facturación electrónica

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El próximo lunes 1 de agosto se cumplirá el plazo legal para que las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas urbanas facturen electrónicamente sus operaciones, sistema al que ya se han incorporado 88 mil Pymes a lo largo del país. Los contribuyentes que están obligados a emitir sus documentos tributarios en formato electrónico a contar de la próxima semana son las pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores urbanos de todo el país, con ingresos mayores a 2.400 UF y menores a 100.000 UF., las que en total corresponden a 119.956 Pymes. A la fecha, 31.729 contribuyentes pertenecientes a este segmento todavía no se han incorporado al sistema. Orientación y apoyo Para apoyar la incorporación de las Pymes al sistema, el SII tiene disponible un portal en internet sobre Factura Electrónica , donde el contribuyente puede encontrar toda la información relacionada a esta temática, entre ésta: cómo inscribirse, las alternativas que tiene para comenzar a operar, videos informativos y un curso e-learning. Adicionalmente, cuenta con atención telefónica especializada las 24 horas del día y los 7 días de la semana para apoyar las consultas puntuales que pudiesen tener respecto de la incorporación u operación del sistema. Cabe recordar que los documentos que se deben emitir en formato electrónico son las facturas (exentas o afectas), facturas de compra, liquidación factura, nota de débito y nota de crédito. Las empresas obligadas a facturar electrónicamente desde el 1 de agosto no podrán emitir los documentos tributarios en papel autorizados previamente por el SII y deberán inutilizarlos. Los contribuyentes que estando obligados a facturar electrónicamente continúen emitiendo documentos en papel con

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Page 1: Facturación electrónica

El próximo lunes 1 de agosto se cumplirá el plazo legal para que las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas urbanas facturen electrónicamente sus operaciones, sistema al que ya se han incorporado 88 mil Pymes a lo largo del país.

Los contribuyentes que están obligados a emitir sus documentos tributarios en formato electrónico a contar de la próxima semana son las pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores urbanos de todo el país, con ingresos mayores a 2.400 UF y menores a 100.000 UF., las que en total corresponden a 119.956 Pymes.

A la fecha, 31.729 contribuyentes pertenecientes a este segmento todavía no se han incorporado al sistema.

Orientación y apoyo

Para apoyar la incorporación de las Pymes al sistema, el SII tiene disponible un portal   en internet sobre Factura Electrónica , donde el contribuyente puede encontrar toda la información relacionada a esta temática, entre ésta: cómo inscribirse, las alternativas que tiene para comenzar a operar, videos informativos y un curso e-learning.  Adicionalmente, cuenta con atención telefónica especializada las 24 horas del día y los 7 días de la semana para apoyar las consultas puntuales que pudiesen tener respecto de la incorporación u operación del sistema.

Cabe recordar que los documentos que se deben emitir en formato electrónico son las facturas (exentas o afectas), facturas de compra, liquidación factura, nota de débito y nota de crédito. Las empresas obligadas a facturar electrónicamente desde el 1 de agosto no podrán emitir los documentos tributarios en papel autorizados previamente por el SII y deberán inutilizarlos.

Los contribuyentes que estando obligados a facturar electrónicamente continúen emitiendo documentos en papel con posterioridad al 1 de agosto, se exponen a una sanción consistente en una multa por cada documento, que puede variar entre 1 UTM y 12 UTM. Asimismo, al receptor de este documento inválido se le podrían rechazar los créditos fiscales involucrados.

En todo caso, el SII recuerda que tiene disponible en Internet una aplicación gratuita que permite a cualquier empresa, sin importar su tamaño, inscribirse para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, para lo cual sólo se requiere que cuenten con un certificado digital.