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PCT Recogida Residuos Página 1 Expte.- 10/2013 Asunto.- Expediente contratación Gestión servicios públicos Recogida residuos PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS DEL CONTRATO DE GESTION, MEDIANTE CONCESION ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO PUBLICO DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS, PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONOMICA MAS VENTAJOSA Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION 1.- OBJETO DEL CONTRATO.- 1.1.- El objeto del presente contrato que ahora se licita es el otorgamiento, por procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación, para la gestión indirecta de servicios públicos, mediante concesión administrativa, de la recogida de residuos generados por los municipios integrados en la “Mancomunidad “Riberas del Águeda, Yeltes y Agadón” (en adelante Mancomunidad), provincia de Salamanca (Véase Anexo I). El presente Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PCT) establecerá el marco general de las condiciones de la prestación de dicho servicio público. Comprenderá: o Recogida de residuos tanto de fracción resto como recogida selectiva de residuos de envases, vidrio y papel-cartón y Recogida especial de muebles y enseres. o Almacenamiento y/o Transporte a Planta de transferencia, a Gestor autorizado y/o a Centros específicos de tratamiento. o Suministro, colocación de contenedores y lavado de los mismos. o Cuidado y mantenimiento de los contenedores soterrados y semisoterrados existentes y aquellos nuevos que puedan instalarse durante el desarrollo del contrato. o Demás servicios señalados en el presente Pliego así como asumir todos los gastos que de todo ello se deriven. La Mancomunidad aportará los vehículos y contenedores relacionados en el Anexo II sin perjuicio de que por la empresa, -en el calendario que se establece en el presente Pliego-, se sustituyan por dos (2) vehículos recolectores nuevos y la renovación/reposición paulatina de todo tipo contenedores durante la el plazo de ejecución del contrato. Los licitadores realizarán una propuesta económica de adquisición de los tres (3) camiones propiedad de la Mancomunidad (Anexo II-1 PCA) Asimismo se deberán disponer, entre otros y por cuenta del contratista, de un vehículo más de recogida diaria (seminuevo: menos de 12 años de antigüedad); de vehículos-grúa para la recogida selectiva de residuos, de fracción resto, vehículos de transporte, vehículos de refuerzo y/o vehículos de sustitución para todos los servicios de recogida y el lavado de contenedores. 1.2.- Prestaciones El concesionario deberá efectuar la recogida separada de residuos generados dentro del término municipal de los municipios que conforman la Mancomunidad, y que contempla los siguientes procesos y prestaciones, según se describen en el presente pliego de prescripciones técnicas:

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Expte .- 10/2013

Asunto .- Expediente contratación Gestión servicios públicos

Recogida residuos PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS DEL CONTRATO DE GESTIO N, MEDIANTE CONCESION ADMINISTRATIVA, DEL SERVICIO PUBLICO DE L A RECOGIDA DE RESIDUOS, PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONOMICA M AS VENTAJOSA Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION 1.- OBJETO DEL CONTRATO.- 1.1.- El objeto del presente contrato que ahora se licita es el otorgamiento, por procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación, para la gestión indirecta de servicios públicos, mediante concesión administrativa, de la recogida de residuos generados por los municipios integrados en la “Mancomunidad “Riberas del Águeda, Yeltes y Agadón” (en adelante Mancomunidad), provincia de Salamanca (Véase Anexo I). El presente Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PCT) establecerá el marco general de las condiciones de la prestación de dicho servicio público.

Comprenderá: o Recogida de residuos tanto de fracción resto como recogida selectiva de

residuos de envases, vidrio y papel-cartón y Recogida especial de muebles y enseres.

o Almacenamiento y/o Transporte a Planta de transferencia, a Gestor autorizado y/o a Centros específicos de tratamiento.

o Suministro, colocación de contenedores y lavado de los mismos. o Cuidado y mantenimiento de los contenedores soterrados y semisoterrados

existentes y aquellos nuevos que puedan instalarse durante el desarrollo del contrato.

o Demás servicios señalados en el presente Pliego así como asumir todos los gastos que de todo ello se deriven.

La Mancomunidad aportará los vehículos y contenedores relacionados en el Anexo II sin perjuicio de que por la empresa, -en el calendario que se establece en el presente Pliego-, se sustituyan por dos (2) vehículos recolectores nuevos y la renovación/reposición paulatina de todo tipo contenedores durante la el plazo de ejecución del contrato.

Los licitadores realizarán una propuesta económica de adquisición de los tres (3) camiones propiedad de la Mancomunidad (Anexo II-1 PCA)

Asimismo se deberán disponer, entre otros y por cuenta del contratista, de un vehículo más de recogida diaria (seminuevo: menos de 12 años de antigüedad); de vehículos-grúa para la recogida selectiva de residuos, de fracción resto, vehículos de transporte, vehículos de refuerzo y/o vehículos de sustitución para todos los servicios de recogida y el lavado de contenedores.

1.2.- Prestaciones El concesionario deberá efectuar la recogida separada de residuos generados dentro

del término municipal de los municipios que conforman la Mancomunidad, y que contempla los siguientes procesos y prestaciones, según se describen en el presente pliego de prescripciones técnicas:

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o Contenerización de los residuos de forma separada, mediante la puesta a disposición a los ciudadanos y entidades generadoras de residuos, de un parque de recipientes adecuado tanto cualitativamente como cuantitativamente, capaz de asumir la generación de todo tipo de residuos (tanto para residuos domésticos: orgánica, como para fracción resto: envases, vidrio y papel-cartón) de la zona ámbito de la gestión.

o Recogida separada de las distintas fracciones de residuos domésticos y asimilables, mediante el vaciado de los contenedores existentes o a través de la recogida puerta a puerta, así como de los residuos que pudieran aparecer en el entorno de los contenedores.

El servicio de recogida comprenderá por tanto las siguientes categorías de residuos: Ordinaria de residuos domésticos (orgánica), Selectiva de residuos de envases, vidrio, papel-cartón (fracción resto) y Especial de muebles y enseres

o Transporte separado de los residuos recogidos a las plantas de destino correspondientes (transferencia/tratamiento), garantizando que en ningún momento del proceso de recogida y transporte se mezclen las distintas fracciones, con el objetivo de lograr una eficaz gestión final de los mismos.

o Disponibilidad de instalaciones de recogida y almacenamiento transitorio para la gestión separada de residuos procedentes de la recogida selectiva y de los aparatos eléctricos y electrónicos (puntos limpios y puntos de transferencia) y para el almacenamiento.

o Disponibilidad de Instalaciones fijas para albergar los vehículos, maquinaria y centro de trabajo del personal adscrito.

o Se colaborará con la Mancomunidad para la suscripción de convenios con entidades o agentes autorizados para la recogida selectiva de residuos de pilas y baterías usadas, aceite vegetal usado, ropa, residuos de Aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), etc.

En el Anexo IV se aportan las cantidades de residuos recogidos en los últimos años.

1.3.- La realización de dichos Servicios comprenderá, por tanto, la ejecución por cuenta

del contratista de los trabajos siguientes: a) Recogida de residuos domésticos generados en los municipios integrados

en la Mancomunidad. Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los

hogares de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), muebles y enseres. Tendrán también la consideración de residuos domésticos los residuos

procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y los animales domésticos muertos que aparezcan en las vías o lugares públicos.

b) Recogida de residuos comerciales generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios generados en los municipios integrados en la Mancomunidad que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza puedan asimilarse a los domésticos.

c) Recogida de restos vegetales . Este servicio incluye los restos de poda, siega, etc., resultantes de las labores de mantenimiento realizadas tanto en jardines privados como zonas verdes públicas del los Municipio, a lo largo de todo el año.

d) Transporte de todos los residuos a la Planta de Transferencia y/o a los respectivos Centros de tratamiento o reciclaje.

e) Dentro de los servicios de recogida se incluye la contenerización de los residuos siendo las operaciones a realizar las siguientes:

* Nueva implantación de contenedores (tanto para residuos fracción resto como para la recogida selectiva: envases, vidrio y papel-cartón)

* Mantenimiento y conservación de los contendores existentes. * Lavado y desinfección de todos los contenedores. * Implantación/Renovación de contenedores

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1.4.- La prestación de dichos Servicios, -respecto de contenedores y vehículos-, comprenderá:

a) Mantenimiento, conservación, y reparación de contenedores de Residuos orgánicos, tanto los normales al uso, como los soterrados y semisoterrados y demás material puesto a disposición del concesionario por la Mancomunidad hasta la finalización de su vida útil en cada caso.

b) Adquisición, mantenimiento y reposición de nuevos contenedores de vidrio, papel/cartón y envases, y nuevos Equipos soterrados y semisoterrados.

La empresa concesionaria adquirirá nuevo material (dentro del precio del contrato) que irá sustituyendo al existente debiendo mantenerse, en todo caso el volumen total de la contenerización existente.

En el Anexo II-2 y Anexo V PCT se describe los contendores existentes. c) Adquisición, mantenimiento, conservación, reposición y reparación de todo

tipo de vehículos necesarios para las labores de recogida por parte de la empresa contratista y a su costa.

1.5.- Los conceptos y términos medioambientales utilizados en este pliego deberán

interpretarse a la luz de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y demás legislación medioambiental aplicable. 2.- DELIMITACION DEL OBJETO.-

2.1.- RECOGIDA ORDINARIA DE RESIDUOS FRACCIÓN RESTO. Comprende este servicio la recogida y transporte a la Planta de transferencia de los

residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.

Dichos contenedores serán recogidos de la acera y/o calzada, depositados en vehículos recolectores-compactadores, y devueltos a su lugar una vez vacíos.

2.2.- RECOGIDA SELECTIVA DE RESIDUOS. El licitador propondrá un plan de recogida selectiva de residuos (vidrio, envases, papel-

cartón y aparatos eléctricos) que en cualquier caso deberá estar adaptado a la normativa europea, estatal y autonómica en la materia y que para la Mancomunidad y sus respectivos municipios le sea rentable, ágil y eficaz su seguimiento.

El objetivo de éste servicio es proceder a la recogida mediante contenedores normalizados de la fracción envases ligeros de origen doméstico, diferenciados en origen y que son generados en el territorio de la Mancomunidad, con una frecuencia necesaria, de forma que no se desborden los contenedores y su posterior transporte al centro de reciclado.

2.3.- RECOGIDA DE OTROS RESIDUOS. 2.3.1. Recogida de restos vegetales. Este servicio comprenderá la recogida de residuos vegetales generados como consecuencia de la poda de arbustos, árboles, setos y césped, siempre que se presenten en bolsas. 2.3.2.- Recogida de muebles y enseres. Este servicio comprenderá la recogida de muebles y enseres sacados por el vecino a la vía pública, previa llamada telefónica y confirmación del día y la hora para la realización del servicio. 2.3.3. Recogida de animales domésticos muertos.

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Este servicio comprenderá la retirada de animales domésticos muertos que se encuentren en la vía pública. A petición de los servicios municipales, se prestará éste servicio de forma puntual, siempre que sea requerido. 2.3.4. Recogida de residuos procedentes del servici o de limpieza pública. Este servicio comprende la recogida de los residuos procedentes de la limpieza viaria y de la limpieza de edificios o dependencias municipales, que previamente se ha depositado en bolsas. Para lo cual se coordinará con dichos servicios, para que no permanezcan depositados en la calle al finalizar la jornada de trabajo. 2.3.5.- Recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Este servicio comprenderá la recogida de RAEE puestos por los vecinos en la vía pública, previa llamada telefónica y confirmación del día y la hora para la realización del servicio 2.3.6. Recogida de mercadillos, fiestas y actos púb licos. El concesionario está obligado a la recogida de residuos generados en celebración de acontecimientos, actos públicos, fiestas o cualquier evento. La recogida se efectuará en base a las órdenes remitidas por el respectivo Ayuntamiento. El horario vendrá ligado a la generación de residuos durante la celebración, así como a la finalización del acto y de las tareas de limpieza del mismo, incluso domingos y festivos. Las fracciones a considerar serán: envases ligeros, papel/cartón, vidrio, resto, así como otros materiales que se pudieran recoger selectivamente. 2.3.7.- Atención al usuario/entidad local El concesionario deberá habilitar un número de teléfono gratuito, con atención personalizada en horario mínimo de 9:00 a 20:00 horas, para la recepción de las peticiones de recogida de determinados residuos (animales domésticos muertos, voluminosos,…) 2.4.- MANTENIMIENTO PLATAFORMAS CONTENEDORES SOTERRADOS y

SEMISOTERRADOS. Este servicio comprenderá el cuidado, mantenimiento y reparación completa de los

dispositivos de contenedores soterrados y plataformas hidráulicas elevadoras de los mismos, así como de los contenedores semisoterrados existentes en cada momento en el municipio de Ciudad Rodrigo y en otros municipios de la Mancomunidad.

Asimismo los camiones recolectores de recogida dispondrán en sus equipos el mecanismo hidráulico adecuado para la elevación de los mismos.

2.5.- En la prestación del servicio de recogida de residuos, se observarán lo siguiente:

a) Minimizar los contenedores en la calle. b) Causar las menores molestias a los vecinos (ruidos, entorpecimiento del tráfico, etc.) c) Adaptar los servicios y su funcionamiento a las necesidades reales de los municipios que conforman la Mancomunidad y a los requerimientos de calidad de vida de los usuarios. d) El adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que eventualmente se puedan verter en la maniobra y quedando totalmente prohibido el rebusco, selección o cualquier otra manipulación con las basuras. e) Durante las operaciones, los vehículos del servicio se situarán de tal forma que en lo posible no obstaculicen el tráfico en la vía, y respetando en todo momento la ley de seguridad vial vigente. f) Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten, deberán ser entregados al Ayuntamiento.

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2.6.- Tras la recogida diaria, semanal o periódica según el tipo de residuo, se procederá al transporte de todos los residuos para su traslado en vehículos adecuados a la Planta de Transferencia y/o Centros de tratamiento o reciclaje establecidos.

• Los Residuos procedentes de la fracción resto serán trasladados a la Planta de Transferencia de Residuos sito en el término municipal de Ciudad Rodrigo.

• Los residuos recuperables procedentes de la recogida selectiva (Papel-cartón, vidrio, envases, enseres, RAEE…) serán transportados a los Centros de Recuperación de Residuos que estén establecidos y por cuenta del contratista.

2.7.- Será la Mancomunidad quien determinará, en caso de discrepancia, donde y qué residuos son susceptibles de recogida por la empresa concesionaria. 2.8.- Quedan excluidos del objeto de este contrato: a) La recogida de productos de derribo, tierras de desmonte, escombros y desechos de obras, maderas, hierros, etc.

b) La recogida de desperdicios de carácter marcadamente industrial que se realizará por gestores autorizados.

c) Recogida de residuos hospitalarios. 3.- AMBITO TERRITORIAL El ámbito territorial de la prestación de los servicios objeto del presente contrato será el conformado por todos los municipios que conforma la Mancomunidad. Comprenderá los Núcleos Urbanos, Entidades Locales Menores, Pedanías, Barrios, Extrarradios, Vías principales de los Diseminados de suelo rústico, Zonas Recreativas y similares que comprenden los 12 Municipios integrantes en la Mancomunidad y que son los siguientes:

1. Alba de Yeltes, 2. Aldehuela de Yeltes, 3. Ciudad Rodrigo, 4. Diosleguarde, 5. La Atalaya, 6. Monsagro,

7. Morasverdes, 8. Sancti-Spíritus, 9. Serradilla del Arroyo, 10. Serradilla del Llano 11. Tenebrón, 12. Zamarra.

El adjudicatario deberá asumir el servicio durante el tiempo del contrato, el crecimiento y/o cambios urbanísticos que se produzcan en los municipios como consecuencia de nuevos planes de urbanización, o cualquier otra circunstancia, adaptando los sistemas propuestos de acuerdo a las nuevas situaciones y de conformidad con los servicios técnicos de la Mancomunidad.. 4.- REGIMEN DE PRESTACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA y TRANSPORTE.- 4.1.- La recogida de residuos se efectuará de conformidad con las siguientes particularidades: 4.1. A.- En el núcleo urbano del municipio de Ciudad Rodrigo y avenidas limítrofes .

a) De Lunes a Sábado: La recogida se realizará diariamente, (de Lunes a Sábados en horario de mañana), excepto domingos y festivos, (de conformidad con el Calendario laboral oficial), recogiendo, vaciando y descargando los contenedores de residuos debidamente instalados en las vías públicas, aceras, carreteras, diseminados y extrarradio del recorrido o donde se dispongan. b) Sábados tarde: La recogida se realizará el Mercadillo de los sábados por la tarde una vez acabado el servicio de Limpieza viaria.

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c) Zonas de baño.- Del 1 de Mayo al 30 de Septiembre se potenciará también la recogida en las zonas de baño de las Alamedas del río, en particular la zona de La Pesquera, Las Barcas y El Picón, y sin perjuicio de la recogida de los contenedores sitos en la zona de El Vado, La Moretona y El Paraje. d) Festivos especiales: Durante los días festivos 1 de Enero, 6 de Enero, Domingo de Carnaval, Domingo de Ramos, Jueves, Viernes y Sábado Santo, Domingo de Resurrección, 15 de Agosto y el día 25 de Diciembre, se realizara el servicio recogiendo, vaciando y descargando los contenedores de residuos debidamente instalados en todas las vías públicas, aceras o donde se disponga. Asimismo durante todos los domingos de los meses de Julio y Agosto la recogida en la localidad de Ciudad Rodrigo y las zonas de baño de Ciudad Rodrigo se practicará como un día normal. e) Dos días seguidos festivos: En caso de que concurran dos días seguidos festivos o mas, el servicio de recogida se realizará el primer día festivo. Esta eventualidad no será aplicable a los días Jueves y Viernes Santo, festivos entre semana de los meses de Agosto y Diciembre que se recogerá ambos días y los días señalados en el apartado c).

4.1. B.- En el resto de los Municipios.

a) Del 1 de Julio al 31 de Agosto.- En los once Municipios restantes de la Mancomunidad y en sus respectivas zonas de recreo y las Pedanías pertenecientes al Municipio de Ciudad Rodrigo (Águeda, Bocacara, Ivanrey, Sanjuanejo, Conejera, San Sebastián, Pedro-Toro, Valdecarpinteros y sus zonas de huertas y las carreteras de comunicación interurbana donde existen contenedores), la recogida se realizará durante (3) tres días alternos a la semana.

Si algún día fuera festivo, el servicio se realizará al día anterior o posterior, por lo que el Servicio de recogida será siempre de tres (3) veces a la semana.

Se potenciará el servicio en zonas de baño y esparcimiento. b) Resto del año.- En los once Municipios restantes y aquellas Pedanías

señaladas de Ciudad Rodrigo, sus zonas de huertas y sus accesos por carretera, la recogida se realizará durante dos (2) días a la semana (Lunes/Jueves y/o Martes/Viernes).

Si algún día fuera festivo, el servicio se realizará al día anterior o posterior, por lo que el Servicio de recogida será siempre de dos (2) veces a la semana.

4.2.- La recogida del papel-cartón, vidrio, envases y demás se realizarán tres (3) veces a la semana en el Municipio de Ciudad Rodrigo (o cuando se requiera a la empresa concesionaria) y una vez al mes en el resto de los Municipios. Independientemente de ello, si se precisase una recogida más (o menos) continua de los contenedores específicos se incrementará la recogida, en su caso. No se permitirá en ningún caso el mantener durante días los contenedores llenos en alguna zona o en algún Municipio. 4.3.- La recogida de enseres El servicio consiste en la recogida de residuos voluminosos (muebles y enseres domésticos), que por su naturaleza y dimensiones, volumen, peso y otras características hace necesario que sean recogidos de un modo diferente. Este servicio se prestará una vez al mes y únicamente a vecinos particulares, que en momentos puntuales necesitan desprenderse de algún residuo de las características antes o citadas, no a establecimientos comerciales, industrias, centros sanitarios, etc. No serán objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos, y todos los catalogados como residuos peligrosos. El servicio se realizará recogiendo estos residuos de la vía pública, en las inmediaciones de los inmuebles de los usuarios, a solicitud de los interesados mediante aviso a la empresa concesionaria.

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Para ello se facilitará el concesionario deberá habilitar un teléfono de atención ciudadana (gratuito) donde se podrá concertar el día y hora para su recogida. 4.4.- El Adjudicatario editará cada año, por su cuenta, un calendario al uso (se adjunta formato o similar y con una tirada total de 3.500 ejemplares) para el Municipio de Ciudad Rodrigo y otro para el resto de los Municipios con los días de recogida (tanto de RSU como selectiva). Contendrá también información sobre las buenas prácticas de deposito de residuos, separación específica de los mismos y utilización responsable de los contenedores. Asimismo se confeccionará y se pegará (por cuenta del concesionario) en cada uno de los contenedores de RSU un cartel o pegatina al uso (aprobado previamente por la Mancomunidad), indicando las normas de recogida y su horario.

4.5.- La Mancomunidad se reserva, en cualquier caso, la facultad de modificar total o parcialmente los días y horarios propuestos por el adjudicatario, cuando así se estime necesario para la mejor marcha del servicio. 4.6.- El Transporte de todos los residuos se efectuará se efectuará de conformidad con las siguientes particularidades:

4.6.A.- Los residuos recogidos serán trasladados a la Planta de Transferencia de Residuos sito en el T.M. de Ciudad Rodrigo. El transporte a la Planta se realizará en el mismo día de su recogida, sin que por lo tanto, tales residuos puedan ser depositados en otro lugar ni permanecer en los vehículos. 4.6.B.- El papel, cartón, vidrio, envases, aparatos electrónicos u otro material susceptible de aprovechamiento, de reciclado o de recuperación será transportado por cuenta de la empresa concesionaria, a Gestor autorizado o a las Plantas correspondientes.

Todos los gastos de transporte, gestión y facturación, serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

5.- ELEMENTOS MATERIALES. NAVE, VEHICULOS y MAQUIN ARIA.-

5.1.- CENTRO DE TRABAJO, ALMACEN, NAVE-TALLER. El adjudicatario deberá contar con las dependencias que resulten precisas para servir

como Centro de trabajo, taller, almacén de materiales y garaje de los vehículos adscritos al servicio. Los gastos de arrendamiento de estas instalaciones será a cargo del adjudicatario, así como todos los gastos de agua, luz y teléfono y demás suministros que se produzcan en tales dependencias, así como en general todos los gastos derivados de la utilización y el mantenimiento de las instalaciones a utilizar.

5.2.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA.

5.2.1.- El servicio de recogida y transporte se realizará con vehículos adecuados para cada tipo de residuo y dentro del marco que determinen las normas de seguridad tanto para las personas como para los bienes.

Los vehículos a utilizar irán dotados de los correspondientes sistemas de recogida, elevación y vaciado de recipientes que en cada momento se disponga, debiendo ser en todo momento compatibles y eficaces con el parque de contenedores para el depósito de residuos instalado. 5.2.2.- La Mancomunidad pone a disposición de la empresa concesionaria los vehículos recolectores (camiones compactadores de recogida) de su propiedad que se señalan en el Anexo II. La custodia, reparación y mantenimiento será por cuenta y riesgo del adjudicatario. En caso de pérdida, rotura o similar de un camión de recogida que no sea por el uso deberá ser repuesto por la empresa concesionaria. El Seguro de los vehículos, inspecciones técnicas y reparaciones de los mismos correrá por cuenta de la empresa concesionaria.

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Todos los vehículos habrán de ser lavados, desinfectados y desinsectados al finalizar los trabajos diarios, con el fin de que al día siguiente ofrezcan el aspecto de limpieza y pulcritud que el servicio merece. Por ello el diseño del material será tal que permita su fácil lavado, tanto interior como exterior.

5.2.2.1- SUSTITUCION DE VEHICULOS RECOLECTORES.- La empresa concesionaria procederá, dentro del primer trimestre del año 2016, a sustituir los DOS (2) Camiones recolectores por otros DOS (2) camiones nuevos. Asimismo para el servicio diario dispondrán de un tercer camión seminuevo con una antigüedad menor de doce años. El plazo de amortización de los dos camiones finalizará con el plazo de la concesión prevista, establecida en doce años. Finalizado el plazo de concesión, el valor residual de los dos (2) vehículos será por cuenta de la empresa concesionaria. La Mancomunidad procederá a la venta de los tres (3) camiones de su propiedad (Anexo II-1 PCT). Por ello el licitador en su oferta presentará un precio de adquisición y que será objeto de valoración conforme a los criterios del Anexo III PCA.

5.2.3.- Será de cuenta del concesionario el disponer del resto de vehículos precisos y adecuados para realizar el servicio de recogida en todas sus variantes. Si durante el periodo de vigencia de la concesión alguno de los vehículos es retirado por que precisa reparación serán adquiridos/sustituidos por el contratista y puestos al servicio de la concesión, y sin que quepa compensación por ello. Los vehículos, maquinaria, material y demás medios mecánicos que se precisen para la efectiva realización de los servicios objeto del contrato serán por cuenta y a cargo del adjudicatario, quien además correrá con los gastos de conservación, entretenimiento y mantenimiento.

5.2.4.- El licitador presentará, de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.4.2 del Pliego de Condiciones Administrativas (PCA), información detallada en su oferta, y aportar en caso de adjudicación, la totalidad del material y maquinaria necesaria para la realización de los servicios contemplados en el presente PCT, con aportación de planos y cuantos datos crean necesarios (características técnicas, marca, modelo, fechas de adquisición, datos de amortización, tipo de titularidad en propiedad, arrendamiento financiero, etc.).

Los vehículos, maquinaria, material móvil y resto del material necesario para la prestación del servicio tendrán certificados de homologación y se elegirán de acuerdo con las funciones que deban realizar, adaptándose a los condicionantes de anchura de calles, pendientes y características específicas de las zonas en que se programe su uso. El material incluido en el contrato será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la concesión, salvo orden o aprobación expresa de la Mancomunidad.

Los vehículos y la maquinaria empleados deberán en todo momento encontrarse en buenas condiciones de funcionamiento, sin que ninguno de sus sistemas o mecanismos se encuentren fuera de uso o deteriorados.

En el Proyecto Técnico se deberá incluir el inventario de los vehículos y la maquinaria a utilizar, así como el estado y las características de los mismos.

Para minimizar los impactos sobre el medio ambiente del transporte, los vehículos deberán cumplir con un estándar EURO o equivalente y tengan menores emisiones de CO2.

Finalizado el plazo de concesión, la Mancomunidad no tendrá vinculación alguna con los vehículos y demás material, siendo por cuenta del contratista los gastos de su eliminación, baja y descontaminación.

5.2.5.- El licitador en el Proyecto técnico de Organización y Prestación del Servicio descrito en la cláusula 2.4.2 deberá detallar los bienes materiales que dispondrán según su criterio para la óptima realización del conjunto de actividades que integran el Servicio, en los términos fijados en el presente Pliego. Para lo que tendrán en cuenta el material de reserva suficiente que garantice esta óptima actuación.

• Flota de Vehículos de recogida prevista y los Camiones recolectores nuevos que se pondrán en funcionamiento (propiedad del contratista), junto con los de propiedad de esta

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Mancomunidad (véase Anexo II). • Camión pluma para la recogida selectiva de papel, cartón, vidrio y envases y demás

vehículos. • Camión lavacontenedores para el lavado de los mismos.

5.2.6.- La Empresa adjudicataria deberá inexcusablemente cubrir la totalidad del Servicio disponiendo en todo momento de los bienes materiales fijados en la adjudicación.

5.2.7.- Los materiales móviles y manuales se conservarán en perfectas condiciones de funcionamiento y limpieza. Asimismo, serán reparados mecánica y estéticamente cuando lo requieran.

5.2.8.- Todos los materiales móviles mecánicos, deberán ir provistos de los elementos adecuados, para evitar ruidos y vibraciones que perturben el vecindario, para lo que la Empresa se atendrá a los límites fijados al respecto por la Normativa vigente en cada momento.

5.2.9.- La calidad de los servicios objeto del contrato deberá ser óptima. Corresponde a las empresas licitadoras proponer para cada uno de los servicios definidos anteriormente los sistemas más eficaces para su prestación, teniendo en cuenta la incorporación de nuevas tecnologías. Por todo ello los licitadores en su Proyecto Técnico de Organización y Prestación del Servicio de Recogida de Residuos señalado en la cláusula 2.4.2 PCA deberán indicar al menos:

a) Metodología y sistemas a emplear. b) Número de operarios a emplear. c) Equipos a emplear, rendimientos y su composición. d) Itinerarios e) Frecuencias. f) Horarios. g) Sistemas de carga propuestos y transporte a la Planta de Transferencia…

6.- CONTENEDORES. 6.1.- La Mancomunidad pone a disposición de la empresa concesionaria los contenedores tanto para residuos domésticos como específicos para selectiva de su propiedad que se señalan en el Anexo II. La custodia, limpieza, mantenimiento y la reposición/sustitución de los contenedores existentes será por cuenta y riesgo del adjudicatario. En ningún caso se podrá disminuir el volumen de contenizarización actual. En modo alguno procederá la revisión de precio del contrato por la reposición de contenedores que corresponderán al contratista. 6.2.- Junto con el Servicio de Recogida deberá realizarse el Servicio mecánico de lavado de los contenedores con un camión específico de lavado. En todo caso los contenedores se lavarán en los meses de Abril, Julio y Octubre; y en casos especiales cuando sea preciso.

El lavado será interior y exterior y a fin de eliminar completamente cuantos restos de residuos hayan podido quedar allí adheridos.

El lavado, al que seguirá una desinfección y desinsectación, se realizará por medio de camión lava contenedores suficiente y adecuado que dispondrá de recipientes separados para el almacenamiento del agua limpia y sucia, debiéndose verter esta última al alcantarillado al finalizar el trabajo prohibiéndose su vertido en calles, acequias o cursos de agua.

El licitador en su Proyecto Técnico de prestación del servicio presentará detalladamente el sistema elegido para la realización de los trabajos de limpieza tanto en maquinaria y contenedores como en productos a emplear.

6.3.- La adquisición, renovación, reparación y lavado de todo tipo de contenedores será también por cuenta de la empresa concesionaria.

6.4.- En el Proyecto Técnico de Organización y Prestación del Servicio de recogida de residuos se indicará el número de contenedores nuevos que se renovarán cada año.

7.- MEDIOS PERSONALES.

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7.1.- Subrogación en el personal existente adscrito al servicio. Se adjuntan como Anexo II las relaciones de personal actualmente afectas a las

distintas prestaciones de servicios, detallando servicio al que está afecto, tipo de contrato y categoría, a efectos de lo previsto en la legislación laboral y en los convenios colectivos correspondientes.

En el Anexo II se adjunta igualmente el convenio colectivo actualmente vigente. 7.2.- Personal. 7.2.1.- La dotación de personal de cada vehículo de recogida de residuos será el

adecuado a la naturaleza de cada tipo de residuo y su sistema de recogida y transporte. En todo caso el adjudicatario deberá destinar la totalidad de los medios personales que

resulten necesarios para la adecuada ejecución de las prestaciones exigidas. 7.2.2.- Los licitadores en su Proyecto Técnico explicitarán una propuesta detallada de la

previsión de plantilla que consideren necesaria para garantizar la correcta prestación del servicio y las tareas encomendadas y teniendo en cuenta posibles eventualidades (trabajos urgentes, bajas por enfermedad o accidente, vacaciones, etc.).

Si se estimase necesario, el adjudicatario deberá aumentar dicho personal sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación y se efectuará teniendo en consideración criterios sociales, de forma que se favorezca la contratación de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral.

Todo el personal, tanto directo como indirecto empleado por el contratista, deberá estar capacitado y ser suficiente para desempeñar correctamente todos los requerimientos del Servicio establecidos en este pliego y a la oferta del adjudicatario. La cualificación del personal a emplear se fijará con arreglo a los requerimientos del servicio en cada momento.

7.2.3.- El contratista designará a un Encargado del Servicio con experiencia demostrable en la gestión de estos contratos.

Cualquier cambio o incidencia en el personal deberá ser comunicada al ente local previamente y autorizado por éste.

El adjudicatario presentará relación del personal empleado, así como copia de los documentos TC1 y TC2, o fichero informático equivalente, como mínimo cada tres meses.

El ente local no tendrá ninguna relación jurídica, laboral, ni de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario, siendo de cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.

7.2.4.- El personal adscrito al Servicio y que realice funciones operativas, deberá ir correcta y convenientemente uniformado por cuenta de la Empresa y con la equipación reglamentaria.

8.- HORARIO.- La recogida de R.S.U. se realizará con arreglo al siguiente horario. A) En Ciudad Rodrigo, a partir de las 6:00 horas de la madrugada y hasta que finalice la recogida. (Salvo horarios especiales establecidos) B) En el resto de los municipios, en horario de mañana y hasta que finalice la recogida. En todo caso el horario de los distintos servicios así como los lugares de recogida podrán ser cambiados atendiendo a criterios de racionalidad, a propuesta o no de la empresa concesionaria y una vez autorizados por el Presidente de la Mancomunidad. 9.- INSPECCION.- Los Servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la Inspección y vigilancia de la Mancomunidad a través del personal propio, Delegado del Consejo o profesional libre designado al efecto. Se tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y se le facilitará cuantos datos precise respecto a su prestación. El Servicio seguirá en todo momento ostentando la calificación de Servicio Público, con las consecuencias inherentes a esta calificación, por lo que la Mancomunidad podrá libremente

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introducir modificaciones en sus características y prestaciones sin perjuicio de que en caso de alterarse el equilibrio financiero proceda la oportuna compensación o revisión del canon. Para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en los Pliegos de Condiciones, el adjudicatario deberá presentar en la Mancomunidad, y con carácter previo a la conformidad con la facturación, los Boletines de cotización (tc1 y tc2) que hayan sido abonados en el mes anterior referente a los trabajadores que presten el servicio de recogida.

10.- EMERGENCIAS. En caso de emergencias, todo el personal y material de la contrata, además del destinado a la prestación de los servicios propios de la misma, quedará a total disposición de la Mancomunidad, para su utilización donde indique la Presidencia o los Servicios Técnicos correspondientes. 11.- OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONCESIONARI O.- Serán obligaciones del adjudicatario, las concernientes a la exacta prestación y dotación de los servicios objeto del contrato en general y de las complementarias siguientes:

11.1.- Hacer uso adecuado de los camiones, contenedores y cualesquiera otras herramientas o maquinaria, que para su exclusiva utilización por razón de la prestación de los servicios durante el tiempo de duración del contrato proporcionara la Mancomunidad al Adjudicatario. Deberán mantenerse en perfecto estado de conservación, decoro y limpieza y a cargo de éste.

Asimismo, cuidará que los productos utilizados no degraden el medio ambiente. La prestación del servicio deberá hacerse de forma que no afecte al normal desarrollo

de la circulación rodada y peatonal y actividades comerciales desarrolladas en la vía pública. 11. 2.- Formalizar a su cargo, antes de iniciar el servicio, Póliza de seguro de

responsabilidad civil, para responder objetivamente frente a terceros o a la Mancomunidad de los posibles daños y perjuicios que puedan producirse como consecuencia de los servicios contratados, con una cobertura mínima anual de 500.000 €. Su cuyo original o fotocopia compulsada debe presentar en el acto de la firma del contrato

11.3.- Plantilla de personal. El concesionario tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto al personal a su servicio, que dependa exclusivamente de él. En consecuencia, deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra que resultara de aplicación vigente en la actualidad o que se promulgara en lo sucesivo. No siendo responsable la Mancomunidad de estos incumplimientos.

11. 4.- Los vehículos, maquinaria, herramientas y vestuario necesarios serán de cuenta de la empresa adjudicataria, que deberá disponer de los utensilios y elementos necesarios para la consecución de una calidad óptima en la prestación del servicio.

11. 5.- Responderá de los daños que el personal contratado por el adjudicatario ocasione en instalaciones, mobiliario, contenedores o cualquier otra ya sea propiedad de la Mancomunidad, ya sea propiedad de los usuarios, cuando sea por negligencia, culpa o dolo.

11. 6.- En ningún momento a criterio del adjudicatario se interrumpirá la prestación del servicio reflejado en el programa que apruebe la Mancomunidad, a cuya ejecución y cumplimiento se compromete el adjudicatario.

11.7.-Tampoco se hará responsable la Mancomunidad de la falta de pago por parte del adjudicatario, a sus proveedores y empleados. 11.8.- El concesionario no podrá enajenar, ni gravar sin autorización expresa bienes que deban revertir a la Corporación concedente. 12.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO.- Son derechos de los concesionarios: A) Percibir las retribuciones correspondientes (canon anual) por la prestación del Servicio por parte de la Mancomunidad. B) Percibir las compensaciones por la recogida selectiva de papel-cartón, envases y vidrio que se facture a Ecoembes, Ecovidrio o entidad/gestor que proceda. Dentro del primer trimestre de cada año y con carácter previo a la conformidad con la facturación se deberá entregar a la Mancomunidad certificación de esas entidades en la que

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consten toneladas recogidas de residuos y las cantidades entregadas a la empresa adjudicataria por tal concepto.

13.- INFRACCIONES.- Las Infracciones que cometa el adjudicatario en ejecución de los servicios, se clasificarán en muy graves, graves y leves. A) Se considerarán Infracciones Muy Graves: 1.- La demora en el comienzo de las prestaciones de los servicios superior a un día, sobre la fecha prevista, salvo causa de fuerza mayor. 2.- Paralizaciones o interrupciones de la prestación de los servicios por mas de doce horas, salvo causa de fuerza mayor. 3.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, con incumplimiento de las condiciones establecidas. 4.- Retraso sistemático comprobado en los horarios, fraudes en las formas de prestación de los servicios, no utilización de los medios humanos y mecánicos comprometidos o mal estado de conservación o decoro de los mismos. 5.- Cesión, subarriendo o traspaso total o parcial de los servicios, sin autorización expresa de la Mancomunidad. 6.- La desobediencia reiterada por mas de dos veces respeto de la misma cuestión, de las órdenes escritas de Presidencia, relativas al Orden, forma y régimen de los servicios, según el contrato, o a la reposición del material inservible. 7.- La cesación en la prestación del servicio por el Adjudicatario sin la concurrencia de las circunstancias legales que lo hagan legítimo. 8.- La percepción por el Adjudicatario de cualquier remuneración, canon o merced por parte de los usuarios del Servicio, que no esté debidamente autorizados. B) Tendrán la consideración de Infracciones Graves: 1.- El retraso reiterado en la prestación de los servicio con el vecindario/usuario de los mismos, tanto por tratos incorrectos como por anomalías reiteradas en la recogida de residuos. 2.- La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las órdenes de Presidencia para evitar situaciones insalubres, peligrosas o molestas para el ciudadano. 3.- Incumplimiento de acuerdos o decisiones de la Mancomunidad sobre variaciones de detalle de los servicios que no impliquen gastos para el Adjudicatario. 4.- Irregularidades inadmisibles en la prestación de los servicios, con arreglo a las condiciones fijadas en el presente Pliego. 5.- El incumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social con el personal adscrito a los servicios. 6.- La reiteración en la Comisión de tres faltas leves anuales. 7.- Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario de facilitar la documentación descrita en las cláusulas 9 y 12.B) de este Pliego. C) Se considerarán Infracciones Leves todas las demás no previstas anteriormente y que conculquen de algún modo las condiciones establecidas en este Pliego de Condiciones en perjuicio leve de los servicios, o produzcan decoro en la prestación del personal por el aspecto de su vestuario, de los vehículos y de los instrumentos de su trabajo o las meras desentonaciones con los usuarios. 14.- SANCIONES.- Las sanciones que podrá imponer la Corporación al Contratista serán las siguientes: A) Por la comisión de infracciones muy graves: multas de 12.000 a 6.000 euros. La comisión de dos infracciones muy graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la Garantía o indemnización por daños y perjuicios. B) Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas de 5.000 a 3.000 euros.

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La comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la garantía o indemnización por daños y perjuicios. C) Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de 2.500 a 1.000 euros. La imposición de sanciones requerirá la incoación del oportuno expediente sumario actuando de Instructor el Presidente o vocal en quien delegue y Secretario, el de la Asamblea. En dicho Expediente se dará audiencia al Adjudicatario, se practicará la información y prueba necesaria a la justificación de los hechos y se observarán las garantías jurídico-administrativas prescritas por las disposiciones vigentes. La Resolución del expediente compete:

1.- A la Presidencia cuando se trate de sancionar Infracciones calificadas de leves. 2.- A la Asamblea de Concejales de la Mancomunidad, las infracciones calificadas de graves y muy graves.

El importe de las sanciones económicas podrá ser descontado por la Mancomunidad a la empresa concesionaria al percibir el importe periódico de los servicios que presta o bien podrá cargarse sobre la garantía constituida, debiendo en este último caso el contratista, reponer el importe de la garantía en su totalidad a requerimiento de la Presidencia y en el plazo que ésta determine.

15.- SERVICIOS MÍNIMOS EN CASO DE HUELGA.- En caso de huelga, la Mancomunidad mediante Decreto de la Presidencia fijará los servicios mínimos que garanticen la salubridad e interés público.

16.- NORMATIVA SECTORIAL A CUMPLIR EN LA PRESTACIÓN DE LOS

SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS Y GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO.

o Ley 22/2011, de 28 de julio de Residuos y Suelos Contaminados. o Ley 11/1997 de 24 de Abril de Envases y Residuos de Envases o Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento

para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

o Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos.

o Decreto 11/2014, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial denominado «Plan Integral de Residuos de Castilla y León». (BOCyL de 24 de marzo de 2014)

o Orden FYM/162/2012, de 9 de marzo, por la que publica la relación de residuos susceptibles de valorización y se establecen los métodos y criterios para la estimación indirecta del peso y composición de residuos en el impuesto sobre la eliminación de residuos de Castilla y León. (BOCyL de 29-03-2012)

o Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su desarrollo y ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril.

o Cualquier disposición de carácter general estatal, autonómica o local, que en materia medio ambiental o afín pudiera dictarse a lo largo de la vigencia del contrato.

17.- IMAGEN E IDENTIFICACIÓN .- Se establecen a continuación una serie de premisas a tener en cuenta en lo referente a

imagen e identificación de los vehículos adscritos al contrato:

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a) Todos los vehículos y materiales deberán estar pintados e identificados con los colores, logotipos o motivos que sean indicados por la Mancomunidad. b) Todos los vehículos y material que realicen trabajos nocturnos, dispondrán de la señalización y sistemas de seguridad obligatorios. De igual modo, los operarios adscritos a estos vehículos, contarán con los elementos que protección y seguridad que les sean de aplicación. c) En cuanto a los aspectos relacionados con la imagen hacia el ciudadano deberán cumplir:

- Normas de pintura que se precisen a través de la homologación de los equipos que en su momento se aprueben. - La estricta limpieza y desinfección de todos los equipos al finalizar cada jornada de trabajo.

ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO

Los Anexos que se relacionan a continuación constituyen parte integrante del presente

pliego de cláusulas administrativas particulares.

ANEXO I.– Relación de Municipios que conforman la Mancomunidad. ANEXO II.– Material a disposición del concesionario. ANEXO III.– Documentación relativa a la subrogación del personal adscrito al servicio de recogida de residuos. ANEXO IV.- Cantidades de Residuos recogidos en los años 2010-2013. ANEXO V.- Contendores Soterrados y Semisoterrados existentes en el Municipio de Ciudad Rodrigo ANEXO VI.- Tipo de contenedor semisoterrado: Valoración Mejora instalación/sustitución contenedores soterrados y semisoterrados

Ciudad Rodrigo, 10 de Marzo de 2015 EL SECRETARIO ACCTAL. VºBº EL PRESIDENTE Fdo.- Carlos Hernández Rubio Fdo.- Ignacio Hernández González

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ANEXO I

LUGARES DE RECOGIDA

(Términos municipales) Artº 4.1.A.- Recogida diaria: CIUDAD RODRIGO Artº 4.1.B.- Recogida en días alternos ( 3 días a la semana) 1.- ALBA DE YELTES 2.- ALDEHUELA DE YELTES 3.- Entidades, Barrios, Diseminados, Extrarradios y accesos: AGUEDA BOCACARA IVANREY SAN JUANEJO CONEJERA SAN SEBASTIAN PEDRO TORO VALDECARPINTEROS Centro CODEMIRSA OTROS (Huertas de La Artesa, Las Viñas, La Torrecilla, Valondo, PedroTello, El

Carazo, San Giraldo y vías de accesos.) 4.- DIOSLEGUARDE 5.- LA ATALAYA 6.- MONSAGRO 7.- MORASVERDES 8.- SANCTI SPIRITUS POLIGONO INDUSTRIAL 9.- SERRADILLA DEL ARROYO GUADAPERO 10.- SERRADILLA DEL LLANO 11.- TENEBRON 12.- ZAMARRA VILLAREJO

oOo

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ANEXO II

MATERIAL A DISPOSICION DEL CONCESIONARIO 1.- VEHICULOS: CAMION MERCEDES MODELO ATEGO 1828 279 CV (Matrícula 9139 BSH) MOTOR 265 CV, P.M.A. 18TM CAJA GEESINK GPM 18

AÑO ADQUISICION: 2001 CAMION MAN , MODELO 18.224 LC (Matrícula 7674-CRJ) MOTOR 265 CV, P.M.A. 18TM CAJA GEESINK GPM 16 AÑO ADQUISICION: 1-01-2004 CAMION VOLVO , MODELO FES-HP-42 280 CV (Matrícula 3281 FTF)

GEESINK, tipo VALUE PACK 162 ELEVADOR VALUELIFT 1000 AÑO ADQUISICION: 2006

Nota.- SUSTITUCION DE VEHICULOS RECOLECTORES.- La empresa concesionaria procederá en el primer semestre de 2016 a sustituir DOS (2) Camiones recolectores por otros DOS (2) camiones nuevos.

El plazo de amortización de los tres camiones finalizará con el plazo de la concesión, fijada en doce (12) años.

.

2.-DOTACIÓN DE CONTENEDORES:

Unidades Tipo En servicio En Almacén

1.120 RSU

1.100/800 lt.

1.100

20

125 VIDRIO

Iglú 2,5 m3

115

10

90

ENVASES

Iglú 2,5 m3

83

7

90

PAPEL Chapa 3 m3

85

5

OoO

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Anexo III

DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A LA SUBROGACI ÓN DEL ACTUAL PERSONAL ADSCRITO A LOS SERVICIOS DE RECOGIDA Y TRA NSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS. I.- PERSONAL ADSCRITO SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS*.

PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA MANCOMUNIDAD "RIBERAS DEL

ÁGUEDA, YELTES Y AGADÓN"

Tipo Contrato Antigüedad en la Empresa Funciones profesionales

100 01/01/1997 ENCARGADO 100 05/01/1999 CONDUCTOR 100 01/03/1999 CONDUCTOR 189 03/01/2005 CONDUCTOR 189 01/01/2002 CONDUCTOR 100 05/04/2010 PEÓN 100 07/05/1999 PEÓN 100 12/01/1999 PEÓN 100 02/10/2007 PEÓN 100 12/01/1999 PEÓN 150 06/09/2000 PEÓN 189 01/09/2008 PEÓN

*Convenio colectivo de la empresa URBASER, S.A. con el personal dedicado al servicio de Recogida y Trasporte de Residuos Sólidos Urbanos de la Mancomunidad “Riberas del Águeda, Yeltes y Agadón” para los Años 2014 y 2015. (BOP de Salamanca de 24/Marzo/2014)

- Enlace: http://salamanca.cnt.es/wp-content/uploads/2012/12/BOP-SA-20140324-003.pdf

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ANEXO IV

Cantidades de Residuos recogidos.

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ANEXO V

Contendores Soterrados y Semisoterrados existentes en el Municipio de Ciudad Rodrigo

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ANEXO VI Valoración Mejora instalación/sustitución Módulo de contenedor semisoterrados

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