…………………………………….…………….…………………………………

CONSTITUCION DE DOMICILIO (que se transcribirá en el contrato): …………………………. TELEFONO FAX: …………….………………………………………………………………………...

................................................................

FIRMA

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ANEXO II

CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre el/la señor/a **********************, con DNI Nº ********************, por una parte,

en adelante “EL LOCADOR”, y por la otra parte el SERVICIO NACIONAL DE

SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, representado en este acto por

**************, con DNI Nº *******************, quien declara hallarse debidamente

autorizada/o, en adelante “LA LOCATARIA”, ambos argentinos, mayores de edad,

en la localidad de *********** Provincia de ************, convienen en celebrar el

presente CONTRATO DE LOCACIÓN, que se regirá por las siguientes cláusulas:-----

PRIMERA: OBJETO.- EL LOCADOR da en locación a LA LOCATARIA, y ésta

acepta, el siguiente inmueble: ******* (UNA VIVIENDA, DEPÓSITO, GALPÓN, TERRENO,

ETC.) situado en la calle ********** Nº **** de la ciudad de **************, Provincia de

*************, con una superficie total aproximada de *** metros cuadrados, con

nomenclatura catastral: Circunscripción **, Sección **, Manzana **, Parcela **,

Partida Inmobiliaria Nº ******. Dicho inmueble (EN CASO DE VIVIENDA, DEPÓSITO,

GALPÓN, ETC.) está compuesto por ************** (EJEMPLO: tres habitaciones, living, cocina-

comedor con mueble de bajo mesada, y alacena en madera y calefón a gas natural, baño principal,

lavadero, garaje, baño de servicio y galpón en el fondo del lote de terreno).------------------------------

SEGUNDA: PLAZO.- El plazo de duración de esta locación es de *********** meses

corridos, a contar desde el día ** de ********** de 20**, por lo que su vencimiento

operará de pleno derecho el día ** de ********** de 20**, sin necesidad de notificación

o requerimiento alguno por parte de EL LOCADOR.--------------------------------------------

TERCERA: PRECIO.- El monto total del contrato durante los ******** meses de

vigencia asciende a la suma de PESOS ************* ($ ******). El canon locativo

mensual se fija en la suma de PESOS *********** ($ *****) que se abonará mes

vencido del 1º al 10 de cada mes siempre que se cuente con la conformidad

definitiva correspondientes************ (DESCRIBIR CÓMO SE HARÁ EL PAGO, POR EJ: en

la Cuenta Bancaria Nº ************** del Banco ************* Sucursal ***********, con identificación de la

Clave Bancaria Única (CBU) ********** perteneciente al LOCADOR), entendiendo que el mero

vencimiento del plazo hará incurrir a la parte LOCATARIA en mora de pleno

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derecho. ----------------------------------------------------------------------------

CUARTA: IMPUESTOS Y GASTOS SOBRE EL INMUEBLE.- LA LOCATARIA toma

a su cargo el pago de su propio consumo de Energía Eléctrica, Gas y Teléfono (Y

AGUA SI EL INMUEBLE TIENE MEDIDOR), y de las Expensas Ordinarias (SI SE TRATA DE

UN INMUEBLE SUJETO A LA LEY 13.512 DE PROPIEDAD HORIZONTAL) durante todo el

tiempo que dure la ocupación. Por su parte, EL LOCADOR abonará la tasa por

alumbrado, barrido y limpieza (conservación de vía pública), contribución territorial

(impuesto inmobiliario) y todo otro impuesto, tasa o contribución nacional, provincial

y/o municipal que surgiera con posterioridad a la firma del contrato, el pago de

Aguas (SI EL INMUEBLE NO TIENE MEDIDOR) y todos los gastos de Expensas

Extraordinarias u otras que establezcan los Reglamentos de Copropiedad del

inmueble (SI SE TRATA DE UN INMUEBLE SUJETO A LA LEY 13.512 DE PROPIEDAD

HORIZONTAL).

QUINTA: ESTADO DEL INMUEBLE.- OBLIGACIONES DE LA LOCATARIA. - LA

LOCATARIA recibe el inmueble desocupado y en buen estado de aseo y

conservación, con todos sus vidrios, herrajes y llaves y demás accesorios,

obligándose a mantener el inmueble y a realizar por su exclusiva cuenta las repa-

raciones que exigiere el mismo, salvo que el deterioro provenga de caso fortuito,

fuerza mayor, calidad propia del inmueble, vicio de la cosa o del efecto natural del

uso o goce estipulado. (DE NO SER ASÍ EL ESTADO Y CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE,

DEBERÁ INCLUIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO CON MÁS EL CORRESPONDIENTE ANEXO:

“salvo las observaciones formuladas y documentadas en lista anexa que integra este contrato”.) A la

finalización del presente contrato, LA LOCATARIA reintegrará la tenencia del

inmueble a EL LOCADOR en buen estado de aseo y conservación, tal como lo

recibió, salvo el deterioro natural producido por el uso y el transcurso del tiempo.------

SEXTA: DESTINO DEL INMUEBLE.- LA LOCATARIA ocupará la propiedad con

destino a ************ (POR EJ. OFICINA ADMINISTRATIVA) del SERVICIO NACIONAL DE

SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con prohibición expresa de darle otro

destino.------------------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: PROHIBICIÓN DE LA LOCATARIA Queda expresamente prohibido a LA

LOCATARIA: a) Ceder, transferir total o parcialmente, subarrendar o dar en

comodato el inmueble locado; b) Introducir modificación de ninguna especie sin el

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consentimiento por escrito de EL LOCADOR; c) Realizar hechos o actos contrarios a

la moral y buenas costumbres.------------------------------------------------------------------------

OCTAVA: CONSERVACIÓN Y REPARACIONES.- LA LOCATARIA se

responsabiliza por la conservación de los artefactos y accesorios de la propiedad y

la reparación de los desperfectos menores provocados por su uso. LA LOCATARIA

dará inmediata cuenta a EL LOCADOR de cualquier desperfecto que sufriera la

propiedad, permitiendo a la misma o a sus representantes el libre acceso a cualquier

dependencia de la propiedad, cuando ésta juzgue necesaria su inspección, y

permitirá la ejecución de todo trabajo que sea necesario para su conservación o

mejora.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENA: REFORMAS Y/O MODIFICACIONES DEL INMUEBLE.- LA LOCATARIA

no podrá hacer modificaciones de ninguna naturaleza en la propiedad, sin el

consentimiento previo y por escrito de EL LOCADOR. Consecuentemente, LA

LOCATARIA -previa conformidad por escrito de EL LOCADOR- podrá efectuar en el

inmueble locado las modificaciones que considere convenientes para adaptarlo a

sus necesidades y funciones. A la fecha de la restitución del inmueble LA

LOCATARIA podrá entregar la propiedad: a) con las modificaciones efectuadas sin

derecho a reclamación monetaria alguna; b) retirando aquéllas que no han sido

incorporadas a la construcción; c) retirando las que hubieren sido incorporadas a la

construcción, retrotrayendo el estado del inmueble al inicio de la locación.---------------

DÉCIMA: OBLIGACIONES DEL LOCADOR.- SEGURO.- EL LOCADOR contratará

un seguro sobre el inmueble que cubra los riesgos de incendio, comprometiéndose a

presentar al LOCATARIO los comprobantes de pago por cada SEIS (6) meses de

vigencia del contrato. ------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA PRIMERA: EL LOCADOR estará obligado a entregar el inmueble en buen

estado de uso y conservación, a mantener a LA LOCATARIA en el uso y goce del

mismo por todo el tiempo de la locación, efectuando todos los actos necesarios a

esos fines, absteniéndose de impedir, aminorar o crear dificultades al uso y goce del

locatario. Asimismo, EL LOCADOR está obligado a mantener el inmueble en

perfecto estado de conservación, para lo cual deberá efectuar las reparaciones que

exigiere su deterioro, por caso fortuito o de fuerza mayor, o el que se causare por la

calidad propia del mismo, su vicio o defecto. Si, previa intimación por medio

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fehaciente, EL LOCADOR -en el término que se fijare-, no hiciere o retardare en

ejecutar las reparaciones o los trabajos que le incumben hacer en su carácter de

propietario, LA LOCATARIA queda autorizada a efectuar las mismas por cuenta y

orden de EL LOCADOR, reteniendo del canon mensual el importe correspondiente

al costo de las reparaciones realizadas, y en tal sentido las partes acuerdan por la

presente que LA LOCATARIA queda autorizada a deducir los importes respectivos

de los alquileres devengados y a devengarse, hasta su cancelación.----------------------

DÉCIMA SEGUNDA: SELLADOS DE LEY.- EL LOCADOR, de corresponder,

deberá tributar el sellado de ley que grava el presente contrato.-----------------------------

DÉCIMA TERCERA: ACCIDENTES EN LA PROPIEDAD.- EL LOCADOR no se

responsabiliza por los daños y perjuicios que pudieran producirle a LA LOCATARIA

y/o a las personas que trabajen o estén transitoriamente en el lugar por las

inundaciones, filtraciones y desprendimientos provenientes de roturas o

desperfectos de caños o techos, o cualquier otro accidente producido en la

propiedad.---------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA CUARTA: RESCISIÓN A FAVOR DEL LOCADOR.- Para el supuesto de

que LA LOCATARIA no cumpliere con las obligaciones a su cargo, EL LOCADOR,

previa intimación a LA LOCATARIA, podrá considerar este contrato rescindido de

pleno derecho, debiendo LA LOCATARIA restituir el inmueble libre de toda

ocupación dentro de los treinta días de comunicada la decisión.----------------------------

-------------------------------------------------

DÉCIMA QUINTA: RESCISIÓN A FAVOR DE LA LOCATARIA.- LA LOCATARIA

podrá rescindir unilateralmente en cualquier momento el presente contrato, sin que

ello genere derecho a EL LOCADOR a exigir indemnización alguna. La voluntad de

rescindir deberá ser comunicada por LA LOCATARIA fehacientemente a EL

LOCADOR con una anticipación mínima de TREINTA (30) días corridos a la fecha

en que reintegrará lo arrendado.----------------------------------------------------------------------

DÉCIMA SEXTA: DESOCUPACIÓN Y ENTREGA.- Al vencimiento del término del

contrato, y en su caso de la prórroga, EL LOCADOR otorgará a LA LOCATARIA un

plazo de QUINCE (15) días hábiles para que ésta proceda a la desocupación del

bien arrendado. Dicho plazo comenzará a regir a partir de la fecha en que EL

LOCADOR requiera fehacientemente la restitución del inmueble. Durante ese

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período LA LOCATARIA abonará en concepto de alquiler una suma directamente

proporcional a los días de ocupación, tomando como referente el canon locativo

abonado el mes inmediato anterior. A la finalización del presente contrato de

locación, las partes deberán suscribir el Acta de Desocupación en la cual dejarán

asentado, como mínimo las siguientes circunstancias: a) la entrega del inmueble por

LA LOCATARIA y su recepción de conformidad por EL LOCADOR, b) si quedan

facturas impagas por servicios a cargo de LA LOCATARIA, su fecha de vencimiento,

monto y la fecha en que se abonarán, c) la constancia de entrega a EL LOCADOR

de las facturas por servicios que se hubieran abonado por LA LOCATARIA durante

el desarrollo del contrato, d) para el supuesto que se hubieren introducido mejoras

en el inmueble por LA LOCATARIA, deberán detallarse las mismas y dejar

constancia de la fecha en que serán retiradas, o bien, dejarse constancia que el

inmueble se reintegra a EL LOCADOR con las mejoras realizadas.------------------------

DÉCIMA SÉPTIMA: MORA.- Queda convenido que la mora de LA LOCATARIA se

producirá por el mero vencimiento de los plazos, o por el mero incumplimiento de las

obligaciones que asume en virtud de lo dispuesto por el Código Civil y por este

contrato, sin que sea necesaria interpelación judicial o extrajudicial alguna.--------------

DÉCIMA OCTAVA: JURISDICCIÓN.- A todos los efectos del presente contrato, las

partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Federales del departamento

Judicial de ************, renunciando expresamente a cualquier otro fuero y/o

jurisdicción que pudiere corresponderles.----------------------------------------------

DÉCIMA NOVENA: DOMICILIOS.- Las partes constituyen los siguientes domicilios

especiales, en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales y

extrajudiciales y diligencias que deban practicarse, aunque los interesados no vivan

o no se encuentren en ellos: EL LOCADOR en la calle ************ Nº ****, de la

ciudad de ***********, Provincia de **************, y la LOCATARIA en el inmueble

locado, calle ********* Nº ****, de la ciudad de *********, Provincia de *************.-------

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un

solo efecto, en la ciudad de ************ a los ***** días del mes de ********** de 20**.--

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ANEXO III

ACTA DE CONSTANCIA DE LIBRE DEUDA Entre .............................................................................. en su carácter de LOCADOR del inmueble sito en .................................... de la Localidad de ................, Provincia de ……………………… y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) representado en este acto por ................................................. en su carácter de LOCATARIO del mismo, convienen en labrar el presente Acta, con la total conformidad de ambas partes, dejando constancia de: A) Los pagos de las últimas facturas por servicios imputables al LOCADOR: CONCEPTO FECHA AGUA: ALUMBRADO, BARRIDO Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA: RENTAS: En el caso que hubiera facturas pendientes de pago o alguna obligación incumplida total o parcialmente, se estipula que el LOCADOR tendrá un plazo de NOVENTA (90) días corridos para la regularización de las deudas. De haberse acogido o acogerse a una moratoria o plan de pago deberá presentar conjuntamente con la factura el comprobante de pago correspondiente, caso contrario SENASA podrá abonar dichas deudas descontando este monto del pago de los alquileres que se vayan devengando. En la Ciudad de ............................................................... a los ...................... días del mes de ............................................. de ................., se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

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ANEXO IV

ACTA INVENTARIO

Entre .............................................................................. en su carácter de LOCADOR del inmueble sito en .................................... de la Localidad de ................, Provincia de ……………………… y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) representado en este acto por ................................................. en su carácter de LOCATARIO del mismo, convienen en labrar el presente Acta INVENTARIO con la total conformidad de ambas partes, dejando constancia de la existencia de los bienes que se encuentran e integran el inmueble locado, según el siguiente detalle: 1.............. 2.............. 3.............. ETC Al momento de la desocupación del inmueble, los bienes detallados deberán ser reintegrados al LOCADOR en el mismo estado de conservación en que se encuentran a la fecha de la firma del presente, sin perjuicio del normal desgaste producido por su uso y transcurso el tiempo. Observaciones (Arreglos o mejoras a realizar por el adjudicatario): ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... ....................................................................................................................................... En la Ciudad de ............................................................... a los ...................... días del mes de ............................................. de ................., se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

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ANEXO V

ACTA DE ESTADO DEL INMUEBLE Y OCUPACION

Entre .............................................................................. en su carácter de LOCADOR del inmueble sito en .................................... de la Localidad de ................, Provincia de ……………………… y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) representado en este acto por ................................................. en su carácter de LOCATARIO del mismo, convienen en labrar el presente Acta de Estado de Inmueble y Ocupación con la total conformidad de ambas partes, dejando constancia de la existencia de los bienes que se encuentran e integran el inmueble locado, según el detalle del Anexo IV Acta Inventario del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió en la presente locación. Estado del Inmueble : (Si hubo Observaciones en el Anexo IV Acta Inventario) “Se ha cumplimentado a entera satisfacción de SENASA las mejoras observadas en el Anexo IV Acta Inventario” (Si no hubo Observaciones) “El Inmueble cumple con lo requerido” Se hace entrega en este acto de las llaves del inmueble objeto del contrato y de su posesión a total satisfacción del LOCATARIO. En la Ciudad de ............................................................... a los ...................... días del mes de ............................................. de ................., se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

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ANEXO VI

ACTA DE DESOCUPACION

Entre .............................................................................. en su carácter de LOCADOR del inmueble sito en .................................... de la Localidad de ................, Provincia de ……………………… y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) representado en este acto por ................................................. en su carácter de LOCATARIO del mismo, convienen en labrar el presente Acta, dando por concluido así el contrato de locación suscripto con fecha ............................. con la total conformidad de ambas partes y no teniendo nada más que reclamarse por ningún concepto, dejando expresa constancia de: A) Los pagos de las últimas facturas por servicios imputables al LOCATARIO:

CONCEPTO FECHA Gas Luz Teléfono Agua (en caso de corresponder) Expensas ordinarias (en caso de corresponder)

B) En el caso que hubiera facturas pendientes de pago o alguna obligación incumplida total o parcialmente, se estipula un plazo para su cumplimiento de ...... días hábiles administrativos a partir de la suscripción de la presente.

C) Se hace entrega en este acto (en caso de corresponder), a total satisfacción del

LOCADOR de los bienes muebles de su propiedad, según el siguiente detalle: …. D) En el caso que el LOCATARIO hubiera introducido mejoras en el inmueble, las que se

mencionan a continuación, éstas serán retiradas sin cargo para el LOCADOR si no consintió en su oportunidad que las mismas quedaran en el inmueble al finalizar el contrato, en un plazo de ............ días hábiles administrativos a partir de la suscripción de la presente.

En la Ciudad de ................................................................................. a los ...................... días del mes de ....................................... de ................., se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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LICITACION PUBLICA

ENTRE RIOS 12066/2015 Expediente:

PLIEGO SIN VALOR Costo del pliego:

DE ETAPA UNICA NACIONAL Clase:

2015 Ejercicio: 29 Nro

SIN MODALIDAD Modalidad:

ESPECIFICACIONES

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

ALQUILER Rubro comercial:

LOCACIÓN DE UN INMUEBLE PARA LA SEDE DE LA OFICINA LOCAL CHAJARI DEL CENTRO REGIONAL ENTRE RIOS, POR EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO (24) MESES

Objeto de la contratación:

PRESENTACIÓN DE OFERTAS

COORDINACION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES AV. PASEO COLON 367 PISO 7 CONTRAFRENTE C.A.B.A. CAPITAL FEDERAL - CIUDAD DE BUENOS AIRES

HASTA LAS 11:00 HORAS DEL DIA 22/07/2015 EN EL HORARIO DE 10:00 A 13:00 Y DE 14:00 A 16:00 HORAS

ACTO DE APERTURA

COORDINACION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES AV. PASEO COLON 367 PISO 7 CONTRAFRENTE C.A.B.A. CAPITAL FEDERAL - CIUDAD DE BUENOS AIRES

22 de Julio de 2015 a las 12:00 horas

SERVICIO NAC. SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Nombre del organismo contratante

Renglón Cantidad U. Medida Descripción Cód. Catálogo

ALQ. DE VIVIENDA; ALQUILER DE VIVIENDA -. 24,000000 MES 1 321-01419-0009

Recepción de Ofertas hasta el 22 de Julio de 2015 a las 11:00 horas

Muestra

NO

Tipo:

Lugar/Dirección Plazo y Horario

Lugar/Dirección Día y Hora

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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CLÁUSULAS PARTICULARES

Conformada la recepción definitiva, el pago se realizará del uno al diez de cada mes, por mes vencido, mediante sistema CUT. Entre el día 15 y 20 de cada mes el Locador deberá presentar la factura o r

Forma de pago:

60 días corridos PRORROGABLE POR UN LAPSO IGUAL AL INICIAL Y ASI SUCESIVAMENTE.

Plazo de mantenimiento de la oferta:

El plazo de duración del contrato de locación será de VEINTICUATRO (24) MESES, contados desde la fecha que se estipule en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación debidamente suscripto por ambas p

Plazo:

DELEGACION PARANA ESPAÑA 102 PARANA PROVINCIA DE ENTRE RIOS

Lugar:

PESOS

Moneda de cotización:

Plazo y lugar de entrega único

NO Opción a Prórroga:

VER CLAUSULAS PARTICULARES EN ANEXO ADJUNTO EN FORMATO DE WORD.

Observaciones: