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UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Servicio de Relaciones Institucionales Homogeneización y definición de procedimientos de Gestión Administrativa Universitaria Estudiantes Sócrates / Erasmus Homogeneización y definición de procedimientos de Gestión Administrativa Universitaria Estudiantes Sócrates / Erasmus

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UNIVERSIDAD DE SALAMANCAServicio de Relaciones Institucionales

Homogeneización ydefinición de

procedimientos deGestión Administrativa

UniversitariaEstudiantes

Sócrates / Erasmus

Homogeneización ydefinición de procedimientosde Gestión AdministrativaUniversitaria

Estudiantes Sócrates / Erasmus

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Homogeneización y definiciónde procedimientos de GestiónAdministrativa Universitaria

EstudiantesSÓCRATES / ERASMUS

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INTRODUCCIÓN

En marzo de 2003, se presentó a la Comunidad Universitaria el primermanual de procedimientos de la Universidad de Salamanca, con el objetivo bási-co de “homogeneizar y definir los diferentes procedimientos de gestión adminis-trativa universitaria en las administraciones de los centros”.

El actual equipo de gobierno de la Universidad de Salamanca, sigue apoyan-do y coordinando acciones orientadas al despliegue de procesos. Fruto de ello, elÁrea de Estudios, en coordinación con el Servicio de Relaciones Internacionales yUnidades de Gestión afectadas, ha identificado y diseñado dos nuevos procedi-mientos generales de gestión de expedientes de Becas Sócrates/Erasmus.

Cada procedimiento dispone de código identificativo, título, objeto, desa-rrollo, alcance y normativa aplicable.

El nivel de descripción nos permite ver el conjunto de actividades en que sedesarrollan los procedimientos así como la carga de trabajo que la gestión de losmismos puede suponer en las Áreas de Gestión afectadas. Mediante una brevedescripción de las tareas más relevantes en los diagramas de flujo, pueden apre-ciarse con facilidad las interrelaciones existentes entre distintas actividades.

UNIVERSIDAD DE SALAMANCAVicerrectorado de Relaciones Institucionales

Área de Estudios(Gabinete de Estudios, Planificación y Calidad)

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ÍNDICE

Código Título del procedimiento pág.

USAL-21400.001-P Procedimiento general de BECAS SÓCRATES/ERASMUS de 8estudiantes procedentes de Países Europeos

USAL-21400.002-P Procedimiento general de BECAS SÓCRATES/ERASMUS 14de estudiantes de la Universidad de Salamanca que cursan estudios en otras Universidades Europeas

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1. Objeto: Determinar el procedimiento a seguir en la gestión de expedientes deBecas Sócrates/Erasmus de estudiantes procedentes de Países de la UniónEuropea, de los Países de la AELC y el EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega),los países asociados de Europa Central y Oriental (Bulgaria, República Checa,Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia y Rumanía),Chipe, Malta y Turquía matriculados en la Universidad de Salamanca.

2. Alcance: A los diferentes Servicios y Centros de la Universidad de Salamanca.

3. Desarrollo:3.1. El Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Salamanca

(http://www3.usal.es/rel-int/), así como los diferentes Centros, recibenanualmente la relación de candidatos seleccionados por las Universidadesde procedencia, de acuerdo con los Convenios Bilaterales Sócrates/Eras-mus firmados por la Universidad de Salamanca con Universidades Euro-peas.El Servicio de Relaciones Internacionales, conforme recibe la relación deestudiantes Sócrates/Erasmus, procederá a su registro y enviará “cartas deaceptación” a todos los estudiantes procedentes de Países no miembrosde la Unión Europea, a efectos de obtención del visado. También facilita-rá información académica y administrativa a través del folleto informati-vo que enviará a todas las Instituciones con las que hay firmados Acuerdosbilaterales, así como al domicilio familiar de todos los estudiantes Sócra-tes/Erasmus seleccionados. Esta información está disponible en la páginaWeb del Servicio, tanto en español como en inglés.Asimismo, el Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad deSalamanca enviarán información puntual relativa a la configuración de losPlanes de Estudio, Calendario Académico, Guía Académica, etc.

3.2. El estudiante Sócrates/Erasmus deberá aportar los siguientes documentos:• Pasaporte o, en su caso, el documento de identidad en vigor.• Copia del documento que le acredite como Becario Sócrates.• Fotografías tamaño carné (mínimo dos).• Seguro Médico (E-128/E-111).• Visado, en el supuesto de estudiantes procedentes de Países no

miembros de la Unión Europea.

3.3.Antes del comienzo de cada cuatrimestre, el Servicio de Relaciones Inter-nacionales programa reuniones informativas en las que se les proporcio-nará información práctica de los pasos a seguir para su incorporación a laUniversidad de Salamanca. La primera reunión tendrá lugar en el mes deseptiembre de cada año y la segunda en el mes de febrero.

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Procedimiento ERASMUS general deBecas SÓCRATES/ERASMUS de estudiantes

procedentes de Países Europeos

(1ª versión)

Fecha: junio 2004

Código:

USAL-21400.001-P

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En el Servicio de Relaciones Internacionales, calle Cardenal Pla y Deniel 22,1ª planta, entregarán la “Ficha de Presencia”.

3.4. El Servicio de Relaciones Internacionales ofrece a todos los becarios delPrograma Sócrates/Erasmus que lo deseen, un curso intensivo de prepa-ración lingüística de dos horas diarias durante tres semanas, dentro de lasfechas programadas por el Servicio de Cursos Internacionales. Los cursosson gratuitos, excepto gastos de material didáctico. Una vez inscritos, serealizará una prueba para determinar su nivel de conocimiento del idio-ma con el fin de organizar los diferentes grupos. La comunicación deautorización para la realización del curso se efectuará por el Servicio deRelaciones Internacionales. Los estudiantes que lo superen recibirán elcorrespondiente certificado acreditativo.

3.5.Antes del comienzo de cada cuatrimestre, el estudiante Sócrates/Erasmusdeberá dirigirse al Coordinador Sócrates/Erasmus y a la unidad adminis-trativa del Centro en donde será debidamente informado con motivo desu incorporación a la Universidad. El estudiante Sócrates/Erasmus recibiráinformación complementaria en las reuniones informativas debidamenteprogramadas en su caso por el Centro. El Coordinador orientará al estu-diante Sócrates/Erasmus de las asignaturas a cursar en función de losestudios realizados en su Universidad y del Plan de Estudios del Centro.Previa revisión de la documentación en la unidad administrativa del Cen-tro, el Coordinador y el estudiante Sócrates/Erasmus firmarán en su casoel “compromiso de estudios” para su envío a la Universidad de origen. Elestudiante Sócrates/Erasmus podrá matricularse de cualquier asignatura,sin importar el ciclo o el curso en que se impartan, así como en asignatu-ras de otros Centros de la Universidad. Dicho supuesto no se dará enaquellas asignaturas que tengan establecido límite de alumnos. No obs-tante, el estudiante Sócrates/Erasmus deberá atenerse en su caso a lo con-templado en el Reglamento Sócrates/Erasmus aprobado por el Centro.

3.6.A continuación, el estudiante Sócrates/Erasmus deberá pasar por los ser-vicios administrativos del Centro para presentar la documentación y for-malizar su matrícula dentro de los plazos establecidos.La documentación a presentar será la requerida por cada Centro, comosobre de matrícula, fotografías tamaño carné, copia del pasaporte, etc.Las tasas de matrícula sólo serán abonadas en la Universidad de proce-dencia.

3.7.Una vez realizada la matrícula, el estudiante Sócrates/Erasmus recibirá elresguardo de matrícula que deberá presentar en el Servicio de RelacionesInternacionales para la expedición del carné de estudiante. Cualquier cambio de domicilio o de teléfono que se produzca durante suestancia en la Universidad, deberá ser comunicado a la unidad adminis-trativa correspondiente del Centro y al Servicio de Relaciones Internacio-nales.A lo largo del curso académico, las unidades administrativas de los Cen-tros expedirán certificaciones en sus diferentes formatos y modalidades a

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estudiantes Sócrates/Erasmus matriculados en la Universidad de Sala-manca.

3.8. Finalizados los estudios correspondientes al primer y/o segundo cuatri-mestre y realizados los exámenes con su correspondiente valoración encréditos ECTS, la unidad administrativa del Centro expedirá el certificadode estudios que enviará a la Universidad de origen para el reconocimien-to académico de estudios realizados. La Universidad de origen recibirá unoriginal y una copia se archivará en el expediente personal.

3.9.No obstante el estudiante Sócrates/Erasmus que haya suspendido asig-naturas, podrá utilizar la convocatoria de examen del mes de septiembrecon el Vº Bº del Coordinador Sócrates/Erasmus de la Universidad de pro-cedencia y el Vº Bº del Coordinador Sócrates/Erasmus del Centro corres-pondiente de la Universidad de Salamanca. Éste habrá de comunicar estaconvocatoria a la Secretaría del Centro. Si el estudiante opta por la cita-da convocatoria, realizados los exámenes, la unidad administrativa delCentro expedirá un nuevo certificado de estudios que enviará a la Uni-versidad de origen para el reconocimietno académico de estudios. Unacopia se archivará en el expediente del interesado.

3.10. La página Web de la Universidad de Salamanca así como la de los Cen-tros, ofrecen información puntual sobre los programas y Titulaciones ofre-cidas por las diferentes Facultades, Escuelas Técnicas o PolitécnicasSuperiores, Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas.(http://www.usal.es).Además, el estudiante Sócrates/Erasmus podrá recibir información com-plementaria en las siguientes direcciones:

• Centro de Estudios de Postgrado y Formación Continua:http://www.usal.es/doctorado

• Servicio de Orientación al Universitario: http://websou.usal.es• Servicio de Colegios, Residencias y Comedores:

http://www.usal.es/residen/

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4. Referencias:– Reglamento del Programa Sócrates de la Universidad de Salamanca, apro-

bado en Junta de Gobierno de 24 de abril de 1997, modificado en Jun-tas de Gobierno de fechas 31 de enero de 2000 y 26 de julio de 2000.

– Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. (BOE nº 307de 24 de diciembre de 2001).

– Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León. (B.O.C.y L. nº 65 de 4 de abril de 2003)

– Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por ACUERDO19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. nº 22de 3 de febrero de 2003).

– Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285de 27 de noviembre de 1992).

– Resolución de Junta de Gobierno de 2 de noviembre de 1994, por la quese aprueba la adecuación de los procedimientos administrativos en virtudde la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en la Universidad de Salamanca.

– Resolución de Junta de Gobierno de 4 de mayo de 1999, por la que seaprueba la adaptación parcial de los procedimientos administrativosseguidos en la Universidad de Salamanca a la Ley 4/1999, de 13 de enero,de reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

– R.D. 1497/87, de 27 de noviembre, por el que se establecen directricesgenerales comunes de los Planes de Estudio de los Títulos Universitariosde carácter oficial y validez en todo el Territorio Nacional. Modificado porR.D. 1267/94, de 10 de junio, BOE de 11 de junio.

– R.D. 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientosde selección para el ingreso en los Centros Universitarios de los estudian-tes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Uni-versidad (BOE de 22 de enero de 2000).

– Normas de procedimiento de la Comisión de Convalidaciones de la Uni-versidad de Salamanca, aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión defecha 31 de mayo de 1988 y actualizadas por la Comisión de Convalida-ción en 10 de julio de 1992 y 30 de junio de 1994 y por la Junta deGobierno en reunión del 31 de octubre de 1996.

– L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranje-ros en España y su integración social, modificada por L.O. 8/2000 de 12de diciembre (BOE de 23 de diciembre de 2000).

– Normas complementarias aprobadas por las Juntas de Facultad o Escuela.– Procedimiento general de matrícula (USAL-20701.003-P).– Procedimiento general de reconocimiento de créditos (USAL-20701-004-P).

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1. Objeto: Determinar el procedimiento a seguir en la gestión de Becas Sócra-tes/Erasmus de estudiantes de la Universidad de Salamanca que cursan estu-dios en otras Universidades Europeas.

2. Alcance: A los diferentes Servicios y Centros de la Universidad de Salamanca.

3. Desarrollo:3.1.Convocatoria, solicitud y proceso de selección

3.1.1.Los estudiantes de la Universidad de Salamanca matriculados encualquiera de sus Titulaciones y Ciclos, o en los Cursos de Doctora-do, interesados en uno o más grupos de Becas Sócrates/Erasmus,deberán solicitarla en los centros dentro de los plazos establecidosde acuerdo con la correspondiente convocatoria.Los estudiantes pueden disfrutar de una segunda BecaSócrates/Erasmus únicamente en los casos siguientes:

a) Para cursar asignaturas de “Libre Disposición”.b) Para estudiar el Tercer Ciclo o Cursos de Doctorado.

En todo caso, la adjudicación y disfrute de esa segunda Beca Sócra-tes/Erasmus se hará en la condición de “Becario sin ayuda econó-mica”.

3.1.2.Anualmente, el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales de laUniversidad de Salamanca, establece un plazo de solicitudes deBecas Sócrates/Erasmus debiendo los interesados cumplimentar elimpreso oficial que se les facilitará en la unidad administrativa delCentro donde se encuentren matriculados. Junto con la convoca-toria, se hará público el baremo de méritos para la concesión de lasBecas.El Servicio de Relaciones Internacionales (http://www3.usal.es/rel-int/), enviará la documentación e información puntual a todos losCentros de la Universidad al objeto de facilitar el desarrollo del pro-ceso de gestión de Becas Sócrates/Erasmus. Los Centros serán losencargados de exponer en los tablones de anuncios habilitados alefecto toda la información relativa a cada convocatoria.

3.1.3.Las solicitudes de Becas Sócrates/Erasmus se formalizarán en launidad administrativa del Centro en el cual está matriculado elestudiante, adjuntando la documentación requerida en la convo-catoria. En el impreso de solicitud establecerán el orden de prela-ción de las Universidades Europeas de acogida, según suspreferencias por idioma.

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itaria Procedimiento general de BECAS

SÓCRATES/ERASMUSde estudiantes de la Universidad

de Salamanca que cursan estudiosen otras Universidades Europeas

(1ª versión)

Fecha: junio 2004

Código:

USAL-21400.002-P

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3.1.4.Recibidas las solicitudes se registrarán de entrada, se comprobarány se clasificarán. Si el estudiante presentase la documentaciónincompleta se establecerá un plazo de subsanación (art. 71 LRJ-PAC).

3.1.5.El Servicio Central de Idiomas recibirá de los Centros la documen-tación justificativa de los conocimientos lingüísticos y las hojas demarcas.

3.1.6.La Comisión Sócrates/Erasmus opcionalmente hará pública lacorrespondiente resolución incluyendo, junto a la lista provisional deBecarios Sócrates, la de suplentes de cada grupo de Becas, pororden de puntuación. Contra esta Resolución, cabe interponerreclamación ante el Vicerrector de Relaciones Institucionales de laUniversidad, en el plazo de 15 días naturales a contar desde lafecha de la Resolución.

3.1.7.Resueltas las solicitudes, se enviará relación de preseleccionados alServicio de Relaciones Internacionales de la Universidad que a su vezcomunicará al Servicio Central de Idiomas. El Servicio Central deIdiomas recibirá de los Centros la documentación justificativa delconocimiento de la lengua y la hoja de marcas.

3.2.Prueba de conocimiento de la lengua y adjudicación definitiva.3.2.1.Para la obtención de una Beca Sócrates/Erasmus el interesado debe-

rá justificar los conocimientos del idioma en que se imparte ladocencia en la Universidad de destino. El Servicio Central de Idio-mas http://sci.usal.es/ será el encargado de valorar el nivel exigidode la lengua según el País de destino.Para demostrar el nivel de conocimientos del idioma, existen tresmodalidades:

a) Mediante justificación documental. A la hora de solicitar labeca se deberá indicar y entregar en el propio Centro ladocumentación que se aporta (fotocopia cotejada).

b) Realizando una prueba de conocimientos organizada por elServicio Central de Idiomas. En la hoja de marcas se deberáindicar por qué convocatoria se opta.

c) Superando el nivel correspondiente del Curso de Idiomaspara Alumnos, organizado por el Servicio Central de Idiomas,o el Curso de Preparación Sócrates. En la hoja de marcas sedeberá indicar si se ha realizado alguno de estos cursos.

3.2.2.Examinados los documentos justificativos, el Servicio Central deIdiomas remitirá al Servicio de Relaciones Internacionales para sucomunicación a los Centros, un listado general de los estudiantesque deberán realizar el examen de Lengua, así como fecha y lugaren que se desarrollarán las pruebas. A los estudiantes que nos se lescontempla la justificación documental lingüística se les comunicapor carta certificada con acuse de recibo.

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3.2.3.Los resultados provisionales se publicarán en el tablón de anunciosdel Servicio Central de Idiomas. Resueltas las posibles reclamacio-nes, se enviarán los listados definitivos al Servicio de RelacionesInternacionales para su comunicación a los Centros.

3.2.4.La adjudicación de las Becas se llevará a cabo por la ComisiónSócrates de cada Centro de conformidad con el procedimiento queel mismo establezca, de acuerdo con los criterios de valoración esta-blecidos en la convocatoria. En ningún caso pueden adjudicarseBecas Sócrates/Erasmus a aquellos estudiantes que, tras la valora-ción de su expediente académico, no hayan obtenido una puntua-ción igual o superior a “uno”.

3.2.5.La Comisión Sócrates hará pública la correspondiente resoluciónincluyendo, junto a la lista provisional de Becarios Sócrates/Erasmus,la de suplentes de cada grupo de Becas, por orden de puntuación.Contra esta Resolución, cabe interponer reclamación ante el Deca-no o Director del Centro en los plazos que se establezcan. Resuel-tas las posibles reclamaciones y elevada a definitiva la adjudicaciónde Becas Sócrates/Erasmus, los interesados podrán presentar recur-so de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a partir del reci-bo de la comunicación.

3.3.Entrega y recogida de documentación.3.3.1.Los listados de seleccionados definitivos serán enviados al Servicio

de Relaciones Internacionales y publicados en el tablón de anunciosdel Centro. El Servicio de Relaciones Internacionales comunicará laadjudicación definitiva a las Instituciones europeas y enviará a todoslos Centros carpetas normalizadas que deberán ser cumplimenta-das por los interesados y firmadas por el coordinador. Dichas car-petas se entregarán por el alumno en el citado Servicio dentro delos plazos establecidos.La carpeta deberá contener la siguiente documentación:• Una fotografía• Dos ejemplares del Convenio Financiero (Anexo E.·3.)• Dos ejemplares del impreso de retenciones sobre comunicación

de datos al pagador (I.R.P.F.: datos personales y familiares)• Una fotocopia del D.N.I.• Una fotocopia de la cuenta bancaria.

3.3.2.Quince días antes de su partida hacia la Universidad de destino, elestudiante Sócrates deberá recoger en el Servicio de RelacionesInternacionales los siguientes documentos:• Nombramiento de becario Sócrates/Erasmus.• Copia del Convenio Financiero.• Carta del Estudiante Erasmus.• Certificado para la solicitud de asistencia Médica.

3.3.3.El estudiante Sócrates podrá solicitar el Carné Internacional de Estu-diantes en el TIVE, Paseo de Carmelitas 83, presentando una foto-18

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grafía, DNI o pasaporte y el justificante de estar matriculado en laUniversidad.Si la Universidad de destino no pertenece a la Unión Europea, sedeberá solicitar el visado en la Embajada del país de destino enEspaña, debiendo presentar una carta de aceptación de la Univer-sidad de destino.

3.4.Matrícula.3.4.1.Antes de formalizar la matrícula deberá cumplimentarse el com-

promiso de estudios “Learning Agreement” con el Vº Bº del Coor-dinador indicando las asignaturas que cursará en la Universidad dedestino para la que ha sido seleccionado.

3.4.1.La matrícula se formalizará en la unidad administrativa del Centrodentro de los plazos establecidos por la Universidad conforme alprocedimiento general de matrícula (USAL-20701-003-P). En elsupuesto de que el alumno se tenga que incorporar a la Universi-dad de destino sin haber formalizado su matrícula, podrá hacerlopor delegación, adjuntando una fotocopia del nombramiento debecario Sócrates.

3.5.Seguro médico.3.5.1.Si el estudiante tiene cubierta la asistencia médica de la Seguridad

Social deberá solicitar y presentar el formulario E-128 que le facili-tarán en el INSS. En caso contrario, deberá ponerse en contado conuna compañía aseguradora privada.Si la compañía aseguradora es MUFACE, tendrá todo el período deestancia cubierto y los gastos médicos y farmacéuticos que realiceen el extranjero le serán reintegrados a su regreso previa presenta-ción de las facturas.

3.6.Estancia en la Universidad de destino.3.6.1.El estudiante Sócrates/Erasmus, al llegar a la Universidad de desti-

no deberá entregar el citado compromiso de estudios al Coordina-dor que allí se le haya asignado. Debidamente firmado, serádevuelto al Coordinador Sócrates/Erasmus en la Universidad deSalamanca a efectos de futuro reconocimiento de estudios y archi-vo en su expediente.

3.7.Finalización estancia y reconocimiento académico de estudios.3.7.1.El reconocimiento académico de estudios Sócrates/Erasmus de Pri-

mer y Segundo Ciclo será efectuado por la Comisión Sócrates decada Centro de conformidad con las normas establecidas en elReglamento y de las correspondientes normas complementarias.

3.7.2.Al finalizar su periodo de estancia en la Universidad de destino, elCoordinador Sócrates/Erasmus recibirá los certificados de estudioscursados por los estudiantes Sócrates/Erasmus. Dichos certificadosserán enviados por la Universidad de destino o bien mediante entre-20

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ga personal por parte del interesado al Coordinador. El Coordina-dor Sócrates/Erasmus es el encargado de emitir la correspondientepropuesta de reconocimiento de estudios. Posteriormente la Comi-sión Sócrates del Centro analizará todas las propuestas y dictaráresolución definitiva de reconocimiento de estudios que firmará elDecano o Director del Cento como Presidente de la Comisión.La Unidad Administrativa del centro registrará y notificará a los inte-resados todas las resoluciones de reconocimiento de estudios. Con-tra las citadas resoluciones los interesados podrán presentar recursode alzada ante el Rector en el plazo de un mes a partir del recibode la comunicación.

3.7.3.Resueltas las fases anteriores, se procederá a la carga de califica-ciones en la aplicación UNIVERSITAS XXI y cierre del expediente. Enel supuesto de asignaturas de creación específica cursadas por elestudiante, emitida la propuesta por la Comisión Sócrates del Cen-tro, se enviará copia al Servicio de Gestión Académica o Centrosafectados de la Universidad, que serán las unidades encargadas degrabar las calificaciones en UNIVERSITAS XXI.Además, el estudiante Sócrates, en el plazo de 10 días desde suregreso, deberá enviar al Servicio de Relaciones Internacionales dela Universidad el informe del estudiante según el modelo del anexoE.4.2, así como certificado de estancia, Anexo E.4.3. Una copia delmismo se entregará al Profesor coordinador de su Centro en la Uni-versidad de Salamanca.

3.7.4.De las asignaturas calificadas con suspenso en la Universidad dedestino, el estudiante Sócrates/Erasmus puede optar por examinar-se en dicha Universidad o bien en la Universidad de Salamanca, noantes de la convocatoria de Septiembre. En este último caso seránecesario que el estudiante solicite en la Secretaría de su Centroantes del 31 de Julio su inclusión en las actas generales de la asign-tura suspendida y su exclusión de las actas del Programa Interna-cional de la misma.

3.7.5.El reconocimiento de estudios Sócrates de Tercer Ciclo cursados enuna Universidad Europea se regirá por las normas establecidas en elReglamento del Programa Sócrates de la Universidad de Salaman-ca, conforme se especifica en el diagrama.

3.7.6.La página Web de los Centros de la Universidad de Salamanca ofre-cen información complementaria sobre este procedimiento generalde Becas Sócrates. (http://www.usal.es).

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4. Referencias:– Reglamento del Programa Sócrates de la Universidad de Salamanca, apro-

bado en Junta de Gobierno de 24 de abril de 1997, modificado en Jun-tas de Gobierno de fechas 31 de enero de 2000 y 26 de julio de 2000.

– Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. (BOE nº 307de 24 de diciembre de 2001).

– Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León. (B.O.C.y L. nº 65 de 4 de abril de 2003)

– Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por ACUERDO19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. nº 22de 3 de febrero de 2003).

– Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285de 27 de noviembre de 1992).

– Resolución de Junta de Gobierno de 2 de noviembre de 1994, por la quese aprueba la adecuación de los procedimientos administrativos en virtudde la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en la Universidad de Salamanca.

– Resolución de Junta de Gobierno de 4 de mayo de 1999, por la que seaprueba la adaptación parcial de los procedimientos administrativosseguidos en la Universidad de Salamanca a la Ley 4/1999, de 13 de enero,de reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

– R.D. 1497/87, de 27 de noviembre, por el que se establecen directricesgenerales comunes de los Planes de Estudio de los Títulos Universitariosde carácter oficial y validez en todo el Territorio Nacional. Modificado porR.D. 1267/94, de 10 de junio, BOE de 11 de junio.

– R.D. 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientosde selección para el ingreso en los Centros Universitarios de los estudian-tes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Uni-versidad. (BOE de 22 de enero de 2000).

– Normas de procedimiento de la Comisión de Convalidaciones de la Uni-versidad de Salamanca, aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión defecha 31 de mayo de 1988 y actualizadas por la Comisión de Convalida-ción en 10 de julio de 1992 y 30 de junio de 1994 y por la Junta deGobierno en reunión del 31 de octubre de 1996.

– Ordenes anuales por las que se fijan los precios a satisfacer por la presta-ción de servicios académicos universitarios.

– Normas complementarias aprobadas por las Juntas de Facultad o Escuela.– L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranje-

ros en España y su integración social, modificada por L.O. 8/2000 de 12de diciembre (BOE de 23 de diciembre de 2000).

– Procedimiento general de matrícula (USAL-20701.003-P).– Procedimiento general de reconocimiento de créditos (USAL-20701-004-P).– Procedimiento general de expedición de actas (USAL-20701-015-P).

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