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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS TÉCNICOS _______________________________________________________________________________ Sección de Edificios Municipales e ITE. Departamento de Servicios Técnicos. Junta Municipal de Distrito de Chamberí Tlf. 91 588 67 03 Email: [email protected] Fecha: 23 mayo 2.013 Expediente: 300/2012/01309 Asunto: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE INTRUSIÓN Y SERVICIO DE RONDAS DE LOS EDIFICIOS DEPENDIENTES DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ A. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de mantenimiento técnico de los sistemas y equipos electrónicos de seguridad existentes en los edificios adscritos a la Junta Municipal de Chamberí. El servicio anterior comprende el conjunto de trabajos de conservación necesarios para mantener en cada edificio los sistemas y equipos electrónicos de seguridad en condiciones de uso durante su período de vida útil, en los términos y condiciones que se detallan en el presente Pliego, garantizando así su conservación y óptimo rendimiento. El objeto del contrato incluirá también, en relación con los edificios relacionados en el punto 1.1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas: - La conexión bidireccional de las instalaciones a Central Receptora de Alarmas. - La custodia de llaves. - La implantación del Servicio de atención de alarmas (ACUDA) ilimitado ante posibles saltos de alarmas en cualquiera de estos edificios. - El SERVICIO DE RONDAS de vigilancia diaria, todos los días del año, incluidos festivos, en el exterior de todos los edificios, con la dotación de un vigilante de seguridad sin arma y un vehículo turismo de la empresa. Para la prestación del servicio de Conexión a Central Receptora de Alarmas y Servicio de Acuda, la empresa prestadora del servicio deberá estar inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad que se lleva en el Ministerio del Interior, de conformidad con el artículo 7.4 de Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada. Además, la empresa que preste el servicio de mantenimiento de los equipos técnicos de seguridad conectados a centrales de alarma, o que pudieran ser conectados a estas, también estará inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad que se lleva en el Ministerio del Interior, de acuerdo a la disposición adicional sexta de dicha ley El número de aparatos e instalaciones a mantener son los que figuran en el Anexo I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

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Fecha: 23 mayo 2.013 Expediente: 300/2012/01309 Asunto: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE INTRUSIÓN Y SERVICIO DE RONDAS DE LOS EDIFICIOS DEPENDIENTES DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ A. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de mantenimiento técnico de los sistemas y equipos electrónicos de seguridad existentes en los edificios adscritos a la Junta Municipal de Chamberí. El servicio anterior comprende el conjunto de trabajos de conservación necesarios para mantener en cada edificio los sistemas y equipos electrónicos de seguridad en condiciones de uso durante su período de vida útil, en los términos y condiciones que se detallan en el presente Pliego, garantizando así su conservación y óptimo rendimiento. El objeto del contrato incluirá también, en relación con los edificios relacionados en el punto 1.1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas:

- La conexión bidireccional de las instalaciones a Central Receptora de Alarmas. - La custodia de llaves. - La implantación del Servicio de atención de alarmas (ACUDA) ilimitado ante

posibles saltos de alarmas en cualquiera de estos edificios. - El SERVICIO DE RONDAS de vigilancia diaria, todos los días del año, incluidos

festivos, en el exterior de todos los edificios, con la dotación de un vigilante de seguridad sin arma y un vehículo turismo de la empresa.

Para la prestación del servicio de Conexión a Central Receptora de Alarmas y Servicio de Acuda, la empresa prestadora del servicio deberá estar inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad que se lleva en el Ministerio del Interior, de conformidad con el artículo 7.4 de Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada. Además, la empresa que preste el servicio de mantenimiento de los equipos técnicos de seguridad conectados a centrales de alarma, o que pudieran ser conectados a estas, también estará inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad que se lleva en el Ministerio del Interior, de acuerdo a la disposición adicional sexta de dicha ley El número de aparatos e instalaciones a mantener son los que figuran en el Anexo I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

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1. Edificios objeto del contrato. Las diferentes instalaciones mencionadas anteriormente se ubican en: EMPLAZAMIENTO USO DEPENDENCIA Pl. Chamberí 4 Oficinas Sede Junta Municipal Distrito C/ Rafael Calvo 8 Oficinas Centro Apoyo Familia C/ Raimundo Fdez. Villaverde 2 Centro Cultural Centro Juvenil Avda. Reina Victoria 7 Oficinas Línea Madrid – Oficina Atención al

Ciudadano C/ Galileo 39 Centro Cultural Centro Cultural Galileo C/ Fernando el Católico 16 Escuela Infantil E. I. Fernando el Católico Callejón Pontevedra Oficinas Centro de Servicios Sociales Avda. Filipinas 5 Docente C.P. Asunción Rincón B. SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD 1.2 Sistemas y equipamiento objeto del contrato. Los sistemas se engloban dentro de los siguientes bloques: Subsistema de intrusión Subsistema de control de accesos Subsistema de CCTV Subsistema de red de datos dedicada Subsistema de Gestión-centralización Subsistema de control de paquetería y correspondencia y detección de metales. El equipamiento figura detallado en el Anexo I de este Pliego. 1.3 Visita previa a las instalaciones y aceptación de los sistemas actuales Los licitadores deberán conocer el estado de las instalaciones y de los sistemas objeto de contratación por lo que deberán realizar una visita previa a los edificios antes de redactar su oferta. Deberán presentar en el sobre A (Documentación administrativa) el correspondiente certificado de visita de las instalaciones, para lo cual solicitarán al Secretario del Distrito de Chamberí autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del contrato, siempre que no interfieran en su normal funcionamiento. El adjudicatario aceptará los sistemas de seguridad existentes en el edificio, con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones en que se encuentren en la fecha de la presente licitación, independientemente del estado en que se encuentren.

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1.4 Responsables. El responsable del contrato será la persona designada por el Órgano promotor del mismo. Le corresponderá velar por el cumplimiento de las prestaciones objeto del contrato. El Órgano promotor será el encargado de coordinar todos los aspectos administrativos del contrato así como de dar la conformidad a las facturas del mismo. El SEGSEIN será el responsable técnico del expediente por tener atribuida, entre otras, la responsabilidad de la seguridad de los ficheros de carácter personal a los que afectan los sistemas objeto de este contrato. Por lo tanto sus funciones en este contrato serán con carácter general las derivadas de la dirección técnica en la correcta realización de los trabajos y de forma particular garantizar la adecuada compatibilidad de los trabajos con la seguridad y disponibilidad de los ficheros en virtud de la ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 2. DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Todas las operaciones que se realicen como consecuencia de esta contratación deberán atenerse a lo previsto en el Código de Buenas Prácticas Ambientales en Contratación aprobado en Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid del 4 de diciembre de 2008 sobre aquellos aspectos recogidos en el presente Pliego que se vean afectados por dicha normativa. Los servicios a desarrollar se engloban en los siguientes tipos de mantenimiento:

• Preventivo (6 visitas) • Correctivo (mano obra + piezas) • Técnico-Legal • Adaptativo

2.1 Mantenimiento preventivo de las instalaciones. Se entiende por mantenimiento preventivo el conjunto de trabajos de entretenimiento, llevados a cabo de forma periódica, consistentes en la inspección de los sistemas, equipos e instalaciones de seguridad, reposición de elementos agotados o defectuosos, sustituciones de productos o piezas consumidas o desgastadas en su normal funcionamiento, operaciones de limpieza necesarias para hacer operativos los elementos de campo expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal y la generación de informes para el Servicio de Gestión de Seguridad de Edificios e Instalaciones. De forma especial, y para el caso de existir cámaras se prestará especial atención a la limpieza de todas las carcasas de las mismas, comprobando que las imágenes captadas por los monitores no se vean alterada por ese motivo. Quedarán incluidas en este mantenimiento todas y cada una de las acciones encaminadas a lograr la plena integración de todos los elementos del sistema, garantizando así el buen funcionamiento y la seguridad global de todo el conjunto de forma adecuada.

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El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos e instalaciones de los sistemas y equipos de seguridad del edificio, siguiendo las frecuencias indicadas en el plan básico de actuaciones y frecuencias que se expone seguidamente. No es objeto de este contrato el mantenimiento de las instalaciones del sistema contra incendios del edificio. 2.1.1 Plan básico de actuaciones y frecuencia del mantenimiento preventivo. Se realizarán seis visitas preventivas anuales en las que realizaran los trabajos que se describen a continuación: Subsistema de intrusión: Comprobar la correcta orientación de los detectores Limpieza de detectores y demás elementos de detección Verificar que todos los elementos están correctamente instalados Verificar voltaje Comprobar que todos los elementos funcionan correctamente Verificación de fuentes de alimentación: signos de sobrecalentamiento Verificar la existencia de algún daño sobre los elementos Comprobar que el Sistema arma y desarma correctamente Comprobar que el Sistema transmite correctamente a CRA todas las zonas Comprobar el correcto funcionamiento de las baterías Comprobación de equipos de gestión Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas. Subsistema de control de accesos: Limpieza de lectores de acceso y presencia Comprobación que todos los elementos están conectados correctamente Verificar que todos los elementos están correctamente instalados Verificar voltaje de las cerraduras Comprobación de los contactos magnéticos Comprobación de la distancia de lectura de los lectores de proximidad Comprobar el correcto funcionamiento de las baterías Verificación de fuentes de alimentación: signos de sobrecalentamiento Verificar el funcionamiento de las distintas opciones de fichaje Comprobación de la infraestructura de comunicaciones del sistema Comprobación de autorizaciones en base de datos Comprobación de interrelación con central de incidencias (evacuación) y elementos de evacuación (pulsadores de emergencia) Comprobación de elementos de bloqueo (cerraderos eléctricos, electroventosas) Comprobación de ajustes de elementos de paso peatonales Revisión de mecanismo de automatización de los tornos de accesos Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas Comprobación de equipos de gestión y cuadro eléctrico (automáticos, magnéticos)

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Verificar la existencia de algún daño sobre los elementos Subsistema de CCTV: Limpieza y reajuste de ópticas Comprobación del buen estado de la telemetría Comprobación del nivel de video en concentradores de señales. Comprobación de funcionalidad de termostatos en carcasas exteriores y ventiladores Comprobación de niveles correctos de luminosidad Limpieza de cristales de carcasa exteriores/interiores Comprobar que todos los elementos están conectados correctamente Verificar voltaje de las cámaras Verificar el correcto enfoque las ópticas Comprobar el correcto funcionamiento de los equipos de grabación Comprobar la correcta programación de los equipos de grabación Comprobar que los equipos de grabación transmiten correctamente Comprobación de equipos de gestión y grabación. Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas Comprobación de los modos de grabación (24 h., por eventos) y su correcta aplicación en las cámaras Subsistema de red de datos dedicada: Comprobación de la cobertura y del correcto funcionamiento de los puntos de acceso Comprobación de la electrónica de red. Certificación de puntos de red. Subsistema de gestión/centralización: Comprobación de espacios en servidores. Comprobación de funcionamiento de puestos de operador Comprobación de software, interrelación de subsistemas y actuaciones automáticas Comprobación del correcto etiquetado de latiguillos y conexiones. Comprobación del peinado y adecuado orden de latiguillos y conexiones en racks.+ Subsistema de control de paquetería y correspondencia y detección de metales: Detallado en el Anexo II. 2.1.2 Revisión de elementos descatalogados. En cada revisión por mantenimiento preventivo, el adjudicatario comprobará que todos los equipos y elementos instalados, aun funcionando perfectamente, siguen dentro de los catálogos de los fabricantes. En el caso de que sí hubiese equipos descatalogados, el adjudicatario propondrá al SEGSEIN elementos de sustitución por si durante la vida del contrato fuese necesaria la sustitución de ese material descatalogado. A fin de determinar el equipo adecuado, el adjudicatario presentará un equipo similar al descatalogado para pruebas y verificación de calidad con su hoja de catalogo correspondiente y lo pondrá a

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disposición del SEGSEIN durante 15 días al objeto de que desde ese Servicio se proporcioné la conformidad precisa. 2.1.3 documentación de las intervenciones por Mantenimientos preventivos. Las operaciones de Mantenimiento Preventivo llevadas a cabo se recogerán de forma acumulativa durante la vida del contrato en un documento técnico que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados:

• Estadillo-registro de las inspecciones. • Archivo de Inspecciones

Asimismo, por cada intervención de Mantenimiento Preventivo, la empresa adjudicataria emitirá informe técnico sobre el desarrollo de la Inspección, que será remitido al SEGSEIN para su conocimiento y evaluación, con copia al Órgano Promotor 2.2 Mantenimiento correctivo de las instalaciones Se entiende por mantenimiento correctivo el conjunto de operaciones que haya que realizar como consecuencia de averías sobrevenidas o detectadas durante las revisiones preventivas de los equipos e instalaciones, para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento preventivo. Después de que la avería haya quedado subsanada, la Empresa adjudicataria llevará a cabo las acciones necesarias para lograr la plena integración de todos los elementos del sistema, garantizando así el buen funcionamiento y la seguridad global de todo el conjunto de forma adecuada. Queda incluido en este mantenimiento correctivo, toda la mano de obra y desplazamientos necesarios. 2.2.1 Materiales y piezas necesarias en reparaciones. Cuando el estado de un elemento averiado no admita ya reparación, se procederá a su sustitución por uno de igual marca y modelo. Cuando el material a sustituir no sea el mismo en marca y modelo que el existente en la instalación, se utilizarán equipos conformados por el SEGSEIN, según lo indicado en el apartado correspondiente del mantenimiento preventivo del presente pliego (“Revisión de elementos descatalogados”). El adjudicatario no es libre de imponer ni de instalar ningún material o elemento que, previamente, no haya sido conformado por el SEGSEIN, cuyo criterio prevalecerá en la elección del material. Quedará incluido en este contrato todo el material y las piezas cuyo coste individual no supere el límite de 1.000 euros. Todo material o piezas necesarias, con coste individual superior al límite anterior será objeto de adquisición independiente por el Órgano promotor de forma separada a este contrato.

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Si el SEGSEIN lo considera oportuno, podrá solicitar presupuestos alternativos a los presentados por el adjudicatario para constatar que los precios transmitidos se corresponden a la realidad del mercado. A este fin, los precios utilizados deberán ser los habituales de venta al público. Si se observara mala fe del adjudicatario en la presentación de los presupuestos relativos a estas tareas o suministros para eludir su obligación contractual, el Órgano Promotor a propuesta del SEGSEIN, podrá imponer las sanciones previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 212.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). El Órgano promotor a propuesta del SEGSEIN se reserva el derecho de recuperar para el Patrimonio Municipal, aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual indicará al adjudicatario el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible. Se valorará el posible aumento del límite anterior por parte del adjudicatario. 2.2.2 Stock de Materiales. El adjudicatario estará obligado a mantener el stock de materiales que se relaciona a continuación, con el fin de garantizar la continuidad del servicio

EQUIPOS UNIDADES DOMO VARIFOCAL COLOR 3 BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 3 CONTROLADOR CPU AS/3 LAN-I VER 1.2 3 DETECTOR VOLUMETRICO DOBLE TECNOLOGÍA. REF.: 7235 TCE 6 DETECTOR VOLUMETRICO VIA RADIO IR8M 6

2.2.3. Documentación de las intervenciones derivadas el mantenimiento correctivo. Las operaciones de Mantenimiento Correctivo llevadas a cabo se recogerán de forma acumulativa durante la vida del contrato, en un documento técnico que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados:

• Partes de averías. • Estadillo-registro de averías. • Archivo de partes de averías.

Asimismo, por cada intervención de Mantenimiento Correctivo, la empresa adjudicataria emitirá informe técnico sobre las causas de la incidencia y labores realizadas para su resolución, que será remitido al SEGSEIN para su evaluación, con copia al Órgano Promotor.

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2.3. Operaciones de Mantenimiento Técnico-Legal. De acuerdo con las Reglamentaciones Oficiales vigentes que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, la Empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos Reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local. Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizadas por la Empresa adjudicataria o Empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar al SEGSEIN con copia al Órgano promotor, la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios. 2.4. Mantenimiento adaptativo de las instalaciones. Se valorará como mejora que la empresa adjudicataria ofrezca el mantenimiento adaptativo de los equipos y sistemas de seguridad objeto de este contrato. Se considerará como mantenimiento adaptativo, todas las acciones necesarias para adaptar los equipos y sistemas de seguridad a nuevas situaciones estructurales que se puedan producir en los edificios durante la vida del contrato, derivadas principalmente de variaciones y ajustes organizativos y funcionales. En este caso estaría la reestructuración de los espacios físicos disponibles que puedan conllevar desmontaje, traslado y reinstalación de equipos a nuevas situaciones. En este tipo de mantenimiento quedará incluida toda la mano de obra precisa así como todos los desplazamientos necesarios. También quedará incluido el material y/o fungibles necesarios hasta un límite de 2.000,00 euros por intervención. Todo material necesario, con coste superior al límite anterior será objeto de adquisición por el Órgano promotor de forma separada a este contrato. 2.4.1 Documentación de las intervenciones por mantenimientos adaptativos. Las operaciones de mantenimiento adaptativo llevadas a cabo se recogerán de forma acumulativa durante la vida del contrato en un documento técnico que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados:

• Alcance de la intervención • Estadillo-registro de las intervenciones. Que incluya como mínimo: • Alcance de la intervención • Listado de materiales

Asimismo, por cada intervención de mantenimiento adaptativo, la empresa adjudicataria emitirá informe técnico sobre el desarrollo de la misma, que será remitido al SEGSEIN para su conocimiento y evaluación, con copia al Órgano promotor.

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3. GESTIÓN DE LAS INCIDENCIAS El procedimiento para gestionar las incidencias que pudiesen surgir sobre el funcionamiento de los sistemas y equipos objeto de este contrato, se ajustará a lo indicado seguidamente. 3.1 Canales y horarios de atención La recepción de averías, así como la atención a las mismas se efectuará de Lunes a Viernes laborables de 8:00 a 17:00. Se valorará la ampliación del horario anterior hasta 24x7 (24 horas todos los días de la semana) El adjudicatario proporcionará al menos los dos canales siguientes a través de los cuales se les harán llegar las incidencias:

• Un teléfono de atención. Será un número de teléfono fijo cuyo coste para el AYUNTAMIENTO DE MADRID sea el de una llamada metropolitana. El teléfono facilitado no podrá ser atendido por contestadores automáticos o similares, siendo necesario la atención personalizada.

• Una cuenta de correo electrónico. Además el adjudicatario pondrá a disposición del SEGSEIN y del Órgano promotor un servicio de acceso Web debidamente securizado con acceso por usuario y contraseña, donde esté siempre disponible toda la información objeto de este contrato, y en particular:

• Estado de las incidencias. • Histórico de las incidencias cerradas en el mantenimiento correctivo. • Histórico de las revisiones realizadas en el mantenimiento preventivo

En el estado de las incidencias, se hará constar para cada una de ellas su seguimiento temporal, indicando momentos de apertura, cierre y tiempos de respuesta y resolución para cada una de ellas. 3.2 Tipos de incidencias En función del tipo de problema detectado por parte de los Técnicos del SEGSEIN se generarán dos tipos de incidencias:

• Incidencias urgentes, para aquellas situaciones que pueden paralizar la normal utilización del edificio, o pueden representar graves riesgos para las personas o las cosas.

• Incidencias no urgentes, para aquellas situaciones que, aún no paralizando la utilización del edificio, sí impiden el normal funcionamiento del mismo, o pueden motivar posteriores daños, en caso de demorar su reparación.

3.3 Tiempos máximos de respuesta y resolución Cada tipo de incidencia anterior llevará asociada los siguientes tiempos de subsanación:

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• Tiempo de respuesta. Es el tiempo necesario para personarse en el edificio afectado y analizar la incidencia. Un encargado o persona cualificada del adjudicatario, evaluará el daño y comenzará la actuación. Este tiempo de respuesta será de 4 horas para avisos urgentes y 24 horas para el resto.

• Tiempo de reparación. Es el tiempo necesario para restituir el elemento o instalación afectada a su estado inicial. Este tiempo de reparación será de 24 horas en el caso de avisos urgentes y 7 días para el resto.

A efectos de cómputos de tiempos, los de incidencias urgentes contabilizaran como continuados, y lo de incidencias no urgentes solo contabilizaran en los periodos en que coincidan con el horario de atención. 4. INICIO Y FIN DE LA ACTIVIDAD Una vez formalizado el contrato, se procederá a levantar acta de inicio de actividad, en el que se recogerá la vía de comunicación para la ejecución del contrato, teléfono de atención, modelos de parte de trabajo, acceso al servicio Web y direcciones de correo electrónico para el flujo de la información necesaria para la ejecución del contrato. En el plazo máximo de un mes a partir de la formalización del contrato el adjudicatario elaborará un documento técnico, en el que se contemplen todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados, que serán aprobados por el SEGSEIN:

• Libro de protocolo de inspección del Mantenimiento Preventivo. • Programa de inspecciones del Mantenimiento Preventivo. • Estadillo-registro de las inspecciones.

Así mismo, y para el caso de existir cámaras de CCTV en el exterior de los edificios objeto de este contrato, el adjudicatario entregará dentro del primer mes del contrato un fichero *.kmz, que permita su ejecución en Google Maps, al objeto de representar las posiciones de las cámaras sobre su lugar geográfico en el mapa. En el plazo máximo de cinco días laborables antes de la finalización del contrato el adjudicatario entregará un informe final que contenga, al menos, los siguientes extremos:

• Un documento del estado en el que se encuentran todas las instalaciones y sus componentes, señalando las deficiencias observadas. y las discrepancias con corrección diferida, si las hubiera.

• Relación de informes y certificados entregados, con indicación de la fecha de presentación. Entrega en formato electrónico de todos los informes y certificados.

• Originales de la documentación conforme a la normativa reguladora del sector y situación en la que se encuentran las instalaciones respecto a la planificación de los correspondientes programas de mantenimiento.

• Actualización del inventario del Anexo I de este Pliego. • Fichero *.kmz para Google Maps, con la situación actualizada de las cámaras CCTV.

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Todos los informes serán entregados al SEGSEIN en soporte papel e informático, conforme a las directrices que en su momento determine y por lo canales establecidos. Al finalizar el contrato, el adjudicatario procederá a eliminar del servicio Web todos los datos relacionados con este contrato. 5. MEDIOS PERSONALES El adjudicatario deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrá de contar, con los medios personales suficientes en plantilla. Dentro de la prestación del servicio de mantenimiento técnico de las instalaciones objeto del contrato, se considera como personal necesario para su realización, el siguiente: 5.1 Responsable del servicio Será el interlocutor válido ante el SEGSEIN y el Órgano promotor y deberá estar disponible telefónicamente en el horario de atención de solicitado para este contrato. Coordinará los procedimientos y métodos de actuación con miras a conseguir una optimización del servicio. Dirigirá las labores de Ingeniería de Mantenimiento y de la ejecución del Servicio (organización de recursos, supervisión, informes, etc.), realizando visitas periódicas a las instalaciones según las necesidades del servicio. 5.2 Equipos de trabajo El mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones se realizará con personal especializado que realizará visitas periódicas programadas de mantenimiento preventivo para cumplir el Plan de Mantenimiento Preventivo especificado, y atenderá los avisos de avería que se puedan producir. El adjudicatario deberá dedicar al contrato un mínimo de dos técnicos de mantenimiento que estén en posesión de Carné de Instalador o titulación equivalente, debiendo acreditar su disponibilidad en la documentación de licitación tal y como se recoge en el PCAP. En ningún caso la relación que surja como consecuencia de la prestación del presente servicio entre el Ayuntamiento y el contratista tendrá carácter laboral, siendo competente de cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto del cumplimiento, interpretación y efectos del contrato, los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Madrid, a los que ambas partes se someten con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato de asistencia y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso

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tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. 6. MEDIOS MATERIALES El adjudicatario dispondrá de los medios técnicos necesarios, tales como andamiajes, equipos de elevación, equipos especiales, sistemas de comunicación, furgonetas, etc., así como las herramientas precisas para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, por medio de su personal propio. El adjudicatario se obliga a garantizar mediante sus propios medios, lo estipulado en el articulo 40.2 del RD 2364/1994 de 9 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE 10 de enero de 1995) para los dispositivos exteriores que establece: “Los dispositivos exteriores, tales como cajas de avisadores acústicos u ópticos, deberán incorporar el teléfono de contacto desde el que se pueda adoptar la decisión adecuada, y el nombre y teléfono de la empresa que realice su mantenimiento”. 7. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria,

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al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo. El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias. El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.

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6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. 10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. C. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE CONEXIÓN A CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS Cuando se produzca una alarma, las centrales deberán proceder de inmediato a su verificación, utilizando, para que esta sea válida los procedimientos técnicos o humanos pertinentes de acuerdo con las características técnicas de los sistemas de alarma instalados y de los demás servicios de seguridad contratados (acuda, custodia de llaves). Una vez llevada a cabo dicha comprobación, requerirá en nombre de la J.M.D. Chamberí, la intervención de la Policía Nacional, Municipal, Bomberos, o cualquier otro tipo de servicio

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público o privado, siempre que este último haya sido previamente contratado con la J.M.D. Chamberí. El servicio se prestará en conformidad con los capítulos II y III, relativos a la verificación y comunicación de alarmas, de la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada. D. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ACUDA Cada vez que se reciba una señal de alarma procedente de la instalación, personal de la empresa adjudicataria se personará en las instalaciones para realizar las comprobaciones oportunas, verificando el posible origen de la alarma y facilitando, en su caso, a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, información sobre la posible comisión de hechos delictivos, limitando la inspección al exterior del inmueble. Cada actuación dará origen a un informe que será entregado en la J.M.D. Chamberí. En caso de emergencia de alto riesgo o circunstancias especiales la empresa adjudicataria localizará de forma inmediata a las personas designadas por la J.M.D. Chamberí, notificándoles la situación. E. CUSTODIA DE LLAVES La empresa adjudicataria se hará cargo de un juego de llaves de los edificios objetos del contrato, siendo estas depositadas en un sobre precintado en la sede de dicha empresa. Cuando la verificación técnica o humana confirme la realidad de una alarma, la empresa adjudicataria desplazará el servicio de custodia de llaves para facilitar, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el acceso al inmueble protegido. F. SERVICIO DE RONDAS DE VIGILANCIA El servicio de vigilancia y seguridad a establecer, tendrá carácter eminentemente preventivo y sus objetivos principales serán los siguientes:

- Vigilancia y protección de los bienes muebles e inmuebles encomendados. - Vigilancia y patrullaje periódico de exteriores, haciendo recorridos totales por rutas

establecidas.

- Durante las rondas periódicas se prestará especial atención al estado aparente de las instalaciones, actuando de forma consecuente, ante anomalías detectadas, intentando en todo caso reducir los riesgos que pudieran producirse y avisar de forma inmediata a las personas que corresponda en cada caso. Igualmente durante las rondas se impedirá:

o La mendicidad y el vagabundeo. o Actos de vandalismo, pintadas, etc. o Actos contra la moral y la salud pública. o Manipulación y mal uso de las instalaciones.

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- Custodia y control de llaves de aquellos edificios que se acuerden, con apertura y cierre de los accesos en las horas previstas y entrega de esas llaves a las personas autorizadas y que así se determinen.

- Atención a las señales de alarma de los sistemas existentes en los edificios,

actuando en consecuencia.

- Actuaciones ante situaciones de emergencia y/o evacuación, coordinando las acciones con los planes respectivos existentes y manipulando de inmediato los dispositivos correspondientes.

- Realizar las maniobras necesarias para facilitar la evacuación de personas atrapadas

en los diferentes lugares y dependencias.

- Lucha contra el fuego en primera intervención.

- Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones y poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los efectos y pruebas de los delitos.

- Colaborar en todo momento con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de

acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes.

DOTACIÓN Y HORARIO 1 vigilante de seguridad sin arma. 1 vehículo turismo empresa rotulado. La prestación del servicio de rondas se realizará en la franja horaria comprendida entre las 23 h. y las 6:00 am. El recorrido a realizar será variable y aleatorio por razones de seguridad y deberá ser aprobado por los servicios técnicos del distrito de Chamberí. Estas rondas serán de la siguiente manera: 1 ronda diaria por cada edificio, todos los días del año, incluidos festivos, en el exterior de todos los edificios. REFUERZOS Y AMPLIACIONES DEL SERVICIO La empresa adjudicataria dispondrá de una plantilla en reserva de Vigilantes de Seguridad que se incorporarán al servicio en los casos de necesidad ante incidencias que pudieran ser detectadas en los edificios adscritos a la J.M.D. Chamberí. MEDIOS HUMANOS El personal asignado al servicio, dispondrá de la formación y entrenamiento adecuado para el buen funcionamiento del mismo.

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En cualquier caso, el personal asignado al servicio, tendrá realizados los cursos de primeros auxilios, lucha y defensa contra incendios. En ningún caso la relación que surja como consecuencia de la prestación del presente servicio entre el Ayuntamiento y el contratista tendrá carácter laboral, siendo competente de cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto del cumplimiento, interpretación y efectos del contrato, los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Madrid, a los que ambas partes se someten con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato de asistencia y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. MEDIOS TÉCNICOS Comunicaciones El personal dispondrá de teléfono móvil con localizador para su seguridad personal, más una emisora fija para la comunicación con su Base. La empresa adjudicataria dispondrá de autorización para la utilización de frecuencias en el municipio de Madrid. El personal comunicará novedades de forma programada, al Centro de Control de la empresa adjudicataria o cuando se produzcan incidencias que deban ser apoyadas por la gestión y los medios de ese Centro. Linternas Se asignarán al servicio, linternas de largo alcance recargables a red, en número suficiente como para permitir el desarrollo de las funciones nocturnas del servicio, así como otras circunstancias que pudieran producirse. Control de Rondas Para constatar el trabajo del personal que realiza las rondas de vigilancia se utilizará un sistema de control de rondas, mediante la utilización de unidades de adquisición de datos, que al pasarse por puntos de control ubicados en lugares estratégicos, permite conocer si el vigilante completó su recorrido y a qué hora lo realizó. Al final de la

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jornada, el aparato es conectado a una unidad de transferencia de datos y esta los manda a la impresora o al PC. Centro de Control La empresa adjudicataria dispondrá de un servicio de atención a los clientes, las 24 horas continuadas todos los días del año, mediante un Centro de Control, este dispondrá de emisora vía radio con enlace en el área de Madrid con los equipos móviles de vehículos y en algunos casos, equipos portátiles de los servicios. Desde este Centro de Control se coordinarán las actuaciones que se precisen. Vehículos Se asignarán al servicio un vehículo turismo tipo medio, con rotulación y distintivos de seguridad y dotados de: - Un extintor de polvo seco polivalente. - Un botiquín de primeros auxilios. - Balizadores de señalización vial. - Faro halógeno de largo alcance direccionable.

PARTE DE SERVICIO Cada vigilante de seguridad cumplimentará en cada turno un Parte de Servicio, donde reflejará las actuaciones e incidencias que pudieran producirse. Los partes se entregarán diariamente a la persona designada para su comprobación y cotejo, realizándose un resumen de los incidentes o actuaciones significativas que hubieran podido producirse. En cualquier caso, los incidentes dignos de ser resaltados se comunicarán de forma inmediata a la persona que la J.M.D. designe. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS El Plan Operativo del Servicio, será detallado en un Manual de Procedimientos que realizará la empresa adjudicataria una vez estudiado cada edificio y sus características. Este Manual recogerá las instrucciones y particularidades del servicio de acuerdo con la información que facilite la J.M.D. Chamberí.

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ANEXO I. DESCRIPCION DEL EQUIPAMIENTO Los elementos a mantener en edificios y subsistemas, objeto de la presente contratación son los enumerados a continuación: 1. CENTRO DE APOYO A LA FAMILIA (C/ Rafael Calvo 8) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 12, O VR. REF.: AD-VISTA-12D 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 DETECTOR VOLUMETRICO VIA RADIO IR8M 3 RECEPTOR VÍA RADIO SUPERVISADO SERIE 868.25MHz 5882EUHS 1 SIRENA BITONAL INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 2. CENTRO JUVENIL (C/ Raimundo Fdez. Villaverde 2) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 12, O VR. REF.: AD-VISTA-12D 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 DETECTOR VOLUMETRICO VIA RADIO AD-5888H 9 RECEPTOR VÍA RADIO SUPERVISADO SERIE 868.95MHz 5882EUH 1 SIRENA BITONAL INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 3. OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (Avda. Reina Vi ctoria 7) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 12, O VR. REF.: AD-VISTA-12D 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 DETECTOR VOLUMETRICO VIA RADIO IR8M 6 RECEPTOR VÍA RADIO SUPERVISADO SERIE 868.25MHz 5882EUHS 1 SIRENA BITONAL INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 TRANSMISOR HILMON GSM/GPRS 1 4. ESCUELA INFANTIL C.E.I.P. (C/ Fernando el Católi co 16) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 48DT, REF.: AD-VISTA-48 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL 1

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SECURITY BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 EXPANSOR CABLEADO 8 ZONAS. REF.: 4219 1 DETECTOR VOLUMETRICO DOBLE TECNOLOGÍA. REF.: 7235 TCE 10 SIRENA INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 5. CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES (Callejón de Pontev edra, s/n) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 12, O VR. REF.: AD-VISTA-12 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 DETECTOR VOLUMETRICO DOBLE TECNOLOGÍA. REF.: 7235 TCE 4 SIRENA INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 TRANSMISOR HILMON GSM/GPRS 1 6. COLEGIO PÚBLICO ASUNCIÓN RINCÓN (Avda. Filipinas 5) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 48DT, REF.: AD-VISTA-48 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 EXPANSOR CABLEADO 8 ZONAS. REF.: 4219 1 DETECTOR VOLUMETRICO DOBLE TECNOLOGÍA. REF.: 7235 TCE 10 SIRENA INTERIOR WAVE-2 HONEYWELL SECURITY 1 7. CENTRO CULTURAL GALILEO (C/ Fernando el Católico 39) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL VISTA 48DT, REF.: AD-VISTA-48 1 CONSOLA MULTIFUCION REF.: AD-6148-SP. ADEMCO HONEYWELL SECURITY

1

BATERIA RECARGABLE. REF.: 660-3H. 1 EXPANSOR CABLEADO 8 ZONAS. REF.: 4219 5 DETECTOR VOLUMETRICO DOBLE TECNOLOGÍA. REF.: 7235 TCE 32 SIRENA INTERIOR WAVE-2 1 TRANSMISOR HILMON GSM/GPRS 1 SISTEMA CCTV EQUIPOS UNIDADES SISTEMA DE GESTIÓN DE VIDEO DIGITAL- GRABADOR. INTELLEX v3.1 1 CÁMARA DOMO COLOR MÓVIL 2 CÁMARA FIJA COLOR 4

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8. JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO DE CHAMBERÍ (Pl. Cha mberí 4) SISTEMA DE INTRUSIÓN EQUIPOS UNIDADES CENTRAL TECNOALARM TP8-64 1 CONSOLA MULTIFUCION 1 BATERIA RECARGABLE. 1 EXPANSOR CABLEADO 8 2 DETECTOR VOLUMETRICO 11 DETECTOR VOLUMETRICO 360º EN TECHO 11 SIRENA INTERIOR 5 CONTACTO MAGNÉTICO ANTIAPERTURA 3 TRANSMISOR GSM 1 SISTEMA DE CONTROL DE PAQUETERÍA Y CORRESPONDENCIA Y DETECCIÓN DE METALES EQUIPOS UNIDADES EQUIPO DE INSPECCIÓN POR RAYOS X LINESCAN 1 ARCO DETECTOR DE METALES DETESCAN S-99 SMART LINE 1

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ANEXO II. MANTENIMIENTO PREVENTIVO DEL SUBSISTEMA DE CONTROL DE PAQUETERÍA Y CORRESPONDENCIA, MEDIANTE ESCÁNER DE RX, Y DETECCIÓN DE METALES, MEDIANTE ARCO DETECTOR DE METALES

El mantenimiento preventivo del Escáner de Rx y Arco Detector de Metales comprenderá: Dos visitas, a efectuar con un intervalo aproximado de seis meses durante el periodo anual de vigencia del contrato, al objeto de realizar sobre los equipos escáner todas las verificaciones y comprobaciones de los parámetros y elementos del sistema relacionados con la seguridad radiológica y de acuerdo con lo normativamente establecido para asegurar las condiciones de seguridad frente a la emisión de radiaciones ionizantes. Dos visitas anuales, coincidiendo con las que se efectúen en materia de revisión de seguridad radiológica, al objeto de realizar sobre los equipos escáner y los arcos detectores de metales todas las comprobaciones, verificaciones, ajustes, limpieza de elementos internos y otras actuaciones prescritas para el mantenimiento preventivo del sistema. Todas las visitas de intervención técnica sobre los equipos escáner y/o los arcos detectores de metales que, por causa de mal funcionamiento debido a avería o desajuste de elementos del sistema, sea preciso realizar para su reparación. El mantenimiento irá dirigido fundamentalmente a procurar que la generación de RX en los equipos, se efectúe con todas las garantías para operadores y usuarios, siendo imprescindible que las dosis de radiación para personas expuestas se mantengan en todo momento por debajo de los límites establecidos en el Apéndice II del Real Decreto de 25 de noviembre de 1987 sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes. A la conclusión de los trabajos, tras cada visita, se entregara un Parte de Trabajo con indicación de los trabajos realizados, causas de la avería y repuestos utilizados. Trabajos a realizar en cada Escáner de Rayos X, con periodicidad semestral: Verificar el funcionamiento del indicador Scan-On. Comprobación de los elementos de mando y control (pulsadores, llaves, lámparas, etc). Comprobación de todas las prestaciones del equipo y, en su caso, ajuste de las mismas. Comprobación del interruptor de traba. Comprobación de ajuste del monitor y resolución de imagen. Comprobación de posibles desperfectos de la cinta transportadora. Comprobación de rodillos. Comprobación de elementos mecánicos de tracción. Comprobación y ajuste de tensión y desplazamiento lateral de la cinta transportadora. Comprobación y verificación de efectividad de las cortinas emplomadas de entrada y salida. Comprobación de alarma en boca de entrada.

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Comprobación, y en su caso reparación, de posibles fugas de aceite del generador de Rayos-X. Comprobación del nivel de emisiones de radiación en exterior e interior del equipo. Limpieza de la cubierta de la línea de escintiladores. Sustitución de filtros. Limpieza y ajuste de barreras de entrada y salida. Ajuste y limpieza del colimador. Ajuste del nivel de offset y amplitud. Ajustes de corrientes del generador de Rayos-X. Ajuste de definiciones y niveles cromáticos del monitor. Trabajos a realizar en cada Arco Detector de Metales, con periodicidad semestral: Inspección visual del estado general del equipo y sus componentes. Comprobación de tensión de carga de batería. (si procede) Comprobación de tensión de batería en reposo. (si procede) Comprobación de tensión de baterías en funcionamiento. (si procede). Comprobación del funcionamiento del general del display. Comprobación de posibles interferencias (ruido eléctrico) transmitidas por red eléctrica. Comprobación del correcto funcionamiento de las funciones digitales del equipo. Inspección visual y limpieza de las partes accesibles del equipo. Comprobación de la correcta memorización de parámetros de funcionamiento (programa, frecuencia de trabajo, sensibilidad, velocidad de paso y ajustes acústico –visuales). Comprobación de la correcta detección de metal entre emisor / receptor (ajuste de la misma, si procede). Para el cumplimiento de los servicios detallados en este anexo deberán tenerse en cuenta los siguientes requisitos: - Para realizar el mantenimiento del Escáner de Rx se tendrán que acreditar los siguientes aspectos: Estar en posesión del “Certificado de homologación para la importación, exportación, comercialización y asistencia técnica de equipos de rayos X para inspección de bultos [reseñar la marca del escáner] expedida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio”, de conformidad con el RD 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las Instalaciones Nucleares y Radioactivas y con el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.

En cuanto a los técnicos que designe la empresa para llevar a cabo las operaciones de mantenimiento, dispondrán de una formación equivalente a la definida para el modulo IB -Áreas Básicas- del nivel de operador de instalaciones radiactivas en el Anexo B de la Guía de Seguridad 5.12 de Consejo de Seguridad Nuclear “Homologación de cursos de formación de supervisores y operadores de instalaciones radiactivas”.