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MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 NN.SS DE MURLA ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Murla (Alicante) ARQUIPUCHOL SLP 1 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 DE LAS NN.SS DE MURLA EMPLAZAMIENTO SUELO URBANO Y SUELO NO URBANIZABLE COMÚN T.M. DE MURLA PROMOTOR AYUNTAMIENTO DE MURLA CIF: P-0309100-F Plaça Major nº 19 Murla 03792 AUTOR ESTUDIO DE ARQUITECTURA- ARQUIPUCHOL SLP Ctra. Marines 187-C. Denia (Alicante)

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MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 NN.SS DE MURLA ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Murla (Alicante)

ARQUIPUCHOL SLP 1

EESSTTUUDDIIOO DDEE IIMMPPAACCTTOO AAMMBBIIEENNTTAALL

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 DE LAS NN.SS DE MURLA

EMPLAZAMIENTO SUELO URBANO Y SUELO NO URBANIZABLE COMÚN T.M. DE MURLA PROMOTOR AYUNTAMIENTO DE MURLA CIF: P-0309100-F Plaça Major nº 19 Murla 03792 AUTOR ESTUDIO DE ARQUITECTURA- ARQUIPUCHOL SLP Ctra. Marines 187-C. Denia (Alicante)

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ÍNDICE 1.- ANTECEDENTES 1.1.- FUNDAMENTOS 1.2.- OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1.3.- PROCEDIMIENTO DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN PROYECTADA Y SUS ACCIONES DERIVADAS 2.1.- LOCALIZACIÓN 2.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN 2.3.- RELACIÓN DE TODAS LAS ACCIONES INHERENTES A LA ACTUACIÓN 2.4. DESCRIPCIÓN DE LOS MATERIALES, MOVIMIENTO DE TIERRA, SUELO A OCUPAR Y OTROS RECURSOS NATURALES CUYA ELIMINACIÓN O AFECTACIÓN SE CONSIDERE NECESARIA PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN

2.5.- DESCRIPCIÓN DE LOS RESIDUOS, VERTIDOS, EMISORES U OTROS ELEMENTOS DERIVADOS DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ACTUACIÓN

3.- EXAMEN DE LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAMENTE VIABLES 3.1.- PLANTEAMIENTO DE LAS ALTERNATIVAS

3.2.- VIABILIDAD DE LA ACCIÓN PROPUESTA 4.- INVENTARIO AMBIENTAL 4.1.- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO NATURAL 4.2.- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SECTORIAL Y SOCIOECONÓMICO 5.- IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS 5.1.- EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS 5.2.- VALORACIÓN DE LOS EFECTOS 5.3.- DETERMINACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 6.- MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS 6.1.- ATMÓSFERA 6.2.- VEGETACIÓN 6.3.- SUELOS 6.4.- HIDROLOGÍA E HIDROGEOLOGÍA 6.5.- FAUNA 6.6.- PAISAJE 6.7.- MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL 7.- PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL 7.1.- OBJETO DEL PROGRAMA 7.2.- CUMPLIMIENTO DE LA OBTENCIÓN DE INFORMES PRECEPTIVOS 7.3.- CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS 7.4.- MÉTODOS DE RECOGIDA Y ANÁLISIS DE DATOS 7.5.- INFORMES VINCULANTES

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1.- ANTECEDENTES

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1.1.- FUNDAMENTOS En este apartado se citan los fundamentos jurídicos en que se apoya este Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Legislación Comunitaria

- Directiva 85/337/CEE sobre “Evaluación de los Impactos sobre el medio ambiente de ciertas obras públicas y privadas”. Esta normativa ha sido sustituida por la Directiva 97/11/CE, que aumenta significativamente el número de actividades y proyectos a los que los estados miembros habrán de aplicar el procedimiento de EIA., en función de las características de los proyectos, de su ubicación y su potencial impacto.

- Directiva 2001/42/CE Evaluación de Impacto Ambiental de determinados planes y

programas.

- La Directiva 96/61/CE del Consejo, relativa a la prevención y control integrado de la contaminación

Legislación de ámbito Estatal

- Ley 9/2006, de 28 de abril sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

- Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

o Deroga:

Disposición final 1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2006-7677)

Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución del real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

- Ley 6/2010, de 24 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Legislación de ámbito autonómico

- Orden de 3 de enero de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda por la que se establece el contenido mínimo de los Estudios de Impacto Ambiental que se hayan de tramitar en esta Conselleria. (DOCV del 121-2005; Nº 492)

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- Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental. (DOCV del 30-10-1990, Nº 1412)

- Decreto 32/2006, de 10 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Decreto 162/1990, de 15 de octubre , del Consell de la Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat, de Impacto Ambiental.

- Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat Valenciana de Impacto Ambiental. (DOCV del 1-3-1989; 1021).

- Ley 20 de diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, sobre protección de especies endémicas o amenazadas. (DOCV del 3-2-1986; Nº 336)

Afectadas por:

- Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable. - Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección

del Paisaje. (Disposición Transitoria Segunda). - Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento

de Paisaje de la Comunidad Valenciana. - Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunidad

Valenciana. (Artículo 63.) - Ley 2/1989 de 3 de marzo de las Cortes Valencianas, regula el procedimiento de EIA y

prevé la posibilidad de establecer fianzas para garantizar el cumplimiento del condicionado que fije la declaración de impacto ambiental.

- Decreto 102/1990 de 15 de octubre, Consejería de Administración Pública aprueba el Reglamento para la ejecución de la ley anterior.

- Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano La Modificación Puntual propuesta objeto de este estudio, se somete a Evaluación y Estudio de Impacto Ambiental al amparo de la normativa vigente. Según lo establecido por la Ley 9/2006, de 28 de abril sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, en su artículo 3. Ámbito de aplicación y en su artículo 4. Determinación de la existencia de efectos significativos en el medio ambiente de determinados planes y programas, y en base a los criterios establecidos en el anexo II de la misma ley, no procede someter la Modificación que nos ocupa a evaluación ambiental de acuerdo con la referida ley. Así mismo, en base al Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, Ley 6/2010, de 24 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat Valenciana de Impacto Ambiental, el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental. (DOCV del 30-10-1990, Nº 1412), el Decreto 32/2006, de 10 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat, de Impacto Ambiental (Anexo I g) Instrumentos urbanísticos y de ordenación territorial, apdo 3. Planes parciales y planes especiales, incluso sus modificaciones, cuando afecten a suelo clasificado como no urbanizable o impliquen la modificación de las condiciones de uso industrial

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establecidas por el Plan General en suelo urbanizable), la Modificación Puntual presente sí debe someterse a la Evaluación y Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo con la referida normativa. 1.2.- OBJETIVOS DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL El Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A) tiene como objetivo básico introducir la variable ambiental en la toma de decisiones sobre los propósitos contenidos en la Modificación Puntual de las NN.SS de Murla, cuyo objeto principal es el de crear una nueva dotación de red viaria cuyo trazado discurre suelo urbano y no urbanizable común de Murla. Para ello, este estudio debe identificar aquellas acciones o elementos que pueden ocasionar impactos negativos sobre los diferentes factores ambientales (bióticos, abióticos y sociales). Se definirán un conjunto de recomendaciones, medidas correctoras y restauradoras que minimicen los efectos esperados, proponiendo un plan de vigilancia ambiental que detecte con antelación suficiente, las desviaciones sobre lo previsto y posibilite la toma de decisiones correctoras a tiempo. Así pues, entre los fines del EsIA destacan: - Analizar los objetivos propuestas por la Modificación Puntual. - Analizar las alternativas. - Conocer el medio que acogerá las determinaciones de la Modificación y su entorno. - Identificar, describir y evaluar los efectos que sobre los diferentes elementos medioambientales se derivan de la aplicación de la Modificación Puntual propuesta. - Plantear las medidas protectoras y correctoras que se estimen, tendentes a minimizar los impactos negativos. - Diseñar un Programa de Vigilancia Ambiental, cuyo cumplimiento garantizará una gestión del municipio adecuada desde el punto de vista ambiental. Este E.I.A. debe aportar la información necesaria para que la Conselleria de Medio Ambiente se pueda pronunciar sobre la integración de los aspectos ambientales de la creación de la nueva dotación de red viaria propuesta por la Modificación Puntual. El objetivo final de este estudio es analizar desde un criterio objetivo el impacto ambiental que la modificación propuesta ejerce sobre el medio receptor y su entorno, que sirva de herramienta a los organismos responsables en el proceso de prevención ambiental.

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1.3.- PROCEDIMIENTO DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL La Evaluación de Impacto Ambiental contendrá la consideración de los efectos directos e indirectos de la ejecución de la presente actuación sobre la población humana, la fauna, la flora, la vegetación, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada y la interacción entre estos factores. Asimismo, se considerará la incidencia que la Actuación tiene sobre los elementos que componen el patrimonio histórico, artístico y arqueológico, sobre las relaciones sociales y las condiciones de sosiego público, tales como ruido, vibraciones, olores y emisiones luminosas.

Documentalmente el proceso de la Evaluación de Impacto Ambiental se traduce en:

Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).- Para hacer una EIA primero hace falta un Estudio de Impacto Ambiental, identificando los impactos, la posibilidad de corregirlos, los efectos que producirán, etc. Debe ser lo más objetivo posible, sin interpretaciones ni valoraciones, sino recogiendo datos. Es un estudio multidisciplinar por lo que tiene que fijarse en como afectará al clima, suelo, agua; conocer la naturaleza que se va a ver afectada: plantas, animales, ecosistemas; los valores culturales o históricos, etc.; analizar la legislación que afecta al proyecto; ver como afectará a las actividades humanas: agricultura, vistas, empleo, calidad de vida, etc.

Declaración de Impacto Ambiental (DIA).- Una vez realizado el trámite de información pública y con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la autorización de la Modificación, el órgano sustantivo remitirá el expediente al órgano ambiental , acompañado, en su caso, de las observaciones que estime oportunas, al objeto de que se formule una Declaración de Impacto Ambiental, en la que se determinen las condiciones que deban establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales. La DIA se hará pública en todo caso.

Estos documentos dejan constancia de la integración de los aspectos ambiéntales en la actuación y sirven, a su vez, de base para la consulta y participación pública en la elaboración del mismo.

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2.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN PROYECTADA Y SUS ACCIONES DERIVADAS

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2.1.- LOCALIZACIÓN

2.1.1.- Ubicación La actuación se centra en la parte sur-oeste del núcleo urbano de Murla, sobre dos parcelas emplazadas junto al casco urbano consolidado. La situación y configuración de los terrenos donde se desarrolla la Modificación se puede apreciar en las siguientes figuras, que sitúan el municipio de Murla a nivel comarcal, y del terreno a partir de su entorno.

Situación del término de Murla

Cartografía temática de la Comunitat Valenciana

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Mapa de situación de la zona de actuación

Cartografía temática de la Comunitat Valenciana

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2.1.2.- Área de ocupación El área sobre la que se actúa afecta a dos parcelas situadas junto al casco urbano consolidado, con propiedades distintas, descritas a continuación:

- Parcela A, con una superficie total de 2.058 m2, de los cuales 1468,00 m2 están calificados como Suelo No Urbanizable Común, y los restantes 590,00 m2 como Suelo Urbano Residencial “Viviendas Unifamiliares exentas o agrupadas”. Así pues, en base a ello, estos terrenos se desglosan de la siguiente manera:

1.- Parcela situada en Venta Zurdo, 7. o Suelo urbano residencial sin edificar. o Superficie: 590,00 m2 o Superficie afectada por la modificación: 590,00 m2 o Referencia catastral: 3644124YH5934S001LL

2.- Parcela 647 del polígono 2. o Suelo No Urbanizable Común. o Superficie: 1.468,00 m2 o Superficie afectada por la modificación: 1.468,00 m2 o Referencia catastral: 03091A002006470000LQ

- Parcela B, con una superficie total de 182 m2, calificada en su totalidad como Suelo Urbano Residencial “Viviendas Unifamiliares exentas o agrupadas”, con las siguientes características:

1.- Parcela situada en C/Venta Zurdo, 10 o Superficie total: 182,00 m2 o Superficie afectada por la modificación: 45,00 m2 o Referencia catastral: 3644128YH5934S001OL

Así mismo, también se actúa sobre una porción de terreno de 66 m2 anexo a la parcela B, que constituye en la actualidad una entrada o paso a las edificaciones existentes en la zona, no encontrándose calificado como suelo dotacional de red viaria. Las edificaciones existentes en el ámbito de actuación se encuentran sobre el suelo urbano consolidado y son residenciales del tipo aisladas y manzana densa, entre las que se encuentra un edificio público destinado a centro social de reciente construcción. Las condiciones de edificación para el suelo urbano residencial, tipología “Viviendas unifamiliares exentas o agrupadas, se definen en el artículo 54 de las NN.SS de Murla, y cuyos parámetros urbanísticos se contienen en el cuadro siguiente:

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CONCEPTOS APROVECHAMIENTOS Tipo de edificación Vivienda unifamiliar, exenta o agrupada

Parcela mínima Exenta 500 m2

Agrupada 250 m2

Longitud de fachada mínima

Exenta 15 m

Agrupada 7 m

Diámetro del círculo mínimo inscrito

Exenta 12 m

Agrupada 6 m

Ocupación máxima Exenta 40 %

Agrupada 60%

Edificabilidad Exenta 0,80

Agrupada 1,0

Número de plantas máximo 2 equivalentes a 6,6 m. de cornisa Separación a lindes

- Fachadas - Medianeras

Exenta 4 m.

3 m (1)

Agrupada 4 m.

- de obra 0,80 m Cerramientos de fachada,

Alturas máximas de celosía, metálico o vegetal 1,50 m

Cerramientos entre parcela Se establecerán de común acuerdo entre colindantes, no

admitiéndose en ningún caso vallado ciego de altura superior a 1,5 m.

Usos compatibles

Anexos a vivienda, trastero, paellero, garaje, etc., siempre de uso privado y local comercial de uso diario de vecinos (lechería, panadería, bares y similares). Pequeños locales para almacenes o industrias artesanales siempre que estén en edificación exenta y sus acabados y demás condiciones estén acordes con las edificaciones de la zona.

(1) Salvo edificación auxiliar, de común acuerdo entre colindantes En cuanto a la porción de terreno clasificada como no urbanizable común, cabe decir que los usos y aprovechamientos son los permitidos en la Ley 10/2.004 sobre Suelo No Urbanizable. Dicha parcela se encuentra libre de afecciones sectoriales, se sitúa junto a casco urbano consolidado estando prácticamente integrada en la trama urbana, actualmente sin producción agrícola.

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ESQUEMA DEL ÁREA DE ACTUACIÓN.

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2.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN El presente Estudio de Impacto Ambiental constituye un documento anejo a la Modificación Puntual nº 5 NN.SS de Murla, para la creación de nueva dotación de red viaria en suelo urbano. El objetivo principal de la actuación es la creación de un vial que enlaza dos sectores de la población y facilita el acceso y la integración de dos edificios públicos. Por un lado se da continuidad al acceso prioritario a la dotación escolar conectando el vial existente con el núcleo urbano y por el otro, se mejoran las condiciones urbanísticas del entorno del edificio público destinado a centro social, incrementando la superficie de fachada y de este modo, mejorando las condiciones de uso y calidad arquitectónica del edificio. Este vial que se propone viene contemplado en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, actualmente en trámite, con la fase de expedición del documento de referencia finalizada, no obstante, ante la considerable mejora de la trama urbana y del entorno de los mencionados edificios, el Ayuntamiento promueve la presente modificación puntual porque considera prioritaria la ejecución inmediata de dicho vial. Con el fin de agilizar la gestión y ocupación inmediata de los terrenos necesarios para la ejecución del vial, el Ayuntamiento acuerda elaborar un convenio con el propietario de la parcela A, clasificada como Urbano en una parte y No Urbanizable Común en la restante. En dicho convenio, a cambio de la cesión voluntaria de los terrenos ocupados por el vial, el Ayuntamiento se compromete a incluir en la presente modificación la reclasificación a suelo urbano del resto de parcela actualmente clasificado como suelo no urbanizable común, siendo por tanto este el segundo objetivo de la presente modificación. La reclasificación de la parte restante a suelo urbano no comportará aumento de edificabilidad y número de viviendas respecto a la situación actual anterior a la modificación. Se otorgará a la nueva parcela urbana, conformada por la anteriormente clasificada como urbana y la reclasificada mediante el presente documento, del aprovechamiento urbanístico que actualmente otorga el planeamiento a la parcela original. Esta parcela constituirá una única unidad registral. Así pues, la Modificación Puntual tiene por objeto:

- Creación de un vial de 8 metros de anchura y 119,40 metros de longitud, mediante la reclasificación a dotación viaria de un terreno actualmente clasificado como no urbanizable común en una superficie de 658,00 m2, y de suelo clasificado como urbano residencial en una superficie de 328,00 m2.

- Reclasificación de una parcela de terreno actualmente clasificado como no urbanizable común en una superficie de 810,0 m2 a suelo urbano residencial en la tipología Viviendas Unifamiliares Aisladas o Agrupadas.

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Las superficies de esta modificación puntual son las siguientes:

ORDENACIÓN ACTUAL DEL TÉRMINO ORDENACIÒN MODIFICADA DEL TÉRMINO CLASIFICACIÓN DE SUELO SUPERFICIE CLASIFICACIÓN DE SUELO SUPERFICIE

Casco tradicional 40.231 m² Casco tradicional 40.231 m² Vivienda Unifamiliar aislada o agrupada 70.932 m² Vivienda Unifamiliar

aislada o agrupada 71.414 m²

Zona Verde o espacio libre público 4.102 m² Zona Verde o

espacio libre público 4.102 m²

Equipamiento 709 m² Equipamiento 709 m²

Red Viaria 49.440 m²

Red Viaria 50.427 m² Equipamiento

dotacional docente 2.000 m² Equipamiento dotacional docente 2.000 m²

Equipamiento 448.036 m² Equipamiento 448.036 m² Protección forestal 746.900 m² Protección forestal 746.900 m²

Común 3.884.150 m²

Común 3.882.681 m² Desarrollado 150.000 m² Desarrollado 150.000 m² No desarrollado 503.500 m² No desarrollado 503.500 m²

TOTAL 5.900.000 m² TOTAL 5.900.000 m²

La red viaria se ha proyectado al amparo del artículo 131.3 del ROGTU en la que no son de aplicación las exigencias dimensionales de la red viaria propuesta por tratarse de una actuación que viene a completar la trama viaria existente y porque prima el criterio de integración con el tejido y la escena urbana existente sobre la funcionalidad vial

Así pues, el vial proyectado será del tipo rodado, de ocho metros de anchura, con aceras a ambos lados de 1 m de anchura total.

En cuanto a la parcela A, de superficie 2.058,00m², actualmente se clasifica como suelo urbano residencial en una superficie de 590 m², y suelo no urbanizable común en una superficie de 1.468,00 m².

Así pues, el máximo aprovechamiento que actualmente le otorga el planeamiento a la parte de parcela ubicada en suelo urbano, para la tipología de Vivienda unifamiliar, exenta o agrupada y según el cuadro de parámetros urbanísticos anteriormente expuesto es de:

CUADRO DE SUPERFICIES DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTADO ACTUAL ESTADO MODIFICADO

CLASIFICACIÓN DE SUELO SUPERFICIE CLASIFICACIÓN DE SUELO SUPERFICIE Suelo urbano residencial 810 m² Suelo No Urbanizable Común 1.469 m² Red Viaria 659 m²

Suelo Urbano Residencial 328 m² Red Viaria 328 m² TOTAL 1.797 m² TOTAL 1.797 m²

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Tras la modificación puntual, la parcela resultante tendrá una superficie de 1.183 m2, conformada por una superficie de 373,00 m² de terreno anteriormente clasificado como urbano y 810 m² de terreno reclasificado mediante el presente documento.

Con el objeto de que con la modificación puntual propuesta no se aumente el aprovechamiento inicial, este documento asigna a la parcela resultante la siguiente edificabilidad máxima y máximo número de viviendas:

Superficie de parcela resultante, clasificada como suelo urbano…………………1.183 m²

CONCEPTO APROVECHAMENTO EDIFICABILIDAD (0,499 m²t/m² parcela) 590 m²/techo Nº DE VIVIENDAS (1 Und/590 m²) 2 unidades

Dando cumplimiento con ello a las determinaciones del artículo 94 de la LUV y 212 del ROGTU en la que por un lado, se mantienen, incluso se aumentan las dotaciones, en este caso la dotación viaria, y por otro lado, no se aumenta la edificabilidad residencial, manteniéndose por tanto el equilibrio de las dotaciones públicas.

Superficie de parcela A existente actualmente clasificada como suelo urbano….590 m² CONCEPTO APROVECHAMENTO

EDIFICABILIDAD (1 m²t/m² parcela) 590 m²/techo Nº DE VIVIENDAS (1 Und/250 m²) 2 unidades

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El artículo 62 de las Normas Subsidiarias queda redactado de la siguiente manera: Artículo 62.- Zona de viviendas unifamiliares exentas y agrupadas. Usos: Son los citados en el artículo 50. Condiciones de la parcela: En general:

CONCEPTOS APROVECHAMIENTOS Tipo de edificación Vivienda unifamiliar, exenta o agrupada

Parcela mínima Exenta 500 m2

Agrupada 250 m2

Longitud de fachada mínima Exenta 15 m

Agrupada 7 m

Diámetro del círculo mínimo inscrito

Exenta 12 m

Agrupada 6 m

Ocupación máxima Exenta 40 %

Agrupada 60%

Edificabilidad Exenta 0,80

Agrupada 1,0

Número de plantas máximo 2 equivalentes a 6,6 m. de cornisa Separación a lindes

- Fachadas - Medianeras

Exenta 4 m.

3 m (1)

Agrupada 4 m.

- Cerramientos de fachada

Alturas máximas - de obra

- de celosía, metálico o vegetal

0,80 m 1,50 m

Cerramientos entre parcela Se establecerán de común acuerdo entre colindantes, no

admitiéndose en ningún caso vallado ciego de altura superior a 1,5 m.

Otras condiciones Elementos sobresalientes a cornisa, sótanos y semisótanos idénticas al artículo 61

Usos compatibles

Anexos a vivienda, trastero, paellero, garaje, etc., siempre de uso

privado y local comercial de uso diario de vecinos (lechería, panadería, bares y similares). Pequeños locales para almacenes o

industrias artesanales siempre que estén en edificación exenta y sus acabados y demás condiciones estén acordes con las edificaciones

de la zona.

(2) Salvo edificación auxiliar, de común acuerdo entre colindantes

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Los parámetros urbanísticos que la modificación asigna a la parcela A resultante se exponen a continuación:

CONCEPTOS APROVECHAMIENTOS Tipo de edificación Vivienda unifamiliar agrupada. *

Parcela mínima por una vivienda 590 m2 Edificabilidad 0,499

Ocupación máxima 40% Longitud de fachada mínima 15 m

Diámetro del círculo mínimo inscrito 12 m Número de plantas máximo 2 equivalentes a 6,6 m. de cornisa

Fachadas 4 m Separación a lindes

Lindes 3 m De obra 0,80

Cerramientos de fachada, Alturas máximas Celosía, metálico o vegetal 1,50

Cerramientos entre parcela Se establecerán de común acuerdo entre colindantes,

no admitiéndose en ningún caso vallado ciego de altura superior a 1,5 m.

Usos compatibles

Anexos a vivienda, trastero, paellero, garaje, etc.,

siempre de uso privado y local comercial de uso diario de vecinos (lechería, panadería, bares y similares).

Pequeños locales para almacenes o industrias artesanales siempre que estén en edificación exenta y sus acabados y demás condiciones estén acordes con

las edificaciones de la zona. * Se entiende por tipología de vivienda unifamiliar agrupada, a la edificación de dos o más viviendas dispuestas en grupo alrededor de una zona común, en una misma parcela común e indivisible. La tipología edificatoria puede ser aislada o adosada, y su construcción puede ser de forma simultánea o por fases. Queda en situación de fuera de ordenación definida en el artículo 111 de la LUV, el vallado de la parcela sita en C/ Venta del Zurdo 10.

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2.3.- RELACIÓN DE TODAS LAS ACCIONES INHERENTES A LA ACTUACIÓN. Se entiende por acción, en general, la parte activa que interviene en la relación causa-efecto que define un impacto ambiental. Tales causas pueden residir en todas las fases del desarrollo del proyecto y en todas las partes y elementos que lo forman. Para mejorar la comprensión, el proyecto se disocia en varios niveles, el último de los cuales representará acciones simples causa directa de impacto. Los niveles son los siguientes: Primer nivel: fases, se refiere a las que forman la estructura vertical del proyecto - Ordenación. - Construcción - Funcionamiento. Segundo nivel: elementos, que puede identificar partes homogéneas de proyecto o procesos de distinto carácter. Tercer nivel: acciones concretas, una acción se refiere a una causa simple, concreta, directa, bien definida y localizada de impacto.

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FASE ELEMENTOS ACCIÓN Creación de una nueva dotación de red viaria,

mediante la recalificación de suelo urbano residencial y la reclasificación de suelo no

urbanizable común.

FASE

DE

OR

DENA

CIÓN

Planeamiento y diseño

Reclasificación de suelo no urbanizable a

suelo urbano residencial.

Explanación y movimiento de

tierras

Despeje y desbroce Excavaciones

Red de abastecimiento de agua potable Red de alcantarillado

Red de alumbrado Red viaria

FA

SE D

E CO

NSTR

UCCI

ÓN

Obras e

instalaciones

Demanda de mano de obra

Ruido

Emisión de contaminantes

FA

SES

DE

FUNC

IONA

MIEN

TO

Tráfico

Mejora de accesos urbanos

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3.- EXAMEN DE LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAMENTE VIABLES

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3.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA El trazado de la nueva red viaria que se propone tiene como objetivo principal enlazar dos sectores de la población y facilitar el acceso y la integración de dos edificios públicos. Por un lado se dará continuidad al acceso prioritario a la dotación escolar conectando el vial existente con el núcleo urbano y por el otro, se mejoran las condiciones urbanísticas del entorno del edificio público destinado a centro social, incrementando la superficie de fachada y de este modo, mejorando las condiciones de uso y calidad arquitectónica del edificio. Asimismo, este vial que se propone viene contemplado en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, actualmente en trámite, con la fase de expedición del documento de referencia finalizada, no obstante, ante la considerable mejora de la trama urbana y del entorno de los mencionados edificios, el Ayuntamiento promueve la presente modificación puntual porque considera prioritaria la ejecución inmediata de dicho vial. Por todo ello, se ha elegido la solución que mejor integra la actual trama urbana con el nuevo vial pretendido, sin invadir innecesariamente suelos de alto valor ecológico o productivo, considerando los aspectos técnicos como accesibilidad a la zona, aptitud constructiva del área, proximidad a otras vías de comunicación, servicios, etc., junto aspectos ambientales como minimización de impactos sobre la fauna, la vegetación, y el paisaje, evitar afecciones a cauces naturales etc. Por tanto, se considera que la solución adoptada es la óptima, ajustándose el área de actuación a los criterios técnicos y ambientales.

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4.- INVENTARIO AMBIENTAL

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4.1.- DESCRICPCIÓN DEL MEDIO NATURAL 4.1.1.- Territorio. Localización

La Marina Alta es una comarca de la provincia de Alicante (España), situada en Comunidad Valenciana. Su capital, como centro administrativo, es el municipio de Denia.

La Marina Alta es una comarca costera, la situada más al norte de la provincia de Alicante. Tiene una orografía bastante compleja, ya que la surcan numerosas montañas, valles y una costa muy accidentada. Son numerosos los acantilados, calas y cabos que se encuentran en estas tierras.

La costa de esta comarca tiene algunos de los accidentes más emblemáticos de la provincia, como son el Cabo de San Antonio, Cabo de San Martín y Cabo de la Nao (los tres forman la peculiar "punta" de la provincia). Así como el conocido Peñón de Ifach, en la localidad de Calpe.

Hay importantes formaciones montañosas, como la Sierra de Bernia o el Montgó.

También cabe destacar la importancia de la marjal de Pego-Oliva, marismas interiores.

En la comarca destacan algunos cursos de agua como los ríos Bullent, Racons, Girona y Gorgos.

Municipios de la Comarca La Marina Alta

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Murla es un municipio de la Comunidad Valenciana, España. Situado en el noreste de la provincia de Alicante, en el Valle de Pop.

Murla está situado en la comarca de la Marina Alta y en la subcomarca del valle de Pop, en el sector oriental de la sierra de La Solana. El territorio es montañoso con alturas notables como el Seguili, el Castellet y las estribaciones del Penyal de Laguar. El barranco más destacable es el de Cotes así como la cuenca del río Jalón.

Se encuentra situada a 15 km de Denia en la carretera que lleva desde Castell de Castells hasta Parcent. A 87 km. de Alicante y a 48 km. de Benidorm.

Se accede a esta localidad, desde Alicante, por la carretera N-332 para tomar en Benisa por la CV-750.

Limita con los términos municipales de Alcalalí, Benigembla, Orba, Parcent y Vall de Laguart.

Límites municipales de Murla Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana

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4.1.2.- Climatología

La Comunidad Valenciana pertenece plenamente a la región de clima mediterráneo. Este clima es de tipo subtropical, siendo sus rasgos más destacados, la benignidad térmica y la penuria pluviométrica. Los períodos fríos son poco frecuentes y de escasa intensidad; la oscilación térmica, sin embargo, es algo elevada. Las temperaturas alcanzan sus máximas en julio-agosto y sus mínimas de diciembre a febrero.

En cuanto a las precipitaciones, su distribución a lo largo del año es muy irregular, con una sequía estival muy pronunciada y un máximo otoñal destacado. Los períodos de tiempo lluvioso apenas suponen una séptima parte de los días, pues las advecciones zonales, incluso las ciclónicas, apenas aportan precipitaciones apreciables. Se registran unos totales pluviométricos inferiores a los que caracterizan otros climas mediterráneos de similares latitudes, pero situadas a barlovento de los vientos marítimos del W.

El verano es seco debido a la influencia generalizada del anticiclón de las Azores que impide la entrada de borrascas atlánticas, siendo las únicas precipitaciones de carácter tormentoso local por ascensión súbita de aire recalentado. Las temperaturas no son muy elevadas, con escasa amplitud entre el día y la noche por el papel moderador que desempeña el mar.

En otoño las temperaturas sufren un rápido descenso. Las bajas presiones favorecen la posibilidad de precipitaciones con la formación de borrascas o situaciones de levante. Las lluvias suelen convertirse en fuertes temporales cuando se asocian a la presencia de una gota fría en altura.

En invierno vuelve a dominar el tiempo seco propiciado por la influencia anticiclónica. Las temperaturas son suaves y rara vez se registran heladas.

La primavera supone una recuperación de la temperatura y de la humedad con la reaparición de las bajas presiones.

Estas características se explican por la extraordinaria importancia que, en la distribución de los climas de región, adquieren los factores geográficos, tanto los internos, como lo externos inmediatos:

a) los desniveles orográficos y la compartimentación del relieve b) la orientación del relieve y la costa c) la posición de la región en la parte oriental de la Península Ibérica y en la vertiente

descendente de la meseta, y los rebordes montañosos que la encuadran, y d) la presencia de Mediterráneo, como fuente de humedad y agente termorregulador.

Estos factores confieren, a las características generales antes comentadas, unos matices que se plasman en una variedad de subtipos de clima dentro de la Comunidad Valenciana.

El término municipal de Murla se sitúa principalmente dentro de la zona climática “Clima de llanura litoral lluviosa” (Clavero, 1977).

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Presenta, respecto de la llanura litoral situada al norte, un incremento de las precipitaciones (alrededor de los 650 mm anuales), tanto en el máximo de otoño, como en primavera e invierno (que se convierte en un máximo secundario). El verano, sin embargo, es muy seco. El aumento pluviométrico se explica por la orientación de la costa, casi perpendicular a los flujos del NE que general la ciclogénesis mediterránea o las “gotas frías”. En verano, el predominio de “pantanos barométricos” en superficie, bajo las altas presiones subtropicales, agudiza la sequía. Las temperaturas se mantienen similares a las de la llanura litoral septentrional; la temperatura media de enero fluctúa alrededor de los 10ºC, y en julio y agosto se aproxima a los 25 ºC.

4.1.3.- Relieve y geomorfología

Según el mapa Geocientífico de la provincia de Alicante, el término municipal de Murla se sitúa principalmente en el “Sector Septentrional de las Sierras y Valles prebélicos”.

Las “Sierras y valles prebélicos” están formados por una alternancia de sierras y valles sobre materiales carbonatados, de dirección NE-SO. Su litología se compone de materiales mesozoicos (calizas y dolomías cretácicas, Jurásico muy localizado), neógenos (margas blancas y azules “tap”), paleógeno detrítico-carbonatado. Localmente afloran arcillas y margas yesíferas triásicas, y cuaternario detrítico en los valles. La morfología se puede describir como una sucesión de sierras carbonatadas y valles de substrato margoso de dirección principal NE-SO.

Modelo digital del terreno Murla (Cartografía temática COPUT)

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Fisiografía del terreno Cartografía temática COPUT)

Litología del terreno (Cartografía temática COPUT

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4.1.4.- Suelos Los suelos están condicionados por la topografía y la geología, y formados por la influencia del clima y la actividad humana.

Capacidad de uso agrario en el terreno

(Cartografía temática COPUT) 4.1.5- Recursos hídricos a. Hidrología superficial El término municipal de Murla pertenece al sistema de explotación de la Marina Alta, subcuencas del río Girona y litoral, en la demarcación administrativa de la Confederación Hidrográfica del Júcar. El Sistema de Explotación Marina Alta se encuentra situado al norte de la provincia de Alicante; comprende la totalidad de las Cuencas de los ríos Girona y Gorgos, y las subcuencas litorales comprendidas entre el límite norte del término municipal de Oliva y el margen izquierdo del río Algar.

Se encuentran afloramientos por intrusión del Triásico, margas yesíferas del Keuper, que, en forma de diapiro dada su mayor viscosidad, afloran desde estratos inferiores. El extremo meridional del término municipal, a lo largo de los márgenes del río Jalón, es recorrido por este tipo de materiales. Estos afloramientos, asimismo, entran en contacto con materiales del Cretácico inferior, en las faldas del Penyal de Roc, o más modernos como margas del Cretácico superior en ambos extremos Este y Oeste del término municipal. Sólo en la cima del citado Penyal de Roc aparecen calizas, pertenecientes, en este caso, al Cretácico superior.

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Por último las cotas bajas del municipio están ocupadas por una gran mancha de depósitos más recientes datados en el período Cuaternario. Todo ello produce que, dada la impermeabilidad de la mayoría de materiales, a excepción de las calizas que forman el Penyal de Roc, la vulnerabilidad a los acuíferos sea baja. b. Hidrología subterránea La Dirección General de Obras Hidráulicas y el ITGE elaboraron el “Mapa de Unidades Hidrogeológicas de la España peninsular e Islas Baleares (1.990)”, que sirvió de guía para su adopción y referencia administrativa en los ámbitos de los distintos organismos de cuenca. A partir de este antecedente la estructura administrativa de las aguas subterráneas se ordena según la relación catalogada de unidades hidrogeológicas delimitadas en el mismo. El término municipal de Murla se localiza en la unidad hidrogeológica nº 39, denominada “Almudaina-Alfaro-Segaria”.

Unidades hidrogeológicas (CHJ)

Esta unidad hidrogeológica presenta una litología caracterizada por la presencia de un nivel superior de calizas arrecifales y margas (Aptienese-Albiense), dolomías (cenomanianse/tortoniense); calizas con interclaciones de margas (senomaniense), muro de margas y margocalizas. Esta unidad presenta facies de tipo bicarbonatada-magnésica.

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La zona de estudio pertenece a la Unidad hidrogeológica conocida como Subsistema de Sierra Segaria, dentro del Sistema Acuífero nº 50.1, Zona Norte, Prebélico de Valencia-Alicante. El Sistema está formado por las alineaciones montañosas y valles del Prebélico externo nororiental y una pequeña parte de alienaciones de directriz ibérica (subsistema Sierra de Agujas), que ocupan una superficie aproximada de 2.600 km2, además de otros 400 km2 correspondientes a los subsistemas Sierra Aitana-Serrella-Aixorta y Anticlinales de Orcheta-Peña Alhama. Comprende total o parcialmente las comarcas de la Ribera Baja, Ribera Alta, la Safor, la Costera, Valle de Albaida, El Comptat, L´Alcoia, La Marina Alta y la Marina Baja. Los principales cursos pluviales, que discurren por este sistema, son el Albaida y el Serpis, aunque existen otros ríos y ramblas de menor recorrido como las de: Beniopa, Gallinera, Bullens-Vedat, Racons, Girona y Gorgos. Los principales acuíferos son de naturaleza carbonatada y corresponden fundamentalmente a materiales cretácicos y jurásicos; también constituyen acuíferos otros tramos de calizas y rocas calcodetríticas terciarias, y los materiales detríticos cuaternarios. Los materiales impermeables están constituidos, especialmente, por las arcillas con evaporitas del Triásico en facies Keuper, por margas del Neocomiense, por arcillas y margas paleógenas y por las margas blancas o azules del Mioceno, conocidas como “facies Tap”, además de otros niveles de menos importancia intercalados a lo largo de toda la secuencia estratigráfica regional. En diversos tramos tanto permeables como impermeables se llegan a producir notables variaciones laterales y verticales, tanto de facies como de espesor. Salvo los materiales detríticos del Cuaternario que afloran en la llanura litoral (Plana de Gandia-Denia) y en algunas depresiones interiores, la mayor parte de los terrenos permeables constituyen las zonas de relieve más acusado, generalmente de estructura anticlinal muy tectonizada, mientras que los materiales impermeables ocupan preferentemente los valles sinclinales. Las características hidráulicas de los distintos materiales son muy variables, dependiendo fundamentalmente del grado de carstificación y fracturación. Así en las dolomías y calizas cretácicas han sido medidas transmisividades de hasta 12.000 m2/día, mientras que en otras ocasiones, los mismos materiales resultan muy poco productivos. (T=100 m2/día). El límite septentrional es cerrado en los sectores Manuel-Llanera de Ranes y Montesa Mogente, y está perfectamente definido por la falla inversa que se extiende desde Fuente la Higuera hasta Xeressa, junto con las extrusiones triásicas que le acompañan y por el afloramiento triásico del Valle del Sellen. Este límite es abierto en los sectores Fuente la Higuera Mogente y Manuel-Alcira permitiendo la conexión hidráulica del Sistema 50.1 con los 52 y 51 respectivamente. También en la zona de Canals puede existir conexión entre los Sistemas 50.1 y 52, por debajo del Cuaternario del mismo nombre. El límite occidental es cerrado por afloramiento o subafloramiento de Keuper, según la línea Almansa-Villena-Valle del Vinalopó. El límite meridional es cerrado; en los sectores occidental y oriental está constituido por el afloramiento o subafloramiento de Keuper que se extiende desde Sax hasta Alcoy y Castell de

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Castells, los tipos de límites son variados (estratigráficos, tectónicos y por elevación del impermeable base). El límite oriental es abierto y está constituido por el Mar Mediterráneo. Los acuíferos dentro del Sistema son fundamentalmente carbonatados, salvo en el área litoral en donde la estrecha llanura costera que se extiende desde Favareta hasta Denia constituye un acuífero detrítico de 250 km2 de superficie. El flujo subterráneo en general tiene una clara dirección OSO-ENE, coincidente con la estructura tectónica del Prebélico; son excepciones el subsistema de Agujas (directriz ibérica) y algún acuífero del extremo meridional pertenecientes al Prebélico Interno. Los gradientes hidráulicos del flujo general, en los subsistemas acuíferos carbonatados, oscilan entre el 5% y el 0,25%, aunque en casos de acuíferos con carstificación muy acusada el gradiente es casi nulo. Puede considerarse como valor medio más frecuente del gradiente el 1%. En el subsistema acuífero detrítico costero de la Plana de Gandía-Denia los gradientes están comprendidos en el intervalo 0,1-2%. Desde el punto de vista hidrogeológico se han diferenciado en él los siguientes subsistemas:

o Sierra de las Agujas o Sierra Grossa o Solana-Almirante-Mustalla o Sierra Mariola o Sierra Segaria o Peñón-Montgó-Bernia-Benisa o Plana de Gandia-Denia o Sierra Aitana-Serrella-Aixorta o Anticlinales de Orcheta-Peña Alhama

Murla se encuentra sobre el acuífero de referencia 080.057 Peñón – Montgó – Bernia, con una superficie de afloramientos de alta permeabilidad de 250 km2, en una formación del cretácico – cuaternario, 2 Hm3 anuales de infiltración por excedentes de riego, 22 Hm3 anuales de transferencias desde otros acuíferos, 20 Hm3 anuales de salida al mar. La mitad oriental del Sistema es un área eminentemente agrícola y en ella se concentran los principales núcleos de población, así como el incremento turístico estival. Todas las poblaciones se abastecen con aguas subterráneas procedentes de manantiales, o extraídas por bombeo en sondeos de explotación. En general, la calidad de las aguas subterráneas es apta para todos los usos, si bien puede presentar problemas locales derivados de su polución o, más frecuentemente, salinización, producida por la intrusión marina en las zonas más próximas al litoral. La Calidad del agua subterránea es buena para cualquier uso. Su facies típica es bicarbonatada cálcico-magnésica. En el borde oriental y debido al contacto con las aguas de la marjalería de Pego, salinizadas, la facies evoluciona a clorurada-sódica.

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Los nitratos no presentan problemas, si bien se aprecia un ligero incremento, sobre todo en as escasas áreas regadas. Aunque siempre lejos del límite fijado por la Reglamentación Técnico-Sanitaria. El contenido en sulfatos no sobrepasa los 250 mg/l. El residuo seco suele ser inferior a 400 mg/l. Sólo se supera el límite de la Reglamentación Técnico Sanitaria en casos puntuales en los que se superan los límites de residuo seco o de magnesio.

Accesibilidad de las aguas subterráneas

(Cartografía temática COPUT) 4.1.6.- Medio biótico a.- Espacios protegidos por la Legislación medioambiental En la concepción de una infraestructura como la que es objeto del presente estudio, es necesario tener en cuenta la posible existencia de áreas o elementos protegidos por la legislación medioambiental vigente en un ámbito geográfico superior al afectado. En este sentido, se han considerado:

- Parques naturales, Parajes Naturales, Zonas Húmedas y Microrreservas vegetales, según la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalidat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana. (DOGV 2423, de 9.01.95)

- Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), según la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres.

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- Lugares de Interés Comunitario (LIC), según la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de Mayo de 1.992, relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres y el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

- Zonas incluidas en el Convenio Ramsar (2 de febrero de 1971), relativo a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitats de aves acuáticas.

El límite meridional de gran parte del Término Municipal de Murla está ocupado por el Lugar de Interés Comunitario (LIC) del Riu Gorgos. Este LIC está caracterizado por poseer comunidades típicamente riparias mediterráneas. De este modo se cuentan hábitats de interés como las galerías y matorrales ribereños termomediterráneos de la asociación Nereo – Tamaricetea identificados con el código 92D0 de la directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Bosques galería de Salix alba y Populus alba, código 92A0 de la misma directiva, y ríos mediterráneos, códigos 3280 y 3290 en atención a su régimen en el caudal.

b.- Vegetación La vegetación potencial se ha caracterizado a partir de los mapas de vegetación a escala 1:400.000 de Rivas Martínez (1987) El municipio de Murla se encuadra dentro de la región mediterránea, en la provincia Catalana-Valenciano-Provenzal, y dentro de ella en el sector Setabense. Desde el punto de vista bioclimático se localiza en el piso termomediterráneo, de ombroclima superior seco. La vegetación potencial de un área que se relaciona con las características climáticas de la misma se denomina vegetación climática, mientras que aquella vegetación que precisa de otros acondicionamientos edáficos es la vegetación potencial edófila Según las series de vegetación de Rivas-Martínez, la vegetación potencial en el término de Murla es la siguiente:

- Serie termo-mediterránea valenciana-tarraconense, murciano-almeriense e ibicenca basófila de Quercus rotundifolia o encina.

- Geomegaseries riparias mediterráneas y regadíos. No obstante, en el área de actuación no existe vegetación natural de interés ecológico. El terreno donde aparece vegetación está ocupado en su mayor parte por maleza y, en menor medida, por cultivos agrícolas en estado de abandono. c.- Fauna La inclusión de la fauna en los estudios del medio no está exenta de dificultades: la movilidad en el espacio y en el tiempo de la zoocenosis, el carácter migratorio de muchas especies y las oscilaciones poblacionales periódicas, el elevado número de especies y la dificultad para inventariarlas. Las dificultades encontradas se pueden obviar en cierta medida reduciendo el grupo zoológico a estudiar al de los vertebrados, de taxonomía más estable, distribución mejor conocida y número de

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especies más manejable, al margen de que existe más detallada información bibliográfica al respecto. Dentro de los vertebrados, es la avifauna, y más concretamente la nidificante, el grupo más adecuado por su mayor diversidad y segregación ecológica. Además, al tratarse de especies nidifcantes, se elimina la movilidad en el tiempo y la espacial queda reducida. Las aves se distribuyen más de acuerdo con la fisionomía del medio que con los pisos bioclimáticos (al menos entre los consecutivos) o de diferencias específicas de la vegetación. La fauna existente en el término es la asociada a los diferentes biotipos:

• Fauna asociada a zonas forestales y de matorral • Fauna asociada a cursos de agua • Fauna asociada a roquedos • Fauna asociada a cultivos de regadío • Fauna asociada a zonas antropizadas •

Puede decirse que la fauna en el entorno de las parcelas objeto de la presente actuación posee un moderado valor, puesto que la mayor parte de su territorio se encuentra considerablemente antropizado, no detectándose ningún hábitat de interés. 4.1.7.- Paisaje El paisaje es una realidad compleja de definir puesto que existirán tantas realidades como puntos de vista, pero existe cierto consenso sobre el hecho que en todo paisaje se pueden distinguir tres componentes: el espacio visual, la percepción de ese espacio y el hombre. Nuestro estudio se enmarca en los paisajes ordenados, concretamente en un paisaje agrario, anexo al paisaje urbano que constituye el núcleo de población. 1.- Paisaje urbano, en la periferia urbana. Se caracteriza por ser un medio modificado para adaptarse a las necesidades humanas. Su delimitación está definida por aquellos ámbitos transformados por diferentes tipos de infraestructuras y construcciones. La calidad intrínseca de este paisaje, así como su vulnerabilidad, es muy baja para el conjunto. 2.- Paisaje agrícola, en el terreno sobre suelo no urbanizable común, con cultivos abandonados y vegetación ruderal. Se corresponde en el terreno con la zona sobre suelo no urbanizable común, con una topografía relativamente llana con pendientes suaves, con un uso potencial para cultivos, pero actualmente sin producción agrícola e invadida por maleza. El paisaje agrario es el espacio geográfico humanizado en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas, y viene condicionado por:

o Factores físicos Clima Relieve

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Suelo o Factores humanos

Densidad de población Técnicas y tecnología Estructura económica

Para el presente estudio se tomarán en consideración los siguientes parámetros:

• relieve y complejidad topográfica • vegetación • poblamiento • incidencia visual

Se han sombreado las casillas que representan a nuestra zona.

Relieve y complejidad topográfica Clases Calidad Fragilidad Llanas 1 5

Relieves alomados, laderas suaves

2 4

Montes de relieve moderado 4 2 Elevaciones y relieves

prominentes, moderadamente abarrancados.

Karst, barrancos: acantilados y zonas muy abarrancadas

5 1

Vegetación y usos del suelo

Clases Calidad Fragilidad Zonas húmedas 5 5

Arbolado adulto: pinares en estado de latizal y fustal y

quercineas con porte arbóreo. Árboles de uso tradicional: algarrobo, olivo, almendro.

4 5

Arbolado joven: pinares en estado de repoblado o monte bravo o quercineas con porte arbustivo. Matorral y monte ralo. Forestal desarbolado.

3 5

Cultivos 2 5 Zonas quemadas.

Improductivo 1 5

Poblamiento

Clases Calidad Fragilidad Zonas industriales urbanas 1 1

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Zonas industriales semiurbanas, canteras y

vertederos

2 2

Zonas rurales con poblaciones y edificaciones

abundantes y con urbanizaciones de alta

densidad

3 3

Zonas rurales con pueblos y edificaciones dispersas y urbanizaciones de baja densidad integradas.

4 4

Construcciones dispersas, escasas e inexistentes.

5 5

Incidencia visual Clases Fragilidad

Relieve positivo (Convexo) 5 Relieve neutro 3

Relieve negativo (Cóncavo) 1 No todos los parámetros tienen la misma importancia para determinar la calidad y fragilidad del paisaje, por ello se ha asignado a cada parámetro un peso que refleja la contribución de dicho parámetro al valor paisajístico de la unidad. Los pesos aplicados han sido los siguientes: Peso para calidad Peso para fragilidad Complejidad topográfica y relieve 3 3 Vegetación y usos del suelo 2.5 2 Poblamiento 1 1 Incidencia visual - 3 Los índices de calidad y fragilidad con los distintos con los distintos conjuntos de pesos serán, según la expresión: Calidad= Pi·Vij Fragilidad= Pi· Vij Pi=peso del parámetro Vij= valor de la clase j del parámetro i. La calidad total del paisaje se obtiene por la combinación de los índices de calidad según la expresión: Calidad total= 0,6· Calidad + 0,4· Fragilidad Se ha utilizado esta expresión por ser la calidad del paisaje un factor más determinante frente a la fragilidad a la hora de establecer el interés para la conservación de una unidad, pues resulta más importante la protección de unidades de elevada calidad que las de calidad poco relevante.

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Los valores de cada clase de la Calidad total son los siguientes.

Valores de Calidad Total Clase 0-5 Calidad de paisaje muy baja 6-13 Calidad de paisaje baja

14-22 Calidad de paisaje moderada 23-31 Calidad de paisaje alta 32-40 Calidad de paisaje muy alta

Aplicando la ecuación obtenemos: Calidad total: 0,6· 12 + 0,4 · 32= 20 Que corresponde a una calidad del paisaje moderada. 4.1.8.- Patrimonio cultural La protección de los valores culturales está regulada por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la que se establece la figura de Bien de Interés Cultural (BIC). Además, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, se debe tener en cuenta la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. El municipio de Murla cuenta con tres tipos de catalogaciones: Yacimientos Arqueológicos, Bienes de Interés Cultural y Lugares de Interés Etnológico. a.- Yacimientos arqueológicos La actividad humana en nuestro territorio a lo largo de la historia ha dejado restos muebles e inmuebles que forman parte de nuestro Patrimonio Histórico y son elementos indispensables para la comprensión del pasado de la humanidad. Todas las actuaciones sobre el territorio afectan en mayor o menor medida a este Patrimonio Común, por lo que es necesario evaluar el impacto de las mismas para definir las medidas protectoras y correctoras. 1.- Església de Sant Miquel Arcángel o Castell de Murla 2.- L´Horta 3.- Penyó de les Escales 4.- Velís (Fuente: Conselleria de Cultura y Deporte. (www.cult.gva.es)) b.- Bienes de Interés Cultural Castillo – Iglesia Parroquial de San Miguel Arcángel (Fuente: Conselleria de Cultura y Deporte. (www.cult.gva.es)) c.- Bienes de Relevancia Local

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1.- Calvario 2.- Ermita de San Sebastián 3.- Ermita de la Sangre (Fuente: Conselleria de Cultura y Deporte. (www.cult.gva.es)) d.- Bienes Inmuebles Etnológicos. 1.- Ángel Guardia 2.- Casa Sènia de Llopis 3.- Cor de Jesús 4.- Corral 5.- Corral con Pozo 6.- Purísima 7.- Riu – Rau 8.- Sant Josep 9.- Sant Vicent Ferrer 10.- Sènia (Fuente: Conselleria de Cultura y Deporte. (www.cult.gva.es)) El Informe Arqueológico está en proceso de elaboración, en el cual quedará reflejado si existen yacimientos arqueológicos en la zona de actuación, y en caso afirmativo, se indicarán las medidas necesarias a tener en cuenta a este respecto. (http://www.cult.gva.es/dgpa/yacimientos)

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4.1.9.- Principales riesgos geológicos-geotécnicos. 4.1.9.1.- Riesgos de inundación

Riesgo de inundación (PATRICOVA)

El término municipal de Murla no está afectado por el Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA). 4.1.9.2.- Zonas vulnerables a la contaminación de aguas subterráneas Como se observa en el siguiente mapa, el término municipal de Murla tiene una vulnerabilidad baja (Categoría II) en la mayor parte de las zonas de la planicie donde se asientan las zonas urbanas; y una vulnerabilidad media Categoría III) en las zonas montañosas; todo ello según los niveles establecidos en el citado mapa. La zona de actuación presenta una vulnerabilidad media, siendo ésta compatible con el uso del suelo que se pretende dar.

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Vulnerabilidad a la contaminación de aguas subterráneas

(Cartografía temática COPUT)

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4.1.9.3.- Riesgo de erosión

Figura 31: Erosión actual (Cartografía temática COPUT)

Figura 32: Erosión potencial (Cartografía temática COPUT)

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Actualmente el término presenta diferentes tipos de erosión comprendidos entre las calificaciones baja hasta muy alta. La zona de actuación presenta un riesgo de erosión bajo, estando las zonas con mayor riesgo en las áreas de pendientes más acusadas. 4.1.9.4.- Subsidencia y colapso Según la cartografía del Mapa Geocientífico de la provincia de Alicante, en el término municipal de Murla no existe riesgo de subsidencia y colapso. 4.1.9.5.- Riesgo de deslizamiento Según la siguiente figura, no existe riesgo de deslizamientos en el área de actuación.

Figura 34: Riesgo de deslizamientos (Cartografía temática COPUT)

4.1.9.5.- Riesgo sísmico El riesgo sísmico se define por medio del mapa de peligrosidad sísmica. En este mapa la peligrosidad sísmica está definida por la intensidad del los daños que se puedan ocasionar en la edificaciones e infraestructuras. Según el Mapa de Riesgo Sísmico de la Comunidad Valenciana, el municipio de Murla se encuentra en una zona de riesgo medio-bajo.

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4.1.9.6.- Riesgo de incendios forestales Según el Cartografía de riesgos de la Comunidad Valenciana, la zona de actuación no presenta riesgo de incendio, encontrándose las zonas con mayor riesgo de incendios en las zonas forestales del término municipal de Murla, siendo el riesgo entre alto y extremo.

Figura 31. Riesgo potencial de incendio forestal (PERIFCV)

4.2.- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SECTORIAL Y SOCIOECONÓMICO 4.2.1.- Accesibilidad al municipio. Infraestructuras técnicas o económicas Las principales carreteras que atraviesan el término de Murla son la carretera comarcal CV-715, que lo hace por el Este del mismo, y la carretera comarcal CV-719, que da acceso directo al casco urbano de la población, atravesándolo y continuando por el término de Benigembla. Al sudeste del término, se une un corto tramo de la carretera comarcal CV-750 a la carretera comarcal CV-715. Las mencionadas carreteras presentan un buen estado del firme y aceptable y el tráfico que soportan no es elevado. Los caminos vecinales o rurales más importantes a destacar son: Camino del Castellet; Camí Vell d´Orba, Camí Port, Camí Garroferal, Camí Senies y Camí a Laguar. En lo que respecta a Vias Pecuarias, según La Unidad Forestal, no existe vía alguna catalogada como tal en el término de Murla. Las infraestructuras de servicio urbano de carácter público, existentes en la actualidad en el término municipal de Pedreguer son las siguientes:

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• PID-1.DEPÓSITO DE AGUA POTABLE. En Suelo No Urbanizable. AL Noroeste casco urbano. • PID-2.DEPURADORA. En Suelo No Urbanizable. Al Sureste del casco urbano. • PID-3.CEMENTERIO MUNICIPAL. En Suelo Urbano. Al Noroeste del casco urbano • PID-4.POZO DE ABASTECIMIENTO. En Suelo No Urbanizable, al final de la Calle La Font. • PID-5. FUENTE DE AGUA. En Suelo Urbano. En la Calle La Font.

4.2.2.- Demografía

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5.- IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

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5.1.- IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS Tras el estudio de las acciones derivadas de la Modificación Puntual que pueden producir cambios en las condiciones ambientales iniciales, y una vez conocido el entorno que le rodea y la capacidad de acogida de este sobre aquél, se está en condiciones de iniciar el estudio de impactos. Los aspectos del medio ambiente cuyos cambios motivados por las distintas acciones de la Modificación en sus sucesivas fases (estudios previos, construcción y funcionamiento) supongan cambios positivos o negativos de la calidad ambiental del mismo, son: FACTORES IMPLICADOS

Medio natural

Atmósfera: microclima, concentración de partículas y gases, emisión de olores, nivel de ruidos y vibraciones

Suelo: contaminación, capacidad agrológica, recursos edáficos, compactación, erosión Agua: recursos hídricos, calidad del agua Flora: cubierta vegetal, riesgo de incendio Fauna: abundancia, hábitats Medio perceptual: incidencia visual, potencial del paisaje

Medio socioeconómico

Infraestructuras, gestión de residuos Humanos: calidad de vida Economía y población Ordenación urbanística

Para realizar un análisis cualitativo de los efectos se tienen en cuenta las características del Anexo I del Real decreto 1131/1988, de 30 de septiembre sobre Evaluación del Impacto Ambiental. Se trata de una descripción de los posibles impactos tras haberlos identificados, justificando el por qué merecen una determinada valoración. La importancia de impacto es, por tanto, el ratio mediante el cual medimos cualitativamente el impacto ambiental, en función de una serie de elementos los cuales se describen a continuación: Efecto (Ef): Este atributo se refiere a la forma de manifestación del efecto sobre un factor, como consecuencia de una acción. El efecto puede ser Directo o primario, siendo en este caso la repercusión de la acción consecuencia directa de ésta. En el caso de que el efecto sea Indirecto o secundario, su manifestación no es consecuencia directa de la acción, sino que tiene lugar a partir de un efecto primario, actuando éste como una acción de segundo orden. Acumulación (A): Se distinguen según la forma de interaccionar con otros efectos. Se define como efecto simple aquel cuyo modo de acción es individual, efecto acumulativo, aquellas acciones que por separado producen un impacto menor pero al sumarse cobran importancia, y efecto sinérgico

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aquel que por acción simultánea de varios agentes produce una incidencia ambiental mayor y/o aquel efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo la aparición de otros nuevos. Extensión (E): Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto. Si la acción produce un efecto muy localizado, se considerará que el impacto tiene un carácter Puntual. Si, por el contrario, el efecto no admite una ubicación precisa dentro de entorno del proyecto, teniendo una influencia generalizada en todo él, el impacto será Total, considerando las situaciones intermedias, según su gradación como impacto Parcial y Extenso. Momento (Mo): El plazo de manifestación del impacto alude al tiempo que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto sobre el factor de medio considerado. Así pues, cuando el tiempo transcurrido sea nulo, el momento será Inmediato. Si se produce en un tiempo inferior a un año, la legislación lo define como efecto a Corto Plazo. Si se produce entre un año y cinco años, se dice que es un efecto a Medio Plazo, y si tarda en manifestarse más de cinco años, se dice que es un efecto a Largo Plazo. Persistencia (P): Se refiere al tiempo que, supuestamente, permanecería el efecto desde su aparición y, a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales previas a la acción por medios naturales, o mediante la introducción de medidas correctoras. Si la permanencia del efecto tiene lugar durante menos de un año, se considerará que la acción produce un efecto Fugaz, si dura entre 1 y 10 años, Temporal; y si el efecto tiene una duración superior a los 10 años, consideraremos el efecto como Permanente. Periocidad (Pr): Se refiere a la regularidad de manifestación del efecto, bien sea de manera cíclica o recurrente (efecto periódico), de forma impredecible en el tiempo (efecto irregular), o constante en el tiempo (efecto continuo). Reversibilidad (Rv): Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado como consecuencia del proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la actuación, por medios naturales, una vez aquella deja de actuar sobre le medio. Los valores asignados son: Reversible a Corto plazo, Medio plazo, Largo plazo e Irreversible. Recuperabilidad (Rc): Representa la posibilidad de reconstrucción, total o parcial, del factor afectado como consecuencia del proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la actuación, por medio de la intervención humana (introducción de medidas correctoras). Por tanto, el efecto podrá ser totalmente Recuperable de inmediato, a medio o largo plazo según el tiempo que tarde; Irrecuperable cuando la alteración sea imposible de reparar, tanto por acción natural como por la humana y Mitigable, si lo es parcialmente o existe la posibilidad de introducir medidas compensatorias. Intensidad (In): Por intensidad o grado de destrucción del factor ambiental se clasifican los efectos en Notable y Mínima. Naturaleza: El signo del impacto hace alusión al carácter beneficioso (+) o perjudicial (-) de las distintas acciones que vana a actuar sobre los distintos factores considerados.

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EEFFEECCTTOOSS AAMMBBIIEENNTTAALLEESS DDEERRIIVVAADDOOSS DDEE LLAA FFAASSEE DDEE OORRDDEENNAACCIIÓÓNN:: CCAAMMBBIIOO DDEE UUSSOOSS DDEELL SSUUEELLOO..

ACCIONES EFECTOS FACTOR VALORACIÓN

Emisión de contaminantes.

Atmósfera

Directo, acumulativo, extenso, temporal, reversible,

recuperable, irregular, discontinuo. Notable (-)

Emisión de ruido

Atmósfera Directo, acumulativo, extenso, temporal, reversible,

recuperable, irregular, discontinuo. Notable (-)

Pérdida capacidad agrológica.

Suelo Directo, simple, puntual, corto plazo, permanente, continuo,

irreversible, irrecuperable. Notable (-)

Pérdida de vegetación agrícola y ruderal.

Vegetación Directo, simple, puntual, corto plazo, permanente, irreversible, irrecuperable. Mínimo (-)

Mejora de la trama viaria y accesos

Ordenación urbanística

Directo, sinérgico, extenso, corto plazo, permanente. Notable (+).

NUEVA CREACIÓN DE RED VIARIA

Suelo Directo, acumulativo,

extenso, largo plazo, permanente, irregular, irreversible, irrecuperable. Mínimo (-).

Ampliación zona edificable

Paisaje Indirecto, sinérgico, extenso, largo plazo, permanente, irreversible, recuperable. Mínimo (-).

Pérdida vegetación agrícola

Vegetación Directo, simple, extenso, largo plazo, permanente, irregular, irreversible, recuperable. Mínimo (-).

Desplazamiento biotopos Fauna Directo, simple, extenso, largo plazo, permanente, irregular, irreversible, recuperable. Mínimo (-).

Pérdida capacidad agrológica.

Suelo Directo, simple, extenso, largo plazo, permanente, continuo, irreversible, irrecuperable. Notable (-)

CAMBIO DE USOS DEL SUELO: RECALIFICACIÓN DE SUELO NO URBANIZABLE COMÚN A SUELO URBANO RESIDENCIAL

Mejora condiciones de parcela afectada en cuanto a necesidad de vivienda

Calidad de vida.

Directo, simple, puntual, corto plazo, permanente, continuo. Notable (+).

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EEFFEECCTTOOSS AAMMBBIIEENNTTAALLEESS DDEERRIIVVAADDOOSS DDEE LLAA FFAASSEE DDEE OOBBRRAA:: RREEDD VVIIAARRIIAA..

ACCIONES EFECTOS FACTOR VALORACIÓN

Pérdida de la vegetación Vegetación Directo, simple, puntual, permanente, continuo,

irreversible, recuperable. Mínimo (-).

Desplazamiento biotopos

Fauna Indirecto, simple, puntual, temporal,

irregular, irreversible, recuperable. Mínimo (-).

Incremento erosión Suelo Indirecto, simple, puntual, permanente, irregular, reversible a largo plazo, mitigable.

Mínimo (-)

RETIRADA DE LA CUBIERTA VEGETAL

Modificación del relieve Paisaje Directo, acumulativo, extesno, inmediato,

permanente, continuo, irreversible, mitigable.

Mínimo (-)

Emisión de polvos, gases, ruidos y

vibraciones.

Atmósfera Directo, simple, extenso, temporal, irregular,

reversible a medio plazo, recuperable. Notable (-)

Compactación del suelo Suelo (recursos edáficos)

Directo, simple, superficial, permanente,

continuo, irreversible, irrecuperable.

Notable (-) Inestabilidad del terreno Suelo (usos del suelo) Indirecto, simple,

extenso, permanente, irregular, irreversible,

recuperable. Mínimo (-)

Aumento de la escorrentía

Agua Directo, simple, puntual, temporal, irregular,

continuo, reversible, recuperable. Mínimo (-)

MOVIMIENTO DE TIERRAS, EXCAVACIONES Y ACOPIO DE MATERIALES

Vertidos Suelo Directo, simple, puntual, temporal, irregular,

discontinuo, reversible, recuperable. Mínimo (-)

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Pérdida capacidad agrológica

Suelo Directo, simple, puntual, inmediato, permanente, continuo, irreversible,

irrecuperable. Notable (-)

Emisión de polvos, gases, ruidos y vibraciones.

Atmósfera Directo, simple, superficial, inmediato,

temporal, irregular, reversible a corto-medio plazo, mitigable. Notable

(-) Aumento escorrentía Agua Directo, simple, puntual,

permanente, irregular, discontinuo, reversible,

recuperable. Mínimo (-)

Vertidos Suelo Directo, simple, puntual, temporal, irregular,

discontinuo, reversible, recuperable. Mínimo (-)

ACCIONES CONSTRUCTIVAS Y ASFALTADO

Incidencia visual Paisaje Directo, acumulativo, extenso, inmediato, temporal, continuo,

irreversible, mitigable. Mínimo (-).

DEMANDA DE MANO DE OBRA

Aumento de empleo Medio socioeconómico Directo, acumulativo, temporal. Notable (+).

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EEFFEECCTTOOSS AAMMBBIIEENNTTAALLEESS DDEERRIIVVAADDOOSS DDEE LLAA FFAASSEE DDEE FFUUNNCCIIOONNAAMMIIEENNTTOO:: RREEDD VVIIAARRIIAA..

ACCIONES EFECTOS FACTOR VALORACIÓN

Emisión de contaminantes

Atmósfera Directo, simple, extenso, permanente, irregular, reversible, recuperable.

Notable (-). Aumento nivel de

ruidos y vibraciones Atmósfera Directo, simple, extenso, permanente,

irregular, reversible, recuperable. Notable (-).

Vertidos Suelo Directo, acumulativo, extenso, largo plazo, permanente, irregular,

irreversible, mitigable. Notable (-)

Mejora Infraestructura viaria

Medio socioeconómico

Directo, sinérgico, puntual, permanente, irregular. Notable (+)

TRÁFICO

Disminución de poblaciones animales

Fauna Directo, simple, extenso, permanente, irregular, irreversible, mitigable.

Mínimo (-)

Aumento escorrentía Suelo Directo, simple, puntual, permanente, continuo, irreversible, recuperable.

Mínimo (-)

Destrucción de biotopos

Fauna Directo, acumulativo, extenso, permanente, irregular, irreversible,

mitigable. Mínimo (-)

Incidencia visual Paisaje Directo, acumulativo, extenso, permanente, irreversible, mitigable.

Notable (-)

PRESENCIA DE LA INFRAESTRUCTURA

Pérdida funcionalidad suelo agrario

Usos del suelo Directo, simple, extenso, inmediato, permanente, irreversible, mitigable.

Mínimo (-)

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5.2.- DETERMINACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Para cada uno de los efectos ambientales identificados se describen y evalúan a continuación aquellos impactos que previsiblemente se manifestarán durante la fase de obra y de funcionamiento. La metodología para la identificación y evaluación de estos impactos se realiza de un modo cualitativo en orden a unos criterios de definición establecidos por la práctica de la metodología de evaluación de impactos ambientales (E.I.A.): Impacto favorable: Es aquel que favorece las condiciones ambientales o minimiza los impactos existentes. Impacto compatible (CO): Al cesar la actividad y sin necesidad de realizar medidas correctoras o protectoras el factor ambiental afectado se va a recuperar. Impacto moderado (M): No requiere medidas protectoras o correctoras intensivas para su recuperación, o su recuperación requiere cierto tiempo. Impacto severo (S): Se requiere mucho tiempo para que se recupere el factor afectado a pesar de las medidas correctoras y protectoras o si el factor ambiental que se pierde para siempre, es sustituible. Impacto crítico(C): Se pierde el factor, requiriendo la búsqueda de una alternativa. Tal como se desprende de los datos del proyecto, las principales acciones productoras de diferentes efectos son las siguientes: - FASE DE OBRAS: 1.- Desbroce y despeje de vegetación. 2.- Retirada de suelos. 3.- Nivelación de terrenos. 4.- Apertura de zanjas para los diferentes servicios (agua, saneamiento, electricidad,…) 5.- Desarrollo del sistema viario. 6.- Tráfico de vehículos. 7.- Maquinaria. 8.- Instalaciones provisionales. - FASE DE FUNCIONAMIENTO: 1.- Tráfico 2.- Presencia de la red viaria.

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5.2.1.- AFECCIONES SOBRE LA VEGETACIÓN Para valorar el impacto, se considera la calidad y valor ecológico, así como la superficie afectada por el desbroce y tala de vegetación. La vegetación presente en la zona de actuación está compuesta principalmente por cultivos agrícolas en estado de abandono y malezas en su mayoría. Su estructura y composición se verá modificada en el área donde se desarrolla la infraestructura vial pretendida, donde se verá eliminada total o parcialmente. No obstante, en los terrenos destinados a la construcción no se presenta ninguna especie de interés o protegida según la legislación vigente. Por otro lado, los movimientos de la maquinaria de construcción, así como la emisión y depósito de partículas de polvo derivadas de la misma, pueden afectar a los cultivos agrícolas próximos, alterando su función fotosintética Por todo ello, el impacto global se considera no significativo y compatible. 5.2.2.- AFECCIONES SOBRE LA FAUNA La fauna presente en el área de actuación es la propia de las áreas periurbanas o la vinculada a cultivos agrícolas, caracterizándose por una escasa presencia y un reducido número de especies. La eliminación de la cubierta vegetal y la posterior construcción de la red viaria ocasionarán una alteración en los hábitats faunísticos localizados en la zona de actuación, con el consecuente desplazamiento de los biotopos asociados a ellos, pero el impacto producido será mínimo y poco importante por tratarse de fauna de escaso valor ambiental, por la inexistencia de especies protegidas, así como por la reducida superficie afectada. Igualmente, el ecosistema no presenta una fragilidad especial, por lo que no se va a producir su desaparición por la ocupación de una zona significativa para la fauna del lugar. El riesgo de atropello generado por un aumento de tráfico en la zona, tanto en la fase de construcción, como en la fase de funcionamiento, no es significativo. En conclusión, no se producen efectos sobre especies de interés, no poniendo en peligro su supervivencia. En base a lo expuesto, el efecto sobre la fauna no es significativo, suponiendo un impacto compatible. 5.2.3.- AFECCIONES SOBRE EL PAISAJE Los cambios en el paisaje son consecuencia de la modificación en su composición y la incidencia visual de los mismos. Durante la fase de construcción, las obras serán visibles de manera directa en tramos puntuales y principalmente en sus inmediaciones.

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Durante la fase de funcionamiento, dado que se produce una continuidad formal entre el suelo urbano consolidado y la nueva infraestructura, el impacto sobre el paisaje será compatible y poco significativo, pues transcurre por zonas antropizadas y urbanizadas. 5.2.4.- AFECCIONES SOBRE LA CALIDAD DEL AIRE Y EL CONFORT SONORO La calidad del aire, entendiendo como tal, la contaminación atmosférica y acústica, son elementos fundamentales en un Estudio de Impacto Ambiental. Los movimientos de tierra y el transporte de materiales pulverulentos durante la fase de construcción, genera una emisión de partículas sólidas sedimentables que repercute negativamente sobre la atmósfera. Así mismo, tanto la maquinaria de construcción, como el incremento de tráfico rodado por la zona durante la fase de funcionamiento, provocan un aumento en la emisión de gases, partículas en suspensión y ruidos. En confort sonoro en el ámbito de actuación se verá modificado, por tanto, en dos fases. En la de construcción, la generación de ruido proviene de los trabajos efectuados principalmente con la maquinaria, y aparecerá especialmente durante los trabajos de retirada de suelos, explanación,… Asimismo, durante esta fase, se ha de sumar el ruido generado por el tráfico de camiones y vehículos para el transporte de materiales y las operaciones de carga y descarga. Este efecto será notable, pero temporal. Durante la fase de funcionamiento se producirá un impacto sobre los niveles de ruido, asociados al tráfico de vehículos. El impacto sobre la calidad atmosférica el entorno durante la fase de construcción se considera compatible, pues no se han identificado puntos de interés faunístico que puedan verse afectados por la ejecución de las obras, produciéndose su incidencia sobre poblaciones próximas y los cultivos colindantes. La afección será temporal, y cesará al concluir las obras, recuperándose las condiciones iniciales. El impacto sobre la calidad atmosférica el entorno durante la fase de funcionamiento también se considera compatible, pues se trata de una redistribución del tráfico existente en la población, mejorando la circulación en las infraestructuras cercanas, por lo que no se espera un aumento de las emisiones globales en el entorno. Dado que la zona de actuación está anexa al casco urbano, por lo que el impacto sobre el nivel de ruidos alcanzado durante la fase de construcción y funcionamiento es compatible con los usos actuales del territorio. 5.2.4.- AFECCIONES SOBRE EL SUELO La ocupación del suelo para la creación de una red viaria comporta un cambio de usos del mismo, eliminando el uso de suelo no urbanizable común en una pequeña superficie. Por otro lado, el suelo se verá afectado por los movimientos de tierras, modificando los horizontes edáficos, así como por las obras de recubrimiento e impermeabilización, con la consiguiente pérdida de aireación e infiltración de agua, provocando un descenso en la calidad del suelo. Así mismo, el movimiento de las máquinas durante las obras podría provocar el deterioro de la capa superficial del suelo por compactación. Este impacto se considera compatible. De la misma manera, el acopio de materiales de construcción y residuos de obra pueden ocasionar un impacto sobre el suelo, pudiendo ser controlado mediante su correcta programación. Por ello, este impacto es compatible.

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Además, existe el riesgo de contaminación del suelo por vertidos de aceites y lubricantes derivados de la maquinaria utilizada en la construcción. No obstante, es un impacto potencial, puesto que en el normal desarrollo de las actividades previstas no se han de producir vertidos de ningún tipo sobre el suelo, ni en la fase de construcción ni en la de funcionamiento. Durante las obras, el posible impacto se reduce a los casos en que se produzca vertido por accidente, reduciéndose el riesgo a los momentos en que se realicen cambios de aceite a la maquinaria, tomándose las medidas preventivas necesarias para evitarlo. 5.2.5.- AFECCIONES SOBRE EL SISTEMA HIDROLÓGICO 5.2.5.1.- AFECCIONES SOBRE EL SISTEMA HIDROLÓGICO SUPERFICIAL (ríos, arroyos, barrancos) Dado que en el entorno más cercano del área de actuación no existen cursos de agua propiamente dichos, los sólidos en suspensión originados por los trabajos de construcción (movimientos de tierras, acopio de temporal de materiales, etc.) y arrastrados por las aguas de escorrentía derivadas de la precipitación supondrán un impacto poco significativo y mínimo. De igual manera durante la fase de funcionamiento, las aguas de escorrentía derivadas de la precipitación circularán hasta el punto de vertido de la red de alcantarillado que discurrirá por la zona. Por tanto, la contaminación de los cursos de agua más cercanos por los sólidos en suspensión será prácticamente nula. 5.2.5.2.- AFECCIONES SOBRE EL SISTEMA HIDROLÓGICO SUBTERRÁNEO Dadas las características del terreno y la ubicación de los acuíferos, la posible contaminación de las aguas subterráneas por los hipotéticos vertidos derivados de la maquinaria de construcción es prácticamente nula. El posible impacto derivado de la presencia de la propia infraestructura es debido a la ocupación de suelo, que restará superficie de infiltración de las aguas de escorrentía hacia capas inferiores del terreno. No obstante, los efectos derivados de la impermeabilización del suelo son también poco significativos, debido a reducida superficie afectada. 5.2.6.- AFECCIONES SOBRE LA POBLACIÓN Y LA ECONOMÍA Con el objetivo propuesto por la presente Modificación Puntual se mejorará la infraestructura viaria optimizando los accesos al futuro al “Colegio Público Castell del Pop”, mejorando el tráfico, los tiempos de desplazamiento y la fluidez las vías. Por otro lado, se mejorará temporalmente el nivel de empleo durante la fase de construcción, Se considera este impacto positivo.

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5.2.7.- AFECCIONES SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL Será determinante que las actuaciones propuestas por la Modificación Puntual sean informadas favorablemente por la Conselleria de Cultura, a partir de Memoria de prospección realizada por técnico competente. 5.2.8.- AFECCIONES SOBRE LAS VÍAS PECUARIAS No se genera ningún impacto sobre este elemento, dado que no se ve afectado por el desarrollo de la Modificación Puntual. En conclusión, los impactos derivados de la fase de construcción serán mínimos dada la magnitud de los trabajos a realizar. Serán producidos por los movimientos de tierra, apertura de zanjas, acondicionamiento de las parcelas, instalaciones de las redes de agua potable, alcantarillado, alumbrado y telefonía, etc., y consistirán principalmente en aumento de ruido, emisiones de polvo, gases y partículas a la atmósfera, generación de residuos en obra, cambios en el paisaje, mejora infraestructuras y nivel de empleo… Los efectos sobre la fauna y la vegetación son insignificantes, dadas las características ecológicas propias de las parcelas afectadas. Durante la fase de funcionamiento, los efectos serán asimilables a los ocasionados en el resto de la población. La similitud de usos no supondrá efectos de nueva aparición, estando relacionados todos con el propio uso. Por tanto, los resultados obtenidos permiten concluir que el impacto ambiental global derivado de la Modificación Puntual es COMPATIBLE. Asimismo, los impactos ambientales quedarán mitigados con la aplicación de las medidas correctoras propuestas y el programa de vigilancia adoptado.

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6.- MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS

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A continuación se incluye una relación de las medidas propuestas, agrupadas por factores ambientales a proteger: MEDIDAS PREVENTIVAS A.- PRESCRIPCIONES AMBIENTALES 1.- UBICACIÓN DE INSTALACIONES AUXILIARES En el proyecto de construcción se efectuará un estudio relativo a la ubicación de las instalaciones y actividades auxiliares de obra que se consideren necesarias, con el fin de evitar afecciones ambientales significativas que alteren recursos naturales, culturales o socioeconómicos. 2.- DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO DE OBRA Se procederá a delimitar el perímetro de la obra mediante un vallado, con el fin de que el tráfico de maquinaria, el viario de obra y las instalaciones auxiliares se ajusten a la zona destinada para ello. 3.- GESTIÓN DE RESIDUOS Los aceites usados generados durante las obras se almacenarán en zonas impermeabilizadas y delimitadas, evitando las mezclas con otros residuos. Serán recogidos por gestor autorizado. El contratista es el poseedor de los residuos tóxicos y peligrosos generados en la obra y recogidos en el Anexo I del Real Decreto 952/1997, estando obligado a entregarlos a un gestor autorizado. Queda prohibida el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos y toda mezcla de los mismos. Así mismo, el contratista está obligado a presentar un plan de gestión de los residuos de construcción y demolición, así como a sufragar su coste. Los residuos asimilables a urbanos que se generen se recogerán y acumularán en contenedores dispuestos para tal fin. Todos los sobrantes que se generen durante el desarrollo de las obras, incluyendo los restos de los diferentes materiales de construcción, en ningún caso se abandonarán en el entorno de la actuación. Deberán recogerse y trasladarse a vertedero de residuos sólidos inertes más próximo que cuente con autorización administrativa. B.- SUELOS La afección que puede sufrir el suelo por la presente actuación está directamente relacionada con las obras de movimiento de tierras, excavación de zanjas necesarias para la ejecución de las instalaciones,… Estas operaciones pueden producir, aunque mínimamente, la alteración de las capas superficiales del suelo y pueden modificar la dirección e intensidad de los flujos de escorrentía superficial, así como aumentar la tasa de erosión y el arrastre de materiales por el agua hasta que se proceda a la pavimentación de superficies o implantación de nueva vegetación.

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Se deberá proceder a acopiar la capa de tierra vegetal existente en las superficies de actuación. Esta tierra será posteriormente utilizada en la restauración de tierras ocupadas temporalmente. Una vez finalizadas las obras se procederá, en las zonas de ocupación temporal, a la descompactación del terreno mediante escarificado, lo que favorecerá la revegetación natural del mismo. C.- HIDROLOGÍA E HIDROGEOLOGÍA Se evitará afectar los sistemas de drenaje, escorrentías, torrentes y otros elementos del medio hidráulico que pudieran verse afectados por las obras de construcción de la red viaria. En caso de afección sobre estos elementos, serán restituidos o restaurados adecuadamente, garantizándose la conservación del medio hidrológico local. En el caso que nos ocupa, la afección sobre la hidrología es mínima, ya que no se encuentran cursos fluviales, permanentes o estacionarios, en las inmediaciones de la actuación. Además, se evitará afectar temporalmente a dichos elementos y se atravesarán siempre que sea posible utilizando caminos existentes, incluso cuando los cauces discurran secos. La utilización de maquinaria en la obra puede requerir de la realización in situ de tareas de repostado y mantenimiento. Este tipo de trabajo puede causar el derrame accidental de combustibles y lubricantes o su vertido negligente. Para evitar afecciones sobre el acuífero, se evitarán los derrames y vertidos procedentes de la maquinaria. Se llevará a cabo un adecuado mantenimiento de la maquinaria que asegure un rendimiento óptimo. Cuando se realicen operaciones de reportaje y/o mantenimiento a pie de obra de los vehículos y maquinaria empleados en los trabajos de urbanización, se habilitará un espacio de superficie impermeable, cubierto y provisto de drenaje a contenedor o depósito adecuado, donde se realizarán las tareas de mantenimiento. Los restos de combustibles, carburantes y lubricantes que se produzcan deberán ser gestionados por gestor de residuos autorizado, de acuerdo con lo previsto en la ley 10/1998, de residuos y el Real Decreto 833/1988 relativo a la gestión de residuos tóxicos y peligrosos. D. VEGETACIÓN En la zona de actuación no hay especies vegetales de valor ambiental, por lo que los daños que los trabajos constructivos pueden ocasionar serán los debidos a la emisión y depósito de partículas de polvo sobre los cultivos más próximos a la zona de actuación. Como medidas preventivas, se realizarán riegos periódicos, sobre todo si hay viento. E. FAUNA Para proteger a los animales pequeños que pueden caer en arquetas, sifones o drenajes, se deben diseñar éstos con rampas de escape de cemento rugoso para evitar que queden atrapados. En el caso de ser precisa la instalación de nuevas líneas eléctricas, éstas serán enterradas. Se evitarán los trabajos nocturnos y circulación de vehículos fuera de las zonas señalizadas, y en la medida de lo posible, respetar el período reproductor de la fauna de los alrededores.

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F. ATMÓSFERA La minimización de la contaminación atmosférica y las emisiones de partículas derivado de la fase de construcción, puede llevarse a cabo por medio de diversas maneras:

- Riego periódico de las pistas y zonas de circulación de los vehículos pesados mediante aspersión por agua. La periodicidad de los riegos dependerá de las condiciones climatológicas, procediéndose al riego de caminos de obra y zonas de trabajo de maquinaria cuando no se hayan producido precipitaciones en 5 días o diariamente en los períodos más secos.

- Limitación de la velocidad de circulación de los camiones en las zonas de obras. - Recubrimiento con lonas de los camiones que saquen materiales para su vertido.

En la medida de lo posible, se deberá emplear maquinaria de obra y vehículos en los que el proceso de diseño de los mismos haya contemplado aspectos favorables desde el punto de vista ambiental. La reducción de la emisión de los gases residuales de combustión de la maquinaria se realizará mediante el control de la misma, y se revisará periódicamente para asegurar que se cumplen los valores límite establecidos para los motores de combustión interna. Respecto al ruido, se tendrá en cuenta lo siguiente, para cumplir con lo previsto en la Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana:

- Todos los motores de combustión interna estarán dotados de silenciadores autorizados por las empresas fabricantes de los mismos.

- Las palas, camiones y maquinaria similar deberá pasar la ITV antes de iniciar las obras y aportar documentación del cumplimiento de la sección primera del capítulo V artículos 48 a 51 de la Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana.

- Los compresores de aire serán silenciosos, según la normativa de la Comunidad Europea vigente.

G.- PATRIMONIO CULTURAL Se realizará una prospección arqueológica y paleontológica de toda el área de actuación. En caso de ser necesario ocupar nuevas zonas no previstas, se realizarán prospecciones complementarias. Los movimientos de tierra asociados al desbroce y preparación del terreno serán supervisados por un arqueólogo, con el fin de identificar yacimientos arqueológicos no detectados durante la prospección arqueológica superficial. En el supuesto de que durante las labores de preparación del terreno se identifique algún yacimiento se paralizarán las obras y se informará inmediatamente a la Dirección General de Patrimonio Histórico para que examine los restos y adopte las medidas oportunas.

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MEDIDAS CORRECTORAS A. SUELOS Y SISTEMA HIDROGEOLÓGICO Las medidas preventivas ya descritas tienen como objeto garantizar la protección de los recursos hídricos y de los suelos frente a vertidos de sustancias tóxicas o peligrosas. En el caso que se produzca un vertido accidental, se deberá recoger inmediatamente, junto con la fracción de suelo afectada, para su posterior tratamiento o eliminación en centros autorizados. En el caso de que sea necesario llevar a cabo el lavado de los áridos en el ámbito de la obra, con el fin de disminuir el consumo de agua, el contratista dispondrá de un sistema de reciclado de la misma. El vertido del agua, una vez utilizada en el lavado de los áridos, deberá cumplir las condiciones impuestas en la autorización de vertido. C. PAISAJE Algunos de los impactos que se producen en las áreas ocupadas por las instalaciones auxiliares son la compactación e impermeabilización de las superficies sobre las que se asientan, impacto visual y paisajístico y riesgo de contaminación de suelo y cauces por abandono de residuos. Por ello, una vez acabada la obra se procederá a la limpieza y restauración de la superficie según su situación inicial. Se procederá, así mismo, al desmantelamiento de los caminos de acceso a obra de nueva apertura, mediante su restauración con un escarificado para eliminar la compactación y un aporte de tierra vegetal. En el caso de viales de accesos sobre caminos preexistentes, se acondicionarán para recuperar las condiciones iniciales, mejorando su estado en el caso de que este fuera deficiente. En el caso de verse afectados terrenos agrícolas, se devolverán los terrenos en condiciones de ser utilizados de nuevo. Las medidas propuestas permitirán la recuperación de las áreas degradadas durante la fase de construcción de la red viaria y al mismo tiempo conseguirán minimizar los impactos paisajísticos que se prevé se generen durante la fase de obra.

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7.- PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL

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7.1.- OBJETO DEL PROGRAMA El Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) es el documento de control que contiene el conjunto de especificaciones técnicas que permiten a la Administración realizar el seguimiento de lo convenido en el estudio de impacto ambiental. Su objetivo, como explica el Real Decreto 1131/1988 en su artículo 7 de la sección 2ª, es el de establecer un sistema para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras y preventivas. Por su parte, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) establece que en el programa se detallarán el seguimiento de las actuaciones y describirá el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión. Los Informes deberán remitirse al Órgano Ambiental: la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Los apartados objeto de la vigilancia son los siguientes:

Controlar la correcta ejecución de las medidas previstas en el proyecto de integración ambiental y su adecuación a los criterios de integración ambiental establecidos de acuerdo Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Verificar los estándares de calidad de los materiales (tierra, plantas, agua, etc,…) y medios empleados en el proyecto de integración ambiental.

Comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas y ejecutadas. Cuando tal eficacia se considere insatisfactoria, determinar las causas y establecer los remedios adecuados.

Detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental y prever las medidas adecuadas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos.

Informar a quien corresponde la titularidad del proyecto sobre los aspectos objeto de vigilancia y ofrecerle un método sistemático, lo más sencillo y económico posible, para realizar la vigilancia de una forma eficaz.

Describir el tipo de informes-y la frecuencia y período de su emisión-que deben remitirse a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Responsabilidad del seguimiento El cumplimiento, control y seguimiento de las medidas son responsabilidad del titular del proyecto (Ayuntamiento de Murla), quien lo ejecutará con personal propio o mediante asistencia técnica. Para ello, este organismo nombrará una Dirección Ambiental de Obra que se responsabilizará de la adopción de las medidas correctoras, de la ejecución del PVA, de la emisión de los informes técnicos periódicos sobre el grado de cumplimiento de la DIA y de su remisión a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. La contrata, por su parte, nombrará un responsable Técnico de Medio Ambiente que será el responsable de la ejecución de las medidas correctoras, y de proporcionar al titular la información y los medios necesarios para el correcto cumplimiento del presente PVA. Los costes correspondientes a los controles que debe realizar el titular también quedan estimados en el presupuesto para conocimiento de la Administración. La Dirección de Obra podrá asumir las funciones de Responsable Técnico de Medio Ambiente.

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7.2.- CUMPLIMIENTO DE LA OBTENCIÓN DE INFORMES PRECEPTIVOS 1.- Existencia de informe favorable de la Conselleria de Cultura y Deporte previsto en el artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, de Patrimonio Cultural Valenciano. 7.3.- CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS 1.- Se indicarán las zonas en las que se han de realizar los acopios de materiales procedentes de excavación o de fuera de la obra. También se indicará el área y características constructivas de la zona dedicada al cambio de lubricantes de la maquinaria utilizada en las obras de urbanización y construcción. 2.- Se exigirá a la empresa contratista un certificado en el que se indique que tienen un contrato con empresa autorizada para verter los residuos inertes generados, o en su caso, vertedero legalizado. Asimismo, deberán aportar también contrato con el gestor autorizado en el que se depositan los lubricantes utilizados por su maquinaria. 3.- Cuando sea necesario el aporte de gravas, arenas, zahorras y materiales de relleno, éstos procederán de canteras o préstamos autorizados. Se solicitará a los conductores que los vehículos que aporten estos materiales el correspondiente albarán en que se indique el tipo de material, cantidad y procedencia del mismo. Los acopios se realizarán en los lugares indicados a tal fin. 4.- Para el control de la producción del polvo producido por los movimientos de tierras y nivelaciones será obligatorio el riego de las zonas afectadas por el polvo, eliminándolo de los vegetales en los que se deposite en un plazo máximo de 48 horas. En las nivelaciones será obligatorio el riego previo de las zonas de obras y de las adyacentes. Limitación de velocidad para los vehículos pesados en el interior de la obra y en sus accesos mediante señalización adecuada e instrucciones precisas de los operarios. 5.- Control sobre el cumplimiento de la legislación vigente en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas; de vertidos, y de residuos tóxicos y peligrosos, aparte de la específica de cada actividad. 6.- Ausencia a la finalización de los trabajos de construcción de la red viaria de cualquier residuo o material de obra en la actuación, o en las zonas limítrofes. 7.- Habilitación de una zona de operaciones de reportaje y/o mantenimiento de maquinaria si estas operaciones se han de realizar a pie de obra. 8.- Ausencia de indicios de derrames de combustibles y/o carburantes sobre el terreno durante el desarrollo de las obras y a su finalización. 9.- Reportaje fotográfico semanal sobre el estado del pavimento de los viales adyacentes a la actuación.

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7.4.- MÉTODOS DE RECOGIDA Y ANÁLISIS DE DATOS. Los indicadores a incluir en el expediente de autorización de la actuación propuesta, como condición necesaria para su resolución, se constatarán mediante la entrada de los certificados originales o sus copias compulsadas en el registro de la Administración competente. Este procedimiento afectará al indicador que se establece en el control 1 del apartado “Cumplimiento de la obtención de los informes preceptivos.” Otra parte importante de las medidas correctoras introducidas en el capítulo anterior consisten en la introducción de elementos de diseño y normativos en el proyecto de la ampliación del cementerio. La verificación del cumplimiento se hará mediante la constatación de que estos indicadores se han incluido en los documentos indicados, lo cual se considera suficiente garantía dado el obligado cumplimiento de los mismos. En concreto se vigilará que se hayan incluido los aspectos relacionados en los puntos 1 y 7. La inspección abarcará la presencia de los elementos definidos en los indicadores 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9. El incumplimiento de las condiciones de construcción definidas por las medidas correctoras, detectado a través de los indicadores descritos, se registrará en el acta correspondiente y se notificará a los responsables de obra para su subsanación de forma urgente o en el plazo estipulado. El programa se aplicará tanto en la fase de aprobación del proyecto como durante el desarrollo de las obras, su finalización y recepción y, posteriormente, durante la fase de explotación de la misma. 7.5.- INFORMES VINCULANTES Previo al desarrollo de la actuación que se propone se deben aportar los siguientes informes vinculantes. 1.- Informe favorable de la Conselleria de Cultura y Deporte previsto en el artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, de Patrimonio Cultural Valenciano.

Murla, Julio de 2012

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Fdo. Francisco Puchol Pericás -Arquitecto-