estructura administrativa de los gobiernos locales

27
DR. CESAR AUGUSTO IZARNOTEGUI LOZANO Gerente de Asesoría Jurídica y Registro Civil

Upload: munijm

Post on 08-Jun-2015

10.419 views

Category:

Education


2 download

DESCRIPTION

Escuela Municipal de Jesús María

TRANSCRIPT

Page 1: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

DR. CESAR AUGUSTO IZARNOTEGUI LOZANO

Gerente de Asesoría Jurídica y Registro Civil

Page 2: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Es un proceso que comprende determinadas funciones y actividades laborales que deben llevarse a cabo a fin de lograr los objetivos de la organización.

! Las funciones son: la planificación, la organización, la dirección y el control.

Page 3: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El gestor es llamado también gerente o directivo, pero en realidad puede ser también una persona encargada de alcanzar determinados resultados dirigiendo a terceros.

Page 4: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El gestor debe desarrollar una serie de capacidades para poder lograr el éxito. Una capacidad es la habilidad o pericia requerida para llevar a cabo una tarea determinada.

! El gestor debe desarrollar 6 tipos de capacidades: técnicas, analíticas, para la toma de decisiones, informáticas, para tratar con las personas y, conceptuales.

Page 5: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Se refiere a la habilidad para utilizar conocimientos, técnicas y recursos específicos en la realización de un trabajo.

! Adquiere especial importancia en la gestión de primera línea.

! En el caso de la gestión intermedia y alta gerencia, los instrumentos técnicos están referidos el control de calidad, tablas de control, etc.

Page 6: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Es la capacidad para identificar los factores clave, para entender como se interrelacionan y para desempeñar sus roles en una situación determinada.

! Es la capacidad para diagnosticar y evaluar.! Supone el manejo de enfoque o técnicas

científicas.

Page 7: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Se requiere para ello cultivar pericia analítica.! Supone tener conocimientos técnicos y

científicos y haberlos aplicados a diferentes realidades.

Page 8: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El gestor debe tener una comprensión conceptual de la informática para simplificar el trabajo, filtrar información y aumentar la productividad.

Page 9: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Se trata de la capacidad para comunicarse en la forma en que otras personas entienden y para retroalimentar a sus empleados, sabiendo que lo comprenden.

Page 10: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Es la capacidad para tener una percepción global de la organización. Se tiene un manejo sistémico de la organización.

Page 11: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Los gestores se distinguen por el lugar que ocupan en la estructura organizativa, el mismo que le asigna distintos grados de atribuciones y responsabilidades.

Page 12: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Coordinan el trabajo de los otros que no tienen funciones de gestión. Se les denomina supervisores, jefes de oficina.

! Son los responsables de los trabajos básicos de la organización y están en contacto diario o casi diario con los trabajadores.

Page 13: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El Director intermedio es aquel que es responsable de una determinada unidad organizacional, a nivel medio de la jerarquía organizacional.

! Un problema sustancial radica en el hecho que los directores superiores juzgan a los directores intermedios comparándolos con sus propios cargos, ignorando que no disponen de las mismas prerrogativas, oportunidades y facultades.

Page 14: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La Alta Dirección es un reducido número de gestores que se hacen responsables del rendimiento de toda la organización a través de los directores intermedios.

! Deben planificar, organizar, dirigir y controlar, sobre todo las dos primeras acciones.

Page 15: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Objetivos institucionales son asumidos por la Alta Dirección y no por los trabajadores.

! La Alta Gerencia trata de controlar el mayor número de decisiones.

! Los Gerentes están solos cuando se trata de hacer las cosas.

! Las órdenes, políticas y procedimientos no se cumplen como se ha planeado.

! El Gerente controla exageradamente los gastos cuando los problemas se localizan en otras partes.

! Se da mucho valor a minimizar el riesgo.! La innovación no está muy extendida en la gerencia.! El Gerente actúa como padres que da órdenes.

Page 16: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! Errores y problemas son ocultados y encubiertos.! Juicios de los trabajadores no son tomados en

cuenta.! Se compite internamente en lugar de colaborar

entre sí.! Cuando hay problemas la gente se retira o se

inculpan entre sí.! General sensación de encierro, aburrimiento y

frustración.! Conducta general de indiferencia y docilidad.! Inducción difícil.! Clima de inercia.

Page 17: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! BIELSA lo define como aquel que en virtud de una designación especial y legal-por resolución o elección-bajo formas y condiciones determinadas en una esfera de competencia, declara o ejecuta la voluntad del Estado.

! GARCÍA OVIEDO: es aquel que se incorpora al Estado y participa en la ejecución de su voluntad.

Page 18: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El artículo 425º del Código Penal considera funcionario o servidor público:

! A los comprendidos en la carrera administrativa.

! Los que desempeñan cargos políticos o de confianza.

! Todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con el Estado y que en virtud de ello ejerce la función pública(…)

Page 19: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El artículo 4º de la Ley del Código de Ética de la Función Pública – Ley Nº 27815 – señala que para los efectos del presente Código se considera como servidor público a todo funcionario, servidor o empleado de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado.

! Añade dicho artículo, in fine, que para tal efecto, no importa el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté sujeto.

Page 20: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! ADAMS al suceder a WASHINGTON en la Presidencia entendióque los cargos debían llenarse con sus partidarios (Sistema de Patronato Político)

! JEFFERSON al ocupar el cargo estableció el sistema de la balanza, es decir, el reparto amplio de los poderes.

! La crítica se basaba en el carácter permanente de los funcionarios, es así que se originó la ley de los cuatro años(Four Year Tenure ofOffice Act)Los funcionarios debían ser ratificados cada 4 años después de rendir cuenta de su gestión.

! JACKSON estableció la renovación cuatrienial – Sistema de los despojos – (Speil Sistem)

! En 1875 GRANT intentó implantar la rendición de exámenes.! GARFIELD fue asesinado por un postulante a quien se le había

negado un empleo subalterno. A raiz de ello se dio la Ley Pendelton que estableció el merit sistema (Sistema de Méritos). Sólo el 10% del personal se exceptúa de dicho sistema.

Page 21: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! En los siglos XVI y XVII la función pública se accedía por herencia o por compra directa de los mismos.

! BONAPARTE creó una nobleza burocrática.! En 1945 se creó la Escuela Nacional de

Administración Pública (ENA). Se ingresaba de los 26 a los 30 años.

! También se creó el Centro de Estudios Administrativos Superiores (CEAS)para los que habían sobrepasado los límites de edad.

Page 22: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! El artículo 40º de la Constitución Política señala que la ley regula el ingreso a la Administración Pública.

! El artículo 1º de la Ley Nº 24241 precisa que a la administración pública se ingresa por concurso público.

! El artículo 12º literal d) del Decreto Legislativo N 276 indica que el acceso a la administración pública es por concurso público.

! El artículo 28º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM señala que el ingreso a la administración pública se efectúa obligatoriamente mediante concurso público.

Page 23: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La administración municipal adopta una estructura organizacional sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos de la Ley Nº27444 (Artículo 26 de la LOM)

Page 24: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el alcalde, quien puede cesarlo sin expresión de causa. El gerente municipal también puede ser cesado mediante acuerdo del concejo municipal con mayoría calificada (artículo 27ºde la LOM)

Page 25: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La estructura orgánica básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto. Los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local (Artículo 28º de la LOM)

Page 26: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercen a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera.

! Los procuradores son funcionarios designados por el alcalde y dependen administrativamente de la municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado (Artículo 29º de la LOM)

Page 27: Estructura Administrativa de los Gobiernos Locales

! La Ley Nº 17537 señala en el artículo 30º que para ser nombrado procurador público se requiere haber ejercido la abogacía cuando menos 15 años consecutivos, debidamente acreditados.

! El artículo 38º de la misma ley añade que para ser procurador público adjunto se debe contar cuando menos con 5 años de práctica profesional debidamente acreditada.

! D.Leg. 1068 (28.06.08)(5 y 3 años)Vigencia en 6 meses.