expte. 9-2018 pliego de condiciones econÓmico ... · andamio así como a la retirada de las chapas...

73
Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO (TENIENDO EN CUENTA UNA PLURALIDAD DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN BASE A LA MEJOR RELACIÓN CALIDAD-PRECIO), LA REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA) ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN ANTECEDENTES: I.- A raíz de una visita realizada a las instalaciones de la Ciudad Deportiva de la zona sur, se detecta la existencia de varias grietas en las fachadas exteriores del edificio de oficinas, sedes sociales y piscina cubierta. Asimismo, se detecta en el interior del edificio de la piscina zonas de la estructura metálica de cubierta que está a la vista con importante grado de oxidación, así como elementos de la misma desprendidos. A la vista de las deficiencias detectadas y realizadas diversas visitas de inspección al edificio de referencia, se propone la instalación de un andamio en el interior de la piscina cubierta y retirada del revestimiento metálico superior, con el fin de comprobar el estado de la estructura oculta. Con fecha 02 de Septiembre de 2016 se procede a la instalación del citado andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que la estructura oculta se encuentra en un estado de GRAVE deterioro, con un total grado de oxidación y corrosión. II.- A la vista de lo comprobado tras descubrir la estructura oculta y considerando que el estado actual de la edificación supone un GRAVE RIESGO para la seguridad de los usuarios, viandantes y vehículos., con fecha 05 de Septiembre de 2016 se emite informe técnico en el que se propone la ejecución de las siguientes actuaciones: 1.- Cierre provisional de la instalación de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva. 2.- Clausura del tramo de acera correspondiente al edificio afectado evitando el tránsito peatonal y prohibición de aparcamiento en el mismo tramo. 3.- Estudio y análisis del estado total de la edificación para valorar el grado de deterioro. 4.- Una vez conocido el grado de afectación de la totalidad de la estructura, estudio y viabilidad técnica y económica de posibles soluciones. III.- Con fecha 08 de Septiembre de 2016 la Junta de Gobierno dictamina la "no apertura" de la instalación municipal de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva. IV.- Analizado más en profundidad el edificio se comprueba que el mismo se encuentra en una situación de alta gravedad, en estado ruinoso, pudiendo llegar al colapso de la estructura y el consecuente riesgo de derrumbe.

Upload: others

Post on 20-Jul-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO (TENIENDO EN CUENTA UNA PLURALIDAD DE CRITERIOS DE

ADJUDICACIÓN EN BASE A LA MEJOR RELACIÓN CALIDAD-PRECIO), LA REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA) ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN ANTECEDENTES:

I.- A raíz de una visita realizada a las instalaciones de la Ciudad Deportiva de la zona sur, se detecta la existencia de varias grietas en las fachadas exteriores del edificio de oficinas, sedes sociales y piscina cubierta.

Asimismo, se detecta en el interior del edificio de la piscina zonas de la estructura metálica de cubierta que está a la vista con importante grado de oxidación, así como elementos de la misma desprendidos.

A la vista de las deficiencias detectadas y realizadas diversas visitas de

inspección al edificio de referencia, se propone la instalación de un andamio en el interior de la piscina cubierta y retirada del revestimiento metálico superior, con el fin de comprobar el estado de la estructura oculta.

Con fecha 02 de Septiembre de 2016 se procede a la instalación del citado

andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que la estructura oculta se encuentra en un estado de GRAVE deterioro, con un total grado de oxidación y corrosión.

II.- A la vista de lo comprobado tras descubrir la estructura oculta y

considerando que el estado actual de la edificación supone un GRAVE RIESGO para la seguridad de los usuarios, viandantes y vehículos., con fecha 05 de Septiembre de 2016 se emite informe técnico en el que se propone la ejecución de las siguientes actuaciones:

1.- Cierre provisional de la instalación de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva.

2.- Clausura del tramo de acera correspondiente al edificio afectado evitando el tránsito peatonal y prohibición de aparcamiento en el mismo tramo.

3.- Estudio y análisis del estado total de la edificación para valorar el grado de deterioro.

4.- Una vez conocido el grado de afectación de la totalidad de la estructura, estudio y viabilidad técnica y económica de posibles soluciones.

III.- Con fecha 08 de Septiembre de 2016 la Junta de Gobierno dictamina la "no

apertura" de la instalación municipal de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva. IV.- Analizado más en profundidad el edificio se comprueba que el mismo se

encuentra en una situación de alta gravedad, en estado ruinoso, pudiendo llegar al colapso de la estructura y el consecuente riesgo de derrumbe.

Page 2: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Asimismo y según se hace constar en el informe de Evaluación Energética el

edificio tiene una calificación energética obtenida de consumo de energía primaria no renovable E. La infraestructura sufre importantes pérdidas energéticas debidas, entre otras cosas, al estado obsoleto de las instalaciones, a la ausencia de aislamiento y a las características de cerramientos y carpinterías. El coste de las trabajos para la mejora de la eficiencia energética asciende a 1.000.000,00 €, consiguiendo con las actuaciones propuestas una calificación energética B.

V.- A la vista de todo lo anteriormente expuesto y de los informes técnicos

evacuados al efecto en los que se recomienda la demolición del inmueble, la Junta de Gobierno Local en fecha 22 de Junio de 2017, previo dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación y Deportes en sesión de fecha 15 de junio de 2017, acordó lo siguiente:

- Aprobar el pliego de cláusulas económico-administrativas así como el de

prescripciones técnicas elaborados para proceder, mediante procedimiento abierto para su adjudicación a la proposición más ventajosa considerando varios criterios, a adjudicar el referido contrato de la redacción del proyecto, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud y obras de demolición del edificio de la piscina cubierta de la zona sur (Ciudad Deportiva), con un tipo de licitación de 395.867,77 €, sobre el que se repercutirá el 21% de I.V.A., es decir, 83.132,23 €, arrojando un total de 479.000 €.

VI.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de Octubre de

2017 se adjudica el contrato de redacción del proyecto, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud y obras de demolición del edificio de la piscina cubierta de la zona sur (Ciudad Deportiva) a OBRAS CONEDAVI, S.L.U., en el precio de 243.062,81 €, importe sobre el que se repercutirá el 21% de I.V.A., esto es 51.043,19 €, arrojando un total de 294.106 €, y en las demás condiciones contenidas en su oferta.

VII.- Con fecha 31 de Octubre de 2017 se firma el contrato que contempla la

demolición completa del edificio destinado a piscina cubierta, ejecución del cerramiento de la fachada del edificio anexo medianera con el edificio demolido, reparación de patologías localizadas en la fachada Este del edificio administrativo y el cerramiento y acondicionamiento del solar una vez realizada la demolición.

VIII.- Con fecha 1 de Diciembre se firma el acta de replanteo e inicio de obras,

comenzando el plazo de ejecución de la obra fijado en 4 meses, una vez aprobado el Proyecto básico y de ejecución de demolición de la piscina cubierta de la ciudad deportiva y rehabilitación parcial del edificio anexo, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de Noviembre de 2017.

EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

I.- Durante el mes de Diciembre de 2017 la Empresa CONEDAVI S.L.U. lleva a cabo los trabajos previos a la demolición completa, consistentes en desmontaje de elementos de cubierta, paneles solares, recuperación de teja, cornisas, instalaciones interiores, desconexión y anulado de instalaciones, desmontaje de revestimientos de chapas etc.

Page 3: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Así mismo se comienza la sustitución de la iluminación interior del edificio anexo por luminarias LED ofertado como mejora en la licitación, estando ejecutado a fecha del presente informe el 100% de dicha unidad.

Se comienzan tareas de picado de solados de terrazas y balcones del edificio

administrativo para proceder a la impermeabilización y reparación de las mismas.

II.- Con fecha 2 de Enero de 2018, coincidiendo con el periodo de vacaciones escolares en el colegio anexo “Arturo Duperier”, comienzan los trabajos de demolición del edificio de la piscina cubierta.

Como procedimiento adoptado para la demolición, según consta en el informe

adjunto emitido por la Dirección Facultativa de la obra de fecha 5 de Enero de 2018, se procede en primer lugar al picado de fachadas Norte y Oeste para evitar su derrumbamiento ya que se encontraban en un estado muy precario y con un desplome muy acentuado.

Una vez eliminado el recubrimiento de ladrillo y dejando la estructura metálica

del edificio al descubierto, se observa que el estado de la estructura presenta un deterioro mayor al sospechado y una deficiente ejecución de las uniones entre pilares y cerchas, cuyo apoyo es insuficiente y se encuentra punteado y no soldado, agravando de manera considerable la estabilidad del conjunto.

III.- El día 3 de Enero de 2018 comienza el desmontaje controlado de la

estructura metálica del edificio (pilares y cerchas de cubierta), desplomándose la misma hacia el interior. El comportamiento de la estructura ratifica el grave deterioro de la misma, confirmándose que era el propio cerramiento de fábrica el que estaba manteniendo en pie el edificio.

IV.- A la vista del comportamiento de la estructura del edificio de la piscina cubierta y sabido que el edificio anexo está edificado con los mismos sistemas constructivos y en la misma época, se sospecha que este edificio colindante pueda sufrir los mismos defectos estructurales y de ejecución detectados en la piscina cubierta. Es por ello que por parte de la Dirección Facultativa de la obra, de la empresa y de los servicios técnicos municipales, se decide realizar una investigación más exhaustiva del estado del edificio anexo, posponiendo la ejecución de las unidades previstas en este edificio.

V.- Se realizan diferentes catas en puntos conflictos: - Hoja exterior del hastial colindante con el edificio demolido. - Encuentros de vigas y pilares en las crujías 1ª a 3ª colindantes con la

zona de la demolición. - Elementos en voladizo y pilares empresillados de balconadas al

exterior. - Vigas de las crujías de la fachada Este. - Vigas de sótano. VI.- El resultado de la investigación realizada se expone en el acta adjunto

suscrito por la Dirección Facultativa de la obra.

CONCLUSIONES:

Page 4: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

A la vista de todo lo expuesto anteriormente y de la investigación realizada, se concluye que el edificio anexo presenta un estado general patológico, siendo las causas más relevantes las que a continuación se detallan:

- Deterioro general por oxidación de toda la estructura, con gravedad en zonas

de acumulación y persistencia del agua, en contacto con estos elementos estructurales.

- Deterioro general de sistemas metálicos de anclajes y sujeción de fachada cara vista (por la misma causa).

- Deterioro general de los aislantes de las cámaras por exposición prolongada a la humedad.

- Ausencia general de barreras contra la humedad (morteros hidrófugos, pinturas para puentes térmicos etc.).

Por todo lo mencionado, se concluye lo siguiente: - La Dirección Facultativa de la obra no puede garantizar con la ejecución de las

partidas presupuestadas para la consolidación del edificio anexo, que los vicios ocultos detectados no puedan ocasionar en un corto plazo problemas de estabilidad estructural.

- No se considera viable el refuerzo de los elementos existentes por la pérdida de sección y el estado en el que se encuentran vigas y pilares, no siendo su sustitución factible desde el punto de vista técnico y económico.

A la vista de todo lo anterior, y comprobado el grave estado de deterioro del

edificio anexo, el técnico que suscribe propone las siguientes actuaciones: - Ante el riesgo inminente de desprendimientos de la fachada medianera con el

edificio demolido que presenta actualmente una estabilidad comprometida, se recomienda acordonar y señalizar la zona con vallado perimetral de al menos 15 m con el fin de evitar daños a peatones y vehículos en caso de desprendimiento, según las recomendaciones de la Dirección Facultativa de la obra.

- Desalojo y clausura definitiva del edificio. - Clausura del tramo de acera correspondiente al edificio afectado evitando el

tránsito peatonal y prohibición de aparcamiento en el mismo tramo. - Demolición del edificio, eliminando el grave riesgo actual existente, dada la

antigüedad de la edificación, que ésta está totalmente amortizada y ha concluido su vida útil, y que los trabajos de consolidación de la mismas son inviables desde el punto de vista técnico y económico,

- Estudio y viabilidad de posibles usos del solar resultante.

JUSTIFICACIÓN DE LA RUINA DE LA EDIFICACIÓN

Según el Artículo 8 de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo – Deberes de uso y conservación:

“1. Sin perjuicio de los deberes urbanísticos establecidos para cada clase de

suelo, los propietarios de terrenos y demás bienes inmuebles deberán: a) Destinarlos a usos que no estén prohibidos por las Leyes o el planeamiento

urbanístico.

Page 5: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

b) Conservarlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad, ejecutando:

1º. Los trabajos y obras necesarios para mantener en todo momento dichas condiciones, o para reponerlas si se hubieran perdido o deteriorado.

2º. Las obras adicionales de conservación que se impongan por motivos de interés general, mediante el procedimiento de orden de ejecución regulado en el artículo 106.

c) Resolver la dotación de los servicios que resulten necesarios o exigibles conforme al uso y demás características del bien y a las determinaciones del planeamiento urbanístico y sectorial.

d) Cumplir las demás prescripciones de la normativa sectorial vigente. 2. El coste de los trabajos, obras y servicios necesarios para cumplir los deberes

citados en el apartado anterior corresponde a los propietarios, salvo en los siguientes casos:

a) Cuando de la normativa sectorial aplicable resulte que dicho coste deba ser sufragado de forma total o parcial por la administración pública o por entidades prestadoras de servicios.

b) En el caso del apartado 1.b), cuando se supere el límite del deber legal de conservación, sea:

1º. Porque el coste de los trabajos y obras supere la mitad del valor de reposición a nuevo del inmueble.

2º. Porque los trabajos y obras a realizar no sean autorizables conforme a la normativa urbanística en vigor, sin perjuicio de la obligación de ejecutar los que sean necesarios para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad del inmueble, en el caso de que el Ayuntamiento no opte por su demolición.

3. Cuando el coste de los trabajos y obras a realizar exceda de los límites

establecidos en el apartado anterior y no proceda la demolición del inmueble, el Ayuntamiento resolverá la forma de costear, sin cargo para el propietario, la parte correspondiente a aquel exceso.”

En cumplimiento del Artículo 107 de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de

medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo – Declaración de ruina: “1. El Ayuntamiento declarará la ruina total o parcial de un inmueble:

a) Cuando el coste de las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, conforme al artículo 8.1.b), exceda del límite del deber legal de conservación definido en el artículo 8.2.”

VALORACIÓN DE LA EDIFICACIÓN

Valor de reposición: Teniendo en cuenta el Plan General de Ordenación Urbana y los módulos

oficiales de la Ponencia de Valoración de la Gerencia Territorial de Catastro de Ávila, en el que se fija un Módulo Base para Ávila Capital de 600,00 € así como el Cuadro de coeficientes del valor de las construcciones, obtenemos un Valor de construcción de la edificación de acuerdo con las superficies señaladas:

Page 6: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA: Planta sótano: 280,65 m2 Planta baja: 395,25 m2 Planta primera: 403,25 m2 Planta segunda: 397,75 m2 TOTAL SUPERFICIE CONSTRUIDA: 1.476,90 M2 Valor de la construcción = Sc x MBC x Cf, siendo Sc: Superficie total construida MBC: Módulo básico de Construcción Cf: Coeficiente del valor de la construcción según uso, clase, modalidad y

categoría, estableciéndose para un uso Deportes, Clase Cubiertos, Modalidad Cubiertos y Categoría 5 un coeficiente de 1,30.

Valor de la construcción (Vc) = 1.476,90 m2 x 600,00 €/m2 x 1,30 =

974.754,00 €

Valor de reposición = (Vc + 21% IVA) + 14% H. Técn. y Licencia

VR = (1.151.982,00 € + 241.916,22 €) + 195.145,74 € = 1.589.043,90 €

VR = 1.589.043,90 €

Valor actual de las edificaciones:

Obtenido el Valor de Reposición sin devaluar de las edificaciones se procede a la obtención del Coeficiente de Depreciación, según la fórmula: Ce = 1 – 0,25 (log X – 1)2

Donde X es el número de años de la construcción que no podrá ser inferior a diez ni superior a 300. X = 2.018 – 1.976 = 42 Ce = 0,61

Aplicando a la valoración anteriormente calculada el coeficiente de depreciación por antigüedad obtenemos el Valor Actual de la Edificación:

1.589.043,90 x 0,61 = 969.316,77 €

Valor actual 969.316,77 € VALORACIÓN DE LOS DAÑOS DE LA EDIFICACIÓN Y COSTE DE SU REPARACIÓN

Se valoran los daños observados en las edificaciones en lo que se refiere a sus elementos fundamentales, es decir aquellos que dependen de la edad y que han sido objeto de un uso determinado.

Page 7: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Para ello se relacionan capítulo a capítulo el coste de las reparaciones a efectuar:

REHABILITACIÓN EDIFICIO

CAPÍTULO 1 Desmontajes, demoliciones y apuntalamientos 30.929,92

CAPÍTULO 2 Saneamiento enterrado y bombeos 10.875,23

CAPÍTULO 3 Cimentaciones y recalces 35.104,32

CAPÍTULO 4 Estructura 97.932,10

CAPÍTULO 5 Cubierta 27.502,85

CAPÍTULO 6 Albañilería (cerramientos, divisiones y trasdosados) 63.850,56

CAPÍTULO 7 Revestimientos y falsos techos 33.067,20

CAPÍTULO 8 Aislamientos e impermeabilizaciónes 23.500,80

CAPÍTULO 9 Solados y alicatados 31.907,15

CAPÍTULO 10 Cantería y accesos 6.284,80

CAPÍTULO 11 Carpintería exterior de aluminio 26.992,48

CAPÍTULO 12 Carpintería de madera 12.600,00

CAPÍTULO 13 Cerrajería 5.060,32

CAPÍTULO 14 Vidrios 9.393,25

CAPÍTULO 15 Pinturas y acabados 12.640,00

CAPÍTULO 16 Instalaciones especiales y de incendios 9.400,00

CAPÍTULO 17 Señalización, equip. y mobil. 3.001,60

CAPÍTULO 18 Instalación de climatización, ventilación y producción de A.C.S

32.274,28

CAPÍTULO 19 Instalación de fontanería y aparatos sanitarios 24.367,60

CAPÍTULO 20 Instalación de electricidad, Iluminación y telefonía 34.780,48

CAPÍTULO 21 Accesibilidad y eliminación de barreras 25.534,36

CAPÍTULO 22 Gestión de residuos 11.016,56

CAPÍTULO 23 Seguridad y Salud 12.033,14

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 580.049,00

13 % GG 75.406,37

6 % BI 34.802,94

TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 690.258,31

21 % IVA 144.954,25

TOTAL PRESUPUESTO 835.212,56

14 % HONORARIOS TÉCNICOS Y LICENCIA 116.929,76

TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 952.142,31

Valoración total de los daños de la edificación y coste de reparación

952.142,31€

De acuerdo con lo señalado en la Norma Urbanística Art. 107.- Declaración de

ruina del P.G.O.U. y lo señalado en el Art. 107 de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación en materia de urbanismo, PROCEDE LA DECLARACIÓN DE RUINA DEL INMUEBLE, al ser el coste de las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones adecuadas de seguridad y salubridad superior al 50 % del valor del inmueble (794.521,95 €), es decir, 952.142,31 €. EN LO REFERENTE A LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE CONTRATACIÓN:

Page 8: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Debido al estado en que se encuentra el edificio, los trabajos a realizar

comportan situaciones de alto riesgo, no comprable con una obra de construcción normal, por lo que deberá realizarse por EMPRESA ESPECIALIZADA en Demolición, bajo la supervisión CONTINUA del Técnico competente responsable de la dirección de la obra.

A la vista del estado ruinoso de las edificaciones, se entiende la necesidad de

contratar las obras de demolición, previa redacción del pertinente proyecto por la propia empresa, justificado este hecho por la necesidad de evaluar las actuaciones necesarias y acreditar el perfecto conocimiento de la realidad del edificio, razón por la que este aspecto debe ser analizado de modo singularmente destacado que asegure la calidad y seguridad de las actuaciones propuestas a partir de las prescripciones técnicas que como mínimo se definen en el pliego de contratación.

En lo referente a la redacción del proyecto de demolición, sabido es que la

redacción de proyectos conlleva dedicación exclusiva, incluida la realización de estudios y cálculos que en muchos casos sobrepasa las posibilidades de los Técnicos de la administración, al no disponer del personal adecuado para ello.

Asimismo estos trabajos exigen un alto grado de dedicación, lo que en

ocasiones es inviable por la sobrecarga de trabajo que la administración sufre en los últimos años, derivada de la imposibilidad de contratación de personal o cobertura de las plazas vacantes.

Por lo que resulta necesaria la externalización de la prestación del servicio de

redacción del proyecto de demolición del edificio anexo al edificio de la piscina de la Ciudad Deportiva de Ávila, debido a las exigencias de la normativa vigente, el alto grado de dedicación necesario y la carestía de medios en el ayuntamiento.

En lo referente a la dirección facultativa de las obras, ésta se asumirá por los

técnicos municipales. No obstante, debido al alto riesgo que supone una obra de demolición, se entiende necesario la supervisión continua de técnicos facultativos. Este trabajo, al igual que la redacción del proyecto, conlleva un alto grado de dedicación durante el plazo de ejecución de las obras, incompatible esta dedicación con el trabajo diario de los técnicos municipales. Es por ello que se propone, dentro del contrato, un servicio de asistencia técnica durante la ejecución de las obras compuesto por arquitecto y aparejador a las órdenes de la dirección facultativa que realicen las tareas de fiscalización diaria de las obras.

Asimismo y por ello, procediendo la externalización de la prestación del servicio

de redacción del proyecto de demolición se entiende necesaria la externalización de la prestación del servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa por los técnicos redactores del proyecto, siendo éstos los mejores conocedores de los métodos propuestos para la ejecución de las obras de demolición.

EN LO REFERENTE A LA CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS:

Al tratarse en este caso de una obra de demolición en el que se deberá

proceder de una forma controlada al derribo de la edificación, se hace necesario el empleo de técnicas específicas no comprables con las de una obra de construcción

Page 9: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

normal. Este hecho, determina que el contratista deba quedar vinculado al estudio de la obra y redactar, previamente a la ejecución de la obra, el correspondiente proyecto de demolición en el que se especifique la técnica de demolición más ajustada a la realidad del edificio y de sus sistemas constructivos.

A tal fin resulta conveniente la determinación del mejor licitador mediante un

procedimiento abierto a la libre concurrencia con consideración de diversos criterios que avalen la calidad del servicio y que deberán ser enjuiciados oportuna y motivadamente en la forma que luego se señala.

Ante la carestía de medios propios y la especificidad de los trabajos a realizar,

se precisa contratar este servicio promoviendo el pertinente expediente de licitación para los que se propone los siguientes criterios, divididos en dos fases:

1. Fase I: Redacción de proyecto y asistencia técnica:

1.1 Criterios no dependientes de fórmulas matemáticas:

Estos criterios serán valorados de manera motivada por los servicios técnicos a

tenor de la documentación que presenten los licitadores que deberá desarrollar el modo de prestación del servicio objeto del contrato a partir de los aspectos reseñados en el pliego de prescripciones técnicas que constituyen una referencia de mínimos.

Se enjuiciará la claridad expositiva y el contenido que permita acreditar la

singularidad en la forma en que se llevará a cabo las tareas derivadas de la naturaleza y objeto del contrato específicamente, esto es, considerando la coherencia, viabilidad e idoneidad de la oferta en virtud de la organización y medios propuestos en función de los trabajos a llevar a cabo.

Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que presenta las propuestas

técnicas más acordes con las prestaciones a realizar y el resto se valorará de manera proporcional, motivado y comparativamente, estableciéndose parámetros de referencia y su correspondiente puntuación máxima.

Estos criterios se consideran necesarios de evaluar debido a las características

singulares del objeto del contrato y a la complejidad de los trabajos a realizar.

1.2 Criterios valorables de forma automática:

Se han introducido criterios evaluables mediante adjudicación directa de puntos que consisten en la reducción de los plazos de redacción del proyecto de demolición y aspectos relativos a la cualificación del equipo vinculado al objeto del contrato.

2 Fase II: Ejecución de obra:

2.1 Criterios valorables de forma automática:

Se han introducido criterios evaluables adjudicación directa de puntos que consisten en la reducción de los plazos de ejecución de la obra así como el incremento de los plazos propuestos de garantía de la obra.

Page 10: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Igualmente se introducen mejoras de carácter social vinculadas a la obra consistente en un compromiso de naturaleza social en caso de ser necesaria la contratación de personas o ampliación de plantilla para la obra.

Por último se valorará la proposición económica, debiendo los licitadores ofertar

el porcentaje de baja económica de cada una de las ofertas con respecto al presupuesto base de licitación de las actuaciones objeto de contrato.

Por tanto, no contando con medios propios suficientes y estimando la necesidad

de contar con empresa especialista, procede la contratación de las tareas de redacción del proyecto que vincule a la empresa seleccionada a la definición de las actuaciones sobre los mínimos previstos en el pliego de prescripciones técnicas, la asistencia técnica a la dirección facultativa y la ejecución de esas obras estudiadas por el contratistas en fase de proyecto, considerando varios criterios en la forma que luego se concreta.

De acuerdo con el artículo 159 de la LCSP 2017 los órganos de contratación pueden acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:

- Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.

- Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya

ninguno evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.

No se prevé la división del presente contrato en lotes, al tratarse de un encargo

relacionado todas las partes de una manera indivisible, la realización independiente de las algunas de las fases comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo, conllevando un riesgo para la correcta ejecución del contrato, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes, al tratarse de un proyecto completo indivisible con una normativa clara y una estructura legal a cumplir que garantice su correcta ejecución.

Respecto a los requisitos de solvencia técnica y económica se ha optado por la

elección por algunos de entre aquellos previstos normativamente considerando que no son discriminatorios y se ajustan a la naturaleza del contrato, con umbrales que coinciden con el valor estimado y acreditados por medios accesibles y de fácil obtención para cualquier licitador.

1.- OBJETO DEL CONTRATO.- Es objeto del contrato la ejecución material de

obra consistente en la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA) con arreglo al presente pliego y prescripciones técnicas anexas.

Page 11: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

La codificación codificación CPV según el Reglamento (CE) 213/2008 es 45110000-1 Trabajos de demolición de inmuebles y movimiento de tierras.

El presente Pliego con sus anexos, proyecto, pliego de prescripciones técnicas y

demás documentos en que la contratación de referencia trae causa, revestirán carácter contractual.

En caso de discordancia ente el presente Pliego y cualquiera del resto de los

documentos contractuales prevalecerá el Pliego de cláusulas administrativas particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones de los licitadores y adjudicatarios.

2.- VALOR DEL CONTRATO Y BASE DE LICITACIÓN.- a) El importe del presupuesto de licitación asciende a la cantidad, por todos los

conceptos, I.V.A. excluido, de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (165.289,25 €) importe sobre el que se repercutirá el 21% de IVA, TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (34.710,75 €), de donde resulta un importe total de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €).

De este importe se corresponde la cantidad, I.V.A. excluido, de DIECINUEVE

MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (19.834,71 €), a los trabajos de redacción de proyecto y asistencia técnica, importe sobre el que se repercutirá el 21% de IVA, (4.165,29 €) correspondientes al IVA, de donde resulta un importe total de VEINTICUATRO MIL EUROS (24.000,00 €).

Asimismo, de este importe se corresponde la cantidad, I.V.A. excluido, de

CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS DE EURO (145.454,55 €), a los trabajos de ejecución de la obra de demolición importe sobre el que se repercutirá el 21% de IVA, (30.545,45 €), de donde resulta un importe total de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL EUROS (176.000,00 €).

Dicho importe tiene el siguiente desglose: 1.- Honorarios de redacción de proyecto y asistencia técnica:

Page 12: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Sin perjuicio del redondeo que luego se indica 2.- Obras de demolición:

RESUMEN DE PRESUPUESTO

CAPÍTULO 1: ACTUACIONES PREVIAS 22.867,06

CAPÍTULO 2: DEMOLICIONES Y DESMONTAJES 92.054,40

CAPÍTULO 3: SEGURIDAD Y SALUD 4.230,95

CAPÍTULO 4: GESTIÓN DE RESIDUOS 3.078,29

PRESUPUESTO TOTAL DE EJECUCIÓN MATERIAL 122.230,70

13 % GG 15.890,00

6 % BI 7.333,85

TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 145.454,55

21 % IVA 30.545,45

TOTAL PRESUPUESTO 176.000,00

TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

HONORARIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO Y ASISTENCIA TÉCNICA 24.000,00

OBRAS DE DEMOLICIÓN 176.000,00

TOTAL PRESUPUESTO 200.000,00

De conformidad con lo dispuesto en el art. 101 de La LCSP, EL VALOR

ESTIMADO DEL CONTRATO, se calcula como sigue.

Dicho valor incluye los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos precisos para su ejecución, y además el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución en la medida que se relaciona en el informe justificativo de la necesidad y conveniencia de contratar dicho servicio y que consta en el expediente de su razón y ha sido publicado en el perfil del contratante, sin que se

Page 13: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

hayan estimado posibles prórrogas y sí modificaciones del contrato conforme al art. 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público, teniendo en cuenta su ajuste a los valores del mercado, y conforme al siguiente método de cálculo:

Consideraciones Previas:

El primer texto regulador de los honorarios de los Arquitectos en trabajos de su profesión en España data del año 1922. Los cambios en las formas y modos de trabajo, el incremento de la complejidad técnica y legal dentro de la actividad arquitectónica y el desarrollo de la actividad urbanística hicieron necesaria una actualización de dicho texto. Así, con el Real Decreto 2512/1977, de 17 de junio, se aprueban las tarifas de honorarios de los Arquitectos en trabajos de su profesión. Dichos honorarios obligatorios estuvieron en vigor hasta la aprobación de la Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios profesionales. Con este documento los baremos de honorarios pasaron de ser obligatorios a tener un carácter meramente orientativo. Desde la aprobación de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de 2009 (Ley Ómnibus), se prohíbe a los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, directriz, norma o regla sobre los honorarios profesionales. Con este marco legal, los honorarios de los arquitectos están liberalizados y a merced de los precios de mercado, a pesar que en otros países como por ejemplo, en Alemania, lo tengan regulado.

Justificación Método de cálculo: 1.- Honorarios de redacción de proyecto y asistencia técnica:

Estudiado este horizonte sobre los honorarios de la profesión y en función de los costes de mercado, para proceder al cómputo de los honorarios orientativos que nos sirvan de base para la correcta obtención del valor del servicio a contratar, se realizará con carácter previo un cálculo de los costes de referencia sobre el que se aplicará un porcentaje en función de la superficie construida de actuación. Estos costes de referencia son orientativos y varían en función de cada colegio profesional no siendo vigentes los que son de aplicación para el colegio profesional que corresponde a este caso, en función de la ubicación geográfica de esta actuación, por ese motivo se calcularán utilizando los factores y coeficientes que se estimen oportunos (según estudio de los utilizados en otros colegios profesionales) en función de la tipología, localización, características y un factor corrector, por ejemplo en el caso de rehabilitaciones, como es este caso, y que se resumen en el cuadro adjunto. Así mismo, en este método de cálculo se han teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

Page 14: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Costes directos: en este caso se tratan de las personas relacionadas directamente con el producto debido a que se encargan de su elaboración, lo que correspondería, en este caso, con los honorarios profesionales y demás costes directos para su obtención.

Se fija un Módulo denominado Mcr= Precio m2 construido obra nueva [€/m2] año de 499 €/m2 según lo reflejado en el cálculo de gastos de visado del COAYLE demarcación Ávila.

En este caso se opta por el 6,5%, para superficies entre 1.000,00 y 2.000,00 m2, de los costes de referencia calculados en el cuadro adjunto.

Costes no directos y/o indirectos: personal, material, gastos, alquileres, seguros, consumos.., que no están relacionados de una forma directa o exclusiva con el objeto del contrato.

En este caso se opta por el 7% de costes indirectos, teniendo en cuenta la naturaleza y objeto del contrato, así como otros profesionales vinculados de una forma indirecta con su ejecución.

Otros gastos: financieros, tasas, primas, pagos, avales,.. derivados de la presentación, se estiman en un 3,00 % sobre los honorarios.

Gastos Generales y Beneficio Industrial: Al utilizarse para calcular el valor del contrato la referencia a los honorarios profesionales, no se derivan, en este caso, ni gastos generales ni beneficio industrial, en virtud de lo reflejado en la Orden FOM/1824/2013, de 30 de septiembre, por la que se fija el porcentaje a que se refiere el artículo 131 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, a aplicar en el Ministerio de Fomento.

En el caso de aplicar el artículo 103 de la Ley 9/2017 de Contratos del sector Público, en el supuesto de ser adjudicatario empresa y/o contratista, se deberán considerar los siguientes porcentajes:

Gastos Generales: 13 % Beneficio Industrial: 6%

Así mimos se estipula los siguientes porcentajes en función de los trabajos a realizar:

Redacción del Proyecto: 70% de los Honorarios Asistencia técnica Arquitecto: 30% Asistencia técnica Aparejador: 30%

No se contemplan para esta parte del contrato ni prórrogas ni modificaciones, por lo que no se repercutirán en la presente estimación.

Por lo que el mismo se cifra en 19.779,66 euros, siendo este acorde al valor de mercado.

Se plantea que el contrato se redondeé a una cuantía exacta, despreciando la dispersión de los decimales, arrojando un valor estimado de 24.000,00 €, IVA incluido, cifrando la cuantía en 19.834,71 euros, IVA excluido,

Page 15: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

importe sobre el que se repercutirá el 21 % IVA (4.165,29 €) arrojando un total de 24.000,00 euros

2.- Obras de demolición:

Se toman como precios de referencia para el cálculo del presupuesto de ejecución material de la demolición la Base de Precios Centro de 2015, sintetizado en el cuadro anexo en el que se especifica el coste de ejecución material de cada capítulo de obra.

Costes no directos y/o indirectos: personal, material, gastos, alquileres, seguros, consumos.., que no están relacionados de una forma directa o exclusiva con el objeto del contrato. Se incluyen dentro de los precios unitarios del PEM un 3% de costes indirectos.

Gastos Generales y Beneficio Industrial: Al utilizarse para calcular el valor del contrato la referencia a los honorarios profesionales, no se derivan, en este caso, ni gastos generales ni beneficio industrial, en virtud de lo reflejado en la Orden FOM/1824/2013, de 30 de septiembre, por la que se fija el porcentaje a que se refiere el artículo 131 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, a aplicar en el Ministerio de Fomento.

En el caso de aplicar el artículo 103 de la Ley 9/2017 de Contratos del sector Público, en el supuesto de ser adjudicatario empresa y/o contratista, se deberán considerar los siguientes porcentajes:

Gastos Generales: 13 % Beneficio Industrial: 6%

No se contemplan para este contrato ni prórrogas pero si modificaciones, por lo que en este último aspecto repercutirán en la presente estimación.

Por lo que el mismo se cifra en 145.454,55 euros, siendo este acorde al valor de mercado.

Sobre ello se estima un máximo del 10% en modificaciones cifrando la cuantía en 160.000,00 euros,

3.- Totalidad del contrato: A la vista de lo anterior, se propone un valor estimado del contrato obtenido de

la suma de los dos apartados anteriores: 1.- Honorarios de redacción de proyecto y asistencia técnica: 19.834,71 € 2.- Obras de demolición: 160.000,00 € Total valor de contrato: 179.834,71 €

Asciende así, el valor estimado del contrato a la cantidad de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO.

Page 16: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

En todo caso, se desglosará la parte correspondiente al proyecto y asistencia técnica de los trabajos de ejecución material de la obra y se indicarán, para ambos casos, como partida independiente en la proposición y en los documentos que se presenten para el cobro, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración al tipo impositivo que corresponda.

Los precios unitarios que regirán durante la duración de las obras serán los del proyecto redactado y finalmente aprobado por la Administración.

3.- FINANCIACIÓN DE LAS ACTUACIONES. Se financiará con cargo a las partidas presupuestarias que a continuación se relacionan existiendo crédito suficiente para hacer frente a las obligaciones económicas que se generen para el Excmo. Ayuntamiento:

Año Partida presupuestaria Importe IVA incluido

2018 04023420063201 200.000 €

La reserva de crédito correspondiente se ajustará al importe máximo previsto

en esta cláusula como importe máximo que el futuro contrato puede alcanzar. No obstante, no se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, así como a la adquisición del compromiso generado por el mismo, hasta que se conozca el importe y las condiciones del contrato de acuerdo con la proposición seleccionada.

4.- LICITADORES.- Están facultadas para licitar todas las personas, naturales o

jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar según el artículo 65 y siguientes, y que no estén incursas en una prohibición de contratar de conformidad con el artículo 71, 85 y concordantes de la Ley 9/2017.

La solvencia técnica o profesional se acreditará del siguiente modo: .- Una relación de las principales obras análogas realizadas en los últimos cinco

años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

Deberán tratarse de obras de igual o similar naturaleza que los que constituyen

el objeto del contrato. Se establece como requisito mínimo que el importe acumulado sea igual o

superior a 200.000 euros.

Sin esta documentación no se entenderá acreditada la solvencia técnica.

Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal

aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios siguientes, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en lo, relativo a la ejecución de un número determinado de obras reseñados en el apartado a)

Page 17: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

.- Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

.- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se

dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación

Para acreditarse la solvencia necesaria, el empresario podrá basarse en la

solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.

En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las

uniones temporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal.

Para ello la empresa que desee recurrir a las capacidades de otras entidades,

demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP, previo requerimiento a tal efecto.

La solvencia económica y financiera de los licitadores deberá acreditarse

mediante cualquiera de los siguientes medios: .-Declaración acreditativa de la cifra anual de negocios, cuyo valor mínimo será

de 200.000 euros considerando cualquiera de los tres últimos años concluidos, acompañando cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del

Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

La inscripción en el Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma

acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras.

La prueba del contenido de los Registros de Licitadores se efectuará mediante

certificación del órgano encargado del mismo, que podrá expedirse por medios

Page 18: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

electrónicos, informáticos o telemáticos. Los certificados deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como, en su caso, la clasificación obtenida.

Igualmente, y de modo alternativo acreditará la solvencia la

aportación de certificado de clasificación del contratista en el Grupo C, Subgrupo 1, Categoría C.

La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan

temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante u apoderado único.

El licitador que forme parte de una Unión Temporal de Empresas no podrá

concurrir en el mismo procedimiento individualmente debiéndose suscribir compromiso a tal efecto indicando los integrantes en la misma y porcentaje de participación.

No obstante, a efectos de la acreditación de las referidas solvencias, deberá

estarse a lo señalado en la cláusula 16ª del presente pliego de condiciones, es decir, siendo aportada en el momento de su requerimiento.

5.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES Y CONDICIONES DE

EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 1.- El contratista tiene derecho al abono en la forma que después se transcribe en

el presente Pliego, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos y de la obra que realmente se ejecute y con sujeción al proyecto que finalmente se apruebe por la administración contratante y a sus modificaciones aprobadas por ésta en su caso.

2.- El adjudicatario del contrato deberá cumplir todas las obligaciones contenidas

en el presente Pliego, en el proyecto que se apruebe y demás disposiciones de general aplicación.

El incumplimiento de alguna obligación esencial faculta al órgano de contratación

para exigir su estricto cumplimiento o declarar la resolución del contrato de acuerdo con la legislación de contratos. Se entienden como obligaciones esenciales las contenidas en la presente cláusula y las que se definen como prestaciones en el pliego de prescripciones técnicas.

3.- Las obras se realizarán con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en el

contrato y al proyecto técnico que sirve de base al mismo y conforme a las instrucciones que exclusivamente diere al contratista el Director Facultativo y/o técnicos municipales.

4.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista y éste

no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras sino en los casos de fuerza mayor establecidos en el art. 239 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, debiendo ajustar su ejecución a la evitación de la paralización por razones meteorológicas.

Page 19: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

5.- El contratista quedará obligado a aportar a las obras el equipo de maquinaria y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquellas en los plazos parciales y totales convenidos en el contrato.

El equipo quedará adscrito a la obra en tanto se halle en ejecución las unidades

en que han de utilizarse, no pudiendo retirarlo sin consentimiento expreso del director y debiendo ser reemplazado los elementos averiados o inutilizados siempre que su reparación exija plazos que aquel estime han de alterar el programa de trabajo.

El contratista está obligado a instalar, a su costa, las señalizaciones precisas

para indicar el acceso a la obra, las de circulación en la zona que ocupan los trabajos, así como las de los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones.

El contratista está obligado no sólo a la ejecución de las obras, sino también a

su conservación y policía hasta la recepción y durante el plazo de garantía de las mismas. Igualmente, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos así como de los bienes que haya en los mismos. Si así fuera requerido por la dirección de la obra, el contratista tendrá la obligación de adscribir, con carácter permanente, personal de guarda en las obras hasta la recepción de las mismas.

6.- El contratista quedará obligado a designar un jefe de obra con dedicación

plena durante el tiempo de ejecución de ésta responsable de la directa ejecución de la misma el cual deberá poseer la experiencia y titulación o actitud adecuada a la com-plejidad y volumen de la obra objeto del contrato.

La Administración podrá recabar del contratista la designación de un nuevo jefe

de obra cuando así lo justifique la marcha de los trabajos. El Jefe de Obra deberá poseer capacidad suficiente para organizar la ejecución

de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes requeridas de la dirección facultativa.

7.- El contratista quedará obligado respecto del personal que emplee al

cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de ordenación laboral, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo de conformidad con lo establecido en el Estudio Básico de Seguridad y Salud que se incorpora al proyecto Técnico trabajo adoptando medidas para evitar la siniestralidad laboral.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará

en ningún supuesto responsabilidad alguna para el Ayuntamiento a la que se vincula la contratación de referencia.

Singularmente deberá atender la obligación del adjudicatario de

cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo Sectorial de aplicación.

Por tanto, todo el personal afecto a este servicio, dependerá única y

exclusivamente y a todos los efectos del adjudicatario, quien se obliga a mantener al mismo debidamente contratado y asegurado, conforme a las disposiciones vigentes en materia laboral y social.

Page 20: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

El número de personas a destinar por el adjudicatario a este servicio será el que libremente designe para cumplir el objeto del contrato.

Para supervisar la normal asistencia al trabajo del personal con independencia de

los cálculos estimados del coste de personal, en los términos que exija el cumplimiento de las prestaciones objeto del contrato, así como la eficacia en el desempeño de su labor, el adjudicatario designará un representante que, con los debidos conocimientos y facultades, pueda adoptar las decisiones que, en cada momento, sean precisas en orden a la efectividad del contrato.

En ningún caso el Ayuntamiento adquirirá compromiso ni obligación alguna

respecto del mismo, de forma que serán por cuenta exclusiva de dicho adjudicatario las indemnizaciones que correspondan por despido o cese de la relación laboral de este personal, bien durante o al término del servicio.

Del mismo modo, el Ayuntamiento no adquiere compromiso laboral alguno ni

vínculo con el personal afecto al servicio al término de la obra, cualquiera que sea la causa o motivo de la finalización del contrato.

8.- En virtud de lo establecido en el art.. 196 de la LCSP la indemnización de los

daños que origine a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las obras serán de cuenta del contratista. Asimismo deberá indemnizar los daños que se originen a la Administración o al personal dependiente de la misma por iguales causas y con idénticas excepciones que las señaladas en el mencionado artículo.

9.- Las comunicaciones de la Administración al contratista se dirigirán al domicilio

señalado por éste en el contrato, obligándose a comunicar a la Administración los cambios producidos en el mismo.

10.- El contratista no puede ocupar los terrenos afectados por la obra hasta recibir

la autorización correspondiente de la Administración. 11.- A partir de ese momento y hasta la recepción de la obra, está obligado a la

custodia y conservación de la obra, de los terrenos y bienes que haya en ellos, cuidando especialmente de mantenerlos libres de intrusiones y no permitiendo alteraciones en los lindes, ni que nadie deposite en los terrenos materiales ajenos a la obra.

12.- El contratista deberá responder, en todo caso, de los gastos que se

dedujeran y resultaran precisos de la realización del contrato y, entre otros, los relativos a las instalaciones, dotaciones provisionales y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra contratada, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de impuestos, tasas, cánones, arbitrios, y todos aquellos que fueran necesarios para la consecución de las mismas.

13.- El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad

intelectual, industrial o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el cumplimiento del objeto del contrato, e indemnizará a la Administración por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que eventualmente puedan dirigirse contra la Administración.

Page 21: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

14.- El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de Contratación.

Adquiere igualmente el contratista el compromiso de custodia de la

documentación que se entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que en ella se contienen llegue en ningún caso a manos de terceras personas, siendo responsable de los daños que se deriven del incumplimiento de esta obligación.

Toda la documentación que se entregue para la realización del trabajo, deberá

ser devuelta a la Administración a la finalización del mismo. 15.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que

desarrolle y de las prestaciones y servicio realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

16.- La excusa del desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de

los documentos anejos que forman parte del mismo de las instrucciones y normas de toda índole promulgadas por la Administración que puedan tener aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

17.- Para el caso que se utilice la imagen corporativa del Ayuntamiento de Ávila,

deberá recibir un adecuado tratamiento en cuentos soportes se utilicen en la prestación de servicio al que se refiere el presente pliego.

Los signos gráficos institucionales (imagotipo, escudo institucional, tipografía,

marcha y submarcas) que aparezcan en los soportes y documentos de uso externo deberán respetar la imagen corporativa del Ayuntamiento, siguiendo las especificaciones descritas en la guía básica de uso, con su tamaño, color y situación correcta para garantizar la identificación del Consistorio.

18.- Confidencialidad. Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley de Contratos

del Sector Público, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que se debe dar a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información que hayan facilitado al formular las ofertas, en especial con respecto a sus secretos técnicos o comerciales y a sus aspectos confidenciales. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.

De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella

información a la que tenga acceso con motivo de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información.

19.- El órgano de contratación exigirá la subsanación por el contratista de los

defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables en el proyecto, otorgándole al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de dos meses.

Page 22: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Si transcurrido este plazo las deficiencias no hubiesen sido corregidas, la Administración podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista.

En el primer caso procederá la incautación de la garantía y el contratista

incurrirá en la obligación de abonar a la Administración una indemnización equivalente al 25 por ciento del precio del contrato.

En el segundo caso el nuevo plazo concedido para subsanar las deficiencias no

corregidas será de un mes improrrogable, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 25 por ciento del precio del contrato.

De producirse un nuevo incumplimiento procederá la resolución del contrato

con obligación por parte del contratista de abonar a la Administración una indemnización igual al precio pactado con pérdida de la garantía.

Cuando el contratista, en cualquier momento antes de la concesión del último

plazo, renunciare a la realización del proyecto deberá abonar una indemnización igual a la mitad del precio del contrato con pérdida de la garantía.

6.- PLAZO DEL CONTRATO.- El plazo previsto para la redacción del Proyecto

de Demolición es de 30 DÍAS NATURALES, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.

El plazo máximo de inicio de las obras será al día siguiente de la firma del acta

de comprobación del replanteo para lo cual se fija un plazo máximo de 15 DÍAS NATURALES, a contar desde la fecha del informe de aprobación del Proyecto de Demolición por parte de los Servicios Técnicos Municipales.

El plazo previsto para la ejecución de la obra será de CUATRO (4) MESES, a

contar desde el día siguiente a la firma del acta de replanteo. El plazo previsto para las prestaciones de Asistencia Técnica será hasta la

finalización del plazo de garantía de las obras, según el contrato de ejecución de las mismas.

El plazo para la total realización de conformidad con la oferta finalmente

seleccionada, será de obligado cumplimiento para el contratista a efectos de su exigibilidad estándose a lo establecido en los arts. 193 y 194 de la LCSP.

7.- MORA DEL CONTRATISTA.- El contratista queda obligado al cumplimiento

del plazo total de la ejecución del contrato y de los plazos parciales que eventualmente se fijen en el contrato. Si llegado el término de cualquiera de los plazos o del final, el contra-tista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá indistintamente en la forma y condiciones establecidas en el art. 193 de la LCSP, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el propio precepto, para el caso de incumplimiento del plazo total y estableciéndose como penalidad diaria para este supuesto en la proporción de 20 € por cada 1.000 € del precio del contrato. El importe de la penalidad no incluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.

Page 23: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el art. 195.2 de la LCSP.

En todo caso la constitución en mora del contratista, no requerirá interpelación

o intimación previa por parte de la Administración. Los importes de las penalidades por demora se harán efectivos mediante

compensación con las cantidades que adeude la Administración al Contratista, previa audiencia del interesado.

En todo caso, la fianza definitiva responderá de la efectividad de aquellas, cuando

no puedan deducirse o compensarse. 8.- GARANTÍAS. A) Provisional De conformidad con lo establecido en el art. 159.4 de la LCSP y

a tenor de las características de la contratación se dispensa de la presentación de garantía provisional.

B) Definitiva. La garantía definitiva será del 5% del presupuesto de adjudicación

(IVA excluido) distinguiendo la parte correspondiente a la redacción del proyecto y asistencia técnica de la ejecución material de las obras (por tanto se deberán presentar dos garantías), de conformidad con lo establecido en el art. 107 de la LCSP y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 108 de la Ley de Contratos del Sector Público, y arts. 55 a 58 y 61 del RD 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de Administraciones Públicas, respetando los modelos que se reseñan en los anexos de esta norma y que mencionan los citados preceptos.

El licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 145 de la LCSP deberá acreditar en el plazo señalado en el apartado 2 del artículo 150, la constitución de esta garantía definitiva. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el penúltimo párrafo del apartado 2 del artículo 150 de la LCSP.

Entregada la obra, y previo informe evacuado al efecto acreditativo de la correcta

ejecución de los trabajos de redacción y asistencia técnica sin que concurran causas determinantes de su eventual retención, se procederá a la devolución de la correspondiente a la redacción del proyecto y asistencia técnica.

Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, y

mediante informe evacuado al efecto acreditativo de la correcta ejecución de la obra sin que concurran causas determinantes de su eventual retención, se procederá a su devolución.

9.- ABONO DE LAS ATUACIONES.- El contratista tiene derecho a percibir el

importe de la adjudicación, con arreglo a los precios convenidos, que realmente ejecute del siguiente modo:

a) La emisión de las facturas para el abono correspondiente a la ejecución

de la obra, se realizará mensualmente por cada mes vencido, por certificaciones según

Page 24: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

el volumen de obra ejecutada que tomando como base las relaciones valoradas, expida el técnico redactor de la obra.

Las certificaciones de obra serán aprobadas por resolución del órgano competente

autorizándose el pago incorporando la redacción correspondiente a la baja, sobre el precio de licitación.

La Corporación abonará el precio de la obra en los términos establecidos en el art.

198 y 240 de la LCSP. Se indica que el órgano administrativo con competencias en materia de

contabilidad pública es la Intervención Municipal; el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local y, el destinatario de la facturación será el Excmo. Ayuntamiento de Ávila, con C.I.F. P-0501900-E y dirección en Plaza del Mercado Chico, 1 - 05001 ÁVILA, debiendo constar tales datos en las facturas correspondientes.

Al tiempo de validar la correspondiente factura y/o certificación con antelación

a su abono, se exigirá la acreditación por parte del adjudicatario de que se halla al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social de la mensualidad anterior, así como de las retribuciones correspondientes a los trabajadores de la mensualidad en curso.

10.- LIQUIDACIÓN.- De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del

RD 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de Administraciones Públicas en relación con el art. 243 de la LCSP, dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si este fuera favorable, el contratista quedará exonerado de toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.

La propuesta de liquidación se notificará al contratista para que en el plazo de diez

días preste su conformidad o manifieste los reparos que estime oportunos. Dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la contestación del contratista

o del transcurso del plazo establecido para tal fin, el órgano de contratación deberá aprobar la liquidación y abonar, en su caso, el saldo resultante de la misma.

11.- RIESGO Y VENTURA.- El contrato se entenderá celebrado a riesgo y

ventura del contratista. Durante la ejecución de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que en las mismas puedan advertirse y no tendrá derecho a indemnización por causas de pérdidas, averías, perjui-cios ocasionados en las obras, sino en los casos de fuerza mayor y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista.

Page 25: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

12.- PLAZO DE GARANTÍA.- A partir del acta de recepción comenzará a computarse el plazo de garantía mínimo de un año en los términos reseñados en el pliego de prescripciones técnicas durante el cual el contratista cuidará de la conservación y policía de la obra. Si descuidase la conservación y diera lugar a que peligre la obra se ejecutarán por la propia Administración y a costa del contratista los trabajos necesarios para evitar el daño de las obras.

El plazo de garantía comenzará a computar a partir del acta de recepción de la

obra y tendrá una duración que se estipule en la oferta, expresada en años, durante los cuales se llevarán a cabo las siguientes operaciones como mínimo. El adjudicatario será totalmente responsable de las actuaciones que su personal realice en el mantenimiento de que se trata, reponiendo los servicios que se afecten por abandono o descuido, reparando cuantos daños puedan ocasionar accidentalmente tanto a bienes muebles como inmuebles, a propios o terceros. Por ello, deberá velar en todo momento por el cumplimiento de lo dispuesto en materia de Seguridad y Salud laboral.

A continuación se detallan las actuaciones a desarrollar dentro del plazo de

garantía a ofertar por la empresa adjudicataria, que serán las siguientes como mínimo: 1. Mantenimiento Preventivo: actividades requeridas para obtener un sistema

agradable, estético y limpio para el uso público, así como inspecciones de rutina y ensayos para identificar cualquier anomalía.

Este mantenimiento, siendo el resultado de la obra un solar, deberá consistir,

como mínimo, en mantener dicho solar: a) Libre de acumulaciones de agua en su interior. b) Limpio de vegetación. c) Libre de escombros, basuras y cualquier otro elemento susceptible de ser

retirado. 2. Mantenimiento Correctivo: cualquier medida correctiva o reparación

necesaria por avería o circunstancias que afecten de forma adversa la normal operación del sistema. El mantenimiento correctivo podrá ser requerido como resultado de condiciones no satisfactorias durante una inspección originada por el fallo de un componente del sistema.

3. Atención de urgencias y tiempo de respuesta. El adjudicatario se

comprometerá a actuar con carácter de urgencia ante desprendimiento de fábricas, problemas estructurales, rotura de protecciones o cualquier otro problema que conlleve implícito un riesgo para las personas, con un tiempo de respuesta inmediato, para el resto de casos se atenderán en las 24 horas siguientes.

13.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR VICIOS O DEFECTOS

DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA.- La Administración durante el plazo de garantía, tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente de las unidades de obra que presenten vicios o defectos.

14.- CARTEL DE LAS OBRAS.- El adjudicatario estará obligado a instalar en

sitio visible, y a su cargo el cartel anunciador de la obra de conformidad con el modelo oficialmente aprobado que se le facilitará a la firma del contrato. La información a reproducir será consensuada previamente.

Page 26: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

El contratista está obligado a instalar, a su costa, las señales precisas para indicar

el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquello, tanto en dicha zona como en su linde e inmediaciones, así como a cumplir las órdenes que al respecto reciba de la dirección técnica.

15.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.- El presente contrato, se adjudicará

mediante procedimiento abierto simplificado, en los términos del artículo 159 y artículo 145 de la LCSP (teniendo en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación en

base a la mejor relación calidad-precio). 16.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES. LUGAR Y PLAZO DE

PRESENTACION, FORMALIDADES Y DOCUMENTACION. 16.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en el

Registro de Contratación (Secretaría General), en horario de oficina, durante los 20 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el perfil del contratante junto con copia de la solicitud de participación en licitación (Anexo IV).

Sin tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera

fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. Si el último día fuese sábado se prorrogará al primer día hábil siguiente. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y

documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.

Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco

podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.

16.2.- Formalidades.- Para tomar parte en la presente licitación, deberá

presentarse solicitud de participación en licitación, ajustada al modelo que figura como Anexo IV, acompañada de las proposiciones que constarán de DOS SOBRES en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indica, y el nombre del licitador con la siguiente leyenda.

1º.- Sobre A) denominado "Proposición económica para el procedimiento

abierto para la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA)”.

a) Incorporará la proposición económica que se ajustará al modelo de

proposición contenido en la cláusula final.

Page 27: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.

La oferta económica no podrá superar el presupuesto base de licitación

reseñado en la cláusula 2.a) y se desglosará lo correspondiente a la redacción del proyecto y asistencia técnica, de un lado y de las obras por otro, así como el importe de la base imponible y el IVA repercutible, señalando el tipo del mismo conforme al modelo adjunto al presente pliego.

Igualmente se considerarán incluidos todos los gastos que se originen para el

contratista adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones recogidas en el presente pliego y en su defecto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

La mesa de contratación podrá rechazar aquellas que no se ajusten al modelo

aprobado, excediesen del precio de licitación, y las que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, si se tratara de defectos materiales no subsanables.

b) Incorporará del mismo modo las referencias de baremación con asignación

directa o mediante fórmulas, conforme al Anexo II:

I- Medios humanos propuestos para la fase de redacción del proyecto

II- Mejoras al plazo de redacción del proyecto III- Plazos propuestos a la ejecución de la obra IV- Plazos propuestos de garantía de la obra V- Compromiso de contratación de personal

Todo ello conforme a lo reseñado en el Anexo II. Se deberá presentar en soporte informático la documentación

correspondiente a todos los sobre, firmada digitalmente permitiendo establecer la autoría e integridad de los documentos, siendo ésta causa de exclusión en caso de no incluirse.

2º.- Sobre B) denominado “Documentos generales y Propuesta Técnica y

referencias de baremación sometidas a juicio de valor para el procedimiento abierto para la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA)” incorporando la siguiente documentación:

a) .- Memoria descriptiva de los trabajos objeto de la licitación y

técnicas a emplear en la ejecución, incorporando como mínimo el contenido reseñado en Anexo II y tomando en consideración el pliego de prescripciones técnicas.

Además de papel deberá aportarse esta documentación en soporte informático.

Page 28: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

En relación con los formatos de compatibilidad, será el siguiente: .- Planos dwg/dxf compatible con autocad 2000 .- Textos y programas de desarrollo de los trabajos en formato

compatible con el paquete office 97 .- Mediciones y Presupuesto en formato bc3, o compatible con

Arquímedes

Se deberá presentar en soporte informático la documentación correspondiente

a todos los sobres, firmada digitalmente permitiendo establecer la autoría e integridad de los documentos, siendo ésta causa de exclusión en caso de no incluirse.

Criterios todos ellos sometidos a informe técnico, y que serán objeto de

valoración según figura en el mencionado Anexo II. b) Incorporará del mismo modo, la siguiente documentación general: b.1) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones

establecidas legalmente para contratar con la Administración, al tiempo de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, conforme al modelo adjunto que figura como Anexo I, de conformidad con lo establecido en los apartados 4.c) del artículo 159 de la LCSP.

El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar

ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos señalados en la cláusula 18ª de este pliego, mediante originales o fotocopias autenticadas.

b.2) En el supuesto de que se concurra como Unión Temporal de Empresas

deberá suscribirse compromiso a tal efecto de su conformación indicando los integrantes en la misma y porcentaje de participación

b.3) Hoja denominada “Datos del licitador” que a efectos de las

comunicaciones que el Ayuntamiento deba realizar, haga constar el nombre y apellidos del representante y persona de contacto, denominación de la entidad licitadora con su NIF, dirección completa, número de teléfono y dirección de correo electrónico.

b.4) Declaración de pertenencia a un grupo empresarial o integración en un grupo de empresas vinculadas, expresando las que conformaren estas y la eventual concurrencia en la licitación conforme al siguiente modelo.

MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL

Don._______________________________ como ____________________________________

de la empresa ______________________________

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que empresa que represento:

No pertenece a ningún Grupo empresarial.

Pertenece al Grupo de empresas:____________________________________________.

Y

Ninguna empresa del grupo presenta proposiciones en la presente licitación.

Page 29: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Presentan proposiciones en la presente licitación las siguientes empresas del grupo:

1_________________________________________________________

2_________________________________________________________

(lugar, fecha y firma)

b.5) Documentación acreditativa del número de trabajadores discapacitados

que formen parte de la plantilla de la empresa respecto del total de la misma conforme al siguiente modelo:

CERTIFICACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD Dº/Dª Con residencia en Provincia Calle nº Documento Nacional de Identidad nº en nombre propio o de la empresa que representa (1),

CERTIFICA: indicar ( a, b ó c)

Que la empresa que representa:

□ a) Tiene un número de 50 o más personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantillas de______, el número particular personas trabajadoras con discapacidad de ______y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de_____(2); por tanto señalar lo que proceda:

□Cuenta con, al menos un 2% de personas trabajadoras con discapacidad.

□Ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, a cuyo efecto presenta una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración de las concretas medidas aplicadas.

□ b) Tiene menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de______ el número particular de personas trabajadoras con discapacidad de________ el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de______(3)

□ c) No cuenta con personas trabajadoras en plantilla.

(Lugar, fecha y firma) (1) Indicar denominación social y CIF (2) En las empresas con 50 o más personas trabajadoras en su plantilla la indicación del número de personas trabajadoras fijas con discapacidad es optativa pero se valorará a los efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas. (3) En las empresas con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla la indicación del número global de personas trabajadoras de plantilla es obligatoria y la indicación del número particular de personas trabajadoras con discapacidad y del porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la misma es optativa pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en

la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.

Page 30: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

17.- MESA DE CONTRATACIÓN. De conformidad con lo establecido en el RD 817/2009, de 8 de mayo, la Mesa de Contratación estará constituida en la forma que a continuación se transcribe, habiendo sido aprobada por la Junta de Gobierno Local en fecha 15 de marzo de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 56 de fecha 20 de marzo de 2018.

Condición/Cargo Titular Suplente

Presidente Tte. de Alcalde Doña Patricia Rodríguez Calleja

Vocales Interventor Don Licinio Calvo Pascuas Don Eloy Nieves Jiménez

Asesoría Jurídica. Secretaría General Don Francisco Javier Sánchez Rodríguez

Jesús Caldera Sánchez-Capitán

Área Técnica Doña Ana Isabel Herrero Martín Doña Marta Jiménez Martín

Letrado Don José Manuel Nuñéz Jiménez Don Jesús María Sanchidrián Gallego

Asesoría Jurídica SS Doña Susana Orejudo López Don Jesús Garzón Vázquez

Oficina Presupuestaria Doña M. Lourdes Delgado Piera Don Pedro Agustín Serrano Gregorio

Director de Instalaciones Deportivas Don José Carlos Cubillo Díaz Doña Anunciación Pérez García

Secretaria Jefa del Servicio de Secretaría Doña Aránzazu Fidalgo Pérez Doña Begoña Mayoral Encabo

18.- APERTURA DE PROPOSICIONES.- Concluido el plazo de presentación

de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres "B" y procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores siendo sometido a informe técnico en cuanto a la propuesta técnica en caso de no haber necesidad de subsanación de errores de aquella (al otorgarse en su caso un plazo de tres días) y que deberá evacuarse en el plazo máximo de 7 días.

No obstante, los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación

podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. El licitador deberá presentar la documentación requerida en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.

Una vez examinados por la Mesa de Contratación los documentos a los que se

ha hecho referencia anteriormente, se adoptará el correspondiente acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores.

Se acordará la exclusión de una empresa licitadora cuando concurra alguno de

los siguientes supuestos: a) No presente la documentación exigida en tiempo y forma. b) La documentación presentada no se ajusta a lo exigido en el presente pliego. c) No hayan subsanado en el plazo concedido al efecto los defectos materiales

observados en la calificación previa de los documentos por la Mesa de Contratación. Emitido el anterior informe que incorporará la propuesta de baremación según

los criterios adjuntos en el Anexo II, se dará lectura del mencionado informe procediéndose a continuación a la apertura de la propuesta económica y referencias de baremación con asignación directa o mediante fórmulas, acordando la Mesa de Contratación la propuesta de adjudicación del contrato al postor que presente la mejor oferta de los admitidos a la licitación, que será elevada al órgano de contratación junto con el Acta y las proposiciones económicas, sin perjuicio de los informes que requiriera la mesa, y que contendrá la puntuación total y parcial del acuerdo, con los criterios y

Page 31: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

puntuación que se relacionan en el Anexo II o alternativamente declarar desierto el procedimiento motivando, en todo caso, su resolución.

Tras ello la mesa procederá: a.- A comprobar, en su caso, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas

Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.

b.- Y requerirá a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante

comunicación electrónica para que para que aporte, en su caso, el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 y la documentación siguiente en el plazo máximo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación:

1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la

representación, en su caso, de firmante de la proposición, consistentes: 1.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas

físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mer-cantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el Empresario fuera persona jurídica.

1.2.- Copia Notarial del Poder Bastanteado por el Secretario de la Corporación,

cuando se actúa por representación y D.N.I. del representante o apoderado. Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad

Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Asimismo podrán acreditar la capacidad de obrar mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el punto 3 del Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP).

Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión

Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extrajera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, según dispone el artículo 55 del RDL 3/2011.

Page 32: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Esta documentación del apartado 1.- no procederá si la entidad estuviera inscrita inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas

2.- Certificación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de

las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

3.- Certificación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de

las obligaciones con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

4.- Certificación actualizada acreditativa de encontrarse al corriente en el

cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Excmo. Ayuntamiento de Ávila que se recabará de oficio.

5.- Alta y, en su caso último recibo pagado por el Impuesto sobre Actividades

Económicas en la actividad objeto del contrato, y declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula de este impuesto. En el caso de exención, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legado de exención y el documento de declaración en el censo de obligados tributarios.

6.- Documento acreditativo de la solvencia técnica y económica según cláusula 4ª del presente Pliego.

7.- Resguardo original de haber constituido la garantía definitiva de

conformidad con lo establecido en la cláusula 8ª de este Pliego. 8.- Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse

a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

De conformidad con la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP 2017, las

notificaciones se podrán realizar mediante dirección electrónica habilitada o mediante comparecencia electrónica. Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.

El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos

previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, será de diez días naturales computados desde que se tenga constancia de su puesta a disposición del interesado sin que se acceda a su contenido, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

Page 33: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,

se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco

días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores

y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. En todo caso, las certificaciones que anteceden acreditativas de encontrarse al

corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributaras con el Ayuntamiento de Ávila, deberán preceptivamente presentarse en el departamento de contratación actualizadas, cada seis meses desde la firma del contrato.

La propuesta de adjudicación hecha por la Mesa de Contratación no creará

derecho alguno en favor del licitador cuya oferta se considere más ventajosa frente a la Administración.

19.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La Administración y el contratista

deberán formalizar el contrato de adjudicación en documento administrativo, no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante lo anterior, dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa.

El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares, si no estuviera incorporado al mismo. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el

contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de su consideración como causa de prohibición para contratar (artículo 151 de la LCSP 2017).

En tal caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que

hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en los plazos antes señalados.

No podrá procederse a la ejecución del contrato con carácter previo a su

formalización. 20.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.- Serán de cuenta del

adjudicatario los siguientes gastos: a) Los que genere la licitación, hasta un máximo de 1.000 euros. b) Los de formalización pública del contrato de adjudicación en el caso de

que lo solicitara el contratista.

Page 34: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

c) Los del transporte al lugar de los suministros o personal necesarios. d) Las indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales de

terreno, que sean necesarias para la realización del contrato. e) Los que se requiera para la obtención de autorizaciones, licencias,

documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. f) Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa

deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.

21.- REVISIÓN DE PRECIOS.- Dada la naturaleza y duración del contrato no

se admitirá la revisión de precios de conformidad con lo establecido en el art. 103.1 de la LCSP.

22.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO.- Dentro de los 15 días siguientes

a la aprobación del Proyecto de Demolición por parte de los Servicios Técnicos Municipales se realizará la comprobación del replanteo por el director de la obra en pre-sencia del contratista, extendiéndose acta del resultado que será firmada por las tres partes, autorizándose en su caso la iniciación de las obras, según Anexo III, remitiéndose un ejemplar del mismo al órgano de contratación.

Si el contratista, sin causa justificada, no acudiera al acto de comprobación del

replanteo se considerará como causa de incumplimiento del contrato con las consecuencias previstas en la LCSP.

Si el resultado de la comprobación demuestra, a juicio de la dirección

facultativa y sin reserva por parte del contratista, la viabilidad del proyecto y la disponibilidad de los terrenos, se dará por aquél la autorización para su inicio, empezándose a contar el plazo de ejecución desde el día siguiente al de la firma del acta. En el caso de que el contratista, sin formular reservas sobre la viabilidad del proyecto, hubiera hecho otras observaciones que pudieran afectar a la ejecución de la obra, la dirección, consideradas tales observaciones, decidirá iniciar o suspender el comienzo de la misma, justificándolo en la propia acta. La autorización de inicio constará explícitamente en la misma, quedando notificado el contratista por el hecho de suscribirla.

En aquellos casos en los que no resulten acreditadas las circunstancias a las

que se refiere el párrafo anterior o la dirección facultativa de la obra considere necesaria la modificación de las obras proyectadas, quedará suspendida la iniciación de las mismas, haciéndolo constar en el acta, quedando obligado a dar cuenta inmediata a la Administración, que resolverá lo que proceda. El procedimiento de la modificación se ajustará a lo previsto en el artículo 141 del RGLCAP, siendo su régimen el previsto en el artículo 205 LCSP.

Desaparecida la causa que motivó la falta de inicio, el órgano de contratación

dictará la resolución correspondiente, que se notificará fehacientemente al contratista. El plazo de ejecución empezará a contarse desde el día siguiente a la recepción de la notificación del acuerdo de autorización de inicio de las obras.

Page 35: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Lo dispuesto anteriormente se aplicará igualmente cuando el contratista formulase reservas en el acto de comprobación del replanteo. No obstante, si a juicio del órgano de contratación tales reservas resultasen infundadas, no quedará suspendida la iniciación de las obras ni, en consecuencia, será necesario dictar nuevo acuerdo para que se produzca la iniciación de las mismas y se modifique el cómputo del plazo para su ejecución.

El acta de comprobación del replanteo formará parte integrante del contrato a

los efectos de su exigibilidad. 23.- RECEPCIÓN.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista

cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Entidad Local, la totalidad de la prestación.

Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante

acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado a la Intervención General, a efectos de su asistencia al mismo en el ejercicio de sus funciones de intervención de la comprobación material de la inversión.

A la recepción de las obras a su terminación y a los efectos establecidos en la

LCSP 2017, concurrirá un facultativo designado por la Entidad Local, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo.

Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones

previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante y representante de ésta, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía.

Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en

el acta y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.

Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles de

ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público, según lo establecido en el contrato.

Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente

motivadas en el expediente el órgano de contratación acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aun sin el cumplimiento del acto formal de recepción, desde que concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de recepción de las obras. Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato en el plazo previsto en esta Ley.

Todo ello, sin perjuicio de las condiciones singulares reseñadas en el pliego de

prescripciones técnicas.

Page 36: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Recibidas las obras, se procederá seguidamente a su medición general con asistencia del contratista, formulándose por la dirección facultativa, en el plazo de un mes desde la recepción, la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto. Dentro del plazo de 3 meses, contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que, en su caso, será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato en el plazo previsto en el artículo 198.4 LCSP.

24.- INTERPRETACIÓN.- La interpretación del contrato, así como la resolución

de las dudas que ofrezca su cumplimiento, será competencia de la Junta de Gobierno Local sin perjuicio del régimen de avocación de las delegaciones que en su caso proceda.

25.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato se extinguirá por su normal

cumplimiento o causa de resolución. Las causas de resolución del contrato serán las previstas por los arts. 211 y 245

de la LCSP con los efectos prevenidos por los arts. 213 y 246 del mismo texto legal. Además constituyen causas especiales de resolución el abandono por parte del contratista de la obra objeto del contrato.

Se entenderá producido el abandono cuando a juicio del equipo director la obra

haya dejado totalmente de ejecutarse o no se ejecute con los medios personales o materiales adecuados para la normal ejecución de la misma.

El equipo director elevará de inmediato informe al Órgano de Contratación sobre

la concurrencia de estas circunstancias. A la vista del informe se incoará procedimiento de resolución notificándosele al contratista en el domicilio fijado a tal efecto en el contrato.

Notificado el contratista, éste contará con un plazo no superior a 10 días para que

examine la propuesta de resolución y alegue lo que a su derecho convenga. Si en el transcurso de dicho plazo el contratista acredita haber adoptado las medidas conducentes a la normal ejecución de la obra, la Administración podrá optar por el archivo del expediente incoado.

Transcurrido el plazo de 10 días, y a la vista de lo practicado durante el trámite de

audiencia, el Órgano de Contratación, podrá acordar la resolución del Contrato. Dicho acuerdo contendrá pronunciamiento expreso acerca del plazo en que la

Administración y el contratista practicarán contradictoriamente las mediciones y toma de datos necesarios para la liquidación. Terminado dicho plazo la Administración podrá disponer del contrato y asumir directamente su ejecución o celebrarlo nuevamente.

Cuando se acuerde la resolución del contrato porque el adjudicatario no cumpla

las condiciones necesarias para la formalización del mismo, el contrato podrá ser adjudicado al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden en sus ofertas, siempre que ello fuera posible, antes de proceder a una nueva convocatoria, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.

26.- MODIFICACIONES.- De conformidad con lo establecido en el art. 204 de

la LCSP, se establece la posibilidad de diligenciar las modificaciones que a continuación se refieren:

Page 37: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

- Modificado para el tratamiento de las posibles lesiones y/o patología detectadas de índole estructural de los edificios colindantes que se tenga conocimiento durante su ejecución.

- En el supuesto de que aparecieran restos arqueológicos no previstos inicialmente que precisaran de un tratamiento singular más allá del mero seguimiento.

- Posibles obras en las instalaciones urbanas no visibles, como puedan ser trabajos de drenaje, impermeabilización, canalización, alumbrado, acondicionamiento de arquetas, redes de gas, etc. que fueran necesarios para garantizar la correcta ejecución de la obra.

El procedimiento para arbitrar estas modificaciones será el siguiente:

- Autorización del órgano de contratación para la redacción del modificado a instancias del director facultativo.

- Redacción del modificado y aprobación del mismo. - Audiencia del contratista por plazo de tres días salvo que manifestara

su conformidad simultánea a la presentación del proyecto del modificado.

- Aprobación del expediente y de la realización de las obras modificadas.

En cualquier caso las modificaciones señaladas con antelación no podrán rebasar el 10% del importe de adjudicación.

Todo cuanto antecede sin perjuicio de lo establecido en el art. 205 de la LCSP

27. SUBCONTRATACIÓN.- El contratista, podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 215 LCSP.

La infracción de estas condiciones, así como la falta de acreditación de la

aptitud del subcontratista, tendrá, entre otras previstas en la LCSP, y en función de la repercusión en la ejecución del contrato, alguna de las siguientes consecuencias:

a) La imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe

del subcontrato. b) La resolución del contrato, siempre y cuando se cumplan los requisitos

establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP20.

Asimismo, y en cuanto a los pagos a subcontratistas y suministradores, quedará

obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 216 y 217 LCSP.

En todo caso, los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista

principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares, y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el artículo 201 LCSP.

Page 38: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Los subcontratistas no tendrán acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.

El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y,

a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, al órgano de contratación su intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificándolo suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.

Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la

Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.

Se recuerda que el artículo 211 apartado 1 letra f) párrafo segundo LCSP

dispone que serán, asimismo, causas de resolución del contrato, el incumplimiento de las restantes obligaciones esenciales siempre que estas últimas hubiesen sido calificadas como tales en este pliego cuando concurran los dos requisitos siguientes:

1º Que las mismas respeten los límites que el apartado 1 del artículo 34

establece para la libertad de pactos. 2º Que figuren enumeradas de manera precisa, clara e inequívoca en los

pliegos, no siendo admisible cláusulas de tipo general. El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación

cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.

El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la

subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral. Los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan

previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. En este caso, si los subcontratos no se ajustan a lo indicado en la oferta, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que efectúen la notificación y aportación de las justificaciones referidas en el párrafo anterior, salvo autorización expresa con anterioridad por la Administración o situación de emergencia justificada, excepto si la Administración notifica en ese plazo su oposición.

De conformidad con el artículo 217.1 LCSP, el contratista deberá remitir al

órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud de la Administración justificante del cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación, dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 LCSP y en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre,

Page 39: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que le sea de aplicación.

En ningún caso será imputable a la Administración el retraso en el pago

derivado de la falta de conformidad del contratista principal a la factura presentada por el subcontratista.

28.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.- De conformidad con el artículo 62.2

LCSP, en los contratos de obras las facultades del responsable del contrato serán ejercidas por la dirección facultativa de acuerdo con los artículos 237 a 246 LCSP.

Al responsable del contrato le corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 62.1 LCSP, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya.

El órgano de contratación, a través de la dirección facultativa, también

efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta realización de la obra ejecutada.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 214.2 d) del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, relativa a la función interventora será misión de la dirección facultativa, la comprobación de la realización de las obras según el proyecto, así como sus instrucciones en el curso de la ejecución de las mismas.

El contratista guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal

de la dirección facultativa, que tendrá libre acceso a todos los puntos de trabajo y almacenes de materiales destinados a las obras para su previo reconocimiento.

Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurran en actos u

omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.

La dirección facultativa de la obra podrá ordenar la apertura de calas cuando

sospeche la existencia de vicios ocultos de construcción o haberse empleado materiales de calidad deficiente. De confirmarse la existencia de tales defectos, serán de cuenta del contratista los gastos derivados del reconocimiento y subsanación. En caso contrario, la dirección certificará la indemnización que corresponde a la ejecución y reparación de las calas, valoradas a los precios unitarios del presupuesto de adjudicación.

En cuanto a la demolición y reconstrucción de las obras defectuosas o mal

ejecutadas y sus gastos, se estará a lo ordenado mediante informe previo motivado de la dirección facultativa.

Asimismo, la dirección facultativa, de conformidad con lo establecido en el

artículo 145 del RGLCAP, podrá ordenar la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, siendo los gastos que se originen de cuenta de la Administración o del contratista según se acuerde.

Page 40: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

La dirección podrá ordenar, con carácter de urgencia, la ejecución de los

trabajos necesarios en los casos de peligro inminente. El contratista deberá ejecutar tales trabajos sin perjuicio de que la dirección de la obra promueva con posterioridad la tramitación administrativa correspondiente.

El procedimiento a seguir en los casos de fuerza mayor del artículo 239 LCSP,

será el establecido en el artículo 146 del RGLCAP. La resolución de incidencias surgidas en la ejecución del contrato se tramitará,

mediante expediente contradictorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 97 del RGLCAP.

Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá sus

responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obras que ejecute conforme a las instrucciones, de obligado cumplimiento, dadas por la dirección e inspección de la obra.

29.- PERFIL DE CONTRATANTE DEL AYUNTAMIENTO.- De conformidad con

lo establecido en el art. 63 de La Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, se informa que el acceso al Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Ávila, se realiza a través de la página web institucional: www.avila.es, donde figura el perfil como un apartado específico.

30.- RÉGIMEN JURÍDICO.- El contrato que regula el presente pliego tiene

carácter administrativo conforme a lo señalado en el artículo 25 de la LCSP 2017 y se regirá , en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en lo no previsto en el mismo por la legislación básica del Estado en materia de contratación: la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP 2017, y, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo), por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por la normativa autonómica de desarrollo en materia de contratos, y por la de Régimen Local, aplicándose, supletoriamente las normas estatales sobre contratación que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

31.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre

interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contenciosa-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.

La Jefa del Servicio de Secretaría

Fdo: Aránzazu Fidalgo Pérez

Page 41: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

DILIGENCIA: Para hacer constar que el pliego de condiciones que antecede, regulador de la licitación de la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA) fue aprobado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha _________________ de 2018.

Ávila, _____de _______de 2018

EL OFICIAL MAYOR,

Fdo: Francisco Javier Sánchez Rodríguez.

ENTERADO Y CONFORME Ávila,

El Licitador,

Referencias de género. La utilización de sustantivos de género gramatical determinado en referencia a cualquier sujeto, cargo o puesto de trabajo debe entenderse realizada por economía de expresión y como referencia genérica tanto para hombres como para mujeres con estricta igualdad a todos los efectos”

Page 42: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Modelo de Proposición Don_______________________________________, vecino de _____________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _______________________, titular del DNI nº_______________, en nombre propio (o en representación de_______________________________), vecino de _________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ___________________________________, (conforme acredito con Poder Bastanteado).

EXPONE:

Que enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento abierto para la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA).

Que el que suscribe, se compromete a su ejecución, con estricta sujeción al Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares al que se somete voluntariamente y acepta en su integridad así como al proyecto y Prescripciones Técnicas, en el precio siguiente: 1º.- Proyecto y asistencia técnica: BASE IMPONIBLE: (en letra y número) ____________ €. (sin IVA) IVA al 21 %: (en letra y número) _________________ €. TOTAL: (en letra y número) _____________________ €. (Base Imponible + IVA) 2º.- Ejecución de las obras: BASE IMPONIBLE: (en letra y número) ____________ €. (sin IVA) IVA al 21 %: (en letra y número) _________________ €. TOTAL: (en letra y número) _____________________ €. (Base Imponible + IVA) TOTAL PRECIO LICITACIÓN BASE IMPONIBLE: (en letra y número) ____________ €. (sin IVA) IVA al 21 %: (en letra y número) _________________ €. TOTAL: (en letra y número) _____________________ €. (Base Imponible + IVA)

(Lugar, fecha y firma) ____________, a_____ de _____________ de 2018.

EL LICITADOR,

Page 43: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEXO I MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE CONFORME AL ART. 159 DE LA LEY 9/2017 DE 8 DE NOVIEMBRE OBJETO: REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA). D/Dª ______________________, DNI núm.: _____________, en nombre propio o en representación de _____________, NIF núm.: ___________, con domicilio en _______________________________, bajo su responsabilidad:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD

1º.- Que ostenta poderes bastantes para representar a la entidad en cuyo

nombres suscribe la presente y la oferta presentada. 2º.- Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones en

dicha licitación, la empresa ___________________________, con CIF nº ___________________, sus administradores y representantes, así como el firmante, cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.

3º.- Que las prestaciones objeto del contrato referido en el encabezamiento, están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que le son propios a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales.

4º.- Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones reúne los requisitos de solvencia exigidos en el presente pliego de condiciones estando en disposición de poderlo acreditar cuando así sea requerido.

5º.- Que su representada no está incursa en prohibición alguna de contratar, conforme a los artículos 71 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo, así como en la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León reguladora de la materia.

6º.- Que Si□ No □ concurre en Unión Temporal de empresas en cuyo caso anexo compromiso de constitución de la unión declarando sus integrantes, porcentaje de participación de cada uno y datos identificativos del representante.

7º.- En el caso de que la empresa fuera extranjera, acepto el sometimiento al fuero español.

8º.- Asumo que la presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.

Y para que así conste, y surta efectos en la contratación de referencia, ante el

Excmo. Ayuntamiento de Ávila, firma la presente declaración. (Lugar, fecha y firma)

Page 44: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEXO II

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO (150 PUNTOS)

1 FASE I: REDACCIÓN DE PROYECTO Y ASISTENCIA TÉCNICA (hasta 36

puntos) Ponderación 24 %.

1.1. CRITERIOS NO DEPENDIENTES DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: (Hasta 20 puntos) Subponderación 55,56 %.

I- Descripción de los trabajos objeto de la licitación y técnicas a

emplear en la ejecución. Estos criterios serán valorados de manera motivada por los servicios técnicos a tenor de la documentación que presenten los licitadores que deberá desarrollar el modo de prestación del servicio objeto del contrato a partir de los aspectos reseñados en el pliego de prescripciones técnicas que constituyen una referencia de mínimos. Se enjuiciará la claridad expositiva y el contenido que permita acreditar la singularidad en la forma en que se llevará a cabo las tareas derivadas de la naturaleza y objeto del contrato específicamente, esto es, considerando la coherencia, viabilidad e idoneidad de la oferta en virtud de la organización y medios propuestos en función de los trabajos a llevar a cabo. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que presenta las propuestas técnicas más acordes con las prestaciones a realizar y el resto se valorará de manera proporcional, motivado y comparativamente. En suma, se motivará el juicio de valor de modo comparativo entre todas las ofertas para determinar la que sea considerada mejor y más completa. Se valorarán los siguientes aspectos:

i) Metodología a emplear en la demolición del edificio que resulte más eficaz desde el punto de vista técnico para conseguir el fin propuesto así como para garantizar la estabilidad del inmueble colindante y la seguridad de viandantes y edificaciones próximas, partiendo de la exhaustiva descripción del inmueble a demoler: sistemas constructivos, instalaciones afectadas, acabados, deficiencias de la edificación, etc. Se exigirá una estructura organizativa justificada de los medios técnicos y operativos para que sea objeto de valoración. (hasta 15 puntos).

ii) Propuesta de acondicionamiento y cierre de la parcela resultante. El

acondicionamiento del solar resultante se realizará para la totalidad del mismo, el correspondiente al anexo así como el ya existente del edificio demolido. El cerramiento de la parcela deberá integrarse con el entorno y será de estética similar al del resto del complejo deportivo, esto es, zócalo de mampostería y valla de barrotes verticales. El vallado deberá realizarse para todo el perímetro de la parcela, tanto del edificio anexo como para la fachada correspondiente al edificio de la piscina ya demolido. (hasta 5 puntos).

Page 45: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

1.2 - CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA (hasta 16 puntos) Subponderación 44,44 %:

I.- MEJORAS propuestas hasta 10 puntos

La valoración de las mejoras entre las que a continuación se designan como posibles, se realizará asignando la siguiente puntuación.

i) Plazos propuestos de redacción del proyecto (hasta 10 puntos): Para la redacción del Proyecto de Ejecución el plazo estimado es de 30 días naturales. Los licitadores detallarán el número de días que ofertan reducir el plazo de redacción del proyecto, otorgando la máxima puntuación a la proposición que ofrezca un plazo de ejecución más breve, limitándose dicho plazo a un mínimo de 20 días naturales. El licitador que ofrezca un plazo inferior a 20 días obtendrá 0 puntos. El licitador que no ofrezca reducción en el plazo de redacción del proyecto obtendrá 0 puntos en este apartado. El resto de puntuaciones, se otorgarán proporcionalmente mediante una regla de tres.

II.- MEDIOS HUMANOS (hasta 6 puntos)

Se valorarán los medios humanos, vinculados al desarrollo del objeto del contrato, en base a:

i) Cualificación (hasta 6 puntos):

Se valorará la experiencia del Equipo Técnico, considerando el personal adscrito a la propuesta, en función de la EXPERIENCIA de los miembros integrantes del equipo, en trabajos de naturaleza análoga

Se valorará la experiencia justificada, en la propuesta, mediante curriculum vitae con un máximo de 6 puntos, que se otorgarán en base a:

1. El que acredite la máxima experiencia: 6 puntos.

2. Mínima exigida: 1 puntos.

3. Ninguna experiencia < Mínima: 0 puntos.

El resto de las ofertas, si las hubiese, se ponderarían proporcionalmente.

Por último se multiplicará la puntuación obtenida de cada profesional del equipo, por el número de los mismos ofertados que se destinen a la obra. Se asignará la máxima puntuación al licitador que obtenga el mejor resultado y el resto serán puntuados proporcionalmente. Deberá presentarse compromiso de dedicación a los trabajos objetos del presente contrato. No se valorará la experiencia del personal que no cumpla dicho requisito.

2 FASE II: EJECUCIÓN DE OBRA (hasta 24 puntos) Ponderación 16 %. 2.1 - CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

I- Plazos propuestos de ejecución de obra (hasta 10 puntos).

Para la ejecución de la obra el plazo estimado es de 4 meses (120 días). Los licitadores detallarán el número de días que ofertan reducir el plazo de ejecución

Page 46: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

de la obra, otorgando la máxima puntuación a la proposición que ofrezca un plazo de ejecución más breve, limitándose dicho plazo a un mínimo de 3 meses (90 días). El licitador que ofrezca un plazo inferior a 3 meses obtendrá 0 puntos. El licitador que no ofrezca reducción en el plazo de ejecución de la obra obtendrá 0 puntos en este apartado. El resto de puntuaciones, se otorgarán proporcionalmente mediante una regla de tres.

II- Plazos propuestos de garantía de la obra (hasta 10 puntos)

La empresa adjudicataria deberá ofertar un incremento, expresado en años, del aumento del plazo de garantía, del mantenimiento de las actuaciones (CLÁUSULA 12ª) por encima del año estipulado como mínimo en el presente pliego. Este apartado se puntuará con 1 punto por año de garantía adicional ofertada, (por encima de 1 año), con un máximo de 10 años adicionales (plazo total de mantenimiento máximo 11 años).

III) Compromiso suscrito por la empresa de que, en el caso de ser necesario ampliar su plantilla actual para ejecutar el presente contrato, se suscribirá oferta de empleo para la contratación preferente de personas mayores de 45 años, personas con discapacidad y/o parados de larga duración. En caso de enjuiciarse suficiente se otorgarán 4 puntos.

3 VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (hasta 90 puntos). Ponderación 60 %.

Las ofertas económicas se puntuarán según el siguiente detalle en base al porcentaje de baja de cada una de las ofertas con respecto al presupuesto base de licitación para la ejecución de la obra de demolición. Si % de baja ofertada sobre el presupuesto de licitación = 0 => Puntuación = 0 Si % de baja ofertada sobre el presupuesto de licitación es > 0 = > Puntuación = Pmax*(100-(%Bmax-%Bof))/100 Siendo Pmáx= 90 puntos %Bmax= Baja máxima ofertada expresada en porcentaje. %Bof= Baja ofertada por cada licitador expresada en porcentaje.

Cláusula residual: En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el

punto de vista de los criterios objetivos objeto de baremación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa, que tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad reconocida no inferior al 2% de la misma.

Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Todo ello conforme al modelo que consta en el presente pliego

Page 47: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEXO III

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA). 1. OBJETO El presente Pliego tiene por objeto definir con precisión las prescripciones técnicas que han de regir la contratación, mediante concurso procedimiento abierto, de la “Redacción del Proyecto, Asistencia Técnica y Demolición del EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR DE LA CIUDAD DEPORTIVA (ÁVILA)”. El presupuesto total de la licitación no podrá exceder de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €), I.V.A incluido. De este importe se corresponde la cantidad de DIECIOCHO MIL EUROS (24.000,00 €), I.V.A. incluido, a los trabajos de redacción de proyecto y asistencia técnica. El presupuesto de las obras objeto del presente contrato será de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL EUROS (176.000,00 €), incluidos los conceptos de gastos generales, beneficio industrial e I.V.A. El Ayuntamiento de Ávila, desea contratar servicios profesionales de: − Redacción de proyecto de Demolición − Asistencia técnica a la Dirección facultativa de las obras − Obras de demolición según las condiciones que se definen en el presente Pliego. 2. ALCANCE DE LA PRESTACIÓN El alcance de la prestación queda claramente diferenciado en dos etapas: Redacción de Proyecto de Demolición y Ejecución de la obra y Asistencia Técnica. En ellas, los trabajos estarán dirigidos a obtener los resultados que el Ayuntamiento de Ávila fije como objetivos respecto a calidad, plazos y presupuesto. En el desarrollo del contrato el adjudicatario desarrollará las siguientes misiones descritas en la Ley de Ordenación de la Edificación en el Código Técnico de la Edificación:

- Proyectista - Técnicos competentes: Arquitecto y Aparejador - Constructor

2.1. REDACCIÓN DEL PROYECTO DE DEMOLICIÓN 2.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES El proyecto de demolición desarrollará la intervención definida en el Anejo 1 adjunto al presente Pliego y estará elaborado de acuerdo con las directrices señaladas por el

Page 48: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Ayuntamiento de Ávila y cumpliendo la Normativa que resulta de aplicación, así como las calidades que se indiquen por el Ayuntamiento, reuniendo las condiciones necesarias para permitir su aprobación por el Ayuntamiento y tramitación de permisos. 2.1.2. TRABAJOS PREVIOS En el desarrollo del contrato el adjudicatario efectuará la recopilación de antecedentes, recogida y comprobación de datos, incluyendo la realización de las siguientes actividades: • Cartografía y Topografía El Ayuntamiento de Ávila pondrá a disposición del adjudicatario la cartografía municipal existente relativa a la zona del proyecto. Si fuera necesario mayor detalle para el desarrollo del Proyecto de Ejecución, la ampliación de los trabajos será realizada por el adjudicatario y a su coste. • Compañías suministradoras y servicios afectados. El adjudicatario realizará para ello una toma de datos exhaustiva de servicios afectados. El proyecto deberá prever y valorar las correspondientes obras de desvío o de reposición. 2.1.3 PROYECTO DE DEMOLICIÓN El proyecto definirá de forma clara y precisa las obras a ejecutar. Por el Ayuntamiento se podrán solicitar las modificaciones que considere oportunas hasta que se compruebe que el proyecto cumple la finalidad para la que es redactado. Se entregará para su aprobación por el Ayuntamiento de Ávila, firmado por Técnico competente, en tantos ejemplares como sean precisos para la tramitación del expediente en formato papel. Igualmente, se adjuntará en soporte informático en formato compatible con las aplicaciones utilizadas por la entidad contratante. En todo caso, el adjudicatario asumirá dentro del precio la redacción los modificados o documentos técnicos que resulten precisos como consecuencia, a su vez, de las eventuales modificaciones de las obras que pudieran sustanciarse o de cualquier naturaleza o por cualquier motivo que resultara necesario elaborar para la correcta ejecución de los trabajos adjudicados. El desarrollo del Proyecto de Demolición se ajustará a los siguientes requisitos:

• Estará de acuerdo con lo definido en los documentos adjuntos al presente Pliego en su Anejo 1, las modificaciones que apruebe el Ayuntamiento con respecto a las actuaciones incluidas en el Anejo y propuestas justificadamente por el Adjudicatario, y las directrices que señale la entidad contratante.

• Desarrollará la información para la ejecución de las obras, especificando soluciones constructivas, materiales y elementos de forma correcta para la que la ejecución de las obras a realizar sean completas y entregables al uso.

• Contendrá una información completa sobre los servicios afectados por las obras y su reposición.

• Cumplirá con la normativa técnica, medioambiental y de gestión de residuos. • Se incluirán en anexos la documentación cuya entrega en diferentes

organismos sea preceptiva para la obtención de licencias, permisos y formalización de contratos de suministros.

Page 49: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

El Proyecto constará, como mínimo, de los documentos siguientes:

a) Una memoria en la que se describa el objeto de las obras, que recogerá los antecedentes y situación previa a las mismas, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta.

a. Anejos a la memoria: i. Presupuesto para conocimiento de la administración ii. Topografía iii. Justificación de precios iv. Climatología v. Cálculos necesarios. vi. Servicios afectados vii. Plan de obra viii. Soluciones al tráfico durante las obras ix. Declaración de obra completa x. Estudio de gestión de residuos de construcción y

demolición xi. Justificación del cumplimiento de normativa de

accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. xii. Anejo fotográfico.

b) Los planos de situación de planta, sección transversal y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida, así como los que delimiten la ocupación de terrenos y la restitución de servidumbres y demás derechos reales, en su caso, y servicios afectados por su ejecución. Planos de estado actual y estado reformado.

c) El pliego de prescripciones técnicas particulares, donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución, con expresión de la forma en que ésta se llevará a cabo, las obligaciones de orden técnico que correspondan al contratista, y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas el abono.

d) Un presupuesto, con expresión de los precios unitarios y de descompuestos, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. Presupuesto general de las obras.

e) Un programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo, con previsión, en su caso, del tiempo y coste.

f) Las referencias de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de la obra.

g) El estudio de seguridad y salud o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud, en los términos previstos en las normas de seguridad y salud en las obras.

h) Cuanta documentación venga prevista en normas de carácter legal o reglamentario.

El proyecto deberá sujetarse a las instrucciones técnicas que sean de obligado cumplimiento. En lo posible, se evitará incluir partidas alzadas. La obtención el Presupuesto General se determinará de la siguiente forma:

Presupuesto de Ejecución Material A

Gastos Generales (13% s/A) B

Page 50: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

Beneficio Industrial (6% s/A) C

Presupuesto de Ejecución por Contrata (A+B+C) D

I.V.A. (21% s/D) E

Total Presupuesto Base Licitación F

I. Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición

1. Se redactará para dar cumplimiento a las especificaciones del Art. 4.1. a). RD. 105/2008, de 1 de febrero, que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (BOE DE 13/02/2008).

2.2. ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS 2.2.1 CONSIDERACIONES GENERALES El adjudicatario llevará a cabo los trabajos necesarios de asistencia técnica a la Dirección Facultativa de las obras, haciendo el seguimiento y control permanente del proceso de demolición para alcanzar los objetivos puestos de manifiesto por parte de la Propiedad, respecto a calidad en la ejecución, plazos y presupuesto. En este proceso, el adjudicatario realizará los siguientes trabajos:

- Asistencia Técnica a la Dirección Facultativa de la Obras. - Control de plazos. - Control de presupuesto. - Coordinación de los distintos agentes intervinientes en el proceso de

demolición. Para ello, contará con un equipo técnico multidisciplinar con dedicación y especialización suficiente para dirigir, supervisar y coordinar la actuación de todos los intervinientes en el proceso de construcción. 2.2.2. DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS El Director de las Obras es el técnico que, estando en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para ejercer esta competencia en el caso que nos ocupa, dirige el desarrollo de las obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que las define, las demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Esta función será asumida por los técnicos municipales, si bien, se hace necesaria la asistencia técnico a la Dirección Facultativa debido al riesgo que conlleva una demolición y la obligación de un control continuo de la ejecución de las obras. Los principales trabajos a desarrollar por el adjudicatario durante la ejecución de las obras son los siguientes:

- Supervisión continua de la ejecución de las obras, realizando todas las comprobaciones tanto topográficas, de mediciones y ensayos, que sean

Page 51: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

necesarias para poder certificar que las mismas se están realizando conforme al proyecto y pliego de cláusulas que servirá de base para su contratación.

- Coordinación de la ejecución de las obras. - Coordinar la actuación de los distintos intervinientes en el proceso de ejecución

material de las obras según lo indicado en el apartado 2.2.5. - Sin perjuicio de que hayan de realizarse otras visitas complementarias, se

acordarán con la Dirección facultativa y los representantes del Ayuntamiento del Ayuntamiento un día y hora concretos a la semana para las visitas de obra.

- Los asistentes técnicos a la Dirección Facultativa de la obra serán los encargados de redactar las actas que reflejen el contenido y resultado de las visitas, así como de las reuniones y sesiones de trabajo que se realicen, para lo que deberán facilitar al inicio de las obras, el Libro de Ordenes debidamente diligenciado por el colegio oficial correspondiente.

- Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto que sea aprobado o modificaciones debidamente autorizadas por el Ayuntamiento de Avila, y al Pliego de Condiciones Administrativas Particulares de contratación de las obras.

- Comprobar que los medios personales y materiales del Contratista de la obra, así como sus medidas de control y procedimientos garantizan la calidad exigida en las especificaciones del Proyecto y del Contrato.

- Controlar el plazo de ejecución de las obras, de la manera que se indica en el apartado 2.2.3.

- Exigir el cumplimiento del Plan de gestión de residuos de la obra, así como comprobar mediante la documentación acreditativa correspondiente su correcta gestión.

- Definir y proponer al Ayuntamiento aquellas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones correspondientes dejen al criterio de la Dirección de las Obras.

- Redacción de informes mensuales de la obra sobre la marcha constructiva y económica de la misma, remitidos al órgano de contratación del Ayuntamiento además de la emisión de aquellos otros informes complementarios que, sobre cualesquiera otros aspectos relacionados con las obras (incidencias, modificaciones, precios, etc.), sean requeridos por el Ayuntamiento. Contenido mínimo del informe mensual:

o Relación de días de visita de los distintos intervinientes en la obra o Resúmenes de actas de las reuniones. o Análisis del programa de trabajos o Fotocopias de las hojas del libro de ordenes e incidencias o Reportaje fotográfico. o Cualesquiera comunicaciones, justificaciones o variaciones de

mediciones. o Cualesquiera otros documentos que se soliciten por el Ayuntamiento.

- Comprobación y suscripción de las propuestas de certificación mensuales de la adjudicataria de las obras. Antes del día 10 de cada mes, se presentará en Ayuntamiento la certificación que será expedida en el modelo oficial. La medición y valoración de las unidades de obra se ajustará a lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas del proyecto aprobado.

- Realizar las actuaciones procedentes para obtener, de los Organismos oficiales y de los particulares, los permisos y autorizaciones necesarios para la ejecución de las obras y ocupación de los bienes afectados por ellas, y resolver los problemas planteados por los servicios y servidumbres relacionados con las mismas.

Page 52: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

- Atender especialmente la problemática de carácter medioambiental, de seguridad vial y accesos, conjuntamente con las demandas de terceros afectados.

- Estudiar las incidencias o problemas que se puedan plantear en la obra y que impidan el normal cumplimiento del Contrato o aconsejen su modificación, proponiendo soluciones al Ayuntamiento de Avila.

- Control presupuestario de las obras según se indica en el apartado 2.2.4. - En general, cuantas obligaciones sean inherentes como asistencia técnica a la

dirección facultativa de las obras.

Los trabajos a desarrollar por el adjudicatario para el replanteo, recepción y liquidación de las obras son los siguientes:

- Asistencia a los actos de Comprobación de Replanteo y de Recepción de las Obras (Recepción Provisional), incluyéndose la redacción del informe previo a la recepción.

- Elaboración y comprobación de la certificación final de las obras en el plazo máximo de un mes a partir de la recepción provisional de las obras, a fin de que sea aprobada por el Ayuntamiento dentro del plazo establecido en la vigente normativa sobre contratación.

- Acreditar al finalizar la obra, mediante informe técnico y cuanta documentación acreditativa sea necesaria y la correcta gestión de residuos de construcción y demolición.

- Redacción del Proyecto de liquidación a la recepción de las obras, que incluirá la documentación completa de las obras tal y como han sido realmente ejecutadas y junto con los datos que el Contratista facilitará sobre la obra “proyecto as built”. Constará de los siguientes documentos: a) Memoria, en la que se incluirá el historial y las incidencias de la obra. b) Anexos a la Memoria, que contendrá copia del Acta de Replanteo, del Acta de Recepción y del Libro de Ordenes y Visitas. c) Planos con las características finales de la obra. d) Relación Valorada de lo ejecutado que coincidirá con la obra certificada. El proyecto “as built” se entregará en formato papel e igualmente, se adjuntará en soporte informático en formato compatible con las aplicaciones utilizadas por la entidad contratante.

- Posterior a la recepción y durante el plazo de garantía de la obra realizada, el adjudicatario deberá atender cuantas veces sea requerido el Ayuntamiento para mediar en las responsabilidades derivadas de la garantía de la obra ejecutada.

- Al menos tres meses antes de finalizar el plazo de garantía de las obras, el adjudicatario deberá revisar detalladamente el estado de las mismas e informar sobre posibles desperfectos, vicios ocultos, así como su posible causa e imputación, o en su caso, del correcto funcionamiento de la obra ejecutada. Una vez finalizado el plazo de garantía de la obra, corresponde al Director firmar el Acta de Recepción definitiva de la misma.

- En general, cuantas obligaciones sean inherentes a la asistencia técnica a la dirección facultativa de las obras.

2.2.3. CONTROL DE PLAZOS El adjudicatario implantará un sistema de control de plazos eficaz para contrastar la evolución de los trabajos realmente ejecutados con la planificación prevista. Como mínimo, realizará las siguientes actividades:

Page 53: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

- Revisión y validación, en su caso, del Programa de Trabajos propuesto por el Contratista.

- Actualización mensual del Programa de Trabajos, con emisión del correspondiente informe.

- Seguimiento de los medios a disposición de las obras y comparación con los previstos para cumplir con la Planificación aprobada.

- Propuestas de actuación en caso de desviaciones de plazo aprobado. 2.2.4. CONTROL PRESUPUESTARIO El adjudicatario llevará acabo las labores necesarias de seguimiento y control presupuestario para asegurar que no se produzcan desviaciones del mismo durante la ejecución de las obras. Como mínimo, desarrollará las siguientes actividades:

- Análisis de las propuestas de cambios que realice el Contratista de las obras. Negociación de precios contradictorios.

- Propuestas de actuación para asegurar el cumplimiento del presupuesto objetivo.

- Emisión de informe mensual en el que se refleje la comparativa entre la obra proyectada y la realmente ejecutada.

- En caso de la existencia de desviaciones económicas, por deficiencias o faltas del proyecto, que obliguen a la tramitación de un proyecto modificado, el director de obra quedará obligado a su completa redacción. En este caso se estará a lo dispuesto en los artículos 203 a 207 de la Ley de Contratos del Sector Público.

2.2.5. COORDINACIÓN DE LOS DISTINTOS INTERVINIENTES EN EL PROCESO DE

CONSTRUCCIÓN El adjudicatario se encargará de coordinar a todos los agentes intervinientes en el Proceso de Construcción, entendiendo este proceso en su sentido más amplio, es decir, desde el momento de adjudicación del contrato que rige el presente pliego, hasta la liquidación del contrato de las obras a la finalización del plazo de garantía de las mismas según el contrato que se firme entre la empresa constructora y el Ayuntamiento. Por agentes intervinientes en el proceso se entiende tanto a la empresa contratada por el Ayuntamiento para la ejecución de las obras como a las que realización la supervisión, etc., como a las diferentes Administraciones y Organismos Públicos de los que se deben recabar autorizaciones, permisos, informes, licencias, etc., y a las compañías suministradoras de servicios que puedan verse afectados por las obras. Ante todos ellos, el adjudicatario asistirá y representará, en su caso, al Ayuntamiento, actuando como coordinador y velando por los intereses de la ésta. El adjudicatario desarrollará un Plan de Tramitación de Permisos en el que se determinarán los documentos exigidos por las Administraciones y organismos públicos con jurisdicción sobre la actuación, en el que quedarán especificados los requisitos necesarios para el adecuada terminación, uso y funcionamiento de las obras. 2.2.6. EQUIPO DE TRABAJO Y DEDICACIONES MÍNIMAS

Page 54: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

El equipo mínimo de trabajo que el adjudicatario deberá disponer durante la ejecución de las obras es el siguiente:

- Asistentes a la dirección facultativa de la obras. Técnicos competentes según lo requerido en el presente pliego.

2.3. DOCUMENTACION DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA. En este anejo se detalla, con carácter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Públicas competentes, el contenido de la documentación del seguimiento de la ejecución de la obra, tanto la exigida reglamentariamente, como la documentación del control realizado a lo largo de la obra.

I. Documentación obligatoria del seguimiento de la obra:

1 – Las obras dispondrán de una documentación de seguimiento que se compondrá, al menos de:

a) El Libro de Órdenes y Asistencias. Desde la fecha de comprobación de replanteo hasta la recepción definitiva de la obras estará a disposición del Director de Obra, quien anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma. El contratista estará obligado a transcribir en dicho libro cuantas órdenes o instrucciones reciba por escrito de la Dirección, y a firmar, a los efectos procedentes el oportuno acuse de recibo, sin perjuicio de la necesidad de una posterior autorización de tales transcripciones por la Dirección con su firma en el libro indicado. Efectuada la recepción definitiva, el Libro de Órdenes pasará a poder de la administración, si bien podrá ser consultado en todo momento por el contratista.

b) El Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. El libro de incidencias se desarrollará conforme a la legislación específica de seguridad y salud. Tendrán acceso al mismo los agentes que dicha legislación determina;

c) El proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados por el director de obra;

d) La apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras autorizaciones administrativas.

2 – Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento y resto de

documentación de la obra será depositada por el director de la obra, en el Ayuntamiento.

II. Recepción provisional y definitiva de obra

1 – Con la recepción de la obra, el director certifica haber dirigido la ejecución material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo ejecutado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción. 2 – El director de la obra certifica con la firma del acta de recepción que la obra se encuentra finalizada para su puesta en funcionamiento y entrega al uso público.

Page 55: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

3 – Al acta de recepción provisional de la obra se le unirán como anejos los documentos que se indican en el apartado 2.2.2. en lo que se refiere al proyecto “ as built” 4 – Al acta de recepción definitiva de la obra se firmará a la finalización del plazo de garantía de la misma debiendo emitir el director un informe sobre el estado de la misma tres meses antes de la finalización del plazo de garantía.

3. PLAZOS El plazo previsto para la redacción del Proyecto de Demolición es de 30 DÍAS NATURALES, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato. El plazo máximo de inicio de las obras será al día siguiente de la firma del acta de comprobación del replanteo para lo cual se fija un plazo máximo de 15 DÍAS NATURALES, a contar desde la fecha del informe de aprobación del Proyecto de Demolición por parte de los Servicios Técnicos Municipales. El plazo previsto para la ejecución de la obra será de CUATRO (4) MESES, a contar desde el día siguiente a la firma del acta de replanteo. El plazo previsto para las prestaciones de Asistencia Técnica a la Dirección Facultativa será hasta la finalización del plazo de garantía de las obras, según el contrato de ejecución de las mismas.

La Arquitecta Municipal

Fdo. Marta Jiménez Martín.

Page 56: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEJO 1 MEMORIA DE NECESIDADES - ACTUACIONES PROPUESTAS Las necesidades del proyecto a redactar son las siguientes:

1 – Demolición del edificio anexo al edificio de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva. Deberá realizarse el derribo controlado del edificio sobre y bajo rasante que alberga la casa del deporte de la zona sur de la ciudad (edificio anexo al edificio de la piscina cubierta de la Ciudad Deportiva). Las actuaciones de demolición se realizarán de tal manera que se garantice la seguridad de viandantes y edificaciones próximas.

Sin perjuicio de todas aquellas otras que sean necesarias como consecuencia de

la demolición del inmueble.

2 – Acondicionamiento y cierre del solar resultante con estética acorde con el entorno. 3 – Presupuesto de contrata de las obras de demolición. 4 – Estudio de gestión de residuos. Incluye la retirada, carga, transporte y entrega de todos los residuos de construcción a gestor autorizado.

Se adjunta los siguientes documentos:

- Planos - Fotografías exteriores del edificio

Page 57: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 58: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 59: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 60: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 61: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 62: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 63: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 64: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 65: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 66: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 67: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 68: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 69: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 70: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 71: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios
Page 72: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEXO IV

ACTA DE COMPROBACIÓN DE REPLANTEO E INICIO DE OBRA

PROYECTO: REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA) LOCALIDAD: ÁVILA TÉCNICOS DIRECTORES DE LAS OBRAS: EMPRESA ADJUDICATARIA: IMPORTE DE ADJUDICACIÓN: FECHA:

Reunidos en el día de la fecha los asistentes relacionados, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 237 del la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público y en el artículo 140 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el Pliego de Cláusulas Administrativas de las obras referenciadas, han efectuado la comprobación del replanteo de las obras, y a la vista del mismo proceden a levantar la presente acta para hacer constar:

Primero.- La conformidad del replanteo con los documentos contractuales del

proyecto, comprobando la realidad la geométrica, la disponibilidad de los terrenos y/o inmuebles precisos para su normal ejecución, y la de cuantos supuestos figuran en el proyecto aprobado y son básicos para la celebración del contrato de estas obras.

Segundo.- Que las obras definidas en proyecto son viables y que no existen

impedimentos o servidumbres aparentes no consideradas en el mismo que puedan afectarlas.

Tercero.- Por lo expuesto es viable la ejecución del proyecto, y por tanto los

directores de obra autorizan el comienzo de las mismas, quedando notificado el contratista por el hecho de suscribir la presente acta, y comenzando a contar el plazo de ejecución desde el día siguiente al de la fecha, extendiéndose la presente por triplicado ejemplar.

Por el Ayuntamiento Por el Adjudicatario

Por la Dirección de Obra

Page 73: Expte. 9-2018 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ... · andamio así como a la retirada de las chapas metálicas existentes, comprobándose que ... 1º. Los trabajos y obras necesarios

ANEXO IV

Modelo de Solicitud de Participación en Licitación (Esta instancia deberá de adjuntarse, cualquiera que sea el modo de presentación de las ofertas) D/Dª _______________________________, DNI núm.: _____________, en nombre propio o en representación de _____________________, NIF núm.: ___________, con domicilio a efectos de notificaciones en ________________, CP _____ (código postal), _________(localidad) de ____________ (provincia) _______ (país).

Deseo tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Ávila para contratar la REDACCIÓN DEL PROYECTO, ASISTENCIA TÉCNICA Y OBRAS DE DEMOLICIÓN DEL EDIFICIO ANEXO AL EDIFICIO DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA ZONA SUR (CIUDAD DEPORTIVA).

Para lo cual acompaño los sobres a que hace referencia el pliego de condiciones

correspondiente.

(Lugar, fecha y firma de licitador) ______________, a _____ de _______________ de 2018.

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA Plaza del Mercado Chico, 1 05001 ÁVILA