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F Estándar VCS VCS Versión 3 Documento de Requerimientos 8 de Octubre de 2013, v3.4

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Estándar VCS

VCS Versión 3

Documento de Requerimientos

8 de Octubre de 2013, v3.4

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Agradecimientos:

Esta traducción fue realizada gracias al apoyo de la Fundación Natura, a través de la iniciativa

Mecanismo para la Mitigación Voluntaria de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero para Colombia -

MVC Colombia, cofinanciada por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial a través del Banco

Interamericano de Desarrollo.

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Contenido

1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 5

1.1 Versión ................................................................................................................................................ 5

2 ASUNTOS ESPECÍFICOS DEL PROGRAMA VCS ........................................................................... 6

2.1 Alcance del Programa VCS ................................................................................................................. 6

2.2 Idioma .................................................................................................................................................. 6

2.3 Momento Para la Acreditación ............................................................................................................ 6

2.4 Principios ............................................................................................................................................. 7

3 REQUERIMIENTOS DE PROYECTO ................................................................................................ 8

3.1 Requerimientos Generales .................................................................................................................. 8

3.2 Actividades de Proyecto Múltiples .................................................................................................... 10

3.3 Múltiples Instancias de Actividades de Proyecto .............................................................................. 11

3.4 Proyectos Agrupados ........................................................................................................................ 11

3.5 Desviaciones Metodológicas ............................................................................................................. 15

3.6 Desviaciones de la Descripción de Proyecto .................................................................................... 15

3.7 Fecha de Inicio del Proyecto ............................................................................................................. 17

3.8 Período de Acreditación del Proyecto ............................................................................................... 18

3.9 Escala del Proyecto ........................................................................................................................... 20

3.10 Ubicación del Proyecto ...................................................................................................................... 20

3.11 Titularidad y Otros Programas .......................................................................................................... 21

3.12 Ámbito del Proyecto .......................................................................................................................... 25

3.13 Escenario de Línea Base .................................................................................................................. 25

3.14 Adicionalidad ..................................................................................................................................... 25

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3.15 Cuantificación de Reducciones y Remociones de Emisiones de GEI .............................................. 25

3.16 Monitoreo........................................................................................................................................... 26

3.17 Registros e Información .................................................................................................................... 27

3.18 Descripción de Proyecto ................................................................................................................... 27

4 REQUERIMIENTOS METODOLÓGICOS ........................................................................................ 28

4.1 Requerimientos Generales ................................................................................................................ 28

4.2 Revisiones MetodoLógicas ............................................................................................................... 35

4.3 Condiciones de Aplicabilidad ............................................................................................................ 36

4.4 Ámbito del Proyecto .......................................................................................................................... 38

4.5 Escenario Base ................................................................................................................................. 38

4.6 Adicionalidad ..................................................................................................................................... 42

4.7 Cuantificación de Reducciones y Remociones de Emisiones de GEI .............................................. 48

4.8 Monitoreo........................................................................................................................................... 48

5 REQUERIMIENTOS DE VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN .............................................................. 49

5.1 Introducción ....................................................................................................................................... 49

5.2 Requerimientos Generales ................................................................................................................ 50

5.3 Proceso de Validación y Verificación ................................................................................................ 50

ANEXO 1: SEGUIMIENTO HISTORICO AL DOCUMENTO ...................................................................... 54

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Estándar VCS: VCS Versión 3

1 | Introducción

El Estándar VCS (VCS Standard) provee un estándar global para proyectos y programas de reducción y

remoción de emisiones de GEI. Utiliza como eje principal los requerimientos contenidos en ISO 14064-

2:2006, ISO 14064-3:2006 e ISO 14065:2007. Los dos documentos principales del programa son la Guía

de Programa VCS (VCS Program Guide) y el Estándar VCS (VCS Standard). La Guía de Programa VCS

describe las normas y requerimientos que rigen el Programa VCS y, adicionalmente, describe los

elementos que conforman el programa como lo son los procesos de registro, tanto del proyecto como del

programa, el sistema de registro VCS, el proceso de aprobación metodológico y los requerimientos de

acreditación para organismos de validación/verificación. En el Estándar VCS aparecen dispuestos los

requerimientos para el desarrollo de proyectos, programas y metodologías, así como los requerimientos

para la validación, monitoreo y verificación de proyectos, programas y reducción de emisiones y

remociones de GEI. El Estándar VCS, está acompañado de otros documentos de apoyo, los cuales

contienen los requerimientos específicos para proyectos de agricultura, silvicultura y otros usos del suelo

(AFOLU), proyectos y metodologías para el manejo de sustancias destructoras del ozono, y proyectos

REDD+ jurisdiccionales y anidados. La Guía de Programa VCS deberá de ser consultada antes de

utilizar el Estándar VCS.

VCSA agradece a la Organización Internacional de Normalización (ISO, www.iso.org) por permitir el uso

de las cláusulas ISO 14064-2:2006 e ISO 14064-3:2006 en la documentación VCS con el propósito de

facilitar su comprensión. De manera particular, las secciones contenidas en el presente documento, en

las que se hace referencia a los requerimientos de proyecto y metodología, incluyen texto extraído de la

norma ISO 14064-2: 2006 cláusula 5 e ISO 14064-3: 2006 cláusula 4.9, modificado (cuando ha sido

necesario) con el fin de adaptarlo al contexto del Programa VCS.

1.1 VERSIÓN

Toda la información referente a control de versiones del Programa VCS aparece contenida en la Guía de

Programa VCS (VCS Program Guide).

Este documento será actualizado periódicamente, por lo tanto es importante que toda persona que lo

consulte se cerciore de estar utilizando la versión más reciente del mismo. Siempre que se referencien

documentos externos, como IPCC 2006 Orientación para Inventarios Nacionales de Gases de Efecto

Invernadero, (2006 IPCC Guidelines for National Greenhouse Gas Inventories), y dichos documentos

hayan sido actualizados, se utilizará la versión más reciente de los mismos.

1 | Introducción

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Estándar VCS: VCS Versión 3

2 | Asuntos Específicos del

Programa VCS

2.1 ALCANCE DEL PROGRAMA VCS

2.1.1 El alcance del Programa VCS comprende:

1) Los seis gases de efecto invernadero del Protocolo de Kioto.

2) Las sustancias destructoras del ozono contempladas en el documento VCS Requerimientos

ODS.

3) Las actividades de proyecto que cuenta con el apoyo de una metodología aprobada por el

Programa VCS mediante el proceso de aprobación de metodología.

4) Las actividades de proyecto que cuenten con el apoyo de una metodología aprobada bajo un

programa VCS de GEI aprobado, a no ser que estén explícitamente excluidas por los

términos de aprobación VCS.

5) Programas Jurisdiccionales REDD+ y proyectos REDD+ anidados, de acuerdo a lo descrito

en el documento VCS Requerimientos ODS.

El alcance del Programa VCS excluye:

1) Proyectos que razonablemente se puede asumir que han generado emisiones de GEI con el

propósito principal de una futura reducción, remoción o destrucción.

2) Proyectos que reduzcan emisiones de hidrofluorocarbonos (HFC) procedentes de la

producción de HCFC-22 en países pertenecientes al Anexo B del Protocolo de Kyoto.

2.2 IDIOMA

2.2.1 El idioma de trabajo del el Programa VCS es el inglés. Tanto el proyecto como la descripción del

programa, y los informes de validación, monitoreo, verificación, sumados al resto de

documentación (incluyendo todos y cada uno de los apéndices) requerida por el Programa VCS,

deberán de estar redactados en inglés.

2.3 MOMENTO PARA LA ACREDITACIÓN

2.3.1 Los VCU que no hayan sido verificados, no serán emitidos bajo el Programa VCS de reducción o

remoción de emisiones de GEI.

2 | Asuntos Específicos del Programa VCS

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Estándar VCS: VCS Versión 3

2.3.2 Las actividades de proyecto son elegibles para acreditación inmediata de futuras emisiones

evitadas bajo las condiciones descritas a continuación, las cuales serán abordadas a nivel de la

metodología:

1) El proyecto evita de forma inmediata, los futuros flujos de emisiones de GEI como resultado

de una intervención anticipada que descarta emisiones adicionales procedentes de la fuente.

Los VCU sólo podrán ser expedidos una vez se haya llevado a cabo la intervención, y la

reducción de emisiones de GEI haya sido verificada. Ejemplos de tales actividades están

representados en los proyectos de destrucción de clorofluorocarbonos recuperados de

equipos de refrigeración, lo cual descarta, de forma inmediata, liberaciones futuras a la

atmósfera, y proyectos de compostaje que desvíen los residuos orgánicos procedentes de

rellenos sanitarios, lo cual descarta, de manera inmediata, futuras emisiones de metano. Un

proyecto REDD no califica para acreditación inmediata debido a que los futuros flujos de

emisiones de GEI no son permanentemente descartados.

2) Los procesos físicos que generen emisiones de GEI en ausencia de una intervención son

bien comprendidos, estables y cuantificables. Los modelos utilizados para simular tales

procesos deberán cumplir con los requerimientos descritos en la Sección 4.1.6. Cualquier

factor por defecto, asociado a los parámetros de entrada deberá cumplir con los

requerimientos establecidos en la Sección 4.1.7.

3) Los VCUs sólo podrán expedirse a las emisiones de GEI evitadas durante un período de

diez años, así exista la posibilidad de que tales emisiones de GEI se hayan prolongado

durante un período más extenso, bajo el escenario base. Por ejemplo, un proyecto de

compostaje que desvíe residuos orgánicos desde un relleno sanitario puede optar a la

acreditación (en relación a una determinada cantidad de compostaje de residuos orgánicos)

de las emisiones de GEI que hubiesen ocurrido en el relleno sanitario durante un lapso de

diez años, y cualquier emisión que hubiese ocurrido por fuera de ese periodo (en relación a

una determinada cantidad de compostaje de residuos orgánicos) no tendrá opción. Se debe

de tener en cuenta que en este caso en particular la regla de los diez años aplica para el

volumen específico de compostaje de residuos orgánicos y las normas habituales, en lo

concerniente a duración del proyecto y período de acreditación del proyecto, se seguirán

aplicando.

2.4 PRINCIPIOS

2.4.1 La implementación de principios es fundamental para garantizar que la información asociada a

los GEI sea justa y verdadera. Los principios descritos a continuación aportan la base y deberán

guiar la aplicación de la normativa y de los requerimientos VCS.

Principios tomados de la norma ISO 14064-2: 2006, cláusula 3.

Relevancia

Seleccionar las fuentes de GEI, sumideros de GEI, reservas de GEI, datos y metodologías

apropiados para las necesidades de los destinatarios.

2 | Asuntos Específicos del Programa VCS

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Completitud

Incluir todas las emisiones y remociones de GEI pertinentes. Incluir toda la información

pertinente en el apoyo de criterios y procedimientos.

Consistencia

Permitir comparaciones significativas en la información que haga referencia a los GEI.

Precisión

Reducir el sesgo y la incertidumbre en la medida de lo razonablemente posible.

Transparencia

Divulgar información sobre asuntos relacionados con los GEI, de manera suficiente y apropiada

con el fin de permitirles a los destinatarios, tomar decisiones con confianza razonable.

Conservadurismo

Utilizar supuestos, valores y procedimientos conservadores para evitar que las reducciones o

remociones de emisiones de GEI se vean sobreestimadas.

Nota – A pesar de que, en la medida de lo posible, se deba propender por la búsqueda de la

exactitud, la naturaleza hipotética de las líneas base, el alto costo de monitoreo en algunos tipos

de emisiones y remociones de GEI, sumados a otras limitaciones, hacen que en muchos

ocasiones la precisión sea difícil de obtener. En tales casos, la prudencia puede servir como un

moderador de precisión que permita mantener la credibilidad de la cuantificación de proyectos y

programas de GEI.

3 | Requerimientos de Proyecto

3.1 REQUERIMIENTOS GENERALES

3.1.1 Los proyectos cumplirán con todas las normas y requerimientos aplicables contemplados por el

Programa VCS, incluyendo el presente documento. Los proyectos se regirán por los principios

descritos en la Sección 2.4.1.

3.1.2 Los proyectos de agricultura, silvicultura y de otros usos del suelo, cumplirán con las normas y

requerimientos contemplados en el documento VCS Requerimientos AFOLU (AFOLU

Requirements). Los proyectos sobre sustancias destructoras del ozono deberán cumplirán con

las normas y requerimientos descritos en el documento VCS Requerimientos ODS.

3.1.3 Los proyectos aplicarán metodologías que puedan optar al Programa VCS. Las metodologías

serán aplicadas de manera plena, incluyendo la aplicación de herramientas o módulos

mencionados por una metodología, teniendo en cuenta la excepción descrita en la Sección

2 | Asuntos Específicos del Programa VCS

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.14.1. La lista de metodologías y sus períodos de validez se encuentra disponible en el sitio web

VCS.

3.1.4 Cuando los proyectos apliquen metodologías que le permitan al proponente de proyecto escoger

su propio modelo (ver documento VCS Definiciones de Programa para la definición del modelo),

dicho modelo deberá cumplir con los requerimientos descritos en la Sección 4.1.6(2)-(6) y

durante la validación se deberá demostrar que el modelo es el más adecuado para las

circunstancias del proyecto (es decir, que el uso de ese modelo llevará a una cuantificación

adecuada de reducciones o remociones de emisiones de GEI).

3.1.5 Cuando los proyectos apliquen metodologías que le permitan al proponente de proyecto elegir

una tercera opción de factor por defecto o estándar para determinar los datos de las emisiones

de GEI y de apoyo para establecer los escenarios base y demostrar adicionalidad, dicho factor

por defecto o estándar deberá cumplir con los requerimientos descritos en la Sección 4.1.7(1).

3.1.6 Preferentemente, los proyectos deberán aplicar metodologías que utilicen métodos de

desempeño (ver sección 4.1.11 para mayor información sobre los métodos de desempeño) en

los que una metodología pueda ser aplicable al proyecto que utilice un método de desempeño

con el fin de determinar tanto adicionalidad, como base crediticia (es decir, un proyecto no podrá

aplicar una metodología que utilice un método de proyecto, si dicho método de desempeño es

aplicable al proyecto). Las metodologías aprobadas por el Programa VCS que utilicen métodos

de desempeño, cuentan con una lista de metodologías similares que utilizan métodos de

proyecto (los cuales fueron aprobados bajo el Programa VCS o bajo un programa de GEI

aprobado en el momento de desarrollo del método de desempeño). Estas listas no son

necesariamente exhaustivas, pero pueden servir como punto de partida para determinar si un

método de desempeño es aplicable al proyecto. Tras la aprobación de una metodología que

emplee un método de desempeño, los proyectos podrán utilizar cualquier metodología

preexistente aplicable que utilice un método de proyecto, durante un período de gracia de seis

meses.

3.1.7 Cuando haya proyectos que apliquen metodologías procedentes de programas de GEI

aprobados, estos deben cumplir con los límites de capacidad especificados (ver documento VCS

Definiciones de programa para la definición de límite de capacidad) y con cualquier otro

requerimiento pertinente a la aplicación de la metodología y/o herramientas referenciadas por la

metodología de esos programas. Cuando la normativa y los requerimientos de un programa de

GEI aprobado entren en conflicto con la normativa y requerimientos del Programa VCS, se les

dará prioridad a la normativa y a los requerimientos del Programa VCS.

3.1.8 Cuando VCSA emita nuevos requerimientos relativos a proyectos, los proyectos registrados no

necesitarán cumplir con los nuevos requerimientos durante el resto de período de acreditación

del proyecto (es decir, que tales proyectos continuaran siendo elegibles para emitir VCUs hasta

el final del período de acreditación del proyecto sin tener que hacer una revalidación en

comparación con los nuevos requerimientos). Los nuevos requerimientos deberán adjuntarse al

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

período de renovación de un proyecto de acreditación, tal como aparece descrito en la Sección

3.8.5.

3.2 ACTIVIDADES DE PROYECTO MÚLTIPLES

3.2.1 Los proyectos pueden constar de múltiples actividades de proyectos cuando la metodología

aplicada para el proyecto permita más de una actividad de proyecto y/o cuando los proyectos

apliquen más de una metodología.

3.2.2 Cuando más de una metodología se ha aplicado a un proyecto con múltiples actividades de

proyecto, aplica lo siguiente:

1) Cada actividad de proyecto se especificará de manera independiente en la descripción de

proyecto, haciendo referencia a la metodología correspondiente.

2) Los criterios y procedimientos contemplados en las metodologías aplicadas, en lo

concerniente a condiciones de aplicabilidad, demostración de adicionalidad, determinación

de escenario de base y cuantificación de reducciones y remociones de emisiones de GEI,

serán aplicadas de manera independiente para cada actividad de proyecto, teniendo en

cuenta lo siguiente:

a) Podrá aplicarse un conjunto único de criterios y procedimientos para la demostración de

adicionalidad siempre que las metodologías aplicadas hagan referencia a la misma

herramienta y/o procedimientos de adicionalidad, y cuando no sea posible la

demostración separada de adicionalidad para cada actividad de proyecto. Por ejemplo,

la demostración separada de adicionalidad podría no ser posible en actividades de

proyecto que se implementen en una misma instalación y que por lo tanto representen

una misma inversión. La responsabilidad de demostrarle al organismo de

validación/verificación que la demostración separada de adicionalidad no es posible,

recae en el proponente de proyecto, de no ser así se suministrará una demostración

separada de adicionalidad. Cuando una metodología especifique otros requerimientos

para la demostración de adicionalidad, aparte de los especificados en la herramienta y/o

procedimientos de adicionalidad referenciados, se deben acatar tales requerimientos.

b) Los criterios y procedimientos para identificar el escenario base podrán ser combinados

siempre que las metodologías pertinentes o la herramienta y/o procedimientos de

adicionalidad referenciados especifiquen los criterios y procedimientos para la

combinación de escenarios base.

3) Los criterios y procedimientos relacionados con cualquier otro aspecto de las metodologías

podrán ser combinados.

4) En caso de que se requieran proyectos AFOLU para llevar a cabo evaluaciones de riesgo

por no permanencia y determinación de retención de reserva compartida, se hará de manera

independiente para cada actividad de proyecto.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Nota - Cuando una misma metodología se aplique a más de una actividad de proyecto y la

metodología no cuente con procedimientos claros para la aplicación de más de una actividad de

proyecto, se deben acatar los requerimientos antes mencionados.

3.3 MÚLTIPLES INSTANCIAS DE ACTIVIDADES DE PROYECTO

3.3.1 Los proyectos pueden incluir más de un instancia de actividad de proyecto, como en el caso de

un proyecto de energía eólica que incluya varios aerogeneradores. No se permite la inclusión de

nuevas instancias de actividades de proyecto posteriores a la validación inicial de un proyecto no

agrupado (ver Sección 3.4 para obtener mayor información sobre proyectos agrupados). La

determinación de línea base y la demostración de adicionalidad para todas las instancias de

actividad de proyecto deberán ser combinadas (por ejemplo, los múltiples aerogeneradores

serán evaluados en grupo y no individualmente).

3.3.2 Cuando un proyecto incluya múltiples instancias de actividades de proyecto procedentes de

múltiples actividades de proyecto, las instancias de actividad de proyecto de cada actividad de

proyecto se evaluará en conformidad con lo descrito en la Sección 3.2.

3.3.3 Los proyectos no agrupados que tengan múltiples instancias de actividad de proyecto, no podrán

exceder ningún límite de capacidad al que esté sujeta una actividad de proyecto.

3.4 PROYECTOS AGRUPADOS

3.4.1 Proyectos agrupados son aquellos estructurados para permitir la ampliación de una actividad de

proyecto con posterioridad a la validación del proyecto. La validación se basa en las instancias

de actividades de proyecto iniciales identificadas en la descripción del proyecto. La descripción

del proyecto establece las áreas geográficas dentro de las cuales se puedan desarrollar nuevas

instancias de actividad de proyecto y los criterios de elegibilidad para su inclusión. Las nuevas

instancias que cumplan con esta serie de criterios preestablecidos, podrán ser adicionadas al

proyecto con posterioridad a la validación del mismo, de acuerdo a lo descrito en las secciones

que aparecen más adelante. Dichas secciones especifican los requerimientos para todos los

proyectos agrupados, información que es ampliada de manera detallada en el documento VCS

Requerimientos AFOLU (AFOLU Requirements). Las metodologías VCS también pueden

proveer especificaciones adicionales para proyectos agrupados.

Nota – Los conceptos “actividad de proyecto” e “instancia de actividad de proyecto” tienen los

significados específicos descritos en el documento VCS Definiciones de programa (Program

Definitions).

Escenario Base y Adicionalidad

3.4.2 Los proyectos agrupados tendrán una o más áreas geográficas claramente definidas, dentro de

las cuales se pueden desarrollar instancias de actividad de proyecto. Tales áreas geográficas se

definirán mediante polígonos geodésicos a los que se harán referencia en la Sección 3.10.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.4.3 La determinación del escenario base y la demostración de adicionalidad se basan en las

instancias iniciales de actividad de proyecto. Las instancias iniciales de actividad de proyecto son

aquellas incluidas en la descripción de proyecto durante la validación, e incluirán todas las

instancias de actividad de proyecto que se encuentre actualmente implementadas desde la fecha

de emisión de la descripción del proyecto. Las instancias iniciales de actividad de proyecto

pueden también incluir cualquier instancia de actividad de proyecto que haya sido planeada y

desarrollada con tal nivel de detalle, que permita ser evaluada al momento de la validación. Las

áreas geográficas sin instancias iniciales de actividad de proyecto, no serán incluidas en el

proyecto a menos que se pueda demostrar que dichas áreas están sujetas a la misma lógica y

escenario base (o por lo menos al mismo nivel de conservadurismo) para la demostración de

adicionalidad que las áreas geográficas que incluyan instancias iniciales de actividad de

proyecto.

3.4.4 Al igual que con los proyectos no agrupados, los proyectos agrupados pueden incorporar

múltiples actividades de proyecto (ver Sección 3.2 para mayor información sobre múltiples

actividades de proyecto). Cuando un proyecto agrupado incluya múltiples actividades de

proyecto, la descripción del proyecto designará cuáles actividades de proyecto pueden

producirse en cada área geográfica.

3.4.5 El escenario de línea base de una actividad de proyecto será determinado para cada área

geográfica designada, en conformidad con la metodología aplicada en el proyecto. Cuando no se

pueda determinar un solo escenario base para una actividad de proyecto en la totalidad de un

área geográfica, el área geográfica deberá ser redefinida o dividida de tal forma que se pueda

determinar un solo escenario base por área o áreas geográficas evaluadas.

3.4.6 La adicionalidad de las instancias iniciales de actividad de proyecto deberá de ser demostrada

para cada área geográfica designada, en conformidad con la metodología aplicada en el

proyecto. Cuando la adicionalidad de las instancias iniciales de actividad de proyecto en un área

geográfica determinada no pueda ser demostrada para la totalidad del área geográfica, el área

geográfica deberá ser redefinida o dividida de tal forma que la adicionalidad de las instancias que

se presenten en el área o áreas geográficas evaluadas, pueda ser demostrada.

3.4.7 Cuando los factores relevantes para la determinación del escenario base o la demostración de

adicionalidad requieran ser evaluados en un área determinada, como mínimo el área deberá ser

el área geográfica del proyecto agrupado. Los siguientes son algunos ejemplos de tales factores:

práctica común; leyes, estatutos, marcos regulatorios o políticas relevantes en la demostración

de excedentes regulatorios; determinación de factores de emisión regional y tasas históricas de

deforestación y degradación, entre otros

Límites de Capacidad

3.4.8 Cuando a una actividad de proyecto incluida en el proyecto se le aplique un límite de capacidad,

ninguna instancia de actividad de proyecto excederá tal límite. Adicionalmente, ningún grupo de

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

instancias de actividad de proyecto excederá el límite de capacidad, determinado de la siguiente

forma:

1) Se identificará cada instancia de actividad de proyecto que supere el uno por ciento del límite

de capacidad.

2) Dichas instancias deberán ser divididas en grupos; cada uno de estos grupos podrá estar

conformado por cualquier sistema de instancias, de tal forma que cada instancia esté en un

rango de por lo menos un kilómetro de distancia de, como mínimo, otra instancia. Las

instancias que estén a más de un kilómetro de distancia de cualquier otra, no harán parte de

los grupos.

3) Ningún grupo deberá exceder los límites de capacidad y ninguna instancia de actividad de

proyecto adicional podrá ser adicionada al proyecto, eso causaría que alguno de los grupos

sobrepasen sus límites de capacidad.

Criterio de Elegibilidad

3.4.9 Los proyectos agrupados deberán incluir uno o más grupos de criterios de elegibilidad para la

inclusión de nuevas instancias de actividades de proyecto. Se contará con, por lo menos un

conjunto de criterios de elegibilidad para la inclusión de nuevas instancias de actividades de

proyecto para cada combinación de actividad de proyecto y área geográfica especificada en la

descripción del proyecto. Mediante un conjunto de criterios de elegibilidad permitirán garantizar

que las nuevas instancias de actividad de proyecto:

1) Cumplan con las condiciones de aplicabilidad descritas en la metodología aplicada al

proyecto.

2) Utilicen las tecnologías y medidas definidas en la descripción del proyecto.

3) Apliquen las tecnologías o medidas de la misma forma en que fueron definidas en la

descripción del proyecto.

4) Estén sujetos al escenario base determinado en la descripción del proyecto para las

actividades de proyecto y áreas geográficas definidas.

5) Cuenten con características, en lo referente a la adicionalidad que sean compatibles con las

instancias iniciales de actividades de proyecto y áreas geográficas definidas. Por ejemplo,

las nuevas instancias de actividades de proyecto tienen parámetros financieros, técnicos y/o

de otro tipo (tamaño/escala de las instancias) compatibles con las instancias iniciales, o

enfrentan los mismos obstáculos de inversión, tecnológicos y/o de otra índole, que las

instancias iniciales.

Nota - Cuando los proyectos agrupados incluyan múltiples escenarios base o demostraciones de

adicionalidad, estos proyectos requerirán de, por lo menos, un conjunto de criterios de

elegibilidad para cada combinación de escenario base y demostración de adicionalidad

especificado en la descripción del proyecto.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Inclusión de Nuevas Instancias de Actividad de Proyecto

3.4.10 Los proyectos agrupados contemplan la inclusión de nuevas instancias de actividad de proyecto

después de la validación inicial del proyecto. Las nuevas instancias de actividad de proyecto

deberán:

1) Ocurrir dentro de una de las áreas geográficas designadas definidas en la descripción del

proyecto.

2) Cumplir con al menos un conjunto completo de criterios de elegibilidad para la inclusión de

nuevas instancias de actividades de proyecto. El cumplimiento parcial con varios conjuntos

de criterios de elegibilidad no es suficiente.

3) Estar incluidas en el informe de monitoreo con la suficiente información técnica, financiera,

geográfica o de otra índole, relevante al momento de demostrar cumplimiento con el

conjunto de criterios de elegibilidad aplicable, y permitir ejecutar muestreos por parte del

organismo de validación/verificación.

4) Ser validadas durante la verificación, con respecto al conjunto de criterios de elegibilidad

aplicable.

5) Tener evidencia de derechos de uso (right of use), con respecto a cada instancia de

actividad de proyecto, ejecutada por el proponente de proyecto, desde la respectiva fecha de

inicio de cada instancia de actividad de proyecto (es decir, la fecha en la que la instancia de

actividad de proyecto empezó a reducir o remover emisiones de GEI).

6) Tener la posibilidad de optar a acreditación desde la fecha de inicio de la instancia hasta el

final del período de acreditación del proyecto (sólo). Se debe de tener en cuenta que cuando

comienza una nueva instancia de actividad de proyecto durante un período de verificación

previo, no podrá ser reclamado ningún crédito por reducciones o remociones de GEI

generados durante un período de verificación previo (según lo descrito en la Sección 3.16.7)

y nuevas instancias de emisión son elegibles para acreditación desde el comienzo del

siguiente período de verificación.

Cuando la inclusión de una nueva instancia de actividad de proyecto exija la adición de un nuevo

proponente de proyecto, dichas instancias serán incluidas en el proyecto agrupado durante los

dos años posteriores a la fecha de inicio de la instancia de actividad de proyecto o, en caso de

que la actividad de proyecto sea una actividad AFOLU, durante los cinco años posteriores a la

fecha de inicio de la instancia de actividad de proyecto. El procedimiento para adicionar nuevos

proponentes de proyecto aparece descrito en el documento VCS Proceso de Emisión y Registro

(Registration and Issuance Process).

Descripción de Proyecto para Proyectos Agrupados

3.4.11 La descripción de un proyecto agrupado deberá de hacerse en una sola descripción de proyecto,

la cual contendrá lo siguiente (además del contenido requerido para proyectos no agrupados):

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

1) La delimitación del área o áreas geográficas en las que se llevarán a cabo todas las

instancias de actividad de proyecto. Dichas áreas geográficas se definirán mediante

polígonos geodésicos a los que se harán referencia en la Sección 3.10.

2) Una o más determinaciones de la línea base para la actividad de proyecto, en conformidad

con los requerimientos de la metodología aplicada al proyecto.

3) Una o más demostraciones de adicionalidad para la actividad de proyecto, en conformidad

con los requerimientos de la metodología aplicada al proyecto.

4) Uno o más grupos de criterios de elegibilidad para la inclusión de nuevas instancias de

actividades de proyecto en los eventos de verificación posteriores.

5) Una descripción del sistema de información central de GEI y los controles asociados al

proyecto y su monitoreo.

Nota - Cuando el proyecto incluya más de un actividad de proyecto, los requerimientos antes

mencionados serán abordados de manera independiente para cada actividad de proyecto, con

excepción de la delimitación de las zonas geográficas y la descripción del sistema de información

central de GEI y los controles, los cuales serán abordados por el proyecto como un todo.

3.5 DESVIACIONES METODOLÓGICAS

3.5.1 Se permiten desviaciones de la metodología aplicada cuando estas representen una desviación

de los criterios y procedimientos relacionados con el monitoreo o la medición contemplados en la

metodología (es decir, las desviaciones están permitidas cuando estén asociadas a los datos y

parámetros disponibles durante la validación, a los datos y parámetros monitoreados o al plan de

monitoreo). Las desviaciones metodológicas no deberán afectar negativamente el

conservadurismo de la cuantificación de reducciones o remociones de emisiones de GEI,

excepto si redundan en una mayor precisión de dicha cuantificación. No se permitirán

deviaciones asociadas a cualquier otra parte de la metodología.

3.5.2 Las desviaciones metodológicas serán permitidas durante la validación o verificación y sus

consecuencias deberán aparecer consignadas en el informe de validación o verificación, según

corresponda, al igual que en la totalidad de los informes de las verificaciones posteriores. No se

considera que las deviaciones metodológicas redunden en el establecimiento de precedentes.

3.6 DESVIACIONES DE LA DESCRIPCIÓN DE PROYECTO

3.6.1 Las desviaciones de la descripción de proyecto están permitidas durante la verificación. Los

procedimientos para documentar la desviación dependen de la probabilidad de que la desviación

ejerza un impacto sobre la aplicabilidad de la metodología, la adicionalidad o la conveniencia del

escenario base. La interpretación de si la desviación efectivamente ejerce un impacto, deberá

de ser consistente con las Directrices MDL sobre evaluación de los diferentes tipos de cambios

procedentes de la actividad de proyecto, según descripción del PDD registrado (CDM Guidelines

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

on assessment of different types of changes from the project activity as described in the

registered PDD), mutatis mutandis. A continuación se describen los procedimientos:

1) Cuando la desviación afecte la aplicabilidad de la metodología, la adicionalidad o la

conveniencia del escenario base, esta deberá ser descrita y justificada en una versión

revisada de la descripción del proyecto. Tal descripción incluirá la descripción del momento

en el que se produjeron los cambios, las razones que provocaron tales cambios y la manera

en la que estos afectaron la aplicabilidad de la metodología, la adicionalidad y/o la

conveniencia del escenario base. Un ejemplo de tal desviación ocurre cuando un cambio en

la capacidad del proyecto en el que un escenario base diferente es considerado más

indicado, en tal caso la metodología empleada dejaría de ser aplicable, o no existiría un

impacto significativo en el análisis de inversión utilizado por el proyecto para demostrar

adicionalidad. Otros ejemplos incluyen cambios en el proyecto, que pudiesen tener

repercusiones similares, como la adición de nuevas reservas de carbono o nuevos tipos de

actividades de proyecto.

2) Cuando la desviación no ejerza un impacto sobre la aplicabilidad de la metodología, la

adicionalidad o la conveniencia del escenario base, y el proyecto mantenga cumplimiento

con la metodología aplicada, la deviación deberá ser descrita y justificada en el informe de

monitoreo. Esta incluirá una descripción del momento en el que ocurrieron los cambios y las

razones que ocasionaron tales cambios. La desviación también será descrita en todos los

informes de monitoreo posteriores. Ejemplos de tales desviaciones están representados en

los cambios en los procedimientos de medición y monitoreo, o cambios en el diseño de

proyectos que no tengan repercusiones en la aplicabilidad de la metodología, la

adicionalidad o la conveniencia del escenario base.

Es importante tener en cuenta que los proponentes de proyecto pueden aplicar desviaciones en

la descripción del proyecto con el propósito de migrar hacia la versión más reciente de la

metodología, o cambiar a una metodología diferente. Por ejemplo, un proponente de proyecto

podría querer migrar hacia la versión más reciente de una metodología, que incluya categorías

adicionales de reservas de carbono o actividades de proyecto.

3.6.2 La desviación será evaluada por un organismo de validación/verificación y el proceso, los

resultados y las conclusiones se comunicarán a través del informe de verificación. La evaluación

deberá determinar si la desviación está descrita y justificada de manera adecuada, y si el

proyecto guarda cumplimiento de la normativa VCS. La desviación también deberá de ser

contemplada en todos los futuros informes de verificación. No se considera que las desviaciones

por descripción de proyecto redunden en el establecimiento de precedentes.

3.6.3 El organismo de validación/verificación que evalúe la desviación por descripción de proyecto,

estará acreditado para la validación, reconociendo que la evaluación de desviaciones por

descripción de proyecto es una actividad de validación, tal como aparece descrito en la Guía de

Programa VCS (VCS Program Guide).

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.7 FECHA DE INICIO DEL PROYECTO

3.7.1 La fecha de inicio del proyecto es la fecha en la que el proyecto comenzó a generar reducciones

o remociones de emisiones de GEI (Para mayor información sobre proyectos AFOLU, ver el

documento VCS Requerimientos AFOLU). Las reglas y requerimientos en lo concerniente a la

fecha de inicio del proyecto, al igual que las fechas de validación y de verificación, aparecen

descritos en los apartados siguientes. Para mayores especificaciones sobre la fecha límite de

validación de los proyectos registrados, simultáneamente en el Programa VCS y en algún

programa de GEI aprobado, consultar las Secciones 3.11.8 y 3.11.9.

Nota - Las reglas y requerimientos en relación a la fecha de inicio de proyecto (así como las

fechas de validación y verificación) bajo VCS Versión 1, son distintos a los de VCS 2007, 2007.1

y VCS versión 3, y están disponibles en el documento VCS Proceso de Emisión y Registro

(Registration and Issuance Process).

No AFOLU

3.7.2 Los proyectos No AFOLU deberán finalizar validación, dentro de los dos años posteriores a la

fecha de inicio del proyecto. Se les concederá tiempo adicional para finalizar la validación, a

aquellos proyectos No AFOLU que apliquen una nueva metodología VCS. En particular, aquellos

proyectos que utilicen una nueva metodología VCS y terminen la validación durante los dos años

posteriores a la aprobación de la metodología por parte de VCSA, pueden completar la

validación en un lapso de cuatro años posteriores a la fecha de inicio del proyecto. Téngase en

cuenta que, en este contexto, nueva metodología VCS hace referencia tanto a las metodologías

VCS recientemente emitidas, como a las revisiones VCS a metodologías aprobadas de

programa de GEI recientemente emitidas. El período de gracia no aplica para cualquiera de las

versiones posteriores de estas nuevas metodologías ni para las nuevas revisiones

metodológicas que pudieren ser emitidas.

AFOLU

3.7.3 Los proyectos AFOLU con fecha de inicio del 8 de marzo de 2008 o posteriores, deberán finalizar

la validación durante los cinco años posteriores a la fecha de inicio del proyecto.

3.7.4 Los proyectos AFOLU con fecha de inicio 1 de enero de 2002 o posteriores y 8 de marzo de

2008 o posteriores, deberán finalizar la validación antes 8 de marzo de 2013.

3.7.5 Para los proyectos AFOLU con fecha de inicio anterior al 1 de enero de 2002, aplica lo siguiente:

1) Tanto la validación como la verificación deberán haberse finalizado antes del 1 de octubre de

2011. Sin embargo, se les concederá una prórroga adicional para la validación y verificación,

a aquellos proyectos AFOLU con fecha de inicio anterior al 1 de enero de 2002, que estén

aplicando una nueva metodología VCS. Los proyectos que estén utilizando una nueva

metodología VCS deberán finalizar la validación y verificación en el lapso de un año, contado

a partir de la fecha de aprobación de la metodología, esta fecha no podrá ser posterior al 1

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

de octubre de 2012. En este contexto, la Nueva metodología VCS posee un significado igual

al descrito en la Sección 3.7.2.

2) Se deberá demostrar que, desde sus inicios, el proyecto fue diseñado e implementado como

un proyecto de GEI. Como evidencia, se podrán incluir actas y/o notas relacionadas con las

decisiones tomadas por la Junta con el propósito de llevar a cabo el proyecto como un

proyecto de GEI, o evidencia adicional de acciones reales para llevar a cabo el proyecto

como un proyecto de GEI, como contratos con consultores, documentación relacionada con

la venta de créditos de GEI o contratos con organismos de validación/verificación.

3) Se deberá demostrar que antes del 1 de enero de 2002, el proyecto aplicó una metodología

revisada por terceros y contrató expertos en carbono independientes con el fin de evaluar y

cuantificar el escenario base del proyecto y las reducciones o remociones netas de GEI.

3.8 PERÍODO DE ACREDITACIÓN DEL PROYECTO

3.8.1 Para proyectos No-AFOLU y proyectos ALM enfocados exclusivamente en la reducción de N2O,

CH4 y/o emisiones de CO2 procedentes de fósiles, el período de acreditación del proyecto deberá

ser de máximo de diez años, con la posibilidad de ser renovado dos veces como máximo. Para

el resto de proyectos AFOLU (con excepción de los proyectos ALM), el rango de acreditación del

proyecto va desde los 20 años como mínimo, hasta los 100 años como máximo, con la

posibilidad de ser renovado cuatro veces como máximo y un período de acreditación de proyecto

que no exceda los 100 años. Si los proyectos no logran renovarlo, el período de acreditación

finaliza y el proyecto no podrá optar a futuras acreditaciones.

3.8.2 La fecha más temprana de inicio de período de acreditación para proyectos AFOLU será el 1 de

enero de 2002.

3.8.3 Los proyectos registrados en otros programas de GEI no pueden optar a la emisión de VCUs

más allá del final del período de acreditación de proyecto total, bajo dichos programas. Por

ejemplo, un proyecto MDL con un período de acreditación de proyecto de siete años y opción de

doble renovación, no podrá optar a la emisión de VCUs más allá del final de esos 21 años.

Cuando los proyectos hayan sido registrados bajo más de un programa de GEI, no podrán optar

a la emisión de VCUs después de la fecha de finalización más temprana de todos los períodos

de acreditación de proyectos aplicables.

3.8.4 Los períodos de acreditación de proyectos bajo el Programa VCS, se renovarán según lo

descrito en la Sección 3.8.5.

Renovación del Período de Acreditación del Proyecto

3.8.5 Lo siguiente aplicará en lo referente a la renovación del período de acreditación de proyecto bajo

el Programa VCS:

1) No será necesario llevar a cabo una reevaluación completa de la adicionalidad al renovar el

período de acreditación del proyecto. Sin embargo, el excedente regulatorio deberá ser

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

demostrado en conformidad con la Sección 4.6.3) y la descripción del proyecto se

actualizará consecuentemente.

2) La validez del escenario base original deberá demostrarse; en caso de no ser válido se

determinará un nuevo escenario base mediante la renovación del período de acreditación del

proyecto de la siguiente manera:

a) La validez del escenario base inicial será evaluada. Dicha evaluación comprenderá una

valoración de las repercusiones de las nuevas políticas y circunstancias nacionales y/o

sectoriales pertinentes en lo referente a la validez del escenario base.

b) Una vez se determina que el escenario base sigue siendo válido, se evaluarán las

emisiones de GEI asociadas al escenario base original, utilizando la última versión de la

Herramienta MDL (CDM Tool) de evaluación de validez de línea base original/actual y

actualizar la línea base durante la renovación de un período de acreditación.

c) Cuando se determine que el escenario de línea base original ha dejado de ser válido, se

establecerá el escenario base actual en conformidad con la normativa VCS.

d) La descripción del proyecto con información actualizada en lo referente a la línea base,

junto a las reducciones o remociones de emisiones de GEI estimadas y el plan de

monitoreo, serán sometidos a validación. Dichas actualizaciones se basarán en la última

versión aprobada de la metodología o su reemplazo. Cuando el proyecto no cumpla con

los requerimientos de la última versión aprobada de la metodología o con su reemplazo,

el proponente de proyecto deberá seleccionar otra metodología aprobada aplicable

(puede ser una nueva metodología o revisión metodológica aprobada mediante el

proceso de aprobación de metodología), o aplicará una desviación metodología (en caso

de ser apropiada). En su defecto, el proyecto no podrá optar a la renovación de su

período de acreditación.

3) La descripción del proyecto actualizado deberá ser validada en conformidad con las normas

VCS. El proyecto deberá ser validado con respecto al ámbito VCS actual. El informe de

validación se expedirá dentro de los dos años siguientes a la finalización del anterior período

de acreditación del proyecto. Adicionalmente, se les concederá un plazo adicional para

finalizar la validación, a aquellos proyectos que estén en proceso de transición hacia una

nueva metodología VCS (en este contexto, el significado de nueva metodología VCS es el

mismo que aparece descrito en la Sección 3.7.2) al momento de renovar el período de

acreditación del proyecto. En particular, aquellos proyectos que utilicen una nueva

metodología VCS y terminen la validación durante el año posterior a la aprobación de la

metodología por parte de VCSA, pueden finalizar la validación en un lapso de tres años,

posterior a la fecha de finalización del anterior período de acreditación del proyecto

Nota - El período de acreditación del proyecto bajo la VCS Versión 1, se calcula en 10 años y

comienza en la fecha de inicio de período de acreditación. Se debe de tener en cuenta que la

VCS Versión 1 admitió una fecha de inicio de proyecto más temprana que en las versiones

posteriores, y tales proyectos continúan optando para renovación de período de acreditación del

proyecto bajo la VCS Versión 3.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.9 ESCALA DEL PROYECTO

3.9.1 Los proyectos se clasifican por tamaño de acuerdo a sus cálculos de reducciones o remociones

de GEI promedio anuales, tal como aparece descrito más adelante, y los requerimientos de

materialidad para la validación y verificación difieren consecuentemente, tal como se describe en

la Sección 5.3.1:

1) Proyectos: menores o iguales a 300.000 toneladas de CO2e por año.

2) Grandes proyectos: mayores a 300.000 toneladas de CO2e por año.

3.9.2 En caso de aplicar una metodología con límites de escala y/o capacidad, se deberá demostrar

que el proyecto no es una parte fragmentada de un proyecto o actividad mayor, lo cual de otro

modo superaría tales límites. El proyecto será considerado parte fragmentada de un proyecto

mayor si a un kilómetro de distancia de los límites del proyecto existiere otro proyecto en el que:

1) Los proponentes de proyecto de ambos proyectos sean los mismos.

2) El alcance sectorial y de la actividad de proyecto para ambos proyectos sean los mismos.

3) El otro proyecto haya sido registrado ya sea bajo el VCS, o bajo otro programa de GEI,

durante los dos años inmediatamente anteriores.

3.10 UBICACIÓN DEL PROYECTO

3.10.1 La ubicación del proyecto estará especificada en la descripción del proyecto de la siguiente

forma:

1) Para los proyectos No-AFOLU la ubicación de proyecto será especificada mediante una

coordenada geodésica. En caso de múltiples instancias de actividades de proyecto (ver

Sección 3.3 para obtener mayor información sobre actividades de proyecto múltiples),

aplicará lo siguiente:

a) De ser razonable, se proporcionará una coordenada geodésica para cada instancia en

un archivo KML; o

b) De existir un gran número de instancias de actividad de proyecto (como, estufas o

bombillas eléctricas ahorradoras de energía), se proporcionará por lo menos una

coordenada geodésica, acompañada de suficiente información geográfica adicional (en

lo concerniente a la ubicación de los instancias) que permita el muestreo por parte del

organismo de verificación/validación.

2) Los proyectos agrupados deben especificar la ubicación del proyecto utilizando polígonos

geodésicos para delimitar el área o las áreas geográficas del proyecto (véase Sección 3.4.2

para mayor información sobre áreas geográficas para proyectos agrupados) a través de un

archivo KML.

3) Para los proyectos AFOLU la ubicación de proyecto será especificada mediante polígonos

geodésicos para delimitar el área o las áreas geográficas de cada actividad de proyecto

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

AFOLU, a través de un archivo KML.

3.11 TITULARIDAD Y OTROS PROGRAMAS

Derecho de Uso

3.11.1 La descripción del proyecto deberá ir acompañada de prueba documental que permita

determinar formalmente uno o más de los siguientes derechos de uso (ver documento VCS

Definiciones de Programa para definición del Derecho de uso) concedido al proponente o los

proponentes de proyecto:

1) Derecho de uso derivado u otorgado por ley, reglamento o decreto de autoridad competente.

2) Derecho de uso derivado del derecho.

3) Derecho de uso derivado en virtud de una ley, propiedad o derecho contractual en las

instalaciones, equipamiento o proceso que genere reducciones y/o remociones de emisiones

de GEI (cuando tal derecho incluya el derecho de uso de dichas reducciones o remociones y

el proponente de proyecto no haya sido despojado de tal derecho de uso).

4) Derecho de uso derivado en virtud de una ley, propiedad o derecho contractual en el terreno,

vegetación o proceso de conservación o manejo que genere reducciones y/o remociones de

emisiones de GEI (cuando tal derecho incluya el derecho de uso de tales reducciones o

remociones y el proponente de proyecto no haya sido despojado de tal derecho de uso).

5) Acuerdo aplicable e irrevocable con el titular de la ley, propiedad o derecho contractual en

las instalaciones, equipamiento o proceso que genere la reducción y/o remoción de

emisiones de GEI y le otorgue el derecho de uso al proponente de proyecto.

6) Acuerdo aplicable e irrevocable con el titular de la ley, propiedad o derecho contractual en el

terreno, vegetación o proceso de conservación o manejo, que genere reducciones y/o

remociones de emisiones de GEI y le otorgue el derecho de uso al proponente de proyecto.

7) Derecho de uso derivado de la implementación1 o aplicación de leyes, estatutos o marcos

regulatorios que requieran realizar o incentivar actividades que generen reducciones o

remociones de emisiones de GEI.

Programa de Transacción de Emisiones y Otros Límites Vinculantes

3.11.2 Cuando los proyectos reduzcan emisiones de actividades GEI incluidas en un programa de

transacción de emisiones o cualquier otro mecanismo que contemple la concesión de

transacciones de GEI, deberán aportar pruebas de que las reducciones de emisiones o

remociones de GEI generadas por el proyecto no han sido, ni serán contabilizadas ni utilizadas

bajo el programa o mecanismo. Dichas pruebas pueden incluir:

1 En el contexto de este párrafo, implementación adquiere el sentido de promulgación o presentación, en

consonancia con el uso de dicho término en un par de políticas, incluidas en la normativa MDL, reconocidas con

los nombres Tipo E+ y Tipo E-.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

1) Carta del operador del programa, de la autoridad nacional designada o de otra autoridad

reguladora competente que certifique que los derechos de emisión (o de otros créditos de

carbono utilizados en el programa), equivalentes a las reducciones o remociones generadas

por el proyecto, han sido cancelados desde el programa o tope nacional, según corresponda.

2) Evidencia de la compra y cancelación de derechos de emisión de GEI equivalentes a las

reducciones o remociones de emisiones de GEI generadas por el proyecto en relación al

programa o tope nacional.

3) Evidencia del operador del programa, de la autoridad nacional designada o de otra autoridad

reguladora competente en la que se indique que las reducciones o remociones de emisiones

de GEI específicas, generadas por el proyecto o tipo de proyecto, no hacen parte del ámbito

del programa o tope nacional.

Otras Formas de Crédito Ambiental

3.11.3 Cuando existan proyectos que hayan buscado o recibido otra forma de créditos ambientales GEI,

como certificados de energía renovable, la siguiente información deberá ser aportada al

organismo de validación/verificación:

1) Nombre e información de contacto del programa de crédito ambiental pertinente.

2) Detalles del proyecto registrado bajo el programa de crédito ambiental (por ejemplo, nombre

de proyecto y número de identificación con el que aparece en el programa).

3) Períodos de monitoreo para los cuales se buscaron o recibieron créditos ambientales de

GEI, bajo el programa de crédito ambiental.

4) Detalles de los créditos ambientales de GEI buscados o recibidos bajo el programa de

crédito ambiental (por ejemplo, volúmenes y números de serie).

3.11.4 Cuando existan proyectos con opción de participación en uno o más programas en la creación

de otra forma de crédito ambiental asociado a los GEI, pero que en la actualidad no lo estén

haciendo, se les suministrará una lista de tales programas a los organismo de

validación/verificación.

Nota - Los requerimientos descritos tanto en la Sección 3.11.3 como en la presente (3.11.4), no

aplican para créditos ambientales distintos a los GEI, como por ejemplo los créditos hídricos o de

biodiversidad.

Participación Bajo Otros Programas de GEI

3.11.5 Los proyectos pueden haber sido registrados tanto bajo el Programa VCS como bajo cualquier

programa de GEI aprobado o programa de GEI no aprobado. Aplican las normativas y

requerimientos descritos en las siguientes secciones.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Requerimientos Generales

3.11.6 Los proponentes del proyecto no podrán reclamar crédito por las mismas reducciones o

remociones de emisiones de GEI que se lleven a cabo bajo el Programa VCS y bajo otro

programa de GEI. Los proyectos que emitan créditos de GEI tanto bajo el Programa VCS como

bajo otro programa de GEI deberán cumplir, adicionalmente, con las normas y requerimientos

descritos en el documento VCS Proceso de Emisión y Registro (Registration and Issuance

Process).

3.11.7 Los proyectos registrados en otros programas de GEI no podrán optar a emitir VCUs más allá del

final del período total de acreditación del proyecto bajo esos programas (ver Sección 3.8.3 para

mayor información).

3.11.8 Para los proyectos validados bajo MDL como Programa de Actividades (PoA, por sus siglas en

inglés), cada Programa de Actividades MDL se registrará como un proyecto independiente,

acompañado del correspondiente Documento de Programa de Diseño de Actividades. Cada

proyecto de ese tipo deberá ser validado en conformidad con lo descrito en la Sección 3.11.9, a

la cual se hará referencia más adelante. La fecha de inicio para este tipo de proyectos es la

aquella en la que la que la primera actividad incluida en el Programa de Actividades, haya

comenzado a reducir o eliminar emisiones de GEI. Cuando la fecha de inicio del proyecto sea

anterior al 8 de marzo de 2011, la validación deberá finalizarse dentro de los cuatro años

posteriores a la fecha de inicio del proyecto; en caso distinto, la validación deberá finalizarse

dentro de los dos años posteriores a la fecha de inicio del proyecto (en tal caso, el termino

validación hace referencia a la validación del primer Programa de Actividades MDL bajo el PoA

asociado).

Programas de GEI Aprobados

3.11.9 La siguiente información aplica para los proyectos registrados tanto bajo el Programa VCS como

bajo un programa de GEI aprobado:

1) Para proyectos validados bajo el MDL, tanto la portada como los apartados 1.2, 1.3, 1.5, 1.6,

1.7, 1.9, 1.10, 1.12.1, 1.12.2, 1.12.3, 1.12.4 y 1.13 de la Plantilla VCS de descripción de

proyecto (VCS Project Description Template) deberán ser diligenciados. Un organismo de

validación/verificación llevará a cabo una validación del mismo, la cual irá acompañada de

una representación de la validación, con el fin de suministrar una validación de brechas que

permita cumplimiento con la normativa VCS por parte del proyecto.

2) Para los proyectos validados bajo cualquier otro programa de GEI aprobado, tanto la portada

como los apartados de la Plantilla VCS de descripción de proyecto (VCS Project Description

Template) deberán ser diligenciados. Un organismo de validación/verificación llevará a cabo

una validación del mismo, la cual irá acompañada de una representación de la validación,

con el fin de suministrar una validación de brechas que permitan cumplimiento con la

normativa VCS por parte del proyecto.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3) La validación de un programa de GEI aprobado (o verificación, en caso de que el programa

de GEI aprobado no cuenta con una etapa de validación) o validación VCS deberá

finalizarse en el plazo de validación pertinente según lo descrito en la Sección 3.7. La

validación (o verificación) se considerará finalizada una vez se haya emitido el informe de

validación (o verificación) presentado al programa correspondiente para solicitar un registro.

4) Los proyectos AFOLU deberán cumplir con los requerimientos adicionales descritos en el

documento VCS Requerimientos AFOLU (AFOLU Requirements)

Otros Programas de GEI

3.11.10 Los proyectos No AFOLU pueden ser registrados tanto bajo el Programa VCS, como bajo un

programa de GEI que no sea un programa de GEI aprobado que no haya emitido un informe de

validación o verificación (por una entidad aprobada bajo el programa emisor de tales informes).

Para tales proyectos aplica lo siguiente:

1) La fecha de inicio del proyecto será 19 noviembre de 2007 o después.

2) Deberá elaborarse una nueva Plantilla VCS de descripción de proyecto (utilizando una

metodología con opción de ser incluida en el Programa VCS) y un organismo de

validación/verificación deberá realizar una validación plena del mismo, en conformidad con la

normativa VCS. El informe de validación deberá estar acompañado de una representación

de validación.

La validación o verificación presentada con el fin de solicitar registro bajo el otro programa de

GEI, se deberá finalizar antes del plazo de validación correspondiente estipulado en la Sección

3.7. La validación (o verificación) se considerará finalizada una vez se haya emitido el informe de

validación (o verificación) presentado ante el programa de GEI para solicitar un registro.

Proyectos Rechazados por Otros Programas de GEI

3.11.11 Los proyectos rechazados por otros programas de GEI debido a requerimientos procedimentales

o de elegibilidad pueden ser considerados bajo el Programa de VCS, siempre y cuando haya

cumplimiento con las siguientes condiciones:

1) La descripción de proyecto (cuando el otro programa de GEI haya rechazado el proyecto

antes de la validación VCS) o informe de monitoreo (cuando el otro programa de GEI haya

rechazado el proyecto después de la validación VCS) deberá definir con precisión, todos los

programas de GEI a los que haya aplicado el proyecto para registro y el motivo, o motivos,

de rechazo. Tal información no será considerada como información comercial sensible.

2) Al organismo de validación/verificación le serán suministrados el o los documentos de

rechazo, incluyendo cualquier aclaración adicional.

3) El proyecto deberá ser validado en comparación con la normativa VCS. Para proyectos en

los que el otro programa de GEI haya rechazado el proyecto después de la validación VCS,

se requiere una revalidación completa del proyecto en comparación con las reglas VCS.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.12 ÁMBITO DEL PROYECTO

3.12.1 El ámbito del proyecto será definido (de ser necesario, mediante diagramas) y las fuentes de

GEI, lo sumideros y reservas serán identificados y evaluados en conformidad con las

metodología aplicada al proyecto. El proyecto deberá justificar la no selección de cualquier

fuente de GEI, sumidero o reserva pertinente.

3.13 ESCENARIO DE LÍNEA BASE

3.13.1 El escenario base del proyecto será determinado en conformidad con los requerimientos

descritos en la metodología aplicada al proyecto, y la elección del escenario base deberá estar

justificada.

3.13.2 Deberá demostrarse la equivalencia en tipo y nivel de actividad de los productos o servicios

prestados por el proyecto y el escenario base y, de ser necesario, se deberá explicar cualquier

diferencia significativa entre el proyecto el escenario base.

3.13.3 Durante el desarrollo del escenario base, los supuestos, valores y procedimientos serán

seleccionados de manera que permitan garantizar que la reducción y eliminación de emisiones

de GEI netas no se vean sobreestimadas.

3.14 ADICIONALIDAD

3.14.1 La adicionalidad deberá ser demostrada y evaluada en conformidad con los requerimientos

descritos en la metodología aplicada al proyecto.

La única excepción a esto son los métodos de actividad aprobados bajo el Programa VCS (ver

sección 4.1.11 para obtener mayor información sobre métodos de actividad). Cuando un módulo

VCS que utilice un método de actividad aplicable al proyecto, se puede demostrar adicionalidad

mediante el uso del módulo, en sustitución de los requerimientos de adicionalidad descritos en la

metodología. Por ejemplo, si un módulo utiliza un método de actividad (lista positiva) para

estimar una actividad de proyecto adicional, el proponente de proyecto no tiene que cumplir con

los requerimientos de adicionalidad en la metodología aplicada al proyecto y en su lugar puede

demostrar adicionalidad mediante la demostración de que cumple con las condiciones de

aplicabilidad al igual que con cualquier otro criterio del método de actividad. Se debe de tener en

cuenta que sólo los módulos pueden ser utilizados de tal forma. En caso de que una metodología

contenga un método de actividad de adicionalidad, los procedimientos de adicionalidad no

podrán aplicarse en conjunto con una metodología diferente.

3.15 CUANTIFICACIÓN DE REDUCCIONES Y REMOCIONES DE EMISIONES DE

GEI

3.15.1 Las emisiones y/o remociones de GEI serán estimadas para cada fuente de GEI, sumidero y/o

reserva relevante para el proyecto (incluyendo fugas) y el escenario de línea base.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.15.2 Las reducciones y remociones de emisiones de GEI netas, generadas por el proyecto deberán

de ser cuantificadas.

3.16 MONITOREO

Datos y Parámetros

3.16.1 Los datos y parámetros utilizados para la cuantificación de las reducciones y/o remociones de

emisiones de GEI serán suministrados en conformidad con la metodología.

3.16.2 Deberán aplicarse y establecerse procedimientos de gestión de calidad para el manejo de los

datos y de la información. Donde corresponda, los procedimientos para dar cuenta de la

incertidumbre en datos y parámetros, serán aplicados en conformidad con los requerimientos

descritos en la metodología.

Plan de Monitoreo

3.16.3 El proponente de proyecto deberá establecer un sistema de información de GEI para la

obtención, registro, recopilación y análisis de datos e información de carácter importante para la

cuantificación y notificación de las reducciones y/o remociones de emisiones de GEI pertinentes

tanto para el proyecto (incluyendo fugas) como para el escenario base.

3.16.4 Un plan de monitoreo para el proyecto que incluya las funciones y responsabilidades que habrán

de ser establecidas.

3.16.5 Si se utilizan equipos de medición y monitoreo, el proponente de proyecto deberá garantizar que

el equipo se calibre de acuerdo con las especificaciones técnicas y/o las normas nacionales o

internacionales pertinentes.

Informe de Monitoreo

3.16.6 El informe de monitoreo describe los datos e información relacionados con el monitoreo de las

reducciones y/o remociones de emisiones de GEI. El proponente de proyecto deberá utilizar la

Plantilla VCS para Reporte de Monitoreo (VCS Monitoring Report Template) y ceñirse al texto de

instrucciones de la misma.

3.16.7 El período de verificación del informe de monitoreo será un período de tiempo distinto que no se

traslape con períodos de verificación previos. Los proyectos no podrán optar a la acreditación de

las reducciones de emisiones de GEI generadas en períodos de verificación previos.

3.16.8 Cuando el informe de monitoreo y el reporte de verificación asociado dividan un período de

verificación en vintages, los registros individuales de emisión de VCU, en conformidad con los

períodos (vintages) podrán ser emitidos, según lo descrito en el documento VCS Proceso de

Emisión y Registro (Registration and Issuance Process).

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

3.17 REGISTROS E INFORMACIÓN

Registros Asociados al Proyecto

3.17.1 El proponente de proyecto garantizará que todos los documentos y registros se conserven de

manera segura y recuperable durante por lo menos los dos años posteriores a la finalización del

período de acreditación del proyecto.

Información para del Órgano de Validación/Verificación

3.17.2 Para la validación, el proponente de proyecto deberá poner a disposición del organismo de

validación/verificación la descripción de proyecto y la evidencia de derecho de uso, además de

toda la información y datos solicitados para apoyar las declaraciones y los datos en la

descripción de proyecto y la evidencia del derecho de uso.

3.17.3 Para la verificación, el proponente de proyecto deberá poner a disposición del organismo de

validación/verificación las descripción de proyecto, el informe de validación, el informe de

monitoreo aplicable al periodo de monitoreo y datos e información solicitados para apoyar las

declaraciones y datos necesarios para apoyar las declaraciones y los datos en el informe de

monitoreo.

3.18 DESCRIPCIÓN DE PROYECTO

3.18.1 En la descripción del proyecto se describen las actividades de reducción o remoción de

emisiones de GEI del proyecto. El proponente de proyecto deberá utilizar la Plantilla VCS de

descripción de proyecto - VCS Project Description Template - (o plantilla de descripción de

proyecto para programa de GEI aprobado, en caso de que el proyecto requiera registro bajo un

programa de GEI aprobado) y ceñirse al texto de instrucciones de la misma.

3.18.2 Se presume que la totalidad de la información contenida en los documentos del proyecto estará

disponible para consulta pública; sin embargo, la información comercialmente sensible puede

verse protegida, de acuerdo a lo descrito en el documento VCS Proceso de Emisión y Registro

(Registration and Issuance Process), a través del cual se puede demostrar que dicha información

es comercialmente sensible. El organismo de validación/verificación comprobará que cualquier

información designada por el proponente de proyecto como comercialmente sensible cumpla con

la definición de información comercialmente sensible del Programa VCS. La información

contenida en los documentos de los proyectos relacionada con la determinación del escenario

base, la demostración de la adicionalidad y la estimación y monitoreo de las reducciones y la

remociones de emisiones de GEI, no se considerará comercialmente sensible y será

suministrada en las versiones públicas de los documentos del proyecto.

3 | Requerimientos de Proyecto

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4 | Requerimientos Metodológicos

4.1 REQUERIMIENTOS GENERALES

Generalidades

4.1.1 El listado de metodologías aprobadas bajo el Programa VCS, junto con sus respectivos períodos

de vigencia, se encuentra disponible en el sitio web VCS. Todas las nuevas metodologías que

busquen aprobación bajo el Programa VCS, deberán utilizar la Plantilla de Metodología VCS

(VCS Methodology Template), además de cumplir con los requerimientos descritos en la Sección

4 y cualquier otro requerimiento aplicable contemplado por las normas VCS y obtener aprobación

mediante el proceso de aprobación de metodología. Las metodologías AFOLU deberán cumplir

con las normas y requerimientos descritos en el documento VCS Requerimientos AFOLU

(AFOLU Requirements). Las metodologías relacionadas con las sustancias destructoras del

ozono deberán cumplir con las normas y requerimientos contemplados en el documento VCS

Requerimientos ODS.

4.1.2 Las metodologías deberán estar fundamentadas en una evaluación comparativa del proyecto y

sus alternativas con el fin de identificar el escenario base. Tal análisis deberá incluir, como

mínimo, una evaluación comparativa de los obstáculos de implementación y beneficios netos que

enfrenta el proyecto y sus alternativas.

4.1.3 Las metodologías pueden emplear un enfoque modular en el que un documento marco aporte la

estructura de la metodología y en el que módulos independientes y/o herramientas son utilizados

para realizar tareas metodológicas específicas. Tales metodologías utilizarán la Plantilla de

Metodología VCS (VCS Methodology Template) para el documento marco y la Plantilla de

Módulo VCS (VCS Module Template) para los módulos y herramientas. El documento marco

deberá indicar con toda claridad la forma en la que los módulos y/o herramientas serán utilizados

dentro del contexto de la metodología.

4.1.4 Los elementos metodológicos se regirán por los principios descritos en la Sección 2.4.1. Se

indicarán claramente los supuestos, parámetros y procedimientos que tengan un nivel de

incertidumbre significativo, y describir de qué manera se ha de abordar dicha incertidumbre. De

ser necesario, los elementos metodológicos proveerán los medios para estimar un intervalo de

confianza del 90 o 95 por ciento. Cuando una metodología aplique un intervalo de confianza del

90 por ciento y la extensión del intervalo de confianza exceda el 20 por ciento del valor estimado,

o cuando una metodología aplique una intervalo de confianza del 95 por ciento y la extensión del

intervalo de confianza exceda el 30 por ciento del valor estimado, se deberá aplicar una

deducción de confianza apropiada. Los métodos utilizados para calcular la incertidumbre se

basarán en métodos estadísticos reconocidos como los descritos en la Directrices IPCC de

Buenas Prácticas y Manejo de Incertidumbre para Inventarios Nacionales de Gases de Efecto

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Invernadero. Las deducciones de confianza se aplicarán mediante factores conservadores como

los especificados en las Directrices del Panel Metodológico MDL, en lo referente a incertidumbre

incluido en el Anexo 14 del Trigésimo Segundo Informe de Reunión.

4.1.5 No se desarrollarán nuevas metodologías cuando una metodología existente pueda ser

razonablemente revisada (es decir, desarrollada como revisión metodológica) para cumplir con el

objetivo de la metodología propuesta, según lo descrito en el documento VCS Proceso de

Aprobación de Metodología (Methodology Approval Process).

4.1.6 Cuando las metodologías exijan el uso de modelos específicos para simular procesos que

generen emisiones de GEI (es decir, al proponente de proyecto no se le permita utilizar otros

modelos), aplica lo siguiente, teniendo en consideración la nota que aparece más adelante:

1) Los modelos serán puestos a disposición del público por una fuente confiable y reconocida

(como el sitio web del desarrollador de modelo, el IPCC o la agencia gubernamental), pero

no necesariamente de forma gratuita.

2) Los parámetros de modelo se basan en estudios realizados por expertos debidamente

calificados, en los que se identifican los parámetros como importantes impulsores de la, o de

las variables de salida del modelo.

3) Los modelos deberán haber sido debidamente revisados y probados (por ejemplo,

verificados en el terreno mediante datos o resultados empíricos analizados en comparación

con los resultados de modelos similares) por una organización reconocida y competente, o

por un grupo de revisión por pares.

4) Toda posible fuente de incertidumbre del modelo, ya sea la incertidumbre estructural o la

incertidumbre por parámetros, se evaluará utilizando métodos estadísticos reconocidos,

como los descritos en las IPCC 2006 Orientación para Inventarios Nacionales de Gases de

Efecto Invernadero, Volumen 1, Capítulo 3 (2006 IPCC Guidelines for National Greenhouse

Gas Inventories, Volume 1, Chapter 3).

5) Los modelos tendrán requerimientos amplios y apropiados para calcular la incertidumbre en

conformidad con el IPCC u otra guía apropiada; para calibrar el modelo se utilizarán

parámetros como la ubicación geográfica y los datos climáticos locales.

6) Los modelos aplicarán factores conservadores para descontar la incertidumbre del modelo

(en conformidad con los requerimientos descritos en la Sección 4.1.4), y utilizarán supuestos

y parámetros conservadores que sean más propensos a subestimar que a sobreestimar las

reducciones de emisiones o remociones de GEI.

Nota - Los criterios anteriormente descritos en (2)-(6), hacen referencia a modelos más

complejos. Para modelos simples, algunos de estos criterios no se consideran apropiados o

necesarios para la integridad de la metodología. Aunque dichos criterios pudieren no ser

respetados, la responsabilidad de demostrar que no son convenientes o necesarios recae en el

desarrollador metodológico.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4.1.7 Cuando las metodologías utilicen factores por defecto y normas para determinar datos de

emisiones de GEI y otros datos de apoyo tendientes a establecer escenarios base y demostrar

adicionalidad, aplica lo siguiente:

1) Cuando la metodología utilice factores por defecto y/o estándares de terceros, tales factores

y estándares factores por defecto, deberán cumplir con los requerimientos de datos descritos

en la Sección 4.5.6, mutatis mutandis.

2) Cuando la metodología misma establezca un factor por defecto, aplica lo siguiente:

a) Los datos utilizados para establecer el factor por defecto, deberán cumplir con los

requerimientos de datos descritos en la Sección 4.5.6, mutatis mutandis.

b) La metodología debe hacer una descripción detallada del estudio o de otro método

utilizado para establecer el factor por defecto.

c) El desarrollador de metodología deberá identificar los factores por defecto que pudiesen

estar desactualizados (es decir, aquellos factores por defecto que no representen

constantes físicas o de lo contrario no se esperaría que cambien de manera significativa

a través del tiempo). Tales factores por defecto son objeto de una reevaluación

periódica, según lo descrito en el documento VCS Proceso de Aprobación de

Metodología (Methodology Approval Process).

3) Cuando las metodologías admitan que los proponentes de proyecto establezcan un factor

específico según el proyecto, la metodología dispondrá de un procedimiento para establecer

tales factores.

Nota - Las metodologías pueden utilizar factores de ahorro estimados que, de acuerdo a la

definición del factor de ahorro estimado, son un tipo específico de factor por defecto.

4.1.8 Cuando se utilicen proxies, deberá demostrarse que están fuertemente correlacionados con el

valor de los intereses y que pueden actuar como un método equivalente o superior (por ejemplo,

en términos de fiabilidad, consistencia o posibilidad) para determinar el valor de los intereses,

que el cálculo directo del valor mismo.

4.1.9 Las metodologías utilizarán un método estandarizado (es decir, método de actividad o método de

desempeño) o un método de proyecto para determinar adicionalidad y/o la base crediticia e

indicarán qué tipo de método utiliza cada uno. Un método de proyecto es un enfoque

metodológico que utiliza un enfoque específico según el proyecto, para la determinación de

adicionalidad y/o línea de base crediticia. Los métodos estandarizados aparecen descritos con

mayor detalle en la Sección 4.1.11 para orientación adicional consultar el documento VCS

Orientación para Métodos Estandarizados (Guidance for Standardized Methods). Este

documento guía, brinda información adicional de ayuda en la interpretación de la normativa VCS,

en lo referente a métodos estandarizados y deberá ser consultado antes de desarrollar o evaluar

dichos métodos. Aunque el documento de orientación no haga parte de la normativa VCS, la

interpretación de la normativa será compatible con el documento de orientación.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4.1.10 Las metodologías pueden utilizar cualquier combinación de métodos de proyecto, desempeño o

actividad para determinar adicionalidad y línea base crediticia. Sin embargo, las metodologías

aportarán sólo un método (es decir, un método de proyecto o método de desempeño) para

determinar la línea base crediticia (es decir, las metodologías no contarán con la opción de

utilizar un método de proyecto o un método de desempeño para la línea base crediticia).

Métodos Estandarizados

4.1.11 Los métodos estandarizados son enfoques metodológicos que estandarizan la determinación de

adicionalidad y/o línea base crediticia para un determinado tipo de actividad de proyecto, con el

objetivo de agilizar el proceso de desarrollo y evaluación de proyectos individuales. La

adicionalidad y/o línea base crediticia se determinan según la clase de actividad de proyecto, y

las condiciones de calificación y criterios descritos en la metodología. Los proyectos individuales

sólo tienen que cumplir con las condiciones y aplicar los criterios predefinidos establecidos en el

método estandarizado, obviando la necesidad de cada proyecto de determinar adicionalidad y/o

línea base crediticia mediante enfoques y análisis específicos según el proyecto.

El VCS define dos tipos de métodos estandarizados:

1) Métodos de desempeño: Estos métodos establecen métricas de desempeño de referencia

para determinar adicionalidad y/o línea base crediticia. Los proyectos que cumplan o

excedan un nivel predeterminado de la métrica pueden ser estimados como adicionales y un

nivel predeterminado de la métrica puede servir como línea base crediticia.

2) Métodos la actividad: Estos métodos predeterminan adicionalidad para categorías de

actividad de proyecto determinadas, mediante una lista positiva. Los proyectos que

implementen proyectos en la lista positiva son automáticamente considerados adicionales y

no requieren demostrar adicionalidad. Se utiliza una entre tres opciones (a saber,

penetración de actividad, viabilidad financiera o flujos de ingresos) para calificar la actividad

de proyecto de la lista positiva, de acuerdo a lo descrito en la Sección 4.6.9.

Nota - Existe cierto nivel de solapamiento entre los métodos de desempeño y de actividad con

respecto a los conceptos, objetivos y resultados, y las metodologías pueden utilizar cualquier

combinación de métodos (desempeño, actividad y proyecto) para determinar adicionalidad y

línea base crediticia según lo descrito en el apartado 4.1.10. Sin embargo, debido a que los

métodos de desempeño y actividad son tan distintos, el presente documento establece las

normas y requerimientos para cada método de manera independiente.

4.1.12 Las metodologías incluirán información y evidencia suficiente que le permitan al lector llegar a la

misma conclusión de la evaluación en lo referente a la conveniencia y el rigor del método

estandarizado alcanzado por los dos organismos de validación/verificación en el proceso de

aprobación de metodología, teniendo en cuenta que la confidencialidad de los datos de

propiedad puede estar protegida, tal como aparece descrito en la Sección 4.5.6(5). Para facilitar

la fluidez y claridad del texto que contiene las metodologías, se recomienda incluir dicha

información, acompañada de la evidencia, en los apéndices con los documentos metodológicos y

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

no en el cuerpo mismo de los documentos. Tras su aprobación inicial, las metodologías son

objeto de una nueva evaluación periódica, de acuerdo a lo establecido en el documento VCS

Proceso de Aprobación de Metodología (Methodology Approval Process).

Métodos de Desempeño

4.1.13 Para la preparación de todo nuevo método de desempeño se utilizará la Plantilla de Metodología

VCS (VCS Methodology Template). Un método de desempeño es parte integral de una

metodología y por lo tanto no puede ser desarrollado ni aprobado como un módulo

independiente que pueda ser implementado por un proyecto en conjunto con otras metodologías.

4.1.14 La metodología puede emplear un método de desempeño para determinar únicamente

adicionalidad, para determinar adicionalidad y línea base crediticia, o para determinar

únicamente línea base crediticia. El nivel de la métrica de desempeño de referencia para

determinar adicionalidad y para la línea base crediticia puede ser el mismo, o cada uno puede

ser diferente. Cuando sean diferentes, el nivel para determinar adicionalidad será más estricto

que el nivel de línea base crediticia.

4.1.15 Cuando la metodología utilice un método de desempeño para determinar tanto adicionalidad

como línea base crediticia, la metodología deberá enumerar todas las metodologías que utilicen

un método de proyecto para determinar la línea base crediticia que sean aplicables a actividades

de proyectos similares y que sean aprobadas por el Programa VCS o por un programa de GEI

aprobado. El propósito de este requerimiento es el de facilitar la transición hacia métodos

estandarizados, como el descrito en la Sección 3.1.6.

4.1.16 La métrica de desempeño de referencia se especifica en términos de toneladas de CO2e por

unidad de salida (es decir, emisiones de GEI por unidad de producto o servicio), toneladas de

CO2e por unidad de entrada (por ejemplo, emisiones de GEI por unidad de entrada por unidad

de superficie) o como métrica de captura (por ejemplo, existencias de carbono por unidad de

superficie), según la actividad de proyecto aplicable bajo la metodología. Esto puede representar

toneladas de CO2e capturado o toneladas de CO2e secuestrados. Solamente se utilizará una

métrica de entrada cuando la métrica de salida no sea posible (por ejemplo, la correspondiente

métrica de salida está sujeta a influencias ajenas a la voluntad del proponente de proyecto) y se

contemplarán las fugas. La unidad será definida sin ambigüedades con el fin de permitir una

comparación consistente entre desempeño de proyecto y desempeño de referencia. El capítulo 7

(WRI-WBCSD) del Protocolo de GEI para Contabilidad de Proyecto (GHG Protocol for Project

Accounting) ofrece algunos ejemplos de productos y servicios que pueden servir como

candidatos a métricas de desempeño de referencia. Tener en cuenta que los proxies para la

métrica de desempeño de referencia pueden servir para determinar adicionalidad, según lo

descrito en la Sección 4.6.7.

4.1.17 Se ha demostrado que un nivel excesivamente estricto de métrica de desempeño de referencia

empleado en la adicionalidad puede excluir proyectos adicionales (falsos negativos), mientras

que un nivel excesivamente tolerante puede permitir la entrada de proyectos no adicionales

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

(falsos positivos). Del mismo modo, un nivel excesivamente estricto de métrica de desempeño de

referencia utilizado en la línea base crediticia, puede resultar en muy bajos incentivos para los

proponentes de proyecto, mientras que un nivel excesivamente tolerante puede permitir la

acreditación de reducciones y absorciones de emisiones de gases de efecto invernadero no

adicionales. Para hacerle frente a tales consideraciones, se aplicará lo siguiente en lo referente a

la configuración de nivel de métrica de desempeño de referencia:

1) La metodología proporcionará la descripción y análisis de la distribución actual de

desempeño dentro del sector, como tal rentabilidad hace referencia a la aplicabilidad de la

metodología o a cada desempeño de referencia (ver Sección 4.3.5 para mayor información

sobre la aplicabilidad de las metodologías y desempeños de referencia). La metodología

también brindará una visión general de las tecnologías y/o medidas disponibles para mejorar

el desempeño dentro del sector, sin embargo no se requiere de una lista completa teniendo

en cuenta que, de cierta forma, los métodos de desempeño pueden considerarse agnósticos

con respecto a las tecnologías y/o medidas implementadas por los proyectos.

2) La metodología deberá discutir y evaluar la compensación entre negativos falsos y positivos

falsos y describirá de manera objetiva y transparente, la evidencia utilizada (incluida la

referencia a fuentes de datos primarias y secundarias), los expertos consultados, los

supuestos que se llevaron a cabo y el análisis (incluyendo análisis numérico) y proceso

implementado para determinar el nivel o niveles seleccionados de métrica de desempeño de

referencia (teniendo en cuenta que la consulta con expertos es una parte fundamental en

este proceso, tal como se describirá más adelante). El nivel (o niveles) seleccionados no

sobreestimará sistemáticamente las reducciones o remociones de emisiones de GEI.

3) El proceso para determinar el nivel o niveles de la métrica de desempeño de referencia

deberá estar fundamentado en un proceso de consulta con expertos, realizado por el

desarrollador metodológico de la siguiente manera:

a) El objetivo de la consulta con expertos estará en buscar y solicitar el aporte de expertos

técnicos en la conveniencia del nivel o niveles propuestos de la métrica de desempeño

de referencia para garantizar la integridad ambiental y la provisión de suficientes

incentivos financieros para proyectos potenciales. Los expertos técnicos son personas

con conocimiento o pericia en la metodología y la métrica de desempeño de referencia.

b) El desarrollador metodológico se asegurará de contar con un grupo representativo de

expertos en la consulta, incluyendo (pero sin limitarse a) representantes de la industria,

organizaciones ambientales no gubernamentales y del gobierno o de otros organismos

reguladores. Si se presenta una amplia gama de puntos de vista en relación al nivel

apropiado de la métrica de desempeño de referencia, los expertos que representen tal

gama de puntos de vista deberán participarán en la consulta. Se buscará y facilitará la

participación proactiva de expertos. La consulta en la que no participe un grupo

representativo de expertos será considerada insuficiente.

c) De ser necesario los expertos dispondrán (bajo los acuerdos de confidencialidad

apropiados), de suficiente información de fondo y de contexto, relacionada con la

metodología y contexto, a fin de permitir una participación significativa en la consulta.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Durante proceso de consulta se harán reuniones, conferencias telefónicas y otros

métodos propios para permitir que los expertos aporten comentarios e intercambien

opiniones de manera abierta, justa y transparente.

d) Una vez presentada la metodología (de acuerdo al proceso de aprobación

metodológico), se preparará un informe sobre el proceso de consulta con expertos y sus

correspondientes resultados, para ser presentado ante VCSA. De ser incluido como

anexo a la metodología, deberá de ser retirado de cualquier versión final metodológica

aprobada. El reporte brindará un resumen de las opiniones de los expertos y certificará

cumplimiento con los requerimientos anteriormente mencionados y con las opiniones de

los expertos (es decir, la forma en la que el nivel final de la métrica de desempeño de

referencia en el proyecto de metodología se vio afectado por las opiniones de los

expertos).

La consulta con expertos sólo se debe llevar a cabo por el desarrollador metodológico con

respecto al nivel de la métrica de desempeño de referencia, debido a que, al ser parte del

VCS Proceso de Aprobación de Metodología (VCS Methodology Approval Process), la

metodología también estará sujeta a consulta pública.

4.1.18 Cuando exista heterogeneidad en el desempeño (cuantificada en términos de la métrica de

desempeño de referencia) que se pueda obtener por proyectos individuales, se requerirán

puntos de referencia múltiples o factores de corrección. Los puntos de referencia múltiples o los

factores de corrección se implementarán bajo las siguientes circunstancias:

1) La actividad de proyecto incluye tecnologías y/o medidas que se puedan implementar tanto

en zonas no urbanizadas como en antiguas zonas industriales, el desempeño (cuantificado

en términos de métrica de desempeño de referencia) que se pueda obtener en cada una de

ellas es sustancialmente diferente.

2) La metodología comprende actividades de proyecto tanto de menor como de mayor escala y

el desempeño (cuantificado en términos de métrica de desempeño de referencia) que se

pueda obtener en cada caso es sustancialmente diferente.

3) Cualquier otra circunstancia relacionada con el escenario base o actividad de proyecto,

como antigüedad de la planta, calidad de la materia prima y circunstancias climáticas, que

lleven a la heterogeneidad del desempeño (cuantificado en términos de métrica de

desempeño de referencia) que pueda obtenerse de proyectos individuales.

Métodos de Actividad

4.1.19 La Plantilla de Módulo VCS (VCS Module Template) se debe emplear para preparar el método

de actividad o, en caso de que se esté desarrollando una nueva metodología, se pueda inscribir

directamente en la metodología (es decir, una lista positiva puede ser preparada y aprobada

como prueba de adicionalidad independientemente de que sea utilizada de manera conjunta con

las metodologías aplicables, o como parte directa de una nueva metodología, en cuyo caso no

puede utilizarse de manera conjunta con otras metodologías). Para facilitar la comprensión de

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

este documento, se asume que el método de actividad se incluye directamente en la

metodología, de manera que quienes lo consulten puedan interpretar las referencias a

metodología o módulo, según sea apropiado.

4.1.20 El método de actividad definirá (mediante la especificación de la actividad de proyecto en las

condiciones de aplicabilidad), una lista positiva de las actividades de proyecto que se consideren

de carácter adicional bajo el método de actividad (ver Sección 4.3 para obtener mayor

información sobre la prestación de especificación de actividad de proyecto). Tales actividades de

proyectos se consideran de carácter adicional bajo el método de actividad.

4.2 REVISIONES METODOLÓGICAS

Generalidades

4.2.1 Las revisiones metodológicas son procedentes cuando una actividad de proyecto guarde una

gran similitud con las actividades de proyecto aptas bajo una metodología existente y tal

actividad de proyecto pueda ser incluida una vez se implementen modificaciones razonables en

la metodología. Las revisiones metodológicas también son apropiadas cuando una metodología

existente pueda ser mejorada de manera sustancial. La mejora material de una metodología

implica comparar las metodologías existentes con las metodologías propuestas, con el fin de

demostrar que los cambios redundarán en mejoras sustanciales que traerán como resultado una

mayor precisión en la medición de reducciones o remociones de emisiones de GEI, en un

conservadurismo mejorado y/o en menores costos de transacción.

4.2.2 Para la preparación de las revisiones de metodología se utilizará la Plantilla de Metodología

VCS (VCS Methodology Template) y se manejarán a través del proceso de aprobación de

metodología. Pueden ser preparadas y presentadas al proceso de aprobación de metodología

por parte del desarrollador de la metodología original o por cualquier otra entidad.

4.2.3 El Programa VCS establece una diferencia entre las revisiones a metodologías VCS y las

revisiones a metodologías de programa de GEI aprobadas. Los requerimientos para el desarrollo

y la evaluación de cada una de ellas son contemplados por el documento VCS Proceso de

Aprobación de Metodología (Methodology Approval Process)

Métodos Estandarizados

4.2.4 Los métodos estandarizados aprobados bajo el Programa VCS se revisarán periódicamente y

podrían requerir corrección, de acuerdo a lo descrito en el documento VCS Proceso de

Aprobación de Metodología (Methodology Approval Process).

Métodos de Actividad

4.2.5 Cuando un método de actividad utilice la opción penetración de actividad y el nivel de

penetración de actividad haya aumentado (desde la aprobación inicial) hasta superar el umbral

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

del cinco por ciento, el método de actividad no podrá ser revisado con el propósito de utilizar la

viabilidad financiera o la opción de flujos de ingresos.

4.3 CONDICIONES DE APLICABILIDAD

Generalidades

4.3.1 La metodología empleará condiciones de aplicabilidad para especificar las actividades de

proyecto a las cuales aplica y establecerá criterios que describan las condiciones bajo las cuales

se podrá (o no podrá, de ser el caso) aplicar la metodología. Toda condición de aplicabilidad

descrita en las herramientas o módulos utilizados por la metodología, será aplicada.

Métodos Estandarizados

4.3.2 Se requiere la especificación precisa de la actividad de proyecto para proveer un método

estandarizado cuidadosamente dirigido, y con un adecuado nivel de agregación con respecto a

la actividad de proyecto. Las condiciones de aplicabilidad serán especificadas en conformidad,

serán excluidas de la metodología aquellas categorías de actividades de proyecto de las que se

pueda presumir razonablemente, serán implementadas sin la intervención del mercado de

carbono. Por ejemplo, la metodología podrá excluir aquellas instalaciones de tamaño superior en

dimensión o capacidad a cualquier otra construida antes de una fecha dada, o aquellas que

tengan acceso a un menor costo en los combustibles que la mayor parte de las instalaciones. La

metodología demostrará cómo las condiciones de aplicabilidad logran alcanzar tal objetivo en

relación a los free-riders.

Métodos de Desempeño

4.3.3 Las condiciones de aplicabilidad limitarán la aplicabilidad de la metodología en actividades cuyo

desempeño pueda ser descrito en términos de la métrica de desempeño de referencia

contemplada en la metodología del proyecto.

4.3.4 Cuando la metodología utilice un método de desempeño para determinar adicionalidad, las

condiciones de aplicabilidad deberán garantizar que el proyecto implemente tecnologías y/o

medidas que redunden en una mejora del desempeño sustancial, con respecto a la línea base

crediticia y al nivel de lo realizable dentro del sector, la metodología deberá especificar

explícitamente tales tecnologías y/o medidas (o ejemplos de las mismas). Se debe de tener en

cuenta que la fecha de aplicación de tales tecnologías y/o medidas es la misma fecha de inicio

del proyecto, y la aplicabilidad de la normativa VCS en lo que respecta a la fecha de inicio del

proyecto (es decir que la implementación tendrá que haber ocurrido dentro de los plazos

permitidos por la normativa VCS en lo referente a la fecha de inicio del proyecto). Las actividades

que no hayan implementado ningún tipo de tecnología y/o medida, o que lo hayan hecho en una

fecha anterior a la permitida por la normativa VCS en lo referente a la fecha de inicio del

proyecto, serán excluidos de la metodología.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4.3.5 Las condiciones de aplicabilidad establecerán el alcance de la validez de la metodología, y en

caso de existir puntos de referencia múltiples, cada desempeño de referencia, incluyendo el

alcance geográfico. Al establecer el alcance de la validez de la metodología o de cada

desempeño de referencia, la metodología deberá demostrar claramente la existencia de una

similitud, a lo largo de las sub-áreas del ámbito geográfico, en diversos factores como condición

socioeconómica, condición climática, precio energético, disponibilidad de materia prima y

factores de emisión de red eléctrica, debido a que tales factores están relacionados con el

escenario base y con la adicionalidad, teniendo en cuenta que las variaciones son permitidas

cuando los factores de corrección aborden tales variaciones, de acuerdo a lo descrito en la

Sección 4.1.18.

Es posible que sea necesario estratificar y establecer múltiples desempeños de referencia, o

limitar la aplicabilidad de la metodología, para cumplir con este requerimiento.

4.3.6 La aplicabilidad de la metodología o el desempeño de referencia se limitará al área geográfica de

la cual se dispongan datos, o se demostrará que los datos de un área geográfica son

representativos de otra o, que aplicar los datos de un área geográfica en otra es de carácter

conservador. La representatividad deberá de estar determinará en función de la similitud de las

áreas geográficas, considerando tales factores de la misma manera que en la Sección 4.3.5.

Asimismo, se considerará de carácter conservador el aplicar los datos de un área geográfica

considerando los mismos factores. Al determinar si dos áreas son lo suficientemente similares, o

si es de carácter conservador permitir que los datos de un área puedan ser aplicados en otra,

únicamente se necesitarán tener en cuenta los factores relacionados con el escenario de

referencia y de adicionalidad.

Métodos de Actividad

4.3.7 Las condiciones de aplicabilidad especifican la actividad de proyecto y, por tanto, actuarán como

la especificación de la lista positiva (es decir, todas las actividades de proyecto que cumplan con

las condiciones de aplicabilidad se consideran de carácter adicional).

4.3.8 La metodología deberá especificar claramente la actividad de proyecto en términos de tecnología

o medida y su contexto de aplicación. Una tecnología o medida contempla las instalaciones,

equipamiento, procesos, gestión y conservación o cualquier otra práctica que de manera directa

o indirecta genere reducciones y/o remociones de emisiones de GEI. Contexto de aplicación

hace referencia a las condiciones o circunstancias bajo las cuales, tal tecnología o medida fue

implementada.

4.3.9 Las condiciones de aplicabilidad establecerán el alcance de la validez de la metodología,

incluyendo el alcance geográfico. Al establecer el alcance de la validez de la metodología, esta

deberá demostrar claramente la existencia de una similitud a lo largo de las sub-áreas

consideradas en el alcance geográfico, en diversos factores como: condición socioeconómicas,

condición climática, precio energético, disponibilidad de materia prima y factores de emisión de

red eléctrica; debido a que tales factores están relacionados con el escenario base y con la

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

adicionalidad, puede ser necesario limitar la aplicabilidad de la metodología para cumplir con

este requerimiento.

4.3.10 Cuando el método de actividad sea definido como un módulo independiente (es decir, que no sea

parte integral de la metodología), el método de actividad se puede aplicar a cualquier metodología

que sea apta bajo el Programa VCS y que permita la actividad de proyecto especificada en el

módulo (ver Sección 3.14.1 para más detalles).

4.4 ÁMBITO DEL PROYECTO

Generalidades

4.4.1 La metodología deberá establecer los criterios y procedimientos para la descripción del ámbito

del proyecto y la identificación y evaluación de fuentes de GEI, sumideros y reservas pertinentes

para los escenarios de proyecto y línea base. Se deberá aportar justificación para fuentes de

GEI, sumideros y reservas incluidos o excluidos.

4.4.2 Al identificar las fuentes de GEI, sumideros y depósitos pertinentes al proyecto, la metodología

deberá contemplar criterios y procedimientos para la identificación y evaluación de fuentes de

GEI, sumideros y reservas controladas por el proponente de proyecto y relacionados con el

proyecto o afectados por el mismo (es decir, fugas).

4.4.3 Al identificar fuentes de GEI, sumideros y reservas pertinentes para el escenario base, la

metodología deberá:

1) Definir los criterios y procedimientos utilizados para la identificación de fuentes de GEI,

sumideros y reservas pertinentes para el proyecto.

2) De ser necesario, explicar y aplicar criterios adicionales para la identificación de la línea base

relevante, fuentes de GEI, sumideros y depósitos.

3) Comparar las fuentes de GEI, reservas y sumideros identificados por el proyecto con

aquellos identificados en el escenario base, con el fin de garantizar equivalencia y

coherencia.

Métodos estandarizados

4.4.4 (Sin requerimientos específicos)

4.5 ESCENARIO BASE

Generalidades

4.5.1 Las metodologías que utilicen un método de proyecto deberán establecer criterios y

procedimientos para la identificación de escenarios base alternos y determinar el escenario más

indicado, teniendo en cuenta lo siguiente:

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

1) Fuentes identificadas de GEI, sumideros y reservas.

2) Tipos de proyectos existentes y alternos, actividades y tecnologías que le brindan al proyecto

tipo y nivel de actividad de productos o servicios equivalentes.

3) Disponibilidad, fiabilidad y limitaciones de datos

4) Otra información pertinente relativa a las condiciones actuales o futuras, como proyecciones

o supuestos legislativos, técnicos, económicos, socio-culturales, ambientales, geográficos,

sitio-específicos y temporales.

4.5.2 En la medida de lo posible, las metodologías que utilicen un método estandarizado para la

determinación de la línea base crediticia, deberán describir (teniendo en cuenta los factores

descritos en la Sección 4.5.1), las tecnologías o medidas que representen el escenario base más

indicado o el escenario base agregado (ver Sección 4.5.4 para mayor información sobre

escenarios base agregados), aunque se reconoce que tal vez no sea posible especificar con

precisión todas las tecnologías o medidas, dado que la línea base puede representar una

variedad de tecnologías y medidas diferentes.

Métodos Estandarizados

4.5.3 Los métodos estandarizados serán desarrollados con el objeto de predecir, con la mayor

precisión posible, el escenario base más indicado o el escenario base agregado. A pesar de este

principio, se reconoce que los métodos estandarizados no pueden realizar una captura perfecta

del comportamiento de base preciso para todos los proyectos propuestos que puedan optar a un

método estandarizado.

Métodos de Desempeño

4.5.4 La metodología deberá identificar los escenarios base alternativos y determinar el escenario

base más indicado o un escenario base agregado de la actividad de proyecto. Los escenarios

base agregados se determinarán mediante la combinación de escenarios posibles en una base

probabilística (es decir, factible).

4.5.5 El desempeño de referencia se establecerá sobre la base de las tecnologías disponibles y/o

prácticas y tendencias vigentes del sector. Cuando el análisis de tendencias muestre una clara

tendencia hacia la mejoría en el escenario base, el desempeño de referencia tendrá en cuenta

tal tendencia. Esto significa que cuando el desempeño de referencia no utilice un conjunto de

datos que se actualice por lo menos una vez al año, se utilizará un factor de mejora autónoma

que aporte un desempeño de referencia que se ajuste anualmente. A pesar de este

requerimiento, las metodologías pueden permitir que los proyectos utilicen el nivel de métrica de

desempeño de referencia disponible en la validación del proyecto a lo largo de los períodos de

acreditación del proyecto (ver Sección 4.5.7). Cuando el análisis de las tendencias muestre una

tendencia hacia el aumento de emisiones de GEI o la disminución de las remociones de GEI en

el escenario base, el desempeño de referencia no tendrá en cuenta tal tendencia.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4.5.6 Las fuentes de datos apropiadas para el desarrollo de métodos de desempeño incluyen análisis

y modelos económico y de ingeniería, literatura científica revisada por pares, estudios de caso,

datos empíricos, y datos de práctica común. Los datos y los conjuntos de datos provenientes de

dichas fuentes de datos deberán cumplir con los requerimientos que serán mencionados

posteriormente. La Orientación MDL para la garantía del control de calidad de los datos

utilizados en el establecimiento de líneas base estandarizadas ( CDM Guidelines for quality

assurance and quality control of data used in the establishment of standardized baselines)

también brinda orientación al respecto.

1) Los datos recopilados directamente de fuentes primarias deberán cumplir con normas

relevantes y apropiadas (en caso de estar disponibles) para la recopilación y análisis de

datos, y ser auditados, con frecuencia razonable, por una organización debidamente

calificada e independiente.

2) Los datos recopilados de fuentes secundarias se harán disponibles a través de una fuente

confiable y reconocida, y serán sometidos a una revisión de publicación por parte de una

organización independiente y debidamente calificada o un grupo de revisión por pares, o

publicados por una organismo del gobierno.

3) Los datos deberán pertenecer a un período de tiempo que refleje con precisión las

tecnologías disponibles y/o las prácticas o tendencias vigentes del sector. La selección del

rango temporal apropiado será determinada de acuerdo a la orientación brindada en el

capítulo 7 (WRI-WBCSD) del Protocolo de 2GEI para Contabilidad de Proyecto (GHG

Protocol for Project Accounting).

4) Cuando se implemente un muestreo durante la recopilación de datos, se deberán acatar los

requerimientos descritos en la Sección 4.1.4. El desarrollador metodológico deberá

demostrar que los resultados de las muestras proporcionan un estimado objetivo y fiable del

valor promedio real (es decir, la toma de muestras no subestima o sobreestima de manera

sistemática el valor promedio real).

5) Los datos deberán estar disponibles de manera pública o puestos a disposición del público.

La información confidencial (por ejemplo, los datos relativos a características individuales)

puede ser agregada y por lo tanto no disponible de manera pública en caso de que haya

consideraciones de confidencialidad demostrables. Sin embargo, deberá contarse con

suficientes datos disponibles de manera pública, con el fin de aportarle suficiente

transparencia y credibilidad al conjunto de datos.

6) Todos los datos se pondrán a disposición (de ser necesario, a través de acuerdos de

confidencialidad apropiados) de la VCSA y de cada uno de los organismos de

validación/verificación que evalúen la metodología de desempeño de referencia propuesta,

para permitirles reproducir la determinación del desempeño de referencia. Los datos deben

presentarse de tal forma que permitan una evaluación independiente los datos presentados.

7) Los datos serán apropiados para el ámbito geográfico de la metodología y las actividades de

proyecto aplicables al interior de la misma.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

8) Se llevarán a cabo todos los esfuerzos razonables para recopilar la suficiente cantidad de

datos, la utilización del juicio de expertos como sustituto de los datos sólo será permitida

cuando pueda demostrarse insuficiencia de datos. El juicio de expertos se puede aplicar en

la interpretación de datos. Cuando se emplee el juicio de expertos, se utilizarán métodos de

buenas prácticas para acceder a ellos (por ejemplo, IPCC 2006 Orientación para Inventarios

Nacionales de Gases de Efecto Invernadero, o en su versión en inglés, IPCC 2006

Guidelines for National GHG Inventories).

9) Cuando los datos se deban conservar en un repositorio central de manera regular (por

ejemplo, en una base de datos con información del sector para uso de los proponentes de

proyectos durante el establecimiento de desempeños de referencia específicos para sus

proyectos), se implementarán acuerdos de custodia claros y sólidos para los datos, y

funciones y responsabilidades definidas en lo referente al depósito central.

Cuando no sea posible cumplir con los requerimientos de datos descritos anteriormente, no

deberá aplicarse un método de desempeño, con excepción de lo descrito en la sección 4.3.5.

4.5.7 El conjunto de datos podrá ser documentado e incluido en la metodología, o podrá ser

conservado en un depósito independiente, referenciado por la metodología. Los conjuntos de

datos documentados y contenidos en las metodologías son de carácter estático, en los que todos

los proyectos utilizan el nivel de métrica de desempeño de referencia especificado en la

metodología (teniendo en cuenta la posibilidad de utilizar factores de mejora autónoma, tal como

aparece descrito en la sección 4.5.5). Lo siguiente aplica con respecto a los conjuntos de datos

que se conserven en un depósito independiente:

1) El conjunto de datos puede ser estático o dinámico (es decir, que puede actualizarse o no

actualizarse, de manera periódica).

2) La metodología deberá establecer criterios y procedimientos para el uso del conjunto de

datos y establecer desempeños de referencia específicos para proyectos individuales.

3) La metodología puede especificar que los proyectos utilicen el nivel de métrica de

desempeño de referencia disponible en la validación del proyecto durante la duración de

períodos de acreditación del proyecto, o puede especificar que los proyectos utilicen un nivel

actualizado de la métrica de desempeño de referencia en cada evento de verificación, la

frecuencia con la se deben actualizar los datos que conforman el conjunto de datos será

definida por el desarrollador de la metodología.

4) Se debe demostrar que los procedimientos se encuentran en orden con el fin de mantener el

conjunto de datos en conformidad con los requerimientos aplicables para datos y conjuntos

de datos mencionados en la Sección 4.5.6.

Métodos de Actividad

4.5.8 No existen requerimientos específicos para los métodos de actividad, y se debe de tener en

cuenta que las metodologías que empleen un método de actividad pueden utilizar un método de

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

proyecto o desempeño para determinar la línea de base crediticia, tal como aparece descrito en

la Sección 4.1.10.

4.6 ADICIONALIDAD

Generalidades

4.6.1 La metodología deberá establecer un procedimiento para la demostración y evaluación de

adicionalidad basado en los requerimientos que serán descritos posteriormente. Se debe de

tener en cuenta que este tipo de requerimientos son para el desarrollo de la metodología, y los

proyectos deberán demostrar y evaluar adicionalidad en conformidad con los requerimientos

descritos en la metodología aplicada.

4.6.2 Las metodologías utilizarán un método de proyecto, un método de desempeño y/o un método de

actividad para determinar adicionalidad. Las especificaciones y fases de procedimiento para

cada enfoque aparecen descritas en las secciones comprendidas entre los numerales 4.6.3 y

4.6.9. Las nuevas metodologías elaboradas bajo VCS cumplirán con este requerimiento al

implementar, por lo menos, una de las siguientes prácticas:

1) Hacer referencia y requerir el uso de una herramienta de adicionalidad apropiada que haya

sido aprobada por el VCS o por un programa de GEI aprobado;

2) Desarrollar un procedimiento completo y detallado para demostrar y evaluar adicionalidad

directamente dentro de la metodología; o

3) Desarrollar un procedimiento completo y detallado para demostrar y evaluar adicionalidad a

través de una herramienta independiente, aprobada mediante el proceso de aprobación de

metodología que haga referencia y requiera el uso de la nueva herramienta en la

metodología.

Nota – La simple referencia en una metodología a los requerimientos VCS sobre adicionalidad es

insuficiente. Los requerimientos VCS son requerimientos de alto nivel y no representan un

procedimiento completo y detallado para la demostración de la adicionalidad. La única excepción

es en lo referente al excedente regulatorio (es decir, que las metodologías pueden hacer

referencia directa a los requerimientos VCS sobre excedente regulatorio y no necesitan

desarrollar un procedimiento adicional para demostrar y evaluar el excedente regulatorio).

Método de Proyecto

4.6.3 Paso 1: Excedente Regulatorio

El proyecto no se verá sometido al mandato de ninguna ley, estatuto u otro marco regulatorio, y

para los países no incluidos en el Anexo I de la CMNUCC, cualquier ley aplicada de manera

sistemática, estatuto u otro marco regulatorio. Para los países no incluidos en el Anexo I de la

CMNUCC, las leyes, estatutos, marcos regulatorios o políticas implementadas a partir de

noviembre 11 de 2001, que le otorguen una ventaja comparativa a menos tecnologías de

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

emisiones intensivas o a actividades asociadas a más tecnologías de emisiones intensivas o a

actividades que no sea necesario tener en cuenta. Para todos los países, las leyes, estatutos,

marcos regulatorios o políticas implementadas a partir del 11 de diciembre de 1997, que le

otorguen una ventaja comparativa a más tecnologías de emisiones intensivas o a actividades

asociadas a tecnologías de emisiones menos intensivas o a actividades que no sea necesario

tener en cuenta

4.6.4 Paso 2: Barreras en la Implementación

El proyecto deberá enfrentar una o más barreras, en comparación con los obstáculos que

enfrentan las alternativas al proyecto:

1) Barrera de inversión: El proyecto enfrenta restricciones de capital o de retorno de inversión

que pueden ser superadas por los ingresos adicionales relacionados con la venta de créditos

de carbono.

2) Barreras tecnológicas: El proyecto enfrenta obstáculos tecnológicos para su implementación.

3) Barreras institucionales: El proyecto enfrenta obstáculos financieros (distintos de los

obstáculos de inversión mencionados anteriormente), organizativos, culturales o sociales

que el flujo de ingresos VCU puede ayudar a superar.

4.6.5 Paso 3: Práctica Común

El proyecto no será una práctica común, determinado de la siguiente manera:

1) El tipo de proyecto no será una práctica común en el sector/región, en comparación con los

proyectos que no han recibido financiamiento de carbono.

2) Cuando sea una práctica habitual, el proponente de proyecto deberá identificar los

obstáculos que se enfrenten, en comparación con los proyectos existentes.

3) La demostración de que el proyecto no es una práctica común se basa en la orientación

contenida en el capítulo 7 (WRI-WBCSD) del Protocolo de GEI para Contabilidad de

Proyecto (GHG Protocol for Project Accounting).

Método de Desempeño

4.6.6 Paso 1: Excedente Regulatorio

La actividad de proyecto cumplirá con los requerimientos de los excedentes regulatorios

descritos bajo el método de proyecto en la Sección 4.6.3.

4.6.7 Paso 2: Desempeño de Referencia

Las emisiones de GEI generadas (o carbono secuestradas) por unidad de salida, unidad de

entrada o métrica de captura, por el proyecto deberán estar por debajo (o por encima, para

secuestro) de la métrica de desempeño de referencia prescrita o proxy para tal métrica (ver

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

sección 4.1.16para especificación de la métrica). Las métricas o condiciones proxy pueden ser

especificadas en caso de que puedan ser demostrado que están fuertemente correlacionadas

con la métrica de desempeño de referencia y que pueden actuar como un método equivalente o

superior (por ejemplo, en términos de fiabilidad, consistencia o posibilidad) para determinar si el

desempeño es alcanzado hasta un nivel por lo menos equivalente al de la métrica de

desempeño de referencia.

Las emisiones de GEI generadas (o carbono capturadas) pueden estar por encima (o por debajo,

para la captura) de la métrica de desempeño de referencia prescrita o proxy para tal métrica para

un período de verificación dado, aunque el proyecto no recibirá crédito para tales períodos de

verificación.

Método de Actividad

4.6.8 Paso 1: Excedente Regulatorio

La actividad de proyecto cumplirá con los requerimientos de los excedentes regulatorios

descritos en el método de proyecto de la Sección 4.6.3.

4.6.9 Paso 2: Lista Positiva:

La metodología aplicará una o más de las siguientes tres opciones:

1) Opción A: Penetración de la Actividad

La metodología deberá demostrar que la actividad de proyecto ha logrado un bajo nivel de

penetración con respecto a su potencial máximo de adopción, de la siguiente manera:

a) La metodología deberá demostrar que la actividad de proyecto ha logrado un bajo nivel

de penetración con respecto a su potencial máximo de adopción, cálculo hecho a través

de la siguiente ecuación:

APy = OAy / MAPy

Donde

APy = Penetración de Actividad de la actividad de proyecto en año y

(porcentaje)

OAy = Adopción observada de la actividad de proyecto en año y (número total

de instancias instaladas en una fecha determinada en año y, o cantidad

de energía suministrada en año y)

MAPy = Potencial de adopción máximo de la actividad de proyecto en año y

(número total de instancias que potencialmente podrían haber sido

instaladas en una fecha dada en el año y, o cantidad de energía que

podría haber sido suministrada en el año y).

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

El potencial de adopción máximo es la adopción total de una actividad de proyecto que

sea alcanzable actualmente, dado la disponibilidad actual de recursos, la capacidad

tecnológica, el nivel de servicio, el potencial de implementación, la demanda total, el

acceso al mercado y otros factores relevantes dentro del mercado definido

geográficamente aplicable de la metodología. El potencial de adopción máximo no

considera precios de mercado, costo de la adopción, educación al consumidor, barreras

culturales o de comportamiento, ni las leyes, estatutos, marcos normativos o políticas.

El potencial máximo de adopción se ve limitado por numerosos factores que conforman

un panorama en el que cada uno de esos factores impone sus propias limitaciones en el

proceso de adopción total de una actividad de proyecto. La siguiente lista brinda

información específica con respecto a los factores que intervienen, y no debe ser tenida

en cuenta al cuantificar el potencial máximo de adopción:

i) Disponibilidad de recursos es la limitación impuesta por el suministro de materias

primas o recursos energéticos para la actividad.

ii) Capacidad tecnológica es la limitación impuesta por la eficiencia técnica de la

actividad de proyecto.

iii) Nivel de servicio es la limitación impuesta por la fiabilidad o calidad técnica del

servicio prestado por la actividad de proyecto con respecto a sus alternativas.

iv) Potencial de implementación es la limitación impuesta por la disponibilidad de

locaciones adecuadas para la implementación de la actividad de proyecto.

v) Demanda total es la limitación impuesta por la demanda del producto o servicio

ofrecido por, o asociado a la actividad de proyecto y todas las fuentes alternas

pertinentes al producto o servicio.

vi) Acceso al mercado es la limitación impuesta por la infraestructura actual y el grado

en que los resultados de la actividad de proyecto pueden ser suministrados al

mercado.

vii) Precio de mercado es la limitación impuesta por el actual precio obtenible para

resultados de la actividad de proyecto. El costo de adopción es la limitación impuesta

por el costo de pasar de una actividad alterna a una actividad de proyecto.

Educación al consumidor es el conocimiento público o el conocimiento o

concientización de la actividad y de sus beneficios. Los obstáculos culturales o de

comportamiento son limitaciones derivadas de la inercia social o cultural con

respecto a la adopción de la actividad de proyecto.

Los datos utilizados en la determinación del nivel de penetración de la actividad deberán

cumplir con los requerimientos descritos para datos de desempeño de referencia en la

Sección 4.5.6, mutatis mutandis.

b) El nivel de penetración de la actividad de proyecto no será superior al cinco por ciento.

c) Cuando la actividad de proyecto haya estado disponible comercialmente en cualquier

área del ámbito geográfico aplicable durante un periodo inferior a los tres años (mediante

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

una nueva tecnología o medida), habrá de demostrarse que la actividad de proyecto

enfrenta obstáculos en lo relativo a su aceptación. Dichos obstáculos deberán

demostrarse en conformidad con la Etapa 3 (análisis de obstáculos) de la última versión

de la Herramienta MDL para la demostración y evaluación de adicionalidad (CDM Tool

for the demonstration and assessment of additionality).

2) Opción B: Viabilidad Financiera

La metodología demostrará que la actividad de proyecto es menos atractiva financiera y

económicamente que las alternativas a la actividad de proyecto, utilizando los

procedimientos de análisis de inversión contemplados en la Herramienta MDL para la

demostración y evaluación de adicionalidad (CDM Tool for the demonstration and

assessment of additionality). Esto requiere del cumplimiento de los Pasos 1, 2 y 4 de

dicha herramienta. El análisis se llevará a cabo para el tipo de actividades de proyectos

para las cuales la metodología es aplicable; adicionalmente aplica lo siguiente:

a) Sub-paso 1a. Se adoptarán otros escenarios alternativos realistas y creíbles para dar

cuenta de la gama de alternativas al tipo de actividad de proyecto que están presentes y

son operativas en el ámbito geográfico aplicable.

b) Sub-paso 1b. Cuando la metodología sea aplicable para más de un país, se examinarán

los requerimientos legales y reglamentarios obligatorios aplicables de todos los países.

c) Sub-paso 2b y Sub-paso 2c. Aplica lo siguiente:

i) Se considerará toda la gama de circunstancias que puedan ejercer una influencia en

la actividad de proyecto y se adoptaran las circunstancias promedio o aquellas que

conduzcan a la consecución de una mejor relación costo-efectiva (por ejemplo, si el

recurso eólico observado en el ámbito geográfico de la metodología conduce a que

las turbinas de viento obtengan factores de carga de planta de entre 25 y 30 por

ciento, se puede utilizar un promedio de estos valores, o puede ser asumido el 30

por ciento).

ii) Del mismo modo, se considerará la gama de costos y/o estimaciones de ingresos

por actividad de proyecto, y se adoptarán estimaciones promedio o estimaciones que

conduzcan al resultado más rentable.

iii) Se considerará toda la gama de circunstancias relacionadas con las alternativas de

línea base, y se adoptarán circunstancias promedio o circunstancias que conduzcan

a la obtención de una mejor relación costo-efectiva. Se incluirán únicamente las

circunstancias observadas o realistas (por ejemplo, en un país en el que las plantas

cementeras se encuentren localizadas cerca de puertos o de grandes ríos con el fin

de facilitar el acceso al transporte, no sería realista tener plantas cementeras

situadas en zonas remotas de difícil acceso al transporte).

iv) Del mismo modo, se considerarán todas las estimaciones de costos y/o ingresos

para las alternativas de línea base, y se adoptaran, las estimaciones promedio o las

estimaciones pertenecientes a la alternativa de línea base con mayor probabilidad

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

de ser adoptadas. Cuando se utilicen los estimados correspondientes a la alternativa

de línea base con mayor probabilidad de ser adoptada, se deberá justificar por qué

de todas las alternativas de línea base, esa es la que cuenta con mayores

posibilidades.

d) Sub-paso 2b, Opción III. No pueden ser utilizados los parámetros internos de la

compañía.

e) 2d Sub-paso. Cuando se hayan utilizado las circunstancias o estimaciones promedio en

los Sub-pasos 2b y/o 2c (es decir, que los cálculos se hayan basado en una serie de

circunstancias o estimaciones, de acuerdo a la descripción hecha anteriormente), se

llevará a cabo un análisis de sensibilidad. El objetivo del análisis de sensibilidad es

comprobar que la conclusión con respecto a la conveniencia financiero/económica del

tipo de actividad de proyecto, sea de carácter sólido con respecto a las variaciones

razonables en los supuestos críticos y, en caso de que no demuestra de manera

concluyente que la (totalidad del tipo de) actividad de proyecto sea adicional, la actividad

de proyecto no calificará para la lista positiva bajo la Opción B. Cuando se hayan

utilizado las circunstancias o estimados más rentables (y por consiguiente más

conservadores), no se necesitará un análisis de sensibilidad.

f) Paso 2 (General). Cuando existan circunstancias y estimaciones múltiples que han de

ser agregadas con el fin para calcular las cifras de producción, el método de agregación

contabilizará las correlaciones entre cada circunstancia y estimación.

g) Paso 4 (análisis de práctica común). Se deberá demostrar que la actividad de proyecto

no es una práctica común, mediante la puesta en práctica de los procedimientos

completos para el análisis de la práctica común contemplados en la Herramienta MDL

para la demostración y evaluación de adicionalidad (CDM Tool for the demonstration and

assessment of additionality).

3) Opción C: Flujos de Ingresos

De la siguiente manera la metodología podrá demostrar que la actividad de proyecto no tiene

ninguna fuente de ingresos significativa, distinta a los ingresos obtenidos por la venta de

créditos de GEI:

a) Los ingresos brutos anuales de las actividades de proyecto (incluyendo ahorros en

costos) con excepción de la venta de créditos de GEI, no excederán el cinco por ciento

de los gastos de capital (ver documento VCS Definiciones de Programa para la

definición de Gastos de Capital). Todos los gastos de capital realizados durante el

período de acreditación del proyecto serán contabilizados y cuando la actividad de

proyecto requiera gastos de capital posteriores al año cero, se aplicará una tasa de

descuento apropiada.

b) Se deberá demostrar que la actividad de proyecto no es una práctica común, mediante la

aplicación de la totalidad de procedimientos el análisis de la práctica común

contemplados en la Herramienta MDL para la demostración y evaluación de

adicionalidad (CDM Tool for the demonstration and assessment of additionality).

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

4.7 CUANTIFICACIÓN DE REDUCCIONES Y REMOCIONES DE EMISIONES DE

GEI

Generalidades

4.7.1 La metodología establecerá criterios y procedimientos para la cuantificación de las emisiones y/o

remociones de GEI, y/o las existencias de carbono para las fuentes de GEI seleccionadas,

sumideros y/o reservas, de forma independiente para el proyecto (incluidas fugas) y los

escenarios base.

4.7.2 La metodología establecerá criterios y procedimientos para la cuantificación de reducciones de

emisiones y remociones netas de GEI generadas por el proyecto, las cuales serán cuantificadas

como la diferencia entre las emisiones y/o remociones de GEI; y/o la diferencia entre existencias

de carbono de fuentes de GEI, sumideros y reservas pertinentes para el proyecto y las

pertinentes para el escenario base. De ser necesario, la reducción y remoción de emisiones

netas de GEI y el cambio neto en las existencias de carbono serán cuantificadas de manera

separada para el proyecto y los escenarios base para cada GEI relevante y sus fuentes de GEI,

sumideros y/o reservas correspondientes.

Métodos de Desempeño

4.7.3 Durante cualquier período de verificación, la metodología puede redundar en que las

reducciones o remociones de emisiones de GEI del proyecto sean cuantificadas como negativas.

Esto está permitido y no se le concederá crédito al proyecto durante tales períodos.

Métodos de Actividad

4.7.4 (Sin requerimientos específicos)

4.8 MONITOREO

Generalidades

4.8.1 La metodología deberá describir los datos y parámetros que habrán de notificarse, incluyendo

fuentes de datos y unidades de medida.

4.8.2 Cuando se dependa de datos e información altamente incierta, se seleccionarán valores

conservadores que aseguren que la cuantificación no conduzca a una sobreestimación de las

reducciones o remociones de emisiones de GEI netas.

4.8.3 Tonelada métrica será utilizada como unidad de medida y los volúmenes de cada tipo de GEI

deberán convertirse a toneladas de CO2e. Según la contabilidad CMNUCC, los seis gases de

efecto invernadero considerados por el Protocolo de Kyoto serán convertidos tomando como

base 100 años potenciales de calentamiento global derivados del Segundo Informe de

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

Evaluación del IPCC (IPCC’s Second Assessment Report, también disponibles y reeditado en el

Cuarto Informe de Evaluación). Las sustancias destructoras del ozono serán convertidas

tomando como base 100 años potenciales de calentamiento global derivados del Cuarto Informe

de Evaluación, el cual brinda un completo conjunto de factores relacionadas con las

metodologías y proyectos ODS.

4.8.4 La metodología establecerá criterios y procedimientos para el monitoreo, que comprenda lo

siguiente:

1) Propósito del monitoreo.

2) Procedimientos de monitoreo, incluyendo estimación, modelado, medición o métodos de

cálculo.

3) Los procedimientos para la gestión de calidad de los datos

4) Frecuencia de monitoreo y procedimientos de medición.

Métodos Estandarizados

4.8.5 (Sin requerimientos específicos)

5 | Requerimientos de Validación y

Verificación

5.1 INTRODUCCIÓN

5.1.1 Validación es la evaluación independiente del proyecto ejecutada por parte un organismo de

validación/verificación que determina si el proyecto cumple con la normativa VCS. La verificación

es la posterior evaluación periódica independiente, ejecutada por parte de un organismo de

validación/verificación, de las reducciones y remociones de emisiones de GEI, ocurridas como

consecuencia del proyecto durante el periodo de monitoreo, realizado en conformidad con las

reglas VCS.

5.1.2 La validación/verificación es un proceso fundamentado en el riesgo que se lleva cabo de

conformidad con la norma ISO 14064-3:2006 e ISO 14065:2007. Se deben acatar los

requerimientos adicionales con respecto a la validación y verificación contemplados en la

Sección 5.

5.1.3 El organismo de validación/verificación seleccionará un muestreo de datos y de información en

proceso de ser validada o verificada, para obtener un nivel razonable de confianza y garantizar

cumplimiento con los requerimientos de materialidad del proyecto específico.

4 | Requerimientos Metodológicos

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Estándar VCS: VCS Versión 3

5.2 REQUERIMIENTOS GENERALES

5.2.1 El proyecto será validado y las reducciones o remociones de emisiones de GEI serán verificadas

por un organismo de validación/verificación que cumpla con los requerimientos de elegibilidad

establecidos en la Guía de Programa VCS (VCS Program Guide).

5.2.2 La validación y verificación del proyecto podrán ser efectuada por el mismo organismo de

validación/verificación, teniendo en cuenta las normas sobre rotación de organismos de

validación/verificación descritos en la Sección 5.3.12 a la cual se hará referencia posteriormente.

La validación podrá ocurrir antes de la primera verificación o al mismo tiempo que la primera

verificación.

5.2.3 El proyecto deberá hacer parte del catálogo de proyectos futuros (pipeline) antes de la reunión

inicial entre el organismo de verificación/validación y el proponente de proyecto (tal reunión inicial

marca el inicio del proceso de validación). El organismo de validación/verificación se encargará

de confirmar que el proyecto esté incluido en dicho catálogo y no realizará la reunión inicial ni

iniciará el proceso de validación hasta que esto ocurra.

5.2.4 Aunque el proyecto aplique una metodología de un programa de GEI aprobado que no cuente

con una etapa de validación independiente, la normativa VCS continuará exigiendo la validación

del proyecto.

5.2.5 Se prevé que los organismos de validación/verificación se apeguen a la orientación contenida en

el Manual de Validación y Verificación VCS (VCS Validation and Verification Manual) al momento

de validar o verificar proyectos y poner en marcha evaluaciones metodológicas bajo el Programa

VCS.

5.3 PROCESO DE VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN

Requerimientos Generales

5.3.1 Además de los requerimientos establecidos en la norma ISO 14064-3:2006, se aplicará lo

siguiente:

1) El nivel de garantía deberá ser de ser razonable, con respecto a errores materiales,

omisiones y malas interpretaciones, tanto en la validación como durante la verificación.

2) Los criterios para la validación serán la VCS Versión 3, o un programa de GEI aprobado en

el que la validación se realice bajo un programa de GEI aprobado (como en los casos de

participación bajo el Programa VCS y bajo un programa de GEI aprobado). Los criterios de la

verificación serán la VCS Versión 3 (independientemente de la versión VCS o del programa

de GEI bajo el cual se validó el proyecto). Esto significa que la validación o verificación

deberá garantizar la conformidad del proyecto con la normativa VCS, o con la normativa y

requerimientos del programa de GEI aprobado, según corresponda.

3) El objetivo de la validación o verificación estará en conformidad con la normativa VCS y la

5 | Requerimientos de Validación y Verificación

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Estándar VCS: VCS Versión 3

metodología aplicada al proyecto.

4) El umbral de materialidad con respecto a la suma de errores, omisiones y malas

interpretaciones relativos al total de reducciones y/o remociones de emisiones de GEI

reportadas será del cinco por ciento para proyectos y del uno por ciento para grandes

proyectos.

5.3.2 Cuando el proyecto no cumpla plenamente con la metodología, el organismo de

validación/verificación deberá determinar si esto representa una desviación metodológica o una

revisión metodológica (en conformidad con las especificaciones de cada una), y el caso será

manejado en consecuencia.

5.3.3 Cuando el proyecto aplique la revisión de la metodología de un programa de GEI aprobado y la

versión de la metodología (subyacente) referenciada por la revisión metodológica esté

desactualizada, el organismo de validación/verificación determinará si se han registrado cambios

sustanciales en la metodología subyacente que afecten la integridad de la revisión metodología.

En caso de que hayan producido tales cambios sustanciales, el proyecto no será aprobado.

5.3.4 Cuando el proyecto no cumpla con las criterios de validación o verificación, el organismo de

validación/verificación deberá emitir una conclusión de validación negativa y hacerse

responsable de la validación o verificación, del informe y de la descripción de proyecto o el

informe de monitoreo a VCSA. El proyecto no podrá optar a registro hasta que no se tomen

medidas correctivas y el (mismo) organismo de validación/verificación haya suministrado una

validación o verificación positiva.

Competencia

5.3.5 Tanto el organismo de validación/verificación como el equipo de validación/verificación, deberán

cumplir los requisitos de competencias contemplados en la norma ISO 14065:2007, mutatis

mutandis.

Reporte de Validación y Verificación

5.3.6 El informe de validación describe el proceso de validación, los hallazgos surgidos durante la

validación y sus resoluciones, y las conclusiones obtenidas por el organismo de

validación/verificación. El organismo de validación/verificación deberá utilizar la Plantilla de

Informe de Validación VCS (o plantilla de informe de validación de programa de GEI aprobado a

través del cual el proyecto solicite registro bajo un programa de GEI aprobado) y ceñirse al texto

de Instrucciones de la misma. El reporte de validación estará acompañado de una

representación de validación, para cuyo desarrollo se utilizará la Plantilla para Acta de

Representación de Validación VCS (VCS Validation Deed of Representation Template).

5.3.7 El reporte de verificación describe el proceso de verificación, los hallazgos surgidos durante la

verificación y las conclusiones obtenidas por el organismo de validación/verificación. El

organismo de validación/verificación deberá utilizar la Plantilla de Informe de Verificación VCS y

5 | Requerimientos de Validación y Verificación

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Estándar VCS: VCS Versión 3

ceñirse al texto de Instrucciones de la misma. El reporte de verificación estará acompañado de

una representación de verificación, para cuyo desarrollo se utilizará la Plantilla para Acta de

Representación de Verificación VCS (VCS Verification Deed of Representation Template).

Declaración de Validación y Verificación

5.3.8 Los informes de validación y verificación contendrán una declaración de validación y una

declaración de verificación, respectivamente.

5.3.9 Las declaraciones de validación y verificación deberán:

1) Describir el nivel de seguridad de la validación o verificación.

2) Describir los objetivos, el alcance y los criterios de la validación o verificación.

3) Describir si los datos e información de apoyo a la declaración de GEI fueron de naturaleza

hipotética, proyectada y/o histórica.

4) Incluir la conclusión del organismo de validación/verificación en la declaración de GEI,

incluyendo salvedades o limitaciones.

5.3.10 La declaración de verificación deberá indicar el volumen de las reducciones o remociones de

emisiones de GEI generadas durante el periodo de monitoreo verificado.

Registros de Validación y Verificación

5.3.11 El organismo de validación/verificación debe conservar todos los documentos y registros de

manera segura y recuperable durante por lo menos dos años después de finalizado el período de

acreditación del proyecto, incluso en los casos en los que no se lleve a cabo la verificación de

todo el período de acreditación del proyecto.

Rotación de los Organismos de Validación/Verificación

5.3.12 Es necesario rotar los organismos de validación/verificación con respecto a la validación/

verificación, de la siguiente manera:

1) La validación (incluyendo la validación de la renovación del período de acreditación del

proyecto) y la primera verificación de un proyecto (en un período de acreditación de proyecto

determinado) pueden llevarse a cabo por el mismo organismo de validación/verificación. Sin

embargo, la posterior verificación se llevará a cabo por un organismo de

validación/verificación distinto. Por ejemplo, si la validación/verificación se llevase a cabo de

manera simultánea, la posterior verificación debería llevarse a cabo por un organismo de

validación/verificación distinto. Si la validación se llevase a cabo primero (es decir, de

manera independiente), la primera verificación se podría llevar a cabo por el mismo

organismo de validación/verificación, pero la posterior verificación tendría que llevarse a

cabo por un organismo de validación/verificación distinto.

5 | Requerimientos de Validación y Verificación

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Estándar VCS: VCS Versión 3

2) A los organismos de validación/verificación no se les está permitido verificar más de seis

años consecutivos de reducciones o remociones de emisiones de GEI de un proyecto. El

organismo de validación/verificación podrá realizar una verificación adicional para el proyecto

únicamente en el caso de que, por lo menos tres años de reducciones o remociones de

emisiones de GEI del proyecto hayan sido verificadas por un organismo de

validación/verificación distinto. Además, cuando un organismo de validación/verificación

verifique los últimos seis años consecutivos del período de acreditación de un proyecto, la

validación de la renovación del período de acreditación del proyecto se llevará a cabo por un

organismo de validación/verificación distinto. A pesar de esta normativa, cuando los

proyectos AFOLU tengan períodos de verificación que superen los seis años, se le permitirá

a un organismo de validación/verificación verificar más de seis años consecutivos de

reducciones o remociones de emisiones de GEI de un proyecto, y la posterior verificación se

llevará a cabo por un organismo de validación/verificación distinto.

Requerimientos de Validación y Verificación para Proyectos Agrupados

5.3.13 La validación y verificación de proyectos agrupados deberán evaluar la conformidad del proyecto

con los requerimientos para proyectos agrupados contemplados en la normativa VCS.

5.3.14 Toda nueva instancia de actividad de proyecto deberá de ser validada, con base en la

información contenida en el informe de monitoreo, en comparación con el conjunto de criterios de

elegibilidad aplicables. El organismo de validación/verificación debe especificar cuáles casos

cumplen con los criterios de elegibilidad para inclusión en el proyecto. Esta validación se puede

reportar en el informe de verificación o en un informe de validación independiente. En ambos

casos la validación deberá de ir acompañada de una representación de validación.

5.3.15 Cuando, debido a la cantidad de instancias de actividad de proyectos, no sea razonable llevar a

cabo una evaluación individual para cada nueva instancia, el organismo de

validación/verificación deberá documentar y explicar los métodos de muestreo utilizados en la

validación de tales instancias. Dichos métodos deberán de ser estadísticamente seguros. El

número de instancias incluidas en el proyecto con opción de monitoreo y generación de VCUs,

será proporcional al porcentaje de instancias incluidas en el muestreo que demostraron

cumplimiento por parte del organismo de validación/verificación.

5.3.16 El informe de verificación para proyectos agrupados deberá documentar y explicar los métodos

de muestreo utilizados por el organismo de validación/verificación para la verificación de las

reducciones o remociones de emisiones de GEI generadas por el proyecto. Dichos métodos

deberán ser estadísticamente seguros. Cualquier cambio posterior en el método o en los

métodos de muestreo, exigido como resultado de la verificación de las conclusiones, deberá

estar documentado.

5 | Requerimientos de Validación y Verificación

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Estándar VCS: VCS Versión 3

ANEXO 1: SEGUIMIENTO HISTORICO AL DOCUMENTO

Versión Fecha Comentario

v3.0 8 Mar 2011 Versión inicial publicada como VCS Versión 3

v3.1 15 Jul 2011 Principales actualizaciones (todas efectivas a la fecha de emisión):

1) Se clarificaron en el lenguaje usado en la fecha límite de validación de proyectos

AFOLU.

2) Se le otorgó una extensión a la fecha límite de validación/verificación para

proyectos AFOLU con fecha de inicio anterior al 1 de enero de 2002.

3) Se incorporaron requerimientos para proyectos registrados secuencialmente bajo

el Programa VCS y bajo un programa de GEI que no es un programa de GEI

aprobado.

4) Se actualizaron los requerimientos para la estimación de la incertidumbre en las

metodologías.

5) Se clarificaron en las normas relativas al período de gracia concedido a proyectos

que implemente nuevas metodologías.

v3.2 1 Feb 2012 Principales actualizaciones (todas efectivas a la fecha de emisión):

1) Se incluyen los requerimientos para métodos estandarizados (Secciones 3.1.6,

3.14.1 y 4).

2) Se actualiza la norma en lo referente a doble contabilidad para centrarse en doble

venta y monetización, y no doble reclamación (Sección 21).

3) Se amplían los requerimientos y procedimientos para proyectos AFOLU que

registren y emitan créditos bajo el Programa VCS y bajo un programa de GEI

aprobado (Sección 21).

4) Se modificaron las normas de adicionalidad sobre excedente regulatorio de tal

forma que la excepción para políticas E- Tipo y ley aplicada sistemáticamente, le es

concedida únicamente a los países que no haga parte del Anexo I (Sección 4.6.3).

Efectiva a partir del 1 de agosto de 2012.

5) Se hace claridad en que los nuevos requerimientos publicados por la VCSA no

afectan los proyectos registrados (Sección 3.1.8).

6) Se sustituye el término Comprobante de propiedad (proof of title) por Evidencia de

derecho de uso ( evidence of right of use)(Secciones 3.4.10, 3.11.1, 3.17.2 y 3.18.2).

v3.3 4 Oct 2012 Principales actualizaciones (todas efectivas a la fecha de emisión):

1) Se incluye referencia a los programas jurisdiccionales y a los proyectos REDD+

anidados (Secciones 1.1 y 2.1).

2) Se hace claridad en que se debe utilizar la versión más reciente de los

documentos externos cada vez que sean referenciados (Sección 1.1).

3) Se incluyen normas para el uso de modelos, factores por defecto y proxies

(secciones 2.3.2, 3.1.4, 3.1.5, 4.1.6, 4.1.7 y 4.1.8). Factor por defecto.

4) Se hace claridad en que el tamaño/escala de las instancias de actividad de

proyecto para proyectos agrupados puede llegar a ser considerado al establecer los

criterios de elegibilidad para la inclusión de instancias (Sección 3.4.9).

1) Se añade un nuevo tipo de derecho de uso para JNR (Secciones 3.4.10 y 3.11.1).

6) Se hace claridad en lo relacionado con los requerimientos para desviaciones

metodológicas (Sección 3.5.1).

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Estándar VCS: VCS Versión 3

2) Se introducen normas en lo relacionado con las desviaciones en la descripción de

proyecto, sustituyendo normas en las desviaciones del plan de monitoreo e

intercambiando metodologías (Sección 3.6).

3) Se hace claridad en que el período de acreditación del proyecto bajo la Versión VCS

1 se considera de 10 años (Sección 3.8.5).

4) Se realiza cambio en la escala de umbral de tal forma que los proyectos con

reducciones o remociones de emisiones superiores 300.000 toneladas de CO2e por

año, son considerados grandes y el umbral de materialidad es del uno por ciento

para proyectos grandes. (Secciones 3.9 y 5.3.1).

5) Se hace claridad en que las consultas llevadas a cabo a nivel de las métricas de

desempeño de referencia, se considera una consulta con expertos en lugar de una

consulta a interesados en general (con el propósito de involucrar expertos técnicos

en el proceso) (sección 4.1.17).

6) Se incluye orientación QA/QC para datos de métodos estandarizados (Sección

4.5.6).

7) Se hace claridad en las métricas o condiciones proxy pueden servir como un método

equivalente para determinar si el nivel de desempeño obtenido es equivalente al de

la métrica de desempeño de referencia (Sección 4.6.7).

8) Se hace claridad en que la diferencia en las existencias de carbono entre los

escenarios base y de proyecto puede ser utilizado para cuantificar las reducciones de

emisiones de las reservas (Secciones 4.7.1 y 4.7.2).

9) Se eliminan los requerimientos de normas y factores de la sección de monitoreo

(anteriormente Sección 4.8.2).

10) Se especifican las normas sobre rotación de VVBs (Secciones 5.2.2 y 5.3.13).

Efectivas de manera inmediata, a no ser que se facilite evidencia de contratación

para verificación, anterior al 4 de octubre 2012.

11) Se añade nuevo requerimiento sobre la necesidad de inclusión en el catálogo de

proyectos futuros antes del inicio de la validación (Sección 5.2.3). Efectiva desde el 4

de abril de 2013.

12) Se incluye referencia al Manual de Validación y Verificación VCS (Sección 5.2.5).

13) Se revisa el lenguaje en las conclusiones del informe de validación (Sección 5.3.4).

v3.4 8 Oct 2013 Principales actualizaciones (todas efectivas a la fecha de emisión):

1) Se hace claridad sobre el hecho de que toda persona que consulte el documento

debe utilizar la versión más reciente del mismo. (Sección 1.1).

2) Se hace claridad sobre el hecho de que los períodos de verificación no se pueden

traslapar (Secciones 3.4.10 y 3.16.7).

3) Se elimina referencia a derecho de uso específico de JNR para proyectos agrupados

(anteriormente Sección 3.4.10(7)).

4) Extensión del período de gracia de validación para proyectos que soliciten una

nueva metodología VCS, incluidos en la renovación del período de acreditación del

proyecto (Secciones 3.7.2 y 3)).

5) Se añade requerimiento en lo referente a desagrupamiento (Sección 3.9.2).

6) Se añaden nuevos requisitos en lo referente a otras formas de créditos ambientales

de GEI (Secciones 3.11.3 y 3.11.4).

7) Se elimina duplicado de requerimientos para informe de seguimiento, descripción de

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Estándar VCS: VCS Versión 3

proyecto, informe de validación, e informe de verificación y sus respectivas plantillas

(Secciones 3.16.6, 3.18.1, 5.3.6 y 5.3.7).

8) Se elimina texto sobre fiabilidad del organismo de validación/verificación (Sección

5.2.5).

9) Revisión a las acciones VCSA para proyectos que no cumplan los criterios de

validación y verificación (Sección 5.3.4).

10) Se hace claridad sobre los requerimientos de rotación de organismo de

validación/verificación en lo referente a la renovación del período de acreditación del

proyecto (sección 5.3.13).

11) Se amplía el documento con el fin de hacerlo aplicable a JNR, además de algunas

ediciones menores y aclaraciones asociadas al texto y la gramática.

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Estándar VCS: VCS Versión 3

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