exposicion de revisoria fiscal grupo 2 jornada mañana

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ORIENTACIÓN PROFESIONAL DE LA REVISORIA FISCAL INTEGRANTES: SERGIO TORRES VIDES CARLOS TURIZO YEPEZ CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

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ORIENTACIÓN PROFESIONAL DE LA REVISORIA FISCAL INTEGRANTES: SERGIO TORRES VIDES

CARLOS TURIZO YEPEZ

CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA

ASESTRA

PRINCIPIOS

La revisoría fiscal se rige en su ejercicio, en el campo de control de fiscalización, razón por la cual. son sustanciales con su desarrollo los principios de permanencia, integridad, oportunidad, independencia y objetividad, fe pública, actuación personal y el cumplimento de las normas de la profesión contable

ASESTRA

ENTES OBLIGADOS A TENER REVISOR FISCAL

DE CARÁCTER COMERCIAL Las sociedades mercantiles Las sucursales de compañías extranjeras Las sociedades comerciales de cualquier

naturaleza, cuyos ingresos brutos excedan 3.000 salarios mínimos

DE LA ACTIVIDAD DE SALUD EPS - IPS

DE CARÁCTER COMERCIAL Bancos Corporaciones financieras Corporaciones de ahorro y vivienda Compañías de seguro Bolsas de valores. Etc.

DE CARÁCTER COOPERATIVO Cooperativas Pre cooperativas Fondos de empleados

ASESTRA

ASESTRA

DE CARÁCTER GENERALEmpresas de servicios públicos Cajas de compensación familiarCámara de comercioCorporaciones autónomas regionalesInstituciones no oficiales de educación Fondos ganaderosEmpresas comunitariasTodas las demás en que lo requieran las normas legales

CUALIDADES PARA SER ELEGIDO REVISOR FISCAL

De conformidad con el articulo 215 del código de comercio, se exige la calidad de contador público  o sociedad de contadores públicos para ostentar está condición; pero no basta con el simple título de contador o con la sola escritura de constitución de la sociedad respectiva, se requiere además estar inscrito en la junta central de contadores y obtener la tarjeta profesional de contador público.

ASESTRA

 ELECCION DEL REVISOR FISCAL

Dentro de las funciones atribuidas a la asamblea general de accionistas, junta de socios o máximo órgano social, se encuentra la de llevar a cabo las elecciones que le corresponden según los estatutos y las leyes, así como fijar las asignaciones de las personas elegidas.

ASESTRA

INSCRIPCION DEL NOMBRAMIENTO DEL REVISOR FISCAL

Se adquiere la calidad de Revisor Fiscal desde el momento mismo de la elección, previa aceptación del cargo mediante documento idóneo que debe acompañarse a la solicitud de inscripción de su nombre en la Cámara de Comercio del domicilio social, o ante otro organismo competente cuando se trate de una entidad sin ánimo de lucro no obligada a registro en la Cámara de Comercio. Así pues, tanto el nombramiento como la aceptación, constituyen los actos fundamentales para adquirir la condición de Revisor Fiscal.

Por último, se debe anotar que se toma como fecha de posesión del cargo de Revisor Fiscal, la correspondiente al acta de reunión de nombramiento por parte del órgano social competente y una vez este ha sido aceptado. En todo caso, frente a terceros el nombramiento solo es efectivo y oponible a partir de la fecha del registro ante la respectiva Cámara de Comercio

FORMAS DE VINCULACIONPara la vinculación del Revisor Fiscal al ente económico que lo eligió tal vinculación puede hacerse mediante contrato de trabajo (en tratándose de personas naturales),

o mediante contrato de prestación de servicios profesionales independientes, tal sea la conveniencia de las partes. Esta última forma es aplicable para las personas naturales y las personas jurídicas.se debe explicar que la forma de vinculación en ningún momento inhabilita o limita el alcance del trabajo del Revisor Fiscal, toda vez que únicamente la idoneidad profesional y el conocimiento, constituyen la garantía esencial para el desarrollo objetivo e independiente de quien ejerce la fiscalización.

ASESTRA

DESVINCULACION DEL REVISOR FISCALLos profesionales como contadores o revisores

fiscales llegan hasta la fecha de terminación de sus contratos de trabajo o prestación de servicios, evento que puede ocurrir por vencimiento de termino de dicho contrato. También por remoción del cargo o por renuncia presentada por el revisor fiscal

RELECCION DEL REVISOR FISCALLa ley no contempla impedimento alguno para la

reelección del revisor fiscal durante periodos sucesivos en un ente económico.

ASESTRA

¡GRACIAS POR SU ATENCIÒN!

FIN DE LA EXPOSICIÓN