exportacion simplificada , definitiva y exporta facil

54
PROYECTOS DE INVERSION UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPAN INTEGRANTE : MORALES TORRES JHOVANY YSABEL

Upload: jhovany-ysabel-morales-torres

Post on 10-Nov-2015

250 views

Category:

Documents


4 download

DESCRIPTION

EXPORTACION DEFINITIVA

TRANSCRIPT

EXPORTACION SIMPLIFICADA

PROYECTOS DE INVERSION

UNIVERSIDAD SEOR DE SIPANINTEGRANTE :

MORALES TORRES JHOVANY YSABELEXPORTACINDEFINITIVA2EXPORTACIN DEFINITIVATengan la condicin de restringidas y no cuenten con la autorizacin del sector correspondiente

Replicas de patrimonio cultural (www.inc.gob.pe)

Flora y fauna en peligro de extincin (www.inrena.gob.pe)

Otros de acuerdo al listado (Ver listado de mercancas restringidas

BASE LEGAL Texto nico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N 129-2004-EF publicado el 12.09.2004 y normas modificatorias. Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N 011-2005-EF publicado el 26.01.2005 y normas modificatorias. Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 publicado el 27.06.2008 en adelante la Ley. Reglamento del Decreto Legislativo N 1053, Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF publicado el 16.01.2009.

EXPORTACION SIMPLIFICADA 23 FINALIDADFacilitar el despacho para la exportacin definitiva de mercancas con o sin la intervencin de un Agente de Aduanas que, por su cantidad, calidad, especie, uso, origen o valor, y sin fines comerciales o si los tuviera no representen montos significativos.CONSIDERACIONES GENERALES 1. El despacho de exportacin simplificada est destinada a las siguientes mercancas:a. Muestras sin valor comercial.b. Donaciones, cuyo valor FOB no exceda los US$ 2 000 dlares.c. Obsequios, cuyo valor FOB no exceda los US$ 1 000 dlares, de acuerdo a lo sealado en la Ley General de Aduanas.2. Se emplea el formato Declaracin Simplificada, el mismo que debe ser llenado de acuerdo con la cartilla de instrucciones3. A solicitud del interesado podr efectuarse el reconocimiento fsico de la mercanca, en los locales o recintos del exportador, cuando se trate de: mercancas perecibles, explosivos, maquinaria de gran peso y volumen , etc.

4. El despacho de la mercanca de exportacin simplificada podr solicitarse ante la Intendencia de Aduana por el exportador o por el despachador de aduana.REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE (RUC)Es exigible que el exportador cuente con RUC cuando ste realice ms de tres (03) exportaciones menores a mil dlares (US$ 1 000 ), o ms de una exportacin mayor a mil dlares (US$ 1 000 ) en el transcurso de un ao calendario; con excepcin de los despachos de equipaje y menaje de casa.

REQUISITOSDeclaracin SimplificadaFactura, boleta de venta o declaracin jurada del valor, segn la naturaleza de la exportacin.Autorizaciones especiales, si corresponden Carta Poder legalizada, si el trmite lo realiza un tercero.Documento de transporte: conocimiento de embarque, gua area y carta porte o declaracin jurada de flete, segn el medio de transporte que se utilizarRelacin Insumo/Producto (cuando el rgimen de precedencia es el de Admisin Temporal).Declaracin Jurada de ReexportacinDeclaracin jurada de las comisiones, si no estn consignadas en la factura.Documento que acredite la Donacin y Lista de Contenido, si correspondiera.DUA de exportacin temporal.Boletn Qumico, si correspondiera.Copia de RUC o D.N.I. del exportador, segn corresponda.Cumplir con la normatividad y las exigencias legales vigentes.

PROCEDIMIENTONumeracin de la Declaracin Simplificada de Exportacin:

Numeracin Electrnica.- cuando interviene el despachador de aduanaNumeracin Manual.- cuando el trmite ante aduanas lo realiza el propio exportador.Ingreso de mercancas a Zona Primaria y seleccin del canal de control. 5.2.Reconocimiento FsicoEl especialista en aduanas revisa la documentacin recibida, la contrasta con la Declaracin Simplificada y, si est conforme, la validaEl reconocimiento fsico esta fijado por el 5% de Declaraciones en promedio, refrendadas en el mes anterior, con un mnimo de tres Declaraciones seleccionadas por daLa exportacin de mercancas restringidas, las exceptuadas en el caso de prohibidas y las que se numeren en una Aduana para ser exportadas por otra distinta, estarn sujetas a reconocimiento fsico obligatorio.Cuando la seleccin sea para reconocimiento fsico, el personal designado lo efecta y procede, luego, a diligenciar y notificar la Declaracin Simplificada

Control de embarque y regularizacinLos oficiales de aduanas en forma aleatoria pueden realizar acciones de control previo al embarque.La mercanca deber ser embarcada dentro del plazo mximo de (10) das tiles contados desde el da siguiente a la fecha de numeracin de la Declaracin Simplificada, pudiendo prorrogarse el plazo de embarque automticamente por (10) das adicionales, a solicitud del interesadoEl transportista verifica el embarque y consigna en la Declaracin Simplificada dicha verificacin. Las DSE numeradas va transmisin electrnica se regulariza dentro del plazo de quince (15) das computados a partir del da siguiente de la fecha de embarque; y las declaraciones numeradas por ventanilla se regularizan segn lo siguiente:Va area

Va terrestre o fluvial

Va martima

EXPORTA FCIL38Es un mecanismo promotor de exportaciones diseado principalmente para el micro y pequeo empresario, mediante el cual podr acceder a mercados internacionales.

Para tal fin la SUNAT ha simplificado sus procesos de trmite aduanero, permitiendo la exportacin de sus mercancas desde la comodidad de su hogar, oficina o cabina de Internet, de una forma simple, econmica y segura.DEFINICION

Brinda los siguientes beneficios:

Exportar desde cualquier punto de nuestro pas.Colocar sus productos en otros pases (PROMPERU).Un trmite aduanero: gratuito, gil y sencillo.Reduccin de tarifas y tiempos de llegada (SERPOST).Participacin en ferias internacionales (PROMPERU).Asesora en exportaciones (PROMPERU).Formalizacin y manejo de gestin de empresas (MI EMPRESA).QU BENEFICIOS OFRECE"Exporta Fcil es un servicio que contribuye con los Micro y Pequeos Empresarios permitindole tener nuevas oportunidades de negocio."

QU NECESITO PARA PARTICIPAR Contar con el RUC y la Clave SOL, con ellos puedes acceder al Exporta Fcil Tener una mercanca a exportar Tener un cliente en el extranjero Llenar la Declaracin Exporta Fcil (DEF), y Presentar la mercanca en las oficinas de SERPOST de tu localidad

QU NO PUEDO EXPORTARNo podr exportar mercancas que:

Excedan el monto mximo de exportacin por declaracin (DEF)

El servicio permite enviar mercadera con un valor mximo de cinco mil y 00/100 dlares americanos (US$5,000) por declaracin

Tengan la condicin de prohibidas, como:

Patrimonio CulturalArmas de FuegoAnimales en peligro de extincinDrogaOtros (Ver listado de mercancas prohibidas)Tengan la condicin de restringidas y no cuenten con la autorizacin del sector correspondiente

Replicas de patrimonio cultural (www.inc.gob.pe)

Flora y fauna en peligro de extincin (www.inrena.gob.pe)

Otros de acuerdo al listado (Ver listado de mercancas restringidas

CASO PRACTICO DE EXPORTA FCILUna exportacin (1 DEF): se pueden preparar varios bultos que no excedan 30 kg. cada uno.30kg30kg30kg30kgNo se necesita de Agente AduaneroaBOG. rosario quiroz surez4545CASO PRACTICO EXPORTA FCILEjemplo prctico N 1A.- Mercadera con un valor de USD $5,000 y peso de 40 kilos. DEF20kg20kg1 DEF y 2 envos de 20 kilosNo se necesita de Agente AduaneroaBOG. rosario quiroz surez4646CASO PRCTICO EXPORTA FCILEjemplo prctico N 2A.- Mercadera con un valor de USD $10,000 y un peso de 75 Kg.DEFNo se necesita de Agente Aduanero 2 DEF de USD$ 5,000 c/u Cada exportacin puede incluir varios bultos (c/bulto no puede exceder los 30 Kg.15kg15kg15kgDEFDEF15kg15kgCASO PRCTICO EXPORTA FCILImportante: No hay lmite para la frecuencia de uso de la Declaracin Exporta Fcil (Lmite mximo por DEF $5,000)DEFDEFDEFDEFDEFNo se necesita de Agente AduaneroaBOG. rosario quiroz surez4848DEF FISICA

DEF DOCUMENTARIA

DEF RESTRINGIDA

Ejemplo de algunas Exportaciones con diversos destinos

EXPORTACIONES ATREVES DEL SERVICIO POSTALGRACIAS .