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ESTUDIOS PREVIOS PARA LA ADQUISICIÓN A TÍTULO DE COMPRAVENTA DE UN BIENINMUEBLE DESTINADO A LA SEDE DE LA PROCURADURÍA PROVINCIAL DE EL CARMEN DELBOLÍVAR

1. INTRODUCCIÓN

En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, modificado

por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con los artículos 2.2.1.1.2.1.1. y 2.2.1.2.4.10

del Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015, los siguientes son los estudios y documentos previos que

sirven de soporte para la adquisición del bien inmueble destinado a la sede de la Procuraduría Provincial

de El Carmen de Bolívar, en dicha ciudad.

2. DEFINICIONES

PGN

Bien Inmueble

Compraventa

Vendedor

Comprador

Precio

Contratación Directa

Tradición

Tradente

Adquirente

Título traslaticio de

dominio

Tradición de bienes

inmuebles

Perfeccionamiento del

contrato de venta

Procuraduría General de la Nación

Según el artículo 656 del Código Civil colombiano, los «inmuebles o fincas o

bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro;

como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como

los edificios, los árboles». 1

Según el artículo 1849 del Código Civil colombiano, «La compraventa es un

contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla

en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar».2

De acuerdo con el artículo 1849 del Código Civil colombiano, vendedor es el

que en el contrato de compraventa se obliga a dar o transferir la cosa objeto

del contrato3

Conforme al artículo 1849 del Código Civil colombiano, compradores el que

en el contrato de compraventa se obliga a pagar el precio en dinero4

Según el artículo 1849 del Código Civil colombiano, el precio es «el dinero

que el comprador da por la cosa vendida»5

Modalidad de contratación excepcional, prevista de manera taxativa en el

artículo 24 de la Ley 80 de 1993 que permite la escogencia del contratista

directamente. Para ello deberá tenerse en cuenta el perfil del contratista, en

cuanto a la experiencia profesional, específica y formación académica

requerida, acorde con el objeto a contratar.

(Manual de Contratación de la Procuraduría General de la Nación)6

La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas, y consiste en la entrega que el

dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el

dominio, y por otra la capacidad e intención de adquirirlo. Lo que se dice del dominio se

extiende a todos los otros derechos reales7.

Persona que por la tradición transfiere el dominio de la cosa entregada por él.8

Persona que por la tradición adquiere el dominio de la cosa recibida por él o a su nombre9.

Para que valga la tradición se requiere un título traslaticio de dominio, como el de venta,

permuta, donación, etc.

Se requiere, además, que el título sea válido respecto de la persona a quien se confiere.10

Se efectuará la tradición del dominio de los bienes raíces por la inscripción del título en la

oficina de registro de instrumentos públicos.11

La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio,

salvo las excepciones siguientes:

(www.enciclopedia-juridica.bizl4.com)

Artículo 1849 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

http://uniderechobga.blogspot.com/2009/05/contratos.html

http://encolombia.com/derecho/codigos/civil-colombiano/codcivillibro4-t23/

http://encolombia.com/derecho/codigos/civil-colombiano/codcivillibro4-t23/

www.ces.edu.co/index.php/.../416-abces-contratacion-publica-o-estatal

Artículo 740 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

8 Artículo 741 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

9 Artículo 741 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

10 Artículo 745 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

11 Artículo 756 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp7N39535

La venta de los bienes raíces y servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se reputan

perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública.12

3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 64 del decreto 262 de 2000, corresponde

a la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, «Evaluar la necesidad de adquirir,

tomar en arrendamiento o celebrar cualquier otro negocio jurídico sobre bienes muebles e inmuebles,

para lo cual realizará los estudios que permitan determinar las condiciones específicas de dichos

bienes».

La Procuraduría General de la Nación en el municipio de El Carmen de Bolívar cuenta con una sede en

calidad de arrendamiento ubicada en la calle 23 No. 50-34, donde funciona la Procuraduría Provincial

del mencionado municipio. El inmueble cuenta con un área de 233 m2, en la que laboran nueve

funcionarios, y por el cual se paga un canon mensual por la suma de $845.368, en virtud del Contrato

No. 109 de 2013.

El (1) primero de diciembre de 2014, se recibió comunicación de la arrendadora en la que manifiesta:

"es mi intención no seguir contratando con esa entidad el arrendamiento del bien inmueble de mi

propiedad". Así, atendiendo el referido oficio de la propietaria, y de acuerdo al contrato en mención y las

modificaciones al mismo, se tiene que el contrato finaliza el próximo 30 de marzo de 2016.

En atención a la circunstancia descrita y a la disponibilidad presupuestal en la presente vigencia, surge

la necesidad de conseguir un inmueble que la Entidad pueda adquirir en el municipio de El Carmen

Bolívar para que sirva de sede la Procuraduría Provincial de este municipio.

El Grupo de Inmuebles de la entidad ha establecido para el funcionamiento de las distintas

dependencias de la entidad a nivel nacional (excepto Procuradurías Judiciales a las que se le calcula

24 mts cuadrados) un índice de ocupación de 11a 15 m2 por funcionario de conformidad con la relación

existente entre área útil piso tipo torre A PGN Bogotá (552,44 m2) y número de funcionarios

promedio por piso (50 funcionarios). Dentro de esta relación, no se tienen en cuenta espacios que

son requeridos por las dependencias de la entidad a nivel central y regional tales como: salas de

audiencias y centros de atención al público (CAP), áreas de servicios (baños comunales y cafetería),

halles de ascensores, ascensores, escaleras y pasillos o circulaciones externas que hacen parte de las

áreas comunes de los inmuebles.

La actual distribución de la sede de la Procuraduría Provincial de El Carmen de Bolívar es la siguiente:

Áreas Existentes en Actualidad

No DE

ESPACIOS

1

1

1

4

1

2

3

1

1

1

ESPACIOS

EXISTENTES

SECRETARIA

SALA DE ESPERA

Y OFICINISTA Y

JUDICANTE

ARCHIVO

4 OFICINAS DE

ABOGADOS

DESPACHO

PROCURADOR

HALL

3 BAÑOS

COCINA

ÁREA DE

LABORES

PATIO

TOTAL

ÁREAS M2

16,72

37,15

1,9

46,73

17,54

10,93

9,25

7,1

4,5

80,81

232,63

12 Artículo 1857 del código civil: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp?i=39535

S0ÜJLOÍUWOOÍ

En consecuencia, teniendo en cuenta la actual planta de personal que labora en la dependencia y que

adicionalmente se requiere acondicionar un espacio para sala de audiencias se requiere de un inmueble

en El Carmen de Bolívar de aproximadamente 222 m2 como mínimo que se distribuirá de la siguiente

manera:

Con la

del inmueble

de Bolívar se

definitiva a la

planteada, se

compra ya

en calidad de

Áreas para nuevo inmueble

No

Funcionarios

Y ESPACIOS

1

1

3

1

1

1

1

1

1

4

1

1

1

Funcionarios

Procurador

Asesor GR-19

Profesionales Universitarios Gr. 17

Secretario Gr. 10

Oficinista Gr 6

Servicios Generales

Judicante

Sala de Audiencia

UPS

BAÑOS

CAFETERÍA

ARCHIVO

CIRCULACIÓN

TOTAL

Área Mínima en M2

15

12

36

12

12

12

12

50

6

16

4

20

15

222

adquisición

en El Carmen

da solución

problemática

opta por la

que al estar

arrendamiento la Entidad se encuentra supeditada a las necesidades del arrendador y de acuerdo con

ellas a la facultad que tiene de disponer de su propiedad y por último, al encontrarse en un inmueble

propio podrá llevar a cabo todas las obras de mantenimiento y reparaciones locativas que demande el

uso de la edificación sin tener que contar con la aprobación de los arrendadores. De otro lado, se logra

un ahorro en el pago de cánones de arrendamiento, que actualmente sufraga la Entidad por un valor de

$ 845.368 mensuales.

3.1. Objetivos y alcances

3.2. Relación estratégica del objeto contractual con la planeación institucional

El proyecto de compraventa de sedes destinadas al funcionamiento de las diferentes dependencias de

la Entidad se encuentra enmarcado dentro del Plan Estratégico Institucional «Procurando Orden y

Rectitud» 2013-2016 apuntando a la perspectiva financiera:

Perspectiv

a

Objetivo

Logros

[Q2 PROCESO

1 INTERNOSGarantizar

una

m81 atención

1 J oportuna yefectiva al

ciudadano

Atender y

[02] orientar al

ciudadano

Fortalecer la

[08] participado

n ciudadana

[03 APRENDIZAJE, TECNOLOGÍA Y] CONOCIMIENTO

Mejorar la

Fortalecerla [11 ^f" *'11 gerencia interna ] f^de

gestión

„ ~e ,M srssr,[ü¿\ recursos ] procec|¡m¡ento

organizacionales ' K

Generar cultura .. . .

[05] -Adición, [05 ^^

seguimiento. respuesta

[<j4 FINANCIERA

Optimizar

131 recursos

1 J presupuéstale

s

Asignar

eficientemente

._.. los recursos

1 ' de acuerdo alPlan

Estratégico

GEÜALHUM

Institucional y

los resultados.

El plan estratégico institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la ciudadanía

general en el link:

http://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/info qel archivos/3/01.%20PLAN%20ESTRATEGICO%20

PGN%202013%202016%20PROCURADNDO%20ORDEN%20Y%20RECTITUD.docx del portal de la

entidad.

4. OBJETO A CONTRATAR

ADQUISICIÓN A TÍTULO DE COMPRAVENTA DE UN BIEN INMUEBLE DESTINADO A LA SEDE

DE LA PROCURADURÍA PROVINCIAL DE EL CARMEN DEL BOLÍVAR.

4.1. Clasificación UNSPSC

El objeto a contratar se enmarca dentro del siguiente código del Clasificador de Bienes y Servicios de

Naciones Unidas, adoptado por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra

Eficiente.

Clasificación

UNSPSC

80131605

Segmento

Servicios de Gestión,

Servicios

Profesionales de

Empresa y Servicios

Administrativos

Familia

Servicios

Inmobiliarios

Ciase

Venta de

propiedades y

edificios

Producto

Venta de edificio

comercial

5. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR - ESPECIFICACIONES ESENCIALES YCARACTERÍSTICAS

Con el propósito de atender la necesidad de la Procuraduría Provincial Del Carmen de Bolívar, se

requiere que el inmueble cumpla con los siguientes aspectos:

• Ubicación cerca del sector institucional del municipio.

• Fácil acceso a la población en condiciones de discapacidad (Ley 361 de 1997)

• Área mínima de 220 mt2. teniendo en cuenta que dentro de este metraje se incluye la necesidad

de ubicar nueve funcionarios, contar con espacio para sala de audiencias, archivo y cuarto de

cableado.

• Libre de todo gravamen o condición resolutoria.

• Instalaciones eléctricas aptas para el funcionamiento de las dependencias de la entidad.

• Ventilación e iluminación natural.

• Que se encuentre a paz y salvo por todo concepto, esto incluye servicios públicos domiciliarios,

impuestos, expensas de administración, entre otros.

• Que presente condiciones de seguridad según los estándares de la PGN.

6. ANÁLISIS DEL SECTOR - VALOR ESTIMADO Y SU JUSTIFICACIÓN

6.1 Análisis General

El término mercado hace referencia al conjunto de transacciones o acuerdos de negocios entre

compradores y vendedores. Así el mercado Inmobiliario es el conjunto de clientes potenciales con

necesidad de satisfacer la adquisición, venta, o disfrute de un Inmueble, mediante una transacción o

acuerdo de negocio con el vendedor.

Este mercado es un importante sector de la economía de una nación donde se proyecta, desarrolla,

construye, promociona, avalúa, financia, administra, intermedia, y comercializa bienes raíces, el activo

tangible más importante de una nación y la base del patrimonio familiar, que condiciona el desempeño

y bienestar de una sociedad. Contribuye al desarrollo de una nación.

Será Mercado Inmobiliario Secundario: o Mercado de Reventa o Usados, el conjunto de clientes

potenciales con necesidad de satisfacer la adquisición de un Inmueble usado, mediante una transacción

o acuerdo de negocio con el vendedor.

Este sector se encuentra segmentado así:

• Mercado Secundario - Apartamentos

• Mercado Secundario - Casas

• Mercado Secundario - Oficinas

• Mercado Secundario - Comercial

• Mercado Secundario - Industrial

La importancia de este sector dentro de la economía se ve reflejado en los siguientes aspectos:

• Contribuye con el PIB del país

• Genera movimiento en el Circulante Nacional.

• Contribuye a la revalorización de bienes tangibles

• Contribuye con el fisco Nacional, sobre todo a nivel Municipal

• Representa una opción de inversión privada

• Mejora la calidad de vida de la sociedad.13

Según el boletín Técnico del DAÑE del 17 de septiembre de 2015, "en el segundo trimestre de 2015,

los servicios de inmobiliarias y de alquiler de maquinaria y equipo registraron un crecimiento de 15,8%

en los ingresos nominales y de 15,0% en el personal ocupado respecto al mismo trimestre de 2014. En

lo corrido del año, hasta el segundo trimestre de 2015, el crecimiento de los ingresos nominales fue de

16,8% y de 11,4% en el personal ocupado. En los últimos doce meses, hasta el segundo trimestre de

2015 los ingresos crecieron 14,9% y el personal ocupado aumentó 8,1%, respecto al año precedente. "u

6.2 Análisis Legal

De acuerdo con el código civil colombiano, artículos 740 y siguientes, la tradición es el modo de adquirir

el dominio de las cosas, para lo cual se requiere un título traslaticio de dominio como la compraventa.

La tradición de los bienes inmuebles se reputa perfecta una vez se inscriba el correspondiente título en

el registro de instrumentos públicos de matrícula inmobiliaria del respectivo bien.

De acuerdo con el artículo 1857 del C.C, la venta de bienes raíces, es un contrato solemne, por lo que

solo es perfecto cuando se eleve a escritura pública.

Como obligaciones del vendedor, el artículo 1880 del mismo código, establece las siguientes: la entrega

o tradición, y el saneamiento de la cosa vendida. Además, en caso de incumplimiento o mora

contractual, el vendedor habrá de responder por el pago de los correspondientes perjuicios.

La obligación de saneamiento, en términos de los artículos 1893 y siguientes del Código Civil,

comprende dos objetos: i) amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida

en caso de ser privado del todo o parte de ella, por sentencia judicial, y por causas anteriores a la venta,

y ii) responder de los defectos ocultos de ésta, llamados vicios redhibitorios.

El comprador, por su parte, se obliga a pagar el precio y a recibir el bien pactado en venta, así como al

pago de los perjuicios en caso de mora o incumplimiento.

13https://hebrun.wordpress.com/2012/04/21/mercado-inmobiliario-secundario-reventa/

14 http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/mts/bol_mts_lltrim_15.pdf

El contrato de compraventa está sujeto a la condición resolutoria tácita, según el artículo 1546 del

Código Civil Colombiano, de acuerdo con la cual «en los contratos bilaterales va envuelta la condición

resolutoria en caso de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado. Pero en tal caso podrá el

otro contratante pedir a su arbitrio, o la resolución o el cumplimiento del contrato con indemnización de

perjuicios».

El contrato de compraventa, en tanto ninguna de las partes persiga profesionalmente lucro o ganancia,

se rige por las disposiciones del Código Civil Colombiano.

Por su parte el artículo 2.2.1.2.1.4.10 del Decreto 1082 de 2015, señala lo siguiente: «Adquisición de

bienes inmuebles. Las Entidades Estatales pueden adquirir bienes inmuebles mediante contratación

directa para lo cual deben seguir las siguientes reglas:

1. Avaluar con una institución especializada el bien o los bienes inmuebles identificados que satisfagan

las necesidades que tiene la Entidad Estatal.

2. Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades

identificadas y las opciones de adquisición, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos

del sistema de compras y contratación pública.

3. La Entidad Estatal puede hacer parte de un proyecto inmobiliario para adquirir el bien inmueble que

satisfaga la necesidad que ha identificado, caso en el cual no requiere el avalúo de que trata el numeral

1 anterior».

6.3 Análisis económico, financiero y de mercado

6.3.1 Oferta

Se realizaron visitas en el Municipio de El Carmen de Bolívar a distintas zonas e inmuebles por parte

de funcionarios de la entidad, con el propósito de obtener información sobre la disponibilidad de bienes

inmuebles en venta que satisfagan los requerimientos y necesidades de la Procuraduría Provincial. De

esta manera, se obtuvieron las siguientes cinco (5) ofertas, cuya información sobre área, ubicación,

valor y costos de administración se muestran en la siguiente tabla:

OFERENTE

N° 1

Luís David

Lascarro

No. 2 Yaneth

Caro

No. 8

Walinton

More

UBICACIÓN

INMUEBLE

Carrera 53

No. 21 -75

Barrio la

Tuna

El Carmen

de Bolívar

Calle 27 con

carrera 50

Carrera 53

con calle 25

ÁREA

a) A. Total

Lote: 290 m2

b)A.

Construida:

220 m2

a). A total Lote

128 m2. b)A.

construcción

256 m2

a). A. total lote

204 m2. b). A.

construcción

204 m2

VALOR DE

VENTA

$287.000.000

$350.000.000

$370.000.000

VALOR X M2

$1.304.545.45

$1.367.187,50

$1.813.725,49

COSTOS DE

ADMINISTRA

CIÓN

No se cobra

Administración

por ser una

casa de una

planta.

No se cobra

Administración

por ser una

casa de dos

plantas.

No se cobra

Administración

por ser una

casa de dos

plantas.

SERVICIOS

PÚBLICOS YOTROS

Los servicios de

Acueducto, Aseo

y Energía, se

pagan en forma

independiente

Los servicios de

Acueducto, Aseo

y Energía, se

pagan en forma

independiente

Los servicios de

Acueducto, Aseo

y Energía, se

pagan en forma

independiente

El promedio del valor de metro cuadrado de acuerdo con las ofertas se establece en $ 1.495.152,81

Nota: El valor del metro cuadrado se determina por el valor de la oferta dividido por el área de metros

cuadrados construido.

Síntesis del análisis:

De acuerdo con las ofertas señaladas se descartan las siguientes por las razones que se exponen a

continuación:

Oferta No. 2:

Se descarta está oferta dado que se trata de una edificación de dos plantas que no cuenta con acceso

al segundo piso para personas con discapacidad, está a una cuadra de un caño lo que hace que en el

sector eventualmente puedan presentarse malos olores, está ubicada muy cerca de la plaza de mercado

lo que podría incidir en la seguridad del inmueble, las calles de acceso se encuentran sin pavimentar y

el sector en época de invierno tiende a inundarse, provocando el acceso de aguas lluvias al primer piso

del predio.

Oferta No. 3:

Se encuentra alejada al sector institucional del municipio donde viene funcionando actualmente la

Procuraduría, el piso cerámico no se encuentra en buen estado, las habitaciones son muy pequeñas,

oscuras y con poca ventilación, al tratarse de una edificación de dos plantas no cuenta con acceso al

segundo piso para personas con discapacidad. Adicionalmente, se descarta esta oferta teniendo en

cuenta que el valor del metro cuadrado supera el valor promedio que arrojó el estudio de mercado

6.3.2 Demanda

Consultado el Secop no se encontraron contratos celebrados por entidades públicas cuyo objeto haya

sido la compra o adquisición de inmuebles en el municipio de El Carmen de Bolívar.

Procesos celebrados por la Procuraduría en contratación adquisición de Inmuebles:

ENTIDAD

VENDEDOR

NUMERO DE CONTRATO

DIRECCIÓN

OBJETO

FECHA

PLAZO

METROS CUADRADOS

VALOR METRO CUADRADO

ENLACE POR INTERNET

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

JOSÉ ALVARO CAMARGO MOLANO

3211 2013

Kra 19b No 22b-20 EN EL SECTOR DE SAMPER MENDOZA

EL VENDEDOR POR MEDIO DEL SIGUIENTE INSTRUMENTO PUBLICO

TRANSFIERE A TITULO DE VENTA A FAVOR DE LA COMPRADORA, Y

ESTA ADQUIERE AL MISMO TITULO, LOS DERECHOS DE DOMINIO Y LA

POSESIÓN QUE EN LA ACTUALIDAD EL VENDEDOR, TIENE Y EJERCE

SOBRE EL SIGUIENTE INMUEBLE: UN LOTE DE TERRENO CON CABIDA

SUPERFICIARIA DE MIL CENTICINCO (1.025) VARAS CUADRADAS

EQUIVALENTE A SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS

CUADRADOS (656.00 MTS2) JUNTO A LA CASA DE HABITACIÓN CON

TODAS LAS MEJORAS Y SERVICIOS EXISTENTES, UBICADO EN LA

CIUDAD DE BOGOTÁ.

07 de noviembre de 2013

0 Meses

1.967,20 mts2

$885.786,90

https://www.contratos.qov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia=14-

12-2213792

COMPRA DE INMUEBLE POR PARTE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

VENDEDOR

CÓDIGO DE PROCESO

DIRECCIÓN

OBJETO

METROS CUADRADOS

VALOR COMPRA DEL INMUEBLE

ESCRITURA PUBLICA

MATRICULA INMOBILIARIA

UBICACIÓN DEL PREDIO

ÁREA DE CONSTRUCCIÓN

LUIS ENRIQUE HERRERA GONZÁLEZ

Contratación Directa - CD-3242-2012

Calle15No.7-28 MAGANGUE / BOLÍVAR

El vendedor transfiere a título de venta a favor de la compradora, y esta adquiere

al mismo título, el derecho del dominio y la posesión que en la actualidad el

vendedor tiene y ejerce sobre el predio urbano ubicado en la Calle Padilla Barrio

Córdoba, hoy perímetro urbano ubicado en la Calle 15 No. 7-28 en el Municipio

de Magangué Bolívar.

391.90

$368.000.000.00

No. 3242 Noviembre 16 de 2012

064-9009

URBANO

210 M2

S8ÜMUM

VALOR M2 $939.015,05

ENLACE POR INTERNET htlps://www.contratos,qov.co/consultas/detallePfOceso.do?numConstancia:::13-

12-1381356

6.3.4 Oferta que satisface las necesidades de la Entidad

Con base en las ofertas y los distintos aspectos analizados, se concluye que el inmueble ubicado en la

Carrera 53 No. 21 - 75 del Municipio de El Carmen de Bolívar, Bolívar (Oferta No.1), de propiedad

del señor LUIS DAVID LASCARRO GALEANO, es el más favorable por cuanto el área construida es la

mínima requerida para atender la necesidad de la Entidad.

El inmueble es una construcción moderna hecha con materiales de primera calidad, en buenas

condiciones físicas, que consta de una (1) planta, con iluminación y ventilación natural y espacios bien

distribuidos, adecuados para las necesidades actuales de la entidad y hacia el futuro. La edificación es

apropiada para la instalación de aires acondicionados, adecuación de oficinas, despacho, sala de

audiencia, zona de cableado, área de archivo.

Tiene una excelente ubicación, a tres cuadras de la sede actual de la Procuraduría, su ubicación es

reconocida por la comunidad y próxima a todos a las instituciones municipales como la Alcaldía

Municipal, sede de la Policía Nacional, Palacio de Justicia, puesto del Ejército y Hospital. Su vía de

acceso vehicular se encuentra pavimentada y al tratarse de una edificación de una planta garantiza el

acceso a personas con discapacidad.

El lote que integra el inmueble cuenta con un área total de 290 m2, distribuida entre área construida

(220 m2), donde puede acondicionarse de manera funcional la Procuraduría Provincial.

En cuanto la estructura física de la edificación se puede señalar que:

Cimentaciones en concreto reforzado: zapatas y viga de cimentación para amarres inferiores.

Mampostería en ladrillo, pañete.

Pintura vinilo

Columnas en concreto reforzado

Cubierta lamina ondulada Asbesto -Cemento.

Cielos raso lamina plana de asbesto-cemento

Pisos en retal de mármol, cerámica y tableta de Gres.

Paredes pañetadas, estucadas y pintadas.

Puertas interiores, madera y triplex.

Puertas exteriores en metal

Ventanearía Metálica - vidrio

Enchapes de paredes de cocina y baños en cerámica.

Instalaciones hidrosanitarias en correcto funcionamiento, conectadas a un pozo séptico

Instalaciones eléctricas en muy buen estado, en todos los espacios construidos (lámparas de techo,

ventiladores de techo, interruptores y tomacorrientes contra muro).

Pintura: todos los muros se encuentran recubiertos con Vinilo Tipo 1 y toda la carpintería de madera

con Esmalte color (marcos y puertas).

Fachadas revestimiento en pañete, pintura y cerámica

El lote que integra el inmueble cuenta con un área total de 270 m2, distribuida entre área construida

(220 m2) donde puede desempeñarse de manera funcional la Procuraduría Provincial.

Por último vale la pena resaltar que de acuerdo con el avalúo comercial del 29 de octubre de 2015

realizado por la firma Avaluadores Servimuebles S.A.S, este inmueble se encuentra avaluado por la

suma de $320.200.000 y la oferta presentada por el propietario a la Procuraduría es por la suma de

$287.000.000, de optar por la compra de esta edificación la Entidad atendería de manera definitiva la

necesidad locativa en El Carmen de Bolívar y adicional a ello lograría un ahorro de $33.200.000.

Las condiciones de seguridad son favorables según lo establece la división de seguridad de la Entidad.

Las especificaciones y condiciones de este inmueble fueron constatadas y verificadas en los respectivos

conceptos técnicos expedidos por las diferentes dependencias de la Entidad, los cuales hacen parte

integral de este estudio:

• Concepto eléctrico: 20 de noviembre de 2015

S9ÍEWL0ÉUM

• Concepto Salud Ocupacional: XXXX

• Concepto técnico del Grupo de Inmuebles: octubre de 2015

• Concepto de la oficina de sistemas: XXXXX

• Concepto de Seguridad. XXXXX

• Estudio de Títulos: XXXXX

Por las razones expuestas, El grupo de Inmuebles recomienda seleccionar la oferta del inmueble

ubicado Carrera 53 No. 21 - 75 del Municipio de El Carmen de Bolívar, Bolívar y por consiguiente

la celebración del contrato de compra con su propietario.

7. PRESUPUESTO ESTIMADO

La Entidad cuenta con un presupuesto incluido en el Plan de Inversión "Compra de sedes de la

Procuraduría a Nivel Nacional", para la vigencia 2015, por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y

SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($287.000.000) certificado de Plan de Adquisiciones No. XXXX

8. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL

Para llevar a cabo este contrato se dispone de recursos amparados con el Certificado de Disponibilidad

Presupuestal No. XXXXXX por la Coordinadora del Grupo de ejecución Presupuestal de la Entidad.

9. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO

Para todos los efectos legales a que hubiere lugar se entenderá que el contrato queda legalizado con

su suscripción por las partes y la expedición del Registro Presupuestal.

La ejecución del contrato podrá efectuarse una vez se entregue el inmueble.

10. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.

De acuerdo con lo establecido en el literal i), numeral 4, artículo 2o de la Ley 1150 de 2007, reglamentado

por el artículo 2.2.1.2.1.4.10 del Decreto 1082 de 2015, las Entidades Estatales pueden adquirir bienes

inmuebles mediante contratación directa, cumpliendo las reglas allí mismas previstas, y a las que se ha

dado cumplimiento.

11. FORMA DE PAGO

Con el fin de salvaguardar los recursos públicos, se sugiera realizar un único pago, una vez se allegue

a la Entidad el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos

Públicos, donde este consignada la anotación de propiedad del inmueble bajo la titularidad de la

Procuraduría General de la Nación. En el mismo sentido, se le expedirá copia del Certificado de

Disponibilidad Presupuestal adjunto a la manifestación de interés de la entidad.

12. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

12.1. Obligaciones del Vendedor:

• Declarar que el inmueble objeto del contrato es de su propiedad única y exclusiva

• Garantizar que posee el inmueble en forma regular, pacífica y pública, y que se haya libre de

hipotecas, gravámenes, demandas civiles, habitación, servidumbres, desmembraciones,

usufructo, condiciones resolutorias del dominio, pleitos pendientes, embargos judiciales, censo,

anticresis, movilización, patrimonio de familia, afectación a vivienda familiar y en general de

cualquier limitación del dominio.

• Hacer entrega del bien inmueble objeto de la compraventa, lo cual conlleva con sus

dependencias, usos anexidades, los bienes que por su destinación o adherencia le

correspondan, tales como las acometidas de servicios públicos.

• Salir al saneamiento por evicción o por vicios redhibitorios durante el término legal.

• Asumir los costos y demás gastos ocasionados con la entrega del bien inmueble y de

escrituración del mismo

• Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones o

demoras injustificadas

• Colaborar para el adecuado cumplimiento del objeto del contrato

• Las demás que se deriven del objeto contractual y todas aquellas que de acuerdo a la naturaleza

del contrato establezca la ley

• Presentar la factura y demás documentación necesaria para el pago oportuno del precio.

12.2. Obligaciones del Comprador

• Pagar el precio

• Recibir el bien inmueble objeto del contrato en la fecha establecida

13. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO

La entidad identifica los siguientes riesgos asociados al proceso de contratación:

Descripció

n

(Qué

puede

cómo

puede

ocurrir)

Consecuenci

a de la

ocurrencia

del evento

Impacto después

del tratamiento

■8

Monitore

o y

revisión

CD

¡I

Inmueble

sale del

mercado

inmobiliari

o

disponible

Se pierda la

oportunidad

de comprar

el inmueble

con mejores

condiciones

ro

c

O c■~ c

íi

14. GARANTÍA PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.5

del Decreto 1082 de 2015, y teniendo en cuenta el análisis de riesgo que se incluye en el numeral

anterior, la entidad no exige la constitución de ninguna garantía a cargo del vendedor.

15. SI EL PROCESO ESTA COBIJADO POR ACUERDO COMERCIAL

De conformidad con lo señalado en el "MANUAL PARA EL MANEJO DE LOS ACUERDOS

COMERCIALES EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN", de La Agencia Nacional Colombia Compra

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Eficiente, actualizado el 9 de septiembre de 2014, "(...) Las Entidades Estatales no deben hacer este

análisis para los Procesos de Contratación adelantados por las modalidades de selección decontratación directa y de mínima cuantía. (...)".

Bogotá D.C., diciembre de 2015

Cordialmente

WILFOTDOl*OMÉRO JEREZ

Arq. Grupo de Inmuebles

Vo. Bo. EDGARMAURICIO

Coordinador Grupo de

C ASALLAS BUSTOS

nmuebles

11