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LA ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO ECON. PAUL VILLAR ANDIA

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  • LA ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANOECON. PAUL VILLAR ANDIA

  • CONSTITUCIONOrganizacinJurdicaPERU

  • Es el espacio geogrfico delimitado por las fronteras en donde la poblacin se organiza formando un EstadoEl territorio del Estado es inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio martimo y el espacio areo que los cubre. El dominio martimo comprende el mar adyacente a sus costas, as como su lecho y subsuelo hasta la distancia de doscientas millas marinas.El territorio de la repblica esta integrado por regiones, departamentos, provincias, distritos y centros poblados en cuyas circunscripciones se constituye y se organiza el Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local.TERRITORIOTERRITORIO

  • Es una sociedad natural de hombres a los que la unidad de territorio, de origen, de costumbres y de idioma, conduce a la comunidad de vida y conciencias sociales.NACIONPOBLACIONEs el conjunto de habitantes residentes en el territorio.La poblacin esta conformada por miembros de nuestra nacionalidad, es decir los peruanos.

  • Es la poblacin de un territorio jurdicamente organizada para velar por el bienestar de la nacin que lo compone. Cada ciudadano otorga una cuota de poder a las autoridades, al momento de elegirlas. Los deberes primordiales del Estado son: la soberana, los derechos humanos, la seguridad, la justicia y el bienestar social.ESTADOEs un concepto poltico que se refiere a una forma de organizacin soberana. Est formada por un conjunto de instituciones que tienen el poder de regular la vida sobre un territorio determinado.

  • GOBIERNOPoder poltico que ordena eficazmente y regula los actos de la poblacin.

    El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en representacin del pueblo y con las limitaciones y responsabilidades que la Constitucin y las leyes establecen.

  • ORGANIZACIN JURIDICAEs el conjunto de regulaciones fundamentales que establecen las relaciones de la vida social, sea stas de las personas con el Estado o de las personas entre s.

    El orden jurdico del Estado Peruano tiene como base fundamental la Constitucin Poltica.

  • Constitucin (ciencia poltica), ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como gua para su administracin.

    La constitucin fija los lmites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo as las bases para su gobierno.

    Tambin garantiza al pueblo determinados derechos. La mayora de los pases tienen una constitucin escrita.

    CONSTITUCION

  • La Constitucin es la norma jurdica fundamental que regula la vida de una sociedad estatal, inspirada en un sistema de creencias sobre las relaciones que deben existir entre gobernantes y gobernados y entre stos entre s. Encuadra las acciones polticas, asegurando la libertad de los ciudadanos y fijando lmites a los gobernantes.

    CONSTITUCION

  • CONSTITUCIONConstitucin Poltica de la Repblica Peruana (1823)Constitucin Vitalicia (1826)Constitucin Poltica de la Repblica Peruana (1828)Constitucin Poltica de la Repblica Peruana (1834)Constitucin Poltica del Per (1839)Constitucin de la Repblica Peruana (1856)Constitucin Poltica del Per (1860)Constitucin Poltica del Per (1867)Constitucin para la Repblica del Per (1920)Constitucin Poltica del Per (1933)Constitucin para la Repblica del Per (1979)Constitucin Poltica del Per (1993)

  • Es la conciencia de la nacin que favorece un sentimiento de culto y amor.Tierra natal o adoptiva ordenada como nacin, a la que se siente ligado el ser humano por vnculos jurdicos, histricos y afectivos. PATRIANACIONALIDADConjunto de caractersticas que identifican a los miembros de una sociedad estatal.Vnculo de derecho entre una persona con un Estado que le confiere al amparo legal de dicho Estado

  • EL ESTADO PERUANOGOBIERNONACIONALPODERLEGISLATIVOPODEREJECUTIVOPODERJUDICIALGOBIERNOREGIONALGOBIERNOLOCALENTESAUTONOMOSADMINISTRACION

    PUBLICASISTEMAS

    ADMINISTRATIVOSSOCIEDAD CIVIL

  • Gobierno Central (100)

    Gobiernos Regionales (25)

    Gobiernos Locales:Municipalidades Provinciales (195)Municipalidades Distritales (1843)Municipalidades de Centros PobladosEL ESTADO PERUANO

  • Es el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitucin Poltica y la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo.Competencias Exclusivas:Diseo de Polticas nacionales y sectoriales.Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas ArmadasRelaciones ExterioresOrden InternoJusticiaMoneda Banca y SegurosTributacin y Endeudamiento Pblico nacional.Rgimen de Comercio y ArancelesRegulacin y Gestin de la marina mercante y la aviacin comercialRegulacin de los servicios pblicos de su responsabilidadRegulacin y Gestin de la Infraestructura Pblica de carcter y alcance nacional.EL GOBIERNO NACIONAL

  • EL GOBIERNO PERUANO

  • FUNCIONES DE PODER El Poder del Estado es un solo, pero es ejercido por varios rganos estatales de conformidad con las funciones que se les ha asignado.

    No hay divisin de poderes, sino divisin de funciones.

    La competencia es esa porcin de poder que el ordenamiento jurdico atribuye a un rgano. La Constitucin determina el reparto de funciones.

  • FUNCIONES DE PODER La triple premisa y la teora de Montesquieu:

    que el que hace las leyes no sea el encargado de aplicarlas ni de ejecutarlas; que el que las ejecute no pueda hacerlas ni juzgar de su aplicacin; que el que juzgue no las haga ni las ejecute. El germen de los conceptos Legislacin, Administracin y Justicia.

  • PODERES DEL ESTADO

    Poder Legislativo: dicta las leyes necesarias para vivir en sociedad.Poder Ejecutivo: Ejerce funciones administrativasPoder Judicial: imparte justicia, en pro del bienestar.

  • El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de cmara nica.El Congreso de la Repblica es el rgano representativo de la nacin, encargado de realizar las funciones legislativas, de control poltico y las dems que establece la Constitucin del Estado. Es unicameral y consta de 120 congresistas elegidos en forma directa.PODER LEGISLATIVO

  • PODER LEGISLATIVO

  • La funcin de control poltico comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realizacin de actos e investigaciones y la aprobacin de acuerdos sobre la conducta poltica de gobierno, los actos de la administracin y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegacin de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalizacin y el uso y disposicin de bienes y recursos pblicos, el cumplimiento por el Presidente del mensaje anual al Congreso de la Repblica y el antejuicio poltico, cuidando que la Constitucin y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractoresCONGRESO DE LA REPUBLICA

  • La funcin legislativa comprende el debate y la aprobacin de reformas de la Constitucin, de leyes y resoluciones legislativas, as como de su interpretacin, modificacin y derogacin, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitucin y el Reglamento del Congreso.Las funciones especiales del Congreso, es designar al Contralor General de la Repblica, elegir al Defensor del Pueblo, as como a los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y a la Superintendecia de Banca y Seguros.CONGRESO DE LA REPUBLICA

  • Ejerce las funciones administrativas orientadas a cumplir y hacer cumplir las leyes; mantener la prestacin de los servicios pblicos y ejercer su capacidad normativa.El Presidente de la Repblica es el Jefe de Estado y personifica a la nacin. Al Presidente le corresponde la conduccin del Poder Ejecutivo.PODER EJECUTIVO

  • PODER EJECUTIVOPoder EjecutivoPresidencia de la RepblicaPCMOrganismosPblicosDescentralizadosComisiones deCoordinacinOrganismosReguladoresMINISTERIOSOrganismosPblicos

    Empresas deDerecho PblicoEmpresas deDerecho PrivadoSector

  • PODER EJECUTIVO

  • PODER EJECUTIVO

  • El Presidente de la Repblica es el Jefe de Estado y personifica a la nacin.Es Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales.Le corresponde, la direccin poltica general de gobierno y de los diferentes organismos de la administracin pblica; representa al Estado dentro y fuera de la Repblica; dirige la poltica exterior; las relaciones internacionales y la poltica de desarrollo del pas.PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

  • Es un organismo del Poder Ejecutivo con personera de derecho pblico interno, cuya principal funcin es apoyar al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus funciones.Es el organismo coordinador intersectorial de la funcin poltica administrativa del Estado; en funcin de dicha poltica establece las coordinaciones con los otros poderes del Estado, as como con los organismos autnomos y los niveles de Gobierno Regional y Local.PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

  • Es la mxima autoridad poltica y administrativa de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es Ministro de Estado sin cartera.El Presidente del Consejo de Ministros establece los objetivos, formula y dirige las polticas de carcter multisectorial, coordina los esfuerzos de las dems entidades de la administracin pblica en su respectivo mbito de competencias y supervisa la gestin de la Presidencia del Consejo de Ministros.PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

  • Son instancias de coordinacin intersectorial y de discusin poltica al interior del Consejo de Ministros.CCV Comisin de Coordinacin Vice-MinisterialCIAEF Comisin Interministerial de Asuntos Econmicos FinancierosCIAS Comisin Interministerial de Asuntos SocialesPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSCOMISIONES DE COORDINACION

  • Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con personera de derecho pblico interno a cargo de los Ministros de Estado que conducen la gestin de los asuntos pblicos de su competencia de conformidad con la poltica general del gobierno central.Los Ministerios tienen funciones normativas, reguladoras, fiscalizadoras y de ejecucin.MINISTERIOS

  • MINISTERIOSPresidencia del Consejo de MinistrosMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de DefensaMinisterio de Economa y FinanzasMinisterio del InteriorMinisterio de Justicia y Derechos HumanosMinisterio de EducacinMinisterio de SaludMinisterio de Agricultura y RiegoMinisterio de Trabajo y Promocin del EmpleoMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de Energa y MinasMinisterio de Transportes y ComunicacionesMinisterio de la Produccin (Industria y Pesquera)Ministerio de Vivienda, Construccin y SaneamientoMinisterio de la Mujer y Poblaciones VulnerablesMinisterio del AmbienteMinisterio de CulturaMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social

  • Son los que formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalan las polticas de los sectores a su cargo, y asumen la responsabilidad inherente a dicha gestin en el marco de la poltica general del gobierno nacional. MINISTROS

  • ORGANISMOS PUBLICOSSon entidades con personera jurdica de derecho pblico interno adscritas a un Ministerio, creadas para la realizacin de actividades especficas de gestin especializada, con autonoma tcnica, administrativa y funcionalSMVSuperintendencia del Mercado de ValoresINEI Instituto Nacional de Estadstica e InformticaInstituto Nacional de defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPICONCYTECConcejo Nacional de Ciencia y TecnologaSUNATSuperintendencia Nacional de Administracin Tributaria

  • Son entidades con personera jurdica de derecho pblico interno de alcance nacional que por actuar en mbitos especializados requieren de autonoma tcnica, administrativa, funcional, econmica y financiera. Estn adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros.Ejercen funciones de supervisin, regulacin, normativa, fiscalizadora y sancionadora, solucin de controversias y solucin de reclamos.ORGANISMOS REGULADORES

  • ORGANISMOS REGULADORESPCMOSINERGOSITRANOSIPTELSUNASSOrganismo Supervisor de la Inversin de la Energa y MineraOrganismo Supervisor de la Inversin Privada en TelecomunicacionesSuperintendencia Nacional de Servicios de SaneamientoOrganismo Supervisor de la Inversin del Transporte

  • Se concibe como un mbito de gobierno resultado de agrupar o dividir las actividades propias de la funcin de gobiernoEs un mbito de la poltica general del Estado donde se concibe y se aplican polticas gubernamentales especficas que determinan la ejecucin de actividades correspondientes a funciones homogneas o afines. Cada Ministro es titular del sector a su cargoSECTOR

  • SECTOR

  • Es la potestad de administrar justicia y se ejerce a travs de sus rganos jerrquicos con arreglo a la Constitucin.Esta integrado por:rganos Jurisdiccionales: Corte Suprema, Cortes Superiores, Juzgados de Paz Letrados, Juzgados de Paz y Juzgados Especializados Mixtos.rganos que ejercen su gobierno y administracin: Presidente de la Corte Suprema, Sala Plena de la Corte Suprema, Consejo Ejecutivo, Gerencia general y el Consejo Ejecutivo Distrital.PODER JUDICIAL

  • PODER JUDICIAL

  • Son entidades que desarrollan funciones especializadas del Estado. Son personas jurdicas de derecho pblico, creadas por la Constitucin.Tribunal de Garantas Constitucionales.Jurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos ElectoralesRegistro Nacional de Identificacin y Estado CivilContralora General de la RepblicaBanco Central de Reserva del PerSuperintendencia de Banca y SegurosMinisterio PblicoConsejo Nacional de la MagistraturaUniversidadesDefensora del Pueblo.ORGANISMOS AUTONOMOS

  • ORGANISMOS AUTONOMOS

  • Emanan de la voluntad popular. Son persona jurdicas de derecho pblico con autonoma poltica, econmica y administrativa en asuntos de su competencia, es ejercido por el rgano ejecutivo de la regin, de acuerdo con las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitucin.

    GOBIERNO REGIONAL

  • GOBIERNO REGIONAL

  • Es una entidad bsica de la organizacin territorial del Estado y canales inmediatos de participacin vecinal en los asuntos pblicos, que institucionalizan y gestionan con autonoma los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elemento elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacin.Gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia.GOBIERNO LOCAL

  • GOBIERNO LOCAL

  • CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL ESTADO D. S. N 068-2008-EF