factores que influyen en el incumplimiento de pago de …
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UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO
TESIS
FACTORES QUE INFLUYEN EN EL
INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE LAS
INFRACCIONES DE TRÁNSITO EN LA CIUDAD
DE HUANUCO, 2016.
PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADA.
TESISTA: Br. ALVARADO ROSAS, Gabriela Deny.
ASESOR: Dr. FELIX PONCE E INGUNZA
HUÁNUCO – PERU
2017
DEDICATORIA
Dedico el presente informe a Dios por darme las fuerzas y voluntad para poder concluir con mis metas.
A mis padres por el apoyo y sus consejos día a día para lograr con mis objetivos y mostrarme el camino a la superación, ambos dándome su infinito amor y bondad.
A mis compañeros que en el día a día en el aula de clase compartimos sueños, conocimientos y metas, y uno a uno los fuimos cumpliendo, esforzándonos por cada cosa que hacíamos dedicándole paciencia y amor.
Todo esto es posible gracias a ustedes.
INVESTIGADORA
AGRADECIMIENTOS
Mi agradecimiento especial a la Universidad de Huánuco por abrirme las puertas para formarme profesionalmente.
Al asesor por su apoyo y motivación para la culminación de nuestro proyecto e informe final, por habernos guiado correctamente transmitiéndonos los conocimientos necesarios y habernos llevado pasó a paso al aprendizaje.
Ya que sin su apoyo e insistencia constante esto no hubiera sido posible.
Y a todas aquellas personas que siempre estuvieron a mi lado apoyándome con palabras y motivaciones para llegar a cumplir este sueño, que fue para mí una meta trazada muy importante que tome en cuenta en mi vida.
Gracias.
INVESTIGADORA
INVESTIGADORA
ÍNDICE
Portada
Dedicatoria
Agradecimiento
Indice
Resumen
Introducción
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN
1.1. Descripción del problema 09
1.2. Formulación del problema 11
1.3. Objetivo general 11
1.4. Objetivos específicos 11
1.5. Justificación de la investigación 11
1.6. Limitaciones de la investigación 12
1.7. Viabilidad de la investigación 13
CAPITULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes de la investigación 14
2.2 Bases teóricas 16
2.3 Definiciones conceptuales 27
2.4 Hipótesis 28
2.5 Variables 28
2.5.1. Variable dependiente 28
2.5.2 Variable independiente 28
2.6 Operacionalizacion de variables 29
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
3.1 Tipo de investigación 30
3.1.1. Enfoque 30
3.1.2. Nivel de la investigación 30
3.1.3. Diseño 30
3.2 Población y muestra 31
3.3 Técnica e instrumentos de investigación 32
3.3.1. Para la recolección de datos 32
3.3.2. Para la presentación de datos 32
3.3.3. Para el análisis e interpretación de los datos 32
CAPÍTULO IV
RESULTADOS
4.1. Procesamiento de datos 33
4.2. Contrastación de hipótesis y prueba de hipótesis 44
CAPÍTULO V
5.1 Contrastación de los resultados con las hipótesis. 46
CONCLUSIONES 48
RECOMENDACIONES 49
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 50
ANEXOS
Matriz de consistencia (Anexo 01)
Ficha de Encuesta (Anexo 02)
Ley de tránsito (Anexo 03)
RESUMEN
La presente tesis trata sobre el incumplimiento en el pago de las infracciones de tránsito, inicio en el año 1983 con la oficina de inspección de tránsito y transporte y en el año 1996 se dio en función a nivel sede operativa en el departamento de Huánuco.
Las funciones que desempeñan estas oficinas son de control y vigilancia dirigidos a conductores, pasajeros, peatones, motorizados y ciclistas, actualmente cuenta con una nómina de personal conformado por inspector, secretaria y encargados de efectuar campañas educativas e informativas.
Para el presente estudio partimos de la observación en la dificultad de pagar papeletas de transito ocurridas por una infracción o falta, aumento de accidentes de tránsito y el porcentaje de muertes que es elevado esto es debido a las imprudencia de los conductores por los diversos efectos de agentes que pueden alterar el control y estado de la persona; siendo esta la problemática a la que nos enfocamos explicado por la descripción del problema que nos detalla respecto al caso de infracciones y que a su vez acarrea sanciones administrativas, y el procedimiento de este si es el caso que la infracción continúe en reiteradas situaciones, siendo varios los causantes que ocasionan que transgredan la vida, la norma y la autoridad.
Este planteamiento busca abrir espacios a toda la sociedad civil, policía entre otros, con el ánimo que estén vinculados e implicados a los cambios de la movilidad en nuestro municipio y ciudad, dando la oportunidad de tener una solución.
La investigación está justificada en la necesidad de tomar medidas de estricta responsabilidad con los ciudadanos aplicando estrategias para estar adecuados conforme al reglamento de tránsito para que puedan corregir o mejorar estas faltas e imprudencias que día a día aumentan y las autoridades siguen sin hacer nada, conformándose que las papeletas por las infracciones cometidas se acumulen y no cumplan con pagarlas
La metodología aplicada en la investigación es de tipo sustantiva, enfoque cuantitativo, nivel causal- explicativo y diseño descriptivo simple.
SUMMARY
This thesis deals with the noncompliance in the payment of traffic infractions, beginning in 1983 with the transit and transport inspection office and in 1996, it was given at operational level in the department of Huánuco. The functions performed by these offices are control and surveillance aimed at drivers, passengers, pedestrians, motorized and cyclists, currently has a list of staff consisting of inspector, secretary and responsible for educational and information campaigns. For the present study we start from the observation in the difficulty of paying transit tickets for an infraction or lack, increase of traffic accidents and the percentage of deaths that is high, this is due to the imprudence of the drivers for the diverse effects of agents that can alter the control and state of the person; This being the problem to which we focus explained by the description of the problem that details us regarding the case of infractions and which in turn leads to administrative sanctions, and the procedure of this if it is the case that the infringement continues in repeated situations, being several the causes that cause them to transgress life, norm and authority. This approach seeks to open spaces to all civil society, police and others, with the spirit that are linked and involved in the changes of mobility in our town and city, giving the opportunity to have a solution. The investigation is justified in the need to take strict liability measures with the citizens applying strategies to be adequate according to the traffic regulations so that they can correct or improve these faults and imprudence that day by day increase and the authorities continue doing nothing, complying that the ballots for the infractions committed accumulate and do not comply with paying them. The methodology applied in the research is of a substantive type, quantitative approach, causal-explanatory level and simple descriptive design.
INTRODUCCIÓN
Nuestra motivación para llevar a cabo esta investigación nos hizo observar detenidamente el entorno con respecto a ¿qué sucede una vez que el conductor comete esta falta? Es cierto que le aplican una papeleta y la otra pregunta fue ¿cumplen con pagar y se hacen responsables de su falta? Entonces fueron muchas las interrogantes que surgieron de esta observación; y es así que tome la decisión de llegar más a fondo en este tema, bien es cierto que son muchas las infracciones de tránsito por la cual yo me decidí a investigar respecto a uno de esos tantos problemas que se da.
Una infracción de tránsito es un incumplimiento de la normativa de circulación de vehículos que acarrea una sanción administrativa. En el caso de las infracciones de tránsito más graves, la sanción puede ser de orden penal, hasta el punto de tener penas privativas de libertad.
Dentro del concepto de infracción de tránsito se incluyen todos los posibles vehículos: de motor, de tracción animal, bicicletas o incluso producidas por los peatones.
Las infracciones de tránsito pueden ser de muy diversa índole si bien las más graves suelen ser aquellas que ponen en peligro la vida del infractor o de terceros entre estas cabe citar el exceso de velocidad, la conducción temeraria , la conducción bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes; sin embargo, las infracciones de tránsito son todo tipo de transgresión a la normativa , aunque el resultado de dicho incumplimiento sea simplemente la incomodidad para terceras personas, el entorpecimiento del tránsito de vehículos, personas o el incumplimiento de obligaciones formales son también infracciones de tránsito.
Este estudio tiene como principal propósito de investigar los factores de incumplimiento de pago. En concreto la investigación que presentamos se acoge con la finalidad de dar a conocer las dificultades de nuestro tema principal, para que así sea de su conocimiento.
De este modo todo el planteamiento y desarrollo de esta tesis de investigación se fundamenta en el tema central ya que se trató de hallar respuestas ante esta problemática, mediante preguntas cerradas y nuestros colaboradores fueron nuestros conductores, tratando de hacer notar que en nuestro entorno real se cometen muchas faltas y fallas, y logrando de este modo , una suerte de interdisciplinariedad a la que sin duda alguna está abocado el objetivo que pretendemos lograr con nuestra investigación .
Cada parte de este trabajo elaborado para ustedes esta detallado en sus capítulos, así como en el capítulo IV en la muestra de sus gráficos y explicación de cada resultado que obtuvimos por preguntas y respuestas dadas de nuestros encuestados.
Así, en sentido final de esta tesis es hacer llegar las dificultades del porque no se da con éxito el cumplimiento de pago de las papeletas de tránsito que llegan a acumularse exhaustivamente en demasiada cantidad, a pesar que sean puestas por faltas simples.
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CAPÍTULO I
PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1. Descripción del Problema
Una infracción de tránsito es el incumplimiento de la normativa de
circulación de vehículos que acarrea una sanción administrativa.
Es un citatorio emitido a un violador de una o más normas de tránsito
(aplicables a vehículos de motor). El citatorio es expedido por un policía, es
una orden para comparecer ante un juez.
En el caso de las infracciones de tránsito más graves, la sanción puede ser
de orden penal, hasta el punto de acarrear penas privativas de libertad.
Las infracciones de tránsito pueden ser de muy diversa índole, si bien las
más graves suelen ser aquellas que ponen en peligro la vida del infractor o
de terceros, entre estas cabe citar el exceso de velocidad, la conducción
temeraria o la conducción bajo los efectos del alcohol o de sustancias
estupefacientes; sin embargo, las infracciones de tránsito puede ser
también todo tipo de transgresión de la normativa aunque el resultado de
dicho incumplimiento sea simplemente la incomodidad para terceras
personas o incluso el incumplimiento de obligaciones formales.
Son también infracciones de tránsito el mal aparcamiento o el
incumplimiento de la obligación de llevar consigo la documentación del
vehículo.
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Normalmente cuando una sanción es de tal gravedad como para que se
sancione en el orden penal y orden administrativo suele inhibirse a favor de
la pena más grave, se evita con ello sancionar dos veces la misma
infracción.
A través del derecho penal, el estado pretende el amparo de aquellos
bienes jurídicos fundamentales para la convivencia social, mediante la
amenaza y el castigo de las conductas que los lesionan frente al derecho
penal, sin embargo, existe también otra herramienta sancionadora a
disposición del Estado que con el modesto propósito de procurar el correcto
funcionamiento de la gestión administrativa y el cumplimiento del pago de
las infracciones de tránsito, asegura el respeto de las normas jurídicas
administrativas con la imposición de sanciones de orden administrativo,
típicamente multas.
Las infracciones de tránsito incluye todo tipo de vehículo: de motor, de
tracción animal, bicicletas o incluso producidas por los peatones.
La oficina de inspección de tránsito y transporte del municipio de Huánuco,
se conformó el año 1983, como organismo adscrito a la Alcaldía Municipal
con clasificación de tipo “c”, a partir del año 1996 se notificó al ministerio de
transporte sin funciones propias de expedición de matrículas y licencias,
función a nivel de sede operativa con el instituto Tránsito y transporte
departamental de Huánuco , donde se encuentran centralizadas todo
trámite realizado por intermedio de esta oficina, la función específica de
este organismo es ejercer el control y vigilancia dirigido a conductores,
pasajeros, peatones, motorizados y ciclistas; en la actualidad cuenta con
una nómina de personal conformada por el inspector, secretaria, agente
como OPS encargado de efectuar campañas educativas o informativas y
controles operativos de sanción o contraventores o infractores de las
normas y señales de tránsito.
Este planteamiento busca abrir espacios a toda la sociedad civil,
empresarios, asociaciones , Policía Nacional, entre otros, con el ánimo que
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estén vinculados todos los agentes sociales implicados en los cambios de
las pautas de movilidad de nuestro municipio y aún más que sea abierto a
toda la sociedad y subscrito por otros grupos
1.2. Formulación del Problema.
1.2.1. Problema General
¿Cuáles son los factores que influyen en el incumplimiento de pago de las
papeletas de infracciones de tránsito en la ciudad de Huanuco-2016?
1.2.2. Problemas Específicos.
PE1: ¿Qué medida se debe tomar ante las faltas de infracciones de
tránsito?
PE2: ¿Qué sanción debe aplicarse a los infractores?
1.3. Objetivo General.
- Identificar los factores que influyen en el incumplimiento de pago de las
papeletas de infracciones de tránsito que ocasiona el conductor en la
ciudad de Huánuco, 2016.
1.4. Objetivos Específicos.
OE1: Formular consideraciones para la estructuración de programas de
educación vial en las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco,
2016.
OE2: Incrementar los pagos en las papeletas de infracciones que debe
aplicarse a los infractores de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016.
1.5. Justificación de la Investigación.
Observamos que cada día más aumentan los accidentes de tránsito y el
porcentaje de personas que mueren es elevado, esto se debe a las
imprudencias de conductores y peatones.
Las infracciones y faltas han aumentado, se ha desplazado y expandido de
manera que lo toman como algo normal no siendo un problema para los
ciudadanos poder convivir con tanto peligro y corrupción.
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Los conductores de vehículos de nuestra ciudad son los principales
protagonistas de accidentes de tránsito por su irresponsabilidad y por
desconocimiento de las normas de tránsito.
Las autoridades de la municipalidad y policía nacional deben tomar las
precauciones para combatir y hacer efectivo el pago a las infracciones de
tránsito ser justos con el pago de los incumplimientos que cometen los
infractores de tránsito, exigiéndoles en cumplir con sus pagos previa
sanción por su irresponsabilidad.
En este sentido la presente investigación solo alude a una y severa
constancia en las infracciones que a diario se están cometiendo por
personas de toda edad, denominada infracciones de tránsito. En tal sentido,
esta investigación se justifica por la necesidad de tomar medidas de estricta
responsabilidad para así poder formar ciudadanos de bien conforme al
reglamento que tenemos en nuestro país, específicamente un modelo
trabajado y desarrollado en la ciudad de Huánuco, observando la
posibilidad de aplicar alguno de los criterios, estrategias, medidas a fin de
ser aplicados en el resto del país.
1.6. Limitaciones de la Investigación.
El presente proyecto investigación tiene como limitaciones la fidelidad y
Veracidad de los datos ya que no son de fácil acceso y tampoco tendremos
un dato exacto, trayendo consigo la falta de cooperación por parte de quien
está encargado de brindarnos lo hacen dificultoso y con tiempo de demora
que podrían ser días o semanas.
Por otro lado también está la falta de cooperación del infractor, su poca
colaboración e interés por el tema del cual será cuestionado.
La Falta de conocimiento de nuestro Reglamento en la sociedad así como
la inseguridad en la información, son las que no dan acceso y ayuda fácil
para poder realizar el trabajo de investigación impecable y así poder llegar a
una obtención de datos más fiables sin tener que recurrir a métodos más
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inaccesibles para obtener la información deseada y así poder concluir
conforme con la investigación habiendo encontrado lo suficiente y necesario
para así dar una conclusión veraz de lo que pudimos hallar a nuestro
alrededor con estos problemas de infracción suscitados.
Finalmente otro factor limitante es el tiempo.
1.7. Viabilidad de la Investigación.
El presente proyecto de investigación con el tema: factores que influye en el
incumplimiento de pago de las infracciones de tránsito en la ciudad
Huánuco, 2016, es viable porque sus condiciones económicas e
información son accesibles ya que los problemas que ocurren son en
nuestro mismo entorno y a diario (sociedad); es así que observando la
constancia y el día a día de estos acontecimientos surgió la idea de poder
investigar un poco más a profundidad que ocurre cuando el infractor comete
una infracción de tránsito, de qué manera se da el proceso de dicha
infracción, ya que al ser intervenido por la autoridad (Policía) por motivos
que cometió a una falta ya sea leve, grave o muy grave, saber el
procedimiento que lo dan y si la parte que incurrió ante esta falta cumple
con la sanción que le fue impuesta.
De esta manera tratando de llegar a una conclusión que nos lleve a una
solución hipotética de cómo nosotros si nos centramos en este problema
hallaremos respuestas a algo que ignoramos ya que es una constancia de
la sociedad de infringir en su vida diaria como peatón y conductor.
Asimismo, la investigadora cuenta con disponibilidad de tiempo para su
realización y a la vez de apoyo del asesor que permita desarrollar sin
dificultad alguna el trabajo de investigación.
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CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1. Antecedentes de la Investigación.
A NIVEL INTERNACIONAL
CARDOZO ZARATE, Roberto (2014). ABUSOS DE LAS AUTORIDADES A
LOS CIUDADANOS POR FINES DE LUCRO en Colombia (Medellín).
Investigación periodística a los sistemas de orden.
El pago mensual de agente de tránsito es proporcional al número de
comparendos que genere en el mes.
Los agentes de tránsito reciben un salario fijo mensual independientemente del
número de comparendos generados y no reciben ninguna bonificación por
aplicar un número mayor de comparendos al mes, es importante anotar que tal
como lo dispone el código nacional de tránsito, las multas tienen destinación
específica para planes de educación vial y no para el pago de agentes.
Los oficiales de la policía de tránsito, hacen el abuso de autoridad haciendo
prevalecer leyes de tránsito absurdas al delito de infracción cometida.
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Se dejan guiar por la persona que interviene y no por el delito que ha cometido.
Esto lleva que algunos delitos menores queden como delitos mayores.
Comentario:
Para solucionar este problema se inicia un estudio cuyo resultado da tener
cámaras instaladas en los vehículos de la unidad policial, esto nos brindara un
seguimiento real de todo el proceso de la intervención viendo realmente como
ocurre el delito o la infracción desde el inicio hasta el fin.
A NIVEL NACIONAL
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, (2010). CONCIENTIZAR
A LA POBLACIÓN SOBRE LAS INFRACCIONES EN LIMA.
Tesis de la Facultad de Administración y Contables sostiene: que habiendo
realizado charlas y talleres para concientizar al ciudadano, señala que al
cometer una falta previo conocimiento de ella se hacen responsable del hecho,
por tener conocimiento de la infracción.
Las infracciones de tránsito pueden ser de muy diversa índole, si bien las más
graves suelen ser aquellas que ponen en peligro la vida del infractor o de
terceros. Entre estas cabe citar el exceso de velocidad, conducción bajo los
efectos del alcohol.
Comentario:
A pesar que las personas puedan haber sido guiados por charlas para una
educación vial correcta, ocurre que en otros lugares los conocimientos que se
obtengan no da derecho que si cometen una infracción de tránsito estarán
inmerso a esto, de lo contrario entre más sea conocimiento de una infracción
mas es la sanción que se impondrá.
Las infracciones de tránsito pueden ser también todo tipo de transgresión de la
normativa, aunque el resultado de dicho incumplimiento sea simplemente la
incomodidad para terceras personas, el entorpecimiento de tránsito de
vehículos o de personas, incluso el incumplimiento de obligaciones formales.
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A NIVEL LOCAL
TORRES ALVAREZ, Roy (2002). LA RELEVANCIA DE LAS MULTAS
IMPUTADAS AL CIUDADANO.
Sostiene que las personas que son penalizadas con una multa o un pago, al
cometer una infracción no toman conciencia respecto al daño ocasionado,
siendo este un factor reincidente de los que están en constante infracción, o los
que cometen por primera vez también sostienen que no tiene cultura en estos
problemas de incumplimiento a normas como ciudadano, peatón y conductor,
este trabajo se relaciona con el problema que se investiga.
Comentario:
Esto es el día a día que se vive en la ciudad de Huánuco incurriendo una y otra
vez en el mismo hecho , incumpliendo las señales, el reglamento, y a la
autoridad, sobrepasando los limites sin respetar y con la inconciencia a diario.
Sometiéndose a peligros contra la vida sin tomar conciencia de la falta que se
está cometiendo, volviendo a ser infractor de un mismo hecho por el que fue
sancionado, es así que esta relevancia de la que menciona el proyecto de
investigación es un hecho veraz que se da a diario, el infractor vuelve a ser el
protagonista de su propio desastre.
2.2. Bases teóricas.
Principios de la Potestad Sancionadora de la Administración.
“Los Principios en que se basa la potestad sancionadora de la administración
han sido tomados del Derecho Penal, siguiendo los criterios de la
jurisprudencia largamente consolidada, en virtud de la cual se considera que
tales principios son plenamente aplicables al ejercicio de la Potestad
Sancionadora de la Administración, en cuanto son comunes a toda actividad
punitiva del Estado, cualquiera que sea el órgano que la ejerza”. (Dante
Cervantes Anaya, 2010; pág. 67)
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Principio de Legalidad
Este principio es según se exige una atribución expresa por Ley.
“Un precepto en el que se establece que “nadie podrá ser sancionado por
acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito,
falta o infracción administrativa, según la legislación vigente”. Estamos, sin
duda, ante una reserva de ley en materia sancionadora. Es por lo tanto el poder
legislativo el encargado de fijar los límites de la actividad.
Si bien es cierto que en el ámbito penal esa reserva de ley es absoluta, que
además exige que las normas tengan rango de ley orgánica cuando con ellas
se limiten derechos fundamentales, él término “legislación” del artículo 25 de
nuestra Constitución tendrá un alcance distinto en el ámbito del Derecho
Administrativo sancionador.
Para el Derecho Administrativo no será necesaria una reserva absoluta de ley,
sino que bastaría con una mera “cobertura legal” (consecuencia inmediata de
nuestro modelo constitucional de distribución de potestades públicas). La
cobertura legal de las infracciones y sanciones administrativas solo exigirá
cubrir con ley formal una descripción genérica de las conductas sancionables
(conductas antijurídicas), así como de las clases y de la cuantía de las
sanciones, con posibilidad de remitir al poder ejecutivo y a su potestad
reglamentaria la descripción pormenorizada de las conductas ilícitas).
Ahora bien, como señala el Profesor CANO CAMPOS, esa “descripción
genérica” deberá incluir de forma suficiente los elementos esenciales de la
conducta antijurídica, quedando en manos de las disposiciones reglamentarias
de desarrollo la determinación de especificaciones y graduaciones en el cuadro
de infracciones y sanciones establecidas legalmente. Pero en ningún caso, se
podrán establecer nuevas infracciones o sanciones, ni alterar la naturaleza y los
límites de la ley mediante normas de rango reglamentario.
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Si bien es cierto el Principio de Legalidad implica que la Administración Pública
no puede actuar con discrecionalidad absoluta, ni menos afectar los derechos
de los administrados que son parte en un proceso administrativo”.
(Javier Villa Stein, 2008:pág. 190, 191,92)
Comentario:
El principio de legalidad es una parte de vital importancia en el proceso
administrativo sancionador ya que la imposición de una sanción que no se
encuentra contemplada en una ley es nula. Se considera al principio de
legalidad como un elemento natural de este proceso de infracción en la sanción
administrativa.
El principio de Legalidad está satisfecho cuando se cumple con las previsiones
de las infracciones y sanciones en la Ley.
Principio de Irretroactividad
“El presente principio, presenta una excepción en el sentido que si luego de la
comisión de una infracción, se emite un nuevo dispositivo legal que resulte
favorable al administrado, la sanción será aplicada considerando la norma más
beneficiosa. Solo en ese supuesto la norma puede aplicarse retroactivamente.
Las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto
favorezcan al presunto infractor
Ejemplo: según Morón Urbina; disminuir la sanción pero aumentar la medida
correctiva”. (Gaceta Jurídica 2011, pág. 200)
Comentario:
El principio de Irretroactividad como su mismo nombre lo dice actúa a favor del
infractor, otorgándole cierto beneficio a este, para que la sanción impuesta
actué de manera que lo beneficie. Ante esta mención debemos hacer un
pequeño agregado ya que las normas no deberían de actuar así siendo de
manera contraria y sancionando de manera correcta sin ningún beneficio al
infractor.
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Principio de Proporcionalidad
“De acuerdo con este principio ha de existir correspondencia entre la infracción
y la sanción. Su determinación legal aparece en el artículo 131.3 de la Ley, en
el que se dice: “En la determinación normativa del régimen sancionador, así
como en la imposición de sanciones por las administraciones públicas se
deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo
de la infracción y la sanción aplicada, considerando especialmente los
siguientes criterios para la graduación de la sanción a aplicar:
a) Intencionalidad o reiteración.
b) La naturaleza del perjuicio causado.
c) La reincidencia, por comisión en él término de un año de más de una
infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por
resoluciónfirme".
Generalmente, el legislador establece sanciones fijando unos márgenes que
sirvan de base para calcular por último la cuantía concreta en cada caso; unas
veces será mediante mínimos y máximos, y otras estableciendo únicamente
cuantías máximas”. (Dante A. Cervantes Anaya 2010: 104)
Comentario:
En esta cita que nos da un concepto conciso de cómo sanciona y actúa este
principio, en nuestra opinión para toda sanción tiene que haber pruebas de la
gravedad cometida en el suceso, para que de esa manera se pueda aplicar la
sanción correcta con fundamentos y pruebas y así ser sancionado sin tener que
pesarnos que estamos dando un mal castigo ya que pueda ser inocente o
culpable; este principio nos da un buen inicio para que cada autoridad
administrativa pueda llevar consigo.
De acuerdo a este mencionado debemos actuar imponiendo sanciones justas
al infractor sin tener que pensar si ha cometido o no ese acto infractor o si hubo
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también responsabilidad de la otra parte y ambos como involucrados de ese
hecho ser sancionados de igual manera.
Principio de Non Bis In Idem
“Este principio nos indica que los mismos hechos no pueden ser sancionados a
la misma vez por sanción administrativa o penal; sino que se debe dar en
distintos momentos. No podrán sancionarse los hechos que hayan sido
sancionados penal o administrativamente, en los casos en que se aprecie
identidad del sujeto, hecho y fundamento”. Es necesario que exista una directa
correlación entre la situación ya enjuiciada y aquella que pretende perseguirse.
La única excepción a este principio opera en el ámbito funcionarial (dentro de la
potestad disciplinaria de los funcionarios públicos). Otra de las cuestiones que
son esenciales en el ámbito del Derecho Administrativo sancionador y que se
deriva de este principio, es la necesidad de tener en cuenta la preferencia de la
jurisdicción penal en lo que se refiere a la persecución de las conductas ilícitas,
tal y como ha quedado afirmado por la doctrina constitucional”. (Juristas
Editores: 2015, pág. 201)
Comentario:
No estamos tomando conciencia de nuestro rol en el uso de la vía pública, ya
que hay un sin número de desafortunados accidentes de tránsito que ´provocan
víctimas mortales, ya que este principio nos indica que para todo tipo de hecho
circunstancia que ocurra tiene que haber el sujeto responsable para poder así
aplicar la sanción correspondiente.
Esto nos quiere decir que para que exista una sanción justa debemos encontrar
al sujeto para que este sea castigado de acuerdo a la gravedad que este haya
ocasionado como infractor irresponsable ya que no podemos seguir
incrementando los accidentes y las constantes imprudencias que comete.
Principio de Eficacia
“Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer prevalecer el
cumplimiento de la finalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos
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cuya realización no incida en su validez, no determinen aspectos importantes
en la decisión final, no disminuyan las garantías del procedimiento, ni causen
indefensión a los administrados.
En todos los supuestos de aplicación de este principio, la finalidad del acto que
se privilegie sobre las formalidades no esenciales deberá ajustarse al marco
normativo aplicable y su validez será una garantía de la finalidad pública que se
busca satisfacer con la aplicación de este principio”. (Bardelli Lartirigoyen
Gonzales Ojeda, 2014: pág. 69)
Comentario:
El principio de eficacia cumple una función importante dentro del procedimiento
administrativo ya que tiene un fin de cumplimiento sin interferir en decisiones
importantes ni causando efecto alguno dentro de los administrados. Este
deberá ajustarse a la normativa aplicable de este principio.
Se busca una satisfacción mediante este principio para poder encontrar una
solución sin interferir en los acontecimientos suscitados dentro de este que
puedan ocurrir.
Principio de acceso permanente
“La autoridad administrativa está obligada a facilitar información a los
administrados que son parte en un procedimiento administrativo tramitado ante
ellas, para que en cualquier momento del referido procedimiento puedan
conocer su estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los
documentos contenidos en dicho procedimiento, sin perjuicio del derecho de
acceso a la información que se ejerce conforme a la ley de la materia.
Los principios señalados servirán también de criterio interpretativo para resolver
las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las reglas de
procedimiento, como parámetros para la generación de otras disposiciones
administrativas de carácter general, y para suplir los vacíos en el ordenamiento
administrativo”. (Bardelli Lartirigoyen Gonzales Ojeda, 2014: pág. 78)
Comentario:
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Este principio sirve de medio para obtener información cierta sobre algún
procedimiento, conociendo su estado, contenido sin ningún perjuicio de este
sobre el documento contenido en dicho procedimiento.
También sirve para resolver dudas, cuestiones y preguntas que puedan surgir
por este procedimiento, para así poder llegar a una fácil solución y
entendimiento de dicho problema administrativo.
Principio de participación
“Las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los
administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de
causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la
seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; y extender
las posibilidades de participación de los administrados y de sus representantes,
en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier
sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la
presentación de opinión”.
(Bardelli Lartirigoyen Gonzales Ojeda, 2014: pág. 86)
Comentario:
El principio de participación permite que se tenga acceso necesario de la
información que se administren y se conceda a los administrados para así
facilitarles lo que ellos necesiten , siempre y cuando se respeten las que
puedan verse afectadas o vinculadas a temas muy personales.
Principio de buena fe procedimental
“La autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados
y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos
actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena
fe.
La autoridad administrativa no puede actuar contra sus propios actos, salvo los
supuestos de revisión de oficio contemplados en la presente Ley, ninguna
regulación del procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal
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que ampare alguna conducta contra la buena fe procedimental”. (Bardelli
Lartirigoyen Gonzales Ojeda, 2014: pág. 66)
Comentario:
Todas las autoridades que pertenecen al procedimiento tienen que actuar de
buena fe, sin pasar los límites de sus actos, y teniendo en cuenta sus buenos
principios que lo hacen actuar de manera correcta sin causar algún perjuicio
dentro del procedimiento administrativo. El principio de buena fe es tener
valores y respeto y no actuar por actuar en perjuicio de algo que formamos
parte importante siendo autoridades dentro del procedimiento administrativo.
Principio de Razonabilidad
Comentario:
Las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones,
califiquen infracciones, impongan sanciones, o establezcan restricciones a los
administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y
manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fines
públicos que deba tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente necesario
para la satisfacción de su cometido.
24
Principio de Tipicidad
(Freddy Vicente, 2003: pág. 114)
Comentario:
Un principio que deriva de los principios de seguridad jurídica y de legalidad,
para que una conducta constituya infracción administrativa, y sea objeto de una
sanción administrativa, la conducta tiene que estar perfectamente tipificada, ser
antijurídica porque así se ha establecido en una norma material. Solo de esta
forma los ciudadanos podrán prever de manera cierta las consecuencias de sus
actos: conocerán que acciones y omisiones constituyen infracción a los ojos del
Derecho Administrativo, y cual será́ su consecuencia de esas conductas
antijurídicas sanciones.
Continuación de Infracciones
25
SENTENCIA EXP. N° 1779- 2002-AA/ TC:
El Decreto Supremo N° 17-94-MTC, reglamento de infracciones y sanciones de
tránsito, aplicable al caso de autos, establecía las infracciones sobre dicha
materia y las sanciones a aplicarse, entre ellas la multa además señalaba que
corresponde a la Policía Nacional, asignada al control de tránsito imponer las
papeletas de infracción por la comisión de infracciones; en consecuencia debe
entenderse que las papeletas materia de la demanda constituyen actos
administrativos que de acuerdo con el numeral 9.1 del artículo 9° de la ley N°
26979, son exigibles coactivamente .
LEY DE TRÁNSITO Y MULTAS
Artículo 131. Multas: Los infractores de las normas de tránsito pagaran multas
liquidadas en salarios mínimos legales diarios vigentes así:
a) Será sancionado con multa equivalente a cuatro salarios mínimos legales
diarios vigentes, el conductor de un vehículo no automotor o de tracción animal
que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
- No transitar por la derecha de la vía.
- Agarrarse de otro vehículo en circulación.
- Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la
conducción.
- Transitar por andenes y demás lugares destinados al tránsito de peatones.
26
- No respetar las señales de tránsito.
- Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos.
- Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero
en estado defectuoso.
- Transitar por zonas prohibidas.
- Adelantar entre dos vehículos automotores que estén en sus respectivos
carriles.
- Conducir por la vía férrea o por zonas de protección y seguridad.
- Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como
autopistas y arterias, en este caso el vehículo automotor será inmovilizado.
b) Será sancionado con multa equivalente a ocho salarios mínimos legales
diarios vigentes, el conductor de un vehículo automotor que incurra en
cualquiera de las siguientes infracciones:
- Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción.
- Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida.
- Conducir un vehículo:
- Sin placa o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito.
- Con placas adulteradas.
- Con una sola placa, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de
tránsito.
- Con placas falsas.
En estos casos los vehículos serán inmovilizados:
- No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o
color de un vehículo en ambos caos el vehículo será inmovilizado.
- No pagar el peaje en los sitios establecidos.
- Utilizar equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los pasajeros de
un vehículo de servicio público.
- Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos sin
portar el permiso respectivo.
27
- Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus
vidrios que obstaculicen la visibilidad.
- No respetar las normas establecidas por la autoridad competente para el
tránsito de cortejos fúnebres.
- No respetar las formaciones de tropas, la marcha de desfiles, procesiones,
entierros, filas estudiantiles y las manifestaciones públicas y actividades
deportivas debidamente autorizadas por las autoridades de tránsito.
2.3. Definiciones Conceptuales
Incumplimiento.- Falta de cumplimiento de una obligación,
irresponsabilidad, desobediencia, violación, incumplimiento a la normativa.
Incumplir los preceptos del reglamento la existencia de un peligro manifiesto
y grave para las personas.
El incumplimiento se puede dar voluntario o involuntario, es decir que el
conductor con conocimiento de los reglamentos y leyes de tránsito no
realiza la debida aplicación de estos; entonces esto será el resultado de una
falta ya sea grave, leve o muy grave, teniendo como resultado una sanción.
Infracciones de tránsito.- Son hechos ocurridos por falta de conocimiento de
la ley y reglamento de tránsito, las infracciones son faltas a la sociedad,
incumplimiento a la normativa de circulación de vehículos que acarrea una
sanción administrativa. La sanción para este tipo de caso es la pena
privativa de libertad.
Reglamento.- Norma jurídica de carácter general tiene un valor subordinado
a la ley, dentro de ella se especifica normas para regular actividades
imprudentes que pongan en peligro la vida, consisten en prevenir peligros,
conflictos que se puede generar entre los individuos de la sociedad por solo
una falta que incurra una de ellos al no cumplir con el reglamento.
28
2.4. Hipótesis principal
La irresponsabilidad y el desconocimiento de la Ley y reglamento de
Tránsito General, son los factores que influyen en el incumplimiento de
pago de las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016.
2.4.1 Hipótesis Específicas:
HE1: La medida a tomarse es: el aumento en la seguridad ciudadana,
control con la policía de tránsito, ser estricto con la sanción y que esta se
cumpla conforme a las faltas de infracciones de tránsito en la ciudad de
Huánuco.
HE2: inhabilitarle la documentación y vehículo por el tiempo que tarde en
pagar la papeleta por cometer una infracción de tránsito en ciudad de
Huánuco.
2.5. Variables
2.5.1. Variable dependiente
Infracciones de tránsito.
2.5.2. Variable independiente
Incumplimiento en el pago de las infracciones de tránsito.
29
2.6. Operacionalización de variables (Dimensiones e Indicadores)
Variables Dimensión Indicadores Instrumentos
Incumplimiento
En el pago de
las
infracciones
Administrativa
Educativa
Programa de
concientización
- Sanción
- Pena
privativa
- Retención e
invalidez
- medio
- bajo
- asiste
- no asiste
- A veces
Cuestionario
Infracciones de
tránsito
Competencia
de respetar las
señales de
tránsito.
Competencia
de
conocimientos
de conducción.
Competencia
de respetar a la
sociedad.
- Cumple
- No cumple
- A veces
- Sabe
- No sabe
- Conoce a
media
- Respeta
- No respeta
- A medias
Cuestionario
30
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
3.1 Tipo de Investigación
La siguiente investigación de acuerdo a su naturaleza corresponde al tipo
SUSTANTIVA, porque está orientada a describir, explicar, predecir, la cual
se va en búsqueda de principios y leyes generales que permita organizar
una teoría, en ese sentido podemos afirmar que nos encamina hacia la
investigación básica o pura.
3.1.1. Enfoque
CUANTITATIVO, persigue la descripción de lo que ocurre en la realidad
social, es por eso que nos hemos apoyado en las técnicas estadísticas,
sobre todo en la encuesta, y nos permitió establecer aspectos generales
sobre la conducta y acción humana.
3.1.2. Nivel
El nivel de investigación que corresponde es EXPLICATIVO – CAUSAL,
porque va explicar los factores que influyen en el incumplimiento en el
pago de las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016.
3.1.3. Diseño
Se trabajó con el diseño DESCRIPTIVO – SIMPLE,
El diagrama es: M ---------- O
31
3.2. Población y Muestra
La población de estudio estuvo constituido por los que no cumplen el pago
de infracciones de tránsito en Huánuco, periodo 2016.
POBLACIÓN DE INFRACTORES QUE NO CUMPLEN EL PAGO DE
INFRACCIONES DE TRÁNSITO EN HUANUCO, SEGÚN AÑO 2016.
AÑO
SUJETO DE LA
POBLACION
TOTAL
2016 Conducta infractora por
incumplimiento al pago
de infracciones de
tránsito. Código (G40).
280
UNIDADES DE
ESTUDIO
Fuente: Secretaría Registradora de Papeletas de Infracción al Reglamento
Nacional de Tránsito- Huánuco código (G40).
ELABORACION: Investigadora
Muestra.- Es de tipo no probabilístico en su variante intencional es decir a
criterio de la investigadora siendo este la siguiente:
Composición de la Muestra
AÑO
SUJETO DE LA
POBLACION
TOTAL
2016
Conducta infractora por
incumplimiento al pago
de infracciones de
tránsito código( G40)
20
32
3.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
3.3.1. Para la recolección de datos
TÉCNICAS INSTRUMENTOS
ENCUESTA
Es el procedimiento que se realizó
dentro de la investigación, que se
para la recopilación de datos por
medio de un cuestionario.
TÉCNICAS INSTRUMENTOS
-Estadística descriptiva
-Hermenéutica
-Tablas estadísticas
- Fichas de análisis e
interpretación.
3.3.2. Para la presentación de datos.
Para la presentación de datos se utilizó los cuadros de distribución
estadística y los gráficos estadísticos simples en forma de barras.
3.3.3. Para el análisis e interpretación de datos
Una vez aplicados los instrumentos de recolección de datos como el
cuestionario, se procedió al conteo y el análisis respectivo a través de
la estadística descriptiva, considerando la frecuencia y el porcentaje
simple; pasándose a realizar la interpretación a partir de nuestro
marco teórico y de los mismos resultados.
33
CAPÍTULO IV
RESULTADOS
4.1. Procesamiento de datos.
Este capítulo presenta en forma organizada los resultados de las
encuestas realizados a los conductores respecto a la Conducta infractora
por incumplimiento al pago de infracciones de tránsito código (G40) en la
ciudad de Huánuco- 2016.
Cuadro N° 1
¿Es consciente al cometer una infracción de tránsito y ser responsable de la
sanción impuesta por la autoridad?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válido si 15 75,0 75,0 75,0
no 5 25,0 25,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 1
Elaboración: Investigadora.
34
Análisis e Interpretación del cuadro N° 1
El 75 % de conductores manifiestan que si son conscientes al cometer una
infracción y asumir su responsabilidad.
Del mismo modo el 25% indica que no es consciente al cometer una infracción
de tránsito, las consecuencias y responsabilidades que conllevan. La falta de
capacitación, produce conductas irresponsables entre los conductores de
vehículos en la ciudad de Huánuco.
Cuadro N° 2
¿Las sanciones aplicadas a una infracción de tránsito son justas?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válid
o
si 9 45,0 45,0 45,0
no 9 45,0 45,0 90,0
a veces 2 10,0 10,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 2
Elaboración: Investigadora
35
Análisis e Interpretación del cuadro N° 2
El 45% de los conductores encuestados respondieron que son justas las
sanciones aplicadas ocurridas por una infracción de tránsito, ya que admiten
culpa y son estos hechos ocasionados por ellos mismos.
Del mismo modo el 45% respondieron que no son justas las sanciones ya que
para algunos casos, no se halla culpa del conductor sino de la otra parte
imprudente.
Así mismo el 10 % de los conductores respondieron que a veces son justas
dichas sanciones.
Cuadro N° 3
¿Considera Ud. que la pena es un factor por el cual no realiza sus pagos?
Frecuenci
a Porcentaje
Porcentaje
válido Porcentaje acumulado
Váli
do
si 9 45,0 45,0 45,0
no 8 40,0 40,0 85,0
a veces 3 15,0 15,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
36
Fuente: Cuadro N° 3
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 3
El 45% de los conductores considera que la pena si es factor por el que ellos no
realizan sus pagos y están inmersos de sus responsabilidades.
Del mismo modo el 40% de conductores respondieron que no es la pena un
factor por el que ellos no realizan sus pagos, sino que a veces es la falta de
economía e injusticia.
Así mismo el 15% de conductores en nuestra ciudad de Huánuco prefieren
dejarlo en duda ya que algunos son responsables como otros son
irresponsables.
Cuadro N° 4
¿Es consciente de la pena que se impondrá por incumplir con sus pagos o
incurrir en constantes infracciones de tránsito?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido Porcentaje acumulado
Válido si 12 60,0 60,0 60,0
no 8 40,0 40,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
37
Fuente: Cuadro N° 4
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 4
El 60% de conductores que fueron encuestados respondieron que si son
conscientes de las consecuencias que trae incurrir en faltas o incumplir sus
pagos.
Del mismo modo el 40% de conductores respondieron a la encuesta que no son
conscientes ya que tienen el conocimiento de las papeletas tiene su tiempo de
prescripción que son 5 años.
Cuadro N° 5
¿Está de acuerdo que la policía de tránsito, le decomise su documentación
como parte de la infracción o acumulación de papeletas no pagadas?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido Porcentaje acumulado
Válido no 20 100,0 100,0 100,0
38
Fuente: Cuadro N° 5
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 5
El 100% está totalmente de acuerdo ya que son conscientes del tipo de infracción
y falta que cometieron, aunque saben que esto los perjudicaría económicamente.
39
Cuadro N° 6
¿La retención de su documentación lo considera un abuso por parte de la
autoridad?
Frecuenci
a
Porcentaj
e
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válido si 17 85,0 85,0 85,0
a
veces 3 15,0 15,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 6
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 6
El 85% de los conductores encuestados en la ciudad de Huánuco responden
que si es un abuso que le quiten la documentación y los lleven a la comisaria
aprovechándose de la infracción cometida.
Del mismo modo el 15% de los conductores responden a veces ya que para
ellos solo debe suceder eso cuando está en demasiada falta el conductor.
40
Cuadro N° 7
¿Los costos impuestos en el reglamento de tránsito por el grado de infracción
cometida, para Ud. son accesible?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válido no 14 70,0 70,0 70,0
a veces 6 30,0 30,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 7
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 7
El 70 % de conductores respondieron que no es accesible ya que la autoridad en
ocasiones exagera al aplicar una papeleta y sobrepasa los costos que ellos tienen
para pagar.
Del mismo modo el 30% de conductores respondieron que a veces es accesible,
dependiendo de la manera en que esta infracción sea calificada por la policía
41
Cuadro N° 8
¿Cree Ud. que los costos son muy elevados para el pago de una infracción de
transito?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válido si 17 85,0 85,0 85,0
a veces 3 15,0 15,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 8
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 8
El 85% de conductores de la ciudad de Huánuco respondieron que si son muy
elevados, ya que no todos tienes los mismos ingresos y ganancias.
Del mismo modo el 15% de conductores respondieron que a veces si es muy
elevado el costo del pago por una infracción de tránsito.
42
Cuadro N° 9
¿Sabe Ud. a lo que se expone si desobedece al reglamento de tránsito nacional?
Frecuencia Porcentaje
Porcenta
je válido Porcentaje acumulado
Válido si 3 15,0 15,0 15,0
no 17 85,0 85,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 9
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 9
El 85% de conductores respondieron que no saben qué consecuencias traen
no respetar el reglamento de tránsito.
Del mismo modo el 15% de conductores respondieron si saben las
consecuencias y conocen de ellas.
43
Cuadro N° 10
¿A su conocimiento sabe cuáles son las infracciones de tránsito?
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje
válido Porcentaje acumulado
Válido si 10 50,0 50,0 50,0
no 10 50,0 50,0 100,0
Total 20 100,0 100,0
Fuente: Cuadro N° 10
Elaboración: Investigadora
Análisis e Interpretación del cuadro N° 10
El 50% de conductores respondieron que si saben y conocen cuales son las
infracciones de tránsito.
Del mismo modo el 50% de los conductores respondieron que no conocen de
las infracciones de tránsito, ya que tienen un conocimiento bajo y no han
asistido a charlas de concientización y educación vial.
44
4.2. Contrastación de hipótesis y prueba de hipótesis.
En la presente hipótesis afirmamos que La irresponsabilidad, el
Incumplimiento y el desconocimiento en la Ley de Transito General, son los
factores que influyen en el incumplimiento de pago de las infracciones tránsito
en la ciudad de Huánuco, 2016 y con los resultados que obtuvimos en el
trabajo de campo de la presente investigación se ha llegado a la conclusión
que los conductores de vehículos deberían estar capacitados, preparados ante
cualquier situación u acontecimiento que pueda ocurrir en la vida diaria, si
respecta con el tránsito vehicular, siendo que esto no resulta cierto como está
demostrando en el cuadro N° 1 es consciente al cometer una infracción de
tránsito y ser responsable de la sanción impuesta por la autoridad, esto nos
motiva a que solo con un poco más de esfuerzo se podría llegar a que muchos
conductores irresponsables conozcan y cumplan con el reglamento de
tránsito.
Es así que en el cuadro N°2 las sanciones aplicadas a una infracción de
tránsito son justas, siendo esto que genera una irresponsabilidad porque es
una sanción que no está aplicada correctamente para el que ha fallado ante
una infracción.
En el siguiente cuadro N° 3 considera Ud. que la pena es un factor por el cual
no realiza sus pagos, muchos de nuestros encuestados responden que si es
un factor determinante ya que es una barrera por el que ellos no pueden
cumplir con sus responsabilidades llevándolos al incumplimiento.
En el cuadro N° 4 es consciente de la pena que se impondrá por incumplir con
sus pagos o incurrir en constantes infracciones de tránsito, en esta
interrogante se puede demostrar que los conductores muestran consciencia
ante las consecuencias que le puede traer consigo el incumplir o faltar ante
una infracción de tránsito.
El resultado que se encuentra demostrado en el trabajo de campo es de poca
diferencia con nuestro planteamiento de hipótesis ya que con un poco de
45
esfuerzo e interés por colaborar con los conductores enseñándoles a respetar
y conocer de las señales de tránsito se podrá lograr mejores resultados,
llegando al propósito de formar ciudadanos de bien y haciendo una buena
aplicación del Reglamento de Tránsito por parte de las autoridades, ayudará a
que ellos puedan cumplir con sus faltas y responsabilidades dentro de la
ciudad sin tener que hacer un incumplimiento, falta, desconocimiento.
Es así que de esta manera se ha comprobado la hipótesis con los resultados
que hemos obtenido en base al resultado de la encuesta realizada.
46
CAPÍTULO V
DISCUSIÓN DE RESULTADOS
5.1. Presentar la contrastación de los resultados del trabajo de
Investigación.
En el presente marco teórico se toma en consideración los principios de la
potestad sancionadora de la administración siendo estas que forman parte y
cuerpo de nuestra investigación ya que en su mayoría depende de estos
principios sancionadores que sea castigado por haber infringido varios
veces en la misma falta siendo el comportamiento de los conductores, así
como también tomamos en cuenta la ley de tránsito para ver a detalle la
restricciones y prohibiciones que este nos da.
Refiere también que las autoridades, debe estar obligado a velar por el
cuidado y la prevención de las infracciones de tránsito, tener cuidado a que
se incurra en forma continua y pongan en peligro la vida.
De la misma forma, se afirma que el concepto de infracciones de tránsito
son hechos ocurridos por falta de conocimiento de la ley y reglamento de
tránsito, las infracciones son faltas a la sociedad e incumplimiento a la
normativa, no debemos admitir un concepto que solo lo define sino poner
en práctica cambiando la realidad mostrando más responsabilidad e interés
por el bienestar general, resaltando que una buena formación moral y
educativa del individuo es predeterminante a estos fines y en nuestra
opinión es mucho más efectiva que la sanción.
De acuerdo a los resultados obtenidos en la hoja de encuesta que fue
aplicado a los conductores con respecto a su responsabilidad y sus
conocimientos del reglamento y ley de tránsito dentro de la ciudad de
Huánuco se ha demostrado que la falta de interés y preocupación por parte
de nuestras autoridades se perdió los valores ante nuestra sociedad
47
siendo una falta constante estos hechos dando como consecuencia la
irresponsabilidad y desconocimiento de nuestras normas, por ende el
incumplimiento al reglamento de tránsito general.
Por esto debemos resaltar que la Policía Nacional de tránsito y demás
autoridades deben realizar un buen trabajo trayendo consigo la confianza
con los conductores, con el fin de que se pueda demostrar que son
autoridades que toman en serio su trabajo y que las sanciones que imponen
son justas y que no están incurriendo a injusticias ni abusos para que así
esto nos lleve a una sociedad más ordenada responsable y con valores.
48
CONCLUSIONES
1. Este trabajo de investigación con el tema factores que influyen en el
incumplimiento de pago de las infracciones de tránsito, lleva ampliar el
concepto sobre el tema ya que podemos llegar a distintas interpretaciones
tomando en cuenta de qué manera se origina cuáles son los problemas y
consecuencias, es así que estudiamos desde uno de sus lados.
2. Los datos y resultados fue el soporte para validar la información recopilada
durante la investigación del problema.
Este proyecto sirvió para poder tener un entendimiento mejor sobre las
infracciones de tránsito en el área de estacionamiento prohibido.
Lo más importante de todo esto es no ver la mejora e innovación en
cambiar la forma para orientar y concientizar mejor a los conductores al
hacerlo podremos crecer como sociedad mejorando como individuos y por
ende la sociedad también crecerá.
3. Hacer este trabajo fue interesante y gratificante al comenzar a hacer la
investigación no conocía nada sobre las infracciones de tránsito menos los
factores que ocasionaban estas faltas, sin tener idea de lo importante que
es conocer nuestro reglamento, y que estas sean respetadas junto con
nuestras autoridades que se encargan de poner orden , no siendo lo
suficiente ya que falta mejorar e implementar mejor las estrategias para
llegar y hacer participar a todos los ciudadanos de esta importante tarea,
parece que fuese un tema sencillo de tratar y que la convivencia social sea
mejor y el castigo de las conductas que estas la lesionan.
Después de haber analizado el resultado estadístico con las encuestas
realizadas a los conductores se concluye que uno de las principales
causas es las sanciones aplicadas por cometer una infracción, es el hecho
que los conductores consideran injustas algunas de sanciones que se les
aplica obteniendo resultados casi iguales entre si y no con el porcentaje de
45% cada una.
49
RECOMENDACIÓN
1. Recomendamos que las autoridades encargadas deben implementar y
preparar las áreas encargadas de brindar las charlas de concientización de
educación vial, para reducir hechos infractores relacionados al
incumplimiento de pago de las infracciones de tránsito en la ciudad de
Huánuco; dentro de esta misma se debe complementar con la seguridad y
el orden social de la mano de la policía de tránsito.
2. Dentro de un proyecto tan ambicioso como lo fue éste, se desea que haya
una mejora; por lo tanto se recomienda a futuros estudiantes y personas
que tengan interés en el proyecto, que se implemente mejor el estudio de
este y sería recomendable la implementación de más grupos que cooperen
en el avance y mejoría de este estudio.
3. Otra de nuestras recomendaciones sería dar a conocer más y adaptarlos a
las leyes de tránsito y reglamento ya que son dos importantes herramientas
que serviría para que el conductor, peatón lo conozca mejor y sepa el
contenido de este; como ciudadanos que somos parte de esta sociedad que
no se encuentra inmerso de constantes infracciones de tránsito, no
seriamos ajenos y formaríamos parte de esta importante tarea, de tomar
conciencia, poner en práctica las posibles soluciones y precauciones que
podemos tomar para evitarnos de incidentes que generen un perjuicio a
nivel social y personal.
50
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1) Cervantes Anaya, Dante A. (2010). Manual de Derecho Administrativo.
2) Díaz Lazo, Aníbal. (2011). Manual de Investigación I (Ed), 2da Edición,
Lima Editorial Bruño.
3) Manual de la Ley de Tránsito (2013), 1 (Ed), lima Editorial Universal
4) Manual de Ley del Procedimiento Administrativo General (2010),1 (Ed)
Lima, Editorial Gaceta Jurídica S.A
5) Procedimientos de Sanciones Administrativas (2012), Código
Comentado, (Ed) Juristas Editores.
6) Reglamento de las Multas de Tránsito (2014). 1 (Ed), Lima, Editorial
Visor.
7) Revista de Leyes de Transito Nacional
8) Suay Rincón, José. (2001). Libro de Normas Administrativas. (Ed), 2
Edición, Lima Editorial Océano
9) Villa Stein, Javier. (2008). Derecho Penal.
PAGINA WEB
10) Artículo de Internet: Julio Cesar Tapia Cárdenas, Multas en las
Infracciones de Tránsito.
11) WWW. Ministerio de transportes. Org
12) WWW.reglas al volante. Org
13) WWW. Gerencie. Com
14) WWW. Principios jurídicos. Com
15) WWW. Reglamento de tránsito. Org
16) WWW. Derechoadministrativo. Com
17) WWW. ´potestadsancionadoraadministrativa. Html
18) WWW. Tcjurisprudencia/2004/01779. htm
ANEXOS
ANEXO 1
MATRIZ DE CONSISTENCIA TÍTULO DEL PROYECTO: FACTORES QUE INFLUYEN EN EL INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO.
FORMULACION DEL PROBLEMA
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
HIPOTESIS VARIABLE
Problema General ¿Cuáles son los factores por el cual no hacen el pago de las papeletas de infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016? Problemas Específicos PE1: ¿Qué medida se debe tomar ante las faltas de las infracciones de tránsito? PE2: ¿Qué sanción debe aplicarse a los infractores?
Objetivo General. Identificar los factores por el cual no hacen el pago de las papeletas de infracciones de tránsito que ocasiona el conductor en la ciudad de Huánuco, 2016. Objetivo Especifico OE1: Formular consideraciones para la estructuración de programas de educación vial en las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016. OE2: Incremento de los pagos en las papeletas de las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016.
Hipótesis General La irresponsabilidad, el incumplimiento y el desconocimiento en la Ley de Transito General, son los factores que influyen en el incumplimiento de pago de las infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco, 2016. Hipótesis Especifica HE 1: La medida a tomarse es: el aumento en la seguridad ciudadana, control con la policía de tránsito, ser estricto con la sanción y que esta se cumpla conforme a las faltas de infracciones de tránsito en la ciudad de Huánuco. HE2: inhabilitarle la documentación y vehículo por el tiempo que tarde en pagar la papeleta por cometer una infracción de tránsito en ciudad de Huánuco.
V1 Infracciones de transito
V2 Incumplimiento en el pago
Anexo 2:
Universidad de Huánuco
Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas Encuesta de Factores que influyen en el incumplimiento
de pago de las infracciones de Tránsito en la ciudad de
Huánuco 2016.
I. Instrucciones:
Este instrumento nos va a servir para recabar los datos sobre los factores que
influyen en el incumplimiento de pago de las infracciones de tránsito.
1.- ¿Es consiente al cometer una infracción de tránsito y ser responsable de la
sanción impuesta por la autoridad?
Sí No
2.- ¿Las sanciones aplicadas a una infracción de tránsito son justas?
Sí No A veces
3.- ¿Considera Ud. que la pena es un factor por el cuál no realiza sus pagos?
Sí No A veces
4.- ¿Es consciente de la pena que se impondrá por incumplir con sus pagos o
incurrir en constantes infracciones de tránsito?
Sí No
5.- ¿Está de acuerdo que la policía de tránsito, le decomise su documentación
como parte de la infracción o acumulación de papeletas no pagadas?
No
6.- ¿La retención de su documentación lo considera un abuso por parte de la
autoridad?
Sí A veces
7.- ¿Los costos impuestos en el reglamento de tránsito por el grado de infracción
cometida, para Ud. es accesible?
No A veces
8.- ¿Cree Ud. que los costos son muy elevados para el pago de una infracción de
tránsito?
Sí A veces
9.- ¿Sabe Ud. a lo que se expone si desobedece al reglamento de tránsito
nacional?
Sí No
10.- A su conocimiento ¿cuáles son las infracciones de tránsito?
Sí No
Anexo 3