febrero, 2015. registro estadístico nacional conforme lo determina el artículo 92 de la ley del...

16
Registro Estadístico Nacional Febrero, 2015

Upload: graciano-pesina

Post on 22-Jan-2016

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Registro Estadístico Nacional

Febrero, 2015

Page 2: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar el Registro Estadístico Nacional, en el que deberá asentarse por lo menos el Registro de Instituciones y Unidades Administrativas con Funciones Estadísticas del Sector Público y el Inventario Nacional de Estadística del Sector Público.

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 3: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Registro Estadístico Nacional (REN)

La información del REN da respuesta a preguntas como las siguientes:

¿Qué unidades administrativas del Sector Público atienden funciones en materia estadística?

¿Qué proyectos estadísticos realizan y qué productos elaboran?

¿Cómo y cada cuándo se realizan los proyectos y productos estadísticos?

¿Qué características tiene la información estadística generada o integrada?

¿Qué sustento metodológico tiene la información estadística generada o integrada?

¿Dónde se puede consultar la información estadística generada o integrada?

Page 4: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Proceso permanente de inscripción, en los cuales se asientan referencias básicas sobre la información estadística oficial que se genera en el país y que corresponden a uno de los pilares de la infraestructura del SNIEG para apoyar su desarrollo.

Descripción:

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 5: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Registro Estadístico Nacional

Cédula de Identificación y Caracterización de

UAFE’s

Registro de Instituciones y Unidades

Administrativas con Funciones Estadísticas

Universo de estudio

Cuestionario de Identificación y

Caracterización de Proyectos y Productos

Estadísticos

Inventario Nacional de Estadística del Sector

Público

UAFE: Unidad Administrativa con Funciones Estadísticas

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 6: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Instituciones participantes:

Administración Pública

Federal. Sectores

APF. Organismos Descentralizados no Sectorizados

Organismos Autónomos

Federales

Poder Legislativo de la Federación Poder Judicial de

la Federación

Gobiernos de las Entidades Federativas

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 7: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Los conceptos que se captan:

Datos de la Institución Identificación y ubicación

Ámbito administrativo

Datos de la Unidad Administrativa

Identificación y ubicación 1/

Informante designado

REN

1/ Norma Técnica sobre Domicílios Geográficos. SNIEG

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 8: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Los conceptos que se captan 2/:

ProyectoEstadístico

1) Título del proyecto

2) Tipo de proyecto estadístico

3) Objetivo general

4) Categorías o unidades de análisis

5) Criterios de desglose y clasificaciones

6) Unidad de observación

7) Frecuencia de generación

8) Periodo de referencia

9) Cobertura geográfica

10) Documentos metodológicos

1) Título del producto

ProductoEstadístico

2) Contenido temático

3) Periodo de referencia

4) Fecha más reciente de publicación

5) Frecuencia de publicación

6) Medios de difusión

7) Condición de accesibilidad

8) Lugares de consulta

9) Fuentes institucionales

2/ Iniciativa de Documentación de Datos (DDI)

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 9: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Sitio de captura de los RNIEG: Con modernos y amigables sistemas informáticos que facilitan a las UE el registro y actualización de su información.

www.snieg.mx/RNIEG

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 10: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Instrumento de captación del REN.

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 11: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Inventario Nacional de Estadística del Sector Público

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 12: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Permitirá la consulta de la información estadística a través de sus características básicas con la búsqueda dentro del inventario integrado.

Contará con un motor de búsqueda por principales conceptos o palabras clave, el cual está basado en software impulsado por el Banco Mundial en el contexto del DDI.

Registro Estadístico Nacional (REN)

Sitio de Consulta de los RNIEG:

Page 13: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Proceso General

Identificación de las unidades generadoras de información estadística.

Envío de nombres y correo electrónico de responsables del registro de información.

Envío de direcciones y credenciales para acceso al sistema.

Revisión del instructivo, glosario y tutorial, así como recono-cimiento del sistema.

Registro y/o actualización de la información.

Institución

Identificación y contacto con responsables del registro de información

INEGI Unidad

Solicitud de inducción o asesoría y soporte.

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 14: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Registro Estadístico Nacional (REN)

Corresponde al INEGI:

• Dar asesoría conceptual y sobre el funcionamiento del sistema a las unidades generadoras de información.

• Dar seguimiento al llenado del instrumento de captación.

• Promover la identificación de las unidades generadoras e impulsar la permanente actualización de la información en la entidad.

• Difundir en la entidad los inventarios de información geográfica conformados.

Page 15: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Acciones a emprender:

• Determinar en su estructura orgánica hasta el tercer nivel aquellas áreas generadoras de información estadística.

• Asignar o determinar el enlace o responsable de la información estadística.

• Enviar los nombres y correo electrónico de los responsables del registro de información, a fin de recibir claves de acceso al sistema.

• Coordinarse con el INEGI para programar el taller de inducción o asesorías.

Registro Estadístico Nacional (REN)

Page 16: Febrero, 2015. Registro Estadístico Nacional Conforme lo determina el artículo 92 de la Ley del SNIEG, el Instituto deberá establecer, operar y normar

Febrero, 2015

Luz Virginia Linares Sá[email protected]

INEGI – Coordinación Estatal VeracruzAvenida Paseo de las Araucarias 3, Colonia Esther Badillo, 91190, Xalapa-Enríquez,

Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, entre la Avenida Lázaro Cárdenas y las Calles Tapachula y Coronel Pablo Frutis.

Primer Piso (Estadística-Departamento de Desarrollo Estadístico), Tel. (228) 8 41 84 55, ext. 8483, Xalapa, Ver.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Conociendo México

01 800 111 46 34www.inegi.org.mx

[email protected]

¡México cuenta con el INEGI!